SUMARIO - coam.org · Ordenanza sobre Prevención, Venta, Dispensación, ... entre esta Diputación...

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AÑO 2012.— NUMERO 8 MIERCOLES, 18 DE ENERO SUMARIO DIPUTACION DE SEGOVIA Secretaría General Extractos de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno de la Corporación ..........................................................Pág. 3 AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA Gobierno Interior y Personal Bases para provisión en propiedad de personal funcionario, oferta 2011 y anterior ........................................................Pág. 3 Reglamento Policía Local. Exposición pública ................................................................................................................Pág. 77 Servicios Sociales Ordenanza sobre Prevención, Venta, Dispensación, Suministro y Consumo de Bebidas Alcohólicas ..........................Pág. 77 JUNTA DE CASTILLA Y LEON Delegación Territorial de Segovia Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo Resolución por la que se convoca al levantamiento de Actas previas a la ocupación forzosa para la instalación eléctrica denominada “Proyecto de L.M.T. 15KV doble circuito desde Subestación de Nava de La Asunción a Coca (Segovia)” en los términos municipales de Nava de la Asunción y Coca, en Segovia. Expediente: AT-13.083 ....................................................................................................................................................Pág. 78 INSPECCION PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE SEGOVIA Ministerio de Empleo y Seguridad Social Resolución Expte. I242011005001260 ............................................................................................................................Pág. 80 www.dipsegovia.es [email protected]

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AÑO 2012.— NUMERO 8 MIERCOLES, 18 DE ENERO

SUMARIO

DIPUTACION DE SEGOVIA

Secretaría General

Extractos de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno de la Corporación ..........................................................Pág. 3

AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA

Gobierno Interior y Personal

Bases para provisión en propiedad de personal funcionario, oferta 2011 y anterior ........................................................Pág. 3

Reglamento Policía Local. Exposición pública ................................................................................................................Pág. 77

Servicios Sociales

Ordenanza sobre Prevención, Venta, Dispensación, Suministro y Consumo de Bebidas Alcohólicas ..........................Pág. 77

JUNTA DE CASTILLA Y LEON

Delegación Territorial de Segovia

Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo

Resolución por la que se convoca al levantamiento de Actas previas a la ocupación forzosa para la

instalación eléctrica denominada “Proyecto de L.M.T. 15KV doble circuito desde Subestación de Nava de

La Asunción a Coca (Segovia)” en los términos municipales de Nava de la Asunción y Coca, en Segovia.

Expediente: AT-13.083 ....................................................................................................................................................Pág. 78

INSPECCION PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DE SEGOVIA

Ministerio de Empleo y Seguridad Social

Resolución Expte. I242011005001260 ............................................................................................................................Pág. 80

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Miércoles, 18 de enero de 2012Núm. 8 Pág. 2

ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Cantalejo

Información pública Expediente Actividad nave Almacén Agropecuario en Polígono Industrial,

Zona 4 Parcela C, de Cantalejo, solicitado por Mesta Sociedad Cooperativa ................................................................Pág. 80

Ayuntamiento de Carrascal del Río

Aprobación inicial Presupuesto 2011 ..............................................................................................................................Pág. 81

Ayuntamiento de Cerezo de Abajo

Baja en el Padrón de Habitantes de los extranjeros que no estén obligados a renovar su inscripción

cada dos años ................................................................................................................................................................Pág. 81

Ayuntamiento de Cobos de Fuentidueña

Presupuesto General 2011. ............................................................................................................................................Pág. 82

Ayuntamiento de Cuéllar

Licencia ambiental, legalización de ampliación de Bar-Restaurante 4.ª categoría ........................................................Pág. 82

Ayuntamiento de Montejo de la Vega de Serrezuela

Arrendamiento parcelas rústicas propiedad del Ayuntamiento........................................................................................Pág. 82

Ayuntamiento de San Cristóbal de Segovia

Nombramiento Juez de Paz Titular..................................................................................................................................Pág. 83

Ayuntamiento de Sanchonuño

Aprobación Padrones Agua, Alcantarillado y Residuos Urbanos, 2.º semestre 2011 ....................................................Pág. 84

Ayuntamiento de Santiuste de San Juan Bautista

Periodo voluntario de pago Tasa Servicio Abastecimiento Agua y Recogida de Residuos Sólidos

Urbanos, 4.º trimestre 2011 ............................................................................................................................................Pág. 84

Ayuntamiento de Sepúlveda

Tasas por servicios de Agua, Alcantarillado y Recogida de Basura de 2.º semestre de 2011 ........................................Pág. 85

Modificación Ordenanzas Fiscales nº 4, 14, 15, 16, 17, 18 y 21 y Establecimiento de

las Ordenanzas nº 6 y 22 ................................................................................................................................................Pág. 86

Ayuntamiento de Vegas de Matute

Finalización del mandato de Juez de Paz Titular ..........................................................................................................Pág. 104

Ayuntamiento de Villacastín

Suelo Rústico y Licencia Ambiental. Nave para dotación de servicios de asistencia a camiones en

la carretera N-VI en el término municipal de Villacastín (Segovia), parcela 33, del polígono 15

promovido por Transtercar S.L. ....................................................................................................................................Pág. 105

Mancomunidad de Municipios “Río Eresma”

Exposición inicial Presupuesto General 2012. ..............................................................................................................Pág. 105

Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda

Aprovechamiento de maderas del Monte del C.U.P. núm. 180 “Ensanchas de Navacedón”. ......................................Pág. 106

Aprovechamiento de la Caza del Monte del C.U.P. núm. 180 “Ensanchas de Navacedón”. ........................................Pág. 107

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

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DIPUTACION DE SEGOVIA

Secretaría General

EXTRACTOS DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA JUNTA DE GOBIERNOSESIÓN ORDINARIA DE 3 DE ENERO DE 2012

Presidida por el Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Vázquez Requero, Presidente de la Corporación y

con asistencia de todos los componentes de la Junta, Secretaria General e Interventor Acctal.

Se adoptan los siguientes acuerdos, que se reflejan en el extracto y que, salvo indicación en con-

trario, se acuerdan por unanimidad de los asistentes, y en virtud de las facultades delegadas por De-

creto de la Presidencia número 1099, de 19 de Julio de 2011.

1.- Aprobar el acta de la sesión ordinaria de 20 de diciembre de 2011.

2.- Prorrogar el Convenio de colaboración para la prestación de servicios postales y telegráficos

entre esta Diputación y la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A., comprensivo de nueve estipu-

laciones y cuatro anexos, hasta el 31 de diciembre de 2012.

3.- Estimar parcialmente el recurso de reposición interpuesto por una funcionaria provincial contra

acuerdo de la Junta de Gobierno sobre desestimación de expediente de reclamaciones de respon-

sabilidad patrimonial.

4.- Prorrogar para el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2012 y 28 de febrero de 2013,

el contrato inicialmente suscrito con la empresa CLECE S.A., de Valladolid, para la prestación del

servicio básico de ayuda a domicilio de la Provincia de Segovia, aplicándose al precio el 75% de la

variación que experimente el I.P.C.

5.- Convocar y aprobar las Bases para la confección de lista de reserva para la formalización de

contrato temporal de trabajo para prestar servicios como Auxiliar de Programas Deportivos, de control

de Material Deportivo y Archivo del Area de Asuntos Sociales y Deportes y que se dé publicidad de las

mismas en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Edictos y en la Página Web de la Corporación.

6.1.- Aprobar la disolución de la Agrupación de los Ayuntamientos de Villacastín e Ituero y Lama

para sostenimiento en común del puesto de Secretaría.

6.2.- Aprobar la constitución de la Agrupación de los Ayuntamientos de Ituero y Lama y de Ortigo-

sa del Monte para sostenimiento en común del puesto de Secretaría.

Lo que se hace público para general conocimiento, con la advertencia de que el acta correspon-

diente puede ser examinada por cualquier interesado en la Conserjería del Palacio Provincial, en ho-

ras hábiles de oficina.

Segovia, 10 de enero de 2012.— El Secretario General, Francisco Lacaba Pérez.

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AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA

Gobierno Interior y Personal

RESOLUCIÓN de la Alcaldía, de fecha 30 de diciembre de 2011, por la que se aprueban las ba-

ses para la provisión en propiedad de personal funcionario que se especifican en el Ayuntamiento de

Segovia:

- Convocatoria Unitaria

- 2 Plazas de Técnico de Administración General, 1 promoción interna y 1 libre

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Miércoles, 18 de enero de 2012Núm. 8 Pág. 4

- 1 Plaza de Ingeniero Técnico de Obras Públicas, concurso - oposición libre

- 1 Plaza de Arquitecto Municipal, concurso - oposición libre

- 1 Plaza de Trabajador Social, concurso - oposición libre

- 2 Plazas de Bombero - Conductor, concurso - oposición libre

- 1 Plaza de Administrativo de Administración General, promoción interna

- 1 Plaza de Encargado de Pintura y Mantenimiento, promoción interna

- 1 Plaza de Oficial de Instalaciones Deportivas, promoción interna

- 1 Plaza de Oficial Telefonista, promoción interna

CONVOCATORIA UNITARIA PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE PLAZAS VACANTES

DE PERSONAL FUNCIONARIO.-

BASES

Primera.- Número y características de las plazas convocadas.-

Se convocan para cubrir en propiedad las plazas de este Ayuntamiento que figuran en los anexos

de estas Bases Generales.

Estas plazas pertenecen a la Escala, Subescala o Clase que se indican de la plantilla de funcio-

narios, estando dotadas de los haberes correspondientes al Subgrupo que igualmente se especifica.

De ellas se reservan a promoción interna de la propia Corporación las que se indican en los ane-

xos respectivos.

Las vacantes sin cubrir de las reservadas a la promoción interna podrán ser cubiertas por el resto

de los aspirantes que participen en el turno libre.

Segunda.- Legislación aplicable.-

La realización de estas pruebas selectivas se regirá por lo previsto en estas Bases y anexos co-

rrespondientes y, en su defecto, se estará a lo dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Públi-

co, Ley 7/2007, de 12 de abril; Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de Abril por el que se aprueba el Texto Refundido de las dis-

posiciones legales vigentes en materia de Régimen Local modificada por Ley 11/99 de 21 de Abril;

Real Decreto 364/95 de 10 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del

Personal al Servicio de la Administración del Estado de provisión de puestos de trabajo y promoción

profesional, Real Decreto 896/1991, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y

programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Admi-

nistración Local y demás disposiciones que le sean de aplicación.

Tercera.- Condiciones o requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes.-

3.1) Para tomar parte en dichas pruebas de selección será necesario:

a) Ser español/a o nacional de los demás estados miembros de la Unión Europea y:

1.- Los familiares de los anteriores cualquiera que sea su nacionalidad que se señalan:

- A su cónyuge, siempre que no esté separado de derecho.

- A sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, me-

nores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.

2.- Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados

por la Comunidad Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación

de trabajadores.

Todo ello salvo que en las bases específicas se establezca otra cosa.

b) Tener cumplidos 16 años de edad al día en que termine el plazo de presentación de instancias

y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo/Esca-

la/Puesto al que se aspira. En las plazas reservadas a aquellos que tengan una discapacidad igual o

superior al 33% o supuestos legalmente asimilados ésta deberá ser compatible con el desempeño

de las tareas y funciones asignadas a la plaza.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Au-

tónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolu-

ción judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario en el que hubiese sido separado o in-

habilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni

haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos

términos, el acceso al empleo público.

e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad previstos

en las normas de Función Pública, Ley 53/84, de 26 de Diciembre y demás disposiciones concor-

dantes.

f) Estar en posesión de la titulación exigible para el ingreso en los Grupos que señala el Estatuto

Básico del Empleado Público, Ley 7/2007 de 12 de abril, en el art. 76 y Disposición Transitoria Terce-

ra, o en condiciones de obtenerla en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes,

o bien título equivalente al exigido, en cuyo caso habrá de acompañarse certificado expedido por el

Organismo competente que acredite la citada equivalencia. Se entiende que se está en condiciones

de obtener el título académico cuando se han abonado los derechos para su expedición.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial

que acredite su homologación.

g) Comprometerse a prestar juramento o promesa, exigidas para la Toma de posesión del cargo

en el Real Decreto 707/1979 de 5 de Abril.

h) En las plazas de promoción interna se deberá estar en situación de servicio activo en la planti-

lla de la Corporación hasta el nombramiento.

3.2) Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de pre-

sentación de instancias, y gozar de los mismos hasta el día de su nombramiento.

3.3) No se exigirá a los aspirantes la presentación previa de los documentos acreditativos de los

requisitos exigidos en esta Base, con la presentación de la solicitud, salvo lo que se indica en la Ba-

se cuarta.

3.4) En todo caso el carnet de conducir exigido en las convocatorias específicas deberá tener FE-

CHA DE EXPEDICIÓN anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias,

salvo en Agentes de la Policía Local que se está a la convocatoria específica.

Cuarta.- Forma y plazos de presentación de instancias.-

Las instancias solicitando tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las que los

aspirantes deben manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base

anterior y aquellos otros que, en su caso, determinen las convocatorias específicas, referidas siem-

pre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, y de que se com-

prometen en caso de ser propuestos para el correspondiente nombramiento, a prestar juramento o

promesa de acuerdo con lo que determina el R.D. 707/79, de 5 de Abril, se dirigirán al Ilmo. Sr. Alcal-

de-Presidente de esta Corporación, presentándose en el Registro General de ésta sito en Plaza Ma-

yor nº 1 o en los Registros Auxiliares sitos en Ctra. Palazuelos, nº 7 (Servicio de Urbanismo, Obras y

Servicios) y C/ Bomberos nº 10, durante el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de

la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Será obligatorio que la instancia de solicitud se cumplimente previamente a través de la página

web de este ayuntamiento: www.segovia.es para posteriormente imprimirse en duplicado ejemplar

con la finalidad de dar cumplimiento a lo anteriormente señalado sobre su presentación.

Con este fin el Ayuntamiento pone a disposición de los aspirantes ordenadores en la Casa Con-

sistorial sita en Plaza Mayor nº 1, planta baja.

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Miércoles, 18 de enero de 2012Núm. 8 Pág. 6

Asimismo podrán presentarse las instancias en la forma que se determina en el art. 38.4 de la

Ley 30/1.992 de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-

cedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/99.

En estos casos deberá justificarse la fecha de presentación en Oficina de Correos o en otro Re-

gistro pertinente que no sea el del Ayuntamiento de Segovia y anunciarlo a la Sección de Gobierno

Interior y Personal a través de Fax (921-419807), Burofax o telegrama, en el mismo día dirigido al

Registro General (indicando en estos casos al menos nombre, DNI, dirección, teléfono, plaza a la

que se aspira así como firma), o a través del correo electrónico [email protected] señalando

los mismos datos anteriormente indicados.

Con la instancia solicitando tomar parte del proceso selectivo, deben presentarse: el resguardo

justificativo de haber abonado los derechos de examen o justificación de su exención y los docu-

mentos acreditativos de los méritos que se aleguen, copia del carnet/s de conducir exigido/s en las

convocatorias específicas, y aquello que específicamente sea exigido en cada una de las convocato-

rias que figuran como anexos. Será opcional la presentación de fotografía tamaño carnet.

Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias para tomar parte en el proceso/s selec-

tivo/s fijado en la Base siguiente, NO SERÁ ADMITIDO DOCUMENTO ALGUNO JUSTIFICATIVO

DE MÉRITOS.

La justificación se realizará conforme se establece en la base 9.1.1, 9.1.3 y 9.1.4 de esta Convo-

catoria unitaria.

Los requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes extranjeros recogidos en la base 3.1.a)

se acreditarán con los documentos oficiales precisos en el momento de presentación de la solicitud

de participación en el proceso selectivo. Son los requisitos de nacionalidad, vínculo de parentesco y

en su caso el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional del Estado miembro de la

Unión Europea con el que tenga dicho vínculo.

A la instancia se acompañará justificante original o copia acreditativo de haber abonado el impor-

te de los derechos de examen de cada prueba selectiva, que son los que resulte de aplicación en el

momento de presentación de instancias, estando propuestos para el ejercicio 2012 los siguientes:

- Plaza del anterior Grupo A, Subgrupo A1 25,89 euros

- Plaza del anterior Grupo B, Subgrupo A2 21,60 euros

- Plaza del anterior Grupo C, Subgrupo C1 12,95 euros

- Plaza del anterior Grupo D, Subgrupo C2 y Grupo E

Agrupaciones profesionales sin requisito de titulación 8,95 euros

- Policías y Bomberos en todas sus categorías 21,60 euros

Para ello deberá solicitar en la Sección de Tributos de este Ayuntamiento, Plaza Mayor nº 1, la

carta de pago. Esta solicitud podrá realizarse de forma presencial, telefónicamente al nº 921419828

y a través del correo electrónico: [email protected] .

Los citados derechos sólo serán devueltos a quienes no fueren admitidos a las pruebas de selec-

ción, por falta de alguno de los requisitos exigidos para tomar parte en las mismas, o aquellos que

manifiesten su “desistimiento” por escrito con anterioridad a la publicación de las listas de admitidos

y excluidos a las pruebas selectivas.

Estarán exentos del pago de la tasa por inscripción en pruebas selectivas:

a.- Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100 o situaciones asimiladas, que se

indicarán posteriormente.

b.- Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes

anterior a la fecha de convocatoria. Será requisito para el disfrute de la exención que, en el plazo de

que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar,

salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación, o reconversión profesionales y que, asi-

mismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

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Serán documentos justificativos para la exención del pago de la tasa a presentar con la instancia

de solicitud de participación en el proceso selectivo los siguientes:

- Los aspirantes con discapacidad:

a) Certificado acreditativo de la minusvalía igual o superior al 33% expedido por el INSERSO u

Organismo Autónomo correspondiente.

b) Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo la condición de

pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.

c) Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo

una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

- Los aspirantes que figuren como demandantes de empleo:

a) - Certificado del INEM en el que consten los extremos anteriormente señalados:

- Que figure como demandante de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fe-

cha de la convocatoria.

- No haber rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo cau-

sa justificada en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.

b) Justificante de periodos de alta a la Seguridad Social expedidos por la Tesorería General de la

Seguridad Social (“vida laboral”), en los términos que posteriormente se indicará.

c) Declaración responsable de no tener ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional

que para el presente ejercicio asciende a la cantidad de 641,40 euros/mes.

Cuando en la convocatoria específica se incluyan plazas de turno libre y plazas reservadas a pro-

moción interna, los aspirantes que reúnan los requisitos para presentarse por cualquiera de ambos

cauces deberán hacer constar en la instancia aquel por el que optan. Si omiten cualquier referencia

al respecto se entenderá que la elección es de promoción interna.

Aquellos interesados que soliciten concurrir por ambos turnos serán excluidos provisionalmente

de la lista de admitidos y para subsanar deberán optar, dentro del plazo conferido al efecto, por uno

de ellos.

Quinta.- Admisión de los aspirantes.-

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo máxi-

mo de un mes dictará resolución por la que se declarará aprobada la lista provisional de admitidos y

excluidos.

Dicha Resolución, que deberá publicarse en el “Boletín Oficial de la Provincia”, se expondrá en el

tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en la página web: www.segovia.es, en los términos que

se determine, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanación según establece el artí-

culo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, determinándose el lugar y fecha del comienzo de

los ejercicios de la fase de Oposición, así como la composición nominal del Tribunal calificador.

Transcurrido el plazo de 10 días no se admitirá ningún tipo de reclamación o rectificación, salvo

en los casos previstos en el art. 105.2 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administracio-

nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos se realizará en los mis-

mos medios anteriormente señalados para la provisional. No se dictará resolución provisional en los

casos en que no se produzca exclusión en la participación de la prueba selectiva.

La publicación del Anuncio correspondiente en el “Boletín Oficial de la Provincia” será determi-

nante de plazos a efectos de posibles impugnaciones o reclamaciones.

Sexta.- Desarrollo de las pruebas.-

Las pruebas selectivas a celebrar y la relación de méritos que serán tenidos en cuenta en la se-

lección de los aspirantes para el acceso a las distintas plazas que se convocan, se referenciarán en

los documentos que figuran como anexos de esta convocatoria.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

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En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personali-

dad.

El Tribunal o las bases específicas podrán establecer la lectura pública por los aspirantes de

aquellos ejercicios realizados por escrito. La lectura obligatoriamente deberá atenerse a lo escrito de

forma literal. El Tribunal sólo valorará sobre la base de lo escrito no de lo leído.

La duración del proceso de celebración de los ejercicios será la siguiente: desde la total conclu-

sión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de

72 horas y máximo de 45 días naturales.

Una vez comenzadas las pruebas, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios

de la celebración de los restantes ejercicios en los periódicos oficiales. No obstante, estos anuncios

se harán públicos por el Tribunal en el Tablón de Edictos de la Corporación, así como en la página

web del Ayuntamiento (www.segovia.es) con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de

las mismas, si se trata del mismo ejercicio o de veinticuatro horas, si se trata de un nuevo ejercicio.

En el supuesto de que las pruebas selectivas vayan dirigidas a personas con discapacidad que

no sean incompatibles con las funciones o tareas correspondientes (debidamente acreditadas, se-

gún se determinan), los miembros de los tribunales calificadores acordarán las posibles adaptacio-

nes de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas correspondientes.

A tal efecto los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud

de participación en la prueba selectiva.

Las adaptaciones de tiempo deberán ajustarse a lo previsto en la Orden ARE/1822/2006 de 9 de

Junio, del Ministerio de la Presidencia o norma legal posterior que la sustituya.

Para la concesión o denegación de las solicitudes de adaptación, se tendrá en cuenta que las

mismas no deberán desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar reducción ni menoscabo del ni-

vel de suficiencia exigible para superar el proceso selectivo, así como que la adaptación guarde rela-

ción directa con el formato de ejercicio a realizar.

Si en cualquier momento del procedimiento de selección llega a conocimiento del Tribunal que algu-

no de los aspirantes carece de los requisitos exigidos en la convocatoria se le excluirá de la misma pre-

via audiencia del interesado y comunicándolo a la autoridad que convoca el proceso selectivo.

Vista de ejercicios y/o petición de aclaraciones.

A la vista de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición o

en el concurso los aspirantes podrán solicitar la vista del ejercicio o petición de aclaraciones sobre

las puntuaciones otorgadas.

Esta solicitud se deberá realizar dentro del plazo de dos días hábiles siguientes a aquel en que

haya sido publicado en la web municipal las calificaciones.

Se presentará la solicitud en los mismos lugares en que se presenta la instancia solicitando for-

mar parte del proceso recogido en la base cuarta de esta convocatoria unitaria, debiéndose, en todo

caso, dar cumplimiento a lo establecido en esa base en caso de presentación de esta solicitud en

Registro que no sea de esta Corporación.

Así, se deberá dar cuenta a la Sección de Gobierno Interior y Personal a través de Fax

(921419807), Burofax o Telegrama en el mismo día dirigido al Registro General y en donde deberá

indicarse al menos el nombre, DNI, dirección, teléfono, plaza a la que se aspira, motivo y firma de la

solicitud, a través del correo electrónico [email protected] señalando los mismos datos ante-

riormente indicados.

A la vista de las solicitudes presentadas el Tribunal se constituirá al efecto, facilitará la informa-

ción requerida que estime oportuna antes de la celebración del siguiente ejercicio, en su caso. Para

ello podrá, previamente, convocar a los aspirantes, citándoles a través de la web y/o por correo elec-

trónico en los casos en que éste se facilite.

Séptima.- Tribunales calificadores de las pruebas.-

7.1.- Composición del Tribunal

El Tribunal calificador se designará de conformidad con lo señalado en el art. 60 del Estatuto del

Empleado Público y 59 del Acuerdo del personal funcionario al servicio de la Corporación y su com-

posición será hecha pública en los términos que se recogen en la Base Quinta de esta convocatoria.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

El Tribunal calificador, integrado por igual número de miembros titulares y suplentes, tendrá la si-

guiente composición:

- Presidente/a: Un/a empleado/a público/a de la Corporación.

- Secretario/a: el de la Corporación o un/a funcionario/aLicenciado/a en Derecho al servicio de la

misma, con voz y sin voto.

- Cuatro vocales.

La composición del Tribunal será predominantemente técnica, y en ella se velará por los princi-

pios de especialidad, imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá asimismo a la

paridad entre mujer y hombre. El Presidente y los vocales del tribunal deberá poseer un nivel de titu-

lación o especialización iguales o superiores al exigido para el acceso a la plaza de que se trate. No

podrá formar parte del mismo el personal de elección o designación política, los funcionarios interi-

nos ni el personal eventual. La pertenencia será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse

ésta en representación o por cuenta de nadie.

7.2.- Abstención y recusación.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir notificando a la Presidencia de la

Corporación cuando concurran en ellos alguna de las causas previstas en el art. 28 de la Ley de ré-

gimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común o hubie-

sen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a las pruebas

convocadas en los cinco años anteriores a la de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran alguna

de estas circunstancias, según lo establecido en el art. 29 de la mencionada norma.

7.3.- Actuación y facultades del Tribunal

Todos los miembros del tribunal tendrán voz y voto, excepto el Secretario que tendrá voz pero no

voto. El tribunal no podrá constituirse sin la asistencia de tres de sus miembros, titulares o suplentes

indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario, y las decisiones

se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate, el voto del que

actúe como Presidente, pudiendo sus miembros emitir voto reservado.

Las deliberaciones del Tribunal no serán públicas y tendrá carácter de secretas.

La actuación del Tribunal habrá de ajustarse estrictamente a las bases de la convocatoria, no

obstante lo cual, el tribunal resolverá las dudas que surjan de la aplicación de las presentes bases y

tomarán los acuerdos necesarios para el buen orden en el desarrollo de cada convocatoria, estable-

ciendo los criterios que deban adoptarse en relación con los supuestos no previstos en ellas.

Para el régimen de adopción de acuerdos de estos órganos de selección son de aplicación los

artículos 22 a 27 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-

to Administrativo Común.

7.4.- Colaboradores del Tribunal

Los tribunales seleccionadores podrán disponer la incorporación a sus trabajos de asesores es-

pecialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores, que actuarán con voz pero sin vo-

to, se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base, exclusivamente, a las cuales co-

laborarán con el órgano de selección.

Serán colaboradores de todos los tribunales personal con categoría de ordenanzas de la Corpo-

ración o asimilados y personal Auxiliar que colabore con el Secretario del Tribunal.

Asimismo, el Tribunal podrá nombrar colaboradores que podrán tomar parte en la valoración de

curriculum de las pruebas selectivas que tengan valoración de méritos.

Esta Comisión de valoración será establecida, en cuanto a su composición, en el momento de

constitución del Tribunal o cuando éste estime su necesidad y podrán participar colaboradores con

perfil jurídico, técnico o de apoyo (Auxiliares y Administrativos).

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Realizarán un trabajo de estudio y propuesta y deberán emitir al efecto un informe escrito que fa-

cilitará la objetividad y la aplicación de criterios unitarios para este u otros tribunales.

7.5.- Observadores del Tribunal.-

En todos los Órganos de Selección podrá participar un observador, que será nombrado a pro-

puesta de los Órganos de Representación, actuando éste siempre a título individual, no pudiendo

ostentarse la participación en representación o por cuenta de nadie. Actuará con voz, pero sin voto,

y deberá cumplir los requisitos de se exigen a los vocales que forman parte de los Órganos de Se-

lección.

Octava.- Orden de actuación de los aspirantes.-

Para aquellas pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, se comenzará

con el primer aspirante cuyo primer apellido, y según la lista de admitidos alfabéticamente ordenada,

comience por la letra “U”, según la Resolución de 24 de Enero de 2011 de la Secretaría General pa-

ra la Administración Pública publicada en el B.O.E. de 27 de febrero de 2.011. Si no existiere ningún

aspirante cuyo primer apellido comenzara por la letra indicada, actuaría en primer lugar aquel oposi-

tor cuyo apellido comience por las letras del alfabeto inmediatamente siguientes.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuer-

za mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el tribunal.

Novena.- Sistemas selectivos.-

1.- Concurso de méritos.- Los méritos alegados por los aspirantes serán evaluados por el Tribu-

nal con sujeción a los baremos que figuran como anexos en esta convocatoria.

1.1.- Justificación de méritos

La valoración se limitará a aquellos que se acrediten a través de los documentos que seguida-

mente se señalan:

1.- Se justificarán los servicios prestados en la Administración Pública a través de Certificaciones

de servicios previos expedidos por la Administración Pública correspondiente, y en su defecto el jus-

tificante de cotizaciones correspondiente de forma similar a lo señalado en el apartado siguiente pa-

ra la prestación de servicios en empresas privadas.

La prestación del trabajo a tiempo parcial será valorada proporcionalmente a la jornada realizada.

2.- La prestación de servicios en empresas privadas se acreditarán mediante el oportuno contrato

de trabajo e informe de vida laboral solicitado por el propio interesado a la Tesorería General de la

Seguridad Social, existiendo un teléfono a tal efecto: 901502050.

La prestación del trabajo a tiempo parcial será valorada proporcionalmente a la jornada realizada.

3.- La valoración de los cursos, seminarios o jornadas realizadas la llevará a cabo el Tribunal a la

vista de las certificaciones de asistencia o superación de los mismos.

4.- Otros méritos señalados a través de documento que lo acredite.

A los efectos de valoración de méritos, se precisa expresamente que no serán valorados los mé-

ritos no invocados, ni tampoco aquellos que, aún siendo invocados no sean debidamente acredita-

dos en el plazo de presentación de instancias por los solicitantes, por cualquiera de los medios auto-

rizados en Derecho, sin que proceda requerimiento de subsanación posterior al efecto por parte de

la Administración, ya que el número de los méritos alegables, en su caso, no son requisito impres-

cindible para la admisión del solicitante.

Queda exceptuado de lo anterior los méritos generados en esta Corporación, que habiendo sido

invocados por los interesados su acreditación deba efectuarse por documentos que ya se encuen-

tran en poder de la Administración actuante (art. 35.f de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre).

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5.- La acreditación por medios distintos a los señalados podrá apreciarse discrecionalmente por

el Tribunal pudiendo no aceptarse si se considera que la documentación no acredita al mérito de que

se trate.

