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  • 8/9/2019 Taller: Nueva Ley de Permisos

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    Ley Nm. 161 de 1 dediciembre de 2009

    Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico

    Luis A. PonceClnica de Desarrollo Comunitario

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    Introduccin:Introduccin:

    Exposicin de motivosExposicin de motivos Propsito de la Ley de Permisos:

    Mejorar nuestra posicin competitiva ante el mundo [a travs de] un

    nuevo sistema que se cimiente en un enfoque moderno,transparente, confiable, gil y eficiente que fomente ese desarrollointegral, econmico, social y fsico sostenible que Puerto Riconecesita para sobrepasar la crisis actual y alcanzar y mantener lacompetitividad de una economa de primera.

    Para el Gobernador, esta ley:Nos permitir balancear adecuadamente el desarrollo econmico y laPROTECCINAMBIENTAL.

    S, la nueva ley de permisos ayuda a proteger el ambiente. Elsistema actual es burlado constantemente precisamente porque escomplejo, costoso e incierto.

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    ExposicinExposicin dede motivosmotivos Busca tambin atacar la burocracia del gobierno ya que la

    misma afecta a las pequeas y medianas empresas (PYMEs)porque son las que dependen de procesos sencillos,eficientes y giles para poder establecerse y progresar.

    Porque lo que tenamos antes no serva:

    Mucha reglamentacin y duplicidad de trmites

    No cumplan con el tiempo establecido

    Lentitud Muchos documentos

    Cero fiscalizacin

    Desconfianza e incertidumbre

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    ExposicinExposicin dede motivosmotivos

    Se acuerdan de lo que dijo el Gobernador sobre el

    medioambiente?

    Para muestra un botn:

    La industria de la construccin es el sector ms afectado. (pg.5)

    El derecho fundamental (y amplio) es el de la propiedad .(pg.9)

    Dnde qued la proteccin de nuestro ambiente?

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    ExposicinExposicin dede motivosmotivos

    En resumen, esta pieza persigue reestructurartodo el procesode permisos para facilitarel desarrollo econmico, darleconfianza al pueblo en sus agencias de planificacin, brindarcerteza a todo el proceso y garantizar un desarrollosustentable en armona con el medio ambiente, porquesomos el pas 131 de 134 con el peor sistema de permisos en

    el mundo.

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    Poltica Pblica (art. 1.2)Poltica Pblica (art. 1.2)

    Los procesos para la evaluacin, otorgamiento odenegacin de las determinaciones finales y permisosestn revestidos del ms alto inters pblico por serun instrumento de desarrollo econmico y como talindispensable para la creacin de empleos y la

    prestacin de mejores servicios al pueblo y el disfrutede una mejor calidad de vida.

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    Objetivos de la LeyObjetivos de la Ley Mejorar la calidad y eficiencia a la hora de evaluar las

    solicitudes para el otorgamiento o denegacin de

    determinaciones finales y permisos para desarrollos deproyectos de construccin en Puerto Rico;

    Asegurar la transparencia, certeza, confiabilidad y agilizacin delproceso de evaluacin, adems de la emisin derecomendaciones;

    Garantizar el fiel cumplimiento de las leyes y reglamentos;

    Insertarnos en el marco de la competitividad que incluya elmximo desarrollo econmico, social y fsico sostenible dePuertoRico.

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    Como se lComo se lgrangran estosestos

    objetivosobjetivos?? Se centralizan los procesos para poder solicitarlos en un slo

    sitio.

    Mandato para expedir dentro de un trmino establecido:

    30 das PYMES y Permisos Verdes

    90 das solicitudes de permisos de proyectos con usos de suelo(prorrogables a 120 das)

    Se presume la certeza y validez de los permisos.

    Se crea una entidad fiscalizadora: Oficina del Inspector General

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    Impacto en la legislacinImpacto en la legislacin

    actualactual Se deroga la Ley Orgnica de ARPe (Administracin de Reglamentos y

    Permiso, 1975) a partir de diciembre 2010.

    Se deroga la Ley Nm. 313 de 2003 que estableca las funciones de laevaluacin de consultas de ubicacin para proyectos comerciales y losestudios de viabilidad de dichos proyectos que realiza la JP.

