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TALLER DE ACTUALIZACIÓN Y FORMACIÓN PARA LOS ÓRGANOS COLEGIADOS DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO Dirección de Administración Unidad de Personal Coordinación de Capacitación SNTSS Secretaría de Capacitación y Adiestramiento del Cen del SNTSS Centro Nacional de Capacitación y Calidad

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TALLER DE ACTUALIZACIÓN Y FORMACIÓN PARA LOS ÓRGANOS COLEGIADOS DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO

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IncorrectoCorrecto

S

N

NORMAS MORALES

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NORMA MORAL

La formación moral es la base del

desarrollo humanista y social de las

personas y su funcionalidad conlleva

una jerarquía de saberes que favorecen:

El conocimiento

y cuidado de sí mismo

El manejo y solución de conflictos

El apego a la legalidad y al sentido de la

justicia

El sentido de pertenencia a la comunidad, a la

nación y a la humanidad

La autorregulación y del ejercicio de la

responsabilidad de la libertad

El respeto y valoración de la diversidad

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El conjunto de comportamientos ynormas que se aceptan como válidas enla vida cotidiana y que son actitudesfavorables al colectivo.

Es el precepto cívico que tienen laspersonas desde su formación familiar yescolar que les ayuda a conducirsecorrectamente y obedecer las normas yreglas de la sociedad.

Son aquellas leyes morales yjurídicas que guían la conducta delas personas.

01 02

03 04

LA MORAL ES:

Es el acto mental que determina siuna conducta o situación es de índoleético o no.

La moral no sólo sirve para actuar en un momento dado,sino también como un juicio moral que orienta la actuaciónracional de las personas en la vida diaria.

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El juicio moral se encuentra clasificado de la siguiente manera:

NORMA MORAL

ESQUEMAS

INTERESES PRIMARIOS

ESQUEMAS

DE MANTENIMIENTO DE NORMAS

ESQUEMAS

POST-CONVENCIONAL

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Cuando su formación ético-moral es endeble, las

personas demuestran actitudes y

comportamientos incorrectos y dañinos hacia

sus similares y su entorno.

NORMA MORAL

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Una vez que las personas se conducen con reglas morales, pueden establecer relaciones

sociales y personales armónicas, por medio de la capacidad de comunicación, de

colaboración, de cooperación y de la toma acertada de decisiones.

NORMA MORAL

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FUNDAMENTO LEGAL DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS: CNMCA, SMCA, CDMCA Y

CLMCA

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ARTÍCULO 123APARTADO A FRACC. XIII

Establece la obligatoriedad de los patrones a

proporcionar Capacitación y Adiestramiento

para el trabajo.

LEYES FEDERALES

ARTÍCULOS 132 FRACC. XV,153-A AL 153 -V Y 159

Regula la figura de la Capacitación y

AdiestramientoLEY FEDERAL DEL TRABAJO

NORMAS INSTITUCIONALES Y

SINDICALES

REGLAMENTO DE CAPACITACIÓN

Artículo 9.- Establece las principales obligaciones

Técnico Operativas de los Comités.

Capítulo III.- De las funciones de la Comisión Nacional

Mixta de Capacitación y Adiestramiento.

Capítulo IV.- De las funciones de la Subcomisión Mixta

de Capacitación y Adiestramiento.

REGLAS DE OPERACIÓN DE

LOS CDMCADetalla las reglas bajo las cuales sesionarán los Comités

Delegacionales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento.

PROCEDIMIENTOS

OPERATIVOS DE LA CNMCA

Opera el proceso de impartición y actualizaciónde la

capacitación y adiestramiento.

LINEAMIENTOS PARA EL

FUNCIONAMIENTO DE LOS

CLMCA

Lineamientos estratégicos para la creación y

funcionamiento de los Comités Locales Mixtos de

Capacitación y Adiestramiento.

NORMATIVA

IMSS-SNTSS

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

CONTRATO COLECTIVO DE

TRABAJO

FUNDAMENTO LEGAL CNMCA, SMCA, CDMCA Y CLMCA

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Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento

Representación Ejecutiva

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Titular de la Coordinación de Relaciones Laborales

Titular de la Coordinación de Gestión de Recursos Humanos

Titular de la Unidad de Administración

Titular de la Coordinación de Educación en Salud

Representante Ejecutivo Institucional ante la CNMCA

Titular de la Coordinación de Capacitación

COMISIÓN

NACIONAL MIXTA

DE CAPACITACIÓN

Y ADIESTRAMIENTO

(5 Representantes)

REPRESENTACIÓN

EJECUTIVA

(1 Representante)

Secretario de Capacitación y Adiestramiento

Director del Centro Nacional de Capacitación y Calidad

Representante Ejecutivo Sindical ante la CNMCA

Secretaria de Acción Femenil

REPRESENTANTES INSTITUCIONALES

REPRESENTANTES SINDICALES

Auxiliar Normativo en la CNMCA

La Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento (CNMCA) es el órgano regulador de la

capacitación y adiestramiento de los trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Auxiliar Normativo en la CNMCA

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ATRIBUCIONES Acordar el plan y programas de capacitación y adiestramiento, o en su caso

las modificaciones convenidas acerca del plan y programas implementados.

