TEDH cierra Caso Spanair

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1 RESUMEN DE PRENSA 27 de agosto de 2022 LA SOCIEDAD CIVIL, LA JUSTICIA Y LA TRAGEDIA DEL VUELO JK5022 LA PROCINCIA DIARIO LAS PALMAS pilar vera palmés 20.12.2015 | 02:00 Cuando las palabras no mejoran el silencio, lo mejor es callarse". Es lo que he hecho ante algunos medios de comunicación que han llamado para que valore la decisión del TEDH de inadmitir la demanda presentada por la AVJK5022 en marzo de 2014. ¿Qué decir cuando las palabras suenan tan huecas como las que profirieron los responsables políticos el 20 de agosto de 2008 y siguientes sobre la tragedia del vuelo JK5022? Las familias de las 172 personas que aquel triste y frío día de agosto se subieron en Madrid al MD- 82 con la intención de llegar a Gran Canaria, hemos sufrido durante más de siete años todo tipo de situaciones emocionales y personales. De entre ellas, un grupo decidió que había que unirse para defender conjuntamente a los nuestros pero también para saber por qué murieron: nada podía ser peor que haberlos perdido de forma tan dramática. Y de la sociedad civil comprometida con los valores que parecen haberse olvidado, se formó la Asociación de Afectados del Vuelo JK5022, que se ha mantenido firme y serena a pesar de las muchas dificultades a las que se ha enfrentado en estos 2.673 días que han transcurrido desde aquel maldito 20 de agosto. Nos unió la catástrofe aérea más grave de los últimos 36 años en España forzadamente pero también no cejar en el empeño de lograr justicia y verdad. Llegué a la Asociación a finales de septiembre de 2009 en momentos muy difíciles y casi sin querer me encontré en mayo de 2010 presidiéndola: no había recambio y era comprometerse o mirar para otro lado. Durante los más de 13 meses que pasaron hasta ese momento, no quise saber nada de uniones ni tampoco de luchas, presentía que era una guerra perdida ¿cómo íbamos a lograr justicia y verdad, con todo, absolutamente todo en contra?: 1º) Las propias familias, divididas por consejos interesados de los que creían estar en posesión de la verdad. 2) Los determinantes intereses que se mueven alrededor de una catástrofe aérea, donde sobresalen los instintos más bajos: demasiado en juego como para perder oportunidades de enriquecerse materialmente un poco más. 3º) Los posibles responsables trabajando rápidamente en cómo ocultar sus negligencias. 4º) El Estado asistiendo en primera fila al dolor de sus ciudadanos sin ni siquiera pensar en cómo resarcirles de tanto daño causado. 5º) Los demás: medios de comunicación que pasan de rellenar horas y páginas enteras al olvido más absoluto de nuevas evidencias, aseguradora que lenta pero inexorablemente va destruyendo las fuerzas de las familias, el sector que considera una lástima lo ocurrido pero que se ocupa de pasar página a la misma velocidad que los aviones, los profesionales que cuando ven que las víctimas no desisten de lograr justicia y verdad a pesar de los años, dan una piedad que no sienten y finalmente, la sociedad, de donde nos eligieron, en contra de nuestra voluntad, por partida doble: para ver cómo Colección de noticias publicadas en prensa escrita y web, transcritas literalmente, acompañada del enlace al medio de comunicación que lo divulga.

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RESUMEN DE PRENSA 21 de abril de 2023

LA SOCIEDAD CIVIL, LA JUSTICIA Y LA TRAGEDIA DEL VUELO JK5022

LA PROCINCIA DIARIO LAS PALMAS

pilar vera palmés 20.12.2015 | 02:00

Cuando las palabras no mejoran el silencio, lo mejor es callarse". Es lo que he hecho ante algunos medios de comunicación que han llamado para que valore la decisión del TEDH de inadmitir la demanda presentada por la AVJK5022 en marzo de 2014. ¿Qué decir cuando las palabras suenan tan huecas como las que profirieron los responsables políticos el 20 de agosto de 2008 y siguientes sobre la tragedia del vuelo JK5022?

