Sumario - Tribunal Constitucional · 2016. 7. 29. · STC 47/2007: Sala Primera Supuesta...

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007 Sumario página 1. Sentencias y Autos publicados en BOE .................................. 3 Procesos de inconstitucionalidad y conflictos ............................................................. 3 Recursos de amparo ..................................................................................................... 6 Orden jurisdiccional civil ......................................................................................... 6 Orden jurisdiccional penal ........................................................................................ 9 Vigilancia penitenciaria .......................................................................................... 18 Orden jurisdiccional contencioso-administrativo ................................................... 18 Orden jurisdiccional social ..................................................................................... 26 Parlamentario y/o electoral ..................................................................................... 30 Varios ..................................................................................................................... 31 2. Índice de normas enjuiciadas ............................................ 32 3. Índice analítico ................................................................... 43 4. Listado de Sentencias ......................................................... 107 5. Listado de Autos ................................................................. 241 Tribunal Constitucional Secretaría General Servicio de doctrina constitucional Documento de trabajo

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

Sumario página

1. Sentencias y Autos publicados en BOE .................................. 3

Procesos de inconstitucionalidad y conflictos ............................................................. 3

Recursos de amparo ..................................................................................................... 6

Orden jurisdiccional civil ......................................................................................... 6

Orden jurisdiccional penal ........................................................................................ 9

Vigilancia penitenciaria .......................................................................................... 18

Orden jurisdiccional contencioso-administrativo ................................................... 18

Orden jurisdiccional social ..................................................................................... 26

Parlamentario y/o electoral ..................................................................................... 30

Varios ..................................................................................................................... 31

2. Índice de normas enjuiciadas ............................................ 32

3. Índice analítico ................................................................... 43

4. Listado de Sentencias ......................................................... 107

5. Listado de Autos ................................................................. 241

Tribunal Constitucional

Secretaría General

Servicio de doctrina constitucional

Documento de trabajo

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1. Sentencias y Autos publicados en BOE

Procesos de inconstitucionalidad y conflictos

STC 13/2007:

Recurso de

inconstitucionalidad

Pleno

Principios de interdicción de la arbitrariedad del

legislador, autonomía y suficiencia financiera,

coordinación, lealtad y solidaridad: participación en los

ingresos del Estado de las Comunidades Autónomas;

coeficiente de población; negociación previa y papel de

la Comisión Mixta y del Consejo de Política Fiscal y

Financiera; asignaciones de nivelación de los servicios

públicos esenciales. Voto particular.

STC 14/2007:

Cuestión de

inconstitucionalidad

Pleno

Competencias sobre urbanismo, derecho de propiedad y

legislación de expropiación forzosa: determinación del

valor urbanístico de los terrenos destinados a sistemas

generales (STC 61/1997). Nulidad de precepto

autonómico.

STC 38/2007:

Cuestión de

inconstitucionalidad

Pleno

Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial

efectiva, a la igualdad en el empleo público, a no ser

discriminado por razón de religión y a la libertad

religiosa, y de los principios de objetividad de la

Administración pública y de interdicción de la

arbitrariedad del legislador: plenitud de jurisdicción de

los Tribunales civiles; contratación laboral y declaración

eclesiástica de idoneidad de los profesores de religión

católica en centros escolares públicos; aconfesionalidad

del Estado y deber de cooperación con las confesiones

religiosas.

STC 44/2007:

Conflicto positivo

de competencia

Pleno

Reglamentación de una denominación de origen que es

ajena al cauce procesal del conflicto constitucional de

competencias. Voto particular.

STC 45/2007:

Recurso de

inconstitucionalidad

Pleno

Principios de interdicción de la arbitrariedad del

legislador e igualdad: coeficiente de población para

liquidar la participación de las corporaciones locales en

los tributos del Estado correspondiente a los años 1997 y

1998 (STC 104/2000).

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STC 46/2007:

Recurso de

inconstitucionalidad

Pleno

Competencias sobre aeropuertos, ordenación del

territorio y dominio público marítimo-terrestre:

prohibición legal de nuevas infraestructuras aeronáuticas;

informe vinculante a planes estatales con incidencia

territorial; determinación de la ribera del mar. Nulidad de

preceptos autonómicos.

STC 58/2007:

Recurso de

inconstitucionalidad

Pleno

Principios de interdicción de la arbitrariedad del

legislador, autonomía y suficiencia financiera,

coordinación, lealtad y solidaridad: STC 13/2007. Voto

particular.

STC 68/2007:

Recurso de

inconstitucionalidad

Pleno

Límites a los decretos-leyes: inexistencia de situación de

extraordinaria y urgente necesidad; potestad legislativa y

diálogo social. Nulidad de disposición estatal.

SSTC 80/2007 –

90/2007:

Cuestión de

inconstitucionalidad

Pleno

Supuesta vulneración de derechos y principios

constitucionales: STC 87/2007.

STC 166/2007:

Cuestión de

inconstitucionalidad

Pleno

Potestad legislativa: cuestión de inconstitucionalidad,

acerca de una refundición legislativa viciada de ultra

vires, inviable.

STC 235/2007:

Cuestión de

inconstitucionalidad

Pleno

Vulneración del derecho a la libre expresión: sanción

penal de la difusión de ideas o doctrinas que nieguen o

justifiquen delitos de genocidio. Nulidad parcial e

interpretación de precepto estatal. Votos particulares.

STC 236/2007:

Recurso de

inconstitucionalidad

Pleno

Derechos fundamentales de los extranjeros: reunión y

manifestación, asociación, educación, sindicación,

intimidad familiar y reagrupación; motivación de la

denegación de visado; asistencia jurídica gratuita;

expulsión por conducta delictiva; internamiento de

retornados; defensa en el procedimiento de expulsión

preferente. Nulidad, inconstitucionalidad e interpretación

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de preceptos estatales. Votos particulares.

STC 237/2007:

Recurso de

inconstitucionalidad

Pleno

Principios de autonomía y suficiencia financiera: cálculo

de la cuantía de la participación de una Comunidad

Autónoma en los ingresos del Estado mediante el fondo

de suficiencia.

STC 238/2007:

Recurso de

inconstitucionalidad

Pleno

Principios de autonomía y suficiencia financiera, límites

a la ley de presupuestos y seguridad jurídica: cálculo de

la cuantía de la participación de una Comunidad

Autónoma en los ingresos del Estado mediante el fondo

de compensación interterritorial. Votos particulares

concurrentes.

SSTC 247/2007 y

249/2007:

Recurso de

inconstitucionalidad

Pleno

Principios de unidad, autonomía, solidaridad e igualdad y

lealtad institucional; ámbito de los Estatutos de

Autonomía; igualdad territorial y de los españoles:

derecho de los valencianos y valencianas al

abastecimiento de agua y a la redistribución de los

sobrantes de aguas de cuencas excedentarias. Votos

particulares.

STC 248/2007:

Recurso de

inconstitucionalidad

Pleno

Principios de autonomía y suficiencia financiera: STC

237/2007 (participación de una Comunidad Autónoma en

los ingresos del Estado mediante el fondo de suficiencia).

Votos particulares concurrentes.

STC 259/2007:

Recurso de

inconstitucionalidad

Pleno

Derechos fundamentales de los extranjeros: reunión y

manifestación, asociación, sindicación (STC 236/2007),

huelga y tutela judicial cautelar. Nulidad e

inconstitucionalidad de preceptos legales. Voto

particular.

STC 260/2007:

Recurso de

inconstitucionalidad

Pleno

Derechos fundamentales de los extranjeros: sindicación,

intimidad familiar, defensa en el procedimiento

administrativo sancionador (SSTC 236/2007 y

259/2007), legalidad penal, libertad de circulación y

libertad personal; sanción de expulsión del territorio

nacional alternativa a multa; residencia obligatoria e

internamiento de extranjeros. Inconstitucionalidad de

preceptos legales. Voto particular.

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STC 261/2007 –

265/2007:

Recurso de

inconstitucionalidad

Pleno

Derechos fundamentales de los extranjeros: SSTC

236/2007 y 259/2007. Inconstitucionalidad de preceptos

legales.

Recursos de amparo

Orden jurisdiccional civil

STC 4/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración del derecho a un proceso sin

dilaciones: falta de denuncia de la paralización del

proceso civil. Voto particular.

STC 9/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho al honor: críticas de un

concejal a una funcionaria en un pleno municipal,

vertidas en un debate de interés público y no injuriosas,

protegidas por la libertad de expresión.

STC 21/2007:

Sala Segunda

Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva: inadmisión del recurso de amparo por

extemporáneo, al haber interpuesto contra el auto de

inhibición por incompetencia territorial recursos e

incidentes manifiestamente improcedentes.

STC 22/2007:

Sala Primera

Vulneración parcial del derecho a la tutela judicial

efectiva (acceso al recurso legal): inadmisión de recurso

de apelación civil, por prepararlo sin expresar los

pronunciamientos impugnados, mediante Auto, no

arbitraria ni errónea pero manifiestamente irrazonable.

STC 47/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva sin indefensión: emplazamiento mediante

anuncios a embargantes cuyo domicilio no constaba en el

Registro de la Propiedad (STC 108/1995) y que

conocieron la existencia del juicio hipotecario; sentencia

de casación civil que no aprecia de oficio la derogación

por inconstitucional de la ejecución hipotecaria ante

Notario (STC 224/2006).

STC 51/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial

efectiva, a la integridad moral y al honor y a la libertad

de información: resoluciones judiciales motivadas y que

respetan el acceso al recurso legal; derecho de

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rectificación utilizado de manera inapropiada; el derecho

a recibir información veraz de los oyentes de una radio

no puede ser ejercido por un particular.

STC 53/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva (inmodificabilidad): aclaración de resolución

civil que completa el fallo en materia de costas

procesales (STC 216/2001).

STC 59/2007:

Sala Segunda

Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva: inicio de la ejecución en un proceso civil

abierto, donde pueden ser reparadas las vulneraciones

constitucionales aducidas.

STC 60/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la prueba: denegación de

prueba pericial en pleito civil por aportarla en el acto de

la vista del juicio y por falta de objetividad del perito de

una de las partes.

STC 72/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la propia imagen:

publicación de la fotografía de una policía municipal en

el ejercicio de un cargo público, protegida por la libertad

de información. Voto particular.

STC 92/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva:

negativa a incoar, en grado de apelación de un pleito

civil, un incidente de nulidad de actuaciones sin

motivación.

STC 93/2007:

Sala Segunda

Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva: falta de invocación tempestiva de los derechos

en la inadmisión de un recurso de apelación civil.

STC 120/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva:

imposición de costas procesales en el trámite de

oposición a la ejecución provisional de un fallo civil sin

motivación.

STC 136/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la prueba: sentencia de

apelación civil que desestima una demanda por

prescripción, tras haber inadmitido unas pruebas sobre

ese extremo no practicadas en la instancia.

STC 139/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho al honor: programa de televisión

donde se vierten acusaciones de asesinato que no está

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protegido por la libertad de información de las

entrevistadas ni es un reportaje neutral.

STC 163/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin

indefensión: emplazamiento edictal de un profesional

colegiado sin agotar los medios de comunicación

efectiva.

STC 171/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(inmodificabilidad): rectificación del porcentaje litigioso,

de una centésima por ciento, que no es un error

aritmético.

STC 177/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(resolución fundada en Derecho): sentencias civiles que

declaran una paternidad con apoyo en la negativa

injustificada del demandado a someterse a una prueba

biológica que no había sido acordada. Voto particular.

STC 178/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a un proceso sin dilaciones

indebidas: demora de más de veintiún meses para dictar

sentencia en litigio civil.

STC 195/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin

indefensión: falta de emplazamiento para comparecer en

el recurso de apelación civil.

STC 204/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva sin

indefensión (reforma peyorativa): modificación de la

pensión compensatoria declarada en instancia en

perjuicio del único apelante civil.

STC 212/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin

indefensión: falta de emplazamiento de quien debía haber

sido demandado, por haber instado el laudo litigioso.

STC 216/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(incongruencia): sentencia civil de apelación que

resuelve por un fundamento ajeno a los motivos del

recurso y deja sin resolver pretensiones subsidiarias.

STC 217/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial (acceso a la

justicia): alcance del derecho a justicia gratuita de una

asociación de consumidores para defender a sus

miembros en un litigio civil sobre devolución del pago de

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un seguro (SSTC 117/1998 y 73/2004).

STC 223/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin

indefensión: emplazamiento edictal de la empresa

demandada, tras oficiar a la policía, sin agotar los medios

de comunicación efectiva.

STC 225/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la asistencia letrada:

denegación de nombramiento de abogado de oficio sin

gratuidad por no tener turno específico el colegio de

abogados, en incidente de costas procesales.

STC 231/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin

indefensión: emplazamiento edictal en pleito civil sin

haberlo llevado a cabo en un domicilio social, y uno

particular en Londres, que constaban en autos.

STC 232/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva: imposición de costas procesales de un recurso

de apelación civil a pesar de haber apreciado

incongruencia en la sentencia de instancia, pero

confirmando su fallo. Voto particular.

STC 241/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva (acceso al recurso legal): inadmisión de recurso

de casación civil por falta de representación del

procurador de oficio que lo preparó; efectos de la mera

solicitud de asistencia jurídica gratuita.

STC 244/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración de los derechos al honor y la

presunción de inocencia: dimensión extraprocesal de la

inocencia; declaraciones en rueda de prensa de un

gobernador civil sobre la desarticulación de un comando

terrorista que identifica a un detenido, luego no acusado.

STC 253/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva (acceso al recurso legal): inadmisión de recurso

de apelación civil por no haber acreditado tener

satisfechas o consignadas las rentas vencidas.

Orden jurisdiccional penal

STC 10/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la presunción de

inocencia: condena fundada en declaraciones sumariales

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aportadas al juicio oral con contradicción aunque

retractadas, como consta en acta; declaración de

coimputado corroborada.

STC 11/2007:

Sala Primera

Vulneración de los derechos a un proceso con garantías y

a la presunción de inocencia: incidente de nulidad de

actuaciones; condena pronunciada en apelación, tras

haber celebrado vista pública sin practicar las pruebas

testificales de cargo (SSTC 167/2002 y 229/2002).

STC 12/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la libertad personal: prisión

provisional sin motivar para preservar el secreto del

sumario (STC 18/1999).

STC 15/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a un proceso con garantías:

condena pronunciada en apelación, tras haber celebrado

vista pública sin practicar pruebas (SSTC 167/2002 y

186/2005).

STC 19/2007:

Sala Segunda

Vulneración de los derechos a la libertad personal y al

habeas corpus: STC 169/2006.

STC 20/2007:

Sala Segunda

Vulneración de los derechos a la libertad personal y al

habeas corpus: STC 19/2007.

STC 24/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la libertad de expresión en el

ejercicio de la defensa letrada: corrección procesal a un

abogado por la protesta formulada en el juicio oral acerca

del interrogatorio de un testigo y por recusar sin causa

legal, pero sin ofensa ni descalificaciones personales.

STC 26/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho al juez imparcial: Sala de

apelación formada con un Magistrado que había

revocado el archivo de la causa, mediante auto que

exteriorizaba un juicio anticipado (STC 39/2004).

STC 35/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la libertad personal:

prisión provisional, ante la proximidad del juicio oral,

suficientemente motivada (STC 128/1995).

STC 37/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva:

entrega para cumplir pena de prisión que no se ajusta a la

Sentencia 177/2006 en tanto reabre la cuestión de la

nacionalidad del reclamado.

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STC 43/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial

efectiva (acceso al recurso penal), proceso con garantías

y presunción de inocencia: alcance de la adhesión a la

apelación penal; condena pronunciada en apelación sin

necesidad de celebrar vista pública (SSTC 167/2002 y

170/2005); prueba de indicios sobre la influencia de la

ingesta de alcohol en la conducción del vehículo.

STC 49/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a un proceso con

garantías: condena fundada en pruebas independientes de

las declaraciones ante la policía de uno de los

coimputados.

STC 54/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(incongruencia omisiva): sentencia de apelación penal

que deja sin resolver un motivo del recurso, acerca de la

proporcionalidad de la pena impuesta.

STC 57/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: falta

de motivación del acuerdo sobre la ejecución de una pena

de prisión (STC 224/1992); dilaciones en proceso

fenecido (STC 146/2000).

STC 61/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin

indefensión: juicio de faltas celebrado sin la presencia de

la denunciada por coincidencia de juicios.

STC 65/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la asistencia letrada y

vulneración del derecho a la defensa: juicio de faltas sin

abogado de oficio, no solicitado (STC 199/2003);

denunciado que se defiende a sí mismo sin abogado, a

quien no se permitió interrogar a la denunciante (STC

143/2001).

STC 70/2007:

Sala Primera

Alegada y supuesta vulneración de los derechos al juez

legal, a un proceso con garantías y a la presunción de

inocencia: recurso de revisión penal denegado tras

Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos,

tras valorar las pruebas lícitas independientes.

STC 73/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración de los derechos a un proceso sin

dilaciones, a ser informado de la acusación y a la

presunción de inocencia: dilaciones en proceso fenecido;

correlación entre la acusación y el fallo apreciando una

circunstancia del tipo como muy cualificada; prueba

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indiciaria de cargo de los elementos subjetivos y del dolo

en el delito de estafa.

STC 75/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la presunción de

inocencia y vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva: prueba de cargo de la identidad de los autores y

los elementos del tipo delictivo; falta de motivación de la

pena impuesta; motivación del acuerdo sobre la ejecución

de una pena de prisión (STC 224/1992).

STC 76/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración de los derechos a la presunción de

inocencia y a la legalidad penal; vulneración del derecho

a la tutela judicial efectiva: prueba de cargo de la

identidad de los autores y los elementos del tipo

delictivo; aplicación de la ley penal; falta de motivación

de la pena impuesta; motivación del acuerdo sobre la

ejecución de una pena de prisión, cuya suspensión no

puede denegarse por ejercer los derechos a no confesarse

culpable y a no declarar contra sí mismo (STC 75/2007).

STC 79/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la libertad personal:

mantenimiento de la prisión provisional

insuficientemente motivada (STC 47/2000).

STC 95/2007:

Sala Segunda

Vulneración de la libertad personal: incumplimiento del

plazo máximo legal de prisión provisional en

procedimiento de euroorden (STC 99/2006), no

justificado por la pendencia de otra causa penal ante la

jurisdicción española.

STC 117/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la presunción de

inocencia: condenas penales fundadas en testimonio

directo y no de referencia y en prueba indiciaria válida.

STC 121/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(ejecución): denegación de requerimiento de pago al

condenado principal para el abono de la responsabilidad

civil directa en la parte no cubierta por el Consorcio de

Compensación de Seguros.

STC 122/2007:

Sala Segunda

Vulneración parcial del derecho a la tutela judicial

efectiva (acceso al recurso legal): forma de la resolución

judicial; inadmisión por extemporánea de la apelación

contra una sentencia dictada en juicio de faltas que

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resulta arbitraria, porque considera hábiles todos los días

y el mes de agosto (STC 133/2000).

STC 126/2007:

Sala Segunda

Vulneración de los derechos a un proceso con garantías y

a la presunción de inocencia: citación de los absueltos en

la instancia a la vista oral del recurso no solicitada;

condena pronunciada en apelación, tras haber celebrado

vista pública sin practicar todas las pruebas de cargo

(STC 167/2002).

STC 134/2007:

Sala Primera

Vulneración de los derechos a un proceso con garantías y

a la presunción de inocencia: condena pronunciada en

apelación sin haber celebrado vista pública (STC

167/2002); prueba alcoholimétrica.

STC 137/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la presunción de inocencia:

condena penal fundada en prueba indiciaria insuficiente

sobre el plagio de una obra.

STC 138/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva:

sentencia de apelación penal que deja sin resolver los dos

motivos subsidiarios del recurso y otras peticiones sobre

prueba y vista.

STC 140/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en

relación con la integridad personal: extradición pasiva sin

indagar ni motivar sobre las alegaciones de que el

reclamado será sometido a tratos inhumanos o

degradantes en la cárcel (STC 181/2004).

STC 142/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a un proceso con garantías:

condena pronunciada en apelación, tras haber celebrado

vista pública sin practicar las pruebas testificales de

cargo (STC 167/2002).

STC 146/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la asistencia letrada:

irregularidad en la forma de la resolución judicial;

archivo de plano de una solicitud de revisión de condena

penal sin resolver la solicitud de nombramiento de

Procurador y Abogado de oficio.

STC 149/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración del derecho a la libertad personal:

prisión provisional, ante la proximidad del juicio oral,

suficientemente motivada (STC 35/2007).

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

14

STC 150/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración del derecho a la libertad personal:

prisión provisional, ante la proximidad del juicio oral,

suficientemente motivada (STC 35/2007).

STC 151/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración del derecho a la libertad personal:

prisión provisional, ante la proximidad del juicio oral,

suficientemente motivada (STC 35/2007).

STC 152/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración del derecho a la libertad personal:

prisión provisional, ante la proximidad del juicio oral,

suficientemente motivada (STC 35/2007).

STC 156/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho al juez legal y

vulneración del derecho al juez imparcial: causa penal

que por razones de conexión no es competencia del

tribunal del jurado; sala de enjuiciamiento formada por

un magistrado que había confirmado el procesamiento

del reo, mediante auto que prejuzgaba su culpabilidad.

STC 164/2007:

Sala Primera

Vulneración de los derechos a un proceso con garantías y

a la presunción de inocencia: condena pronunciada en

apelación sin haber celebrado vista pública (STC

167/2002).

STC 165/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la libertad personal: detención

preventiva que duró más del tiempo estrictamente

necesario, e inadmisión a trámite de una petición de

habeas corpus por razones de fondo (STC 86/1996).

STC 176/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(incongruencia omisiva): sentencia de apelación penal

que deja sin resolver un motivo del recurso, acerca de la

sustitución de la pena de prisión impuesta.

STC 182/2007:

Sala Segunda

Vulneración de los derechos a un proceso con garantías y

a la presunción de inocencia: condena pronunciada en

apelación sin haber celebrado vista pública (STC

167/2002).

STC 186/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin

indefensión: emplazamiento edictal de la empresa

demandada, tras dirigirse a un agente de seguros, sin

agotar los medios de comunicación efectiva.

STC 196/2007: Supuesta vulneración de los derechos a un proceso con

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Sala Primera garantías, a la presunción de inocencia y a la tutela

judicial efectiva: condena pronunciada en apelación sin

necesidad de celebrar vista pública (SSTC 167/2002 y

170/2005); prueba de indicios sobre la influencia de la

ingesta de alcohol en la conducción del vehículo (STC

43/2007); motivación suficiente de la extensión o cuantía

de las penas impuestas al condenado (STC 193/1996).

STC 197/2007:

Sala Primera

Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva: recurso de amparo extemporáneo desde la fecha

de notificación al procurador de la parte en la causa

penal.

STC 203/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración de los derechos a ser informado de

la acusación, no sufrir reforma peyorativa y presunción

de inocencia: sentencia que impone una pena más

benigna y guarda correlación con una acusación no

reiterada en grado de casación penal (STC 183/2005);

prueba de cargo.

STC 206/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración de los derechos a la integridad

física y a la presunción de inocencia; vulneración del

derecho a la intimidad personal: intervención policial de

análisis médicos realizados en el curso de la asistencia

prestada en un hospital al reo; condena fundada en

pruebas de cargo independientes (STC 25/2005).

STC 207/2007:

Sala Primera

Vulneración de los derechos a un proceso con garantías y

a la presunción de inocencia: condena pronunciada en

apelación sin haber celebrado vista pública (STC

167/2002).

STC 208/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la asistencia letrada y

a la prueba: primera declaración ante la policía sin

abogado voluntariamente, sin estar detenido, y falta de

garantías que no causan indefensión; denegación

motivada de comisiones rogatorias sobre la matriculación

de vehículos en el Reino Unido.

STC 209/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración de los derechos a la inviolabilidad

del domicilio, a un proceso con garantías y a la

presunción de inocencia: entrada y registro autorizada

por el propietario del piso donde moraba en precario el

acusado (STC 22/2003); testimonio irrelevante para la

condena y prueba indiciaria de cargo.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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STC 211/2007:

Sala Segunda

Alegada vulneración de los derechos a la legalidad penal

y a la tutela judicial efectiva: falta de invocación

tempestiva de los derechos fundamentales.

STC 213/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a un proceso con garantías:

condena pronunciada en apelación sin haber celebrado

vista pública (STC 167/2002).

STC 214/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva sin indefensión: alcance de la adhesión a la

apelación penal respecto de responsable civil; omisión de

traslado al apelante subsanada mediante el incidente de

nulidad de actuaciones; cuantía de la indemnización

motivada.

STC 218/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia penal): celebración de juicio oral sin

la participación de la acusación particular, tras no haber

sustituido su abogado y procurador de oficio;

ponderación de la nulidad de juicio oral y absolución.

Voto particular.

STC 220/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia penal): denegación del aplazamiento

de un juicio oral de faltas, por convocatoria de Pleno de

un Ayuntamiento, que no pondera adecuadamente el

derecho a desempeñar cargos públicos representativos.

STC 222/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva:

denegación de la suspensión de la ejecución de pena de

prisión sin motivación y que se produce tardíamente

(STC 251/2005).

STC 224/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva:

investigación insuficiente de una denuncia de tortura

sufrida bajo custodia policial (STEDH Martínez Sala c.

España).

STC 227/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia penal): jurisdicción universal de los

Tribunales españoles en materia penal (STC 237/2005).

STC 230/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones

y supuesta vulneración de la presunción de inocencia:

registro de llamadas de teléfono móvil intervenido sin

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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consentimiento ni autorización judicial (STC 123/2002);

condena fundada en pruebas de cargo independientes

sobre el concierto de voluntades para el transporte de

hachís.

STC 234/2007:

Sala Primera

Vulneración de los derechos a la legalidad penal, a la

tutela judicial efectiva y a la libertad personal:

imposición de un arresto sustitutorio por impago de

multa en ejecución de sentencia que no había acordado

esa responsabilidad personal subsidiaria, aplicando

retroactivamente una ley penal desfavorable.

STC 245/2007:

Sala Primera

Alegada vulneración de los derechos a la tutela judicial

efectiva y a la prueba y supuesta vulneración del derecho

a la presunción de inocencia: condena penal motivada y

confirmada en recurso de casación penal sin necesidad de

inmediación.

STC 246/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial

efectiva y a la legalidad penal: mantenimiento de la

responsabilidad civil de un condenado penal cuyo recurso

de casación ha sido estimado parcialmente.

STC 254/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso al recurso legal): declaración de firmeza de unas

actuaciones penales sin haber sido resuelto el recurso de

apelación del acusador, cuyo escrito fue extraviado en los

autos sin falta de diligencia procesal de la parte.

STC 256/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración de los derechos a un proceso con

garantías y a la presunción de inocencia: condena

pronunciada en apelación sin necesidad de celebrar vista

pública (SSTC 167/2002 y 170/2005); prueba de indicios

sobre la influencia de la ingesta de alcohol en la

conducción del vehículo (STC 43/2007).

STC 258/2007:

Pleno

Supuesta vulneración de los derechos a la defensa, a la

presunción de inocencia, a un proceso con garantías, a la

legalidad penal y a la tutela judicial efectiva: omisión de

turno de última palabra en juicio de faltas que no causa

indefensión material; condena fundada en prueba de

cargo, motivada y que subsume la conducta en el

precepto penal corrigiendo un error material; sentencia de

apelación penal que condena sin necesidad de celebrar

vista pública (SSTC 167/2002 y 170/2002) y que

resuelve el fondo de la causa sin retrotraer actuaciones

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

18

para celebrar un nuevo juicio. Votos particulares.

Vigilancia penitenciaria

STC 34/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(motivación): resoluciones judiciales estereotipadas.

STC 48/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la legalidad penal (non bis in

idem): infracción continuada en cuya sanción no se toma

en cuenta la sufrida anteriormente por una conducta que

formaba parte de la misma infracción.

STC 66/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración de los derechos a la prueba, a un

proceso con garantías y a la presunción de inocencia:

derechos de defensa en el procedimiento administrativo

sancionador; denegación de pruebas no decisivas o por

motivos de seguridad; sanción disciplinaria fundada en

parte de funcionario e identificación inequívoca.

STC 124/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(motivación): resoluciones judiciales estereotipadas.

STC 155/2007:

Sala Segunda

Vulneración parcial del derecho a la tutela judicial

efectiva (acceso al recurso legal y motivación):

indicación de recursos (STC 167/2003); resoluciones

judiciales estereotipadas.

STC 185/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la prueba: falta de respuesta a

la petición de prueba videográfica sobre falta de

presencia en el lugar formulada por el recluso.

STC 215/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(motivación): resoluciones judiciales estereotipadas.

Orden jurisdiccional contencioso-administrativo

STC 1/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva (acceso a la justicia): terminación de proceso

contencioso-administrativo por no haber formulado

demanda, tras la designación de Abogado de oficio.

STC 2/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la igualdad en la aplicación de

la ley: sentencia contencioso-administrativa con un fallo

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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diferente a otra dictada en supuesto idéntico, sobre

entidad en régimen de transparencia fiscal, sin

justificación; jurisprudencia contradictoria.

STC 6/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva: STC 166/2006.

STC 16/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva (acceso al recurso legal): inadmisión de recurso

de casación contencioso-administrativo por prepararlo sin

exposición sucinta de la concurrencia de sus requisitos

(STC 265/2005). Voto particular.

STC 23/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración del derecho de defensa en el

procedimiento administrativo sancionador y vulneración

del derecho a la prueba: conocimiento de los cargos;

denegación de prueba por falta de credibilidad de los

testigos propuestos.

STC 25/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia): inadmisión de demanda

contencioso-administrativa por extemporánea, presentada

en la mañana siguiente al día en que fue notificada la

caducidad del recurso, a tenor de la nueva Ley de

enjuiciamiento civil (STC 64/2005).

STC 27/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia): acto administrativo declarado firme

y consentido por no haber impugnado judicialmente en

su día la desestimación presunta del recurso

administrativo (SSTC 6/1986 y 188/2003).

STC 30/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración de los derechos a la prueba y a la

presunción de inocencia; vulneración del derecho a la

tutela judicial efectiva (incongruencia): sentencia

contencioso-administrativa que deja sin resolver diversas

alegaciones acerca del análisis pericial de las muestras de

vino, al margen del acta de inspección de conformidad.

STC 31/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho de reunión: STC 110/2006

(sanción administrativa por instigar a ocupar la calzada

de una calle).

STC 32/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia): acto administrativo declarado firme

y consentido por no haber impugnado judicialmente en

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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su día la desestimación presunta del recurso

administrativo (SSTC 6/1986 y 188/2003). Voto

particular.

STC 36/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho de huelga: STC 310/2006

(titular de la facultad de determinar el personal mínimo).

STC 39/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la igualdad en la aplicación de

la ley: STC 2/2007 (jurisprudencia contradictoria sobre

entidad en régimen de transparencia fiscal).

STC 40/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia): acto administrativo declarado firme

y consentido por no haber impugnado judicialmente en

su día la desestimación presunta del recurso

administrativo (SSTC 6/1986 y 188/2003).

STC 42/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la prueba: sentencia

contencioso-administrativa que desestima un recurso por

falta de prueba, tras haberse inadmitido todas las pruebas

propuestas para acreditar una mala praxis médica.

STC 50/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva: sentencia de casación que resuelve con plena

jurisdicción el fondo del contencioso-administrativo sin

incongruencia ni reforma peyorativa.

STC 55/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a un juez imparcial: magistrados

que son empleados de la universidad demandada, como

profesores asociados (STC 306/2005).

STC 62/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la integridad física: asignación

de una actividad peligrosa a una funcionaria en avanzado

estado de embarazo omitiendo los deberes de prevención

de riesgos laborales. Voto particular.

STC 63/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la presunción de

inocencia: carga del propietario de un vehículo automóvil

de identificar al conductor (STC 154/1994) y sanción

administrativa fundada en prueba de cargo.

STC 64/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia): acto administrativo declarado firme

y consentido por no haber impugnado judicialmente en

su día la desestimación presunta del recurso

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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administrativo (SSTC 6/1986 y 188/2003).

STC 67/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva: sentencia de apelación que resuelve sin

confundir el objeto del proceso contencioso-

administrativo y sin incongruencia omisiva, pues se

remite a otra sentencia previa y da respuesta tácita a la

impugnación de las costas procesales.

STC 77/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la prueba: sentencia

contencioso-administrativa que desestima el recurso tras

haber inadmitido una prueba pericial sin fundamento

legal.

STC 78/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración de los derechos a acceder en

condiciones de igualdad a las funciones públicas y a la

igualdad: condición de la prestación de un servicio

público; pretensión de modificar la descripción de

puestos de trabajo.

STC 91/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración del derecho a la igualdad: ámbito

tributario; ley que vulnera una norma constitucional que

no es un derecho fundamental amparable (STC

159/1997).

STC 94/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración de los derechos a la prueba y a la

tutela judicial efectiva: denegación de prueba motivada;

adjudicación de puestos de trabajo de policía científica.

STC 116/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial

sin indefensión, a la presunción de inocencia y a la

legalidad penal: garantías del procedimiento

administrativo sancionador; prueba de cargo sobre el

interés indirecto de una juez en un proceso; sanciones

administrativas con cobertura legal, motivadas, que no

incurren en bis in idem ni son retroactivas.

STC 118/2007:

Sala Primera

Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva: extinción del proceso de amparo por

satisfacción extraprocesal en relación con la inadmisión

de un recurso contencioso-administrativo sobre silencio

administrativo negativo (STC 118/2005).

STC 129/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la igualdad en el acceso a las

funciones públicas: exclusión de los docentes de la

provisión de puestos de trabajo en la Administración

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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pública (STC 48/1998).

STC 130/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia): inadmisión de demanda

contencioso-administrativa por extemporánea, presentada

en la mañana siguiente al día en que fue notificada la

caducidad del recurso, a tenor de la nueva Ley de

enjuiciamiento civil (STC 64/2005).

STC 131/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva (acceso a la justicia): demanda que no acumula

un recurso de amparo judicial y un recurso ordinario

(STC 70/2002).

STC 132/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(sentencia fundada en Derecho): incidente de nulidad de

actuaciones; demanda sobre embargo de cuenta bancaria

desestimada por acto consentido, a pesar de que el

expediente administrativo incompleto solo acreditaba la

notificación de una de las varias providencias de

apremio.

STC 133/2007:

Sala Primera

Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva (acceso a la justicia): extinción del recurso

constitucional de amparo por satisfacción extraprocesal

de la pretensión.

STC 143/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva: STC 166/2006.

STC 144/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(incongruencia): incidente de nulidad de actuaciones y

complemento de sentencia; sentencia contencioso-

administrativa motivada, pero que deja sin resolver una

alegación sustancial sobre sectores de actividad

diferenciados.

STC 147/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la igualdad en la

aplicación de la ley: sentencia contencioso-administrativa

que no resuelve un caso idéntico y cuyo criterio es

general y ha sido seguido en fallos posteriores.

STC 148/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia): inadmisión de demanda

contencioso-administrativa por extemporánea, que

impide la asistencia jurídica gratuita (STC 219/2003).

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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STC 153/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia): inadmisión de recurso contencioso-

administrativo por falta de legitimación del sindicato,

ignorando su legítimo interés profesional o económico

(STC 101/1996).

STC 157/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho de defensa en el procedimiento

administrativo sancionador: emplazamiento edictal de la

empresa titular del vehículo infractor (STC 54/2003).

STC 159/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia): inadmisión de demanda

contencioso-administrativa por extemporánea, presentada

en la mañana siguiente al día en que fue notificada la

caducidad del recurso, a tenor de la nueva Ley de

enjuiciamiento civil (STC 64/2005).

STC 161/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(sentencia fundada en Derecho): sentencia contencioso-

administrativa que confunde el acto administrativo

impugnado de 2000 con otro de 1997, aportado como

contraste.

STC 173/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva (acceso a la justicia): conjunto de actos

administrativos declarado firme y consentido por no

haber impugnado judicialmente la desestimación expresa

de uno de los recursos administrativos.

STC 174/2007:

Sala Primera

Alegada vulneración del derecho de defensa en el

procedimiento administrativo sancionador: inadmisión

del recurso de amparo por fuera de plazo, que no se

reinicia al comunicar la sentencia.

STC 175/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho de defensa en el procedimiento

administrativo sancionador: emplazamiento edictal del

denunciado por error de la Administración al consignar

su domicilio (STC 54/2003).

STC 179/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia): inadmisión de demanda

contencioso-administrativa por extemporánea, presentada

en la mañana siguiente al vencimiento del plazo a tenor

de la Ley de enjuiciamiento civil (STC 64/2005).

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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STC 180/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva: sentencia de apelación que fija la cuantía de una

indemnización motivadamente, con un error irrelevante y

sin incongruencia.

STC 184/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración del derecho a la igualdad en la

aplicación de la ley: sentencia contencioso-administrativa

que no resuelve un caso idéntico y cuyo criterio es

general y ha sido seguido en fallos posteriores.

STC 198/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso al recurso legal): inadmisión de recurso de

súplica por extemporáneo, presentado en la mañana

siguiente al vencimiento del plazo a tenor de la nueva

Ley de enjuiciamiento civil (STC 222/2003).

STC 199/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia): inadmisión de demanda

contencioso-administrativa por extemporánea, presentada

en la mañana siguiente al vencimiento del plazo a tenor

de la nueva Ley de enjuiciamiento civil (STC 64/2005).

STC 202/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia): inadmisión de recurso contencioso-

administrativo por falta de legitimación del sindicato,

ignorando su legítimo interés profesional o económico

(STC 101/1996).

STC 219/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho de defensa en el procedimiento

administrativo sancionador: emplazamiento edictal del

titular del vehículo infractor sin agotar los medios de

comunicación efectiva.

STC 221/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia): inadmisión de demandas

formuladas a requerimiento judicial tras denegar la

acumulación de asuntos.

STC 226/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho de defensa en el procedimiento

administrativo sancionador: emplazamiento edictal del

titular del vehículo infractor sin agotar los medios de

comunicación efectiva.

STC 228/2007: Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Sala Segunda efectiva y a la igualdad: falta de agotamiento porque se

preparó recurso de casación contencioso-administrativo

al mismo tiempo que el recurso de amparo.

STC 229/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la legalidad penal: sanción

administrativa a registrador de la propiedad sin cobertura

legal. Votos particulares.

STC 239/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia): acto administrativo declarado firme

y consentido por no haber impugnado judicialmente en

su día una denegación presunta de la solicitud inicial

(SSTC 6/1986 y 39/2006).

STC 240/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la prueba: sentencia

contencioso-administrativa dictada antes de que se

hubiera practicado la prueba pericial admitida, pendiente

de provisión de fondos por parte de la gerencia del

ministerio de justicia.

STC 242/2007:

Sala Segunda

Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva y a la igualdad: falta de agotamiento porque se

preparó recurso de casación contencioso-administrativo

al mismo tiempo que el recurso de amparo.

STC 243/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la presunción de inocencia en

el procedimiento administrativo sancionador: sanción

administrativa fundada en denuncia de la policía local, no

ratificada ni adverada con análisis pericial hasta el

posterior contencioso judicial.

STC 252/2007:

Sala Segunda

Alegada y supuesta vulneración del derecho a la tutela

judicial efectiva: inadmisión mediante sentencia de

recurso de casación contencioso-administrativo por

prepararlo sin exposición sucinta de la concurrencia de

sus requisitos (SSTC 265/2005 y 16/2007).

STC 255/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(incongruencia): sentencia contencioso-administrativa

que resuelve por un fundamento ajeno al tema del

proceso, la tributación de la renta percibida por una

jubilación anticipada, tras un primer incidente de nulidad

de actuaciones.

STC 257/2007: Vulneración del derecho a la libertad sindical:

Page 26: Sumario - Tribunal Constitucional · 2016. 7. 29. · STC 47/2007: Sala Primera Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión: emplazamiento mediante

Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

26

Sala Primera menoscabo económico por razón de la actividad sindical

al denegar un puesto sin probar un detrimento de la

eficacia de la Administración.

Orden jurisdiccional social

STC 3/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a no ser discriminada por razón

del sexo: denegación a trabajadora del derecho a

reducción de jornada por guarda legal de hijo menor de

seis años interpretando la ley sin ponderar el derecho

fundamental.

STC 5/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la igualdad: retribuciones

diferentes a profesores españoles e italianos en un centro

de enseñanza privado de un Estado extranjero sin

justificación objetiva y razonable.

STC 8/2007:

Sala Segunda

Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial sin

indefensión: inadmisión de recurso de amparo por

frustrar el agotamiento de los recursos en la vía judicial

social previa.

STC 17/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a no ser discriminada por razón

del sexo: despido por no superar un segundo período de

prueba improcedente, a causa de su embarazo; prueba y

nulidad.

STC 18/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho de huelga: sustitución

de trabajadores no acreditada (STC 123/1992).

STC 28/2007:

Sala Primera

Alegada vulneración del derecho a un juez imparcial y

supuesta vulneración de los derechos a la presunción de

inocencia y a la tutela judicial efectiva: omisión de

recusación; condena fundada en pruebas de cargo; pena

motivada.

STC 29/2007:

Sala Primera

Vulneración de los derechos a un proceso con garantías y

a la presunción de inocencia: condena pronunciada en

apelación, tras haber celebrado vista pública sin practicar

las pruebas testificales de cargo (SSTC 167/2002 y

186/2005).

STC 33/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la igualdad en la aplicación de

la ley: sentencia de casación social que desestima un

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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recurso para la unificación de doctrina por falta de

contradicción y de contenido casacional contradiciendo

sentencias anteriores (STC 349/2006).

STC 41/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva:

sentencia de suplicación social, y auto de nulidad de

actuaciones, que dejan sin resolver quién debe abonar la

prestación de invalidez (STC 227/2002).

STC 52/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia): falta de legitimación activa de una

asociación apreciada ignorando su legítimo interés

profesional o económico, que no es exclusivo de los

sindicatos. Voto particular.

STC 56/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin

indefensión: sentencia de suplicación que resuelve por un

fundamento, el contenido del anónimo, ajeno al debate

procesal (STC 53/2005).

STC 69/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a no ser discriminado

por razón de raza o condición social: denegación de

pensión de viudedad a mujer casada con el causante

conforme a los usos y costumbre gitanos en 1971 (STC

184/1990). Voto particular.

STC 71/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración de los derechos de huelga y a la

tutela judicial efectiva: falta de reincorporación al puesto

de trabajo de trabajadores en huelga, tras desistir de una

primera demanda de despido.

STC 74/2007:

Sala Segunda

Vulneración parcial del derecho a la tutela judicial

efectiva (resolución fundada en Derecho): denegación de

responsabilidad de la empresa en la patología psíquica

causada por el jefe directo; sentencia social que

desestima una demanda de protección del derecho a la

integridad moral porque al trabajador codemandado no se

le puede atribuir la vulneración del derecho fundamental.

STC 119/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia): inadmisión de demanda social por

no haber subsanado un defecto, relativo a la acreditación

de la conciliación previa y apreciado en la vista del

juicio, que es desproporcionada.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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STC 123/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva: desistimiento de demanda social aceptado tras

celebrar el juicio oral y practicar pruebas (STC

187/1990).

STC 125/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la libertad de expresión:

denegación de autorización al redactor de un periódico

con dedicación exclusiva para que siga participando en

un programa de televisión tras haber criticado a su

empresa en relación con una huelga general.

STC 128/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración de los derechos a la igualdad, la

intimidad personal y familiar, la libertad religiosa y de

expresión: cese como profesor de religión católica de un

sacerdote secularizado por hacerse pública su condición

de casado y con hijos y su pertenencia a un movimiento

contrario a la ortodoxia (STC 38/2007). Voto particular.

STC 135/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva:

incidente de nulidad de actuaciones; sala que no corrige

una incongruencia por haber solicitado la nulidad en vez

del complemento de pronunciamiento; sentencia de

suplicación que revoca el fallo de instancia y deja sin

resolver las pretensiones subsidiarias.

STC 158/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin

indefensión: emplazamiento edictal sin agotar los medios

de comunicación efectiva con uno de los demandados,

quien no actuó con negligencia.

STC 160/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la integridad física: orden de

reincorporación a puesto de trabajo bajo la dirección

inmediata de un jefe sujeto a procedimientos penales y

disciplinarios por denuncia de la funcionaria afectada que

causa un grave riesgo a su salud (STC 62/2007). Voto

particular.

STC 162/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin

indefensión: emplazamiento edictal sin agotar los medios

de comunicación efectiva con uno de los demandados,

quien no actuó con negligencia.

STC 172/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(acceso a la justicia): inadmisión de demanda social por

no formular reclamación previa en la cooperativa, cuando

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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se había celebrado conciliación y no se requirió la

subsanación.

STC 181/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial

efectiva y a la igualdad en la aplicación de la ley:

inadmisión de recurso social para la unificación de

doctrina que respeta el acceso al recurso legal; nulidad de

actuaciones; sentencia social que no se aparta de

precedentes idénticos.

STC 183/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a la libertad sindical: indicios de

discriminación contra un dirigente sindical por parte de

otro sindicato, impidiendo su contratación por una

empresa.

STC 200/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la libertad sindical:

menoscabo económico por razón de la actividad sindical

al denegar un complemento de especial dedicación.

STC 201/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración del derecho a la igualdad en la

aplicación de la ley: cambio de criterio judicial,

consciente y general, sobre la sucesión en el tiempo de

convenios colectivos y reformas legales en materia de

equiparación salarial de profesores de religión católica.

STC 205/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin

indefensión: medios de impugnación en el proceso social

para reparar la falta de emplazamiento de quien debió ser

parte.

STC 210/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin

indefensión: emplazamiento edictal sin tomar en cuenta

el cambio de domicilio social inscrito en el Registro

Mercantil (STC 162/2004); límite temporal de la nulidad

para reparar un derecho fundamental.

STC 233/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración del derecho a no ser discriminada

por razón del sexo: inexistencia de postergación

profesional de una trabajadora a causa de su maternidad

(STC 182/2005).

STC 250/2007:

Sala Segunda

Vulneración parcial del derecho a la tutela judicial

efectiva (acceso al recurso legal y resolución fundada en

Derecho): inadmisión de recurso de casación social;

sentencia social que desestima una demanda de

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

30

protección de derechos fundamentales dirigida contra

otro trabajador y niega la responsabilidad de las empresas

en el acoso sexual de un superior inmediato (STC

74/2007).

Parlamentario y/o electoral

STC 96/2007:

Sala Primera

Vulneración de los derechos a la tutela judicial sin

indefensión y a acceder a los cargos representativos:

contencioso-electoral sin contradicción; anulación de

candidatura electoral por infringir la paridad entre

mujeres y hombres sin permitir su subsanación.

SSTC 97/2007;

107/2007;

111/2007;

113/2007;

115/2007:

Sala Primera

Vulneración de los derechos a la tutela judicial sin

indefensión y a acceder a los cargos representativos:

contencioso-electoral sin contradicción; anulación de

candidatura electoral por infringir la paridad entre

mujeres y hombres sin permitir su subsanación (STC

96/2007).

STC 108/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a acceder a los cargos

representativos: denegación de candidatura electoral por

infringir la paridad entre mujeres y hombres sin permitir

su subsanación (STC 96/2007). Voto particular.

STC 109/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin

indefensión y a acceder a los cargos representativos:

rechazo de las alegaciones presentadas en el Juzgado de

guardia; anulación de candidatura electoral por haber

presentado dos y no permitir la subsanación.

STC 110/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración de los derechos a la defensa, a un

proceso con garantías, a un juez imparcial, a la prueba, a

la intimidad personal y a acceder a los cargos

representativos: perentoriedad de los recursos electorales;

datos personales; agrupaciones electorales que de hecho

continúan o suceden la actividad de un partido político

ilegal (STC 85/2003).

STC 112/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial

efectiva, a un proceso con garantías y a acceder a los

cargos representativos: cauce judicial procedente;

candidaturas electorales de un partido político que de

hecho continúan o suceden la actividad de un partido

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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político ilegal (STC 85/2003).

STC 127/2007:

Sala Primera

Supuesta vulneración del derecho a acceder a los cargos

representativos: denegación de proclamación de

candidatura electoral por infringir la paridad entre

mujeres y hombres para poner en cuestión la ley. Voto

particular.

STC 141/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho al ejercicio del cargo

parlamentario: aplicación no discriminatoria pero

inmediata de una reforma del reglamento parlamentario,

sin disposiciones transitorias, que eleva el umbral de

diputados requerido para constituir grupo propio.

STC 167/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración del derecho a acceder a los cargos

representativos: voto en elecciones locales mediante

papeletas con alteraciones (STC 156/1991).

SSTC 168/2007 –

170/2007:

Sala Segunda

Vulneración del derecho a acceder a los cargos

representativos: voto en elecciones locales mediante

papeletas con alteraciones (STC 167/2007).

STC 187/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración del derecho a acceder a los cargos

representativos: suma de los votos obtenidos por

coaliciones electorales en municipios en los que se

presentaron con una denominación específica (STC

154/2003) y sin fraude.

SSTC 188/2007;

194/2007:

Sala Segunda

Supuesta vulneración del derecho a acceder a los cargos

representativos: STC 187/2007 (suma de los votos

obtenidos por coaliciones electorales).

Varios

STC 145/2007:

Sala Primera

Vulneración del derecho a la libertad de expresión en el

ejercicio de la defensa letrada: corrección procesal a un

abogado por las críticas vertidas en un escrito forense

sobre el reparto de asuntos y su despacho ordinario que

no incurren en insultos ni descalificaciones personales

(STC 157/1996).

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

32

2. Índice de normas enjuiciadas

ESTADO

Normas con fuerza de ley

Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede de 3 de enero de 1979, sobre

enseñanza y asuntos culturales, ratificado por Instrumento de 4 de diciembre de 1979

Artículo III.- Autos 257/2007, 385/2007, 426/2007.

Artículo III párrafos 1, 2.- Sentencias 38/2007, 80/2007, 87/2007.

Artículo VI.- Sentencias 80/2007, 87/2007.

Autos 257/2007, 385/2007, 426/2007.

Artículo VII.- Sentencias 80/2007, 87/2007.

Autos 257/2007, 385/2007, 426/2007.

Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio. Estatuto de Autonomía de la Comunidad

Valenciana

Artículo 17.1 (redactado por la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril).- Sentencias

247/2007, 249/2007.

Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio. Régimen electoral general

Artículo 44 bis (redactado por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo).- Auto

471/2007.

Ley 39/1988, de 28 de diciembre. Haciendas locales

Artículo 83.1 c) (redactado por la Ley 51/2002, de 27 de diciembre).- Auto 76/2007.

Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre. Ordenación general del sistema educativo

Disposición adicional segunda (redactada por la Ley 50/1998, de 30 de diciembre).-

Sentencias 38/2007, 80/2007, 87/2007.

Autos 257/2007, 385/2007, 426/2007.

Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio. Texto refundido de la Ley general de

la Seguridad Social

Artículo 109.1.1.- Auto 200/2007.

Artículo 140.2.- Auto 200/2007.

Artículo 174.2 (redactado por la Ley 66/1997, de 30 de diciembre).- Auto 328/2007.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

33

Ley 26/1994, de 29 de septiembre. Regulación de la situación de la segunda actividad

en el Cuerpo nacional de policía

Disposición transitoria sexta, párrafo 3 (redactada por la Ley 24/2001, de 27 de

diciembre).- Autos 352/2007, 353/2007, 402/2007.

Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril. Texto refundido de la Ley de

procedimiento laboral

Artículo 145 bis (redactado por la Ley de 45/2002, de 12 de diciembre).- Auto

408/2007.

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre. Código penal

Artículo 57.2.- Auto 202/2007.

Artículo 89.1 párrafo 2.- Auto 467/2007.

Artículo 607.2.- Sentencia 235/2007 (anula).

Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. Texto refundido de la Ley de

propiedad intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones

legales vigentes sobre la materia

Artículo 145 (convertido en artículo 150 tras la remuneración hecha por la Ley

5/1998, de 6 de marzo).- Auto 289/2007.

Artículo 145 párrafo 2.- Sentencia 166/2007.

Artículo 150 párrafo 2 (redactado por la Ley 5/1998, de 6 de marzo).- Sentencia

166/2007.

Ley 65/1997, de 30 de diciembre. Presupuestos generales del Estado para 1998

Sección 32.- Sentencia 13/2007.

Artículos 83 a 85.- Sentencia 13/2007.

Ley 66/1997, de 30 de diciembre. Medidas fiscales, administrativas y del orden social

Disposición adicional decimotercera.- Auto 328/2007.

Ley 5/1998, de 6 de marzo. Incorporación al Derecho español de la Directiva

96/9/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 1996, sobre la

protección jurídica de las bases de datos

En general.- Sentencia 166/2007.

Auto 289/2007.

Ley 29/1998, de 13 de julio. Jurisdicción contencioso-administrativa

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Artículo 20 a).- Auto 174/2007.

Ley 49/1998, de 30 de diciembre. Presupuestos generales del Estado para 1999

Sección 32.- Sentencia 58/2007.

Auto 42/2007.

Artículo 72 párrafo primero, inciso final.- Sentencia 45/2007.

Artículos 82 a 87.- Sentencia 58/2007.

Auto 42/2007.

Artículo 88.- Sentencia 58/2007.

Artículo 89.- Sentencia 58/2007.

Auto 42/2007.

Ley 50/1998, de 30 de diciembre. Medidas fiscales, administrativas y del orden social

En general.- Sentencias 38/2007, 80/2007, 87/2007.

Autos 257/2007, 385/2007, 426/2007.

Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero. Derechos y libertades de los extranjeros en

España y su integración social

Artículo 7.1 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencias

236/2007 (declara inconstitucional), 259/2007 (declara inconstitucional parcialmente),

260/2007 (declara inconstitucional parcialmente), 261/2007 (declara inconstitucional

parcialmente), 262/2007 (declara inconstitucional parcialmente), 263/2007 (declara

inconstitucional parcialmente), 264/2007 (declara inconstitucional parcialmente),

265/2007 (declara inconstitucional parcialmente).

Artículo 8 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencias

236/2007 (declara inconstitucional), 259/2007 (declara inconstitucional parcialmente),

260/2007 (declara inconstitucional parcialmente), 261/2007 (declara inconstitucional

parcialmente), 262/2007 (declara inconstitucional parcialmente), 263/2007 (declara

inconstitucional parcialmente), 264/2007 (declara inconstitucional parcialmente),

265/2007 (declara inconstitucional parcialmente).

Artículo 9.3 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencias

236/2007 (anula parcialmente), 262/2007.

Artículo 11.1 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencias

236/2007 (declara inconstitucional parcialmente), 259/2007 (declara inconstitucional

parcialmente), 260/2007 (declara inconstitucional parcialmente), 261/2007 (declara

inconstitucional parcialmente), 262/2007 (declara inconstitucional parcialmente),

263/2007 (declara inconstitucional parcialmente), 264/2007 (declara inconstitucional

parcialmente), 265/2007 (declara inconstitucional parcialmente).

Artículo 11.2 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencias

259/2007 (anula parcialmente), 263/2007, 264/2007, 265/2007.

Artículo 16.2 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencias

236/2007, 260/2007.

Artículo 16.3 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencia

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

35

260/2007.

Artículo 17 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencia

260/2007.

Artículo 17.2 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencia

236/2007.

Artículo 18 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencias

236/2007, 260/2007.

Artículo 19 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencia

260/2007.

Artículo 20.2 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencia

236/2007.

Artículo 21.2 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencias

259/2007, 262/2007.

Artículo 22 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencias

259/2007, 261/2007, 262/2007, 263/2007, 264/2007, 265/2007.

Artículo 22.2 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencia

236/2007 (anula parcialmente).

Artículo 27.5 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencia

236/2007.

Artículo 57 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencias

260/2007, 262/2007.

Artículo 57.1 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Autos

409/2007, 454/2007.

Artículo 57.2 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencia

236/2007.

Artículo 57.8 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencia

236/2007.

Artículo 60.1 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencia

236/2007 (interpreta).

Artículo 61 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencia

260/2007.

Artículo 62 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencia

260/2007.

Artículo 63 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencias

259/2007, 260/2007, 262/2007.

Artículo 64 (redactado por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre).- Sentencia

262/2007.

Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre. Reforma parcial de la Ley Orgánica

4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su

integración social

Artículo 1.5.- Sentencias 236/2007 (declara inconstitucional), 259/2007, 260/2007,

261/2007, 262/2007, 263/2007, 264/2007, 265/2007.

Auto 452/2007.

Artículo 1.6.- Sentencias 236/2007 (declara inconstitucional), 259/2007, 260/2007,

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

36

261/2007, 262/2007, 263/2007, 264/2007, 265/2007.

Auto 452/2007.

Artículo 1.7.- Sentencias 236/2007 (anula parcialmente), 262/2007.

Artículo 1.9.- Sentencias 236/2007 (declara inconstitucional parcialmente), 259/2007,

260/2007, 261/2007, 262/2007, 263/2007, 264/2007, 265/2007.

Auto 452/2007.

Artículo 1.12.- Sentencias 236/2007, 260/2007.

Artículo 1.13.- Sentencias 236/2007, 260/2007.

Artículo 1.14.- Sentencia 236/2007.

Artículo 1.15.- Sentencias 259/2007, 262/2007.

Auto 452/2007.

Artículo 1.16.- Sentencias 236/2007 (anula parcialmente), 259/2007, 261/2007,

262/2007, 263/2007, 264/2007, 265/2007.

Auto 452/2007.

Artículo 1.20.- Sentencia 236/2007.

Artículo 1.50.- Sentencias 236/2007, 260/2007, 262/2007.

Artículo 1.53.- Sentencia 236/2007 (interpreta).

Artículo 1.54.- Sentencia 260/2007.

Artículo 1.55.- Sentencia 260/2007.

Artículo 1.56.- Sentencias 236/2007, 259/2007, 260/2007, 262/2007.

Auto 452/2007.

Artículo 1.57.- Sentencia 262/2007.

Ley 23/2001, de 27 de diciembre. Presupuestos generales del Estado para 2002

Sección 32.- Sentencia 238/2007.

Sección 33.- Sentencia 238/2007.

Artículo 84.- Sentencia 238/2007.

Artículo 86.- Sentencia 238/2007.

Artículo 88.- Sentencia 238/2007.

Ley 24/2001, de 27 de diciembre. Medidas fiscales, administrativas y del orden social

En general.- Auto 402/2007.

Artículo 58.- Autos 352/2007, 353/2007.

Real Decreto-ley 5/2002, de 24 de mayo. Medidas urgentes para la reforma del

sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad

En general.- Sentencia 68/2007 (anula).

Artículo 2.3.- Auto 290/2007.

Ley 44/2002, de 22 de noviembre. Medidas de reforma del sistema financiero

Artículo 8.2.- Auto 384/2007.

Artículo 8.3.- Auto 384/2007.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

37

Artículo 8.5.- Auto 384/2007.

Artículo 8.10.- Auto 384/2007.

Artículo 8.15.- Auto 384/2007.

Artículo 8.17.- Auto 384/2007.

Disposición final primera.- Auto 384/2007.

Ley 45/2002, de 12 de diciembre. Medidas urgentes para la reforma del sistema de

protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad

Disposición transitoria novena.- Auto 408/2007.

Disposición final primera, apartado 2.- Auto 408/2007.

Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre. Calidad de la educación

En general.- Auto 45/2007.

Ley 51/2002, de 27 de diciembre. Reforma de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre,

reguladora de las haciendas locales

En general.- Auto 76/2007.

Ley 52/2002, de 30 de diciembre. Presupuestos generales del Estado para el año 2003

Sección 32.- Sentencia 248/2007.

Artículos 76, 78.- Sentencia 248/2007.

Ley 43/2003, de 21 de noviembre. Montes

Artículos 7.24, 46.1, 47.3.- Auto 198/2007.

Ley Orgánica 20/2003, de 23 de diciembre. Modificación de la Ley Orgánica del

Poder judicial y del Código penal

Artículo 2.- Auto 311/2007.

Ley 61/2003, de 30 de diciembre. Presupuestos generales del Estado para 2004

Sección 32.- Sentencia 237/2007.

Artículo 92.- Sentencia 237/2007.

Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre. Medidas de protección integral contra la

violencia de género

Artículo 38.- Autos 370/2007, 453/2007.

Artículo 44.- Autos 370/2007, 453/2007.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril. Reforma de la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de

julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana

Artículo 20.- Sentencias 247/2007, 249/2007.

Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo. Reforma del Estatuto de Autonomía de

Andalucía

Disposición adicional tercera, apartado 2.- Auto 329/2007.

Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo. Igualdad efectiva de mujeres y hombres

En general.- Auto 471/2007.

Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo. Modificación de la Ley Orgánica 2/1979, de 3

de octubre, del Tribunal Constitucional

Artículo único, apartados 6, 7.- Auto 387/2007.

Normas sin fuerza de ley

Real Decreto 326/2002, de 5 de abril. Régimen de nombramiento de los miembros

sustitutos del Ministerio Fiscal

Artículo 5.- Auto 197/2007.

Disposición derogatoria única.- Auto 197/2007.

Orden del Ministerio de Justicia JUS/821/2002, de 9 de abril. Convocatoria plazas de

abogados fiscales sustitutos correspondientes al año judicial 2002-2003

Base quinta.- Auto 197/2007.

Orden APA/62/2003 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 20 de

enero. Regulación del ejercicio de la actividad pesquera con arte de almadraba y la

concesión de las licencias

Artículos 7, 8.- Auto 424/2007.

Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre. Normas de calidad y seguridad para la

donación, obtención, evaluación, procesamiento, preservación, almacenamiento y

distribución de células y tejidos humanos y aprobación de las normas de

coordinación y funcionamiento para su uso en humanos

En general.- Auto 258/2007.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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COMUNIDADES AUTÓNOMAS

ANDALUCÍA

Normas con fuerza de ley

Ley del Parlamento de Andalucía 18/2003, de 29 de diciembre. Medidas fiscales y

administrativas

Artículos 56 a 64.- Autos 71/2007, 456/2007.

ASTURIAS

Normas con fuerza de ley

Ley de la Junta General del Principado de Asturias 15/2002, de 27 de diciembre.

Medidas presupuestarias, administrativas y fiscales

Artículo 21.- Auto 50/2007.

BALEARES

Normas con fuerza de ley

Ley del Parlamento de las Illes Balears 6/1999, de 3 de abril. Directrices de

ordenación territorial de las Illes Balears y de medidas tributarias

Artículo 64.1.- Sentencia 46/2007 (anula).

Artículo 79.2.- Sentencia 46/2007 (anula parcialmente).

Disposición adicional vigésimo segunda.- Sentencia 46/2007 (anula).

Ley del Parlamento de las Illes Balears 9/2000, de 27 de octubre. Modificación de la

Ley 12/1999, de 23 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de función

pública y económicas

Artículo único.- Auto 326/2007.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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CASTILLA-LA MANCHA

Normas con fuerza de ley

Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 9/1990, de 28 de diciembre. Carreteras y

caminos

Artículo 16 apartados 1, 2 (redactado por la Ley 7/2002, de 9 de mayo).- Auto

17/2007.

Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de junio. Ordenación del

territorio y de la actividad urbanística

Artículo 51.1.2 d), e).- Auto 80/2007.

Artículo 51.1.2 e).- Auto 77/2007.

Artículo 69.2.- Autos 77/2007, 80/2007.

Artículo 71.3.- Auto 80/2007.

Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 7/2002, de 9 de mayo. Modificación de la

Ley 9/1990, de 28 de diciembre. Carreteras y caminos

En general.- Auto 17/2007.

Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 13/2005, de 29 de diciembre. Presupuestos

Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2006

Artículo 49.1 a).- Auto 322/2007.

Normas sin fuerza de ley

Orden de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Comunidad de

Castilla-La Mancha, de 19 de noviembre de 1998. Regulación de la indicación

geográfica «Vinos de la Tierra de Castilla» y establece los requisitos para su

utilización

En general.- Sentencia 44/2007.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

41

CATALUÑA

Normas con fuerza de ley

Ley del Parlamento de Cataluña 1/2003, de 19 de febrero. Universidades de Cataluña

En general.- Auto 46/2007.

Ley del Parlamento de Cataluña 22/2005, de 29 de diciembre. Comunicación

audiovisual de Cataluña

Artículos 1 apartados a), d) a f), 2.1 apartados b) a e), 17 a 22, 28, 32.2, 33.5, 36,

37, 39, 40.2 b), 41 a 64, 66 a 71, 86, 87, 111, 115, 116, 119, 127.2, 128, 133, 134.-

Auto 18/2007.

Disposiciones transitorias segunda, cuarta, sexta.- Auto 18/2007.

Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio. Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña

En general.- Autos 26/2007, 177/2007, 192/2007, 224/2007, 253/2007, 261/2007.

LA RIOJA

Normas con fuerza de ley

Ley del Parlamento de La Rioja 6/2002, de 18 de octubre. Tasas y precios públicos de

la Comunidad Autónoma de La Rioja

Anexo, tasa 7.16.- Auto 407/2007.

PAÍS VASCO

Normas con fuerza de ley

Ley del Parlamento Vasco 9/1989, de 17 de noviembre. Valoración del suelo

Artículo 19 a).- Sentencia 14/2007 (anula parcialmente).

Auto 43/2007.

Ley del Parlamento Vasco 3/2004, de 25 de febrero. Sistema universitario vasco

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

42

Artículos 15.1 apartados b), c) inciso 1, 20.1 c), 21.2 d), 22.2, 27.2, 46.1 apartados

c), d), 61, 113.1.- Auto 72/2007.

Disposiciones transitorias segunda, tercera.- Auto 72/2007.

Normas sin fuerza de ley

Resolución del Director de Servicios del Departamento de Transportes y Obras

Públicas del Gobierno Vasco 8301/05, de 2 de marzo de 2005. Concurso para

construcción de plataforma de la nueva red ferroviaria del País Vasco: Acceso a

Irún, subtramo 2

En general.- Auto 48/2007.

Resolución del Director de Servicios del Departamento de Transportes y Obras

Públicas del Gobierno Vasco 8302/05, de 2 de marzo de 2005. Concurso para

construcción de plataforma de la nueva red ferroviaria del País Vasco. Tramo:

Ordizia-Itsasondo

En general.- Auto 48/2007.

VALENCIA

Normas con fuerza de ley

Ley de las Cortes Valencianas 1/2006, de 19 de abril. Sector audiovisual

Artículos 2 a) inciso final, 32.3, 36.2, 38.2 apartados a), b), 46, 47.3.- Auto

218/2007.

Disposición adicional única.- Auto 218/2007.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

43

3. Índice analítico

A

Abogados

Correcciones disciplinarias procesales, Sentencias 24/2007, ff. 2, 3; 145/2007, f. 4.

Abogados y procuradores de oficio

Denegación de abogado de oficio, Sentencia 146/2007, ff. 3, 4.

Denegación de abogado de oficio en supuestos de intervención no preceptiva,

Sentencia 225/2007, ff. 2, 3, 5, 6.

Designación de abogado y procurador de oficio, Sentencia 1/2007, f. 2.

Abstención y recusación de jueces y magistrados

Derecho a un juez imparcial, Sentencia 26/2007, ff. 2, 4.

Incidente de recusación, Sentencia 28/2007, ff. 2, 3.

Incidente interpuesto por abogado, Sentencia 24/2007, f. 3.

Proceso contencioso-administrativo, Sentencia 55/2007, f. 2.

Abstención y recusación de magistrados del Tribunal Constitucional

Abstención de magistrados del Tribunal Constitucional, acepta, Autos 37/2007;

42/2007; 179/2007; 223/2007; 334/2007; 350/2007; 387/2007; 452/2007.

Abstención de magistrados del Tribunal Constitucional, deniega, Autos 242/2007;

289/2007.

Composición del tribunal que ha de resolver la recusación, Auto 443/2007.

Fundamentación de la recusación de magistrados del Tribunal Constitucional, Auto

443/2007.

Inadmisión liminar del incidente de recusación de magistrados del Tribunal

Constitucional, Auto 177/2007.

Prueba de los motivos de la recusación, Auto 443/2007.

Recusación de magistrados del Tribunal Constitucional, acepta, Auto 26/2007.

Recusación de magistrados del Tribunal Constitucional, deniega, Autos 192/2007;

224/2007; 253/2007; 443/2007.

Recusación global, Auto 443/2007.

Recusaciones sucesivas, Auto 443/2007.

Acceso a la función pública

Principios de mérito y capacidad, Sentencias 38/2007, ff. 8, 9; 80/2007, f. 2; 87/2007,

f. 2.

Procesos selectivos, Sentencia 129/2007, f. 2.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

44

Acceso a la justicia

Acceso a la justicia versus acceso a los recursos, Sentencias 181/2007, f. 2; 254/2007,

f. 2.

Archivo de demanda, Sentencias 1/2007, f. 2; 119/2007, ff. 1, 3 a 7.

Denegación de legitimación procesal, Sentencias 52/2007, passim; 251/2007, ff. 4 a 7.

Inadmisión de recurso contencioso-administrativo, Sentencia 133/2007, f. 2.

Inadmisión de recurso contencioso-administrativo por acto firme y consentido,

Sentencia 239/2007, ff. 2, 3.

Inadmisión de recurso contencioso-administrativo por extemporaneidad, Sentencias

25/2007, ff. 2, 3; 32/2007, ff. 2, 3; 40/2007, ff. 2, 3; 64/2007, f. 2; 130/2007, f. 4;

131/2007, f. 2; 148/2007, ff. 2, 3; 159/2007, ff. 2, 3; 173/2007, f. 4; 179/2007, f. 2;

199/2007, f. 3; 221/2007, f. 1.

Inadmisión de recurso contencioso-administrativo por falta de legitimación de

sindicato, Sentencia 202/2007, f. 5.

Justicia gratuita, Sentencia 217/2007, passim.

Principio pro actione, Sentencias 27/2007, f. 4; 32/2007, f. 3; 40/2007, ff. 2, 3;

159/2007, f. 2.

Proceso laboral, Sentencia 172/2007, ff. 2, 4.

Acceso a la justicia penal

Acción penal, Sentencia 218/2007, ff. 1, 2, 5.

Derecho a ejercer los cargos públicos, Sentencia 220/2007, ff. 2, 3.

Doctrina, Sentencia 227/2007, f. 5.

Sobreseimiento de actuaciones fundado en derecho, Auto 246/2007.

Acceso al proceso

Doctrina, Sentencia 251/2007, f. 4.

Acceso al recurso legal

Consignación, Sentencia 253/2007, passim.

Doctrina, Sentencia 198/2007, f. 3.

Inadmisión de recurso de apelación, Sentencia 254/2007, f. 2.

Inadmisión de recurso de apelación civil, Sentencia 22/2007, ff. 3, 4.

Inadmisión de recurso de casación civil, Sentencia 51/2007, ff. 4, 5.

Inadmisión de recurso de casación contencioso-administrativo, Sentencias 16/2007, ff.

2, 3; 252/2007, ff. 3, 4.

Inadmisión de recurso de casación laboral, Sentencia 250/2007, ff. 4, 5.

Inadmisión de recurso de casación para la unificación de doctrina, Sentencia 181/2007,

ff. 1, 6.

Inadmisión de recurso de suplicación, Sentencia 198/2007, f. 4.

Indicación de recursos, Sentencia 155/2007, f. 2.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

45

Principio pro actione, Sentencia 250/2007, f. 4.

Recurso de casación, Sentencia 241/2007, ff. 2, 5.

Auto 282/2007.

Acceso al recurso penal

Inadmisión de recurso de apelación en juicio de faltas por extemporaneidad, Sentencia

122/2007, ff. 4, 6.

Principio pro actione, Sentencia 246/2007, f. 3.

Recurso de casación penal, Sentencia 246/2007, f. 3.

Aclaración de resoluciones del Tribunal Constitucional

Aclaración improcedente, Auto 285/2007.

Aconfesionalidad del Estado, principio de

Deber de cooperación con la Iglesia católica, Sentencias 38/2007, ff. 5, 9, 10; 80/2007,

f. 2; 87/2007, f. 2; 128/2007, f. 5.

Doctrina, Sentencias 80/2007, f. 2; 87/2007, f. 2.

Principio de neutralidad religiosa, Sentencias 38/2007, ff. 5, 10; 80/2007, f. 2;

87/2007, f. 2; 128/2007, ff. 5, 9, 10, 12, VP.

Actos parlamentarios

Actos de naturaleza normativa, Sentencia 141/2007, f. 2.

Principio de igualdad, Auto 369/2007.

Actos procesales de comunicación

Defectos procesales imputables al recurrente, Auto 9/2007.

Diligencia del órgano judicial en la ejecución de actos procesales de comunicación,

Sentencia 210/2007, f. 2.

Emplazamiento, Sentencia 210/2007, ff. 2, 3.

Relevancia constitucional de los actos procesales de comunicación, Sentencia

214/2007, ff. 1, 2.

Actuaciones judiciales

Archivo de actuaciones, Auto 60/2007.

Acuerdos con la Santa Sede

Enseñanza de religión, Sentencias 38/2007, ff. 2 a 5, 13; 80/2007, ff. 1, 2; 87/2007, ff.

1, 2; 128/2007, f. 5; 201/2007, f. 2.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

46

Acumulación de procesos constitucionales

Acumulación de recursos de amparo, improcedencia, Auto 268/2007.

Acumulación de recursos de amparo, procedencia, Auto 56/2007.

Acumulación de recursos de amparo electoral, procedencia, Auto 238/2007.

Acumulación de recursos de inconstitucionalidad, improcedencia, Auto 261/2007.

Acumulación de recursos de inconstitucionalidad, procedencia, Auto 471/2007.

Acusación particular

Perjudicados por el delito, Sentencia 218/2007, ff. 1, 5.

Administraciones públicas

Relaciones laborales, Sentencia 38/2007, f. 7.

Representación sindical, Sentencia 257/2007, ff. 2 a 4.

Silencio administrativo, Sentencia 64/2007, f. 3.

Adopción

Expediente de adopción, Auto 461/2007.

Aeropuertos

Aeropuertos de interés general, Sentencia 46/2007, ff. 4 a 7.

Agotamiento de recursos en la vía judicial

Carga de acreditación, Sentencia 233/2007, f. 2.

Doctrina, Sentencias 205/2007, f. 2; 221/2007, f. 2; 233/2007, f. 2.

Doctrina constitucional, Sentencias 204/2007, f. 2; 228/2007, ff. 2, 3.

Existencia de agotamiento, Sentencia 55/2007, f. 2.

Falta de agotamiento, Sentencia 21/2007, f. único.

Autos 184/2007; 219/2007; 225/2007.

Incidente de nulidad de actuaciones, Sentencias 132/2007, f. 3; 135/2007, ff. 4, 5.

Incidente de nulidad de actuaciones, falta, Sentencia 181/2007, f. 4.

Autos 11/2007; 265/2007.

Incidente de nulidad de actuaciones improcedente, Auto 392/2007.

Incidente de nulidad de actuaciones no exigible, Sentencias 11/2007, f. 2; 255/2007, f.

2.

Incidente de nulidad de actuaciones pendiente, Autos 219/2007; 225/2007; 256/2007.

Incidente de nulidad de actuaciones por incongruencia, falta, Sentencia 190/2007, f. 7.

Autos 27/2007; 382/2007.

Incidente de nulidad de actuaciones por incongruencia no exigible, Sentencias

205/2007, f. 2; 206/2007, f. 2.

Incidente de nulidad de actuaciones procedente, Sentencia 204/2007, f. 2.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

47

Incidente de recusación, Sentencia 28/2007, ff. 2, 3.

Indicación de recursos, Sentencia 202/2007, f. 2.

Proceso civil pendiente, Sentencia 59/2007, f. 2.

Recurso de aclaración procedente, Sentencia 204/2007, f. 2.

Recurso de casación contencioso-administrativo, Sentencias 228/2007, f. 3; 242/2007,

ff. 2, 4.

Recurso de casación contencioso-administrativo no exigible, Sentencia 202/2007, f. 2.

Recurso de casación contencioso-administrativo para la unificación de doctrina no

exigible, Sentencia 27/2007, f. 3.

Recurso de casación para la unificación de doctrina, Sentencia 8/2007, f. 2.

Recurso de casación para la unificación de doctrina no exigible, Sentencias 128/2007,

f. 3; 147/2007, f. 2; 183/2007, f. 2.

Recurso de revisión de sentencia firme, Sentencia 70/2007, f. 2.

Recurso de súplica, Sentencia 152/2007, f. 2.

Recurso manifiestamente improcedente, Sentencia 143/2007, f. 2.

Recurso útil, Sentencia 75/2007, f. 2.

Agrupaciones electorales

Naturaleza, Sentencia 110/2007, f. 11.

Vinculación con partidos políticos ilegalizados, Sentencia 110/2007, ff. 11 a 17.

Aguas

Abastecimiento de agua, Sentencias 247/2007, ff. 17 a 22; 249/2007, f. 3.

Auto 355/2007.

Aguas interautonómicas, Sentencias 247/2007, f. 2; 249/2007, f. 4.

Orden constitucional de competencias, Sentencias 247/2007, passim; 249/2007, ff. 1,

3, 5.

Redistribución de aguas de cuencas excedentarias, Sentencias 247/2007, ff. 1, 2, 18,

22; 249/2007, f. 4.

Andalucía

Porcentaje de participación en los ingresos del Estado, Sentencias 13/2007, passim;

58/2007, passim.

Arrendamientos urbanos

Lanzamiento de arrendatario, Auto 9/2007.

Asociaciones

Asociaciones profesionales, Sentencia 52/2007, ff. 3, 4.

Auto de aclaración

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

48

Condena en costas procesales, Sentencias 53/2007, f. 3; 171/2007, f. 4.

Autonomía, principio de

Unidad del Estado, Sentencia 247/2007, f. 4.

B

Baleares

Competencias en materia de ordenación del territorio, Sentencia 46/2007, passim.

C

Calificación jurídica de los hechos

Modificación en apelación de la calificación jurídica de los hechos, Auto 180/2007.

Candidaturas electorales

Requisitos de las candidaturas electorales, Sentencia 127/2007, ff. 3, 4.

Auto 325/2007.

Subsanación de irregularidades, Sentencias 96/2007, ff. 4 a 6; 97/2007, ff. 4, 5;

99/2007, ff. 4 a 6; 100/2007, ff. 3, 4; 101/2007, ff. 2 a 4; 102/2007, ff. 3, 4; 104/2007,

ff. 4, 5; 105/2007, f. 3; 108/2007, ff. 4, 5; 109/2007, f. 3; 111/2007, f. 3.

Capacidad procesal

Falta de capacidad procesal para comparecer en juicio, Sentencia 251/2007, f. 7.

Carga de la prueba

Indicios de discriminación, Sentencia 17/2007, f. 6.

Inversión de la carga de la prueba, Sentencia 17/2007, f. 3.

Cataluña

Elecciones locales, Sentencias 187/2007, ff. 4 a 7; 188/2007, ff. 4 a 7; 189/2007, ff. 4 a

7; 190/2007, ff. 4 a 7; 193/2007, ff. 4 a 7.

Centros docentes públicos

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

49

Neutralidad ideológica, Sentencia 38/2007, f. 10.

