tesina feminicidio

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Facultad de Derecho Escuela Profesional de Derecho Tema: “ANÁLISIS DE LA NORMATIVA JURÍDICA PENAL SOBRE EL DELITO DE FEMINICIDIO EN LA CIUDAD DE CHICLAYO” PRESENTADO POR : GONZALES CORONADO OSCAR DAVID LÓPEZ CHERO JURY LÓPEZ LÓPEZ MOISÉS ASESOR METODOLÓGICO DRA. SOTOMAYOR NUNURA GIOCONDA DEL SOCOROO 1

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Facultad de Derecho

Escuela Profesional de Derecho

Tema:

“ANÁLISIS DE LA NORMATIVA JURÍDICA PENAL SOBRE EL

DELITO DE FEMINICIDIO EN LA CIUDAD DE CHICLAYO”

PRESENTADO POR :

GONZALES CORONADO OSCAR DAVID

LÓPEZ CHERO JURY

LÓPEZ LÓPEZ MOISÉS

ASESOR METODOLÓGICO

DRA. SOTOMAYOR NUNURA GIOCONDA DEL

SOCOROO

PIMENTEL, 13 MAYO DE 2013

1

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Índice....................................................................................................................................2

I.INFORMACION GENERAL............................................................................................16

II.PLAN DE INVESTIGACIÓN..........................................................................................17

2.1.-Planteamiento del problema.................................................................................17

2.1.1. Situación problemática...................................................................................17

A nivel internacional...................................................................................................17

A nivel nacional..........................................................................................................25

A nivel local.................................................................................................................27

2.1.2 Formulación del problema...............................................................................29

2.1.3 Justificación e importancia..............................................................................29

2.1.4. Objetivos...........................................................................................................30

Objetivo general.........................................................................................................30

Objetivo específicos...................................................................................................30

2.2. Marco teórico..........................................................................................................30

2.2.1. Antecedentes de la investigación..................................................................30

2.2.2. Estado de arte.................................................................................................33

2.2.3. Bases teóricos científicas...............................................................................34

Teoría de la pena.......................................................................................................34

Teoría absoluta de la pena.......................................................................................36

Teorías Relativas:......................................................................................................37

Teorías Mixtas............................................................................................................39

2.2.4. Definición de términos básicos......................................................................39

2.3. Marco metodológico...............................................................................................43

2.3.1. Tipo y diseño de la investigación..................................................................44

2.3.1.1. Tipo de la investigación...........................................................................44

2.3.1.2 Diseño de la investigación:......................................................................44

2.3.2. Población y muestra:......................................................................................45

Población.....................................................................................................................45

Muestra........................................................................................................................45

2.3.3. Hipótesis...........................................................................................................45

2.3.3. Hipótesis...............................................................................................................45

2.3.4. Variables...........................................................................................................45

2.3.5. Operacionalización..........................................................................................46

2.3.6. Métodos, Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos:.................48

2.3.7. Procedimiento para la recolección de datos................................................49

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2.3.8. Plan de análisis estadístico de datos...........................................................49

2.3.9. Criterios éticos.................................................................................................53

2.3.10. Criterios de rigor científico...........................................................................53

III.MARCO ADMINISTRATIVO........................................................................................54

3.1. Cronograma de actividades..................................................................................54

3.2. Presupuesto............................................................................................................56

3.3. Financiamiento:......................................................................................................58

Referencias.........................................................................................................................59

Linkografias:.......................................................................................................................60

Anexos.................................................................................................................................60

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I.INFORMACION GENERAL

TÍTULO DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN :

“Análisis de la normativa jurídica penal sobre el delito de

Feminicidio en la ciudad de Chiclayo”.

1. PERSONAL INVESTIGADORES:

1.1. AUTORES :

Gonzales Coronado Oscar David

López Chero Jury

López López Moisés

1.2. ASESOR :

, Dra. Sotomayor Nunura, Gioconda

2. TIPO DE INVESTIGACIÓN:

Descriptiva – Analítica.

3. LOCALIDAD DONDE SE DESARROLA LA INVESTIGACIÓN:

En Chiclayo-Perú

4. DURACION ESTIMADA DEL PROYECTO :

3 meses

5. FECHA DE INICIO

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II.PLAN DE INVESTIGACIÓN

2.1.-Planteamiento del problema

Los aspectos relevantes encontrados y relativos al problema a investigar, y

dentro de los cuales se ha identificado objetivamente al mismo, se sintetizan

en el siguiente:

2.1.1. Situación problemática

A nivel internacional

En Ecuador Un esfuerzo inicial para reducir la vulnerabilidad de las

mujeres ecuatorianas se concretó cuando se presentaron en 2012 las

primeras estadísticas de violencia de género y se demostró que 60 por

ciento de la población femenina había sufrido algún maltrato.

Hoy se busca ir más allá e incluir el feminicidio, como se ha elegido

denominar este delito, en el Código Orgánico Integral Penal, cuyo

proyecto se presentó en diciembre de 2011 y que sería aprobado por la

legislatura que se iniciará el 24 de mayo.

En este proyecto, el feminicidio se determina “cuando una persona

mata a otra por el hecho de ser mujer, en circunstancias claramente

establecidas”.

Son estas “pretender infructuosamente establecer o restablecer una

relación de pareja o de intimidad con la víctima; mantener o haber

mantenido con ella relaciones familiares, conyugales, de convivencia,

de intimidad, noviazgo, amistad, compañerismo o laborales; ser

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resultado de la reiterada manifestación de violencia en contra de la

víctima o de ritos grupales usando o no armas”.

México, D.F. (apro).- La violencia contra las mujeres en México tiene

dimensiones “no de epidemia, sino de pandemia”, advirtió Ana

Güezmes, representante de ONU-Mujeres en el país.

Al día se presentan al menos 6.4 feminicidios, de acuerdo con datos de

2010, dijo, tras señalar que hay una concentración de los asesinatos en

cinco municipios del territorio nacional.

“Un cuarto del total de los homicidios de género han ocurrido en sólo

cinco municipios del país: Ciudad Juárez y Chihuahua, en Chihuahua,

se encuentran a la cabeza, seguidos de Tijuana, en Baja California;

Culiacán, en Sinaloa, y Ecatepec de Morelos, en el Estado de México”.

También señaló que de acuerdo con el estudio Violencia feminicida en

México (difundido por La Jornada el 15 de febrero pasado), los

asesinatos motivados por el género tuvieron un repunte entre 2007 y

2010, años en los que aumentaron 106.2% respecto de otros periodos.

