SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO Corte Superior de Justicia de ... Judicial-737076-jud_pun_-_29...Viernes,...

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Viernes, 29 de enero del 2016 Corte Superior de Justicia de Puno EDICTOS EDICTO JUDICIAL En el expediente civil 2013-19-C, tramitado por ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Lampa, que Despacha el señor Juez ROGER DIAZ HAYTARA, con la intervención del cursor de la causa Jesús E.Achata Paredes, mediante resolución numero 52 de fecha doce de enero del dos mil diecises SE HA RESUELTO: DECLARAR LA SUCESION PROCE- SAL de la litis consorte necesaria pasiva INES PARI VDA DE ALEJO, EN CONSECUENCIA Se Declara Como Sus Sucesores Procesales a los Herederos Legales de la Indicada Fallecida A Quienes Deberá de Emplazárseles Mediante EDICTOS, A Efecto De Que Comparezcan Al Proceso Dentro Del Plazo De 30 Dias Computados Desde La Ultima Publicación, Bajo Apercibimiento De Desisgnarse Curador Procesal.. Lo que se pone en conocimiento de los interesados, para los fines de ley.- Debiendose publicar en el diario la Republica y el Peruano.- Lampa, 25 de Enero del 2016. JESUS E. ACHATA PAREDEZ – SECRETARIO DE JUZGADO. (27,28,29 ENE) B/30 – 0000377 S/.0.00 EDICTO JUDICIAL. Ante el Primer Juzgado Mixto de la Provincia de Melgar- Ayaviri, que Despacha el señor Juez Dr. FREDDY OCTAVIO CHECA CONDORI, con la actuación del Secretario Judicial Néstor Andrés Flores Paripanca, en el Expediente Civil No. 00183-2015-0-2108-JM-CI-01, seguido por Leónidas Guerra Mullisaca y Felipa Nancy Aguilar de Guerra, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio del inmueble urbano, en contra de Carlos Eusebio Ponce Alcala, mediante Re- solución No. 02-2015, de fecha 29 de Diciembre del 2015, se ha dispuesto notificar mediante edictos, cuya parte re- solutiva es como sigue: SE RESUELVE: I) ADMITIR a trámite la demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio del inmueble urbano ubicado en la Urbanización “Mariano Melgar - FONAVI Manzana “B” Lote No. 08 del Distrito de Ayaviri, Provincia de Melgar, Región Puno, interpuesta por LEONIDAS GUERRA MULLISACA Y FELIPA NANCY AGUILAR DE GUERRA en contra de CARLOS EUSEBIO PONCE ALCA- LA, y con citación de los colindantes Municipalidad Provin- cial de Melgar-Ayaviri, Hermanos Zamata TTito, Benigno Casilla Chire y Nancy Ponce de Casilla y María Magdalena Huaman Huallpa, con tal objeto notifíquese con arreglo a ley. II) TRAMITASE en la vía del proceso ABREVIADO. III) Confiérase TRASLADO de la demanda, anexos y escrito de subsanación al demandado, por el plazo de DIEZ DIAS para que la conteste, bajo apercibimiento de ser declarado re- belde. Lo que se pone en conocimiento de los interesados para los fines de ley. Ayaviri, 27 de Enero del 2016. NESTOR A. FLORES PARIPANCA – SECRETARIO JUDICIAL.(29 ENE) B/30 – 0000291 S/.0.00 REMATE AVISO DE PRIMER REMATE En el expediente Nº 00053-2013-0-2103-JP-CI-01, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero seguido por Iván Elías Gárate Cuentas, endosatario en procuración de la COOPE- RATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO LA ISLA Ltda., en contra de Juana Adelaida Suichiri Quispe y Luz Susana Maras Quis- pe; el Señor Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Carabaya, Dr. César Pineda Fernández, con actuación de la Secretaria Dra. Roxana Cutipa Ccuno, ha dispuesto se lleve adelante el PRIMER REMATE del bien in- mueble que a continuación se detalla. CARACTERISTICAS Y DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE.- Inmueble ubicado en el Jr. Alto Cenepa S/N del barrio Héroes del Cenepa del dis- trito de Macusani, provincia de Carabaya y departamento de Puno, con un área total de 305.46 m2 y un perímetro de 81.28 metros lineales; con las siguientes colindancias y me- didas perimétricas: Por el Norte: colinda con la propiedad de Agustín Narváez Apaza, con una longitud de 28.40 ml.; Por el Sur: colinda con la propiedad de Justina Patatingo Mamani, con una longitud de 32.68 ml.; Por el Este: colinda con la propiedad de Gregoria Narváez Pocco, con una lon- gitud de 9.90 ml.; y por el Oeste: colinda con la propiedad de Serafín Pacco Pumaquispe, jirón Alto Cenepa de por medio, con una longitud de 10.30 ml. AFECTACIONES.- Em- bargo de Bien Inmueble No Inscrito en Forma de Depósito, a favor de Iván Elías Gárate Cuentas, quien es endosatario en procuración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Isla Ltda., hasta por el monto de S/. 4,000.00 (CUATRO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) de fecha 08 de noviembre del 2012. No se conocen otras afectaciones. VALOR DE LA TASACION.- El valor de la tasación comercial del inmueble es de S/. 123,367.00 (CIENTO VEINTITRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 00/100 NUEVOS SOLES), según peri- taje realizado por los señores peritos Roger Carcasi Cutipa y Reynaldo E. Charaja Canaval. (y aprobado por resolución 11-2015 del expediente principal). PRECIO BASE PARA EL PRIMER REMATE.- S/. 82,244.66 (OCHENTA Y DOS MIL DOS- CIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 66/100 NUEVOS SO- LES). LUGAR, FECHA Y HORA DE REMATE.- El remate se rea- lizará en el local del Módulo Básico de Justicia de Carabaya, Primer Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el Jr. Arequipa y Ayaviri S/N del distrito de Macusani, provincia de Caraba- ya y departamento de Puno, el día 18 de marzo del 2016 a horas 12:30 p. m. Remate que se llevará con intervención del señor Martillero Público Víctor Orlando Apaza Morante con Registro Nacional Nº 321, celular 952603020. DE LOS POSTORES.- Los interesados para ser postores, deberán depositar previo al acto del remate una cantidad dineraria no menor al 10 % del valor de la Tasación (S/. 12,336.70), en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, ade- más del arancel judicial respectivo por derecho a participar en el remate judicial (S/. 385.00), indicando número de Ex- pediente, juzgado y DNI. (con copia de DNI y tasa judicial). Los honorarios del martillero público son de cuenta del adjudicatario y serán cancelados al término de la diligencia más IGV. según Ley. Nº 27728, Ley Nº 28371 y su Reglamen- to (D. S. Nº 008-2005-JUS). Los interesados podrán recabar mayor información en el local del Primer Juzgado de Paz Letrado – Carabaya - Macusani; Carabaya, 14 de Enero del 2016. VICTOR O. APAZA MORANTE – MARTILLERO PUBLI- CO. ROXANA CUTIPA CCUÑO – SECRETARIA JUDICIAL. (26, 27, 28, 29, ENE 01, 02 FEB ENE) B/30 – 0000374 S/.0.00. PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por MI BANCO - BANCO DE LA MICROEM- PRESA S A contra Norma Marisol Medina Turpo y Claudio Valencia Arredondo, sobre obligación de dar suma de dinero, Expediente N° 00431-2014-0-2101 -JP-CI-04, por orden del Cuarto Juzgado de Paz Letrado sede anexa Puno, a cargo de la señorita Magistrada Kattia ALVAREZ AVALOS, Especialista Legal Laura Estela TICONA SALAZAR. El suscrito Martiliero Público - Alcibiades Orlando CORREA GUERRE- RO, con Registro N° 193 - rematará en Primera Convocatoria el bien inmueble ubicado en Manzana C, Lote 13, Urbani- zación Zona Taparachi- con número de partida 11015641 ciudad de Juliaca, Provincia de San Román y Departamento de Puno, Zona registral N° XIII- Sede Tacna, Oficina Registral Juliaca VALOR DE LA TASACIÓN: US$20,000.00 (VEINTE MIL CON 00/100 Dólares EUA.). PRECIO BASE: US$13,333.33 (TRECE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON 33/100 Dó- lares EUA.) que vienen a ser las dos terceras partes del pre- cio de tasación. GRAVAMENES Y CARGAS: Asiento D00002- Embargo en forma de Inscripción: Medida Cautelar que recaerá sobre el bien inmueble de propiedad de los afec- tados, Norma Marisol Medina Turpo y Claudio Arredondo Valencia, inmueble inscrito en la partida N° 11015641 por la suma de S/.37.000.00 Nuevos Soles. Todo en el proceso de Obligación de dar Suma de Dinero, seguido por MI BANCO- BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A, en contra de Norma Marisol Medina Turpo y Claudio Arredondo Valen- cia. DIA Y HORA DEL REMATE: 4 de MARZO 2016 a las 3:55 PM LUGAR: En la sede del Cuarto Juzgado de Paz Letrado, sito en el Jirón Mariscal Ramón Castilla N° 146 del Distrito, Provincia y Departamento de Puno. POSTORES: Obrarán el 10% del Valor de Tasación en efectivo o cheque de geren- cia. Adjuntar tasa judicial por derecho de participación en el remate, consignar número del expediente con copia del arancel, DNI y generales de ley. COMISION DEL MARTILIE- RO: Corre por cuenta del comprador y se cancela a la firma del ACTA DE ADJUDICACION, de acuerdo a la escala de comisiones determinado en el Art. 18 del DECRETO SUPRE- MO N° 008 -2005 -JUS y están afectos al IGV. INFORME: Tel. 014412668/ #949063616 / www.martillerocorrea.es.tl. A. ORLANDO CORREA GUERRERO - ABOGADO MARTILLERO PUBLICO. LAURA E. TICONA SALAZAR – SECRETARIA JUDI- CIAL. (28,29 ENE) B/30 – 0000394 S/.0.00 SEGUNDO REMATE JUDICIAL - PUNO En los seguidos por MIBANCO BANCO DE LA MICROEM- PRESA S.A, con Sabina Catalina CARREON ZEA: sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO; Expediente N° 01940-2009-0-2111-JP-CI-02; por orden del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Juliaca, a cargo de la Señorita Magistrada MANTILLA CAHUANA Elsa Herminia, Especialista Legal Se- ñorita JAKELINE CARMEN TAPIA PERALTA, el suscrito Mar- tiliero Público rematará en segunda convocatoria, respecto a los derechos y acciones que corresponden a la ejecutada Sabina Catalina CARREON ZEA del bien inmueble ubicado en la calle Ica N° 226 Zona Cercado de Juliaca, Provincia de San Román, Departamento de Puno, inscrita en la par- tida electrónica N° 11017047, Zona Registral N° XIII Sede Tacna, Oficina Registral Juliaca. VALOR DE TASACION: S/53,648.33 (CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CUAREN- TA Y OCHO CON 33/100 NUEVOS SOLES). PRECIO BASE: S/30,400.72 (TREINTA MIL CUATROCIENTOS CON 72/100 NUEVOS SOLES), que son las dos terceras partes del precio de la tasación mas el 15 % de descuento por tratarse de una segunda convocatoria. GRAVAMENES Y CARGAS: 1) D00001 EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: Por reso- lución judicial N° 01-2009, de fecha 16-06-2009 expedida por el Tercer Juzgado de Paz Letrado que despacha el Juez Jackeline L. Luza Cáceres que resuelve: 1.- ADMITIR a trámi- te la solicitud de medida cautelar solicitada por MIBANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. contra Sabina Catalina CARREN ZEA en calidad de obligada principal. 2.- TRAMI- TASE en la vía del proceso cautelar en su forma de medida dentro de proceso. 3.- TRABESE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION en los Derechos y Acciones de la copropie- dad que le corresponde a la ejecutada Sabina Catalina CA- RREON ZEA sobre el bien inmueble ubicado en la calle Ica N 226 Zona Cercado de Juliaca, Provincia de San Román, De- partamento de Puno, bien inmueble inscrito en la partida electrónica N° 11017047 del registro de predios bajo cuen- ta y riesgo y responsabilidad de la parte ejecutante hasta por la suma de S/ 50,000.00 nuevos soles y por Resolución N°04 de fecha 29/09/2009 expedida por el mismo Juez y del mismo juzgado que resuelve aclarar la resolución N°01 de fecha 16/06/2009 respecto del nombre de la ejecutada Sabina Catalina CARREON ZEA, es la misma persona que lleva el nombre de Sabina Catalina CARREON ZEA VIUDA DE CALLATA. El título fue presentado el 30/07/2009. FECHA: 4 MARZO 2016 HORA 02:35 P.M. LUGAR: En la sede del Ter- cer Juzgado de Paz Letrado de Juliaca, sito en la Plaza Za- rumilla sin número, en la Ciudad de Juliaca, Departamento de Puno. POSTORES: Obran el 10% del Valor de Tasacion en efecivo o cheque de gerencia. Adjuntar tasa judicial por derecho de participación en el remate, consignar número del expediente con copia del arancel, DNI y generales de ley. COMISION DEL MARTILLERO: Corre por cuenta del comprador, y se cancela a la firma del Acta de adjudica- ción de acuerdo a la escala de comisiones determinado en el Art. 18 del DECRETO SUPREMO N° 008 – 2005 – JUS y están afectos al IGV. INFORMES: TEL. 01-4222359 / RPM: #919-063-616 www.martillerocorrea.es.tl. A. ORLANDO CORREA GUERRERO - ABOGADO MARTILLERO PUBLICO. JAKELINE C. TAPIA PERALTA – SECRETARIA JUDICIAL. (28,29 ENE) B/30 – 0000393 S/.0.00 PRESCRIPCIONES ADQUISITIVAS PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO ANTE MI OFICIO NOTARIAL DEL JR. LIMA N° 768, CARMEN YOLANDA ORDOÑEZ COLQUE, SOLICITA LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN EL JIRON DEZA N° 547, DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DE- PARTAMENTO DE PUNO, EL MISMO QUE TIENE UN AREA TOTAL DE: 188.61 M2 (CIENTO OCHENTA Y OCHO PUNTO SESENTIUN METROS CUADRADOS), Y UN PERIMETRO DE: 94.69 M.L. (NOVENTA Y CUATRO PUNTO SESENTA Y NUEVE METROS LINEALES), CON LAS SIGUIENTES COLINDANCIAS Y MEDIDAS PERIMETRICAS: POR EL FRENTE (NORTE) , COLINDA CON EL JIRON DEZA Y LA PROPIEDA DE JUANA CLOTILDE ORDOÑEZ COLQUE, EN LINEA QUEBRADA DE CINCO TRAMOS, CON LONGITUDES DE: 1.15 M.L.; 10.06 M.L.; 0.31 M.L.; 0.33 M.L.; Y 13.48 M.L.; POR LA DERECHA ENTRANDO (OESTE), COLINDA CON LA PROPIEDAD DE LA FAMILIA COAQUIRA HERMOSA , EN LINEA QUEBRADA DE CUATRO TRAMOS, CON LONGITU- DES DE 12.60 M.L.; 2.50 M.L.; 8.46 M.L. ; 6.91 M.L. ; POR LA IZQUIERDA ENTRANDO (ESTE), COLINDA CON LA PROPIE- DAD DE ESTEBAN CASTRO SALAS Y DE MARIA TRAVERSO PINAZO, CALLEJON POR MEDIO Y LA PROPIEDAD DE MAR- TA SUSANA ORDOÑEZ COLQUE, EN LINEA QUEBRADA DE CINCO TRAMOS, CON LONGITUDES DE 5.70 M.L.; 6.25 M.L.; 6.30 M.L.; 6.10 M.L.; Y 6.20 M.L.; POR EL FONDO (SUR), CO- LINDA LA PROPIEDAD DE FELIPE CUENTAS CUENTAS, EN LINEA RECTA DE UN TRAMO, CON UNA LONGITUD DE 8.34 M.L., A FIN DE QUE SE DECLARE PROPIETARIA. PUBLICA- CION QUE SE REALIZA PARA LOS FINES DE LEY.- PUNO, 18 DE ENERO DE 2,016.- LUIS E. MANRIQUE SALAS, NOTARIO ABOGADO (19, 25, 29 ENE) B/ 029-0000323 S/. 0.00 EDICTOS PENALES EDICTO En el expediente N° 2632-2015-0-2101-JR-PE-02 seguida contra Víctor Noe Verastegui Gutierrez, por delito de in- cumplimiento de obligación alimentaria, en agravio de su menor hija representado por Oyche Cuela Chaiña, se NOTI- FICA la resolución N° 2 al acusado VÍCTOR NOE VERASTE- GUI GUTIERREZ, a fin que asista a la audiencia de control de acusación programada para el 18 de marzo de 2016 a horas 8:00 a.m., en el salón de audiencias N° 2 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubicado en la Plaza de Armas (jirón Puno N° 459). Puno, 21 de enero de 2016. RAMÓN CASA PARI, ESPECIALISTA DE CAUSAS. (27, 28, 29 ENE) EDICTO En el expediente N° 1471-2013-17-2101-JR-PE-02 seguida contra Félix Reynaldo Coya Enriquez, por delito de pecula- do doloso por apropiación y otros, en agravio del Estado Peruano - Gobierno Regional de Puno, se NOTIFICA la reso- lución N° 6 al acusado FÉLIX REYNALDO COYA ENRIQUEZ, a fin que asista a la audiencia de control de acusación progra- mada para el 21 de marzo de 2016 a horas 9:50 a.m., en el salón de audiencias N° 2 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubicado en la Plaza de Armas (jirón Puno N° 459). Puno, 21 de enero de 2016. RAMÓN CASA PARI, ESPECIA- LISTA DE CAUSAS. (27, 28, 29 ENE) EDICTO En el expediente N° 560-2014-31-2101-JR-PE-02 seguida contra Danny Francisco Mamani Apaza y otros, por delito de homicidio calificado, en agravio de quien fuera Walter Efrain Merma Janampa, se NOTIFICA al acusado RAUL MA- QUERA HUMPIRI, a fin que asista a la audiencia de control de acusación programada para el 8 de marzo de 2016 a ho- ras 9:00 a.m., en el salón de audiencias N° 2 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubicado en la Plaza de Armas (jirón Puno N° 459). Puno, 21 de enero de 2016. RAMÓN CASA PARI, ESPECIALISTA DE CAUSAS. (27, 28, 29 ENE) EDICTO El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de la Provincia de Huancané, a cargo de los Magistrados la Doctora San- dra Suni Huaracha, Dra. Lorena Meneses Ticona (DD), Dr. Augusto Castillo Cordero, con intervención del Especialista de Causas Jurisdiccionales Edgar Luis Quispe Quenta, en el cuaderno de debates número 0101-2015-81-2106-JR- PE-01, seguido en contra del imputado YONI OCHOA SAR- MIENTO y JUAN MARCO APAZA APAZA, SANDRA SAYDA MAMANI ALVAREZ, VALENTINA LUZ ALVAREZ TURPO y

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La República 1Viernes, 29 de enero del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

Viernes, 29 de enero del 2016

Corte Superior de Justicia de Puno

EDICTOS

EDICTO JUDICIAL

En el expediente civil 2013-19-C, tramitado por ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Lampa, que Despacha el señor Juez ROGER DIAZ HAYTARA, con la intervención del cursor de la causa Jesús E.Achata Paredes, mediante resolución numero 52 de fecha doce de enero del dos mil diecises SE HA RESUELTO: DECLARAR LA SUCESION PROCE-SAL de la litis consorte necesaria pasiva INES PARI VDA DE ALEJO, EN CONSECUENCIA Se Declara Como Sus Sucesores Procesales a los Herederos Legales de la Indicada Fallecida A Quienes Deberá de Emplazárseles Mediante EDICTOS, A Efecto De Que Comparezcan Al Proceso Dentro Del Plazo De 30 Dias Computados Desde La Ultima Publicación, Bajo Apercibimiento De Desisgnarse Curador Procesal.. Lo que se pone en conocimiento de los interesados, para los fi nes de ley.- Debiendose publicar en el diario la Republica y el Peruano.- Lampa, 25 de Enero del 2016. JESUS E. ACHATA PAREDEZ – SECRETARIO DE JUZGADO. (27,28,29 ENE) B/30 – 0000377 S/.0.00

EDICTO JUDICIAL.