Promover y vigilar la elaboración y difusión de los programas y debido

cumplimiento de la normatividad y en su caso emitir recomendaciones para mejorar

la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores.

Determinar los procedimientos de operación de las Subcomisiones Mixtas de

Capacitación y Adiestramiento, así como de los Comités Delegacionales y Locales

de Capacitación y Adiestramiento.

Promover la participación activa de los trabajadores, en los procesos de

capacitación y adiestramiento del Instituto.

Participar en los acuerdos de las partes, que tengan por propósito la creación de

nuevas categorías distintas a las que actualmente se encuentran establecidas en el

tabulador de sueldos, a fin de determinar la naturaleza de la capacitación que

requieran.

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REGLAS DE OPERACIÓN

Se encuentran constituidas de la siguiente manera:

Introducción

Objetivo

Alcance

Fundamento Legal

Reglas

Funciones

Integrantes

Responsabilidades específicas de los representantes

Suplencias o ausencias

Programa de sesiones ordinarias y extraordinarias

Entrega de convocatorias y documentos

Quórum

Orden del día

Reglas de votación

Acuerdos

Actas

Cambios y modificaciones de acuerdos aprobados

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CAMBIOS EN EL AÑO 2020

En el año 2020 se actualizaron los Procedimientos Operativos de la Comisión Nacional Mixta de

Capacitación y Adiestramiento. Los principales cambios y modificaciones fueron los siguientes:

Dentro del Ámbito de Aplicación, se instalaron los Comités Delegacionales Mixtos de

Capacitación y Adiestramiento y se da continuidad a los Comités Locales Mixtos de

Capacitación y Adiestramiento.

En las bases Legales de la Capacitación, se incluye el Reglamento de Selección de

Recursos Humanos para Cambio de Rama.

En las Disposiciones Generales, se incluye la aclaración sobre lenguaje incluyente y no

discriminación, el apego al Código de Conducta y de Prevención de Conflictos de Interés, así

como las disposiciones de la Ley Federal y General de Transparencia y Acceso a la

Información Pública, respectivamente, y la Ley General de Protección de Datos Personales en

posesión de Sujetos Obligados.

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En las Políticas Generales, se identifican principalmente las siguientes modificaciones:

➢ La Representación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de Capacitación y

Adiestramiento presentará informes trimestrales a la Comisión Nacional Mixta de

Capacitación y Adiestramiento y elaborará un programa anual de visitas de supervisión y

asesoría a las Subcomisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento.

➢ Se homologa el término de exámenes y se elimina cuestionario.

En las Políticas de Requisito 51 se incluyeron los siguientes puntos:

❖ En situaciones contingentes, la Representación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de

Capacitación y Adiestramiento podrá elaborar bancos de reactivos.

❖ Únicamente podrán participar en los procesos de calificación de exámenes el personal

adscrito a la Representación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de Capacitación y

Adiestramiento o Subcomisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento y sinodales o instructores

designados. Por ningún motivo deberá incluirse a personal ajeno a dichas áreas.

CAMBIOS EN EL AÑO 2020

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En las Políticas de Requisito 21 se incluyeron los siguientes puntos:

▪ Únicamente podrán participar en los procesos de calificación de exámenes el personal adscrito a

la Representación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento o

Subcomisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento y sinodales o instructores designados. Por

ningún motivo deberá incluirse a personal ajeno a dichas áreas.

▪ La Representación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento y

de la Subcomisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento serán responsables de elaborar los

oficios de asistencia al curso para los trabajadores, de conformidad con el Artículo 25 inciso e) del

Reglamento de Capacitación y Adiestramiento.

En las Políticas de Cambio de Rama se modifica el siguiente punto:

✓ La periodicidad de la entrega de los informes de Cambio de Rama a trimestrales que deben

remitirse a la Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento.

Se crea el procedimiento para la Operación del Programa de Capacitación Continua, con el

propósito de normar las acciones de capacitación y adiestramiento en este rubro.

CAMBIOS EN EL AÑO 2020

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ATRIBUCIONES DE LA REPRESENTACIÓN EJECUTIVA DE LA CNMCA

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▪ La instrumentación y cumplimiento del plan y programas de capacitación, adiestramiento yactualización del Instituto.