Asimismo, de 1985 a 2010 se registró un acumulado de 36 mil 606

casos.

En conferencia de prensa, para dar a conocer las conclusiones

convenidas de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer

de la ONU sobre el tema de prevenir y eliminar la violencia contra las

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mujeres y las niñas, refirió que se requieren respuestas inmediatas y

mayor coordinación entre las autoridades federales y locales, con la

sociedad, para enfrentar esta pandemia.

“La ONU ha insistido sistemáticamente, a través de todos sus comités,

en la importancia de armonizar la legislación (la Ley General de Acceso

de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia) con los códigos

internacionales de los derechos humanos.

Recordó que con la reforma constitucional de 2011, que pone los

tratados internacionales de derechos humanos al más alto nivel,

representa una gran oportunidad para armonizar y homologar los

delitos cometidos contra las mujeres.

“No puede ser que frente a un mismo delito se tengan penas diferentes

por entidad”, subrayó.

Ante Lorena Cruz, titular del Instituto Nacional de las Mujeres

(Inmujeres); la presidenta de la Comisión de Igualdad de Género en la

Cámara de Diputados, Martha Lucía Mícher Camarena; Guadalupe

Martínez, del Comité de Seguimiento de la Alianza de Mujeres

Indígenas de Centroamérica y México, y otras personas, Güezmes

adelantó que se está trabajando con los congresos locales para

eliminar todas las figuras discriminatorias que aún persisten en los

códigos penales de los estados de la República.

Esto, porque “se disminuye las penas por delitos de honor o por otros

conceptos que son totalmente discriminatorios para las mujeres”.

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Recordó que desde el año pasado, la ONU recomendó al gobierno

mexicano, a través del Comité sobre la Eliminación de la Discriminación

contra la Mujer en México (Cedaw, por sus siglas en inglés), la plena

aplicación de la LGAMVLV y del Programa Nacional para Prevenir,

Atender y Sancionar y Erradicar la Violencia; activar un Banco Nacional

de Datos e información sobre casos de violencia contra las mujeres,

con la participación de los 32 estados; invertir más recursos humanos,

técnicos y financieros, así como simplificar la ruta para el acceso a la

justicia, pues sigue siendo crítica: “hay muchos procedimientos,

muchos mecanismos, muchas comisiones, y esto hay que simplificarlo”.

La tercera recomendación es la emisión de las órdenes de protección,

“mecanismo que se está usando muy poco para proteger a las mujeres,

a pesar de que se presentan las denuncias en casos de violencia”.

El Salvador 626 mujeres fueron asesinadas en El Salvador durante

los años de 2004 y 2005.

Según reportes del Instituto de Medicina Legal, 211 mujeres murieron

de manera violenta en el año 2001. En el año 2004, 260 mujeres fueron

asesinadas.

Según datos obtenidos de la Fiscalía General de la República, durante

el año

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2005 se cometieron 366 homicidios de mujeres. Con datos del mes de

enero a septiembre de dicho año se sabía que el rango de edad que se

registra con un mayor porcentaje -37%- es entre los 18 y los 30 años.

La Constitución Política de El Salvador de 1983 reconoce como

principios y derechos fundamentales la igualdad entre todas las

personas y prohíbe la discriminación para el goce de los derechos

civiles46 entre varias de sus formas, por sexo.

La Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de

Discriminación contra la Mujer (CEDAW) fue aprobada y ratificada por

El Salvador en 1981.47

A su vez, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y

Erradicar la Violencia contra las Mujeres fue ratificada en 1995.48

Los tratados internacionales se constituyen en ley de la República de

acuerdo al artículo 114 de la Constitución y en caso de conflicto ente el

tratado y la ley interna prevalecerá el tratado.

En el Código penal, vigente para todo el país desde 1998, se

consideran como delitos contra la vida el homicidio que se subdivide en

simple, 49 agravado, 50 culposo51 y piadoso.52

El homicidio simple se define como dar muerte a otra persona –con una

penalidad de 10 a 20 años de prisión-. Para que se considere un

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homicidio como agravado se debe haber cometido alguna de las

siguientes circunstancias:

1. El ascendiente o descendiente, adoptante o adoptado, hermano o

cónyuge o persona con quien se conviviere maritalmente.

2. Cuando el homicidio ocurriere, en su caso, para preparar, facilitar,

consumar u ocultar los delitos de secuestro, violación, agresión sexual,

robo, extorsión, actos de terrorismo, asociaciones ilícitas, comercio

ilegal y depósito de armas, contrabando, lavado de dinero y activos y

los comprendidos en el capítulo IV de la Ley Reguladora de las

actividades relativas a las drogas o para asegurar los resultados de

cualquiera de ellos o la impunidad para el autor o para sus cómplices o

por no haber logrado la finalidad perseguida al intentar cualquiera de

los delitos mencionados.

3. Con alevosía, premeditación, o con abuso de superioridad.

En Venezuela El feminicidio es penalizado como agravante del

homicidio en el Código Penal. Corresponde hacer hincapié en la

importancia y la urgencia en adoptar una solución al respecto, teniendo

en cuenta que el CEVI ha definido al feminicidio como “la muerte

violenta de mujeres por razones de género, ya sea que tenga lugar

dentro de la familia, unidad doméstica o en cualquier otra relación

interpersonal; en la comunidad, por parte de cualquier persona, o que

sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes, por acción u

omisión

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La aprobación de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a

una Vida Libre de Violencia, del 25 de noviembre de 2006, aprobada en

Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.647 de

fecha 19 de marzo de 2007, constituye un logro importantísimo. Se

trata de una norma de aplicación directa, cuyo carácter de ley orgánica

tiene como consecuencia que sus disposiciones prevalezcan sobre

otras leyes (art.10). Reconoce expresamente todos los derechos

emergentes de CEDAW y Belem do para (art.3), coadyuvando así a la

efectiva incorporación de estas convenciones de derechos humanos en

el orden legislativo nacional.

La definición de violencia contra la mujer dada por esta ley es amplia y

abarataba, incluyendo las distintas conductas, resultados, tipos de

daños o sufrimientos y ámbitos en los que es posible que se produzca,

conforme a lo señalado en la Convención de Belem do Para:

“Artículo 14. Definición. La violencia contra las mujeres a que se refiere

la presente Ley, comprende todo acto sexista o conducta inadecuada

que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico,

sexual, psicológico, emocional, laboral, económico o patrimonial; la

coacción o la privación arbitraria de la libertad, así como la amenaza de

ejecutar tales actos, tanto si se producen en el ámbito público como en

el privado”.

