Tarea-clases de Accesion-cuadro Sinoptico

download Tarea-clases de Accesion-cuadro Sinoptico

of 2

Transcript of Tarea-clases de Accesion-cuadro Sinoptico

ACCESIN Los frutos se clasifican en naturales y civiles. Del SueloLos frutos naturales pueden ser pendientes, es decir los frutos que todava se encuentran en unin con la cosa principal y no han pasado a tener una existencia individual y percibidos, es decir en esta subdivisin se debe diferenciar los frutos que ya han sido separados de la cosa principal para tomar una existencia individual pero que siguen en poder o posesin del dueo de la cosa principal, mientras que por su parte los consumidos vendran a ser los que cumplen con dos requisitos, es decir han sido separados de la cosa productiva y concomitantemente a ello han sido consumidos o se han enajenado, dicho de otra manera son aquellos que ya no se encuentran en posesin del dueo de la cosa principal, por haber sido consumidos o enajenados. Los frutos naturales cualquiera de la clase que sean, por extensin pertenecen al dueo del bien principal, existiendo ciertas excepciones establecidas por la ley, como el caso de que no pertenezcan al propietario del bien porque este ha constituido derecho de usufructo a favor de otra

Puede darse de las siguientes formas: aluvin, avulsin, mutacin del lveo de un rio, formacin de nuevas islas, e inundaciones. De una cosa mueble a otra Caracterstica fundamental: ocurren de forma natural y espontanea, sin la participacin de la industria o el ingenio humano.

De las cosas muebles a inmueblesPuede darse a travs de las siguientes formas: adjuncin, especificacin, mezcla. Conocimiento del hecho, ni mala fe. Adjuncin, es la unin de dos cosas pertenecientes a dueos diferentes, pero con la salvedad que estas pueden ser separadas y subsistir con identidad propia cada una luego de dicha separacin. Especificacin, es la transformacin de la materia primitiva o de un elemento base en especie nueva por obra o como producto del trabajo humano.

Puede producirse mediante tres medios: por edificacin, por plantacin y por siembra. De las cosas muebles a inmueblesLa edificacin, plantacin o siembra con materiales ajenos en suelo propio. si se edifica con materiales ajenos en suelo propio, el dueo del suelo se har dueo de los materiales, por el hecho de incorporarlos en la construccin, pero estar obligado a pagar al dueo de los materiales su justo precio, u otro tanto o gnero de la misma naturaleza y de la misma calidad y cantidad de lo que ha utilizado para edificar. Justa causa de error, si se procedi a sabiendas. La edificacin, plantacin o siembra con materiales propios en suelo ajeno. Este caso se produce cuando el dueo de los materiales edifica, planta o siembra en un terreno del cual es slo poseedor o mero tenedor; hay que observar de manera previa si el dueo del suelo ignor lo que haca el dueo de los materiales o si por el contrario, tuvo conocimiento de ello. Producen las consecuencias propias de la accesin