TEMA 10: PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL · 2018. 3. 1. · protecciÓn radiolÓgica...

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PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL IRD-DR-GR-PW10 © CSN-2009 1 TEMA 10: PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL

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  • PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL

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    TEMA 10: PROTECCIÓN

    RADIOLÓGICA

    OPERACIONAL

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    TEMA 10: PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL

    1. INTRODUCCIÓN: PRÁCTICAS HE INTERVENCIONES

    2. CONCEPTOS BÁSICOS DE PROTECCIÓN RADIOLÓGICA

    3. PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL DE LOS TE

    Clasificación del trabajador expuesto

    Clasificación de los lugares de trabajo

    Señalización de zonas

    Evaluación de la exposición

    Vigilancia del ambiente de trabajo

    Vigilancia individual de la exposición

    Vigilancia sanitaria del trabajador expuesto

    4. NORMAS DE PROTECCIÓN PARA PERSONAS EN FORMACIÓN Y

    ESTUDIANTES

    5. MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA LOS MIEMBROS DEL PÚBLICO EN

    CIRCUNSTANCIAS NORMALES

    6. INTERVENCIONES

    7. FUENTES NATURALES DE RADIACIÓN

    8. INSPECCIÓN Y SANCIONES

    9. CRITERIOS GENERALES DE REDUCCIÓN DE DOSIS. BLINDAJES

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    INTRODUCCIÓN

    La Protección Radiológica surge de la necesidad de proteger a los

    individuos, sus descendientes y el medio ambiente de los efectos

    nocivos de las radiaciones ionizantes.

    Las normas relativas a la protección de los trabajadores y de los

    miembros del público que resulten de la ejecución de actividades que

    incluyan exposiciones a las radiaciones ionizantes se desarrollan en el:

    Reglamento de Protección Sanitaria contra las

    Radiaciones Ionizantes (RPSRI) aprobado por el

    Real Decreto, 783/2001

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    No aplica a exposiciones de radon en viviendas o niveles naturales de radiación en el cuerpo humano.

    • PRÁCTICAS:

    – Toda actividad nuclear y radiactiva

    – Explotaciones de minerales radiactivos

    – Aparatos productores de radiaciones ionizantes (> 5 kVp)

    – Producción, tratamiento, manipulación, utilización, posesión, almacenamiento, transporte y eliminación de material radiactivo

    – Actividades laborales con presencia de fuentes naturales que supongan un incremento de dosis significativo.

    Este reglamento es de aplicación:

    • en las prácticas que impliquen un riesgo derivado del uso de las radiaciones ionizantes

    • en las intervenciones en caso de emergencia o exposición perdurable

    http://images.google.es/imgres?imgurl=http://www.nodo50.org/panc/albarra2.jpg&imgrefurl=http://www.nodo50.org/panc/Nuc.htm&h=221&w=300&sz=25&tbnid=lnjcmPIRLz-UzM:&tbnh=81&tbnw=111&hl=es&start=2&prev=/images%3Fq%3DINSTALACI%25C3%2593N%2BNUCLEAR%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3D

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    •Toda práctica incluida en el ámbito de aplicación del Reglamento

    debe estar JUSTIFICADA.

    •El número de personas y las dosis deberán mantenerse en el valor

    MÁS BAJO RAZONABLEMENTE POSIBLE, teniendo en cuenta

    factores económicos y sociales. (Se establecerán restricciones de

    dosis cuando sea adecuado)

    •Las sumas de las dosis de todas las prácticas deberán mantenerse

    POR DEBAJO DE LOS LÍMITES establecidos, excepto exposiciones

    por diagnóstico o tratamiento médico y exposiciones voluntarias para

    ayudar pacientes o participar en programas de investigación médica y

    biomédica. (Se incluirán restricciones de dosis en estos dos últimos

    casos)

    •El titular de la práctica será el RESPONSABLE de que se apliquen

    los principios establecidos en el Reglamento.