    Se enmiendan otras leyes, por ejemplo: Art. 4(b) de Ley Nm. 416 de 2004, Ley sobre Poltica Pblica Ambiental;

    Ley Nm. 112 de 1988, Ley de Proteccin del Patrimonio ArqueolgicoTerrestre de Puerto Rico;

    Otras leyes relacionadas a zonificacin (escuelas, areas deportivas orecreativas, zonas histricas, etc.).

    La LPAU ya no aplica a los procesos de otorgamiento o impugnacin depermisos y licencias (ni a planificacin ambiental), solamente aplica alproceso de adopcin, enmienda y derogacin de los reglamentos que la Leyrequiere.

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    AA ququ determinacionesdeterminaciones

    aplicaaplica lala LeyLey?? El nuevo proceso gubernamental reglamenta la

    expedicin de:

    permisos

    certificados

    licencias

    o documentos gubernamentales requeridos para propsitos

    de construccin y usos de terrenos, y para realizar u operarnegocios en Puerto Rico (1.3)

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    Tipos de determinacionesTipos de determinaciones Ministerial- no conlleva juicio subjetivo sobre la forma en que se

    conduce o propone una actividad o accin.

    Se aplican los requisitos especficos a los hechos presentados einvolucra nicamente el uso de estndares fijos o medidas objetivas.

    El Reglamento Conjunto contendr una lista de todos los permisosque se consideran ministeriales

    Discrecional- conlleva juicio subjetivo sobre la forma en que se

    conduce o propone una actividad o accin. Se utilizan discrecin especial o juicio para llegar a su determinacin.

    La determinacin involucra ms all del uso de estndares fijos omedidas objetivas.

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    certificados, licencias ocertificados, licencias o

    permisos?permisos?

    El Director Ejecutivo de la Oficina de Gerencia dePermisos (OGPe), luego de que se presente solicitudante:

    Profesionales autorizados

    Inspectores autorizados de la Oficina del InspectorGeneral

    Los municipios autnomos con jerarqua I a la V12

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    Pre-consultapara saber donde presentar

    Municipioautnomo

    DirectorEjecutivo

    OGPe

    Juntaadjudicativa

    Gerentes dePermisos

    Inspectoresautorizados

    ProfesionalesAutorizados

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    La Nueva EstructuraLey para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico

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    Irisel CollazoClnica de Desarrollo Comunitario

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    Pre-consulta

    Pre-consulta

    InspectoresAutorizados

    de la OIG

    JuntaRevisor

    a

    TSPR

    ProfesionalesAutorizados

    Permisos

    ministeriales

    ej. permiso

    de uso

    autorizado

    Determinacin

    final

    Ministeriales

    Discrecionales

    ej. consulta de

    ubicacin

    Certificaciones de salud

    prevencin de incendiosPYMES

    OGPe

    DirectorEjecutivoOGPe

    Gerentes depermisos

    JuntaAdjudicativa

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    Estructura internaEstructura interna

    de la OGPede la OGPe Director Ejecutivo

    Mantener los expedientes administrativos para inspeccin del pblico

    Firmara y notificar la adjudicacin de determinaciones finales y permisos Determinar el numero de oficinas regionales y las reas territoriales que abarcan

    Directores Regionales: administrarn las oficinas de permisos regionales

    Seis Gerentes de Permiso, funciones: evaluarn las solicitudes ydeterminarn si la accin solicitada cumple con los requisitos de la ley

    Director de Evaluacin de Cumplimiento Ambiental

    Junta Adjudicativa

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    Junta AdjudicativaJunta Adjudicativa El Director Ejecutivo de la OGPe establecer el nmero de

    juntas adjudicativas, segn considere necesario.

    Responsabilidad principal: evaluar y adjudicardeterminaciones finales y permisos de carcterdiscrecional.

    Se celebrarn vistas adjudicativas y se decidir por

    mayora del qurum. No se emitirn votos explicativos.

    La notificacin de la determinacin final contendrdeterminaciones de hechos y conclusiones de derecho.