Ante el Primer Juzgado Mixto de la Provincia de Melgar-Ayaviri, que Despacha el señor Juez Dr. FREDDY OCTAVIO CHECA CONDORI, con la actuación del Secretario Judicial Néstor Andrés Flores Paripanca, en el Expediente Civil No. 00183-2015-0-2108-JM-CI-01, seguido por Leónidas Guerra Mullisaca y Felipa Nancy Aguilar de Guerra, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio del inmueble urbano, en contra de Carlos Eusebio Ponce Alcala, mediante Re-solución No. 02-2015, de fecha 29 de Diciembre del 2015, se ha dispuesto notifi car mediante edictos, cuya parte re-solutiva es como sigue: SE RESUELVE: I) ADMITIR a trámite la demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio del inmueble urbano ubicado en la Urbanización “Mariano Melgar - FONAVI Manzana “B” Lote No. 08 del Distrito de Ayaviri, Provincia de Melgar, Región Puno, interpuesta por LEONIDAS GUERRA MULLISACA Y FELIPA NANCY AGUILAR DE GUERRA en contra de CARLOS EUSEBIO PONCE ALCA-LA, y con citación de los colindantes Municipalidad Provin-cial de Melgar-Ayaviri, Hermanos Zamata TTito, Benigno Casilla Chire y Nancy Ponce de Casilla y María Magdalena Huaman Huallpa, con tal objeto notifíquese con arreglo a ley. II) TRAMITASE en la vía del proceso ABREVIADO. III) Confi érase TRASLADO de la demanda, anexos y escrito de subsanación al demandado, por el plazo de DIEZ DIAS para que la conteste, bajo apercibimiento de ser declarado re-belde. Lo que se pone en conocimiento de los interesados para los fi nes de ley. Ayaviri, 27 de Enero del 2016. NESTOR A. FLORES PARIPANCA – SECRETARIO JUDICIAL.(29 ENE) B/30 – 0000291 S/.0.00

REMATE

AVISO DE PRIMER REMATE

En el expediente Nº 00053-2013-0-2103-JP-CI-01, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero seguido por Iván Elías Gárate Cuentas, endosatario en procuración de la COOPE-RATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO LA ISLA Ltda., en contra de Juana Adelaida Suichiri Quispe y Luz Susana Maras Quis-pe; el Señor Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Carabaya, Dr. César Pineda Fernández, con actuación de la Secretaria Dra. Roxana Cutipa Ccuno, ha dispuesto se lleve adelante el PRIMER REMATE del bien in-mueble que a continuación se detalla. CARACTERISTICAS Y DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE.- Inmueble ubicado en el Jr. Alto Cenepa S/N del barrio Héroes del Cenepa del dis-trito de Macusani, provincia de Carabaya y departamento de Puno, con un área total de 305.46 m2 y un perímetro de 81.28 metros lineales; con las siguientes colindancias y me-didas perimétricas: Por el Norte: colinda con la propiedad de Agustín Narváez Apaza, con una longitud de 28.40 ml.; Por el Sur: colinda con la propiedad de Justina Patatingo Mamani, con una longitud de 32.68 ml.; Por el Este: colinda con la propiedad de Gregoria Narváez Pocco, con una lon-gitud de 9.90 ml.; y por el Oeste: colinda con la propiedad

de Serafín Pacco Pumaquispe, jirón Alto Cenepa de por medio, con una longitud de 10.30 ml. AFECTACIONES.- Em-bargo de Bien Inmueble No Inscrito en Forma de Depósito, a favor de Iván Elías Gárate Cuentas, quien es endosatario en procuración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Isla Ltda., hasta por el monto de S/. 4,000.00 (CUATRO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) de fecha 08 de noviembre del 2012. No se conocen otras afectaciones. VALOR DE LA TASACION.- El valor de la tasación comercial del inmueble es de S/. 123,367.00 (CIENTO VEINTITRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 00/100 NUEVOS SOLES), según peri-taje realizado por los señores peritos Roger Carcasi Cutipa y Reynaldo E. Charaja Canaval. (y aprobado por resolución 11-2015 del expediente principal). PRECIO BASE PARA EL PRIMER REMATE.- S/. 82,244.66 (OCHENTA Y DOS MIL DOS-CIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 66/100 NUEVOS SO-LES). LUGAR, FECHA Y HORA DE REMATE.- El remate se rea-lizará en el local del Módulo Básico de Justicia de Carabaya, Primer Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el Jr. Arequipa y Ayaviri S/N del distrito de Macusani, provincia de Caraba-ya y departamento de Puno, el día 18 de marzo del 2016 a horas 12:30 p. m. Remate que se llevará con intervención del señor Martillero Público Víctor Orlando Apaza Morante con Registro Nacional Nº 321, celular 952603020. DE LOS POSTORES.- Los interesados para ser postores, deberán depositar previo al acto del remate una cantidad dineraria no menor al 10 % del valor de la Tasación (S/. 12,336.70), en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, ade-más del arancel judicial respectivo por derecho a participar en el remate judicial (S/. 385.00), indicando número de Ex-pediente, juzgado y DNI. (con copia de DNI y tasa judicial). Los honorarios del martillero público son de cuenta del adjudicatario y serán cancelados al término de la diligencia más IGV. según Ley. Nº 27728, Ley Nº 28371 y su Reglamen-to (D. S. Nº 008-2005-JUS). Los interesados podrán recabar mayor información en el local del Primer Juzgado de Paz Letrado – Carabaya - Macusani; Carabaya, 14 de Enero del 2016. VICTOR O. APAZA MORANTE – MARTILLERO PUBLI-CO. ROXANA CUTIPA CCUÑO – SECRETARIA JUDICIAL. (26, 27, 28, 29, ENE 01, 02 FEB ENE) B/30 – 0000374 S/.0.00.

PRIMER REMATE JUDICIAL

En los seguidos por MI BANCO - BANCO DE LA MICROEM-PRESA S A contra Norma Marisol Medina Turpo y Claudio Valencia Arredondo, sobre obligación de dar suma de dinero, Expediente N° 00431-2014-0-2101 -JP-CI-04, por orden del Cuarto Juzgado de Paz Letrado sede anexa Puno, a cargo de la señorita Magistrada Kattia ALVAREZ AVALOS, Especialista Legal Laura Estela TICONA SALAZAR. El suscrito Martiliero Público - Alcibiades Orlando CORREA GUERRE-RO, con Registro N° 193 - rematará en Primera Convocatoria el bien inmueble ubicado en Manzana C, Lote 13, Urbani-zación Zona Taparachi- con número de partida 11015641 ciudad de Juliaca, Provincia de San Román y Departamento de Puno, Zona registral N° XIII- Sede Tacna, Ofi cina Registral Juliaca VALOR DE LA TASACIÓN: US$20,000.00 (VEINTE MIL CON 00/100 Dólares EUA.). PRECIO BASE: US$13,333.33 (TRECE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON 33/100 Dó-lares EUA.) que vienen a ser las dos terceras partes del pre-cio de tasación. GRAVAMENES Y CARGAS: Asiento D00002- Embargo en forma de Inscripción: Medida Cautelar que recaerá sobre el bien inmueble de propiedad de los afec-tados, Norma Marisol Medina Turpo y Claudio Arredondo Valencia, inmueble inscrito en la partida N° 11015641 por la suma de S/.37.000.00 Nuevos Soles. Todo en el proceso de Obligación de dar Suma de Dinero, seguido por MI BANCO- BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A, en contra de Norma Marisol Medina Turpo y Claudio Arredondo Valen-cia. DIA Y HORA DEL REMATE: 4 de MARZO 2016 a las 3:55 PM LUGAR: En la sede del Cuarto Juzgado de Paz Letrado, sito en el Jirón Mariscal Ramón Castilla N° 146 del Distrito, Provincia y Departamento de Puno. POSTORES: Obrarán el 10% del Valor de Tasación en efectivo o cheque de geren-cia. Adjuntar tasa judicial por derecho de participación en el remate, consignar número del expediente con copia del arancel, DNI y generales de ley. COMISION DEL MARTILIE-RO: Corre por cuenta del comprador y se cancela a la fi rma

del ACTA DE ADJUDICACION, de acuerdo a la escala de comisiones determinado en el Art. 18 del DECRETO SUPRE-MO N° 008 -2005 -JUS y están afectos al IGV. INFORME: Tel. 014412668/ #949063616 / www.martillerocorrea.es.tl. A. ORLANDO CORREA GUERRERO - ABOGADO MARTILLERO PUBLICO. LAURA E. TICONA SALAZAR – SECRETARIA JUDI-CIAL. (28,29 ENE) B/30 – 0000394 S/.0.00

SEGUNDO REMATE JUDICIAL - PUNO

En los seguidos por MIBANCO BANCO DE LA MICROEM-PRESA S.A, con Sabina Catalina CARREON ZEA: sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO; Expediente N° 01940-2009-0-2111-JP-CI-02; por orden del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Juliaca, a cargo de la Señorita Magistrada MANTILLA CAHUANA Elsa Herminia, Especialista Legal Se-ñorita JAKELINE CARMEN TAPIA PERALTA, el suscrito Mar-tiliero Público rematará en segunda convocatoria, respecto a los derechos y acciones que corresponden a la ejecutada Sabina Catalina CARREON ZEA del bien inmueble ubicado en la calle Ica N° 226 Zona Cercado de Juliaca, Provincia de San Román, Departamento de Puno, inscrita en la par-tida electrónica N° 11017047, Zona Registral N° XIII Sede Tacna, Ofi cina Registral Juliaca. VALOR DE TASACION: S/53,648.33 (CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CUAREN-TA Y OCHO CON 33/100 NUEVOS SOLES). PRECIO BASE: S/30,400.72 (TREINTA MIL CUATROCIENTOS CON 72/100 NUEVOS SOLES), que son las dos terceras partes del precio de la tasación mas el 15 % de descuento por tratarse de una segunda convocatoria. GRAVAMENES Y CARGAS: 1) D00001 EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: Por reso-lución judicial N° 01-2009, de fecha 16-06-2009 expedida por el Tercer Juzgado de Paz Letrado que despacha el Juez Jackeline L. Luza Cáceres que resuelve: 1.- ADMITIR a trámi-te la solicitud de medida cautelar solicitada por MIBANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. contra Sabina Catalina CARREN ZEA en calidad de obligada principal. 2.- TRAMI-TASE en la vía del proceso cautelar en su forma de medida dentro de proceso. 3.- TRABESE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION en los Derechos y Acciones de la copropie-dad que le corresponde a la ejecutada Sabina Catalina CA-RREON ZEA sobre el bien inmueble ubicado en la calle Ica N 226 Zona Cercado de Juliaca, Provincia de San Román, De-partamento de Puno, bien inmueble inscrito en la partida electrónica N° 11017047 del registro de predios bajo cuen-ta y riesgo y responsabilidad de la parte ejecutante hasta por la suma de S/ 50,000.00 nuevos soles y por Resolución N°04 de fecha 29/09/2009 expedida por el mismo Juez y del mismo juzgado que resuelve aclarar la resolución N°01 de fecha 16/06/2009 respecto del nombre de la ejecutada Sabina Catalina CARREON ZEA, es la misma persona que lleva el nombre de Sabina Catalina CARREON ZEA VIUDA DE CALLATA. El título fue presentado el 30/07/2009. FECHA: 4 MARZO 2016 HORA 02:35 P.M. LUGAR: En la sede del Ter-cer Juzgado de Paz Letrado de Juliaca, sito en la Plaza Za-rumilla sin número, en la Ciudad de Juliaca, Departamento de Puno. POSTORES: Obran el 10% del Valor de Tasacion en efecivo o cheque de gerencia. Adjuntar tasa judicial por derecho de participación en el remate, consignar número del expediente con copia del arancel, DNI y generales de ley. COMISION DEL MARTILLERO: Corre por cuenta del comprador, y se cancela a la fi rma del Acta de adjudica-ción de acuerdo a la escala de comisiones determinado en el Art. 18 del DECRETO SUPREMO N° 008 – 2005 – JUS y están afectos al IGV. INFORMES: TEL. 01-4222359 / RPM: #919-063-616 www.martillerocorrea.es.tl. A. ORLANDO CORREA GUERRERO - ABOGADO MARTILLERO PUBLICO. JAKELINE C. TAPIA PERALTA – SECRETARIA JUDICIAL. (28,29 ENE) B/30 – 0000393 S/.0.00

PRESCRIPCIONES ADQUISITIVAS

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO

ANTE MI OFICIO NOTARIAL DEL JR. LIMA N° 768, CARMEN YOLANDA ORDOÑEZ COLQUE, SOLICITA LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN EL JIRON DEZA N° 547, DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DE-PARTAMENTO DE PUNO, EL MISMO QUE TIENE UN AREA TOTAL DE: 188.61 M2 (CIENTO OCHENTA Y OCHO PUNTO

SESENTIUN METROS CUADRADOS), Y UN PERIMETRO DE: 94.69 M.L. (NOVENTA Y CUATRO PUNTO SESENTA Y NUEVE METROS LINEALES), CON LAS SIGUIENTES COLINDANCIAS Y MEDIDAS PERIMETRICAS: POR EL FRENTE (NORTE) , COLINDA CON EL JIRON DEZA Y LA PROPIEDA DE JUANA CLOTILDE ORDOÑEZ COLQUE, EN LINEA QUEBRADA DE CINCO TRAMOS, CON LONGITUDES DE: 1.15 M.L.; 10.06 M.L.; 0.31 M.L.; 0.33 M.L.; Y 13.48 M.L.; POR LA DERECHA ENTRANDO (OESTE), COLINDA CON LA PROPIEDAD DE LA FAMILIA COAQUIRA HERMOSA , EN LINEA QUEBRADA DE CUATRO TRAMOS, CON LONGITU-DES DE 12.60 M.L.; 2.50 M.L.; 8.46 M.L. ; 6.91 M.L. ; POR LA IZQUIERDA ENTRANDO (ESTE), COLINDA CON LA PROPIE-DAD DE ESTEBAN CASTRO SALAS Y DE MARIA TRAVERSO PINAZO, CALLEJON POR MEDIO Y LA PROPIEDAD DE MAR-TA SUSANA ORDOÑEZ COLQUE, EN LINEA QUEBRADA DE CINCO TRAMOS, CON LONGITUDES DE 5.70 M.L.; 6.25 M.L.; 6.30 M.L.; 6.10 M.L.; Y 6.20 M.L.; POR EL FONDO (SUR), CO-LINDA LA PROPIEDAD DE FELIPE CUENTAS CUENTAS, EN LINEA RECTA DE UN TRAMO, CON UNA LONGITUD DE 8.34 M.L., A FIN DE QUE SE DECLARE PROPIETARIA. PUBLICA-CION QUE SE REALIZA PARA LOS FINES DE LEY.- PUNO, 18 DE ENERO DE 2,016.- LUIS E. MANRIQUE SALAS, NOTARIO ABOGADO (19, 25, 29 ENE) B/ 029-0000323 S/. 0.00

EDICTOS PENALES

EDICTO

En el expediente N° 2632-2015-0-2101-JR-PE-02 seguida contra Víctor Noe Verastegui Gutierrez, por delito de in-cumplimiento de obligación alimentaria, en agravio de su menor hija representado por Oyche Cuela Chaiña, se NOTI-FICA la resolución N° 2 al acusado VÍCTOR NOE VERASTE-GUI GUTIERREZ, a fi n que asista a la audiencia de control de acusación programada para el 18 de marzo de 2016 a horas 8:00 a.m., en el salón de audiencias N° 2 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubicado en la Plaza de Armas (jirón Puno N° 459). Puno, 21 de enero de 2016. RAMÓN CASA PARI, ESPECIALISTA DE CAUSAS. (27, 28, 29 ENE)

EDICTO

En el expediente N° 1471-2013-17-2101-JR-PE-02 seguida contra Félix Reynaldo Coya Enriquez, por delito de pecula-do doloso por apropiación y otros, en agravio del Estado Peruano - Gobierno Regional de Puno, se NOTIFICA la reso-lución N° 6 al acusado FÉLIX REYNALDO COYA ENRIQUEZ, a fi n que asista a la audiencia de control de acusación progra-mada para el 21 de marzo de 2016 a horas 9:50 a.m., en el salón de audiencias N° 2 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubicado en la Plaza de Armas (jirón Puno N° 459). Puno, 21 de enero de 2016. RAMÓN CASA PARI, ESPECIA-LISTA DE CAUSAS. (27, 28, 29 ENE)

EDICTO

En el expediente N° 560-2014-31-2101-JR-PE-02 seguida contra Danny Francisco Mamani Apaza y otros, por delito de homicidio califi cado, en agravio de quien fuera Walter Efrain Merma Janampa, se NOTIFICA al acusado RAUL MA-QUERA HUMPIRI, a fi n que asista a la audiencia de control de acusación programada para el 8 de marzo de 2016 a ho-ras 9:00 a.m., en el salón de audiencias N° 2 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubicado en la Plaza de Armas (jirón Puno N° 459). Puno, 21 de enero de 2016. RAMÓN CASA PARI, ESPECIALISTA DE CAUSAS. (27, 28, 29 ENE)