    PRINCIPIOS GENERALES del REGLAMENTO 783/2001 DE PROTECCIÓN SANITARIA :

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    CLASIFICACIÓN PERSONAS (TE, estudiantes, público)

    LÍMITES

    CLASIFICACIÓN TE

    CLASIFICACIÓN ZONAS: SEÑALIZACIÓN

    VIGILANCIA EXPOSICIÓN: ÁREA Y PERSONAL (TE)

    VIGILANCIA SANITARIA TE

    SPR

    PR PÚBLICO

    INSPECCIÓN

    INFRACCIONES Y SANCIONES

    REGLAMENTO 783/2001 DE PROTECCIÓN SANITARIA

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    TRABAJADOR EXPUESTO a RI, persona que, por las circunstancias en que se desarrolla su trabajo, bien sea de modo

    habitual, bien sea de modo ocasional, está sometida a un riesgo de

    exposición a las RI susceptible de entrañar dosis anuales superiores

    a los límites de dosis fijados para el público.

    PERSONAS EN FORMACIÓN O ESTUDIANTES personas que no siendo TE, reciben formación para ejercer actividades que

    pudieran implicar exposición a las radiaciones ionizantes.

    MIEMBRO DEL PÚBLICO cualquier individuo de la población considerado aisladamente

    POBLACIÓN EN SU CONJUNTO es la colectividad formada por de los trabajadores expuestos, los estudiantes y los miembros del

    público.

    CLASIFICACIÓN DE LAS PERSONAS:

    http://images.google.es/imgres?imgurl=http://empleo.universia.es/contenidosHTML/ya_trabajo/img/como_retribuir_al_trabajado.jpg&imgrefurl=http://empleo.universia.es/contenidosHTML/ya_trabajo/como_retribuir_trabajador.htm&h=231&w=220&sz=6&tbnid=1c0uCkZNO0mFwM:&tbnh=103&tbnw=98&hl=es&start=2&prev=/images%3Fq%3DTRABAJADOR%2B%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3Dhttp://images.google.es/imgres?imgurl=http://www.kokone.com.mx/tareas/mono/imagen/dia-poblacion.gif&imgrefurl=http://www.kokone.com.mx/tareas/mono/diapoblacion.html&h=300&w=300&sz=20&tbnid=I2oYHzlUetR79M:&tbnh=111&tbnw=111&hl=es&start=2&prev=/images%3Fq%3DPOBLACI%25C3%2593N%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3D

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    DOSIS EFECTIVA DOSIS EQUIVALENTE

    TE

    100 mSv/5 años oficiales

    máximo: 50 mSv/año

    oficial

    - Cristalino: 150 mSv/ año oficial

    - Piel: 500 mSv/ año oficial / 1cm2

    - Manos, antebrazos, pies y tobillos:

    500 mSv/ año oficial

    PÚBLICO 1 mSv/año oficial - Cristalino: 15 mSv/ año oficial

    - Piel: 50 mSv/ año oficial

    Mayores de 18 años: Límites de los TE

    Entre 16 y 18 años: 6 mSv/año oficial;

    Cristalino: 50 mSv/año; piel, manos, etc.: 150 mSv/año ESTUDIANTES

    Otros: Límite del público

    LÍMITES DE DOSIS AUTORIZADOS

    En su cómputo NO se incluyen: dosis fondo natural ni dosis exposiciones médicas En su cómputo NO se incluyen: dosis fondo natural ni dosis exposiciones médicas

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    TRABAJADORES EXPUESTOS

    EMBARAZADAS 1 mSv/durante el embarazo

    (protección del feto c miembro del público)

    MUJERES EN

    PERÍODO DE

    LACTANCIA

    No se le asignarán puestos de trabajo con

    un riesgo significativo de contaminación

    radiactiva

    EXPOSICIONES ESPECIALMENTE

    AUTORIZADAS

    límites establecidos por el CSN en cada caso:

    podrán participar:

    · TPE categoría A

    · Nunca mujeres embarazadas o lactantes

    · Nunca estudiantes

    Límites establecidos en el RPSRI

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    DOSIS EFECTIVAS

    LÍMITE TE:

    + 100 mSv/5 años = 20 mSv/ año

    = 2,3 mSv/h

    (max: 50 mSv/ año) = 5,7 mSv/h

    LÍMITE PÚBLICO:

    + 1mSv/año =

    0,114 mSv/h

    FONDO NATURAL: 2,4 mSv/ año = 0,27 mSv/h

    ZONA VIGILADA

    PELIGRO DE

    CONTAMINACIÓN

    25.000 km/año =+ 1 mSv/año

    0,114 mSv/h

    RX tórax

    0,05 mSv =

    50 mSv

    TAC: 6 mSv =

    6.000 mSv

    XR_150 a 30 cm:

    2,9 mR/pulso = 29

    mSv/pulso

    http://images.google.es/imgres?imgurl=http://www.cespll.com.ar/imagenes/obrero.gif&imgrefurl=http://www.cespll.com.ar/html/seguridadinst.cfm&h=255&w=160&sz=8&tbnid=Qn0KRs7sJIahUM:&tbnh=106&tbnw=66&hl=es&start=31&prev=/images%3Fq%3Dobrero%26start%3D20%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3D%26sa%3DNhttp://images.google.es/imgres?imgurl=http://www.totana.net/educacion-vial/peaton/FOTOS%2520PEQUE%C3%91AS%2520PEATON/0021%2520PEATON.jpg&imgrefurl=http://www.totana.com/educacion-vial/peaton/Como%2520cruzar%2520la%2520calle.htm&h=259&w=200&sz=13&tbnid=nJeOuHYVvbragM:&tbnh=107&tbnw=82&hl=es&start=2&prev=/images%3Fq%3Dpeat%25C3%25B3n%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3D%26sa%3DNhttp://images.google.es/imgres?imgurl=http://es.catholic.net/catholic_db/imagenes_db/jovenes/ser_persona.jpg&imgrefurl=http://es.catholic.net/abogadoscatolicos/429/298/articulo.php%3Fid%3D25065&h=173&w=163&sz=10&tbnid=JT0H-ms62WeTmM:&tbnh=94&tbnw=88&hl=es&start=2&prev=/images%3Fq%3Dpersona%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3Dhttp://images.google.es/imgres?imgurl=http://icarito.latercera.cl/especiales/medio-ambiente/img/portada.jpg&imgrefurl=http://icarito.latercera.cl/especiales/medio-ambiente/dia_mundial.htm&h=205&w=169&sz=10&tbnid=eqk17ih1OjxeDM:&tbnh=100&tbnw=82&hl=es&start=7&prev=/images%3Fq%3Dmedio%2Bambiente%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3Dhttp://images.google.es/imgres?imgurl=http://digilander.libero.it/mangiabudino/radiografia%2520homer%25202%2520-%252065%2520-%252080.jpg&imgrefurl=http://digilander.libero.it/mangiabudino/la_posta_del_cuore.htm&h=399&w=331&sz=29&tbnid=oImjMMpynsNUCM:&tbnh=120&tbnw=99&hl=es&start=3&prev=/images%3Fq%3Dradiograf%25C3%25ADa%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3Dhttp://images.google.es/imgres?imgurl=http://www.neurologia.it/esami/tac.gif&imgrefurl=http://www.neurologia.it/esami/tac_info.html&h=239&w=207&sz=24&tbnid=R2F6xJeIu3MSXM:&tbnh=104&tbnw=90&hl=es&start=20&prev=/images%3Fq%3Dtac%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3Dhttp://images.google.es/imgres?imgurl=http://www.grandegraphics.com/images/transportation/air/Airplane.gif&imgrefurl=http://www.grandegraphics.com/pages11/transportair1.html&h=247&w=413&sz=16&tbnid=IXu5WqF-M3gJJM:&tbnh=72&tbnw=121&hl=es&start=40&prev=/images%3Fq%3Dair%2Bplane%26start%3D20%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3D%26sa%3DN

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    PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL

    DE LOS TRABAJADORES EXPUESTOS

    La protección de los TE en la ejecución de las prácticas, se

    basa en las siguientes medidas:

    • Evaluación del riesgo y asegurar la aplicación del principio de optimización.

    • Clasificación de los lugares de trabajo

    • Clasificación de los trabajadores expuestos en diferentes

    categorías según sus condiciones de trabajo.