Las familias de las 172 personas que aquel triste y frío día de agosto se subieron en Madrid al MD-82 con la intención de llegar a Gran Canaria, hemos sufrido durante más de siete años todo tipo de situaciones emocionales y personales. De entre ellas, un grupo decidió que había que unirse para defender conjuntamente a los nuestros pero también para saber por qué murieron: nada podía ser peor que haberlos perdido de forma tan dramática.

Y de la sociedad civil comprometida con los valores que parecen haberse olvidado, se formó la Asociación de Afectados del Vuelo JK5022, que se ha mantenido firme y serena a pesar de las muchas dificultades a las que se ha enfrentado en estos 2.673 días que han transcurrido desde aquel maldito 20 de agosto. Nos unió la catástrofe aérea más grave de los últimos 36 años en España forzadamente pero también no cejar en el empeño de lograr justicia y verdad.

Llegué a la Asociación a finales de septiembre de 2009 en momentos muy difíciles y casi sin querer me encontré en mayo de 2010 presidiéndola: no había recambio y era comprometerse o mirar para otro lado. Durante los más de 13 meses que pasaron hasta ese momento, no quise saber nada de uniones ni tampoco de luchas, presentía que era una guerra perdida ¿cómo íbamos a lograr justicia y verdad, con todo, absolutamente todo en contra?: 1º) Las propias familias, divididas por consejos interesados de los que creían estar en posesión de la verdad. 2) Los determinantes intereses que se mueven alrededor de una catástrofe aérea, donde sobresalen los instintos más bajos: demasiado en juego como para perder oportunidades de enriquecerse materialmente un poco más. 3º) Los posibles responsables trabajando rápidamente en cómo ocultar sus negligencias. 4º) El Estado asistiendo en primera fila al dolor de sus ciudadanos sin ni siquiera pensar en cómo resarcirles de tanto daño causado. 5º) Los demás: medios de comunicación que pasan de rellenar horas y páginas enteras al olvido más absoluto de nuevas evidencias, aseguradora que lenta pero inexorablemente va destruyendo las fuerzas de las familias, el sector que considera una lástima lo ocurrido pero que se ocupa de pasar página a la misma velocidad que los aviones, los profesionales que cuando ven que las víctimas no desisten de lograr justicia y verdad a pesar de los años, dan una piedad que no sienten y finalmente, la sociedad, de donde nos eligieron, en contra de nuestra voluntad, por partida doble: para ver cómo mueren los nuestros y para vagar errantes por el desierto social de la desidia, la miseria y la compasión el resto de nuestras vidas.

Pero en este camino ha habido una gran diferencia entre los que opinan sin hacer nada y los que nos hemos dejado parte de nuestra vida en esta insufrible batalla: lo hemos intentado por encima de nuestras fuerzas sin rendirnos nunca a pesar de las durísimas derrotas judiciales padecidas, de hecho, ni una sola vez la justicia -ciega, sorda y muda, pero también rancia y descompuesta- estuvo de nuestro lado, cómo iba a estarlo si se está más confortable al lado del poderoso que pasando las penalidades del débil.

Somos la sociedad civil, no nos escondimos ante la vergüenza y la ignominia que suponía vivir como si 154 personas no hubieran fallecido y tampoco 18 se hubieran lesionado, no

hemos cesado de creer que era posible encontrar ese oasis de paz

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donde viven la justicia y la verdad. No lo hemos logrado, la justicia es un enemigo rocoso para el ciudadano, pero estamos convencidos de que esta cruel batalla nos ha dignificado en la misma proporción que ha desacreditado y envilecido a un sistema judicial en el que ya casi nadie cree y que tiene tal enfermedad incurable que lo llevará a la tumba. "En algún lugar... siempre en nuestros corazones": siempre estarán ahí y nunca nos lo podrán quitar, por mucho que lo hayan intentado o intenten.