EDICTO

El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de la Provincia de Huancané, a cargo de los Magistrados la Doctora San-dra Suni Huaracha, Dra. Lorena Meneses Ticona (DD), Dr. Augusto Castillo Cordero, con intervención del Especialista de Causas Jurisdiccionales Edgar Luis Quispe Quenta, en el cuaderno de debates número 0101-2015-81-2106-JR-PE-01, seguido en contra del imputado YONI OCHOA SAR-MIENTO y JUAN MARCO APAZA APAZA, SANDRA SAYDA MAMANI ALVAREZ, VALENTINA LUZ ALVAREZ TURPO y

Page 2: SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO Corte Superior de Justicia de ... Judicial-737076-jud_pun_-_29...Viernes, 29 de enero del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO La República 1 Viernes, 29 de enero

La República2 Viernes, 29 de enero del 2016SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

LIDIA AGUSTINA ALVAREZ TURPO, por el delito de HOMI-CIDIO CALIFICADO Y OTRO, en agravio de Cosme Adolfo Alvarez Turpo; por intermedio de la presente se NOTIFICA al acusado YONI OCHOA SARMIENTO, al acusado JUAN MAR-CO APAZA APAZA, a la acusada SANDRA SAYDA MAMANI ALVAREZ, a la acusada VALENTINA LUZ ALVAREZ TURPO, a la acusada LIDIA AGUSTINA ALVAREZ TURPO, a la acusa-da DIONICIA TURPO DE ALVAREZ, A los procesados YONI OCHOA SARMIENTO y JUAN MARCO APAZA APAZA, como coautores materiales del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Homicidio en su forma de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el se-gundo párrafo del artículo 108° del Código Penal, siendo su tipo base el artículo 106° del mismo cuerpo legal, en agravio de la persona de quien en vida fue Cosme Adolfo Álvarez Turpo; A las procesadas SANDRA SAYDA MAMANI ALVAREZ, VALENTINA LUZ ALVAREZ TURPO y LIDIA AGUS-TINA ALVAREZ TURPO como coautoras mediatas del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Ho-micidio, en su forma de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el segundo párrafo del artículo 108° del Código Penal, siendo su tipo base el artículo 106° del mis-mo cuerpo legal, en agravio de la persona de quien en vida fue Cosme Adolfo Álvarez Turpo; A la procesada DIONICIA TURPO DE ALVAREZ, como autora mediata del delito contra la Vida, el cuerpo y la Salud, en su modalidad de Homicidio, en su forma de PARRICIDIO AGRAVADO, previsto y sancio-nado en el primero y segundo párrafo del artículo 107° del Código Penal, concordante con el articulo 108° numeral 1, del mismo cuerpo legal, en agravio de la persona de quien en vida fue Cosme Adolfo Alvarez Turpo, con el contenido de la resolución N° 01-2016, que PROGRAMA la audiencia de juicio oral para el día VEINTISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIES, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta); en el Salón Auditorium de la sede Judicial San Ro-mán (Plaza Zarumilla S/N - Juliaca): bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, lo que se hace de su cono-cimiento. Huancané, 23 de enero del 2016. EDGAR LUIS QUISPE QUENTA, ESPECIALISTA JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

EDICTO

El señor Juez del Juzgado Penal de Investigación Preparato-ria del Distrito de Ananea - Sina, Magistrado Wilber Paredes Jaén, con intervención de la Especialista Judicial Abg. Janet Melania Palomino Quispe. En el Expediente Judicial signa-do con el número 2015-006-01-JPIP-AS, seguido en contra de HUGO MOROCCO QUISPE por la presunta comisión del delito contra el patrimonio, en su modalidad de hurto y en su forma de HURTO AGRAVADO, delito previsto y sanciona-do como tipo base en el artículo 185° y como tipo especifi -co el artículo 186e numeral 1) del Código Penal en agravio de MARGOTH ANDERSON FLORES. Mediante resolución N° 003 - 2016 de fecha 19 de enero del 2016, SE DISPONE: PRIMERO.- Notifi car mediante edictos al imputado HUGO MOROCCO QUISPE con la resolución N° 02 - 2015 la misma que señala fecha y hora para llevarse a acabo la audiencia de Control de Sobreseimiento para el día ocho de marzo del presente año a horas once de la mañana, audiencia que se realizara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Inves-tigación Preparatoria del distrito de Ananea. Abg. JANET MELANIA PALOMINO QUISPE. ESPECIALISTA DE JUZGADO. Ananea, 21 de Enero del 2016. JANET MELANIA PALOMINO QUISPE, SECRETARIO JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

EDICTO JUDICIAL

El señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria del Modulo Básico de Justicia de Yunguyo, Dr. CARLOS EDISSON FLORES ELGUERA, por medio de la presente se notifi ca a: RENÉ LLANOS LAQUIHUANACO; Contenido de la resolución numero seis que resuelve: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA para el día NUEVE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS la misma que se llevara a cabo en al sala de audiencia del Modulo Básico de Yunguyo, debiendo asistir el representante del Ministerio Publico a efectos de que oralice su requerimiento acusatorio, SE DISPONE: La concurrencia del imputado acompañado de su abogado de libre elección, bajo apercibimiento en caso de inconcu-rrencia de su abogado de ser remplazado por un abogado de ofi cio, para cuyo fi n ofi cíese a la Coordinación de la De-fensoría Publica de Yunguyo. ASIMISMO notifíquese al acu-sado en su domicilio real señalado por intermedio del Juez de Paz de dicho sector o por la central de notifi caciones de dicha provincia, sin perjuicio de efectuar la notifi cación mediante EDICTO JUDICIAL. HÁGASE SABER.- Yunguyo, 20 de enero del año 2016. ARIUM ROMERO CACHICATARI, ES-PECIALISTA DE AUDIENCIA. (27, 28, 29 ENE)

NOTIFICACION POR EDICTO

Expediente N° 0185-2015-66-2111-JR-PE-01 (Cuaderno de Debates).- El Juzgado Penal Colegiado de la Provincia de San Román Juliaca, a cargo del señor Magistrado: Milton Huallpa Macedo; por medio de la presente se NOTIFICA al acusado JORGE MAMANI HUANCACHOQUE, (todo ello habiéndose dictado comparecencia simple), como autor

por la presunta comisión del Delito de ACTOS CONTRA EL PUDOR, en agravio de la menor de iniciales A.A.B.R.; Para la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL a realizarse en fecha QUINCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de la provincia de San Ro-mán - Juliaca BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ y disponerse su captura a nivel nacional, en caso de inasistencia. Sin perjuicio de notifi carse por edictos si el caso lo amerita. Juliaca, 21 de enero del 2016. FLAVIO CALSINA CHOQUE, ASISTENTE JURISDICCIONAL. (27, 28, 29 ENE)

NOTIFICACION POR EDICTO

Expediente N° 0126-2016-0-2111-JR-PE-01 (Cuaderno de Debates).- El Juzgado Penal Colegiado de la Provincia de San Román Juliaca, a cargo de la señora Magistrada: Carmen Mamani Nuñez; por medio de la presente se NOTIFICA al acusado ADRIÁN DIANDERAS CHIPANA, (Ha-biéndose dictado comparecencia simple), como autor por la presunta comisión del Delito de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, en agravio de SONIA VILCA CALCINA; Para la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL a realizarse en fecha OCHO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de la provincia de San Román - Juliaca BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ y disponerse su cap-tura a nivel nacional, en caso de inasistencia. Sin perjuicio de notifi carse por edictos si el caso lo amerita. Juliaca, 21 de enero del 2016. FLAVIO CALSINA CHOQUE, ASISTENTE JURISDICCIONAL. (27, 28, 29 ENE)

EDICTO PENAL

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PRO-VINCIA DE HUANCANE. Expediente N° 00084-2015-7.- Se NOTIFICA al imputado ABDON USCAMAYTA HUANCA, con lo dispuesto en act de audiencia de fecha quince de enero del año en curso, que señala fecha para la reprogramación de la AUDIENCIA DE DECLARACION DE REO AUSENTE, para el día VEINTINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Pre-paratoria de la Provincia de Huancané; proceso que se si-gue en contra de Abdon Uscamayta Huanca, por la presun-ta comisión del delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, en la forma de Lesiones Leves por Violencia Familiar en agravio de Juan Luis Calcina Santa Maria. Conforme a lo ordenado mediante acto de audien-cia de fecha quince de enero del año en ruso. Huancane, 25 de enero del 2016. JULIA L. GOMEZ QUISPE, ESPECIALISTA JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

EDICTO PENAL - SEGUNDO JUZGADO DE

INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PUNO

Expediente N° 1549-2015-17, seguido contra Eduardo Za-nabria Lazo y otra, en agravio de Tomas Oquedo Quispe, por el presunto delito de Daños; se ha dispuesto SE NOTI-FIQUE mediante Edicto Judicial a los imputados EDUARDO ZANABRIA LAZO Y LEOANOR ZANABRIA DE LAZO con la RESOLUCIÓN No. 02-2016 - Estando al informe del especia-lista de audiencias; así como lo expresado por el represen-tante del Ministerio Publico, verifi cándose la no concurren-cias de los imputa dos y su abogado defensor pese a ser notifi cados conforme a ley, siendo necesaria la presencia a fi n de instalar la audiencia. SE DISPONE: reprogramar la presente audiencia ara el día VEINTITRÉS de MARZO del dos mil dieciséis a horas NUEVE con TREINTA de la mañana, en esta misma sala de audiencias N° DOS, quedando notifi ca-dos en este acto los asistentes a la presente audiencia, no siendo necesaria ninguna otra notifi cación para los mis-mos, debiendo notifi carse a los imputados en su domicilio real y procesal a efecto de que n plazo de veinticuatro horas cumpla con designar abogado de libre elección, bajo aper-cibimiento en caso de no hacerlo de designárselo abogado de la defensa publica, para tal efecto debiendo ofi ciarse a dicha institución para tal fi nalidad, notifíquese mediante edictos y ofíciese. - ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIO-NALES DE PUNO.- Hugo Begazo Armaza. Puno, 25 de enero del 2016. GUILLERMO HUGO BEGAZO ARMAZA, ESPECIA-LISTA JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

EDICTO JUDICIAL

TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE PUNO, A CARGO DE LA SEÑORA JUEZA KELLY YESENIA RAMOS CHAHUARES: Expediente N° 01357-205-0-2101-JP-PE-03.- Se NOTIFICA a la persona de VICTOR HUGO PEREZ PANIAGUA con la resolución UNO. del veinticuatro de di-ciembre del año dos mil quince, emitida en el proceso de Faltas contra la persona, donde se ha dispuesto ARCHIVAR las actuaciones en contra de las personas de Víctor Hugo Perez Paniagua y Walter Edwin Panca Quispe por Faltas contra el patrimonio, en agra lo de Walter Edwin Panca Quispe y Víctor Hugo Perez Paniagua; por las razones ex-puestas en la parte considerativa, dejando a salvo el dere-

cho de la parte agraviada para que proceda observando los requisitos de forma y fondo para el trámite de su denuncia conforme a ley; Firma Juez.- Firma Secretario. Puno, 20 de enero del 2016. ADOLFO MIRANDA BAILÓN, SECRETARIO JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

EDICTO JUDICIAL

TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE PUNO, A CARGO DE LA SEÑORA JUEZ KELLY RAMOS CH-AHUARES: Expediente N° 01212-2015-0-2101-JP-PE-03.- Se NOTIFICA a la agraviada Verónica Valeriana Huallpa Ponce con la resolución uno, del nueve de noviembre de dos mil quince, emitida en el proceso de alta contra la persona, donde se ha dispuesto que la agraviada Verónica Valeriana Huallpa Ponce, CUMPLA con constituirse en querellante particular, precisando de modo específi co la falta o faltas que se atribuye individualizando a su presunto autor, au-tores o partícipes con indicación de dirección domiciliaria descrito en croquis de ubicación, exponiendo los hechos denunciados con elementos de prueba en que se funda la imputación, así como fundamente la sanción penal a impo-nerse y el i sonto de la reparación civil, requisitos formales de cumplimiento obligatorio; y. SEÑALEN su domicilio pro-cesal, teléfono, correo electrónico para los actos de notifi ca-ción, bajo responsabilidad y con dicho objeto. CONCEDASE el plazo de tres días hábiles, bajo apercibimiento de omitir el auto archivando las actuaciones policiales.-Firma Juez.- Firma Secretario. Puno, 20 de enero del 2016. ADOLFO MIRANDA BAILÓN, SECRETARIO JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

EDICTO JUDICIAL

TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE PUNO, A CARGO DE LA SEÑORA JUEZ KELLY YESENIA RA-MOS CHAHUARES: Expediente N° 01284-2015-0-2101-JP-PE-03- Se NOTIFICA a la persona de Luis German Flores Condori con la resolución UNO, del quince de diciembre del dos mil quince, emitida en el proceso de Faltas contra la persona, donde se ha dispuesto ARCHIVAR las actuaciones en contra de las personas no identifi cadas por Faltas contra el patrimonio, en agravio de Luis Germán Flores Condori; por las razones expuestas en la parte considerativa, de-jando a salvo el derecho de la parte agraviada para que proceda observando los requisitos de forma y fondo para el trámite de su denuncia conforme a ley; Firma Juez.- Firma Secretario. Puno, 20 de enero del 2016. ADOLFO MIRANDA BAILÓN, SECRETARIO JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

EDICTO JUDICIAL

TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE PUNO, A CARGO DE LA SEÑORA JUEZ KELLY YESENIA RAMOS CHAHUARES: Expediente N° 1172-2015-0-2101-JP-PE-03.- Se NOTIFICA al agraviado Edwin Daniel Uriarte Adu-viri con la resolución uno, del dos de noviembre del dos mil quince, emitida en el proceso de Faltas contra la persona, donde se ha dispuesto que el agraviado Edwin Daniel Uriarte Aduviri, CUMPLA con constituirse en querellante particular, precisando de modo específi co la falta o faltas que se atribuye, individualizando a su presunto autor, au-tores o partícipes con indicación de dirección domiciliaria descrito en croquis de ubicación, exponiendo los hechos denunciados con elementos de prueba en que se funda la imputación, así como fundamente la sanción penal a impo-nerse y el monto de la reparación civil, requisitos formales de cumplimiento obligatorio; y, SEÑALEN si domicilio pro-cesal, teléfono, correo electrónico para los actos de notifi ca-ción, bajo responsabilidad y con dicho objeto, CONCEDASE el plazo de tres días hábiles, bajo apercibimiento de emitir el auto archivando las actuaciones policiales.-Firma Juez.-Firma Secretario. ADOLFO MIRANDA BAILÓN, SECRETARIO JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

EDICTO JUDICIAL

TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE PUNO, A CARGO DEL SEÑORA . JUEZ KELLY RAMOS CH-AHUARES: Expediente N° 01009-2015-0-2101 -JP-PE-03.- Se NOTIFICA a la persona de Karen Ramos Quispe con la re-solución UNO, del dieciséis de octubre del dos mil quince, emitida en el proceso de Faltas contra la persona, donde se ha dispuesto ARCHIVAR las actuaciones en contra de Dulio Hernan Mamani Ichuta por Faltas contra la Persona en su modalidad de Lesiones dolosas, en agravio de Karen Ramos Quispe; por las razones expuestas en la parte consi-derativa, dejando a salvo el derecho de la parte agraviada para que proceda observando los requisitos de forma y fondo para el trámite de su denuncia conforme a ley; Firma Juez..- Firma Secretario. Puno, 20 de enero del 2016. (27, 28, 29 ENE)

EDICTO JUDICIAL

TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE PUNO, A CARGO DE LA SEÑORA JUEZ KELLY YESENIA RAMOS CHAHUARES: Expediente N° 1200-2015-0-2101-JP-PE-03- Se NOTIFICA a la agraviada Geidy Roselin Choque-huanca Humpiri con la resolución uno, del seis de noviem-bre del dos mil quince, emitida en el proceso de alta contra

la persona, donde se ha dispuesto que la agraviada Geidy Roselin Choquehuanca Humpiri, CUMPLAN con constituir-se en querellante particular, precisando de modo especí-fi co la falta o faltas que se atribuye. Individualizando a su presunto autor, autores o partícipes con indicación de di-rección domiciliaria descrito en croquis de ubicación, expo-niendo) los hechos denunciados con elementos de prueba en que se funda la imputación, así como fundamente la sanción penal a imponerse y el monto de la reparación civil, requisitos formales de cumplimiento obligatorio; y SE-ÑALEN su domicilio procesal, teléfono, correo electrónico para los actos de notifi cación, bajo responsabilidad y con dicho objeto. CONCEDASE el plazo de tres días hábiles, bajo apercibimiento de emitir el auto archivando las actuacio-nes policiales.-Firma Juez.- Firma Secretario.- Puno, 20 de enero del 2016. ADOLFO MIRANDA BAILÓN, SECRETARIO JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

EDICTO JUDICIAL

TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE PUNO, A CARGO DE LA SEÑORA JUEZ KELLY YESENIA RAMOS CHAHUARES: Expediente N° 0938-2015-0-2101-JP-PE-03.- Se NOTIFICA a la agraviada Guadalupe Villanueva Gayoso con la resolución uno del veintidós de septiembre del dos mil quince, emitida en el proceso de altas contra la persona, donde se ha dispuesto que la agraviada Gua-dalupe Villanueva Gayoso, CUMPLA con constituirse en querellante particular, precisando de modo específi co la falta o faltas que se atribuye, individualizando a su presun-to autor, autores o partícipes con indicación de dirección domiciliaria descrito en croquis de ubicación, exponiendo los hechos denunciados con elementos de prueba en que se funda la imputación, así como fundamente la sanción penal a imponerse y el i tonto de la reparación civil, requi-sitos formales de cumplimiento obligatorio; y. SEÑALEN su domicilio procesal, teléfono, correo electrónico pasa los actos de notifi cación, bajo responsabilidad y con dicho objeto. CONCEDASE el plazo de tres días hábiles, bajo apercibimiento de emitir el auto archivando las actuacio-nes policiales.-Firma Juez.- Firma Secretario. Puno, 20 de enero del 2016. ADOLFO MIRANDA BAILÓN, SECRETARIO JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