Profesores, Sentencias 38/2007, ff. 5, 7, 9 a 13; 80/2007, f. 2; 87/2007, f. 2.

Coaliciones electorales

Composición de coaliciones electorales, Sentencias 187/2007, ff. 5, 6; 188/2007, ff. 5,

6; 189/2007, ff. 5, 6; 190/2007, ff. 5, 6; 193/2007, ff. 5, 6.

Requisitos para la constitución de coaliciones electorales, Sentencias 187/2007, ff. 5,

6; 188/2007, ff. 5, 6; 189/2007, ff. 5, 6; 190/2007, ff. 5, 6; 193/2007, ff. 5, 6.

Colegios profesionales

Domicilio profesional, Sentencia 163/2007, f. 3.

Comités de empresa

Legitimación procesal, Sentencia 205/2007, f. 4.

Compañías de seguros

Indemnización, Sentencia 214/2007, f. 4.

Competencias

Competencias financieras, Sentencias 13/2007, passim; 58/2007, f. 4; 238/2007, f. 4;

248/2007, f. 2.

Competencias de las Comunidades Autónomas

Competencias configuradas por la legislación básica, Sentencia 247/2007, f. 17.

Competencias del Estado

Aeropuertos civiles, Sentencia 46/2007, ff. 4 a 7.

Aguas, Sentencia 249/2007, ff. 4, 5.

Dominio público, Sentencia 46/2007, ff. 11, 12.

Expropiación forzosa, Sentencia 14/2007, ff. 3, 5, 7.

Competencias del Tribunal Constitucional

Competencia en materia de interpretación de las normas jurídicas, Sentencia 246/2007,

f. 3.

Competencia en materia de observancia de tratados internacionales, Sentencia

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

50

110/2007, f. 2.

Competencia para la protección de los derechos fundamentales, Sentencia 184/2007, f.

3.

Facultades de oficio del Tribunal Constitucional, Sentencia 201/2007, f. 1.

Competencias exclusivas del Estado

Legislación básica, Sentencia 247/2007, f. 17.

Comunidades Autónomas

Fondo de Compensación Interterritorial, Sentencia 238/2007, passim.

Fondo de suficiencia, Sentencias 237/2007, ff. 2 a 4; 248/2007, ff. 3 a 5.

Informes administrativos, Sentencia 46/2007, ff. 8 a 10.

Porcentaje de participación en los ingresos del Estado, Sentencias 13/2007, ff. 4 a 10;

58/2007, passim; 238/2007, f. 3.

Principio de igualdad, Sentencia 247/2007, ff. 13 a 15.

Principio de suficiencia financiera, Sentencias 13/2007, f. 5; 58/2007, f. 3; 237/2007, f.

4.

Condiciones de trabajo

Riesgos para la salud, Sentencias 62/2007, ff. 5, 6; 160/2007, ff. 2, 4, 5, VP.

Conflictos en defensa de la autonomía local

Legitimación en conflictos en defensa de la autonomía local, Auto 322/2007.

Pérdida sobrevenida de objeto por derogación de la norma, Auto 326/2007.

Conflictos positivos de competencia

Ius superveniens, Sentencia 44/2007, f. 1.

Lesión competencial efectiva, Sentencia 44/2007, ff. 7, 9.

Objeto del conflicto positivo de competencia, Sentencia 44/2007, ff. 2, 3.

Objeto inidóneo, Sentencia 44/2007, f. 9.

Pérdida sobrevenida de objeto por derogación de la norma, Auto 197/2007.

Titularidad de las competencias, Sentencia 44/2007, f. 6.

Congreso de los Diputados

Constitución de grupos parlamentarios, Auto 262/2007.

Congruencia, principio de

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

51

Principio de contradicción, Sentencia 56/2007, ff. 3, 5.

Principio iura novit curia, Auto 368/2007.

Consignación

Acreditación de la consignación, Sentencia 253/2007, f. 3.

Consignación de rentas en juicio de desahucio, Auto 33/2007.

Consignación en recurso de apelación en resolución de contrato de arrendamiento,

Sentencia 253/2007, f. 1.

Contradicción, principio de

Doctrina, Sentencia 65/2007, f. 2.

Indefensión, Sentencias 61/2007, f. 2; 65/2007, f. 3; 116/2007, f. 3.

Proceso penal, Sentencia 73/2007, f. 3.

Prueba testifical, Sentencia 29/2007, ff. 2, 4.

Control judicial

Actos de autoridades eclesiásticas, Sentencias 38/2007, f. 7; 80/2007, f. 2; 87/2007, f.

2; 128/2007, f. 1.

Auto 257/2007.

Coordinación entre el Estado y las Comunidades Autónomas

Límite a la autonomía financiera, Sentencia 13/2007, ff. 5 a 7.

Corporaciones locales

Cómputo de votos, Auto 338/2007.

Correos

Funcionarios públicos, Sentencia 78/2007, ff. 3, 4.

Cosa juzgada

Irreversibilidad de un proceso fenecido, Sentencia 91/2007, f. 4.

Costas procesales

Condena en costas en procedimiento de ejecución de sentencia, Sentencia 120/2007, f.

3.

Criterios para la imposición de costas procesales, Sentencias 120/2007, f. 3; 135/2007,

f. 2.

Impugnación de costas procesales, Sentencia 225/2007, f. 9.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

52

Justicia gratuita, Sentencia 135/2007, f. 2.

Mala fe procesal, Sentencia 67/2007, f. 5.

Motivación de la imposición de costas procesales, Sentencias 53/2007, f. 4; 120/2007,

f. 3; 232/2007, ff. 3, 4.

Tasación de costas, Sentencia 225/2007, f. 6.

Temeridad procesal, Sentencia 67/2007, f. 5.

Cuestión de inconstitucionalidad

Alcance del fallo, Sentencia 38/2007, f. 14.

Auto 467/2007.

Audiencia previa a las partes, Sentencia 38/2007, f. 2.

Autos 202/2007; 467/2007.

Audiencia previa al Ministerio Fiscal, Auto 257/2007.

Autos de planteamiento de cuestión de inconstitucionalidad, Autos 202/2007;

453/2007; 467/2007.

Control concreto de constitucionalidad, Sentencia 235/2007, f. 2.

Denegación de planteamiento, Autos 202/2007; 247/2007.

Derogación de normas jurídicas, Sentencia 87/2007, f. 2.

Desestimación previa por el Tribunal Constitucional en idéntico supuesto, Autos

402/2007; 454/2007.

Extinción de cuestión de inconstitucionalidad, Autos 77/2007; 80/2007.

Falta de viabilidad, Auto 76/2007.

Identificación de la norma cuestionada, Auto 453/2007.

Inconstitucionalidad por omisión, Auto 200/2007.

Intervención de las partes y del Ministerio Fiscal, Auto 50/2007.

Juicio de relevancia, Autos 76/2007; 370/2007; 370/2007; 385/2007; 408/2007;

426/2007; 467/2007.

Motivación del Autos de planteamiento, Sentencias 80/2007, f. 2; 87/2007, f. 2.

Autos 50/2007; 257/2007.

Normas declaradas constitucionales por el Tribunal Constitucional, Auto 385/2007.

Pérdida sobrevenida de objeto de la cuestión de inconstitucionalidad, Autos 77/2007;

80/2007.

Pérdida sobrevenida de objeto por derogación de la norma, Autos 257/2007; 290/2007.

Pervivencia de su objeto pese a la derogación de la norma, Sentencias 14/2007, f. 1;

38/2007, f. 2; 80/2007, f. 2.

Planteamiento de cuestión de inconstitucionalidad, Auto 456/2007.

Planteamiento discordante con la providencia trasladada a las partes, Autos 370/2007;

385/2007; 426/2007.

Rango de ley, Sentencia 129/2007, f. 3.

Requisitos procesales de la cuestión de inconstitucionalidad, Autos 257/2007;

456/2007.

Cuestión de legalidad ordinaria

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

53

Circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, Sentencia 126/2007, f. 5.

Competencias de los órganos judiciales, Sentencia 156/2007, f. 3.

Inadmisión de recurso de casación para la unificación de doctrina, Sentencia 181/2007,

f. 2.

Procedimiento electoral, Sentencias 167/2007, f. 8; 168/2007, f. 4; 169/2007, f. 6;

170/2007, f. 5.

Cuestión interna de inconstitucionalidad

Planteamiento de cuestión interna improcedente, Sentencia 127/2007, f. 4.

Cuestión prejudicial comunitaria

Denegación de planteamiento de cuestión prejudicial comunitaria, Auto 62/2007.

Cuestiones de competencia judicial

Inhibitoria de jurisdicción, Sentencia 21/2007, f. único.

D

Daños

Daños morales, Auto 444/2007.

Daños personales, Sentencia 136/2007, f. 3.

Declaración de inconstitucionalidad

Procesos fenecidos donde se aplicó una ley posteriormente declarada inconstitucional,

Sentencia 91/2007, ff. 3, 4.

Decretos legislativos

Control de constitucionalidad de los Decretos legislativos, Sentencia 166/2007, f. 2.

Decretos-leyes

Convalidación de Decretos-leyes, Sentencia 68/2007, ff. 9, 10.

Motivación de la extraordinaria y urgente necesidad, Sentencia 68/2007, ff. 6 a 12.

Requisitos, Sentencia 68/2007, ff. 6 a 12.

Defectos de la demanda de amparo

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

54

Defectos no subsanados por Auto de admisión, Sentencia 205/2007, f. 2.

Defectos procesales

Efectos del defecto procesal, Sentencia 252/2007, f. 4.

Subsanación de defectos procesales, Sentencia 22/2007, f. 5.

Delegación legislativa

Exceso en el ejercicio de la delegación legislativa, Sentencia 166/2007, f. 3.

Delitos

Amenazas, Sentencias 117/2007, f. 7; 138/2007, ff. 2, 3.

Amenazas leves, Auto 371/2007.

Asociación ilícita, Sentencia 117/2007, ff. 4 a 6.

Conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, Sentencias 196/2007, f. 8;

256/2007, f. 4.

Daños, Sentencia 117/2007, ff. 4, 8.

Delitos contra la hacienda pública, Sentencia 142/2007, f. 4.

Delitos contra la propiedad intelectual, Sentencia 137/2007, f. 5.

Delitos contra la salud pública, Autos 34/2007; 266/2007.

Delitos contra la seguridad del tráfico, Sentencias 134/2007, f. 4; 206/2007, f. 9.

Estafa, Sentencia 73/2007, f. 4.

Auto 204/2007.

Falsedad documental, Sentencia 208/2007, f. 3.

Favorecimiento de la inmigración ilegal, Sentencia 117/2007, f. 4.

Genocidio, Sentencias 227/2007, ff. 1, 2, 5; 235/2007, ff. 7 a 9.

Lesiones, Sentencia 207/2007, ff. 3, 4.

Auto 25/2007.

Maltrato, Sentencia 197/2007, f. único.

Robo, Sentencias 75/2007, f. 4; 76/2007, f. 4.

Terrorismo, Auto 214/2007.

Tráfico de drogas, Sentencias 203/2007, ff. 1, 2; 230/2007, f. 3.

Demanda de amparo

Alegación de inconstitucionalidad de la ley, Sentencia 91/2007, f. 2.

Alegación no acreditada, Sentencia 18/2007, f. 3.

Alegaciones de las partes, Sentencia 54/2007, f. 5.

Fijación de la pretensión de amparo, Sentencias 195/2007, ff. 1, 2; 232/2007, f. 5.

Fundamentación de la demanda de amparo, Sentencias 60/2007, f. 7; 110/2007, ff. 2,

7; 187/2007, f. 7; 188/2007, f. 7; 189/2007, f. 7; 190/2007, f. 7; 193/2007, f. 7;

203/2007, f. 1.

Identificación del derecho vulnerado, Sentencia 42/2007, f. 3.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

55

Demanda de inconstitucionalidad

Fundamentación de la demanda de inconstitucionalidad, Sentencia 13/2007, f. 1.

Demanda por despido

Subsanación de defectos procesales, Sentencias 119/2007, passim; 172/2007, ff. 2, 4.

Democracia

Exclusión de la democracia militante, Sentencia 235/2007, f. 5.

Derecho a acceder a las funciones públicas

Discriminación entre cuerpos de funcionarios, Sentencias 78/2007, ff. 3, 4; 129/2007,

f. 2.

Igualdad en el acceso a la función pública, Sentencias 38/2007, ff. 8, 9; 78/2007, f. 4;

80/2007, f. 2; 87/2007, f. 2; 128/2007, f. 4, VP.

Derecho a acceder a los cargos públicos

Candidaturas electorales, Sentencia 112/2007, f. 9.

Cargos públicos de representación política, Sentencia 127/2007, f. 4.

Configuración de las condiciones de acceso por vía negativa, Sentencia 129/2007, f. 2.

Derecho a la tutela judicial efectiva, Sentencia 167/2007, f. 4.

Derecho de sufragio, Sentencias 187/2007, f. 7; 188/2007, f. 7; 189/2007, f. 7;

190/2007, f. 7; 193/2007, f. 7.

Derechos de configuración legal, Sentencias 167/2007, f. 8; 168/2007, f. 4; 169/2007,

f. 6; 170/2007, f. 5.

Doctrina constitucional, Sentencias 187/2007, f. 4; 188/2007, f. 4; 189/2007, f. 4;

190/2007, f. 4; 193/2007, f. 4.

Igualdad en el acceso a los cargos públicos, Sentencias 187/2007, f. 4; 188/2007, f. 4;

189/2007, f. 4; 190/2007, f. 4; 193/2007, f. 4.

Proclamación de candidatos electos, Sentencias 187/2007, f. 7; 188/2007, f. 7;

189/2007, f. 7; 190/2007, f. 7; 193/2007, f. 7.

Sufragio pasivo, Sentencias 96/2007, ff. 2, 4, 6; 97/2007, f. 4; 99/2007, ff. 2, 4, 6;

101/2007, ff. 2 a 4; 102/2007, ff. 3, 4; 104/2007, ff. 2, 3, 5; 105/2007, f. 4; 108/2007, ff.

4, 5; 109/2007, f. 3; 110/2007, f. 11; 111/2007, f. 3; 167/2007, f. 6; 168/2007, f. 5;

169/2007, f. 6; 170/2007, f. 5.

Derecho a comunicar libremente información

Funcionarios públicos, Sentencia 244/2007, ff. 3 a 7.

Relevancia pública de la información, Sentencias 72/2007, f. 3; 244/2007, f. 4.

Veracidad de la información, Sentencia 244/2007, f. 5.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

56

Derecho a ejercer los cargos públicos

Doctrina, Sentencia 220/2007, ff. 2, 3.

Ius in officium, Sentencia 141/2007, f. 4.

Auto 369/2007.

Derecho a la acción penal

Ius ut procedatur, Auto 246/2007.

Derecho a la asistencia letrada

Conducta omisiva del órgano judicial, respetado, Auto 255/2007.

Conducta omisiva del órgano judicial, vulnerado, Sentencia 225/2007, ff. 1, 3, 4, 8.

Deber de diligencia en la designación de abogado, Auto 75/2007.

Deberes de los colegios profesionales, Sentencia 225/2007, f. 7.

Denegación de abogado de oficio, Sentencia 146/2007, ff. 3, 4.

Doctrina, Sentencia 1/2007, f. 3.

Doctrina constitucional, Auto 255/2007.

Vulneración no acreditada, Sentencia 156/2007, f. 2.

Derecho a la defensa

Asistencia letrada, Sentencia 24/2007, ff. 2, 3.

Derecho a defenderse por sí mismo, Sentencia 65/2007, ff. 3, 4.

Derecho a la última palabra, Sentencia 258/2007, ff. 3, 5.

Exigibilidad de la defensa técnica, Sentencia 225/2007, ff. 3, 4.

Notificación judicial, Sentencia 175/2007, f. 5.

Procedimiento administrativo, Sentencia 23/2007, ff. 4, 5.

Procedimiento penitenciario sancionador, Sentencias 66/2007, f. 4; 215/2007, f. 4.

Proceso contradictorio, Sentencia 61/2007, f. 2.

Proceso laboral, Auto 64/2007.

Proceso laboral, vulnerado, Sentencia 205/2007, f. 6.

Prohibición de interrogar al denunciante a quien ejercía su autodefensa, vulnerado,

Sentencia 65/2007, f. 3.

Tutela judicial efectiva, Sentencias 219/2007, ff. 4, 6; 220/2007, f. 2.

Derecho a la educación

Contenido del derecho a la educación, Sentencia 236/2007, f. 8.

Derecho de los padres a elegir la formación moral y religiosa de los hijos, Sentencias

38/2007, ff. 5, 12; 80/2007, f. 2; 87/2007, f. 2; 128/2007, f. 5, VP.

Extranjeros, Sentencias 236/2007, f. 8; 262/2007, f. 2.

Derecho a la huelga

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

57

Contenido del derecho a la huelga, Sentencia 259/2007, f. 7.

Extranjeros, Sentencias 260/2007, f. 2; 261/2007, f. 2; 262/2007, f. 2; 263/2007, f. 2;

264/2007, f. 2; 265/2007, f. 2.

Libertad sindical, Sentencia 259/2007, f. 7.

Mantenimiento de servicios esenciales, Sentencia 36/2007, ff. 2, 3.

Reanudación del trabajo, Sentencia 71/2007, f. 4.

Servicios mínimos, Sentencia 36/2007, f. 2.

Sustitución de trabajadores, Sentencia 18/2007, f. 3.

Derecho a la integridad física y moral

Derecho a la salud, Sentencia 62/2007, f. 3.

Doctrina constitucional, Sentencia 224/2007, ff. 2, 3 .

Doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Sentencia 140/2007, f. 2.

Indemnización por daños corporales, Auto 210/2007.

Intervención corporal, Sentencia 206/2007, ff. 3, 7, 8.

Relaciones laborales, Sentencia 74/2007, ff. 5, 7.

Riesgo relevante, Sentencia 160/2007, ff. 2, 4, 5.

Derecho a la intimidad familiar

Reagrupamiento familiar, Sentencia 236/2007, ff. 10, 11.

Derecho a la intimidad personal

Datos económicos, Auto 53/2007.

Datos públicos, Sentencia 110/2007, f. 9.

Derecho a la intimidad versus libertad de información, Auto 176/2007.

Doctrina, Sentencia 206/2007, ff. 4 a 6.

Intimidad corporal, Auto 57/2007.

Intimidad corporal, vulnerado, Sentencia 206/2007, ff. 7, 8.

Límites, Sentencia 206/2007, f. 5.

Protección de datos personales, Sentencia 110/2007, f. 9.

Vigilancia y control en el ámbito laboral, Auto 57/2007.

Derecho a la intimidad personal y familiar

Divulgación imputable al titular, respetado, Sentencia 128/2007, ff. 4, 10.

Derecho a la inviolabilidad del domicilio

Arrendamientos urbanos, Auto 9/2007.

Autorización judicial de entrada en domicilio, respetado, Sentencia 209/2007, ff. 3 a 5.

Concepto constitucional de domicilio, Sentencia 209/2007, f. 2.

Inspección tributaria, Auto 208/2007.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Derecho a la libertad personal

Detención preventiva, vulnerado, Sentencia 165/2007, ff. 2, 3.

Habeas corpus, vulnerado, Sentencia 19/2007, f. 2.

Internamiento de extranjero pendiente de expulsión, Sentencia 236/2007, f. 15.

Libertad provisional, Auto 420/2007.

Mantenimiento de prisión provisional, vulnerado, Sentencias 12/2007, f. 2; 95/2007, f.

5.

Motivación de la prisión provisional por riesgo de fuga, respetado, Sentencias

35/2007, f. 4; 149/2007, ff. 2, 4; 151/2007, ff. 2, 4; 152/2007, ff. 3, 5.

Motivación insuficiente de la prisión provisional, vulnerado, Sentencias 12/2007, f. 2;

79/2007, f. 4.

Prórroga temporánea de prisión provisional, respetado, Auto 75/2007.

Derecho a la participación en los asuntos públicos

Candidaturas electorales, Sentencia 112/2007, f. 9.

Derecho de sufragio pasivo, Sentencia 110/2007, f. 11.

Participación institucional, Sentencia 68/2007, f. 11.

Derecho a la presunción de inocencia

Actividad probatoria, Sentencias 116/2007, ff. 4, 5; 126/2007, f. 6.

Carga de la prueba, Auto 175/2007.

Condena penal, respetado, Sentencias 10/2007, ff. 2 a 5; 63/2007, f. 3; 116/2007, ff. 4,

5; 117/2007, ff. 3 a 8; 203/2007, f. 5; 208/2007, f. 2; 230/2007, f. 3.

Autos 10/2007; 22/2007; 74/2007; 175/2007; 382/2007.

Condena penal, vulnerado, Sentencia 137/2007, f. 5.

Condena penal en apelación, respetado, Sentencia 256/2007, f. 4.

Auto 25/2007.

Condena penal en apelación, vulnerado, Sentencias 11/2007, ff. 3, 4; 29/2007, ff. 2, 4;

126/2007, f. 6; 164/2007, f. 5; 182/2007, f. 4.

Condena penal en casación, respetado, Sentencia 245/2007, f. 3.

Control constitucional de las resoluciones judiciales, Sentencia 245/2007, f. 7.

Derecho a la tutela judicial efectiva, Sentencia 73/2007, f. 6.

Auto 266/2007.

Derecho a no declarar contra sí mismo, Sentencias 75/2007, f. 6; 76/2007, f. 9.

Doctrina, Sentencias 43/2007, ff. 7, 8; 244/2007, f. 2; 258/2007, f. 6.

Doctrina constitucional, Sentencias 196/2007, f. 5; 203/2007, f. 5; 206/2007, f. 9;

207/2007, f. 2.

Garantías procesales, Auto 203/2007.

Hechos probados, Sentencias 117/2007, ff. 3 a 8; 258/2007, f. 6.

Motivación de las sentencias, Sentencia 245/2007, ff. 5, 6.

Nueva valoración de la prueba en segunda instancia, Sentencia 29/2007, f. 3.

Nueva valoración de la prueba en segunda instancia, respetado, Sentencia 196/2007, f.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

59

6.

Nueva valoración de la prueba no corresponde al Tribunal Constitucional, Sentencia

213/2007, f. 3.

Procedimiento administrativo sancionador, Sentencia 116/2007, ff. 4, 5.

Procedimiento no sancionador, Sentencia 30/2007, f. 4.

Prueba de alcoholemia, Sentencia 134/2007, f. 5.

Retractación en el juicio oral, Sentencia 10/2007, f. 4.

Valoración de la prueba, Sentencias 28/2007, f. 4; 70/2007, f. 7; 76/2007, f. 3;

134/2007, ff. 4, 5; 137/2007, f. 3.

Autos 190/2007; 245/2007.

Derecho a la propia imagen

Derecho a la intimidad, Auto 176/2007.

Derecho al honor, Auto 176/2007.

Derecho a la prueba

Actividad probatoria, Sentencia 224/2007, passim.

Admisión de prueba, Auto 47/2007.

Delitos contra la seguridad del tráfico, Sentencia 256/2007, f. 4.

Denegación de comisión rogatoria, respetado, Sentencia 208/2007, f. 3.

Denegación de práctica de prueba, vulnerado, Sentencias 42/2007, ff. 4, 5; 77/2007, f.

4.

Denegación de prueba, respetado, Sentencias 30/2007, ff. 2, 3; 66/2007, f. 5; 94/2007,

ff. 3 a 5; 110/2007, f. 7; 152/2007, f. 2.

Auto 206/2007.

Denegación de prueba, vulnerado, Sentencias 136/2007, ff. 2, 3; 185/2007, f. 3.

Denegación de prueba pericial, vulnerado, Sentencias 60/2007, ff. 4 a 6; 77/2007, f. 4;

224/2007, f. 4.

Denegación de prueba testifical, vulnerado, Sentencia 23/2007, ff. 6, 7.

Derecho a la tutela judicial efectiva, Auto 371/2007.

Discriminación por razón de sexo, Sentencia 17/2007, ff. 3 a 6.

Doctrina, Sentencia 30/2007, f. 2.

Doctrina constitucional, Sentencias 77/2007, f. 3; 110/2007, f. 17; 208/2007, f. 3.

Auto 266/2007.

Falta de práctica de prueba admitida, Auto 47/2007.

Falta de práctica de prueba admitida, respetado, Auto 281/2007.

Falta de práctica de prueba admitida, vulnerado, Sentencia 240/2007, ff. 2 a 4.

Falta de respuesta a la proposición de prueba, vulnerado, Sentencia 243/2007, f. 4.

Hechos no probados, Sentencia 18/2007, f. 3.

Indefensión material, Sentencia 240/2007, f. 4.

Invocación del derecho vulnerado, Sentencia 7/2007, f. 4.

Pertinencia de la prueba, Sentencias 42/2007, f. 4; 136/2007, f. 3.

Práctica de prueba responsabilidad del órgano judicial, Sentencia 240/2007, ff. 2 a 4.

Procedimiento disciplinario penitenciario, Sentencia 185/2007, ff. 2, 3.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

60

Prueba irrelevante, Autos 47/2007; 182/2007.

Requisitos de la solicitud de prueba, Sentencia 7/2007, f. 4.

Auto 269/2007.

Valoración de la prueba, Sentencia 110/2007, f. 8.

Derecho a no confesarse culpable

Doctrina constitucional, Sentencia 75/2007, f. 6.

Derecho a no declarar contra sí mismo

Inferencia probatoria, Sentencia 75/2007, ff. 5, 6.

Derecho a recibir libremente información

Titularidad de los derechos fundamentales, Sentencia 51/2007, f. 9.

Derecho a ser informado de la acusación

Conocimiento de la acusación, Sentencia 203/2007, ff. 3, 4.

Auto 413/2007.

Doctrina, Sentencia 203/2007, f. 3.

Pliego de cargos, Sentencia 116/2007, f. 2.

Procedimiento administrativo sancionador, respetado, Sentencia 23/2007, f. 5.

Procedimiento administrativo sancionador, vulnerado, Sentencia 157/2007, f. 3.

Tutela judicial efectiva, Sentencia 73/2007, f. 3.

Derecho a un juez imparcial

Actividad extraprocesal del Juez, Sentencia 55/2007, f. 3.

Derecho de recusación no ejercitado, Sentencias 26/2007, f. 2; 28/2007, ff. 2, 3.

Doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Sentencia 156/2007, ff. 5, 6.

Doctrina general, Sentencia 26/2007, f. 4.

Imparcialidad objetiva, respetado, Sentencia 110/2007, f. 5.

Auto 315/2007.

Imparcialidad objetiva, vulnerado, Sentencias 26/2007, ff. 4, 6; 55/2007, f. 4;

156/2007, ff. 5 a 7.

Notificación de la composición del órgano judicial, respetado, Sentencia 28/2007, f. 2.

Sospechas objetivamente justificadas, Sentencia 26/2007, f. 4.

Derecho a un proceso con todas las garantías

Condena penal en apelación, respetado, Sentencias 137/2007, f. 2; 196/2007, ff. 3, 4;

256/2007, ff. 2, 3; 258/2007, f. 9.

Condena penal en apelación, vulnerado, Sentencias 11/2007, ff. 3, 4; 15/2007, ff. 2 a 4;

29/2007, ff. 2, 3; 126/2007, f. 5; 134/2007, ff. 2, 4; 142/2007, f. 4; 164/2007, f. 5;

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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182/2007, f. 3; 207/2007, f. 3; 213/2007, ff. 1, 2.

Congruencia entre acusación y fallo, Auto 11/2007.

Declaración ante el Juez de instrucción, respetado, Sentencia 208/2007, f. 2.

Declaración en juicio oral, respetado, Sentencias 49/2007, f. 2; 208/2007, f. 2.

Derecho a la presunción de inocencia, Sentencia 70/2007, f. 5.

Doble instancia penal, respetado, Sentencia 43/2007, f. 6.

Doctrina constitucional, Sentencias 196/2007, f. 2; 207/2007, f. 2.

Auto 190/2007.

Garantías procesales, Sentencia 112/2007, f. 5.

Garantías procesales, respetado, Sentencia 258/2007, f. 9.

Auto 62/2007.

Garantías procesales, vulnerado, Sentencia 218/2007, ff. 1, 2.

Igualdad de armas procesales, Sentencia 225/2007, f. 9.

Informes periciales, Sentencia 60/2007, ff. 4 a 6 .

Modificación de la calificación jurídica de los hechos, Sentencia 126/2007, ff. 3 a 5.

Nueva valoración de la prueba personal sin inmediación, vulnerado, Sentencias

11/2007, ff. 3, 4; 29/2007, ff. 2, 4.

Principio acusatorio, Sentencia 73/2007, f. 3.

Principio de contradicción, Sentencia 182/2007, f. 3.

Auto 264/2007.

Procedimiento administrativo sancionador, Sentencia 23/2007, f. 4.

Régimen disciplinario penitenciario, Sentencia 66/2007, f. 3.

Revocación de sentencias absolutorias, Sentencia 182/2007, f. 3.

Tutela judicial efectiva, Auto 446/2007.

Valoración de las pruebas obtenidas con vulneración de derechos fundamentales,

Sentencia 49/2007, f. 2.

Derecho a un proceso sin dilaciones

Doctrina, Sentencia 178/2007, f. 2.

Falta de denuncia de las dilaciones, Sentencias 4/2007, ff. 3, 4; 4/2007, ff. 3, 4.

Auto 7/2007.

Proceso judicial finalizado, Sentencias 57/2007, f. 4; 73/2007, f. 2.

Auto 7/2007.

Tutela judicial efectiva, Sentencia 73/2007, f. 3.

Derecho administrativo sancionador

Principio de legalidad penal, Auto 413/2007.

Derecho al honor

Conflicto con la libertad de expresión, Sentencia 9/2007, f. 3.

Derecho a comunicar libremente información, Sentencia 244/2007, ff. 3 a 7.

Derecho de rectificación, Sentencia 51/2007, ff. 6 a 8.

Ponderación con la libertad de expresión, Auto 185/2007.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

62

Ponderación con la libertad de información, Sentencia 139/2007, f. 11.

Prestigio profesional, respetado, Auto 185/2007.

Derecho al juez legal

Normas atributivas de competencia jurisdiccional, Sentencia 70/2007, f. 4.

Derecho al recurso legal

Doctrina, Sentencia 195/2007, ff. 3, 4.

Derecho al secreto de las comunicaciones

Autorización judicial, respetado, Autos 3/2007; 4/2007; 5/2007; 6/2007; 11/2007.

Derecho a la tutela judicial efectiva, Auto 245/2007.

Identidad de los interlocutores, Sentencia 230/2007, f. 2.

Intervención telefónica, respetado, Auto 245/2007.

Intervención telefónica, vulnerado, Sentencia 70/2007, f. 7.

Motivación suficiente de la intervención telefónica, Autos 3/2007; 5/2007.

Derecho canónico

Escándalo canónico, Sentencia 128/2007, ff. 4, 9, VP.

Rescripto de dispensa, Sentencia 128/2007, ff. 4, 9, VP.

Derecho de asociación

Comunidad de propietarios, Auto 183/2007.

Contenido del derecho de asociación, Sentencia 236/2007, f. 7.

Extranjeros, Sentencia 236/2007, f. 7.

Límites al derecho de asociación, Sentencia 236/2007, f. 7.

Derecho de familia

Derecho de guarda y custodia, Sentencia 3/2007, f. 5.

Derecho de rectificación

Ejercicio del derecho, Sentencia 51/2007, ff. 6 a 8.

Derecho de reunión y de manifestación

Contenido del derecho de reunión y de manifestación, Sentencia 236/2007, f. 6.

Extranjeros, Sentencia 236/2007, f. 6.

Límites al derecho de reunión y de manifestación, Sentencia 236/2007, f. 6.

Sanción por corte de carretera, Sentencia 31/2007, f. 2.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

63

Sanciones administrativas, vulnerado, Sentencia 31/2007, f. 2.

Derecho de sufragio

Sufragio activo, respetado, Sentencias 187/2007, ff. 5, 6; 188/2007, ff. 5, 6; 189/2007,

ff. 5, 6; 190/2007, ff. 5, 6; 193/2007, ff. 5, 6.

Derechos adquiridos

Doctrina, Sentencia 201/2007, f. 6.

Derechos del detenido

Doctrina, Sentencia 208/2007, f. 2.

Titularidad exclusiva del detenido, Sentencia 208/2007, f. 2.

Derechos fundamentales

Contrato de trabajo, Sentencia 125/2007, ff. 2 a 4.

Derechos fundamentales de terceros, Auto 262/2007.

Interpretación de los derechos fundamentales conforme al Derecho internacional,

Sentencias 235/2007, f. 5; 259/2007, f. 7.

Limitación de derechos fundamentales, Sentencias 38/2007, f. 7; 128/2007, f. 11.

Motivación de las resoluciones judiciales, Sentencia 74/2007, f. 6.

Ponderación de los derechos fundamentales en conflicto, Sentencias 9/2007, f. 3;

72/2007, f. 4.

Ponderación judicial en caso de conflicto, Sentencia 128/2007, ff. 5, 8, 10 a 12, VP .

Relación de causalidad, Sentencia 160/2007, f. 4.

Relaciones entre particulares, Sentencia 74/2007, ff. 5, 7.

Resolución expresa ante invocación de vulneración de derechos fundamentales,

Sentencia 176/2007, ff. 2, 4.

Derechos y libertades no susceptibles de amparo

Doctrina, Sentencia 201/2007, f. 3.

Igualdad tributaria, Sentencia 91/2007, f. 4.

Principio de seguridad jurídica, Sentencia 169/2007, f. 2.

Desistimiento

Proceso laboral, Sentencias 71/2007, ff. 4, 5; 123/2007, f. 3.

Desistimiento en procesos constitucionales

Desistimiento en el conflicto positivo de competencia, procedencia, Autos 48/2007;

367/2007; 424/2007.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

64

Desistimiento en el recurso de inconstitucionalidad, procedencia, Autos 45/2007;

46/2007; 71/2007; 72/2007; 198/2007.

Desistimiento parcial en el recurso de inconstitucionalidad, procedencia, Auto

384/2007.

Despido

Extinción de la relación laboral, Sentencia 71/2007, f. 4.

Despido nulo

Discriminación por razón de sexo, Sentencia 17/2007, ff. 3 a 5.

Dignidad de la persona

Discriminación por razón de raza, Sentencia 235/2007, f. 5.

Diligencia procesal

Falta de diligencia procesal, Sentencia 8/2007, f. 2.

Diligencias policiales

Declaración autoincriminatoria, Sentencia 208/2007, f. 2.

Diputados autonómicos

Diputados del Parlamento de Andalucía, Sentencia 68/2007, passim.

Diputados del Parlamento de La Rioja, Sentencia 141/2007, passim.

Discriminación

Discriminación por indiferenciación, Sentencia 69/2007, f. 4.

Discriminación salarial, Sentencia 5/2007, ff. 2, 3.

Doctrina, Sentencia 233/2007, f. 5.

Personas jurídicas públicas, Sentencia 45/2007, f. 3.

Discriminación por circunstancias personales o sociales

Discriminación por razón de edad, Autos 352/2007; 353/2007.

Discriminación por razón de nacionalidad, Sentencia 5/2007, ff. 2, 3.

Discriminación por razón de matrimonio

Profesores de religión, Sentencia 128/2007, ff. 4, 10, VP.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Discriminación por razón de raza

Gitanos, Sentencia 69/2007, ff. 3 a 5.

Discriminación por razón de sexo

Carga de la prueba, Sentencias 17/2007, f. 6; 233/2007, f. 9.

Discriminación indirecta, Sentencia 3/2007, f. 3.

Auto 200/2007.

Embarazo, Sentencia 17/2007, f. 3.

Minusvaloración profesional por maternidad, Sentencia 233/2007, ff. 6, 7, 9, 10.

Relaciones laborales, Sentencia 3/2007, ff. 3 a 7.

Discriminación sindical

Inversión de la carga de la prueba, Sentencia 257/2007, f. 4.

Doble instancia

Reconocimiento constitucional, Sentencia 110/2007, f. 4.

Documentación judicial

Diligencia de los órganos judiciales, Sentencia 254/2007, f. 4.

Dolo

Concurrencia de dolo y culpa, Sentencia 73/2007, f. 6.

Domicilio

Protección constitucional, Sentencia 209/2007, passim.

Dominio público

Aguas continentales, Sentencia 247/2007, f. 21.

Criterios identificadores de los bienes de dominio público, Sentencia 46/2007, f. 12.

Dominio público marítimo terrestre, Sentencia 46/2007, ff. 11, 12.

Orden constitucional de competencias, Sentencia 46/2007, ff. 11, 12.

Zona marítimo-terrestre, Sentencia 46/2007, f. 12.

E

Efectos de las sentencias del Tribunal Constitucional

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

66

Efecto vinculante para los órganos judiciales, Sentencia 37/2007, f. 2.

Eficacia de las normas jurídicas

Vigencia de las normas jurídicas, Sentencia 201/2007, ff. 2 a 6.

Ejecución de resoluciones judiciales

Ejecución de resoluciones en sus propios términos, Sentencia 59/2007, f. 2.

Ejecución de sentencias

Control constitucional de las resoluciones judiciales, Sentencia 121/2007, ff. 1, 2.

Ejecución sustitutoria, Auto 386/2007.

Inalterabilidad del fallo contenido en la ejecutoria, Auto 28/2007.

Medidas para su cumplimiento efectivo, Auto 28/2007.

Potestad jurisdiccional, Auto 28/2007.

Ejecución de sentencias del Tribunal Constitucional

Desestimación de incidente de ejecución de sentencias del Tribunal Constitucional,

Auto 459/2007.

Extradición, Sentencia 37/2007, ff. 2 a 4.

Inadmisión de incidente de ejecución de sentencias del Tribunal Constitucional, Auto

205/2007.

Sentencia constitucional ejecutada, Autos 444/2007; 459/2007.

Elecciones

Principio de publicidad, Sentencia 110/2007, f. 9.

Votos nulos, Sentencias 167/2007, f. 8; 168/2007, f. 5; 169/2007, f. 7; 170/2007, f. 6.

Elecciones locales

Consejeros comarcales, Sentencias 188/2007, ff. 4 a 7; 189/2007, ff. 4 a 7; 190/2007,

ff. 4 a 7.

Diputados provinciales, Sentencias 187/2007, ff. 4 a 7; 193/2007, ff. 4 a 7.

Principio de inalterabilidad de las listas electorales, Sentencias 167/2007, f. 8;

168/2007, f. 4; 169/2007, f. 6; 170/2007, f. 5.

Embarazo

Condiciones de trabajo, Sentencia 62/2007, ff. 5, 6.

Embargo de bienes

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

67

Desconocimiento del embargo, Sentencia 186/2007, f. 3.

Notificación judicial, Sentencias 132/2007, f. 5; 158/2007, f. 3.

Emplazamiento

Conocimiento extraprocesal del proceso, Sentencias 195/2007, f. 4; 212/2007, f. 3.

Doctrina, Sentencia 195/2007, ff. 3, 4.

Emplazamiento de persona interesada, Sentencia 212/2007, f. 2.

Emplazamiento personal, Sentencias 219/2007, ff. 4, 5; 226/2007, ff. 3, 4.

Falta de emplazamiento, Sentencias 205/2007, f. 7; 212/2007, passim.

Proceso contencioso-electoral, Sentencias 96/2007, ff. 3 a 6; 97/2007, ff. 3, 4; 99/2007,

ff. 3 a 6; 100/2007, ff. 2, 3; 101/2007, f. 5; 102/2007, f. 5.

Emplazamiento edictal

Doctrina, Sentencias 162/2007, ff. 2, 3; 163/2007, f. 3; 210/2007, ff. 1, 2.

Emplazamiento edictal causante de indefensión, Sentencias 158/2007, ff. 2, 3;

223/2007, f. 3; 231/2007, ff. 2, 3.

Emplazamiento edictal sin agotar los medios de comunicación efectiva, Sentencias

157/2007, f. 4; 158/2007, ff. 2, 3; 219/2007, ff. 4, 5; 223/2007, passim; 226/2007, ff. 2 a

4; 231/2007, ff. 2, 3.

Empresas

Responsabilidad civil subsidiaria, Sentencia 74/2007, f. 6.

Error judicial

Error irrelevante, Sentencia 180/2007, f. 4.

Error material, Sentencia 258/2007, f. 10.

Inexistencia de error judicial, Auto 182/2007.

Error patente

Error patente con relevancia constitucional, Sentencia 161/2007, f. 4.

Error patente en la inadmisión de un recurso contencioso-administrativo, Sentencia

221/2007, ff. 2, 3.

Error patente inexistente, Sentencia 22/2007, f. 5.

Establecimientos comerciales

Bares, Auto 34/2007.

Establecimientos penitenciarios

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

68

Establecimientos penitenciarios en el extranjero, Sentencia 140/2007, passim.

Estado de las autonomías

Principio de cooperación administrativa, Sentencias 13/2007, ff. 7 a 9; 58/2007, f. 4.

Principio de lealtad constitucional, Sentencias 13/2007, ff. 7, 11; 247/2007, f. 4.

Principio de solidaridad, Sentencias 13/2007, ff. 7 a 9; 247/2007, f. 20.

Principio de unidad, Sentencia 247/2007, f. 4.

Estado social y democrático de Derecho

Diálogo social, Sentencia 68/2007, f. 11.

Estatutos de Autonomía

Contenido de los Estatutos de autonomía, Sentencia 247/2007, ff. 11, 12, 15.

Expediente administrativo sancionador

Derecho a la presunción de inocencia, Auto 193/2007.

Expropiación forzosa

Fijación del justiprecio, Sentencia 240/2007, f. 3.

Regulación uniforme, Sentencia 14/2007, f. 6.

Valoración urbanística de los terrenos, Sentencia 14/2007, ff. 3 a 6.

Expulsión de extranjeros

Expediente de expulsión, Sentencias 236/2007, f. 16; 259/2007, f. 8; 260/2007, ff. 4, 7;

262/2007, ff. 3, 4.

Expulsión de extranjeros condenados, Sentencia 262/2007, f. 3.

Naturaleza de la medida, Auto 409/2007.

Suspensión cautelar de la expulsión, Sentencias 259/2007, f. 8; 262/2007, f. 4.

Extinción del contrato de trabajo

Extinción del contrato de trabajo por no renovación de contrato temporal, Sentencia

128/2007, ff. 2, 4 a 7, 9 a 12, VP.

Extradición pasiva

Garantías de no sometimiento a trato inhumano, Sentencia 140/2007, ff. 2, 3.

Motivación de las resoluciones judiciales, Sentencia 140/2007, ff. 2, 3.

Nacional español, Sentencias 37/2007, f. 2; 140/2007, passim.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

69

Extranjeros

Denegación de visado, Sentencia 236/2007, f. 12.

Derecho a la defensa, Sentencia 236/2007, f. 16.

Derecho a la intimidad personal y familiar, Sentencia 260/2007, f. 3.

Derecho a la libertad personal, Sentencia 260/2007, f. 6.

Derecho de asociación, Sentencia 259/2007, f. 4.

Derecho de reunión, Sentencia 259/2007, f. 3.

Derechos y libertades de los extranjeros en España, Sentencias 236/2007, ff. 2 a 5;

259/2007, ff. 3 a 5; 260/2007, ff. 2 a 7; 261/2007, f. 2; 262/2007, ff. 2 a 4; 263/2007, f.

2; 264/2007, f. 2; 265/2007, f. 2.

Internamiento de extranjero pendiente de expulsión, Sentencias 236/2007, f. 15;

260/2007, f. 6.

Justicia gratuita, Sentencia 236/2007, f. 14.

Libertad de circulación, Sentencia 260/2007, f. 5.

Reagrupamiento familiar, Sentencias 236/2007, ff. 10, 11; 260/2007, f. 3.

F

Faltas penales

Lesiones, Sentencia 117/2007, f. 7.

Auto 180/2007.

Financiación autonómica

Coordinación entre el Estado y las Comunidades Autónomas, Sentencias 13/2007, ff. 7

a 9; 58/2007, f. 4.

Fondo de Compensación Interterritorial, Sentencia 238/2007, passim.

Sistema de financiación, Sentencias 13/2007, passim; 58/2007, passim.

Función pública

Puestos de libre designación, Sentencia 128/2007, VP.

Requisitos de acceso fijados por la relación de puestos de trabajo, Sentencia 129/2007,

f. 2.

Funcionarios públicos

Actividad profesional, Sentencia 9/2007, f. 3.

Grupos de la función pública, Sentencias 147/2007, f. 4; 184/2007, ff. 3, 4.

Libertad sindical, Sentencia 257/2007, ff. 2 a 4.

Promoción de funcionarios, Autos 352/2007; 353/2007.

Provisión de puestos de trabajo, Sentencia 78/2007, ff. 3, 4.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

70

G

Garantía de indemnidad

Doctrina constitucional, Sentencia 200/2007, f. 2.

Auto 417/2007.

Garantías procesales

Indefensión, Sentencia 123/2007, f. 3.

Principio de contradicción, Sentencia 65/2007, passim.

Proceso penal, Sentencia 245/2007, f. 3.

Tutela judicial efectiva, Sentencia 218/2007, f. 6.

Genocidio

Justificación del genocidio, Sentencia 235/2007, f. 9.

Negación del genocidio, Sentencia 235/2007, f. 8.

Grupos parlamentarios

Derecho a acceder a los cargos públicos, Auto 369/2007.

Disolución de grupos parlamentarios, Sentencia 251/2007, ff. 5 a 7.

Requisitos para la constitución de grupos parlamentarios, Sentencia 141/2007, ff. 4, 5.

H

Habeas corpus

Control judicial de la detención de extranjeros, Sentencia 19/2007, f. 2.

Denegación lesiva del derecho a la libertad, Sentencia 19/2007, f. 2.

Garantías procesales, Sentencia 19/2007, f. 2.

Inadmisión a trámite por razones sustantivas, Sentencias 19/2007, f. 1; 165/2007, ff. 4,

5.

Hacienda autonómica

Autonomía financiera de las Comunidades Autónomas, Sentencias 13/2007, passim;

58/2007, f. 4; 237/2007, ff. 2 a 4; 248/2007, f. 3.

Auto 456/2007.

Coordinación entre haciendas públicas, Sentencia 237/2007, ff. 2 a 4.

Hacienda local

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

71

Participación de los entes locales en los ingresos del Estado, Sentencia 45/2007, ff. 1,

2, 5, 6.

I

Ideario educativo

Derecho a establecer un ideario educativo, Sentencia 38/2007, f. 10.

Iglesia católica

Autoridades eclesiásticas, Sentencia 38/2007, f. 7.

Credo religioso versus tendencia ideológica, Sentencia 128/2007, ff. 5, 10, 11.

Igualdad, derecho a la

Discriminación por razón de sexo, vulnerado, Sentencias 3/2007, ff. 2 a 6; 250/2007,

passim.

Igualdad en la legalidad, Sentencia 110/2007, f. 2.

Tratamiento diferenciado entre uniones matrimoniales y no matrimoniales, Sentencia

69/2007, ff. 3, 4.

Tratamiento diferenciado sin justificación razonable, Auto 447/2007.

Igualdad, principio de

Doctrina constitucional, Auto 328/2007.

Igualdad básica de los españoles

Igualdad de las posiciones jurídicas fundamentales, Sentencia 247/2007, f. 14.

Igualdad en la aplicación de la ley

Alteridad, Sentencias 2/2007, f. 5; 39/2007, f. 3.

Autos 388/2007; 417/2007.

Cambio de criterio del órgano jurisdiccional, respetado, Sentencia 147/2007, f. 5.

Cambio de criterio del órgano jurisdiccional, vulnerado, Sentencias 2/2007, ff. 2 a 5;

33/2007, f. 3; 39/2007, ff. 2, 3.

Doctrina, Sentencias 2/2007, f. 3; 181/2007, f. 5; 184/2007, f. 2; 201/2007, f. 5.

Auto 65/2007.

Doctrina constitucional, Sentencias 33/2007, f. 1; 147/2007, f. 3; 219/2007, ff. 1, 2, 7.

Falta de identidad de supuestos de hecho, Auto 254/2007.

Sentencias contradictorias, respetado, Sentencia 184/2007, f. 4.

Sentencias contradictorias, vulnerado, Sentencias 2/2007, f. 5; 39/2007, f. 3.

Término de comparación inidóneo, Sentencias 147/2007, ff. 3, 4; 181/2007, ff. 5, 6;

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

72

201/2007, f. 6.

Autos 312/2007; 352/2007.

Igualdad en la ley

Justificación razonable del tratamiento diferenciado, Autos 352/2007; 353/2007.

Igualdad tributaria

Igualdad tributaria versus derecho a la igualdad, Sentencia 91/2007, f. 4.

Impuesto sobre la renta de las personas físicas

Disminuciones patrimoniales, Sentencia 2/2007, f. 3.

Imputación de renta de bienes inmuebles, Sentencia 91/2007, f. 3.

Variaciones patrimoniales, Sentencia 6/2007, f. 3.

Impuestos

Impuesto sobre el valor añadido, Sentencia 144/2007, ff. 1, 5.

Impuesto sobre la renta de las personas físicas, Sentencias 2/2007, ff. 3, 4; 39/2007, ff.

3, 4.

Impuesto sobre sociedades, Auto 30/2007.

Transparencia fiscal, Sentencias 2/2007, ff. 3, 4; 39/2007, f. 2.

Inadmisión de cuestión de inconstitucionalidad

Cuestión de inconstitucionalidad notoriamente infundada, Autos 17/2007; 174/2007;

200/2007; 257/2007; 385/2007; 402/2007; 407/2007; 408/2007.

Trámite de audiencia defectuoso, Sentencia 166/2007, f. 6.

Inadmisión de recurso de amparo

Carencia de contenido que justifique una decisión sobre el fondo del asunto,

Sentencias 101/2007, f. 5; 102/2007, f. 2.

Autos 12/2007; 53/2007; 61/2007; 62/2007; 69/2007; 75/2007; 183/2007; 193/2007;

204/2007; 208/2007; 231/2007; 262/2007; 271/2007; 316/2007; 317/2007; 389/2007;

393/2007; 460/2007.

Causas de inadmisión examinadas al conocer del fondo, Auto 190/2007.

Inadmisión de recurso de amparo por providencia , Auto 260/2007.

Inadmisión de recurso de amparo por sentencia, Sentencias 21/2007, f. único;

197/2007, f. único; 228/2007, f. 2; 242/2007, f. 2.

Inadmisión por extemporaneidad, Sentencias 174/2007, f. único; 197/2007, f. único.

Trámite de alegaciones de admisión, Auto 281/2007.

Incidente de nulidad de actuaciones

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

73

Incongruencia de las resoluciones judiciales, Sentencias 124/2007, f. 3; 204/2007, f. 2.

Incongruencia de las sentencias, Sentencias 144/2007, ff. 1 a 3; 205/2007, f. 2.

Recurso manifiestamente improcedente, Sentencias 124/2007, f. 3; 135/2007, ff. 4, 5.

Auto 419/2007.

Incomparecencia

Incomparecencia del actor, Sentencia 220/2007, f. 1.

Incongruencia de las resoluciones judiciales

Resoluciones de Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, Sentencia 34/2007, f. 3.

Incongruencia de las sentencias

Desestimación de la pretensión, Sentencia 42/2007, f. 3.

Doctrina, Sentencias 205/2007, f. 2; 216/2007, ff. 2 a 4; 255/2007, f. 3.

Incongruencia de la sentencia de apelación civil, Sentencia 204/2007, f. 4.

Incongruencia extra petita, Sentencias 41/2007, f. 4; 50/2007, ff. 2, 3; 132/2007, f. 2;

204/2007, ff. 2, 4.

Incongruencia omisiva, Sentencias 30/2007, f. 5; 41/2007, f. 3; 54/2007, ff. 4, 5;

56/2007, ff. 3 a 5; 67/2007, ff. 2 a 4; 135/2007, f. 6; 138/2007, ff. 2, 3; 144/2007, ff. 2,

4, 5; 167/2007, ff. 2 a 4; 176/2007, ff. 2, 4; 180/2007, f. 2; 181/2007, f. 4.

Autos 65/2007; 70/2007; 237/2007.

Incongruencia por error, Sentencias 6/2007, f. 3; 216/2007, ff. 2, 4.

Omisión de pronunciamiento sobre el fondo del asunto, Sentencias 123/2007, f. 3;

154/2007, f. 3.

Sentencia de suplicación sobre sanción laboral, Sentencia 56/2007, ff. 3 a 5.

Indemnización

Indemnización por daños corporales, Sentencia 136/2007, f. 3.

Indemnización frente a la Administración

Tutela judicial efectiva, Sentencia 180/2007, ff. 2 a 6.

Indicación de recursos

Inobservancia de la indicación de recursos, Sentencia 242/2007, f. 3.

Informes administrativos

Informes vinculantes, Sentencia 46/2007, ff. 8 a 10.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

74

Inmediación, principio de

Proceso penal, Sentencias 15/2007, ff. 2, 3; 29/2007, ff. 2, 4; 245/2007, f. 3.

Inmodificabilidad de las resoluciones judiciales

Costas procesales, Sentencia 53/2007, f. 2.

Inmodificabilidad de las sentencias

Alteración del fallo, Sentencia 121/2007, ff. 1, 2.

Doctrina, Auto 374/2007.

Instrucción penal

Suficiencia de investigación, Auto 246/2007.

Intangibilidad de las resoluciones judiciales

Incidente de nulidad de actuaciones, Auto 278/2007.

Rectificación de error material, Auto 73/2007.

Intangibilidad de las sentencias

Aclaración de sentencia civil que altera el fallo, Sentencia 171/2007, f. 4.

Rectificación de error material, Sentencia 171/2007, ff. 2, 4.

Interdicción de la arbitrariedad, principio de

Acceso a la función pública, Sentencias 38/2007, f. 11; 80/2007, f. 2; 87/2007, f. 2.

Carga de razonamiento de la arbitrariedad, Sentencia 13/2007, f. 4.

Contenido, Sentencia 45/2007, f. 6.

Doctrina sobre la arbitrariedad del legislador, Sentencia 45/2007, f. 4.

Opciones políticas, Sentencia 45/2007, f. 4.

Interpretación de las normas conforme a la Constitución

Límites, Sentencia 235/2007, f. 7.

Interpretación de las normas jurídicas

Debates parlamentarios, Sentencia 68/2007, ff. 9, 10.

Formalismo excesivo, Sentencias 16/2007, f. 2, VP; 227/2007, f. 5.

Interpretación de las normas conforme a la Constitución, Sentencia 127/2007, VP I.

Intervención corporal

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

75

Extracción de sangre, Sentencia 206/2007, f. 3.

Intervención de las comunicaciones

Doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Sentencia 70/2007, f. 6.

Investigación de la paternidad

Prueba biológica, Sentencia 177/2007, f. 4.

Invocación del derecho vulnerado

Alegación per saltum en amparo, Sentencias 7/2007, ff. 2, 3; 18/2007, f. 2.

Autos 4/2007; 6/2007; 7/2007; 22/2007.

Cita numérica de los artículos de la Constitución no exigible, Sentencia 71/2007, f. 2.

Delimitación del contenido del derecho, Auto 194/2007.

Doctrina, Sentencia 201/2007, f. 5.

Falta de invocación del derecho vulnerado, Sentencias 117/2007, f. 1; 211/2007, ff. 2,

4, 5.

Autos 389/2007; 428/2007.

Imparcialidad judicial, Auto 180/2007.

Invocación tardía, Sentencia 93/2007, f. 3.

Auto 194/2007.

Irretroactividad, principio de

Normas restrictivas de derechos individuales, Sentencia 141/2007, ff. 3, 4.

J

Jornada laboral

Reducción de jornada, Sentencia 3/2007, ff. 2 a 6.

Jubilación

Jubilación anticipada, Sentencia 255/2007, f. 4.

Jueces y magistrados

Sanciones disciplinarias, Sentencia 116/2007, passim.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

76

Juicio de faltas

Asistencia letrada, Sentencia 65/2007, f. 4.

Incomparecencia del acusado, Sentencia 61/2007, f. 2.

Plazos procesales, Sentencia 122/2007, ff. 2, 4, 6.

Principio acusatorio, Sentencia 220/2007, f. 1.

Juicio de relevancia

Exigencias del juicio de relevancia, Sentencia 166/2007, f. 7.

Juicio de relevancia inconsistente, Sentencia 166/2007, f. 7.

Juicio de relevancia inexistente, Auto 257/2007.

Juicio oral

Denegación de suspensión de la vista, Sentencia 220/2007, ff. 1 a 3.

Auto 264/2007.

Principio de contradicción, Sentencia 65/2007, f. 3.

Juntas electorales

Denegación de proclamación de candidaturas electorales, Sentencia 108/2007, ff. 3 a

5.

Funciones de las Juntas electorales, Sentencia 105/2007, f. 3.

Presentación de candidaturas electorales, Sentencia 110/2007, ff. 11, 12.

Jurisdicción constitucional

Control constitucional en la aplicación de normas, Sentencia 45/2007, f. 4.

Jurisdicción contencioso-administrativa

Silencio administrativo, Auto 427/2007.

Jurisdicción laboral

Competencia material, Sentencia 128/2007, f. 1.

Jurisdicción penal

Principio de jurisdicción universal, Sentencia 227/2007, f. 5.

Justicia gratuita

Alcance, Sentencia 135/2007, f. 2.

Doctrina, Sentencia 225/2007, f. 3.

Extranjeros, Sentencias 236/2007, f. 13; 261/2007, f. 2; 262/2007, f. 2; 263/2007, f. 2;

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

77

264/2007, f. 2; 265/2007, f. 2.

Indefensión, Sentencia 225/2007, ff. 7, 8.

Personas jurídicas, Sentencia 217/2007, ff. 3 a 5.

Tutela judicial efectiva, Sentencia 148/2007, ff. 2, 3.

Juzgado de guardia

Presentación de escritos, Sentencia 109/2007, f. 2.

Juzgado de Vigilancia Penitenciaria

Control de la Administración penitenciaria, Auto 206/2007.

Garantías de los derechos fundamentales de los reclusos, Sentencia 215/2007, ff. 1 a 4.

Motivación de las resoluciones de Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, Sentencias

124/2007, passim ; 155/2007, f. 4.

L

Laudo de equidad

Recurso de nulidad, Sentencia 212/2007, passim.

Legalidad penal, principio de

Ámbito ajeno a la responsabilidad civil, Sentencia 246/2007, f. 2.

Analogía in malam partem, respetado, Auto 446/2007.

Derecho a la libertad personal, Sentencia 234/2007, f. 5.

Exigencia de predeterminación normativa, Sentencia 260/2007, f. 4.

Expulsión de extranjeros, Sentencia 260/2007, f. 4.

Interpretación de los tipos penales, respetado, Autos 245/2007; 323/2007.

Principio non bis in idem, respetado, Sentencias 116/2007, f. 8; 262/2007, f. 3.

Principio non bis in idem, vulnerado, Sentencia 48/2007, ff. 3, 4.

Subsunción de hechos probados, Sentencias 76/2007, f. 4; 258/2007, f. 10.

Legalidad sancionadora, principio de

Certeza de la norma sancionadora, Auto 409/2007.

Doctrina, Sentencia 229/2007, ff. 2, 3.

Principio de legalidad, Auto 30/2007.

Sanciones disciplinarias a jueces y magistrados, Sentencia 116/2007, f. 7.

Legislador

Libertad de configuración del legislador, Sentencias 38/2007, f. 13; 45/2007, f. 4.

Legitimación en el recurso de amparo

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78

Legitimación pasiva en el recurso de amparo, Sentencia 128/2007, f. 1.

Legitimación procesal

Asociaciones de consumidores, Sentencia 217/2007, ff. 3 a 5.

Interés directo, Sentencia 217/2007, f. 4.

Interés legítimo, Sentencias 52/2007, ff. 3, 4; 205/2007, f. 4; 217/2007, f. 4.

Legitimación activa, Autos 4/2007; 181/2007.

Sindicatos, Sentencia 202/2007, ff. 3 a 5.

Ley

Presunción de constitucionalidad, Sentencia 237/2007, f. 3.

Ley de enjuiciamiento civil

Derecho supletorio, Sentencias 130/2007, f. 4; 198/2007, ff. 3, 4; 199/2007, ff. 1, 3.

Leyes autonómicas

Eficacia territorial de las normas jurídicas, Sentencia 172/2007, f. 4.

Leyes de presupuestos generales del Estado

Participación de las Comunidades Autónomas en los ingresos del Estado, Sentencias

13/2007, f. 6; 58/2007, passim; 237/2007, ff. 2 a 4; 248/2007, f. 5.

Principio de seguridad jurídica, Sentencias 238/2007, ff. 4, 5; 248/2007, f. 5.

Leyes interpretativas

Interpretación de la Constitución, Sentencia 247/2007, f. 8.

Liberados sindicales

Salario, Sentencia 200/2007, f. 3.

Libertad de configuración del legislador

Régimen jurídico de los empleados públicos, Sentencia 38/2007, f. 13.

Libertad de creación de centros docentes

Ideario educativo, Sentencia 38/2007, f. 10.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

79

Libertad de expresión

Contenido de la libertad de expresión, Sentencia 235/2007, f. 4.

Critica de conductas personales, Sentencia 125/2007, f. 2.

Crítica forense, vulnerada, Sentencia 24/2007, ff. 2, 3.

Debates públicos, Sentencia 9/2007, f. 5.

Delimitación de los derechos a la libre expresión e información, Sentencia 9/2007, f. 4.

Doctrina constitucional, Sentencia 125/2007, f. 2.

Libertad de expresión en el ejercicio de la defensa letrada, Sentencia 145/2007, ff. 3, 4

.

Libertad de expresión en el ejercicio de la defensa letrada, vulnerada, Sentencia

24/2007, ff. 2, 3.

Límites a la libertad de expresión, Sentencia 235/2007, ff. 5, 9.

Profesores de religión, Sentencia 128/2007, ff. 4, 10, 11, VP.

Sanción disciplinaria a abogado, vulnerada, Sentencia 24/2007, ff. 2, 3.

Libertad de información

Conflicto con el derecho a la propia imagen, respetado, Sentencia 72/2007, ff. 3 a 5.

Conflicto con el derecho al honor, Sentencia 139/2007, ff. 5 a 8, 11.

Libertad de residencia

Extranjeros, Sentencia 260/2007, f. 5.

Libertad ideológica, religiosa y de culto

Orden público, Sentencia 128/2007, VP.

Libertad religiosa y de culto

Derecho a no declarar sobre creencias religiosas, Sentencia 38/2007, f. 12.

Derecho de las confesiones religiosas a definir su propio credo, Sentencias 38/2007, f.

5; 128/2007, ff. 5, 9.

Enseñanza de religión, Sentencias 38/2007, ff. 5, 12, 13; 80/2007, f. 2; 87/2007, f. 2;

128/2007, ff. 4, 5, 7, 9 a 12, VP.

Auto 257/2007.

Iglesia católica, Sentencias 38/2007, ff. 5, 7, 10, 12; 80/2007, f. 2; 87/2007, f. 2;

128/2007, ff. 5, 9, 11, 12, VP.

Límites a la libertad religiosa, Sentencia 128/2007, VP.

Libertad sindical

Carga de la prueba, Sentencia 183/2007, ff. 4, 5.

Denegación de puesto de funcionario a liberado sindical, vulnerada, Sentencia

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

80

257/2007, f. 3.

Derecho de libre sindicación, Sentencias 236/2007, f. 9; 259/2007, f. 5; 260/2007, f. 2;

261/2007, f. 2; 262/2007, f. 2; 263/2007, f. 2; 264/2007, f. 2; 265/2007, f. 2.

Diferencia de trato por filiación o actividad sindical de trabajadores y representantes,

Sentencia 183/2007, f. 6.

Doctrina constitucional, Sentencia 183/2007, f. 4.

Menoscabo económico por razón de la actividad sindical, vulnerada, Sentencias

200/2007, f. 2; 257/2007, ff. 2 a 4.

Negociación colectiva, Auto 417/2007.

Trato discriminatorio por parte de la Administración, Sentencia 257/2007, ff. 2 a 4.

M

Maternidad

Promoción profesional, Sentencia 233/2007, ff. 6, 7, 9, 10.

Medidas cautelares

Anotación preventiva de demanda de amparo, Autos 230/2007; 415/2007.

Cancelación de anotación preventiva de demanda de amparo, Auto 357/2007.

Residencia obligatoria de extranjero, Sentencia 260/2007, f. 5.

Medio ambiente

Espacios naturales protegidos, Auto 355/2007.

Medios de comunicación

Libertad de expresión, Sentencia 125/2007, ff. 2, 3.

Menores

Trámite de audiencia, Auto 372/2007.

Militares

Inutilidad para el servicio, Sentencia 118/2007, ff. 1, 2.

Motivación de las resoluciones administrativas

Actos administrativos, Sentencia 236/2007, f. 12.

Motivación de las resoluciones judiciales

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

81

Canon de motivación reforzado, Sentencia 250/2007, f. 5.

Autos 372/2007; 388/2007.

Canon de motivación reforzado para la extradición, Sentencia 140/2007, ff. 2, 3.

Control constitucional de las resoluciones judiciales, Sentencia 120/2007, f. 2.

Falta de motivación de las resoluciones judiciales, Sentencias 57/2007, f. 2; 122/2007,

ff. 4, 6; 222/2007, ff. 1, 3, 5.

Fórmulas estereotipadas, Sentencias 34/2007, ff. 3, 5; 124/2007, ff. 2, 3, 5; 155/2007,

f. 4; 215/2007, f. 2.

Irrazonabilidad de las resoluciones judiciales, Sentencias 22/2007, f. 5; 25/2007, f. 3.

Motivación insuficiente de resoluciones judiciales, Sentencias 92/2007, ff. 2 a 4;

120/2007, f. 3; 122/2007, ff. 4, 6.

Motivación suficiente de resoluciones judiciales, Sentencia 47/2007, f. 5.

Auto 33/2007.

Sobreseimiento provisional, Auto 246/2007.

Suspensión condicional de la pena, Sentencias 75/2007, f. 6; 76/2007, ff. 5, 8.

Motivación de las sentencias

Alcance, Sentencias 94/2007, ff. 6, 7; 180/2007, f. 2.

Concreción de la pena, Auto 264/2007.

Condena penal, Sentencia 28/2007, f. 5.

Autos 181/2007; 264/2007.

Cuantía de la multa, Sentencia 196/2007, f. 8.

Cuestión de inconstitucionalidad, Auto 247/2007.

Doctrina constitucional, Sentencia 196/2007, f. 7.

Exclusión de un derecho a un razonamiento judicial exhaustivo, Sentencia 75/2007, f.

4.

Indemnización, Sentencia 180/2007, f. 4.

Motivación de las sentencias por remisión, Sentencia 180/2007, ff. 2, 5.

Motivación suficiente de sentencias, Sentencias 51/2007, f. 3; 144/2007, ff. 1, 3.

Prisión provisional, Sentencias 149/2007, ff. 2, 4; 151/2007, ff. 2, 4; 152/2007, ff. 3, 5.

Mujer

Embarazo, Sentencia 62/2007, ff. 4 a 6.

N

Nacionalidad española

Principio de igualdad, Sentencia 5/2007, ff. 2, 3.

Navarra

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

82

Agrupaciones electorales, Sentencia 110/2007, passim.

Non bis in idem, principio

Doctrina constitucional, Sentencia 48/2007, f. 3.

Identidad objetiva, falta, Sentencia 236/2007, f. 14.

Normas preconstitucionales

Inconstitucionalidad sobrevenida, Sentencia 47/2007, f. 5.

Notificación administrativa

Notificación edictal en procedimiento administrativo, Sentencias 219/2007, f. 4;

226/2007, f. 3.

Notificación judicial

Doctrina constitucional, Sentencia 186/2007, f. 2.

Falta de notificación personal al interesado, Sentencia 186/2007, f. 3.

Notificación edictal, Sentencia 175/2007, f. 5.

Prueba de presunción del conocimiento por el imputado, Sentencia 186/2007, f. 3.

Nulidad de actuaciones

Denegación de nulidad de actuaciones, Sentencia 92/2007, f. 2.

O

Orden constitucional de competencias

Control de constitucionalidad de las normas jurídicas, Sentencia 13/2007, f. 3.

Normas atributivas de competencias, Sentencias 247/2007, f. 7; 249/2007, f. 5.

Traspaso de servicios, Sentencia 44/2007, f. 6.

Orden europea de detención y entrega

Entrega del reclamado al Estado emisor, Sentencia 37/2007, f. 3.

Auto 54/2007.

Prisión provisional, Sentencia 95/2007, ff. 6, 7.

Suspensión provisional de la entrega, Sentencia 95/2007, ff. 6, 7.

Orden público

Derecho de reunión, Sentencia 31/2007, f. 2.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

83

Ordenación del territorio

Orden constitucional de competencias, Sentencia 46/2007, ff. 3, 9, 10.

P

País Vasco

Agrupaciones electorales, Sentencia 110/2007, passim.

Competencias en materia de urbanismo, Sentencia 14/2007, ff. 2, 3.

Partidos políticos, Sentencia 110/2007, passim.

Paridad de sexos

Candidaturas electorales, Sentencias 96/2007, ff. 2, 4 a 6; 97/2007, f. 4; 99/2007, ff. 2,

4 a 6; 100/2007, f. 3; 101/2007, ff. 2 a 4; 102/2007, ff. 3 a 5; 104/2007, ff. 3 a 5;

105/2007, ff. 2 a 4; 108/2007, ff. 3 a 5; 127/2007, f. 4.

Parlamentarios

Funciones representativas, Sentencia 141/2007, ff. 3 a 5.

Partidos políticos

Candidaturas electorales, Sentencia 127/2007, f. 4.

Derechos de los afiliados, Sentencia 110/2007, ff. 11, 12.

Disolución judicial de partidos políticos, Sentencias 110/2007, f. 11; 251/2007, ff. 5 a

7.

Ilegalización de partidos políticos, Sentencias 110/2007, ff. 11, 15; 112/2007, ff. 4 a

11.

Relaciones entre partidos políticos y grupos parlamentarios, Sentencia 251/2007, ff. 5,

6.

Patrimonio histórico

Protección penal, Auto 446/2007.

Penas

Individualización de la pena, Sentencias 75/2007, f. 5; 76/2007, f. 7.

Principio de proporcionalidad, Sentencia 54/2007, f. 5.

Suspensión condicional de la pena, Sentencia 222/2007, ff. 1, 2, 4, 5.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

84

Penas pecuniarias

Cuantía de la multa, Sentencia 196/2007, ff. 7, 8.

Penas privativas de libertad

Reinserción social, Sentencia 222/2007, f. 4.

Sustitución de la pena, Sentencia 176/2007, f. 4.

Pensión de invalidez

Bases reguladoras de la prestación, Sentencia 8/2007, f. 1.

Principio de igualdad, Sentencia 8/2007, f. 1.

Pensión de viudedad

Pensiones complementarias, Sentencia 135/2007, f. 6.

Principio de igualdad, Auto 328/2007.

Vínculo matrimonial, Sentencia 69/2007, ff. 3, 4.

Periodistas

Derecho a comunicar libremente información, Sentencia 125/2007, ff. 2, 3.

Personal al servicio de las Administraciones públicas

Retribuciones, Sentencia 200/2007, f. 3.

Personas jurídicas públicas

Titularidad de los derechos fundamentales, Sentencia 45/2007, f. 3.

Planificación económica

Coordinación presupuestaria entre el Estado y las Comunidades Autónomas, Sentencia

248/2007, ff. 3 a 5.

Plazos del recurso de amparo

Cómputo de la acción a partir de la notificación al representante, Sentencia 197/2007,

f. único.

Cómputo de plazos en el recurso de amparo, Sentencia 204/2007, f. 2.

Doctrina, Sentencia 232/2007, f. 2.

Extemporaneidad de la demanda de amparo, Sentencia 174/2007, f. único.

Autos 19/2007; 203/2007.

Extemporaneidad por recurso manifiestamente improcedente, Sentencia 21/2007, f.

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85

único.

Autos 419/2007; 438/2007.

Plazos procesales

Agotamiento de recursos en la vía judicial, Sentencia 173/2007, f. 4.

Cómputo de plazos en supuesto de nombramiento de abogado y procurador, Sentencia

148/2007, f. 3.

Cómputo de plazos procesales, Sentencias 25/2007, f. 3; 131/2007, f. 2.

Derecho a disponer del plazo en su integridad, Sentencias 198/2007, ff. 3, 4; 199/2007,

ff. 1, 2.

Extemporaneidad, Sentencia 159/2007, f. 2.

Presentación de escritos en el Juzgado de guardia, Sentencia 25/2007, f. 3.

Presentación de escritos en Juzgados y Tribunales, Sentencia 179/2007, f. 2.

Principio pro actione, Sentencia 27/2007, ff. 4, 5.

Silencio administrativo, Sentencias 32/2007, f. 3; 64/2007, f. 3.

Término inicial, Sentencia 136/2007, f. 3.

Pluralismo político

Opciones políticas, Sentencia 45/2007, f. 4.

Poderes públicos

Concepto, Sentencia 128/2007, f. 1.

Postulación

Revocación del apoderamiento, Sentencia 241/2007, ff. 3 a 5.

Preámbulo de textos legales

Interpretación de las normas jurídicas, Sentencia 68/2007, ff. 9, 10.

Prescripción de sanciones penales

Penas privativas de libertad, Sentencia 211/2007, f. 1.

Prescripción y caducidad de acciones

Plazo de prescripción, Sentencias 1/2007, f. 4; 136/2007, f. 3; 148/2007, f. 2.

Prescripción de acción de responsabilidad patrimonial, Auto 389/2007.

Prestaciones por desempleo

Subsidio de desempleo de trabajadores agrícolas eventuales, Sentencia 68/2007, f. 9.

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86

Pretensión constitucional

Alcance de la pretensión, Auto 393/2007.

Objeto de la pretensión constitucional, Sentencia 200/2007, f. 1.

Pretensión admisible, Sentencia 18/2007, f. 2.

Autos 445/2007; 458/2007.

Principios rectores de la política social y económica

Eficacia de los principios rectores de la política social y económica, Sentencia

247/2007, f. 13.

Vincula a las Comunidades Autónomas, Sentencia 247/2007, f. 13.

Prisión provisional

Excepcionalidad de la libertad prisión provisional, Sentencia 95/2007, f. 4.

Motivación suficiente de la prisión provisional, Sentencia 35/2007, ff. 2, 3.

Plazo máximo de prisión provisional, Sentencia 95/2007, f. 6.

Remisión insuficiente de resoluciones judiciales, Sentencia 79/2007, ff. 3, 4.

Riesgo de fuga, Sentencia 35/2007, f. 4.

Pro actione, principio

Canon de constitucionalidad reforzado, Sentencia 227/2007, f. 5.

Doctrina, Sentencias 119/2007, ff. 3, 5, 6; 154/2007, f. 3.

Legitimación activa, Sentencia 52/2007, f. 2.

Tutela judicial efectiva, Sentencia 154/2007, f. 4.

Procedimiento administrativo sancionador

Acto administrativo original, Auto 317/2007.

Comprobación de valores tributarios, Auto 30/2007.

Derecho a la defensa, Sentencias 175/2007, ff. 3 a 5; 260/2007, f. 6.

Derecho a la presunción de inocencia, Sentencias 175/2007, f. 4; 243/2007, ff. 3, 4.

Emplazamiento edictal, Sentencias 157/2007, ff. 3, 4; 219/2007, ff. 4, 5; 226/2007, ff.

1 a 3.

Garantías constitucionales, Sentencias 175/2007, ff. 3 a 5; 219/2007, ff. 4, 5.

Garantías procesales, Sentencia 243/2007, f. 3.

Medidas cautelares, Sentencia 260/2007, f. 5.

Principio de contradicción, Sentencia 175/2007, f. 5.

Procedimiento de protección judicial de derechos fundamentales

Recurso de casación contencioso-administrativo, Sentencia 131/2007, f. 2.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

87

Procedimiento electoral

Características, Sentencia 110/2007, f. 3.

Diligencia de los partícipes en el procedimiento electoral, Sentencia 169/2007, f. 2.

Interpretación de las normas más favorable a los derechos fundamentales, Sentencia

109/2007, f. 3.

Irregularidades electorales, Sentencias 167/2007, f. 8; 168/2007, f. 5; 169/2007, f. 7;

170/2007, f. 6.

Plazos electorales, Sentencias 110/2007, f. 3; 170/2007, f. 2.

Procedimiento judicial

Principio de rogación, Sentencia 1/2007, f. 4.

Vía procesal procedente, Sentencia 112/2007, ff. 2, 5.

Procedimiento penitenciario sancionador

Asesoramiento legal, Sentencia 66/2007, f. 4.

Garantías en el procedimiento disciplinario, Sentencias 7/2007, f. 4; 185/2007, f. 2.

Proceso civil

Dilaciones indebidas en el procedimiento, Sentencia 4/2007, ff. 3, 4.

Emplazamiento, Sentencia 163/2007, f. 3.

Emplazamiento edictal, Sentencia 47/2007, f. 3.

Proceso contencioso-administrativo

Caducidad de la acción, Sentencias 27/2007, ff. 4, 5; 32/2007, ff. 2, 3.

Derecho a la prueba, Sentencias 42/2007, ff. 4, 5; 77/2007, f. 4.

Garantías constitucionales, Sentencia 175/2007, f. 6.

Inadmisión de recurso contencioso-administrativo por extemporaneidad, Sentencias

27/2007, ff. 4, 5; 159/2007, f. 3; 179/2007, f. 2; 221/2007, f. 1.

Inadmisión de recurso contencioso-administrativo por extemporaneidad del recurso

administrativo previo, Auto 389/2007.

Plazo de interposición, Sentencia 148/2007, f. 2.

Plazos procesales, Sentencia 1/2007, f. 4.

Presentación de demanda el día siguiente del Auto de caducidad, Sentencias 25/2007,

f. 3; 130/2007, f. 4; 159/2007, ff. 2, 3.

Auto 194/2007.

Silencio administrativo, Sentencias 27/2007, ff. 4, 5; 32/2007, ff. 2, 3; 64/2007, f. 2.

Proceso contencioso-electoral

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

88

Anulación de proclamación de candidaturas, Sentencias 96/2007, ff. 4 a 6; 97/2007, ff.

4, 5; 99/2007, ff. 4 a 6; 100/2007, ff. 3, 4; 101/2007, f. 4; 102/2007, ff. 3, 4; 104/2007,

ff. 3 a 5; 105/2007, ff. 2 a 4; 109/2007, ff. 2, 3; 110/2007, passim; 111/2007, f. 3;

112/2007, ff. 2 a 11.

Emplazamiento, Sentencias 96/2007, ff. 3, 6; 97/2007, ff. 3, 4; 99/2007, ff. 3, 6;

100/2007, ff. 2, 3; 101/2007, f. 5; 102/2007, f. 5; 104/2007, f. 2; 105/2007, f. 1;

110/2007, f. 6.

Garantías constitucionales, Sentencia 110/2007, f. 3.

Tramitación urgente, Sentencia 110/2007, f. 6.

Proceso laboral

Acto de conciliación laboral, Sentencia 172/2007, ff. 2, 4.