EL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS DA UN PORTAZO A LAS VÍCTIMAS DEL JK5022

ATCPRESS

La Corte de Estrasburgo no admite a trámite la demanda de amparo de la asociación que preside Pilar Vera y el colectivo declara su “frustración” ante lo que considera “una burla intolerable”

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha rechazado la admisión a trámite de una petición de amparo formulada por las víctimas del avión de Spanair que se estrelló en Barajas el 20 de agosto de 2008. La asociación de víctimas del vuelo JK5022, que preside Pilar Vera, ha declarado este miércoles su sentimiento de “desamparo y frustración” ante lo que considera “una burla intolerable” del TEDH 19 meses después de que el colectivo recurriera a esta instancia.

La AVJK5022 decidió dirigirse al Tribunal de Estrasburgo después de que la tragedia del JK5022 quedara archivada en España en la vía penal y de que el Tribunal Constitución se negara a estudiar el caso, como también intentó la asociación de víctimas. En su apelación ante el TEDH, la asociación había alegado que por parte de la Justicia española se había infringido el convenio europeo de Derechos Humanos tras la catástrofe que le costó la vida a 154 personas y secuelas muy graves a varios de los 18 supervivientes del accidente.

Pero no lo considera así el TEDH: el tribunal encomendó el caso a un juez único y éste decidió desestimar la solicitud de amparo. En una respuesta de solo cuatro párrafos, el TEDH no especifica los motivos de la inadmisión y solo señala que la demanda “no cumple con los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 34 y 35” del convenio. Lo que sí especifica con mucha claridad es que contra esta decisión no cabe recurso alguno y que en adelante el TEDH no contestará a ninguna petición, carta o comunicación de ningún tipo de la AVJK5022 sobre este mismo caso.

La frustrante respuesta del tribunal de Estrasburgo ha caído como una losa sobre la AVJK5022, siete años y medio después de que comenzara el calvario para las familias de las víctimas. Tanto, que la asociación ha pedido la desaparición del tribunal, al entender que ha protagonizado “una burla intolerable” ante las familias de las víctimas.

“Si lo ocurrido en el ámbito judicial en España ha resultado desesperante, no lo ha sido menos acudir fuera de nuestras fronteras para obtener lo que aquí se nos negó. Ese TEDH era la última puerta de un largo vía crucis que ha durado más de 7 años en el que la AVJK5022 no ha cesado de pelear por lograr justicia y verdad. Sin embargo, ese Tribunal ha tardado 19 meses para “fotocopiar” una carta e inadmitir a trámite aquella demanda, como hace con la mayoría de los casos que recibe. Es una burla intolerable a cuantos acuden a su puerta con la esperanza de ser atendidos individualmente. Ese Tribunal de supuestos

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Derechos Humanos debería desaparecer de inmediato: demasiadas víctimas sin justicia ni verdad como para que pueda seguir existiendo”.

La asociación no oculta que esta noticia “ha colmado la paciencia, la frustración y el sentimiento de desamparo “que nos ha acompañado desde que los nuestros se subieron el infausto 20 de agosto de 2008 a un avión que era chatarra volante porque alguien prorrogó su permiso de vuelo para que siguiera tentando a las surte sin poner nada más que su firma y nosotros, los muertos, personas inocentes que solo querían llegar a su destino”.

En su durísima nota de respuesta, la AVJK50 lamenta el comportamiento con las víctimas de un sistema judicial “lento, incompetente e inefectivo, que asquea y repugna”. Pero advierte al mismo tiempo que no se rendirá, porque “hacerlo sería condenar nuevamente a nuestros seres queridos y olvidar una tragedia que puede volver a repetirse porque los que tienen que evitarla han decidido que prácticamente no existió con sus malditas, injustas y difícilmente compartibles decisiones judiciales”.

La asociación también recuerda que, después de vivir dolorosamente el carpetazo a la tragedia en la vía penal en España, tuvieron que remitirse a la vía civil, “donde se han limitado a tasar la vida de nuestros seres queridos en cifras tan ridículas que han hecho de esta tragedia un negocio para la aseguradora y marcado un terreno de impunidad para aquellos que no hacen de la prudencia y sensatez su signo de identidad”.