    • Aplicación de las normas y medidas de vigilancia y control en

    las diferentes zonas y a las distintas categorías de trabajadores

    expuestos.

    • Vigilancia sanitaria.

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    • La FORMACIÓN previa de los TE constituye una

    medida importante de prevención de la exposición.

    • Antes de iniciar su actividad , serán informados e

    instruidos, a un nivel adecuado a su responsabilidad

    y al riesgo de exp. a RI sobre:

    – Los riesgos radiológicos asociados y la importancia que

    reviste el cumplimiento de los requisitos técnicos, médicos

    y administrativos.

    – Las normas y procedimientos de PR y precauciones que se

    deben adoptar.

    – En el caso de mujeres, la necesidad de declaración rápida

    de embarazo y lactancia, habida cuenta los riesgos que

    conlleva.

    INFORMACIÓN Y FORMACIÓN

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    · CLASIFICACIÓN DE TE (> 18 AÑOS) :

    - CATEGORÍA A:

    no es improbable Dosis > 6 mSv/a ó D. heterog. > 3/10 Lím. TE

    - CATEGORÍA B:

    1 mSv/a < Dosis < 6 mSv/a ó D. het. < 3/10 Lím. TE

    CLASIFICACIÓN DE TRABAJADORES EXPUESTOS:

    Por razones de vigilancia y control, los trabajadores expuestos se clasifican

    http://images.google.es/imgres?imgurl=http://www.arpansa.gov.au/images/tld.jpg&imgrefurl=http://www.arpansa.gov.au/about_mon.htm&h=204&w=203&sz=8&tbnid=FN6fJJZ60ErOyM:&tbnh=99&tbnw=98&hl=es&start=13&prev=/images%3Fq%3DTLD%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3D

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    • Se identificarán y delimitarán todos los lugares de trabajo en

    los que exista la posibilidad de recibir:

    – dosis efectivas superiores a 1 mSv por año oficial o una

    dosis equivalente superior a 1/10 de los límites de dosis

    para el cristalino, la piel y extremidades

    • Se establecerán las medidas de P.R. aplicables.

    CLASIFICACIÓN DE ZONAS DE TRABAJO

    • Los lugares de trabajo se clasificarán en función del riesgo de

    exposición a las RI en distintas zonas.

    • Deberá estar siempre actualizada, delimitada y debidamente

    señalizada de acuerdo con el riesgo existente.

    • El acceso estará limitado a personas autorizadas al efecto.

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    CLASIFICACIÓN Y SEÑALIZACIÓN DE ZONAS:

    VERDE

    ZONA CONTROLADA

    PELIGRO DE

    CONTAMINACIÓN

    ZONA CONTROLADA

    PELIGRO DE

    IRRADIACIÓN

    ZONA CONTROLADA

    PELIGRO DE CONTAMI-

    NACIÓN E IRRADIACIÓN

    GRIS AZULADO

    ZONA VIGILADA ZONA VIGILADA ZONA VIGILADA

    PELIGRO DE

    IRRADIACIÓN

    PELIGRO DE

    CONTAMINACIÓN

    PELIGRO DE CONTAMI-

    NACIÓN E IRRADIACIÓN

    AMARILLO

    PELIGRO DE PELIGRO DE

    ZONA DE PERMANENCIA

    LIMITADA

    ZONA DE PERMANENCIA

    LIMITADA

    ZONA DE PERMANENCIA

    LIMITADA

    PELIGRO DE CONTAMI-

    ROJO

    NARANJA

    IRRADIACIÓN CONTAMINACIÓN NACION E IRRADIACIÓN

    ZONA DE PERMANENCIA

    REGLAMENTADA

    ZONA DE PERMANENCIA

    REGLAMENTADA ZONA DE PERMANENCIA

    REGLAMENTADA

    ZONA VIGILADA:

    1 mSv/a < Dosis < 6 mSv/a (ó 3/10 lím. dosis

    equivalente TE)

    ZONA CONTROLADA:

    Dosis > 6 mSv/a (ó 3/10 lím. dosis equivalente TPE)

    PERMANENCIA LIMITADA

    Dosis anual > Límites TPE

    PERMANENCIA REGLAMENTADA

    Dosis períodos cortos t > Límites TPE

    ACCESO PROHIBIDO

    Dosis única exposición > Límites TPE

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    • Por la naturaleza e importancia de los riesgos radiológicos, en Zonas Controladas y Vigiladas se realizará una vigilancia radiológica del ambiente de trabajo con arreglo a

    los principios de P.R.

