Teletrabajo y Su Regulacion Juridica

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Teletrabajo y su Regulacion juridica. Introducción Las nuevas tecnologías en la era de la información, la comunicación y los cambios en la organización de trabajo, inician una transformación en el Derecho de trabajo influyendo en gran medida en las relaciones laborales. Naciendo una nueva forma de organización de trabajo como es el teletrabajo. Consiste en el desempeño de una actividad profesional del trabajador mediante las tecnologías, sin requerir la presencia del teletrabajador en el domicilio de la empresa. El Teletrabajo y su regulación jurídica El concepto de teletrabajo aparece por primera vez en Estados Unidos en los años '60. Como consecuencia de los trabajos de Norbert Wiener sobre cibernética. Debemos precisar que aunque muchas tareas de teletrabajo utilizan pantallas de visualización, el mismo no se agota en prestaciones realizadas ante la pantalla de una computadora. Pertenecen al mundo del teletrabajo otras actividades que no utilizan pantallas, o solo lo hacen excepcionalmente: el caso más notorio es el telemarketing - probablemente la forma de teletrabajo más difundida en nuestro país - que se realiza básicamente por vía telefónica. En conclusión y más allá de las limitaciones propias de toda definición, corresponde expresar que "dos son esencialmente los elementos que presiden el concepto de teletrabajo: en primer lugar, el teletrabajador permanece separado, con carácter permanente o temporal, de su unidad de trabajo (empresario, compañeros), y, en segundo lugar, aquél se vale para la realización y/o transmisión del resultado de su trabajo de medios informáticos y de las telecomunicaciones Las ventajas del teletrabajo

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Teletrabajo y su Regulacion juridica.

IntroduccinLas nuevas tecnologas en la era de la informacin, la comunicacin y los cambios en la organizacin de trabajo, inician una transformacin en el Derecho de trabajo influyendo en gran medida en las relaciones laborales. Naciendo una nueva forma de organizacin de trabajo como es el teletrabajo.Consiste en el desempeo de una actividad profesional del trabajador mediante las tecnologas, sin requerir la presencia del teletrabajador en el domicilio de la empresa.

El Teletrabajo y su regulacin jurdica

El concepto de teletrabajo aparece por primera vez en Estados Unidos en los aos '60. Como consecuencia de los trabajos de Norbert Wiener sobre ciberntica.

Debemos precisar que aunque muchas tareas de teletrabajo utilizan pantallas de visualizacin, el mismo no se agota en prestaciones realizadas ante la pantalla de una computadora. Pertenecen al mundo del teletrabajo otras actividades que no utilizan pantallas, o solo lo hacen excepcionalmente: el caso ms notorio es el telemarketing - probablemente la forma de teletrabajo ms difundida en nuestro pas - que se realiza bsicamente por va telefnica.En conclusin y ms all de las limitaciones propias de toda definicin, corresponde expresar que "dos son esencialmente los elementos que presiden el concepto de teletrabajo: en primer lugar, el teletrabajador permanece separado, con carcter permanente o temporal, de su unidad de trabajo (empresario, compaeros), y, en segundo lugar, aqul se vale para la realizacin y/o transmisin del resultado de su trabajo de medios informticos y de las telecomunicaciones

Las ventajas del teletrabajoDiversas razones han promovido la expansin de esta nueva modalidad de trabajo. Para la empresa, el teletrabajo significa las siguientes ventajas: ahorra en alquiler de oficina y en los costos fijos para mantenerlas, mejora su imagen institucional porque contribuye a disminuir la contaminacin ambiental, aumenta la productividad, puede incorporar en forma ms flexible a trabajadores muy capacitados , que de otro modo no hubiera podido contratar y, finalmente, significa una reduccin de los costos laborales. La mayor flexibilidad y los menores costos - en lo laboral - se acentan cuando el vnculo contractual se establece con un teletrabajador independiente.El teletrabajo proporciona ventajas tambin al trabajador: posibilidad de trabajar sin descuidar otras obligaciones sociales (ej., madre con nios); mayor autonoma y posibilidad de acceder a diversos trabajos, reconocimiento que siente por la confianza que en l se deposita, horarios flexibles, mayor autonoma. Los partidarios del teletrabajo dicen adems que el teletrabajo es una oportunidad de empleo en un mercado laboral deprimido. En tal sentido nace la nueva expresin "autoempleo" - neologismo con contenido semntico similar al de "trabajo autnomo" - que indica la posibilidad de que un trabajador se d trabajo a s mismo. Pero a esas ventajas, se contraponen tambin desventajas: jornadas extensas de trabajo, estancamiento profesional, pagos a destajo, aislamiento, generalmente falta de proteccin social. Adems, la prolongada exposicin a la computadora (instrumento utilizado en la mayora de los teletrabajos) puede perjudicar la interaccin social con amistades, compaeros de trabajo, etc. y adems provocar enfermedades a la vista.