El Secretario General de las Naciones Unidas, en la campaña que

estamos llevando en todo el mundo que se llama 'Únete para poner fin

a la violencia contra las mujeres', ha formado una liga de hombres en

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donde hay jugadores de fútbol, ex presidentes, empresarios y

personajes públicos. Es una invitación a que los hombres entiendan

este tema. La violencia contra las mujeres es responsabilidad de todos.

Casos de mujeres abusadas que hayan llegado a instancias

internacionales

Son casos emblemáticos. En Brasil está el de María Peña, un caso

que llegó a los tribunales internacionales y sentó la base para que se

puedan implementar las leyes. También hay otros casos de los que se

han hecho películas, de mujeres que no han podido conseguir justicia

en sus países. A la mujer le quitan la confianza y ya no cree en los

sistemas nacionales.

El Caribe tenía un proceso tremendo en el que los hombres estaban

tan enojados porque habían sido denunciados, que comenzaron a

asesinar a las mujeres.

El tema del acceso de Justicia, hay que cuidarlo y trabajarlo, ya que es

un problema la violencia política

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A nivel nacional

El feminicidio o asesinato de mujeres por sus parejas o ex parejas

sentimentales, no es un fenómeno reciente. Sin embargo hoy en día

aparecen frecuentes noticias en los diferentes medios de comunicación

y han tomado la atención de diversas instituciones de defensa de los

derechos de las mujeres en nuestro país. En el Perú, los estudios sobre

el concepto de feminicidio fueron iniciados por las organizaciones

feministas. Actualmente en el país se cuenta con estadísticas oficiales,

que evidencian la magnitud del problema. Según el Ministerio Público,

entre el 2009 y 2010, se registraron 283

Feminicidio; y entre enero y julio del 2011, se perpetraron 48. Cerca del

70% de estos crímenes corresponden a feminicidio íntimo.

Decir que una persona atacó a una mujer por amor o por celos, son

simples justificaciones. El feminicidio en el Perú es un problema

complejo que peligrosamente se ha instaurado en el territorio nacional,

afirmó la socióloga Liz Meléndez, representante de la organización

"Flora Tristán".

La especialista reveló estadísticas sobre los casos de feminicidio en el

Perú, que el nuevo gobierno piensa tipificar como delito grave, lo cual

es apoyado por "Flora Tristan"1. En el año 2010, se reportaron 14 casos

mensuales, 121 mujeres fallecidas y 47 que salvaron de morir.

1El Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán es una institución feminista que fue creada en 1979 como una asociación civil sin fines de lucro. Tiene como misión “combatir las causas estructurales que restringen la ciudadanía de las mujeres y/o afectan su ejercicio. En consecuencia se propone incidir en la ampliación de la ciudadanía de las mujeres y en las políticas y procesos de desarrollo para que respondan a criterios y resultados de equidad y justicia de género”.

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Los números revelan que entre el año 2004 y el primer semestre del

2009, se registraron más de 500 muertes de mujeres por razones de

género, señaló la socióloga Liz Meléndez.

De enero a noviembre de este año se han registrado 59 casos de

feminicidio a escala nacional, según cifras del Observatorio de

Criminalidad del Ministerio Público, cifra que representa poco más de la

mitad de casos registrados durante todo el 2012.

“Si bien el número de víctimas ha ido disminuyendo. La percepción

indica que cada vez hay más violencia contra la mujer, y eso es muy

real porque cada vez hay más denuncias”, explicó la fiscal titular

superior de familia, Rita Figueroa Vásquez.

Señaló que esta situación no representa mayores casos sino que se

está facilitando el acceso de derecho a la justicia a las mujeres.

La representante del Ministerio Público indicó, en el programa de

televisión Los Fiscales, que el año pasado se reportaron 101 casos de

ese delito; mientras que en 2011 se registró 120 víctimas y el 2010

fueron 139 las mujeres asesinadas, la fiscal dijo que se debe distinguir

el conflicto familiar de la violencia familiar. Explicó que el primer caso

surge por la diferencia de opiniones para resolver un problema familiar

que se puede solucionar con el diálogo o con la intervención de un

tercero.

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Por su parte, en la violencia familiar se quiere imponer una decisión o

ejercer poder a través de la violencia y el maltrato físico.

“Se debe tener claro ambos conceptos para saber a dónde acudir, ya

sea un psicólogo en caso de un conflicto o a un fiscal o policía cuando

existe violencia”, señaló.

Figueroa Vásquez precisó que lamentablemente hay muchas mujeres

que aceptan la violencia como una forma de relacionarse con sus

parejas.

Agregó que son las mujeres jóvenes de 18 a 32 años de edad las que

registran mayores casos de feminicidio en el país.

A nivel local

El 70 % de las mujeres lambayecanas2 sufren algún tipo de violencia,

según información estadística del INEI3, difundida por la Gerencia de

Programas Sociales del gobierno regional.

Su gerente, Víctor Hugo Torres Anaya, precisó que con motivo del Mes

de la Mujer, se realizarán actividades de sensibilización y promoción de

respeto y valoración al género femenino, tanto en el área rural como

urbana.

2 RPP NOTICIAS jueves 06 de marzo 2014-04-06 / 12:03pm

3El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), es un organismo constitucional autónomo del Perú. Se encarga de dirigir los sistemas nacionales de estadística y de informática del país. Es también encargado de los censos de población, de vivienda, de empresas, agrarios, universitarios, etc.

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Agregó que existe grandes brechas en la equidad de género y que el 3

% de la mujer lambayecana no tiene ningún tipo de instrucción, el 26 %

tiene primaria incompleta, el 46 % secundaria incompleta y el 25 %

superior incompleta.

Precisó también que el 56 % está empleada y el 51.6 % no tiene

seguro, es decir, se encuentra a la deriva y sólo el 14 % tiene acceso a

los medios de comunicación y el 70.5 % sufre de algún tipo de

violencia, y de este porcentaje un 49 % es por celos.

En lo que va del año, en Lambayeque se han reportado tres casos de

feminicidio y 150 nuevos casos de maltrato contra la mujer, reveló la

jefa del Centro de Emergencia Mujer4, Angélica Musayón Chira.