    REQUISITOS DE LAS ZONAS

    • Estarán delimitadas adecuadamente y señalizadas

    • El acceso estará limitado a las personas autorizadas

    En Zonas controladas en las que exista:

    Riesgo de exposición externa: obligatorio el uso de

    dosímetros individuales.

    Riesgo de contaminación: obligatorio la utilización de equipos

    personales de protección adecuados al riesgo existente

    En Zonas vigiladas se efectuará al menos, mediante dosimetría de área,

    una estimación de las dosis que puedan recibirse.

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    EVALUACIÓN DE LA EXPOSICIÓN

    •VIGILANCIA DEL AMBIENTE DE TRABAJO:

    La medición de las tasas de dosis externas,

    especificando la naturaleza y calidad de las radiaciones.

    La medición de concentraciones de actividad en el

    aire y la contaminación superficial especificando la

    naturaleza de las sustancias radiactivas contaminantes y

    sus estados físicos y químicos.

    Los documentos correspondientes al registro,

    evaluación y resultado de dicha vigilancia deberán ser

    archivados por el titular de la práctica, quien los tendrá

    a disposición de la autoridad competente.

    http://images.google.es/imgres?imgurl=http://www-ppd.fnal.gov/EEDOffice-w/Projects/Auger/Geiger/GEIGER_1.JPG&imgrefurl=http://www-ppd.fnal.gov/EEDOffice-w/Projects/Auger/Geiger/Geiger_Dsgn.html&h=734&w=1094&sz=298&tbnid=Sy1M44JXuJw-BM:&tbnh=100&tbnw=150&hl=es&start=15&prev=/images%3Fq%3Dgeiger%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3D

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    VIGILANCIA INDIVIDUAL DE LA EXPOSICIÓN

    Las dosis recibidas por los TE deberán ser determinadas

    con una periodicidad no superior a un mes para la

    dosimetría externa y con la periodicidad que, en cada

    caso, se establezca para la dosimetría interna, si

    procede.

    En exposiciones de emergencia se realizará una

    vigilancia individual o evaluación de las dosis individuales

    en función de las circunstancias.

    No se tendrá en cuenta las dosis debidas al fondo radiactivo

    natural ni las debidas a examen y tratamientos médicos.

    EVALUACIÓN DE LA EXPOSICIÓN

    http://images.google.es/imgres?imgurl=http://www.rxnet.com.br/servicos/imagens_servicos/dosimetro2.jpg&imgrefurl=http://www.rxnet.com.br/servicos/dosimetria_pessoal.htm&h=232&w=170&sz=9&tbnid=oGNxvtfF3pbbjM:&tbnh=103&tbnw=75&hl=es&start=46&prev=/images%3Fq%3Ddos%25C3%25ADmetro%26start%3D40%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3D%26sa%3DN

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    VIGILANCIA DE LA EXPOSICIÓN

    TE A: Obligatorio el uso de dosímetro

    personal.