EL TRIBUNAL DE ESTRASBURGO INADMITE EL RECURSO DE LAS VÍCTIMAS DEL ACCIDENTE DE SPANAIR

"Era la última puerta de un largo vía crucis que ha durado más de 7 años", periodo durante el que no ha dejado de "pelear por lograr justicia y verdad" afirman los afectados

EL PERIODICO

Miércoles, 16 de diciembre del 2015 - 12:54 CET

El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) ha inadmitido la demanda de la Asociación de Afectados del Vuelo JK5022 en la que denunciaba las "infracciones" contra el Convenio Europeo de Derechos Humanos por parte de la Justicia española tras la tragedia del accidente de Spanair, en la que fallecieron 154 personas y 18 sobrevivieron.

La asociación que representa a las víctimas del accidente de Spanair, ocurrido el 20 de agosto de 2018, acudió al Tribunal Europeo el 25 de marzo de 2014, tras agotar la vía judicial en España, después de que el caso quedara sobreseído por la Audiencia Provincial de Madrid, que levantó la imputación a los dos técnicos juzgados y consideró que su actiación fue correcta y no constituyó imprudencia.

En su demanda, los afectados del accidente de Spanair argumentaban que la decisión de sobreseimiento fue "excepcional e inmotivada", en un caso histórico único, ya que se apartaba de la propia doctrina judicial "a juzgar por las diversas resoluciones dictadas con carácter previo y posteriormente".

El TEDH considera que la demanda de la Asociación de Afectados del Vuelo jk5022 "no cumple con los requisitos de adminisibilidad" establecidos en los artículos 34 y 35 del citado convenio, según se le ha comunicado a la asociación demandante en una carta.

La decisión del Tribunal de Estrasbuego es definitiva y no puede ser objeto de un nuevo recurso ni ante el TEDH ni ante otro órgano.

Tras el sobreseimiento de la causa, la AVJK5022 acudió presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional alegando la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva,

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con indefensión y vulneración del derecho a la igualdad en la aplicación de la ley, que fue inadmitido por el tribunal de garantías.

"UNA BURLA INTOLERABLE"

En un comunicado, la Asociación de Afectados del Vuelo JK5022 ha lamentado que se les cierre en Estrasburgo "la última puerta de un largo vía crucis que ha durado más de 7 años", periodo durante el que no ha dejado de "pelear por lograr justicia y verdad".

"Ese tribunal ha tardado 19 meses para fotocopiar una carta e inadmitir a trámite la demanda, como hace con la mayoría de los casos que recibe", ha criticado la asociación, que califica de "burla intolerable" esta carta "para cuantos acuden a su puerta con la esperanza de ser atendidos individualmente".

Para la AVJK5022 el Tribunal de Estrasbugo debería "desaparecer de inmediato", ya que son demasiadas las víctimas sin justicia para que pueda seguir existiendo, y pone en evidencia que el sistema judicial es "lento, incompetente e inefectivo".

"Esta noticia ha complado la paciencia, la frustración y el sentimiento de desamparo que nos ha acompañado desde que los nuestros se subieron el infausto 20 de agosto de 2008 a un avión que era una chatarra volante porque alguien prorrogó su permiso de vuelo para que siguiera tentando a la suerte sin poner nada más que su firma", reza la nota.

La AVJK5022, que lidera la nueva Federación Internacional de Víctimas de Accidentes Aéreos y Familias (FIVAAF), ha trasladado a las autoridades y partidos políticos su petición de llevar a los Juzgados Centrales de Instrucción la investigación penal y civil de las catástrofes aéreas, a la vista de "cómo han sido masacradas las víctimas de Spanair en la jurisdicción ordinaria: penal y mercantil".

"Se han limitado a tasar la vida de nuestros seres queridos en cifras tan ridículas que han hecho de esta tragedia un negocio para la aseguradora y marcado un terreno de impunidad para aquellos que no hacen de la prudencia y sensatez su signo de identidad", concluye la asociación.

La AVJK5022, que seguirá trabajando porque los derechos de los pasajeros se respeten, reclama la creación en España de un órgano multimodal similar al de la Junta Nacional de Seguridad del Tranporte de EE.UU. (NTSB), que investigue los accidentes de víctimas múltiples.