La especialista contó que el último caso ocurrió en Pósope Alto, donde

un sujeto atacó con un machete a su esposa.

“Esto (la violencia contra la mujer) va en aumento es un problema que

no podemos detener, lamentablemente no está en la agenda de los

políticos, porque no es un tema que les genere réditos” manifestó.

Contó que solo en marzo se presentaron 90 casos, pero las zonas

azucareras y la parte andina es donde siempre se presentan

desenlaces fatales entre los cónyuges.

4 Los CEM son servicios públicos especializados y gratuitos, de atención integral y multidisciplinaria, para víctimas de violencia familiar y sexual, en los cuales se brinda orientación legal, defensa judicial y consejería psicológica. Se procura la recuperación del daño sufrido y se presta asistencia social. Asimismo, se realizan actividades de prevención a través de capacitaciones, campañas comunicacionales, formación de agentes comunitarios y movilización de organizaciones.

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2.1.2 Formulación del problema

¿De qué manera la normativa jurídica penal regula los derechos

fundamentales de la mujer en el delito de feminicidio?

2.1.3 Justificación e importancia

Muertes de mujeres en edad productiva, traumas en las familias,

cientos de niños y niñas huérfanos quedando afectados de por vida en

sus emociones, afectividad y en su forma de pensar. Legitimización de

un aprendizaje social del que ama, controla, maltrata y produce muerte

en nombre del amor. Violencia aprendida, depresión stress post

traumático, pobre expectativa de vida en pareja y en familia como

proyecto social. Y de qué manera el Estado protege, previene el delito

(Feminicidio) mediante la legislación y su adecuada aplicación contra el

agresor.

2.1.4. Objetivos

Objetivo general

Analizar la normativa jurídica penal sobre el delito sobre el delito del

Feminicidio en la Ciudad de Chiclayo.

Objetivo específicos

Identificar de qué forma la mujer Chiclayana está inmerso en la

situación problemática de la violencia Familiar.

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Proponer la sensibilización de la Población de Chiclayo sobre

cómo actuar si son víctimas de agresión y evitar el feminicidio.

Estudiar de que manera la última actualización del código penal

articulo 108-B Feminicidio protege a la mujer Chiclayana.

2.2. Marco teórico

2.2.1. Antecedentes de la investigación

Arquímedes, J (2012) investigó sobre el feminicidio frente al derecho a

la vida y la igualdad en la provincia de Chiclayo. El estudio tuvo como

objetivo analizar, las causas, razones, que conlleva a que se dé el

delito del feminicidio frente al derecho a la vida y a la igualdad, en la

provincia de Chiclayo años 2011-2012, con respecto a un Marco

Referencial, que integre: Planteamientos teóricos, Normas y legislación

comparada, mediante un análisis, con el objeto de identificar el principal

fundamento de este problema, con la finalidad de encontrar las causas

y proponer una solución o recomendaciones que contribuyan a prevenir

este activo que afecta a la sociedad denigrándola cada día más; la

hipótesis global se ve afectada por Empirismos Aplicativos,

Incumplimientos; que están relacionados causalmente y se explican,

por el hecho de que existen normas que no se ajustan a la realidad o

que se aplican mal, atinentes a la vulneración del derecho fundamental

de la vida y la igualdad; en esta sociedad donde se ve afectado la

mujer; especialmente en cómo se intenta aplicar la norma jurídica; o

por no haberse cumplido por parte de los responsables y de la

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Page 19: tesina feminicidio

comunidad jurídica las normas de nuestro ordenamiento jurídico

internacional como Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Para la correlación de datos se utilizó la técnica de la encuesta;

utilizando como instrumento un cuestionario; que tendrá como

informantes a los Legisladores, Personal del Ministerio público,

Abogados e investigadores, que aplicaremos para obtener los datos del

dominio de las variables.

En base al resultado de la contratación de la hipótesis global; podemos

formular la conclusión general; mediante el siguiente enunciado:

“Se prueba parcialmente y disprueba parcialmente el “El feminicidio

frente al derecho a la vida y la igualdad en la provincia de Chiclayo

años 2011-2012”; porque se ve afectada por empirismos aplicativos e

incumplimiento de la Norma; que están relacionadas causalmente y

explican que no se conocía o no se ha aplicado bien algún

Planteamiento Teórico; o pro la doctrina estableciendo las diferencias

modalidades de feminicidio; o por haberse incumplido el art. 107 del

Código Penal y el art. 2 inc. 1 de la Constitución Política del Perú.

Moreno, L. y Senmache, D (2013) quienes investigaron sobre

incidencias del delito de feminicidio como causa del crimen pasional en

el Distrito Judicial de Lambayeque periodo 2011-2012. Teniendo como

objetivo determinar la importancia y la necesidad de protección de los

derechos de la mujer frente a las incidencias de delito de feminicidio en

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Page 20: tesina feminicidio

el distrito judicial de Lambayeque; la hipótesis global se ve afectada por

Empirismos Aplicativos; que están relacionados causalmente y se

explican, por el hecho que no se conocía o no se ha aplicado bien

algún Planteamiento Teórico, especialmente algún concepto básico; o

por haberse incumplido algunas de las normas; o por no haberse

tomado como antecedente alguna Jurisprudencia dad por el tema; la

técnica de la encuesta utilizando como instrumento un cuestionario;

que tuvo como informantes a las autoridades; que aplicamos para

obtener los datos del dominio de las variables y operadores del

derecho.

Las incidencias del Delito de Feminicidio en el Distrito Judicial de

Lambayeque se ve afectado por Distorsiones y empirismos aplicativos

por parte de los responsables y la comunidad jurídica para una

adecuada aplicación del código penal, la constitución política del Perú y

los distintos Tratados Internacionales acerca de las Incidencias del

Delito de Feminicidio, existiendo además un descuido en el

aprovechamiento de la Legislación Compara especialmente de México,

el país en donde se encuentra la mayoría de casos del Delito de

Feminicidio y el cual no ayudaría a lograr subsanar la problemática

advertida.

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2.2.2. Estado de arte

MÉXICO: la ONU saluda una iniciativa que garantiza derechos de

las mujeres en guerrero.

Como es de conocimiento el gobernador del estado de guerrero, en México, envío al Congreso estatal un proyecto de reforma de Ley que garantiza el acceso a los servicios de salud sexual, reproductiva y de planificación familiar.