EDICTO JUDICIAL

TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE PUNO, A CARGO DE LA SEÑORA JUEZ KELLY YESENIA RA-MOS CHAHUARES: Expediente N° 01253-2015-0-2101-JP-PE-03.- Se NOTIFICA a las agraviadas María Francisca Lipe Chávez y Melissa Quispe Condori con la resolución uno, del catorce de diciembre del dos mil quince, emitida en el proceso de Faltas contra la persona, donde se ha dispuesto que las agraviadas María Francisca Lipe Chávez y Melissa Quispe Condori CUMPLAN con constituirse en querellantes particulares, precisan o de modo específi co la falta o faltas que se atribuye, individualizando a su presunto autor, au-tores o partícipes con indicación de dirección domiciliaria descrito en croquis de ubicación, exponiendo los hechos denunciados con elementos de prueba en que se funda la imputación así como fundamente la sanción penal a impo-nerse y el monto de la reparación civil, requisitos formales de cumplimiento obligatorio; y, SEÑALEN su domicilio pro-cesal, teléfono, correo electrónico para los actos de notifi ca-ción, bajo responsabilidad y con dicho objeto, CONCEDASE el plazo de tres días hábiles, bajo apercibimiento de emitir el auto archivando las actuaciones policiales.-Firma Juez.- Firma Secretario. Puno, 20 de enero del 2016. ADOLFO MIRANDA BAILÓN, SECRETARIO JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

EDICTO JUDICIAL DEL CUARTO JUZGADO DE PAZ

LETRADO PUNO

La Señora Juez del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Puno, Dra. Kattia Alvarez Avalos, con intervención de la Secreta-ria Judicial Laura Estela Ticona Salazar, en el Proceso Penal N° 1285-2015-02101-JP-PE-04, se ha emitido la resolución N° 01 de fecha diecisiete de diciembre del dos mil quince que dispone: CUMPLA la parte agraviada JEANETTE LUQUE CONDORI con constituirse en querellante particular, preci-sando de modo específi co la falta o faltas que se atribuye, individualizando a su presunto autor, autores o participes, - precisando sus nombres correctos-, con indicación de su dirección domiciliaria descrita en croquis de ubicación, exponiendo los hechos denunciados con elementos de prueba en que se funda la imputación, así como funda-mentando la sanción penal a imponerse y el monto de la reparación civil, así como acompañar o señalar medios probatorios que vinculen o acrediten la perpetración de la falta por el imputado, requisitos formales de cumplimien-to obligatorio; y, SEÑALE su domicilio procesal, teléfono, correo electrónico para los actos de notifi cación del impu-tado bajo responsabilidad, con dicho objeto: CONCEDASE plazo de TRES DIAS hábiles, bajo apercibimiento de emitir el auto archivando las actuaciones y tenerse por desistida tácitamente de la denuncia interpuesta. H.S.- Puno, veinte de enero del 2016. KATTIA ALVAREZ AVALOS, JUEZ. (27, 28, 29 ENE)

Page 3: SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO Corte Superior de Justicia de ... Judicial-737076-jud_pun_-_29...Viernes, 29 de enero del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO La República 1 Viernes, 29 de enero

La República 3Viernes, 29 de enero del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

EDICTO JUDICIAL DEL CUARTO JUZGADO DE PAZ

LETRADO PUNO

La Señora Juez del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Puno, Dra. Kattia Alvarez Avalos, con intervención de la Secretaria Judicial Laura Estela Ticona Salazar, en el Proceso Penal N° 1133-2015-02101-JP-PE-04, se ha emitido la resolución N° 01 de fecha veintisiete de octubre del dos mil quince que dispone: CUMPLA la parte agraviada MARIBEL IBEROS RUELAS con constituirse en querellante particular, preci-sando de modo específi co la falta o faltas que se atribuye, individualizando a su presunto autor, autores o participes, - precisando sus nombres correctos-, con indicación de su dirección domiciliaria descrita en croquis de ubicación, exponiendo los hechos denunciados con elementos de prueba en que se funda la imputación, así como funda-mentando la sanción penal a imponerse y el monto de la reparación civil, así como acompañar o señalar medios probatorios que vinculen o acrediten la perpetración de la falta por el imputado, requisitos formales de cumplimien-to obligatorio; y, SEÑALE su domicilio procesal, teléfono, correo electrónico para los actos de notifi cación del impu-tado bajo responsabilidad, con dicho objeto: CONCEDASE plazo de TRES DIAS hábiles, bajo apercibimiento de emitir el auto archivando las actuaciones y tenerse por desistida tácitamente de la denuncia interpuesta. H.S.- Puno, veinte de enero del 2016. KATTIA ALVAREZ AVALOS, JUEZ. (27, 28, 29 ENE)

EDICTO PENAL EXPEDIENTE 1385-2013-50-2111-JR-

PE-03

El señor Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de San Román Juliaca, a cargo del Doctor Milton Huallpa Macedo, por medio de la presente NOTIFICA A; ADRIAN SANCA CALLA, identifi cada con D.N.I 02425406; en el expediente de la referencia 1385-2013-50-2111-JR-PE-03, como presunto del delito Contra EL Patrimonio en su modalidad de Daños en su forma de Daño Agravado en agravio de Francisco Sanca Quispe y otros; con el conte-nido de la resolución N° 04 de fecha treinta de diciembre del dos mil dieciséis, mediante el cual SE PROGRAMA día y hora para la realización de la Audiencia de Juicio Oral el mismo que se llevara a cabo el DÍA VEINTIOCHO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS CUATRO DE LA TARDE, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ en caso de INASISTENCIA A LA AUDIENCIA PROGRAMADA, audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de los Juzgados Unipersonales de Juliaca. Juliaca, 18 de enero del 2016. RAÚL ALCOS CCALLA, ESPECIALISTA DE CAUSAS. (27, 28, 29 ENE)

NOTIFICACION POR EDICTO

Por ante el Primer Juzgado de Familia de San Román - Julia-ca a cargo del señor Juez doctor Youl Riveros Salazar con la actuación de la Secretaria Judicial Zaida Enriquez Montoya, EXP. Nro. 248-2016 seguido por Yaneth Benita Yanqui Hua-man sobre Violencia Familiar se ha ordenado la notifi cación vía edictos de lo siguiente: RESOLUCION Nro. 01 “ Juliaca, veinte de enero del dos mil dieciséis, RESUELVO.- señalar fecha para la audiencia de medida de protección para el día veintinueve de enero del dos mil dieciséis a horas diez y quince de la mañana, DEBIENDO NOTIFICARSE VIA EDIC-TOS a la parte demandado Valerio David Torres Mamani para que asista a la audiencia programada. Juliaca 22 de Enero del 2016. Z. ZAIDA ENRIQUEZ MONTOYA, SECRETA-RIA JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

NOTIFICACION POR EDICTO

Por ante el Primer Juzgado de Familia de San Román - Julia-ca a cargo del señor Juez doctor Youl Riveros Salazar con la actuación de la Secretaria Judicial Zaida Enriquez Montoya, EXP. Nro. 223-2016 seguido por Cyntia Gabi Layme Mamani sobre Violencia Familiar se ha ordenado la notifi cación vía edictos de lo siguiente: RESOLUCION Nro. 01 “ Juliaca, die-cinueve de enero del dos mil dieciséis, RESUELVO.- señalar fecha para la audiencia de medida de protección para el dia veintinueve de enero del dos mil dieciséis a horas nueve y treinta de la mañana, DEBIENDO NOTIFICARSE VIA EDIC-TOS a la parte demandado Hitler Carrizales Payehuanca para que asista a la audiencia programada. Juliaca 22 de Enero del 2016. Z. ZAIDA ENRIQUEZ MONTOYA, SECRETA-RIA JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

NOTIFICACION POR EDICTO

Por ante el Primer Juzgado de Familia de San Román - Julia-ca a cargo del señor Juez doctor Youl Riveras Salazar con la actuación de la Secretaria Judicial Zaida Enriquez Montoya, EXP. Nro. 271-2016 seguido por Karen Milagros Rezza Beni-tes sobre Violencia Familiar se ha ordenado la notifi cación vía edictos de lo siguiente: RESOLUCION Nro. 01 “ Juliaca, veintiuno de enero del dos mil dieciséis, RESUELVO - seña-lar fecha para la audiencia de medida de protección para el dia veintinueve de enero del dos mil dieciséis a horas diez y treinta de la mañana, DEBIENDO NOTIFICARSE VIA EDICTOS a la parte demandado Facunda Mendoza Flores

y Herberth Mendoza Flores para que asista a la audiencia programada. Juliaca 22 de Enero del 2016. Z. ZAIDA ENRI-QUEZ MONTOYA, SECRETARIA JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

NOTIFICACION POR EDICTO

Por ante el Primer Juzgado de Familia de San Román -Julia-ca a cargo del señor Juez doctor Youl Riveras Salazar con la actuación de la Secretaria Judicial Zaida Enriquez Montoya, EXP. Nro. 214- 2016 seguido por Viky Gaby Barragan Hua-man sobre Violencia Familiar se ha ordenado la notifi cación vía edictos de lo siguiente. RESOLUCION Nro. 01 “ Juliaca, diecinueve de enero del dos mil dieciséis, RESUELVO.- seña-lar fecha para la audiencia de medida de protección para el día veintinueve de enero del dos mil dieciséis a horas nue-ve de la mañana, DEBIENDO NOTIFICARSE VIA EDICTOS a la parte demandado Victor Andres Huaquisto Agrota para que asista a la audiencia programada. Juliaca 22 de Enero del 2016. Z. ZAIDA ENRIQUEZ MONTOYA, SECRETARIA JU-DICIAL. (27, 28, 29 ENE)

NOTIFICACION POR EDICTO

Por ante el Primer Juzgado de Familia de San Román -Julia-ca a cargo del señor Juez doctor Youl Riveras Salazar con la actuación de la Secretaria Judicial Zaida Enriquez Montoya, EXP. Nro. 09- 2016 seguido por Yovanna Maquera Cotrado sobre Violencia Familiar se ha ordenado la notifi cación vía edictos de lo siguiente: RESOLUCION Nro. 05 “ Juliaca, veintidós de enero del dos mil dieciséis, RESUELVO.- señalar fecha para la audiencia de medida de protección para el día veintinueve de enero del dos mil dieciséis a horas dos de la tarde con cuarenta minutos, DEBIENDO NOTIFICARSE VIA EDICTOS a la parte demandado Heber Johann Mamani Aguilar para que asista a la audiencia programada. Juliaca 22 de Enero del 2016. Z. ZAIDA ENRIQUEZ MONTOYA, SE-CRETARIA JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

NOTIFICACION POR EDICTO

Por ante el Primer Juzgado de Familia de San Román -Julia-ca a cargo del señor Juez doctor Youl Riveras Salazar con la actuación de la Secretaria Judicial Zaida Enriquez Montoya, EXP. Nro. 87- 2016 seguido por Norma Coaquira Huayta sobre Violencia Familiar se ha ordenado la notifi cación vía edictos de lo siguiente. RESOLUCION Nro. 03 “ Juliaca, veintidós de enero del dos mil dieciséis, RESUELVO.- señalar fecha para la audiencia de medida de protección para el día veintinueve de enero del dos mil dieciséis a horas dos de la tarde con treinta minutos, DEBIENDO NOTIFICARSE VIA EDICTOS a la parte demandado Rolando Mamani Flores para que asista a la audiencia programada. Juliaca 22 de Enero del 2016. Z. ZAIDA ENRIQUEZ MONTOYA, SECRETA-RIA JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

NOTIFICACION POR EDICTO

Por ante el Primer Juzgado de Familia de San Román - Julia-ca a cargo del señor Juez doctor Youl Riveros Salazar con la actuación de la Secretaria Judicial Zaida Enriquez Montoya, EXP. Nro. 2411-2015 seguido por Martina Padilla Pancca sobre Violencia Familiar se ha ordenado la notifi cación vía edictos de lo siguiente, RESOLUCION Nro. 06 “ Juliaca, veintidós de enero del dos mil dieciseis, RESUELVO.- señalar fecha para la audiencia de medida de protección para el día veintinueve de enero del dos mil dieciséis a horas tres de la tarde con diez minutos, DEBIENDO NOTIFICARSE VIA EDIC-TOS a la parte demandado Octavio Huancoillo Mullisaca para que asista a la audiencia programada. Juliaca 22 de Enero del 2016. Z. ZAIDA ENRIQUEZ MONTOYA, SECRETA-RIA JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

NOTIFICACION POR EDICTO

Por ante el Primer Juzgado de Familia de San Román -Julia-ca a carago del señor Juez doctor Youl Riveros Salazar con la actuación de la Secretaria Judicial Zaida Enriquez Montoya, EXP. Nro. 2417-2015 seguido por Comisaria PNP Familia Ju-liaca sobre Violencia Familiar se ha ordenado la notifi cación vía edictos de lo siguiente: RESOLUCION Nro. 08 “ Juliaca, veintidós de enero del dos mil dieciséis, RESUELVO.- seña-lar fecha para la audiencia de medida de protección para el día veintinueve de enero del dos mil dieciséis a horas tres de la tarde, DEBIENDO NOTIFICARSE VIA EDICTOS a la parte demandado Pablo Villalba Machaca para que asista a la audiencia programada. Juliaca 22 de Enero del 2016. Z. ZAIDA ENRIQUEZ MONTOYA, SECRETARIA JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

NOTIFICACION POR EDICTO

Por ante el Primer Juzgado de Familia de San Román - Julia-ca a cargo del señor Juez doctor Youl Riveras Salazar con la actuación de la Secretaria Judicial Zaida Enriquez Montoya, EXP. Nro. 41- 2016 seguido por Yaquelin Huamantuma Za-pata sobre Violencia Familiar se ha ordenado la notifi cación vía edictos de lo siguiente: RESOLUCION Nro. 05 “ Juliaca, veintidós de enero del dos mil dieciséis, RESUELVO.- señalar fecha para la audiencia de medida de protección para el dia veintinueve de enero del dos mil dieciséis a horas dos de la tarde con cuarenta minutos, DEBIENDO NOTIFICARSE VIA

EDICTOS a la parte demandado Cliver Vilca Pari para que asista a la audiencia programada. Juliaca 22 de Enero del 2016. Z. ZAIDA ENRIQUEZ MONTOYA, SECRETARIA JUDI-CIAL. (27, 28, 29 ENE)

NOTIFICACION POR EDICTO

Por ante el Primer Juzgado de Familia de San Román -Julia-ca a cargo del señor Juez doctor Youl Riveros Salazar con la actuación de la Secretaria Judicial Zaida Enriquez Montoya, EXP. Nro. 303- 2016 seguido por Marcelina Sucaticona Ca-naza sobre Violencia Familiar se ha ordenado la notifi cación vía edictos de lo siguiente; RESOLUCION Nro. 01 “ Juliaca, veintidós de enero del dos mil dieciséis, RESUELVO - señalar fecha para la audiencia de medida de protección para el dia veintinueve de enero del dos mil dieciséis a horas doce del medio dia, DEBIENDO NOTIFICARSE VLA EDICTOS a la parte demandado Alejandro Noa Yujra para que asista a la audiencia programada. Juliaca 22 de Enero del 2016. Z. ZAIDA ENRIQUEZ MONTOYA, SECRETARIA JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

NOTIFICACION POR EDICTO

Por ante el Primer Juzgado de Familia de San Román - Julia-ca a cargo del señor Juez doctor Youl Riveros Salazar con la actuación de la Secretaria Judicial Zaida Enriquez Montoya, EXP. Nro. 2473-2015 seguido por Elizabeth Turpo Condori sobre Violencia Familiar se ha ordenado la notifi cación vía edictos de lo siguiente-, RESOLUCION Nro. 05 “ Juliaca, veintidós de enero del dos mil dieciséis, RESUELVO.- señalar fecha para la audiencia de medida de protección para el dia veintinueve de enero del dos mil dieciséis a horas tres de la tarde con veinte minutos, DEBIENDO NOTIFICARSE VIA EDICTOS a la parte demandado William Grover Tico Torres para que asista a la audiencia programada. Juliaca 22 de Enero del 2016. Z. ZAIDA ENRIQUEZ MONTOYA, SECRETA-RIA JUDICIAL. (27, 28, 29 ENE)

EDICTO N° 003-2016-SPL

PROCESO PENAL N°: 00133-2004. SECRETARIO: Jimmy Ro-lando Alata Tito. EL SEÑOR PRESIDENTE SALA PENAL LIQUI-DADORA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO, QUE SUSCRIBE: Cita, llama y emplaza al acusado: Acusado en Libertad: 1.- JOSÉ MARTÍN OBLITAS GONZÁLES A fi n de que esté presente, se ponga a derecho y se defi enda de los cargos formulados en su contra por el señor Representante del Ministerio Público, en la audiencia pública que se reali-zará el día VEINTINUEVE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, bajo apercibimiento de variar su situación jurídica, revocándosele el mandato de comparecencia restringida y dictarse mandato de deten-ción en su contra, en caso de inconcurrencia a la presente citación. Ordenado en el proceso penal de la referencia, seguido contra José Martín Oblitas Gonzáles, por la comi-sión del delito de Peculado, en agravio del Estado Peruano. Puno, 25 de enero de 2016. REYNALDO LUQUE MAMANI, PRESIDENTE SALA PENAL. (28, 29 ENE - 01 FEB)