ESTRASBURGO CIERRA LA PUERTA A LAS VÍCTIMAS DEL ACCIDENTE DE SPANAIR

LA RIOJA NOTICIAS NAVARRA LAS PROVINCIAS DIARIO DE LEÓN

Mateo Balín. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dio ayer un portazo a las víctimas del accidente del avión de Spanair de agosto de 2008, que dejó 154 muertos y 18 heridos en el aeropuerto de Madrid-Barajas. La mayor parte de las víctimas integradas en la asociación AVJK5022 presentó en marzo pasado una demanda por vulneración de derechos fundamentales en el archivo de la causa penal por parte de la Audiencia Provincial de Madrid, posteriormente ratificado por el Tribunal Constitucional.

Entendía la asociación que el tribunal negó a las víctimas «la tutela judicial efectiva» y su derecho de igualdad en la aplicación de la ley. En concreto, consideraban que había indicios suficientes para que los tres magistrados que archivaron el procedimiento hubieran apoyado la apertura de juicio oral contra los dos técnicos imputados.

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Sin embargo, en una escueta nota que no profundiza en los motivos, la juez único del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Kristina Pardalos, señaló ayer que la demanda es inadmisible porque no cumple con los requisitos del convenio europeo de derechos humanos, artículos 34 y 35. Estos se refieren a que la petición de los demandantes es incompatible con las disposiciones del citado convenio por estar «mal fundada o ser abusiva». La resolución es definitiva y no cabe recurso.

En un comunicado, el colectivo de afectados calificó de «burla intolerable» la decisión de la juez después de pelear durante más de siete años «para lograr justicia y verdad».

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ESTRASBURGO TUMBA EL CASO DEL ACCIDENTE DEL SPANAIR

ABC DIARIO DE AVISOS UNIVERSO CANARIO

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo ha decidido no admitir la demanda presentada por la Asociación de Afectados por el vuelo de Spanair JK5022, que se estrelló en Barajas el 20 de agosto de 2008 cuando despegaba hacia Gran Canaria, con un balance de 154 muertos. 

 La propia asociación ha dado a conocer este miércoles la inadmisión de su denuncia, que fue acordada en el mes de septiembre, año y medio después de que la presentaran. 

 No obstante, la resolución ha sido notificada ahora a la asociación de Afectados del JK5022, en una escueta resolución de un folio, fechada en diciembre, en el que se les comunica que la juez Kristina Pardalos considera que su demanda no cumple los criterios exigidos en los artículos 34 y 35 del Convenio Europeo de Derechos Humanos para que sea admitida.

 Esos artículos determinan que solo se puede acudir al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo tras agotar todas las vías posibles en la Justicia del país de origen de aquellos que solicitan su amparo (cosa que hizo la asociación del JK5022, tras fracasar su última demanda ante el Tribunal Constitucional).

Abusivas

También disponen que no se podrán admitir demandas que ya hayan presentado a ante otra instancia internacional, que sean iguales a otras ya resueltas por la Corte Europea, que resulten mal fundadas o abusivas, que no sean compatibles con el Convenio de Derechos Humanos o que respondan a casos en los que el demandante "no ha sufrido un perjuicio importante". 

 La notificación remitida por el Tribunal de Estrasburgo a los Afectados del JK5022 no precisa cuál de esos supuestos se aplica a su petición, pero sí subraya que su fallo es ya "definitivo" e inapelable y que no se le van a proporcionar más "precisiones complementarias sobre las deliberaciones del juez único". 

Los afectados por accidente de Spanair recurrieron a Estrasburgo en marzo de 2014, una vez que el Tribunal Constitucional no aceptara tramitar su recurso contra la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid de cerrar la causa abierta. 

 Los supervivientes del accidente y familiares de los fallecidos recurrieron a la Justicia europea al considerar que la española había vulnerado sus derechos, pero han admitido que si lo ocurrido en España fue "desesperante", lo ocurrido en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos "no lo ha sido menos".

 Según han explicado en un comunicado, era "la última puerta de un largo vía crucis que ha durado más de siete años" en el que no han cesado "de pelear por lograr justicia y verdad".