Despido, Sentencia 210/2007, f. 4.

Emplazamiento, Sentencia 162/2007, ff. 2, 3.

Emplazamiento edictal, Sentencia 210/2007, f. 1.

Reclamación administrativa previa, Sentencia 172/2007, ff. 2, 4.

Recurso de casación para la unificación de doctrina, Sentencia 181/2007, ff. 1, 6.

Restablecimiento de derechos fundamentales, Sentencia 205/2007, f. 5.

Proceso penal

Acumulación de condenas, Auto 31/2007.

Condena penal fundada en declaraciones testificales lícitas, Auto 175/2007.

Condena penal fundada en pruebas de cargo lícitas, Autos 22/2007; 74/2007.

Condena penal fundada en pruebas de indicios, Sentencias 63/2007, f. 3; 116/2007, ff.

4, 5; 137/2007, f. 5.

Auto 10/2007.

Derecho a la asistencia letrada, Sentencia 258/2007, f. 3.

Derecho a la defensa, Auto 264/2007.

Derecho a la última palabra, Sentencia 258/2007, ff. 3, 5.

Juicio penal in absentia, Sentencia 220/2007, f. 1.

Plazos procesales, Sentencia 122/2007, ff. 2, 4, 6.

Principio de inmediación, Sentencia 182/2007, f. 3.

Prueba ilícita, Sentencia 70/2007, f. 7.

Procuradores de los tribunales

Acreditación de la representación procesal, Sentencia 241/2007, ff. 3 a 5.

Designación apud acta, Auto 365/2007.

Profesores

Profesores interinos, Sentencia 38/2007, passim.

Profesores de centros docentes privados

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

89

Retribuciones, Sentencia 5/2007, ff. 2, 3.

Profesores de centros docentes públicos

Retribuciones, Sentencia 201/2007, ff. 2 a 6.

Profesores de religión

Contratación en centros docentes públicos, Sentencias 38/2007, ff. 7, 13 ; 80/2007, f.

2; 87/2007, f. 2; 128/2007, ff. 2, 4 a 7, 9 a 12, VP.

Auto 257/2007.

Declaración eclesiástica de idoneidad, Sentencias 38/2007, ff. 5, 7, 9 a 12; 80/2007, ff.

1, 2; 87/2007, f. 2; 128/2007, ff. 2, 4 a 7, 9 a 12, VP.

Auto 257/2007.

Retribuciones, Sentencia 201/2007, ff. 2 a 6.

Propiedad intelectual

Entidades de gestión, Sentencia 166/2007, ff. 3, 8.

Protección de datos personales

Fuentes accesibles al público, Sentencia 110/2007, f. 9.

Protección de la familia

Reducción de jornada para el cuidado de hijos, Sentencia 3/2007, f. 6.

Protección del medio ambiente

Plantas desaladoras, Auto 355/2007.

Vertidos, Auto 355/2007.

Prueba

Prueba pericial, Sentencias 136/2007, f. 3; 183/2007, f. 6.

Prueba biológica

Análisis de sangre, Sentencia 206/2007, ff. 7, 8.

Denegación de prueba, Sentencia 177/2007, ff. 1, 4.

Negativa a la realización de prueba biológica, Sentencia 177/2007, ff. 2, 4, 5.

Prueba biológica de paternidad, Sentencia 177/2007, f. 4.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Prueba de alcoholemia

Doctrina constitucional, Sentencia 134/2007, f. 5.

Garantías en la práctica de prueba, Sentencia 206/2007, ff. 7, 8.

Prueba de cargo

Corroboración de prueba de cargo, Sentencia 10/2007, ff. 3, 5.

Derecho a la presunción de inocencia, Auto 371/2007.

Prueba de cargo insuficiente, Sentencias 207/2007, f. 4; 243/2007, f. 4.

Prueba de cargo suficiente, Sentencias 66/2007, f. 6; 206/2007, f. 9; 256/2007, f. 4.

Auto 382/2007.

Pruebas independientes, Sentencia 70/2007, f. 7.

Valoración conjunta, Sentencia 75/2007, f. 3.

Auto 175/2007.

Prueba documental

Informes administrativos, Auto 269/2007.

Informes policiales, Sentencia 110/2007, f. 8.

Auto 281/2007.

Prueba de informes, Sentencia 110/2007, f. 8.

Prueba en el recurso de amparo

Denegación de prueba en el recurso de amparo, Sentencia 110/2007, f. 2 a).

Prueba ilícita

Intervención corporal, Sentencia 206/2007, f. 3.

Prueba independiente de una intervención telefónica ilícita, Sentencia 230/2007, f. 3.

Prueba indiciaria

Derecho a la presunción de inocencia, Sentencias 75/2007, f. 3; 117/2007, ff. 3, 4;

256/2007, f. 4.

Doctrina, Sentencia 137/2007, f. 4.

Inferencia insuficiente, Sentencias 63/2007, f. 3; 137/2007, f. 5.

Inferencia razonable, Sentencias 43/2007, ff. 6, 7; 125/2007, f. 4; 183/2007, f. 6.

Auto 10/2007.

Motivación suficiente de sentencias, Sentencia 209/2007, f. 6.

Prueba penal

Atestado policial que no es prueba preconstituida ni de cargo, Sentencia 208/2007, f. 2.

Declaraciones de coimputados, Sentencias 10/2007, ff. 2 a 5; 49/2007, f. 2; 230/2007,

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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f. 3.

Auto 382/2007.

Identificación fotográfica, Auto 382/2007.

Valoración de la prueba en segunda instancia, Sentencia 213/2007, ff. 2, 3.

Prueba pericial

Denegación de ampliación de prueba, Sentencia 224/2007, f. 4.

Imparcialidad del perito, Sentencia 60/2007, f. 5.

Prueba preconstituida

Declaraciones sumariales sin contradicción, Auto 264/2007.

Prueba testifical

Indefensión, Sentencia 23/2007, ff. 6, 7.

Interrogatorio de testigos, Sentencias 24/2007, f. 3; 94/2007, ff. 3 a 5.

Testigos de referencia, Sentencia 117/2007, ff. 3, 5.

Valoración de la prueba en segunda instancia, Sentencias 164/2007, ff. 4, 5; 182/2007,

f. 3.

R

Rectificación de resoluciones del Tribunal Constitucional

Rectificación procedente, Auto 241/2007.

Recurso de aclaración

Incongruencia de las resoluciones judiciales, Sentencia 204/2007, f. 2.

Recurso útil a efectos de presentación de la demanda de amparo, Sentencia 161/2007,

f. 3.

Recurso de amparo

Carácter mixto, Sentencias 66/2007, f. 2; 124/2007, f. 2; 155/2007, f. 1.

Carácter no mixto, Sentencia 185/2007, f. 2.

Carácter prematuro, Sentencias 59/2007, f. 2; 242/2007, f. 4.

Autos 27/2007; 256/2007; 382/2007.

Carácter subsidiario, Sentencias 7/2007, f. 2; 59/2007, f. 2; 135/2007, f. 3; 144/2007, f.

2; 202/2007, f. 2.

Autos 27/2007; 260/2007; 318/2007.

Entidad ínfima, Sentencia 120/2007, f. 1.

Hechos probados, Sentencia 183/2007, f. 2.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

92

Inmodificabilidad del objeto del recurso, Sentencia 181/2007, f. 1.

Lesión efectiva del derecho fundamental, Sentencias 187/2007, f. 7; 188/2007, f. 7;

189/2007, f. 7; 190/2007, f. 7; 193/2007, f. 7.

No es una nueva instancia, Auto 3/2007.

No es vía para el control de normas, Sentencia 47/2007, f. 4.

Orden de análisis del recurso de amparo, Sentencias 26/2007, f. 3; 43/2007, f. 2;

51/2007, f. 2; 78/2007, f. 2; 94/2007, f. 2; 135/2007, f. 2; 140/2007, ff. 2, 4; 146/2007, f.

2; 156/2007, f. 3; 198/2007, ff. 3, 4; 205/2007, f. 3; 207/2007, f. 1; 219/2007, f. 3.

Pérdida sobrevenida de objeto del recurso de amparo, Sentencias 133/2007, f. 2;

251/2007, f. 2.

Auto 243/2007.

Pérdida sobrevenida de objeto por satisfacción extraprocesal, Sentencia 118/2007, ff.

1, 2.

Autos 338/2007; 439/2007.

Personación, Sentencias 99/2007, f. 1; 101/2007, f. 6.

Pervivencia del objeto del recurso de amparo, Sentencia 233/2007, f. 3.

Recurso de amparo contra actos parlamentarios, Auto 369/2007.

Resoluciones interlocutorias, Auto 381/2007.

Tramitación preferente, Autos 41/2007; 366/2007; 420/2007; 421/2007; 450/2007.

Recurso de amparo electoral

Anulación de proclamación de candidaturas, Sentencia 110/2007, passim.

Objeto del recurso de amparo electoral, Sentencias 112/2007, f. 2; 187/2007, f. 3;

188/2007, f. 3; 189/2007, f. 3; 190/2007, f. 3; 193/2007, f. 3.

Recurso de apelación

Nueva valoración de la prueba, Auto 34/2007.

Recurso de apelación civil

Costas procesales, Sentencia 232/2007, ff. 3, 4.

Inadmisión por falta de requisitos procesales, Sentencias 22/2007, ff. 3, 4; 93/2007, f.

3; 195/2007, f. 4; 253/2007, f. 3.

Recurso de apelación penal

Adhesión a la apelación penal, Sentencias 43/2007, ff. 2, 4; 214/2007, ff. 1 a 3.

Condena penal en apelación con vista pública insuficiente, Sentencias 15/2007, f. 3;

126/2007, f. 5.

Condena penal en apelación con vista pública sin comparecencia de testigos,

Sentencias 15/2007, ff. 3, 4; 29/2007, ff. 2, 3.

Condena penal en apelación fundada en pruebas sin garantías, Sentencias 11/2007, ff.

3, 4; 126/2007, f. 6; 164/2007, f. 5.

Condena penal en apelación sin vista pública, Sentencias 134/2007, ff. 2, 4; 137/2007,

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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f. 2; 142/2007, f. 4; 164/2007, f. 5; 182/2007, f. 3; 196/2007, ff. 3, 4; 207/2007, f. 3;

213/2007, ff. 1, 2; 256/2007, ff. 2, 3; 258/2007, f. 9.

Declaración de hechos probados, Sentencia 43/2007, f. 5.

Falta de traslado del escrito de adhesión, Sentencia 214/2007, f. 4.

Garantías en el procedimiento penal abreviado, Sentencia 258/2007, f. 11.

Modificación de hechos probados, Sentencia 126/2007, f. 5.

Principios de inmediación y contradicción, Sentencias 11/2007, f. 3; 142/2007, f. 4;

164/2007, f. 2; 256/2007, ff. 2, 3.

Auto 446/2007.

Revocación de sentencias absolutorias, Sentencia 11/2007, ff. 3, 4.

Auto 180/2007.

Recurso de casación

Carácter extraordinario del recurso de casación, Sentencia 128/2007, f. 3.

Fundamentación del recurso de casación, Sentencia 16/2007, ff. 2, 3, VP.

Inadmisión motivada, Sentencia 250/2007, f. 4.

Indefensión, Autos 62/2007; 389/2007.

Régimen jurídico, Auto 282/2007.

Recurso de casación civil

Cuantía litigiosa, Auto 282/2007.

Inadmisión de recurso, Auto 282/2007.

Requisitos de admisión, Auto 282/2007.

Recurso de casación contencioso-administrativo

Inadmisión por no alegar motivos de impugnación, Sentencias 16/2007, ff. 2, 3, VP;

252/2007, ff. 3, 4.

Requisitos, Sentencia 252/2007, f. 3.

Recurso de casación para la unificación de doctrina

Carencia de contenido casacional de la pretensión, Sentencia 33/2007, ff. 1 a 3.

Contradicción entre la sentencia impugnada y las de contraste, Auto 64/2007.

Sentencias de contraste, Sentencia 8/2007, f. 2.

Recurso de inconstitucionalidad

Legitimación de las Comunidades Autónomas, Sentencias 68/2007, ff. 2, 3; 247/2007,

f. 2; 249/2007, f. 3.

Pérdida sobrevenida de objeto por declaración de inconstitucionalidad de la norma,

Sentencias 259/2007, f. 2; 260/2007, f. 2; 261/2007, f. 2; 262/2007, f. 2; 263/2007, f. 2;

264/2007, f. 2; 265/2007, f. 2.

Auto 43/2007.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

94

Pérdida sobrevenida de objeto por derogación de la norma, Sentencia 68/2007, f. 4.

Auto 311/2007.

Pervivencia de su objeto pese a la pérdida de vigencia de la norma, Sentencias

13/2007, f. 1; 237/2007, f. 1; 238/2007, f. 2; 248/2007, f. 2.

Recurso de reforma

Inadmisión de recurso de reforma, Sentencia 124/2007, f. 2.

Recurso de reposición

Desestimación presunta, Sentencia 40/2007, ff. 2, 3.

Plazo de interposición, Sentencia 64/2007, f. 2.

Recurso de revisión penal

Naturaleza, Sentencia 70/2007, f. 5.

Resolución denegatoria, Sentencia 146/2007, ff. 4, 5.

Recurso de súplica contra Autos del Tribunal Constitucional

Desestimación de recurso de súplica contra Autos del Tribunal Constitucional, Autos

8/2007; 224/2007.

Inadmisión de recurso de súplica contra Autos del Tribunal Constitucional, Auto

192/2007.

Recurso de súplica contra providencias de inadmisión del Tribunal Constitucional

Desestimación de recurso de súplica contra providencias de inadmisión del Tribunal

Constitucional, Autos 13/2007; 38/2007; 192/2007; 194/2007; 234/2007; 265/2007;

275/2007; 278/2007; 325/2007; 327/2007; 392/2007; 419/2007; 427/2007; 428/2007;

438/2007.

Estimación de recurso de súplica contra providencias de inadmisión del Tribunal

Constitucional, Autos 178/2007; 381/2007; 445/2007; 458/2007.

Estimación e inadmisión de recurso de amparo, Auto 260/2007.

Recurso de súplica contra providencias del Tribunal Constitucional

Desestimación de recurso de súplica contra providencias del Tribunal Constitucional,

Autos 447/2007; 468/2007.

Finalidad, Auto 468/2007.

Inadmisión de recurso de súplica contra providencias del Tribunal Constitucional,

Auto 468/2007.

Recurso de suplicación

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

95

Naturaleza del recurso de suplicación, Sentencia 205/2007, f. 5.

Nueva valoración de la prueba, Sentencia 56/2007, f. 5.

Recurso inidóneo para reparar determinadas situaciones de indefensión, Sentencia

205/2007, f. 5.

Sentencia incongruente, Sentencia 135/2007, f. 6.

Redención de penas por el trabajo

Cómputo de beneficios penitenciarios, Auto 287/2007.

Reformatio in peius

Condena en casación más benigna, Sentencia 203/2007, f. 2.

Conexión entre reformatio in peius e incongruencia procesal, Sentencia 50/2007, f. 5.

Conexión entre reformatio in peius e indefensión, Sentencia 203/2007, f. 2.

Doctrina constitucional, Sentencias 203/2007, f. 2; 204/2007, f. 3.

Inexistencia, Auto 12/2007.

Sentencia de apelación civil, Sentencia 204/2007, f. 4.

Régimen penitenciario

Beneficios penitenciarios, Auto 287/2007.

Sanciones penitenciarias, Sentencia 48/2007, f. 4.

Registro Mercantil

Domicilio social, Sentencia 210/2007, ff. 1, 3.

Reglamentos parlamentarios

Autonomía reglamentaria, Sentencia 141/2007, ff. 3 a 5.

Relación de puestos de trabajo

Impugnación de relación de puestos de trabajo, Sentencia 129/2007, f. 4.

Relaciones laborales

Libertad de expresión, Sentencia 125/2007, ff. 1, 2.

Representación política

Derecho a acceder a los cargos públicos, Sentencias 96/2007, ff. 2, 4, 6; 99/2007, ff. 2,

4, 6.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

96

Representación procesal

Acreditación de la representación procesal, Auto 365/2007.

Subsanación de defectos procesales, Sentencia 241/2007, ff. 3 a 5.

Representantes sindicales

Garantía de indemnidad, Sentencia 257/2007, f. 2.

Requisitos procesales

Control constitucional de las resoluciones judiciales, Sentencia 241/2007, f. 2.

Reserva de ley

Derechos fundamentales, Sentencia 206/2007, f. 5.

Reserva de ley orgánica

Derechos fundamentales, Sentencia 236/2007, ff. 10, 11.

Reserva de ley tributaria

Tasas, Auto 407/2007.

Responsabilidad civil

Determinación del sujeto responsable, Sentencia 121/2007, f. 2.

Responsabilidad civil derivada de delito

Tutela judicial efectiva, Sentencia 214/2007, f. 4.

Retroactividad de disposiciones sancionadoras

Retroactividad de disposiciones más favorables no susceptible de amparo, Sentencia

116/2007, f. 10.

Retroactividad de la ley penal

Retroactividad de la ley penal más favorable, Sentencia 234/2007, f. 3.

S

Salario

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

97

Complementos salariales, Sentencia 200/2007, f. 3.

Sanciones administrativas

Demolición, Sentencia 67/2007, f. 3.

Indefensión, Sentencia 175/2007, ff. 3 a 5.

Principio de legalidad penal, Sentencia 116/2007, f. 10.

Retroactividad de las normas jurídicas, Sentencia 116/2007, f. 9.

Sanción de expulsión de extranjeros como alternativa a la de multa, Sentencias

260/2007, f. 4; 262/2007, f. 4.

Sanciones disciplinarias

Motivación de las resoluciones sancionadoras disciplinarias, Sentencia 116/2007, f. 7.

Sanción extraordinaria de separación del servicio, Sentencia 229/2007, f. 1.

Sanciones penitenciarias

Libertad de expresión, Sentencia 34/2007, ff. 2, 5.

Principio de legalidad penal, Sentencia 48/2007, f. 4.

Sanción cumplida, Sentencia 185/2007, f. 3.

Secreto profesional

Auditoría de cuentas, Auto 53/2007.

Secreto sumarial

Contenido, Sentencia 12/2007, f. 3.

Seguridad jurídica, principio de

Tutela judicial efectiva, Sentencia 173/2007, f. 4.

Seguridad Social

Alta ininterrumpida, Sentencia 33/2007, f. 2.

Denegación de prestación de la Seguridad Social, Sentencia 41/2007, ff. 2 a 9.

Seguros

Consorcio de compensación de seguros, Sentencia 121/2007, f. 2.

Sentencia de amparo

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

98

Alcance del fallo, Sentencias 31/2007, f. 2; 120/2007, f. 3; 129/2007, ff. 3, 4.

Efectos de la sentencia de amparo, Sentencias 48/2007, f. 5; 97/2007, f. 5; 100/2007, f.

4.

Fallo declarativo, Sentencia 141/2007, f. 6.

Improcedencia de condena en costas procesales, Sentencias 187/2007, f. 8; 188/2007,

f. 8; 189/2007, f. 8; 190/2007, f. 8; 193/2007, f. 8; 253/2007, f. 5.

Auto 285/2007.

Improcedencia de pronunciamiento sobre vulneraciones susceptibles de reparación

judicial, Sentencias 96/2007, f. 2; 99/2007, f. 2.

Nulidad de resoluciones administrativas, Sentencia 31/2007, f. 2.

Nulidad de resoluciones judiciales, Sentencia 207/2007, f. 4.

Nulidad de sanción disciplinaria, Sentencia 185/2007, f. 3.

Retroacción de actuaciones al momento de dictar sentencia de apelación, Sentencia

202/2007, f. 5.

Retroacción de actuaciones hasta el emplazamiento, Sentencias 195/2007, f. 5;

205/2007, f. 7.

Retroacción de actuaciones hasta la inadmisión de la prueba, Sentencia 185/2007, f. 3.

Retroacción de actuaciones judiciales, Sentencias 183/2007, f. 7; 200/2007, f. 3.

Retroacción de actuaciones para decidir sobre la admisión del recurso, Sentencias

198/2007, f. 4; 199/2007, f. 3.

Sanciones pecuniarias impuestas por el Tribunal Constitucional, Sentencia 253/2007,

f. 5.

Sentencia fundada en Derecho

Arbitrariedad, Auto 388/2007.

Cosa juzgada, Auto 54/2007.

Doctrina, Sentencia 41/2007, f. 3.

Irrazonabilidad de las sentencias, Sentencia 177/2007, f. 5.

Valoración de la prueba, Auto 74/2007.

Sentencia penal

Principio de congruencia, Sentencia 138/2007, ff. 2, 3.

Sentencias absolutorias

Nulidad de sentencia revocatoria, Sentencia 218/2007, ff. 1, 2.

Sentencias del Tribunal Constitucional

Aclaración improcedente, Auto 363/2007.

Distingue la STC 118/1984, Sentencia 205/2007, f. 5.

Distingue la STC 154/1999, Sentencia 139/2007, f. 10.

Distingue la STC 158/2006, Sentencia 43/2007, f. 4.

Distingue la STC 167/2002, Sentencias 245/2007, f. 3; 256/2007, f. 2.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

99

Distingue la STC 199/2004, Sentencia 69/2007, f. 2.

Distingue la STC 217/2005, Sentencia 241/2007, f. 5.

Distingue la STC 219/1992, Sentencia 244/2007, f. 6.

Distingue la STC 248/2004, Sentencia 76/2007, f. 5.

Distingue la STC 64/2002, Auto 262/2007.

Distingue la STC 72/2002, Sentencia 131/2007, f. 4.

Distingue la STC 94/1985, Sentencia 44/2007, f. 8.

Fallo declarativo, Sentencia 57/2007, f. 5.

Sentencias interpretativas

Naturaleza, Auto 329/2007.

Separación matrimonial

Pensión compensatoria, Sentencia 204/2007, f. 4.

Servicios esenciales de la comunidad

Competencia para fijar servicios mínimos, Sentencia 36/2007, ff. 2, 3.

Servicios públicos

Financiación de servicios públicos, Sentencias 13/2007, ff. 1 a 3, 5, 11; 58/2007, f. 5.

Silencio administrativo

Desestimación expresa extemporánea, Sentencia 173/2007, f. 2.

Desestimación presunta, Sentencias 27/2007, ff. 4, 5; 32/2007, ff. 2, 3; 40/2007, ff. 2,

3; 239/2007, ff. 2, 3.

Símbolos políticos

Símbolos de las Comunidades Autónomas, Sentencia 44/2007, f. 8.

Sindicatos

Legitimación por interés profesional o económico, Sentencias 153/2007, ff. 4 a 7;

202/2007, f. 4.

Situaciones administrativas

Regulación de la segunda actividad en el cuerpo nacional de policía, Autos 352/2007;

353/2007.

Sufragio pasivo

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

100

Causas de inelegibilidad, Sentencia 127/2007, f. 4.

Suspensión cautelar de resoluciones civiles

Interés superior del menor, Auto 461/2007.

Pago de una cantidad, no suspende, Autos 59/2007; 233/2007.

Perjuicios irreparables, Auto 36/2007.

Procesos sobre guarda y custodia, no suspende, Auto 421/2007.

Quebranto económico personal no acreditado, Auto 59/2007.

Subasta de bienes embargados, suspende, Auto 348/2007.

Suspensión cautelar de resoluciones contencioso-administrativas

Liquidaciones tributarias, no suspende, Auto 335/2007.

Suspensión cautelar de resoluciones judiciales

Resolución ejecutada, Auto 186/2007.

Suspensión cautelar de resoluciones penales

Contenido patrimonial, Auto 362/2007.

Doctrina, Auto 287/2007.

Extradición pasiva, Auto 68/2007.

Licenciamiento definitivo por cumplimiento de la pena, Autos 287/2007; 420/2007.

Liquidación de condena, no suspende, Autos 366/2007; 396/2007.

Orden europea de detención y entrega, suspende, Auto 68/2007.

Pase de situación de preso provisional a condenado, Auto 195/2007.

Pérdida sobrevenida de objeto del incidente de suspensión, Auto 284/2007.

Prisión provisional, no suspende, Autos 41/2007; 195/2007.

Privación de paseos y actos recreativos, suspende, Auto 345/2007.

Sanción de aislamiento en celda, suspende, Autos 314/2007; 345/2007.

Sanciones penitenciarias, suspende, Autos 345/2007; 414/2007.

Suspensión inútil, Auto 377/2007.

Suspensión cautelar de sentencias civiles

Costas procesales, no suspende, Auto 411/2007.

Denegación de levantamiento de suspensión de la resolución judicial, Auto 450/2007.

Embargo de vivienda, suspende, Auto 415/2007.

Pago de una cantidad, no suspende, Auto 280/2007.

Procesos sobre guarda y custodia, suspende, Auto 336/2007.

Subasta de vivienda embargada, suspende, Auto 464/2007.

Suspensión cautelar de sentencias contencioso-administrativas

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

101

Contenido patrimonial, Autos 360/2007; 470/2007.

Fundamentación de la demanda de amparo, Auto 360/2007.

Liquidaciones tributarias, no suspende, Auto 470/2007.

Multas administrativas, no suspende, Autos 63/2007; 229/2007.

Pago de una cantidad, no suspende, Autos 346/2007; 347/2007.

Pérdida sobrevenida de objeto del incidente de suspensión, Auto 229/2007.

Suspensión cautelar de sentencias penales

Arresto de fin de semana, suspende, Auto 462/2007.

Arresto sustitutorio, suspende, Auto 49/2007.

Condena penal, Auto 31/2007.

Contenido patrimonial, Autos 375/2007; 448/2007; 465/2007.

Costas procesales, no suspende, Autos 39/2007; 66/2007; 209/2007; 463/2007;

466/2007; 469/2007.

Gravedad de la pena, Auto 214/2007.

Indemnización, no suspende, Autos 35/2007; 39/2007; 66/2007; 465/2007.

Inhabilitación especial del derecho de sufragio, suspende, Autos 248/2007; 249/2007;

283/2007; 286/2007.

Inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo, suspende, Autos 39/2007;

448/2007; 462/2007; 463/2007; 466/2007; 469/2007.

Multa, no suspende, Autos 31/2007; 35/2007; 66/2007; 199/2007; 209/2007;

359/2007; 463/2007; 465/2007; 466/2007; 469/2007.

Penas accesorias, no suspende, Auto 31/2007.

Penas privativas de libertad, suspende, Autos 39/2007; 49/2007.

Pérdida sobrevenida de objeto del incidente de suspensión, Autos 232/2007; 361/2007.

Prisión de siete meses, suspende, Auto 249/2007.

Prisión de nueve meses, suspende, Auto 248/2007.

Prisión de un año, suspende, Auto 286/2007.

Prisión de dos años, suspende, Autos 201/2007; 448/2007; 469/2007.

Prisión de tres años, suspende, Autos 273/2007; 359/2007; 463/2007.

Prisión de cuatro años, suspende, Auto 283/2007.

Prisión de seis años, suspende, Auto 466/2007.

Prisión de nueve años, no suspende, Auto 418/2007.

Prisión de doce años, no suspende, Auto 31/2007.

Prisión de treinta años, no suspende, Auto 214/2007.

Responsabilidad personal subsidiaria, no suspende, Autos 66/2007; 199/2007.

Suspensión de cargo público, suspende, Auto 201/2007.

Suspensión de permiso de conducir, no suspende, Auto 209/2007.

Suspensión cautelar de sentencias sociales

Indemnización por despido, no suspende, Auto 270/2007.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

102

Suspensión de disposiciones de las Comunidades Autónomas

Interés ecológico preferente, Auto 355/2007.

Interés general, Auto 355/2007.

Intereses particulares, Auto 355/2007.

Levantamiento de la suspensión, Auto 218/2007.

Levantamiento parcial de la suspensión, Auto 18/2007.

Mantenimiento de la suspensión, Auto 355/2007.

Paralización de obras de construcción, Auto 355/2007.

Pérdida sobrevenida de objeto de la cuestión de inconstitucionalidad, Auto 235/2007.

Ponderación de intereses, Autos 18/2007; 218/2007.

Sector audiovisual, Autos 18/2007; 218/2007.

Suspensión de disposiciones del Gobierno

Denegación de la suspensión de disposiciones del Gobierno, Auto 258/2007.

Suspensión de la ejecución del acto que origina el amparo

Desistimiento de la solicitud de suspensión cautelar, Autos 58/2007; 333/2007.

Pérdida sobrevenida de objeto del incidente de suspensión, Autos 207/2007; 288/2007;

333/2007; 364/2007; 390/2007.

T

Televisión

Programas de entretenimiento, Sentencia 139/2007, ff. 3, 4.

Terrorismo

Condena del terrorismo, Sentencia 110/2007, f. 15.

Tortura y tratos inhumanos o degradantes

Canon reforzado de investigación, Sentencia 224/2007, ff. 3, 4.

Doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Sentencias 140/2007, f. 2;

224/2007, f. 3.

Trabajadores

Acoso sexual en el trabajo, Sentencia 250/2007, passim.

Derechos fundamentales, Sentencia 74/2007, ff. 5, 6.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

103

Tráfico

Identificación del conductor, Sentencias 63/2007, ff. 2 a 4; 157/2007, ff. 3, 4.

Sanciones administrativas, Sentencia 63/2007, ff. 2, 3.

Trámite de alegaciones en el recurso de amparo

Trámite de alegaciones sobre causas de inadmisibilidad, Auto 281/2007.

Tratados internacionales

Acuerdos con la Santa Sede, Sentencia 38/2007, ff. 2 a 5, 13.

Competencias del Tribunal Constitucional, Sentencias 38/2007, f. 3; 164/2007, f. 1.

Tribunal Supremo

Sala especial del art. 61 de la LOPJ, Sentencia 112/2007, passim.

Tributos

Base imponible, Auto 456/2007.

Incrementos patrimoniales irregulares, Sentencia 6/2007, f. 3.

Liquidaciones tributarias, Sentencias 30/2007, f. 4; 255/2007, f. 4.

Tutela judicial cautelar

Doctrina, Sentencia 259/2007, f. 8.

Tutela judicial efectiva, derecho a la

Acceso a la justicia, respetado, Sentencias 1/2007, f. 2; 131/2007, f. 2; 173/2007, f. 4.

Acceso a la justicia, vulnerado, Sentencias 25/2007, ff. 2, 3; 27/2007, f. 5; 32/2007, ff.

2, 3; 40/2007, ff. 2, 3; 64/2007, f. 4; 119/2007, ff. 3, 7; 130/2007, f. 4; 148/2007, f. 3;

153/2007, ff. 3, 7; 159/2007, ff. 2, 3; 172/2007, f. 4; 179/2007, f. 2; 199/2007, f. 3;

202/2007, f. 5; 215/2007, passim.; 217/2007, f. 5; 221/2007, f. 1; 227/2007, ff. 1 a 3, 5,

6; 239/2007, ff. 2, 3.

Acceso a la justicia penal, respetado, Auto 246/2007.

Acceso a la justicia penal, vulnerado, Sentencias 218/2007, ff. 1, 2, 5; 220/2007, ff. 2,

3.

Acceso al proceso, respetado, Sentencia 251/2007, ff. 4 a 7.

Acceso al proceso, vulnerado, Sentencia 154/2007, f. 4.

Acceso al recurso legal, respetado, Sentencias 16/2007, ff. 2, 3; 181/2007, f. 6;

195/2007, f. 4; 250/2007, f. 4; 252/2007, ff. 3, 4; 253/2007, ff. 2, 3.

Auto 9/2007.

Acceso al recurso legal, vulnerado, Sentencias 22/2007, ff. 3, 4; 198/2007, f. 4;

254/2007, ff. 2, 4.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

104

Acceso al recurso penal, vulnerado, Sentencia 122/2007, ff. 4, 6.

Canon de constitucionalidad reforzado, Sentencia 202/2007, f. 4.

Doctrina, Sentencia 258/2007, f. 7.

Ejecución de sentencias, respetado, Autos 312/2007; 386/2007.

Ejecución de sentencias, vulnerado, Sentencias 37/2007, ff. 2 a 4; 121/2007, ff. 1, 2.

Error patente, Sentencia 56/2007, f. 2.

Error patente, respetado, Sentencia 180/2007, f. 2.

Auto 313/2007.

Error patente, vulnerado, Sentencia 161/2007, f. 4.

Incongruencia de las resoluciones judiciales, respetado, Auto 368/2007.

Incongruencia de las resoluciones judiciales, vulnerado, Sentencia 34/2007, f. 3.

Incongruencia de las sentencias, respetado, Sentencias 6/2007, f. 3; 50/2007, ff. 2, 3;

67/2007, ff. 2 a 4; 143/2007, f. 3; 181/2007, f. 4; 190/2007, f. 7; 205/2007, f. 2;

245/2007, f. 2.

Autos 65/2007; 70/2007; 204/2007; 237/2007; 313/2007.

Incongruencia de las sentencias, vulnerado, Sentencias 30/2007, f. 5; 41/2007, ff. 3, 4;

54/2007, ff. 4, 5; 56/2007, ff. 3 a 5; 135/2007, f. 6; 138/2007, ff. 2, 3; 144/2007, ff. 2, 4,

5; 167/2007, ff. 2 a 4; 176/2007, ff. 2, 4; 204/2007, f. 4; 216/2007, ff. 1, 2, 4; 255/2007,

ff. 3, 4.

Inmodificabilidad de las resoluciones judiciales, respetado, Sentencia 53/2007, f. 2.

Inmodificabilidad de las sentencias, respetado, Sentencia 50/2007, f. 2.

Auto 374/2007.

Intangibilidad de las sentencias, vulnerado, Sentencias 171/2007, f. 4; 234/2007, f. 4.

Irrazonabilidad de las sentencias, Sentencia 55/2007, f. 3.

Motivación de las resoluciones judiciales, respetado, Sentencia 232/2007, ff. 3, 4.

Autos 206/2007; 208/2007; 271/2007; 372/2007.

Motivación de las resoluciones judiciales, vulnerado, Sentencias 34/2007, f. 3;

92/2007, ff. 2 a 4; 120/2007, ff. 2, 3; 124/2007, ff. 2, 3, 5; 140/2007, ff. 2, 3; 155/2007,

ff. 3, 4; 215/2007, f. 2; 222/2007, ff. 1, 3, 5.

Motivación de las sentencias, respetado, Sentencias 51/2007, f. 3; 94/2007, ff. 6, 7;

144/2007, ff. 1, 3; 196/2007, f. 8; 258/2007, f. 8.

Autos 181/2007; 210/2007; 264/2007; 413/2007.

Motivación de las sentencias, vulnerado, Sentencias 74/2007, ff. 5, 6; 75/2007, f. 8;

76/2007, f. 8.

Reformatio in peius, respetado, Sentencia 203/2007, f. 2.

Reformatio in peius, vulnerado, Sentencia 204/2007, f. 4.

Resolución fundada en Derecho, respetado, Autos 33/2007; 183/2007.

Resolución fundada en Derecho, vulnerado, Sentencias 52/2007, f. 2; 177/2007, f. 5;

250/2007, f. 6.

Sentencia fundada en Derecho, respetado, Sentencia 246/2007, f. 3.

Auto 54/2007.

Sentencia fundada en Derecho, vulnerado, Sentencia 132/2007, ff. 4, 5.

Tutela judicial cautelar, respetado, Sentencia 229/2007, ff. 1, 3.

Tutela judicial sin indefensión, derecho a la

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Actos procesales de comunicación, respetado, Sentencia 110/2007, f. 6.

Contenido del derecho a la tutela judicial sin indefensión, Sentencia 116/2007, f. 2.

Defectos procesales, Auto 64/2007.

Diligencia procesal, Sentencia 131/2007, f. 4.

Doctrina, Sentencia 205/2007, ff. 4, 7.

Doctrina constitucional sobre la indefensión material, Sentencias 181/2007, f. 4;

223/2007, f. 2; 258/2007, f. 3.

Emplazamiento, vulnerado, Sentencias 162/2007, ff. 2, 3; 163/2007, f. 3; 195/2007, f.

4; 212/2007, f. 3.

Emplazamiento edictal, vulnerado, Sentencias 210/2007, f. 1; 231/2007, ff. 2, 3.

Indefensión imputable al órgano judicial, Sentencias 61/2007, f. 3; 162/2007, f. 4;

205/2007, f. 7; 231/2007, ff. 2, 3; 254/2007, f. 2.

Indefensión imputable al recurrente, Sentencia 47/2007, f. 3.

Autos 60/2007; 182/2007; 281/2007.

Indefensión material, vulnerado, Sentencia 109/2007, f. 2.

U

Urbanismo

Concurrencia de títulos competenciales, Sentencia 14/2007, f. 3.

Expropiación forzosa, Sentencia 14/2007, ff. 3 a 6.

V

Valencia

Competencias en materia de aguas, Sentencias 247/2007, ff. 17 a 22; 249/2007, f. 4.

Reforma de los Estatutos de Autonomía, Sentencia 247/2007, passim.

Valoración de la prueba

Canon de motivación, Sentencia 245/2007, f. 6.

Valoración en segunda instancia, Auto 269/2007.

Veracidad de la información

Responsabilidad de los medios de información, Sentencia 139/2007, f. 9.

Vertidos

Vertidos contaminantes, Auto 355/2007.

Votos particulares

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Formulado uno, Sentencias 13/2007; 16/2007; 44/2007; 52/2007; 58/2007; 62/2007;

69/2007; 72/2007; 108/2007; 127/2007; 128/2007; 160/2007; 177/2007; 218/2007;

232/2007; 259/2007; 260/2007; 262/2007; 263/2007; 264/2007; 265/2007.

Autos 45/2007; 46/2007; 48/2007; 68/2007; 71/2007; 72/2007; 198/2007; 200/2007;

355/2007; 471/2007.

Formulados dos, Sentencias 229/2007; 236/2007; 238/2007; 248/2007; 258/2007.

Autos 174/2007; 192/2007; 289/2007; 387/2007.

Formulados tres, Auto 443/2007.

Formulados cuatro, Sentencia 235/2007.

Formulados cinco, Sentencias 247/2007; 249/2007.

Formulados siete, Auto 26/2007.

Voto particular concurrente, Sentencias 238/2007; 248/2007; 258/2007.

Autos 26/2007; 192/2007; 443/2007.

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4. Listado de Sentencias

Sala Primera. Sentencia 1/2007, de 15 de enero de 2007

Recurso de amparo 5256-2003. Promovido por don José Antonio García Díaz

respecto a la providencia de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de

Oviedo que archivó el procedimiento incoado a su instancia respecto a informe

de la Jurista del centro penitenciario de Villabona.

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la

justicia): terminación de proceso contencioso-administrativo por no haber

formulado demanda, tras la designación de Abogado de oficio.

La Sentencia se niega a ampliar fuera del proceso penal la doctrina sobre asistencia

letrada efectiva. En concreto, niega que sea exigible del Juez de lo contencioso-

administrativo un impulso expreso para favorecer que se realice un acto típico de parte

como es la interposición del recurso contencioso-administrativo.

El órgano judicial, ante la solicitud de un preso para que se le nombraran Abogado y

Procurador de oficio para interponer un recurso contencioso-administrativo, actuó con

la diligencia adecuada: tanto a la hora de solicitar a los Colegios la designación

provisional de los correspondientes profesionales del turno de oficio como al notificar al

justiciable los nombramientos de aquéllos; no consta ninguna circunstancia que haya

impedido la comunicación con el Juzgado o con su Abogado y Procurador, por lo que

su condición de preso ha sido irrelevante. En definitiva, el cómputo del plazo de

caducidad aplicado por la resolución impugnada, que comenzó en la fecha de

notificación al interno de la designación del Abogado que habría de defenderle, es

irreprochable.

Sala Primera. Sentencia 2/2007, de 15 de enero de 2007

Recurso de amparo 5793-2003. Promovido por don Mauricio Fernández de

Clerk respecto a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Madrid que estimó la demanda de lesividad

promovida por el Ministro de Hacienda sobre liquidación tributaria de 1994.

Vulneración del derecho a la igualdad en la aplicación de la ley: sentencia

contencioso-administrativa con un fallo diferente a otra dictada en supuesto

idéntico, sobre entidad en régimen de transparencia fiscal, sin justificación;

jurisprudencia contradictoria.

La Sentencia de amparo aborda una situación extrema: la Sección de una Sala de

Justicia mantiene simultáneamente dos criterios diferentes para resolver casos

sustancialmente iguales. No parece haber ninguna razón que justifique este trato

diferente, pues las resoluciones judiciales no explicitan las razones por las que unas

veces siguen un determinado criterio y, otras veces, otro.

La cuestión planteada ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo es igual:

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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resoluciones económico-administrativas que anulaban las liquidaciones tributarias

efectuadas a los socios de una entidad en régimen de transparencia fiscal, al imputarles

en el impuesto sobre la renta de las personas físicas cierta cantidad como base

imponible derivada de su condición de socios.

Sala Primera. Sentencia 3/2007, de 15 de enero de 2007

Recurso de amparo 6715-2003. Promovido por doña Raquel García Mateos

frente a la Sentencia de un Juzgado de lo Social de Madrid que desestimó su

demanda contra Alcampo, S.A., sobre reducción de jornada por guarda de hijo

menor.

Vulneración del derecho a no ser discriminada por razón del sexo: denegación

a trabajadora del derecho a reducción de jornada por guarda legal de hijo

menor de seis años interpretando la ley sin ponderar el derecho fundamental.

La negativa del órgano judicial a reconocer a la trabajadora la concreta reducción de

jornada solicitada por guarda legal, sin analizar en qué medida dicha reducción

resultaba necesaria para la atención a los fines de relevancia constitucional a los que la

institución sirve ni cuáles fueran las dificultades organizativas que su reconocimiento

pudiera causar a la empresa, es un obstáculo injustificado para la permanencia en el

empleo de la trabajadora y para la compatibilidad de su vida profesional con su vida

familiar, y en tal sentido, constituye una discriminación indirecta por razón de sexo.

Dado que esta valoración de las circunstancias concretas no se ha realizado, no ha sido

debidamente tutelado por el órgano judicial el derecho fundamental de la trabajadora, lo

que conlleva la anulación de las sentencias sociales y la retroacción de actuaciones para

que el Juzgado dicte nueva sentencia.

Sala Segunda. Sentencia 4/2007, de 15 de enero de 2007

Recurso de amparo 7373-2003. Promovido por doña Asunción Ortuño Ortuño en

relación con el juicio ordinario de menor cuantía seguido ante un Juzgado de

Primera Instancia e Instrucción de Orihuela (hoy Juzgado de lo Penal) sobre

liquidación de bienes gananciales en ejecución de Sentencia de 2000.

Supuesta vulneración del derecho a un proceso sin dilaciones: falta de denuncia

de la paralización del proceso civil. Voto particular.

No se aprecia que se haya producido lesión del derecho fundamental porque 1) antes de

que haya sido instada la ejecución no cabe hablar propiamente de paralización procesal

y, 2) cuando tras instarse la ejecución el órgano judicial permaneció inactivo, la

demandante no denunció la paralización del proceso ante el propio órgano judicial que

podía poner fin a ella. Las eventuales dificultades en las relaciones de la justiciable con

su defensa de oficio no son analizadas.

En un pleito iniciado en 1998, como consecuencia de una sentencia de separación de

1996, se dictó sentencia en julio de 2000 que fijó el activo y pasivo de la sociedad de

gananciales y acordó su división entre los ex cónyuges. Una vez iniciada la liquidación

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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de los bienes, previa a la división del haber remanente y su adjudicación a las partes, y

tras recibir diversas quejas presentadas directamente por la justiciable sobre su defensa

de oficio, el Juzgado acordó la sustitución de su Abogado; su nueva representación

procesal de oficio presentó en abril de 2002 solicitud de avalúo de los bienes. Una serie

de escritos de la interesada no dieron lugar a actuación judicial hasta la solicitud de

amparo en diciembre de 2003. La Sentencia subraya que la Ley de enjuiciamiento civil

deja la ejecución a la instancia de parte; y que los escritos presentados directamente por

la interesada, sin firma de Procurador ni Abogado, no podían ser proveídos por el Juez

según la ley. Por consiguiente, juzga que la parte afectada permaneció inactiva ante la

pasividad judicial en la ejecución de la sentencia.

Sala Primera. Sentencia 5/2007, de 15 de enero de 2007

Recurso de amparo 7452-2003. Promovido por doña María Antonia Peñalver

Martínez y otras frente a las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia y de un

Juzgado de lo Social de Madrid que desestimaron su demanda contra el

Consulado italiano y la Escuela Estatal Italiana en Madrid sobre reclamación de

derechos y cantidad.

Vulneración del derecho a la igualdad: retribuciones diferentes a profesores

españoles e italianos en un centro de enseñanza privado de un Estado

extranjero sin justificación objetiva y razonable.

En materia retributiva, el art. 14 CE no impone en el ámbito de las relaciones laborales

una igualdad de trato en sentido absoluto, pues la eficacia en este ámbito del principio

de la autonomía de la voluntad deja un margen para disponer la retribución del

trabajador, respetando los mínimos legales o convencionales. La sujeción a “normas

salariales diferentes”, si se refiere a las disposiciones legales o convencionales

aplicables al caso, debería hacerse expresamente y justificarse, identificando tales

normas.

En este caso no se han exteriorizado los motivos por los que al personal de nacionalidad

española se le aplica la normativa convencional de centros privados de enseñanza,

mientras que al de nacionalidad italiana en sus mismas circunstancias se le aplica las

retribuciones previstas para la enseñanza pública española, ni ha quedado justificado

que el trato distinto deparado a las recurrentes tenga un fundamento racional y ajeno a la

circunstancia de su nacionalidad.

Sala Segunda. Sentencia 6/2007, de 15 de enero de 2007

Recurso de amparo 7531-2003. Promovido por don Bernardino Borrajo Delgado

y otra frente a la Sentencia y Auto de nulidad de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo de la Audiencia Nacional que estimó la demanda del Ministro de

Hacienda sobre liquidación tributaria del impuesto sobre la renta de las personas

físicas de 1991.

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: STC 166/2006.

Sentencia idéntica a la STC 16/2006, sobre un ejercicio tributario diferente: ambos

procedimientos se refieren a incrementos patrimoniales no justificados, detectados en

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los ejercicios económicos de 1988 y 1991; en ambos se utilizaron los mismos datos

económicos y patrimoniales que obraban en el expediente administrativo sobre los

ingresos de los recurrentes.

Sala Primera. Sentencia 7/2007, de 15 de enero de 2007

Recurso de amparo 648-2004. Promovido por don Jorge Gallardo Codina

respecto a los Autos de un Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Barcelona que

desestimaron su recurso contra el centro penitenciario de hombres de Barcelona

sobre sanciones disciplinarias por falta de respeto y resistencia pasiva.

Alegada vulneración de los derechos a la intimidad personal, la tutela judicial

efectiva y a garantías en el procedimiento administrativo sancionador: falta de

invocación tempestiva de los derechos fundamentales y falta de agotamiento de

los recursos al no solicitar prueba ante el Juzgado.

El recurso de amparo es inadmitido porque el recluso no reiteró en el recurso de alzada,

ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, la petición de las pruebas por cuya

denegación se queja, ni invocó en ese momento todos los demás derechos

fundamentales, distintos al que protege el uso de los medios de prueba pertinentes para

la defensa.

El interno había sido sancionado por el centro penitenciario en relación con dos faltas

disciplinarias graves: faltar el respeto a los funcionarios y resistirse pasivamente al

cumplimiento de las órdenes recibidas, por negarse a obedecer una orden de cacheo tras

una comunicación vis a vis. La pretensión de amparo se extendía a los Autos del

Juzgado que desestimaron sus recursos de alzada y reforma, por no reparar las lesiones

inferidas por la Administración. La demanda alegaba: a) los derechos a la tutela judicial

efectiva y a la prueba, por cuanto el instructor del expediente disciplinario le denegó la

práctica de las que propuso para cuestionar el pliego de cargos y justificar su conducta;

b) el derecho de asistencia letrada, pues no recibió respuesta a su solicitud de ser

asesorado por el jurista-criminólogo; c) la presunción de inocencia, porque el parte

escrito del funcionario con el que tuvo el incidente que motivó su sanción no sería

prueba válida, pues no fue debidamente identificado, impidiendo cuestionar su versión

por una enemistada anterior; y d) el derecho a la intimidad corporal, porque la inicial

orden de cacheo no había sido autorizada por el Jefe de servicios, como exige el

Reglamento penitenciario, ni se apoyaba en causa justificada alguna.

Sala Segunda. Sentencia 8/2007, de 15 de enero de 2007

Recurso de amparo 4014-2004. Promovido por don José Amorós Pros frente a

las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y de un Juzgado de

lo Social de Barcelona que desestimaron su demanda contra el INSS sobre

revisión de la base reguladora de su prestación por incapacidad permanente.

Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: inadmisión

de recurso de amparo por frustrar el agotamiento de los recursos en la vía

judicial social previa.

La Sentencia declara frustrado el agotamiento de los recursos en la vía judicial previa,

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

111

porque el recurso de casación para la unificación de doctrina fue inadmitido por la Sala

de lo Social del Tribunal Supremo, al haber aportado una Sentencia contradictoria que

no era firme en el momento de dictarse la resolución recurrida.

La Sentencia endurece el criterio de las SSTC 126/1994, de 25 de abril, 263/1994, de 3

de octubre, 16/1995, de 24 de enero, 155/1999, de 14 de septiembre, y 4/2000, de 17 de

enero; no se demora en analizar cómo pueden los justiciables o sus Abogados conocer el

dato de la firmeza de las Sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia cuando

interponen recurso. En cuanto al fondo, la STC 307/2006, de 23 de octubre, otorgó

amparo en un caso igual.

Sala Primera. Sentencia 9/2007, de 15 de enero de 2007

Recurso de amparo 5586-2004. Promovido por doña Carmen Donadios Arroyo

frente a las Sentencias de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, de la

Audiencia Provincial y de un Juzgado de Primera Instancia de Albacete que

desestimaron su demanda de protección del derecho al honor.

Supuesta vulneración del derecho al honor: críticas de un concejal a una

funcionaria en un pleno municipal, vertidas en un debate de interés público y no

injuriosas, protegidas por la libertad de expresión.

La demandante, funcionaria del Ayuntamiento de Albacete, considera que su derecho al

honor ha sido lesionado por una serie de manifestaciones vertidas por el Primer

Teniente de Alcalde en un Pleno municipal en un debate sobre modificación de las

prestaciones de un contrato de servicios. Dichas manifestaciones respondieron a la

petición de dimisión por parte de la oposición por la ausencia de un informe técnico que

emitió la recurrente y que no obraba en el expediente correspondiente, por causas ajenas

a ella según consta en las Sentencias que denegaron el amparo ordinario.

Se deniega el amparo por considerar que las manifestaciones vertidas no vulneran el

derecho al honor en tanto no constituyen una intromisión ilegítima en el mismo, puesto

que se vertieron en un debate de interés público y en conexión con el mismo, como

parte de la explicación del Alcalde de su ajenidad e ignorancia, y porque no contenían

expresiones formalmente injuriosas o absolutamente vejatorias, sino genéricas, sin

mencionar su nombre y como una interpretación del comportamiento omisivo de la

recurrente.

Sala Primera. Sentencia 10/2007, de 15 de enero de 2007

Recurso de amparo 5962-2004. Promovido por don José María Suárez García

frente a las Sentencias de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y de la

Audiencia Provincial de Oviedo que le condenaron por delito contra la salud

pública.

Supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia: condena

fundada en declaraciones sumariales aportadas al juicio oral con contradicción

aunque retractadas, como consta en acta; declaración de coimputado

corroborada.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Se deniega el amparo porque la prueba de cargo es suficiente para generar en los

juzgadores, más allá de toda duda razonable, la convicción sobre la concurrencia de los

elementos del delito contra la salud pública por financiar, al menos de forma esporádica,

las operaciones de compra de sustancias estupefacientes que realizaban los otros dos

acusados, para su posterior distribución a los consumidores de esas sustancias en Pola

de Lena.

La lectura del acta del juicio oral muestra que la declaración incriminatoria, efectuada

en la fase sumarial por quien distribuía la droga, no fue mantenida en el juicio oral,

frente a lo que erróneamente se afirma en este punto en la Sentencia condenatoria; pero

fue introducida con contradicción en el juicio oral, pese a que se empleó la rechazable

fórmula forense de darlas “por reproducidas”, porque tanto el Ministerio Fiscal como

las defensas pudieron interrogar al coimputado, y lo hicieron, sobre el contenido de sus

declaraciones en la fase instructora. Las cuales encuentran corroboración en: ciertos

aspectos de las escuchas telefónicas (alusiones a un tal “Chema”), las declaraciones

testificales de los agentes de la Guardia civil intervinientes, así como la cantidad de

dinero incautada en el registro del domicilio del recurrente debajo de un colchón,

reputándose no creíble la versión ofrecida por éste (el dinero procedía de las ganancias

obtenidas por la explotación de su bar) con fundamento en una prueba pericial contable.

Sala Primera. Sentencia 11/2007, de 15 de enero de 2007

Recurso de amparo 1725-2005. Promovido por don Ramón Ángel García

Montoya frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que, en

grado de apelación, le condenó por un delito de lesiones.

Vulneración de los derechos a un proceso con garantías y a la presunción de

inocencia: incidente de nulidad de actuaciones; condena pronunciada en

apelación, tras haber celebrado vista pública sin practicar las pruebas

testificales de cargo (SSTC 167/2002 y 229/2002).

Condena en apelación por delito de violencia doméstica. Se otorga amparo porque, de

acuerdo con la doctrina del Tribunal (STC 167/2002, de 18 de septiembre), la

valoración en segunda instancia de las referidas declaraciones sin las garantías de

inmediación y contradicción exigidas por el art. 24.2 CE determina la apreciación de la

vulneración del derecho a un proceso con todas las garantías. Además, se estima

vulnerado el derecho a la presunción de inocencia porque, excluidas las pruebas que

carecen de las garantías necesarias, no existen pruebas de cargo.

La Sentencia reafirma que, en este tipo de supuestos, no es preciso incidente de nulidad

de actuaciones para agotar los recursos judiciales (STC 114/2006).

Sala Segunda. Sentencia 12/2007, de 15 de enero de 2007

Recurso de amparo 6516-2005. Promovido por don Luis Félix Humberto Cerón

Bravo frente a los Autos de la Audiencia Provincial de Madrid y de un Juzgado

de Instrucción de Collado Villalba que decretaron su prisión provisional en

causa por delitos de robo y tentativa de homicidio.

Vulneración del derecho a la libertad personal: prisión provisional sin motivar

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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para preservar el secreto del sumario (STC 18/1999).

Se otorga amparo, tal y como se hizo ya en la STC 18/1999, de 22 de febrero, porque el

Auto de prisión no imputaba hechos concretos al detenido por la necesidad de preservar

el secreto sumarial para el buen fin de la investigación. Tal decisión desconoce el tenor

literal del art. 506.2 LECrim (redactado por la Ley Orgánica 13/2003, de 24 de octubre)

y el derecho a la libertad personal.

No es suficiente con dar pleno conocimiento de las actuaciones a la Audiencia en caso

de recurso, ya que el derecho fundamental exige que las partes puedan conocer las

razones o fundamentos de la decisión para, en su caso, impugnarlos. A su vez, el Auto

de la Audiencia Provincial ahonda en la vulneración al limitarse a decir que existen

“datos sugerentes” acerca de la implicación del preso en los delitos, pero sin relacionar

ningún hecho. Esta argumentación desconoce manifiestamente tanto lo dispuesto en el

art. 506 LECrim, como la jurisprudencia constitucional. Se trataba de una causa por dos

delitos de robo con violencia e intimidación con uso de armas y, en su caso, de un delito

de tentativa de homicidio.

Pleno. Sentencia 13/2007, de 18 de enero de 2007

Recurso de inconstitucionalidad 1383-1998. Promovido por el Parlamento de

Andalucía en relación con los artículos 83, 84 y 85 y las cuantías fijadas en la

Sección 32 de la Ley 65/1997, de 30 de diciembre, de presupuestos generales del

Estado para 1998, sobre la financiación de las Comunidades Autónomas a las

que no se aplica el modelo para el quinquenio 1997-2001.

Principios de interdicción de la arbitrariedad del legislador, autonomía y

suficiencia financiera, coordinación, lealtad y solidaridad: participación en los

ingresos del Estado de las Comunidades Autónomas; coeficiente de población;

negociación previa y papel de la Comisión Mixta y del Consejo de Política

Fiscal y Financiera; asignaciones de nivelación de los servicios públicos

esenciales. Voto particular.

La Sentencia aborda cuestiones importantes de un tema importante: la financiación de

las Comunidades Autónomas, en la estela de las capitales SSTC 13/1992, de 6 de

febrero, y 68/1996, de 4 de abril. Deja establecidos criterios con eficacia mucho más

allá del sistema de financiación para el quinquenio 1997-2001, sobre el cual versa.

Quizá quepa destacar su doctrina sobre el papel relativo de la negociación bilateral y

multilateral, desarrolladas respectivamente en el seno de las Comisiones mixtas y del

Consejo de Política Fiscal y Financiera (ffjj 8, 9 y 10); la función de la ley en esta

materia (fj 6); y la fijación de factores determinantes de la cuantía de la participación en

ingresos estatales, en particular el de población y sus distintos significados y marcos

temporales (ffjj 4 y 5). Las asignaciones de nivelación de servicios merece una reflexión

específica (fj 11). Con carácter general, la Sentencia profundiza en la definición del

marco competencial en la materia así como en el juego de los principios generales, tales

como los de autonomía y suficiencia financiera, por un lado, y por otro los de

solidaridad entre todos los españoles y coordinación de las distintas haciendas públicas.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Pleno. Sentencia 14/2007, de 18 de enero de 2007

Cuestión de inconstitucionalidad 1787-2001. Planteada por la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en

relación con el artículo 19 a) de la Ley del Parlamento Vasco 9/1989, de 17 de

noviembre, de valoración del suelo.

Competencias sobre urbanismo, derecho de propiedad y legislación de

expropiación forzosa: determinación del valor urbanístico de los terrenos

destinados a sistemas generales (STC 61/1997). Nulidad de precepto

autonómico.

La norma que establece un determinado valor económico, cuando su calificación

urbanística como sistema general impide su aprovechamiento privado, entronca tanto

con el art. 149.1.18 CE, en su vertiente relativa a la fijación de criterios de valoración

del suelo a efectos expropiatorios, como con el art. 149.1.1 CE, en cuanto que la

valoración se halla directamente relacionada con las condiciones básicas del derecho de

propiedad: lo cual determina que, por ambas razones, sea el Estado el competente para

establecerla.

La Sentencia aplica a un supuesto específico doctrina establecida: SSTC 61/1997, de 20

de marzo (FJ 19), y 164/2001, de 11 de julio (FJ 34), especialmente. Aclara que la

anulación del artículo 62 del texto refundido de la Ley sobre el régimen del suelo y

ordenación urbana de 1992 por la STC 61/1997 (fj 20.b) fue debida a que la regla de

valoración establecida en ese precepto no se limitaba a establecer un supuesto genérico

al que anudar unas consecuencias o efectos valorativos (descripción abstracta de la

competencia estatal en materia expropiatoria), sino que se inscribía en una relación

insalvable de figuras urbanísticas que conllevaba la predeterminación de un concreto

modelo urbanístico.

Sala Segunda. Sentencia 15/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 1179-2003. Promovido por don Josep Gómez Egea frente a

la Sentencia de la Audiencia Provincial de Girona que, en grado de apelación, le

condenó por delito de violencia psíquica habitual en concurso con amenazas.

Vulneración del derecho a un proceso con garantías: condena pronunciada en

apelación, tras haber celebrado vista pública sin practicar pruebas (SSTC

167/2002 y 186/2005).

Para valorar en apelación la credibilidad de un testimonio es precisa siempre la garantía

de inmediación y contradicción, incluso si se tienen en cuenta elementos objetivos, so

pena de vulnerar el derecho a un proceso con todas las garantías recogido en el artículo

24.2 CE, como de hecho acontece en el presente caso. Doctrina reiterada sobre las

exigencias constitucionales en materia probatoria en segunda instancia (STC 167/2002).

El condenado en apelación había sido absuelto en primera instancia por considerar el

órgano judicial que no era prueba suficiente la declaración de la víctima, y al no

concurrir datos objetivos que la corroboraran. La Audiencia Provincial revocó la

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absolución y modificó los hechos probados, apreciando que sí es prueba suficiente la

declaración de la víctima y que, en el caso concreto, su declaración se hallaba

corroborada por otros elementos objetivos (tales como la existencia de una conversación

grabada entre el actor y la testigo-víctima, la solicitud por parte de ésta de la instalación

de un circuito de llamadas maliciosas o, entre otras, el cuadro de ansiedad sufrido por la

víctima). Para el Tribunal Constitucional, aunque la nueva valoración acerca de dicha

credibilidad está apoyada en elementos objetivos extraídos de una prueba documental, e

incluso aunque el acusado fue oído en la segunda instancia, la Audiencia asumió una

toma de postura sobre la credibilidad del testimonio de la víctima que no respeta el art.

24.2 CE, al no haberla oído directamente.

Sala Primera. Sentencia 16/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 1767-2003. Promovido por doña María Teresa Urbieta

Egaña en relación con la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo

del Tribunal Supremo que inadmitió su recurso de casación en litigio sobre

liquidación por aprovechamiento urbanístico.

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso al recurso

legal): inadmisión de recurso de casación contencioso-administrativo por

prepararlo sin exposición sucinta de la concurrencia de sus requisitos (STC

265/2005). Voto particular del derecho a un proceso con garantías: condena

pronunciada en apelación, tras haber celebrado vista pública sin practicar

pruebas (SSTC 167/2002 y 186/2005).

El escrito de preparación del recurso de casación carece de los requisitos mínimos que

la LJCA exige para poder tener por preparado el recurso: una “sucinta expresión” de la

irrecurribilidad de la sentencia impugnada, la temporaneidad de la preparación y la

legitimación de la recurrente. En consecuencia, la inadmisión del recurso de casación

por motivos formales, dejando imprejuzgados los motivos de fondo alegados en el

recurso, no puede considerarse como arbitraria, irrazonable o incursa en error patente,

por lo que se deniega el amparo solicitado.

Recoge la doctrina de la STC 265/2005, en la que, como ahora, se formuló un Voto

particular discrepante, que considera irrazonable la inadmisión del recurso de casación

por motivos formales en estos casos en que el defecto procesal ha sido apreciado en

Sentencia casi cuatro años después de haber sido admitido a trámite el recurso por el

mismo órgano judicial. En dichos Votos se entiende que la conclusión debiera haber

sido estimatoria, como en la STC 248/2005, de 10 de octubre, en la que se recogía la

doctrina establecida en la STEDH de 9 de noviembre de 2004 (caso Sáez Maeso c.

España).

Sala Primera. Sentencia 17/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 2192-2003. Promovido por doña Aránzazu Hernáez Ferreras

frente a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del

País Vasco que, en grado de suplicación, declaró improcedente su despido por

Telefónica Publicidad e Información, S.A.

Vulneración del derecho a no ser discriminada por razón del sexo: despido por

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no superar un segundo período de prueba improcedente, a causa de su

embarazo; prueba y nulidad.

Siempre que se aporte un panorama indiciario suficiente y razonable que pruebe que

una extinción contractual puede enmascarar una lesión de los derechos fundamentales,

incumbe al empresario la carga de la prueba. En el presente caso se ha vulnerado el

derecho a la no discriminación por razón de sexo de una trabajadora, despedida por no

superar el período de prueba. El despido debe calificarse como nulo porque se han

aportado indicios racionales de discriminación por motivo de embarazo que la empresa

no ha rebatido, y que los órganos judiciales no sólo no le han exigido probar, sino que

además, le impusieron a la trabajadora.

Se reprocha a las Sentencias impugnadas: que la corrección de la actuación de la

empresa pueda estar basada en su previo comportamiento no discriminatorio con otras

trabajadoras embarazadas; que para desconectar el despido de la discriminación se

argumente que de las cuatro bajas de la trabajadora despedida sólo dos fueron por

aborto; o que para descartar la lesión se identifique una baja laboral con una

contingencia por enfermedad, como si el embarazo fuera un estado patológico que

pudiera justificar la extinción del contrato por disminución del rendimiento (caso Brown

del TJCE).

Sala Primera. Sentencia 18/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 4342-2003. Promovido por don José Manuel Muñoz

Maldonado y otros frente a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal

Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, que en grado de

suplicación desestimó su demanda contra la comunidad comarcal de regantes

Sol y Arena sobre tutela de derechos fundamentales.

Supuesta vulneración del derecho de huelga: sustitución de trabajadores no

acreditada (STC 123/1992).

La sustitución de los trabajadores que siguen una huelga, prohibida por el derecho

fundamental (STC 123/1992) no ha sido acreditada en el caso. La alegación de que

determinados agricultores, que forman parte de la cooperativa afectada por la huelga,

participaron en las labores de riego ha sido formulada por primera vez en esta sede de

amparo, por lo que no puede ser analizada. Un segundo argumento es rechazado porque

las resoluciones judiciales impugnadas declaran probado que el jefe de servicios no

realizó durante la huelga funciones que no le correspondían, y lo contrario no ha sido

acreditado por los trabajadores.

Sala Segunda. Sentencia 19/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 5180-2003. Promovido por un Abogado en interés de don

Saidou Diarra frente al Auto del Juzgado de Instrucción núm. 3 de Puerto del

Rosario (Fuerteventura) que inadmitió a trámite su solicitud de habeas corpus

tras haber sido interceptado en una patera.

Vulneración de los derechos a la libertad personal y al habeas corpus: STC

169/2006.

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Vulnera el derecho a la libertad personal la inadmisión a limine de una solicitud de

habeas corpus con el argumento de que la situación de detención del extranjero es legal,

por permitirlo la legislación de extranjería. Para el Tribunal, esta es una cuestión de

fondo que sólo puede ser dilucidada tras la fase plenaria del procedimiento de habeas

corpus.

Los fundamentos de la Sentencia, muy breves, se remiten a los razonamientos de la

STC 169/2006, que otorgó amparo en un caso sustancialmente igual en aplicación de la

doctrina del Pleno en la STC 303/2005, de 24 de noviembre. La inadmisión del habeas

corpus sólo es válida cuando queda acreditado que el Juez había oído con anterioridad

al recurrente, asistido de Abogado e intérprete, es decir, cuando consta que existió un

control judicial efectivo de la situación de detención del extranjero.

La serie de recursos de amparo de la familia denominada “pateras” ha dado lugar, por

ahora, a tres grupos de Sentencias: a) Uno de signo denegatorio del amparo, encabezado

por la primera Sentencia, aprobada por el Pleno (STC303/2005, de 24 de noviembre): si

queda acreditado que el Juzgado de Instrucción ya había realizado el trámite de

audiencia previa, aunque fuera en otro procedimiento, como el de internamiento, un día

antes de que se solicitara el habeas corpus, no hay vulneración del derecho

fundamental; solución que fue alcanzada también en las SSTC 315/2005 y 316/2005, de

12 de diciembre. b) Posteriormente, la Sentencia de la Sala Primera 169/2006, de 5 de

junio, estimó el recurso de amparo anulando el Auto que había inadmitido por razones

de fondo el habeas corpus solicitado; en este supuesto, que la propia Sentencia calificó

como límite, el examen de las actuaciones no permitir acreditar si en el momento en el

que se inadmitió el habeas corpus, el inmigrante había sido oído por el Juez, puesto que

tanto el Auto de inadmisión como la audiencia al recurrente previa al internamiento, y

su previa puesta a disposición judicial en aplicación de la Ley de extranjería, sucedieron

el mismo día y no había constancia de las horas en las actuaciones judiciales. De este

segundo grupo forman parte las SSTC 201/2006 a 213/2006, de 3 de julio. c) Por

último, las Sentencias 259/2006 y 260/2006, de 11 de septiembre, estimaron los

recursos de amparo porque la resolución judicial inadmitió el habeas corpus por

razones de fondo (legalidad de la detención) y, en segundo lugar, porque no resultaba

posible apreciar que antes de la decisión de inadmisión hubiera existido una actuación

judicial de control de la detención que pudiera calificarse como equivalente, desde el

punto de vista material y de eficacia, a la propiciada por el habeas corpus: es decir, la

Sala consideró esencial que, antes de la inadmisión del habeas corpus, no se había

producido la audiencia del interesado con garantías plenas (asistencia letrada y de

intérprete).

Sala Segunda. Sentencia 20/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 5713-2003. Promovido por un Abogado en interés de don

Driss El Mamouni frente al Auto del Juzgado de Instrucción núm. 3 de Puerto

del Rosario (Fuerteventura) que inadmitió a trámite su solicitud de habeas

corpus tras haber sido interceptado en una patera.

Vulneración de los derechos a la libertad personal y al habeas corpus: STC

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19/2007.

Sala Segunda. Sentencia 21/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 6349-2003. Promovido por Saneamientos Noroeste, S.L.,

respecto a las resoluciones de un Juzgado de Primera Instancia de Las Palmas de

Gran Canaria que denegaron su recurso de apelación y la nulidad de actuaciones

en un juicio monitorio.

Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: inadmisión del

recurso de amparo por extemporáneo, al haber interpuesto contra el auto de

inhibición por incompetencia territorial recursos e incidentes manifiestamente

improcedentes.

Habiéndose producido un Auto legalmente irrecurrible y habiendo sido advertida dicha

circunstancia, las improcedentes actuaciones procesales posteriores patentizan la

extemporaneidad del recurso de amparo.

La dirección letrada de la mercantil presentó ante el Juzgado de Canarias que había

declarado su incompetencia territorial para tramitar el procedimiento monitorio un

improcedente recurso de apelación como acto previo al recurso de queja; además,

formuló un incidente de nulidad de actuaciones omitiendo la interposición del

anunciado recurso de queja. En vez de este cúmulo de recursos manifiestamente

improcedentes, hubiera debido comparecer ante el Juzgado competente en Madrid o

interponer recurso de amparo.

Sala Primera. Sentencia 22/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 7284-2003. Promovido por El Soteño, S. A., respecto a los

Autos de la Audiencia Provincial de Logroño que declararon mal admitido su

recurso de apelación y desestimaron el incidente de nulidad de actuaciones, y la

Sentencia del Juzgado, en pleito contra Knobel Confiseriemaschinen, A.G., por

incumplimiento de contrato de compraventa.

Vulneración parcial del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso al recurso

legal): inadmisión de recurso de apelación civil, por prepararlo sin expresar los

pronunciamientos impugnados, mediante Auto, no arbitraria ni errónea pero

manifiestamente irrazonable.

La resolución que inadmite el recurso de apelación civil realiza una irrazonable

valoración del incumplimiento del requisito procesal exigido ex art. 457.2 LEC

declarando su insubsanabilidad. La Sentencia de instancia contenía un único

pronunciamiento —desestimación de la demanda y condena en costas— por lo que se

podía haber inferido razonablemente que tal pronunciamiento era el que se impugnaba,

entendiendo así satisfecho el requisito previsto en el art. 457.2 LEC, habida cuenta de

que en la demanda se formulaba una única petición principal.

En definitiva, dado que se recurría una Sentencia de pronunciamiento único, para la

mera admisión del recurso, no era razonable exigir una mayor concreción de su objeto,

pues esa concreción resultaba innecesaria, al deducirse palmariamente del contenido de

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la impugnación. Esta doctrina debe completarse con la STC 225/2003, aunque no

aborde una cuestión idéntica: allí el Tribunal otorgó amparo al considerar rigurosa e

irrazonable la inadmisión del recurso de apelación al emplearse el término “interponer”

en el escrito de preparación del recurso en lugar de “preparar”, “anunciar” o cualquier

otro de significación semejante.

Sala Segunda. Sentencia 23/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 7733-2003. Promovido por Panadería Pastelería San Juan,

S.L., frente a la Sentencia de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de

Granada y la resolución de la Junta de Andalucía que la sancionó por infringir la

normativa de prevención de riesgos laborales.

Supuesta vulneración del derecho de defensa en el procedimiento administrativo

sancionador y vulneración del derecho a la prueba: conocimiento de los cargos;

denegación de prueba por falta de credibilidad de los testigos propuestos.

La Sentencia declara vulnerado el derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes

para la defensa, pues la inadmisión por parte del Tribunal sentenciador de la testifical

propuesta en tiempo y forma, argumentando que “no iba a convencer a la sala”, supone

una valoración anticipada de la prueba que menoscaba el derecho de la empresa

sancionada: la duda sobre la credibilidad de los testimonios (por provenir de empleados

de la empresa) no justifica en el caso denegar la práctica de la prueba.

Por el contrario, rechaza las restantes tres quejas de amparo: las relativas a la presunción

de inocencia en el procedimiento administrativo sancionador y a una incongruencia

omisiva de la sentencia judicial, por falta de agotamiento de la vía judicial previa;

asimismo, niega que el derecho a ser informado de la acusación haya sido conculcado

en el procedimiento administrativo sancionador, pues las irregularidades que se aprecian

no impidieron a la empresa conocer el hecho que se le imputaba y los preceptos legales

infringidos.

Sala Primera. Sentencia 24/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 856-2004. Promovido por don Rafael González Franco

respecto al Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de

Castilla y León y las resoluciones de un Juzgado de lo Penal de Zamora que le

impusieron una corrección disciplinaria de multa por falta de respeto en causa

penal.

Vulneración del derecho a la libertad de expresión en el ejercicio de la defensa

letrada: corrección procesal a un abogado por la protesta formulada en el

juicio oral acerca del interrogatorio de un testigo y por recusar sin causa legal,

pero sin ofensa ni descalificaciones personales.

La imputación por parte del Abogado a la Magistrada y al Fiscal de haber mantenido

una actitud coactiva en la práctica del interrogatorio de los testigos en el acto del juicio

no puede considerarse descalificadora o insultante. La afirmación de que se está

coaccionando al testigo, en el marco de una protesta sobre la incorrección de cómo se

está efectuando el interrogatorio, no puede considerarse, por su propia finalidad y el

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marco en que se realiza, como un ejercicio abusivo y desproporcionado que exceda de

los límites del derecho a la libertad de expresión en la defensa letrada. El Letrado de la

defensa puede, en interés de sus representados, tanto cuestionar la corrección de los

interrogatorios realizados por el Ministerio Fiscal o por el Juzgador, si considera que

concurre alguno de los supuestos vedados por el art. 439 LECrim, como plantear

recusación por falta de imparcialidad sin que, en ausencia de otros datos, dichas

conductas queden al margen del derecho a la libertad de expresión en el ejercicio del

derecho a la defensa letrada. Esta doctrina no contradice la afirmación de que el

Tribunal penal puede rechazar de plano este tipo de recusaciones sin vulnerar derechos

fundamentales, como indicó la STC Pleno 155/2002, de 22 de julio (FJ 4).

Sala Primera. Sentencia 25/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 2864-2004. Promovido por Estaciones de Servicio Campol,

S.L., respecto a las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad

Valenciana y de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia que

inadmitieron su recurso contra el Ayuntamiento de Godella sobre sanciones por

obras sin licencia.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia):

inadmisión de demanda contencioso-administrativa por extemporánea,

presentada en la mañana siguiente al día en que fue notificada la caducidad del

recurso, a tenor de la nueva Ley de enjuiciamiento civil (STC 64/2005).

La Sentencia reitera una doctrina alumbrada en la STC 64/2005, de 14 de marzo, y que

ha dado lugar al otorgamiento de varios amparos: SSTC 239/2005, 335/2006, 343/2006

y 348/2006.

La inadmisión de la demanda, presentada el mismo día en que se notifica la preclusión

del plazo para formularla (a tenor de los arts. 52.2 y 128.1 LJCA), ante el Juzgado de

guardia primero y ante el Juzgado del orden jurisdiccional contencioso-administrativo al

día siguiente (a tenor del art. 135 LEC), vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva

en su vertiente de acceso a la justicia, núcleo del art. 24.1 CE.

Sala Primera. Sentencia 26/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 3317-2004. Promovido por don Santiago Serrano Martínez

frente a las Sentencias de la Audiencia Provincial y de un Juzgado de lo Penal de

Valladolid que le condenaron por delitos de homicidio en accidente de tráfico.

Vulneración del derecho al juez imparcial: Sala de apelación formada con un

Magistrado que había revocado el archivo de la causa, mediante auto que

exteriorizaba un juicio anticipado (STC 39/2004).

El examen de las actuaciones permite comprobar que, en este caso, la revocación del

Auto de sobreseimiento y archivo de las diligencias previas se hizo valorando

cuestiones similares a las que, más tarde, fueron ponderadas al resolver el recurso de

apelación contra la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal. Hasta el punto de que

los argumentos que se emplearon para la revocación del archivo y para confirmar la

condena fueron idénticos. De este modo, se exteriorizó un pronunciamiento anticipado

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respecto a la culpabilidad del reo, por lo que resultan objetivamente justificadas las

dudas del recurrente en amparo sobre la imparcialidad de uno de los Magistrados que

integró la Sección de la Audiencia Provincial.

Sala Segunda. Sentencia 27/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 3358-2004. Promovido por Tableros y Puentes, S.A., frente

a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior

de Justicia del Principado de Asturias que inadmitió su recurso contra la

Consejería de Fomento de Asturias sobre indemnización por paralización de

obras.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia): acto

administrativo declarado firme y consentido por no haber impugnado

judicialmente en su día la desestimación presunta del recurso administrativo

(SSTC 6/1986 y 188/2003).

La Sentencia ampara el derecho a la tutela judicial efectiva, en su vertiente de acceso a

la justicia, por haberse inadmitido el recurso contencioso-administrativo computando el

plazo a partir del día en el que, según la normativa específica (en el caso, la normativa

del recuso de súplica previsto en el art. 28 de la Ley de Asturias 2/1995, de 13 de

marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado), debía entenderse

desestimado por silencio el recurso administrativo contra el acto inicial, sin considerar

que la Administración había incumplido su obligación de resolverlo expresamente,

colocándola en mejor situación que si hubiera cumplido con este deber. Una

interpretación constitucionalmente conforme y acomodada a la jurisprudencia

constitucional conduce a afirmar que tal desestimación presunta permite al interesado

conocer el sentido de la resolución administrativa (e incluso cabría discutir si podría

entenderse conocido el texto íntegro de la resolución), pero en ningún caso resultaría

admisible afirmar que, contrariamente a lo que exigía el art. 58.2 LPC a la sazón vigente

(hoy parcialmente modificado para aumentar el nivel de exigencia a la Administración),

el interesado habría sido notificado de si el acto era o no definitivo en vía

administrativa, qué recursos procedían contra él, ante qué órgano había de interponerse

y cuál era el plazo para hacerlo.

Se aplica la firme doctrina constitucional sobre la fijación y cómputo de plazos para la

impugnación del silencio administrativo negativo, que la Sentencia 188/2003, de 27 de

octubre, ha traído al primer plano tras reverdecer la ratio decidendi de la Sentencia

6/1986, de 21 de enero (y no su obiter dicta acerca de las notificaciones defectuosas,

que era la doctrina aparentemente asumida por la jurisprudencia y el propio legislador

de la LJCA 1998).