1.2.- En casos de empate en la evaluación del baremo de méritos se estará a lo que se indique

en la convocatoria específica de la plaza o si esta no tiene nada al efecto regulado se acudirá para

dirimirlo al art. 44 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios

civiles de la Administración General del Estado.

De persistir el empate se acudirá, asimismo, a la regulación anteriormente señalada.

1.3.- No es precisa la compulsa de las fotocopias en el momento de presentación de instancias.

Esta compulsa se realizará en la Oficina de Personal por aquellos que superen el proceso selecti-

vo y en el Registro General sito en Plaza Mayor 1, por los que queden en lista de espera para futu-

ros nombramientos o contrataciones dentro del plazo establecido en la base decimosegunda de la

presente convocatoria unitaria al regular la presentación de documentos de 20 días naturales conta-

dos desde la publicación de la relación de aprobados.

Quedará a disposición del Registro General sito en la Plaza Mayor 1, la documentación presenta-

da con la instancia que permitirá la compulsa de los documentos sin necesidad de tener que volver a

realizar las fotocopias.

1.4.- Criterios de interpretación de los concursos de méritos.-

I.- Valoración de titulaciones.- Sólo se considerarán aquellos títulos académicos relacionados con

el puesto al que se concursa, aparte del exigido para acceder al grupo al que se aspira. Esta rela-

ción se considera debe venir dada en las licenciaturas por la vinculación con la titulación exigida pa-

ra el ingreso en la Subescala de Administración General o Especial a que pertenezca la plaza a la

que se aspira.

Se entenderán titulaciones relacionadas con la Escala de Administración General en los campos

de Derecho, Empresa, Economía, Ciencias Políticas.

Titulaciones académicas.- Para poder ser valoradas por el Tribunal podrá aportarse, si ello fuera

posible, junto con el título poseído, certificación o documento del número de créditos que posee esta

titulación así como las asignaturas cursadas.

La determinación de las convalidaciones y las diferentes equivalencias de titulación, para su valo-

ración en los concursos, deberá realizarse por el Ministerio de Educación aportándose por el aspi-

rante certificado al respecto.

2.- Cursos y Seminarios.- Sólo se consideran los que tengan relación directa con las actividades

a desarrollar en el puesto solicitado teniendo en cuenta que no deberán valorarse cursos ya valora-

dos en escalas inferiores al puesto al que se concursa (ej. Mecanografía en selección de Administra-

tivos).

Los cursos de idiomas serán valorados los realizados en la Escuela Oficial de Idiomas, conside-

rándose que cada curso superado supone la realización de 120 horas.

Asimismo podrán valorarse cursos realizados en el Instituto Británico o en entidades que propor-

cionen titulaciones con reconocimiento de carácter oficial, en todo caso deberá de venir establecido

el número de horas.

Los cursos de duración inferior a 10 horas no se computan.

Los cursos realizados de una determinada titulación no ultimada no serán valorados.

Se estiman cursos de carácter público los impartidos por Centros Oficiales de formación de fun-

cionarios dependiente de las Administraciones Públicas Territoriales (Estado, C.A, Entidades Loca-

les) y organismos de ellos dependientes y las Universidades Públicas.

Caso de que no exista constancia de la duración de éstos, serán valorados por la puntuación es-

tablecida en las convocatorias específicas en su caso y siempre que de la documentación aportada

sea posible deducir una duración mínima de diez horas.

A estos efectos se computará el día completo con un máximo de seis horas distribuidas cuatro

por la mañana y dos por la tarde.

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Se consideran cursos y Seminarios relacionados directamente con el puesto solicitado porque

tengan relación con las actividades a desarrollar en el puesto solicitado. A título indicativo la relación

vendrá dada con los cursos referentes y vinculados al temario de la oposición.

3.- La experiencia sólo se tendrá en cuenta cuando ha sido en puesto de similares característi-

cas con el mismo grupo o nivel de titulación que el que se aspira.

Para poder considerarse que un puesto desempeñado es de similares características a aquel a

que se aspira a efectos de su valoración debe quedar suficientemente acreditado. Debe tenerse en

cuenta que en muchos casos si sólo se aporta la vida laboral no se justifica la identificación de ca-

racterísticas o los trabajos realizados, por ello hay que acompañar contrato donde quede constancia

de estos extremos entre los que se destaca las funciones y la categoría profesional o certificado

complementario del Anexo I de reconocimiento de servicios con descripción del puesto, denomina-

ción y funciones.

Como complemento de lo anterior se podrá adjuntar certificado o informe de la empresa donde

consten los extremos señalados.

No será valorada la experiencia que se realiza como profesional autónomo.

Se establece la siguiente tabla de equivalencias entre los grupos de clasificación profesional del

personal funcionario de carrera (art. 76 y Disposición Transitoria tercera del Estatuto Básico del Em-

pleado Público) y los grupos de cotización del Régimen General de la Seguridad Social.

Grupo de Clasificación del

Cotización Categoría profesional Estatuto Básico del

Empleado Público

1 Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el

artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores A1

2 Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados A2

3 Jefes Administrativos y de Taller C1

4 Ayudantes no Titulados E

5 Oficiales Administrativos C1

6 Subalternos E

7 Auxiliares administrativos C2

8 Oficiales de primera y segunda C2

9 Oficiales de tercera y Especialistas C2

10 Peones E

11 Trabajadores menores de 18 años, cualquiera que sea su categoría profesional E

2.- Concurso-oposición.-

2.1.- Fase de Concurso:

Los méritos alegados por los aspirantes serán evaluados por el Tribunal con sujeción a los bare-

mos que figuran como anexos en esta convocatoria.

Esta fase de concurso será previa a la de oposición y no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá te-

nerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Para su justificación, características y forma de dirimir los empates se aplica lo dispuesto en el

apartado 1 de esta base.

2.2.- Fase de Oposición:

2.2.1.- Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas serán eliminatorios. En la realiza-

ción de los ejercicios escritos deben garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los as-

pirantes. En todo caso, uno de los ejercicios obligatorios deberá tener carácter práctico.

2.2.2.- El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal en cada uno

de los ejercicios será de 0 a 10.

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La calificación de los aspirantes en cada uno de los ejercicios será igual a la suma de puntuacio-

nes dadas a cada aspirante por los miembros del Tribunal asistentes, dividida por el número de és-

tos, siendo eliminado aquél aspirante que no alcance un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

2.2.3.- Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas y serán expuestas en el Tablón de

Edictos de la Corporación, así como en la página web, en los términos que se establezcan.

2.2.4.- La puntuación definitiva y el orden de calificación estará determinada por la suma de las

puntuaciones obtenidas en la fase del Concurso y la fase de la Oposición. Considerándose que las

puntuaciones de la fase de Oposición vendrá determinada por la suma de las otorgadas en cada

uno de los ejercicios dividida por el número de ejercicios (por lo que la puntuación máxima global del

total de los ejercicios de la Oposición será de 10 puntos), salvo las excepciones que se establecen

en las convocatorias específicas.

Superarán las pruebas selectivas los que han conseguido las puntuaciones más altas de las otor-

gadas hasta cubrir el número de plazas convocadas.

3.- Oposición.-

Rige lo establecido en los puntos 2.2.1 al 2.2.3. anteriormente indicados.

La puntuación definitiva de esta fase de oposición vendrá dada por la suma de las puntuaciones

otorgadas en cada uno de los ejercicios dividida por el número de ejercicios (por lo que la puntua-

ción máxima global del total de los ejercicios de la Oposición será de 10 puntos), salvo las excepcio-

nes que se establecen en las convocatorias específicas.

Se considerará que han superado las pruebas selectivas aquellos que han conseguido las pun-

tuaciones más altas de las otorgadas hasta cubrir el número de plazas convocadas.

Décima.- Puntuación y propuesta de selección

Concluidas las pruebas, el tribunal publicará en el Tablón de Edictos de la Corporación así como

en la página web, en los términos en que se establezca, la relación de aspirantes que hayan supera-

do las pruebas, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de las pla-

zas convocadas excepto cuando así lo prevea la convocatoria específica.

Seguidamente el tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión que deberá

hacer concreta referencia al aspirante o aspirantes seleccionados, a la Presidencia del Excmo.

Ayuntamiento quien, a su vez, formulará la correspondiente propuesta de nombramiento al órgano

competente.

No obstante lo anterior, siempre que los órganos de selección hayan propuesto el nombramiento

de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de

las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombra-

miento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación

complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como

funcionarios de carrera. El nombramiento por el órgano o autoridad competente será publicado en el

Diario Oficial de la Provincia.

Se utilizará para contrataciones laborales temporales y nombramientos de funcionarios interinos

las relaciones de aspirantes a pruebas selectivas, previamente celebradas, por orden de puntuación

que no hayan superado los procesos selectivos en su integridad o no hayan obtenido plaza vacante

de conformidad con el Reglamento de bolsas de trabajo publicado en el BOP de fecha de 6 de enero

de 2010. Una vez finalizado el proceso la lista será acordada por resolución de Alcaldía donde se

establecerá la composición de la bolsa.

Así, la bolsa de trabajo se formará con los aspirantes que no habiendo obtenido plaza hayan

aprobado, al menos, el primer ejercicio de los que constituyen el proceso selectivo según el orden

de prioridad que se obtenga por la puntuación alcanzada y ordenada de mayor a menor, que vendrá

dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la fase de oposición, más, en

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su caso, por la puntuación de la fase de concurso, con preferencia de los que hayan aprobado ma-

yor número de ejercicios.

Salvo que el interesado manifieste expresamente en la solicitud de participación de las pruebas

selectivas, su voluntad en contrario.

Decimoprimera.- Programas que regirán las distintas pruebas de selección.-

Los programas aludidos serán objeto de concreta referencia en los documentos que figuran como

anexos a la convocatoria, convocatoria que se publicará íntegramente en el Boletín Oficial de la Co-

munidad Autónoma de Castilla y León y Boletín Oficial de la Provincia.

En el supuesto de que algún tema de los incluidos en el programa de la convocatoria se viera

afectado por alguna modificación, ampliación o derogación legislativa, se exigirá en todo caso al as-

pirante el conocimiento de la legislación vigente en el momento de la realización de las respectivas

pruebas

Decimosegunda.- Presentación de documentos.- Nombramientos

Los aspirantes propuestos presentarán ante la Sección de Gobierno Interior y Personal del Ayun-

tamiento de Segovia, dentro del plazo de veinte días naturales, contados desde la publicación de la

relación de aprobados, a que se refiere la base décima, los documentos acreditativos de las condi-

ciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria que a continuación se expresan y sin

perjuicio de que en los anexos específicos se determine otra cosa:

a) Fotocopia del título (acompañada del original para su cotejo) exigido en la convocatoria, o justi-

ficante de haber cumplido todos los requisitos para la expedición del mismo. Si estos documentos

estuvieran expedidos después de la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias,

deberán justificarse la fecha en que finalizaron los correspondientes estudios.

b) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de la

función, expedido por el departamento Médico de esta Corporación, previa la realización del corres-

pondiente reconocimiento en centro concertado, salvo que el reconocimiento médico forme parte de

las pruebas de selección con el que sería suficiente.

Quedará exento de realizar el reconocimiento aquellos aspirantes que lo hubieran realizado por

ser empleados municipales en periodo no superior a 9 meses.

En reserva de plazas de discapacitados, se presentarán al menos uno de los que se indica, salvo

que figure en el expediente dicho certificado como documento justificativo para la exención del pago

de la tasa:

a) Certificado acreditativo de la minusvalía igual o superior al 33% expedido por el INSERSO u

Organismo Autónomo correspondiente.

b) Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo la condición de

pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.

c) Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo

una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Además de la presentación de esa documentación, los aspirantes de este turno deberán pasar el

reconocimiento médico en el que deben dejar constancia de la compatibilidad y adaptación a la pla-

za a la que se aspira.

Será obligatoria la realización del reconocimiento médico en los términos anteriormente señala-

dos.

c) Declaración responsable de no hallarse incurso en causa de incapacidad y cumplir con el régi-

men de incompatibilidades recogido en la Ley 53/84 de 26 de diciembre, ni haber sido separado me-

diante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los

órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

absoluta o especial para empleados o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuer-

po o escala de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

Los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea y extranjeros deberán acre-

ditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que les impida en su Estado el ac-

ceso al empleo público.

d) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de identidad.

Las personas a las que hace referencia el art. 57.2 de la Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto

básico del Empleado Público, deberán presentar fotocopia compulsada del pasaporte, del visado y,

en su caso del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta de identidad de extranjeros o

del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta de identidad de

extranjeros. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedi-

dos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración res-

ponsable del español o del nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, de que no está

separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el/la aspirante es menor de

veintiún años o mayor de dicha edad dependiente.

e) Fotocopia compulsada de la tarjeta de Seguridad Social (en su caso).

f) Número de cuenta bancaria de 20 dígitos.

g) 1 fotografía tamaño carnet.

h) Presentación de los documentos que se exijan en las convocatorias específicas.

Quienes tuvieran las condiciones de funcionarios públicos o trabajadores laborales fijos en cual-

quiera de las Administraciones Públicas, estarán exentos de justificar documentalmente las condicio-

nes y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, o contrato laboral fijo, de-

biendo presentar en cualquier caso certificación del Ministerio, Corporación Local u Organismo

Público de que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su expe-

diente personal, la fotocopia compulsada del título exigido así como los documentos precisos para

poder llevar a cabo su nueva alta en la Administración.

La compulsa de documentos se realizará en la forma establecida en la base novena 1.3. Se in-

cluirá la del carnet de conducir cuya posesión se exija en convocatoria específica y los justificantes

no originales de los derechos de examen.

Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, los opositores propuestos no pre-

sentarán su documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exi-

gidos, no podrán ser nombrados y se anularán todas sus actuaciones, sin perjuicio de las exigencias

de responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la instancia presentada solicitan-

do tomar parte en la pertinente prueba selectiva. En este caso, el tribunal formulará propuesta adi-

cional a favor de quien o quienes les sigan en el orden de puntuación, siempre que hayan superado

las pruebas exigidas.

Decimotercera.- Toma de posesión.-

Una vez acordados los nombramiento de los aspirantes por la Corporación, los opositores que fi-

guren incluidos en la misma deberán tomar posesión de su cargo en el plazo que fije la Corporación.

Quienes no tomen posesión dentro del plazo señalado o de la prórroga concedida, en su caso, que-

darán en situación de cesantes con pérdida de todos los derechos derivados de la oposición y del

subsiguiente nombramiento conferido.

Decimocuarta.- Impugnación.-

Contra la convocatoria, bases y cuantos actos administrativos que se deriven de éstas que ago-

ten la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente

Sala de lo Contencioso-Administrativo de esta Capital, en plazo de dos meses contados a partir del

día siguiente al de la publicación de la convocatoria, o bien previamente, con carácter potestativo,

recurso de reposición ante el órgano autor de la disposición impugnada en el plazo de un mes.

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Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen

procedente.

El sólo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en esta oposición constituye someti-

miento expreso de los aspirantes a las bases de la convocatoria que tiene consideración de Ley re-

guladora de la misma.