    TE B: no es obligatorio, cuando exista

    dosimetría de área razonable

    DOSÍMETRO

    EQUIPO RX

    DOSÍMETRO

    MENSUALMENTE

    GUARDAR DESPUÉS TRABAJO

    http://images.google.es/imgres?imgurl=http://www.ecunuclear.gov.ec/ecu/DOSIMETRIA/proceso%2520de%2520lectura.jpg&imgrefurl=http://www.ecunuclear.gov.ec/ecu/dosimetria.htm&h=361&w=482&sz=19&tbnid=fJ6hTcO8y8TWqM:&tbnh=94&tbnw=126&hl=es&start=1&prev=/images%3Fq%3Ddosimetr%25C3%25ADa%2Bpersonal%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3Dhttp://images.google.es/imgres?imgurl=http://www.yet2.com/publish/techofweeks/tow0033856/20050522_agfa01.jpg&imgrefurl=http://www.yet2.com/app/insight/techofweek/33856%3Fsid%3D230&h=239&w=261&sz=6&tbnid=33fmxesKR_SWTM:&tbnh=97&tbnw=107&hl=es&start=33&prev=/images%3Fq%3Ddosimeter%26start%3D20%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3D%26sa%3DNhttp://images.google.es/imgres?imgurl=http://www.cromielettromedicali.com/images/radiografia.gif&imgrefurl=http://www.cromielettromedicali.com/prodotti.htm&h=360&w=360&sz=32&tbnid=u7oFYTyIk3MSIM:&tbnh=117&tbnw=117&hl=es&start=11&prev=/images%3Fq%3DRADIOGRAF%25C3%258DA%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3Dhttp://images.google.es/imgres?imgurl=http://www.huesa.com.mx/muebles/cajoneras/cajonera-caj-2.jpg&imgrefurl=http://www.huesa.com.mx/muebles/cajoneras.htm&h=308&w=310&sz=12&tbnid=bEqUPkf21s1qTM:&tbnh=111&tbnw=112&hl=es&start=1&prev=/images%3Fq%3DCAJONERA%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3D

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    VIGILANCIA INDIVIDUAL: Registro y notificación

    HISTORIAL DOSIMÉTRICO:

    A : dosis mensuales, anuales y acumulado en 5 años

    B: dosis anuales

    Se registraran por separado las dosis recibidas por

    exposiciones de accidente o emergencia.

    También figurarán las debidas a operaciones especialmente autorizadas.

    ARCHIVO (titular):

    hasta que el trabajador cumpla 75 años y nunca por un

    período inferior a 30 años después del cese del trabajador

    EVALUACIÓN DE LA EXPOSICIÓN

    http://images.google.es/imgres?imgurl=http://www.oficinista.net/images/archivo.jpg&imgrefurl=http://www.oficinista.net/archivo.html&h=272&w=178&sz=41&tbnid=muSObQVQnCWO_M:&tbnh=108&tbnw=70&hl=es&start=5&prev=/images%3Fq%3Darchivo%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3Dhttp://images.google.es/imgres?imgurl=http://www.oficinista.net/images/archivo.jpg&imgrefurl=http://www.oficinista.net/archivo.html&h=272&w=178&sz=41&tbnid=muSObQVQnCWO_M:&tbnh=108&tbnw=70&hl=es&start=5&prev=/images%3Fq%3Darchivo%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3D

  • PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL

    IRD-DR-GR-PW10 © CSN-2009 21

    VIGILANCIA SANITARIA TE:

    La vigilancia sanitaria de los trabajadores expuestos se basará en los

    Principios Generales de Medicina del Trabajo y la ley 31/1995 sobre

    Prevención de Riesgos Laborales.

    Los reconocimientos médicos han de realizarse por el Servicio de

    Prevención que desarrolle la función de vigilancia y control de la salud

    de los trabajadores

    TE B: ley 31/1995 y sus reglamentos

    TE A : Examen de salud previo. Examen de salud

    ANUAL. Adicional, si se requiere.

    HISTORIAL MÉDICO TE A: hasta los 75 años del trabajador, y nunca

    menos de 30 años después del cese del trabajador.

    TE A: Historial Dosimétrico debe figurar en el Historial Médico

  • PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL

    IRD-DR-GR-PW10 © CSN-2009 22

    SERVICIOS Y UNIDADES DE PR:

    El CSN, considerando el riesgo radiológico, podrá exigir a

    los titulares que se doten de un Servicio de Protección

    Radiológica (SPR) o que contraten una Unidad Técnica

    de Protección Radiológica, (UTPR) para el

    asesoramiento y las funciones que en ellos recaen según

    lo dispuesto en el reglamento.