Sala Primera. Sentencia 28/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 4190-2004. Promovido por doña Montserrat Álvarez

Llaneza frente a las Sentencias de la Audiencia Provincial de Asturias y de un

Juzgado de lo Penal de Gijón que la condenaron por delito de estafa.

Alegada vulneración del derecho a un juez imparcial y supuesta vulneración de

los derechos a la presunción de inocencia y a la tutela judicial efectiva: omisión

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de recusación; condena fundada en pruebas de cargo; pena motivada.

Se deniega el amparo de los derechos a la presunción de inocencia y a la motivación de

las sentencias penales por la “carencia manifiesta de contenido de la demanda”, pues

mediante tales pretensiones la actora únicamente expresa su discordancia con la

valoración judicial de la prueba y con la aplicación de la legalidad penal efectuada por

los órganos judiciales. Adicionalmente, se inadmite la queja relativa a la supuesta

violación del derecho a un juez imparcial aplicando la doctrina expuesta en la STC

140/2004, al no haber agotado los recursos utilizables en la vía judicial proponiendo la

recusación de los integrantes del Tribunal de apelación en la etapa procesal

correspondiente.

Sala Primera. Sentencia 29/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 4473-2004. Promovido por don Ramón Urresti Lamikiz

frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya que, en grado de

apelación, le condenó por falta de vejaciones con ocasión de una fiesta popular.

Vulneración de los derechos a un proceso con garantías y a la presunción de

inocencia: condena pronunciada en apelación, tras haber celebrado vista

pública sin practicar las pruebas testificales de cargo (SSTC 167/2002 y

186/2005).

No basta oír al denunciante y al denunciado, como se hizo en la vista de la apelación: en

el caso, era preciso oír también a los testigos en cuya declaración se fundó finalmente la

condena.

La Sentencia aplica la reiterada doctrina iniciada en la STC Pleno 167/2002 (FFJJ 9 a

11), amparando el derecho a un proceso con todas las garantías en un caso límite. La

Sentencia de apelación condena al reo modificando el relato fáctico de la sentencia

absolutoria de instancia con fundamento en una nueva valoración de pruebas personales

con infracción de los principios de inmediación y contradicción.

Sala Primera. Sentencia 30/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 5853-2004. Promovido por Bodegas Ortiz, S.L., respecto a

la Sentencia y al Auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Extremadura que desestimaron su demanda e incidente

de nulidad de actuaciones en litigio por liquidación del impuesto especial sobre

productos intermedios.

Supuesta vulneración de los derechos a la prueba y a la presunción de

inocencia; vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (incongruencia):

sentencia contencioso-administrativa que deja sin resolver diversas alegaciones

acerca del análisis pericial de las muestras de vino, al margen del acta de

inspección de conformidad.

Que el apoderado de una empresa firme de conformidad un acta de toma de muestras

sirve para responder a las impugnaciones sobre dicha toma (número de muestras, altura

y variedad, tipo de envases e incluso su identificación, control y aptitud); pero no puede

presumirse conformidad para otras cuestiones distintas (tales como la impugnación de

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las papeletas de petición de análisis, el método seguido o la suficiencia de sus

resultados, así como la liquidación del impuesto), y por ende tampoco sirve para

resolver esas otras pretensiones. No puede aceptarse que hubo una desestimación tácita

por el silencio de la sentencia contencioso-administrativa acerca de las alegaciones de la

bodega contra la liquidación del impuesto, dejando al margen las vinculadas, directa o

indirectamente, con los puros datos de hecho derivados del acta de inspección.

La denegación de una prueba pericial en un contencioso-administrativo, fundada en

defectos de forma y en la existencia de un acta de conformidad y en la admisión de los

hechos en la vía administrativa, respeta el derechos a la prueba.

La presunción de inocencia no es de aplicación a los procedimientos administrativos de

liquidación de tributos, pues no son de carácter sancionador.

Sala Segunda. Sentencia 31/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 6186-2004. Promovido por don Anselmo Solana Hurtado

frente a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz

que desestimó su demanda contra el Ministerio del Interior sobre multa por

infracción contra la seguridad ciudadana.

Vulneración del derecho de reunión: STC 110/2006 (sanción administrativa por

instigar a ocupar la calzada de una calle).

Se trata de un asunto idéntico al resuelto en la Sentencia 110/2006, de 3 de abril.

Sala Segunda. Sentencia 32/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 6212-2004. Promovido por don Jordi Oliver Codina frente a

las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y de un Juzgado de

lo Contencioso-Administrativo de Girona que inadmitieron su recurso contra el

Colegio de Abogados de Girona por sanción deontológica.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia): acto

administrativo declarado firme y consentido por no haber impugnado

judicialmente en su día la desestimación presunta del recurso administrativo

(SSTC 6/1986 y 188/2003). Voto particular.

La Sentencia ampara el derecho a la tutela judicial efectiva, en su vertiente de acceso a

la justicia, por haberse inadmitido el recurso contencioso-administrativo computando el

plazo a partir del día en el que, según la normativa específica (en el caso, el art. 18.3 del

Reglamento del procedimiento disciplinario del Consejo de los Ilustres Colegios de

Abogados de Cataluña), debía entenderse desestimado por silencio el recurso

administrativo contra el acto inicial, sin considerar que la Administración había

incumplido su obligación de resolverlo expresamente, colocándola en mejor situación

que si hubiera cumplido con este deber.

Se aplica la firme doctrina constitucional sobre la fijación y cómputo de plazos para la

impugnación del silencio administrativo negativo, que la Sentencia 188/2003, de 27 de

octubre, ha traído al primer plano tras reverdecer la ratio decidendi de la Sentencia

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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6/1986, de 21 de enero (y no su obiter dicta acerca de las notificaciones defectuosas,

que era la doctrina aparentemente asumida por la jurisprudencia y el propio legislador

de la LJCA 1998).

El Voto particular reitera el formulado a la Sentencia 14/2006, de 16 de enero: el

problema no radicaría en la interpretación de la ley vigente, sino en la propia norma. El

art. 46.1 LJCA de 1998 dispone que el plazo para recurrir a los Tribunales es de seis

meses, más amplio que el normal de dos meses; y que se inicia “a partir del día

siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto

presunto”; por lo que la interpretación efectuada por la resolución judicial impugnada

era, no sólo no arbitraria, sino la única racional y razonablemente posible. El Voto

afirma que el precepto legal es constitucional y que habría que desestimar el amparo;

pero si se sostiene que el derecho fundamental del art. 24.1 CE ha sido vulnerado, la

vulneración sería referible directamente al precepto aplicado, lo que hubiera debido

llevar a plantear una cuestión interna de inconstitucionalidad, conforme a lo dispuesto

en el art. 55.2 LOTC.

Sala Primera. Sentencia 33/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 7553-2004. Promovido por don José Carlos Palomino

Vergara frente a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que

desestimó su recurso de casación para la unificación de doctrina en litigio contra

la Gerencia Regional de Salud de la Junta de Castilla y León sobre alta en la

Seguridad Social de médico de refuerzo.

Vulneración del derecho a la igualdad en la aplicación de la ley: sentencia de

casación social que desestima un recurso para la unificación de doctrina por

falta de contradicción y de contenido casacional contradiciendo sentencias

anteriores (STC 349/2006).

La desestimación de un recurso para unificación de doctrina vulnera el derecho a la

igualdad en aplicación de la ley cuando, sin justificar los motivos del cambio de criterio,

se hayan dictado anteriormente resoluciones que sí estimaban los requisitos de contraste

en casos sustancialmente iguales.

La Sentencia reitera doctrina sentada en las SSTC 5/2006, 349/2006, con una diferencia:

aquí la inadmisión se fundaba, no solamente en la falta de contradicción, sino en la falta

de contenido casacional. Todos estos asuntos versaban sobre la misma reclamación

judicial efectuada por personal sanitario “de refuerzo” al servicio del mismo organismo

demandado para obtener su alta ininterrumpida en la Seguridad Social. La

desestimación parece descansar sobre la errónea apreciación del objeto del recurso:

pretensión sobre la obligación de cotizar, en vez de la de permanecer en situación de

alta ininterrumpida en la Seguridad Social.

Sala Segunda. Sentencia 34/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 16-2005. Promovido por don Jesús Amantes Arnaiz frente a

los Autos del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia

Nacional que desestimaron su recurso contra el centro penitenciario de

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Villabona sobre sanción por falta de respeto en las expresiones de una tarjeta

postal intervenida.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (motivación): resoluciones

judiciales estereotipadas.

El Tribunal afirma que, aunque en ocasiones ha admitido la licitud constitucional de las

resoluciones judiciales estereotipadas, nunca valen para resolver cuestiones sobre

derechos fundamentales. El Tribunal no entra a resolver sobre el derecho fundamental

sustantivo, sino que retrotrae para que lo haga el Juzgado respecto al expediente

disciplinario 901-2003.

En esta ocasión, el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria no dio respuesta

explícita o implícita a la alegada violación del derecho a la libertad de expresión del

recluso, pese a que tal lesión se configuraba como una auténtica pretensión de anulación

del Acuerdo sancionador sobre el que Juzgado ha guardado completo silencio.

Sala Primera. Sentencia 35/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 322-2005. Promovido por don Mohammad Khair Alsaqqa

frente a los Autos de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que acordaron

su prisión provisional en causa por delito de pertenencia a organización

terrorista.

Supuesta vulneración del derecho a la libertad personal: prisión provisional,

ante la proximidad del juicio oral, suficientemente motivada (STC 128/1995).

El Tribunal deniega el amparo a la libertad personal del procesado por pertenencia a

organización terrorista por considerar que, aunque parcas, las resoluciones impugnadas

exteriorizan los fundamentos de la decisión y se ajustan a los fines constitucionales de

la medida cautelar, que en este caso es el de evitar el riesgo de fuga.

Se reitera la doctrina sobre la necesidad de fundamentar resoluciones limitativas de la

libertad personal, sobre los fines legítimos de la prisión provisional y sobre la

competencia de la jurisdicción ordinaria para determinar en cada caso la concurrencia y

valoración de los antecedentes fácticos justificativos de la medida cautelar (STC

128/1995).

Sala Primera. Sentencia 36/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 718-2005. Promovido por la Asociación de refuerzos del

Principado de Asturias frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias que desestimó su

demanda contra el Director Gerente del Servicio de Salud del Principado de

Asturias sobre servicios mínimos en el área sanitaria III (Avilés) con ocasión de

una huelga.

Vulneración del derecho de huelga: STC 310/2006 (titular de la facultad de

determinar el personal mínimo.

Resuelve un caso idéntico al que dio lugar a la Sentencia 310/2006.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Sala Segunda. Sentencia 37/2007, de 12 de febrero de 2007

Recurso de amparo 8181-2006. Promovido por don Antonio Conesa Palomeras

respecto al Auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que acordó por

segunda vez su entrega a Francia en virtud de orden europea para cumplir

condena por delito de robo a mano armada (STC 177/2006).

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: entrega para cumplir pena

de prisión que no se ajusta a la Sentencia 177/2006 en tanto reabre la cuestión

de la nacionalidad del reclamado.

Doble vulneración del derecho a la ejecución del Sentencias del Tribunal Constitucional

en materia de euroorden. De un lado, la apreciación de que la nacionalidad francesa del

reclamado (que poseía doble nacionalidad) contradice pronunciamientos anteriores del

propio órgano judicial, que había asumido su nacionalidad española implicando, al

mismo tiempo, la falta de ejecución de la STC 177/2006 que otorgó el amparo

considerándolo nacional español. De otro lado, el pronunciamiento de la Audiencia

Nacional relativo a que el reclamado podrá solicitar el traslado desde Francia en virtud

del Acuerdo sobre traslado de personas condenadas no puede considerarse como una

debida ejecución de nuestra Sentencia, donde se declaró su derecho a consentir o no el

cumplimiento de la pena en territorio extranjero.

Pleno. Sentencia 38/2007, de 15 de febrero de 2007

Cuestión de inconstitucionalidad 4831-2002. Promovida por la Sala de lo Social

del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en relación con la disposición

adicional segunda de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación

general del sistema educativo (redactada por la Ley 50/1998, de 30 de

diciembre) y los artículos III, VI y VII del Acuerdo sobre enseñanza y asuntos

culturales, suscrito el 3 de enero de 1979 entre el Estado español y la Santa Sede.

Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva, a la igualdad

en el empleo público, a no ser discriminado por razón de religión y a la libertad

religiosa, y de los principios de objetividad de la Administración pública y de

interdicción de la arbitrariedad del legislador: plenitud de jurisdicción de los

Tribunales civiles; contratación laboral y declaración eclesiástica de idoneidad

de los profesores de religión católica en centros escolares públicos;

aconfesionalidad del Estado y deber de cooperación con las confesiones

religiosas.

La ley que establece que la enseñanza de la religión católica en los centros públicos sea

impartida por profesores, contratados por la Administración pública en régimen laboral,

de entre los candidatos propuestos por la Iglesia por considerarlos idóneos, no vulnera

la Constitución: en caso de conflicto, son los Tribunales de justicia los que deben

ponderar caso por caso los distintos derechos fundamentales en juego.

Como premisa de su razonamiento, la Sentencia afirma que no está en cuestión que el

Estado haya asumido, mediante acuerdo internacional con la Santa Sede, la impartición

de la enseñanza religiosa en los centros educativos y su financiación, sino solamente la

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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forma en que ha sido articulada esa obligación (ffjj 2, 5.2 y 13). Ello deja fuera del

análisis varios de los preceptos cuestionados y centra el objeto del proceso en el

concreto sistema establecido por el legislador, mediante la aplicación de una Ley de

1953, ampliada en 1998 a los restantes niveles educativos. El legislador, en ejercicio de

su amplio margen de libertad (fj 8.3), ha optado por integrar a los profesores de religión

en el empleo público, con apoyo en dos elementos: su contratación laboral, y que el

contrato sea celebrado por las Administraciones educativas y no por la Iglesia (ffjj 6 y

13). Dado que la enseñanza de la religión en la escuela no está en cuestión, ésta consiste

entonces en que la Administración solo contrate a aquellas personas que el Ordinario

diocesano ha declarado idóneas. Esa cuestión es abordada en dos planos distintos: uno

sustantivo (ffjj 8-12) y otro procesal, relativo al derecho a la tutela judicial efectiva (fj

7).

Antes de abordarlos, empero, la Sentencia formula varias observaciones que son

cimiento de su razonamiento: 1) la inserción de la enseñanza de la religión en el sistema

educativo se funda en el principio de cooperación con las confesiones religiosas (art.

16.3 CE) y en el derecho de los padres a que sus hijos reciban la educación religiosa y

moral de acuerdo con sus convicciones (art. 27.3 CE); 2) la definición del credo

religioso objeto de la enseñanza corresponde a las iglesias y confesiones, no a la

autoridad educativa, vinculada por el principio de neutralidad religiosa; 3) se sigue de lo

anterior que también debe corresponderles a las confesiones la competencia para el

juicio sobre la idoneidad de las personas que hayan de impartir la enseñanza de su

respectivo credo; y 4) el juicio de idoneidad puede no limitarse a la consideración de los

conocimientos dogmáticos o la aptitudes pedagógicas, sino extenderse a la propia

conducta del personal docente, en la medida en que el testimonio o el ejemplo personal

constituya un componente del credo de la comunidad religiosa (fj 5).

Y la Sentencia también ofrece una determinada interpretación del sistema establecido

por el legislador: la Administración es quien designa a los profesores, y lo hace “entre

aquellas personas” propuestas por la autoridad eclesiástica (lo que conlleva,

lógicamente, que hay más candidatos declarados idóneos que plazas de profesores a

cubrir); por lo que la declaración eclesiástica de idoneidad no constituye sino uno de los

requisitos de capacidad para poder ser contratado por la Administración, que en su

decisión debe atenerse estrictamente a los principios de mérito y capacidad (fj 9).

A partir de estas premisas, la Sentencia razona que, en el plano sustantivo, la norma

enjuiciada respeta los distintos principios y derechos constitucionales implicados: 1) los

principios de igualdad y de mérito y capacidad (arts. 14 y 103.3 CE) no se oponen a que

las iglesias, en ejercicio de su libertad religiosa, determinen las personas habilitadas

para enseñar su credo; lo cual no impide que la designación como profesores se atenga a

los principios constitucionales (fj 9); 2) la contratación de estos profesores no

convierten a las Administraciones educativas en empresa de tendencia, en vez de

servidoras objetivas de los intereses generales (art. 103.1 CE), pues no desarrollan

ideario alguno, sino que se limitan a ejecutar la cooperación con las iglesias (fj 10); 3)

tampoco hay arbitrariedad del legislador, pues la norma persigue una finalidad

razonable y no carece de todo fundamento (fj 11); 4) finalmente, no se vulnera la

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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libertad religiosa de los docentes ni su derecho a no declarar sus creencias (art. 16 CE),

porque su libertad solo es afectada en la medida necesaria para hacerla compatible con

otros derechos constitucionales; resultaría irrazonable que la enseñanza religiosa se

llevara a cabo sin tener en consideración las convicciones religiosas de quienes

libremente deciden concurrir a los puestos de trabajo (fj 12).

Antes, la Sentencia había rechazado “tajantemente” que el sistema legal creara una

inmunidad de jurisdicción, contraria al art. 24.1 CE (fj 7): los efectos civiles de la

declaración eclesiástica de idoneidad son controlables por los Tribunales civiles. En

primer lugar, la designación del profesor por parte de la Administración es susceptible

de revisión judicial. Y, en segundo lugar, aunque la idoneidad es declarada por una

autoridad ajena al Estado y sometida a otro ordenamiento, canónico en el caso de la

Iglesia católica, su libertad de propuesta no es en modo alguno absoluta, pues está

limitada por el orden público constitucional. Los órganos judiciales y, en su caso, el

Tribunal Constitucional, habrán de encontrar “criterios practicables” que permitan

conciliar en el caso concreto las exigencias de la libertad religiosa (individual y

colectiva) y el principio de neutralidad religiosa del Estado con la protección de los

derechos fundamentales y laborales de los profesores.

La solución adoptada por el Pleno en esta Sentencia, como puede verse, abre un

interesante capítulo en la jurisprudencia constitucional.

Sala Primera. Sentencia 39/2007, de 26 de febrero de 2007

Recurso de amparo 5925-2003. Promovido por don José Antonio García Toral

respecto a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid que estimó la demanda de lesividad promovida

por el Ministro de Hacienda sobre liquidación tributaria de 1994.

Vulneración del derecho a la igualdad en la aplicación de la ley: STC 2/2007

(jurisprudencia contradictoria sobre entidad en régimen de transparencia

fiscal).

Sala Primera. Sentencia 40/2007, de 26 de febrero de 2007

Recurso de amparo 329-2004. Promovido por la Sociedad Anónima Navarra de

Construcciones frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que inadmitió en

parte su recurso contra el Ayuntamiento de Andoain sobre vicios de

construcción en piscinas municipales.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia): acto

administrativo declarado firme y consentido por no haber impugnado

judicialmente en su día la desestimación presunta del recurso administrativo

(SSTC 6/1986 y 188/2003).

La Sentencia ampara el derecho a la tutela judicial efectiva, en su vertiente de acceso a

la justicia, por haberse inadmitido el recurso contencioso-administrativo computando el

plazo a partir del día en el que, según la normativa específica (en el caso se trata de la

norma general: el art. 117.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico

de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, LPC, en la

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), debía entenderse desestimado por

silencio el recurso administrativo contra el acto inicial, sin considerar que la

Administración había incumplido su obligación de resolverlo expresamente y notificarlo

(apartados 1 y 4 del art. 42 LPC), colocándola en mejor situación que si hubiera

cumplido con este deber.

Ofrece una fundamentación sintética y completa para aplicar la firme doctrina

constitucional sobre la fijación y cómputo de plazos para la impugnación del silencio

administrativo negativo, que la Sentencia 188/2003, de 27 de octubre, ha traído al

primer plano tras reverdecer la ratio decidendi de la Sentencia 6/1986, de 21 de enero (y

no su obiter dicta acerca de las notificaciones defectuosas, que era la doctrina

aparentemente asumida por la jurisprudencia y el propio legislador de la LJCA 1998).

Sala Segunda. Sentencia 41/2007, de 26 de febrero de 2007

Recurso de amparo 1685-2004. Promovido por doña Maria Teresa Aizkorbe

Ulacia frente al Auto y la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior

de Justicia del País Vasco que desestimaron su demanda contra la mutua Pakea y

otros sobre incapacidad derivada de accidente de trabajo.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: sentencia de suplicación

social, y auto de nulidad de actuaciones, que dejan sin resolver quién debe

abonar la prestación de invalidez (STC 227/2002).

La sentencia recaída en recurso extraordinario de suplicación conduce a la denegación

de una prestación de incapacidad permanente absoluta, cuestión que no se debatía ni era

parte del petitum: lo único cuestionado en suplicación, y que la Sala de lo Social del TSJ

reconoce, es el sujeto responsable del pago de la prestación, pues lo único que la Mutua

solicitaba era su absolución porque la responsabilidad correspondía al INSS. Aunque la

Sentencia en suplicación reconoce que el sujeto responsable es el INSS, al que también

reconoce ser parte demandada en la instancia, sin embargo decide revocar la Sentencia

de instancia ante la imposibilidad de condenarlo en grado de recurso basándose en el

principio de justicia rogada.

La Sentencia de amparo razona que no estamos ante una incongruencia omisiva o extra

petita de la Sentencia impugnada, sino que al no ceñir su examen y razonamientos a los

términos del debate planteados, e integrarlos ampliamente, la misma ha incurrido en una

arbitrariedad del razonamiento, unido a la irrazonabilidad provocada por una serie de

incoherencias internas en la motivación. Aplica con amplitud la doctrina más reciente

sobre el derecho a la tutela judicial efectiva, para resolver una cuestión abordada en

Sentencias previas con otro enfoque, como las SSTC 227/2002, de 9 de diciembre, y

186/2002, de 14 de octubre.

Sala Primera. Sentencia 42/2007, de 26 de febrero de 2007

Recurso de amparo 1910-2004. Promovido por don Marceliano Clemente

Cavadas y otros frente al Auto y Sentencia de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo de la Audiencia Nacional que desestimaron su demanda contra el

Ministerio de Sanidad y Consumo por responsabilidad patrimonial.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Vulneración del derecho a la prueba: sentencia contencioso-administrativa que

desestima un recurso por falta de prueba, tras haberse inadmitido todas las

pruebas propuestas para acreditar una mala praxis médica.

Denegación de prueba documental y pericial en contencioso sobre responsabilidad

patrimonial por mala praxis médica que vulnera el derecho a utilizar los medios de

prueba pertinentes para la defensa. La representación procesal del fallecido propuso en

tiempo y forma la siguiente prueba: documental de la historia clínica del fallecido y

emisión de dictamen pericial por médico especialista. Con su admisión y práctica se

pretendía probar la existencia de una defectuosa asistencia sanitaria y una actuación

médica contraria al protocolo en el tratamiento dispensado durante el postoperatorio. En

definitiva, la relación de causalidad entre mala praxis y el resultado de fallecimiento.

Hasta este punto, la Sentencia prosigue una línea de especial relevancia en el orden

contencioso-administrativo, que fue abierta por la STC 19/2001, de 29 de enero, al

declarar que no se puede desestimar una demanda por falta de prueba tras haberla

denegado toda (de la que son muestra las SSTC 168/2002, de 30 de septiembre,

71/2003, de 9 de abril, 133/2003, de 30 de junio, 3/2004, de 14 de enero, 88/2004, de 10

de mayo, o 4/2005, de 17 de enero). De otro lado, la STC 42/2007 se siente obligada a

añadir que el auto de inadmisión de las pruebas, fundado en la existencia de elementos

bastantes para el enjuiciamiento, se contradice con la Sentencia dictada luego al afirmar

que el pleito no versaba en exclusiva sobre una cuestión jurídica sino también fáctica.

Esta quiebra lógica en la argumentación genera una deficiente motivación en la

denegación de la prueba propuesta.

Sala Segunda. Sentencia 43/2007, de 26 de febrero de 2007

Recurso de amparo 1335-2005. Promovido por don Ignacio Núñez Benjumea

respecto a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que inadmitió su

adhesión a la apelación del Fiscal y le condenó por delito contra la seguridad del

tráfico.

Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva (acceso al

recurso penal), proceso con garantías y presunción de inocencia: alcance de la

adhesión a la apelación penal; condena pronunciada en apelación sin necesidad

de celebrar vista pública (SSTC 167/2002 y 170/2005); prueba de indicios sobre

la influencia de la ingesta de alcohol en la conducción del vehículo.

La Sentencia rechaza que la inferencia alcanzada por la Sala penal sea irrazonable, pues

se apoya en datos concluyentes a partir de los cuales puede fácilmente deducirse la

influencia de la ingesta de bebidas alcohólicas en las facultades psicofísicas del

condenado para conducir el vehículo a motor: “quien no es capaz de controlar su

deambulación, difícilmente va a poder controlar una actividad más compleja como lo es

la conducción de un vehículo a motor”. Por lo que la presunción de inocencia ha sido

respetada.

En cuanto al derecho a un proceso con todas las garantías, el órgano de apelación no ha

llevado a cabo una nueva valoración de la prueba personal sin respetar el principio de

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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inmediación (STC 167/2002); sino que, partiendo de los hechos probados declarados en

la Sentencia de instancia, infiere de ellos una consecuencia distinta (STC 170/2005).

Para ello, y tal y como se dijo en la STC 74/2006, de 3 de marzo, no es preciso

reproducir el debate público y la inmediación en segunda instancia.

Finalmente, considera que la Sentencia de la Audiencia Provincial impugnada, al no

entrar a examinar la apelación por la que el condenado se adhirió al recurso del Fiscal,

no vulnera el derecho de acceso al recurso penal: el condenado dispuso del derecho a la

doble instancia penal, y fue su falta de diligencia en la defensa de sus propios derechos

e intereses la razón de su pérdida. La razón de la negativa de la Audiencia, que la

adhesión al recurso no permite la reapertura del plazo legalmente previsto y ya concluso

para formalizar el recurso de apelación, no vulnera el art. 24 CE.

Pleno. Sentencia 44/2007, de 1 de marzo de 2007

Conflicto positivo de competencias 1026-1999. Promovido por la Junta de

Castilla y León en relación con la Orden de la Consejería de Agricultura y

Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de 19 de

noviembre de 1998, que regula la indicación geográfica “Vino de la Tierra de

Castilla”.

Reglamentación de una denominación de origen que es ajena al cauce procesal

del conflicto constitucional de competencias. Voto particular.

La controversia competencial entre las dos Castillas no puede ser calificada como un

verdadero conflicto positivo de competencia: la Junta de Castilla y León no reprocha a

la Orden de Castilla – La Mancha la contravención directa de los títulos atributivos de

competencia de su Estatuto de Autonomía, sino la infracción del art. 147.2 a) CE y la

vulneración de determinadas competencias estatales, singularmente las relativas a

industria y a la legislación sobre propiedad industrial. La potestad reconocida en la STC

94/1985, de 29 de julio, respecto a los símbolos políticos de las Comunidades

Autónomas no puede extenderse a un caso como éste, en el que no está en cuestión el

uso por otra Comunidad de la denominación de la Comunidad Autónoma impugnante,

sino la autorización del empleo de una referencia geográfica compartida por dos

Comunidades Autónomas en determinados productos de la industria agroalimentaria (fj

8).

Sigue la doctrina de las Sentencias de Pleno cooperativa Atina (88/1989, de 11 de

mayo) y puerto de Ribadeo (195/2001, de 4 de octubre), con un Voto particular.

Pleno. Sentencia 45/2007, de 1 de marzo de 2007

Recurso de inconstitucionalidad 1423-1999. Interpuesto por el Defensor del

Pueblo frente al inciso final del primer párrafo del artículo 72 de la Ley 49/1998,

de 30 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para 1999.

Principios de interdicción de la arbitrariedad del legislador e igualdad:

coeficiente de población para liquidar la participación de las corporaciones

locales en los tributos del Estado correspondiente a los años 1997 y 1998 (STC

104/2000).

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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No puede calificarse de arbitraria la utilización de los datos de población reflejados en

la renovación quinquenal del padrón municipal llevada a cabo en 1991 para proceder a

la liquidación definitiva de la participación de los municipios en los tributos del Estado

correspondiente al ejercicio presupuestario de 1997. Al igual que se dijo respecto de un

supuesto notablemente similar en la STC 104/2000, de 13 de abril, y luego en la STC

131/2001, de 7 de junio, la norma impugnada no se muestra desprovista de fundamento,

aunque pueda legítimamente discreparse de su concreta solución, y posee una finalidad

razonable, dado que es una especificación de la Ley de las haciendas locales que llama a

la Ley aprobatoria de los presupuestos generales del Estado para completar su programa

normativo. Los municipios podían albergar la confianza legítima de que su participación

en los tributos del Estado se determinaría, durante el quinquenio concernido, en función

del padrón oficial, que en aquel entonces era renovado quinquenalmente por el

Gobierno y no actualizado permanentemente por el Instituto Nacional de Estadística.

Los entes públicos —aquí, los municipios— no pueden ser considerados titulares del

derecho proclamado en el art. 14 CE (por todas, STC 139/2005, de 26 de mayo, fj 6),

por lo que el criterio de juicio consiste en la interdicción de arbitrariedad del legislador

(art. 9.3, inciso 7, CE).

Y afirma expresamente que un Voto particular discrepante de la opinión mayoritaria no

contiene, por definición, la doctrina del Tribunal Constitucional (fj 3.3).

Pleno. Sentencia 46/2007, de 1 de marzo de 2007

Recurso de inconstitucionalidad 3165-1999. Interpuesto por el Presidente del

Gobierno respecto a los artículos 64.1 y 79.2 y la disposición adicional vigésimo

segunda de la Ley balear 6/1999, de 3 de abril, de las directrices de ordenación

territorial de las Illes Balears y de medidas tributarias.

Competencias sobre aeropuertos, ordenación del territorio y dominio público

marítimo-terrestre: prohibición legal de nuevas infraestructuras aeronáuticas;

informe vinculante a planes estatales con incidencia territorial; determinación

de la ribera del mar. Nulidad de preceptos autonómicos.

La Sentencia resuelve tres impugnaciones nacidas de la coincidencia en un mismo

espacio físico, el territorio de las islas baleares, de competencias sobre distintas

materias, en particular la autonómica general sobre ordenación del territorio en

contraposición con competencias sectoriales del Estado con incidencia sobre ese mismo

territorio. Su fallo anula los tres preceptos legales atacados, aunque uno de ellos solo en

la medida en que declaraba vinculantes los informes preceptivos a planes del Estado.

Una ley autonómica que prohíbe nuevas infraestructuras aeronáuticas, públicas o

privadas, fuera de la actual delimitación de la zona de servicios, salvo para mejoras

ambientales, protección civil o interés militar, vulnera la competencia estatal sobre

aeropuertos de interés general (art. 149.1.20 CE y SSTC 68/1984, de 11 de junio, y

204/2002, de 31 de octubre).

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

133

También es inconstitucional un precepto que exige un informe vinculante, previo a la

aprobación de cualquier plan de la Administración General del Estado que tenga

incidencia en las islas, sobre su conformidad con las directrices autonómicas de

ordenación territorial: la competencia exclusiva de las Comunidades Autónomas no

puede llevar a desconocer las competencias del Estado con directa e inmediata

proyección en el espacio físico, siempre que el ejercicio de esas competencias se

mantenga dentro de sus límites propios (por todas, STC 149/1998, de 2 de julio).

Finalmente, no es válido que los instrumentos de ordenación del territorio, incluido el

litoral, determinen los elementos, las características y las circunstancias físicas que

deban concurrir para que un bien pueda ser incluido como integrante de la ribera del

mar; tampoco para establecer ope legis un criterio directamente aplicable que evite que

puedan ser calificados como bienes de dominio público, excluyéndolos a priori de dicha

calificación. Corresponde al Estado la definición legal del concepto de dominio público

marítimo-terrestre y de los distintos elementos que lo integran (art. 132 CE y SSTC

77/1984, de 3 de julio, y 149/1991, de 4 de julio).

Sala Primera. Sentencia 47/2007, de 12 de marzo de 2007

Recurso de amparo 72-2003. Promovido por doña Encarnación Lozano Marín y

otros respecto a la Sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo que

desestimó su recurso de casación en litigio sobre nulidad de proceso de

ejecución hipotecaria extrajudicial.

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión:

emplazamiento mediante anuncios a embargantes cuyo domicilio no constaba en

el Registro de la Propiedad (STC 108/1995) y que conocieron la existencia del

juicio hipotecario; sentencia de casación civil que no aprecia de oficio la

derogación por inconstitucional de la ejecución hipotecaria ante Notario (STC

224/2006).

La Sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo cumple las exigencias

constitucionales de motivación de las resoluciones judiciales, a pesar de que no

apreciara la inconstitucionalidad del procedimiento de ejecución hipotecaria ante

Notario: pues la derogación constitucional del segundo párrafo del art. 129 LH,

declarada por el Supremo en ocasiones anteriores, surtió efectos en los casos en que se

apreció, y el precepto legal no ha sido declarado inconstitucional por el Tribunal

Constitucional con efectos erga omnes (STC Pleno 224/2006). El recurso de amparo

constitucional no sirve para la impugnación directa y abstracta de la ley.

La desestimación del recurso de casación interpuesto por los embargantes, en un litigio

distinto, del bien ejecutado no vulnera su derecho a la tutela judicial sin indefensión,

pues incurrieron en una repetida falta de diligencia: no hicieron constar en el Registro

de la Propiedad su domicilio y dispusieron de información sobre la existencia de la

ejecución hipotecaria.

Sala Primera. Sentencia 48/2007, de 12 de marzo de 2007

Recurso de amparo 312-2003. Promovido por don Juan Carlos Martín Martín

frente a los Autos de un Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Castilla y León,

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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con sede en Burgos, que estimaron parcialmente su recurso contra el centro

penitenciario de La Moraleja sobre sanciones por negarse a cumplir órdenes de

traslado de módulo.

Vulneración del derecho a la legalidad penal (non bis in idem): infracción

continuada en cuya sanción no se toma en cuenta la sufrida anteriormente por

una conducta que formaba parte de la misma infracción.

Exclusión injustificada del ámbito fáctico de la conducta penitenciaria, considerada una

infracción disciplinaria continuada, de una de las cuatro negativas del recluso a cumplir

la orden de traslado de módulo, que lesiona el derecho a no ser sancionado dos veces

por el mismo hecho (interdicción del bis in idem punitivo: art. 25.1 CE) Las cuatro

negativas del interno a cumplir la orden de traslado de módulo constituyen una única

infracción continuada al confluir: identidad subjetiva, vulneración del mismo precepto y

ejecución de un plan preconcebido –finalidad de conseguir el traslado a un centro

cercano a su domicilio. La exclusión de una de las negativas sin fundamentar su

diferenciación, sancionándola por separado de las tres restantes, constituye un exceso

punitivo no previsto legalmente. Así, cada negativa motivó la incoación de un

expediente disciplinario, con la singularidad de que mientras se procedía a la

acumulación de tres de ellos por parte del Juzgado de Vigilancia Penitenciara

calificándolos como infracción continuada grave, ex art. 109 b) RP, el cuarto

expediente, pese a su identidad fáctica, recibió una respuesta sancionadora autónoma.

En suma, al recluso se le ha impuesto, por una parte, una sanción de privación de cinco

días de paseos y actos recreativos, y por otra, idéntica privación de un mes por la

infracción continuada.

Resulta destacable que la firmeza de la primera sanción no impide apreciar el exceso

punitivo resultante y, por ende, la vulneración reconocida por el Tribunal. Debe

destacarse el alcance del fallo: puntualiza la imposibilidad de atender la petición

impetrada, según la cual la inicial sanción de cinco días de privación de paseos

comprende el conjunto de las negativas a ser trasladado de módulo. El Tribunal ordena

retrotraer las actuaciones, y declara que es la jurisdicción ordinaria quien debe

pronunciarse nuevamente sobre la sanción adecuada respetando el derecho a no ser

sometido a bis in idem.

Sala Primera. Sentencia 49/2007, de 12 de marzo de 2007

Recurso de amparo 503-2003. Promovido por don Jesús Puppo Pérez frente a las

Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y de la Audiencia

Provincial de Sevilla que le condenaron por delitos intentados de robo con

intimidación.

Supuesta vulneración del derecho a un proceso con garantías: condena fundada

en pruebas independientes de las declaraciones ante la policía de uno de los

coimputados.

Condena por dos delitos intentados de robo con intimidación sustentada en prueba

autónoma, independiente y jurídicamente desconectada de cualquier vulneración de

derechos fundamentales de terceros (STC 161/1999). La actividad probatoria

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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desarrollada consistió en el reconocimiento de los hechos por el condenado –

participación en la persecución-, y en las declaraciones incriminatorias de otros

coimputados efectuadas en el acto de la vista oral. La declaración autoinculpatoria del

acusado, prestada con todas las garantías en el juicio oral, descarta su conexión de

antijuridicidad con la alegada falta de validez probatoria de la declaración policial de

uno de los coimputados, que fue efectuada sin que se le informara de las razones de su

detención y sin asistencia letrada.

Sala Primera. Sentencia 50/2007, de 12 de marzo de 2007

Recurso de amparo 1981-2003. Promovido por los Colegios Oficiales de

Ayudantes Técnicos Sanitarios y Diplomados en Enfermería de Alicante y

Valencia frente a la Sentencia y el Auto de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Supremo que resolvieron el recurso de

casación en su litigio con el Consejo General de Colegios Oficiales de

Diplomados en Enfermería sobre acuerdos presupuestarios de 1993.

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: sentencia de

casación que resuelve con plena jurisdicción el fondo del contencioso-

administrativo sin incongruencia ni reforma peyorativa.

La sentencia rechaza todas las quejas aducidas contra la Sentencia de la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, denegando, en consecuencia, el

amparo solicitado. Respecto a la primera de las quejas, entiende el Tribunal que la

revisión efectuada por la sentencia impugnada de la sentencia del Tribunal Superior de

Justicia de Madrid era perfectamente posible, pues tal resolución no era firme, sino que

había sido recurrida en casación, por lo que no cabe aplicar aquí la doctrina relativa a la

intangibilidad de las resoluciones judiciales firmes. En segundo lugar, considera el

Tribunal que dicha sentencia no es arbitraria ni manifiestamente irrazonable, pues

contiene una argumentación que permite saber cuál ha sido el criterio del órgano

judicial a la hora de tomar su decisión y tal argumentación se sustenta en una norma del

ordenamiento. Tampoco incurre la sentencia en incongruencia extra petita, en la medida

en que los Colegios profesionales demandantes de amparo tuvieron ocasión de

pronunciarse sobre la cuestión debatida, respetándose, así, el principio de contradicción

y el derecho de defensa de las partes. Así, el principio de contradicción y el derecho de

defensa de las partes. Finalmente, es rechazada la queja relativa a la reformatio in peius

en la medida en que, tal y como señala el Tribunal, no cualquier empeoramiento de la

situación inicial del recurrente es contrario a la tutela judicial efectiva, sino sólo aquél

que resulte del propio recurso del recurrente. En este caso se interpusieron dos recursos

de casación, y la cuestión decidida formaba parte del debate planteado por el otro

recurrente, el Consejo General de Colegios.

Sala Segunda. Sentencia 51/2007, de 12 de marzo de 2007

Recurso de amparo 2454-2004. Promovido por don Francisco Álvarez-Cascos

Fernández frente al Auto de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo y la

Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que denegaron la rectificación

demandada a la Cadena SER e inadmitieron su recurso de casación.

Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva, a la

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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integridad moral y al honor y a la libertad de información: resoluciones

judiciales motivadas y que respetan el acceso al recurso legal; derecho de

rectificación utilizado de manera inapropiada; el derecho a recibir información

veraz de los oyentes de una radio no puede ser ejercido por un particular.

El Tribunal no encuentra vulnerados los derechos de quien propició juicio verbal por el

ejercicio de su derecho a la rectificación. Deniega el amparo de su derecho a la tutela

judicial, dadas la suficiente motivación de la Sentencia de la Audiencia Provincial de

Madrid y la correcta fundamentación legal de la denegación de los recursos presentados

por el demandante. Tampoco concede amparo a sus derechos al honor y a la integridad

moral porque, de un lado, la sentencia de primera instancia concedió la rectificación

solicitada, aunque recortando el texto por no limitarse a los hechos de la información; y

de otro lado, el rechazo absoluto de tal rectificación en segunda instancia no sólo estaba

razonable y suficientemente motivado teniendo en cuenta el uso inapropiado del

derecho en que incurrió el actor, sino que se produjo después de que la cadena de radio

demandada cumpliera la orden del Juzgado a quo. Finalmente, tampoco se otorgó el

amparo del derecho a recibir libremente información veraz porque el demandante no

goza de legitimación para intervenir en nombre de los oyentes.

Sala Segunda. Sentencia 52/2007, de 12 de marzo de 2007

Recurso de amparo 3493-2004. Promovido por la Asociación Gallega de

Técnicos de Laboratorio respecto a un Auto del Tribunal Supremo y la Sentencia

de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que, en grado

de suplicación, inadmitió su demanda contra el SERGAS sobre cobertura de

plazas.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia): falta

de legitimación activa de una asociación apreciada ignorando su legítimo

interés profesional o económico, que no es exclusivo de los sindicatos. Voto

particular.

Se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva cerrando el acceso a una

resolución sobre el fondo del asunto planteado por la asociación profesional en el

proceso promovido en defensa de un interés que le es propio: el interés profesional de

sus asociados a ocupar determinadas plazas sanitarias. La Sala de lo Social del Tribunal

Superior de Justicia ofrece argumentos inadmisibles para negar la existencia de un

interés legítimo de la parte recurrente para ejercer la acción, pues la asociación se

hallaba legitimada según los arts. 17 LPL y 7.3 LOPJ.

Sala Primera. Sentencia 53/2007, de 12 de marzo de 2007

Recurso de amparo 3600-2004. Recurso de amparo 3600-2004. Promovido por

doña Margarita Bouderé Gómez respecto al Auto de un Juzgado de Primera

Instancia e Instrucción de Antequera que completó el recaído en una ejecución

de títulos judiciales.

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva

(inmodificabilidad): aclaración de resolución civil que completa el fallo en

materia de costas procesales (STC 216/2001).

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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No se estima vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva ni en la vertiente de la

intangibilidad de las resoluciones judiciales firmes ni en la de proscripción de la

indefensión material. Por una parte, porque el complemento del pronunciamiento se

produjo a través de un remedio legal contemplado en nuestro ordenamiento procesal y

de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido; y por otra parte, porque el

nuevo pronunciamiento sobre costas era la consecuencia legal obligada de acuerdo con

el fallo y fundamentación de la resolución completada, según resulta de la norma

aplicada para resolver sobre la condena en costas (art. 394.1 LEC).

Tampoco se aprecia vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión,

tanto por el carácter obligado del precepto aplicado, como porque el pronunciamiento

sobre costas es un pronunciamiento necesario de la resolución que pone fin a un

procedimiento y que no requiere preceptivamente, por lo tanto, una instancia previa y

una audiencia específica anterior a dicha resolución—, sin que se comprenda la razón

por la que en este caso deban devenir dichas instancia y audiencia imperativas por el

hecho de que el pronunciamiento sobre costas se emita con posterioridad a la resolución

que puso fin al incidente planteado

Sala Segunda. Sentencia 54/2007, de 12 de marzo de 2007

Recurso de amparo 5099-2004. Promovido por don Rafael del Campo Girón

frente a la Sentencia y el Auto de la Audiencia Provincial de Valencia que

confirmaron su condena en juicio por faltas de estafa.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (incongruencia omisiva):

sentencia de apelación penal que deja sin resolver un motivo del recurso, acerca

de la proporcionalidad de la pena impuesta.

Se otorga el amparo por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, por

incongruencia omisiva, al apreciar que el órgano judicial omitió en la Sentencia

impugnada toda respuesta a una alegación individualmente planteada por quien había

sido condenado en primera instancia. En el presente caso dicha alegación, acerca de la

proporcionalidad de la pena, se hizo valer en un apartado específico del escrito de

apelación y además, como petición subsidiaria, en el suplico, netamente diferenciada de

la petición principal, una petición consistente en que se rebajara la pena impuesta.

Tampoco cabe entender que fuese rechazada la alegación del recurrente de modo tácito,

pues ninguna referencia o razonamiento, aun cuando fuera global, se puede encontrar en

la resolución judicial que permita conocer o deducir los motivos de un rechazo no

expreso de la pretensión a la que nos venimos refiriendo.

Sala Primera. Sentencia 55/2007, de 12 de marzo de 2007

Recurso de amparo 6820-2004. Promovido por don Francisco Javier Álvarez

García respecto a las Sentencias de las Salas de lo Contencioso-Administrativo

del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que

desestimaron su demanda contra la Universidad de Cantabria sobre el régimen

de evaluaciones.

Vulneración del derecho a un juez imparcial: magistrados que son empleados de

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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la universidad demandada, como profesores asociados (STC 306/2005).

Se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva -por falta de imparcialidad

judicial- de quien ejerció el recurso contencioso-administrativo contra un Acuerdo de la

Junta de Gobierno de la Universidad de Cantabria. Aplicando la doctrina contenida en la

STC 306/2005, el Tribunal considera que la existencia de la relación contractual entre la

Universidad demandada y dos de los Magistrados integrantes de la Sala que había de

fallar el recurso, estando pendiente a la fecha de dictar Sentencia la renovación de esa

relación contractual permiten entender que las dudas del recurrente sobre la parcialidad

de ambos Magistrados se hallan objetiva y legítimamente justificadas.

Sala Primera. Sentencia 56/2007, de 12 de marzo de 2007

Recurso de amparo 1807-2005. Promovido por Lex Centro de Asesores Técnico-

Jurídicos, S.A., frente a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid que, en grado de suplicación, estimó la demanda

de despido.

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: sentencia de

suplicación que resuelve por un fundamento, el contenido del anónimo, ajeno al

debate procesal (STC 53/2005).

Se concede el amparo a la empresa demandada en proceso laboral por despido

improcedente. La sentencia de suplicación reconstruyó el recurso de la actora

fundándolo en motivos distintos a los alegado por ella, modificando, con ello, los

términos del debate procesal y afectando los derechos de defensa de la contraparte que

no pudo oponer argumentos respecto de un motivo que no fue planteado por la

recurrente sino por la propia Sala en su Sentencia. Se quebrantó el carácter dispositivo

del proceso laboral y el principio de contradicción.

Sala Primera. Sentencia 57/2007, de 12 de marzo de 2007

Recurso de amparo 3016-2005. Promovido por don José María Puges Fabro y

otra frente a los Autos de la Audiencia Provincial de Madrid que denegaron

suspender la ejecución de la pena de prisión en causa por delito de tráfico de

drogas.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: falta de motivación del

acuerdo sobre la ejecución de una pena de prisión (STC 224/1992); dilaciones

en proceso fenecido (STC 146/2000).

Denegación inmotivada de la petición de suspensión de la ejecución de la pena,

planteada durante la tramitación de un indulto en el que, además, se alegaron dilaciones

indebidas (art. 4.4 del Código penal). La Audiencia deniega la suspensión por referencia

a los requisitos exigidos en el art. 80 del Código, sin indicar si la causa de la denegación

es el incumplimiento de alguno de dichos requisitos, que no concreta, o si la negativa

reside en el ejercicio de las facultades discrecionales de apreciación que, legalmente, el

órgano judicial tiene atribuidas.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Pleno. Sentencia 58/2007, de 14 de marzo de 2007

Recurso de inconstitucionalidad 1358-1999. Promovido por el Parlamento de

Andalucía en relación con varios artículos y las cuantías fijadas en la sección 32

de la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de presupuestos generales del Estado

para 1999, sobre la financiación de las Comunidades Autónomas a las que no se

aplica el modelo para el quinquenio 1997-2001.

Principios de interdicción de la arbitrariedad del legislador, autonomía y

suficiencia financiera, coordinación, lealtad y solidaridad: STC 13/2007. Voto

particular.

Sala Segunda. Sentencia 59/2007, de 26 de marzo de 2007

Recurso de amparo 3539-2004. Promovido por don José A. Sola Pellón frente al

Auto de la Audiencia Provincial de Madrid que, en grado de apelación, ordenó

despachar ejecución del pacto transaccional alcanzado en litigio sobre entrega de

vivienda unifamiliar.

Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: inicio de la

ejecución en un proceso civil abierto, donde pueden ser reparadas las

vulneraciones constitucionales aducidas.

Se inadmite, por prematuro, el recurso interpuesto por la entidad mercantil diez días

después de haber ejercitado su derecho de oposición en la vía judicial previa al amparo,

por lo que el procedimiento judicial permanecía abierto. La consideración de amparos

prematuros en relación con procesos no penales, iniciada en la STC 235/2006, es

continuada por la STC 288/2006 y ahora por esta STC 59/2007.

Sala Segunda. Sentencia 60/2007, de 26 de marzo de 2007

Recurso de amparo 6544-2004. Promovido por don Manuel Gómez Durán

respecto a las Sentencias de la Audiencia Provincial de Sevilla y de un Juzgado

de Primera Instancia de Coria del Río que le condenaron al abono de una

cantidad en juicio verbal por daños en una vivienda.

Vulneración del derecho a la prueba: denegación de prueba pericial en pleito

civil por aportarla en el acto de la vista del juicio y por falta de objetividad del

perito de una de las partes.

Se vulneró el derecho fundamental de quien fue demandado en proceso verbal al

denegarse una prueba pericial, tanto en instancia como en apelación, para determinar si

las humedades producidas en la vivienda de la actora procedían o no de filtraciones de

la terraza del demandado.

La inadmisión de la prueba en primera instancia por aportarla en el acto del juicio, en

vez de acompañando la contestación a la demanda, se apoya en una norma no aplicable

al proceso verbal (el art. 337 LEC). En segunda instancia, la denegación de la prueba no

cumplió las exigencias constitucionales de motivación: no exteriorizó los datos

factuales ni los razonamientos de la decisión; y la súplica, que añadió la falta de

objetividad del perito de parte, no se fundó en una causa legal de inadmisión de pruebas.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Se impidió con ello la práctica de una prueba en principio pertinente y que podría haber

sido decisiva para la resolución del pleito.

Sala Segunda. Sentencia 61/2007, de 26 de marzo de 2007

Recurso de amparo 6769-2004. Promovido por doña Ana Isabel Fernández

Cueto frente a las Sentencias de la Audiencia Provincial de Oviedo y de un

Juzgado de Instrucción de Avilés que la condenaron por una falta de malos

tratos.

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: juicio de faltas

celebrado sin la presencia de la denunciada por coincidencia de juicios.

La condena de una ciudadana en un juicio de faltas por malos tratos, a cuya vista no

pudo asistir ni ella ni su abogado por coincidir con un juicio rápido por violencia

doméstica, vulnera el derecho de defensa contradictoria.

La condenada, citada en legal forma, compareció junto con su abogado al objeto de

celebrar juicio de faltas en calidad de denunciada por su esposo. Mientras esperaban

dicha celebración un funcionario de otro Juzgado de Instrucción les comunicó

personalmente que debían comparecer urgentemente ante dicho órgano para la práctica

de una serie de diligencias acordadas. Esta circunstancia motivó la suspensión de la

vista hasta el final de la mañana extendiéndose acta al efecto por el Secretario judicial

ante la inesperada coincidencia de señalamientos. La prolongación de las diligencias

practicadas como consecuencia del episodio de violencia doméstica del que dimanaba

su práctica –declaraciones de las partes, reconocimiento médico forense, audiencia ex

544 ter y 798 LECrim- no impidieron finalmente la celebración del primer juicio de

faltas señalado sin que el órgano judicial constatara que ya no concurrían las causas que

justificaron la suspensión. Es esta decisión judicial la que merece reproche

constitucional desde la perspectiva del derecho de defensa contradictoria (SSTC

93/2005 y 12/2006): si la razón de suspender el juicio oral había sido la necesidad de

practicar diligencias urgentes en la misma sede judicial pero ante distinto órgano, la

razón para su continuación no debería haber sido otra que su conclusión, lo que el

órgano judicial no comprobó ni constató. Por tanto, la actuación en instancia así como

su confirmación en apelación han vulnerado el derecho a la defensa contradictoria.

Sala Primera. Sentencia 62/2007, de 27 de marzo de 2007

Recurso de amparo 1623-2002. Promovido por doña Ana María Hidalgo Laguna

respecto a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Andalucía (sede de Sevilla) que, en grado de apelación,

desestimó su demanda contra el Servicio Andaluz de Salud sobre reasignación

de funciones en el matadero de Coria del Río.

Vulneración del derecho a la integridad física: asignación de una actividad

peligrosa a una funcionaria en avanzado estado de embarazo omitiendo los

deberes de prevención de riesgos laborales. Voto particular.

Se reconoce la vulneración del derecho a la integridad física (art. 15 CE) de una

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

141

funcionaria interina del Servicio Andaluz de Salud, por parte de dicha administración.

Tal vulneración se produjo al encomendársele a la trabajadora, que se hallaba en

avanzado estado de gestación, labores potencialmente peligrosas para su salud y la de su

hijo. El Tribunal considera que la Administración debía haber adoptado las medidas

legalmente previstas para adaptar las condiciones de trabajo a su estado, puesto queda

probado que tuvo conocimiento del embarazo de la trabajadora, sin que pueda justificar

su inactividad en el hecho de que la misma estuviera de baja pues, concluida esta, debía

reincorporarse a su puesto, con el peligro que ello conllevaba. La argumentación

esgrimida por la Administración, que exigiría una exposición efectiva al riesgo, es

rechazada por el Tribunal, que considera que no es preciso que la lesión se haya

producido, sino que basta que se acredite un riesgo relevante de que pueda llegar a

producirse.

Sala Primera. Sentencia 63/2007, de 27 de marzo de 2007

Recurso de amparo 4853-2003. Promovido por doña María Begoña Fernández

Martínez frente a la Sentencia de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo

de Bilbao que desestimó su demanda contra la Dirección General de Tráfico del

Gobierno Vasco sobre multa por exceso de velocidad.

Supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia: carga del

propietario de un vehículo automóvil de identificar al conductor (STC

154/1994) y sanción administrativa fundada en prueba de cargo.

La sanción impuesta por la Administración por una infracción de circulación por exceso

de velocidad es, con arreglo a las exigencias que impone el art. 24.2 CE, irreprochable

constitucionalmente en el presente caso. Efectivamente, probado que la infracción de

tráfico se cometió con el vehículo de la sancionada y que su respuesta al requerimiento

de identificación recibido fue inconsistente, esquiva e incompleta, sin aportar ningún

elemento de prueba que confirmara esa identificación incompleta, tales hechos

indiciarios plenamente probados deben considerarse elementos de cargo suficientes y

razonables, aunque mínimos, para enervar el derecho a la presunción de inocencia (STC

154/1994).

Sala Primera. Sentencia 64/2007, de 27 de marzo de 2007

Recurso de amparo 2260-2004. Promovido por don Salvador García Hernández

frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Cataluña que inadmitió su demanda contra la Diputación

de Tarragona sobre diligencia de embargo por impago de precios públicos de

1988 a 1991 en una residencia de ancianos.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia): acto

administrativo declarado firme y consentido por no haber impugnado

judicialmente en su día la desestimación presunta del recurso administrativo

(SSTC 6/1986 y 188/2003).

La Sentencia ampara el derecho a la tutela judicial efectiva, en su vertiente de acceso a

la justicia, por haberse inadmitido el recurso contencioso-administrativo computando el

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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plazo a partir del día en el que, según la normativa específica (en el caso, los arts. 94 de

la Ley de procedimiento administrativo de 1958 y 58 de la Ley de la jurisdicción

contencioso-administrativa de 1956), debía entenderse desestimado por silencio el

recurso administrativo contra el acto inicial, sin considerar que la Administración había

incumplido su obligación de resolverlo expresamente, colocándola en mejor situación

que si hubiera cumplido con este deber. Se aplica la firme doctrina constitucional sobre

la fijación y cómputo de plazos para la impugnación del silencio administrativo

negativo, que la Sentencia 188/2003, de 27 de octubre, ha traído al primer plano tras

reverdecer la ratio decidendi de la Sentencia 6/1986, de 21 de enero, y no su obiter dicta

acerca de las notificaciones defectuosas, que es la que aplicó la Sentencia contencioso-

administrativa impugnada (ver antecedente 2.c).

Sala Primera. Sentencia 65/2007, de 27 de marzo de 2007

Recurso de amparo 2508-2004. Promovido por don Francisco Zugasti Agüí

respecto de la Sentencia de la Audiencia Provincial y de un Juzgado de

Instrucción de Madrid que le condenaron por una falta de lesiones.

Supuesta vulneración del derecho a la asistencia letrada y vulneración del

derecho a la defensa: juicio de faltas sin abogado de oficio, no solicitado (STC

199/2003); denunciado que se defiende a sí mismo sin abogado, a quien no se

permitió interrogar a la denunciante (STC 143/2001).

Un pronunciamiento penal condenatorio vulnera el derecho a la defensa, en cuanto

garantiza también la autodefensa, en el caso de que no venga precedido de un debate

pleno y contradictorio sobre todos los aspectos de la denuncia y de la acusación, y se

haya fundado en pruebas respecto de las cuales se ha producido una limitada,

insuficiente y desigual intervención del denunciado en el juicio de faltas.

En el presente caso, aunque no se prohibiera expresamente al imputado la formulación

de preguntas a través de la Magistrada que presidió el juicio, no consta que la misma le

ofreciera expresamente dicha posibilidad, como era su deber para velar por el derecho

de defensa del imputado, ni consta que la Audiencia Provincial abordara el problema

que le fue planteado desde esta perspectiva, sino desde un enfoque puramente rituario y

formalista, máxime cuando la única prueba de cargo que justificó su condena fue el

testimonio de la denunciante a la que no pudo interrogar.

Sala Primera. Sentencia 66/2007, de 27 de marzo de 2007

Recurso de amparo 6963-2004. Promovido por don Jorge González Endemaño

frente a los Autos del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria que

desestimaron su recurso contra el Centro Penitenciario de Algeciras (Cádiz)

sobre sanción disciplinaria por desobediencia.

Supuesta vulneración de los derechos a la prueba, a un proceso con garantías y

a la presunción de inocencia: derechos de defensa en el procedimiento

administrativo sancionador; denegación de pruebas no decisivas o por motivos

de seguridad; sanción disciplinaria fundada en parte de funcionario e

identificación inequívoca.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Procedimiento disciplinario a recluso, considerado peligroso por su pertenencia a banda

armada, que no merece reproche constitucional. Resulta relevante que, tratándose de un

recurso de amparo mixto, el Tribunal aborda en primer lugar las quejas referidas a la

Administración y, tras descartarlas, rechaza la que denuncia lesión del derecho a la

tutela judicial efectiva por parte del Juzgado, al entender que carece de cualquier efecto

útil el otorgamiento de un amparo que sólo sería retardatario.

La Administración penitenciaria sí respondió a la solicitud de asesoramiento legal

durante la tramitación del expediente sancionador, frente a lo que afirma la demanda.

Por otra parte, la denegación de la copia del parte de incidencias del funcionario que

inició el expediente, para su examen por el interno, no genera indefensión al constar su

trascripción en el acuerdo de incoación y en el pliego de cargos; lo mismo ocurre con la

falta de comunicación de la diligencia que elevó dicho parte al director del centro.

La denegación de los otros dos medios de prueba propuestos (testifical de otros internos

próximos a su celda e identidad del funcionario que redactó el parte) respeta la

Constitución: en el primer caso, porque no se motiva su relevancia y, en el segundo,

porque razones de seguridad y la afectación a otros derechos fundamentales justifican su

rechazo.

Finalmente, la presunción de inocencia fue destruida válidamente porque otros

funcionarios, distintos al redactor del parte, identificaron inequívocamente al reo luego

sancionado.

Sala Primera. Sentencia 67/2007, de 27 de marzo de 2007

Recurso de amparo 6280-2005. Promovido por don Henrik Stamm Kristensen

frente a la Sentencia y el Auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Murcia que, en grado de apelación, confirmaron

la desestimación de su demanda contra el Ayuntamiento de Murcia sobre

demolición parcial de vivienda.

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: sentencia de

apelación que resuelve sin confundir el objeto del proceso contencioso-

administrativo y sin incongruencia omisiva, pues se remite a otra sentencia

previa y da respuesta tácita a la impugnación de las costas procesales.

El Tribunal desestima las tres quejas invocadas por el sancionado a la demolición de las

obras de ampliación de su vivienda, basadas todas ellas en una presunta incongruencia

omisiva por parte de la sentencia de apelación; y recopila la doctrina constitucional en

esta materia. Por un lado, la sentencia dio una respuesta adecuada y congruente

mediante la remisión a la sentencia de instancia, tanto sobre la determinación correcta

del objeto del proceso (que partía de la ilegalidad de lo construido por no ajustarse a la

licencia otorgada) como sobre el rechazo al argumento de que la distancia preceptiva

del lindero se aplicaba a construcciones bajo rasante. Por otro lado, sí se dio una

respuesta tácita a la cuestión de la temeridad del recurso para justificar la imposición de

costas procesales, pues la temeridad del recurrente quedó patente en los razonamientos

de la sentencia de apelación.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Pleno. Sentencia 68/2007, de 28 de marzo de 2007

Recurso de inconstitucionalidad 4781-2002 y 4915-2002 (acumulados).

Promovidos por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y más de

cincuenta Diputados de los Grupos Parlamentarios Socialista, Federal de

Izquierda Unida y Mixto del Congreso de los Diputados frente al Real Decreto-

ley 5/2002, de 24 de mayo, de medidas urgentes para la reforma del sistema de

protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad.

Límites a los decretos-leyes: inexistencia de situación de extraordinaria y

urgente necesidad; potestad legislativa y diálogo social. Nulidad de disposición

estatal.

El Real Decreto-ley fue dictado sin que existiera el presupuesto habilitante de la

“extraordinaria y urgente necesidad” que exige el art. 86.1 CE: por tanto, es nulo. La

Sentencia se apoya en la jurisprudencia dictada en esta materia desde la STC 29/1982,

de 31 de mayo.

Las razones expuestas en el preámbulo de la norma impugnada y en el debate

parlamentario sobre su convalidación no son convincentes:

- que una medida legislativa determine la ampliación de la cobertura del sistema

de protección social no es razón que justifique el recurso a la legislación de urgencia, si

no se acredita que la inmediata entrada en vigor de la medida constituye, a su vez, una

necesidad extraordinaria y urgente, no atendible mediante normas de derecho

intertemporal (fj 8);

- no se aprecia en la norma una modificación del régimen jurídico vigente

susceptible de generar un efecto indeseado de anticipación por parte de sus

destinatarios, capaz de poner en cuestión la efectividad de la medida y que no sea

susceptible de corrección mediante otros mecanismos (fj 9);

- la situación económica y social sobre la que la norma pretende actuar, al margen

de la imprecisión con la que es descrita, no ofrece unas características de extraordinaria

y urgente necesidad, sino más bien lo contrario: en el debate parlamentario, el Gobierno

describió una coyuntura económica, social y de empleo que, en modo alguno, cabría

identificar con las notas de gravedad y excepcionalidad a las que se refiere la

jurisprudencia constitucional. Se trata de introducir modificaciones en el sistema de

protección por desempleo que mejoren su eficiencia como instrumento de una política

activa de empleo, modificaciones que se abordan desde una situación de suficiencia

financiera, fruto de una positiva evolución del mercado laboral. La norma responde más

al esquema propio de los tratamientos continuados preventivos y de acompañamiento

que al de las acciones quirúrgicas de emergencia (fj 10).

Ante la alegación de que la decisión de aprobar la reforma mediante un Real Decreto-

ley no estuvo en realidad basada en razones de extraordinaria y urgente necesidad, dado

que el calendario previsto para su entrada en vigor el 1 de enero siguiente podría

haberse cumplido mediante la tramitación parlamentaria, sino que constituyó una

respuesta al fracaso de la mesa de diálogo social y a la convocatoria de una huelga

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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general, la Sentencia afirma que no puede aceptarse que la participación de los agentes

sociales en el procedimiento legislativo implique enervar el ejercicio regular por las

Cortes Generales de la potestad legislativa del Estado (art. 66.2 CE).

Sala Primera. Sentencia 69/2007, de 16 de abril de 2007

Recurso de amparo 7084-2002. Promovido por doña María Luisa Muñoz Díaz

frente a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid que, en grado de suplicación, desestimó su demanda contra el Instituto

Nacional de Seguridad Social sobre prestación de viudedad.

Supuesta vulneración del derecho a no ser discriminado por razón de raza o

condición social: denegación de pensión de viudedad a mujer casada con el

causante conforme a los usos y costumbre gitanos en 1971 (STC 184/1990).

Voto particular.

La denegación de la prestación de viudedad a una mujer gitana, casada con el

beneficiario conforme a los usos y costumbre gitanos, no constituye una discriminación

basada en motivos sociales o étnicos. No implica discriminación limitar la prestación de

viudedad a los supuestos de vínculo matrimonial legalmente reconocido, excluyendo

otras uniones o formas de convivencia (STC 184/1990, de 15 de noviembre). Por otro

lado, la unión celebrada conforme a los usos y costumbre gitanos no ha sido reconocida

por el legislador como una de las formas válidas para contraer matrimonio.

Las normas españolas sobre el matrimonio, tanto en su forma civil como en las formas

confesionales reconocidas legalmente, no están condicionadas a la pertenencia a una

raza ni toman como presupuesto las tradiciones, usos o costumbres de una determinada

etnia en detrimento de otras. Por ende, la exigencia legal de vínculo matrimonial como

presupuesto para acceder a la pensión de viudedad en ningún caso supone tomar como

elemento referencial circunstancias raciales o étnicas, sino una circunstancia relacionada

con la libre y voluntaria decisión de no acceder a la formalización del vínculo

matrimonial conforme a las previsiones legales.

Que la ley trate igual a las uniones gitanas y a las uniones more uxorio, a pesar de

diferencias relevantes entre ellas como son la tradición y la base étnica, no vulnera el

principio de igualdad: el art. 14 CE no otorga un derecho subjetivo al trato normativo

desigual (STC 117/2006, de 24 de abril). Cuestión distinta es que los poderes públicos

puedan adoptar medidas de trato diferenciado de ciertos colectivos (art. 9.2 CE): las

peculiaridades y el carácter de minoría étnica de la comunidad gitana, en línea con los

principios del Convenio internacional sobre la eliminación de todas las formas de

discriminación racial de 21 de diciembre de 1965 (BOE de 17 de mayo de 1969), podría

ser tomado en cuenta por el legislador.

El Voto particular se apoya en el Convenio-marco del Consejo de Europa para la

protección de las minorías nacionales de 1 de febrero de 1995 (BOE de 23 de enero de

1998) y la Directiva de la Unión Europea 2000/43, de 29 de junio de 2000, relativa a la

aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su

origen racial o étnico. Subraya que los gitanos españoles constituyen un grupo étnico

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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formado por más de medio millón de personas, que se asentaron en España hace 500

años. Y concluye que la validez previa del matrimonio gitano, a efectos de Derecho de

familia, no era necesaria para resolver el caso: el Estado había otorgado a la demandante

libro de familia, reconocimiento de familia numerosa, asistencia sanitaria con familiares

a su cargo para ella y para sus seis hijos, y había percibido las cotizaciones

correspondientes a su marido gitano durante diecinueve años, tres meses y ocho días;

ante estos hechos, el Voto particular estima desproporcionado que el mismo Estado

desconozca hoy que ese matrimonio gitano resulta válido en materia de pensión de

viudedad.

Sala Primera. Sentencia 70/2007, de 16 de abril de 2007

Recurso de amparo 1404-2003 y 7314-2004 (acumulados). Promovidos por don

José Ramón Prado Bugallo respecto a Sentencia y Auto de la Sala Segunda del

Tribunal Supremo que resolvieron recurso de casación e incidente de nulidad de

actuaciones en recurso de revisión de causa penal por delitos contra la salud

pública y otros (STC 236/1999).

Alegada y supuesta vulneración de los derechos al juez legal, a un proceso con

garantías y a la presunción de inocencia: recurso de revisión penal denegado

tras Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, tras valorar las

pruebas lícitas independientes.

La denegación de la revisión de una condena por un delito de tráfico de drogas no

vulnera la Constitución, a pesar de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

hubiera declarado que en su condena se utilizaron pruebas derivadas de una

intervención telefónica contraria al art. 8 CEDH, dada la indeterminación de la ley

española que, cuando fueron acordadas, las autorizaba. Hay que advertir que la

Sentencia de amparo no aborda el derecho al secreto de las comunicaciones (art. 18.3

CE), que solo había sido alegado en un primer recurso de amparo, inadmitido por

simultanearlo con la petición de revisión penal.

El derecho al juez ordinario predeterminado por la ley es respetado, porque la

competencia revisora de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo está expresamente

prevista en la ley, y ha sido ejercida de un modo que se sustenta en una interpretación de

la norma que no es errónea, manifiestamente irrazonable ni arbitraria ex art. 954.4

LECrim.

No son aplicables las garantías de inmediación y contradicción ínsitas en el proceso con

todas las garantías porque el Tribunal Supremo, en el recurso de revisión que establece

nuestra legislación procesal vigente, no realiza un nuevo enjuiciamiento global de la

causa, sino que se limita a realizar una valoración del juicio de desvirtuación realizado

en su día con plenas garantías por la Audiencia Nacional a partir de la supresión de una

prueba de cargo.

Por último, la presunción de inocencia no ha sido desconocida, pues el Tribunal de

revisión se funda en que la Audiencia Nacional impuso la condena valorando otros

medios de prueba jurídicamente independientes de las escuchas telefónicas que, según

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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la STEDH, vulneraron el derecho al secreto de las comunicaciones telefónicas. Así, las

declaraciones de dos agentes policiales y las inferencias que unen el alquiler de la nave

donde estaba la droga con la participación en su tráfico y la afirmación de que el

acusado había alquilado dicha nave.

Sala Primera. Sentencia 71/2007, de 16 de abril de 2007

Recurso de amparo 1801-2003. Promovido por don Daniel Sáez Mora y otros

frente a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid que desestimó su demanda contra Irlanda 4, S.L., por despido.

Supuesta vulneración de los derechos de huelga y a la tutela judicial efectiva:

falta de reincorporación al puesto de trabajo de trabajadores en huelga, tras

desistir de una primera demanda de despido.

La desestimación de una demanda de despido no vulnera los derechos de los

trabajadores, a pesar de que el cese se hubiera producido después de una huelga. La

sentencia social estaba fundada en que, en el momento de la no readmisión por el

empresa, no existía relación laboral con los demandantes. Pero su ratio decidendi no

fue, como han alegado los trabajadores, que hubieran causado baja voluntaria en junio

de 2001, mientras estaban en situación de huelga, por el supuesto incumplimiento de un

requerimiento empresarial de reincorporación contrario a su derecho fundamental; sino

que dicha baja voluntaria fue fijada por la sentencia impugnada en enero de 2002, al día

siguiente de que los trabajadores desistieran de una primera acción de despido que

habían entablado contra la empresa; desistimiento que obligaba a su inmediata

reincorporación, que no llevaron a cabo sin invocar causa que lo legitimara.

El Tribunal Constitucional admite la invocación implícita del derecho de huelga en la

vía judicial previa.

Sala Primera. Sentencia 72/2007, de 16 de abril de 2007

Recurso de amparo 2142-2003. Promovido por doña María Escudero Cuenca

frente a la Sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo que desestimó

su demanda de indemnización por la ilustración del artículo publicado en

“Diario 16” titulado “Desalojo violento”.

Supuesta vulneración del derecho a la propia imagen: publicación de la

fotografía de una policía municipal en el ejercicio de un cargo público,

protegida por la libertad de información. Voto particular.

Se deniega el amparo a una sargento de la policía municipal cuya fotografía aparecía en

la primera página de un periódico ilustrando la noticia del desalojo por orden judicial de

unas viviendas en Madrid, siguiendo la doctrina elaborada por el Tribunal sobre el

derecho a la propia imagen y lo dispuesto en los arts. 7.5 y 8.2 de la Ley Orgánica

1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad y a la

propia imagen.

Aunque el Tribunal reconoce que se podría haber utilizado alguna técnica de distorsión

u ocultamiento del rostro de la demandante sin menoscabo de la noticia, afirma que en

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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el presente caso no hay causas que exijan el anonimato de la funcionaria policial. El

derecho a la propia imagen no es un derecho absoluto: cuando concurren otros intereses

constitucionalmente legítimos, como las libertades de expresión e información, hay que

ponderarlos y, atendiendo a las circunstancias concretas de cada caso, decidir qué

interés merece mayor protección (STC 156/2001).

Sala Primera. Sentencia 73/2007, de 16 de abril de 2007

Recurso de amparo 2580-2003. Promovido por doña Estrella Fernández

González frente a las Sentencias de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y

de la Audiencia Provincial de Madrid que la condenaron por un delito

continuado de estafa.

Supuesta vulneración de los derechos a un proceso sin dilaciones, a ser

informado de la acusación y a la presunción de inocencia: dilaciones en

proceso fenecido; correlación entre la acusación y el fallo apreciando una

circunstancia del tipo como muy cualificada; prueba indiciaria de cargo de los

elementos subjetivos y del dolo en el delito de estafa.

La acusada pudo defenderse plenamente tanto de los hechos que se le atribuían como de

la razón jurídica de su atribución. Aun existiendo una parcial heterogeneidad formal

entre las calificaciones de acusación y la condena (pues el Tribunal penal apreció la

concurrencia de la agravante de “especial gravedad atendido el valor de la

defraudación” como muy cualificada, cuando las acusaciones habían solicitado su

apreciación pero no tal consideración), ello no produjo efecto práctico penológico

alguno ni le impidió defenderse con plenitud.

Se rechaza también la supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia,

por inexistencia de actividad probatoria de cargo en relación con los elementos

subjetivos y el dolo propio de la estafa. Entiende el Tribunal que el órgano sentenciador

consideró probada la concurrencia de todos los elementos de los tipos aplicados y del

dolo de la condenada a través de inferencias realizadas a partir de pruebas válidamente

practicadas. Tales inferencias, explicitadas en la resolución judicial, no pueden ser

calificadas de irrazonables.

Finalmente, no se denunció ninguna dilación en el proceso judicial y, además, es

doctrina constitucional reiterada que no puede abordarse en sede de amparo la supuesta

existencia de dilaciones indebidas cuando el proceso judicial previo ha concluido, pues

en tales supuestos no es posible adoptar medida alguna para hacerlas cesar.

Sala Segunda. Sentencia 74/2007, de 16 de abril de 2007

Recurso de amparo 4124-2003. Promovido por doña María Teresa López

Móstoles frente a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de

Justicia de Madrid que, en grado de suplicación, desestimó su demanda contra

Perfumerías Gal, S.A., y otro sobre indemnización por daños psíquicos de estrés

laboral.

Vulneración parcial del derecho a la tutela judicial efectiva (resolución fundada

en Derecho): denegación de responsabilidad de la empresa en la patología

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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psíquica causada por el jefe directo; sentencia social que desestima una

demanda de protección del derecho a la integridad moral porque al trabajador

codemandado no se le puede atribuir la vulneración del derecho fundamental.

La Sentencia otorga parcialmente amparo, dejando firme la absolución de la empresa

pero anulando la desestimación de la demanda contra el trabajador codemandado en el

pleito laboral por el Tribunal de suplicación, quien había sido previamente condenado

por el Juzgado a indemnizar a la trabajadora demandante como consecuencia de la

vulneración de su derecho a la integridad moral. La Sentencia de amparo no analiza

directamente los hechos de abuso psíquico (mobbing) ni el derecho fundamental del art.

15 CE; se limita a estimar que la Sentencia social carece de una fundamentación en

Derecho razonable y motivada, y retrotrae para que se dicte segunda sentencia de

suplicación.

En efecto, la Sentencia anulada en amparo afirmaba que la conducta del trabajador, jefe

directo de la empleada maltratada psíquicamente, pese a ser “abiertamente reprochable”,

no podía ser considerada como una vulneración del derecho a la integridad moral de su

subordinada, pues este tipo de ilícitos sólo pueden ser imputables a la empresa, y no a

otro trabajador, sin explicar el porqué de esta imposibilidad. La jurisprudencia

constitucional muestra que las lesiones de los derechos fundamentales de los

trabajadores pueden producirse tanto por actuaciones del empresario, superiores y

mandos jerárquicos, como de otros compañeros, por lo que es inaceptable la motivación

contenida en la Sentencia impugnada.

Por el contrario, se considera suficientemente motivada y razonable la exención de

responsabilidad de la empresa, por no haber quedado probado que tuviera un mínimo

conocimiento de los hechos, y por tanto, que existiera alguna responsabilidad a ella

imputable.

Sala Primera. Sentencia 75/2007, de 16 de abril de 2007

Recurso de amparo 4774-2004. Promovido por don José García López frente a

las Sentencias de la Audiencia Provincial y de un Juzgado de lo Penal de Murcia

que le condenaron por un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de

tentativa.

Supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia y vulneración

del derecho a la tutela judicial efectiva: prueba de cargo de la identidad de los

autores y los elementos del tipo delictivo; falta de motivación de la pena

impuesta; motivación del acuerdo sobre la ejecución de una pena de prisión

(STC 224/1992).

Igual a la STC 76/2007, salvo en lo relativo al derecho a la legalidad penal, no alegada

en este caso.

Sala Primera. Sentencia 76/2007, de 16 de abril de 2007

Recurso de amparo 4984-2004. Promovido por don Miguel Maldonado Asensio

frente a las Sentencias de la Audiencia Provincial y de un Juzgado de lo Penal de

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Murcia que le condenaron por un delito de robo con fuerza en las cosas en grado

de tentativa.

Supuesta vulneración de los derechos a la presunción de inocencia y a la

legalidad penal; vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: prueba de

cargo de la identidad de los autores y los elementos del tipo delictivo;

aplicación de la ley penal; falta de motivación de la pena impuesta; motivación

del acuerdo sobre la ejecución de una pena de prisión, cuya suspensión no

puede denegarse por ejercer los derechos a no confesarse culpable y a no

declarar contra sí mismo (STC 75/2007).

El ejercicio de los derechos a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable no

puede ocasionar, por sí solo, perjuicios a su titular. En el caso se analizan dos distintos,

sufridos por un condenado por robo: la extensión de la pena de prisión y la denegación

de suspender su ejecución. 1) La Sentencia de instancia no motiva la individualización

de la pena; y resulta manifiestamente irrazonable y constitucionalmente inadmisible

denegar la imposición de la pena en su grado mínimo por el hecho de que el acusado, en

ejercicio de sus derechos fundamentales, no se conformara con la pena solicitada por la

acusación y negara los hechos más evidentes según la apreciación judicial. 2) En cuanto

a la denegación de la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad, es

también manifiestamente irrazonable justificarla en la falta de colaboración con la

Administración de Justicia a causa del ejercicio de los derechos del art. 24.2 CE.

Tampoco valen las restantes razones aducidas: que la potestad de suspensión es

facultativa obliga a motivar, precisamente, de acuerdo con doctrina reiterada; y que la

suspensión puede dar la impresión de que los hechos delictivos se pueden cometer sin

problemas, y ello quizá llevaría a los condenados a repetirlos, es irrazonable. En estos

extremos se otorga el amparo.