La Oficina en México de la Alta Comisionada de la ONU para los derechos humanos consideró que ese proyecto merece ser respaldado pues se enfoca en derechos específicos de las mujeres y adolescentes.

Además, atiende las recomendaciones que ha hecho el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas y el Comité para la eliminación de la Discriminación de la Mujer.

Esas recomendaciones también se refieren a la necesidad de amortizar las leyes federales y estatales relativas al aborto, a fin de eliminar los obstáculos que enfrentan la mujeres que deseen interrumpir un embarazo de forma legal y de ampliar el acceso al aborto legal teniendo en cuenta la reforma constitucional en materia de Derechos Humanos.

El representante en México de esa oficina de la ONU, Javier Hernández Valencia, señaló que la iniciativa merece ser apoyada por los actores políticos y sociales de Guerrero, y debería ser imitada en otras entidades.

En este contexto, la Oficina llamó al Congreso actual a aprobar el proyecto de ley en el actual periodo de sesiones. (CINU. 07 M, 2014).

2.2.3. Bases teóricos científicas.

Teoría de la pena

Villavicencio terreros, Felipe. 2006“derecho penal parte general”.

Primera Edición. Lima-Perú Editorial GRIJLEYPag.45

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Bacigalupo enrique. Citado en el libro “derecho penal parte general”

Esto no implica que la teoría de la retribución sea el fundamento de la

pena (exp. 0019-2005-PI/TC fundamento 37)

La pena es la característica más tradicional e importante del derecho

penal. Su origen se encuentra vinculado con la del propio ordenamiento

punitivo y constituyente, por la gravedad de su contenido, el medio de

mayor severidad que puede utilizar el Estado para asegurar la

convivencia en la sociedad. La forma de control social, hasta su actual

desarrollo supone la aplicación de una pena.

En realidad toda concepción de la pena es, necesariamente, una

concepción del derecho penal, de su función y de modo de cumplir esa

función. Por ello, cualquier rol que señale el estado para la pena, los

señala también para el derecho penal. Existe una estrecha relación

entre las funciones del derecho penal y la teoría de la pena. ”Toda

teoría de la pena es una teoría de la función que debe cumplir el

derecho penal”.

La pena está relacionada con conductas socialmente desvaloradas de

las personas, siendo, por consiguiente, una consecuencia jurídica

asignada a cualquier individuo que allá realizado un hecho punible

contrario a la forma. Sin embargo, la pena es ajena a la norma.

22

Page 23: tesina feminicidio

La pena es un mal es un mal e implica sufrimiento dolor y aflicción a la

persona humana. Sin embargo, su aceptación o negación categórica

dependerá si es posible comprobar su utilidad en el caso específico. Es

la teoría de la pena la busca identificar dicha utilidad en fin limitado al

poder penal (prevención general y especial); pero sin embargo faltaría

comprobar si en realidad se cumple o se hace efectiva dicha utilidad. Si

el Estado asume el cumplimiento de la utilidad de la pena y con ello

logra sus efectos, el poder penal habrá sido ejercicio

satisfactoriamente, pues se habrá sujetado a los limites preventivos, si

por el contrario, el cumplimiento de la utilidad es solo un discurso no

realizado el poder penal no lo ejerce o no surte efectos-entonces la

pena es estará utilizando sin lograr dichos fines, y fuera de los limites

preventivos. Así lo utilidad está limitada a través del derecho penal

(teoría de la pena), pues de lo contrario la aplicación de la pena en el

marco del ejercicio del poder penal sería completamente ilegítima.

Además, para evitar un derecho penal desbordado y politizado esta

necesario coordinar la perspectiva de protección de los bienes jurídicos

con la pena.

Se Advierte que para hablar de derecho penal es una obligación

entender que la pena consiste en la limitación de los derechos

personales de un sujeto interpuesta por el Estado como consecuencia

de un proceso adelantado por la rama jurisdiccional, cuando este es

declarado responsables de una conducta definida de manera

inequívoca por las normas que lesiona o pone en peligro, se entiende

23

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que la pena tiene como fin castigar al sujeto que comete un hecho

delictivo que está tipificado en nuestro ordenamiento jurídico.

Teoría absoluta de la pena

Villavicencio terreros, Felipe. 2006“derecho penal parte general”.

Primera Edición. Lima-Perú Editorial GRIJLEYPag.48

(La denominación de teorías absolutas se debe a que estas apelan a

valores absolutos como lo es la justicia (García Pablos de Molina año

2000).

También llamada teorías clásicas, retributivas o de la justicia, parten de

la existencia de verdaderos o valores absolutos, considerando así que

el sentido y el fundamento de la pena es solo la justicia

El autor Villavicencio cita al autor Roxin que expresa lo siguiente: La

afirmación de la vigencia del derecho o la necesidad moral. El derecho

penal se legitimara como instrumento eficaz para el logro de tales

valores. Rechazan de plano la búsqueda de fines fuera denla propia

pena y consideran que aquella se agota en sí misma en cuanto mal

que se impone por la comisión de un hecho delictivo; como también el

hombre se considerado un fin en sí mismo. La pena, para los

retribucioncitas debe existir para que la justicia domine en la tierra.

Estas teorías se basan en la reconocimiento del estado como un

guardián de la justicia y las nociones morales, en la capacidad de la

24

Page 25: tesina feminicidio

persona para auto determinarse, y en la limitación de la función estatal

a la protección de la libertad individual. La pena se legitima si es justa;

pero no, su es útil. “una pena justa implica la retribución de una lesión

cometida culpablemente.

La idea de las teorías absolutas se fundamentó en el libre albedrio, es

decir de un hombre con capacidad de decidir libremente entre el bien y

el mal. “Si la pena ha de ser expresión del derecho y no pura fuerza del

Estado, obligatoriamente ha de poder motivar al individuo, dicho

individuo a su vez tendrá que ser motivarle, lo que supone su

capacidad de reconocer el valor”

Si el sujeto hace mal uso de su libertad, entonces se hace merecedor

de una pena. La pena será una retribución o un pago no es cualquiera,

sino que es una pena justa, esto es, proporcionada al mal causado con

el delito.

Teorías Relativas:

Villavicencio terreros, Felipe. 2006“derecho penal parte general”.

Primera Edición. Lima-Perú Editorial GRIJLEYPag.54

(Roxin, en Roxin/ARTZ TIEDEMAN. 2003

VILLAVICENCIO TERRENOS, Felipe. “derecho penal parte general”.