▪ Que las Subcomisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento cumplan con susatribuciones de acuerdo a lo establecido en el Reglamento.

▪ A los Representantes de las Subcomisiones, y a los integrantes de los Comités Delegacionalesde Capacitación y Adiestramiento.

Asesorar, vigilary supervisar

Coordinar

▪ Con la Comisión Nacional Mixta de Escalafón, la programación de la capacitaciónpromocional a plazas escalafonarias y comunicarle oportunamente por escrito lascalificaciones obtenidas.

▪ Con la Comisión Nacional Mixta de Selección de Recursos Humanos para las acciones decapacitación para cambio de rama.

Detectar ▪ Necesidades de capacitación y adiestramiento posteriores a la elaboración del Plan deCapacitación y Adiestramiento del IMSS, como consecuencia de la dinámica de operación yelaborar propuestas para satisfacerlas.

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ATRIBUCIONES DE LA REPRESENTACIÓN EJECUTIVA DE LA CNMCA

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▪ Convocatorias de los cursos de Capacitación Promocional a Plazas Escalafonarias en el CDMXy Valle de México para plazas vacantes o listados escalafonarios próximos a agotarse.

Emitir y difundir

▪ Las impugnaciones a los dictámenes emitidos por las Subcomisiones Mixtas deCapacitación y Adiestramiento.

▪ Las solicitudes de revisión de exámenes que presenten los trabajadores adscritos a OficinasCentrales.

Resolver

Programar ▪ Los exámenes de evaluación de conocimientos y de aptitud, en aquellos casos en que éstosse requieran.

▪ Las constancias de los trabajadores de Oficinas Centrales que hayan acreditado loscontenidos de cualquiera de los 4 tipos de capacitación señalados en el Artículo 3 delReglamento.

Autentificar

▪ A la Comisión Nacional Mixta de Becas la programación sobre capacitación, actualización ypostgrado que se impartirán en el año siguiente, para su difusión y para cuya asistenciarequerirán beca.

Enviar

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TIPOS DE CAPACITACIÓN QUE COORDINA LA REPRESENTACIÓN EJECUTIVA DE LACNMCA

Capacitación Contractual

Capacitación Continua en el

Trabajo

Capacitación y Adiestramiento Promocional a

Plazas Escalafonarias

Capacitación y Adiestramiento

para Cambio de Rama

Capacitación y Adiestramiento

en el PuestoEnseñanza sobre conocimientostécnicos e instrumentales dirigidas acategorías autónomas y de pie de rama.

Enseñanza sobre conocimientos técnicos yadministrativos de las funciones, actividades yresponsabilidades del puesto de conformidad conlos profesiogramas.

Enseñanza sobre conocimientos técnicos einstrumentales aplicable a todas las categoríasescalafonarias. Requisitos 51 y 21.

Enseñanza para que el trabajador reciba,

actualice e incremente los conocimientos,

destrezas y aptitudes que sus actividades

demanden.

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PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DE LA COMISIÓN NACIONAL MIXTA DE

CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO

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Establece los lineamientos a seguir para operar el proceso

de impartición de cursos de capacitación, adiestramiento,

actualización y orientación para todos los trabajadores de

base.

Los Procedimientos Operativos de la CNMCA son de

observancia obligatoria para los Órganos Normativos,

Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada,

Órganos Operativos, Comisión Nacional Mixta de

Capacitación y Adiestramiento, Subcomisiones Mixtas de

Capacitación y Adiestramiento, Comités Delegacionales

Mixtos de Capacitación y Adiestramiento y Comités Locales

Mixtos de Capacitación y Adiestramiento del Instituto

Mexicano del Seguro Social.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

OBJETIVO

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PROCEDIMIENTO

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SUBCOMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO

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ATRIBUCIONES

Promover, vigilar y supervisar el establecimiento y debido cumplimiento de la

programación de capacitación, adiestramiento y actualización en su ámbito de

responsabilidad, así como informar permanentemente a la Comisión Nacional

Mixta de Capacitación y Adiestramiento el comportamiento del programa y

proponer acciones para su mejoramiento;

Coordinar con la Subcomisión Mixta de Escalafón la programación de la

capacitación promocional a plazas escalafonarias en el ámbito de su

responsabilidad y comunicarle oportunamente por escrito las calificaciones;

Promover la participación activa de los trabajadores en los procesos de

capacitación y adiestramiento del Instituto;

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Emitir y difundir las convocatorias para los cursos de capacitación

promocional a plazas escalafonarias en el ámbito de su responsabilidad

cuando existan plazas vacantes o listados escalafonarios próximos a

agotarse;