Se desestima en lo relativo a la condena, que ni vulnera la presunción de inocencia

(pues hubo prueba de cargo de la identidad de los ladrones y del ánimo de lucro) ni

vulnera la legalidad penal: el grado de ejecución apreciado (tentativa de delito) entra

dentro del margen judicial de subsunción en la norma penal de los hechos enjuiciados

(SSTC 71/1984 y 137/1997).

En el plano procesal, la Sentencia inadmite la alegación de incongruencia del fallo de

apelación por no haber interpuesto incidente de nulidad de actuaciones; pero rechaza

que fuera exigible este incidente respecto de los defectos formales acaecidos ante el

Juzgado en el incidente de ejecución, porque ya fueron denunciados en el recurso de

apelación formulado ante la Audiencia.

Sala Primera. Sentencia 77/2007, de 16 de abril de 2007

Recurso de amparo 6625-2004. Promovido por don Manuel Chavarri Subirat y

otra frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la

Audiencia Nacional que desestimó su demanda sobre liquidación por el

impuesto sobre la renta de las personas físicas de 1989 y 1990.

Vulneración del derecho a la prueba: sentencia contencioso-administrativa que

desestima el recurso tras haber inadmitido una prueba pericial sin fundamento

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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legal.

La inadmisión irrazonable de una prueba pertinente vulnera el derecho fundamental

(STC 165/2004). Es el caso de unos sujetos pasivos del IRPF de 1989 y 1990 que

intentaban desvirtuar la valoración de un inmueble, fijada por la Administración,

mediante una prueba de peritos designados por el órgano judicial (art. 339.2 LEC), cuya

proposición fue rechazada por incumplir requisitos de un medio de prueba alternativo,

la aportación con la demanda de dictámenes elaborados por peritos de parte (art. 336

LEC). Además, la apreciada falta de determinación de la cualificación profesional del

perito (art. 340 LEC) lo podía haber resuelto la propia Sala, que contaba con elementos

de juicio suficientes para su designación, o en todo caso podía haber requerido a los

autores para tal determinación.

Aunque la demanda de amparo invocaba la tutela judicial (art. 24.1 CE), el Tribunal se

funda en el derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa (art. 24.2

CE), sin perjuicio de recordar sus estrechas conexiones (STC 89/1986).

Sala Primera. Sentencia 78/2007, de 16 de abril de 2007

Recurso de amparo 7601-2004. Promovido por don Pedro Martín Torres y otro

frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid que desestimó su demanda contra Correos y

Telégrafos sobre obligación de aportar una motocicleta para el reparto postal.

Supuesta vulneración de los derechos a acceder en condiciones de igualdad a

las funciones públicas y a la igualdad: condición de la prestación de un servicio

público; pretensión de modificar la descripción de puestos de trabajo.

La denegación de la solicitud formulada por unos auxiliares postales de liberarlos de su

obligación de aportar un vehículo de su patrimonio para prestar los servicios propios de

las plazas de las que son titulares hace más de cinco años, no ha vulnerado los derechos

contenidos en los arts. 14 y 23.2 CE. Los recurrentes no han impugnado ninguno de los

actos administrativos que han hecho posible su acceso al cuerpo de auxiliares. No es

posible ampararse en el derecho de acceso a la función pública para reivindicar una

forma concreta de ejercerla. La condición de aportar el vehículo tampoco afecta la

permanencia en la función pública, pues sólo se condiciona la prestación del servicio.

Tampoco cabe dentro del artículo 14 CE la pretensión de modificar la descripción de los

puestos de trabajo adjudicados a los recurrentes.

Sala Segunda. Sentencia 79/2007, de 16 de abril de 2007

Recurso de amparo 1289-2005. Promovido don Ángel Castillo Castro frente a

los Autos de la Audiencia Provincial de Granada que denegaron su libertad

condicional en causa por delito contra la salud pública.

Vulneración del derecho a la libertad personal: mantenimiento de la prisión

provisional insuficientemente motivada (STC 47/2000).

Después de casi dos años en prisión, no vale denegar la libertad provisional

remitiéndose a lo acordado en el Auto que acordó la prisión provisional, limitándose a

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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consignar en su razonamiento jurídico circunstancias tales como la naturaleza de los

hechos objeto de la causa, la presunta participación del acusado y la pena interesada.

Tales elementos objetivos deberían haberse puesto en relación con la situación personal

y singularizada del acusado y la evolución de la causa (STC 47/2000).

El fallo es meramente declarativo porque, en el momento de dictarse la sentencia de

amparo, había recaído ya sentencia condenatoria en la vía judicial y la situación de

prisión provisional se había extendido hasta la mitad de la pena impuesta.

Pleno. Sentencia 80/2007, de 19 de abril de 2007

Cuestión de inconstitucionalidad 4126-2003. Planteada por la Sala de lo Social

del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en relación con la disposición

adicional segunda de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación

general del sistema educativo (redactada por la Ley 50/1998, de 30 de

diciembre) y los artículos III, VI y VII del Acuerdo sobre enseñanza y asuntos

culturales, suscrito el 3 de enero de 1979 entre el Estado español y la Santa Sede.

Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva, a la igualdad

en el empleo público, a no ser discriminado por razón de religión y a la libertad

religiosa, a la libertad de expresión y a la huelga, y de los principios de

objetividad de la Administración pública y de interdicción de la arbitrariedad

del legislador: STC 38/2007 (plenitud de jurisdicción de los Tribunales civiles;

contratación laboral y declaración eclesiástica de idoneidad de los profesores

de religión católica en centros escolares públicos).

Pleno. Sentencia 81/2007, de 19 de abril de 2007

Cuestión de inconstitucionalidad 5162-2003. Planteada por la Sala de lo Social

del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en relación con la disposición

adicional segunda de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación

general del sistema educativo (redactada por la Ley 50/1998, de 30 de

diciembre) y los artículos III, VI y VII del Acuerdo sobre enseñanza y asuntos

culturales, suscrito el 3 de enero de 1979 entre el Estado español y la Santa Sede.

Supuesta vulneración de derechos y principios constitucionales: STC 80/2007.

Pleno. Sentencia 82/2007, de 19 de abril de 2007

Cuestión de inconstitucionalidad 5924-2003. Planteada por la Sala de lo Social

del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en relación con la disposición

adicional segunda de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación

general del sistema educativo (redactada por la Ley 50/1998, de 30 de

diciembre) y los artículos III, VI y VII del Acuerdo sobre enseñanza y asuntos

culturales, suscrito el 3 de enero de 1979 entre el Estado español y la Santa Sede.

Supuesta vulneración de derechos y principios constitucionales: STC 80/2007.

Pleno. Sentencia 83/2007, de 19 de abril de 2007

Cuestión de inconstitucionalidad 785-2004. Planteada por la Sala de lo Social

del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en relación con la disposición

adicional segunda de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación

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general del sistema educativo (redactada por la Ley 50/1998, de 30 de

diciembre) y los artículos III, VI y VII del Acuerdo sobre enseñanza y asuntos

culturales, suscrito el 3 de enero de 1979 entre el Estado español y la Santa Sede.

Supuesta vulneración de derechos y principios constitucionales: STC 80/2007.

Pleno. Sentencia 84/2007, de 19 de abril de 2007

Cuestión de inconstitucionalidad 786-2004. Planteada por la Sala de lo Social

del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en relación con la disposición

adicional segunda de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación

general del sistema educativo (redactada por la Ley 50/1998, de 30 de

diciembre) y los artículos III, VI y VII del Acuerdo sobre enseñanza y asuntos

culturales, suscrito el 3 de enero de 1979 entre el Estado español y la Santa Sede.

Supuesta vulneración de derechos y principios constitucionales: STC 80/2007.

Pleno. Sentencia 85/2007, de 19 de abril de 2007

Cuestión de inconstitucionalidad 1127-2004. Planteada por la Sala de lo Social

del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en relación con la disposición

adicional segunda de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación

general del sistema educativo (redactada por la Ley 50/1998, de 30 de

diciembre) y los artículos III, VI y VII del Acuerdo sobre enseñanza y asuntos

culturales, suscrito el 3 de enero de 1979 entre el Estado español y la Santa Sede.

Supuesta vulneración de derechos y principios constitucionales: STC 80/2007.

Pleno. Sentencia 86/2007, de 19 de abril de 2007

Cuestión de inconstitucionalidad 2764-2004. Planteada por la Sala de lo Social

del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en relación con la disposición

adicional segunda de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación

general del sistema educativo (redactada por la Ley 50/1998, de 30 de

diciembre) y los artículos III, VI y VII del Acuerdo sobre enseñanza y asuntos

culturales, suscrito el 3 de enero de 1979 entre el Estado español y la Santa Sede.

Supuesta vulneración de derechos y principios constitucionales: STC 80/2007.

Pleno. Sentencia 87/2007, de 19 de abril de 2007

Cuestión de inconstitucionalidad 3633-2005. Planteada por la Sala de lo Social

del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en relación con la disposición

adicional segunda de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación

general del sistema educativo (redactada por la Ley 50/1998, de 30 de

diciembre) y los artículos III, VI y VII del Acuerdo sobre enseñanza y asuntos

culturales, suscrito el 3 de enero de 1979 entre el Estado español y la Santa Sede.

Supuesta vulneración de derechos y principios constitucionales: STC 80/2007

(plenitud de jurisdicción de los Tribunales civiles; contratación laboral y

declaración eclesiástica de idoneidad de los profesores de religión católica en

centros escolares públicos).

Pleno. Sentencia 88/2007, de 19 de abril de 2007

Cuestión de inconstitucionalidad 4465-2005. Planteada por la Sala de lo Social

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en relación con la disposición

adicional segunda de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación

general del sistema educativo (redactada por la Ley 50/1998, de 30 de

diciembre) y los artículos III, VI y VII del Acuerdo sobre enseñanza y asuntos

culturales, suscrito el 3 de enero de 1979 entre el Estado español y la Santa Sede.

Supuesta vulneración de derechos y principios constitucionales: STC 80/2007.

Pleno. Sentencia 89/2007, de 19 de abril de 2007

Cuestión de inconstitucionalidad 2750-2006. Planteada por la Sala de lo Social

del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en relación con la disposición

adicional segunda de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación

general del sistema educativo (redactada por la Ley 50/1998, de 30 de

diciembre) y los artículos III, VI y VII del Acuerdo sobre enseñanza y asuntos

culturales, suscrito el 3 de enero de 1979 entre el Estado español y la Santa Sede.

Supuesta vulneración de derechos y principios constitucionales: STC 80/2007.

Pleno. Sentencia 90/2007, de 19 de abril de 2007

Cuestión de inconstitucionalidad 2751-2006. Planteada por la Sala de lo Social

del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en relación con la disposición

adicional segunda de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación

general del sistema educativo (redactada por la Ley 50/1998, de 30 de

diciembre) y los artículos III, VI y VII del Acuerdo sobre enseñanza y asuntos

culturales, suscrito el 3 de enero de 1979 entre el Estado español y la Santa Sede.

Supuesta vulneración de derechos y principios constitucionales: STC 80/2007.

Sala Segunda. Sentencia 91/2007, de 7 de mayo de 2007

Recurso de amparo 5435-2001 y 1144-2002 (acumulados). Promovidos por don

Luis Álvarez López respecto a las Sentencias de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que desestimaron

sus demandas sobre liquidaciones del impuesto sobre la renta de las personas

físicas de 1993 y 1994.

Supuesta vulneración del derecho a la igualdad: ámbito tributario; ley que

vulnera una norma constitucional que no es un derecho fundamental amparable

(STC 159/1997).

Un contribuyente que ha tenido que tributar por su vivienda habitual en el impuesto

sobre la renta, en aplicación del art. 34 b) de la Ley 18/1991, de 6 de junio, en su

redacción originaria, no puede ser amparado a pesar de que ese precepto fue anulado

por la Sentencia de Pleno 295/2006. La razón es que ley era inconstitucional por

vulnerar el principio de igualdad en la contribución a las cargas públicas conforme a la

capacidad económica de cada cual (art. 31.1 CE), que no es un derecho susceptible de

amparo (STC 159/1997).

Y la declaración de que una ley es inconstitucional no permite revisar un proceso

fenecido mediante sentencia judicial con fuerza de cosa juzgada, salvo en materia penal

o sancionadora (art. 40.1 LOTC): el contencioso-administrativo versaba sobre materia

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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tributaria, y que hubiera sido impugnado en sede de amparo constitucional no impide

apreciar que se encontraba “fenecido con fuerza de cosa juzgada” (STC 159/1997).

O sea, que el contribuyente tiene razón: la liquidación tributaria que ha tenido que

abonar, y la ley en que se apoyaba la liquidación, son contrarias a la Constitución (art.

31.1); pero por razones procesales no se le puede dar la razón en el recurso

constitucional de amparo.

Sala Segunda. Sentencia 92/2007, de 7 de mayo de 2007

Recurso de amparo 2476-2003. Promovido por doña María de las Nieves Grinda

Ojesto respecto a providencia de la Audiencia Provincial de Madrid dictada en

grado de apelación de un juicio de cognición sobre resolución de contrato de

arrendamiento de vivienda.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: negativa a incoar, en

grado de apelación de un pleito civil, un incidente de nulidad de actuaciones sin

motivación.

La simple expresión “no ha lugar a incoar” en una resolución que deniega un incidente

de nulidad de actuaciones carece a todas luces de motivación alguna, lo que vulnera el

derecho a la tutela judicial efectiva. Además, contradice la actuación del órgano judicial

que ya había admitido el escrito que suscitó el incidente y había dado traslado a la

contraparte para alegaciones.

Sala Segunda. Sentencia 93/2007, de 7 de mayo de 2007

Recurso de amparo 2259-2004. Promovido por Laureano García Mínguez, S.L.,

y otra respecto a las resoluciones de la Audiencia Provincial y de un Juzgado de

Primera Instancia de Valladolid que tuvieron por no interpuesto su recurso de

apelación en juicio ejecutivo.

Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: falta de

invocación tempestiva de los derechos en la inadmisión de un recurso de

apelación civil.

No es suficiente invocar el derecho fundamental en el recurso de queja ante la

Audiencia contra la inadmisión de la apelación en un juicio ejecutivo: los actores

pudieron y debieron invocarlo en el previo recurso de reposición ante el Juzgado.

Este fallo profundiza en la exigencia de invocación temporánea del derecho

fundamental (art. 44.1.c LOTC) que arranca de las SSTC 171/1992, de 26 de octubre, y

153/1999, de 14 de septiembre.

Sala Segunda. Sentencia 94/2007, de 7 de mayo de 2007

Recurso de amparo 5703-2004. Promovido por don Francisco Álvarez

Rodríguez frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Galicia que desestimó su demanda contra la

Dirección General de Policía sobre reclasificación como personal técnico

operativo.

Supuesta vulneración de los derechos a la prueba y a la tutela judicial efectiva:

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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denegación de prueba motivada; adjudicación de puestos de trabajo de policía

científica.

La sentencia no incurre en motivación insuficiente puesto que resultó acreditado, a

satisfacción de la Sala contencioso-administrativa, que la adjudicación de puestos de

trabajo se había efectuado según principios de mérito y capacidad, pues los policías

adjudicatarios tienen mayores méritos y capacidad, y no se cometió desviación de

poder. Ésta no queda acreditada por el mero hecho de la expresión “quítamelo de ahí”

que le dijo el Jefe superior al Comisario jefe como consecuencia de la mala valoración

de un trabajo fotográfico encargado al recurrente, que fue un elemento más para su

reclasificación por parte del Comisario jefe provincial.

No puede considerarse carente de fundamento o irrazonable, de conformidad con

nuestra consolidada doctrina sobre el derecho a la utilización de los medios de prueba

pertinentes para la defensa (SSTC 247/2004 y 23/2007), la denegación de una prueba

testifical por su intrascendencia. De un lado, porque la Sala estimó innecesaria dicha

declaración testifical para corroborar lo que ya figuraba por escrito en el expediente; de

otro lado, porque razonó que aun en el supuesto de que el superior hubiera testimoniado

que, efectivamente, dijo lo que le atribuye el informe, tal ratificación no tenía por qué

significar un cambio en el sentido del fallo.

Sala Segunda. Sentencia 95/2007, de 7 de mayo de 2007

Recurso de amparo 2555-2006. Promovido por don Daniel Bourianes frente a

los Autos de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y de un Juzgado

Central de Instrucción que mantuvieron su prisión provisional en procedimiento

de orden europea de detención y entrega a Francia por delito de tráfico de

estupefacientes.

Vulneración de la libertad personal: incumplimiento del plazo máximo legal de

prisión provisional en procedimiento de euroorden (STC 99/2006), no

justificado por la pendencia de otra causa penal ante la jurisdicción española.

El demandante había permanecido ininterrumpidamente en prisión provisional desde el

día 15 de julio de 2005, en virtud de una orden europea de detención y entrega. Su

entrega a Francia fue suspendida por existir responsabilidades penales pendientes de

enjuiciamiento en España en una causa en la cual no se había decretado prisión

preventiva. En la Ley 3/2003, reguladora de la orden europea de detención y entrega no

se prevé que la prisión provisional pueda prorrogarse durante el periodo de dicha

suspensión. El mantenimiento de la medida cautelar careció, por tanto, de cobertura

legal, sin que resulte constitucionalmente admisible inferirla de la previsión legal de

suspensión de la entrega o de los plazos máximos de prisión provisional establecidos en

la Ley de enjuiciamiento criminal. El mantenimiento de la medida basado en genéricas

consideraciones relativas al riesgo de fuga latente en quien se ha fugado del Estado

reclamante, sin entrar a considerar las peculiaridades que el régimen de prisión

provisional presenta en los supuestos de orden europea de detención y entrega y en el

supuesto concreto es constitucionalmente incompatible con el contenido del derecho a

la libertad personal y al carácter excepcional de la prisión provisional.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Sala Primera. Sentencia 96/2007, de 8 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 3983-2007. Promovido por el Partido Socialista

Obrero Español (PSOE) respecto a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo núm. 2 de A Coruña que anuló la proclamación de la candidatura

del PSdG-PSOE en las elecciones locales por la circunscripción de Zas.

Vulneración de los derechos a la tutela judicial sin indefensión y a acceder a los

cargos representativos: contencioso-electoral sin contradicción; anulación de

candidatura electoral por infringir la paridad entre mujeres y hombres sin

permitir su subsanación.

La anulación judicial de la candidatura del partido político, porque no cumplía con la

exigencia de composición equilibrada entre hombres y mujeres introducida en la Ley

electoral (art. 44 bis LOREG) por la reciente Ley de igualdad efectiva (Ley Orgánica

3/2007), vulnera los arts. 23.2 y 24.1 CE. El primero, por no haber permitido la

subsanación de un defecto, la paridad, cuya licitud la Sentencia de amparo no enjuicia

pero que considera subsanable. El derecho a la tutela, por no haber emplazado el

Juzgado al partido político cuya candidatura había sido impugnada por un partido rival.

La irregularidad que se achaca a la lista anulada consiste en presentar cinco mujeres

sobre un total de trece candidatos, lo que el Juzgado estima que no alcanza el mínimo

del 40 por 100 legalmente establecido, que exigiría un mínimo de seis mujeres en la

lista. La Sentencia constitucional afirma que se trata de una irregularidad subsanable y

que no fue advertida por la Junta electoral de zona: no puede, por ende, tener la

trascendencia fatal que ha apreciado el Tribunal de instancia, pues con ello se vulnera el

derecho fundamental a acceder en condiciones de igualdad a los cargos públicos, a tenor

de una amplia jurisprudencia sobre la subsanabilidad de los defectos de candidaturas

electorales.

Por otra parte, la Sentencia había razonado antes que no puede apreciarse una

vulneración autónoma del derecho a la tutela judicial por parte de la Administración

electoral, pues en este caso el acuerdo adoptado por la Junta electoral es susceptible de

control judicial independiente, razón por la cual esta queja ha de ser reconducida a la

relativa a la vulneración del derecho al sufragio pasivo garantizado por el artículo 23.2

de la Constitución. Entiende, sin embargo, que el Juzgado, al omitir el emplazamiento

personal del representante del partido político afectado, impidió la defensa de sus

derechos en el proceso, vulnerando su derecho ex art. 24.1 CE.

El Tribunal Constitucional entra a conocer del fondo del amparo, pues la perentoriedad

de los plazos del proceso electoral no permite la retroacción de actuaciones para que sea

emplazado en la vía judicial el partido político afectado.

La doctrina sentada en esta Sentencia ha tenido continuidad en la resolución de

numerosos recursos de amparo electorales fallados con ocasión de las elecciones locales

y autonómicas de 2007, con ligeras variaciones temáticas o de redacción. En primer

lugar, las SSTC 99/2007 y 101/2007 deniegan la adhesión del Partido Galeguista al

recurso de amparo electoral interpuesto por otra formación política. En segundo lugar,

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las SSTC 102/2007, 104/2007 y 105/2007 analizan las quejas siguiendo un orden

distinto: primero el derecho sustantivo (art. 23.2 CE) y luego las garantías

constitucionales en el proceso judicial previo (art. 24.1 CE).

Sala Primera. Sentencia 97/2007, de 8 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 3984-2007. Promovido por el Partido Demócrata

Sada Popular (PDSP) frente a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo núm. 2 de A Coruña que anuló la proclamación de su

candidatura en las elecciones locales por la circunscripción de Sada.

Vulneración de los derechos a la tutela judicial sin indefensión y a acceder a los

cargos representativos: contencioso-electoral sin contradicción; anulación de

candidatura electoral por infringir la paridad entre mujeres y hombres sin

permitir su subsanación (STC 96/2007).

Sigue la doctrina sentada por la STC 96/2007, con diferencias de redacción y,

significativamente, en el fallo: al otorgar amparo, el Tribunal reconoce el derecho de la

formación política a que la Junta electoral de zona tenga por subsanado el defecto

advertido por el órgano judicial en la lista electoral, porque en las actuaciones obra

copia de un escrito en el que la formación política rectificaba la composición de la

candidatura electoral para cumplir con la ley.

Sala Primera. Sentencia 98/2007, de 8 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 4009-2007. Promovido por el Partido Socialista

Obrero Español (PSOE) frente a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo núm. 4 de A Coruña que anuló la proclamación de la candidatura

del PSdG-PSOE en las elecciones locales por la circunscripción de Cee.

Vulneración de los derechos a la tutela judicial sin indefensión y a acceder a los

cargos representativos: STC 96/2007.

Sala Primera. Sentencia 99/2007, de 9 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 4007-2007. Promovido por el Partido Socialista

Obrero Español (PSOE) frente a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo núm. 3 de A Coruña que anuló la proclamación de las

candidaturas del PSdG-PSOE en las elecciones locales por la circunscripción de

Abegondo.

Vulneración de los derechos a la tutela judicial sin indefensión y a acceder a los

cargos representativos: STC 96/2007.

Sigue la doctrina sentada por la STC 96/2007. En el plano procesal, no admite que el

Partido Galeguista, que se adhiere a la pretensión deducida por el PSOE e interesa que

se le otorgue, también a él, el amparo, formule pretensiones propias pues quienes se

personan en un proceso constitucional de amparo una vez admitido a trámite el recurso

no pueden convertirse en codemandantes.

Sala Primera. Sentencia 100/2007, de 9 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 4008-2007. Promovido por el Partido Socialista

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Obrero Español (PSOE) frente a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo núm. 4 de A Coruña que anuló la candidatura del PSdeG-PSOE

en las elecciones locales por la circunscripción de Malpica.

Vulneración de los derechos a la tutela judicial sin indefensión y a acceder a los

cargos representativos: contencioso-electoral sin contradicción; anulación de

candidatura electoral por infringir la paridad entre mujeres y hombres sin

permitir su subsanación (STC 96/2007).

Sala Primera. Sentencia 101/2007, de 9 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 4011-2007. Promovido por la Agrupación

Progresista de Abegondo respecto a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo núm. 3 de A Coruña que anuló la proclamación de candidaturas

en las elecciones locales por la circunscripción de Abegondo.

Vulneración de los derechos a acceder a los cargos representativos y a la tutela

judicial sin indefensión: anulación de candidatura electoral por infringir la

paridad entre mujeres y hombres sin permitir su subsanación; contencioso-

electoral sin contradicción (STC 96/2007).

Sigue la doctrina sentada por la STC 96/2007, si bien en esta sentencia se aborda, en

primer lugar, la queja relativa a la vulneración del derecho al sufragio pasivo protegido

por el artículo 23 de la Constitución para, a continuación, analizar la vulneración del

derecho a la tutela judicial efectiva. En el plano procesal, vuelve a denegar que quien se

persona en un proceso constitucional de amparo formule pretensiones propias

Sala Primera. Sentencia 102/2007, de 9 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 4106-2007. Promovido por la Agrupación vecinal

de electores das Parroquias de Malpica (AVE-Malpica) frente a la Sentencia del

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de A Coruña que anuló la

proclamación de su candidatura en las elecciones locales por la circunscripción

de Malpica.

Vulneración de los derechos a acceder a los cargos representativos y a la tutela

judicial sin indefensión: anulación de candidatura electoral por infringir la

paridad entre mujeres y hombres sin permitir su subsanación; contencioso-

electoral sin contradicción (STC 96/2007).

Sala Primera. Sentencia 103/2007, de 9 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 4158-2007. Promovido por Agrupación Social

Independiente de Miño frente a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo núm. 3 de A Coruña que anuló la proclamación de su

candidatura en las elecciones locales por la circunscripción de Miño.

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión y a acceder a los

cargos representativos: STC 96/2007.

Sala Primera. Sentencia 104/2007, de 9 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 4170-2007. Promovido por el Partido Socialista

Obrero Español (PSOE) frente a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Administrativo núm. 1 de A Coruña que anuló la proclamación de su

candidatura en las elecciones locales por la circunscripción de Bergondo.

Vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos: anulación de

candidatura electoral por infringir la paridad entre mujeres y hombres sin

permitir su subsanación (STC 96/2007).

Sigue la doctrina de la STC 96/2007, y establece que para garantizar la efectividad del

derecho al sufragio pasivo el órgano judicial no debió anular el Acuerdo de la Junta

electoral sino que debió modular los efectos de dicha nulidad requiriendo a la Junta para

que otorgase a la candidatura el trámite de subsanación previsto en el art. 47.2 LOREG.

Sala Primera. Sentencia 105/2007, de 10 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 3994-2007. Promovido por Eusko Alkartasuna

frente a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de

Bilbao que anuló la proclamación de su candidatura en las elecciones locales por

la circunscripción de Abadiño.

Vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos: anulación de

candidatura electoral por infringir la paridad entre mujeres y hombres sin

permitir su subsanación (STC 96/2007).

Sala Primera. Sentencia 106/2007, de 10 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 4000-2007. Promovido por el Círculo de Opinión

Eumés (COE) frente a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo núm. 2 de A Coruña que anuló la proclamación de su

candidatura en las elecciones locales por la circunscripción de Pontedeume.

Vulneración de los derechos a la tutela judicial sin indefensión y a acceder a los

cargos representativos: STC 96/2007.

Sala Primera. Sentencia 107/2007, de 10 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 4010-2007. Promovido por el Partido Socialista

Obrero Español (PSOE) frente a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo núm. 4 de A Coruña que anuló la proclamación de la candidatura

del PSdG-PSOE en las elecciones locales por la circunscripción de Camariñas.

Vulneración de los derechos a la tutela judicial sin indefensión y a acceder a los

cargos representativos: STC 96/2007.

Sala Primera. Sentencia 108/2007, de 10 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 4039-2007. Promovido por don Norberto Pedro

Pico Sanabria frente a la Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo

núm. 6 de Madrid que desestimó su demanda sobre proclamación de la

candidatura de Falange Española de las JONS en las elecciones locales por la

circunscripción de Brunete.

Vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos: denegación de

candidatura electoral por infringir la paridad entre mujeres y hombres sin

permitir su subsanación (STC 96/2007). Voto particular.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Siguiendo la línea doctrinal de la STC 96/2007, esta Sentencia declara que la Junta

electoral de la circunscripción electoral de Brunete debió otorgar a la representación

legal del partido Falange Española de las JONS, en la que se incluían tres hombres y

diez mujeres, plazo para subsanar los defectos de composición paritaria. El Juzgado

Contencioso-Administrativo convalidó la vulneración aducida al desestimar el recurso

contencioso-electoral imposibilitando así la subsanación, al no retrotraer las

actuaciones. Esta conclusión no resulta afectada por el informal tratamiento del defecto:

el responsable de la formación política, tras mantener una conversación telefónica con

responsables de la Junta electoral de zona, remitió un escrito a dicho órgano advirtiendo

de la imposibilidad de completar paritariamente la lista. Así pues, sólo la negativa

expresa de la formación política a corregir su lista, una vez abierto el preceptivo plazo

de subsanación de cuarenta y ocho horas (47.2 LOREG), haría posible su anulación.

La Sentencia cuenta con un Voto particular discrepante que pone el acento en la posible

inconstitucionalidad del art. 44 bis LOREG. El caso dio lugar luego a la STC 127/2007.

Sala Primera. Sentencia 109/2007, de 10 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 4105-2007. Promovido por Coalició Valenciana

frente a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de

Valencia que anuló la proclamación de su candidatura en las elecciones locales

por la circunscripción de Sueca.

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión y a acceder a los

cargos representativos: rechazo de las alegaciones presentadas en el Juzgado

de guardia; anulación de candidatura electoral por haber presentado dos y no

permitir la subsanación.

La coalición electoral presentó, por error, dos candidaturas para el mismo municipio;

una vez proclamada la primera de ellas, la Junta electoral accedió a proclamar la

segunda a petición de la formación política promotora. Interpuesto recurso contencioso-

electoral, el Juzgado anuló la proclamación de la candidatura por entender que no se

trataba de la subsanación de un error sino de una modificación de la lista (art. 48.1

LOREG). Esta no es la interpretación de la legalidad más favorable a la eficacia del

derecho de sufragio pasivo, y por eso lesiona el derecho a acceder en condiciones de

igualdad a los cargos públicos.

La Sentencia de amparo también aprecia una situación de indefensión material, por no

haber sido admitidas las alegaciones formuladas por la coalición en el recurso

contencioso-electoral porque las había intentado presentar en el Juzgado de guardia,

quien las rechazó desatendiendo lo acordado en una reunión sobre el servicio de guardia

para procedimientos electorales que habían realizado los Magistrados y Secretarios

Judiciales de Valencia. No se retrotraen actuaciones dada la perentoriedad de los plazos

del proceso electoral, sino que se analiza directamente el fondo del recurso de amparo.

Sala Primera. Sentencia 110/2007, de 10 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 4107-2007 y otros 22 acumulados. Promovidos por

Barrikako Abertzale Sozialistak y otras agrupaciones electorales frente a la

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Sentencia de la Sala Especial del art. 61 LOPJ del Tribunal Supremo sobre

anulación de candidaturas para las elecciones locales y forales de 2007.

Supuesta vulneración de los derechos a la defensa, a un proceso con garantías,

a un juez imparcial, a la prueba, a la intimidad personal y a acceder a los

cargos representativos: perentoriedad de los recursos electorales; datos

personales; agrupaciones electorales que de hecho continúan o suceden la

actividad de un partido político ilegal (STC 85/2003).

Las agrupaciones electorales anuladas por el Tribunal Supremo pretenden eludir los

efectos de un pronunciamiento judicial de ilegalización y disolución de unos partidos

políticos (STC 85/2003). La existencia de la trama defraudatoria se entiende acreditada

con la concurrencia de varios elementos objetivos: las declaraciones y manifestaciones

efectuadas por dirigentes de los partidos disueltos, en las que se pone de manifiesto el

protagonismo activo de dichos partidos en la promoción de las agrupaciones; un

informe de la Comisaría General de Información donde se consigna que en toda la

cartelería de las candidaturas figura el símbolo de Batasuna; y uno de los documentos

incautados a un presunto miembro de la organización terrorista ETA, donde se expone

la estrategia a seguir por el entramado Batasuna en los comicios locales de 2007.

El Tribunal, en cambio, no acepta la equiparación realizada en la Sentencia impugnada

entre personas que han pertenecido a los partidos políticos disueltos, o que han

concurrido a comicios precedentes en sus listas, con quienes formaban parte de las

agrupaciones anuladas. Considera evidente la menor capacidad indiciaria de ese dato

para contribuir a conformar la inferencia de que un conjunto de agrupaciones electorales

constituye en realidad la continuación o la sucesión de un partido político ilegalizado.

El Tribunal descarta la violación del derecho de asociación porque las agrupaciones

electorales no son una manifestación del mismo.

Las quejas de carácter procesal, referidas tanto a la supuesta inconstitucionalidad del

procedimiento seguido para declarar la ilegalidad, establecido en la Ley electoral, como

a la aplicación que de sus previsiones ha efectuado el Tribunal Supremo, son

desestimadas con remisión a la doctrina fijada en las SSTC 85/2003, 176/2003, 99/2004

y 68/2005. Cabe destacar, sin embargo, la modulación del carácter subsidiario del

amparo que, por las propias características del procedimiento de amparo electoral, el

Tribunal efectúa al abordar y resolver la cuestión de la supuesta imparcialidad del

Tribunal Supremo, que no había sido contestada por la resolución recaída en vía

judicial, incurriendo así en una incongruencia omisiva que no impide el

pronunciamiento en sede constitucional.

Sala Primera. Sentencia 111/2007, de 10 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 4144-2007. Promovido por el partido político

Veciños de Bergondo frente a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo núm. 1 de A Coruña que anuló la proclamación de su

candidatura en las elecciones locales por la circunscripción de Bergondo.

Vulneración de los derechos a la tutela judicial sin indefensión y a acceder a los

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cargos representativos: SSTC 96/2007 y 97/2007.

Pese a que obra en las actuaciones copia del escrito dirigido por la formación política

demandante de amparo a la Junta Electoral de Zona de Betanzos pidiendo se tuviera en

cuenta la rectificación en la composición de la candidatura electoral permite el órgano

judicial apreció una irregularidad en la actuación de la Junta Electoral al proclamar la

candidatura sin reparos, y decidió anular la proclamación misma. Esta decisión, a la

vista del sistema legal aplicable, entrañó un desconocimiento de las garantías subjetivas

previstas por el legislador en el art. 47.2 LOREG, en cuya virtud las irregularidades que

puedan mostrar las candidaturas presentadas, habrán de dar siempre lugar a su posible

subsanación. La circunstancia de concluir el presente procedimiento declarando la

vulneración del derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos

públicos.

Sala Primera. Sentencia 112/2007, de 10 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 4215-2007. Promovido por el partido político

Eusko Abertzale Ekintza – Acción Nacionalista Vasca (EAE-ANV) frente a los

Autos de la Sala Especial del art. 61 LOPJ del Tribunal Supremo en la pieza

separada de ejecución de un procedimiento sobre ilegalización de los partidos

políticos Herri Batasuna y otros.

Supuesta vulneración de los derechos a la defensa, a un proceso con garantías,

a un juez imparcial, a la prueba, a la intimidad personal y a acceder a los

cargos representativos: perentoriedad de los recursos electorales; datos

personales; agrupaciones electorales que de hecho continúan o suceden la

actividad de un partido político ilegal (STC 85/2003).

La anulación de algunas de las listas electorales presentadas por el partido político

EAE-ANV no vulnera su derecho a participar en los asuntos públicos. La Sala especial

del Tribunal Supremo ha formado su convicción de que tales listas dan continuidad a un

partido declarado ilegal, infringiendo el artículo 12 de la Ley Orgánica de partidos

políticos, con apoyo en un conjunto de elementos probatorios que ofrece una

consistencia suficiente en términos constitucionales.

El enjuiciamiento de amparo ha de referirse exclusivamente al examen de las tachas que

se han apreciado respecto de las concretas candidaturas objeto del proceso seguido ante

la Sala del artículo 61 LOPJ, sin que se puedan hacer consideraciones respecto al

partido AEA-ANV en su conjunto, ni tampoco sobre la candidaturas que, al no ser

impugnadas, quedan fuera del objeto propio de estos autos.

La Sala especial del Tribunal Supremo ha formado su convicción sobre la base

elementos probatorios de origen objetivo y subjetivo, alcanzado una conclusión que no

es irrazonable o arbitraria, en una consideración de conjunto admitida por nuestra

jurisprudencia (SSTC 5/2004 y 99/2004). Existe prueba directa de los reiterados

intentos por parte de Batasuna de participar en las elecciones, incluso las actuales. Entre

los indicios objetivos, se señalan la trayectoria del partido político demandante, inactivo

desde 1977; documentos intervenidos a distintos dirigentes de Batasuna y aun de ETA;

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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y diversos informes policiales y noticias de prensa.

En cuanto a los elementos subjetivos, la Sentencia rechaza algunos empleados por el

Supremo: la condición de avalista de agrupaciones electorales, haberse presentado a

elecciones por los partidos ilegalizados antes de 1999, o vínculos familiares o

personales con aquellos candidatos. Pero el resto de los elementos de continuidad

subjetiva apreciados por la Sala (participación significativa en candidaturas con las que

se ha pretendido dar continuidad a los partidos disueltos, concurrencia en un número

considerable de candidatos la condición de cargos electivos obtenidos en las listas

presentadas por dichos partidos o de dirigentes de éstos o, en fin, haber desempeñado un

papel protagonista o relevante en la concertación de intentos defraudatorios anteriores)

son criterios conformes al canon fijado en la jurisprudencia (SSTC 85/2003, 99/2004 y

68/2005).

Por su parte, ANV no ha aportado indicio documental alguno con su demanda que

desacredite la conclusiones probatorias que racional y motivadamente se han alcanzado:

las candidaturas electorales de ANV en cuestión han sido gestadas y dirigidas en todo

momento por miembros relevantes de la extinta Batasuna como mecanismo de sucesión.

En el plano procesal, la decisión de la Sala especial del Supremo de tramitar las

pretensiones del Abogado del Estado y del Ministerio Fiscal como un incidente de

ejecución de la Sentencia de disolución del partido político (art. 12 LOPP) ni es

arbitraria ni trasciende el ámbito de la estricta legalidad ordinaria, por lo que no ha

causado indefensión alguna: el art. 24 CE no incluye un derecho fundamental a vías

procesales determinadas.

En la sede constitucional de amparo, la tramitación y resolución ha seguido el cauce

electoral (apartados 3 y 4 del art. 49 LOREG), pese a la singularidad de la vía judicial

previa, para cumplir exigencias de seguridad del proceso electoral y de celeridad en

favor de una ágil protección de los derechos fundamentales.

Sala Primera. Sentencia 113/2007, de 10 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 4218-2007. Promovido por el partido político Terra

Galega frente a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm.

3 de A Coruña que anuló la proclamación de su candidatura en las elecciones

locales por la circunscripción de Miño.

Vulneración de los derechos a la tutela judicial sin indefensión y a acceder a los

cargos representativos: SSTC 96/2007 y 97/2007.

Sala Primera. Sentencia 114/2007, de 10 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 4220-2007. Interpuesto por el partido político

Independientes de Porto do Son frente a la Sentencia del Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo núm. 1 de A Coruña que anuló la proclamación de

su candidatura en las elecciones locales por la circunscripción de Porto do Son.

Vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos: STC 96/2007.

Sala Primera. Sentencia 115/2007, de 10 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 4266-2007. Promovido por el Partido Galeguista

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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frente a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de A

Coruña que anulo la proclamación de su candidatura en las elecciones locales

por la circunscripción de Porto do Son.

Vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos: STC 96/2007.

Sala Primera. Sentencia 116/2007, de 21 de mayo de 2007

Recurso de amparo 2805-2002. Promovido por doña María del Pilar Ramírez

Balboteo frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Supremo que estimó parcialmente su demanda contra el Consejo

General del Poder Judicial sobre sanciones disciplinarias por incompatibilidad y

no abstención.

Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial sin indefensión, a la

presunción de inocencia y a la legalidad penal: garantías del procedimiento

administrativo sancionador; prueba de cargo sobre el interés indirecto de una

juez en un proceso; sanciones administrativas con cobertura legal, motivadas,

que no incurren en bis in idem ni son retroactivas.

La Sentencia confirma, desde el ángulo de distintos derechos fundamentales, las

sanciones disciplinarias impuestas a una Juez por ocultación de incompatibilidad y por

incumplimiento del deber de abstención: 1) No hubo falta de prueba del carácter doloso

de las infracciones cometidas, porque el discurso argumental seguido por el Consejo

General del Poder Judicial sobre el interés indirecto de la Juez fue razonable y

coherente: dicho interés fue inferido de los amplios intereses inmobiliarios de sus

familiares en su demarcación judicial, Marbella, de conocimiento público y notorio,

quienes desarrollan una actividad empresarial donde resulta pieza clave el

Ayuntamiento, teniendo en cuenta el objeto inmobiliario del procedimiento de origen.

2) El derecho a la legalidad sancionadora, en distintas perspectivas, fue respetado: No

hubo aplicación extensiva in mala partem de la norma y las sanciones fueron motivadas

e individualizadas. Tampoco se produjo bis in idem, pues los hechos objeto de un

procedimiento sancionador anterior no son iguales a los del presente. También se

desestima la queja relativa a la irretroactividad de la norma sancionadora, pues ésta ya

estaba vigente cuando la Juez realizó la conducta infractora. Por último, en lo que se

refiere a la falta de aplicación retroactiva de una norma favorable (relacionada con el

límite de cien mil habitantes), se trata de un derecho no susceptible de amparo (dentro

del art. 9.3 CE), no hubo agotamiento de la vía judicial previa y, por lo demás, la propia

norma favorable señala expresamente que su contenido tendrá efectos en una fecha

concreta, posterior a los hechos sancionados. 3) Finalmente, no hubo vulneración de

garantías en el expediente disciplinario: sí se le dieron a conocer los concretos hechos

de una de las infracciones y el Consejo valoró sus alegaciones de defensa.

Sala Primera. Sentencia 117/2007, de 21 de mayo de 2007

Recurso de amparo 5625-2002, 5757-2002 y 5761-2002 (acumulados).

Promovidos por don Tomás Grigaliunas y otros respecto a las Sentencias de la

Audiencia Provincial de Alicante y de un Juzgado de lo Penal de Orihuela que

les condenó por delitos de asociación ilícita, favorecimiento de la inmigración

ilegal, amenazas y daños.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia: condenas

penales fundadas en testimonio directo y no de referencia y en prueba indiciaria

válida.

La condena penal de los demandantes, en régimen de coautoría, por delitos de

asociación ilícita, favorecimiento de la inmigración ilegal, amenazas, daños y lesiones,

se fundó en las declaraciones de testigos directos y de referencia, así como en diversos

indicios de los que inferir, de forma lógica, coherente y no excesivamente abierta, su

participación en los hechos imputados.

La Sentencia no entra a analizar la alegación del Ministerio Fiscal de que la presunción

de inocencia había sido vulnerada en relación con todos aquellos delitos en los que no

había quedado acreditada la intervención directa y material de cada uno de los

recurrentes, porque la cuestión no fue planteada por los demandantes: se parte de la

premisa jurisprudencial de que los miembros de una organización criminal son

responsables solidarios de los actos concretos realizados por ella.

Sala Primera. Sentencia 118/2007, de 21 de mayo de 2007

Recurso de amparo 3265-2003. Promovido por don Juan Carlos Guillén García

frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la

Audiencia Nacional en litigio sobre declaración de inutilidad para el servicio

como militar profesional.

Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: extinción del

proceso de amparo por satisfacción extraprocesal en relación con la inadmisión

de un recurso contencioso-administrativo sobre silencio administrativo negativo

(STC 118/2005).

La pretensión de que sea amparado el derecho de acceso a la justicia, ante una

resolución judicial que inadmite un recurso contencioso-administrativo promovido tras

un silencio administrativo, queda satisfecha extraprocesalmente si la Administración

resuelve luego tardíamente, permitiendo formular nuevo recurso en la vía judicial. La

Sentencia profundiza la doctrina iniciada por la STC 118/2005, pues basta con que el

justiciable pueda acceder a la justicia mediante la impugnación del acto administrativo

tardío; es irrelevante si, efectivamente, recurre o no.

Sala Primera. Sentencia 119/2007, de 21 de mayo de 2007

Recurso de amparo 2518-2004. Promovido por doña Inmaculada Romera Bernal

respecto a las resoluciones de un Juzgado de lo Social de Sevilla que archivaron

su demanda contra Atento Teleservicios España, S.A., por despido.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia):

inadmisión de demanda social por no haber subsanado un defecto, relativo a la

acreditación de la conciliación previa y apreciado en la vista del juicio, que es

desproporcionada.

El archivo de una demanda de despido por incumplir el requisito de aportar certificación

original del acto de conciliación, y no socia simple, es una decisión judicial que, pese a

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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venir amparada en una interpretación del precepto legal posible en Derecho, resulta

desproporcionada. La explicación de que la trabajadora aportara una simple copia radica

en que la conciliación fue celebrada por varios trabajadores, y se había extendido una

única acta, que había sido utilizado por otra.

La Sentencia prosigue una amplia jurisprudencia en materia de subsanación de defectos

de las demandas sociales. Su fundamentación destaca, en primer lugar, que la

inadmisión, pese a no ser arbitraria ni irrazonable, no tiene fundamento en una

regulación legal inequívoca. En segundo lugar, resalta la voluntad de cumplimiento de

los requisitos procesales por parte de la representación legal de la trabajadora, al

adjuntar a la demanda fotocopia del acta de conciliación y al intentar la subsanación con

diligencia, personándose en el órgano judicial donde obraba el original de la

certificación para obtener su testimonio, que no fue expedido a tiempo: negar validez a

estos intentos resulta contrario al principio pro actione. Finalmente, reprocha también al

órgano judicial que su actuación no favoreciera la subsanación dado que concedió un

plazo de subsanación de cuatro días (art. 81.1 LPL), y no de quince días (art. 81.2 LPL),

comunicándolo verbalmente en el acto de la vista.

Sala Primera. Sentencia 120/2007, de 21 de mayo de 2007

Recurso de amparo 3041-2004. Promovido por don José Luis Varez Fisa y otra

respecto del Auto de un Juzgado de Primera Instancia de Madrid en incidente de

ejecución provisional de un litigio sobre abono de cantidad por una compraventa

de acciones.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: imposición de costas

procesales en el trámite de oposición a la ejecución provisional de un fallo civil

sin motivación del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia):

inadmisión de demanda social por no haber subsanado un defecto, relativo a la

acreditación de la conciliación previa y apreciado en la vista del juicio, que es

desproporcionada.

La imposición de costas procesales puede vulnerar el art. 24.1 CE cuando el órgano

judicial incurre en un defecto de motivación con relevancia constitucional como el

presente. Efectivamente, en este caso de estimación parcial de oposición a una ejecución

provisional se impuso el pago de las costas sólo a la parte ejecutada, cuando las normas

generales sobre condena en costas prevén que cada parte abonará las causadas a su

instancia y las comunes por mitad, salvo méritos que hubiera para imponer a una de las

partes. Esto último ni se ha mencionado por la resolución judicial, que no ofrece

fundamento o requisito legal alguno sobre su decisión.

La Sentencia se limita a citar, por todas, la STC 261/2006, de 11 de septiembre; la cual

se remite a la STC 107/2006, de 3 de abril; que se remite a la STC 25/2006, de 30 de

enero, que inaugura una línea de gran solicitud por el cumplimiento judicial de las

reglas legales sobre imposición de costas procesales.

Sala Primera. Sentencia 121/2007, de 21 de mayo de 2007

Recurso de amparo 3686-2004. Promovido por la Caja de Enfermedad

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Ersatzkasse respecto a los Autos de la Audiencia Provincial de Las Palmas y de

un Juzgado de Instrucción de San Bartolomé de Tirajana, dictados en un juicio

de faltas por imprudencia con resultado de muerte y lesiones en accidente de

tráfico.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (ejecución): denegación de

requerimiento de pago al condenado principal para el abono de la

responsabilidad civil directa en la parte no cubierta por el Consorcio de

Compensación de Seguros.

El Auto del Juzgado de Instrucción que deniega la ejecución de la responsabilidad civil

del conductor, declarada en Sentencia firme, vulnera el derecho a la ejecución ínsita en

el art. 24.1 CE. La Sentencia penal había declarado la responsabilidad civil directa del

condenado y del Consorcio de Compensación de Seguros, que había intervenido la

compañía con la que el conductor tenía concertado su seguro. La responsabilidad del

Consorcio había quedado limitada al límite cuantitativo del aseguramiento obligatorio,

lo que explica la solicitud de dirigir la ejecución contra el conductor por la cantidad

restante (15 millones de pesetas, menos las cien mil abonadas por el Consorcio). La

negativa judicial a proceder contra el primer condenado, al afirmar que por existir un

contrato de seguro la responsabilidad del conductor se traslada a la entidad aseguradora

(y estando ésta intervenida, al Consorcio), supone la modificación de los términos de la

sentencia ejecutada y, por ello, vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva.

Sala Segunda. Sentencia 122/2007, de 21 de mayo de 2007

Recurso de amparo 3996-2004. Promovido por doña María de la Soledad

Moreno López respecto a la providencia de un Juzgado de Instrucción de

Granada que inadmitió su recurso de apelación en juicio por falta de

imprudencia.

Vulneración parcial del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso al recurso

legal): forma de la resolución judicial; inadmisión por extemporánea de la

apelación contra una sentencia dictada en juicio de faltas que resulta arbitraria,

porque considera hábiles todos los días y el mes de agosto (STC 133/2000).

La inadmisión por extemporáneo del recurso de apelación presentado por la beneficiaria

de una indemnización acordada en sentencia vulnera su derecho a la tutela judicial

efectiva, en su vertiente de acceso a los recursos legalmente previstos. Tales

resoluciones consideran injustificadamente que, a los efectos del recurso planteado,

todos los días (inclusive sábados, domingos y festivos) y el mes de agosto han de

considerarse hábiles, sin ofrecer razonamiento alguno que motive dicha apreciación, que

es contraria al texto de la ley procesal: la Ley de enjuiciamiento criminal solo declara

hábiles todos los días para la instrucción del sumario, lo que no puede extrapolarse a

otros procesos, como declaró la STC 133/2000, en relación con el condenado.

Sala Segunda. Sentencia 123/2007, de 21 de mayo de 2007

Recurso de amparo 563-2005. Promovido por La Requense de Autobuses

Carmen Limorte, S.A., frente a los Autos de un Juzgado de lo Social de Albacete

que admitieron el desistimiento de la demanda en litigio por reclamación de

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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cantidad.

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: desistimiento de

demanda social aceptado tras celebrar el juicio oral y practicar pruebas (STC

187/1990).

La aceptación o no del desistimiento de los trabajadores en un litigio social es una

cuestión de legalidad sin relevancia constitucional, aunque se adopte una vez celebrado

el juicio oral y practicadas las pruebas. El Juzgado de lo Social, en autos sobre

reclamación de cantidad, acordó en el acto del juicio, como diligencia para mejor

proveer, que los trabajadores aportaran desglose de las cantidades reclamadas para cada

uno de ellos. Los trabajadores interesaron que se requiriera a la empresa para que

aportara los partes diarios para el cálculo de dichas cantidades, con suspensión del plazo

de cuatro días judicialmente otorgado, requerimiento que fue satisfecho concediendo el

Juzgado plazo para formular alegaciones. En este estado del procedimiento los

trabajadores solicitaron el desistimiento, petición que fue atendida, sin que su

aceptación, tras incumplir los trabajadores el requerimiento de subsanación de su

demanda bajo apercibimiento de archivo, sea vulneradora del derecho de la empresa a la

obtención de una resolución sobre el fondo, al suponer una conclusión enteramente

lógica del decurso procesal habido. De otro lado, la posibilidad de que esa circunstancia

permita el replanteamiento de la demanda con el conocimiento adquirido por los

demandantes de los motivos de oposición y de las pruebas no implica una vulneración

actual del derecho de defensa de la empresa demandada, por cuanto no ha supuesto

menoscabo alguno en su derecho a alegar y probar en juicio lo que a su derecho

convenía, de manera que lo que se está denunciando es una supuesta lesión futura.

Sala Segunda. Sentencia 124/2007, de 21 de mayo de 2007

Recurso de amparo 711-2005. Promovido por don José Antonio López Ruiz

frente a los Autos del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria que

desestimaron su queja contra el centro penitenciario de Algeciras por sanciones

disciplinarias en relación con una huelga de higiene.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (motivación): resoluciones

judiciales estereotipadas.

La falta de respuesta de las resoluciones del Juez de Vigilancia Penitenciaria incurren en

incongruencia omisiva dado que contienen tan sólo una lacónica motivación referida a

los hechos y a su calificación jurídica, sin aludir a ninguna de las supuestas

vulneraciones de derechos fundamentales denunciadas por el interno; en concreto, la

falta de asesoramiento legal en la tramitación del expediente (derecho de defensa) y la

denegación del acceso a los medios de prueba (art. 24.2 CE).

No es necesario recurrir al incidente extraordinario de nulidad de actuaciones cuando se

denuncia la falta de respuesta del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria ante el mismo

órgano judicial mediante el recurso de reforma (SSTC 52/2005, 7/2006).

Sala Primera. Sentencia 125/2007, de 21 de mayo de 2007

Recurso de amparo 1609-2005. Promovido por don Francisco Frechoso Bajodo

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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frente a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid que desestimó su demanda contra Unidad Editorial, S.A., sobre

autorización para participar en la tertulia televisiva "La mirada crítica".

Vulneración del derecho a la libertad de expresión: denegación de autorización

al redactor de un periódico con dedicación exclusiva para que siga participando

en un programa de televisión tras haber criticado a su empresa en relación con

una huelga general.

La decisión de un medio de comunicación de negar a uno de sus periodistas que

continuase participando como contertulio en un programa de televisión, tras cuatro años

de colaboración, supone una lesión de su derecho a la libertad de expresión. El

periodista, redactor jefe de cierre del periódico, había criticado a su empresa en el

programa de televisión respecto a su conducta en la jornada de huelga general del 20 de

junio de 2002. Poco después, la dirección del periódico anunció la implantación de un

sistema de control sobre la participación de sus periodistas en otros medios,

estableciendo un trámite de aprobación formal de dichas intervenciones, cuya solicitud

fue denegada al periodista. Nuestro Tribunal declara que resultan constitucionalmente

inadmisibles los argumentos de la Sala de lo Social de Madrid, que revocó la sentencia

de instancia justificando la actuación empresarial en el ejercicio de las facultades

organizativas y directivas del empleador. Subraya que la existencia de un pacto de

exclusividad y la percepción de un complemento por su participación en la tertulia no

son elementos que permitan negar la lesión porque idénticas circunstancias concurrían

en otros periodistas a quienes la empresa autorizó para seguir participando tanto en ese

programa como en otros medios de comunicación.

Sala Segunda. Sentencia 126/2007, de 21 de mayo de 2007

Recurso de amparo 4532-2005 y 4673-2005 (acumulados). Promovidos por don

Francisco Javier González Martín y otro frente a la Sentencia de la Audiencia

Provincial de Barcelona que, en grado de apelación, les condenó por delito de

lesiones al proceder a una detención.

Vulneración de los derechos a un proceso con garantías y a la presunción de

inocencia: citación de los absueltos en la instancia a la vista oral del recurso no

solicitada; condena pronunciada en apelación, tras haber celebrado vista

pública sin practicar todas las pruebas de cargo (STC 167/2002).

La sentencia de apelación condena indebidamente a dos funcionarios del Cuerpo

Nacional de Policía por un delito de lesiones, tras celebrar vista pública en la que se

practicaron algunas pruebas de cargo, pero no todas las necesarias para sustentar su

juicio. La Audiencia Provincial consideró que no era aplicable la eximente apreciada

por el Juzgado de instancia (que los había absuelto por apreciar que habían obrado “en

el cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo”),

pues entiende que las lesiones fueron causadas mediante golpes que excedían de lo

necesario para neutralizar la violencia ejercida de contrario. Para llegar a esta

conclusión, la Audiencia Provincial realizó una nueva valoración de las pruebas: no sólo

las practicadas en la vista de la apelación con pleno respeto al principio de inmediación,

referidas a la violencia ejercida por los policías; también valoró, sin que se hubiesen

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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practicado en su presencia, las pruebas relativas a la violencia ejercida por los

oponentes, pues dichas pruebas únicamente se practicaron ante el Juez de lo Penal. Por

esta última razón, la resolución de la Audiencia Provincial vulnera el derecho a un

proceso con todas las garantías. Dado que no existen otras pruebas que hayan llevado a

la Audiencia Provincial a alcanzar su convicción de que no concurría la circunstancia

eximente que conduciría a absolver a los demandantes de amparo, la condena

impugnada vulnera, asimismo, su derecho a la presunción de inocencia.

Sala Primera. Sentencia 127/2007, de 22 de mayo de 2007

Recurso de amparo electoral 4513-2007. Promovido por don Norberto Pedro

Pico Sanabria frente a la Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo

núm. 6 de Madrid que desestimó nuevamente su demanda sobre proclamación

de la candidatura de Falange Española de las JONS en las elecciones locales por

la circunscripción de Brunete (STC 108/2007).

Supuesta vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos:

denegación de proclamación de candidatura electoral por infringir la paridad

entre mujeres y hombres para poner en cuestión la ley. Voto particular.

El hecho de que una formación política disponga solamente de tres afiliados varones en

un municipio no constituye una imposibilidad material que impida presentar una

candidatura paritaria, de conformidad con lo dispuesto en la Ley electoral (art. 44 bis

LOREG) a tenor de la reciente Ley de igualdad efectiva ente mujeres y hombres (Ley

Orgánica 3/2007). Por ende, no hay en el caso vulneración del art. 23.2 CE ni puede

acogerse la pretensión de que el Tribunal se plantee una cuestión interna de

inconstitucionalidad ex art. 55.2 LOTC.

La Sentencia, que resuelve el mismo caso que la STC 108/2007 había retrotraído al

Juzgado, ofrece un primer análisis constitucional de la exigencia legal de que las

candidaturas electorales sean paritarias. En un primer plano, ceñido al caso, razona que

la presentación de una lista electoral con diez mujeres no fue consecuencia de la

necesidad, sino de una decisión libre dirigida a intentar poner en cuestión la normativa

recién aprobada por las Cortes Generales: el partido pudo haber cumplido sin mayores

esfuerzos la ley recurriendo a la posibilidad de integrar en su candidatura suficientes

varones, fueran éstos afiliados al partido de otras zonas del país o, incluso,

personalidades independientes.

En un segundo plano, más general, la Sentencia reconoce que el cumplimiento de la

norma paritaria puede suponer ciertas dificultades. El equilibrio de los sexos

preceptuado por la Ley no debe suponer “una barrera infranqueable” para ejercer el

derecho de sufragio pasivo. El deber de respetar este derecho fundamental “podría, en

algunas determinadas situaciones, llevar a considerar que era una exigencia, derivada de

la Constitución, la de obviar el cumplimiento de dichos requisitos en el caso concreto,

sin que fuera necesario plantear la inconstitucionalidad del art. 44 bis citado, entendido

como expresión de una política de promoción de la igualdad efectiva entre hombres y

mujeres en principio constitucionalmente admisible”.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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El Voto particular pone el acento en la ausencia de un análisis de fondo sobre la

constitucionalidad del art. 44 bis LOREG. Indica que admitir que los órganos judiciales

puedan obviar el cumplimiento de la norma legal en determinados supuestos, no

especificados, es una interpretación contra legem. Finalmente, destaca que a la

formación política se le ha exigido una probatio diabólica al tener que acreditar que en

la candidatura no quiso integrarse ningún varón elegible, con residencia en cualquier

parte del territorio nacional, afiliado o no al partido.

Sala Segunda. Sentencia 128/2007, de 4 de junio de 2007

Recurso de amparo 1656-2001. Promovido por don José Antonio Fernández

Martínez frente a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de

Justicia de Murcia que desestimó su demanda contra el Obispado de Cartagena y

otros sobre despido.

Supuesta vulneración de los derechos a la igualdad, la intimidad personal y

familiar, la libertad religiosa y de expresión: cese como profesor de religión

católica de un sacerdote secularizado por hacerse pública su condición de

casado y con hijos y su pertenencia a un movimiento contrario a la ortodoxia

(STC 38/2007). Voto particular.

La no renovación como profesor de religión católica de un sacerdote secularizado no

vulnera sus derechos fundamentales, en las circunstancias del caso y a la luz de la

doctrina de la Sentencia de Pleno 38/2007: se había hecho pública su condición de

casado, con hijos, y su pertenencia al Movimiento pro-celibato opcional, lo que el

Obispado consideró causa de escándalo según la doctrina de la religión católica.

La cuestión nuclear reside en determinar si la ponderación judicial de los derechos en

conflicto, a saber, la libertad religiosa colectiva de la Iglesia y las libertades ideológica y

religiosa del profesor en relación con el ejercicio de su libertad de expresión, se ha

realizado respetando su correcta valoración y contenido constitucional y, asimismo, a

qué resultado ha llegado dicha ponderación. Para ello, el Tribunal parte de la premisa de

la neutralidad del Estado en relación con las confesiones religiosas a la hora de

determinar el juicio de idoneidad para la enseñanza, y determina: 1) La no renovación

efectivamente obedece a criterios de índole religiosa o moral exclusivamente: la

enseñanza por parte de este tipo de sacerdotes estaba limitada para determinados casos,

siempre que no existiera peligro de escándalo; además, la no renovación respondía al

respeto a la sensibilidad de los padres que conocieran la noticia. 2) En la ponderación de

los derechos en conflicto, el Tribunal sólo puede afirmar que los actos, opiniones y

opciones del profesor se han visto afectados en la estricta medida necesaria para

salvaguardar su compatibilidad con la libertad religiosa de la Iglesia católica, sin poder

emitir juicio alguno sobre la adecuación y conformidad de sus actos para impartir la

enseñanza religiosa a la ortodoxia de la confesión religiosa en cuestión.

El Voto particular se acoge también a la doctrina sentada en la STC 38/2007, y afirma

que aunque la decisión de la confesión debe ser de índole religiosa (primer plano del

canon), se exige asimismo la ponderación en sentido estricto de los derechos en juego

(segundo plano del canon); por ello, la Sentencia debía haber profundizado en el caso y

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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otorgar amparo.

Sala Primera. Sentencia 129/2007, de 4 de junio de 2007

Recurso de amparo 1266-2003. Promovido por don José Bermejo Vera respecto

a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior

de Justicia de Aragón que, en apelación, desestimó su recurso contra el

Departamento de Economía, Hacienda y Empleo de la Diputación General de

Aragón sobre convocatoria de plazas de medio ambiente en Teruel y Huesca.

Vulneración del derecho a la igualdad en el acceso a las funciones públicas:

exclusión de los docentes de la provisión de puestos de trabajo en la

Administración pública (STC 48/1998).

La Orden que convoca la provisión de las plazas de Directores del Servicio Provincial

de Medio Ambiente de Teruel y Huesca, impidiendo concursar a los miembros de

cuerpos de funcionarios docentes, justificando dicha exclusión con fundamento en que

resultan ajenos absolutamente a las funciones de gestión administrativa, vulnera el

artículo 23.2 CE, tal y como ya se dijo en la STC 48/1998, en la que se resolvió un

asunto idéntico.

Sala Segunda. Sentencia 130/2007, de 4 de junio de 2007

Recurso de amparo 4323-2003. Interpuesto por Coato, sociedad cooperativa,

frente a los Autos de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Murcia que no tuvieron por rehabilitado el plazo de

presentación del escrito de demanda en litigio sobre responsabilidad patrimonial.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia):

inadmisión de demanda contencioso-administrativa por extemporánea,

presentada en la mañana siguiente al día en que fue notificada la caducidad del

recurso, a tenor de la nueva Ley de enjuiciamiento civil (STC 64/2005).

Las declaración de que la demanda de un proceso contencioso-administrativo fue

formalizada fuera de plazo, al ser presentada al día siguiente de la notificación del Auto

de caducidad del recurso (art. 52.2 LJCA), vulnera el derecho fundamental. Como

recientemente reiteró la STC 343/2006 (FJ 4), esta interpretación ignora el principio pro

actione, y priva a la sociedad cooperativa del derecho a disponer íntegramente del plazo

legalmente establecido (24.1 CE).

Sala Primera. Sentencia 131/2007, de 4 de junio de 2007

Recurso de amparo 4664-2003. Promovido por don Manuel Gonzalo González

respecto a los Autos de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Supremo que inadmitieron su demanda contra el Senado sobre concurso para la

provisión de una plaza de jefe de la asesoría jurídica.

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la

justicia): demanda que no acumula un recurso de amparo judicial y un recurso

ordinario (STC 70/2002).

La consideración de extemporáneo del recurso contencioso-administrativo interpuesto

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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contra el Senado sobre concurso para la provisión de una plaza de jefe de la asesoría

jurídica, al entender exclusivamente que no acumulaba un recurso de amparo judicial de

las libertades y un recurso ordinario, es una decisión judicial respetuosa con las

exigencias de motivación reforzada que exige el acceso a la justicia. Tanto en el

encabezamiento como en el suplico principal del escrito de interposición del recurso se

afirma promover solicitud de amparo judicial de las libertadas ex art. 31 LJCA y 53.2

CE. Por tanto, no cabe deducir, como por el contrario se declaró en la STC 72/2002, que

la intención del aspirante a la plaza era la de articular de manera principal un recurso

ordinario y sólo subsidiariamente el especial. Ello aunque se invocara el art. 31 LJCA -

de común aplicación en ambos procedimientos-, y en el otrosí primero se advirtiera la

subsidiariedad del amparo judicial. De otro lado, se reprocha la falta de diligencia de la

parte en la formulación de su pretensión no mereciendo tacha de constitucionalidad la

apreciación de la causa de inadmisión por la Sala que acordó la tramitación del recurso

conforme a dicho procedimiento especial y que otorgó trámite de audiencia.

Sala Segunda. Sentencia 132/2007, de 4 de junio de 2007

Recurso de amparo 7015-2003. Promovido por Construcciones Casasmarín, 22,

S.A., frente a la Sentencia y el Auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo

del Tribunal Superior de Justicia de Asturias que desestimó su demanda contra

el Ayuntamiento de Oviedo sobre liquidaciones tributarias.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (sentencia fundada en

Derecho): incidente de nulidad de actuaciones; demanda sobre embargo de

cuenta bancaria desestimada por acto consentido, a pesar de que el expediente

administrativo incompleto solo acreditaba la notificación de una de las varias

providencias de apremio.

Las cuestiones fácticas abordadas en esta Sentencia tienen como origen la diligencia de

embargo referida a deudas tributarias correspondientes a las licencias fiscales de los

años 1988 a 1990 y al IAE de los ejercicios 1992 y 1993, en cumplimiento de la cual se

trabó embargo sobre una cuenta corriente bancaria de una empresa constructora. La vía

judicial culminó con Sentencia de Asturias fundada en que no se impugnó la diligencia

de embargo, sino la providencia de apremio de la que traía causa y que devino firme.

Nuestro Tribunal declara que la Sentencia de la Sala incurre en una quiebra lógica —no

reparada en el posterior Auto que desestimó el incidente de nulidad de actuaciones— al

concluir que se consintió la providencia de apremio dictada por la licencia fiscal de los

años 1988 y 1989 y por el IAE de los ejercicios 1992 y 1993 sin que se acredite la

existencia y notificación de la providencia de apremio relativa a dichas deudas

tributarias. Así se deduce del incompleto expediente administrativo en el que no consta

la providencia de apremio de ninguna de las deudas tributarias por las que se decreta la

diligencia de embargo, circunscribiéndose única y exclusivamente el reconocimiento

empresarial a la providencia de apremio correspondiente a la licencia fiscal industrial

del ejercicio 1990. Por el contrario, la declaración judicial de que la diligencia de

embargo impugnada traía causa de una previa providencia de apremio, que era firme y

consentida, por lo que no podría impugnarse ésta a través de aquella, es una respuesta

congruente, aunque no se pronunciara sobre todas las causas de impugnación en las que

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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se basaba la nulidad.

En el plano procesal, la demanda de amparo se considera presentada dentro de plazo

puesto que el incidente de nulidad de actuaciones fue admitido a trámite y resuelto por

el órgano judicial.

Sala Primera. Sentencia 133/2007, de 4 de junio de 2007

Recurso de amparo 1790-2004. Promovido por Juan Montoya Montoya frente a

los Autos de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Murcia que declararon caducado su recurso en materia tributaria.

Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la

justicia): extinción del recurso constitucional de amparo por satisfacción

extraprocesal de la pretensión.

En un supuesto de inadmisión por extemporánea de una demanda (contencioso-

administrativa) presentada al día siguiente de la notificación de caducidad, carece de

sentido pronunciamiento alguno sobre el derecho de acceso del Tribunal, toda vez que

el propio órgano ha reparado la lesión impugnada. En efecto, se ha producido la

satisfacción extraprocesal de la pretensión, después de interponerse la demanda de

amparo, al haber declarado aquél la nulidad de actuaciones de las resoluciones

impugnadas, y haber admitido la inicial demanda. Tampoco cabe pronunciamiento

alguno sobre el posible defecto de motivación del Auto desestimatorio del recurso de

súplica, ello en razón de la misma pérdida de objeto sobrevenida después de la

interposición de la demanda de amparo, e incluso a pesar de la mera conveniencia por

parte del demandante de obtener un pronunciamiento del Tribunal sobre la vulneración

del art. 24.1 CE.

Sala Primera. Sentencia 134/2007, de 4 de junio de 2007

Recurso de amparo 5494-2004. Promovido por don Pascual Menéndez Llorente

frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que, en grado de

apelación, le condenó por delito contra la seguridad del tráfico.

Vulneración de los derechos a un proceso con garantías y a la presunción de

inocencia: condena pronunciada en apelación sin haber celebrado vista pública

(STC 167/2002); prueba alcoholimétrica.

El tribunal de apelación condenó al conductor, absuelto en la instancia, con fundamento

en una nueva valoración de pruebas testificales y de la declaración del acusado que no

se habían producido en su presencia, sino sólo ante el juzgado. Ello vulnera, en el

presente caso, no sólo el derecho a un proceso con todas las garantías, sino también el

derecho a la presunción de inocencia, pues si prescindimos de las pruebas de carácter

personal, la condena únicamente se sustentaría en la prueba alcoholimétrica que, como

ya ha dicho el Tribunal en anteriores ocasiones, sólo indica la presencia de una

determinada cantidad de alcohol en sangre, pero no demuestra que esta circunstancia

influya sobre la conducción, por lo que no se pueden acreditar todos los elementos del

delito por el que fue condenado, esto es, el delito contra la seguridad del tráfico

sancionado por el artículo 379 del Código penal.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Sala Segunda. Sentencia 135/2007, de 4 de junio de 2007

Recurso de amparo 6320-2004. Promovido por doña Dominga Suárez Álvarez y

otra frente a la Sentencia y Auto de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de

Justicia del País Vasco que desestimó su demanda contra Bridgestone Firestone

Hispania, S.A., sobre complemento de pensión de viudedad.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: incidente de nulidad de

actuaciones; sala que no corrige una incongruencia por haber solicitado la

nulidad en vez del complemento de pronunciamiento; sentencia de suplicación

que revoca el fallo de instancia y deja sin resolver las pretensiones subsidiarias.

En el caso de una demanda sobre complementos de una pensión de viudedad, debe

admitirse la existencia de una incongruencia omisiva cuando la Sentencia de suplicación

revoca el pronunciamiento de instancia, absolviendo a la empresa, pero sin pronunciarse

sobre las pretensiones subsidiarias de las viudas, las cuales tampoco se habían

examinado en la Sentencia de instancia. En ningún caso, puede afirmarse aquí que el

silencio judicial constituya una desestimación tácita de aquellas pretensiones.

Es una cuestión novedosa que la Sala hubiera desestimado el incidente de nulidad de

actuaciones por entender que ante una incongruencia omisiva manifiesta lo más correcto

era la vía del complemento de sentencias. El Tribunal considera que ese proceder no se

ajusta a Derecho, pero entra en el fondo tras razonar que el incidente no puede

calificarse aquí de manifiestamente improcedente ni de inútil desde la perspectiva del

recurso de amparo, pues ha salvaguardado su carácter subsidiario (STC 174/2004).

La condena en costas a las viudas en dicho incidente, aunque ellas alegan que son

beneficiarias de justicia gratuita, no incurre en error, arbitrariedad o irrazonabilidad,

pues la normativa procesal la prevé para el supuesto de desestimación y la normativa de

justicia gratuita no la excepciona expresamente.

Sala Primera. Sentencia 136/2007, de 4 de junio de 2007

Recurso de amparo 6716-2004. Promovido por doña Adelina Virginia Estada

Adiego frente a las Sentencias de la Audiencia Provincial y de un Juzgado de

Primera Instancia de Barcelona que desestimaron su demanda contra

Supermercados Champion, S.A., sobre indemnización de daños y perjuicios.

Vulneración del derecho a la prueba: sentencia de apelación civil que desestima

una demanda por prescripción, tras haber inadmitido unas pruebas sobre ese

extremo no practicadas en la instancia.

En el caso de una demanda de indemnización por daños y perjuicios, desestimada por

prescripción, la lesionada vio rechazada por la sala de apelación las pruebas periciales y

testifical propuestas, e incluso admitidas en la instancia, que entonces no pudieron

practicarse por causas no imputables a ella. La denegación por impertinencia de las

pruebas periciales, aunque motivada, incurre en irrazonabilidad, pues las mismas tratan

de aclarar el alcance y el momento en que las lesiones se conocieron y es la propia

Sentencia de apelación la que señala que el momento inicial del plazo no puede

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

177

establecerse en el momento del percance, sino en el momento en que pudo saberse

exactamente el alcance del daño al valorar las secuelas. Tampoco cabe duda alguna

sobre el efecto material de indefensión que tal denegación de pruebas provocó en la

lesionada pues eran decisivas para apreciar la prescripción de la acción, al situar el

inicio del conocimiento de las consecuencias lesivas del accidente en un momento muy

posterior a la fecha del accidente en las escaleras del supermercado.

Sala Primera. Sentencia 137/2007, de 4 de junio de 2007

Recurso de amparo 6894-2004. Promovido por don Francisco Javier Sánchez de

Dios frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra que, en

grado de apelación, le condenó por delito contra la propiedad intelectual.

Vulneración del derecho a la presunción de inocencia: condena penal fundada

en prueba indiciaria insuficiente sobre el plagio de una obra.

La condena en apelación del coordinador de una obra literaria como autor de un delito

contra la propiedad intelectual, a partir de una nueva valoración de los hechos

declarados probados en primera instancia, que no fueron modificados, y apoyándose en

pruebas de carácter documental, no vulnera su derecho a un proceso con todas las

garantías. Tales pruebas de cargo son, no obstante, de tipo indiciario, pues no hay

prueba directa que acredite que el acusado tenía conocimiento del plagio. A juicio del

Tribunal, la inferencia que sustenta la condena por parte de la Audiencia Provincial es

ilógica y no concluyente, pues del mero dato de que el condenado ejercía las funciones

de dirección y coordinación de la obra no cabe concluir que sabía del plagio cometido

por el colaborador condenado como coautor del delito. Tal inferencia vulnera el derecho

del coordinador de la obra a la presunción de inocencia, por lo que se otorga el amparo.

Sala Segunda. Sentencia 138/2007, de 4 de junio de 2007

Recurso de amparo 7026-2004. Promovido por don Jorge Federico Bayón

Velázquez respecto a la Sentencia y el Auto de la Audiencia Provincial de

Valencia que desestimó su recurso de apelación contra su condena por delito de

amenazas condicionales.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: sentencia de apelación

penal que deja sin resolver los dos motivos subsidiarios del recurso y otras

peticiones sobre prueba y vista.

La Sentencia dictada por Sección de Valencia desestimó el primero de los tres motivos

del recurso de apelación presentado por el condenado en la instancia, dejando sin

contestar los dos siguientes, por lo que vulnera su derecho a la tutela judicial efectiva en

su vertiente de derecho a una sentencia congruente con las pretensiones debidamente

formuladas. Tampoco recibieron contestación las peticiones de práctica de la prueba y

celebración de vista, contenidas en el primer otrosí digo del recurso de apelación. La

incongruencia omisiva en que incurre la Sentencia impugnada debió ser corregida a

través del incidente de nulidad de actuaciones, por lo que el Auto que lo inadmitió

también lesiona el mismo derecho fundamental. Por todo ello se concede el amparo y se

anulan las resoluciones impugnadas.

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Sala Primera. Sentencia 139/2007, de 4 de junio de 2007

Recurso de amparo 7172-2004. Promovido por don Joaquín Prieto Pérez y otras

respecto a las Sentencias de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo y de la

Audiencia Provincial de Madrid que desestimaron su demanda contra

Radiotelevisión Española y otros sobre una emisión del programa "¿Quién sabe

dónde?".

Vulneración del derecho al honor: programa de televisión donde se vierten

acusaciones de asesinato que no está protegido por la libertad de información

de las entrevistadas ni es un reportaje neutral.

Verter en un programa televisivo graves acusaciones sobre la desaparición de una mujer

separada, que apuntan a su marido, no está amparado el derecho a la libertad de

información cuando no es veraz ni producto de un reportaje neutral (SSTC 6/1988,

28/1996), en cuyo caso prevalece el derecho al honor del marido y sus hijas en conflicto

con aquel.

En primer lugar, la Sentencia declara que resulta de aplicación el derecho a la libertad

de información, y no la libertad de expresión: tanto las expresiones vertidas por las

hermanas de la desaparecida, como incluso el apelativo “asesino” empleado por una de

ellas, deben considerarse dirigidos a difundir hechos noticiables y que se pretendían

ciertos por la informante. En segundo lugar, si bien el reportaje trata de difundir

información sobre un hecho noticiable, habida cuenta de la pública notoriedad de la

desaparición, objeto de una investigación policial y judicial de trascendencia social, el

Tribunal razona que dichas manifestaciones no se limitaron a narrar los hechos de

veracidad comprobada, sino valoraciones o sospechas subjetivas sesgadas, aun sabiendo

que las investigaciones habían sido repetidamente archivadas, por lo que no estaban

protegidas de acuerdo con la doctrina constitucional (SSTC 51/1997 y 19/1996).

Finalmente, en cuanto a la actitud del informador y conductor del programa, emitido por

la televisión y en hora punta, no cumple los requisitos establecidos por la doctrina

constitucional para calificarlo como neutral (SSTC 76/2002 y 54/2004).

Sala Segunda. Sentencia 140/2007, de 4 de junio de 2007

Recurso de amparo 4603-2006. Promovido por don Salvador Alfonso Escrivá

respecto a los Auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que acuerdan

su extradición a Perú para cumplir pena en la prisión de Lurigancho.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en relación con la

integridad personal: extradición pasiva sin indagar ni motivar sobre las

alegaciones de que el reclamado será sometido a tratos inhumanos o

degradantes en la cárcel (STC 181/2004).