EDICTO JUDICIAL

En el Expediente No. 01806-2015-23-2101-JR-PE-02, se-guido en contra de ANDRES RIVERA QUISPE, por el Delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión a la Asisten-cia Familiar, en agravio de NILDA CHOQUE PILCO El Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Puno NOTIFICA a ANDRES RIVERA QUISPE, con RESOLUCIÓN Nro. 01-2016 Puno, vein-tiséis de enero del año dos mil dieciséis.- SE RESUELVE, 1) CONVOCAR A JUICIO ORAL y con carácter INAPLAZABLE al acusado ANDRES RIVERA QUISPE, identifi cado con DNI, 01800264, como presunto AUTOR de la comisión del delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en su forma de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, previsto en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio de la menor hija Jhos-selin Milagros Rivera Choque representada por su señora madre NILDA CHOQUE PILCO Audiencia que se realizará el próximo MARTES DIECISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS OCHO CON TREINTA DE LA MAÑANA (08,30am), ubicado en el segundo piso de la sede central de la Corte Superior de Justicia de Puno. i) NOTIFÍQUESE al acusado ANDRES RIVERA QUISPE, bajo apercibimiento en caso de inasistencia injustifi cada de ser declarado ausente y/o contumaz. Así como a su abogado defensor Público LEONCIO CHAMBILLA MANDAMIENTO, II) NOTIFÍQUESE al Representante del Ministerio Público GIULIANA ESTARDA SUCARI, Fiscal Provincial del Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puno,. III) NOTIFÍQUESE a la agraviada menor hija Jhosselin Milagros Rivera Choque representada por su señora madre NILDA CHOQUE PILCO 2) CÍTESE a los siguientes órganos de prueba. Del Ministerio Público, Tes-tigo y/o perito; a).- La declaración de Nilda Choque Pilco. NOTIFÍQUESE a los testigos y peritos mediante cédula, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la fuerza pública, en caso de inconcurrencia injustifi cada; las partes deberán coadyuvar para la notifi cación a sus ór-ganos de prueba, bajo apercibimiento de prescindirse del medio de prueba ofrecido en caso de incumplimiento, ello

de acuerdo con los artículos 164°.3 y 355°.5 del Código Pro-cesal Penal, y los artículos 22° y 24° inciso 1) del Reglamen-to de notifi caciones, citaciones, comunicaciones, aprobado por R.A. 096- 2006-CE-PJ.3) COMUNIQUESE que de haberse admitido documentales, éstas deberán ser incorporadas a través de los órganos de prueba en cuanto corresponda; salvo las excepciones prevista en el artículo 383° del Có-digo Procesal Penal.4) FORMESE EL EXPEDIENTE JUDICIAL en sujeción a lo indicado en el considerando segundo de la presente resolución. Con dicha fi nalidad REQUIERASE a las partes procesales, según corresponda, remitan en el día las documentales admitidas en la etapa intermedia y los que se precisan en el artículo 136°.l del Código Procesal Penal que hayan sido debidamente incorporadas al proceso; y para fi nes formales las declaraciones previas del acusado conforme lo señala el artículo 376°. 1 del Código Procesal Penal. CUMPLIDO SEA, PÓNGASE a disposición de las par-tes procesales por el plazo de CINCO DÍAS hábiles, para sus fi nes consiguientes. 5) FORMESE EL CUADERNO DE DE-BATES, conforme a lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución.6) COMUNIQUESE a las partes procesales, que siendo el juicio oral de carácter inaplazable regirán los alcances del artículo 85°. 1 del Código Procesal Penal; asimismo, las resoluciones que serán dictadas oral-mente se entenderán notifi cadas desde el momento de su pronunciamiento; y que el desarrollo íntegro del juicio oral será registrado en audio. NOTIFÍQUESE.- Puno, 26 de Enero del año 2016. MARCELO H. PASSANO DEL CARPIO, ESPECIALISTA JUDICIAL. (28, 29 ENE - 01 FEB)

EDICTO PENAL

Expediente N° 643-2014-0. Primer Juzgado Penal Uniper-sonal de Puno. Especialista de Causas: Henry Velásquez Enriquez. Se ha dispuesto la Notifi cación por Edicto con la Resolución N° 12, a la accionante VALERIA CRISTINA SOTO PERALTA, cuyo extracto de la parte pertinente, es el siguien-te: “DECLARAR CONSENTIDA la sentencia contenida en la resolución número ocho de fecha veinticinco de julio del año dos mil catorce, que declara infundada la demanda constitucional de habeas corpus interpuesta por Valeria Cristina Soto Peralta, a favor de Henry Mamerto Florián López, en contra de los Funcionarios del INPE que resulten responsables y el señor Procurador Público del Instituto Nacional Penitenciario; En consecuencia ARCHÍVESE defi ni-tivamente la presente causa por ante la Unidad de Custodia de Grabaciones y Expedientes del Módulo Penal. (...)”. Puno, 25 de enero de 2016. HENRY VELÁSQUEZ ENRIQUEZ, ESPE-CIALISTA JUDICIAL. (28, 29 ENE - 01 FEB)

EDICTO JUDICIAL

PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE PUNO, A CARGO DE LA SEÑORA JUEZ NORKA ROSARIO CASTILLO PRADO: Expediente N° 01119-2015-0-2101-JP-PE-01.- Se NOTIFICA a las partes del proceso con la reso-lución N° 03, del 30 de Diciembre de 20115, emitida en el proceso de Faltas contra la persona, donde se ha dispuesto. SE RESUELVE: ARCHIVAR LAS ACTUACIONES en contra de Jorge Alfredo Villalta Aparicio, por Faltas contra la persona en su modalidad de lesiones; en agravio de la menor N. A. V. V.; dejando a salvo el derecho de las partes hacerlos valer con arreglo al ley. ASTERIO FLORES VÁSQUEZ, SECRETARIO JUDICIAL. (28, 29 ENE - 01 FEB)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Puno, que des-pacha la Dra. Norka Rosario Castillo Prado, se tramita el expediente N° 00454-2015-FC, sobre cambio en la forma de prestar alimentos, seguido por Vicentina Coyla Pancca, en contra de Raúl Ordoño Choque, ha recaído la resolu-ción siguientes: SE RESUELVE: 1) REBELDE al demandado RAUL ORDOÑO CHOQUE con los efectos procesales con-siguientes. 2) Conforme su estado SEÑALESE fecha para la realización de la AUDIENCIA UNICA, para el día TREINTA DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS, a horas, NUEVE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, en el Local del Juzgado, con tal fi n notifíquese al demandado Raúl Ordoño Choque, vía edictos judiciales de mayor circulación de la región “La República”, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra y darse por concluido el proceso en caso de inasistencia de ambas. T. R y H. S.- ASTERIO FLORES VÁSQUEZ, SECRETARIO JUDICIAL. (28, 29 ENE - 01 FEB)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE: 2009-019-PE. JUEZ: HECTOR BENITO OLIVERA CUSILAYME SECRETARIO: JAIME EDGAR SANDOVAL ME-DRANO. EL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO Y PENAL LIQUIDADOR LA PROVINCIA DE SAN ANTONIO DE PUTINA. CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO SEVERINO ZAPATA MAMA-NI, A EFECTO DE QUE CONCURRA AL JUZGADO MIXTO Y PENAL LIQUIDADOR LA PROVINCIA DE SAN ANTONIO DE PUTINA, PARA EL ACTO DE LECTURA DE SENTENCIA A REA-LIZARSE EL DÍA NUEVE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIE-CISEIS A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA, EN LA SALA DE AU-DIENCIAS DEL JUZGADO MIXTO Y PENAL LIQUIDADOR DE PUTINA, BAJO APERCIBIMIENTO EN CASO DE INASISTEN-

Page 4: SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO Corte Superior de Justicia de ... Judicial-737076-jud_pun_-_29...Viernes, 29 de enero del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO La República 1 Viernes, 29 de enero

La República4 Viernes, 29 de enero del 2016SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

CIA DE LEERSE SENTENCIA EN PRESENCIA DEL DEFENSOR PUBLICO Y EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO; SEGUIDO EN CONTRA DE SEVERINO ZAPATA MAMANI POR EL DELITO CONTRA LA LIBERTAD, EN SU MODALIDAD DE VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, EN SU FORMA DE VIOLACIÓN SEXUAL, PREVISTO Y PENADO EN EL ARTÍCU-LO 170° INCISO 1) DEL SEGUNDO PÁRRAFO DEL CÓDIGO PENAL Y COMO TIPO BASE EL ARTICULO 170 PRIMER PÁ-RRAFO DEL CÓDIGO PENAL MODIFICADO 1 DE LA LEY N° 28704 PUBLICADA EL 05 DE ABRIL DEL 2006 EN AGRAVIO DE REYNA MARIA LAYME GIL. PUTINA, 21 DE ENERO DEL 2016. JAIME EDGAR SANDOVAL MEDRANO, SECRETARIO JUDICIAL. (28, 29 ENE - 01 FEB)

EDICTO JUDICIAL

El señor Juez del TERCER JUZGADO PENAL DE INVESTI-GACION PREPARATORIA de la Provincia de San Román - Juliaca, Dr. IVAN VICTOR ARIAS CALVO, por medio del pre-sente NOTIFICA A: RUBEN CHOQUECHAMBI APAZA; con el contenido de la resolución número 04, que DISPONE: PRIMERO.- Declarar INFUNDADA la solicitud de Revoca-toria de Ejecución de Sentencia. SEGUNDO.- AMONESTAR al sentenciado Rubén Choquechambi Apaza, a que en el plazo de treinta días cumpla con pagar el monto de la re-paración civil, proporcional al plazo de la pena impuesta, bajo apercibimiento en caso de no realizarlo, la parte tiene el derecho expedito para solicitar la revocatoria de pena suspendida y hacerla efectiva, ello en el expediente penal N° 930-2013-50-2111-JR-PE-03, seguido en contra Rubén Choquechambi Apaza, por el delito de lesiones graves, en agravio de Elias Yapu Ticona. Asistente Jurisdiccional: XIANETH YESENIA VILA GALLARDO. Juliaca, 18 de enero de 2016. XIANETH YESENIA VILA GALLARDO, ASISTENTE JURISDICCIONAL. (28, 29 ENE - 01 FEB)

EDICTO DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN

PREPARATORIA

EL SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO PENAL DE INVESTI-GACIÓN PREPARATORIDE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA, a cargo del Doctor IVAN VICTOR ARIAS CALVO, ha dispuesto, en el expediente 00317- 2015,se notifi que mediante el presente la resolución número uno, que RE-QUIERE al imputado FAUSTIN QUISPE LEON a efectos de que en el término de CUARENTA Y OCHO HORAS de Notifi -cado, cumpla con señalar su domicilio procesal y DESIGNE un Abogado de libre elección bajo apercibimiento de de-signarle un Abogado Defensor Público, para que asuma la defensa técnica del referido imputado, con quien se llevara a cabo el trámite de la etapa intermedia..Asistente Judicial Margarita Paredes Pamo. Juliaca, 21 de enero de 2016. MARGARITA PAREDES PAMO, ASISTENTE JURISDICCIONAL. (28, 29 ENE - 01 FEB)

EDICTO DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN

PREPARATORIA

EL SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO PENAL DE INVESTI-GACIÓN PREPARATORIDE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA, a cargo del Doctor IVAN VICTOR ARIAS CALVO, en el expediente 1649-2015, Ha dispuesto notifi car me-diante el presente la resolución número uno, que solicita Requerir la Declaratoria de Ausente formulado por el Fiscal Provincial Penal Corporativo de San Román, en contra de CECILIO FERNANDO PALACIOS, por la comisión del delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de sus me-nores JEPM, representado por su madre Ricardina Mamani Flores, que mediante sentencia ordena que acuda a su menos hijo JRPM , en forma mensual y por adelantada de S/140.00 (ciento cuarenta con 00/100 nuevos ) a favor de su menor hijo y por alimentos devengados por la suma de S/ 5,055.50 ( cinco mil cincuenta y cinco con 50/100 nuevos soles, que el imputado pese a efectuarse las notifi caciones, no se ha apersonado al despacho fi scal y jurisdiccional por lo que solicita se declare REO AUSENTE,; CITANDOSE para la AUDIENCIA DE REO AUSENTE para el día DIECISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DIEZ DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (10.30 a.m.), hora exacta, audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de San Román ubicado en la Plaza Zarumilla s/n, local del Poder Judicial...Asimismo notifi car al imputa-do CECILIO FERNANDO PALACIOS, en su domicilio real se-ñalado por el represente del Ministerio Publico., Asistente Judicial Margarita Paredes Pamo. Juliaca, 25 de enero de 2016. MARGARITA PAREDES PAMO, ASISTENTE JURISDIC-CIONAL. (28, 29 ENE - 01 FEB)

EDICTO DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN

PREPARATORIA

EL SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVES-TIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SAN RO-MÁN - JULIACA, a cargo de la Doctora; YESSICA CONDORI CHATA: A DISPUESTO en el expediente 2118-2015 notifi car la resolución número tres y cuatro al imputado EDWIN JA-LLURANA AÑAMURO con la ... revisión de autos y al estado del proceso y teniendo en cuenta que el acusado ha sido notifi cado con la resolución número uno, sin que haya

cumplido con designar abogado defensor de su elección, corresponde hacerse efectivo el apercibimiento de la reso-lución citada. Por lo que se Dispone: designar un abogado Defensor Público al acusado para que lo asista en la presen-te causa, a tal efecto se cúrsese el ofi cio correspondiente a la Defensoría Pública de esta ciudad, haciéndose saber que las notifi caciones serán comunicadas en el domicilio pro-cesal del abogado defensor público en Consecuencia: CÓ-RRASE TRASLADO del Requerimiento de Acusación Directa por el plazo de diez días útiles a las demás partes procesa-les diferentes al Ministerio Público para que puedan actuar conforme lo dispuesto por el artículo 350° del Código Procesal Pena, la Fiscal Provincial Penal de la Segunda Fis-calía Provincial Penal del Segundo Despacho de Decisión Temprana ha formulado acusación directa en contra de EDWIN JALLURANA AÑAMURO, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de su menor BCRJA, repre-sentada por Ayde Maritza Apaza Apaza, solicitando un año de pena privativa de la libertad efectiva , pago de la repara-ción civil trescientos nuevos soles , a favor del menor, y por pensión devengada : el monto de S/ 14,209.60( catorce mil doscientos nueve con 60/ 100 nuevos soles y la resolución numero cuatro que PROGRÁMA la Audiencia Preliminar de Control de Acusación para el día TREINTA Y UNO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (10:30 am.) hora exacta; audiencia a llevarse a cabo en el Salón de Audiencias del Módulo Penal de San Román ubicado en el local del Po-der Judicial - sede Juliaca (Plaza Zarumila s/n). ... Asume Jurisdicción la Magistrada que suscribe por disposición superior, asistida por la Asistenta Judicial Margarita Paredes Pamo. Juliaca, 06 de enero del 2016. MARGARITA PAREDES PAMO, ASISTENTE JURISDICCIONAL. (28, 29 ENE - 01 FEB)

EDICTO DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION

PREPARATORIA

EL SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTI-GACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA, a cargo de la Doctora; YESSICA CONDORI CHATA: ha dispuesto SE NOTIFIQUE resolución número CINCO del EXPEDEINTE 1684-2016 ....A la revisión de autos y al estado del proceso y teniendo en cuenta que el acusado ha sido notifi cado con la resolución número uno, sin que haya cumplido con designar abogado defensor de su elección, corresponde hacerse efectivo el apercibimiento de la reso-lución citada. Por lo que se Dispone: designar un abogado Defensor Público al acusado para que lo asista en la presen-te causa, a tal efecto se cúrsese el ofi cio correspondiente a la Defensoría Pública de esta ciudad, haciéndose saber que las notifi caciones serán comunicadas en el domicilio procesal del abogado defensor público en Consecuencia: CÓRRASE TRASLADO del Requerimiento de Acusación Directa por el plazo de diez días útiles a las demás partes procesales diferentes al Ministerio Público para que pue-dan actuar conforme lo dispuesto por el artículo 350° del Código Procesal Penal. El Fiscal Provincial del Primer Despa-cho de Decisión Temprana ha Formulado Acusación contra el imputado YHON DAVID TURPO MENDO, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de su menor hijo representado por Salome Irene Jihuallanca, que mediante proceso Sentencia Civil- 2014 se dispuso que el obligado acuda con una pensión alimentaria mensual y adelantada por la suma de S/ 200.00 nuevos soles existiendo alimentos devengados por el monto de DOS MIL OCHOCIENTOS DIE-CIOCHO con 51/100 nuevos soles (S/ 2,818.51) pese estar notifi cado no ha cumplido con lo ordenado en el juzgado...solicitando el señor Fiscal Un Año Privativa de la Libertad, Monto de la reparación civil de trescientos con 00 /100 nue-vos soles .. PROGRÁMESE fecha y hora para la realización de la Audiencia Preliminar de Control de Acusación para el día TREINTA DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA (12:00 am.) hora exacta; audiencia a llevarse a cabo en el Salón de Audiencias del Módulo Penal de San Román ubicado en el local del Poder Judicial - sede Juliaca (Plaza Zarumila sin)... en el Salón de Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoriana Sala de au-diencia Bajo apercibimiento, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable, en caso de inconcurrencia del re-presentante del Ministerio Público, de remitirse copias a su Órgano de Control Interno, en caso de inconcurrencia del Abogado Defensor Público de ponerse en conocimiento de su coordinador para los fi nes disciplinarios que corres-ponden. Asistenta Judicial Margarita Paredes Pamo. Juliaca, 25 de enero del 2016. MARGARITA PAREDES PAMO, ASIS-TENTE JURISDICCIONAL. (28, 29 ENE - 01 FEB)

EDICTO DEL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN

PREPARATORIA

El Señor Juez del CUARTO JUZGADO PENAL DE INVESTIGA-CIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA, a cargo del Doctor WALTER PAREDES LIPA, en el expediente 1900-2015; mediante la resolución número tres del presente año: Que el acusado ELIAS JULIAN MAMANI ARQUE ha sido notifi cado con la resolución número uno, sin que haya cumplido con designar abogado defensor de

su elección, corresponde hacerse efectivo el apercibimien-to de la resolución citada. Por lo que se Dispone: designar un abogado Defensor Público al acusado para que lo asista en la presente causa, a tal efecto se cúrsese el ofi cio correspondiente a la Defensoría Pública de esta ciudad, ha-ciéndose saber que las notifi caciones serán comunicadas en el domicilio procesal del abogado defensor público en Consecuencia: CÓRRASE TRASLADO del Requerimiento de Acusación Directa por el plazo de diez días útiles a las de-más partes procesales diferentes al Ministerio Público para que puedan actuar conforme lo dispuesto por el artículo 350° del Código Procesal Penal El Fiscal Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa, acusa ELIAS JULIAN MAMANI ARQUE, por el delito Conducción en Esta-do de Ebriedad en agravio de la Sociedad solicitando una pena de un año , pago de Reparación Civil la suma de MIL NUEVOS SOLES CON 00/100 (si 1,000.00) PROGRÁMESE fecha y hora para la realización de la Audiencia Preliminar de Control de Acusación para el día VEINTIUNO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑA-NA (10:00 am.) hora exacta; audiencia a llevarse a cabo en el Salón de Audiencias del Módulo Penal de San Román ubicado en el local del Poder Judicial - sede Juliaca (Plaza Zarumila s/n).... Asistente Judicial Margarita Paredes Pamo. Juliaca, 25 de enero 2015. MARGARITA PAREDES PAMO, ASISTENTE JURISDICCIONAL. (28, 29 ENE - 01 FEB)