Programar los exámenes de evaluación de conocimientos y de aptitudes en

aquellos casos en que éstos se requieran;

Autentificar las constancias de los trabajadores que hayan acreditado los

contenidos de cualquiera de los tipos de capacitación;

Enviar a la Representación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de

Capacitación y Adiestramiento, el catálogo de instructores, asesores y

tutores del ámbito de su competencia;

ATRIBUCIONES

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Establecer coordinación con la Subcomisión Mixta de Selección de

Recursos Humanos para las acciones de capacitación y adiestramiento

para cambio de rama;

Asesorar a los Representantes de los Comités Locales Mixtos de

Capacitación y Adiestramiento;

Vigilar que los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento,

cumplan con sus funciones.

ATRIBUCIONES

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REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS COMITÉSDELEGACIONALES MIXTOS DE CAPACITACIÓN

Y ADIESTRAMIENTO

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OBJETIVO

Especificar de manera detallada las reglas bajo las cuales

sesionarán los Comités Delegacionales Mixtos de

Capacitación y Adiestramiento, procurando que las

mismas faciliten el funcionamiento y operación del logro

de metas y objetivos bilaterales IMSS-SNTSS.

ALCANCE

Las Reglas de Operación son de

observancia obligatoria para los integrantes

de los Comités Delegacionales Mixtos de

Capacitación y Adiestramiento.

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REGLAS

1Los Comités estarán integrados por5 representantes del InstitutoMexicano del Seguro Social e igualnúmero de representantes porparte del Sindicato Nacional deTrabajadores del Seguro Social.

2Los Comités sesionarán

mensualmente de manera

ordinaria y conforme al

calendario aprobado por los

integrantes del Comité.

3 Las sesiones

extraordinarias se llevarán

a cabo cada vez que se

considere necesario.

4 Se nombrará un Secretario Técnico

que será ratificado o removido por

los integrantes del mismo Comité.

5 Las sesiones del Comité

Delegacional Mixto de

Capacitación y Adiestramiento,

serán coordinadas por los

presidentes, quienes serán

alternados para realizar esta

función cada mes.

6En caso, en que uno de los

Presidentes no asista, se

asignará un suplente para

presidir la sesión, a efecto

de que no se suspenda.

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INTEGRANTES

Presidente

• Titular de la Jefatura de Servicios de Desarrollo de

Personal.

• Secretario de Capacitación y Adiestramiento de las

Secciones Sindicales del Sindicato Nacional de

Trabajadores del Seguro Social.

Representantes Institucionales

• Titular de la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas.

• Titular de la Jefatura de Servicios Administrativos.

• Titular del Departamento de Relaciones Laborales.

• Representante Institucional de la Subcomisión Mixta de

Capacitación y Adiestramiento.

Representantes Sindicales

• Director del Centro de Capacitación y Calidad.

• Representante Sindical de la Subcomisión Mixta de

Capacitación y Adiestramiento.

• Secretario Seccional.

• Secretario Seccional.

Secretario Técnico

• Titular del Departamento de Capacitación y

Transparencia.

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RESPONSABILIDADES ESPECÍFICAS DE LOS REPRESENTANTES

Presidente

• Preside las sesiones;

• Instruye al Secretario Técnico para que convoque

a invitados internos o externos, para que

manifiesten su opinión sobre asuntos específicos

de su materia;

• Emite su voto sobre los acuerdos expuestos en la

sesión.

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RESPONSABILIDADES ESPECÍFICAS DE LOS REPRESENTANTES

Representantes Institucionales y

Sindicales

• Participa en las sesiones del Comité

Delegacional Mixto de Capacitación y

Adiestramiento con las facultades y

limitaciones que establecen las Reglas de

Operación;

• Externa su opinión sobre los asuntos

tratados;

• Y en los casos que corresponda, emite su

voto sobre los acuerdos expuestos en la

sesión.

PRESIDENTESNTSS

PRESIDENTE IMSS

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Secretario Técnico

• Convoca a reuniones ordinarias y extraordinarias del Comité Delegacional

Mixto de Capacitación y Adiestramiento, por instrucción del Presidente;

• Integra y distribuye la documentación para la sesión;

• Verifica la existencia de quórum del Comité Delegacional Mixto de Capacitación

y Adiestramiento;

• Elabora las actas de las sesiones y realiza la formalización de las mismas;

• Registra los resultados y colecta las evidencias de los acuerdos tomados en el

Comité Delegacional Mixto de Capacitación y Adiestramiento, y los notifica a

las personas e instancias que deben tener conocimiento de ello;

• Coordina las actividades necesarias para el cumplimiento de los acuerdos que

se tomaron en el Comité Delegacional Mixto de Capacitación y Adiestramiento.