De acuerdo con la doctrina fijada por el Tribunal en su Sentencia 181/2004, si el

reclamado en un proceso de extradición pasiva aporta elementos que puedan indicar la

existencia de circunstancias determinantes de la denegación de la extradición, tales

como el riesgo de padecer un trato inhumano o degradante, se refuerza la obligación del

órgano judicial de verificar la concurrencia o no de tales circunstancias. Asimismo ha

dicho el Tribunal que esa obligación se va tornando más acusada en función de la mayor

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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trascendencia de los derechos en juego, reforzándose de este modo el canon de

motivación de la resolución en la que se resuelva la solicitud de extradición pasiva. En

el presente caso, y alegados por el reclamado los riesgos inherentes a cumplir su pena

privativa de libertad en una prisión peruana, especialmente la de Lurigancho, la

resolución de la Audiencia Nacional contiene una motivación de índole normativo-

jurídica, que no atiende a las circunstancias que rodeaban la situación del reclamado y a

las concretas alegaciones formuladas, por lo que vulneran su derecho a la tutela judicial

efectiva en relación con el derecho a no ser sometido a tratos inhumanos o degradantes,

y en consecuencia se le otorga el amparo.

Sala Primera. Sentencia 141/2007, de 18 de junio de 2007

Recurso de amparo 4142-2001. Promovido por don José Toledo Sobrón y otro

frente a los Acuerdos de la Mesa del Parlamento de La Rioja relacionados con la

disolución del grupo parlamentario del Partido Riojano.

Vulneración del derecho al ejercicio del cargo parlamentario: aplicación no

discriminatoria pero inmediata de una reforma del reglamento parlamentario,

sin disposiciones transitorias, que eleva el umbral de diputados requerido para

constituir grupo propio.

La eficacia inmediata, una vez iniciada una legislatura, del nuevo Reglamento del

Parlamento de La Rioja, ha provocado la privación de derechos básicos de la función

representativa que ya tenía consolidados el extinto grupo parlamentario del Partido

Riojano. En concreto, respecto de los tiempos de intervención en los debates, la

aplicación del nuevo Reglamento ha provocado una merma en los derechos de los

miembros del grupo del Partido Riojano, pues ahora como parlamentarios individuales

integrados en el grupo mixto disponen de menos tiempo para la defensa de sus intereses.

No vulnera, sin embargo, el art. 23.2 CE la menor cuantía de las subvenciones

correspondientes al grupo mixto, pues no afectan al núcleo esencial de las funciones

representativas. Por lo demás, no se aprecia ninguna restricción de las facultades que

integran el ius in officium. A pesar de la capacidad autoorganizativa reconocida a las

Cámaras parlamentarias por parte de la Constitución, los acuerdos que aplican el nuevo

Reglamento no pueden perturbar ni obstaculizar las condiciones del cargo público que

ostentaban los parlamentarios recurrentes, en especial derechos sobre su participación

en los debates públicos. Fallo meramente declarativo a consecuencia del fin de la

legislatura en la que se adoptaron los acuerdos objeto del recurso.

Sala Primera. Sentencia 142/2007, de 18 de junio de 2007

Recurso de amparo 2325-2003. Promovido por don Jesús Víctor Capilla García

frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que, en grado de

apelación, le condenó por un delito contra la hacienda pública.

Vulneración del derecho a un proceso con garantías: condena pronunciada en

apelación, tras haber celebrado vista pública sin practicar las pruebas

testificales de cargo (STC 167/2002).

El tribunal de apelación condenó al administrador de la sociedad, absuelto en la

instancia, con fundamento en una nueva valoración de pruebas testificales (sobre el

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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pago a sus trabajadores de cantidades no declaradas al fisco) que no se habían producido

en su presencia, sino sólo ante el juzgado: aunque se celebró vista pública ante la

Audiencia, en ella sólo declaró el acusado, no los testigos. Sin embargo, como existió

otra actividad probatoria, incluyendo el interrogatorio del propio recurrente en la vista

oral celebrada en la segunda instancia, y sobre cuya virtualidad como prueba de cargo

nada tiene que decir este Tribunal, no se declara vulnerado el derecho a la presunción de

inocencia y se retrotraen las actuaciones.

Sala Primera. Sentencia 143/2007, de 18 de junio de 2007

Recurso de amparo 7530-2003. Promovido por don Bernardino Borrajo Delgado

y otra frente a la Sentencia y Auto de nulidad de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo de la Audiencia Nacional que desestimó su demanda sobre

liquidación tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas de 1988.

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: STC 166/2006.

Se trata del mismo asunto resuelto en las Sentencias 166/2006 y 6/2007, solo que

referido a distintos ejercicios tributarios. La Sentencia reitera ampliamente lo dicho en

tales resoluciones.

Sala Primera. Sentencia 144/2007, de 18 de junio de 2007

Recurso de amparo 3877-2004. Promovido por la entidad mercantil Edificios

Mariner, S.A., frente a la Sentencia y el Auto de complemento de la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Valencia que

desestimaron su demanda sobre liquidación del impuesto sobre el valor añadido.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (incongruencia): incidente

de nulidad de actuaciones y complemento de sentencia; sentencia contencioso-

administrativa motivada, pero que deja sin resolver una alegación sustancial

sobre sectores de actividad diferenciados.

La motivación por remisión realizada por la Sala de Valencia para apreciar el carácter

habitual en la operación de venta de 23 viviendas realizada a lo largo de tres meses del

ejercicio 1996 y, por tanto, excluir la aplicación del art. 104.3.4 LIVA, permite conocer

con suficiente grado de precisión la ratio decidendi del fallo: la desestimación de la

pretensión anulatoria de las liquidaciones de IVA de los ejercicios 1996 y 1997 ha

obtenido una respuesta fundada en Derecho aunque la Sala emplee la fórmula de hacer

suyos en su integridad los razonamientos del Abogado del Estado (quien, a su vez,

reprodujo las razones del Tribunal Económico-Administrativo).

Solución distinta merece la incongruencia ex silentio de la Sentencia, así como el

posterior Auto de la Sala que no complementó su fallo, pues ambas resoluciones

dejaron imprejuzgada una alegación sustancial, planteada tanto en la demanda como,

luego, en el escrito de conclusiones: la existencia de dos sectores diferenciados de

actividad a los que debía aplicarse independientemente el régimen de deducción del

IVA. Su apreciación hubiese determinado una reducción significativa del IVA

soportado.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Finalmente, desde la perspectiva de la subsidiariedad del amparo, que la Sala

respondiese al incidente de complemento de sentencia (art. 215 LEC) mediante una

resolución que la entidad mercantil consideraba, a su vez, incongruente no debe

conducir a la inadmisión del amparo por falta de agotamiento de la vía judicial. Ello es

así porque resulta razonable que la sociedad albergara fundadas dudas respecto a los

remedios procesales a los que acudir y decidiera no utilizarlos ante el riesgo de incurrir

en extemporaneidad.

Sala Primera. Sentencia 145/2007, de 18 de junio de 2007

Recurso de amparo 4420-2004. Promovido por don Manuel de Cristóbal López

frente a los Acuerdos de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid y de un Juzgado de Primera Instancia de Madrid que le impusieron una

corrección disciplinaria de multa por falta de respeto en litigio civil.

Vulneración del derecho a la libertad de expresión en el ejercicio de la defensa

letrada: corrección procesal a un abogado por las críticas vertidas en un escrito

forense sobre el reparto de asuntos y su despacho ordinario que no incurren en

insultos ni descalificaciones personales (STC 157/1996).

La corrección disciplinaria que se impone a un Abogado vulneró su derecho

fundamental porque las expresiones utilizadas en su escrito de personación no resultan

injuriosas o insultantes para el titular de la potestad jurisdiccional. En efecto, no se

consideran como tales las utilizadas usualmente en los escritos forenses, como es el

caso, en el que se solicitó la suspensión del procedimiento y/o la inhibición a favor de

otro Juzgado, a efectos de turnar correctamente nueva demanda sin ningún tipo de dudas

o suspicacias, a la vista de la sospechosa celeridad (admisión a trámite el mismo día de

su presentación y traslado en tres días) con que se había tramitado el asunto contra su

defendido, instado por funcionarias de la Administración de Justicia de otro Juzgado del

mismo edificio.

Sala Segunda. Sentencia 146/2007, de 18 de junio de 2007

Recurso de amparo 4947-2004. Promovido por don Celestino Ramos Álvarez

frente a la providencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que denegó

autorización para formalizar recurso de revisión de su condena por un delito de

robo con intimidación.

Vulneración del derecho a la asistencia letrada: irregularidad en la forma de la

resolución judicial; archivo de plano de una solicitud de revisión de condena

penal sin resolver la solicitud de nombramiento de Procurador y Abogado de

oficio.

El Tribunal Supremo archivó de plano la solicitud de un condenado, interno en un

centro penitenciario y que carecía de conocimientos jurídicos, de que se le designase

abogado y procurador de oficio para promover recurso extraordinario de revisión; y lo

hizo argumentando que en el escrito remitido no podía apreciarse la concurrencia de

ninguno de los supuestos que permiten la interposición de tal recurso. Considera el

Tribunal que, con independencia de que concurran o no tales requisitos, al condenado

no puede privársele de su derecho a la asistencia letrada, y menos cuando lo que está en

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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juego es su derecho al recurso en el ámbito penal. Para restablecerle en su derecho

ordena retrotraer las actuaciones hasta el momento oportuno para que el Tribunal

Supremo resuelva sobre la solicitud de nombramiento de abogado y procurador, lo que

hace innecesario el análisis de las demás quejas planteadas.

Sala Primera. Sentencia 147/2007, de 18 de junio de 2007

Recurso de amparo 5540-2004. Promovido por doña Francisca Puga Fernández

respecto a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, que desestimó su

demanda sobre situación administrativa de una auxiliar de clínica.

Supuesta vulneración del derecho a la igualdad en la aplicación de la ley:

sentencia contencioso-administrativa que no resuelve un caso idéntico y cuyo

criterio es general y ha sido seguido en fallos posteriores.

La sentencia de contraste aportada por la auxiliar de clínica que solicitó ante la

Conserjería de Gobernación su nombramiento como funcionaria al servicio de la Junta

de Andalucía y su clasificación dentro del grupo D, nivel 14, carece de la identidad e

idoneidad necesaria para probar una infracción constitucional. La empleada no optó por

formar parte del régimen estatutario del personal al servicio del SAS ni fue nombrada

funcionaria de la Junta de Andalucía ni clasificada en ningún grupo o nivel funcionarial.

Ante esta situación la Sala, de igual modo que en sentencias posteriores, desestimó su

demanda porque su titulación (certificado escolar) le impide quedar adscrita a un cuerpo

de superior categoría; a lo que añade que se han respetado sus derechos retributivos.

Este elemento de hecho, titulación, impide apreciar la identidad con la sentencia de

contraste.

En otro orden de cosas, se rechaza la falta de agotamiento de la vía judicial previa

porque la Sentencia impugnada resuelve un recurso en materia de personal, que no

afecta al nacimiento o a la extinción de la relación de servicio de funcionarios de

carrera, excluido ex art. 96.4 LJCA del recurso de casación para la unificación de

doctrina.

Sala Primera. Sentencia 148/2007, de 18 de junio de 2007

Recurso de amparo 7545-2004. Promovido por don Francisco Javier Jover

Estruch frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Valencia que inadmitió su demanda contra el

Ayuntamiento de Torrent sobre responsabilidad patrimonial.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia):

inadmisión de demanda contencioso-administrativa por extemporánea, que

impide la asistencia jurídica gratuita (STC 219/2003).

Inadmitir un recurso contencioso-administrativo, sin hacer mención a la circunstancia

de que se había solicitado y obtenido el derecho a la asistencia jurídica gratuita para

litigar dentro del plazo legal de dos meses para accionar, incurre en un defecto de

motivación de relevancia constitucional. Así lo evidencia la argumentación de la

sentencia de la Sala de Valencia, limitándose a verificar el transcurso del plazo legal de

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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dos meses desde la notificación del Acuerdo de la Comisión de Gobierno del

Ayuntamiento que denegó la reclamación de responsabilidad patrimonial, y omitiendo

cualquier valoración sobre la influencia en dicho cómputo de las designaciones de

oficio.

La actuación bajo la asistencia de dichos profesionales se deduce del encabezamiento

del propio escrito de interposición del recurso (al que se acompañó copia de la

designación de la Procuradora), y del escrito de contestación a la demanda del

Ayuntamiento al proponer como prueba documental que se acreditara la fecha de la

notificación de la designación del abogado que resultó denegada. En definitiva, la

omisión de cualquier consideración sobre la interpretación y aplicación del art. 16

LAJG ha impedido el acceso a una primera resolución judicial sobre el fondo de la

pretensión.

Sala Segunda. Sentencia 149/2007, de 18 de junio de 2007

Recurso de amparo 22-2005. Promovido por don Waheed Koshagi Kelani frente

a los Autos de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que acordaron su

prisión provisional en causa por delito de pertenencia a organización terrorista.

Supuesta vulneración del derecho a la libertad personal: prisión provisional,

ante la proximidad del juicio oral, suficientemente motivada (STC 35/2007).

Sala Segunda. Sentencia 150/2007, de 18 de junio de 2007

Recurso de amparo 23-2005. Promovido por don Ahmad Koshagi Kelani frente

a los Autos de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que acordaron su

prisión provisional en causa por delito de pertenencia a organización terrorista.

Supuesta vulneración del derecho a la libertad personal: prisión provisional,

ante la proximidad del juicio oral, suficientemente motivada (STC 35/2007).

Sala Segunda. Sentencia 151/2007, de 18 de junio de 2007

Recurso de amparo 281-2005. Promovido por don Ghasoub Al-Abrash

Ghalyoun frente a los Autos de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que

acordaron su prisión provisional en causa por delito de pertenencia a

organización terrorista.

Supuesta vulneración del derecho a la libertad personal: prisión provisional,

ante la proximidad del juicio oral, suficientemente motivada (STC 35/2007).

Sala Segunda. Sentencia 152/2007, de 18 de junio de 2007

Recurso de amparo 343-2005. Promovido por don Taysir Alony Kate frente a los

Autos de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que acordaron su prisión

provisional en causa por delito de pertenencia a organización terrorista.

Supuesta vulneración del derecho a la libertad personal: prisión provisional,

ante la proximidad del juicio oral, suficientemente motivada (STC 35/2007).

Sala Segunda. Sentencia 153/2007, de 18 de junio de 2007

Recurso de amparo 423-2005. Promovido por el sindicato Confederación

General del Trabajo respecto a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (sede de

Valladolid) que inadmitió su demanda contra la Junta de Castilla y León sobre

provisión mediante concurso de plazas de medio ambiente.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia):

inadmisión de recurso contencioso-administrativo por falta de legitimación del

sindicato, ignorando su legítimo interés profesional o económico (STC

101/1996).

Sala Segunda. Sentencia 154/2007, de 18 de junio de 2007

Recurso de amparo 7634-2006. Promovido por doña Elisée Marie Louise

Bouchard contra los Autos de un Juzgado de Primera Instancia de Valencia que

denegaron la nulidad de actuaciones del juicio sobre resolución de contrato de

arrendamiento de vivienda.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: desestimación de un

incidente de nulidad de actuaciones en pleito civil seguido inaudita parte por

haber formulado otra solicitud en la primera comparecencia judicial.

Sala Segunda. Sentencia 155/2007, de 2 de julio de 2007

Recurso de amparo 4590-2003. Promovido por don Alejandro José Zapata

Palacios frente a los Autos de un Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de

Barcelona que desestimaron su recurso sobre sanción disciplinaria por resistirse

a entrar en su galería.

Vulneración parcial del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso al recurso

legal y motivación): indicación de recursos (STC 167/2003); resoluciones

judiciales estereotipadas.

Las decisiones judiciales estereotipadas del JVP no ofrecen una respuesta motivada al

guardar completo silencio sobre las quejas expuestas tanto en alzada como,

posteriormente, en reforma por el interno: posibilidad de asesoramiento durante la

tramitación del expediente penitenciario en el que fue sancionado con seis días de

aislamiento en celda por resistirse a entrar en su galería, y denegación de que se

adjuntara al expediente una instancia en la que expresaba las razones por las que no

procedía el cambio.

De este modo, tanto en alzada como en reforma, en el que se añadió la falta de

motivación, el preso reiteró la vulneración de su derecho defensa y a utilizar los medios

de prueba pertinentes. Derechos fundamentales sobre cuya eventual lesión el órgano

judicial respondió con un genérico y abstracto razonamiento sobre los hechos y su

calificación jurídica como muy grave que resulta incompatible con el derecho a la tutela

judicial efectiva cuya reparación exige la retroacción de actuaciones.

De otro lado, el auto del JVP indicando que su decisión denegatoria del recurso de

alzada es firme e irrecurrible contiene una interpretación de la disposición adicional

quinta, apartado tercero, de la LOPJ, carente de relevancia constitucional. Ello es así por

cuanto sólo a la jurisdicción ordinaria incumbe efectuar dicha interpretación, salvo que

incurriera en arbitrariedad o irrazonabilidad. No obstante, desestimada la reforma, el

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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interno, obviando el tenor de la resolución, pudo intentar plantear la apelación pues las

competencias de ésta quedaban intactas pese a la indicación limitativa de la resolución.

Sala Segunda. Sentencia 156/2007, de 2 de julio de 2007

Recurso de amparo 3128-2004. Promovido por don Manuel Constantino Cives

Tomé respecto a las Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y de

la Audiencia Provincial de A Coruña que le condenaron por delitos de

homicidio, profanación de cadáver y otros.

Supuesta vulneración del derecho al juez legal y vulneración del derecho al juez

imparcial: causa penal que por razones de conexión no es competencia del

tribunal del jurado; sala de enjuiciamiento formada por un magistrado que

había confirmado el procesamiento del reo, mediante auto que prejuzgaba su

culpabilidad.

La atribución de la competencia para el enjuiciamiento a la Audiencia Provincial frente

al Tribunal del Jurado no merece reproche constitucional porque la variedad y la

complejidad de las ilícitos imputados justifican su exclusión del ámbito del Jurado,

como profusamente razonó tanto la Audiencia Provincial como el Tribunal Supremo.

Respecto a la resolución inaudita parte del recurso de queja formulado por el ministerio

fiscal, pese a su preceptividad, no ha producido indefensión material al exponer el

letrado del imputado sus argumentos al respecto en las siguientes actuaciones forenses:

a) comparecencia ante el juzgado de instrucción, b) intervenciones previas al juicio oral,

en las que manifestó su indiferencia por el cauce procesal a seguir.

De otro lado, se acoge la tacha de imparcialidad objetiva por la doble intervención del

mismo magistrado en la resolución del recurso de apelación contra el auto de

procesamiento, en calidad de ponente, y como Ponente en la sentencia condenatoria. La

exteriorización de elementos tales como la participación de los acusados y la concreción

del modo en que se desarrolló su intervención en los hechos revelan un

pronunciamiento anticipado sobre su responsabilidad penal que va más allá de la

atribución formal y provisional de criminalidad del auto de procesamiento.

Procesalmente, debe señalarse que la circunstancia de que este condenado no formulara

recusación no empiece el análisis de fondo de la queja al haberse formulado recusación

por otro de los coimputados con resultado desestimatorio.

Finalmente, aunque es la primera queja en el orden de análisis y se descarta por carencia

de fundamento, nuestro Tribunal señala que el hecho de que los tres imputados en sus

declaraciones ante la policía y ante el juzgado de instrucción contaran con el mismo

letrado no evidencia la existencia de intereses contrapuestos –que no se explicitan- que

hubieran justificado defensas independientes.

Sala Segunda. Sentencia 157/2007, de 2 de julio de 2007

Recurso de amparo 4059-2004. Promovido por don Juan Antonio Casado

Garrido frente a la Sentencia de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo

de Granada que desestimó su demanda contra el Ayuntamiento de Granada sobre

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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providencia de apremio derivada de sanción de tráfico.

Vulneración del derecho de defensa en el procedimiento administrativo

sancionador: emplazamiento edictal de la empresa titular del vehículo infractor

(STC 54/2003).

Emplazamiento edictal de una sanción de tráfico que imposibilita el ejercicio del

derecho a ser informado de la acusación, originando un procedimiento administrativo

sancionador sin contradicción.

Consta en las actuaciones que el requerimiento efectuado por el Ayuntamiento de

Granada para identificar al conductor infractor, la incoación del expediente

administrativo sancionador, y la sanción de tráfico impuesta se intentaron notificar en el

antiguo domicilio, que era el que constaba en el registro de conductores e infractores,

realizándose las sucesivas notificaciones por edictos. Sin embargo, consta también en el

padrón municipal el cambio de domicilio del sancionado un año y medio antes del

primer intento de notificación. Por tanto, la notificación de la providencia de apremio en

su actual domicilio determina el momento en el que el sancionado tuvo conocimiento de

la existencia del expediente administrativo sancionador. En base a lo expuesto nuestro

Tribunal señala, por un lado, la necesidad de que la Administración consulte el padrón

como exigencia previa al emplazamiento edictal, y, de otro lado, declara que el

Ayuntamiento no actuó con la diligencia que le era exigible incoando inaudita parte un

expediente sancionador carente de contradicción. Así pues, la relevancia constitucional

de la ausencia de emplazamiento personal deviene de la privación de toda posibilidad de

defensa durante la tramitación del procedimiento administrativo sancionador (STC

291/2000).

Sala Primera. Sentencia 158/2007, de 2 de julio de 2007

Recurso de amparo 6223-2004. Interpuesto por don Ángel Ramírez Notario

respecto a la Sentencia y al Auto de nulidad de un Juzgado de lo Social de

Barcelona que fallaron un pleito por incumplimiento de la obligación de cotizar.

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: emplazamiento

edictal sin agotar los medios de comunicación efectiva con uno de los

demandados, quien no actuó con negligencia.

Cuando un órgano judicial no agota previamente los medios que tiene a su alcance para

realizar adecuadamente la notificación de un procedimiento, la tramitación del mismo

inaudita parte provoca la indefensión del sujeto ejecutado, incluso si el empleador no

actuó, como en este caso, con la diligencia suficiente que le era exigible para posibilitar

su localización una vez cesada su actividad empresarial.

En un litigo sobre incumplimiento de la obligación de cotizar, se intentó la notificación

por dos veces en el domicilio de la actividad empresarial donde el solicitante de

incapacidad permanente prestó sus servicios. El INSS y la TGSS solicitaron su

emplazamiento edictal ante el resultado negativo. El órgano judicial acordó dicho

emplazamiento sin desarrollar ninguna actuación tendente a la averiguación de su

domicilio, labores que posteriormente sí realizó a través del padrón municipal cuando se

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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trató de notificarle el acuerdo de embargo de bienes.

Sala Segunda. Sentencia 159/2007, de 2 de julio de 2007

Recurso de amparo 6465-2004. Promovido por Triturados Reylo, S.A., frente a

las resoluciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Murcia que no admitieron su escrito de demanda en

litigio con la Región de Murcia por sanción de prevención de riesgos laborales.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia):

inadmisión de demanda contencioso-administrativa por extemporánea,

presentada en la mañana siguiente al día en que fue notificada la caducidad del

recurso, a tenor de la nueva Ley de enjuiciamiento civil (STC 64/2005).

Las decisiones judiciales de la Sala que inadmitieron, por extemporánea, una demanda

presentada en procedimiento contencioso-administrativo antes de las quince horas del

día siguiente hábil al de la notificación de los autos de caducidad (ex art. 52.2 LJCA y

135.1 LEC) contienen una interpretación vedada en materia de acceso a la jurisdicción.

Como recientemente reiteró la STC 130/2007, esta interpretación ignora el principio pro

actione, y priva a la mercantil del derecho a disponer íntegramente del plazo legalmente

establecido (24.1 CE). A esta conclusión llega nuestro Tribunal al señalar que la

afirmación de las resoluciones judiciales declarando que la LJCA contiene una

regulación específica y completa de la materia que veda la aplicación supletoria del art.

135.1 LEC, no ofrece respuesta a la cuestión capital de “cómo” y “dónde” la mercantil

debería haber presentado la demanda fuera del horario ordinario en el que permanece

abierto el Registro para preservar su derecho a disponer del plazo en su integridad. Por

tanto, la presentación en el Registro General de la propia Sala antes de las quince horas

del día siguiente al de notificación del auto de caducidad debió de admitirse a trámite.

Sala Primera. Sentencia 160/2007, de 2 de julio de 2007

Recurso de amparo 7142-2004. Promovido por doña Carmen Moyano Ayuso

frente a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid que, en grado de suplicación, desestimó su demanda contra el Instituto

Madrileño de Salud sobre tutela de derechos fundamentales.

Vulneración del derecho a la integridad física: orden de reincorporación a

puesto de trabajo bajo la dirección inmediata de un jefe sujeto a procedimientos

penales y disciplinarios por denuncia de la funcionaria afectada que causa un

grave riesgo a su salud (STC 62/2007). Voto particular.

Dentro del derecho a la integridad física deben encuadrarse aquellos supuestos de riesgo

para la salud, siempre que se acredite la relación de causalidad entre unos antecedentes

y un cuadro psicopatológico concretos, y con ello, la previsibilidad del riesgo (STC

62/2007).

Obligar a una trabajadora con depresión a trabajar bajo las órdenes de la persona a la

que en su día denunció constituye un riesgo para la salud que no cabe negar bajo el

pretexto de que aún no ha tenido lugar hostilidad alguna. En estos casos no se puede

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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prescindir de valorar el daño constatado y la relación de causalidad a la que los informes

médicos aludían entre los hechos previos y el estado patológico, junto a la

contraindicación del traslado a su puesto de origen.

Para el voto particular discrepante el supuesto de riesgo para la salud no debe

incardinarse dentro del derecho a la integridad física del artículo 15 CE, sino del

derecho a la protección de la salud del artículo 43.1 CE.

Sala Segunda. Sentencia 161/2007, de 2 de julio de 2007

Recurso de amparo 182-2005. Promovido por don Juan Carlos Belinchón

Villalba frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Madrid que desestimó su demanda contra el

Ministerio de Defensa sobre convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a

la escala de oficiales de la Guardia Civil.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (sentencia fundada en

Derecho): sentencia contencioso-administrativa que confunde el acto

administrativo impugnado de 2000 con otro de 1997, aportado como contraste.

La confusión por parte de la sentencia de la Sala entre la resolución impugnada que

regulaba la convocatoria para la promoción interna de plazas en la escala superior de la

Guardia Civil, y la convocatoria aportada de contraste, incurre en error patente al

sustentarse la desestimación judicial del recurso sobre los presupuestos fácticos de la

segunda.

La Sala desestimó el recurso argumentando que el requisito reglamentario de titulación

exigido para participar en el proceso de selección quedaba cumplido al preverlo la

convocatoria impugnada. Sin embargo, de su lectura se deduce que la argumentación

sobre la que sustenta la decisión denegatoria no se corresponde con el punctum litis sino

que por error se apoya en la convocatoria de contraste. Fácticamente el error se

patentiza en el número de plazas convocadas con el que órgano judicial yerra

nuevamente: 140 en la resolución enjuiciada, y 145 en la convocatoria de contraste.

Procesalmente importa destacar que el recurso de aclaración planteado para advertir al

órgano judicial del contenido erróneo de la respuesta judicial, confusión entre las

convocatorias, no es improcedente, por lo que la demanda es tempestiva.

Sala Primera. Sentencia 162/2007, de 2 de julio de 2007

Recurso de amparo 752-2005. Promovido por don Juan Manuel Martín Espinosa

frente a la Sentencia y al Auto de nulidad de un Juzgado de lo Social de Murcia

en litigio por despido.

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: emplazamiento

edictal sin agotar los medios de comunicación efectiva con uno de los

demandados, quien no actuó con negligencia.

Cuando un órgano judicial no agota previamente los medios que tiene a su alcance para

realizar adecuadamente la notificación de un procedimiento, la tramitación del mismo

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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inaudita parte provoca la indefensión del sujeto (ejecutado), constitutiva de la

vulneración del artículo 24.1 CE, siempre que no se pruebe la falta de diligencia del que

denuncia la indefensión. Doctrina reiterada sobre la indefensión producida por la falta

de diligencia en los actos de comunicación (STC 293/2005).

En un litigio sobre despido, después de intentar por tres veces, sin éxito, la notificación

del procedimiento en el domicilio indicado en la demanda, se citó al empleador

mediante edictos. Al tramitarse el procedimiento inaudita parte, se le tuvo por confeso

(según el art. 91.2 LPL), y se declaró el despido improcedente. La sentencia también se

le notificó por edictos pero no así el despacho de ejecución, donde el Juzgado sí

desplegó la diligencia que le hubiera correspondido antes, dirigiéndose simplemente a

otra dirección que constaba en los recibos de salarios aportados por el trabajador.

Sala Primera. Sentencia 163/2007, de 2 de julio de 2007

Recurso de amparo 1356-2005. Promovido por don José María Tejeiro López

respecto a la Sentencia y al Auto de nulidad de un Juzgado de Primera Instancia

de Guadalajara en pleito por defectos de construcción en una vivienda.

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: emplazamiento

edictal de un profesional colegiado sin agotar los medios de comunicación

efectiva.

De acuerdo con la doctrina fijada por la STC 126/1999, cuando un profesional es

demandado por una actividad que exige la colegiación, antes de acudir al

emplazamiento por edictos, habrá que dirigirse al colegio oficial correspondiente para

averiguar su domicilio.

En el presente supuesto no se hizo así, siendo el aparejador juzgado y condenado en

rebeldía. Sólo en fase de ejecución se dirigió el órgano judicial al colegio profesional,

quien le facilitó la información sobre su domicilio, notificándosele personalmente el

Auto por el que se despachaba la ejecución de la sentencia.

Esta falta de diligencia del órgano judicial vulnera el derecho del profesional condenado

a la tutela judicial efectiva. Tanto la anulación como la retroacción de actuaciones, se

ordena exclusivamente en lo que se refiere al profesional ahora demandante de amparo.

Sala Primera. Sentencia 164/2007, de 2 de julio de 2007

Recurso de amparo 3872-2005. Promovido por don Domingo Santacruz del

Valle respecto a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Ávila que, en grado

de apelación, le condenó por un delito contra la seguridad del tráfico.

Vulneración de los derechos a un proceso con garantías y a la presunción de

inocencia: condena pronunciada en apelación sin haber celebrado vista pública

(STC 167/2002).

Para valorar en apelación la credibilidad de un testimonio se precisa siempre la garantía

de inmediación y contradicción, so pena de vulnerar el derecho a un proceso con todas

las garantías y el derecho a la presunción de inocencia cuando dicha prueba es la única

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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utilizada para revocar un pronunciamiento de absolución. Doctrina reiterada sobre las

exigencias constitucionales en materia probatoria en segunda instancia (STC 167/2002).

El condenado en apelación por un delito contra la seguridad del tráfico había sido

absuelto en primera instancia por no considerar suficientemente acreditado, tras la

valoración de los testimonios, que fuese él quien conducía el vehículo. La Audiencia

provincial modificó el relato de hechos otorgando mayor credibilidad a lo manifestado

por el acusado y los testigos en los atestados de los agentes de la guardia civil sin un

previo examen directo y personal de aquellos.

Sala Primera. Sentencia 165/2007, de 2 de julio de 2007

Recurso de amparo 4796-2006. Promovido por doña Loreto Pizarro Gómez

frente al Auto de un Juzgado de Instrucción de Sevilla que denegó la incoación

de un habeas corpus respecto a la duración de su detención en comisaría en

diligencias por resistencia y desobediencia.

Vulneración del derecho a la libertad personal: detención preventiva que duró

más del tiempo estrictamente necesario, e inadmisión a trámite de una petición

de habeas corpus por razones de fondo (STC 86/1996).

Denegado de plano el habeas corpus solicitado por el abogado en nombre de la

detenida, ésta permaneció en la comisaría de policía pese a que la práctica de todas las

diligencias integrantes del atestado policial ya habían concluido. No se corresponde con

la realidad el auto de inadmisión a limine del habeas corpus alegando que quedaban

diligencias pendientes, ni tampoco justifica la prolongación de la detención el hecho de

que sólo se realice una conducción de detenidos al día al juzgado de guardia. Ello es así

por cuanto el Protocolo de colaboración entre éstos y la policía no excluye la

presentación de un detenido en hora distinta a la que se realiza dicha conducción -9,30

horas-.

De otro lado, resulta improcedente la inadmisión fundada en la afirmación de que la

justiciable no se encontraba ilícitamente detenida pues elude el juicio de fondo sobre las

circunstancias de la detención que habrán de ventilarse en la audiencia. En este sentido,

se reprocha al juez de guardia no haber tomado en consideración el parte médico en el

que se manifestaba que las lesiones que presentaba la detenida se habían producido por

una agresión policial, con independencia de su verosimilitud. Por último, se reitera que

la ausencia de motivación en la decisión de inadmisión es irrelevante por cuanto el

derecho que realmente se desatiende es el derecho a la libertad personal vulnerado por

la inadmisión liminar.

Pleno. Sentencia 166/2007, de 4 de julio de 2007

Cuestión de inconstitucionalidad 1780-1999. Planteada por el Juzgado de

Primera Instancia núm. 46 de Madrid respecto del párrafo segundo del artículo

150 del texto refundido de la Ley de propiedad intelectual de 1996, en la

numeración de la Ley 5/1998, de 6 de marzo, sobre la legitimación de las

entidades de gestión de derechos.

Potestad legislativa: cuestión de inconstitucionalidad, acerca de una

refundición legislativa viciada de ultra vires, inviable.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Sala Segunda. Sentencia 167/2007, de 18 de julio de 2007

Recurso de amparo electoral 5922-2007. Promovido por doña María Francisca

Jiménez Ramírez frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en

Sevilla, que desestimó su demanda sobre proclamación de candidatos electos a

concejales del Ayuntamiento de Zahara de la Sierra (Cádiz).

Supuesta vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos: voto

en elecciones locales mediante papeletas con alteraciones (STC 156/1991).

No puede considerarse una interpretación excesivamente formalista del art. 96.2

LOREG el hecho de que la Administración electoral entendiera nulo el voto en cuya

papeleta aparecía manuscrita la frase “Zapatero, multiplícate por cero Shin Chan”. En

atención a la exigencia del principio de inalterabilidad de las listas electorales que

establece dicho precepto, y según la doctrina reiterada del Tribunal, serán nulos los

votos emitidos en papeletas en las que se efectúe cualquier tipo de modificación,

adición, marca, tachadura o cualquier otra clase de alteración en las papeletas,

precisamente por su carácter de papeletas que incorporan listas bloqueadas y cerradas

(STC 165/1991).

Respecto de la primera queja de la candidata a concejal, es cierto que se aprecia el vicio

de incongruencia omisiva de la Sentencia recurrida al no examinar su pretensión, sino

las de otros. No obstante, tal constatación no puede llevar a la declaración de nulidad

con retroactuación de actuaciones en razón de la perentoriedad y peculiaridades del

proceso electoral.

Sala Segunda. Sentencia 168/2007, de 18 de julio de 2007

Recurso de amparo electoral 5923-2007. Promovido por el Partido Socialista

Obrero Español frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia que desestimó su

demanda sobre proclamación de candidatos electos a concejales del

Ayuntamiento de La Unión.

Vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos: voto en

elecciones locales mediante papeletas con alteraciones (STC 167/2007).

Las resoluciones administrativas y judicial impugnadas no debieron conceder validez a

una papeleta de voto en la que aparecía un aspa en el espacio superior al nombre del

primer candidato. Ello en atención a la exigencia del principio de inalterabilidad de las

listas electorales, conforme al art. 96.2 LOREG y a la doctrina reiterada del Tribunal

(STC 165/1991).

La infracción de la LOREG en este caso privó de un puesto de concejal a la candidatura

recurrente en beneficio de otra candidatura, lo que conlleva además, la infracción del

derecho del art. 23.2 CE (STC 153/2003).

Sala Segunda. Sentencia 169/2007, de 18 de julio de 2007

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Recurso de amparo electoral 5953-2007. Promovido por el partido político

Agrupación Social Independiente de Avilés (ASIA) frente a la Sentencia de la

Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de

Asturias que desestimó su demanda sobre proclamación de candidatos.

Vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos: STC 168/2007

(voto en elecciones locales mediante papeletas con alteraciones).

Sala Segunda. Sentencia 170/2007, de 18 de julio de 2007

Recurso de amparo electoral 5956-2007. Promovido por la coalición electoral

BNV-Els Verds frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana

que desestimó su demanda sobre proclamación de candidatos electos a

concejales del Ayuntamiento de Corbera.

Vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos: STC 168/2007

(voto en elecciones locales mediante papeletas con alteraciones).

Infracción del art. 96.2 LOREG y del art. 23.2 CE al conceder validez a una papeleta de

voto en la que aparecía una línea oblicua a bolígrafo situada por debajo de la leyenda

‘doy mi voto a la candidatura presentada por: Partido Popular’.

Doctrina reiterada sobre la exigencia del principio de inalterabilidad de las listas

electorales (SSTC 165/1991 y 153/2003).

Sala Primera. Sentencia 171/2007, de 23 de julio de 2007

Recurso de amparo 82-2004. Promovido por doña Rosa María Pérez Yanes y

otro frente a los Autos de la Audiencia Provincial de Alicante que aclaran la

Sentencia en pleito sobre cuota de participación en gastos de la comunidad.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (inmodificabilidad):

rectificación del porcentaje litigioso, de una centésima por ciento, que no es un

error aritmético.

La rectificación efectuada por los Autos de aclaración impugnados, no constituye la

corrección de un error aritmético, sino la modificación de una cuestión de fondo, a

saber, si la cuota de participación fijada por la escritura de obra nueva y división

horizontal era del 0,01 por 100 o del 1 por 100. Dicha decisión fue adoptada de manera

consciente, sobre la base de la aplicación de los criterios de valoración jurídica y fáctica

a disposición del órgano judicial.

Ha de anularse, por tanto, el Auto que lleva a cabo tal modificación, por vulnerar el

derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente de inmodificabilidad de las

resoluciones judiciales. Asímismo, habrá de anularse el Auto de aclaración que

modifica el fallo en el extremo relativo a que no existía especial pronunciamiento sobre

las costas en la apelación, por tener, como expresamente indica el propio Auto, como

presupuesto lógico el Auto anterior.

Sala Primera. Sentencia 172/2007, de 23 de julio de 2007

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Recurso de amparo 133-2004. Promovido por don José Manuel Crespo Proupín

respecto al Auto del Tribunal Supremo y a las Sentencias del Tribunal Superior

de Justicia de Galicia y de un Juzgado de lo Social de Santiago de Compostela

que inadmitieron su demanda contra Feiraco por despido.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia):

inadmisión de demanda social por no formular reclamación previa en la

cooperativa, cuando se había celebrado conciliación y no se requirió la

subsanación.

Impedir un pronunciamiento sobre el fondo por la aplicación desproporcionada y

rigorista del requisito de solución extrajudicial previo al proceso laboral, resultará

injustificado cuando no se aprecie una opuesta voluntad del recurrente al cumplimiento

de dicho requisito.

En un litigio sobre despido disciplinario, una vez intentada sin avenencia el acto de

conciliación instado por el trabajador y a la que acudió la empleadora, se desestimó la

demanda acogiendo las excepciones de la cooperativa empleadora: la falta de

reclamación previa, pues la Ley de cooperativas de Galicia exige la reclamación previa

ante los órganos rectores de la cooperativa, y por consiguiente, en segundo lugar, la

caducidad de la acción. No debió impedirse el acceso a la justicia del trabajador sino,

aplicando la doctrina constitucional (STC 330/2006), posibilitar la subsanación de dicho

requisito, aplicable cuando se evidencia un comportamiento no malicioso que ni ha

lesionado la integridad del procedimiento o los derechos de la otra parte, ni ha

defraudado la finalidad que inspira el requisito incumplido, como es el caso.

Sala Segunda. Sentencia 173/2007, de 23 de julio de 2007

Recurso de amparo 3257-2004. Promovido por doña Carmen Guisande Martínez

frente a las Sentencias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que inadmitieron su

demanda contra el Ayuntamiento de Nigrán y otros sobre urbanización.

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la

justicia): conjunto de actos administrativos declarado firme y consentido por no

haber impugnado judicialmente la desestimación expresa de uno de los recursos

administrativos.

La decisión de inadmitir el recurso de casación contra la Sentencia de la Sala de lo

contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que inadmitió,

por extemporáneo, el recurso contencioso-administrativo que la propietaria de una finca

interpuso contra dos acuerdos urbanísticos no vulnera su derecho a la tutela judicial

efectiva en su vertiente de acceso a la jurisdicción. La desestimación expresa, aunque

extemporánea, del Acuerdo por el que se aprobaron los estatutos y bases de actuación

de la Junta de compensación, abría la posibilidad de impugnar en vía contencioso-

administrativa tanto dicho Acuerdo como el de delimitación del sector, complementario

del anterior. Al no haberse interpuesto recurso contra ellos, se entienden consentidos y

firmes.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Sala Primera. Sentencia 174/2007, de 23 de julio de 2007

Recurso de amparo 7928-2004. Promovido por doña María de la Paz Romero

García respecto a la Sentencia de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo

de Granada que desestimó su demanda contra el Ayuntamiento de Granada sobre

sanción de tráfico.

Alegada vulneración del derecho de defensa en el procedimiento administrativo

sancionador: inadmisión del recurso de amparo por fuera de plazo, que no se

reinicia al comunicar la sentencia.

Se inadmite por extemporánea una demanda de amparo interpuesta fuera del plazo

legalmente previsto para ello. Dicho plazo comienza a contar desde el día siguiente al

de la notificación la sentencia recurrida a la procuradora de la sancionada.

Se rechaza la objeción de que dicho plazo comenzaba a contar desde al día siguiente al

de notificación del Auto de comunicación de la Sentencia a la Administración

concernida y la de que la demanda de amparo había sido admitida.

Sala Primera. Sentencia 175/2007, de 23 de julio de 2007

Recurso de amparo 1655-2005. Promovido por don Manuel Giménez Martínez

respecto a la Sentencia de un Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo

que desestimó su demanda contra el Ministerio de Agricultura, Pesca y

Alimentación sobre sanción por pescar en la reserva marina de la isla de

Tavarca.

Vulneración del derecho de defensa en el procedimiento administrativo

sancionador: emplazamiento edictal del denunciado por error de la

Administración al consignar su domicilio (STC 54/2003).

El emplazamiento edictal de una sanción por realizar labores de pesca en una zona no

permitida que imposibilita el ejercicio del derecho a ser informado de la acusación,

originando un procedimiento administrativo sancionador sin contradicción.

Consta en las actuaciones que la notificación de la incoación del procedimiento

sancionador se intentó en una dirección equivocada, realizándose las sucesivas

notificaciones por edictos. En base a lo expuesto nuestro Tribunal declara que la

Administración no actuó con la diligencia que le era exigible incoando inaudita parte

un expediente sancionador carente de contradicción.

La relevancia constitucional de la ausencia de emplazamiento personal deviene de la

privación de toda posibilidad de defensa durante la tramitación del procedimiento,

aunque el sancionado dispuso de la oportunidad de defenderse mediante el recurso de

alzada. El Tribunal no se pronuncia sobre la si posibilidad de defenderse en el recurso

de alzada sana o no la falta de contradicción del proceso sancionador.

Finalmente, hay que recordar que los hechos planteados tienen relevancia constitucional

por tratarse de un proceso sancionador, de acuerdo con la doctrina sentada por la STC

291/2000.

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Sala Primera. Sentencia 176/2007, de 23 de julio de 2007

Recurso de amparo 3980-2005. Promovido por don Antonio José Izquierdo

Ariño frente al Auto y la providencia de nulidad de la Audiencia Provincial de

Valencia que, en grado de apelación, confirmó la denegación de la suspensión de

condena en causa por delito de estafa.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (incongruencia omisiva):

sentencia de apelación penal que deja sin resolver un motivo del recurso, acerca

de la sustitución de la pena de prisión impuesta.

Las resoluciones impugnadas por el condenado vulneran su derecho a la tutela judicial

efectiva, al no ofrecer respuesta a la pretensión subsidiaria efectuada en el recurso de

apelación, en que se solicitaba que se sustituyese la pena de prisión por la de multa.

De acuerdo con la doctrina fijada por el Tribunal, cuando se trata de una pretensión

específica, y no de una mera alegación, relacionada además con un derecho fundamental

(en este caso el derecho a la libertad personal), es preciso que el órgano judicial dé

respuesta expresa.

Sala Primera. Sentencia 177/2007, de 23 de julio de 2007

Recurso de amparo 6276-2005. Promovido por don José Morales Rodríguez

frente a las Sentencias de la Audiencia Provincial y de un Juzgado de Primera

Instancia de Santa Cruz de Tenerife que estimaron una demanda sobre

reclamación de filiación.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (resolución fundada en

Derecho): sentencias civiles que declaran una paternidad con apoyo en la

negativa injustificada del demandado a someterse a una prueba biológica que

no había sido acordada. Voto particular.

Es doctrina consolidada por el Tribunal Constitucional en materia de filiación que la

negativa injustificada a someterse a la prueba biológica de paternidad o maternidad

constituye un indicio que, junto a otros, puede servir para declarar la paternidad

reclamada.

Entiende, sin embargo, el Tribunal, que en el presente supuesto, al no haberse acordado

la práctica de la prueba, la oposición a que se practicase, expresada en la contestación a

la demanda, no puede considerarse "negativa injustificada a someterse a la prueba",

tachando de irrazonable la resolución judicial que así lo hizo.

Sala Segunda. Sentencia 178/2007, de 23 de julio de 2007

Recurso de amparo 1362-2007. Promovido por Azúa, Compañía de Gestión,

S.L., respecto de la tramitación de un juicio ordinario por el Juzgado de Primera

Instancia núm.

Vulneración del derecho a un proceso sin dilaciones indebidas: demora de más

de veintiún meses para dictar sentencia en litigio civil.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Aplica su doctrina sobre derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, y entiende que

los veintiún meses transcurridos desde el comienzo del término para dictar sentencia sin

que el juez la dictase exceden, con mucho, el tiempo que razonablemente cabe admitir

por encima del legalmente previsto para cumplir con dicha obligación.

Es muy positivo que el Tribunal haya resuelto el presente recurso en un plazo de tiempo

tan breve.

Sala Primera. Sentencia 179/2007, de 10 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 3696-2003. Promovido por doña Teresa Alarcón Hernández

respecto a los Autos de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Murcia que inadmitieron su demanda en litigio sobre

expropiación forzosa.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia):

inadmisión de demanda contencioso-administrativa por extemporánea,

presentada en la mañana siguiente al vencimiento del plazo a tenor de la Ley de

enjuiciamiento civil (STC 64/2005).

Al decidir la Sala la inadmisión de la demanda contencioso-administrativa sobre

expropiación forzosa por estimarla extemporánea al haberse presentado al día siguiente

al de la notificación del auto de caducidad del recurso, impidió el ejercicio del derecho a

disponer en su integridad del plazo legal. Tras reiterar la constante doctrina sobre la

materia, nuestro Tribunal indica que la interpretación realizada por la Sala, negando la

aplicabilidad del art. 135.1 LEC, es rigorista y desproporcionada desde la perspectiva

del derecho de acceso a la jurisdicción.

Sala Primera. Sentencia 180/2007, de 10 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 6178-2003. Promovido por don Juan Francisco Arqueros

Lozano respecto a la Sentencia y Auto de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que, en apelación,

redujo la indemnización en pleito sobre responsabilidad patrimonial de la

Administración sanitaria.

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: sentencia de

apelación que fija la cuantía de una indemnización motivadamente, con un error

irrelevante y sin incongruencia.

Con motivo de una asistencia sanitaria se formuló reclamación de responsabilidad

patrimonial contra el Servicio Andaluz de Salud (SAS) por los daños y perjuicios

sufridos. El recurso contencioso fue estimado parcialmente condenando al pago de una

indemnización inferior a la solicitada. Recurrida en apelación por ambas partes la Sala

confirmó la decisión de instancia modificando la cuantía indemnizatoria sin que nuestro

Tribunal aprecie relevancia constitucional sobre los defectos de motivación invocados.

De un lado, el error de cita de la Sala afirmando que para la determinación de la

indemnización se aplicaba el Real Decreto 1420/2001, regulador del padrón de

habitantes, cuando efectivamente aplicaba el baremo de tráfico, carece de relevancia

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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constitucional al no incidir en el fallo. Asimismo, la correcta aplicación del baremo de

tráfico en casos como el presente no es obligatoria sino orientativa, tratándose de una

discrepancia jurídica excluida del error patente.

Por otra parte, la motivación por remisión a los fundamentos de la sentencia de instancia

para excluir de la indemnización las secuelas logopédicas permanentes no deja

imprejuzgada dicha cuestión: se aduce que no queda acreditada su irreversibilidad y se

transcribe parcialmente un informe médico.

Concluye nuestro pronunciamiento señalando que el reconocimiento, al margen de las

peticiones de las partes, de una secuela oftalmológica no considerada probada en la

instancia, no ha generado indefensión material al resultar más beneficioso; finalmente se

descarta que quedaran sin indemnizar el daño moral y la incapacidad severa, el primero

al quedar subsumido dentro de los puntos asignados a las secuelas, y la segunda porque

quedaba incluida en la secuela oftalmológica.

Sala Primera. Sentencia 181/2007, de 10 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 431-2004. Interpuesto por doña Julia Pérez Luis frente al

Auto de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y la Sentencia del Tribunal

Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife, que

desestimó su recurso de suplicación en litigio sobre pensión a familiares por

fallecimiento de su hijo.

Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva y a la igualdad

en la aplicación de la ley: inadmisión de recurso social para la unificación de

doctrina que respeta el acceso al recurso legal; nulidad de actuaciones;

sentencia social que no se aparta de precedentes idénticos.

La inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina es una cuestión de

legalidad ordinaria, por lo que el control constitucional es meramente externo, y ha de

comprobar que la resolución judicial no incurra en irrazonabilidad, arbitrariedad o error

patente. En el presente caso, la inadmisión del citado recurso no se funda en un requisito

ajeno a la ley, ni dejó de analizarse la concurrencia de los presupuestos necesarios para

su admisión.

La falta de respuesta, en la Sentencia de suplicación, a la pretensión de la actora, de que

se tuviera por aportado un determinado documento, no ha producido indefensión

material en la medida en que fue analizada y desestimada por el Tribunal Supremo al

inadmitir el recurso de Casación.

Respecto de la vulneración del derecho a la igualdad en la aplicación de la ley, dice el

Tribunal que la Sentencia aportada como contraste no se refiere a un supuesto idéntico,

por lo que no vale como término de comparación.

Finalmente, la calificación del accidente del hijo como accidente in itinere o no, carece

de consecuencias jurídicas en este concreto extremo.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

198

Sala Segunda. Sentencia 182/2007, de 10 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 3858-2004. Promovido por don Francisco Fuertes Blasco y

otra frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia que, en grado

de apelación, le condenó por una falta de lesiones imprudentes en accidente de

tráfico.

Vulneración de los derechos a un proceso con garantías y a la presunción de

inocencia: condena pronunciada en apelación sin haber celebrado vista pública

(STC 167/2002).

Para valorar en apelación la credibilidad de un testimonio se precisa siempre la garantía

de inmediación y contradicción, so pena de vulnerar el derecho a un proceso con todas

las garantías y el derecho a la presunción de inocencia cuando dicha prueba es la única

utilizada para revocar un pronunciamiento de absolución. Doctrina reiterada sobre las

exigencias constitucionales en materia probatoria en segunda instancia (STC 167/2002).

El condenado en apelación había sido absuelto en primera instancia por considerarse

que las declaraciones de la lesionada en el accidente no revestían el mínimo de

credibilidad suficiente. La Audiencia provincial condenó al conductor del camión

mediante la modificación de los hechos probados y la realización de un nuevo juicio de

credibilidad de las declaraciones testificales de la lesionada sin su presencia, lo que

resulta del todo contrario a la doctrina consolidada del Tribunal Constitucional.

Sala Segunda. Sentencia 183/2007, de 10 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 4179-2004. Promovido por don Diego Carrillo Fajardo

respecto a las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad

Valenciana y de un Juzgado de lo Social de Castellón que desestimaron su

demanda contra el comité de empresa de la Sociedad estatal de estiba y desestiba

del puerto de Castellón, S.A., sobre tutela de derechos fundamentales.

Vulneración del derecho a la libertad sindical: indicios de discriminación

contra un dirigente sindical por parte de otro sindicato, impidiendo su

contratación por una empresa.

Se anulan las resoluciones judiciales impugnadas por el trabajador, por ser contrarias a

su derecho a la libertad sindical.

En el presente caso, el comité de empresa, donde es mayoritaria la presencia de

miembros del sindicato Coordinadora estatal de trabajadores del mar, no dio su visto

bueno a la contratación del gruista, mientras que la empresa sí que lo había dado.

El trabajador presentó ante los órganos judiciales un panorama indiciario del que cabía

presumir que la decisión de no ser contratado para la empresa estatal en la que había

solicitado su ingreso obedecía a su condición de afiliado al sindicato CC.OO. A juicio

del Tribunal, en el proceso judicial la demanda no desvirtuó los indicios, razonables y

suficientes, presentados por el trabajador, por lo que las decisiones judiciales que niegan

la existencia de discriminación han vulnerado el derecho a la libertad sindical del

gruista.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

199

Considera el Tribunal que en este caso el comportamiento antisindical resulta

especialmente significativo, al tener por agente directo a un ente sindical.

Sala Segunda. Sentencia 184/2007, de 10 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 5630-2004. Promovido por doña María del Carmen Gálvez

Martínez frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, que desestimó

su demanda sobre situación administrativa de una auxiliar de clínica (STC

147/2007).

Supuesta vulneración del derecho a la igualdad en la aplicación de la ley:

sentencia contencioso-administrativa que no resuelve un caso idéntico y cuyo

criterio es general y ha sido seguido en fallos posteriores.

No se aprecia vulneración del derecho a la igualdad ante la ley entre la sentencia de

contraste y la decisión judicial impugnada porque ésta se sustenta en un elemento

fáctico –titulación académica exigida- que no valora la primera para determinar el

sentido del fallo. En el supuesto aquí resuelto la auxiliar de clínica disponía únicamente

del certificado de escolaridad por lo que carecía de la titulación necesaria para ser

adscrita a un cuerpo de superior categoría. Caso idéntico al de la STC (Sala I) 147/2007.

La valoración por el órgano judicial de la titulación exigida para ingresar en el cuerpo

de auxiliares de enfermería en el grupo D constituye un requisito y un presupuesto

insalvable para la clasificación que no contempla la sentencia aportada de contraste. Por

tanto, el tertium compartionis no es idóneo ni existe quiebra jurisprudencial

respetándose los derechos económicos correspondientes.

No existe, como aduce la auxiliar de clínica que no optó por integrarse en el régimen

estatutario del personal al servicio del SAS, una distinta interpretación de las normas

que ordenaban el traspaso de personal de las Diputaciones provinciales andaluzas a la

Junta de Andalucía. Antes al contrario, la decisión judicial pone el acento en la

consideración de un elemento de hecho: la auxiliar de clínica disponía únicamente del

certificado de escolaridad por lo que carecía de la titulación necesaria para ser adscrita a

un cuerpo de superior categoría. Así pues, aunque la sentencia de contraste es un

antecedente inmediato la cuestión litigiosa no tiene identidad al no tratarse de los

mismos hechos, calificación jurídica, ni encontrarnos ante la misma ratio decidendi en

ambos supuestos. Debe destacarse que este supuesto guarda una singular similitud al

resuelto por la STC 147/2007.

Sala Primera. Sentencia 185/2007, de 10 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 2152-2005. Promovido por don Carlos Luis Trujillo Abreu

respecto a los Auto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de A Coruña que

confirmaron la sanción disciplinaria impuesta por el centro de Teixeiro por

intentar una llamada telefónica no autorizada.

Vulneración del derecho a la prueba: falta de respuesta a la petición de prueba

videográfica sobre falta de presencia en el lugar formulada por el recluso.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

200

No puede dejarse sin pronunciamiento alguno la propuesta de una prueba que ha sido

suficientemente justificada como pertinente, máxime en un procedimiento disciplinario

penitenciario.

Un interno sancionado por una falta grave de desobediencia consistente en intentar

efectuar reiteradamente una llamada telefónica solicitó en su pliego de descargos y en

los posteriores recursos de reforma y queja, entre otras pruebas, el visionado de las

cintas para verificar que no estuvo ese día cerca del teléfono. Concurren los requisitos

exigidos por la doctrina del Tribunal para apreciar la vulneración del art. 24.2 CE:

propuesta de prueba en tiempo y forma, falta de respuesta alguna y relevancia de la

misma para determinar si se había producido o no la infracción imputada.

Sala Primera. Sentencia 186/2007, de 10 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 3610-2006. Promovido por Allianz Compañía de Seguros y

Reaseguros, S.A., frente al Auto de un Juzgado de Primera Instancia e

Instrucción de La Palma del Condado que denegó la nulidad de actuaciones de

un procedimiento de ejecución de títulos judiciales procedentes de un juicio de

faltas por accidente de tráfico.

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: emplazamiento

edictal de la empresa demandada, tras dirigirse a un agente de seguros, sin

agotar los medios de comunicación efectiva.

Cuando un órgano judicial no agota previamente los medios que tiene a su alcance para

realizar adecuadamente la notificación de un proceso de ejecución, la tramitación de tal

proceso inaudita parte provoca la indefensión del sujeto ejecutado si éste mantuvo una

actitud diligente en todo momento.

La compañía aseguradora embargada nunca tuvo constancia ni en su domicilio ni

extraprocesalmente del proceso de ejecución que se estaba desarrollando. El órgano

judicial practicó la notificación en un domicilio distinto al de la compañía y tuvo por

realizada la misma a pesar de que una empleada de la agente se seguros de aquel

domicilio se opuso a recibir y firmar la notificación en más de una ocasión, negando que

aquél fuera el domicilio de la compañía y facilitando el correcto. Con dichas dudas

razonables, el órgano judicial no debió haber ocasionado la preclusión el plazo para que

la compañía pudiera oponerse a la ejecución, máxime cuando sí pudo notificarle en su

verdadero domicilio la tasación de costas y el Auto de alzamiento de los embargos.

Sala Segunda. Sentencia 187/2007, de 10 de septiembre de 2007

Recurso de amparo electoral 6578-2007. Promovido por la federación

Convergencia i Unió respecto a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que confirmó la

proclamación de diputados provinciales electos y suplentes correspondientes al

partido judicial de Girona.

Supuesta vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos: suma

de los votos obtenidos por coaliciones electorales en municipios en los que se

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

201

presentaron con una denominación específica (STC 154/2003) y sin fraude.

Se desestima la demanda de amparo presentada por Convergencia i Unió, contra la

proclamación de diputados provinciales de la provincia de Girona.

CiU alega que la Junta Electoral Provincial ha computado, en la asignación de puestos

de diputados provinciales, votos obtenidos por coaliciones electorales distintas y ello

vulnera el derecho de los candidatos de su federación a acceder en condiciones de

igualdad a los cargos públicos.

Sin embargo, afirma el Tribunal que la utilización de denominaciones específicas en

determinadas circunscripciones, manteniendo la referencia a la denominación

identificadora común de cada coalición, no induce a confusión al electorado.

Además, las coaliciones electorales concernidas están constituidas por partidos o

federaciones de partidos inscritos en el Registro de partidos políticos del Ministerio del

Interior, cumpliéndose, por tanto, las exigencias de la Ley Orgánica del régimen

electoral general.

No se aporta ningún elemento que apoye la queja de que a la coalición entre el Partit

dels Socialistes de Catalunya y el partido Progrés municipal se hayan incorporado otros

partidos que no forman parte de ella en algunas circunscripciones.

Tampoco se aporta dato alguno sobre cómo las irregularidades denunciadas afectarían al

resultado final de la elección, elemento éste imprescindible para poder apreciar la

existencia de una lesión real y efectiva del derecho de sufragio (STC 185/1999).

Sala Segunda. Sentencia 188/2007, de 10 de septiembre de 2007

Recurso de amparo electoral 6579-2007. Promovido por la federación

Convergencia i Unió respecto a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que confirmó la

proclamación de consejeros comarcales electos en el ámbito de Tarragona.

Supuesta vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos: STC

187/2007 (suma de los votos obtenidos por coaliciones electorales).

Sala Segunda. Sentencia 189/2007, de 10 de septiembre de 2007

Recurso de amparo electoral 6710-2007. Promovido por la federación

Convergencia i Unió respecto a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que confirmó la

proclamación de consejeros comarcales electos y suplentes de l'Alt Penedès y

del Bages.

Supuesta vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos: STC

187/2007 (suma de los votos obtenidos por coaliciones electorales).

La federación Convergencia i Unió, interpone recurso de amparo electoral, presentado

el 27 de julio de 2007, contra la Sentencia núm. 648/2007, de 24 de julio, de la Sección

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

202

Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de

Cataluña desestimatoria del recurso contencioso-electoral núm. 12-2007 interpuesto

contra el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona de 11 de julio de 2007

de proclamación de consejeros comarcales electos y suplentes de l’Alt Penedès y del

Bages.

Sala Segunda. Sentencia 190/2007, de 10 de septiembre de 2007

Recurso de amparo electoral 6711-2007. Promovido por la federación

Convergencia i Unió respecto a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que confirmó la

proclamación de consejeros comarcales electos en el ámbito de Lleida.

Supuesta vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos: STC

187/2007 (suma de los votos obtenidos por coaliciones electorales).

Sala Segunda. Sentencia 191/2007, de 10 de septiembre de 2007

Recurso de amparo electoral 6712-2007. Promovido por la federación

Convergencia i Unió respecto a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que confirmó la

proclamación de consejeros comarcales electos en el ámbito de Girona.

Supuesta vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos: STC

187/2007 (suma de los votos obtenidos por coaliciones electorales).

La federación Convergencia i Unió, interpone recurso de amparo electoral, presentado

el 27 de julio de 2007, contra la Sentencia núm. 647/2007, de 24 de julio, de la Sección

Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de

Cataluña desestimatoria del recurso contencioso-electoral núm. 10-2007, interpuesto

contra el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Girona de 10 de julio de 2007 de

proclamación de consejeros comarcales electos en el ámbito de Girona.

Sala Segunda. Sentencia 192/2007, de 10 de septiembre de 2007

Recurso de amparo electoral 6878-2007. Promovido por la federación

Convergencia i Unió respecto a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que confirmó la

proclamación de diputados provinciales electos y suplentes correspondientes al

partido judicial de Cervera.

Supuesta vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos: STC

187/2007 (suma de los votos obtenidos por coaliciones electorales).

La federación Convergencia i Unió, interpone recurso de amparo electoral, presentado

el 3 de agosto de 2007, contra la Sentencia núm. 696/2007, de 31 de julio, de la Sección

Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de

Cataluña desestimatoria del recurso contencioso-electoral núm. 13-2007, interpuesto

contra el Acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Cervera de 19 de julio de 2007 de

proclamación de diputados provinciales electos y suplentes correspondientes al partido

judicial de Cervera.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

203

Sala Segunda. Sentencia 193/2007, de 10 de septiembre de 2007

Recurso de amparo electoral 6879-2007. Promovido por la federación

Convergencia i Unió respecto a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que confirmó la

proclamación de diputados provinciales electos y suplentes correspondientes al

antiguo partido judicial de Tremp.

Supuesta vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos: STC

187/2007 (suma de los votos obtenidos por coaliciones electorales).

La federación Convergencia i Unió, interpone recurso de amparo electoral, presentado

el 3 de agosto de 2007, contra la Sentencia núm. 695/2007, de 31 de julio, de la Sección

Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de

Cataluña desestimatoria del recurso contencioso-electoral núm. 14-2007, interpuesto

contra el Acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Tremp de 20 de julio de 2007 de

proclamación de diputados provinciales electos y suplentes correspondientes al antiguo

partido judicial de Tremp.

Sala Segunda. Sentencia 194/2007, de 10 de septiembre de 2007

Recurso de amparo electoral 6880-2007. Promovido por la federación

Convergencia i Unió respecto a la Sentencia de la Sala de Vacaciones del

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que confirmó la proclamación de

consejeros comarcales electos y suplentes del Consejo Comarcal del Pallars de

Sobirà.

Supuesta vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos: STC

187/2007 (suma de los votos obtenidos por coaliciones electorales).

La federación Convergencia i Unió, interpone recurso de amparo electoral, presentado

el 3 de agosto de 2007, contra la Sentencia núm. 700/2007, de 2 de agosto, de la Sala de

Vacaciones del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña desestimatoria del recurso

contencioso-electoral núm. 15-2007 interpuesto contra el Acuerdo de la Junta Electoral

Provincial de Lleida de 24 de julio de 2007 de proclamación de consejeros comarcales

electos y suplentes del Consejo Comarcal del Pallars de Sobirà.

Sala Primera. Sentencia 195/2007, de 11 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 5791-2004. Promovido por la comunidad de propietarios de

la Calle Escultor García Rueda núm. 1 de Córdoba respecto a los Autos de la

Audiencia Provincial de Córdoba que declararon desierto su recurso de

apelación en litigio civil.

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: falta de

emplazamiento para comparecer en el recurso de apelación civil.

La consideración por parte de la Audiencia de que la comunicación del contenido

íntegro de la providencia de remisión de autos, dictada al amparo del art. 463.1 LEC,

hace referencia a un acto procesal único que contempla tanto la notificación del trámite

del recurso de apelación civil como el emplazamiento, pese a su razonabilidad, causó

indefensión a la comunidad de propietarios apelante al declararse desierto el recurso.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

204

El juzgado de primera instancia dictó providencia acordando que se remitirían los autos

a la Audiencia para resolver la apelación previo emplazamiento de las partes por treinta

días, trámite que no se llevó a efecto. De ello se deducía que el emplazamiento de las

partes se llevaría a cabo por parte del órgano de instancia antes de remitir los autos a la

Audiencia, como expresamente lo indicó en la resolución.

La afirmación realizada por el Juzgado de Primera Instancia de que llevaría a cabo el

emplazamiento de las partes antes de remitir los autos a la Audiencia Provincial, dada la

auctoritas que corresponde a quien la hizo constar (SSTC 26/1991, de 11 de febrero, FJ

1; 241/2006, de 20 de julio, FJ 3) y “dada la autoridad que necesariamente ha de

merecer la decisión judicial” (SSTC 79/2004, de 5 de mayo, FJ 2; 244/2005, de 10 de

octubre, FJ 3), era susceptible de determinar el comportamiento procesal de la parte

litigante.

Sala Primera. Sentencia 196/2007, de 11 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 7185-2004. Promovido por don Ángel Sierra Andrade

respecto a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Ourense que, en grado de

apelación, le condenó por un delito contra la seguridad del tráfico.

Supuesta vulneración de los derechos a un proceso con garantías, a la

presunción de inocencia y a la tutela judicial efectiva: condena pronunciada en

apelación sin necesidad de celebrar vista pública (SSTC 167/2002 y 170/2005);

prueba de indicios sobre la influencia de la ingesta de alcohol en la conducción

del vehículo (STC 43/2007); motivación suficiente de la extensión o cuantía de

las penas impuestas al condenado (STC 193/1996).

Sala Primera. Sentencia 197/2007, de 11 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 6466-2005. Promovido por don Vicente Fernández Escobar

frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba que, en grado de

apelación, le condenó por delito de maltrato y otros.

Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: recurso de amparo

extemporáneo desde la fecha de notificación al procurador de la parte en la

causa penal.

Sala Segunda. Sentencia 198/2007, de 24 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 4450-2003. Promovido por Namaja de Maquinaria, S.A.,

frente al Auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior

de Justicia de Asturias que inadmitió su recurso de súplica en incidente de

ejecución de litigio por reclamación de cantidad.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso al recurso legal):

inadmisión de recurso de súplica por extemporáneo, presentado en la mañana

siguiente al vencimiento del plazo a tenor de la nueva Ley de enjuiciamiento

civil (STC 222/2003).

La Sentencia reitera en el orden contencioso la doctrina de las SSTC 222/2003 y

162/2005, relativas a la inadmisión de recursos presentados en la mañana siguiente al

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

205

día en que finalizaba el plazo para su interposición (a tenor del art. 135 LEC).

No se puede inadmitir un recurso de súplica por extemporáneo, desconociendo el

derecho de una sociedad (en ejecución de cantidad al Ayuntamiento) a disponer del

plazo en su totalidad para recurrir (antes de las 15 horas del día siguiente al plazo de 5

días). Entender que el art. 128.1 de la LJCA excluye la aplicación supletoria del art. 135

LEC vulnerará en estos casos el derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente de

acceso al recurso legal.

Sala Primera. Sentencia 199/2007, de 24 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 6848-2003. Promovido por Gestora Valderas, S.A., frente a

la Sentencia y al Auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Murcia que inadmiten su demanda contra la Región de

Murcia por sanción medioambiental.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia):

inadmisión de demanda contencioso-administrativa por extemporánea,

presentada en la mañana siguiente al vencimiento del plazo a tenor de la nueva

Ley de enjuiciamiento civil (STC 64/2005).

La Sentencia reitera una doctrina alumbrada en la STC 64/2005, de 14 de marzo, y que

ha dado lugar al otorgamiento de varios amparos, los últimos: SSTC 25/2007 (boletín

febrero-07), 130/2007 (boletín junio-07), 159/2007 (boletín julio-07) y 179/2007.

Un recurso contencioso-administrativo planteado por una sociedad sancionada en

materia medio-ambiental no puede inadmitirse si ha sido presentado dentro de las

quince horas del día hábil siguiente al del vencimiento del plazo establecido por el art.

46.1 LJCA. Entender que lo dispuesto en el art. 135.1 LEC no resulta aplicable al plazo

de caducidad señalado en el art. 46.1 LJCA vulnera, en estos casos de inadmisión, el

derecho la tutela judicial efectiva en su vertiente de acceso a la justicia, como primera

instancia a la jurisdicción.

Sala Primera. Sentencia 200/2007, de 24 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 3458-2004. Promovido por don Manuel Facorro Casal

respecto a la Sentencia de un Juzgado de lo Social de Lugo que desestimó su

demanda contra la Xunta de Galicia en litigio por reclamación de cantidad.

Vulneración del derecho a la libertad sindical: menoscabo económico por razón

de la actividad sindical al denegar un complemento de especial dedicación.

Como ya ha reiterado la doctrina del Tribunal en numerosas ocasiones (SSTC 191/1998,

326/2005 y 151/2006), la denegación a un liberado sindical de complementos salariales

con exclusivo fundamento en dicha condición vulnera su derecho a la libertad sindical.

Para el Tribunal no se puede denegar el plus de turnicidad reclamado aquí sobre la base

de que al no prestar servicios en el centro, no le afectan los turnos establecidos. Ello

constituiría un menoscabo económico que obstaculizaría la efectividad del derecho a la

libertad sindical, como se ha dado en el presente caso.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

206

En cuanto a los efectos de esta Sentencia, procede la retroacción de actuaciones para

que se dicte nueva resolución judicial con respeto al derecho fundamental, sin que

pueda pronunciarse el Tribunal sobre las cuestiones de legalidad ordinaria

imprejuzgadas inherentes al reconocimiento del derecho al mencionado plus salarial.

Sala Segunda. Sentencia 201/2007, de 24 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 4065-2004. Promovido por doña Carmen Faro Planas y otras

respecto a las Sentencias de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y del

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que desestimaron su demanda contra

el Ministerio de Educación y Cultura sobre reclamación de cantidad por

diferencias salariales.

Supuesta vulneración del derecho a la igualdad en la aplicación de la ley:

cambio de criterio judicial, consciente y general, sobre la sucesión en el tiempo

de convenios colectivos y reformas legales en materia de equiparación salarial

de profesores de religión católica.

No puede entenderse aquí que la Sentencia impugnada de casación para unificación de

doctrina vulnere el derecho a la igualdad en aplicación de la Ley. Según el examen del

Tribunal, la Sentencia impugnada no se aparta inmotivadamente de la doctrina previa,

sino que, al contrario, queda incardinada dentro de la doctrina unificada, matizada y

seguida posteriormente con regularidad por el Tribunal Supremo.

En el caso de unos profesores de religión católica que reclamaban diferencias de

cantidad a tenor de lo dispuesto en el Convenio de 1993 entre el Gobierno y la

Conferencia Episcopal sobre equiparación salarial con los profesores interinos, el

derecho al reconocimiento de tal equiparación fue denegado sobre la base de que el

nuevo Convenio de 1999 señalaba un nuevo plazo para la misma.

Las Sentencias alegadas por los profesores ante el Tribunal Supremo, ni son realmente

contradictorias con la doctrina en que se inscribe la Sentencia impugnada, ni contienen

la doctrina consolidada y definitiva del Tribunal Supremo. Dicha doctrina unificada

establecida en la STS de 9 de abril de 2003, concluye que la equiparación salarial

prevista en el Convenio de 1993 no es aplicable a los períodos de contratación

posteriores al 1 de enero de 1999, aun cuando hubieran trabajado durante la vigencia de

aquel Convenio; con la única excepción de aquellos trabajadores que hubieran visto

efectivamente reconocida la equiparación por decisión administrativa o resolución

judicial, y ello por disposición expresa del Convenio de 1999, salvedades que no se han

dado en este caso, como perfectamente relata la Sentencia impugnada.

Procesalmente cabe destacar, por un lado, el hecho de haberse procedido al análisis del

derecho a la igualdad en aplicación de la Ley, previa puesta en conocimiento de la

posible vulneración por parte del Tribunal, al amparo del art. 84 LOTC.

Por otro lado, la inadmisibilidad de los dos motivos alegados en amparo: por la

invocación de un precepto no amparable, el art. 9.3 CE; y por la falta de invocación

previa del art. 14 CE, referido a la diferencia de tratamiento salarial de los profesores de

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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religión con respecto de los profesores interinos.

Sala Primera. Sentencia 202/2007, de 24 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 5764-2004. Promovido por el Sindicato de Empleados

Públicos (SIME) frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia que inadmitió su

demanda contra el Ayuntamiento de Cartagena sobre comisión de servicio de

seis bomberos.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia):

inadmisión de recurso contencioso-administrativo por falta de legitimación del

sindicato, ignorando su legítimo interés profesional o económico (STC

101/1996).

La Sala, al negar al sindicato de empleados públicos legitimación activa contra una

decisión administrativa del Ayuntamiento de Cartagena en materia de personal, realizó

una interpretación rigorista y desproporcionada del concepto de interés legítimo que

vulneró el acceso a la jurisdicción. El ente local dictó un acuerdo por el que se aprobó el

nombramiento de seis funcionarios en comisión de servicio en puesto de bombero.

Estimada en primera instancia la legitimación del sindicato y parcialmente la demanda,

el tribunal ad quem inadmite el recurso de apelación por falta de legitimación sobre la

base de que no puede impugnar una decisión municipal vinculada con una necesidad

organizativa del Ayuntamiento. El Tribunal otorga el amparo declarando que el

sindicato estaba legitimado porque de prosperar la impugnación los funcionarios

municipales en general, y los afiliados en particular, tendrían una legítima expectativa

de poder acceder a los seis puestos de bomberos. Procesalmente importa destacar que ha

quedado debidamente agotada la vía judicial, puesto que las cuestiones de personal

están excluidas del recurso de casación ex art. 86.2 a) LJCA en relación con el art. 5.4

LOPJ.

Sala Primera. Sentencia 203/2007, de 24 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 7832-2004. Promovido por don Manuel García González

frente a la Sentencia de la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo que

confirmó su condena por delito contra la salud pública.

Supuesta vulneración de los derechos a ser informado de la acusación, no sufrir

reforma peyorativa y presunción de inocencia: sentencia que impone una pena

más benigna y guarda correlación con una acusación no reiterada en grado de

casación penal (STC 183/2005); prueba de cargo.

Desestimar el recurso de casación interpuesto por el condenado, con la adhesión de la

acusación pública, y confirmando la Sentencia de instancia, no infringe el principio

acusatorio.

Para determinar si una Sentencia recaída en recurso de casación empeora la situación

que establece el fallo condenatorio de instancia debe estarse a los términos de las

respectivas condenas, y no a la relación existente entre la pretensión absolutoria del

recurrente y el sentido del fallo condenatorio derivado del recurso.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Acusado condenado por realizar venta de pastillas de contenido anfetamínico, como

autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, accesorias,

multa y costas. La acusación se había formulado por venta de diversas sustancias

estupefacientes (cocaína y pastillas de contenido anfetamínico). La Sentencia de

casación rechaza el recurso del condenado, al que se había adherido la acusación

pública, y le condena por posesión preordenada al tráfico de una papelina de cocaína. La

condena no se extiende a hechos que no estuvieran incluidos por la acusación como

objeto para el ejercicio de la pretensión punitiva o que no fueran objeto del debate.

Sala Segunda. Sentencia 204/2007, de 24 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 279-2005. Promovido por don Manuel Blázquez Cerrato

respecto a la Sentencia y los Autos de aclaración y de nulidad de actuaciones de

la Audiencia Provincial de Badajoz, con sede en Mérida, que estimó

parcialmente su recurso de apelación en pleito de separación matrimonial.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión (reforma

peyorativa): modificación de la pensión compensatoria declarada en instancia

en perjuicio del único apelante civil.

La Sentencia dictada por la Audiencia Provincial acoge una pretensión, la de eliminar la

condición impuesta por la Sentencia de instancia para la percepción de la pensión

compensatoria, que no había sido ejercitada por ninguno de los apelados.

Esto hace que la situación del marido y apelante se vea empeorada como consecuencia

del planteamiento de su propio recurso, sin pretensión impugnatoria de la otra parte y

sin que el daño producido sea consecuencia de la aplicación de normas de orden

público.

Por tanto, dicha resolución judicial adolece de un vicio de incongruencia extra petita

que, al vulnerar la prohibición de reforma peyorativa, lesiona su derecho a la tutela

judicial efectiva.

Sala Primera. Sentencia 205/2007, de 24 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 3297-2005. Promovido por el comité de empresa de la

Sociedad Estatal de Estiba y Desestiba del Puerto de Santa Cruz de Tenerife,

S.A., frente a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de

Justicia de Canarias y el Auto de un Juzgado de lo Social de Santa Cruz de

Tenerife desestimaron su petición de nulidad de actuaciones.

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: medios de

impugnación en el proceso social para reparar la falta de emplazamiento de

quien debió ser parte.

En un litigio sobre reconocimiento de la condición de trabajadores portuarios, el comité

de empresa de una Sociedad Estatal de Estiba y Desestiba debió ser llamado al acto del

juicio laboral en el que, como declara el Auto que resuelve el incidente de actuaciones

contra la resolución de instancia, gozaba de interés legítimo y de la condición de parte

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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procesal; siendo codemandada en la sentencia de instancia la Sociedad Estatal citada.

El derecho a la tutela judicial efectiva prohíbe la indefensión provocada al comité de

empresa al que no garantizaron su derecho de defensa: ni el Auto que resolvió el

incidente de actuaciones, que no acordó la retroacción; ni la Sentencia de suplicación

que, aunque confirmó la legitimidad declarada por el Auto, desestimó la nulidad de

actuaciones sostenida, bajo la consideración de que éstos podían haber hecho valer su

derecho a través de las posibilidades de revisión fáctica y jurídica del propio recurso.