EDICTO JUDICIAL

El señor Juez del PRIMER JUZGADO PENAL UNIPÉRSONAL de la Sede Judicial de San Román, Dra. CARMEN MAMANI NUÑEZ, por medio del presente NOTIFICA A: RICHARD CCORI ZUÑIGA; con la fi nalidad de que asista a la audiencia de juicio oral programado para el día 7 de marzo del 2016 a horas 8:45 am a llevarse a cabo en las instalaciones del Modulo penal de Juliaca, ello ordenado en el proceso No. 2702-2015-0-2111-JR-PE-03, seguido en contra de Richard Ccori Zuñiga, por la presunta comisión del Delito de Con-ducción en estado de ebriedad en agravio de la sociedad. Asistente Jurisdiccional: Juan Pablo Guerra Cornejo. Juliaca, 25 de enero de 2016. JUAN PABLO GUERRA CORNEJO, ES-PECIALISTA DE CAUSAS. (28, 29 ENE - 01 FEB)

NOTIFICACION POR EDICTO

Expediente N° 0877-2013-68-2111-JR-PE-01 (Cuaderno de Debates).- El juzgado penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, a cargo de los magistrados Rubén Gó-mez Aquino (DD), Víctor Alberto Paredes Mestas y Richard Condori Chambi, por medio de la presente se NOTIFICA a los acusados: JORGE HERMES ARUHUANCA CATACORA Y KARIM ISRAEL SARABIA PALZA, (todo ello con la medida de comparecencia simple), como autor por la presunta comi-sión del Delito de RECEPTACION ADUANERA AGRAVADA, en agravio del ESTADO PERUANO - SUNAT - ADUANAS.; Para la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO ORAL a realizarse en fecha SIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Establecimiento Penitenciario Ex Penal “La Capilla” de la provincia de San Román - Juliaca BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ y disponerse su cap-tura a nivel nacional, en caso de inasistencia. Sin perjuicio de notifi carse por edictos si el caso lo amerita. Juliaca, 25 de enero del 2016. FLAVIO CALSINA CHOQUE, ASISTENTE JURISDICCIONAL. (28, 29 ENE - 01 FEB)

EXPEDIENTE N° 0957-2014-31-2111-JR-PE-01,

(CUADERNO DE DEBATE)

El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de San Román - Juliaca, a cargo del señor Magistrado Milton Huallpa Macedo, por medio de la presente NOTIFICA a la acusada GUILLERMO LAYME CAHUA, por el delito Contra LA Familia en su modalidad de Omisión de Asistencia Fa-miliar en su forma de Incumplimiento de Obligación Ali-mentaria, previsto en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal; en agravio de la menor Nery Lisbeth Layme Quispe, la misma que se realizará en AUDIENCIA PÚBLICA É INAPLAZABLE en fecha SIETE DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA CON TREINTA MINUTOS, en la sala de audiencias del Módulo Penal de la Provincia de San Román - Juliaca, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ O AUSENTE y disponerse su captura a nivel nacional en caso de inasistencia. GUISE-LA SOFIA ZEVALLOS VALDEZ, ASISTENTE JURISDICCIONAL. (28, 29 ENE - 01 FEB)

EDICTO

POR ANTE EL PRIMER JUZGADO MIXTO DE LA PROVIN-CIA DE YUNGUYO QUE DESPACHA EL. SEÑOR JUEZ JUAN MANUEL FLORES SANCHEZ ASISTIDO DEL ESPECIALISTA LEGAL CESAR CESPEDES GOMEZ, se tramita el EXPEDIENTE 48-2015-2013-JM-CI-01. ESTRACTO: RESOLUCION N° 02 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de DIVORCIO POR LA CAUSAL DE SEPARACIÓN DE HECHO de los cón-yuges por mas de DOS AÑOS, incoada por GUMERSINDO ROMERO CHALCO; en contra de MARTHA QUENALLATA OCHOCHOQUE, y el representante del MINISTERIO PÚBLI-

CO; en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO; en con-secuencia CÓRRASE TRASLADO de la demanda, anexos y escrito de subsanación, a los demandados indicados precedentemente por el plazo de TREINTA DÍAS a fi n de que absuelvan, bajo apercibimiento de declarárseles RE-BELDES. RESOLUCION N° 05 - INTEGRACIÓN; SE RESUELVE: INTEGRAR en la parte resolutiva de la Resolución N° 02, el punto 2) PUBLÍQUESE por tres días hábiles los edictos en el diario ofi cial “El Peruano” y “La República”; cumplido que sea: AGREGUESE al expediente las publicaciones efectua-das, las que deberán efectuarse por la parte demandante; SOBRECARTÁNDOSE en lo demás que contiene dicha resolución. Especialista Legal Cesar Céspedes Gómez. CE-SAR CÉSPEDES GÓMEZ, SECRETARIO JUDICIAL. (29 ENE) B/ 029-000 S/ 0.00

EDICTO N° 004-2016

PROCESO PENAL N°: 02614- 2003. ESPECIALISTA JUDICIAL: Jimmy Rolando Alata Tito. EL SEÑOR PRESIDENTE DE LA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN SALA PENAL LIQUIDADORA DE LA PROVINCIA DE PUNO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO, QUE SUSCRIBE: Cita, llama y emplaza a los acusados: Acusados en libertad: 1.- DAVID ANIBAL JIMENEZ SARDON 2.- MARCOS EMILIO CAS-TRO SUERO 3.- JOSE ALBERTO TEJADA VILLEGAS 4.- JOSE CARLOS PEREZ ALVAREZ 5.- AUGUSTO RICHARD GARCIA BERNAL. A fi n de que estén presentes, se pongan a derecho y se defi endan de los cargos formulados en su contra por el señor Representante del Ministerio Público, en la audiencia pública que se realizará el día DIECISIETE DE MARZO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en el salón de audiencias de la Sala Penal de Apelaciones en adi-ción Sala Penal Liquidadora de Puno, bajo apercibimiento de ser declarados contumaz y ordenar su captura en caso de inconcurrencia injustifi cada. Ordenado en el Proceso Pe-nal de la referencia, seguido contra los acusados David Aní-bal Jiménez Sardón y otros, por delito de Colusión desleal y otros, en agravio del Estado Peruano - Gobierno Regional de Puno. Puno, 27 de enero de 2016. REYNALDO LUQUE MAMANI, PRESIDENTE SALA PENAL. (29 ENE)

EDICTO

En el expediente N° 446-2015-86-2101-JR-PE-02 seguida contra Mario Jerry Tommy Cueva Correa, por delito de uso de documento público falso, en agravio del Gobierno Re-gional de Puno, se NOTIFICA la resolución N° 5 al acusado MARIO JERRY TOMMY CUEVA CORREA, a fi n que asista a la audiencia de control de acusación programada para el 29 de marzo del 2016 a horas 9:30 a.m., en el salón de audien-cias N° 2 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubicado en la Plaza de Armas (jirón Puno N° 459), asimismo, tome co-nocimiento del presente y cumpla con designar abogado de libre elección en el plazo de 24 horas, bajo apercibimien-to en caso de no hacerlo de llevarse la siguiente sesión con el Defensor Público presente Dr. Javier Florentino Quispe Silva. Puno, 26 de enero del 2016. RAMÓN CASA PARI, ES-PECIALISTA DE CAUSAS. (29 ENE)

EDICTO

En el expediente N° 982-2015-15-2101-JR-PE-02 seguida contra Pablo Sarmiento Reyes y otro, por el delito de false-dad genérica, en agravio del Estado Peruano, se NOTIFICA la resolución N° 4 al acusado PABLO SARMIENTO REYES, a fi n que asista a la continuación de la audiencia de control de acusación programada para el 29 de marzo del 2016 a horas 10:00 a.m., en el salón de audiencias N° 2 de los Juz-gados de Investigación Preparatoria de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubicado en la Plaza de Armas (jirón Puno N° 359), asimismo, cumpla en el plazo de 24 horas con designar abogado de libre elección, bajo aper-cibimiento en caso de no hacerlo de designarse abogado de la defensa Pública, la cual recaerá en el Defensor Publico que se encuentra presente Dr. Felipe Iruri Davila. Puno, 26 de enero del 2016. RAMÓN CASA PARI, ESPECIALISTA DE CAUSAS. (29 ENE)

EDICTO

En el expediente N° 1881-2010-98-2101-JR-PE-02 seguida contra Nestor David Cayo Mamani y otros, por delito de receptación aduanera y otro, en agravio del Estado Pe-ruano, se NOTIFICA al acusado PEDRO EDWIN GUTIERREZ MOLLOCONDO, a fi n que asista a la audiencia de control de acusación programada para el 31 de marzo de 2016 a horas 11:30 a.m., en el salón de audiencias N° 2 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Puno de la Corte Superior de Justicia de Puno, ubicado en la Plaza de Armas (jirón Puno N° 459). Puno, 27 de enero de 2016. RAMÓN CASA PARI, ESPECIALISTA DE CAUSAS. (29 ENE)

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La República 5Viernes, 29 de enero del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

PUNO.

RECAUDACIÓN JUDICIAL Y SECRETARÍA DE MULTASCONTROL E INCREMENTO DE LA RECAUDACIÓN JUDICIAL

META: 52 VISITAS

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1 SANTA ROSA - MELGAR 15/03/16 15/03/16 Juzgado de Paz Letrado X

2 Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y penal Liquidador X

3 Juzgado de Paz Letrado y de Invest. Preparatoria X

4 ANANEA 11/04/16 11/04/16 Juzgado de Paz Letrado X

5 CHUPA-AZÁNGARO 19/04/16 19/04/16 Juzgado de Paz Letrado X

6 PUNO 21/04/16 21/04/16 Segundo Juzgado de Paz Letrado X

7 SAN ROMÁN - JULIACA 26/04/16 26/04/16 Primer Juzgado de Familia X

8 SAN ROMÁN - JULIACA 28/04/16 28/04/16 Segundo Juzgado de Familia X

9 PUNO 5/05/16 5/05/16 Tercer Juzgado de Paz Letrado X

10 PUNO 10/05/16 10/05/16 Cuarto Juzgado de Paz Letrado X

11 SAN ROMÁN - JULIACA 17/05/16 17/05/16 Quinto Juzgado de Paz Letrado X

12 Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y penal Liquidador X

13 Juzgado de Paz Letrado y de Invest. Preparatoria X

14 SAN ANTÓN - AZÁNGARO Juzgado de Paz Letrado X

15 PUNO 2/06/16 2/06/16 Primer Juzgado de Familia X

16 PUNO 7/06/16 7/06/16 Segundo Juzgado de Familia X

17 ACORA 9/06/16 9/06/16 Juzgado de paz Letrado e Invest. Preparatoria X

18 PUNO 14/06/16 14/06/16 Juzgado Especializado en lo Civil X

19 Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y penal Liquidador X

20 Juzgado de Investigación Preparatoria X

21 Juzgado de Paz Letrado X

22 PUNO 28/06/16 28/06/16 Primer Juzgado Civil X

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23 Juzgado Mixto y Penal Unipersonal X

24 Juzgado de Paz Letrado e Invet. Preparatoria X

25 Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Penal Liquidador X

26 Juzgado de Paz Letrado e Invet. Preparatoria X

27 Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Penal Liquidador X

28 Juzgado Penal de Investigación Preparatoria X

29 ILAVE 21/07/16 21/07/16 Juzgado de Paz Letrado X

30 Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Penal Liquidador X

31 Juzgado de Paz Letrado e Invest. Preparatoria X

32 Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Penal Liquidador X

33 Juzgado de Paz Letrado e Invet. Preparatoria X

34 Segundo Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Liquid. X

35 Juzgado de Paz Letrado e Invest. Preparatoria X

36 SAN ROMÁN - JULIACA 18/08/16 18/08/16 Primer Juzgado Civil X

37 Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Penal Liquidador X

38 Primer Juzgado de Paz Letrado X

39 Primer Juzgado Mixto y Liquidador X

40 Segundo Juzgado Mixto y Liquidador X

41 Juzgado Penal Unipersonal X

42 Juzgado de Investigación Preparatoria X

43 Juzgado de Paz Letrado X

44 13/09/16 13/09/16 Primer Juzgado de Paz Letrado X

45 15/09/15 15/09/16 Segundo Juzgado de Paz Letrado X

46 20/09/16 20/09/16 Tercer Juzgado de Paz letrado X

47 22/09/16 22/09/16 Cuarto Juzgado de Paz Letrado X

48 Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Penal Liquidador X

49 Juzgado de Paz Letrado e Invest. Preparatoria X

50 PUNO 4/10/16 4/10/16 Primer Juzgado de Paz Letrado X

51 SAN ROMÁN - JULIACA 6/10/16 6/10/16 Segundo Juzgado Civil X

52 PUNO 11/10/16 11/10/16 Segundo Juzgado Civil X

MELGAR - AYAVIRI 24/08/16

AZÁNGARO 6/09/16 7/09/16

SAN ROMÁN - JULIACA

YUNGUYO 27/09/16 27/09/16

HUANCANÉ 21/06/16 22/06/16

BASE LEGAL: R.A. N° 431-2010-CE-PJ/DIRECTIVA N°009-2010-CE-PJ

5/07/16 5/07/16

CRONOGRAMA DE VISITAS ADMINISTRATIVAS PARA EL 2016

Meses

ÓRGANO JURISDICCIONAL

Meses

FECHA DE

INICIO

SANDIA 28/03/16

CARABAYA24/05/16

N° PROVINCIAFECHA DE

INICIO

ILAVE 19/07/16

12/07/16

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO

CRONOGRAMA DE VISITAS ADMINISTRATIVAS PARA EL 2016

ÓRGANO JURISDICCIONALFECHA DE

TÉRMINOPROVINCIA

29/03/16

23/05/16

24/08/16

SAN ANTONIO DE PUTINA 2/08/16 2/08/16

DESAGUADERO

DISTRITO JUDICIAL:

AREA DE CONTROL:

RESPONSABLES:

OBJETIVO:

PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION.

16/08/16

12/07/16LAMPA

FECHA DE

TÉRMINO

19/07/16

JULI 26/07/16 26/07/16

MOHO

16/08/16

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La República6 Viernes, 29 de enero del 2016SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

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La República 7Viernes, 29 de enero del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

COMUNICADO

La Corte Superior de Justicia de Puno pone en conocimiento de los usuarios de la Administración de Justicia y ciudadanía en general lo siguiente: PRIMERO.- En cumplimiento a lo establecido en la Resolución Administrativa 356-2015-CE-PJ, del 15 de diciembre del 2015, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se ha regulado las vacaciones para el presente año judicial para lo cual la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno ha programado el Período Vacacional de los Magistrados, personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial comprendido entre el 01 de Febrero al 01 de Marzo del presente año, el mismo que se hace efectivo en el Distrito Judicial de Puno, mediante la Resolución Administrativa N°044-2016-P-CSJPU/PJ de fecha 21 de enero del 2016. SEGUNDO.- Por tal motivo se ha designado el funcionamiento de Órganos Jurisdiccionales de emergencia, que atenderán durante el Periodo Vacacional en el Distrito Judicial de Puno, lo mismos que estarán conformados de la siguiente manera: SALA MIXTA ÚNICA DE EMERGENCIA CON SEDE EN PUNO

PRESIDENTE : Dr. DIEGO SALINAS MENDOZA Primer Juez Superior : Dr. JUAN LEOPOLDO GIL LAYME Segundo Juez Superior : Dr. JUAN LUIS MENDOZA GUZMÁN La presente Sala, por el mes de vacaciones, adicionalmente a sus labores alternarán las causas que correspondan a las Sala Penal Liquidadores, de Apelaciones y Salas Civiles de las Provincias de Puno, Huancané y San Román. JUZGADOS PENALES DE EMERGENCIA

Durante el Periodo vacacional del Año Judicial 2016, funcionaran y se conformarán los siguientes Juzgados Penales Colegiados de Emergencia:

- Juzgado Penal Colegiado de Emergencia, con sede en la Provincia de Puno, Distrito de Puno; el cual estará integrado por los Juzgados Penales Unipersonales de Emergencia de las sedes de las Provincias de Puno y Chucuito - Juli.

- Juzgado Penal Colegiado de Emergencia, con sede en la Provincia de San Román, Distrito de Juliaca; el cual estará integrado por

los Juzgados Penales Unipersonales de Emergencia de las sedes de las Provincias de San Román, Azángaro y Huancané.

PROVINCIA DE PUNO

Juzgados con sede en la provincia de Puno, distrito de Puno; con competencia en la provincia de Puno y distrito de Acora

- Juzgado Mixto y de Familia de Emergencia

Juez: Dr. HUANCA YAMPARA, Ángel Gumercindo

- Juzgado Penal Unipersonal y Penal Liquidador de Emergencia

Juez: Dr. ROMERO VALERO, Hugo Cesar

- Juzgado de Investigación Preparatoria de Emergencia

Juez: Dr. JAUREGUI MERCADO, Edson Augusto

- Juzgado de Paz Letrado de Emergencia

Juez: Dra. RAMOS CHAHUARES, Kelly Yesenia

PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA

Juzgados con Sede en la Provincia de San Román, Distrito de Juliaca; con competencia en las Provincias de San Román y Lampa.

- Juzgado Mixto y Familia de Emergencia.

Juez: Dr. QUISPE VARGAS, Edwin Hugo

PODER JUDICIAL Corte Superior de Justicia de Puno

Page 8: SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO Corte Superior de Justicia de ... Judicial-737076-jud_pun_-_29...Viernes, 29 de enero del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO La República 1 Viernes, 29 de enero

La República8 Viernes, 29 de enero del 2016SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

- Juzgado Penal Unipersonal y Penal Liquidador de Emergencia

Juez: Dr. HUALLPA MACEDO, Milton

- Juzgado de Investigación Preparatoria de Emergencia

Juez: Dr. PERALTA CORNELIO, Adolfo Edgar

- Primer Juzgado de Paz Letrado

Juez: Dr. HUAMAN ROMERO, Gonzalo Víctor

PROVINCIA DE CHUCUITO - JULI

Juzgados con Sede en la Provincia de Chucuito, distrito de Juli; con competencia en la Provincia de Chucuito y Distrito de Desaguadero, El Collao Ilave y la Provincia de Yunguyo.

- Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Penal Liquidador de Emergencia

Juez: Dr. QUISPE LAUREANO, Ariel Antonio.

- Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Emergencia Juez: DR. FERREYROS CALIZAYA, Ronald Lyonel

PROVINCIA DE AZANGARO

Juzgados con Sede en la Provincia de Azángaro, Distrito de Azángaro; con competencia en las Provincias de Azángaro, los distritos de San Antón y Chupa, Provincia de Carabaya, Provincia de Melgar y Distrito de Ayaviri y Santa Rosa.

- Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Penal Liquidador de Emergencia

Juez: Dr. FLORES CHAMBILLA, Hilarión

- Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Emergencia

Juez: Dr. PAREDES JAEN, Wilber

PROVINCIA DE HUANCANÉ

Juzgados con Sede en la Provincia de Huancané, Distrito de Huancané; con competencia en las Provincias de Huancané y San Pedro de Moho, Sandia, Ananéa y San Antonio de Putina.

- Juzgado Mixto, Penal Unipersonal y Penal Liquidador de Emergencia

Juez: Dra. LINO TALAVERA, Mary Sandra

- Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Emergencia

Juez: Dr. ALE POLAR, Raúl LA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA (ODECMA).- En adición a sus funciones, estará a cargo del señor Juez Superior Titular Dr. Diego Salinas Mendoza.

TERCERO .- Durante el mes de vacaciones funcionarán órganos jurisdiccionales de emergencia, designados por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del País, los cuales seguirán conociendo y tramitando los procesos a su cargo y atenderán exclusivamente las siguientes materias de los órganos jurisdiccionales que saldrán de vacaciones: a) Penal: Habeas Corpus, calificación de denuncias con detenidos, trámite de libertades, apelación de mandato de detención, trámite de procesos con reos en cárcel, homonimias y rehabilitaciones; b) Civil: Acciones de Garantías y medidas cautelares fuera de proceso; c) Familia: Consignaciones de alimentos, autorización de viaje de menores, violencia familiar, tutela de menores en abandono y menores infractores; así como medidas cautelares de régimen provisional de visitas, anotación de demanda, visitas reguladas por el Equipo Multidisciplinario y ampliación de régimen de visitas, entrega de menores en forma de ejecución anticipada, tenencia provisional; procesos sobre interdicción civil tramitados ante los Juzgados de Familia en materia tutelar y en las Salas Superiores; d) Laboral: Consignaciones laborales; e) Así como todas aquellas

solicitudes que los Jueces de acuerdo a su facultad discrecional consideren de urgente atención, en materia Contencioso Administrativo, Constitucional y Previsional u otras que estimen conveniente. CUARTO.- Además de los Órganos Jurisdiccionales de emergencia que funcionarán en el período vacacional, la Presidencia y las Oficinas Administrativas, atenderán al público en forma regular.

Puno, enero de 2016

OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO

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La República 9Viernes, 29 de enero del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

SINDICATO DE TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL

BASE PUNO.

REGLAMENTO DE ELECCIONES GENERALES DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL -BASE PUNO, PARA EL PERIODO ENERO 2016 A DICIEMBRE 2016

DISPOSICIONES GENERALES:

ARTÍCULO 01.- Las elecciones son conducidas por el Comité Electoral sindical elegido en votación democrática en la Asamblea General Ordinaria de fecha 30 de octubre del 2015.

El Comité Electoral es el órgano responsable de la organización, dirección y control del proceso electoral para la renovación de la Junta directiva del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL BASE PUNO, SUTRAPOJ – PUNO

ARTICULO 02.- El Comité Electoral tiene por finalidad garantizar en los términos del presente reglamente la transparencia y objetividad del proceso electoral, regido con el principio de igualdad.

DEL COMITÉ ELECTORAL:

ARTÍCULO 03.- Son atribuciones del Comité Electoral Sindical:

a. Convocar a elecciones generales de dirigentes sindicales de nuestra organización sindical para el periodo Enero del 2016 a Diciembre del 2016, que serán elegidos conforme lo establece los estatutos del Sindicato, así como las normas y los principios generales del derecho según corresponda;

b. Recepcionar las listas y verificar que los candidatos inscritos cumplan los requisitos que el Estatuto de nuestro Sindicato establece para postular a los nueve cargos de la Junta Directiva.

c. Organizar, dirigir, verificar y controlar el proceso electoral y el escrutinio, así como proclamar a los candidatos ganadores;

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d. Resolver las tachas y/o cualquier situación y/o controversia que se presente durante el proceso electoral. Sus acuerdos se adoptaran por mayoría;

e. Proclamar la nueva Junta Directiva elegida y emitir las respectivas credenciales;

f. Suscribir el acta del Comité Electoral sindical con todos sus actuados, debidamente firmados por sus miembros y entregándosela a la Junta Directiva Saliente, para que esta a su vez la presente ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del empleo de acuerdo a ley.

ARTÍCULO 04.- Las resoluciones que expida el Comité Electoral Sindical, del Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial Base Puno son inapelables, salvo que resulten contrarias al presente reglamento, en cuyo caso será resuelto por el Comité Electoral.

DE LOS ELECTORES:

ARTICULO 05.- Son electores cada uno de los trabajadores jurisdiccionales y administrativos de la Corte Superior de Justicia de Puno que se encuentren debidamente sindicalizados, sin distinción alguna.

ARTÍCULO 06.- El sufragio es de carácter OBLIGATORIO, para todos los trabajadores afiliados a la organización gremial. Sólo serán exceptuados los afiliados que se encuentren con Descanso médico, Hospitalizados, Vacaciones o personal en comisión de trabajo debidamente acreditado.

Los afiliados que no cumplan con la obligación de sufragio serán sancionados con una multa ascendiente a TREINTA CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30.00). Descontable por planilla en el siguiente mes de la citada elección

ARTÍCULO 07.- La Secretaría General de la Junta Directiva saliente deberá hacer entrega del padrón de miembros del Sindicato a la Presidencia del Comité Electoral a más tardar 48 HORAS antes de la convocatoria a la fecha de la elección. No se aceptará nuevo padrón electoral el día de las elecciones.

DE LA INSCRIPCIÓN DE LAS LISTAS:

ARTÍCULO 08.- La lista o listas de candidatos directivos sindicales para elección de junta directiva, para los nueve cargos directivos deberán estar firmados por cada uno de los nueve candidatos en señal de aprobación a su postulación a los cargos directivos, indicando: a) el

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nombre completo del postulante, b) el documento nacional de identidad, c) el tiempo de sindicalización, d) si es trabajador de plazo fijo, indeterminado o la modalidad en que se encuentre, e) firma (Formato Nº 01) debiendo adjuntar copias simples de los documentos de identidad de los integrantes, así mismo constancia que acredite la fecha de sindicalización, otorgado por el Secretario General de la Junta Directiva saliente.

ARTÍCULO 09.- Los Candidatos deberán de presentar sus listas completas para los siguientes cargos, conforme al presente Estatuto del Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial Base Puno (Formato Nº 02)

1. SECRETARIA GENERAL 2. SUB SECRETARIA GENERAL 3. SECRETARIA DE ORGANIZACIÓN Y ESTADÍSTICA 4. SECRETARIA DE DEFENSA GREMIAL Y DERECHOS HUMANOS 5. SECRETARIA DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES ÍNTER

GREMIALES 6. SECRETARIA DE ACTAS Y ARCHIVOS 7. SECRETARIA DE ECONOMÍA 8. SECRETARIA DE CONTROL Y DISCIPLINA 9. SECRETARIA DE ASISTENCIA SOCIAL, CAPACITACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

ARTÍCULO 10.- Para postular a los cargos anotados en el artículo precedente, serán necesarios los siguientes requisitos:

• SECRETARIA GENERAL: Ser miembro activo del sindicato de trabajadores del Poder Judicial base Puno, estar debida y legalmente inscrito en 1os padrones generales del sindicato de trabajadores del poder judicial base Puno por lo menos con una antigüedad mínima de dos años, estar al día en cada una de sus aportaciones y cuotas del sindicato de trabajadores del Poder Judicial, base Puno y no haber sido pasible de sanciones disciplinarias y morales por parte del sindicato de trabajadores del Poder Judicial base Puno o estar incurso en una de las faltas estipuladas en el artículo 51 del Estatuto general del sindicato de trabajadores del Poder Judicial – Base Puno.

SUB SECRETARIA GENERAL, SECRETARIA DE ORGANIZACIÓN Y ESTADÍSTICA, SECRETARIA DE DEFENSA GREMIAL Y DERECHOS HUMANOS, SECRETARIA DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES ÍNTER GREMIALES, SECRETARIA DE ACTAS Y ARCHIVOS, SECRETARIA DE ECONOMÍA, SECRETARIA DE CONTROL Y DISCIPLINA Y SECRETARIA DE ASISTENCIA SOCIAL, CAPACITACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, tener la calidad de miembro activo del

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sindicato de trabajadores del Poder Judicial Base Puno debiendo estar inscrito por ante el Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial con una antigüedad mínima de seis meses, estar al día en cada una de sus aportaciones y cuotas al sindicato de Trabajadores del Poder Judicial Base Puno y no haber sido pasible de sanciones disciplinarias y morales por parte del sindicato de trabajadores del Poder Judicial - Base Puno estar incurso en una de las faltas estipuladas en el artículo 51 del Estatuto General del Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial Base Puno.

ADICIONALMENTE a lista del postulante, deberá indicar el nombre del personero legal con la dirección de su domicilio laboral, correo electrónico o numero celular (oficina) donde se le pueda notificar en caso de ser necesario, así mismo no puede ser personero los candidatos.

La lista del candidato deberá estar respaldada por lo menos por el CINCO POR CIENTO (05%) de las firmas del total de los trabajadores jurisdiccionales administrativos del Poder Judicial del Distrito Judicial Puno, (Formato Nº 03) que será entregado por el Comité Electoral, junto con el presente Reglamento.

Las listas de los candidatos con los requisitos señalados serán presentados por ante el Comité Electoral hasta las DIECISIETE HORAS del ultimo día fijado para la inscripción de candidatos. De no cumplir con los requisitos señalados, no se admitirá la inscripción de las listas.

ARTÍCULO 11.- El COMITÉ ELECTORAL establecerá la posición que ocupara cada lista, ello dependerá del orden en que se haya inscrito, luego se efectuará su publicación en las vitrinas de las sedes judiciales de Puno y San Román; y de las demás sub sedes del Distrito Judicial de Puno para efectos de que en contra de los mismos en tiempo oportuno se presenten tachas.

DE LAS TACHAS:

ARTÍCULO 12.- Los trabajadores Jurisdiccionales y Administrativos con derecho a voto, tendrá también el derecho de presentar tachas contra los candidatos dentro del segundo día de la publicación de listas.

Son causales de tacha:

1.- Que, el candidato haya sufrido sanción disciplinaria por parte del sindicato de trabajadores del Poder Judicial Base Puno.

2.- No estar incurso en proceso penal por la comisión de delito doloso

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3.- Haber sido sancionado con alguna de las faltas estipuladas en el artículo del Estatuto General del Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial Puno.

4.- No cumplir con todos los requisitos detallados en el artículo 10 del presente reglamento.

Las tachas deberán ser presentadas dentro del plazo establecido y por escrito debidamente fundamentado y con pruebas documentales escritas anexadas.

Las tachas serán resueltas por el comité electoral en el plazo de UN DÍA mediante resolución debidamente fundamentada la misma que tiene el carácter de inapelable. Si se declarará fundada una tacha se comunicará al personero para que en el plazo de un día designe al candidato reemplazante del tachado.

En caso que exista una causal de tacha evidente en la lista de los candidatos, el COMITÉ ELECTORAL está facultado para resolverlo de oficio.

ARTÍCULO 13.- Si no se presentan las tachas o resueltas las mismas, el Comité Electoral oficializará las listas de los candidatos disponiendo se publiquen en las vitrinas de las sedes judiciales de la provincia de Puno y San Román, y demás Sub Sedes del Distrito Judicial de Puno, no pudiendo ser objeto de modificaciones.

DEL DEBATE SINDICAL:

ARTÍCULO 14.- A efecto de brindar una exposición del plan de trabajo de cada una de las listas, se realizará EL Primer Debate Sindical, donde cada una de las listas sustentará sus propuestas de trabajo, experiencia sindical, y otros temas a realizarse en la fecha programada y en el lugar que sea designado por el Comité Electoral.

ARTICULO 15.- La presentación al Debate Sindical será obligatoria para cada una de las listas hábiles, en caso de no presentarse la lista omisa deberá abonar una multa de CINCUENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES, (S/. 50.00); multa que deberá pagarse dentro de las 24 horas siguientes al debate, bajo responsabilidad de no consignar el número que le corresponde en la cédula de votación.

ARTÍCULO 16.- Para el Debate Sindical deberán presentar el Secretario General y el Sub Secretario General.

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La República14 Viernes, 29 de enero del 2016SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

DEL PROCESO ELECTORAL:

ARTÍCULO 17.- El Comité Electoral convocará para las elecciones de la Junta Directiva del sindicato de trabajadores del Poder Judicial Base Puno para el periodo Enero 2016 a Diciembre del 2016, según cronograma a partir de las CATORCE horas hasta las DIECISIETE horas. Cuya fecha indicada es impostergable, salvo motivo legalmente justificado.

ARTÍCULO 18.- Establecido el día de sufragio, deberá de aprobarse el cronograma electoral precisando los plazos para la inscripción de candidatos, publicaciones de listas, plazos para tachas, oficialización de listas, proclamación de la lista ganadora y expedición de credenciales.

DEL SUFRAGIO:

ARTÍCULO 19.- Para el sufragio SE INSTALARÁ LA(s) MESA DE VOTACIÓN conforme al padrón electoral que deberá de funcionar o instalar en el local de la Corte Superior de Justicia de Puno, como sede del Distrito Judicial de Puno, previa las coordinaciones con Presidencia y Administración de la Corte Superior de Justicia de Puno, la misma que estará integrada por el Comité Electoral en Pleno.

ARTÍCULO 20.- El acto de Sufragio se realizará en Votación Secreta, universal y personal, conforme a lo sancionado por el artículo 43 del Estatuto General del sindicato de trabajadores del Poder Judicial Base Puno.

ARTÍCULO 21.- El Presidente de la mesa constatará que el elector se encuentre en el padrón de electores y esté debidamente sindicalizado y si es así se le entregará la cédula de sufragio con las listas de postulantes, el votante marcará con una “+” ó “x” el recuadro donde se encuentre el número de lista de su preferencia, luego depositará su voto en un ánfora especialmente acondicionada para finalmente firmar el padrón de electores hábiles correspondiente.

El reverso de la cédula será firmado por el Presidente del Comité Electoral designado y los personeros que se encuentren en el acto de la instalación de la mesa, al momento de la instalación de la mesa.

ARTICULO 22.- Para que el voto sea considerado válido basta que el cruce de las dos líneas que se forman con el “+” ó “x” se encuentren dentro del recuadro del número de la lista elegida. Sólo podrá votar por una lista, en caso que se marque más de una lista o se verifique otro tipo de inscripciones el voto quedará anulado.

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La República 15Viernes, 29 de enero del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

Concluido el tiempo de la votación indicado en el presente Reglamento el Comité Electoral procederá a cerrar el padrón y el ánfora en presencia de los personeros de las listas de candidatos.

DEL ESCRUTINIO:

ARTICULO 23.- Concluido el proceso Electoral se dará paso al escrutinio de los votos, Se abrirá y se hará el conteo respectivo en presencia del comité Electoral y de los personeros de las listas postulantes, de ser el caso.

Acto seguido se colocará una doble línea con la anotación de NO VOTO en los casilleros de los comicios.

El Comité Electoral en pleno verificará el número de votantes y en forma pública se procederá a abrir las ánforas y se constatará el número de votos que se encuentre en el interior del ánfora, que deberá de coincidir con el número de votantes.

Si hubiera un mayor número de votos, a azar se escogerá el número de sobrantes y se destruirán.

Si hubiera menos votos que votantes se procederá al escrutinio.

ARTICULO 24.-Son votos en blanco aquellos en que no aparece ninguna señala en la cédula.

ARTICULO 25.- Cumplida la constatación anterior se procederá al recuento de votos válidos por listas. Los personeros podrán impugnar los votos que aparezcan con signos de invalidez. El comité electoral en pleno decidirá sobre la impugnación en el mismo acto, resolución que tiene la calidad de inimpugnable.

ARTÍCULO 26.- Se tendrá como lista ganadora la que obtenga mayoría simple de los votos calificados como válidos. Acto seguido se procederá a asentar el acta eleccionaria firmando por los miembros del comité electoral así como por los personeros de ser el caso y se proclamará a la lista ganadora.

DISPOSICIONES FINALES:

ARTÍCULO 27.- En los siguientes casos:

En caso de PRESENTARSE UNA SOLA LISTA hasta la fecha límite de inscripción de candidatos, las ELECCIONES SINDICALES se llevarán a cabo, y a fin de que sea válida dichas elecciones deberá haber obtenido el CINCUENTA POR CIENTO MAS UNO de votos que apoyen dicha lista.

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La República16 Viernes, 29 de enero del 2016SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

En caso de EMPATE ENTRE LISTAS al momento del recuento de votos válidos se llamará a una segunda vuelta en el plazo de QUINCE DÍAS IMPRORROGABLES, bajo un cronograma pre establecido por el comité electoral.

En el caso que se produjeran actos de violencia o sustracción dolosa de votos o de ánfora. SE DECLARARA NULO EL PROCESO ELECTORAL, debiendo de nombrarse un nuevo comité electoral, el cual convocara a nuevas elecciones.

ARTICULO 28.- La trasgresión a este reglamento constituye causal de nulidad Ipso Jure del acto eleccionario, en cuyo caso la Directiva en ejercicio convocará a Asamblea General quien se pronunciará en última instancia, designando a la junta Transitoria que convocara a las nuevas elecciones de los representantes del Sindicato de trabajadores Base Puno Enero 2016 a Diciembre 2016.

ARTICULO 29.- El Comité Electoral en pleno concluido el proceso electoral entregará la lista de omisos a la votación a la nueva Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial Base Puno para que haga efectivo las sanciones prevenidas en el artículo seis. En caso de reconsideraciones o justificaciones presentadas serán resueltas por la Nueva Junta Directiva del sindicato de Trabajadores del Poder Judicial Base Puno.

ARTÍCULO 30.- El proceso Electoral se desarrollará conforme al siguiente cronograma electoral

1. Convocatoria a elecciones 09-12-15 al 11-12-15 2. Presentación de Listas 14-12-15 al 18-12-15

3. Publicación de Pre listas 21-12-15

4. Presentación de impugnaciones y Tachas 22-12-15 al 23-12-15

5. Resolución de impugnaciones y tachas 28-12-15

6. Publicación de listas hábiles 30-12-15

6. Debate de Planes de Trabajo de candidatos 11-01-16

7. Elecciones Generales 15-01-16

8. Publicación de Resultados 15-01-16

9. Entrega de Credenciales 15-01-16

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La República 17Viernes, 29 de enero del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

ARTICULO 31.- Lo no previsto específicamente en el presente Reglamento lo decidirá el Comité Electoral por Mayoría.

Puno, 04 de diciembre del 2015

EL COMITÉ ELECTORAL.

