TEORIA DE SINDICATOS Y MODELO DE CONSTITUCION DE SINDICATOS

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    En esta se fortalece el mo!imiento sindical y surgen numerosas asociaciones detrabajadores, pero sufre las represalias de la dictadura 'biquista durante loscatorce aos de su gobierno en el que finalmente las mismas agrupaciones quefueron perseguidas y coaccionadas durante este periodo tales comocampesinos, profesionales, maestros, uni!ersitarios estudiantes y dem%s

    sectores deciden pro!ocar la renuncia de /orge 'bico, que posteriormente seorganizan tambin para crear 8La confederacin de trabajadores de &uatemala=.

    3. De 1944 a 19542urante este periodo se realiza un cambio radical en el %mbito poltico,,econmico, social y laboral en la que despus de una serie de discrepanciasentre las organizaciones sindicales y los gobiernos temporales hasta la llegadadel doctor /uan /os 0r!alo se logra la promulgacin del cdigo de trabajo y laconstitucin poltica de la republica de ()* que realmente regula en formae$presa el pleno derecho de Sindicalizacin libres para fines e$clusi!os de la

    defensa econmico social de los patronos y trabajadores> lo que pro!oc elsurgimiento de numerosos sindicatos y se logro la autorizacin de lapersonalidad jurdica, la aprobacin de estatutos e inscripcin de (*?organizaciones sindicales.

    4. De 1954 a 1986+aracterizado nue!amente por la represin y persecucin sindical, el gobiernodel coronel +arlos +astillo 0rmas promo!i acciones encaminadas a latergi!ersacin de los logros obtenidos aos atr%s por las asociaciones detrabajadores, se producen una serie de acontecimientos que redujeron y

    desaparecieron considerablemente los derechos y libertades que originarongrandes conflictos entre stos y el gobierno de turno, en la que se cancel lapersonalidad jurdica de !arios sindicatos y se suspendieron toda clase deautorizacin con respecto a las mismas por medio de los llamados decretospresidenciales que finalizaron hasta la llegada del licenciado @inicio +erezo queemite una ley que regula todo lo concerniente al derecho de huelga ysindicalizacin de los empleado p#blicos.+abe destacar que los conflictos no cesaron en ning#n momento durante lospr$imos gobiernos que corresponden al general 9iguel "dgoras 6uentes A()5B()3CD cuyo mandato autoriz la personalidad jurdica e inscripcin de doceorganizaciones sindicales y la del general Enrique

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    9anuel 0rana 4sorio A()?B)?*D que arremeti dr%sticamente en contra de losgremio profesionales y sindicales caracterizado por el estado de sitio riguroso depersecuciones generales que deterioran gra!emente el sistema poltico e imagenante la comunidad internacional la cual fue recuperada por la administracinpresidencial del &eneral Fjell Eugenio A()?B()?)D Laugerud por medio de la

    formulacin de nue!as polticas de gobierno se logra la recuperacin participati!adel sector sindical en la esfera del poder publico y se autorizaron 5 sindicatos.Los siguientes gobiernos se califican como gobiernos de facto represi!os y depolticas antisindicales, represi!as y e$terminadoras de los ciudadanos,profesionales y sindicalistas de la poca, tiempo muy !iolento que reprimedi!ersos sectores sociales y estac gran parte del desarrollo social, poltico ylaboralista, las agrupaciones de esta naturaleza fueron constreidas hasta talpunto que muchos dirigentes se !ieron en la necesidad de ir al e$ilio parasal!aguardar su integridad y !ida.