El carácter tasado de los recursos extraordinarios, como el de suplicación, en el que el

error fáctico denunciado tendría que derivarse de pruebas singulares y tasadas

practicadas en instancia, convertiría en meramente ilusorias e inviables las posibilidades

de defensa del Comité, al contrario de lo que sustentaba la Sala de suplicación.

La indefensión provocada por la desestimación y la insuficiencia de razonamiento de la

Sentencia de suplicación obliga a retrotraer las actuaciones del procedimiento laboral

hasta el momento posterior a la admisión a la demanda, a fin de celebrar el juicio con

presencia de todas las partes legitimadas.

Sala Primera. Sentencia 206/2007, de 24 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 4487-2005. Promovido por don Luis Moreno Alonso frente a

las Sentencias de la Audiencia Provincial y de un Juzgado de lo Penal de

Badajoz que le condenaron por un delito contra la seguridad del tráfico.

Supuesta vulneración de los derechos a la integridad física y a la presunción de

inocencia; vulneración del derecho a la intimidad personal: intervención

policial de análisis médicos realizados en el curso de la asistencia prestada en

un hospital al reo; condena fundada en pruebas de cargo independientes (STC

25/2005).

Condena por delito contra la seguridad del tráfico. La policía ordena al Centro

Hospitalario que se practiquen pruebas analíticas sanguíneas sobre muestras

previamente extraídas, a efectos terapéuticos, al conductor ingresado en el Centro.

Practicar análisis de sangre sobre muestras previamente extraídas con finalidades

terapéuticas y con consentimiento, aún tácito, del interesado, no vulnera el derecho a la

integridad física en cuanto no se produce una intervención corporal y coactiva.

Las intervenciones corporales (como son los análisis de sangre para determinar grado de

impregnación alcohólica) practicadas como diligencias de investigación o actos de

prueba practicables en un proceso penal pueden afectar el derecho a la intimidad por

razón de su finalidad (averiguar información referente a la vida privada que el sujeto

puede no querer desvelar). Interesante resumen sobre los requisitos que justifican la

intervención corporal.

La invasión de la esfera privada del demandante sin su consentimiento ni autorización

judicial y, no habiéndose acreditado la urgente necesidad de la intervención policial sin

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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mandato judicial ni la proporcionalidad de la misma vulnera el art. 18 CE. Cuando

concurren circunstancias extraordinarias que impidan la intervención judicial previa es

exigible, en todo caso, que los agentes pongan en conocimiento del Juez, de forma

inmediata, que se había ordenado practicar un análisis, para que el órgano judicial

decidiera motivadamente si resultaba o no proporcionada la injerencia en el derecho

fundamental, autorizando o no la incorporación al proceso del resultado del análisis. En

todo caso, en estos supuestos, los resultados de las pruebas deben remitirse directamente

a la autoridad judicial, sin que la policía pueda acceder a los mismos sin autorización

judicial previa.

Sala Primera. Sentencia 207/2007, de 24 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 5530-2005. Promovido por don José Núñez Mayo y otro

respecto a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia que, en grado de

apelación, les condenó por faltas de lesiones.

Vulneración de los derechos a un proceso con garantías y a la presunción de

inocencia: condena pronunciada en apelación sin haber celebrado vista pública

(STC 167/2002).

De acuerdo con la doctrina fijada por la STC 167/2002, la condena en apelación sin

vista pública vulnera el derecho del condenado a un proceso con todas las garantías.

Cuando, además, la única prueba de cargo es la indebidamente valorada, resulta

lesionado su derecho a la presunción de inocencia. Por tales motivos, se anula la

Sentencia impugnada.

Sala Primera. Sentencia 208/2007, de 24 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 6320-2005. Promovido por don James Henry Niguel Hutt

frente a las Sentencia de la Audiencia Provincial y de un Juzgado de lo Penal de

Málaga que le condenaron por delito de falsedad en documento oficial.

Supuesta vulneración del derecho a la asistencia letrada y a la prueba: primera

declaración ante la policía sin abogado voluntariamente, sin estar detenido, y

falta de garantías que no causan indefensión; denegación motivada de

comisiones rogatorias sobre la matriculación de vehículos en el Reino Unido.

La asistencia letrada sólo es constitucionalmente imprescindible en la detención y en la

prueba sumarial anticipada. En los demás casos la intervención del defensor no deviene

obligatoria hasta el punto de que hayan de estimarse nulas las diligencias por la sola

circunstancia de la inasistencia del abogado defensor.

Las irregularidades en la declaración policial (ausencia de lectura de derechos,

asistencia letrada e intérprete) sólo son constitucionalmente relevantes en la medida que

generen indefensión material. Si tales declaraciones no tienen trascendencia material en

la condena, las eventuales irregularidades no generan indefensión material, lo que

excluye la relevancia constitucional.

No se vulnera el derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa

cuando no se acredita el carácter decisivo de las pruebas denegadas ni, por tanto, la

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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indefensión constitucionalmente relevante.

Sala Primera. Sentencia 209/2007, de 24 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 6377-2005. Promovido por don Ramón Romo Echevarría

respecto a las Sentencias de la Audiencia Provincial y del Juzgado de lo Penal de

Teruel que le condenaron por delito continuado de robo con fuerza en las cosas.

Supuesta vulneración de los derechos a la inviolabilidad del domicilio, a un

proceso con garantías y a la presunción de inocencia: entrada y registro

autorizada por el propietario del piso donde moraba en precario el acusado

(STC 22/2003); testimonio irrelevante para la condena y prueba indiciaria de

cargo.

Condena por robo con fuerza. El demandante fue detenido por la Guardia Civil en la

vivienda de un amigo, en la que llevaba varios días pernoctando con su anuencia.

Es domicilio constitucionalmente protegido la vivienda en que una persona reside

temporalmente o “pernocta durante unos días” por concesión graciosa del morador.

Desarrollo doctrinal sobre el concepto de domicilio como objeto de protección del art.

18.2 CE.

Cada titular del domicilio mantiene una facultad de exclusión de terceros del domicilio,

aunque lo usual es que haya un pacto explícito o implícito de tolerancia respecto de las

entradas consentidas por otro comorador. Esta regla se excepciona en caso de

moradores por concesión graciosa del morador de la vivienda. En este caso el

beneficiado ha de asumir las entradas que consienta el titular originario de la vivienda.

Esto no ocurrirá, sin embargo, en los supuestos en que la intromisión domiciliaria está

específica y directamente orientada a alterar la privacidad de aquél por parte de agentes

de la autoridad. En este caso, la ponderación de intereses se decanta a favor del interés

de exclusión del comprador por concesión graciosa del titular, y es preciso su

consentimiento.

Para justifica la intromisión domiciliar ex art. 18.2 CE no basta la falta de oposición a la

misma, sino el consentimiento, si bien éste puede ser tácito.

En materia de presunción de inocencia, se reproduce la doctrina constitucional en

materia de indicios, reiterando que el control de constitucional ha de determinar si a la

vista de la motivación judicial cabe apreciar de modo indubitado desde una perspectiva

objetiva y externa que la versión judicial de los hechos era más improbable que

probable, si que pueda en tal caso estimarse como razonable que el órgano judicial

actuó con convicción suficiente.

Sala Primera. Sentencia 210/2007, de 24 de septiembre de 2007

Recurso de amparo 6568-2005. Promovido por Protep, S.L., frente a la

Sentencia y sucesivas resoluciones de un Juzgado de lo Social de Ciudad Real en

litigio de 1998 sobre reclamación de cantidad.

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: emplazamiento

edictal sin tomar en cuenta el cambio de domicilio social inscrito en el Registro

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Mercantil (STC 162/2004); límite temporal de la nulidad para reparar un

derecho fundamental.

En el supuesto de un órgano judicial que no agota previamente los medios que tiene a su

alcance para realizar adecuadamente la notificación de un proceso, como el presente de

reclamación de cantidad, la tramitación del mismo inaudita parte provoca la

indefensión del empresario demandado si no consta que éste tuviera conocimiento del

mismo extraprocesalmente. Doctrina constitucional reiterada (STC 162/2004).

En efecto, la empresa nunca tuvo constancia ni en su domicilio ni extraprocesalmente

del proceso hasta que se le comunicó en su domicilio, por averiguación del Abogado de

Estado, el acuerdo de subrogación parcial del Fogasa en el crédito del trabajador

demandante. El órgano judicial practicó las comunicaciones previas vía edictos, tras el

intento fallido de la notificación en el domicilio social indicado por el trabajador, pero

sin intentar previamente el intento en otro domicilio que constaba en las actuaciones, o

acudiendo al Registro Mercantil, donde constaba efectivamente el cambio de domicilio

social, y al que el Tribunal viene atribuyendo una relevancia especial (SSTC 160/1995,

43/2006).

En cuanto al límite temporal de 5 años para le petición de nulidad de actuaciones (y para

la revisión de Sentencias), plazo en este caso cumplido desde la Sentencia de instancia

condenatoria al pago de salarios, el Tribunal afirma que dicho límite temporal sólo es

aplicable a la jurisdicción ordinaria; y que, de todas formas, las consecuencias de la

lesión del art. 24.1 CE alcanzaron efectividad práctica cuando el Fogasa se subrogó en

el crédito de aquella y se acordó su embargo de bienes.

Sala Segunda. Sentencia 211/2007, de 8 de octubre de 2007

Recurso de amparo 7594-2003. Promovido por don Ramón Gutiérrez Ávila

respecto a los Autos de la Audiencia Provincial y de un Juzgado de lo Penal de

Ciudad Real que no declararon la prescripción de la pena en la ejecutoria

dimanante de una causa por delito de abandono de familia por impago de

pensiones.

Alegada vulneración de los derechos a la legalidad penal y a la tutela judicial

efectiva: falta de invocación tempestiva de los derechos fundamentales.

Inadmisión de un una demanda de amparo por incumplimiento del requisito de

invocación en tiempo y forma. Sentencia que recoge ampliamente la doctrina

constitucional sobre invocación.

El responsable de un delito de abandono de familia por impago de pensiones no invocó

los derechos fundamentales cuya vulneración aduce en amparo (legalidad penal y tutela

judicial efectiva) en ninguna de las instancias que siguieron al Auto denegatorio de su

petición de prescripción de la pena:

Ni en el recurso de reforma en el que simplemente rebatió la argumentación del órgano

judicial y alegó la infracción de determinados preceptos del CP; ni en el de apelación,

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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en el que repitió las alegaciones hechas en reforma, y en un tercer otro sí, aunque invocó

derechos constitucionales, se limitó a mencionar su nomen iuris y su precepto

constitucional, sin conexión alguna con la argumentación del recurso, o con las razones

de su posible afectación por las resoluciones recurridas en apelación.

Sala Segunda. Sentencia 212/2007, de 8 de octubre de 2007

Recurso de amparo 1903-2004. Promovido por doña Dolores González Romero

frente a la Sentencia y el Auto de la Audiencia Provincial de Jaén que anularon

el laudo arbitral de equidad sobre renta vitalicia.

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: falta de

emplazamiento de quien debía haber sido demandado, por haber instado el

laudo litigioso.

Se produce la anulación de un laudo arbitral, por el que se constituía una renta vitalicia,

mediante la resolución judicial en un proceso del que la beneficiaria de la renta no fue

notificada, pese a ser parte interesada en el mismo. La falta de emplazamiento se debió

a que no fue incluida en el escrito presentado por la parte que instaba la nulidad (en el

que comunicaba nombre y domicilio de las partes interesadas). Se produce una

vulneración de su derecho a una tutela judicial efectiva sin indefensión (artículo 24.1

CE)

La novedad que presenta esta sentencia es que no estamos ante un emplazamiento

erróneo o frustrado sino en la ausencia total de emplazamiento en un juicio en el que

debía haber sido parte demandada y cuya resolución anula un laudo arbitral que le era

favorable.

La sentencia se apoya en la doctrina consolidada de la finalidad material de las

comunicaciones procesales de evitar la producción de situaciones de indefensión,

citando por todas la STC 295/2005, de 21 de noviembre, insistiendo en la obligación del

órgano judicial de velar por la correcta ejecución de tales actos (STC 245/2006, de 24

de junio).

Sala Segunda. Sentencia 213/2007, de 8 de octubre de 2007

Recurso de amparo 5669-2004. Promovido por don Francisco Jiménez Jiménez

respecto a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra que, en grado de

apelación, le condenó por delito de hurto de una grúa.

Vulneración del derecho a un proceso con garantías: condena pronunciada en

apelación sin haber celebrado vista pública (STC 167/2002).

Se estima el amparo al derecho a un proceso con todas las garantías sobre la base de

jurisprudencia del Tribunal: se lesiona ese derecho cuando, con apoyo en indicios que

provienen de una valoración de pruebas personales, se corrigen las conclusiones del

órgano a quo sin celebrar nueva vista. Por otra parte, no procede examinar la

vulneración del derecho a la presunción de inocencia cuando existen otras pruebas

válidamente practicadas. Una grúa de las usadas para la construcción llevaba varios

meses depositada en un terreno comunal. Al estimar que podía estar abandonada y ver

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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su deficiente aspecto externo, el recurrente la vendió a un empresario chatarrero. La

sentencia absolutoria de la instancia manifiesta que hubo discrepancias sobre el estado

aparente de la grúa, según fueran manifestaciones del acusado o del querellante, y

declaró que no cabía inferir un dolo de hurto. La Audiencia Provincial revocó la

absolución, declaró probada una actuación dolosa y condenó sin celebración de vista

pública.

Sala Segunda. Sentencia 214/2007, de 8 de octubre de 2007

Recurso de amparo 6416-2004. Promovido por Catalana Occidente, Sociedad

Ansnima de Seguros y Reaseguros S.A., frente a la Sentencia y el Auto de

nulidad de la Audiencia Provincial de Malaga que condens al propietario de un

caballo por falta de imprudencia y confirms la indemnización por daqos.

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión:

alcance de la adhesión a la apelación penal respecto de responsable civil;

omisión de traslado al apelante subsanada mediante el incidente de nulidad de

actuaciones; cuantía de la indemnización motivada.

No puede considerarse que la falta de traslado de una apelación adhesiva a la

aseguradora que había interpuesto una apelación, constituya indefensión cuando la

misma tuvo oportunidad, como así lo hizo, de promover incidente de nulidad de

actuaciones sobre todos los extremos de la apelación adhesiva (incluida la

admisibilidad). Sentencia que recuerda el diferente tratamiento que la indefensión

vedada del art. 24 CE tiene sobre las compañí­as aseguradoras, pues su limitación exige

que el derecho de defensa lo sea en relación con algún interés propio del sujeto que

invoca el derecho fundamental, condición que no concurre en los responsables civiles

ajenos al enjuiciamiento de una conducta penal.

En un supuesto de lesiones provocadas por la colisión de un caballo contra un vehículo,

se absolvió en instancia al propietario del caballo, condenando como responsable civil

directo a la compañía aseguradora. La apelación revocó la absolución del propietario del

caballo, de acuerdo con la pretensión única de condena que ejercitó el lesionado al

adherirse a la apelación, y confirmó la responsabilidad civil de la aseguradora de

manera autónoma, asumiendo los razonamientos de la instancia.

Tampoco puede considerarse que el quantum indemnizatorio a que fue condenado la

aseguradora sea injustificado y por ello contrario al art. 24.1 CE, al exceder de la

cobertura máxima de la póliza suscrita. Siendo una cuestión de estricta legalidad

ordinaria sobre la selección, interpretación y aplicación de un precepto legal, el Tribunal

no halla que la argumentación de ambas sentencias incurra en error patente, ni en

manifiesta arbitrariedad o irracionabilidad, (al añadir razonadamente a los daños por

lesiones físicas, los daños materiales, los intereses moratorios y los gastos del

tratamiento médico asistencial).

Sala Primera. Sentencia 215/2007, de 8 de octubre de 2007

Recurso de amparo 6623-2004. Promovido por don Juan Bilbao Moro frente a

los Autos del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria que desestimaron su

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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queja contra el centro penitenciario de Algeciras por sanciones disciplinarias en

relación con una huelga de higiene (STC 124/2007).

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (motivación): resoluciones

judiciales estereotipadas.

El derecho a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1 CE) incluye el derecho a obtener de

los órganos judiciales una respuesta razonable, motivada, fundada en Derecho y

congruente con las pretensiones oportunamente deducidas por las partes durante la

sustanciación del proceso.

Se produce una vulneración de este derecho por incongruencia omisiva, cuando hay

motivación pero ésta deja sin respuesta alguna de las cuestiones planteadas por el

recurrente.

El supuesto de hecho es idéntico al recogido en la STC 124/2007 de 21 de mayo.

Se reitera la jurisprudencia establecida en la STC 124/2007 de 21 de mayo.

Sala Primera. Sentencia 216/2007, de 8 de octubre de 2007

Recurso de amparo 6908-2004. Promovido por Hega Hogar, S.L., frente a la

Sentencia y el Auto de nulidad de la Audiencia Provincial de Alicante que

estimó el recurso de apelación de Ejecutiva Levantina, S.L., y condenó al pago

de la cantidad reclamada.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (incongruencia): sentencia

civil de apelación que resuelve por un fundamento ajeno a los motivos del

recurso y deja sin resolver pretensiones subsidiarias.

Reclamación del pago de principal, intereses y costas basados en cláusula de contrato,

oponiéndose la demandada, alegando la nulidad de dicha cláusula por considerarla

abusiva. La demanda fue desestimada íntegramente, indicándose que el monto de cobro

es menor que el pretendido y además señala que la cláusula en cuya pretensión se basó

la demandante es nula. La sentencia fue recurrida en apelación señalando la demandante

que la cláusula declarada nula no fue objeto de debate. Condenándose en esta instancia

al pago de la integridad de las cantidades reclamadas basándose en la estipulación de

cláusula distinta en la que se basó inicialmente la demanda, no tomando en cuenta la

solicitud de nulidad de la cláusula del contrato que realizó la demandada ante instancia

inferior ni en la presente. Promoviéndose incidente de nulidad de actuaciones alegando

que se incurrió en incongruencia extra petita e incongruencia omisiva; no dando ha

lugar a la incoación del incidente de nulidad que subsidiariamente fue planteada por

entender el Tribunal de apelación que ha dado respuesta a las peticiones de las partes.

La demandada en proceso, ahora recurrente en amparo, alega que se vulneró su derecho

al art. 24.1 por incongruencia en la Sentencia y Auto, y por no contemplarse el incidente

de nulidad planteado. El Tribunal incurrió en incongruencia extra petita y omisiva.

Siendo la congruencia un factor fundamental en las resoluciones judiciales (STC

166/2006, de 5 de junio, FJ 5), pues en éstas no se pueden modificar la causa petendi,

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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alterando de oficio la acción ejercitada, pues de hacerlo altera el thema decidendi, dando

lugar a la vulneración del art. 24.CE.

Al existir una pluralidad de pretensiones subsidiarias en el presente caso, y producto del

error padecido por Sentencia de apelación en la correcta identificación del objeto de

debate han quedado éstas imprejuzgadas. Debiéndose valorar y resolver conforme las

pretensiones de las partes y sobre aquellas subsidiarias que no fueron juzgadas como

consecuencia del error del Tribunal.

Sala Primera. Sentencia 217/2007, de 8 de octubre de 2007

Recurso de amparo 1427-2005. Promovido por Svalo Asociacisn de

Consumidores y Usuarios respecto al Auto de un Juzgado de Primera Instancia e

Instruccisn de Molina de Segura (Murcia) que confirms la denegacisn del

beneficio de justicia gratuita en juicio monitorio contra Caja de Seguros

Reunidos, S.A.

Vulneración del derecho a la tutela judicial (acceso a la justicia): alcance del

derecho a justicia gratuita de una asociación de consumidores para defender a

sus miembros en un litigio civil sobre devolución del pago de un seguro (SSTC

117/1998 y 73/2004).

La denegación a una asociación de consumidores y usuarios del derecho a la asistencia

jurídica gratuita debe considerarse irrazonable y desproporcionada cuando se basa en el

hecho de que la acción a ejercitar se realiza en nombre de uno de sus asociados y no

para la defensa general de usuarios. De los preceptos legales aplicables (Ley de

asistencia jurídica gratuita y Ley para la defensa de consumidores y usuarios) no se

deduce limitación alguna relativa al ejercicio de acciones colectivas o individuales, tan

sólo se exige que el objeto de la acción guarde relación directa con los productos o

servicios de uso común, ordinario y generalizado, como así ocurre en el presente caso

(STC 117/1998).

En un juicio monitorio sobre reclamación de cantidad, derivada de la rescisión de un

contrato de seguro decenal y en el que no se discute que el objeto de la acción tenga

encaje en un servicio considerado como de “uso o consumo común, ordinario y

generalizado” (seguros), el tenor de las prescripciones legales del momento no permite

un entendimiento restrictivo del contenido del beneficio de justicia gratuita ni siquiera

obliga a que el asociado acredite que carece de medios económicos suficientes.

[Se trae a colación la doctrina del Tribunal sobre reconocimiento de la legitimación de

dichas asociaciones para el ejercicio también de acciones individuales, siempre y

cuando la controversia les afecte como consumidores o usuarios (STC 73/2004).]

La denegación del beneficio de asistencia jurídica, no sólo ha restringido el acceso a la

justicia de la asociación, vulnerando su derecho a la tutela judicial efectiva, sino que

también, como lógico resultado de tal denegación, ha provocado la vulneración del

derecho a la defensa y a la asistencia letrada.

Sala Primera. Sentencia 218/2007, de 8 de octubre de 2007

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

217

Recurso de amparo 2193-2005. Promovido por doña Mercedes Ramírez Ureba y

otra frente a la Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que revocó

la anulación del fallo de 2002 del Tribunal del Jurado constituido en la

Audiencia Provincial de Cádiz, que había absuelto a los reos de una causa por

delitos de asesinato y otros.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia penal):

celebración de juicio oral sin la participación de la acusación particular, tras

no haber sustituido su abogado y procurador de oficio; ponderación de la

nulidad de juicio oral y absolución. Voto particular.

La celebración del juicio oral sin comparecencia de una de las partes obedece a una

interpretación excesivamente rigorista, por parte del órgano judicial, de la Ley de

asistencia jurídica gratuita. Esta limitación de los derechos de defensa de la acusación

particular ha generado indefensión material.

La prohibición de la anulación, en el proceso de amparo, de una sentencia firme

absolutoria, no debe entenderse referida a las resoluciones dictadas en un proceso penal

sustanciado con lesión de las más elementales garantías procesales de las partes, como

ha ocurrido en el presente caso.

Tampoco cabe hablar de sumisión a un doble juicio de los absueltos como consecuencia

de la sentencia de casación, en cuanto el que pudiera ser considerado como primero ha

sido anulado.

Sala Segunda. Sentencia 219/2007, de 8 de octubre de 2007

Recurso de amparo 2204-2005. Promovido por don Eduardo Argüelles García

respecto a la Sentencia de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de

Madrid que desestimó su demanda contra el Ayuntamiento de Madrid sobre

multa por infracción de tráfico.

Vulneración del derecho de defensa en el procedimiento administrativo

sancionador: emplazamiento edictal del titular del vehículo infractor sin agotar

los medios de comunicación efectiva.

Emplazamiento mediante edictos de la denuncia al infractor de las normas de seguridad

vial, al resultar infructuosa la notificación en su domicilio.

El Tribunal ha declarado que las garantías procedimentales del artículo 24.2 de la CE

son aplicables al procedimiento administrativo sancionador, no de forma literal, pero sí

en la medida necesaria para preservar los valores esenciales que se encuentran en la

base del proceso (STC 120/1996).

De acuerdo con la doctrina expuesta, la Administración no ha adoptado las medidas

necesarias para averiguar el verdadero domicilio del infractor, lo que constituye una

infracción del deber de diligencia para la realización de actos de comunicación que la

jurisprudencia constitucional exige.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Se ha vulnerado el derecho de defensa del infractor en el procedimiento administrativo

sancionador. Tal vulneración no ha sido reparada en la vía judicial, por lo que se anulan

tanto la resolución recaída en el proceso administrativo sancionador, como la sentencia

del juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid.

Sala Primera. Sentencia 220/2007, de 8 de octubre de 2007

Recurso de amparo 4091-2005. Promovido por doña Gloria Constantino Pérez

frente a las Sentencias de la Audiencia Provincial de Badajoz y de un Juzgado de

Instrucción de Mérida que absolvieron al acusado en un juicio por falta de

injurias.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia penal):

denegación del aplazamiento de un juicio oral de faltas, por convocatoria de

Pleno de un Ayuntamiento, que no pondera adecuadamente el derecho a

desempeñar cargos públicos representativos.

La demandante en un juicio de faltas solicitó el aplazamiento del juicio oral por haber

sido convocada el mismo día y hora para participar como concejal en un Pleno del

Ayuntamiento.

El juzgado denegó la solicitud, al entender que no concurría un motivo justo para

aplazar el juicio oral.

Esta decisión, que no puede ser calificada de arbitraria, manifiestamente irrazonable o

producto de error patente, sí que resulta, sin embargo, desproporcionada. Considera el

Tribunal, que el órgano judicial no ha llevado a cabo una adecuada ponderación de los

derechos fundamentales en juego, sino que ha vulnerado el derecho de la demandante a

la tutela judicial efectiva, para salvaguardar la celeridad del procedimiento que no

habría quedado significativamente afectada por una decisión alternativa.

La prohibición de la anulación, en el proceso de amparo, de una sentencia firme

absolutoria, no debe entenderse referida a las resoluciones dictadas en un proceso penal

sustanciado con lesión de las más esenciales garantías procesales de las partes, como ha

ocurrido en el presente caso.

Sala Primera. Sentencia 221/2007, de 8 de octubre de 2007

Recurso de amparo 6131-2006. Promovido por Proiliberis, S.L., frente a la

Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Andalucía, con sede en Granada, que inadmitió su demanda sobre

reclamaciones tributarias.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia):

inadmisión de demandas formuladas a requerimiento judicial tras denegar la

acumulación de asuntos.

La empresa solicitante de amparo había interpuesto recurso acumulando tres

resoluciones de expedientes de reclamación. El órgano judicial dicta providencia

ordenando desacumular y concede plazo para la interposición por separado de los

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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recursos, que son presentados por la recurrente. La Sección pronuncia Sentencia

declarando la inadmisibilidad del primero de los recursos por extemporáneo.

No es necesario agotar la vía judicial previa al no ser el cauce procesal adecuado cuando

el error es cometido por el órgano judicial al computar el plazo de interposición del

recurso obviando lo acordado en una resolución anterior. Es otorgado el amparo en

virtud de lo establecido entre otras, en la reciente STC 132/2007 donde se recogen los

requisitos para comprobar si una resolución judicial ha incurrido en error con relevancia

constitucional.

Sala Segunda. Sentencia 222/2007, de 8 de octubre de 2007

Recurso de amparo 8079-2006. Promovido por don Miguel Ángel Dalmau

Lloret respecto a los Autos de la Audiencia Provincial de Alicante que

ordenaron su ingreso en prisión y denegaron la suspensión de la ejecución de la

pena en causa por delito contra la salud pública.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: denegación de la

suspensión de la ejecución de pena de prisión sin motivación y que se produce

tardíamente (STC 251/2005).

Se vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE) por falta de una

motivación adecuada teniendo en cuenta las circunstancias individuales del caso y

ponderación de los valores y bienes jurídicos comprometidos (finalidad de las penas

privativas de libertad: la reeducación y la reinserción social) que exigen una tutela

reforzada al afectar al valor libertad; y en concreto falta una valoración de la finalidad

especial del art. 87 CP de recibir un tratamiento que permita la emancipación de la

adicción con carácter preferente al ingreso en prisión.

Se deniega la suspensión de una pena y se ordena el ingreso en prisión tras cuatro años

desde que se realizó la solicitud de suspensión de pena y durante este tiempo el

condenado ha rehecho su vida, sin volver a delinquir, tras someterse a un tratamiento de

desintoxicación.

El Tribunal reitera su jurisprudencia de exigir la racionalidad de la decisión judicial

teniendo en cuenta las circunstancias individuales y en concreto la falta de comisión

delictiva (STC 251/2005, de 10 de octubre).

Sala Segunda. Sentencia 223/2007, de 22 de octubre de 2007

Recurso de amparo 2886-2004. Promovido por Finco, S.L., frente a la Sentencia

y el Auto de nulidad de un Juzgado de Primera Instancia de Ourense que la había

condenado a otorgar escritura de venta en un juicio de retracto.

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: emplazamiento

edictal de la empresa demandada, tras oficiar a la policía, sin agotar los medios

de comunicación efectiva.

Emplazamiento edictal de la demanda al resultar infructuosa la comunicación personal

del Juzgado: intento de emplazamiento en el domicilio social que constaba en el

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Registro Mercantil; solicitud de informe policial, que indicó que la entidad demandada

tenía el domicilio social en la calle que constaba en las actuaciones, aportando como

nuevo dato que estaba junto al parque de bomberos, e indicando los datos del primer

representante legal y nombres de otros tres; intento de realizar el emplazamiento en la

persona del primer representante con resultado negativo.

El Tribunal declara vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión (art.

24.1 CE).

Reitera la doctrina del emplazamiento defectuoso porque el Juzgado no realizó las

gestiones oportunas para llegar al convencimiento de que no era posible la

comunicación personal ya que podría haber intentado de nuevo el emplazamiento en el

domicilio social de la demandada tras el informe policial; podría haber averiguado el

domicilio de los otros representantes legales; y realizó el emplazamiento edictal en la

provincia correspondiente a la sede del órgano jurisdiccional pero diferente a la

provincia donde tiene su sede la empresa emplazada.

Sala Segunda. Sentencia 224/2007, de 22 de octubre de 2007

Recurso de amparo 3449-2004. Promovido por don Turson Dorprey respecto a

los Autos de la Audiencia Provincial y de un Juzgado de Instrucción de Valencia

que acordaron el sobreseimiento de unas diligencias previas por delito de

lesiones.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: investigación insuficiente

de una denuncia de tortura sufrida bajo custodia policial (STEDH Martínez

Sala c. España).

La falta de diligencia en la práctica de la prueba y la carencia de motivación vulnera el

derecho a la tutela judicial efectiva (artículo 24 CE). Esta exigencia se intensifica en los

casos en que se alega la vulneración de un derecho fundamental, máxime cuando

respecto a ese derecho fundamental, concretamente el derecho a la integridad física y

moral (artículo 15 CE), existe el deber del Estado de llevar a cabo una investigación

eficaz. Este deber se concreta y acoge vía internacional, en virtud de la interpretación

que hace el Tribunal Europeo de Derechos Humanos del artículo 3 del Convenio de

Roma y de otros instrumentos internacionales.

En la madrugada del 5 de enero de 2003 el recurrente fue detenido, por varios agentes

de la policía local, en una zona en las afueras de la ciudad. El recurrente declaró, ante el

Juez de instrucción, que en el momento de su detención había sido golpeado por agentes

de la policía y solicitó un reconocimiento médico. /El médico forense que efectuó el

reconocimiento, certificó la existencia de lesiones graves y recomendó un examen más

completo; siguiendo esta indicación el recurrente fue asistido en un centro médico. /A

su vez, los agentes que llevaron a cabo la detención sostienen haber hecho un uso

legítimo de la fuerza ante la resistencia opuesta por el recurrente. Al hilo del proceso

seguido contra el recurrente y ante la documentación presentada por la defensa, el

Juzgado de Instrucción decide incoar diligencias previas por un delito de lesiones.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

221

En estas diligencias previas la falta de traslado, por parte del órgano judicial, de la

documentación necesaria para la práctica de una prueba determinante da lugar al

sobreseimiento y archivo de actuaciones. /Ante esta situación el demandante de amparo

interpone recurso de reforma, recurso que fue desestimado dando lugar a la

interposición de un recurso de apelación ante la Audiencia provincial. La Audiencia

desestimó este recurso arguyendo, precisamente, insuficiencia de prueba.

En cuanto a la exigencia de un plus de motivación en la resolución judicial se reitera lo

manifestado en anteriores sentencias (SSTC 14/2002, 251/2005) y, respecto al deber del

Estado de llevar a cabo una investigación eficaz en relación al derecho a la integridad

física y moral, se acoge la interpretación expuesta en la Sentencia del tribunal Europeo

de Derechos Humanos de 2 de noviembre de 2004 (Caso Martínez Sala y otros contra

España).

Sala Segunda. Sentencia 225/2007, de 22 de octubre de 2007

Recurso de amparo 5667-2004. Promovido por don Jesús Pérez Díaz y otra

respecto al Auto de un Juzgado de Primera Instancia de Arganda del Rey

(Madrid) que aprobó la tasación de costas en un juicio verbal por suspensión de

obra nueva.

Vulneración del derecho a la asistencia letrada: denegación de nombramiento

de abogado de oficio sin gratuidad por no tener turno específico el colegio de

abogados, en incidente de costas procesales.

La Sentencia es consecuencia de la tasación de costas que el juez determinó en demanda

de juicio verbal para la suspensión de obra nueva que pretendió el ahora recurrente en

amparo, la cual fue desestimada, tasación que le parecieron excesivas, teniendo la

posibilidad de impugnarlas, por lo que solicitó la suspensión del plazo concedido y que

"se le designara un abogado de oficio sin gratuidad" a fin de que en el plazo que resta

pueda el nuevo Letrado impugnar, en su caso, la tasación. Denegando el Tribunal lo

solicitado por no tener ningún turno previsto para ese supuesto el Colegio de Abogados

de Alcalá de Henares.

Lo novedoso de ésta Sentencia es la diferencia que se hace entre la designación de un

Abogado de oficio y el acceso a la justicia gratuita, extremos que pueden ir por separado

si existen los requisitos para ello; la designación de abogado de oficio no

necesariamente debe estar ligada a la gratuidad. El derecho a la defensa y a la asistencia

letrada es reconocida por el art. 24.2 de la C.E., no sólo en el proceso penal sino

también para el resto de los procesos (STC 152/2000, de 12 de junio, 211/2003 de 1 de

diciembre, 18/2006, de 30 de enero). La facultad para elegir la autodefensa o la defensa

técnica, es atribución de la parte. En la defensa técnica se da cobijo al Abogado de

confianza como al Letrado de oficio, que será gratuito cuando se careciera de medios

económicos, o sin gratuidad cuando se dispusieran de los medios económicos pero

careciere de Abogado, posibilidad contemplada en el art. 33.2 de la Ley de

enjuiciamiento civil (LEC)

Habiéndose lesionado la igualdad de las partes y el derecho a la contradicción, al

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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negarse su derecho a la asistencia letrada previstos en el art. 24.2 C.E. y produciéndose

una indefensión material, vulnerándose también el derecho fundamental a la tutela

judicial efectiva sin indefensión previsto en el art. 24.1 CE.

Sala Segunda. Sentencia 226/2007, de 22 de octubre de 2007

Recurso de amparo 965-2005. Promovido por Kerridge Computer Co. Ltd.

frente a la Sentencia de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid

que desestimó su demanda contra el Ayuntamiento de Madrid sobre multa de

tráfico.

Vulneración del derecho de defensa en el procedimiento administrativo

sancionador: emplazamiento edictal del titular del vehículo infractor sin agotar

los medios de comunicación efectiva.

Emplazamiento mediante edictos del requerimiento para la identificación del conductor

del vehículo infractor y de la posterior incoación del expediente sancionador, al resultar

infructuosa la notificación en el domicilio social pese a figurar éste en el Registro

Mercantil y haber sido informado el Ayuntamiento por el pertinente procedimiento

administrativo.

El Tribunal ha declarado que las garantías procedimentales del artículo 24.2 de la CE

son aplicables al procedimiento administrativo sancionar, no de forma literal, pero sí en

la medida necesaria para preservar los valores esenciales que se encuentran en la base

del (STC 120/1996). De acuerdo con la doctrina expuesta, la Administración no ha

adoptado las medidas necesarias para averiguar el verdadero domicilio del infractor, lo

que constituye una infracción del deber de diligencia para la realización de actos de

comunicación que la jurisprudencia constitucional exige.

Se ha vulnerado el derecho de defensa del infractor en el procedimiento administrativo

sancionador. Tal vulneración no ha sido reparada en la vía judicial, por lo que se anulan

tanto la resolución recaída en el proceso administrativo sancionador, como la sentencia

del juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.

Sala Segunda. Sentencia 227/2007, de 22 de octubre de 2007

Recurso de amparo 3382-2005. Promovido por doña Zhi Zhen Dai y otros frente

a la Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y los Autos de la

Audiencia Nacional y de un Juzgado Central de Instrucción que no admitieron a

trámite la querella por delitos de genocidio y torturas en China.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia penal):

jurisdicción universal de los Tribunales españoles en materia penal (STC

237/2005).

Amparo relativo a la inadmisión de una querella interpuesta contra ex altos cargos

chinos por supuestos delitos de genocidio y torturas cometidos en China sobre

miembros y simpatizantes del grupo Falun Gong.

Para el Tribunal dicha inadmisión vulnera el derecho de acceso a la justicia penal al

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

223

estar basada en una forzada e infundada exégesis del art. 23.4 LOPJ, exigiendo

requisitos de conexión que obstaculizan la aplicación de un principio de jurisdicción

universal absoluto, contrarios al principio pro actione y al sentido literal del precepto; y

que el Tribunal ya desautorizó contundentemente en la STC 237/2005. Fundamentación

ampliamente recogida en esta Sentencia.

Destaca como elemento singular respecto del resuelto por la STC 237/2005, la

alegación hecha sobre la imposibilidad de acudir a otros sistemas para conocer de tales

delitos, pues China no ha ratificado el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional,

y además, posee derecho de veto en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

sobre cualquier Resolución que pudiera dictarse al respecto.

Sala Segunda. Sentencia 228/2007, de 5 de noviembre de 2007

Recurso de amparo 4804-2004. Promovido por don José Rondan Agües respecto

a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia

Nacional que desestimó su recurso sobre liquidaciones tributarias del impuesto

sobre la renta de las personas físicas.

Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y a la igualdad:

falta de agotamiento porque se preparó recurso de casación contencioso-

administrativo al mismo tiempo que el recurso de amparo.

Se trata de un recurso de amparo derivado de la desestimación de un recurso contra una

reclamación económico-administrativa en materia del IRPF. El Tribunal inadmite el

recurso de amparo por falta de agotamiento de la vía judicial previa. La presentación

anterior a este recurso de amparo de un recurso de casación contencioso-administrativo

pendiente de admisión y resolución, revela la condición prematura de esta demanda de

amparo.

Sala Primera. Sentencia 229/2007, de 5 de noviembre de 2007

Recurso de amparo 5790-2004. Promovido por don José Luis Benavides del Rey

frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid que desestimó su recurso contra la Dirección

General de los Registros y del Notariado sobre sanción por percibir derechos

arancelarios sobre valores distintos a los establecidos legalmente.

Vulneración del derecho a la legalidad penal: sanción administrativa a

registrador de la propiedad sin cobertura legal. Votos particulares.

Un registrador de la propiedad, que aplicaba los conceptos arancelarios de

“presentación” y “busca”, es sancionado, en virtud de lo dispuesto por el artículo 565.3

del Reglamento hipotecario, como autor de una falta muy grave consistente en la

percepción de derechos arancelarios sobre valores distintos de los legalmente

establecidos, pues tales conceptos no estaban sujetos a arancel.

Afirma el Tribunal que la sanción impuesta tiene cobertura legal en la disposición

adicional tercera de la ley de tasas y precios públicos, por lo que se rechaza la queja

relativa a la vulneración del derecho a la legalidad en materia sancionadora en su

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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vertiente formal.

Se estima, sin embargo, la queja relativa a la vulneración de este derecho en su vertiente

material, por entender el Tribunal que tanto la Resolución de la Dirección General de

los Registros y el Notariado que impuso la sanción, como las resoluciones que la

confirmaron, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa, realizaron

una interpretación analógica in malam partem de la norma que tipifica la infracción.

Según se argumenta en la sentencia, “la conducta tipificada es la de que un concepto

arancelario aplicable al caso se ha proyectado sobre un valor distinto al establecido

legalmente, es decir, el concepto era procedente, pero no la cuantía percibida” y lo que

el registrador sancionado hizo fue “percibir derechos arancelarios inaplicables en el

caso”.

Así, se otorga el amparo solicitado, por haberse apartado la Administración del tenor

literal del precepto.

La sentencia ha sido objeto de dos votos particulares discrepantes.

Sala Primera. Sentencia 230/2007, de 5 de noviembre de 2007

Recurso de amparo 6409-2004. Promovido por don Aramis Tarik Rekaina

respecto a las Sentencias de la Audiencia Provincial y de un Juzgado de lo Penal

de Valencia que le condenaron por delito contra la salud pública.

Vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones y supuesta

vulneración de la presunción de inocencia: registro de llamadas de teléfono

móvil intervenido sin consentimiento ni autorización judicial (STC 123/2002);

condena fundada en pruebas de cargo independientes sobre el concierto de

voluntades para el transporte de hachís.

El acceso policial al registro de llamadas del terminal móvil intervenido sin

consentimiento ni autorización judicial no resulta conforme al derecho pues la

identificación de los intervinientes en la comunicación queda cubierta por el secreto de

las comunicaciones (STC 123/2002). Ello supone la exclusión de la información

recabada como material probatorio apto para enervar la presunción de inocencia. Sin

embargo, existían elementos de corroboración externa a las declaraciones

incriminatorias de los otros dos coimputados, independientes a dicha prueba: el

testimonio de los agentes actuantes acerca de que el coche conducido por el recurrente

formaba parte del convoy, sobre la actitud nerviosa mostrada por el recurrente y el

hecho de que haya intentado entrar en contacto con otro de los acusados en cuyo

vehículo se intervino la sustancia. El otorgamiento parcial del amparo sólo puede tener

un alcance declarativo en la medida en que la vulneración al secreto de las

comunicaciones no ha dado lugar a lesión del derecho a un proceso con todas las

garantías y de la presunción de inocencia. Agentes de la Guardia Civil detuvieron tres

vehículos en dos de los cuales encontraron varios paquetes de hachís. Accedieron al

listado de llamadas de los teléfonos móviles para comprobar las comunicaciones

realizadas entre los ocupantes durante el trayecto, y que el primero de los vehículos

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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detenidos hacía de “lanzadera” del convoy, el cual era conducido por el recurrente en

amparo. La Audiencia Provincial desestimó la apelación sobre la base de que hubo

prueba de cargo bastante consistente en la declaración de los coimputados, con la

corroboración de la testifical de los Guardias Civiles. Remitiéndose a la Sentencia de

instancia, no estimó una interceptación de comunicaciones y destacó que aun

prescindiendo de su resultado existía prueba de cargo suficiente para enervar la

presunción de inocencia.

Sala Segunda. Sentencia 231/2007, de 5 de noviembre de 2007

Recurso de amparo 7540-2004. Promovido por doña Margaret Hurley frente al

Auto de un Juzgado de Instrucción de Marbella que denegó la nulidad de

actuaciones en la ejecución procedente de un juicio verbal instado por la

asociación de propietarios de la Urbanización Río Verde.

Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: emplazamiento

edictal en pleito civil sin haberlo llevado a cabo en un domicilio social, y uno

particular en Londres, que constaban en autos.

La recurrente es emplazada por edictos al resultar infructuosos dos intentos de

emplazamiento en su segunda residencia, un chalé de la urbanización de la que trae

causa el pleito por impago de cuotas. No obstante, en el Registro de la Propiedad

constaban tres domicilios. Tiene conocimiento de que su vivienda había sido subastada

al comentárselo a su pareja sentimental uno de los obreros que trabajaba en su chalé,

que había sido informado por la Presidenta de la Asociación de Propietarios. Es

lesionado el derecho a la tutela judicial efectiva del art. 24.1CE. El Tribunal estima el

amparo debido a la falta de una adecuada actividad indagatoria y de otros medios de

comunicación por el órgano judicial, retrotrayéndose las actuaciones al momento

procesal del emplazamiento

Sala Primera. Sentencia 232/2007, de 5 de noviembre de 2007

Recurso de amparo 1186-2005. Promovido por don Alberto Ortíz de Mendívil

Viteri y otra frente a los Autos de la Audiencia Provincial de Álava de nulidad y

complemento de pronunciamiento dictados en grado de apelación de un litigio

instado por Seguros Lagun Aro, S.A., sobre abono de cantidad por devolución

de lo pagado en relación con un accidente de circulación.

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: imposición de

costas procesales de un recurso de apelación civil a pesar de haber apreciado

incongruencia en la sentencia de instancia, pero confirmando su fallo. Voto

particular.

La estimación parcial de las pretensiones de unos asegurados en un pleito sobre

reclamación de cantidad no impide la condena al pago de costas cuando dicha condena

está motivada y fundada en Derecho. Por consiguiente, dicha condena no incurre en

error patente, arbitrariedad manifiesta o irrazonabilidad. De un lado, el Tribunal

considera que la decisión de la Sala de apelación esta fundada en Derecho, al basarse en

art. 394 LEC por remisión del art. 398 LEC, que permite la condena en costas por

desestimación de pretensiones; de otro, estima que la Sala ha motivado razonablemente

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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el hecho de que la estimación y subsanación de la incongruencia omisiva cometida por

la Sentencia de instancia fuera intranscendente al desestimar las otras dos pretensiones

(objeto de la omisión), determinantes realmente de la respuesta en apelación. Para el

voto particular la Sala no disponía de un margen de apreciación sobre la imposición de

costas, de acuerdo con la doctrina seguida en la STC 25/2006, de 30 de enero.

Sala Segunda. Sentencia 233/2007, de 5 de noviembre de 2007

Recurso de amparo 6219-2005. Promovido por doña Elena Alconada Pérez

frente a las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia y de un Juzgado de lo

Social de Madrid que desestimaron su demanda contra Roceña de Turismos,

D.A., en litigio de tutela de derechos fundamentales.

Supuesta vulneración del derecho a no ser discriminada por razón del sexo:

inexistencia de postergación profesional de una trabajadora a causa de su

maternidad (STC 182/2005).

La Sentencia hace un resumen de la doctrina en materia de discriminación por razón de

sexo relacionada con los derechos asociados a la maternidad la maternidad.

Partiendo de tal doctrina, afirma que no todo incumplimiento de la Ley que regula los

derechos y garantías de la trabajadora que ejerce un derecho relacionado con la

maternidad implica, automáticamente, la existencia de una discriminación vulneradora

del artículo 14 CE.

En el presente caso, no ha quedado acreditado que el cambio de las funciones asignadas

a la trabajadora cuando se reincorporó al trabajo tras la baja maternal hayan supuesto un

perjuicio de carácter discriminatorio vinculado al incumplimiento del régimen legal de

reserva del puesto de trabajo, ni tampoco asociado al ejercicio del derecho de

excedencia para el cuidado de hijos.

Finalmente, y aplicando la doctrina sobre distribución de la carga de la prueba en este

tipo de supuestos, concluye el Tribunal que el indicio de discriminación aportado por la

trabajadora, decae después de una consideración conjunta de todos los elementos de

prueba.

Sala Primera. Sentencia 234/2007, de 5 de noviembre de 2007

Recurso de amparo 5093-2006. Promovido por don Imanol Larrañaga Alberdi

frente a las resoluciones de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que

aprobaron la liquidación de condena en causa por delito de colaboración con

banda armada.

Vulneración de los derechos a la legalidad penal, a la tutela judicial efectiva y a

la libertad personal: imposición de un arresto sustitutorio por impago de multa

en ejecución de sentencia que no había acordado esa responsabilidad personal

subsidiaria, aplicando retroactivamente una ley penal desfavorable.

A un condenado a cinco años de prisión y 18 meses de multa por colaboración con

banda armada, se le impuso un arresto sustitutorio por impago de multa, de acuerdo con

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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el art. 53.3 CP (en su redacción de 2004) pese a que este precepto en el momento de

comisión del delito (1999 y 2000) no lo permitía para condenados a pena privativa de

libertad superior a cuatro años. La sentencia penal dictada no había recogido alusión

alguna a la responsabilidad personal subsidiaria. La sentencia otorga el amparo

reconociendo vulnerados simultáneamente los derechos de: - Legalidad penal (art. 25.1

CE) - en el que queda subsumido el derecho de tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE -

STC 30/2000 de 31 de enero, por todas) - por aplicación retroactiva de disposiciones

penales desfavorables, principio garantizado con carácter general en el art. 9.3 CE, y

respecto a las normas penales concretamente incluido en el art 25.1 (STC 21/1993, de

18 de enero) - Tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE) y a un proceso con todas las

garantías (art. 24.2 CE) en relación con el principio de intangibilidad de la sentencia

firme y garantía jurisdiccional penal (como proyección del art. 24.1 CE). al haberse

apartado de la sentencia condenatoria al liquidar una pena de responsabilidad

subsidiaria que no constaba en el fallo - Derecho a la libertad personal (art. 17.1 CE). La

responsabilidad penal subsidiaria por impago de multa no entraña per se una violación

del art. 17.1 CE siempre que se lleve a cabo en los casos y formas previstos por la ley

(STC 19/1988 de 16 de febrero). En el caso que nos ocupa, no se han seguido los cauces

legales previstos (aplicación retroactiva de norma penal desfavorable y aplicación de

pena no contemplada en la Sentencia), incurriendo por tanto en su violación.

Pleno. Sentencia 235/2007, de 7 de noviembre de 2007

Cuestión de inconstitucionalidad 5152-2000. Planteada por la Sección Tercera

de la Audiencia Provincial de Barcelona respecto al artículo 607.2 del Código

penal.

Vulneración del derecho a la libre expresión: sanción penal de la difusión de

ideas o doctrinas que nieguen o justifiquen delitos de genocidio. Nulidad parcial

e interpretación de precepto estatal. Votos particulares.

Pleno. Sentencia 236/2007, de 7 de noviembre de 2007

Recurso de inconstitucionalidad 1707-2001. Interpuesto por el Parlamento de

Navarra contra diversos preceptos de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de

diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre

derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Derechos fundamentales de los extranjeros: reunión y manifestación,

asociación, educación, sindicación, intimidad familiar y reagrupación;

motivación de la denegación de visado; asistencia jurídica gratuita; expulsión

por conducta delictiva; internamiento de retornados; defensa en el

procedimiento de expulsión preferente. Nulidad, inconstitucionalidad e

interpretación de preceptos estatales. Votos particulares.

Pleno. Sentencia 237/2007, de 8 de noviembre de 2007

Recurso de inconstitucionalidad 1648-2004. Interpuesto por el Consejo de

Gobierno de la Junta de Andalucía en relación con el artículo 92 y la cuantía de

la sección 32 de la Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de presupuestos generales

del Estado para 2004.

Principios de autonomía y suficiencia financiera: cálculo de la cuantía de la

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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participación de una Comunidad Autónoma en los ingresos del Estado mediante

el fondo de suficiencia.

Pleno. Sentencia 238/2007, de 21 de noviembre de 2007

Recurso de inconstitucionalidad 1903-2002. Interpuesto por el Consejo de

Gobierno de la Junta de Andalucía en relación con el artículo 88 y la cuantía

fijada en la sección 33 de la Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de presupuestos

generales del Estado para 2002.

Principios de autonomía y suficiencia financiera, límites a la ley de

presupuestos y seguridad jurídica: cálculo de la cuantía de la participación de

una Comunidad Autónoma en los ingresos del Estado mediante el fondo de

compensación interterritorial. Votos particulares concurrentes.

Sala Primera. Sentencia 239/2007, de 10 de diciembre de 2007

Recurso de amparo 3809-2004. Promovido por don Manuel Esperilla Calderón

frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Extremadura que inadmitió su recurso contra el

Ayuntamiento de Castuera sobre responsabilidad patrimonial por daños en finca

colindante con el vertedero municipal.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la justicia): acto

administrativo declarado firme y consentido por no haber impugnado

judicialmente en su día una denegación presunta de la solicitud inicial (SSTC

6/1986 y 39/2006).

Presentadas en octubre de 2000, enero y marzo de 2001 reclamaciones de

responsabilidad patrimonial contra el Ayuntamiento, se interpone recurso contencioso

contra la desestimación por silencio en marzo de 2002, que es inadmitido por

considerarse un acto reproducción de dos actos desestimatorios anteriores definitivos y

firmes que no fueron recurridos en su momento. En virtud de la doctrina constitucional,

dado el incumplimiento de la obligación de la Administración a resolver de forma

expresa y la no obligatoriedad de los ciudadanos a recurrir un acto presunto, es otorgado

el amparo

Sala Primera. Sentencia 240/2007, de 10 de diciembre de 2007

Recurso de amparo 4653-2004. Promovido por doña Reposo Chávez Romero

frente a la Sentencia y al Auto de nulidad de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que desestimó

su demanda contra el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa sobre

justiprecio de una cantera de jabre.

Vulneración del derecho a la prueba: sentencia contencioso-administrativa

dictada antes de que se hubiera practicado la prueba pericial admitida,

pendiente de provisión de fondos por parte de la gerencia del ministerio de

justicia.

La demandante de amparo, con derecho a la asistencia jurídica gratuita, solicita en el

contencioso que para la fijación del justiprecio de la finca expropiada se practique

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

229

prueba pericial sobre la localización y valoración de jabre en la misma. Requerido el

perito para que presente el informe solicitado, se niega a ello hasta que no le fuese

abonada la provisión de fondos, cuyo abono está pendiente del pronunciamiento sobre

costas. Las resoluciones impugnadas vulneran el derecho a utilizar los medios de prueba

pertinentes para la defensa (art. 24.2 CE), al haberse generado con la irregularidad

procesal una indefensión material a la recurrente. Al declarar procedente la prueba y

designar el perito, es responsabilidad del órgano judicial que se realice la tarea

encomendada. Dicha prueba era decisiva para la defensa. El objeto del recurso era

determinar si entre los daños indemnizables se encontraba una cantera de jabre, por lo

que, de haberse realizado, la resolución judicial podría ser favorable a la recurrente.

Sala Segunda. Sentencia 241/2007, de 10 de diciembre de 2007

Recurso de amparo 4794-2004. Promovido por don Pelayo Fernández Llana

respecto a la diligencia y el Auto de la Audiencia Provincial de Oviedo que

denegaron la preparación de recurso de casación en litigio sobre nulidad de

donación.

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso al recurso

legal): inadmisión de recurso de casación civil por falta de representación del

procurador de oficio que lo preparó; efectos de la mera solicitud de asistencia

jurídica gratuita.

Heredero litigante que fue representado por Abogado y Procurador de libre designación

en proceso ordinario de nulidad e inoficiosidad de donación, quien pide durante el curso

de la segunda instancia, asistencia jurídica gratuita ante el Colegio profesional

correspondiente, sin comunicar dicho extremo al Tribunal. Tampoco realizó solicitud de

suspensión del proceso. El Tribunal acordó tener por no presentado posterior recurso de

casación realizado por distinto Procurador. Los Tribunales deben tener conocimiento y

en su caso, asentir la solicitud de la parte interesada en la suspensión del proceso o la

revocación de apoderamiento conferido a Abogado o Procurador, ya que dicho acto no

puede provenir directamente de la voluntad unilateral del poderdante sino de un acto

administrativo, SSTC 71/2002, de 8 de abril, 125/2005, de 23 de mayo entre otras.

Sala Segunda. Sentencia 242/2007, de 10 de diciembre de 2007

Recurso de amparo 4877-2004. Promovido por don Joaquín Estudis Escursell y

otra frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la

Audiencia Nacional que desestimó su demanda sobre liquidaciones tributarias.

Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y a la igualdad:

falta de agotamiento porque se preparó recurso de casación contencioso-

administrativo al mismo tiempo que el recurso de amparo.

El Tribunal inadmite la demanda de amparo al no cumplirse el requisito de agotamiento

de la vía judicial ordinaria, puesto que la misma demanda señala que han presentado un

escrito de preparación de recurso de casación. Supuesto de un contencioso-

administrativo en materia tributaria ante la Audiencia Nacional, que desestimó el

recurso declarando la sentencia su firmeza y que no había posibilidad de recurso. El

Tribunal recuerda su doctrina de que la instrucción sobre recursos no forma parte del

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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decisum de la resolución ni está dotada de la fuerza de éste, y no implica el cierre del

medio de impugnación (STC 240/2001, de 18 de diciembre). También mantiene que

cuando existe un defecto procesal insubsanable, cualquier pronunciamiento de fondo

sería prematuro y supondría ignorar el carácter subsidiario del recurso de amparo

constitucional (SSTC 8/1981, de 31 de mayo y 249/2006, de 24 de julio).

Sala Segunda. Sentencia 243/2007, de 10 de diciembre de 2007

Recurso de amparo 5025-2004. Promovido por Síntoma Galán, S.L., frente a la

Sentencia de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante que

desestimó su demanda contra el Ayuntamiento de Benidorm sobre multa,

clausura de establecimiento y suspensión de licencia de apertura de local.

Vulneración del derecho a la presunción de inocencia en el procedimiento

administrativo sancionador: sanción administrativa fundada en denuncia de la

policía local, no ratificada ni adverada con análisis pericial hasta el posterior

contencioso judicial.

Agentes del Ayuntamiento de Benidorm practican inspección a las 20.00 y 00.45 horas

del mismo día en el local propiedad de la recurrente incautando en ambas, trozos de una

sustancia que parece ser hachís y colillas de cigarrillos con sustancia estupefaciente. La

resolución administrativa sancionadora vulnera el derecho fundamental a la presunción

de inocencia, al resultar insuficiente la prueba de cargo en el procedimiento

administrativo: la Administración no se pronunció respecto a las pruebas de descargo

que pidieron los dueños del local, consistente en el análisis y pesaje de las sustancias

aprehendidas, ni tampoco se produjo la ratificación de los policías locales intervinientes

(como recoge el art. 37 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre protección

de la seguridad ciudadana, al haber sido negados los hechos por el inculpado) La

Sentencia constitucional razona que esas omisiones hayan sido subsanadas en el

posterior proceso judicial no sana las vulneraciones constitucionales, porque quien

sanciona es la Administración y no los Tribunales. Parece contradecir lo afirmado en

otras Sentencias, como la STC 94/1993, de 22 de marzo, fj 5.1.

Sala Primera. Sentencia 244/2007, de 10 de diciembre de 2007

Recurso de amparo 5546-2004. Promovido por don José Francisco Lizaso

Azconobieta respecto a la Sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo

que, en grado de casación en litigio sobre derecho al honor, desestimó su

demanda contra don José María Gurruchaga Zapirain por declaraciones sobre el

comando Kiruli.

Supuesta vulneración de los derechos al honor y la presunción de inocencia:

dimensión extraprocesal de la inocencia; declaraciones en rueda de prensa de

un gobernador civil sobre la desarticulación de un comando terrorista que

identifica a un detenido, luego no acusado.

A diferencia de lo decidido en la STC 219/1992, en este caso la información divulgada a

la opinión pública por quien ostentaba la jefatura de la fuerza de seguridad actuante

revestía incuestionable relevancia e interés público (STC 14/2003). Ello no sólo

justifica la difusión de los resultados alcanzados por las fuerzas de seguridad en el curso

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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de sus investigaciones, sino que además ampara el conocimiento de la identidad de las

personas detenidas. No se aprecia que el contenido de las manifestaciones refleje una

realidad distinta de aquélla que mostraban los resultados de la investigación en el

momento en que se produce la comparecencia: no son expresión de un juicio de

culpabilidad sino precisión de la causa o motivo que determinó la detención como

consecuencia de los resultados de la investigación policial. El gobernador civil satisfizo

en su actuación el especial deber de diligencia que, en cuanto autoridad pública, pesaba

sobre su decisión de hacer públicos los datos recabados (STC 69/2006). No se ha

vulnerado el derecho al honor, en su relación con una dimensión extraprocesal de la

presunción de inocencia, por haberse desestimado la demanda civil de protección de ese

derecho. Tras una detención efectuada en el curso de una intervención policial contra la

organización terrorista ETA, un gobernador civil desveló ante medios informativos la

identidad y afirmó la pertenencia a un comando de esa organización de quien luego fue

puesto en libertad por el Juzgado Central de Instrucción. En el juicio sobre protección

del derecho al honor, la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia declaró que las

manifestaciones constituyeron una intromisión ilegítima en ese derecho y condenó al

demandado, lo cual fue confirmado por la Audiencia Provincial al resolver la apelación.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo estimó la casación y revocó la Sentencia de la

primera instancia.

Sala Primera. Sentencia 245/2007, de 10 de diciembre de 2007

Recursos de amparo 5904-2004 y 5905-2004 (acumulados). Promovidos por don

Antonio Luis Morales Soto y otro frente a las Sentencias de la Sala de lo Penal

del Tribunal Supremo y de la Audiencia Provincial de Málaga que les

condenaron por delitos de detención ilegal y robo.

Alegada vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva y a la prueba y

supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia: condena penal

motivada y confirmada en recurso de casación penal sin necesidad de

inmediación.

El Tribunal desestima las quejas relativas a la falta de garantías en la valoración de la

prueba, puesto que no se extienden al proceso posterior de revisión de condena cuando

no hay valoración de pruebas sino confirmación de condena como ocurrió en la

casación; la queja de falta de motivación de la valoración de la prueba por parte de la

Audiencia, porque la motivación realizada es suficiente de acuerdo con el canon

constitucional exigible; y en cuanto a la razonabilidad que une las pruebas y el relato de

hechos probados el Tribunal considera que las Sentencias impugnadas son correctas. Se

trata de un supuesto de condena por detención ilegal, dos robos con intimidación y dos

faltas de lesiones confirmada en casación por el Tribunal Supremo y que los

condenados recurren en amparo alegando vulneración de los derechos a la tutela judicial

efectiva y a la prueba, y la presunción de inocencia. Inadmite las alegaciones de

incongruencia omisiva y derecho a la prueba, al entender no cumplido el requisito de

agotamiento de la vía ordinaria, pues no se acudió al incidente de nulidad de

actuaciones.

Sala Primera. Sentencia 246/2007, de 10 de diciembre de 2007

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Recurso de amparo 2612-2005. Promovido por don Máximo Centeno Conejo

frente a la Sentencia y Auto de aclaración de la Sala Segunda de lo Penal del

Tribunal Supremo que estimó parcialmente su recurso de casación en causa por

delito de agresión sexual y otros.

Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva y a la

legalidad penal: mantenimiento de la responsabilidad civil de un condenado

penal cuyo recurso de casación ha sido estimado parcialmente.

El demandante de amparo interpuso recurso de casación contra la sentencia de la

Audiencia Provincial que le consideraba responsable penal y civil de una serie de

delitos; el Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso y absuelve al recurrente de

uno de los delitos por los que se le condenaba sin pronunciarse sobre la responsabilidad

civil. El recurrente presenta un recurso de aclaración con el fin de modificar la

responsabilidad civil que se declara en la resolución, apoyándose en la absolución que

se contenía en la misma por uno de los delitos. El Tribunal Supremo, mediante Auto de

aclaración, deniega la pretensión del recurrente, ante esta situación el recurrente plantea

recurso de amparo alegando la vulneración de los derechos reconocidos en los artículos

24.1 (tutela judicial efectiva) y 25.1 (principio de legalidad penal) de la Constitución.

En cuanto a los pronunciamientos en materia de responsabilidad civil derivada de

delitos o faltas el Tribunal declara que no constituyen una sanción, por tanto, el

principio de legalidad sancionadora no rige en relación a esta materia. Respecto al

derecho al recurso penal (24.1 CE), el Tribunal considera que no se ha vulnerado el

referido derecho ya que las acciones civil y penal son acciones distintas y el recurrente

debió impugnar la responsabilidad civil de forma independiente. Los defectos o

irregularidades que se producen por negligencia de la parte carecen de relevancia desde

el punto de vista del amparo constitucional (SSTC 71/2002, de 8 de abril; 214/2003, de

1 de diciembre y 125/2005, de 23 de mayo).

Pleno. Sentencia 247/2007, de 12 de diciembre de 2007

Recurso de inconstitucionalidad 7288-2006. Promovido por el Gobierno de la

Comunidad Autónoma de Aragón contra el artículo 20 de la Ley Orgánica

1/2006, de 10 de abril, de reforma de la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de

Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, por el que se da nueva

redacción a su artículo 17.1.

Principios de unidad, autonomía, solidaridad e igualdad y lealtad institucional;

ámbito de los Estatutos de Autonomía; igualdad territorial y de los españoles:

derecho de los valencianos y valencianas al abastecimiento de agua y a la

redistribución de los sobrantes de aguas de cuencas excedentarias. Votos

particulares.

Pleno. Sentencia 248/2007, de 13 de diciembre de 2007

Recurso de inconstitucionalidad 1850-2003. Interpuesto por el Consejo de

Gobierno de la Junta de Andalucía contra el artículo 76 y las cuantías fijadas en

la sección 32 de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de presupuestos generales

del Estado para 2003.

Principios de autonomía y suficiencia financiera: STC 237/2007 (participación

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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de una Comunidad Autónoma en los ingresos del Estado mediante el fondo de

suficiencia). Votos particulares concurrentes.

Pleno. Sentencia 249/2007, de 13 de diciembre de 2007

Recurso de inconstitucionalidad 7289-2006. Interpuesto por el Consejo de

Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha respecto del

artículo 20 de la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, de reforma de la Ley

Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad

Valenciana, que da nueva redacción a su artículo 17.1, párrafo primero, segundo

inciso.

Principios de unidad, autonomía, solidaridad e igualdad y lealtad institucional;

ámbito de los Estatutos de Autonomía; igualdad territorial y de los españoles:

derecho de los valencianos y valencianas a la redistribución de los sobrantes de

aguas de cuencas excedentarias (STC 247/2007). Votos particulares.

Sala Segunda. Sentencia 250/2007, de 17 de diciembre de 2007

Recurso de amparo 2253-2003. Promovido por doña Itzíar Deusto Larrañaga

frente al Auto de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y la Sentencia del

Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que, en grado de suplicación,

desestimó su demanda sobre acoso sexual en un buque de pasajeros.

Vulneración parcial del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso al recurso

legal y resolución fundada en Derecho): inadmisión de recurso de casación

social; sentencia social que desestima una demanda de protección de derechos

fundamentales dirigida contra otro trabajador y niega la responsabilidad de las

empresas en el acoso sexual de un superior inmediato (STC 74/2007).

La recurrente sufrió, durante el desempeño de su actividad profesional, el acoso sexual

de un compañero de trabajo que pertenecía a una empresa distinta pero con el que

compartía tareas y lugar de trabajo. Ante esta situación la trabajadora presentó una

demanda ante el Juzgado de lo social, el cual condenó al trabajador y a las empresas

codemandadas. Esta Sentencia se recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia que, en

grado de suplicación, revoca la sentencia de instancia declarando la falta de

competencia del orden jurisdiccional social y el desconocimiento de los hechos por

parte de las empresas codemandadas. La demandante recurre ante el Tribunal supremo y

éste inadmite a trámite su recurso de casación apoyándose en la motivación expuesta

por el Tribunal Superior de Justicia. La trabajadora interpone recurso de amparo contra

este Auto y contra la Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia. El derecho a

la tutela judicial efectiva (24.1 CE) se vulnera cuando al hacer una interpretación

excesivamente restrictiva de las normas de competencia y al efectuar un razonamiento

incoherente con los hechos que han sido probados. El orden jurisdiccional social es

competente para conocer de los hechos que se susciten entre compañeros de trabajo,

entendiéndose por tal aquellos individuos que se hallen relacionados, por razón de sus

funciones, en el ámbito profesional. Esta sentencia, al igual que la STC 74/2007, incide

sobre la competencia del orden jurisdiccional social para conocer de aquellos asuntos

que se susciten entre compañeros de trabajo.

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Sala Segunda. Sentencia 251/2007, de 17 de diciembre de 2007

Recurso de amparo 5487-2003. Promovido por el grupo del Parlamento Vasco

Araba, Bizkaia eta Gipuzkoako Sozialista Abertzaleak Legebiltzar Taldea frente

a providencias de la Sala del art. 61 LOPJ del Tribunal Supremo que denegaron

su personación en un procedimiento de ejecución sobre ilegalización del partido

político Herri Batasuna y otros.

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso al

proceso): grupo parlamentario cuyos intereses pueden ser defendidos por

separado de los propios del partido político, pero que carecía de capacidad

procesal porque su disolución había devenido firme.

El Tribunal entiende que la decisión la decisión del Tribunal Supremo no puede

estimarse lesiva del derecho a la tutela judicial efectiva, en su vertiente de derecho de

acceso al proceso (art. 24.1 CE), por no ser desproporcionada, reiterando jurisprudencia

consolidada en esta materia (SSTC 140/1993, de 19 de abril y 4/1988, de 12 de enero).

No entra en resolver la supuesta vulneración del principio de seguridad jurídica del

artículo 9.3 CE planteado por la parte al no contenerse entre los derechos y libertades

susceptibles de amparo. El Tribunal en esta sentencia además analiza el óbice procesal

planteado por el Abogado del Estado y el Ministerio Fiscal a cerca de la extinción de la

personalidad jurídica del grupo parlamentario por disolución de la Cámara como posible

causa de inadmisión a trámite del recurso. Entiende la Sala que la disolución de las

Cámaras sólo matiza los efectos de un pronunciamiento jurisdiccional pero nunca a

hacer desaparecer la lesión de los derechos fundamentales producidos en el curso de la

legislatura (STC 28/1984 de 28 de febrero)

Sala Segunda. Sentencia 252/2007, de 17 de diciembre de 2007

Recurso de amparo 7232-2003. Promovido por don Pedro Bas Roca y otro

respecto a las Sentencias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Murcia en litigio contra

la Confederación Hidrográfica del Segura sobre sanción por sondeos ilegales.

Alegada y supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva:

inadmisión mediante sentencia de recurso de casación contencioso-

administrativo por prepararlo sin exposición sucinta de la concurrencia de sus

requisitos (SSTC 265/2005 y 16/2007).

Asunto idéntico al resuelto en SSTC 265/2005, de 24 de octubre y 16/2007, de 12 de

febrero, aunque en este caso no se formula voto particular discrepante. Se desestima el

amparo solicitado en una supuesta vulneración de la tutela judicial efectiva (art. 24.1) en

su vertiente de acceso al recurso legal en un caso en el que la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Supremo no admite el recurso de casación por que el

escrito de preparación no había incluido una explicación sucinta de la concurrencia de

los requisitos exigidos por la ley, en concreto, irrecurribilidad de la sentencia

impugnada y la legitimación del recurrente. El Tribunal parte de la doctrina consolidada

sobre el derecho de acceso a los recursos legalmente previstos (sentencia de cabecera:

STC 37/1995, de 7 de febrero) para concluir que, en este caso, la inadmisión del recurso

de casación por motivos formales, dejando imprejuzgados los motivos de fondo

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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alegados en el recurso, no puede considerarse como arbitraria, irrazonable o incursa en

error patente.

Sala Primera. Sentencia 253/2007, de 17 de diciembre de 2007

Recurso de amparo 666-2005. Promovido por don José Durán Puente respecto a

los Autos de la Audiencia Provincial de Pontevedra y de un Juzgado de Primera

Instancia de Lalín que inadmitieron su recurso de apelación en pleito verbal de

desahucio.

Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso al recurso

legal): inadmisión de recurso de apelación civil por no haber acreditado tener

satisfechas o consignadas las rentas vencidas.

La sentencia niega que se haya ha producido vulneración del derecho a la tutela judicial

efectiva (art. 24.1 CE) en su vertiente de acceso al recurso en un caso en el que se

produce la inadmisión de un recurso de apelación contra sentencia dictada por juzgado

de Primera Instancia, en un juicio de desahucio, por no llevar a cabo una acreditación

fehaciente de la consignación de rentas vencidas y debidas al tiempo de interponer el

recurso. El Tribunal parte de la doctrina consolidada sobre el derecho de acceso a los

recursos legalmente previstos (STC 37/1995, de 7 de febrero) para concluir que, pese a

llevarse a cabo en este caso una rigorista interpretación que del art. 449.1 LEC., la

inadmisión del recurso de apelación por motivos formales, dejando imprejuzgados los

motivos de fondo alegados en el recurso entra dentro de la potestad jurisdiccional,

ajustándose al canon de constitucionalidad.

Sala Primera. Sentencia 254/2007, de 17 de diciembre de 2007

Recurso de amparo 1757-2005. Promovido por don Manuel Menargues Martínez

frente a las resoluciones de la Audiencia Provincial de Alicante y de un Juzgado

de Primera Instancia e Instrucción de Benidorm que confirmaron el archivo de

querella en diligencias previas por delito de calumnia.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso al recurso legal):

declaración de firmeza de unas actuaciones penales sin haber sido resuelto el

recurso de apelación del acusador, cuyo escrito fue extraviado en los autos sin

falta de diligencia procesal de la parte.

Litigante que interpuso recurso de apelación en proceso penal, el Tribunal superior

devolvió el expediente advirtiendo la inexistencia de dicho recurso. Por lo que el

Juzgado de primera instancia acordó la firmeza del Auto desestimando la apelación.

Sosteniendo el recurrente de manera diligente, que el extravío del recurso presentado

corresponde al Juzgado. Resulta arbitrario que el órgano judicial pretenda desplazar la

carga de la fehaciencia de la realización de un acto realizado ante sí¬ mismo a la parte

procesal que la ha llevado a cabo, sin constatar las propias actuaciones del juzgado en el

proceso, más aun, si existe la constatación de indicios que puedan ayudar a esclarecer

un hecho.

Sala Primera. Sentencia 255/2007, de 17 de diciembre de 2007

Recurso de amparo 2343-2005. Promovido por don José María Amores

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

236

Monasterio frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Madrid que desestimó su demanda sobre

liquidación de impuesto sobre la renta de las personas físicas de 1997.

Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (incongruencia): sentencia

contencioso-administrativa que resuelve por un fundamento ajeno al tema del

proceso, la tributación de la renta percibida por una jubilación anticipada, tras

un primer incidente de nulidad de actuaciones.

El recurrente interpuso recurso contencioso-administrativo frente a la liquidación

practicada por la Administración defendiendo que la cantidad que había percibido en

virtud del contrato de prejubilación debía calificarse bien como renta exenta de

tributación, bien como renta irregular, pero nunca, como era el criterio que lucía en la

resolución administrativa impugnada, como renta regular. La Sentencia desestima el

recurso con base en una motivación que nada tiene que ver con la cuestión planteada

por las partes. El error se advierte de la lectura del decisivo fundamento jurídico

segundo, en el que el órgano judicial alude equivocadamente a un pretendido seguro de

supervivencia suscrito por el recurrente y la mercantil T. S.A. Se confirma en el

siguiente párrafo cuando razona nuevamente, sobre la calificación tributaria que mejor

se ajusta a las prestaciones percibidas por virtud de dicho seguro de supervivencia. En

estas condiciones, al referirse por equivocación la Sentencia a una cuestión ajena a la

verdadera cuestión planteada por las partes en el proceso judicial, ha incurrido en la

incongruencia mixta o por error y lesionado el derecho a la tutela judicial efectiva del

demandante.

Cuestión procesal: considera el Tribunal que no es necesario nuevo incidente de

nulidad, una vez que ya interpuso dicho remedio extraordinario frente a la primera

Sentencia que también incurría en incongruencia por error; teniendo en cuenta el

carácter excepcional del remedio procesal, que el recurrente en amparo ya promovió el

oportuno incidente de nulidad actuaciones y que el órgano judicial en la nueva

Sentencia habría presuntamente incurrido en el mismo vicio entonces censurado, al

razonar del mismo modo entonces equivocado, la duda subjetiva del demandante de

amparo acerca de la utilidad de promover un nuevo incidente de nulidad de actuaciones

bien parece razonable.

Sala Segunda. Sentencia 256/2007, de 17 de diciembre de 2007

Recurso de amparo 3328-2005. Promovido por don Jordi Pérez Pérez frente a la

Sentencia de la Audiencia Provincial de Tarragona que, en grado de apelación,

le condenó por un delito contra la seguridad del tráfico.

Supuesta vulneración de los derechos a un proceso con garantías y a la

presunción de inocencia: condena pronunciada en apelación sin necesidad de

celebrar vista pública (SSTC 167/2002 y 170/2005); prueba de indicios sobre la

influencia de la ingesta de alcohol en la conducción del vehículo (STC 43/2007).

Se formula recurso de amparo contra Sentencia de la Audiencia Provincial que revoca la

Sentencia del Juzgado de lo penal por la que se le condenaba, sin celebrar vista pública

y apoyándose en una prueba indiciaria, por un delito contra la seguridad del tráfico. El

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

237

derecho a un proceso con todas las garantías (24.2 CE) comprende la necesidad de

respetar los principios de publicidad, inmediación y contradicción en la valoración de

las pruebas en la segunda instancia penal. Sin embargo, esto no resulta aplicable a

aquellos supuestos en los que existe una discrepancia en relación a la razonabilidad del

juicio de inferencia. En relación al derecho a un proceso con todas las garantías esta

resolución reitera la doctrina sentada en la STC 167/2002 y en la reciente STC 43/2007.

Sala Primera. Sentencia 257/2007, de 17 de diciembre de 2007

Recurso de amparo 4780-2005. Promovido por don Javier María Ampudia

Alonso frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León 950/2005 que, en grado de

apelación, desestimó su demanda contra la Junta de Castilla y León sobre

nombramiento como Jefe de Departamento en el centro de educación de

personas adultas Conde de Aranda.

Vulneración del derecho a la libertad sindical: menoscabo económico por razón

de la actividad sindical al denegar un puesto sin probar un detrimento de la

eficacia de la Administración.

El Tribunal declara vulnerado el derecho a la libertad sindical por el menoscabo que

supone la denegación del puesto sin que se haya probado un detrimento de la eficacia de

la Administración que justifique este perjuicio. Se deniega un puesto de jefe de

departamento de un Instituto a un profesor que ostentaba un permiso sindical. Recurre

en vía administrativa sin éxito; se estima su demanda en vía judicial, pero en segunda

instancia se vuelve a fallar en su contra y termina recurriendo en amparo. El Tribunal

recuerda su doctrina de que la garantía de indemnidad sindical puede verse limitada por

la concurrencia de otros bienes y derechos constitucionales, como el mandato de

eficacia en la actuación de la Administración pública; pero que debe justificarse este

sacrificio como adecuado y proporcionado (STC 241/2005)

Pleno. Sentencia 258/2007, de 18 de diciembre de 2007

Recurso de amparo avocado 2670-2004. Promovido por don Juan Antonio

Carbonero Montenegro y otro respecto a las Sentencias de la Audiencia

Provincial de Barcelona y de un Juzgado de Instrucción de Cerdanyola del

Vallés que, en causa por delitos de detención ilegal y tortura, les condenaron por

una falta de lesiones.