    Instrucción IS-08 de 27 de julio de 2005, del Consejo de Seguridad

    Nuclear, sobre los criterios aplicados por el Consejo de Seguridad Nuclear

    para exigir, a los titulares de las instalaciones nucleares y radiactivas, el

    asesoramiento específico en protección radiológica (BOE, 5 de octubre de

    2005).

    http://images.google.es/imgres?imgurl=http://ib.cnea.gov.ar/~protrad/images/radiacio.gif&imgrefurl=http://ib.cnea.gov.ar/~protrad/inicio.html&h=360&w=480&sz=7&tbnid=fWQTb3AiH1kCcM:&tbnh=94&tbnw=126&hl=es&start=42&prev=/images%3Fq%3DPROTECCI%25C3%2593N%2BRADIOL%25C3%2593GICA%26start%3D40%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3D%26sa%3DN

  • PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL

    IRD-DR-GR-PW10 © CSN-2009 23

    Las condiciones de exposición y la protección operacional

    de las personas en formación y de los estudiantes

    mayores de 18 años serán equivalentes a las de los TE de

    categoría A o B.

    Para las personas en formación y de los estudiantes

    menores de 18 y mayores de 16 años serán equivalentes

    a las de los trabajadores expuestos de categoría B.

    NORMAS DE PROTECCIÓN PARA PERSONAS

    EN FORMACIÓN Y ESTUDIANTES

  • PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL

    IRD-DR-GR-PW10 © CSN-2009 24

    MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA LOS

    MIEMBROS DEL PÚBLICO

    La protección del público y de la población en su

    conjunto se realizará mediante una serie de medidas y

    controles:

    La contribución de las prácticas a la exposición de la

    población deberá mantenerse en el valor más bajo que

    sea razonablemente posible, teniendo en cuenta factores

    económicos y sociales.

  • PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL

    IRD-DR-GR-PW10 © CSN-2009 25

    “Cualquier actividad humana que evita o reduzca la exposición

    de personas a la radiación procedente de fuentes que no son

    parte de una práctica o que están fuera de control, actuando

    sobre las fuentes, las vías de transferencia y las propias

    personas”.

    La intervención se divide en:

    •EMERGENCIA RADIOLÓGICA, situación que requiere

    medidas urgentes con el fin de proteger a las personas

    •EXPOSICIÓN PERDURABLE, resultante de los

    efectos residuales de una emergencia radiológica o del

    ejercicio de una práctica del pasado.

    Cualquier intervención deberá estar justificada y optimizada.

    INTERVENCIONES

  • PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL

    IRD-DR-GR-PW10 © CSN-2009 26

    INTERVENCIÓN:

    •El CSN establecerá los niveles de exposición de

    emergencia pudiendo ser superiores a los límites del

    Reglamento para salvar vidas humanas y sólo a cargo de

    personal voluntario debidamente informado de los riesgos

    • Este personal deberá someterse a control dosimétrico y

    vigilancia especial sanitaria.

    En caso de intervención en exposición perdurable, serán

    de aplicación los límites establecidos en el Reglamento a

    los trabajadores que realicen las intervenciones.

  • PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL

    IRD-DR-GR-PW10 © CSN-2009 27

    FUENTES NATURALES DE RADIACIÓN

    • Las actividades laborales en las que

    existan fuentes de rad. naturales

    deberán hacer estudios a fin de

    determinar si existe un incremento

    significativo de la exposición de los

    trabajadores o los miembros del

    público. – Actividades en establecimientos termales, cuevas,

    minas, donde se puedan inhalar descendientes del

    radón o torón o a la radiación g.

    – Actividades que implique almacenamiento o

    manipulación de materiales o residuos

    – Actividades que impliquen exposición a la

    radiación cósmica durante operaciones de

    aeronaves

    • Compañías aéreas tendrán programa de PR

    si el personal puede recibir dosis> 1mSv/año

    Radiación cósmica

  • PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL

    IRD-DR-GR-PW10 © CSN-2009 28

    INSPECCIÓN

    • Quedarán sometidos al régimen de inspección a realizar por el CSN:

    – Todas las prácticas, actividades y entidades regidas por este reglamento,

    – los servicios de dosimetría personal y las UTPR

    • Los inspectores verificarán el cumplimiento de las

    disposiciones legales de PR

    • En caso de incumplimiento podrán requerir la suspensión

    de las actividades de la instalación.