Julio H. Huaitalla Paredes PRESIDENTE

Hugo Sosa Apaza VICEPRESIDENTE

Jakeline Callo Mamani

TESORERA

Alfredo Ticona Humpiri

SECRETARIO

Corte Superior de Justicia de Puno

Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura

JEFATURA DE ODECMA

“Año de la Consolidación del Mar de Grau”

EDICTO

Por ante la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA de Puno, que despacha el Señor Juez Superior Ricardo Pablo Salinas Málaga, con actuación del secretario (e) Miguel Becerra Pineda, en la INVESTIGACIÓN N° 002-2015, seguida en contra de la Magistrada PENELOPE NAJAR PINEDA, se ha dictado la Resolución N° 08, del 15 de Octubre del dos mil quince, que RESUELVE: Declarar IMPROCEDENTE la apertura de procedimiento administrativo disciplinario, formulado por la señora LUZMILA CANAZA JUSTO, en contra de la Magistrada PENELOPE NAJAR PINEDA; en su actuación como juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la provincia de San Román - Juliaca.- Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. Puno, 14 de Enero del 2016

MIGUEL E. BECERRA PINEDA SECRETARIO (e) DE LA OFICINA DESCONCENTRADA DE

CONTROL DE LA MAGISTRATURA DE PUNO

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La República 19Viernes, 29 de enero del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

EDICTO

Investigación : 0053-2014

Investigado : Orlando Jesus Ontiveros Flores

EL MAGISTRADO SUPERIOR WILBERT GONZALEZ AGUILAR, EL QUE HACE LAS VECES DE JEFE DE

ODECMA HA DISPUESTO SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTO LAS SIGUIENTES RESOLUCIONES:

RESOLUCIÓN Nº 14

Moquegua, catorce de diciembre Del año dos mil quince

AVOCANDOSE al conocimiento de la presente Investigación el Magistrado que suscribe,

téngase presente la propuesta que antecede, emitido por el que hace las veces de Jefe de la Unidad

Desconcentrada de Quejas e Investigaciones y Visitas de la ODECMA, y conforme su estado; Se Dispone:

que pasen los autos a despacho para emitir la resolución final correspondiente.

RESOLUCIÓN FINAL

Resolución Nº 15

Moquegua, ocho de enero

Del año dos mil dieciséis.

VISTOS:

El procedimiento disciplinario seguido en contra del servidor Orlando Jesús Ontiveros Flores, por

conducta disfuncional –incurrir en omisión, descuido o negligencia al no grabar en un CD las audiencias

realizadas y anexarlas al cuaderno de debates; además de no acatar las disposiciones contenidas en

reglamentos, acuerdos y resoluciones (…), en su actuación funcional de entonces especialista de

audiencias del Módulo Penal de Mariscal Nieto; y, teniendo a la vista los informes emitidos por el

magistrado sustanciador y el magistrado que hace las veces de Jefe de la Unidad Desconcentrada de

Quejas e Investigaciones y Visitas de ésta ODECMA, (obrantes a fojas 343 y 366, respectivamente); y,

CONSIDERANDO:

PRIMERO: ANTECEDENTES

Con fecha 21 de julio del 2014 el Presidente de la Sala Penal de Apelaciones de Moquegua, denuncia

(mediante Oficio Nº 478-2014-P-SPA-MP-CSJMO-PJ) la presunta conducta irregular en contra del servidor

Orlando Jesús Ontiveros Flores, en la tramitación del expediente judicial Nº 00229-2011-86-2801-JR-PE-01

seguido en contra de Roger Quispe Mamani y otros, por el delito de peculado culposo en agravio del

Estado. Conducta que implicaría que en el cuaderno de debates no se haya incorporado copia del audio

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La República20 Viernes, 29 de enero del 2016SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

de las múltiples sesiones de juzgamiento desde el 21 de agosto del 2013 al 14 de enero del 2014, lo que ha

perturbado la revisión del caso, y ha obligado a la escucha de audios auxiliares, irregularidad que fue

subsanada tardíamente el 13 de marzo del 2014.

SEGUNDO: DE LOS CARGOS ATRIBUIDOS

Mediante la resolución Nº 03 (véase fojas 242 a 250) se resuelve abrir procedimiento disciplinario en

contra del servidor Orlando Jesús Ontiveros Flores (en adelante el investigado) en su actuación funcional

como Especialista de Audiencias del Módulo Penal de Mariscal Nieto, atribuyendo los siguientes cargos:

- Incurrir en omisión, descuido o negligencia al no grabar en un CD las audiencias realizadas y

anexarlas al cuaderno de debates. Conducta que configura la falta disciplinaria establecida en el

artículo 8º.1 del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder

Judicial, aprobado por R.A. Nº 227-2009-CE-PJ (en adelante Reglamento de Auxiliares).

- No acatar las disposiciones contenidas en reglamentos, acuerdos, como son la R.A. 082-2013-CE-

PJ, Resolución que aprueba el MOF y el Manual Tipo de Procedimientos del Código Procesal Penal

apartados 1.7 y 1.8, en la cual establece como obligación del investigado realizar copias de los

registros de audios de las audiencias en los medios de almacenamiento, identificándolos

adecuadamente para su fácil ubicación y uso. Conducta que configura la falta disciplinaria

establecida en el artículo 9º.6 del Reglamento de Auxiliares.

TERCERO: NATURALEZA DE LA RESOLUCION DE LA ODECMA.

En ejercicio de las funciones propias de este Órgano de Control, con el objeto de supervisar la conducta de

los Magistrados y Auxiliares Jurisdiccionales, señalada en la Ley como supuesto de responsabilidad, en la

búsqueda de alcanzar un eficiente servicio de justicia, se tiene la obligación de analizar los presentes

autos, pruebas aportadas por el investido en el ejercicio de su derecho de defensa, como las recabadas

oficiosamente, por esta Oficina, bajo el imperio de la documentación cierta y fehaciente mediante las

reglas de la sana crítica, objetiva y justa rodeada de imparcialidad.

CUARTO: DEL DERECHO DE DEFENSA.

El investigado no ha efectuado su descargo que le fuera solicitado mediante la resolución Nº 04 de fecha

17 de octubre del 2014, notificado debidamente y en forma personal el 21 de octubre del 2014 (véase

fojas 254); sin embargo, se tendrá en consideración lo vertido en el escrito de fojas 61 a 63.

Del descargo precisa:

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La República 21Viernes, 29 de enero del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

4.1.- Que, por disposición de Administración del Módulo Penal, así como por mandato del señor Juez a

cargo del proceso, se ordenó realizar una sola copia de todas las audiencias de juicio oral en un solo

disco compacto CD, esto es para tener un mejor manejo del cuaderno de debates.

4.2.- Que, el audio está grabado y registrado en el SIJ, así también por defecto está grabado en la

memoria virtual al que tiene acceso mediante la oficina de informática.

4.3.- Que, ha realizado audiencias desde el 25 de junio del 2013 hasta el 28 de enero del 2014, en un

total de 25 audiencias, y posteriormente se han realizado 6 audiencias más, en fecha 14, 18, 24, 26, 28

de febrero del 2014 y el 03 de marzo del 2014, haciendo un total de 31 audiencias de juicio oral que

debieron ser grabados en un solo CD.

4.4.- Que, no tenía la responsabilidad de hacer el grabado de CD ya que no se realizó la última

audiencia, teniendo en cuenta además que las posteriores audiencias fueron realizados en el periodo

vacacional.

QUINTO: ACTIVIDAD PROBATORIA

5.1.- Está acreditada la existencia del expediente judicial objeto de investigación, conforme obra en

copias certificadas de fojas 66 a 235.

5.2.- Se encuentra acreditado que el investigado se desempeñó como Especialista Legal de

Audiencias, conforme aparece del informe emitido por el C.P.C Alexander Arenas Puma,

Administrador de esta Corte (véase fojas 272 a 274), así como con las copias certificadas de las actas

de índice de audiencias donde el investigado las autoriza (véase fojas 115 a 168).

5.3.- Está acreditada la realización de 22 audiencias de juicio oral en el expediente judicial, conforme

se desprende del Informe evacuado por el asistente informático Lino Vizcarra Zambrano (véase fojas

278 a 318); además con ello está acreditado que los 22 audios han sido grabados recién el 13 de

marzo del 2014.

5.4.- Con el informe Nº 07-JPI-2JUP-MN de fecha 29 de diciembre del 2014, está acreditado que

posterior a las audiencias llevadas a cabo (después del periodo vacacional) se ha hecho el quemado

de los audios (véase fojas 336).

5.5.- Esta acreditado que la oficina de Administración del Módulo Penal mediante un acuerdo entre

magistrados y personal de juzgamiento han acordado mediante reunión de coordinación de fecha

08 de abril del 2013 grabar las audiencias en un solo CD (véase fojas 264 a 267).

SEXTO: SUBSUNCION DE LOS CARGOS FÁCTICOS IMPUTADOS EN LA NORMA JURÍDICA

ADMINISTRATIVA SANCIONADORA.

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La República22 Viernes, 29 de enero del 2016SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

DEL PRIMER CARGO:

- Incurrir en omisión, descuido o negligencia al no grabar en un CD las audiencias realizadas y

anexarlas al cuaderno de debates, al respecto precisar que la imputación es no grabar en CD las

audiencias realizadas por el investigado en el proceso judicial objeto de investigación, pese a que

el propio investigado tenia conocimiento de tal obligación (se advierte que tenía conocimiento

por cuanto en su descargo lo precisó (ver ítem 4.1).

- El MOF de los Órganos Jurisdiccionales Penales de las Cortes Superiores de Justicia aprobado por

R.A. N° 082-2013-CE-PJ, en relación a los especialistas judiciales de realización de audiencias de

juzgado, establece en sus funciones específicas 1.6 y 1.8., que esos servidores se encuentran

obligados a realizar las grabaciones de audio o video y los registros de la audiencia en el sistema

informático respectivo, así como a realizar las copias de seguridad de los registros de audio y/o

video de las audiencias en los medios de almacenamiento de datos correspondiente (CD/DVD). El

“Manual Tipo de Procedimientos del Código Procesal Penal” aprobado también por la ya citada

R.A. N° 082-2103-2013-CE-PJ, específicamente en el procedimiento referido a realización de

audiencias y en la acción a seguir N° 11, establece como responsabilidad del especialista de

audiencias, el registrar el audio y el asociarlo inmediatamente al SIJ en un plazo no mayor de 24

horas.

- Cabe precisar que si bien el investigado al tener la condición de especialista legal de audiencias

tiene conocimiento de sus obligaciones, como es grabar la audiencia en el SIJ para el registro

respectivo (en tanto el audio es la audiencia en propiamente), consecuentemente realizar la

grabación en el soporte magnético a efecto que quede la constancia de dicha audiencia en el

expediente judicial (conforme se señala en el ítem precedente), este no habría sido efectuado por

el investigado, ya que se ha efectuado en forma posterior conforme se advierte del ítem 5.3 .

- De lo vertido, en el trámite del presente procedimiento se tiene que si bien no hubo omisión en el

registro de las audiencias (por cuanto se grabaron todas las audiencias), las cuales no fueron

asociadas oportunamente; sin embargo, tal conducta no fue objeto de calificación, por lo que

únicamente este despacho se centrará en la imputación efectuada “el grabado de los audios en el

soporte magnético” y consecuentemente su omisión de anexarlas”.

- De la falta atribuida, esto es haber incurrido en omisión, implica no haber efectuado el grabado

en el CD, pese a que el investigado tenia pleno conocimiento de hacerlo y no lo ha realizado,

además que la conducta atribuida no se encuentra justificada por acto investigado alguno,

máxime se desprende del propio investigado que omitió haberlo realizado cuando hace

referencia que ha realizado las audiencias desde el 25 de junio del 2013 hasta el 28 de enero del 2014,

en un total de 25 audiencias, y posteriormente se han realizado 6 audiencias más, en fecha 14, 18, 24,

26, 28 de febrero del 2014 y el 03 de marzo del 2014, haciendo un total de 31 audiencias de juicio oral

que debieron ser grabados en un solo CD.

- Sin embargo, se tiene que si bien el investigado tenía su derecho al periodo vacacional, y tenía

pleno conocimiento que el expediente se encontraba tramitándose (prueba de ello en el periodo

vacacional se llevó a cabo seis audiencias más), el investigado tenía la obligación de haber

efectuado el grabado antes de salir a su periodo vacacional, por tanto lo referido por el

investigado de que no tenía la responsabilidad de hacer el grabado de CD ya que no se realizó la

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La República 23Viernes, 29 de enero del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL PUNO

última audiencia, no resulta justificable, por lo que se advierte la conducta irregular del servidor,

la cual es pasible de una sanción disciplinaria.

DEL SEGUNDO CARGO:

- No acatar las disposiciones contenidas en reglamentos (…) como son la R.A. 082-2013-CE-PJ,

Resolución que aprueba el MOF, así como el Manual Tipo de Procedimientos del Código Procesal

Penal apartados 1.7 y 1.8 que implica realizar copias de los registros de audios de las audiencias

en los medios de almacenamiento, identificándolos adecuadamente para su fácil ubicación y uso,

es el caso que esta conducta se encuentra relacionada con el primer cargo, como bien se precisó

el servidor omitió una obligación, obligación que se encuentra establecida en disposiciones y

acuerdos adoptados por el Modulo penal, ello con el afán de efectivizar y mejorar la labor

jurisdiccional (ver segundo párrafo del ítem precedente). De la conducta irregular ya descrita,

además ha conllevado a la inobservancia de las obligaciones contempladas en el apartado 1.8 del

Manual antes señalado, por lo que en su condición de especialista de audiencia, se encontraba en

la obligación de realizar copias de seguridad de ese audio, en CD, que debían ser incorporados a

los respectivos expedientes de esos procesos; obligación que fue incumplida totalmente;

además, es de remarcar que las omisiones en las que incurrió fueron elementales, sino las más

primordiales de su labor de especialista de audiencia, por lo que no puede haber excusa para que

dejara de cumplirlas.

- En ese sentido, no pueden excusarse las conductas omisivas referidas, consecuentemente, no

puede quedar duda que el investigado es responsable funcionalmente de las omisiones que se le

atribuyen, no habiendo presentado justificación razonable que por el fondo permita entender su

reiterado proceder, por lo que, debe asumirse que el mismo fue producto de una labor

ineficiente, sino displicente y poco seria.

SETIMO: DETERMINACION DE LA SANCIÓN A IMPONERSE.

El investigado ha incurrido en dos faltas uno de naturaleza leve y otra grave previstas en los articulo 8.1 y

9.6 del Reglamento Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, esto es, “incurrir en

omisión, descuido o negligencia y no acatar las disipaciones contenidas en reglamentos (…) en materia

jurisdiccional.

Teniendo en cuenta que las faltas atribuidas se encuentran intrínsecamente relacionadas, la sanción a

imponerse obedece a la de mayor gravedad, esto es a la falta grave, es el caso que este tipo de falta se

sanciona con multa o suspensión; además de observarse el principio de inmediatez, razonabilidad y la

proporcionalidad entre la gravedad del hecho constitutivo de la infracción y la sanción aplicada,

valorando el nivel del auxiliar jurisdiccional, el grado de participación en la infracción, el concurso de otras

personas, así como el grado de perturbación del servicio judicial, la trascendencia social de la infracción o

el perjuicio causado. Asimismo, se considera el grado de culpabilidad del autor, al motivo determinante

del comportamiento, el cuidado empleado en la preparación de la infracción o, entre otros, o la presencia

de situaciones personales excepcionales que aminoran la capacidad de autodeterminación. Del mismo

modo el artículo 13 segundo párrafo del citado Reglamento, prescribe que también puede imponerse

sanciones de menor gravedad que las que tienen ordinariamente atribuidas.

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Por lo tanto, este despacho es del criterio que para determinar la sanción disciplinaria a imponer, debe

también analizarse la trascendencia de la conducta irregular, del como influyó para perjuicio del proceso

judicial; sin embargo, de lo denunciado, se tiene que el perjuicio que habría ocasionado es haber

perturbado la revisión del caso y haber obligado a la escucha de audios auxiliares, circunstancias, que no

resultan trascendentales para el trámite del expediente propiamente. Sin embargo, ello no es óbice para

no advertir la responsabilidad y obligación que tenía el servidor como especialista legal de audiencias,

como bien se precisó en el considerando sexto, la cual sí obedece a la imposición de una sanción, es por

tal motivo que este despacho no impondrá la sanción establecida para la falta grave denunciada, sino

impondrá una de menor gravedad, por cuanto advirtiendo su record de medidas disciplinarias (fojas 259)

cuenta con tres amonestaciones; sin embargo, se tiene un record actualizado extraído del SISOCMA,

donde resulta que a la fecha de la imposición de la presente sanción no cuenta con ninguna medida

disciplinaria impuesta, en tanto las demás ya habrían sido rehabilitas, es por estas consideraciones y al ser

responsable de la conducta irregular denunciada, el investigado merece una sanción disciplinaria de

amonestación escrita , con la cual se conmina al investigado para que enmiende su conducta .

Consecuentemente, habiéndose demostrado la conducta o falta atribuida, que representa una negación

del deber de desempeñarse con eficiencia, se tiene que el investigado es responsable y pasible de sanción

disciplinaria.

SETIMO: En mérito a los antecedentes y consideraciones que preceden y de conformidad con los artículos

93 inciso 4 y 98 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario de la OCMA del Poder Judicial, y, el

artículo 13 inciso 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA del Poder Judicial.

SE RESUELVE:

1.- DECLARAR al servidor Orlando Jesús Ontiveros Flores, en su actuación funcional como especialista

Legal de Audiencias del Módulo Penal de Mariscal Nieto, responsable en la omisión del grabado en el

soporte magnético (CD) de las veintidós audiencias de juicio oral en el Expediente judicial Nº 00229-2011-

86-2801-JR-PE-01 seguido en contra de Roger Quispe Mamani y otros, por el delito de peculado culposo

en agravio del Estado, y la inobservancia de no acatar disposiciones del emitidas por Poder Judicial.

2.- IMPONER la sanción disciplinaria de AMONESTACION ESCRITA, por incurrir en las faltas tipificadas en

los artículos 8.1 y 9.6 del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder

Judicial.

3.- Se DISPONE que una vez consentida o ejecutoriada que sea la presente, se proceda al registro

correspondiente en el record de medidas disciplinarias, se ponga en conocimiento de quien corresponda

y se proceda al archivo de los actuados.

4.- Se DISPONE que además de notificarse vía edictos se notifique al domicilio real consignado en el

Sistema de RENIEC. Regístrese y hágase saber.-