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    Junta AdjudicativaJunta Adjudicativa Evaluar y adjudicar asuntos discrecionales (art. 6.3)

    solicitudes de recalificacin de terrenos

    *Requiere recomendaciones de los Municipios, JP o JCA. Si no contestan, se entiendeque no tienen objecin.

    consultas de ubicacin

    enmiendas a consultas de ubicacin

    variaciones en uso

    excepciones

    variaciones en construccin. asuntos en reas no zonificadas

    *La JP retiene la jurisdiccin exclusiva de establecer la poltica pblica sobre laclasificacin de terrenos

    otros asuntos que la JP le delegue

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    Procedimiento ante laProcedimiento ante la

    OGPe y la Junta AdjudicativaOGPe y la Junta Adjudicativa

    Gerentes dePermiso

    SolicitudanteOGPe

    DirectorEjecutivo

    Permiso

    ministerial Expidedetermi-nacin

    JuntaAdjudicativa

    Permiso

    discrecional

    Proponente y partes

    OIG yentidades

    gub.concernidas

    Notificacin

    DirectorEjecutiv

    o

    Notificacin

    JPcalificacin o

    uso de terrenos

    20

    Determinacin

    final

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    Otras figuras de la OGPeOtras figuras de la OGPeOficiales de permisos

    funcionarios especializados deentidades gubernamentalesconcernidas

    asistirn a los gerentes depermisos

    obtener informacin odocumentacin necesaria

    coordinar trabajo de campoque sea necesario

    Representantes deservicio

    verificar el cumplimiento con el

    proceso de evaluacin,aprobacin o denegacin dedeterminaciones

    notificar al Dir. Ejecutivo decualquier incumplimiento porparte de la OGPe o losprofesionales autorizados

    orientar al publico en laradicacin de solicitudes y sobreel estatus de los casos

    Preparar informes mensualessobre funcionamiento de laOGPe

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    Profesionales autorizadosProfesionales autorizados Cualquier profesional licenciado en reas de construccin (7.1)

    Agrimensores

    Arquitectos Gelogos

    Ingenieros

    Planificadores

    Requisitos para obtener autorizacin (2 aos)

    5 aos de experiencia con licencia Cursos, examen y educacin continua

    Cuota anual de registro y prestar fianza

    Mantener copia de permisos y otros documentos relacionados

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    Profesionales AutorizadosProfesionales Autorizados Los profesionales autorizados slo pueden evaluar o expedir

    permisos ministeriales (7.3) Permiso de uso

    Permiso de demolicin

    Permiso de construccin para remodelar

    Permiso general consolidado

    Determinaciones de exclusiones categricas

    Permiso de construccin

    Permiso de lotificacin

    No puede expedir una determinacin sobre un proyecto en elque haya participado, sin importar la fase en la que hayacolaborado

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    Procedimiento ante losProcedimiento ante los

    Profesionales autorizadosProfesionales autorizados

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    ProponenteProfesionalautorizado

    Pre-Consulta

    JuntaRevisora

    TSPR

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    Municipios AutnomosMunicipios Autnomos Municipios Autnomos con convenio de delegacin de competencia y

    transferencia de jerarqua de la I a la V tendrn total exclusividad para

    otorgar determinaciones finales y permisos (1.3) Oficina de permisos

    Junta Adjudicativa

    Los Profesionales Autorizados (ordenanza municipal)

    Algunos ejemplos de municipios con jerarqua de la I a la V San Juan

    Guaynabo Bayamn

    Carolina

    Ponce

    Humacao

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    Municipios AutnomosMunicipios Autnomos Jerarqua I: uso en estructuras o solares existentes; rtulos y anuncios

    Jerarqua II(solar con cabida menor de 1,500m2)

    Autorizaciones de anteproyectos

    Permisos de construccin / uso

    Permiso para segregar hasta 10 solares

    Jerarqua III(solares con cabida menor de 2,500m2)

    Jerarqua IV (solares con cabida menor de 4,000m2)

    Jerarqua V Desarrollo preliminar, anteproyecto y permisos para la construccin o usos de

    proyectos privados o municipales: residencial, comercial, etc.

    Variaciones de uso dentro de lo que tolera el distrito

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    Oficina del InspectorOficina del Inspector

    General (OIG)General (OIG) Investigar y procesar incumplimientos de la OGPe o los PA

    Representar el inters pblico en procedimientos para impugnarlas determinaciones finales

    Solicitar revocacin de una determinacin final o la paralizacinde una obra de construccin o uso (o paralizacin) ante el TPIcuando

    La determinacin final se obtuvo en violacin a leyes o reglamentos Exista incumplimiento con la ley o el reglamento en la ejecucin u

    operacin del permiso

    Verificar que la OGPe y los representantes de servicio cumplancon los trminos establecidos27

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    Oficina del InspectorOficina del Inspector

    General (OIG)General (OIG) Expedir rdenes de cese y desista ante ausencia de permiso