Decimoquinta.- Ley de Protección de datos.-

La participación en la convocatoria supone la conformidad de los aspirantes con la publicación en

la página web del Ayuntamiento de los datos de carácter personal referidos a nombre y apellidos y

DNI necesarios para facilitar a los interesados la información relativa a la publicación de las listas de

admitidos y excluidos y desarrollo de la convocatoria para el caso que así se acuerde publicar.

Los interesados podrán, no obstante, solicitar expresamente en instancia independiente a la de la

solicitud de tomar parte en el proceso selectivo la exclusión de su nombre en dichas listas de la pá-

gina web, limitándose en este caso su publicación a los tablones de anuncios del Ayuntamiento.

PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE DOS PLAZAS

DE TECNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, UNA POR PROMOCIÓN INTERNA

Y UNA POR OPOSICIÓN LIBRE

Primera.- Procedimiento de selección.

- Concurso-Oposición, 1 plaza por promoción interna y

- Oposición, 1 plaza de acceso libre.

Segunda.- Normas de las plazas.

- Número de plazas: Dos.

- Características de las plazas: Encuadradas en la Escala de la Administración General, Subes-

cala de Técnicos, dotadas económicamente con las retribuciones básicas asignadas al grupo “A1”, y

con las retribuciones complementarias acordadas por la Corporación para este puesto de trabajo.

- Requisitos que deben cumplir los aspirantes para participar en la presente convocatoria:

A) A.- TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA

1.- Ser funcionarios de esta Corporación perteneciente al Subgrupo A2.

2.- Haber prestado servicios durante, al menos, dos años como funcionario de carrera en la Es-

cala, Subescala a que pertenezca.

3.- Poseer la titulación requerida para el acceso al grupo “A1” de la Subescala Técnica que se se-

ñala en los requisitos del turno de acceso libre.

B.- TURNO DE ACCESO LIBRE

En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedi-

do por la autoridad competente que acredite la equivalencia.

Subescala técnica: Licenciado en Derecho, en Ciencias Políticas, Económicas o Empresariales,

Intendente Mercantil o actuario, o estar en posesión del título universitario de grado en las titulacio-

nes señaladas.

Tercera.- Fase de la selección.

El sistema de acceso para promoción interna revestirá la modalidad de concurso-oposición, y el

de oposición para el acceso libre

La fase de Oposición será idéntica para todos los aspirantes a las plazas convocadas.

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La fase de Concurso tendrá las siguientes características:

Será previa a la realización de la fase de oposición, se regirá por la BASE NOVENA de la Convo-

catoria Unitaria, y por el baremo que posteriormente se señala.

Consistirá en la valoración de los méritos de los aspirantes que efectúe el Tribunal sobre los ale-

gados y acreditados por los mismos en el momento de presentación de instancias para formar parte

de este proceso selectivo, no teniéndose en cuenta los méritos que se aleguen posteriormente.

BAREMO DE MÉRITOS.-

1.- Titulación: Por poseer títulos académicos oficiales superiores relacionados con el puesto de

trabajo a desempeñar al que venga exigido en la convocatoria: 0,50 puntos por cada titulación supe-

rior hasta un máximo de 1 punto.

2.- Formación: Por cada curso como docente o dicente, siempre que tengan relación directa con

la especialidad o actividad a desarrollar en el puesto solicitado, hasta un máximo de 2 puntos en la

forma siguiente:

a) Como dicente:

- Cursos de 10 a 20 horas: 0,02 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,04 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 0,08 puntos.

- Cursos de 101 a 300 horas: 0,20 puntos.

- Cursos de más de 301 horas: 0,35 puntos.

b) Como docente:

- Cursos de 10 a 20 horas: 0,04 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,08 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 0,16 puntos.

- Cursos de 101 a 300 horas: 0,40 puntos.

- Cursos de más de 301 horas: 0,70 puntos.

Los cursos organizados por organismo público o que se convoque al amparo del Acuerdo de For-

mación Continua Administración/Sindicatos por las organizaciones sindicales se incrementará la

puntuación que le corresponde en un 20% más.

Si el curso se ha organizado dentro del plan de formación continua de esta Corporación, el incre-

mento lo será del 30%.

En el caso de que en el curso se hubieran efectuado pruebas calificadoras finales y estas no se

hubieran superado, no se valorará como mérito.

3.- La antigüedad se valorará de la forma siguiente, siendo el máximo de 4,5 puntos:

- Por cada mes de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas: 0,03 pun-

tos.

4.- La experiencia: Se valorará hasta un máximo de 2,5 puntos de la forma siguiente:

- Por cada mes de servicio en la Administración Pública en puesto de similares características:

0,06 puntos/ mes, hasta un máximo de 1,75 puntos.

- Por cada mes de servicio en la Empresa Privada por cuenta propia o ajena, en puestos de simi-

lares características: 0,03 puntos/mes, hasta un máximo de 0,75 p.

- FASE DE OPOSICIÓN:

Los ejercicios de la oposición, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio, serán los siguien-

tes:

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Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo máximo de dos horas, un

tema de carácter general determinado por el Tribunal, relacionado con los de las Partes 1 (Grupos

1.A y 1.C ) y 2 del Bloque I y la Parte 1 del Bloque II del programa de la convocatoria, sin que nece-

sariamente tenga que atenerse a epígrafe concreto del mismo.

El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, que lo calificará va-

lorando los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como

su forma de presentación y exposición.

Segundo ejercicio: Consistirá en exponer oralmente, en sesión pública ante el Tribunal, cinco te-

mas del programa, uno de cada una de las cinco Partes que conforman los dos Bloques en que está

dividido el programa, durante un tiempo máximo de una hora.

Los opositores dispondrán de quince minutos para la preparación de este ejercicio, sin que pue-

dan consultar ninguna clase de texto o de apuntes. Durante la exposición podrán utilizar el guión

que, en su caso, hayan realizado durante el tiempo referido de preparación.

Tercer ejercicio: Se desarrollará por escrito durante un período máximo de cuatro horas y consis-

tirá en la redacción de dos informes o propuestas de resolución sobre dos supuestos prácticos, que

planteará el Tribunal relativos a tareas administrativas propias de las funciones asignadas a los Téc-

nicos de Administración General.

Durante el desarrollo de esta prueba, los aspirantes podrán en todo momento hacer uso de los

materiales en soporte papel que consideren necesarios, y de los cuales deberán ir provistos al lugar

señalado por la convocatoria.

El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, cuyos miembros

podrán dialogar con el aspirante durante un tiempo máximo de quince minutos.

El Tribunal valorará, junto al rigor analítico, la claridad expositiva, los conocimientos generales y

específicos pertinentemente incorporados al informe y la capacidad de relacionar los mismos.

La calificación final del turno de promoción interna estará determinada por la ponderación de las

notas otorgadas en la fase de oposición y en el concurso, suponiendo la calificación final de la fase

de oposición el 70% y el 30% los puntos conseguidos en la fase de méritos.

ANEXO.- PROGRAMA FASE DE OPOSICION

BLOQUE I : MATERIAS COMUNES.

PARTE 1.ª DERECHO CONSTITUCIONAL Y COMUNITARIO (22 TEMAS).

Grupo 1.A.

Tema 1.- La Constitución. Significado y clases. La Constitución Española. Proceso constituyente.

Estructura y contenido esencial. Procedimiento de reforma.

Tema 2.- La Ley. Concepto y caracteres. Las Leyes estatales Leyes ordinarias y orgánicas. Nor-

mas del Gobierno con fuerza de Ley. Los tratados internacionales como norma de derecho Interno.

Tema 3.- Las relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientos autonómicos. Leyes

estatales y autonómicas. Legislación básica, bases, legislación y ejecución.

Tema 4.- El Reglamento. La potestad reglamentaria: Formación y fundamento. Distinción de figu-

ras afines. Las relaciones entre Ley y reglamento.

Tema 5.- El ordenamiento comunitario. Formación y caracteres. Tratados y derecho derivado. Di-

rectivas y reglamentos comunitarios. Derecho comunitario y derecho de los países miembros. Dere-

cho comunitario y Comunidades Autónomas.

Grupo 1.B.

Tema 6.- El título preliminar de la Constitución. Los principios constitucionales: El Estado social y

democrático de Derecho. Los valores superiores en la Constitución española. Libertad, igualdad, so-

lidaridad y pluralismo político. Unidad, derecho a la autonomía y solidaridad territorial. Partidos políti-

cos, sindicatos de trabajadores, asociaciones de empresarios y Fuerzas Armadas en la Constitución.

Las declaraciones del artículo noveno.

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Tema 7.- Los derechos y deberes fundamentales, las libertades públicas y los principios Rectores

de la política social y económica en la Constitución Española. La protección y Suspensión de los de-

rechos fundamentales. La protección jurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona. El

recurso de amparo.

Tema 8.- La Corona. Las funciones del Rey. El refrendo.

Tema 9.- El Poder Legislativo. Las Cortes Generales. Composición, elección, y disolución. Atribu-

ciones. Regulación y funcionamiento de las Cámaras: Los reglamentos parlamentarios. Órganos de

control dependientes de las Cortes Generales: El Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas.

Tema 10.- El Poder Ejecutivo. El Gobierno en el sistema constitucional español. La Ley del Go-

bierno. La designación y la remoción del Presidente del Gobierno. Las funciones del Presidente del

Gobierno. El Gobierno: Composición y funciones.

Tema 11.- La Administración Pública en la Constitución. La regulación de la Administración en la

Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-

mún. Las relaciones interadministrativas y sus principios.

Tema 12.- La Administración General del Estado. La Ley de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado y su normativa de desarrollo. La estructura departamental y los

órganos superiores. La Administración periférica. Los órganos consultivos. Especial consideración

del Consejo de Estado.

Tema 13.- El Poder Judicial. Regulación constitucional de la justicia. La Ley Orgánica del Poder

Judicial. La Ley de Demarcación y Planta Judicial. El Consejo General del Poder Judicial: Designa-

ción, organización y funciones. La organización de la Administración de Justicia en España: Órdenes

jurisdiccionales, clases de órganos jurisdiccionales y sus funciones.

Tema 14.- El Tribunal Constitucional en la Constitución y en su Ley Orgánica. Composición, desig-

nación, organización y funciones. El sistema español de control de la constitucionalidad de las Leyes.

Grupo 1.C.

Tema 15.- Las formas de organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Orga-

nización política y administrativa. El sistema de la distribución de competencias entre el Estado y las

Comunidades Autónomas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas. La finan-

ciación de las Comunidades Autónomas.

Tema 16.- La Administración Institucional. Los organismos públicos. Organismos autónomos y

entidades públicas empresariales. Las agencias públicas.

Tema 17.- La autonomía local. Antecedentes históricos y doctrinales. La autonomía local en la

Constitución: Especial referencia a la doctrina de la garantía institucional. Contenido subjetivo, obje-

tivo e institucional de la Autonomía local en la Constitución y en el Derecho básico estatal. Especial

referencia al marco competencial de las Entidades Locales.

Tema 18.- La Unión Europea: Origen y evolución. Instituciones comunitarias, organización y com-

petencias. El Comité de las Regiones. La Unión económica y monetaria.

Tema 19.- El Consejo de Europa: Instituciones y organización. El Congreso de Poderes Locales y Re-

gionales de Europa. La cooperación y el asociacionismo internacional de las Entidades locales. La Carta

Europea de la Autonomía Local. Contenido. Posición y significación en el ordenamiento jurídico español.

Tema 20.- La Comunidad Autónoma de Castilla y León. Antecedentes histórico-culturales. El Es-

tatuto de Autonomía: Estructura, contenido y modificaciones.

Tema 21.- La Organización de la Comunidad (I) Las Cortes de Castilla y León. El procedimiento

legislativo. Otras funciones de las Cortes. El Procurador del Común.

Tema 22.- La organización de la Comunidad (II). El presidente de la Junta de Castilla y León. La

Junta de Castilla y León. Los órganos consultivos: especial referencia al Consejo Consultivo de Cas-

tilla y León. Los consejeros. La Administración de la Comunidad Autónoma. La Ley 3/2001, de 3 de

julio del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. La organización territo-

rial. La organización judicial.

PARTE 2.ª DERECHO ADMINISTRATIVO (39 TEMAS)

Tema 23.- Los conceptos de Administración Pública y Derecho Administrativo. El sometimiento de

la Administración al Derecho. El principio de legalidad. Las potestades administrativas.

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Tema 24.- El ordenamiento jurídico-administrativo: el derecho comunitario. La Constitución. La

Ley. Sus clases. Los Tratados Internacionales. El reglamento: concepto y clases. La potestad regla-

mentaria. Procedimiento de elaboración. Límites. El control de la potestad reglamentaria.

Tema 25.- La relación jurídico administrativa. Las personas jurídicas públicas: Clases. Capacidad

de las personas públicas.

Tema 26.- El ciudadano como administrado: Concepto y clases. La capacidad de los administra-

dos y sus causas modificativas. Las situaciones jurídicas del administrado; derechos subjetivos e in-

tereses legítimos. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.

Tema 27.- El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: La motivación y for-

ma.

Tema 28.- La eficacia de los actos administrativos: El principio de autotutela declarativa. Condi-

ciones. La notificación: Contenido, plazo y práctica. La notificación defectuosa. La publicación. La

aprobación por otra Administración. La demora y retroactividad de la eficacia.

Tema 29.- La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabi-

lidad. El principio de conservación del acto administrativo. La revisión de actos y disposiciones por la

propia Administración: Supuestos. La acción de nulidad, procedimiento, límites. La declaración de le-

sividad. La revocación de actos. La rectificación de errores materiales o de hecho.

Tema 30.- Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos y normas regulado-

ras de los distintos procedimientos. Clases de interesados en el procedimiento. Derechos de los ad-

ministrados. La iniciación del procedimiento: Clases, subsanación y mejora de solicitudes. Presenta-

ción de solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros administrativos. Términos y plazos:

Cómputo, ampliación y tramitación de urgencia. Ordenación. Instrucción: Intervención de los intere-

sados, prueba e informes.

Tema 31.- Terminación del procedimiento. La obligación de resolver. Contenido de la resolución

expresa: Principios de congruencia y de no agravación de la situación inicial. La terminación conven-

cional. La falta de resolución expresa: El régimen del silencio administrativo. El desistimiento y la re-

nuncia. La caducidad.

Tema 32.- La coacción administrativa: El principio de autotutela ejecutiva. La ejecución forzosa de

los actos administrativos: Sus medios y principios de utilización. La coacción administrativa directa.

La vía de hecho.

Tema 33.- Recursos administrativos: Principios generales. Actos susceptibles de recurso adminis-

trativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos.

Tema 34.- Clases de recursos. Las reclamaciones administrativas previas al ejercicio de acciones

civiles y laborales. Las reclamaciones económico-administrativas. Procedimientos sustitutivos de los

recursos administrativos: Conciliación, mediación y arbitraje.

Tema 35.- La Jurisdicción contencioso-administrativa. Naturaleza, extensión y límites. Órganos

de la jurisdicción y sus competencias. Las partes: Legitimación. El objeto del recurso contencioso

administrativo.