 A su juicio, es "una burla intolerable" que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya tardado 19 meses en rechazar la demanda y "ha colmado la paciencia, la frustración y el sentimiento de desamparo" que les ha acompañado desde 2008, pese a lo cual afirman que no se van a rendir.

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ESTRASBURGO RECHAZA LA DEMANDA CONTRA SPANAIR POR EL ACCIDENTE DEL VUELO JK5022 

O2B

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo no ha admitido la denuncia presentada por la Asociación de Afectados por el vuelo JK5022, que se estrelló en el madrileño aeropuerto de Barajas el 20 de agosto de 2008 y en el que fallecieron 154 personas.

La propia asociación ha dado a conocer hoy la inadmisión de su denuncia, que fue acordada en el mes de septiembre, año y medio después de que la presentaran. Recurrieron a Estrasburgo en marzo de 2014, una vez que el Tribunal Constitucional no aceptara tramitar su recurso contra la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid de cerrar la causa abierta.

"Desesperante"

Los afectados recurrieron a la justicia europea al considerar que la española había vulnerado sus derechos, pero han admitido que si lo ocurrido en España fue "desesperante", lo ocurrido en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos "no lo ha sido menos".

Según han explicado en un comunicado, era "la última puerta de un largo vía crucis que ha durado más de 7 años" en el que no han cesado "de pelear por lograr justicia y verdad". A su juicio, es "una burla intolerable" que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya tardado 19 meses en rechazar la demanda y "ha colmado la paciencia, la frustración y el sentimiento de desamparo" que les ha acompañado desde 2008, pese a lo cual afirman que no se van a rendir. 

EL TRIBUNAL DE ESTRASBURGO DA CARPETAZO AL CASO DEL ACCIDENTE DE SPANAIR

CADENA SER

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos no ha admitido a trámite la demanda de las víctimas del accidente aéreo ocurrido en 2008 y ante esta resolución no cabe recurso

El Tribunal de Derechos Humanos no ha admitido a trámite la demanda de las víctimas del

accidente de Spanair en Barajas, ocurrido en 2008. Ante esta resolución no cabe recurso.

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El pasado mes de febrero una sentencia obligaba a pagar a las víctimas pero lo hacía utilizando los mismos criterios que en los casos de accidente de tráfico. Insatisfecha, la Asociación de Afectados del vuelo JK5022 acudió al Tribunal

El tribunal europeo ha tardado 19 meses en decidir si admitía a trámite la demanda y finalmente ha considerado que la carta “no cumple con los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 34 y 35 del Convenio”, tal y como se puede leer en la resolución ante la que no cabe recurso. La asociación de víctimas lamenta la decisión en un comunicado: “Era la última puerta de un largo vía crucis que ha durado más de 7 años".

La tragedia del vuelo JK5022 de Spanair tuvo lugar el 20 de agosto de 2008 en el aeropuerto de Barajas. Fallecieron 154 personas y otras 18 sobrevivieron.

ESTRASBURGO CIERRA LA CAUSA PENAL DE SPANAIR PERO LAS DEMANDAS CIVILES SIGUEN

LA VANGUARDIA

Las Palmas de Gran Canaria/Madrid, 16 sep (EFE).- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha cerrado hoy definitivamente, en una decisión inapelable, la causa penal abierta tras el accidente del vuelo JK5022 de Spanair en el aeropuerto de Barajas, pero no así las reclamaciones civiles, que siguen su curso en varios juzgados.

El fallo pone punto final a siete años de recorrido por los tribunales de lo penal de ese accidente aéreo, que costó la vida a 154 personas, dejó heridas a otras 18 personas y conmocionó hasta tal punto a la sociedad española, que provocó una reforma legal sobre cómo deben ser tratadas las víctimas de estos siniestros.

La Audiencia Provincial de Madrid archivó el caso el 19 de septiembre de 2012 al considerar probado que el accidente se produjo por una actuación errónea de los pilotos, que murieron en el accidente, por lo que no cabía exigir ninguna responsabilidad de índole criminal a los técnicos que habían supervisado la aeronave.