    Emitir rdenes de mostrar causa, de hacer o de no hacer Radicar querellas motu proprio cuando de la auditora surjan

    violaciones a la Ley o los reglamentos

    Investigar y procesar querellas de fiscalizacin de cumplimientoque sean referidas por las entidades gubernamentalesconcernidas o los municipios autnomos

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    Inspectores autorizadosInspectores autorizados La OIG nombra a los inspectores autorizados por 2 aos,

    requisitos:

    Cursos y examen Cuota anual

    Prestar fianza

    Mantener copias de certificaciones y otros documentos relacionados

    Evaluarn y expedirn ciertas certificaciones (7.11)

    Certificacin para la prevencin de incendios

    Certificacin de salud ambiental

    Otras establecidas en el Reglamento

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    Oficina del InspectorOficina del Inspector

    General (OIG)General (OIG)

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    Auditora dedeterminaciones

    finalesQuerellas y multas

    Fiscalizacin decumplimiento

    Regulacin deprofesionalesautorizados

    Secretara

    Inspectorgeneral

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    Junta RevisoraJunta Revisora Revisa las determinaciones finales de la Junta Adjudicativa, de la Oficina de

    Gerencia de Permisos, del Profesional Autorizado y los MunicipiosAutnomos con Jerarqua de la I a la V.

    Solicitud de revisin tiene trmino jurisdiccional de veinte (20) das naturales

    Mandato a disponer del recursos dentro de 120 das, prorrogables por unperiodo adicional de 30 das

    Si no se resuelve el recurso se considera rechazado de plano

    Ante decisin o rechazo, la parte interesada puede ir al TSPR (certiorari)

    Se suspender una determiancin final nicamente por daos irreparables(presuncin de correccin en la expedicin de permisos)

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    Proceso de revisinProceso de revisin

    Determinacinfinal

    Notificacina las partes

    Junta Revisora TSPR

    OGPe

    PA Mun.autn.

    20

    das

    certiorari

    120 das

    para

    decidir

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    El impacto de la Ley en elDerecho Ambiental vigenteLey para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico

    Hctor J. Claudio HernndezAsociacin Nacional de Derecho Ambiental

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    ConstituciConstitucin del ELAn del ELA

    Ser poltica pblica del Estado Libre Asociado lams eficaz conservacin de sus recursos naturales,

    as como el mayor desarrollo y aprovechamiento delos mismos para el beneficio general de lacomunidad.

    Tribunal Supremo de Puerto Rico

    mandato debe observarse rigurosamente

    prevalece sobre cualquier ley, reglamento u ordenanzaque sea contraria a ste

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    Ley de polLey de poltica pblicatica pblica

    ambientalambiental Poltica continua del ELA

    alentar y promover el bienestar general

    asegurar que los sistemas naturales estn saludables

    promover una cultura de sustentabilidad crear y mantener las condiciones bajo las cuales el hombre

    y la naturaleza puedan existir en armona

    Las agencias estn obligadas a determinar si susdecisiones afectan significativamente la calidad del

    medio ambiente Cmo cumplen con esta obligacin?

    preparando un documento ambiental

    evalundolo para determinar cumplimiento ambiental

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    Documentos ambientalesDocumentos ambientalesQu es un documento ambiental?

    describe los efectos al medio ambiente de la accin propuesta

    Cules son? Evaluacin Ambiental (EA)

    Declaracin de Impacto Ambiental (DIA)

    36

    SNo

    DIA - N D IA

    Evaluacin Ambiental

    Hay impactoambiental significativo?

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    DeclaraciDeclaracin de Impacton de Impacto

    AmbientalAmbiental Documento detallado sobre: impacto ambiental de la accin propuesta

    efectos adversos al medio ambiente

    alternativas a la accin

    relacin entre usos a corto plazo y conservacin a largo plazo

    compromisos irrevocable de recursos

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    TrmiteTrmite ambientalambientalanterioranterior

    Solicitante Agencia

    JCA

    CumplimientoPPA

    Evaluacin de solicitud

    Determinacin

    DocumentoAmbiental

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    Nuevo trmite ambiental

    SolicitanteOGPe

    Determinacinfinal

    Procedimientoambiental

    Proponente

    OGPe

    Municipio

    OGPe certifica cumplimientoambiental

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    DivisiDivisin de Cumplimienton de Cumplimiento

    AmbientalAmbiental Quin la compone?