Tema 36.- El procedimiento en primera o única instancia. Medidas cautelares. La sentencia: Re-

cursos contra sentencias. La ejecución de las sentencias. Procedimientos especiales.

Tema 37.- La potestad sancionadora: Concepto y significado. Principios del ejercicio de la potes-

tad sancionadora. El procedimiento sancionador y sus garantías. Medidas sancionadoras adminis-

trativas. Especial referencia a la potestad sancionadora local.

Tema 38.- Los contratos del sector público: Delimitación. Los principios generales de la contrata-

ción del sector público: Racionalidad, libertad de pactos y contenido mínimo, perfección y forma, la

información, el régimen de la invalidez y la revisión de decisiones en materia de contratación.

Tema 39.- Las partes en los contratos del sector público. El órgano de contratación. El empresa-

rio: Capacidad, prohibiciones, solvencia y clasificación.

Tema 40.- La preparación de contratos por las Administraciones Públicas. Clases de expedientes de

contratación. La selección del contratista: Procedimientos, formas y criterios de adjudicación. Garantí-

as. Perfeccionamiento y formalización del contrato. La invalidez de los contratos. Racionalización técni-

ca de la contratación. Acuerdos marco. Sistemas dinámicos de contratación. Centrales de contratación.

Tema 41.- Ejecución y modificación de los contratos administrativos. Prerrogativas de la Adminis-

tración. La revisión de precios. La extinción de los contratos administrativos. La cesión de los contra-

tos y la subcontratación.

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Tema 42.- El contrato de obras. Actuaciones administrativas preparatorias. Formas de adjudica-

ción. Formalización. Efectos. Extinción. La cesión del contrato y subcontrato de obras. Ejecución de

obras por la propia Administración.

Tema 43.- El contrato de concesión de obra pública: Principios, derechos y obligaciones de las

partes. Prerrogativas y derechos de la Administración. Régimen económico financiero. Extinción.

Subcontratación.

Tema 44.- El contrato de suministros: Régimen jurídico. Ejecución, modificación, cumplimiento y

resolución. El contrato de servicios: Régimen jurídico. Ejecución, modificación, cumplimiento y reso-

lución.

Tema 45.- Los contratos de colaboración entre el sector público y el sector privado. Organización

administrativa de la contratación. Aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público a las Entida-

des Locales.

Tema 46.- La expropiación forzosa. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento general. Garantías

jurisdiccionales. La reversión expropiatoria. Tramitación de urgencia. Procedimientos especiales.

Tema 47.- La responsabilidad de la Administración pública: Caracteres. Los presupuestos de la

responsabilidad. Daños resarcibles. La acción y el procedimiento administrativo en materia de res-

ponsabilidad. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Admi-

nistraciones públicas.

Tema 48.- La actividad administrativa de prestación de servicios. La iniciativa económica pública

y los servicios públicos. El servicio público. Concepto. Evolución y crisis. Los modos de gestión de

los servicios públicos. La gestión directa.

Tema 49.- Las otras formas de la actividad administrativa. La actividad de policía: La autorización

administrativa. La policía de la seguridad pública. Actividad de fomento: Sus técnicas.

Tema 50.- Actividad subvencional de las Administraciones Públicas. Procedimientos de concesión

y gestión de las subvenciones. Reintegro de subvenciones. Control financiero. Infracciones y sancio-

nes administrativas en materia de subvenciones.

Tema 51.- Las propiedades públicas: Tipología. El dominio público, concepto, naturaleza y ele-

mentos. Afectación y mutaciones demaniales. Régimen jurídico del dominio público. Utilización: Re-

serva y concesión.

Tema 52.- El Estatuto Básico del Empleado Básico del Empleado Público, Ley 7/2007, de 12 de

abril. Clases de empleados públicos: Criterios de clasificación. Los funcionarios de carrera. Los fun-

cionarios interinos. Personal Laboral. Personal Eventual. Los Directivos.

Tema 53.- Adquisición de la condición de funcionario: El principio de mérito y capacidad. Excep-

ciones. El proceso selectivo. Los requisitos personales para el acceso a la función pública.

Tema 54.- Las situaciones administrativas: El Servicio activo y la suspensión de funciones. Servi-

cios Especiales. Servicios en otras administraciones públicas. La Excedencia. El reintegro al servicio

activo. La pérdida de la condición funcionarial.

Tema 55.- Los derechos de los funcionarios. Naturaleza de la relación funcionarial, situación esta-

tutaria y derechos adquiridos. Inamovilidad en la condición funcionarial e inestabilidad en el puesto

de trabajo. Reasignación de efectivos y movilidad.

Tema 56.- Los derechos de los funcionarios: Permisos, licencias, vacaciones. La Seguridad So-

cial de los funcionarios públicos. Los derechos colectivos de los funcionarios. El derecho de reunión.

El derecho de huelga. La negociación colectiva de los empleados públicos. Mesas de negociación.

Materias negociables. Pactos y acuerdos.

Tema 57.- Los instrumentos de ordenación del empleo público. Planes e instrumentos de planifi-

cación de recursos humanos. Las relaciones de puestos de trabajo. La oferta de empleo público. La

provisión de puestos de trabajo y movilidad.

Tema 58.- Deberes e incompatibilidades de los empleados públicos. Deberes, ética funcionarial y

código de conducta. Los deberes en particular. Política y empleados públicos. Las incompatibilida-

des.

Tema 59.- La responsabilidad de los empleados públicos: Las clases de responsabilidad de los

empleados públicos. La responsabilidad penal de los funcionarios. La responsabilidad civil. La res-

ponsabilidad disciplinaria. Las faltas disciplinarias. Sanciones disciplinarias. El procedimiento disci-

plinario. La extinción de la responsabilidad disciplinaria. La prescripción. Potestad disciplinaria y res-

ponsabilidad penal.

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Tema 60.- La firma electrónica: Normativa reguladora. Concepto de firma electrónica y de docu-

mento electrónico.- El empleo de la firma electrónica en el ámbito de las Administraciones Públicas.-

Concepto de certificado electrónico.- Concepto y contenido de los certificados reconocidos.- Garantí-

as que ofrece el certificado electrónico: requisitos y características.

Tema 61.- Protección de datos de carácter personal: Normativa reguladora.- Objeto y ámbito de

aplicación.- Derecho de información en la recogida de datos y consentimiento del afectado.- Datos

especialmente protegidos.- Comunicación de datos de carácter personal y acceso a los datos por

cuenta de terceros.- Derechos de las personas en la Protección de datos de carácter personal.- Cre-

ación, modificación o supresión de ficheros en Entidades Locales.

BLOQUE II. MATERIAS ESPECÍFICAS

PARTE 1.ª DERECHO ADMINISTRATIVO LOCAL (26 TEMAS)

Tema 1.- El Régimen Local: Significado y evolución histórica. La Administración local en la Cons-

titución. La Carta europea de la autonomía local. El principio de autonomía local: Significado, conte-

nido y límites. Clases de entidades locales.

Tema 2.- Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las Comu-

nidades Autónomas en materia de Régimen Local. La incidencia de la legislación sectorial sobre el

régimen local.

Tema 3.- La potestad reglamentaria de las entidades locales: Reglamentos y Ordenanzas. Proce-

dimiento de elaboración. El Reglamento orgánico. Los Bandos.

Tema 4.- El Municipio: Concepto y elementos. El término municipal: El problema de la planta mu-

nicipal. Alteraciones de términos municipales. Legislación básica y legislación autonómica. La pobla-

ción municipal. El Padrón de habitantes. El estatuto de los vecinos. Derechos de los extranjeros.

Tema 5.- La organización municipal. Los Municipios de Régimen común. Órganos necesarios: El

Alcalde, Tenientes de Alcalde, el Pleno, y la Junta de Gobierno Local. Órganos complementarios:

Comisiones Informativas y otros órganos. Los grupos políticos. La participación vecinal en la gestión

municipal. El concejo abierto. Otros Regímenes especiales.

Tema 6.- Los municipios de gran población: especialidades de su régimen orgánico-funcional.

Los grupos políticos. La participación vecinal en la gestión municipal. El concejo abierto. Otros Regí-

menes especiales.

Tema 7.- Las competencias municipales: Sistema de determinación. Competencias propias, com-

partidas y delegadas. Los servicios mínimos. La reserva de servicios.

Tema 8.- La provincia como entidad local. Organización y competencias. La cooperación munici-

pal. Las relaciones entre las Comunidades Autónomas y las Diputaciones Provinciales. Regímenes

especiales. Las Islas: Los Consejos y Cabildos Insulares.

Tema 9.- Otras Entidades locales. Legislación básica y legislación autonómica. Entidades locales

de ámbito inferior al municipio. Las comarcas. Las mancomunidades de municipios. Las áreas me-

tropolitanas.

Tema 10.- El sistema electoral local. Causas de inelegibilidad e incompatibilidad. Elección de los

Concejales y Alcaldes. Elección de Diputados Provinciales y Presidentes. Elección de Consejeros y

Presidentes de Cabildos y Consejos Insulares. La moción de censura en el ámbito local. El recurso

contencioso electoral. El Estatuto de los miembros electivos de las Corporaciones locales.

Tema 11.- Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos de gobierno local. Actas, certificacio-

nes, comunicaciones, notificaciones y publicación de los acuerdos. El Registro de documentos.

Tema 12.- Las relaciones interadministrativas. Principios. Colaboración, cooperación y coordina-

ción. La sustitución y la disolución de Corporaciones locales. Impugnación de los actos y acuerdos

locales y ejercicio de acciones.

Tema 13.- El personal al servicio de las Corporaciones Locales: Clases y régimen jurídico. Planti-

llas y relaciones de puestos de trabajo. La oferta de empleo, los planes de empleo y otros sistemas

de racionalización. Sistemas de selección y de provisión de puestos de trabajo.

Tema 14.- Las formas de actividad de las entidades locales. La intervención administrativa local

en la actividad privada. Las licencias y autorizaciones administrativas: Sus clases. La actividad de

fomento en la esfera local.

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Tema 15.- La iniciativa pública económica de las Entidades locales y la reserva de servicios. El

servicio público en las entidades locales. Los modos de gestión. Especial referencia a la Concesión

de servicios y a la empresa pública local. El consorcio.

Tema 16.- Los bienes de las entidades locales. Clases. Conservación y tutela; especial referencia

a las prerrogativas y potestades de las entidades locales en relación con sus bienes. Bienes de do-

minio público: utilización.

Tema 17.- Bienes patrimoniales. Utilización. Enajenación. Los bienes comunales. Los montes ve-

cinales en mano común.

Tema 18.- Las competencias municipales en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y

seguridad vial. La regulación municipal de usos de las vías urbanas. El procedimiento sancionador

en materia de tráfico.

Tema 19.- Las competencias municipales en materia de protección de medio ambiente. La ges-

tión de los residuos urbanos en la legislación sectorial estatal. El abastecimiento de agua y el trata-

miento de aguas residuales.

Tema 20.- Las competencias municipales en materia de educación. La cooperación de las Entida-

des locales en materia de educación. Los Consejos Escolares de ámbito local. La cultura. Las obli-

gaciones de las Entidades locales en materia de protección del patrimonio histórico-artístico. El de-

porte. La representación de las Entidades locales en órganos consultivos del deporte.

Tema 21.- La Seguridad Ciudadana y la Protección Civil. Competencias municipales en la legisla-

ción sectorial estatal. Los Cuerpos de Policías Locales. Funciones. La coordinación de las Policías

Locales. Los servicios de extinción de incendios.

Tema 22.- Las competencias sanitarias de las Entidades Locales en la legislación sectorial esta-

tal. Los Centros de Salud de titularidad de las Entidades Locales. Cementerios y servicios funera-

rios. Policía sanitaria mortuoria.

Tema 23.- Las ferias y mercados. La venta ambulante. Intervención municipal en el comercio. La

defensa de los consumidores y usuarios.

Tema 24.- Las competencias en materia de transporte de viajeros. Los transportes urbanos. Las

experiencias de gestión coordinada del transporte de viajeros en ámbitos supramunicipales.

Tema 25.- La participación de las Entidades Locales en la política de vivienda. Las políticas muni-

cipales del suelo y viviendas de protección pública. Patrimonio municipal del suelo. El Plan de Vi-

vienda y los convenios interadministrativos de colaboración.

Tema 26.- La Ordenanza municipal de la Administración electrónica del Ayuntamiento de Sego-

via.

PARTE 2ª.- DERECHO URBANÍSTICO Y AMBIENTAL (25 TEMAS).

Tema 27.- Evolución histórica de la legislación urbanística española. El marco constitucional del

urbanismo. La doctrina del Tribunal Constitucional. Competencias del Estado, de las Comunidades

Autónomas y de las Entidades Locales.

Tema 28.- El Texto Refundido de la Ley del Suelo, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008,

de 20 de junio: Disposiciones generales. Las condiciones básicas de la igualdad en los derechos y

deberes constitucionales de los ciudadanos. Bases del régimen del suelo. Valoraciones. Expropia-

ción forzosa y responsabilidad patrimonial.

Tema 29.- El Texto Refundido de la Ley del Suelo (continuación): Función social de la propiedad y

gestión del suelo. Venta y sustitución forzosas. Patrimonios públicos del suelo. Derecho de superfi-

cie. Registro de la Propiedad.

Tema 30.- La legislación de urbanismo de Castilla y León: La Ley 5/1999, de 8 de abril y sus re-

formas. Objeto y principios generales. Régimen del suelo: Disposiciones generales. Clasificación del

suelo. El Reglamento de Urbanismo de Castilla y León y sus reformas.

Tema 31.- Régimen del suelo urbano en Castilla y León: derechos y deberes de los propietarios

en suelo urbano consolidado y no consolidado. Régimen del suelo urbanizable en Castilla y León:

derechos y deberes de los propietarios. Criterios de valoración de esta clase de suelo.

Tema 32.- Régimen del suelo rústico en Castilla y León: Régimen general de derechos en suelo

rústico. Régimen general de deberes en suelo rústico. Régimen de cada categoría de suelo rústico.

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Tema 33.- El planeamiento territorial en Castilla y León: Conceptos básicos. La ordenación del te-

rritorio. Objeto y disposiciones generales de la Ley de Ordenación del Territorio de Castilla y León.

Directrices de ordenación del territorio de ámbito regional y subregional. Planes y proyectos regiona-

les.

Tema 34.- Tipos de instrumentos de planeamiento en Castilla y León. Los instrumentos de plane-

amiento general: Plan General de Ordenación Urbana. Normas Urbanísticas Municipales. Normas

Urbanísticas de coordinación y Normas Urbanísticas Territoriales.

Tema 35.- El planeamiento de desarrollo en Castilla y León: Tipología. Estudios de Detalle.

Tema 36.- El planeamiento de desarrollo en Castilla y León: Planes Parciales. Planes Especiales.

Tema 37.- Elaboración y aprobación del planeamiento urbanístico en Castilla y León: Elaboración

del planeamiento urbanístico. Aprobación del planeamiento urbanístico: Disposiciones comunes.

Aprobación del planeamiento general. Aprobación del planeamiento de desarrollo.

Tema 38.- Vigencia, revisión y modificación del planeamiento urbanístico en Castilla y León. Ac-

tos posteriores a la aprobación del planeamiento urbanístico. Intervenciones especiales de la Comu-

nidad Autónoma. Efectos del planeamiento urbanístico.