Supuesta vulneración de los derechos a la defensa, a la presunción de

inocencia, a un proceso con garantías, a la legalidad penal y a la tutela judicial

efectiva: omisión de turno de última palabra en juicio de faltas que no causa

indefensión material; condena fundada en prueba de cargo, motivada y que

subsume la conducta en el precepto penal corrigiendo un error material;

sentencia de apelación penal que condena sin necesidad de celebrar vista

pública (SSTC 167/2002 y 170/2002) y que resuelve el fondo de la causa sin

retrotraer actuaciones para celebrar un nuevo juicio. Votos particulares

El derecho a la última palabra posee un contenido autónomo y cometido propio dentro

del derecho de defensa (STC 13/2006). Sin embargo, en el caso se precisa que no

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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concurre la vulneración del derecho habida cuenta de que, si bien no se posibilitó a los

recurrentes intervenir al final del juicio tras la intervención de su Letrado, no resulta

posible apreciar que dicha circunstancia les haya generado una indefensión material: el

trámite omitido no ha sido decisivo en términos de defensa, en el sentido de que hubiera

podido determinar un fallo diferente. Esta indefensión al menos exigiría que se indicara

en la demanda de amparo qué concreta actividad probatoria o alegaciones efectuadas en

fase de informe son las que se pretendían contradecir, someter a contraste, refutar o

matizar en el ejercicio del derecho a la última palabra, a los efectos de que el Tribunal

pudiera realizar el juicio de certeza sobre su eventual incidencia en la resolución

impugnada. El voto discrepante desautoriza la sentencia en relación con las precisiones

del derecho. El voto concurrente expresa que la exigencia introducida no se compadece

plenamente del derecho y que puede resultar excesiva.

Dos policías locales habían sido acusados por delitos de detención ilegal y torturas

contra un menor de edad. En el juicio de faltas se documentó que, tras haberse resuelto

las cuestiones previas, declararon primero el denunciante y después los policías en su

condición de denunciados. Tras haberse declarado el juicio visto para Sentencia, sin que

se preguntara a los recurrentes si tenían algo que manifestar al Juzgado, se les condenó

como autores de una falta de lesiones.

Se ha desestimado la vulneración de derechos fundamentales basada en que no se

concedió la última palabra en el juicio de faltas. No se ha estimado vulnerado ninguno

de los demás derechos invocados: en la vía judicial se ha redactado un relato

suficientemente preciso de los hechos probados y de una manera convenientemente

circunstanciada. La determinación de la responsabilidad civil, la extensión y

cuantificación de días multa, y la no concurrencia de causa eximente de haber obrado en

cumplimiento de un deber, están suficientemente motivadas. Tampoco se aprecia el

error de cómputo de prescripción alegado, ni que la Sentencia de apelación se haya

apartado de la apreciación de la prueba realizada en la instancia. Pese a que la Sentencia

de instancia ha incurrido en error material, éste ha sido subsanado por la Sentencia de

apelación: ni la interpretación ni la concreta subsunción se deben a argumentaciones

extravagantes ni ha partido de bases valorativas ajenas a criterios constitucionales. El

órgano de apelación justificó la improcedencia de la anulación con argumentos que no

cabe considerar arbitrarios, irrazonables o incursos de error patente.

Pleno. Sentencia 259/2007, de 19 de diciembre de 2007

Recurso de inconstitucionalidad 1640-2001. Interpuesto por la Junta de

Andalucía respecto a diversos preceptos de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de

diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre

derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Derechos fundamentales de los extranjeros: reunión y manifestación,

asociación, sindicación (STC 236/2007), huelga y tutela judicial cautelar.

Nulidad e inconstitucionalidad de preceptos legales. Voto particular.

Pleno. Sentencia 260/2007, de 20 de diciembre de 2007

Recurso de inconstitucionalidad 1644-2001. Interpuesto por el Parlamento

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Vasco respecto a diversos preceptos de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de

diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre

derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Derechos fundamentales de los extranjeros: sindicación, intimidad familiar,

defensa en el procedimiento administrativo sancionador (SSTC 236/2007 y

259/2007), legalidad penal, libertad de circulación y libertad personal; sanción

de expulsión del territorio nacional alternativa a multa; residencia obligatoria e

internamiento de extranjeros. Inconstitucionalidad de preceptos legales. Voto

particular.

Pleno. Sentencia 261/2007, de 20 de diciembre de 2007

Recurso de inconstitucionalidad 1668-2001. Interpuesto por sesenta y cuatro

Diputados del Grupo Parlamentario del PSOE en el Congreso respecto a

diversos preceptos de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma

de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los

extranjeros en España y su integración social.

Derechos fundamentales de los extranjeros: SSTC 236/2007 y 259/2007.

Inconstitucionalidad de preceptos legales.

Pleno. Sentencia 262/2007, de 20 de diciembre de 2007

Recurso de inconstitucionalidad 1669-2001. Interpuesto por la Junta de

Comunidades de Castilla-La Mancha respecto a diversos preceptos de la Ley

Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de

11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su

integración social.

Derechos fundamentales de los extranjeros: SSTC 236/2007 y 259/2007.

Inconstitucionalidad de preceptos legales.

Pleno. Sentencia 263/2007, de 20 de diciembre de 2007

Recurso de inconstitucionalidad 1671-2001. Interpuesto por la Comunidad

Autónoma de Aragón respecto a diversos preceptos de la Ley Orgánica 8/2000,

de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre

derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Derechos fundamentales de los extranjeros: SSTC 236/2007 y 259/2007.

Inconstitucionalidad de preceptos legales. Voto particular.

Pleno. Sentencia 264/2007, de 20 de diciembre de 2007

Recurso de inconstitucionalidad 1677-2001. Interpuesto por la Junta de

Extremadura respecto a diversos preceptos de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de

diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre

derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Derechos fundamentales de los extranjeros: SSTC 236/2007 y 259/2007.

Inconstitucionalidad de preceptos legales. Voto particular.

Pleno. Sentencia 265/2007, de 20 de diciembre de 2007

Recurso de inconstitucionalidad 1679-2001. Interpuesto por el Principado de

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Asturias respecto a diversos preceptos de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de

diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre

derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Derechos fundamentales de los extranjeros: SSTC 236/2007 y 259/2007.

Inconstitucionalidad de preceptos legales. Voto particular.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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5. Listado de Autos

Autos clasificados por procesos y materias

A) Inconstitucionalidad y conflictos.

1) Aclaración, rectificación y ejecución.

Sala Primera. Auto 279/2007, de 12 de junio de 2007

Acuerda la rectificación de un error material de la Sentencia 139/2007, de 4 de junio, en

el recurso de amparo 7172-2004, promovido por don Joaquín Prieto Pérez y otras.

Sala Primera. Auto 285/2007, de 18 de junio de 2007

Deniega la solicitud de completar o aclarar la Sentencia 67/2007, de 27 de marzo, en el

recurso de amparo 6280-2005, promovido por don Henrik Stamm Kristensen.

2) Inadmisión, extinción y desistimiento.

Pleno. Auto 17/2007, de 16 de enero de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 2214-2006,

planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Castilla-La Mancha en relación con el artículo 16, apartados 1 y 2, de la Ley

de Castilla-La Mancha 9/1990, de 28 de diciembre, de carreteras y caminos, redactado por

la Ley 7/2002, de 9 de mayo.

Pleno. Auto 43/2007, de 13 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 2589-2001, planteada por la

Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco

en relación con el artículo 19 a) de la Ley del Parlamento Vasco 9/1989, de 17 de

noviembre, de valoración del suelo.

Sección Cuarta. Auto 40/2007, de 12 de febrero de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 7724-2006, promovido por don

Antonio Herrada Martínez.

Pleno. Auto 45/2007, de 13 de febrero de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de inconstitucionalidad 1605-2003, planteado por

el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en relación con diversos preceptos de

la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de calidad de la educación. Voto

particular.

Pleno. Auto 46/2007, de 13 de febrero de 2007

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

242

Acuerda el desistimiento en el recurso de inconstitucionalidad 3280-2003, planteado por

el Presidente del Gobierno en relación con diversos preceptos de la Ley del Parlamento

de Cataluña 1/2003, de 19 de febrero, de universidades. Voto particular.

Pleno. Auto 48/2007, de 13 de febrero de 2007

Acuerda el desistimiento en el conflicto positivo de competencias 5151-2005, planteado

por el Gobierno de la Nación en relación con el anuncio de concursos para adjudicar

contratos de obras de construcción de la plataforma de la nueva red ferroviaria del País

Vasco. Voto particular.

Pleno. Auto 50/2007, de 13 de febrero de 2007

Inadmite a trámite la cuestión de inconstitucionalidad 5267-2006, planteada por la Sala

de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en

relación con el artículo 21 de la Ley del Principado de Asturias 15/2002, de 27 de

diciembre, de medidas presupuestarias, administrativas y fiscales.

Pleno. Auto 71/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de inconstitucionalidad 2102-2004, promovido

por el Presidente del Gobierno en relación con la Ley del Parlamento de Andalucía

18/2003, de 29 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. Voto particular.

Pleno. Auto 72/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de inconstitucionalidad 3799-2004, promovido

por el Presidente del Gobierno respecto a la Ley del Parlamento Vasco 3/2004, de 25 de

febrero, del sistema universitario vasco. Voto particular.

Pleno. Auto 76/2007, de 27 de febrero de 2007

Inadmite a trámite la cuestión de inconstitucionalidad 8362-2005, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 6 de Barcelona en relación con el

artículo 83.1 c) de la Ley 39/1998, de 28 de diciembre, reguladora de las haciendas

locales.

Pleno. Auto 77/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 9505-2005, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 78/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 9506-2005, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 79/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 9507-2005, planteada por el

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

243

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Auto 80/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 9508-2005, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 81/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 9509-2005, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 82/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 9510-2005, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 83/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 9511-2005, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 84/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 9512-2005, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 85/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 9513-2005, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 86/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 9514-2005, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

244

Pleno. Auto 87/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 9515-2005, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 88/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 89/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 2-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 90/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 3-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 91/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 4-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 92/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 5-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 93/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 6-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 94/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 7-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

245

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 95/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 8-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 96/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 119-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 97/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 120-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 98/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 121-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 99/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 122-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 100/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 123-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 101/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 124-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 102/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 125-2006, planteada por el

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

246

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 103/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 123-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 104/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 127-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 105/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 365-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 106/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 366-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 107/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 367-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 108/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 368-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 109/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 369-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

247

Pleno. Auto 110/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 370-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 111/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 371-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 112/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 372-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 113/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 373-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 114/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 374-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 115/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 375-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 116/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 376-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 117/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 377-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

Page 248: Sumario - Tribunal Constitucional · 2016. 7. 29. · STC 47/2007: Sala Primera Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión: emplazamiento mediante

Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

248

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 118/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 378-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 119/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 595-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 120/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 596-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 121/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 597-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 122/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 598-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 123/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 599-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 124/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 600-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 125/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 601-2006, planteada por el

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

249

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 126/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 602-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 127/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 603-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 128/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 761-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 129/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 762-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 130/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 763-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 131/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 764-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 132/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 765-006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

250

Pleno. Auto 133/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 766-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 134/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 767-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 135/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 815-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 136/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 816-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 137/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 817-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 138/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 818-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 139/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 819-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 140/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 820-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

Page 251: Sumario - Tribunal Constitucional · 2016. 7. 29. · STC 47/2007: Sala Primera Supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión: emplazamiento mediante

Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

251

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 141/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 821-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 142/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 822-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 143/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 823-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 144/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 824-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 145/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 825-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 146/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 826-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 147/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 827-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 148/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 828-2006, planteada por el

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

252

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 149/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 829-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 150/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 830-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 151/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 947-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 152/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 948-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 153/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 949-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 154/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 950-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 155/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 951-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

253

Pleno. Auto 156/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 952-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 157/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 953-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 158/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 954-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 159/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 955-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 160/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1191-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 161/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1192-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 162/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1193-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 163/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1194-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

254

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 164/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1195-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 165/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1196-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 166/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1197-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 167/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1198-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 168/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1199-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 169/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1200-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 170/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1201-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 171/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1202-2006, planteada por el

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

255

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 172/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1203-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 e) y 69.2 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 2/1998, de 4 de

junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 173/2007, de 27 de febrero de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1204-2006, planteada por el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Albacete en relación con los

artículos 51.1.2 d) y e), 69.2 y 71.3 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha

2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Pleno. Auto 174/2007, de 27 de febrero de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 4656-2006,

planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Tarragona en

relación con el artículo 20 a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

jurisdicción contencioso-administrativa. Votos particulares.

Pleno. Auto 197/2007, de 27 de marzo de 2007

Acuerda la extinción del conflicto positivo de competencias 4685-2002, planteado por

el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en relación con el Real Decreto 326/2002, de

5 de abril, sobre el régimen de nombramiento de los miembros sustitutos del Ministerio

Fiscal, y la Orden JUS/821/2002, de 9 de abril, de convocatoria de plazas para el año

judicial 2002-2003.

Pleno. Auto 198/2007, de 27 de marzo de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de inconstitucionalidad 1014-2004, planteado por

el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con la

Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes. Voto particular.

Pleno. Auto 200/2007, de 27 de marzo de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 8128-2006,

planteada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Guadalajara en relación con el artículo

140.2, en relación con el 109.1, párrafo primero, del texto refundido de la Ley general

de la Seguridad Social. Voto particular.

Pleno. Auto 202/2007, de 27 de marzo de 2007

Inadmite a trámite la cuestión de inconstitucionalidad 305-2007, planteada por el

Juzgado de lo Penal núm. 1 de Cáceres en relación con el artículo 57.2 del Código

penal.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

256

Pleno. Auto 224/2007, de 19 de abril de 2007

Desestima el recurso de súplica sobre inadmisión de una recusación en el recurso de

inconstitucionalidad 8045-2006, promovido en relación con la Ley Orgánica 6/2006, de

19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña.

Pleno. Auto 257/2007, de 23 de mayo de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 163-2007,

planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en

relación con la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de

octubre, de ordenación general del sistema educativo.

Pleno. Auto 290/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 4814-2002, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el artículo 2, apartado 3, del

Real Decreto-ley 5/2002, de 24 de mayo, de medidas urgentes para la reforma del

sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad.

Pleno. Auto 291/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 5931-2002, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

24 de mayo.

Pleno. Auto 292/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 6480-2002, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

24 de mayo.

Pleno. Auto 293/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 6566-2002, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

24 de mayo.

Pleno. Auto 294/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 6917-2002, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

24 de mayo.

Pleno. Auto 295/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 7016-2002, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

24 de mayo.

Pleno. Auto 296/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 7168-2002, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

257

24 de mayo.

Pleno. Auto 297/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 7363-2002, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

24 de mayo.

Pleno. Auto 298/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 295-2003, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

24 de mayo.

Pleno. Auto 299/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 568-2003, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

24 de mayo.

Pleno. Auto 300/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 749-2003, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

24 de mayo.

Pleno. Auto 301/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 922-2003, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

24 de mayo.

Pleno. Auto 302/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1147-2003, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

24 de mayo.

Pleno. Auto 303/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1148-2003, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

24 de mayo.

Pleno. Auto 304/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1196-2003, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

24 de mayo.

Pleno. Auto 305/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1306-2003, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

24 de mayo.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

258

Pleno. Auto 306/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1553-2003, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

24 de mayo.

Pleno. Auto 307/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1913-2003, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

24 de mayo.

Pleno. Auto 308/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 1914-2003, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

24 de mayo.

Pleno. Auto 309/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 2009-2003, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

24 de mayo.

Pleno. Auto 310/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad 3061-2003, planteada por el

Juzgado de lo Social núm. 2 de Badajoz en relación con el Real Decreto-ley 5/2002, de

24 de mayo.

Pleno. Auto 311/2007, de 19 de junio de 2007

Acuerda la extinción del recurso de inconstitucionalidad 1915-2004, planteado por el

Parlamento de Cataluña en relación con el artículo 2 de la Ley Orgánica 20/2003, de 23

de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del Código

penal.

Pleno. Auto 322/2007, de 3 de julio de 2007

Inadmite a trámite el conflicto en defensa de la autonomía local 5192-2007, planteado

por el Ayuntamiento de Toledo en relación con el artículo 49.1 a) de la Ley de Castilla-

La Mancha 13/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Junta de

Comunidades para el año 2006.

Pleno. Auto 326/2007, de 12 de julio de 2007

Acuerda la extinción del conflicto en defensa de la autonomía local 3640-2001,

planteado por 16 municipios respecto de la Ley del Parlamento de las Illes Balears

9/2000, de medidas tributarias, administrativas y de función pública y económicas.

Pleno. Auto 328/2007, de 12 de julio de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 11182-2006,

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

259

planteada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Tarragona en relación con el artículo

174.2 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, que aprueba el texto

refundido de la Ley general de la Seguridad Social, en la redacción dada por la

disposición adicional decimotercera de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas

fiscales, administrativas y del orden social.

Pleno. Auto 329/2007, de 12 de julio de 2007

Inadmite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 5579-2007, planteado por el

Consell de la Generalitat Valenciana en relación con la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de

marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía.

Pleno. Auto 352/2007, de 24 de julio de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 3375-2006,

planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Cataluña en relación con la Ley 26/1994, de 29 de diciembre, reguladora del

pase a la segunda actividad en el Cuerpo Nacional de Policía, redactada por la Ley

24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.

Pleno. Auto 353/2007, de 24 de julio de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 3837-2006,

planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Cataluña en relación con la Ley 26/1994, de 29 de diciembre, reguladora del

pase a la segunda actividad en el Cuerpo Nacional de Policía.

Pleno. Auto 354/2007, de 24 de julio de 2007

Inadmite a trámite la cuestión de inconstitucionalidad 9764-2006, planteada por la Sala

de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en

relación con la Ley 26/1994, de 29 de diciembre, reguladora del pase a la segunda

actividad en el Cuerpo Nacional de Policía.

Pleno. Auto 356/2007, de 24 de julio de 2007

Inadmite a trámite la cuestión de inconstitucionalidad 3491-2007, planteada por la Sala

de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en

relación con la Ley 26/1994, de 29 de diciembre, reguladora del pase a la segunda

actividad en el Cuerpo Nacional de Policía.

Pleno. Auto 367/2007, de 12 de septiembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el conflicto positivo de competencias 3933-2003,

promovido por la Junta de Andalucía en relación con la Orden del Ministerio de

Economía de 13 de marzo de 2003 sobre modificación de los Estatutos y el Reglamento

del procedimiento para la designación de los órganos de gobierno de la Caja de Ahorros

y Monte de Piedad de Córdoba.

Pleno. Auto 370/2007, de 12 de septiembre de 2007

Inadmite a trámite la cuestión de inconstitucionalidad 8182-2006, planteada por el

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

260

Juzgado de lo Penal núm. 3 de Las Palmas de Gran Canaria en relación con la Ley

Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la

violencia de género.

Pleno. Auto 384/2007, de 9 de octubre de 2007

Acuerda el desistimiento parcial en el recurso de inconstitucionalidad 893-2003,

planteado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en relación con el

artículo 8 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema

financiero.

Pleno. Auto 385/2007, de 9 de octubre de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 3629-2007,

planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en

relación con la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 1/1994, de 3 de

octubre, de ordenación general del sistema educativo.

Pleno. Auto 402/2007, de 23 de octubre de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 6104-2007,

planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Cataluña en relación con la Ley 26/1994, de 29 de diciembre, reguladora del

pase a la segunda actividad en el Cuerpo Nacional de Policía.

Pleno. Auto 403/2007, de 23 de octubre de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 6227-2007,

planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Cataluña en relación con la Ley 26/1994, de 29 de diciembre, reguladora del

pase a la segunda actividad en el Cuerpo Nacional de Policía.

Pleno. Auto 404/2007, de 23 de octubre de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 6287-2005,

planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Cataluña en relación con la Ley 26/1994, de 29 de diciembre, reguladora del

pase a la segunda actividad en el Cuerpo Nacional de Policía.

Pleno. Auto 405/2007, de 23 de octubre de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 6871-2007,

planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Cataluña en relación con la Ley 26/1994, de 29 de diciembre, reguladora del

pase a la segunda actividad en el Cuerpo Nacional de Policía.

Pleno. Auto 407/2007, de 6 de noviembre de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 2077-2006,

planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de La Rioja en relación con la tasa por tramitación de planeamiento urbanístico

de la Ley de La Rioja 6/2002, de 18 de octubre, de tasas y precios públicos.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

261

Pleno. Auto 408/2007, de 6 de noviembre de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 3783-2006,

planteada por el Juzgado de lo Social núm. 10 de Barcelona en relación con las

disposiciones transitoria novena y final primera, apartado 2, de la Ley 45/2002, de 12 de

diciembre, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por

desempleo y mejora de la ocupabilidad, y el artículo 145 bis de la Ley de procedimiento

laboral.

Pleno. Auto 409/2007, de 6 de noviembre de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 422-2007,

planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 5 de Oviedo en

relación con el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos

y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Pleno. Auto 424/2007, de 6 de noviembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el conflicto positivo de competencias 3175-2003, planteado

por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con

el artículo 7 y 8 de la Orden de 20 de enero de 2003, del Ministerio de Agricultura,

Pesca y Alimentación por la que se regula el ejercicio de la actividad pesquera con arte

de almadraba y la concesión de licencias.

Pleno. Auto 425/2007, de 6 de noviembre de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 4932-2006,

planteada por el Juzgado de lo Social núm. 10 de Barcelona en relación con las

disposiciones transitorias de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de medidas urgentes

para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad.

Pleno. Auto 426/2007, de 6 de noviembre de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 6881-2007,

planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Canarias en relación con la

disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de

ordenación general del sistema educativo.

Pleno. Auto 453/2007, de 12 de diciembre de 2007

Inadmite a trámite la cuestión de inconstitucionalidad 7059-2006, planteada por el

Juzgado de lo Penal núm. 3 de Las Palmas de Gran Canaria en relación con la Ley

Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la

violencia de género.

Pleno. Auto 454/2007, de 12 de diciembre de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 731-2007,

planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 5 de Oviedo en

relación con el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos

y libertades de los extranjeros en España y su integración social (ATC 409/2007).

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

262

Pleno. Auto 455/2007, de 12 de diciembre de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 3676-2007,

planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 5 de Oviedo en

relación con el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos

y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Pleno. Auto 456/2007, de 12 de diciembre de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 6895-2007,

planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de Córdoba en

relación con la Ley del Parlamento de Andalucía 18/2003, de 29 de diciembre, de

medidas fiscales y administrativas, en lo relativo al impuesto sobre depósito de residuos

radioactivos.

Pleno. Auto 457/2007, de 12 de diciembre de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 7425-2007,

planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 5 de Oviedo en

relación a con el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre

derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Pleno. Auto 467/2007, de 17 de diciembre de 2007

Inadmite a trámite por infundada la cuestión de inconstitucionalidad 7720-2006,

planteada por la Audiencia Provincial de Madrid en relación con el artículo 89.1,

párrafo segundo del Código penal, sobre expulsión del territorio nacional en sustitución

de pena.

3) Suspensión.

Pleno. Auto 18/2007, de 18 de enero de 2007

Acuerda levantar parcialmente la suspensión de la Ley del Parlamento de Cataluña

22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña.

Pleno. Auto 218/2007, de 17 de abril de 2007

Acuerda levantar la suspensión en el recurso de inconstitucionalidad 584-2007,

interpuesto por el Gobierno de la Nación en relación con la Ley de la Comunidad

Valenciana 1/2006, de 19 de abril, del sector audiovisual.

Pleno. Auto 258/2007, de 23 de mayo de 2007

Acuerda denegar la suspensión en el conflicto positivo de competencias 1301-2007,

planteado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid en relación con el

Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, por el que se establecen normas de

calidad y seguridad de células y tejidos humanos.

Pleno. Auto 355/2007, de 24 de julio de 2007

Mantiene la suspensión en el conflicto positivo de competencias 2790-2007, planteado

por el Gobierno de la Nación en relación con la Orden del Director Territorial de

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

263

territorio y vivienda de la Comunitat Valenciana sobre suspensión cautelar de unas

obras de planta desaladora. Voto particular.

4) Otros.

Pleno. Auto 177/2007, de 7 de marzo de 2007

Inadmite una recusación en el recurso de inconstitucionalidad 8045-2006, promovido

por la Generalidad de Cataluña contra la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de

reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña.

Pleno. Auto 192/2007, de 21 de marzo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de súplica sobre una recusación en el recurso de

inconstitucionalidad 8045-2006, promovido por la Generalidad de Cataluña, en relación

con la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de

Cataluña. Votos particulares.

Pleno. Auto 253/2007, de 22 de mayo de 2007

Inadmite una recusación en el recurso de inconstitucionalidad 8675-2006, promovido

por el Defensor del Pueblo contra la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma

del Estatuto de Autonomía de Cataluña.

Pleno. Auto 260/2007, de 24 de mayo de 2007

Deniega la acumulación de seis recursos de inconstitucionalidad al 8045-2006,

interpuesto por más de cincuenta Diputados del Grupo Parlamentario Popular del

Congreso de los Diputados en relación con la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de

reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña.

Pleno. Auto 387/2007, de 16 de octubre de 2007

Acepta dos abstenciones en el recurso de inconstitucionalidad 6729-2007, promovido

por 68 diputados del Grupo Parlamentario Popular en relación con la Ley Orgánica

6/2007, de 24 de mayo, que modifica la Ley Orgánica 3/1979, de 3 de octubre, del

Tribunal Constitucional. Votos particulares.

Pleno. Auto 289/2007, de 19 de junio de 2007

Deniega una abstención en la cuestión de inconstitucionalidad 1780-1999, planteada por

el Juzgado de Primera Instancia núm. 46 de Madrid en relación con el artículo 150 del

texto refundido de la Ley de propiedad intelectual. Votos particulares.

Pleno. Auto 452/2007, de 12 de diciembre de 2007

Acepta una abstención en el recurso de inconstitucionalidad 1640-2001, promovido por

el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía contra determinados preceptos de la

Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11

de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.

Pleno. Auto 468/2007, de 17 de diciembre de 2007

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Desestima el recurso de súplica sobre aspectos procesales del recurso de

inconstitucionalidad 8045-2006, promovido en relación con la Ley Orgánica 6/2006, de

19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña.

Pleno. Auto 471/2007, de 17 de diciembre de 2007

Acuerda la acumulación del recurso de inconstitucionalidad 5653-2007 a la cuestión de

inconstitucionalidad 4069-2007, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo núm. 1 de Santa Cruz de Tenerife en relación con el artículo 44 bis de la

Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general. Voto particular.

B) Recursos de amparo.

1) Aclaración, rectificación y ejecución.

Sala Primera. Auto 205/2007, de 16 de abril de 2007

Inadmite la solicitud de ejecución de la STC 144/2005, dictada en el recurso de amparo

6424-2001, promovido por don Juan Jesús Touceda Fontán en litigio por despido

Sala Primera. Auto 239/2007, de 11 de mayo de 2007

Acuerda la aclaración de la Sentencia 112/2007, de 10 de mayo, en el recurso de

amparo electoral 4215-2007, promovido por el partido político Eusko Abertzale

Ekintza-Acción Nacionalista Vasco.

Sala Primera. Auto 240/2007, de 14 de mayo de 2007

Acuerda la rectificación de la Sentencia 114/2007, de 10 de mayo, en el recurso de

amparo electoral 4220-2007, promovido por Independientes por Porto do Son.

Sala Segunda. Auto 241/2007, de 21 de mayo de 2007

Acuerda la rectificación de la Sentencia 285/2005, de 7 de noviembre, en el recurso de

amparo 1012-2003, promovido por don Miguel Huguet Viñas.

Sala Primera. Auto 363/2007, de 11 de septiembre de 2007

Deniega la aclaración de la Sentencia 139/2007, de 4 de junio, en el recurso de amparo

7172-2004, promovido por don Joaquín Prieto Pérez y otros en pleito sobre derecho al

honor.

Sala Segunda. Auto 459/2007, de 17 de diciembre de 2007

Declara ejecutada la Sentencia 164/2005, de 20 de junio, en el recurso de amparo 2096-

2002, promovido por don Alejandro Redondo Jiménez y otra.

Sala Primera. Auto 444/2007, de 10 de diciembre de 2007

Declara ejecutada la Sentencia 342/2006, de 11 de diciembre, dictada en el recurso de

amparo 812-2004, promovido por doña Isabel Carrasco Puig en litigio por despido

disciplinario.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

265

2) Inadmisión.

Sección Tercera. Auto 3/2007, de 15 de enero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 1178-2004, promovido por don Francisco

Silgado Díaz en causa por delito de cohecho y otros.

Sección Tercera. Auto 4/2007, de 15 de enero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 1299-2004, promovido por doña Fátima Nouali

en causa por delito de cohecho y otros.

Sección Tercera. Auto 5/2007, de 15 de enero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 1301-2004, promovido por don Eloy Sánchez

Ramos en causa por delito de cohecho y otros.

Sección Tercera. Auto 6/2007, de 15 de enero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 1303-2004, promovido por doña Chafya El

Guennouni y otra en causa por delito de cohecho y otros.

Sección Tercera. Auto 7/2007, de 15 de enero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 4674-2004, promovido por don Julio Martí

Martín en causa por delito contra la hacienda pública.

Sección Tercera. Auto 9/2007, de 15 de enero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 6424-2004, promovido por don Luis Javier

Fernández Salgas en ejecución de juicio de arrendamiento urbano.

Sección Tercera. Auto 10/2007, de 15 de enero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 592-2005, promovido por don Antonio

Benavente Acien en causa por delito contra la salud pública.

Sala Segunda. Auto 11/2007, de 15 de enero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 3900-2005, promovido por don Antonio Miguel

Gallardo Juan en causa por delito de detención ilegal y otro.

Sección Cuarta. Auto 12/2007, de 16 de enero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 7319-2003, promovido por el Ayuntamiento de

Martos en pleito por ruina de un vial.

Sección Cuarta. Auto 19/2007, de 22 de enero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 6220-2004, promovido por Creaciones

Nupciales, S.L., en juicio ejecutivo cambiario.

Sección Cuarta. Auto 22/2007, de 29 de enero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 1458-2005, promovido por don Pedro Almansa

Peña en causa por delitos de falsedad en documento mercantil y estafa.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Sección Cuarta. Auto 25/2007, de 30 de enero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 6140-2004, promovido por don Carlos

Demetrio del Río Ruiz en causa por delitos contra los derechos de los trabajadores y de

lesiones.

Sección Segunda. Auto 27/2007, de 12 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 3769-2003, promovido por don José Luis

Núñez Vide en contencioso por el impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Sección Tercera. Auto 28/2007, de 12 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 5149-2003, promovido por don Norberto

Gándara Adán en ejecución de sentencia sobre incumplimiento de contrato de obra.

Sala Segunda. Auto 30/2007, de 12 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 4045-2004, promovido por Chelara, S.L., en

contencioso sobre liquidación del impuesto de sociedades.

Sección Cuarta. Auto 33/2007, de 12 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 6913-2004, promovido por don Santiago Santos

Recio en litigio de desahucio de vivienda.

Sección Tercera. Auto 34/2007, de 12 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 7038-2004, promovido por don Joshua Philips

en causa por delito contra la salud pública.

Sección Cuarta. Auto 47/2007, de 13 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 7389-2004, promovido por don José Mora

Torres en contencioso por el impuesto sobre sucesiones y donaciones.

Sección Segunda. Auto 53/2007, de 19 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 4788-2003, promovido por KPGM Auditores,

S.L., en contencioso por requerimiento de informes de auditoría.

Sección Segunda. Auto 54/2007, de 19 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 2491-2006, promovido por don Giuliano de

Montis en procedimiento de euroorden para cumplimiento de penas en Italia.

Sección Tercera. Auto 57/2007, de 26 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 4243-2003, promovido por don Santiago Nieto

Vitienes en contencioso contra el Gobierno de Cantabria sobre control biométrico del

personal.

Sección Cuarta. Auto 60/2007, de 26 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 2413-2004, promovido por don Juan Tomás

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

267

Macho Aguillo en contencioso por infracción de tráfico.

Sección Cuarta. Auto 61/2007, de 26 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 2475-2004, promovido por don Francisco

Mesas Pérez en juicio por falta de lesiones.

Sala Primera. Auto 62/2007, de 26 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 1202-2005, promovido por el Gobierno Vasco

en contencioso sobre las Normas Forales reguladoras del impuesto sobre sociedades.

Sección Cuarta. Auto 64/2007, de 26 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 3787-2005, promovido por SB Gestión de

impuestos, S.A., en litigio por despido.

Sala Segunda. Auto 65/2007, de 26 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 5591-2005, promovido por el Arzobispado de

Madrid en contencioso sobre demolición parcial de una iglesia.

Sección Cuarta. Auto 69/2007, de 27 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 4564-2003, promovido por don Manuel Martín

Ferrand en demanda civil de protección del honor.

Sección Cuarta. Auto 70/2007, de 27 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 6883-2003, promovido por don Alfonso López

Villaluenga en contencioso por liquidación del impuesto sobre la renta de las personas

físicas.

Sección Cuarta. Auto 73/2007, de 27 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 5194-2004, promovido por La Majarañi, S.L.,

en contencioso por sanciones de prevención de riesgos laborales.

Sección Cuarta. Auto 74/2007, de 27 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 1682-2005, promovido por don Enric

Villanueva Comas en juicio por falta de lesiones.

Sección Cuarta. Auto 75/2007, de 27 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 1734-2005, promovido por don Antonio

Francisco García Díaz en causa penal por delito.

Sección Primera. Auto 175/2007, de 28 de febrero de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 5603-2006, promovido por don Ernest Riera

Deym en causa por delitos de agresión sexual.

Sección Segunda. Auto 176/2007, de 1 de marzo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 5046-2004, promovido por don Francisco

Javier de la Rosa Martí en pleito sobre indemnización por una fotografía en el diario “El

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

268

País”

Sección Tercera. Auto 180/2007, de 12 de marzo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 7299-2003, promovido por don José Miguel

Gutiérrez Parera en juicio de faltas por lesiones.

Sección Tercera. Auto 181/2007, de 12 de marzo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 149-2004, promovido por don Pablo Tejada

Iñiguez y otros en causa por delito de estafa.

Sección Cuarta. Auto 182/2007, de 12 de marzo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 2161-2004, promovido por Vías y

Construcciones, S.A., en pleito de indemnización por daños en nave industrial.

Sección Cuarta. Auto 183/2007, de 12 de marzo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 5278-2004, promovido por don Paulino García

Díez en pleito por impago de gastos de una urbanización privada.

Sección Cuarta. Auto 184/2007, de 12 de marzo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 5303-2004, promovido por Novalia, S.A., en

expediente de dominio de una finca.

Sección Tercera. Auto 185/2007, de 12 de marzo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 6240-2004, promovido por don Wilson Ramos

Martínez en pleito por daños morales.

Sección Cuarta. Auto 190/2007, de 19 de marzo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 2319-2004, promovido por don Andrés de los

Ríos Espinosa de los Monteros en causa por delito contra la salud pública.

Sección Cuarta. Auto 193/2007, de 26 de marzo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 6994-2004, promovido por Dualisant, S.L., en

contencioso sobre multa por incumplimiento de horario de cierre de una discoteca.

Sección Cuarta. Auto 203/2007, de 3 de abril de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 4642-2004, promovido por don Alfonso

Carrero Muñoz y otra en juicio de faltas por lesiones.

Sección Cuarta. Auto 204/2007, de 3 de abril de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 2778-2005, promovido por don Fernando

Trilles Serrat en causa por delito de estafa.

Sala Segunda. Auto 206/2007, de 16 de abril de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 6881-2004, promovido por don Pedro José

Echevarría Lete en procedimiento de vigilancia penitenciaria sobre sanción por

desobediencia.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

269

Sala Segunda. Auto 208/2007, de 16 de abril de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 2885-2005, promovido por Gonzalo Comella,

S.A., en contencioso sobre inspección tributaria.

Sala Segunda. Auto 210/2007, de 16 de abril de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 3646-2005, promovido por don José Cardador

Santos en litigio sobre indemnización por accidente laboral.

Sección Primera. Auto 219/2007, de 18 de abril de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 1205-2005, promovido por la Cámara de

Comercio, Industria y Navegación de Bilbao en contencioso acerca de normas forales

de 1996, reguladoras del impuesto sobre sociedades.

Sección Segunda. Auto 225/2007, de 20 de abril de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 1206-2005, promovido por las Juntas Generales

de Vizcaya en contencioso acerca de normas forales de 1996, reguladoras del impuesto

sobre sociedades.

Sección Primera. Auto 261/2007, de 25 de mayo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 4564-2004, promovido por el Grupo

Parlamentario Popular del Congreso de los Diputados en relación con los Acuerdos de la

Mesa del Congreso de los Diputados sobre constitución del grupo parlamentario Esquerra

Republicana.

Sección Cuarta. Auto 231/2007, de 7 de mayo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 2747-2005, promovido por el Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria, S.A., en contencioso sobre sanción de protección de datos

personales.

Sección Cuarta. Auto 237/2007, de 9 de mayo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 7060-2004, promovido por doña María Eugenia

de la Huerta Rojo en contencioso sobre disciplina urbanística.

Sección Tercera. Auto 245/2007, de 22 de mayo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 2066-2003, promovido por don Juan Carlos

López Cortés en causa por delito contra la salud pública.

Sección Tercera. Auto 246/2007, de 22 de mayo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 2300-2004, promovido por don Luis Martín

Olivo y otros en diligencias previas por fallecimiento.

Sección Tercera. Auto 247/2007, de 22 de mayo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 5957-2004, promovido por Félix Fumero, S.L.,

en contencioso sobre liquidaciones y sanciones del impuesto general indirecto canario.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Sección Segunda. Auto 254/2007, de 23 de mayo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 3911-2004, promovido por Omega Arquitectos,

S.L., en contencioso sobre devolución del impuesto de sociedades.

Sección Primera. Auto 255/2007, de 23 de mayo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 7276-2004, promovido por don Alejandro

Atilio Locatelli y otra en juicio de desahucio por impago de rentas.

Sección Segunda. Auto 263/2007, de 25 de mayo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 1350-2005, promovido por don Stan Marian en

causa por delitos de detención ilegal y prostitución.

Sección Primera. Auto 265/2007, de 25 de mayo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 8799-2005, promovido por don Jesús de la

Merced Satan Dumpierrez en causa por delito contra la salud pública.

Sección Primera. Auto 256/2007, de 23 de mayo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 1208-2005, promovido por la Diputación Foral

de Guipúzcoa en contencioso acerca de normas forales de 1996, reguladoras del

impuesto sobre sociedades.

Sección Primera. Auto 259/2007, de 24 de mayo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 1207-2005, promovido por las Juntas Generales

de Guipúzcoa en contencioso acerca de normas forales de 1996, reguladoras del

impuesto sobre sociedades.

Sección Primera. Auto 262/2007, de 25 de mayo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 4564-2004, promovido por el Grupo

Parlamentario Popular del Congreso de los Diputados en relación con los Acuerdos de

la Mesa del Congreso de los Diputados sobre constitución del grupo parlamentario

Esquerra Republicana.

Sección Primera. Auto 266/2007, de 25 de mayo de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 8799-2005, promovido por don Jesús de la

Merced Satan Dumpierrez en causa por delito contra la salud pública.

Sección Tercera. Auto 269/2007, de 4 de junio de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 665-2005, promovido por J.C. Decaux España,

S.A., en contencioso sobre concesión administrativa para explotación publicitaria.

Sala Segunda. Auto 271/2007, de 4 de junio de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 811-2005, promovido por doña Catalina

Barbosa Rodríguez y otros en pleito por resolución de contratos de reserva de viviendas.

Sección Cuarta. Auto 281/2007, de 18 de junio de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 1885-2005, promovido por don Manuel Pedro

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

271

Junín Devesa y otros en contencioso por responsabilidad patrimonial de las

Administraciones públicas por señalización defectuosa.

Sala Segunda. Auto 282/2007, de 18 de junio de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 2536-2005, promovido por doña María Luisa

Picazo Alba en pleito por liquidación de la sociedad de gananciales.

Sección Segunda. Auto 312/2007, de 20 de junio de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 1184-2005, promovido por don Antonio José

Sierra Moreno en contencioso sobre liquidación del impuesto de donaciones.

Sección Primera. Auto 313/2007, de 27 de junio de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 7412-2004, promovido por Botafogo, S.A., en

contencioso sobre liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales.

Sección Tercera. Auto 315/2007, de 2 de julio de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 471-2005, promovido por doña Concepción

Hidalgo Sánchez en causa militar por delito de abuso de autoridad.

Sección Tercera. Auto 316/2007, de 2 de julio de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo sobre la inadmisión del recurso de amparo

1720-2005, promovido por don Juan Álvarez Bastos en contencioso por bonificación

tributaria de gasóleo.

Sección Cuarta. Auto 317/2007, de 2 de julio de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 1930-2005, promovido por don José María de

Pablos Martín en contencioso por sanción disciplinaria.

Sala Segunda. Auto 318/2007, de 2 de julio de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 3679-2005, promovido por Santpedor 2000,

S.L., en contencioso por infracción urbanística.

Sección Primera. Auto 323/2007, de 6 de julio de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 3616-2004, promovido por don Mohamed

Hasnaui en causa por delito contra la salud pública.

Sección Primera. Auto 368/2007, de 12 de septiembre de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 6427-2005, promovido por doña María Teresa

Martínez Durban en pleito sobre declaración de dominio y nulidad de compraventa.

Sección Primera. Auto 369/2007, de 12 de septiembre de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 6934-2005, promovido por el Grupo

Parlamentario Popular del Parlamento Vasco sobre impugnación de los Acuerdos de la

Mesa de la Cámara vasca relativos a la constitución de los grupos parlamentarios Eusko

Aberzaleak-Nacionalistas Vascos (EA-NV) y Eusko Alkartasuna (EA).

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Sección Primera. Auto 371/2007, de 12 de septiembre de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 8339-2006, promovido por don José Ángel

Ginoris Fernández en causa por delito de amenazas y falta de vejaciones injustas.

Sección Segunda. Auto 372/2007, de 17 de septiembre de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 8939-2006, promovido por don Imad Bakkali

acerca de la autorización para repatriarlo en procedimiento de reforma de un menor.

Sección Cuarta. Auto 374/2007, de 24 de septiembre de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 2593-2005, promovido por doña María Antonia

Latorre Palma en litigio sobre desamparo de menor.

Sección Tercera. Auto 382/2007, de 8 de octubre de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 5769-2006, promovido por don Carlos Alberto

Rodríguez Sánchez en causa por delito contra la salud pública.

Sección Cuarta. Auto 386/2007, de 10 de octubre de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 7788-2004, promovido por don Federico Prieto

Escudero y otra en pleito sobre anulación de contrato de compraventa de vivienda.

Sección Tercera. Auto 388/2007, de 22 de octubre de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 7009-2003, promovido por don Pedro

Rodríguez Bonales en procedimiento penitenciario sobre denegación de permiso

ordinario de salida.

Sección Tercera. Auto 389/2007, de 22 de octubre de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 3713-2005, promovido por doña María Teresa

Prada Martínez en contencioso contra el Ministerio de Defensa sobre responsabilidad

patrimonial de la Administración.

Sección Tercera. Auto 393/2007, de 22 de octubre de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 8795-2006, promovido por don Cosme e

Damaio dos Santos en contencioso sobre denegación de entrada a España.

Sección Tercera. Auto 413/2007, de 5 de noviembre de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 3242-2005, promovido por BT España en

contencioso sobre sanción por incumplimiento grave de las obligaciones de servicio

público de las telecomunicaciones.

Sección Tercera. Auto 417/2007, de 5 de noviembre de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 4639-2006, promovido por don José Manuel

Roldán Jurado en litigio por impugnación de convocatoria que excluye una plaza de

trabajo.

Sección Cuarta. Auto 446/2007, de 10 de diciembre de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 2645-2005, promovido por don José María

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

273

Martínez Sousa en causa por delito contra el patrimonio histórico.

Sección Tercera. Auto 460/2007, de 17 de diciembre de 2007

Inadmite a trámite el recurso de amparo 1454-2005, promovido por don Antonio

Manuel González Fernández en contencioso sobre solicitud de convocatoria de un

concurso de traslado por acto presunto.

3) Desistimiento.

Sección Primera. Auto 1/2007, de 10 de enero de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 6065-2005, promovido por Ecoflor,

S.A., y otros.

Sección Primera. Auto 2/2007, de 10 de enero de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 7133-2006, promovido por doña

Alicia González Rodríguez.

Sección Segunda. Auto 14/2007, de 16 de enero de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 5843-2004, promovido por don

Bernardo Alejandro Arroyo Stephens.

Sección Segunda. Auto 15/2007, de 16 de enero de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 4497-2005, promovido por don

Cándido Menor Hernández.

Sección Segunda. Auto 16/2007, de 16 de enero de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 6238-2005, promovido por doña

María Candelas Menéndez Pérez.

Sección Primera. Auto 20/2007, de 24 de enero de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 5211-2006, promovido por don Jesús

María Mendinueta Flores.

Sección Primera. Auto 21/2007, de 24 de enero de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 6258-2006, promovido por don

Gerardo Álvarez Reza.

Sección Cuarta. Auto 23/2007, de 29 de enero de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 8338-2006, promovido por el

Ayuntamiento de Gines.

Sección Cuarta. Auto 24/2007, de 29 de enero de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 9625-2006, promovido por don Luis

Alejandro Escobar Amaya y otro.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

274

Sección Cuarta. Auto 29/2007, de 12 de febrero de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 7429-2003, promovido por Caja

España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid.

Sección Cuarta. Auto 40/2007, de 12 de febrero de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 7724-2006, promovido por don

Antonio Herrada Martínez.

Sección Primera. Auto 51/2007, de 14 de febrero de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 5163-2005, promovido por la

Sociedad Calderería de Fuenlabrada, S.A.

Sección Primera. Auto 52/2007, de 14 de febrero de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 3193-2006, promovido por don

Ignacio Pacho Alonso y otra.

Sección Primera. Auto 55/2007, de 21 de febrero de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 8681-2006, promovido por don

Gerardo Álvarez Reza.

Sección Tercera. Auto 67/2007, de 26 de febrero de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 5524-2006, promovido por don

Nativo Ángel Merchán Jaramillo.

Sección Tercera. Auto 187/2007, de 12 de marzo de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 5966-2006, promovido por don

Hassan Mohamed Moujir Naserdin y otros.

Sección Tercera. Auto 188/2007, de 12 de marzo de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 8734-2006, promovido por don Óscar

Zosimo Sare Gorbalán.

Sección Tercera. Auto 189/2007, de 12 de marzo de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 9773-2006, promovido por don Jesús

Carlos Bastardes Rodiles San Miguel.

Sección Primera. Auto 191/2007, de 21 de marzo de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 4987-2006, promovido por

Construcciones Valdemembra, S.L.

Sección Tercera. Auto 196/2007, de 26 de marzo de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 7993-2006, promovido por Gas

Natural SDG, S.A.

Sección Tercera. Auto 211/2007, de 16 de abril de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 4445-2005, promovido por don José

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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María Gasset Ramírez de Haro y otros.

Sección Cuarta. Auto 212/2007, de 16 de abril de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 6732-2005, promovido por Caprichos

Decoración, S.L.

Sección Cuarta. Auto 213/2007, de 16 de abril de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 7478-2005, promovido por doña

Desamparados Gil Mateu.

Sección Cuarta. Auto 215/2007, de 16 de abril de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 7864-2006, promovido por don

Krasimir Ivanov Batayev.

Sección Tercera. Auto 216/2007, de 16 de abril de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 7963-2006, promovido por Iberdrola,

S.A.

Sección Tercera. Auto 217/2007, de 16 de abril de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 11137-2006, promovido por don

Victorino Fernández Rodríguez.

Sección Segunda. Auto 220/2007, de 18 de abril de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 4846-2005, promovido por don

Adrián Sebastián López Carbellido.

Sección Primera. Auto 221/2007, de 18 de abril de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 7067-2005, promovido por don

Gerardo Álvarez Reza.

Sección Segunda. Auto 222/2007, de 18 de abril de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 1715-2006, promovido por don José

Luis Aguado Gutiérrez.

Sección Primera. Auto 226/2007, de 25 de abril de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 8705-2006, promovido por don

Gerardo Álvarez Reza.

Sección Segunda. Auto 227/2007, de 26 de abril de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 5210-2006, promovido por don Jesús

María Mendinueta Flores.

Sección Primera. Auto 228/2007, de 3 de mayo de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 7302-2006, promovido por

Construcciones J. Arruti, S.L.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

276

Sección Tercera. Auto 236/2007, de 7 de mayo de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 7281-2006, promovido por Lostal y

Cía., S.A.

Sección Cuarta. Auto 244/2007, de 21 de mayo de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 9014-2006, promovido por don

Fernando Fuentes Romero.

Sección Tercera. Auto 250/2007, de 22 de mayo de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 8154-2005, promovido por doña Elisa

Gil Rodríguez y otro.

Sección Tercera. Auto 251/2007, de 22 de mayo de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 4829-2006, promovido por don

Francisco Javier Sanz Plaza.

Sección Tercera. Auto 252/2007, de 22 de mayo de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 4877-2006, promovido por el Colegio

Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial.

Sección Segunda. Auto 267/2007, de 25 de mayo de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 10322-2006, promovido por don Julio

Vicente Martínez Miguel.

Sección Cuarta. Auto 272/2007, de 4 de junio de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 8714-2005, promovido por don José

Antonio Cancelas Ferreiro y otro.

Auto 274/2007, de 4 de junio de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 772-2007, promovido por don José

Antonio López Catalán.

Sección Tercera. Auto 319/2007, de 2 de julio de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 7144-2005, promovido por don José

María Gasset Ramírez de Haro y otros.

Sección Cuarta. Auto 320/2007, de 2 de julio de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 810-2006, promovido por Rodret AB.

Sección Cuarta. Auto 321/2007, de 2 de julio de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 11706-2006, promovido por don Luis

Enrique Caballero Fernández Aramburu.

Sección Primera. Auto 324/2007, de 6 de julio de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 4792-2006, promovido por don Jesús

González Antolín.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Sección Primera. Auto 330/2007, de 13 de julio de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 4878-2006, promovido por el Colegio

Oficial de Pilotos de Aviación Comercial.

Sección Primera. Auto 331/2007, de 13 de julio de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 10189-2006, promovido por don

Monserrate Barceló Reus.

Sección Cuarta. Auto 332/2007, de 16 de julio de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 2015-2007, promovido por Editorial

Prensa Alicantina, S.A.

Sección Primera. Auto 337/2007, de 18 de julio de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 11347-2006, promovido por don

David Ortes Ventura.

Sección Segunda. Auto 339/2007, de 19 de julio de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 1491-2006, promovido por don

Gerardo Álvarez Reza.

Sección Segunda. Auto 340/2007, de 19 de julio de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 2300-2006, promovido por don

Gerardo Álvarez Reza.

Sección Segunda. Auto 341/2007, de 19 de julio de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 10362-2006, promovido por don José

Luis Minguez García y otro.

Sección Segunda. Auto 342/2007, de 19 de julio de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 10422-2006, promovido por don Juan

Simón Segovia Hernández.

Sección Cuarta. Auto 349/2007, de 23 de julio de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 5047-2005, promovido por

Floridamar, S.L.

Sección Tercera. Auto 351/2007, de 23 de julio de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 4301-2007, promovido por don

Antonio Pérez Cabanillas.

Sección Segunda. Auto 373/2007, de 19 de septiembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 6921-2006, promovido por don Jon

Imanol González Merino.

Sección Tercera. Auto 376/2007, de 24 de septiembre de 2007

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 7366-2005, promovido por don María

del Carmen Navarro Pascual y otros.

Sección Primera. Auto 378/2007, de 26 de septiembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 1673-2007, promovido por don

Samuel Carrillo Céspedes.

Sección Segunda. Auto 379/2007, de 4 de octubre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 1027-2007, promovido por don Tayeb

Boudermine en causa penal.

Sección Primera. Auto 380/2007, de 5 de octubre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 2704-2007, promovido por don

Viriato Calvo García en contencioso-administrativo.

Sección Tercera. Auto 383/2007, de 8 de octubre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 11426-2006, promovido por doña

Montserrat Molina Castillo.

Sección Cuarta. Auto 391/2007, de 22 de octubre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 4913-2005, promovido por doña

Inmaculada Sanhermelando Fortea y otra.

Sección Cuarta. Auto 394/2007, de 22 de octubre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 10365-2006, promovido por doña

Yonise Boazaou.

Sección Segunda. Auto 395/2007, de 22 de octubre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 10601-2006, promovido por don

Laureano Oubiña Piñeiro en causa penal.

Sección Segunda. Auto 397/2007, de 22 de octubre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 515-2007, promovido por el

Ayuntamiento de Castell-Platja d' Aro.

Sección Segunda. Auto 398/2007, de 22 de octubre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 651-2007, promovido por don Carlos

Alberto López Llorca.

Sección Segunda. Auto 399/2007, de 22 de octubre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 1598-2007, promovido por don

Héctor Fernández Fernández.

Sección Segunda. Auto 400/2007, de 22 de octubre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 1971-2007, promovido por el

Ayuntamiento de Pamplona.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Sección Segunda. Auto 401/2007, de 22 de octubre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 2818-2007, promovido por don

Francisco Yeste Pérez.

Sección Segunda. Auto 406/2007, de 24 de octubre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 991-2007, promovido por don Ionut

Valentin Voicu en contencioso-administrativo.

Sala Segunda. Auto 412/2007, de 5 de noviembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 2381-2005, promovido por don

Santiago Espinosa Blanco.

Sección Cuarta. Auto 416/2007, de 5 de noviembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 2993-2006, promovido por don

Manuel Paez Santana y otros.

Sección Cuarta. Auto 422/2007, de 5 de noviembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 634-2007, promovido por doña Ana

María Aguerri Urtasun y otros.

Sección Cuarta. Auto 423/2007, de 5 de noviembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 926-2007, promovido por doña Ana

Gabriela Almeida Sanguña.

Sección Cuarta. Auto 429/2007, de 19 de noviembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 7138-2006, promovido por don

Francisco José Luzón García y otros.

Sección Cuarta. Auto 430/2007, de 19 de noviembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 11048-2006, promovido por doña

María de las Mercedes González Fierro Díez y otros.

Sección Cuarta. Auto 431/2007, de 19 de noviembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 11336-2006, promovido por doña

Rosa María Ribas Alegret.

Sección Cuarta. Auto 432/2007, de 19 de noviembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 1451-2007, promovido por don Luis

Pérez Perea.

Sección Tercera. Auto 433/2007, de 19 de noviembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 2229-2007, promovido por don

Bernardo Blasco Castany.

Sección Cuarta. Auto 434/2007, de 19 de noviembre de 2007

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Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 5857-2007, promovido por don

Mariano Jesús Mateo Martínez.

Sección Primera. Auto 435/2007, de 21 de noviembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 10342-2006, promovido por don

Daniel Esteban León Muñoz.

Sección Segunda. Auto 436/2007, de 21 de noviembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 10907-2006, promovido por don

Gabriel Gheorghe Ifrin.

Sección Segunda. Auto 437/2007, de 21 de noviembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 4604-2007, promovido por don José

Ignacio Corman Villén.

Sección Segunda. Auto 440/2007, de 27 de noviembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 8667-2005, promovido por doña

Magdalena Ángela García Matesanz.

Sección Segunda. Auto 441/2007, de 27 de noviembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 6194-2006, promovido por don Fredy

Guillermo Rojas Ocampo.

Sección Segunda. Auto 442/2007, de 27 de noviembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 869-2007, promovido por don Óscar

Torres Fonseca.

Sección Cuarta. Auto 449/2007, de 10 de diciembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 6193-2006, promovido por doña

María de las Mercedes González-Fierro Díez y otros.

Sección Tercera. Auto 451/2007, de 10 de diciembre de 2007

Acuerda el desistimiento en el recurso de amparo 3146-2007, promovido por doña

Juana López Lorite.

4) Suspensión.

Sala Primera. Auto 31/2007, de 12 de febrero de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 5904-2004, promovido por don Pedro

Javier Morales Soto en causa por delito de detención ilegal.

Sala Primera. Auto 32/2007, de 12 de febrero de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 5905-2004, promovido por don Antonio

Luis Morales Soto en causa por delito de detención ilegal.

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Sala Primera. Auto 36/2007, de 12 de febrero de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 8141-2005, promovido por doña Silvia

Elena Serafín Torres en pleito civil.

Sala Primera. Auto 39/2007, de 12 de febrero de 2007

Acuerda la suspensión parcial en el recurso de amparo 7598-2006, promovido por don

Ramón López Iglesias en causa por delito de estafa.

Sala Primera. Auto 41/2007, de 12 de febrero de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 9109-2006, promovido por don José

Orlando Botero Henao en causa por delito de tráfico de droga.

Sala Primera. Auto 49/2007, de 13 de febrero de 2007

Acuerda la suspensión en el recurso de amparo 4941-2006, promovido por don José

Elicegui Michelena en causa penal.

Sala Primera. Auto 58/2007, de 26 de febrero de 2007

Acuerda el desistimiento del incidente de suspensión en el recurso de amparo 7530-

2003, promovido por don Bernardino Borrajo Delgado y otra.

Sala Segunda. Auto 59/2007, de 26 de febrero de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 7719-2003, promovido por don Roberto

Rincón Casero en causa por delito de injurias.

Sala Primera. Auto 63/2007, de 26 de febrero de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 1655-2005, promovido por don Manuel

Giménez Martínez en contencioso sobre multa por pescar en zona prohibida.

Sala Primera. Auto 66/2007, de 26 de febrero de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 4523-2006, promovido por don Jesús

Antonio Cuervo Álvarez en causa por delito de calumnias.

Sala Primera. Auto 68/2007, de 26 de febrero de 2007

Acuerda la suspensión en el recurso de amparo 9185-2006, promovido por don Pasquale

Claudio Locatelli en procedimiento de euroorden para cumplimiento de penas en Italia.

Voto particular.

Sala Primera. Auto 186/2007, de 12 de marzo de 2007

Archiva el incidente de suspensión en el recurso de amparo 6908-2004, promovido por

don Hega Hogar, S.L.

Sala Segunda. Auto 195/2007, de 26 de marzo de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 137-2006, promovido por don Taysir

Alony Kate en causa penal.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Sala Primera. Auto 199/2007, de 27 de marzo de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 5093-2006, promovido por don Imanol

Larrañaga Alberdi en causa por delito de colaboración con banda armada.

Sala Segunda. Auto 201/2007, de 27 de marzo de 2007

Acuerda la suspensión en el recurso de amparo 8817-2006, promovido por don Juan

José Folchi Bonafonte en causa por delito de apropiación indebida.

Sala Segunda. Auto 207/2007, de 16 de abril de 2007

Finaliza el incidente de suspensión en el recurso de amparo 2387-2005, promovido por

la Comunidad Autónoma de la Rioja en contencioso-administrativo sobre estructura

orgánica de una Consejería.

Sala Segunda. Auto 209/2007, de 16 de abril de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 3328-2005, promovido por don Jordi

Pérez Pérez en causa por delito contra la seguridad del tráfico.

Sala Segunda. Auto 214/2007, de 16 de abril de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 4893-2006, promovido por don José

Ignacio Gaztañaga Bidaurreta en relación con su licenciamiento definitivo en causa

penal.

Sala Segunda. Auto 229/2007, de 7 de mayo de 2007

Extinción del incidente de suspensión en el recurso de amparo 5025-2004, promovido

por Síntoma Galán, S.L., en contencioso acerca de clausura de establecimiento.

Sala Segunda. Auto 230/2007, de 7 de mayo de 2007

Deniega la suspensión y ordena la anotación preventiva en el recurso de amparo 7540-

2004, promovido por doña Margaret Hurley en litigio sobre abono de cuotas.

Sala Segunda. Auto 232/2007, de 7 de mayo de 2007

Finaliza el incidente de suspensión en el recurso de amparo 4029-2005, promovido por

el Gobierno de Cantabria en causa penal.

Sala Segunda. Auto 233/2007, de 7 de mayo de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 1140-2006, promovido por la Junta de

Andalucía en procedimiento civil de desamparo de menor.

Sala Segunda. Auto 235/2007, de 7 de mayo de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 5590-2006, promovido por don

Francisco Javier Tomás Puchol en relación con varias resoluciones de las Cortes

Valencianas sobre el grupo mixto.

Sala Primera. Auto 248/2007, de 22 de mayo de 2007

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Acuerda la suspensión parcial en el recurso de amparo 4615-2005, promovido por don

Sebastián Pasqual Coll en causa por delito contra la hacienda pública.

Sección Primera. Auto 249/2007, de 22 de mayo de 2007

Acuerda la suspensión parcial en el recurso de amparo 4712-2005, promovido por don

Carlos Folchi Bonafonte en causa por delito contra la hacienda pública.

Sala Primera. Auto 270/2007, de 4 de junio de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 752-2005, promovido por don Juan

Manuel Martín Espinosa en litigio por despido.

Sala Segunda. Auto 273/2007, de 4 de junio de 2007

Acuerda la suspensión en el recurso de amparo 8079-2006, promovido por don Miguel

A. Dalmau Lloret en causa por delito contra la salud pública.

Sala Primera. Auto 280/2007, de 18 de junio de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 6902-2004, promovido por don Mariano

Aguirán Esqués en pleito sobre rendición de cuentas de una herencia.

Sala Segunda. Auto 283/2007, de 18 de junio de 2007

Acuerda la suspensión parcial en el recurso de amparo 3674-2005, promovido por don

José María Ferrández Ezquerra en causa por delitos contra la hacienda pública.

Sala Primera. Auto 284/2007, de 18 de junio de 2007

Extinción del incidente de suspensión en el recurso de amparo 4028-2005, promovido

por el Gobierno de Cantabria en causa penal.

Sala Segunda. Auto 286/2007, de 18 de junio de 2007

Acuerda la suspensión parcial en el recurso de amparo 925-2006, promovido por don

José María Botella Alfaro y otro en causa por delito de calumnias.

Sala Segunda. Auto 287/2007, de 18 de junio de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 10112-2006, promovido por don Jon

Aguirre Aguiriano en procedimiento penitenciario sobre licenciamiento definitivo.

Sala Primera. Auto 288/2007, de 18 de junio de 2007

Extinción del incidente de suspensión en el recurso de amparo 4234-2007, promovido

por don Adrian John Wilson en procedimiento de euroorden a Rumanía por delito de

agresión sexual.

Sala Primera. Auto 314/2007, de 2 de julio de 2007

Acuerda la suspensión en el recurso de amparo 5682-2004, promovido por don José

Luis Álvarez Santacristina en procedimiento penitenciario por sanciones disciplinarias.

Sala Segunda. Auto 333/2007, de 18 de julio de 2007

Extinción del incidente de suspensión en el recurso de amparo 5899-2003, promovido

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

284

por don Abdelhakim Issaoun en causa penal.

Sala Segunda. Auto 335/2007, de 18 de julio de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 6130-2006, promovido por Proiliberis,

S.L., en contencioso sobre liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y

actos jurídicos documentados.

Sala Segunda. Auto 336/2007, de 18 de julio de 2007

Acuerda la suspensión en el recurso de amparo 10383-2006, promovido por doña

Cristina Moriñigo Martín en pleito por guarda y custodia de menores.

Sala Primera. Auto 345/2007, de 23 de julio de 2007

Acuerda la suspensión en el recurso de amparo 6623-2004, promovido por don Juan

Bilbao Moro en procedimiento de vigilancia penitenciaria por sanciones disciplinarias.

Sala Primera. Auto 346/2007, de 23 de julio de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 7482-2004, promovido por Cañete

Corchero Abogados, S.L., en contencioso sobre sanciones de tráfico.

Sala Primera. Auto 347/2007, de 23 de julio de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 1292-2005, promovido por don Manuel

García Lahoz en contencioso sobre sanción de tráfico.

Sala Primera. Auto 348/2007, de 23 de julio de 2007

Acuerda la suspensión en el recurso de amparo 3321-2005, promovido por don José

María Llorca Albero en litigio de reclamación de cantidad por gastos de comunidad de

propietarios.

Sala Segunda. Auto 359/2007, de 10 de septiembre de 2007

Acuerda la suspensión en el recurso de amparo 6097-2005, promovido por don José

Rodríguez Pichaco en causa por delito contra la salud pública.

Sala Primera. Auto 360/2007, de 10 de septiembre de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 6131-2006, promovido por Proiliberis,

S.L., en contencioso sobre liquidaciones tributarias.

Sala Primera. Auto 361/2007, de 10 de septiembre de 2007

Extinción del incidente de suspensión en el recurso de amparo 9316-2006, promovido

por don Sergio Bergua Pueyo en juicio de faltas por amenazas.

Sala Segunda. Auto 362/2007, de 10 de septiembre de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 11636-2006, promovido por don

Conrado Colás Tobajas en causa por delito de abusos sexuales.

Sala Primera. Auto 364/2007, de 11 de septiembre de 2007

Extinción del incidente de suspensión en el recurso de amparo 2754-2005, promovido

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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por doña Dolores Melenero y otro en juicio de ejecución hipotecaria.

Sala Primera. Auto 366/2007, de 11 de septiembre de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 1403-2007, promovido por don José

Cándido Zubikarai Badiola en procedimiento penitenciario sobre licenciamiento

definitivo.

Sala Primera. Auto 375/2007, de 24 de septiembre de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 2612-2005, promovido por don Máximo

Centeno Conejo en causa por delito de allanamiento de morada y otros.

Sala Primera. Auto 377/2007, de 24 de septiembre de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 1187-2006, promovido por doña María

del Mar Velázquez Fernández y otros en causa sobre abusos sexuales.

Sala Segunda. Auto 390/2007, de 22 de octubre de 2007

Acuerda la extinción del incidente de suspensión en el recurso de amparo 4423-2005,

promovido por el Ayuntamiento de Martos (Jaén) en contenciosos sobre reclamación de

responsabilidad patrimonial de la Administración.

Sala Segunda. Auto 396/2007, de 22 de octubre de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 11202-2006, promovido por don

Fernando Vicente de Luis Astarloa en relación con nuevo licenciamiento definitivo en

causa penal.

Sala Segunda. Auto 448/2007, de 10 de diciembre de 2007

Acuerda la suspensión parcial en el recurso de amparo 6191-2006, promovido por doña

Iluminada Sambade Sendón en causa por delito de lesiones.

Sala Segunda. Auto 450/2007, de 10 de diciembre de 2007

Deniega levantar la suspensión y mantiene el señalamiento preferente del recurso de

amparo 10383-2006, promovido por doña Cristina Moriñigo Martín en pleito por

guarda y custodia de menores.

Sala Segunda. Auto 461/2007, de 17 de diciembre de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 2306-2005, promovido por doña Alicia

Mercedes Fuentes Ambhul en procedimiento de adopción.

Sala Segunda. Auto 462/2007, de 17 de diciembre de 2007

Acuerda la suspensión en el recurso de amparo 4915-2005, promovido por don

Georgios Tágalos en causa por delito de apropiación indebida.

Sala Primera. Auto 463/2007, de 17 de diciembre de 2007

Acuerda la suspensión parcial en el recurso de amparo 7610-2005, promovido por don

Juan José Dionisio Rodríguez en causa por delito contra la salud pública.

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Sala Segunda. Auto 464/2007, de 17 de diciembre de 2007

Acuerda la suspensión en el recurso de amparo 14-2006, promovido por don Jaume

Gironés Nebot en pleito sobre división de cosa común.

Sala Segunda. Auto 465/2007, de 17 de diciembre de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 4316-2006, promovido por don Josep

Sala Carreras en juicio de faltas por lesiones.

Sala Segunda. Auto 466/2007, de 17 de diciembre de 2007

Acuerda la suspensión parcial en el recurso de amparo 7424-2006, promovido por don

Kamal Hadid Chaar en causa por delito de colaboración con organización terrorista.

Sala Primera. Auto 469/2007, de 17 de diciembre de 2007

Acuerda la suspensión parcial en el recurso de amparo 8457-2006, promovido por don

Abdelilah Aziar en causa por delito contra la salud pública .

Sala Segunda. Auto 470/2007, de 17 de diciembre de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 693-2007, promovido por Promociones

y Construcciones Realmar, S.A., en contencioso sobre liquidación del impuesto de

sociedades.

Sala Segunda. Auto 411/2007, de 5 de noviembre de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 1740-2005, promovido por don Andrés

Colmenar Bravo en pleito por resolución de arrendamiento urbano.

Sala Segunda. Auto 414/2007, de 5 de noviembre de 2007

Acuerda la suspensión en el recurso de amparo 3482-2005, promovido por don Ramón

Cremades Navarro en procedimiento penitenciario sobre sanción disciplinaria.

Sala Primera. Auto 415/2007, de 5 de noviembre de 2007

Acuerda la suspensión y ordena la anotación preventiva de demanda en el recurso de

amparo 5258-2005, promovido por doña Rosa María Contreras López en pleito por

impago de préstamo personal.

Sala Segunda. Auto 418/2007, de 5 de noviembre de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 7510-2006, promovido por don Najib

Chaib Mohamed en causa por delito de integración en organización terrorista.

Sala Segunda. Auto 421/2007, de 5 de noviembre de 2007

Deniega la suspensión en el recurso de amparo 10216-2006, promovido por doña

Montserrat Rincón Montesinos en pleito sobre adopción de medidas paterno-filiales.

5) Abstención y recusación.

Pleno. Auto 26/2007, de 5 de febrero de 2007

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Boletín de jurisprudencia constitucional Año 2007

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Acuerda una recusación en el recurso de amparo 8045-2006, promovido por Diputados

del Grupo Parlamentario Popular contra determinados preceptos de la Ley Orgánica

6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña. Votos

particulares.

Sala Segunda. Auto 37/2007, de 12 de febrero de 2007

Acepta una abstención en el recurso de amparo 1458-2006, promovido por don Tomás

Pascual Sanz y otro en pleito civil.

Pleno. Auto 42/2007, de 13 de febrero de 2007

Acepta una abstención en el recurso de inconstitucionalidad 1358-1999, promovido por

el Parlamento de Andalucía en relación con la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de

presupuestos generales del Estado para 1999.

Sala Primera. Auto 179/2007, de 12 de marzo de 2007

Acepta una abstención en el recurso de amparo 2805-2002, promovido por doña María

del Pilar Ramírez Balboteo.

Sección Segunda. Auto 223/2007, de 19 de abril de 2007

Acepta una abstención en el recurso de amparo 1703-2005, promovido por don Emilio

Octavio de Toledo y Ubieto en contencioso sobre evaluación de la actividad

investigadora.

Sala Segunda. Auto 242/2007, de 21 de mayo de 2007

Deniega una abstención en el recurso de amparo 1907-2003, promovido por don

Alberto Cortina de Alcocer en causa penal.

Sala Segunda. Auto 334/2007, de 18 de julio de 2007

Acepta una abstención en el recurso de amparo 9563-2005, promovido por don

Benedicto Vadillo Ortiz.

Sala Segunda. Auto 350/2007, de 23 de julio de 2007

Acepta una abstención en el recurso de amparo 3526-2007, promovido por don Pedro

García Ros.

Pleno. Auto 443/2007, de 27 de noviembre de 2007

Inadmite tres recusaciones en el recurso de inconstitucionalidad 6729-2007, promovido

por más de cincuenta Diputados del Grupo Parlamentario Popular del Congreso de los

Diputados contra la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.

Votos particulares.

6) Acumulación.

Sala Primera. Auto 56/2007, de 26 de febrero de 2007

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Acuerda la acumulación del recurso de amparo 7314-2004 al 1404-2003, promovido

por don José Ramón Prado Bugallo.

Sala Segunda. Auto 268/2007, de 4 de junio de 2007

Deniega la acumulación de tres recursos de amparo al 22-2005, promovidos por don

Waheed Koshagi Kelani.

Sala Primera. Auto 343/2007, de 23 de julio de 2007

Acuerda la acumulación del recurso de amparo 4015-2003 al 4002-2003, promovido

por don Alhaji Ceesay y otro.

Sala Primera. Auto 344/2007, de 23 de julio de 2007

Acuerda la acumulación del recurso de amparo 3049-2004 al 6452-2002, promovido

por don José Marcelino López Peraza.

Sala Primera. Auto 358/2007, de 10 de septiembre de 2007

Acuerda la acumulación de dieciocho recursos de amparo al 5551-2003, promovidos

por don Laarousi Hkatari y otros en procedimiento de habeas corpus.

Sala Primera. Auto 410/2007, de 5 de noviembre de 2007

Acuerda la acumulación del recurso de amparo 5905-2004 al 5904-2004, promovido

por don Pedro Javier Morales Soto y otro.

7) Resolución recursos de súplica.

Sala Segunda. Auto 8/2007, de 15 de enero de 2007

Desestima el recurso de súplica sobre suspensión en el recurso de amparo 5667-2004,

promovido por don Jesús Pérez Díaz y otra.

Sección Segunda. Auto 13/2007, de 16 de enero de 2007

Desestima el recurso de súplica sobre inadmisión del recurso de amparo 3292-2004,

promovido por don Eugenio Bañobre Fernández en pleito de menor cuantía.

Sección Tercera. Auto 38/2007, de 12 de febrero de 2007

Desestima el recurso de súplica sobre inadmisión del recurso de amparo 6666-2006,

promovido por don Manuel Fernández Cintero.

Sección Segunda. Auto 178/2007, de 8 de marzo de 2007

Estima el recurso de súplica sobre inadmisión del recurso de amparo 15-2006,

promovido por don Miguel de Orbe Albacete.

Sección Cuarta. Auto 194/2007, de 26 de marzo de 2007

Desestima el recurso de súplica sobre inadmisión del recurso de amparo 90-2005,

promovido por don Alejandro Alchapar Díaz y otra.

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Sección Tercera. Auto 234/2007, de 7 de mayo de 2007

Desestima el recurso de súplica sobre inadmisión del recurso de amparo 4226-2006,

promovido por don Antonio Serrano-Arnal y Domper en contencioso sobre sanción

disciplinaria judicial.

Sección Primera. Auto 264/2007, de 25 de mayo de 2007

Desestima el recurso de súplica sobre inadmisión del recurso de amparo 3850-2005,

promovido por Bodegas Méndez, S.L., en contencioso por sanción en materia agraria.

Sección Segunda. Auto 275/2007, de 7 de junio de 2007

Inadmite la solicitud de nulidad y desestima el recurso de súplica sobre inadmisión del

recurso de amparo 1830-2004, promovido por don Deogracias Talaverano Rico en

pleito sobre responsabilidad civil.

Sección Segunda. Auto 276/2007, de 7 de junio de 2007

Inadmite la solicitud de nulidad y desestima el recurso de súplica sobre inadmisión del

recurso de amparo 1834-2004, promovido por don Deogracias Talaverano Rico en

pleito sobre responsabilidad civil.

Sección Segunda. Auto 277/2007, de 7 de junio de 2007

Inadmite la solicitud de nulidad y desestima el recurso de súplica sobre inadmisión del

recurso de amparo 1836-2004, promovido por don Deogracias Talaverano Rico en

pleito sobre responsabilidad civil.

Sección Segunda. Auto 278/2007, de 7 de junio de 2007

Desestima el recurso de súplica sobre inadmisión del recurso de amparo 9424-2006,

promovido por Abysal Systems, S.A., en litigio por despido.

Sala Segunda. Auto 325/2007, de 11 de julio de 2007

Desestima el recurso de súplica sobre inadmisión del recurso de amparo 5580-2007,

promovido por el Grupo Verde Europeo en relación con la proclamación de los

candidatos electos en las elecciones municipales de Sant Josep de Sa Talaia.

Sección Tercera. Auto 327/2007, de 12 de julio de 2007

Inadmite el recurso de súplica sobre audiencia previa a la inadmisión del recurso de

amparo 4319-2005, promovido por don Roberto Yuste Escobar en litigio social.

Sección Tercera. Auto 381/2007, de 8 de octubre de 2007

Estima el recurso de súplica sobre inadmisión del recurso de amparo 7240-2005,

promovido por Pronovias, S.A., en litigio sobre despido disciplinario.

Sección Tercera. Auto 392/2007, de 22 de octubre de 2007

Desestima el recurso de súplica sobre inadmisión del recurso de amparo 5085-2005,

promovido por don José Luis Amenedo Sanjuán en contencioso sobre cuantía de

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pensión aneja a concesión de la Cruz del mérito policial con distintivo rojo.

Sección Tercera. Auto 419/2007, de 5 de noviembre de 2007

Desestima el recurso de súplica sobre inadmisión del recurso de amparo 9902-2006,

promovido por don Adolfo Álvarez Busto en contencioso sobre sanción disciplinaria.

Sección Primera. Auto 427/2007, de 7 de noviembre de 2007

Desestima el recurso de súplica sobre inadmisión del recurso de amparo 2251-2005,

promovido por don Valeriano Collado Rodríguez en contencioso sobre expropiación

forzosa.

Sección Cuarta. Auto 428/2007, de 19 de noviembre de 2007

Desestima el recurso de súplica sobre inadmisión del recurso de amparo 8962-2005,

promovido por don Juan Manuel León Gómez en contencioso sobre sanción en materia

de medicamento.

Sección Primera. Auto 438/2007, de 26 de noviembre de 2007

Desestima el recurso de súplica sobre inadmisión del recurso de amparo 8125-2006,

promovido por don José Guillermo Santana Nieves en causa sobre licenciamiento

definitivo.

Sección Tercera. Auto 445/2007, de 10 de diciembre de 2007

Estima el recurso de súplica y admite a trámite el recurso de amparo 971-2005,

promovido por don Julián Herreros Gutiérrez y otros en contencioso sobre

responsabilidad patrimonial de la Administración.

Sección Tercera. Auto 447/2007, de 10 de diciembre de 2007

Desestima el recurso de súplica sobre inadmisión del recurso de amparo 4954-2005,

promovido por don Ghassan Youssef Barttikhi y otros en contencioso por descuentos

sobre la facturación de medicamentos.

Sección Tercera. Auto 458/2007, de 13 de diciembre de 2007

Estima el recurso de súplica y admite a trámite el recurso de amparo 5094-2006,

promovido por don Ainara Fresneda Echevarría en causa por delito de colaboración con

banda armada.

8) Otros.

Sala Primera. Auto 238/2007, de 10 de mayo de 2007

Acuerda resolver en sentencia única el recurso de amparo electoral 4107-2007 y otros

23, promovidos por agrupaciones electorales sobre proclamación de candidaturas.

Sala Primera. Auto 243/2007, de 21 de mayo de 2007

Acuerda la extinción del recurso de amparo 4941-2006, promovido por don José

Elicegui Michelena en causa penal.

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Sala Segunda. Auto 338/2007, de 18 de julio de 2007

Acuerda la extinción del recurso de amparo electoral 5716-2007, promovido por el

Partido Socialista Obrero Español en contencioso-electoral por proclamación de electos

en el municipio de Casas de Fernando Alonso.

Sala Primera. Auto 357/2007, de 10 de septiembre de 2007

Acuerda la cancelación de la anotación preventiva de demanda en el recurso de amparo

7327-2002, promovido por doña Julia Camacho Camacho (STC 199/2006).

Sección Primera. Auto 365/2007, de 11 de septiembre de 2007

Desestima el recurso de reposición sobre otorgamiento de poder en el recurso de

amparo 10268-2006, promovido por don Antonio Larumbre Domingo en causa penal.

Sala Primera. Auto 420/2007, de 5 de noviembre de 2007

Deniega la adopción de medidas cautelares en el recurso de amparo 10121-2006,

promovido por don José Ramón Martínez García en causa sobre licenciamiento

definitivo.

Sección Primera. Auto 439/2007, de 26 de noviembre de 2007

Acuerda la extinción del recurso de amparo 787-2007, promovido por don Marian

Gheorgie en contencioso sobre expulsión del territorio nacional.