Primera edición. Primero reimpresión. Editorial GRIJEY. Lima – Perú.

2006. Pág. 48. Y Pág. 54

25

Page 26: tesina feminicidio

Están atienden solo al fin de la pena y le asigna utilidad social

(prevención). Reciben el nombre de teorías relativas pues a diferencia

de la justicia, que es absoluta, las necesidades de prevención son

relativas y circunstanciales.

El autor Villavicencio cita al jurista Mir Puig que dice lo siguiente: Las

teorías absolutas buscan solos el sentido de la pena en la imposición

de la justicia, sin tomar en cuenta los fines de utilidad social, estas

teorías de la prevención asignan a la pena el objetivo de prevenir

delitos como un medio para proteger determinado interese sociales.

Son teorías utilitarias de la pena, y por ello podemos considerar que

siempre tenían en cuenta a la realidad; mientras que la retribución al

pasado, la prevención mira al futuro.

El hecho delictivo no constituye el fundamento de la pena – como la

señalaron, los defensores del retribucionismo - sino la condición o el

motivo del castigo, y nos permiten explicar la necesidad de la

intervención estatal y el modo de obrar de la pena ante la protección

social.

Teorías Mixtas

(Esta dirección electica fue iniciada por MERKEL y VON HIPPEL,

quienes tomaron como centro de actuación de la pena a la retribución y

sobre ella debía de actuar la prevención.)

26

Page 27: tesina feminicidio

Las teorías reúnen en la pena las características que las teorías

anteriores consideraban primordiales: identifican a la pena como justa y

útil.

Consideran que la pena debe reprimirse tomando en cuenta la

culpabilidad y proporcionalidad con respecto al hecho delictivo

(llegando a la justicia) y a la vez prevenir la comisión de los nuevos

delitos (llegando a la utilidad). En la legislación comparada la influencia

de estas teorías es dominante.

2.2.4. Definición de términos básicos.

Normativa Jurídica

La norma jurídica es una regla dirigida a la ordenación del

comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo

incumplimiento puede llevar aparejado una sanción. Generalmente,

impone deberes y confiere derechos.

Se diferencia de otras normas de conducta en su carácter heterónomo

(impuesto por otro), bilateral (frente al sujeto obligado a cumplir la

norma, existe otro facultado para exigir su cumplimiento), coercible

(exigible por medio de sanciones dada la posibilidad legítima de recurrir

al uso de la fuerza socialmente organizada en caso de su

incumplimiento) y externo (importa el cumplimiento de la norma, no el

estar convencido de la misma).5 Las normas jurídicas pueden

5Schettino Yáñez, Macario (2006). Introducción a las ciencias sociales: un enfoque constructivista. Naucalpán de Juárez: Pearson Educación. p. 50. ISBN 9789702607809. OCLC 212662685. Consultado

27

Page 28: tesina feminicidio

diferenciarse de las reglas del Derecho, porque las primeras tienen

intención prescriptiva, mientras que las reglas tienen carácter

descriptivo. Además, el término está muy relacionado con el de

Derecho. A este último concepto pueden atribuírsele diferentes

sentidos, siendo uno de los más recurrentes el de ordenamiento o

sistema de normas jurídicas

Delito

El delito es definido como una acción típica, anti jurídica, imputable,

culpable, sometida a una sanción penal, y a veces a condiciones

objetivas de punibilidad. Supone una conducta infraccional del Derecho

penal, es decir, una acción u omisión tipificada y penada por la ley.

En sentido legal, los códigos penales y la doctrina definen al "delito"

como toda aquella conducta (acción u omisión) contraria al

ordenamiento jurídico del país donde se produce. (POLAINO

NAVARRETE, "Derecho Penal, parte general") La doctrina siempre ha

reprochado al legislador debe siempre abstenerse de introducir

definiciones en los códigos, pues es trabajo de la dogmática.

La palabra delito deriva del verbo latino delinquere, que significa

abandonar, apartarse del buen camino, alejarse del sendero señalado

por la ley. La definición de delito ha diferido y difiere todavía hoy entre

el 1 de abril de 2012

28

Page 29: tesina feminicidio

escuelas criminológicas. Alguna vez, especialmente en la tradición, se

intentó establecer a través del concepto de Derecho natural, creando

por tanto el delito natural. Hoy esa acepción se ha dejado de lado, y se

acepta más una reducción a ciertos tipos de comportamiento que una

sociedad, en un determinado momento, decide punir. Así se pretende

liberar de paradojas y diferencias culturales que dificultan una

definición universal.

Feminicidio

Feminicidio es un neologismo creado a través de la traducción del

vocablo inglés femicide y se refiere al asesinato evitable de mujeres por

razones de género.

El feminicidio entra en la esfera de la violencia contra la mujer, pero

también toma otras formas. Aunque existen otros casos como una mala

o falta de atención médica durante el embarazo o el parto que pueden

acarrear la muerte de la madre. En algunos países como China e India,

las estadísticas muestran un ratio de hombre a mujer de 120 hombres

por cada 100 mujeres.6 Sumado al aborto selectivo, el feminicidio

también toma la forma de infanticidio, y la violencia en contra de la

mujer en algún estadio de su vida.

6TheEconomist.«TheWaronBabyGirls:Gendercide».4March2010http://www.economist.com/node/15606229

29

Page 30: tesina feminicidio

Ministerio Público

El Ministerio Público del Perú es el organismo constitucional autónomo

del Estado Peruano. Su sede está en el distrito de Lima, Lima-Perú.

Está controlado por la Fiscalía de la Nación.

Cónyuge

En Derecho, se denomina cónyuge a cualquiera de las personas físicas

que forman parte de un matrimonio. Según el diccionario prehispánico

el término «cónyuge» es de género común, es decir, se puede usar

para referirse a un hombre («el marido» o «el cónyuge») o a una mujer

(«la mujer» o «la cónyuge»). Cuando el sexo es desconocido

normalmente se dice «el cónyuge» aunque también se puede decir «el

o la cónyuge».

Como sinónimo de cónyuge, se suele utilizar el término «esposo» o

«esposa», aunque técnicamente no son equivalentes, pues son

esposos también quienes han celebrado los esponsales, pero aun no el

matrimonio.