    Director

    personal de la Divisin de Asesoramiento Cientfico del JCA

    Qu rol juega en el proceso? garantizar el cumplimiento con la Poltica Pblica Ambiental

    anterior funcin de la JCA

    evaluar documentos ambientales

    emitirrecomendaciones

    40

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    r m e am en a en casos

    ministeriales

    OGPe

    Divisin de Cumplimiento Ambiental

    DirectorEjecutivo

    JuntaAdjudicativa

    EA con DIA-N DIA

    Quin hace la determinacin final de cumplimiento ambiental?

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    r m e am en a en casos

    discrecionales

    OGPe

    Divisin deCumplimiento

    Ambiental

    JuntaAdjudicativa

    Quin hace la determinacin final de cumplimiento ambiental?

    EAs y DIAs

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    Divisin de

    CumplimientoAmbiental

    Director Ejecutivo

    o

    Junta Adjudicativa

    Antes y despus

    Junta de CalidadAmbiental

    Agencias

    Quin hace la determinacin final de cumplimiento ambiental?

    DocumentoAmbiental

    DocumentoAmbiental

    Cumplimiento

    PPArecomendaciones

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    Participacin CiudadanaLey para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico

    Nama RodrguezClnica de Desarrollo Comunitario

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    Participacin CiudadanaParticipacin Ciudadana La participacin ciudadana se da en varias etapas del proceso de

    otorgamiento de licencias y permisos:

    (1) Proceso de adjudicacin Comentarios de la ciudadana

    Interventor

    (2) Revisin de una determinacin final

    Parte adversamente afectada

    (3) Presentacin de querellas luego de otorgado el permiso

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    Comentarios de laComentarios de la

    ciudadanaciudadana Se dispondr de un procedimiento, mediante reglamento,

    adecuado para someter comentarios por parte de la ciudadana.(Art. 8.1)

    En los procedimientos de recalificacin y variaciones de uso, elReglamento Conjunto dispondr para la celebracin de vistaspublicas (Art. 8.6)

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    Conocimiento de losConocimiento de los

    procedimientosprocedimientos El publico podr acceder a la informacin contenida en el sistema digitalizado en

    Internet (Art. 2.7)

    A toda solicitud se le asignara un nmero nico, al cual deber referirse la persona

    interesada en todo documento, correspondencia y solicitud de informacin sobre lamisma. (Art. 8.3 )

    Los documentos presentados ante la Oficina de Gerencia de Permisos sernconsiderados como documentos pblicos, por un periodo no menor de 20 aos. (Art.8.12)

    Notificacin a colindantes (Art. 9.8 y 9.9)

    El solicitante notificar a los colindantes inmediatos a la propiedad, mediante correocertificado con acuse de recibo

    El dueos de la obra deber instalar un rotulo en la entrada principal de lapropiedad.

    Estn excluidas las solicitudes ministeriales que no conllevan ningn tipo devariacin.

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    Solicitar intervencin bajoSolicitar intervencin bajo

    la Ley de Permisosla Ley de Permisos Quien interese intervenir en el proceso de adjudicacin de

    otorgamiento de un permiso, tiene que solicitar intervencin ante laOficina de Gerencia de Permisos.

    No se concede por s solos derecho a intervenir: (a) el mero hecho de pertenecer a la misma industria o negocio;

    (b) participar en un procedimiento sin solicitar oportunamenteintervencin a travs de los mecanismos provistos, aun si dichaparticipacin es continua, activa o repetida;

    (c) la mera comparecencia a un procedimiento pblico;

    (d) el declarar en un procedimiento pblico; (e) el suplir evidencia documental;

    o (f) el participar en un procedimiento pblico en calidad de amicuscuriae.

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    Participacin enParticipacin en

    intervencinintervencin La solicitud de intervencin se conceder si se cumple con cualquiera de

    los siguientes criterios:

    (i) que no existan otros medios en derecho para que el peticionariopueda proteger adecuadamente su inters;

    (ii) que el inters del peticionario no est representado adecuadamentepor las partes en el procedimiento;

    (iii) que el inters del peticionario pueda ser sustancialmente afectadopor el procedimiento,

    y (iv) de ser aplicable, si el peticionario representa o es portavoz de otrosgrupos o entidades de la comunidad que podra verse sustancialmenteafectada por la actuacin, determinacin final o resolucin.