RESPONSABILIDADES ESPECÍFICAS DE LOS REPRESENTANTES

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SUPLENCIAS O PUESTOS VACANTES

Los representantes titulares del Comité Delegacional Mixto

de Capacitación y Adiestramiento podrán nombrar un

suplente que tendrá las mismas facultades del titular, y

serán preferentemente los servidores públicos del nivel

inferior inmediato siguiente.

El nombramiento deberá hacerse por escrito y del

conocimiento del Secretario Técnico del Comité

Delegacional Mixto de Capacitación y Adiestramiento o de

su suplente antes del inicio de la sesión correspondiente.

Los puestos vacantes del Comité Delegacional Mixto de

Capacitación y Adiestramiento, se suplirán en términos del

Reglamento Interior del Seguro Social y en los términos de

los Estatutos del Sindicato para el caso de los

representantes sindicales, además de asumir las

obligaciones y responsabilidades como representante del

Comité Delegacional Mixto de Capacitación y

Adiestramiento.

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SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS

SESIONES ORDINARIAS

as sesiones ordinarias se llevarán a

cabo mensualmente conforme al calendario

anual aprobado por los integrantes del

Comité Delegacional Mixto de Capacitación y

Adiestramiento.

a convocatoria de sesiones

extraordinarias, se llevará a cabo a través del

Secretario Técnico a petición de los

Presidentes.

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ENTREGA DE CONVOCTORIA Y DOCUMENTOS

Para las sesiones ordinarias de los Comités

Delegacionales Mixtos de Capacitación y

Adiestramiento, la convocatoria se deberá hacer

por lo menos con 5 días hábiles de anticipación,

por medio de correo electrónico o por escrito a

través de oficio dirigido a los integrantes,

conteniendo el orden del día, lugar, fecha y hora en

la que se llevará a cabo, así como la carpeta de la

sesión.

En las sesiones extraordinarias de los Comités

Delegacionales Mixtos de Capacitación y

Adiestramiento, la convocatoria se deberá hacer por

lo menos con 24 horas de anticipación, por medio

de correo electrónico o por escrito mediante oficio

dirigido a los integrantes, conteniendo ésta el orden

del día y la carpeta de la sesión.

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QUÓRUM

Las sesiones de los Comités Delegacionales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento, se

considerarán debidamente constituidas con la presencia de la mitad más uno de sus integrantes,

estando presente el Presidente en turno y el Secretario Técnico.

El Secretario Técnico será el encargado de verificar que exista el quórum requerido al momento

de la integración del Comité Delegacional Mixto de Capacitación y Adiestramiento y de la toma

de los acuerdos correspondientes.

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ORDEN DEL DÍA

Las sesiones del Comité Delegacional Mixto de Capacitación y Adiestramiento, contendrán

los asuntos que se señalan a continuación:

Lista de asistencia yverificación del quórumlegal.

Lectura y aprobación delorden del día.

Seguimiento de losacuerdos de las sesionesanteriores. Asuntos generales.

Acuerdos.

Cierre de sesión.

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REGLAS DE VOTACIÓN

Los Presidentes y los Representantes de

los Comités Delegacionales Mixtos de

Capacitación y Adiestramiento tendrán

derecho a voz y a voto, a excepción del

Secretario Técnico y los invitados quienes

tendrán derecho a voz, pero no a voto.

Los acuerdos se aprobarán con el voto del

50% más uno.

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ACUERDOS

Los Comités Delegacionales Mixtos de Capacitación y

Adiestramiento decidirán sobre los asuntos

presentados en las diversas sesiones, el Secretario

Técnico plasmará los acuerdos en las actas

correspondientes y dará el seguimiento que

corresponda a los mismos.

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ACTAS

Una vez concluida el acta, el Secretario Técnico la enviará en forma

electrónica a los representantes e invitados para su revisión, sin exceder los 5

días hábiles posteriores a la fecha en que se haya realizado la sesión,

otorgando 5 días hábiles para la emisión de su visto bueno, observaciones

y/o comentarios.

El Secretario Técnico elaborará el acta correspondiente a cada sesión,

asentando el nombre y cargo de los miembros e invitados que asistieron a la

reunión, así como los acuerdos a que hayan llegado en la misma.

En el caso de no hacer comentarios en el plazo establecido, se darán por

aprobados los acuerdos en los términos propuestos.

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ACTAS

Las observaciones y/o comentarios, serán analizados por el Secretario Técnico

y en caso de considerarlas procedentes, se incorporarán al acta de la sesión y

procederá a enviar nuevamente de forma electrónica el acta a los

representantes para obtener su visto bueno.