Conviviente

30

Page 31: tesina feminicidio

Una pareja de hecho, emparejamiento doméstico o asociación libre

(unión libre, unión de hecho o unión registrada) es la unión de dos

personas, con independencia de su orientación sexual, a fin de convivir

de forma estable, en una relación de afectividad análoga a la conyugal.

Dada la vinculación sólo afectiva y de convivencia entre los

componentes de las parejas de hecho, que en ocasiones conlleva una

dependencia económica análoga a la de un matrimonio, algunos

ordenamientos jurídicos se han visto en la necesidad de regularlas para

evitar el desamparo de alguno de los componentes de la pareja en

ciertas situaciones como muerte del otro, enfermedad, etc.

2.3. Marco metodológico

En este capítulo se presenta la metodología que permitió desarrollar el

presente Trabajo Especial de Grado. Se muestran aspectos como el

tipo de investigación, las técnicas y procedimientos que fueron

utilizados para llevar a cabo dicha investigación.

2.3.1. Tipo y diseño de la investigación

2.3.1.1. Tipo de la investigación

De acuerdo con el problema referido al análisis de Feminicidio

Ley 30068 que modifica el artículo 107 del Código Penal, la

misma que incorpora el artículo 108-B Feminicidio, la

investigación fue de tipo Crítico propositivo, debido a que

31

Page 32: tesina feminicidio

nuestro proyecto consiste en describir, analizar y emitir el

desarrollo de una norma actualmente vigente, para solucionar el

problema de maltrato y discriminación a la mujer-Feminicidio

legal existente en nuestro Marco Legal Peruano.

2.3.1.2 Diseño de la investigación:

El proyecto de investigación a realizar, se adecua a los

propósitos de estudio no experimental- transversal o

transaccional. Debido a que nuestro proyecto traerá un

alcance en el tiempo, dándole direccionalidad y sentido a

nuestra propuesta con el fin de solucionar el problema de

Feminicidio legal existente en nuestro Marco Legal Peruano.

2.3.2. Población y muestra:

Población

La población que sirvió como objeto de investigación fueron las Mujeres

maltratadas y asesinadas en la Ciudad de Chiclayo.

Muestra

La muestra elegida en nuestro proyecto de investigación, son aquellas

Mujeres maltratadas y asesinadas del Distrito de Chiclayo.

32

Page 33: tesina feminicidio

2.3.3. Hipótesis

El Análisis de la normativa jurídica penal sobre el delito de Feminicidio

en la ciudad de Chiclayo.

2.3.3. Hipótesis

Si entonces

2.3.4. Variables

Variable Independiente: Normativa jurídica

Variable dependiente: Feminicidio

2.3.5. Operacionalización

VariableDefinición

OperacionalDimensiones Indicadores Escala

33

Page 34: tesina feminicidio

VI: Norma jurídica

Ordenación

Regula

comportamiento

humano

Nominal

Incumplimiento

Coercible

.

sanciona

Uso de la fuerza

socialmente

organizada en

caso de su

incumplimiento

VD: Feminicidio Salud Afectación a

la integridad

física,

Nominal

34

Page 35: tesina feminicidio

psíquica y la

salud

Social

Temor al

problema

actualmente

distorsionado.

CulturalNivel cultural

medio

Económico Las mujeres

con maltrato

físico y

psíquico

tienen

derecho de

acudir a las

comisarías de

manera

gratuita

donde se

encuentren y

con el mismo

derecho de

acceso a la

35

Page 36: tesina feminicidio

justicia.

2.3.6. Métodos, Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos:

En el presente proyecto usaremos como técnica de análisis documental

a la encuesta, el cual es un método descriptivo que consiste en obtener

información de los objetos de estudio, proporcionados por ellos

mismos, sobre opiniones, conocimiento, actitudes o sugerencias; y

como instrumento de estudio tendremos al cuestionario, el cual se

basara en diez preguntas objetivas para la muestra correspondiente la

cual será materia de estudio.

Además se incluye la validación, confiabilidad y objetividad de los

instrumentos.

Se presentarán en la parte final del proyecto referente a los anexos.

36

Page 37: tesina feminicidio

2.3.7. Procedimiento para la recolección de datos

El marco teórico ha sido elaborado en base a tesis, tesinas, libros y

páginas virtuales, además de realizar encuestas a la población para

conocer su opinión sobre este tema y el cambio que se puede dar

dentro de una sociedad. Asimismo hacer de su conocimiento los

beneficios que traerían consigo la solución dentro de nuestro marco

legal, por lo que evitaríamos los lugares en donde se practica la

violencia, maltrato y agresión hacia la mujer por el hecho de ser tales y

la inestabilidad jurídica que existe en nuestro país.

2.3.8. Plan de análisis estadístico de datos

La información obtenida se organizara en gráficos circulares, barras y

cuadros con la intención de mostrar la información resumida y

debidamente sistematizada.

37

Page 38: tesina feminicidio

Cuadro Nº1

7 http://www.unfpa.org.pe/mgenero/PDF/MP-Feminicidio-Distritos-ENE-OCT2010.pdf

38

Page 39: tesina feminicidio

Cuadro Nº2

8 http://www.congreso.gob.pe/dgp/Gestion_Informacion_Estadistica/georeferencial/2013/3trimestre/14.LAMBAYEQUE.pdf

39

Page 40: tesina feminicidio

VÍCTIMAS DE FEMINICIDIO POR TIPO DE AGRESOR, SEGÚN DEPARTAMENTO, 2010 - 2012

(Casos registrados)