Algunos aspectos particulares del teletrabajoDiversos aspectos rodean la problemtica del teletrabajo. Entre ellos destacamos:a) Es necesaria la dotacin de un equipo, generalmente de alta tecnologa (celular, fax, PC, laptop), que puede ser de propiedad del trabajador o proporcionado por la empresa.b) Muchas veces se hace necesario capacitar y entrenar a los teletrabajadores en mltiples aspectos, desde como montar la oficina en la casa hasta como trazar la lnea divisoria entre lo personal y lo laboral.c) La supervisin - es decir la cuestin de cmo supervisar el trabajo sin estar presente - constituye uno de los problemas de la organizacin del teletrabajo.d) Puede existir un contrato de trabajo: en ese caso debern definirse las obligaciones de las partes, horarios, confidencialidad de informacin, propiedad de los equipos.e) Muchas veces esta modalidad prev trabajos complementarios en las oficinas de la empresa: expertos en teletrabajo expresan que es positivo combinar las ventajas del teletrabajo con las de la interaccin cara a cara. Muchos programas prevn algunos das de trabajo en el hogar complementados con das en la oficina o reuniones con supervisores en lugares preestablecidos.Hemos sealado estos aspectos del teletrabajo, como expresin de las caractersticas de su organizacin, que evidentemente pertenecen a la esfera de las relaciones laborales. Pero es evidente que la sola mencin de estos puntos (propiedad de las mquinas, entrenamiento, supervisin, contrato, trabajos complementarios adentro de la empresa) evoca las consecuencias jurdicas que cada una de estas situaciones puede tener en el vnculo laboral.

La regulacin del teletrabajo en nuestro pasAl hablar de regulacin jurdica del teletrabajo, la primera consideracin que viene a la mente es si son aplicables a dicha relacin, por analoga, las normas sobre trabajo a domicilio.La Ley 9.910 de 5.1.1940 fue concebida para regular un especial tipo de trabajo: el trabajo manual, obrero que se realiza en el domicilio del ejecutante. Este tipo de trabajo - generalmente con retribuciones modestas - ha tenido histricamente una gran importancia en el sistema de relaciones laborales nacional (carpintera, textiles, confeccin, etc.). La regulacin del trabajo a domicilio estuvo siempre referida a trabajo obrero: la Ley 9.910 habla de "trabajo manual para realizarse por cuenta del establecimiento en el domicilio del obrero", "piezas de trabajo". La misma ley piensa en un trabajador muy modesto, en cuanto expresa que deber existir una constancia de la remuneracin del obrero con "la firma de ste, o su impresin digital si no supiere firmar". El decreto reglamentario del 19.VII.1940 se refiere a su vez a "trabajo industrial" y reitera los conceptos de "trabajo manual" y de la condicin obrera del trabajador.Estas consideraciones nos permiten afirmar que nuestra legislacin sobre trabajo a domicilio no es, en principio, aplicable al teletrabajo, porque existe una profunda diferencia entre la actividad regulada por la ley y la desarrollada en el teletrabajo. En un caso - el trabajo a domicilio - estamos ante trabajo tpico del sector secundario, con niveles de proteccin mnimos, generalmente inferiores a los del trabajo en general. En otro caso - el teletrabajo - enfrentamos una de las ms sofisticada formas de trabajo, en la que el componente intelectual del trabajador es en general superior a las normales exigencias del trabajador terciario.Consideramos que son aplicables al teletrabajo idnticas consideraciones que a las prestaciones laborales que oscilan entre la autonoma y la dependencias, muy propia de los nuevos modos de produccin. Depender de los indicadores fcticos que permitan concluir sobre la existencia o menos de subordinacin y, por lo tanto, sobre la aplicacin de la legislacin laboral o civil. Los estudios futuros sobre el teletrabajo contribuirn seguramente a sealar con mayor precisin y sutileza aquellos rasgos peculiares que conforman la telesubordinacin, es decir la "subordinacin" a distancia.La situacin contractual de los teletrabajadoresLa primera cuestin que plantea el teletrabajo es si la realizacin del mismo justifica hablar de una nueva categora de trabajadores con determinados niveles de proteccin, o la atipicidad de este trabajo pone a sus ejecutores al margen ya sea de un estatuto autnomo o de las normas tradicionales en materia de trabajo.De todos modos, si por una parte el teletrabajo significa una nueva oportunidad de empleo, y como tal encuentra su propia justificacin en un mercado de trabajo saturado, por otra debe considerarse que existen razones para establecer reglas de tutela mnima en torno a dicha actividad.Sealemos que a nivel de derecho comparado, en la mayora de los pases no existen normas especiales para el teletrabajo, y las reglas aplicables surgen de la adaptacin de las normas generales o de lo pactado en contratos individuales o convenios colectivos. Sin perjuicio de ello, amplias franjas de teletrabajo actan fuera de cualquier regulacin contractual o legal.Nuestro pas sigue la regla general, no existiendo normas especficas al respecto. Es cierto que esta modalidad laboral es en muchos aspectos similar a la del trabajo a domicilio, y por lo tanto las normas reguladoras de ste podrn invocarse para regular algunas cuestiones del teletrabajo, pero existen aspectos intelectuales, tecnolgicos, psicolgicos que alejan el teletrabajo del tradicional trabajo a domicilio.El teletrabajo - como las dems modalidades atpicas de trabajo - no es ontolgicamente una modalidad de trabajo subordinado. Es posible concebir formas de teletrabajo autnomo o independiente; es ms, muchas expresiones de teletrabajo hacen presumir su carcter independiente (libertad de horario, lugar externo a la empresa, etc) y sern otros indicadores, los que descubrirn la eventual existencia una relacin de trabajo subordinado.