El acta debidamente firmada y rubricada, quedará bajo resguardo del

Secretario Técnico, quien remitirá vía electrónica o mediante oficio a los

representantes del Comité una copia de la misma.

El Secretario Técnico al momento de contar con el visto bueno de los

representantes del Comité Delegacional Mixto de Capacitación y

Adiestramiento, procederá a la rúbrica y firma de la misma.

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CAMBIOS Y MODIFICACIONES

En caso de que un acuerdo requieramodificaciones de fondo, este deberá serpresentado en una nueva sesión a fin de que seexponga y justifique las causas que motivandicha modificación, a efecto de que losmiembros voten y en su caso se emita unnuevo acuerdo sobre el tema.

Cambios y modificaciones

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Asistir a las sesiones

convocadas por el secretariotécnico.

FUNCIONES

Conocer el avance de los

programas de capacitación yadiestramiento de los tres niveles deatención y de áreas administrativas.

Proponer en coordinación con la Subcomisión Mixta de Capacitación y

Adiestramiento, acciones de mejora, seguimiento, fortalecimiento que permitandar continuidad en los centros de trabajo a cualquier programa acordado para lacapacitación y el adiestramiento de los trabajadores de base, en las áreasadministrativas, así como los tres niveles de atención médica.

Proponer estrategias

delegacionales que faciliten elcumplimiento de metas.

Realizar las acciones

necesarias para cumplir con losacuerdos emanados en el senodel Comité.

FUNCIONES

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FUNCIONES

Generar acciones necesarias en coordinación con la Subcomisión Mixta de Capacitación

y Adiestramiento, a fin de que se cuente con los recursos humanos y materiales requeridospara el desarrollo de los cursos de capacitación y adiestramiento.

Informar bimestralmente a través de la

Subcomisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento,a la Comisión Nacional Mixta de Capacitación yAdiestramiento, los acuerdos formalizados en lassesiones ordinarias y extraordinarias.

Impulsar acciones de difusión

delegacionales de las actividades decapacitación programadas oextraordinarias.

Sugerir a la Subcomisión Mixta de

Capacitación y Adiestramientoindicadores de medición en lasacciones y/o programas decapacitación.

Coadyuvar de manera conjunta con

la Subcomisión Mixta de Capacitación yAdiestramiento en la Detección deNecesidades de Capacitación y en elcumplimiento del Programa Anual deCapacitación, así como los proyectos quela Subcomisión Mixta de Capacitación yAdiestramiento le solicite para su eficientegestión.

FUNCIONES

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LINEAMIENTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITÉS LOCALES MIXTOS DE

CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO

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INTRODUCCIÓN

La instrumentación de la capacitación, suvigilancia, análisis, evaluación y supervisión sonresponsabilidades de la Comisión Nacional Mixtade Capacitación y Adiestramiento y de lasSubcomisiones Mixtas de Capacitación yAdiestramiento con el apoyo de los ComitésDelegacionales Mixtos de Capacitación yAdiestramiento.

Los Comités Locales Mixtos de Capacitación yAdiestramiento, son la instancia bipartita que actúadirectamente en la operación para el cumplimiento dela obligación institucional de capacitar a lostrabajadores con la participación de los nivelesdirectivos y la representación sindical.

COMITÉ LOCAL

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INTRODUCCIÓN

Los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento, elaboran la Programación deCapacitación mediante acciones conjuntas entre los representantes institucionales y sindicales.

Los Comités Locales facilitarán la participación dinámica de los trabajadores en la Detección deNecesidades de Capacitación (DNC) en coordinación con la Subcomisión Mixta de Capacitación yAdiestramiento, con la finalidad de dar cumplimiento del plan y los programas establecidos.

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Establecer los lineamientos para la constitucióny funcionamiento de los Comités Locales Mixtosde Capacitación y Adiestramiento, quecontribuirán al cumplimiento del Plan y losProgramas de Capacitación y Adiestramiento enel IMSS.

OBJETIVO

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POLÍTICAS

✤ Los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento se constituirán en la unidadoperativa donde se considere conveniente, para contribuir al cumplimiento del plan yprograma de capacitación y adiestramiento.

✤ Los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento, deben establecer una coordinaciónestrecha y participativa con sus integrantes, para dar cumplimiento a las normas, lineamientos yprogramas emitidos por la Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento.

✤ Los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento promoverán la capacitación comouna actividad estratégica, con base a los tipos de capacitación que establece el artículo 3 delReglamento de Capacitación y Adiestramiento.

✤ Las Subcomisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento, serán las responsables de capacitar yasesorar a los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento.

✤ La Subcomisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento, serán las responsables de vigilar elcumplimiento de las funciones de los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramientopara el mejor desempeño de las mismas.