La causa penal se agotó en ese momento en la vía ordinaria, pero los afectados no se dieron por vencidos y acudieron al Tribunal Constitucional, que en 2013 desestimó su recurso, al considerar que no había ningún derecho fundamental vulnerado por la Audiencia de Madrid que mereciera su corrección por la vía de amparo.

La Corte de Estrasburgo quedaba entonces como última opción para las aspiraciones de la Asociación de Víctimas del JK5022 para que se depuren las responsabilidades penales de ese accidente, que a su entender iban más allá de los pilotos y los técnicos, pero el Tribunal Europeo tampoco observa en el caso ningún infracción de derechos fundamentales que enmendar a los tribunales españoles.

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La juez encargada de la demanda en Estrasburgo, Kristina Pardalos, tomó esa decisión en septiembre, pero su fallo no ha sido notificado hasta ahora a los familiares de las víctimas de aquel vuelo de Madrid a Gran Canaria que se estrelló nada más despegar.

En un escueto oficio de un folio, la Corte de Estrasburgo comunica a la asociación de afectados que la juez Pardalos entiende que su demanda no cumple los criterios exigidos en los artículos 34 y 35 del Convenio Europeo de Derechos Humanos para que sea admitida.

Esos artículos determinan que solo se puede acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos tras agotar todas las vías posibles en la Justicia del país de origen de aquellos que solicitan su amparo (criterio que se cumple en este caso, que llegó al Constitucional).

También disponen que no se podrán admitir demandas que ya hayan presentado ante otra instancia internacional, que sean iguales a otras ya resueltas por la Corte Europea, que resulten mal fundadas o abusivas, que no sean compatibles con el Convenio Europeo de Derechos Humanos o que respondan a casos en los que el demandante "no ha sufrido un perjuicio importante".

La notificación remitida por el Tribunal de Estrasburgo a asociación de afectados no precisa cuál de esos supuestos se aplica a su petición, pero sí subraya que su fallo es ya "definitivo" e inapelable y que no se les va a proporcionar más "precisiones complementarias sobre las deliberaciones del juez único".

Con ello, se termina el "caso Spanair", pero solo en lo que concierne al aspecto penal, por lo que, tanto en la vía civil (para los pasajeros), como en la social (para la tripulación del vuelo), los tribunales tienen activas numerosas demandas de indemnización contra la aerolínea (ya desaparecida) y contra su aseguradora, Mapfre.

Además, el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Las Palmas de Gran Canaria abrió una tercera vía, al admitir una demanda colectiva en la que diez familiares de víctimas exigen 56 millones de euros de indemnización (51,2 millones de euros) al fabricante del avión, la multinacional estadounidense Boieng por comercializar un producto defectuoso (esta reclamación atribuye la responsabilidad de lo ocurrido a un fallo de fabricación de los aviones MD-82).

Del recorrido de esa causa todavía no se han tenido noticias, pero mientras tanto se han producido diferentes sentencias en juzgados de Primera Instancia y de lo Mercantil sobre las indemnizaciones millonarias solicitadas por los afectados.

Para desespero de estos, la mayoría de esos fallos toman como referencia para establecer las compensaciones el baremo fijado para accidentes de tráfico (de general uso en la justicia española), con lo que las cantidades impuestas a Mapfre como compensación han sido sustancialmente menores a las reclamadas por las víctimas.

Una de las últimas sentencias -y de las más importantes, por su número de demandantes- la dictó la dictó el pasado verano el Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, en un caso en el que Mapfre se enfrentaba a una petición de 43 millones de euros por parte de las familias de 33 víctimas del accidente y de un superviviente.

Ese fallo concedió indemnizaciones de entre 7.483 euros (la más baja) y 665.802 euros (la mayor, para el superviviente), pero de nuevo tomando como referencia el baremo de accidentes de circulación. Ahora bien, el juez estableció que ese baremo ya "no se adecúa a la realidad social", por lo que ordenó elevarlas un 50 % respecto a lo que se suele conceder en siniestros de tráfico.

Las víctimas han recibido siempre con indignación ese tipo de compensaciones (incluso la elevada en un 50 %) y han anunciado recursos, por lo que al caso Spanair todavía le queda un largo recorrido -civil, eso sí- en varias audiencias provinciales.

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