    5. De 1986 a la poca actual.+on la nue!a constitucin y el retiro de los gobierno militares se inicia un rgimenci!il en el las organizaciones sindicales se enmarcan hacia un nue!o proceso deorganizacin que les permite consolidar las bases de las mismas, se insta unaapertura y libertad sindical que finalmente se consigue durante el gobierno delpresidente @inicio +erezo A()53B())D la promulgacin de la 8ley reguladora delderecho de huelga y sindicalizacin de los empleados p#blicos= lo que permitique durante esta etapa transitoria se inscribieran una gran cantidad desindicatos> durante dicho logro hay que recalcar que despus de las sustitucin

    del presidente @inicio cerezo por parte del gobierno de /orge Serrano Elas setergi!ersa el orden constitucional t tra!s de las denominadas leyes temporalesde gobierno que fueron declaradas inconstitucionales por la corte deconstitucionalidad de aquel tiempo , lo #nico rele!ante durante este gobierno fuela creacin de la ley de bonificacin anual para los trabajadores del sectorp#blico y pri!ado. 2urante el gobierno de Gl!aro 0rz# se inscriben muy pocossindicatos ya que el mismo se caracteriz por ser un gobierno derechista y pocosimpatizantes de los sindicatos, lo importante de esta poca es elestablecimiento de la 8'nin &uatemalteca de 1rabajadores 8. Los procesos porel fortalecimiento de la unin sindical dieron como resultado en la direccin

    general de trabajo el ao de ())5 un total de (CH( sindicatos de los cuales 5Ceran gremiales, (C independientes y H() de empresa.

    1. Deinici!n de "indicato.El sindicato es un agrupamiento constituido por personas fsicas o morales queejercen una acti!idad profesional, en !istas a asegurar la defensa de sus

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    intereses, la promocin de su condicin y la representacin de su profesin, porla accin colecti!a de contestacin o de participacin en la organizacin de lasprofesiones as como en la elaboracin y puesta en pr%ctica de la polticanacional en materia econmica y social> es la asociacin de patronos, empleadosp#blicos y pri!ados de una misma acti!idad, oficio o especialidad constituida

    e$clusi!amente para el estudio, mejoramiento y defensa de sus interesesorganizacionales con la aptitud legal para adquirir derechos y contraerobligaciones Apersonalidad jurdicaD

    2. #la"iicaci!n.

    a. Sindicato" del "ecto$ pu%lico"ntegrados por trabajadores de los organismos del Estado y de las entidadesdescentralizadas o autnomas.

    %. Sindicato" del "ecto$ p$i&ado"ntegrados por las organizaciones y trabajadores que prestan sus ser!iciospersonales en empresas de propiedad de personas particulares.

    c. Sindicato" ca'pe"ino".Son los que se encuentran constituidos por trabajadores campesinos opatronos de empresas agrcolas o ganaderas cuyas acti!idades y labores sedesarrollan en el campo agrario.

    d. Sindicato" u$%ano".Est%n constituidos por trabajadores o personas de profesin u oficioindependiente, cuyas acti!idades y labores son desempeadas fuera delmarco de las relaciones agrarias y ganaderas.

    A. #ontenido le(al

    1. A$t)culo" 206. "indicato"Sindicato es toda asociacin permanente de trabajadores o de patronos o de

    personas de profesin u oficio independiente (trabajadores independientes),

    constituida exclusivamente para el estudio, mejoramiento y proteccin de sus

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    respectivos intereses econmicos y sociales comunes. Son sindicatos

    campesinos los constituidos por trabajadores campesinos o patronos de

    empresas agrcolas o ganaderas o personas de profesin u oficio

    independiente, cuyas actividades y labores se desarrollan en el campo

    agrcola o ganadero. Los sindicatos se deben regir siempre por los principios

    democrticos del respeto a la voluntad de las mayoras, del voto secreto y de

    un voto por persona!.

    2. Acti&idade" de lo" "indicato"* A$t)culo 214.

    a. +elebrar contratos colecti!os de trabajo, pactos colecti!os de condicionesde trabajo y otros con!enios de aplicacin general para los trabajadoresde la empresa.

    b.

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    La asamblea general designa a un presidente de debates y un

    secretario de actas pro!isional para que dirijan las acti!idades adesarrollar.

    El presidente de debates, hace alusin a la definicin de un sindicato,

    a los principios democr%ticos del mismo y a la inamo!ilidad que gozanlos fundadores de una organizacin sindical de conformidad con losartculos H3, H?, y H) del +digo de 1rabajo.

    Elaborar el acta constituti!a, la que debe contener los requisitos

    establecidos en el artculo HH del +digo de 1rabajo.