Tema 39.- Disposiciones generales de la gestión urbanística en Castilla y León: Concepto y mo-

dalidades de gestión urbanística. Entidades urbanísticas colaboradoras. Ejecución y garantía de la

urbanización. Recepción y conservación de la urbanización. Derechos de realojo y retorno.

Tema 40.- La gestión urbanística en Castilla y León (continuación). Actuaciones aisladas: Objeto

y gestión. Tipos de actuaciones aisladas.

Tema 41.- La gestión urbanística en Castilla y León (continuación). Actuaciones integradas: Obje-

to y gestión. Ámbito de las actuaciones integradas. Proyectos de Actuación: objeto, elaboración,

aprobación y efectos.

Tema 42.- La gestión urbanística en Castilla y León (continuación). Proyectos de Actuación: de-

terminaciones generales; determinaciones sobre urbanización y sobre reparcelación. Sistemas de

actuación: concierto, compensación, cooperación, concurrencia, expropiación. Cambio del sistema y

derogación del proyecto de actuación.

Tema 43.- Intervención administrativa en el uso del suelo en Castilla y León. La licencia urbanísti-

ca: Concepto, naturaleza y actos sujetos. Competencia y procedimiento. Régimen del silencio. Efec-

tos y eficacia temporal. Autorización de usos excepcionales. La licencia de parcelación. Otros proce-

dimientos especiales.

Tema 44.- Instrumentos de fomento de la conservación, rehabilitación y nueva edificación en

Castilla y León: Inspección técnica de construcciones. Ordenes de ejecución. Declaración de ruina.

Venta y sustitución forzosas.

Tema 45.- Intervención en el mercado del suelo de Castilla y León. Los patrimonios públicos de

suelo. Otros instrumentos de intervención: Derechos de tanteo y retracto. Derecho de superficie.

Programas Municipales de Suelo.

Tema 46.- La protección de la legalidad urbanística en Castilla y León: Disposiciones generales.

Inspección urbanística. Medidas de protección y restauración de la legalidad. Infracciones urbanísti-

cas y personas responsables. Sanciones. Procedimiento sancionador. Otras medidas de protección

de la legalidad. Inactividad municipal.

Tema 47.- Distinción entre Evaluación de Impacto Ambiental y Evaluación Ambiental. La Evalua-

ción de Impacto Ambiental. Regulación estatal y autonómica en Castilla y León. La Evaluación Am-

biental y la Evaluación de Impacto Ambiental de los instrumentos de Planeamiento urbanístico en

Castilla y León.

Tema 48.- La Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León (Ley 11/2003, de 8 de abril). Princi-

pios Generales. La autorización ambiental. La licencia ambiental: Actividades sometidas a la Ley de

Prevención Ambiental. Tramitaciones. Competencia y procedimiento. Informes. Efectos, plazos y ca-

ducidad.

Tema 49.- La Ley del Ruido de Castilla y León. Objeto y finalidades. Competencias: especial refe-

rencia a la competencia municipal. Áreas acústicas: tipos. Mapas de ruido. Prevención y control de

la contaminación acústica. Control acústico en la edificación, control de actividades y emisores acús-

ticos. Ordenanzas municipales sobre ruido. Incidencia de la normativa sobre ruido en los procedi-

mientos de aprobación del planeamiento urbanístico.

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Tema 50.- Bienes integrantes del patrimonio histórico en la normativa estatal y autonómica de

Castilla y León. Clasificación de los bienes. El inventario de bienes del patrimonio cultural de Castilla

y León: objeto. Régimen común de conservación y protección de los bienes integrantes del patrimo-

nio cultural de Castilla y León. Régimen de los bienes inmuebles inventariados.

Tema 51.- Los Bienes de Interés Cultural: Régimen jurídico de los Bienes de Interés Cultural. Ré-

gimen de los bienes inmuebles. El patrimonio arqueológico.

PARTE 3.ª DERECHO FINANCIERO (15 TEMAS)

Tema 52.- El Derecho Financiero: Concepto y contenido. La Hacienda Local en la Constitución. El

régimen jurídico de las Haciendas locales: Criterios inspiradores del sistema de recursos y principios

presupuestarios.

Tema 53.- Los recursos de las Haciendas locales en el marco de la Ley: De los municipios, las

provincias y otras entidades locales. La imposición y ordenación de tributos y el establecimiento de

recursos no tributarios.

Tema 54.- La gestión y liquidación de recursos. La revisión en vía administrativa de los actos de

gestión dictados en materia de Haciendas locales. La devolución de ingresos indebidos.

Tema 55.- Régimen jurídico de la recaudación de las Entidades locales. El pago y otras formas

de extinción de las deudas. El procedimiento de recaudación en período voluntario. El procedimiento

de recaudación vía de apremio.

Tema 56.- El Impuesto sobre bienes inmuebles. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo.

Exenciones y bonificaciones. Base imponible: El valor catastral. Base liquidable. Cuota, devengo y

período impositivo. Gestión catastral y gestión tributaria.

Tema 57.- El Impuesto sobre actividades económicas. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasi-

vo. Exenciones. Cuota: Las tarifas. Devengo y período impositivo. Gestión censal y gestión tributa-

ria. El recargo provincial. El Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

Tema 58.- El Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. El impuesto sobre el incremento de

valor de los terrenos de naturaleza urbana.

Tema 59.- Las tasas. Los precios públicos. Las contribuciones especiales.

Tema 60.- La participación de los municipios y de las provincias en los tributos del Estado.

Regímenes especiales. La cooperación económica del Estado y de las Comunidades Autóno-

mas a las inversiones de las Entidades locales. Los Fondos de la Unión Europea para Entida-

des locales.

Tema 61.- El crédito local. Naturaleza jurídica. Finalidad y duración. Competencia. Límites y re-

quisitos para la concertación de operaciones de crédito.

Tema 62.- El Presupuesto General de las Entidades locales. Estructura presupuestaria. Elabora-

ción y aprobación: Especial referencia a las Bases de ejecución del Presupuesto. La prórroga del

Presupuesto. Las modificaciones de crédito: Concepto, clases y tramitación.

Tema 63.- La ejecución del presupuesto de gastos e ingresos: Sus fases. Los pagos a justifi-

car. Los anticipos de caja fija. Los gastos de carácter plurianual. La liquidación del Presupuesto.

Tramitación. Los remanentes de crédito. El resultado presupuestario. El remanente de tesore-

ría.

Tema 64.- El sistema de contabilidad de la Administración local: Principios, competencias y fines

de la contabilidad. Las Instrucciones de contabilidad: Especial referencia al trámite simplificado. Do-

cumentos contables y libros de contabilidad.

Tema 65.- La Cuenta General de las entidades locales: Contenido, formación y tramitación.

Otra información a suministrar al Pleno, a otros órganos de gestión y a otras Administraciones Pú-

blicas.

Tema 66.- El control interno de la actividad económico-financiera de las Entidades locales y sus

entes dependientes. La función interventora: Ámbito subjetivo, ámbito objetivo, modalidades y los re-

paros. Los controles financieros, de eficacia y de eficiencia. El control externo de la actividad econó-

mico-financiera de las Entidades locales y sus entes dependientes. El Tribunal de Cuentas y los Ór-

ganos de control externo de las Comunidades Autónomas. Las funciones fiscalizadora y

jurisdiccional.

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PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE

INGENIERO TECNICO DE OBRAS PUBLICAS

PRIMERA.- Procedimiento de selección.

Concurso-Oposición Libre.

SEGUNDA.- Normas de la plaza.

- Número de plazas: Una.

- Características de las plazas: Encuadradas dentro de la escala de Administración Especial, Su-

bescala de Técnicos Superiores, dotadas económicamente con las retribuciones básicas asignadas

al Grupo “A2” y con las retribuciones complementarias acordadas por la Corporación para este

puesto de trabajo, con nivel de Complemento de Destino 22.

- Titulación exigida: Los aspirantes deberán poseer el título de Ingeniero Técnico de Obras Públi-

cas, en cualquiera de sus especialidades.

TERCERA.- Fases de las pruebas selectivas.

La convocatoria constará de dos fases selectivas: fase de concurso y fase de oposición. La califi-

cación de la fase de concurso será la suma de la puntuación obtenida por los méritos alegados por

el aspirante según lo indicado más adelante. La calificación de la fase de oposición será la resultan-

te de dividir la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios entre el número de

ejercicios que se indican. La calificación final del procedimiento será la suma ponderada de la califi-

cación de la fase de concurso y la de la fase de oposición, asignando un coeficiente de 0,3 a la pri-

mera y de 0,7 a la segunda.

A) FASE DE CONCURSO

Será previa a la realización de la fase de oposición y no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá te-

nerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de Oposición.

Consistirá en la valoración de los méritos de los aspirantes que efectúe el Tribunal sobre los ale-

gados y acreditados por los mismos en el momento de presentación de instancias para formar parte

de este proceso selectivo, no teniéndose en cuenta los méritos que se aleguen posteriormente.

BAREMO DE MÉRITOS.-

1.- Por poseer título académico relacionado con el puesto a que se concursa (Ingenierías de la

rama de la construcción civil, edificación, o industrial; Arquitecturas; Licenciatura en Derecho o en

Ciencias Económicas o Empresariales), aparte de la exigida para acceder a la Plaza que se aspira,

hasta un máximo de 2,50 puntos, en la forma siguiente:

- Doctorado en Ingeniería o Arquitectura: 1,75 puntos.

- Titulación Superior en Ingeniería o Arquitectura: 1,50 puntos.

- Ingeniería Técnica o Arquitectura Técnica: 1,25 puntos

- Licenciatura en Derecho o en Ciencias Económicas o Empresariales: 0,75 puntos.

- Diplomatura en Ciencias Económicas o Empresariales: 0,50 puntos

- Por cada especialidad adicional de la Titulación exigida: 0,40 puntos

- Para otras titulaciones similares y que versen sobre las mismas materias y no recogidas ante-

riormente serán evaluadas por el Tribunal sobre la base de la valoración anterior.

No se valorarán como méritos, título académico imprescindible para la obtención de otros de ni-

vel superior que se aleguen.

2.- Por la participación de Cursos y Seminarios, hasta un máximo de 1,00 puntos, en la forma si-

guiente. Sólo se valorarán aquellos cursos cuyo contenido tenga relación directa con las actividades

a desarrollar en el puesto solicitado, y más concretamente con las siguientes áreas: Ejecución, de-

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sarrollo o control de obras y proyectos; Prevención de riesgos laborales o seguridad y salud; Cons-

trucción, arquitectura, ingeniería o urbanismo; Legislación administrativa (contratos, procedimiento

administrativo, aguas, medio ambiente, etc); Programas informáticos directamente aplicables al sec-

tor (Presto, Autocad, Cype, o similares, es decir, quedando excluidos programas genéricos como Of-

fice, Internet, etc). No se valorarán aquellos que hayan sido fruto de la obtención de Máster y otros

Títulos Oficiales valorados en el siguiente punto del Concurso.

- Cursos de 10 a 20 horas: 0,05 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,1 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 0,25 puntos.

- Cursos de 100 a 200 horas: 0,4 puntos.

- Cursos de más de 200 horas: 0,5 puntos.

- En el caso de que no existiera constancia de la duración de los cursos, los mismos se valorarán

a razón de 0,05 puntos, como máximo, a determinación del Tribunal.

- La suma de puntos otorgada por haber realizado cursos de una determinada titulación o carrera

no podrán suponer más que la otorgada al conjunto de la misma

En el caso de que en el curso se hubieran efectuado pruebas calificadoras finales y éstas no se

hubieran superado, no se valorará como mérito.

- Si el curso fuera impartido por un Organismo Oficial: 2,020 puntos (adicionales).

3.- Por Máster y otros Títulos Oficiales, hasta 1,30 puntos de la forma que sigue:

- Título de Nivel Superior de Seguridad y Salud, en la especialidad de Seguridad en el Trabajo,

de acuerdo con los art. 34 y 37 del R.D. 39/1997: 0,5 puntos.

- Título de Nivel Superior de Seguridad y Salud, en la especialidad de Higiene Industrial o de Er-

gonomía, de acuerdo con los art. 34 y 37 del R.D. 39/1997: 0,1 puntos cada especialidad.

- Cualquier otro Master relacionado con la ingeniería, arquitectura, urbanismo, etc: hasta 0,5 pun-

tos cada uno de ellos a determinar por el tribunal a la vista de lo alegado y justificado por los aspi-

rantes, para lo que el aspirante deberá aportar relación oficial del temario, contenido y duración del

Master.

Si estuviera impartido por Organismo Oficial la puntuación podrá ascender hasta un punto.

4.- La experiencia en las mismas áreas de conocimientos correspondientes a las del puesto soli-

citado se valorará hasta un máximo de 4,20 puntos, en la forma siguiente:

- Por cada mes de servicio en puestos de similares características en cualquiera de las Adminis-

traciones Públicas hasta un máximo de 3,20 puntos, valorándose a razón de 0,06 puntos/mes.

- Por cada mes de servicio en puestos de similares características en la Empresa Privada, hasta

un máximo de 1 punto, valorándose a razón de 0,03 puntos/mes.

La experiencia no se considerará como mérito cuando haya sido obtenida como consecuencia de

una comisión de servicios.

Cuando el desempeño de puesto de trabajo en la Administración Pública, coincida con el desem-

peño en la empresa privada, sólo se valorará el de mayor puntuación.

5.- Por impartición de cursos y seminarios, la realización de trabajos de investigación y/o de pu-

blicaciones, así como la obtención de premios en concursos de ingeniería o arquitectura, hasta un

máximo de 1,00 puntos a determinar por el tribunal su distribución a la vista de lo alegado y justifica-

do por los aspirantes.

B) FASE DE OPOSICIÓN

Ejercicios: De carácter obligatorio y eliminatorio, serán los siguientes:

- Primer ejercicio.Consistirá en el desarrollo por escrito y durante el tiempo de 2:00 horas, de dos temas de carác-

ter general relacionado con los bloques 2.1, 2.2 y 2.3 de la parte segunda del temario “Materias Es-

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pecíficas”, relacionado con el programa que se acompaña a la convocatoria, aunque no se atenga a

epígrafe concreto del mismo, teniendo los aspirantes amplia libertad en cuanto a su forma de expo-

sición se refiere.

El tribunal, inmediatamente antes de la realización del ejercicio, mediante sorteo en presencia de

los aspirantes, seleccionará dos bloques de entre los mencionados, y a continuación, por el mismo

método, seleccionará el tema concreto dentro de cada bloque sobre el que versará de forma princi-

pal el enunciado de cada pregunta que, como se ha dicho, no tendrá por qué atenerse al epígrafe

concreto del tema seleccionado.

En este ejercicio se valorará la formación general, la claridad y orden de ideas, la facilidad de ex-

posición escrita, la aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis.

La lectura del ejercicio por los opositores será pública y tendrá lugar en los días y horas que

oportunamente señale el Tribunal.