    • El titular de la práctica facilitará el acceso a la

    instalación, la documentación para prueba y

    aquella que sea requerida por el inspector.

  • PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL

    IRD-DR-GR-PW10 © CSN-2009 29

    SANCIONES

    La inobservancia de lo dispuesto en el Reglamento será

    constitutivo de las infracciones previstas en lo dispuesto

    en la Ley 25/1964 de 29 de abril, sobre Energía Nuclear,

    modificado por la ley 54/1997 del Sector eléctrico.

    Las infracciones de los preceptos de este Reglamento

    se clasifican en leves, graves y muy graves.

    Para instalaciones de 2º y 3º categoría las cuantías se reducirán a la mitad

  • PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL

    IRD-DR-GR-PW10 © CSN-2009 30

    BLINDAJES

    • Una importante medida de protección consiste en interponer un espesor de material o barrera de protección entre el trabajador y

    la fuente de radiación.

    • Para calcular un blindaje, en radiodiagnóstico, hay tres orígenes

    distintos para la radiación :

    – Radiación primaria: Es la directamente emitida por la fuente de

    radiación y que constituye el haz útil. La barrera interpuesta se

    denomina "barrera primaria".

    – Radiación secundaria: Es la emitida por un material como

    resultado de su interacción con la radiación primaria.

    • radiación dispersada por el paciente o los objetos interpuestos en el

    haz primario, o

    • radiación de fuga emergente a través de la carcasa o sistema de

    protección que contiene la fuente.

    – La barrera interpuesta es la “barrera secundaria”.

  • PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL

    IRD-DR-GR-PW10 © CSN-2009 31

    • Se deben tener en cuenta los siguientes factores :

    – factor de uso o dirección, U: es la fracción del tiempo

    que el haz de radiación se dirige en la dirección de la

    pared, suelo o techo que se está calculando.

    • en Instalaciones de RD :

    – en barreras primarias: U = 1 en suelo y U = 1/4 en paredes;

    – en barreras secundarias U= 1.

    – factor de ocupación, T, tiene en cuenta el grado de

    ocupación de las áreas o lugares a proteger.

    • En áreas ocupadas por TE, T = 1.

    • En áreas ocupadas por miembros del público, T es 1, 1/4 o

    1/16, según sean zonas de ocupación total, parcial u ocasional,

    respectivamente.

  • PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL

    IRD-DR-GR-PW10 © CSN-2009 32

    – carga de trabajo, W, o grado de utilización semanal

    del equipo.

    • A cada tensión le corresponderá una W diferente. Se expresa

    en mA·min/semana.

    – rendimiento del tubo (G), es la dosis equivalente que

    produce un haz a 1 m de distancia, por cada mA x min

    de carga.

    50 100 150 200

    Tensión aplicada al tubo de rayos X (kV)

    1,0E-01

    1,0E+00

    1,0E+01

    1,0E+02

    1,0E+03

    Re

    nd

    imie

    nto

    de

    un

    tu

    bo

    de

    ra

    yo

    s X

    1 Al2 Al

    3,4 Cu2 Cu

    3 Al

    0,2 Al 0,5 Al

    Filtro en mm

    Tensión aplicada al tubo de rayos X

    mSv m2

    mA min

    Valores típicos de G para

    distintas tensiones de trabajo,

    en un tubo de rayos X con

    ánodo de wolframio.

  • PROTECCIÓN RADIOLÓGICA OPERACIONAL

    IRD-DR-GR-PW10 © CSN-2009 33

    Las etapas en el diseño de un blindaje se resumen:

    Determinar el término fuente, GWU que es la dosis equivalente que se recibe a 1 m en las condiciones concretas de trabajo.

    Conocer la distancia foco de radiación-barrera, d.

    Determinar la dosis que se recibiría en el lugar a proteger si no existiera blindaje.

    Calcular el factor de atenuación A necesario para garantizar que la dosis detrás de la barrera sea siempre inferior al límite de dosis reglamentario, LD.

    Determinar a través de gráficos, o tablas, el espesor necesario para lograr la atenuación requerida.

    Repetir estos cálculos reduciendo los valores de dosis tras la barrera, hasta alcanzar los valores óptimos deseados.