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POLÍTICAS

✤ Los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento, estarán integrados por igualnúmero de representantes institucionales y sindicales, quienes serán designados por laSubcomisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, teniendo como mínimo tresrepresentantes por cada una de las partes, se deberá tomar en cuenta preferentemente todoslos turnos de la unidad operativa.

✤ Las Subcomisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento deberán levantar el ActaConstitutiva de los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento, misma queenviarán a la Representación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de Capacitación yAdiestramiento dentro de los cinco días hábiles posteriores a su constitución.

✤ Los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento, sesionarán obligatoriamenteuna vez al mes en forma ordinaria, y extraordinaria cada vez que lo acuerden sus integrantes.

✤ Los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento, deberán nombrar un SecretarioTécnico responsable de elaborar el Acta de la Sesión respectiva; dar seguimiento a los asuntospendientes, así como convocar a las próximas reuniones a los integrantes.

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✤ Las Subcomisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento integrarán los informes trimestrales delos asuntos relevantes de los Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento, y los enviarána la Representación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento, dentrode los cinco días hábiles posteriores al término de cada trimestre (abril, junio, octubre y enero).

✤ La Representación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento revisarálos informes trimestrales de los asuntos relevantes y, en su caso, emitirá opinión y dará sugerencias ala Subcomisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento correspondiente.

✤ Los casos de desacuerdo entre Representantes de los Comités Locales Mixtos de Capacitación yAdiestramiento, serán atendidos como primera instancia por la Subcomisión Mixta de Capacitación yAdiestramiento; de persistir serán turnados a la Representación Ejecutiva de la Comisión NacionalMixta de Capacitación y Adiestramiento, la cual resolverá en forma definitiva.

POLÍTICAS

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SESIONES DE TRABAJO

Las sesiones de los ComitésLocales Mixtos de Capacitación yAdiestramiento, serán moderadaspor un Representante Institucionalo Sindical, mismo que pasará a serpara efectos de la sesión elCoordinador Institucional oSindical, quien se alternará estafunción en cada sesión.

Los Comités Locales Mixtos deCapacitación y Adiestramiento,designarán un Secretario Técnico,que con ocho días de anticipaciónconvocará por escrito a losrepresentantes de ambas partes;notificando fecha, lugar y hora dela próxima sesión, así como elOrden del Día y la Acta de laSesión inmediato anterior.

Para que los Comités LocalesMixtos de Capacitación yAdiestramiento sesionenválidamente, deberán contar conla presencia de la mitad más unode sus integrantes, estandopresente el Coordinador en turnoy el Secretario Técnico.

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SESIONES DE TRABAJO

Los Comités Locales Mixtos deCapacitación y Adiestramiento pormedio del Secretario Técnico,elaborarán y firmarán el Acta de laSesión al cierre de la misma, en la seincluyan los asuntos que se trataron ylos acuerdos tomados; de la queturnarán dos copias a la SubcomisiónMixta de Capacitación y Adiestramientodentro de los cinco primeros díasposteriores a la fecha de su realización.

Las Subcomisiones Mixtas deCapacitación y Adiestramiento,integrarán los informes de los ComitésLocales Mixtos de Capacitación yAdiestramiento y enviarán sólo losasuntos que ameriten la intervención dela Representación Ejecutiva de laComisión Nacional Mixta deCapacitación y Adiestramiento, dentrode los cinco días posteriores al términode cada trimestre para su atenciónprocedente.

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SESIONES DE TRABAJO

Las sesiones de trabajo ordinarias y extraordinarias se desarrollaránconforme al Orden del Día, que se definirá previamente y deberá contener losiguiente:

- Lista de Asistencia;

- Seguimiento de acuerdos de sesiones anteriores;

- Asuntos a tratar;

- Asuntos extraordinarios;

- Aprobación de fecha, lugar y hora de la próximasesión.

- Lectura, discusión y aprobación, en su caso, delActa de sesión anterior;

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FUNCIONES

Entre los los trabajadores la cultura de capacitación yadiestramiento, así como propiciar su participación en laDetección de Necesidades de Capacitación (DNC).

NALIZAR

Entre los los trabajadores las normas institucionales sobrela capacitación y sus programas, emitidos por la ComisiónNacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento.

En la Detección de Necesidades de Capacitación (DNC) desu unidad operativa; en la cual se deberá incluir a todas lascategorías, turnos y horarios con base en su plantillaautorizada.

El Programa Local de Capacitación y la Detección deNecesidades de Capacitación (DNC) identificadas en el ejerciciode la operación, y sugerir en su caso, a la Subcomisión Mixta deCapacitación y Adiestramiento medidas tendientes aperfeccionamiento.

