TERCERIZACIÓN Y CONTRATISTAS MINERAS€¦ · Registro de contratista minero. 2. Declarar en PDT...
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TERCERIZACIÓN Y CONTRATISTAS
MINERAS
Daniel de la Vega Zavala
Noviembre, 2011
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Algunos datos a considerar
1. Aproximadamente, entre el 70% y 80% del personal que desarrolla labores en
la actividad minera y de hidrocarburos es personal tercerizado.
2. Aproximadamente, de cada 5 inspecciones laborales en las empresas del
sector minero energético, al menos 2 ó 3 son sobre temas de tercerización o
relacionadas con una empresa de tercerización.
3. Existe mucha desconfianza por parte de los inspectores de trabajo respecto de
la tercerización y desconocimiento respecto de cómo funciona la misma en el
sector. Lo que se incrementa por actos propios de las Empresas del sector.
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Algunos datos a considerar
4. Incremento en las demandas judiciales por desnaturalización de contratos de
tercerización / intermediación. Tanto en la vía del Amparo (STC 00423-2011-
PA/TC, STC 00369-2011-AA) como en la Ordinaria Laboral.
5. Tema presente en la legislación laboral en debate o reciente: LGT, LSST,
NLPT.
6. Se está fortaleciendo el sistema de inspección de trabajo ( + inspectores, +
presupuesto, + capacitación).
7. Propuesta de campaña: Terminar con el “abuso” de las “services” y “contratas”.
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Tema vigente: ¿qué debemos
tener en cuenta y qué viene?
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PARA TENER EN CUENTA
¿Que debemos
acreditar? ¿Cómo?
Actividades
especializadas u
obras
1. NO simple provisión de personal.
2. Se pacta una retribución por servicio, NO asociada a criterios
laborales.(Revisar precios unitarios).
3. Aplica sólo a desplazamiento permanente y actividad principal.
Recursos
financieros, técnicos
y materiales propios
1. Contratista debe contar con ingresos y patrimonio propio y
suficiente, que le permita manejar independientemente su
operación. (No vinculación económica)
2. Contratista debe ser propietaria de los bienes que utiliza o que
éstos se encuentren bajo su administración y responsabilidad.
¿Alquileres?, ¿cesión en uso?.
(Directiva 002-2007/MTPE/2/11.4:
“excepcionalmente podrán utilizar bienes de terceros, pero no
aquellos de propiedad de la principal o vinculadas.”)
AP: Posición rígida en cuanto a bienes de usuaria.
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PARA TENER EN CUENTA
¿Que debemos
acreditar? ¿Cómo?
Asuman servicios
por su cuenta y
riesgo
Responsable por el resultado de sus actividades. Contar con:
autonomía en la ejecución de la obra o servicio, know how propio,
responsabilidad por incumplimiento.
Trabajadores bajo
exclusiva
subordinación
1. Trabajadores bajo dirección y supervisión exclusiva de la
contratista.
2. Contratista cuenta con organización propia: gerentes,
superintendentes, supervisores, jefes, capataces, supervisor de
SST, etc.
3. Contratista paga y asume directamente pago de remuneraciones y
beneficios.
4. Usuaria no realiza despidos. (Directiva 002-2007/MTPE/2/11.4)
5. Usuaria no participa en la selección de personal. (Directiva 002-
2007/MTPE/2/11.4).
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PARA TENER EN CUENTA
¿Que debemos
acreditar? ¿Cómo?
Pluralidad de
Clientes
Importante, pero con excepciones (ejemp.:Empresa comunal, etc.)
Obligaciones
formales
1. Exploración, explotación, desarrollo y beneficio: Contar con
Registro de contratista minero.
2. Declarar en PDT desplazamiento.
3. Contratos de trabajo del personal con indicación del lugar de
prestación, datos de empresa principal, descripción del servicio,
obligaciones de SST, etc.
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PARA TENER EN CUENTA
Errores Comunes
1. Contrato adecuado, pero subordinación en la ejecución.
2. Cuento con contratista, pero mi personal sigue ejecutando la MISMA
actividad.
3. Trato al personal de la empresa de tercerización como propio: Entrevistas
de trabajo, EPP´s, paseos, canastas, correo electrónico, fotocheck, otros.
4. Plena identificación con Jefes de empresa usuaria/subordinación, permisos,
etc.
5. Reemplazo a personal permanente del titular minero.
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PARA TENER EN CUENTA
Evaluación en cada caso
concreto / campamento,
algunos equipos, etc..
Reglamento
Todos copulativamente,
no evaluación. Debe
contar con local y
equipos propios.
D.001 y AP
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PARA TENER EN CUENTA
Responsabilidad solidaria
Accidente de trabajo
o en el desplazamiento/
Enfermedad profesional.
Atenciones / Indemnización
Informar
¿Responsabilidad penal?
Necesaria implementación
de mecanismos de control
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PARA TENER EN CUENTA
Fuente: MEM
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PARA TENER EN CUENTA
Responsabilidad solidaria
Pago de
Remuneraciones,
beneficios sociales y
obligaciones de
seguridad social de
origen legal.
Nueva Ley Procesal del
Trabajo. Plazos /
Presentar Documentos.
Necesaria
implementación de
mecanismos de control
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PARA TENER EN CUENTA
Sindicato de Empresas Contratistas
Aspectos Colectivos
Empresa Minera no forma parte
de la negociación ni de las
reuniones de conciliación.
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PARA TENER EN CUENTA
Responsabilidad solidaria
Implementar sistema de control de contratos y contratistas (comunicación continua):
- Preferir a contratistas con experiencia en el mercado y pluralidad de
clientes.
- Contratos.
- Forma en la que se ejecuta el servicio.
- Gestión de la Seguridad y Salud.
- Conservar y revisar información de pago de obligaciones laborales.
- Fianza, Fondo de garantía, auditorias internas, otros.
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¿QUE VIENE?
Proyecto LGT:
1. Mantiene figura de tercerización e intermediación temporal y
complementaria.
2. ¿Actividad principal?
A Considerar:
- ¿Todo servicio debe ser regulado por la “tercerización laboral”?.
- Tema de comunidades.
- Acciones de prevención deben partir de los titulares mineros.
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TERCERIZACIÓN Y CONTRATISTAS
MINERAS
Daniel de la Vega Zavala
Noviembre, 2011