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    Acceso: parteAcceso: parte

    interventorainterventora

    ARPE (segn LPAU)

    Inters legtimo Someter solicitud por escrito

    Factores a considerar debaninterpretarse liberalmente

    Favorece intervencin Decisin ms completa e

    informada

    NUEVA LEY DE PERMISOS

    Inters propietario, claro, directo, inmediato eindisputable (estndar elevado y limitante)

    Nuevos criterios en el Reglamento Conjuntorestringen el acceso

    Se restringe el acceso a personas cuyo intersno parece estar afectado inicialmente

    Derecho a recurrir al final del procedimientoadjudicativo ante la Junta Revisora

    Importante solicitar oportunamente

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    Denegatoria deDenegatoria de

    intervencinintervencin Una denegatoria de intervencin requiere notificacin por escrito

    que incluya los fundamentos y el remedio de revisin.

    La Ley de Permisos dispone que se advertir al peticionario desu derecho a recurrir al final del procedimiento adjudicativo deintervencin ante la Junta Revisora en cumplimiento con losrequisitos establecidos.

    El Director Ejecutivo de la OGPe y el Inspector General sonpartes indispensables en los recursos que impugnen cualquierdeterminacin final.

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    Junta Revisora: Revisin de unaJunta Revisora: Revisin de una

    determinacin finaldeterminacin final

    Parte adversamente afectada - recurso de revisin administrativaante la Junta Revisora - 20 das (trmino jurisdiccional)

    Se suspender una determiancin final nicamente por daosirreparables, como autorizar una demolicin o autorizar unpermiso de construccin.

    Presuncin de correccin en la expedicin de permisos

    Si no se resuelve el recurso dentro del trmino dispuesto seconsidera rechazado de plano y la Junta perder jurisdiccinsobre la revisin y la determinacin se entender confirmada.

  • 8/9/2019 Taller: Nueva Ley de Permisos

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    Tribunal SupremoTribunal Supremo Ante decisin o rechazo, la parte interesada puede ir al TSPR

    (certiorari) 30 das para recurrir

    El TSPR podr emitir una orden dejando en suspenso la resolucinrecurrida si determina que ocurriran daos irreparables. No podrparalizar aquellas acciones administrativas que no causen daosirreparables (ej: evaluacin de un anteproyecto o desarrollo preliminar)

    La actuacin, determinacin final o resolucin ser sostenida por el

    TSPR si se basa en evidencia sustancial que obre en el expediente.

    Las conclusiones de derecho sern revisables en todos sus aspectos.

    Cada parte tendr derecho a presentar una (1) mocin dereconsideracin ante el Tribnal Supremo.

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    Revisin

    ARPE

    JACL (juicio do novo)

    No da deferencia(discresin)

    La suspensin delos procedimientosocurra cuando se

    radicaba y notificabauna apelacin ante la

    JACL.

    TPI

    T Apel

    TSPR

    Tribunal deApelaciones

    Solicitud derevisin: 30 das

    Deferencia

    -Accinmandatoria

    Tena discrecinpara ordenar la

    paralizacin total oparcial de una

    accin en revisin

    TSPR

    NUEVALEY

    Junta Revisora

    Solicitud de revisin: 20 das

    Se sostendrn lasdeterminaciones basadas enevidencia sustancial

    Deferencia al peritaje

    Se suspender unadeterminacin final nicamente

    cuando se determin[e] queocurrirn daos irreparables de no

    concederse la suspensin.

    TSPR (Certiorari)

    Se suspender una determinacinfinal nicamente cuando se

    determin[e] que ocurrirn daosirreparables de no concederse la

    suspensin.

  • 8/9/2019 Taller: Nueva Ley de Permisos

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    Si el recurso es frvoloSi el recurso es frvolo Si el TSPR entiende que el recurso es frvolo o que se present

    para dilatar los procedimiento, se le impondr a la parte

    promovente o a su abogado: Costas

    Gastos

    Honorarios de abogado

    y sancin econmica

    *

    debe reflejar el costo de la dilacin para el Estado y para la parterecurrida

    Si la parte est representada por algn grupo de la comunidad,entidad o portavoz, sern solidariamente responsables

  • 8/9/2019 Taller: Nueva Ley de Permisos

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    QuerellasQuerellas La querella de revocacin o paralizacin, la pueden presentar:

    Agencias, dependencias o instrumentalidades del Gobierno enrepresentacin del inters publico