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FUNCIONES

ROMOVERP

IFUNDIR

ARTICIPAR

NVIAR

D

PE

En la integración del Programa de Capacitación de suunidad operativa, con base en los cuatro tipos decapacitación señalados en el artículo 3 del Reglamento deCapacitación y Adiestramiento.

La programación de los cursos de capacitación y adiestramiento,conforme a los resultados de la Detección de Necesidades deCapacitación (DNC) a la Subcomisión Mixta de Capacitación yAdiestramiento.

Entre los trabajadores de su unidad operativa la programaciónautorizada de capacitación y adiestramiento.

La asistencia del personal en las actividades de capacitación yadiestramiento, en sus diversas modalidades.

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FUNCIONES

A la Subcomisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, lainasistencia de los trabajadores programados a las actividades decapacitación y adiestramiento, que se realicen en el ámbito de sucompetencia.

Que los programas de capacitación y adiestramiento satisfagan lasnecesidades detectadas en la operación, y sugerir a la SubcomisiónMixta de Capacitación y Adiestramiento, medidas tendientes aperfeccionarlos.

De que se requiera la autorización de cursos no incluidos en la programaciónanual, deberá turnarse a la Subcomisión Mixta de Capacitación yAdiestramiento para su análisis, con un mínimo de 60 días de anticipación a suinicio; además de la justificación en el que se dé a conocer la necesidadapremiante de la operación o el problema que motivó la programación delcurso extemporáneo.N EL CASO

Subcomisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, con 45 días deanticipación a la fecha de inicio del curso solicitado, enviará a laRepresentación Ejecutiva de la Comisión Nacional Mixta de Capacitación yAdiestramiento, los documentos mencionados en el párrafo anterior parasu análisis y en su caso, la autorización respectiva.

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FUNCIONES

ERIFICARV

ROMOVER

ROCURAR

DENTIFICAR

P

PI

Que existan los insumos y recursos necesarios para llevar a cabolos eventos de capacitación y adiestramiento en el ámbito de sucompetencia.

Y proponer a la Subcomisión Mixta de Capacitación yAdiestramiento, para su habilitación, los instructores internospotenciales que demuestren los conocimientos teóricosnecesarios, y el deseo de desarrollar esa función.

La actualización de los instructores internos habilitados, yregistrarlos en el Catálogo respectivo.

Que los trabajadores que aprueben los contenidos de cualquiertipo de capacitación o adiestramiento establecido en el artículo 3del Reglamento de Capacitación y Adiestramiento, recibanoportunamente su constancia respectiva.

Los resultados de los procesos de capacitación y adiestramiento desarrollados en suunidad operativa, y reportarlos a la Subcomisión Mixta de Capacitación yAdiestramiento, dentro de los últimos cinco días hábiles al cierre del trimestrecorrespondiente (marzo, junio, septiembre y diciembre).

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INTERACCIÓN DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS DE CAPACITACIÓN Y

ADIESTRAMIENTO

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Comités Delegacionales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento (37)➢Proporcionar acciones de mejora,seguimiento, fortalecimiento yestrategias para la continuidad de losprogramas de capacitación yadiestramiento, así como alcumplimiento de metas.➢Conocer el avance de los programasde capacitación y adiestramiento.➢Generar acciones de difusión en losOOAD de las actividades de capacitación

Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Adiestramiento (1)➢Determinar los procedimiento de operación de las SMCA Y Comités de

Capacitación y Adiestramiento.

➢Acordar el plan y programas de capacitación y adiestramiento.

Comités Locales Mixtos de Capacitación y Adiestramiento (907)➢Participar en la detección de necesidades de capacitación de su unidad operativa.➢Difundir entre los trabajadores la programación autorizada de capacitación y adiestramiento.➢Identificar y proponer a la SMCA instructores internos para su habilitación y promover su actualización.➢Procurar que existan los insumos y recursos necesarios para llevar a cabo los eventos de capacitación yadiestramiento.

Subcomisión Mixtas de Capacitación y

Adiestramiento (37)➢Promover, vigilar, supervisar y proponer

acciones de mejora para el cumplimiento de

la programación de capacitación y

adiestramiento.

➢Emitir y difundir las convocatorias para

cursos de capacitación promocional a plazas

escalafonarias.

➢Programar los exámenes de evaluación de

conocimientos y de aptitudes de capacitación

promocional y capacitación continua.

➢Autentificar las constancias de

competencias o de habilidades laborales

acreditadas por los trabajadores.

➢Informar a la CNMCA los avances de los

programas de capacitación y adiestramiento.

CNMCA

SMCACDMCA

CLMCA

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GRACIAS POR SU ATENCIÓN

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