    0nalizar los Estatutos, para lo cual se le dar% lectura a todos los

    artculos para obtener la aprobacin de la asamblea &eneral>

    2ebe elegirse al comit ejecuti!o y consejo consulti!o pro!isionales

    con base en los artculos HHC y HH* de +digo de 1rabajo, indicandocon cuantos !otos fueron electos, ambos rganos del sindicato.

    Los miembros del comit ejecuti!o y consejo consulti!o pro!isional

    electos deben hacer la declaracin conforme el inciso dD del artculoHH del +digo de 1rabajo.

    La asamblea general debe dar autorizacin a los miembros del comit

    ejecuti!o pro!isional para que puedan realizar lo dispuesto en el incisocD del artculo HH del +digo de 1rabajo.

    0l final del acta constituti!a se hace constar el lugar, la fecha y la hora,

    en que finaliza la asamblea general.

    El original y copia del acta constituti!a y de los estatutos deben ser

    firmados al final por todos los miembros del comit Ejecuti!opro!isional y al margen de las mismas deben ser firmadas por elsecretario general pro!isional.

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    4. +odelo de Acta pa$a #on"titui$ ,n Sindicato

    En la ciudad de &uatemala, siendo las IIIIIII del da IIIIIII del ao IIIIen la

    octa!a a!enida n#mero trece guin setenta y seis de la zona uno de esta ciudad, nosencontramos reunidos !einte trabajadores de la Empresa 1e$tiles Juichelenses, con elobjeto de celebrar asamblea general para la formacin del sindicato de los trabajadoresde dicha empresa, quienes a continuacin nos identificamos- (D

    IIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIItejedor, con cdula de !ecindad n#mero de orden 0guin uno y de registro !einticinco mil cinco e$tendida por el 0lcalde 9unicipal de

    IIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIII 7410- S'+ES"@09E71E SE "2E71"6"+07 L4S@E"71E 4 90S 10;0/024ES. 1odos los trabajadores por este acto manifestamosnuestro consentimiento y deseo de formar el Sindicato de 1rabajadores de la Empresa1e$tiles Juichelenses, el mismo podr% identificarse con las siglas S. 1. E. 1. J. y para elefecto se procede de la manera siguiente-

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    0s mismo, el presidente de debates e$presa a la asamblea general que debeprocederse a la eleccin del consejo consulti!o, que los electos deben reunir losmismos requisitos que los miembros del comit ejecuti!o, y que dichas eleccionesdeben hacerse por medio del !oto secreto y un !oto por persona, por lo que laasamblea general propone como planilla #nica para la conformacin de dichos rganos

    la siguiente- +omit Ejecuti!o, (D SE+E10"4 &E7E0L H SE+E10"4 2E 0+10SK 0+'E24S IIIIIIIIIIIII CD SE+E10"4 2E 4&07"0+"M7 * SE+E10"42E 10;0/4 K +476L"+14SIIIIIIIIIIIIII D SE+E10"4 2E 6"7070S

    IIIIIIIIIII +onsejo +onsulti!o- (D HD yCD 7o habiendo m%s propuestas se somete a!otacin la planilla anterior, la que es electa por unanimidad de los presentes y pormedio del !oto secreto, en consecuencia el comit ejecuti!o y consejo consulti!opro!isionales quedan integrados en la forma que se describe anteriormente. 0ctoseguido los miembros del comit ejecuti!o y consejo consulti!o pro!isionales declaran-ser guatemaltecos de origen y trabajadores de la Empresa 1e$tiles Juichelenses.

    J'"714- La asamblea general por unanimidad autoriza a los miembros del comitejecuti!o pro!isional para aceptar a juicio de ellos y en nombre del sindicato,cualesquiera reforma que indique la 2ireccin &eneral de 1rabajo y, en general pararealizar los tr%mites para el reconocimiento de la personalidad jurdica, aprobacin deestatutos e inscripcin del sindicato en formacin. Se termina el presente en el mismolugar y fecha dos horas despus de su inicio, y pre!ia lectura ntegra a los presentes,enterados de su contenido, objeto, !alidez y efectos legales la aceptan y ratifican.