Departamento

Total

2010

Total

2011

Total

2012Pareja

o ex- pareja

Un familiar

Otra persona

Pareja

o ex- pareja

Un familiar

Otra persona

Pareja

o ex- pareja

Un familiar

Otra persona

Total 121 82 10 29 93 57 11 25 83 67 5 11

Amazonas - - - - 2 1 1 - 2 2 - -

Ancash 8 5 1 2 8 4 2 2 2 2 - -Apurímac 2 2 - - - - - - - - - -

Arequipa 8 5 1 2 9 5 - 4 4 3 - 1Ayacucho 9 6 3 - 1 - - 1 5 2 2 1

Cajamarca 2 2 - - - - - - 1 1 - -

Callao 4 3 - 1 3 2 - 1 3 3 - -

Cusco 6 5 - 1 3 3 - - 2 2 - -Huancavelica 1 - 1 - 1 1 - - 2 2 - -

Huánuco 5 2 - 3 3 1 - 2 3 2 1 -

Ica 2 2 - - 2 1 1 - 2 2 - -

Junín 8 6 - 2 7 5 - 2 3 3 - -La Libertad 1 1 - - 3 1 - 2 4 4 - -

Lambayeque 2 2 - - 4 3 - 1 4 3 - 1

Lima 37 24 3 10 39 24 7 8 27 20 2 5

Loreto 2 2 - - - - - - 1 1 - -Madre de Dios 1 1 - - 1 1 - - 3 3 - -

Moquegua 1 - - 1 1 - - 1 - - - -

Pasco 2 2 - - - - - - 1 1 - -

Piura 4 3 - 1 3 3 - - 2 1 - 1

Puno 7 3 1 3 2 2 - - 3 2 - 1San Martín - - - - - - - - 1 1 - -

Tacna 1 1 - - 1 - - 1 6 5 - 1

Tumbes 3 2 - 1 - - - - 0 - - -

Ucayali 5 3 - 2 - - - - 2 2 - -

Fuente: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) - Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual (PNCVFS).9

9 http://www.inei.gob.pe/buscador/?tbusqueda=feminicidio

40

Page 41: tesina feminicidio

2.3.9. Criterios éticos.

Nuestro proyecto de investigación cuenta con criterios éticos debido a

que toda la información contenida y desarrollada tiene un carácter

veraz y nada ha sido manipulado con fines o intereses del investigador.

2.3.10. Criterios de rigor científico.

Los criterios de rigor científico que serán materia de estudio de nuestro

proyecto serán:

El valor verás porque mostrara en sus resultados una interpretación

verdadera; consistencia porque el estudio realizado sobre nuestro

problema de estudio podrá repetirse con el fin de reportar resultados

similares de tal manera que se perfeccionen los anteriores y,

neutralidad porque el investigador mantendrá su margen de distancia

con los resultados obtenidos en la investigación.

41

Page 42: tesina feminicidio

III.MARCO ADMINISTRATIVO

3.1. Cronograma de actividades

Actividades Ene Fe

b.

Ma

r

Abr

.

Muy Jun

.

Jul

.

Ago

.

Set Oct

.

Nov

.

Dic

.

1. Elaboración del proyecto

Plan de investigación

Marco teórico

Marco metodológico

Marco administrativo

Referencias bibliográficas

2. Presentación del proyecto

Levantamiento de observaciones 1.

Revisión completa por asesor 1

Levantamiento de observaciones 2.

Revisión completa por asesor 2.

42

Page 43: tesina feminicidio

3. Aprobación de proyecto

4. Desarrollo del proyecto

Aplicación de la metodología e

instrumentos

Tabulación de datos.

Discusión

Conclusiones y recomendaciones.

5. Presentación del informe final.

Primera revisión de jurado.

Levantamiento de observaciones 1

Segunda revisión del jurado

Levantamiento de observaciones 2

Elaboración de articulo según

modelo ANR

6. Aprobación del informe final.

7. Sustentación del informe final

43

Page 44: tesina feminicidio

3.2. Presupuesto

44

Page 45: tesina feminicidio

45

Materiales

Detalle Cantidad Valor (S/.) Total (S/.)

Papel Bond A4 500 S/. 11.00 S/.11.00

Engrapador 1 S/ 20.00 S/. 20.00

Lapiceros 3 S/. 2.00 S/. 6.00

Corrector 2 S/. 3.00 S/. 6.00

Agendas 4 S/. 5.00 S/. 20.00

Perforator 1 S/. 10.00 S/. 10.00

Grandpas 1000 S/. 7.00 S/. 7.00

Juego de reglas 1 S/. 6.00 S/. 6.00

Folders Manila

A4

12 S/. 6.00 S/. 6.00

Subtotal S/. 92.00

Servicios

Detalle Cantidad Valor (S/.) Total (S/.)

Copias 1000 S/. 0.05 S/. 50.00

Internet 1 S/. 130.00 S/. 130.00

Transporte 20 S/. 2.00 S/. 40.00

Tipeo 28 S/. 1.00 S/. 28.00

Impresiones 28 S/. 0.30 S/. 8.40

Page 46: tesina feminicidio

3.3. Financiamiento:

El trabajo está financiado por los estudiantes que realizan este proyecto

y por el alcalde Roberto Torres Gonzales de la Municipalidad de

Chiclayo por la gran trascendencia e importancia que se viene

realizando en dicho proyecto, puesto que tiene una participación directa

dentro del proyecto con un monto de S/. 600.00 nuevos soles. Asimismo

los estudiantes aportan con la suma de S/. 00.150.00 nuevos soles para

la ejecución del presente proyecto.

46

Page 47: tesina feminicidio

Referencias

BADILLA, Ana Elena. Feminicidio: más allá de la violación del

derecho a la vida Análisis de los derechos violados y las

responsabilidades estatales en los casos de feminicidio de Ciudad

Juárez. Costa Rica-San José. 2008

BARCAZ HECHAVARRIA, Ernesto.-“Violencia contra la mujer:

características epidemiológicas”- El Cid Editor. Argentina 2009.

CARCEDO, Ana. No olvidemos ni aceptamos: Feminicidio en

Centroamérica 2000-2006. Primera Edición. Costa Rica- San José.

2008

RAMOS DIAZ, Freyre. Derecho penal parte especial (Tomo I).

Editorial IDEMSA: Lima, Perú.

Villavicencio terreros, Felipe. 2006“derecho penal parte general”.

Primera Edición. Lima-Perú Editorial GRIJLEYPag.48

47

Page 48: tesina feminicidio

Villavicencio terreros, Felipe. 2006“derecho penal parte general”.

Primera Edición. Lima-Perú Editorial GRIJLEYPag.54.

Arquímedes, J (2012) investigó sobre el feminicidio frente al derecho

a la vida y la igualdad en la provincia de Chiclayo.

Moreno, L. y Senmache, D (2013) quienes investigaron sobre

incidencias del delito de feminicidio como causa del crimen pasional

en el Distrito Judicial de Lambayeque periodo 2011-2012

Linkografias:

http://spij.minjus.gob.pe/Normas/textos/180713T.pdf

http://www.congreso.gob.pe/dgp/Gestion_Informacion_Estadistica/

georeferencial/2013/3trimestre/14.LAMBAYEQUE.pdf

http://www.inei.gob.pe/buscador/?tbusqueda=feminicidio

Anexos

Ley nº 30068

Exp.Jud. Nº 6468-2009

48