- Segundo ejercicio.Consistirá en la contestación escrita a un cuestionario de preguntas sobre el contenido de todo

el temario (excepto el bloque 2.5). Dicho cuestionario tendrá diez preguntas valoradas con un

punto cada una, de las cuales el Tribunal propondrá entre dos y cuatro preguntas relativas a la pri-

mera parte del temario “Materias Comunes”, y entre dos y cuatro preguntas del bloque 2.4. El res-

to de las preguntas se repartirá entre el resto de los bloques, eligiéndose una o dos de cada uno.

En cualquier caso, una vez el Tribunal haya determinado inmediatamente antes de celebrarse el

ejercicio el número de preguntas de cada bloque o parte del temario, los temas concretos sobre

los que versará cada una de las preguntas serán elegidos mediante sorteo en presencia de los

aspirantes, tras cuyo resultado el Tribunal se retirará unos minutos para redactar el enunciado

exacto de cada pregunta.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de 2:30 horas, valorándose los conocimientos

sobre los temas expuestos.

La lectura del ejercicio por los opositores podrá ser pública y tendrá lugar en los días y horas que

oportunamente señale el Tribunal.

- Tercer ejercicio: Se desarrollará por escrito durante un período máximo de 3:30 horas y consistirá en la resolución

de uno o varios supuestos teórico-prácticos que el Tribunal planteará inmediatamente antes del co-

mienzo del ejercicio, relativos a tareas propias de las funciones asignadas al puesto que se aspira,

que comprenderá redacción de informes o proyectos, o solución de supuestos u otros similares,

adecuados para juzgar la preparación de los aspirantes en relación al puesto de trabajo a desempe-

ñar. Un 20 % de la puntuación será relativa al bloque 2.5 del temario.

Los aspirantes deberán ir provistos de calculadora, material de dibujo y escalímetro, así como de

cualquier otra cosa que pudiera indicar el tribunal en el anuncio concreto de convocatoria del ejerci-

cio. A no ser que se indique en el anuncio concreto de convocatoria del ejercicio, los aspirantes no

podrán acudir con documentación de consulta, ya que la que resultara necesaria para la elaboración

del ejercicio será aportada, en su caso, por el tribunal.

En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la sistemática del

planteamiento y formulación de conclusiones, y el conocimiento y adecuada interpretación de mate-

rias propias del puesto de trabajo a desempeñar. La lectura del ejercicio por los opositores podrá ser

pública y tendrá lugar en los días y horas que oportunamente señale el Tribunal, durante la cual, en

su caso, el Tribunal podrá establecer un diálogo con el opositor, con relación al ejercicio elaborado y

que no podrá exceder de diez minutos.

Cada uno de los ejercicios se valorarán entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un 5 para

poder realizar el siguiente ejercicio

CUARTA.- Programa de la fase de oposición.

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ANEXO I

PROGRAMA PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD MEDIANTE

CONCURSO-OPOSICIÓN DE INGENIERO TECNICO DE OBRAS PUBLICAS.-

PRIMERA PARTE: Materias Comunes.

1. La Constitución Española de 1978. Características y estructura. Principios generales. Órganos

e Instituciones Constitucionales.

2. La Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado. El Estatuto

de Autonomía de Castilla y León.

3. El Régimen Local Español. Principios Constitucionales. Clases de Entes Locales. Legislación

vigente en materia de Régimen Local.

4. El municipio: organización, competencias y funcionamiento

5. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y

aprobación

6. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Los recursos administrativos: concepto y

clases

7. El procedimiento administrativo. Regulación legal. Principios generales del procedimiento. Di-

mensión temporal del procedimiento. Fases: especial referencia al procedimiento administrativo local

8. El presupuesto municipal: contenido y aprobación. Los recursos de las Haciendas Locales: cla-

ses

9. El Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, clases: Funcionarios de Carrera, Fun-

cionarios Interinos, Personal Laboral y Personal Eventual, Personal Directivo.

10. Derechos y deberes de los Empleados Públicos. Carrera Profesional y Promoción Interna.

Evaluación del Desempeño. Retribuciones: tipología y aplicación. Mesas de Negociación y Negocia-

ción Colectiva.

11. Jornada y Permisos de los Empleados Públicos. Legislación y régimen de Incompatibilidades

de empleados públicos. Código de conducta de los Empleados Públicos. Adquisición y Pérdida de la

relación de servicio. Régimen disciplinario.

12. Planificación y Estructuración del Empleo Público. Provisión de puestos de trabajo y situacio-

nes administrativas del trabajador. Cooperación entre Administraciones.

SEGUNDA PARTE: Materias Específicas.

Bloque 2.1: Urbanismo y Territorio

13. La legislación de ordenación del territorio de la Comunidad de Castilla y León. Instrumentos

de ordenación del territorio. Las Directrices de Ordenación Territorial de Segovia y su Entorno.

14. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo. Clasificación del suelo por el planeamiento.

Régimen de suelo urbano, urbanizable y rústico. Derechos, deberes. Deberes de la promoción de

las actuaciones urbanísticas. Plazo para el cumplimiento de deberes urbanísticos. Condición de so-

lar.

15. El Plan General de Ordenación Urbana y el Planeamiento de Desarrollo. Objeto y determina-

ciones.

16. Gestión de actuaciones aisladas. Gestión de actuaciones integradas. Unidades y Proyectos

de Actuación. Los sistemas de actuación. Formas complementarias de gestión urbanística.

17. Efectos del planeamiento urbanístico. Ejecución de la urbanización. Recepción y conserva-

ción de la urbanización. Proyectos de urbanización. Canon y garantía de urbanización. Valoración

del suelo: urbano, urbanizable y no urbanizable. Valoración de obras y otros bienes y derechos.

18. Intervención en el uso del suelo. Actos sujetos a licencia. Régimen, competencia y procedi-

miento. Medidas de protección y restauración de la legalidad urbanística. Infracciones urbanísticas.

El deber de conservación.

19. La revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Segovia. Conocimiento genérico de

la Ordenación General y de la Ordenación Detallada, de los Sistemas Generales, y de los Servi-

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cios Urbanos y redes de abastecimiento y alcantarillado de la ciudad, así como de la malla verde

urbana.

20. La revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Segovia. Los desarrollos urbanísticos

de la ciudad y la problemática del centro urbano. Las Condiciones de la Urbanización en los proyec-

tos y obras.

Bloque 2.2: Legislación de Contratos de las Administraciones Públicas:

21. Tipos de contratos: el Contrato de Obras, de Concesión de Obra Pública, de Gestión de Ser-

vicios Públicos, de Suministro, de Servicios, de Colaboración entre el Sector Público y el Sector Pri-

vado, y el Contrato Mixto. Contratos del Sector Público sujetos a regulación Armonizada.

22. El Órgano de Contratación. Perfil del Contrate y Responsable del Contrato. Órganos y Mesas

de Asistencia. Jurados. Normas específicas de Contratación para las Entidades Locales.

23. Aptitud para contratar con el Sector Público. Formas de Acreditación: certificados y medios.

24. Objeto, Precio y Valor de los Contratos del Sector Publico. Revisión de precios. Garantías.

25. El Expediente de Contratación: iniciación, contenido, especialidades y condiciones. Particula-

ridades según los tipos de contrato. Pliegos de Cláusulas Administrativas y Particulares.

26. Adjudicación de los Contratos: principios, procedimientos, pasos, convocatoria, plazos y pe-

culiaridades según tipologías. Abierto, Restringido, Negociado y Diálogo Competitivo. Concursos de

Proyectos.

27. Efectos de los Contratos. Ejecución y Modificación de los Contratos. Extinción. Cesión y sub-

contratación.

28. El Contrato de Obras: Ejecución, Cumplimiento y Resolución.

29. El Contrato de Obras: Modificación.

30. El Contrato de Suministro: Regulación, Ejecución, Modificación, Cumplimiento, Resolución.

31. El contrato de Servicios: Regulación, Ejecución, Modificación, Cumplimiento, Resolución.

Responsabilidades. Contratos de Servicios de Redacción de Proyectos.

32. Los proyectos de obras. Su autorización. Anteproyectos y estudios previos. Estructura del

proyecto. Pliego de cláusulas administrativas: Generales y particulares. Las normas técnicas y los

pliegos de condiciones técnicas. Documentación. Memoria. Anejos. Los Planos.

Bloque 2.3: Otra legislación y normativas Sectoriales:

33. La regulación normativa sobre la protección del medio ambiente en proyectos y obras. El im-

pacto ambiental, su regulación, análisis y medidas correctoras. Gestión ambiental.

34. La Ley de Expropiación Forzosa. Requisitos. Necesidad de Ocupación y Relación de bienes y

derechos. Justo Precio y Ocupación. Expropiación por incumplimiento de la función social. Expropia-

ciones por entidades locales y por motivos urbanísticos. Expropiación por causas de obras públicas.

La ocupación temporal e indemnizaciones por otros daños.

35. La Subcontratación en el Sector de la Construcción. Tipologías. Registros Oficiales. El Libro

de Subcontratación de la obra. Formación. Supuestos de asimilación del concepto de promotor al de

contratista. Responsabilidades. Regímenes. Infracciones. Representación.

36. Seguridad y Salud en Obras de Construcción. Estudios de Seguridad. Planes de Seguridad.

El Plan de Emergencia: elaboración e implantación en obra. Obligaciones de las partes: Promotor,

Proyectista, Contratista, Subcontratistas, Trabajadores. El Coordinador de Seguridad y Salud.

37. Trabajo, Seguridad y Salud. Condiciones. Naturaleza, medición y estimación de Riesgos.

Técnicas de Prevención. Organización y Gestión de la Prevención. Evaluación de Riesgos. Notifica-

ción y Registro de Accidentes e Investigación de Accidentes. Técnicas Específicas en el Seguimiento

y Control de los Riesgos Laborales. Protecciones, Señalización, Normas y Procedimientos de Segu-

ridad. Vigilancia de la Salud. Primeros Auxilios. Obligaciones y Derechos de las partes en la Informa-

ción, Comunicación, Formación y Motivación de los trabajadores.

38. Residuos de Construcción y Demolición. Obligaciones. Régimen. Actividades de Valoración.

Posibilidades dentro de la propia obra. Régimen aplicable a los movimientos de tierras en las obras

públicas sometidas a Impacto Ambiental. Régimen sancionador. Fomento por parte de las Adminis-

traciones Públicas.

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39. El Dominio Público Hidráulico: bienes que lo integran. Régimen Económico y Financiero (cá-

nones). El Organismo de Cuenca Hidrográfica. La Planificación Hidrológica. Infracciones y Sancio-

nes.

40. La Utilización del Dominio Público Hidráulico. Servidumbres y Usos. Facultades del Organis-

mo de Cuenca. Autorizaciones y Concesiones de Agua. Protección y Calidad de las Aguas y del Do-

minio Público Hidráulico. Vertidos. Canon.

41. Real Decreto 140/2003, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua

de consumo humano. Generalidades. Responsabilidades, competencias y criterios. Control.

42. Legislación de Carreteras del Estado y de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. El domi-

nio público. Servidumbre y Afección. Línea Límite de Edificación. Accesos y Propiedades Colindantes.

43. La legislación de accesibilidad universal y las barreras arquitectónicas en Castilla y León. Las

barreras en las edificaciones públicas y privadas, en las obras de urbanización, en la vía pública y

en el transporte urbano.

44. Funcionamiento y aplicación de las siguientes Ordenanzas Municipales del Ayuntamiento de

Segovia: Ocupación de Vía Pública para Terrazas; Parques y Jardines; Ordenanzas Fiscales de Utili-

zación privativa y el aprovechamiento especial del dominio público municipal, del Servicio del Agua y

del Impuesto sobre Construcciones, instalaciones y Obras.

45. Contribuciones especiales. Su regulación en la legislación urbanística regional y en la Orde-

nanza Fiscal del Ayuntamiento de Segovia.

Bloque 2.4: Construcción e Ingeniería:

46. Características geométricas de las carreteras. Planta, alzado, sección trasversal. Normativa.

Métodos modernos de trazado. Cálculo mecanizado. Automatización. Peculiaridades en cascos ur-

banos.

47. Intersección. Semáforos. Glorietas. Enlaces. Normativa. Diseño.

48. Estudios geológicos y geotécnicos y Estudios hidrológicos y de drenaje: ensayos a pie de

obra y en laboratorio, resultados.

49. Proyectos, ejecución y control de obra de tierra en Explanaciones, Excavaciones, Vaciados, y

en Sistemas de Drenaje. Normativa. Auscultación. Especificaciones. Tipos. Diseño.

50. Hormigón. Tipologías. Normativa. Ejecución. Ensayos. Auscultación de estructuras.

51. Firmes. Tipos. Materiales y unidades de obra. Normativa. Construcción. Auscultación. Refuer-

zo y corrección. Proyecto, ejecución y control. El pavimento de granito. Mezclas con cemento. Pavi-

mentos de hormigón. Peculiaridades en cascos urbanos.

52. Tratamientos superficiales. Riegos, lechadas y microaglomerados. Mezclas bituminosas en

frío y en caliente. Características. Ejecución y control. Peculiaridades en cascos urbanos.

53. El alumbrado público, el mobiliario público, y los Espacios verdes y arbolado urbano. Criterios

de implantación, diseño y emplazamiento. Usos y tipologías. Mantenimiento. Precauciones de la in-

tegración en el diseño del vial urbano

54. Seguridad vial. Señalización, balizamiento, iluminación y defensas. Coexistencia del vehículo

y el peatón.

55. Red de abastecimiento de agua: Red en alta y en baja. Diseño, ejecución y control. Elemen-

tos auxiliares. Materiales y características. Sectorización. La canalización sin zanja. Especialidades

en una ciudad histórica

56. Colectores y red de alcantarillado. Emisarios. Diseño, ejecución y control. Elementos auxilia-

res. Materiales y características. Sectorización. La canalización sin zanja. Especialidades en una

ciudad histórica

57. Potabilización de aguas. El agua bruta (entrada de planta). Características generales. Proce-

so. Nuevas tecnologías y variantes. Depósitos de regulación. El agua neta (salida de planta).

58. Técnicas de depuración de aguas residuales para poblaciones de entre 40.000 y 100.000 ha-

bitantes. Características generales. Proceso. La línea de aguas de una Estación Depuradora de

Aguas Residuales: pretratamiento, tratamiento primario, secundario y terciario, reactor Biológico.

Nuevas tecnologías en Depuración. La línea de fangos de una Estación Depuradora de Aguas Resi-

duales: digestión de lodos, características, gestión y usos del lodo producto. Gas y su aprovecha-

miento: la cogeneración. Quemadores.

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59. Técnicas de depuración de aguas residuales para pequeñas poblaciones. Técnicas de trata-

miento de bajo coste de explotación y mantenimiento de aguas residuales. Características genera-

les. Proceso.

Bloque 2.5: Conocimiento específico del Término Municipal de Segovia

60. Callejero general de la ciudad de Segovia: ubicación en un plano de los barrios, calles, pla-

zas, avenidas, edificios administrativos y de interés dotacional, equipamientos públicos, monumen-

tos, etc. Localización en un plano del Término Municipal de lugares, dotaciones, infraestructuras, pa-

rajes, etc.

PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE

ARQUITECTO MUNICIPAL

PRIMERA.- Procedimiento de selección.

Concurso-Oposición Libre.

SEGUNDA.- Normas de la plaza.