    Persona privada que tenga o no inters propietario o que seacolindante, propietaria u ocupante de una propiedad vecina a la cualsu inters personal se vea adversa o sustancialmente afectada

    El pblico general puede presentar una querella deincumplimiento ante la Oficina del Inspector General de Pemisos,Entidades Gubernamentales o Municipios Autnomos con Jerarquade la I a la V, cuando:

    Se incumplan las disposiciones del permiso expedido

    Se incumpla cualquier disposicin de la Ley de Permisos

    O cuando no haya permiso

  • 8/9/2019 Taller: Nueva Ley de Permisos

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    Fiscalizacin delFiscalizacin del

    cumplimientocumplimiento Se presume la correccin y legalidad de los permisos expedidos

    y otras determinaciones finales (art. 9.10)

    El IG impondr multas asegurndose que bajo ningn conceptose utilicen dichas multas o querellas para realizar ataquescolaterales a determinaciones finales y de los permisos quedebieron haber sido presentados oportunamente (art. 10.8)

    Esta presuncin protege el permiso, pero no es obstculo para

    proceder civil, penal o administrativamente contra la persona quelo tramit (art. 10.8)

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    Incumplimiento conpermiso expedido

    Incumplimientocon disposiciones

    de la Ley o elreglamento

    Ausencia depermiso

    IGPMunicipiosautnomos

    Entidadesgubernamentales

    Posiblesremedios:

    MultasRevocacin

    ParalizanCese y desista

    Se pueden

    radicar en

    TPI

    Pasado el termino sin determinacin

    15 das

    para decidir

    querellas

    Querellante inconforme con determinacin

    Procedimiento de querellas

    TApelTSPR

  • 8/9/2019 Taller: Nueva Ley de Permisos

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    FianzaFianza Si por alguna razn el TPI emite orden judicial concediendo

    remedios sin notificacin a las partes y/o sin celebrar vista previa,

    la orden no ser valida, ni tendr efecto alguno hasta tanto elpeticionario preste una fianza suficiente para cubrir todos losdaos que pudiese ocasionarse a la parte demandada si al finaldel proceso judicial resulta que la causa de accin no esprocedente. (injunction)

    El calculo de los daos a ser cubiertos por la fianza ser hecho a

    base de todos los factores establecidos en el Reglamento Conjunto. El TPI no podr aceptar la prestacin de una fianza que provenga de

    una aseguradora que no pueda demostrar suficiente solvencia.

  • 8/9/2019 Taller: Nueva Ley de Permisos

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    En casos de peligro grave inminente eEn casos de peligro grave inminente e

    inmediato a la salud o seguridad publicainmediato a la salud o seguridad publica

    En aquellos casos de riesgo de peligro grave, inminente einmediato a la salud o seguridad de personas o el

    medioambiente, y que no pueda evitarse de otro modo sintomar accin inmediata, las Entidades GubernamentalesConcernidas y la Oficina del Inspector podrn emitir rdenestemporeras de cese, sin intervencin o autorizacin, judicialprevia, ni del Inspector General

    Perder vigor, eficacia y valor, y no ser ejecutable, luego de 10dias naturales de expedirse salvo que el TPI celebre vistaevidenciaria y determine necesario extender su vigencia por untermino maximo de veinte (20) das naturales adicionales,mediante Resolucin u Orden Judicial.

  • 8/9/2019 Taller: Nueva Ley de Permisos

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    PenalidadesPenalidades Toda persona que infrinja alguna disposicin de la Ley de Permisos,

    de los reglamentos adoptados, o de las determinaciones finalesrelacionadas a los permisos, ser

    Culpable de delito grave de cuarto grado

    Sancionada con pena de reclusin de mximo 180 das o multa queno exceda de $10,000, o ambas penas. De ser reincidente, el delitose considerar de tercer grado.

    Esta penalidad se extiende a personas que:

    Paralicen Obstruyan

    Invadan

    O interrumpan obras o actividades de construccin sin autoridad legal

  • 8/9/2019 Taller: Nueva Ley de Permisos

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    ConclusinConclusin

    La Ley de Permisos de 2009 reconoce, al igual que se habahecho anteriormente, la importancia de una fiscalizacin efectivaen el proceso de otorgamiento de permisos y licencias.

    El esquema de fiscalizacin de la Ley de Permiso no incluye la

    fiscalizacin ciudadana y los mecanismos de participacinciudadana que provea el sistema anterior han sidoobstaculizados, restringidos o eliminados.