- Número de plazas: Una.

- Características de las plazas: Encuadradas dentro de la escala de Administración Especial, Su-

bescala de Técnicos Superiores, dotadas económicamente con las retribuciones básicas asignadas

al Grupo “A1” y con las retribuciones complementarias acordadas por la Corporación para este

puesto de trabajo, con nivel de Complemento de Destino 25.

- Titulación exigida: Los aspirantes deberán poseer el título de Arquitecto.

TERCERA.- Fases de las pruebas selectivas.

La convocatoria constará de dos fases selectivas: fase de concurso y fase de oposición. La califi-

cación de la fase de concurso será la suma de la puntuación obtenida por los méritos alegados por

el aspirante según lo indicado más adelante. La calificación de la fase de oposición será la resultan-

te de dividir la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios entre el número de

ejercicios que se indican. La calificación final del procedimiento será la suma ponderada de la califi-

cación de la fase de concurso y la de la fase de oposición, asignando un coeficiente de 0,3 a la pri-

mera y de 0,7 a la segunda.

A) FASE DE CONCURSO

Será previa a la realización de la fase de oposición y no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá te-

nerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de Oposición.

Consistirá en la valoración de los méritos de los aspirantes que efectúe el Tribunal sobre los ale-

gados y acreditados por los mismos en el momento de presentación de instancias para formar parte

de este proceso selectivo, no teniéndose en cuenta los méritos que se aleguen posteriormente.

BAREMO DE MÉRITOS.

1.- Por poseer título académico universitario relacionado con el puesto a que se concursa (Inge-

nierías de la rama de la Ingeniería de Caminos o Ing. Industrial; Arquitectura Técnica; Titulaciones en

Derecho o en Ciencias Económicas o Empresariales), aparte de la exigida para acceder a la Plaza

que se aspira, hasta un máximo de 2,50 puntos, en la forma siguiente:

- Doctorado en Ingeniería o Arquitectura: 1,75 puntos.

- Titulación Superior en Ingeniería: 1,50 puntos.

- Ingeniería Técnica o Arquitectura Técnica: 1 puntos

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- Licenciatura en Derecho o en Ciencias Económicas o Empresariales: 0,75 puntos.

- Diplomatura en Ciencias Económicas o Empresariales: 0,50 puntos

- Por cada especialidad adicional de la Titulación exigida: 0,30 puntos

- Para otras titulaciones similares y que versen sobre las mismas materias y no recogidas ante-

riormente serán evaluadas por el Tribunal sobre la base de la valoración anterior.

No se valorarán como méritos título académico imprescindible para la obtención de otros de nivel

superior que se aleguen.

2.- Por la participación de Cursos y Seminarios, hasta un máximo de 1,00 puntos, en la forma si-

guiente. Sólo se valorarán aquellos cursos cuyo contenido tenga relación directa con las actividades

a desarrollar en el puesto solicitado, y más concretamente con las siguientes áreas: Ejecución, de-

sarrollo o control de obras y proyectos; Prevención de riesgos laborales o seguridad y salud; Cons-

trucción, arquitectura, ingeniería o urbanismo; Legislación administrativa (contratos, procedimiento

administrativo, aguas, medio ambiente, etc); Programas informáticos directamente aplicables al sec-

tor (Presto, Autocad, Cype, o similares, es decir, quedando excluidos programas genéricos como Of-

fice, Internet, etc). No se valorarán aquellos que hayan sido fruto de la obtención de Máster y otros

Títulos Oficiales valorados en el siguiente punto del Concurso.

- Cursos de 10 a 20 horas: 0,05 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,1 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 0,25 puntos.

- Cursos de 100 a 200 horas: 0,4 puntos.

- Cursos de más de 200 horas: 0,5 puntos.

- En el caso de que no existiera constancia de la duración de los cursos, los mismos se valorarán

a razón de 0,05 puntos, como máximo, a determinación del Tribunal.

-Si el curso tratara expresamente sobre urbanismo: 0,010 puntos (adicionales) en cursos de has-

ta 100 horas de duración y 0,020 puntos (adicionales) en cursos de más de 100 horas de duración.

- La suma de puntos otorgada por haber realizado cursos de una determinada titulación o carrera

no podrán suponer más que la otorgada al conjunto de la misma

En el caso de que en el curso se hubieran efectuado pruebas calificadoras finales y éstas no se

hubieran superado, no se valorará como mérito.

- Si el curso fuera impartido por un Organismo Oficial: 0,020 puntos (adicionales).

3.- Por Máster y otros Títulos Oficiales, hasta 1,30 puntos de la forma que sigue:

- Título de Nivel Superior de Seguridad y Salud, en la especialidad de Seguridad en el Trabajo,

de acuerdo con los art. 34 y 37 del R.D. 39/1997: 0,5 puntos.

- Título de Nivel Superior de Seguridad y Salud, en la especialidad de Higiene Industrial o de Er-

gonomía, de acuerdo con los art. 34 y 37 del R.D. 39/1997: 0,1 puntos cada especialidad.

- Cualquier otro Master relacionado con la ingeniería, arquitectura, urbanismo, etc: hasta 0,5 pun-

tos cada uno de ellos a determinar por el tribunal a la vista de lo alegado y justificado por los aspi-

rantes, para lo que el aspirante deberá aportar relación oficial del temario, contenido y duración del

Master. Si estuviera impartido por Organismo Oficial la puntuación podrá ascender hasta 1 punto.

4.- La experiencia en las mismas áreas de conocimiento correspondientes a las del puesto solici-

tado, se valorará hasta un máximo de 4,20 puntos, en la forma siguiente:

- Por cada mes de servicio en puestos de similares características de cualquiera de las Adminis-

traciones Públicas hasta 3,5 puntos, a razón de 0,06 puntos/mes.

- Por cada mes de servicio en puestos de similares características en la Empresa Privada, hasta

1 punto, a razón de 0,03 puntos/mes

La experiencia no se considerará como mérito cuando haya sido obtenida como consecuencia de

una comisión de servicios.

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Cuando el desempeño de puesto de trabajo en la Administración Pública, coincida en el tiempo

con el desempeño en la empresa privada, sólo se valorará el de mayor puntuación.

5.- Por impartición de cursos y seminarios, la realización de trabajos de investigación, así como la

realización o participación en publicaciones y la obtención de premios en concursos de arquitectura

hasta un máximo de 1 punto a determinar por el tribunal su distribución a la vista de lo alegado y jus-

tificado por los aspirantes.

B) FASE DE OPOSICIÓN

Ejercicios: De carácter obligatorio y eliminatorio, serán los siguientes.

- Primer ejercicio.Consistirá en el desarrollo por escrito y durante el tiempo máximo de 2 horas, de un tema de ca-

rácter general relacionado con los bloques 1, 2, 5, 8 y 9 de la parte segunda del temario: temario es-

pecífico, de entre los dos que planteará el Tribunal inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio y

relacionado con el programa que se acompaña a la convocatoria, aunque no se atenga al epígrafe

concreto del mismo, teniendo los aspirantes amplia libertad en cuanto a su forma de exposición se

refiere.

El tribunal, inmediatamente antes de la realización del ejercicio, mediante sorteo en presencia de

los aspirantes, seleccionará dos bloques de entre los mencionados, y a continuación, por el mismo

método, seleccionará el tema concreto dentro de cada bloque sobre el que versará de forma princi-

pal el enunciado de cada pregunta que, como se ha dicho, no tendrá por qué atenerse al epígrafe

concreto del tema seleccionado.

En este ejercicio se valorará la formación general, la claridad y orden de ideas, la facilidad de ex-

posición escrita, la aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis.

La lectura del ejercicio por los opositores será pública y tendrá lugar en los días y horas que

oportunamente señale el Tribunal. Se valorará entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un 5

para poder realizar el siguiente ejercicio.

- Segundo ejercicio. El segundo ejercicio, a efectos de desarrollo y calificación, constará de dos partes a realizar en un

solo acto, sin intermedio ni tiempo de descanso alguno entre ambas partes. Antes del comienzo del ejer-

cicio escrito, en presencia de los aspirantes, el Tribunal realizará los sorteos necesarios para la determi-

nación de los temas concretos del temario sobre los que versarán las preguntas de ambas partes como

se indica más adelante. Una vez determinados los temas, el Tribunal se retirará unos minutos para re-

dactar el enunciado exacto que, para cada uno de ellos, tendrá la pregunta concreta a formular.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de 2:30 horas, pero la primera parte será re-

cogida por el Tribunal a los 45 minutos del comienzo del ejercicio.

La lectura del ejercicio (partes 1ª y 2ª) por los opositores será pública y tendrá lugar en los días y

horas que oportunamente señale el Tribunal, valorándose por el Tribunal los conocimientos concre-

tos y específicos sobre la pregunta correspondiente. Cada parte será valorada entre 0 y 10 puntos,

debiéndose obtener un 5 en cada una de ellas para poder realizar el siguiente ejercicio. La nota glo-

bal del segundo ejercicio será la media ponderada de la obtenida en cada una de las partes, aplican-

do un coeficiente de 0,35 a la primera y 0,65 a la segunda.

1ª Parte:Consistirá en la contestación por escrito a cinco preguntas sobre la parte primera del temario: te-

mario general, que figura en el Anexo de esta Convocatoria. Los cinco temas sobre los que versarán

las correspondientes preguntas se elegirán mediante sorteo y se repartirán de la forma siguiente,

uno del bloque A, y dos de cada uno de los bloques B y C.

2ª Parte:Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario de cinco preguntas sobre la parte se-

gunda del temario: temario específico, que figura en el Anexo de esta Convocatoria. El cuestionario

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tendrá cinco preguntas. Primero se seleccionarán mediante sorteo cinco bloques de entre los inclui-

dos en esta parte segunda del temario, exceptuando el bloque 10º y los dos bloques que hubieren

sido seleccionados en el primer ejercicio de la fase de oposición. A continuación se elegirá mediante

otro sorteo un tema dentro de cada uno de los bloques antes seleccionados, obteniendo así los cin-

co temas sobre los que el Tribunal redactará el enunciado exacto de cada pregunta.

- Tercer ejercicio: Se desarrollará por escrito durante un período máximo de 4 horas y consistirá en la resolución de

un supuesto práctico que el Tribunal planteará inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, re-

lativo a tareas propias de las funciones asignadas al puesto que se aspira. Un 20 % de la puntuación

será relativa al bloque 10 de la parte segunda del temario (temario específico).

Los aspirantes deberán ir provistos de calculadora, material de dibujo y escalímetro, así como de

cualquier otra cosa que pudiera indicar el Tribunal en el anuncio concreto de convocatoria del ejerci-

cio. A no ser que se indique en el anuncio concreto de convocatoria del ejercicio, los aspirantes no

podrán acudir con documentación de consulta, ya que la que resultara necesaria para la elaboración

del ejercicio será aportada, en su caso, por el tribunal.

En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la sistemática del

planteamiento y formulación de conclusiones, y el conocimiento y adecuada interpretación de mate-

rias propias del puesto de trabajo a desempeñar.

La lectura del ejercicio por los opositores será pública y tendrá lugar en los días y horas que

oportunamente señale el Tribunal.

Se valorará entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un 5 para poder realizar el siguiente

ejercicio

CUARTA.- Programa de la fase de oposición.

1. PARTE PRIMERA: TEMARIO GENERAL.

A. DERECHO CONSTITUCIONAL.

Tema 1.- La Constitución Española de 1978. Principios generales. Órganos e instituciones consti-

tucionales.

Tema 2.- Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Garantías. Suspensión. El Tribu-

nal Constitucional. El defensor del pueblo.

Tema 3.- La Corona en la Constitución Española de 1978. El Poder Legislativo. Composición,

atribuciones y funcionamiento de las Cámaras.

Tema 4.- El Gobierno y la Administración del Estado. Órganos superiores de la Administración

General del Estado. La administración periférica del Estado.

Tema 5.- La Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado. El

Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

B. DERECHO ADMINISTRATIVO.

Tema 6.- La Administración Pública en el Ordenamiento Español. Clases de Administraciones Pú-

blicas. Principios de actuación de las Administraciones Públicas.

Tema 7.- Participación y colaboración de los ciudadanos en las funciones administrativas. Dere-

chos de los ciudadanos ante la Administración. El Derecho de acceso a Archivos y Registros.

Tema 8.- El acto administrativo. Concepto. Clases. Requisitos y Eficacia. La teoría de la invalidez

del acto administrativo. Actos nulos y anulables. Convalidación y revisión de oficio.

Tema 9.- El procedimiento administrativo. Regulación legal. Interesados en el procedimiento. Tér-

minos y plazos. Registro de documentos. Fases del procedimiento común. Ejecución de los actos

administrativos.

Tema 10.- La actividad de las administraciones Públicas. Obligación de resolver. Responsabilidad

del funcionario. El silencio administrativo.

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Tema 11.- Los recursos administrativos: concepto y clases. El Recurso de Reposición. El Recurso

de Alzada. El Recurso extraordinario de Revisión. El Recurso contencioso-administrativo.

Tema 12.- La Ordenanza municipal de la Administración electrónica del Ayuntamiento de Sego-

via.

Tema 13.- La firma electrónica: Normativa reguladora. Concepto de firma electrónica y de docu-

mento electrónico.- El empleo de la firma electrónica en el ámbito de las Administraciones Públicas.-

Concepto de certificado electrónico.- Concepto y contenido de los certificados reconocidos.- Garantí-

as que ofrece el certificado electrónico: requisitos y características.

Tema 14.- Protección de datos de carácter personal: Normativa reguladora.- Objeto y ámbito de

aplicación.- Derecho de información en la recogida de datos y consentimiento del afectado.- Datos

especialmente protegidos.- Comunicación de datos de carácter personal y acceso a los datos por

cuenta de terceros.- Derechos de las personas en la Protección de datos de carácter personal.- Cre-

ación, modificación o supresión de ficheros en Entidades Locales.

C. RÉGIMEN LOCAL.

Tema 15.- El Régimen Local Español. Principios Constitucionales. Clases de Entes Locales. Le-

gislación vigente en materia de Régimen Local.

Tema 16.- El Municipio. El Término Municipal. La población. El empadronamiento, contenido del

padrón municipal.

Tema 17.- Competencias de los Ayuntamientos. Los servicios mínimos de competencia munici-

pal. Funciones de otras Administraciones Públicas de cooperación a la prestación de los servicios

mínimos.

Tema 18.- La Organización municipal. Órganos necesarios y Órganos complementarios. Compo-

sición y atribuciones.

Tema 19.- Funcionamiento de los Órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Ac-

tas y certificados de acuerdos. Publicidad de actos y acuerdos.

Tema 20.- La Función Pública Local y su Organización. Escalas que integran la Administración

Local. Régimen retributivo de los funcionarios locales.

Tema 21.- Derechos y deberes de los funcionarios Públicos Locales. Incompatibilidades. Régi-

men disciplinario.

Tema 22.- El Presupuesto de las Entidades Locales. Estructura. Procedimiento de elaboración y

aprobación. La ejecución del Presupuesto de Gastos de las Entidades Locales. Fases.

2. PARTE SEGUNDA: TEMARIO ESPECÍFICO.

Bloque 1.

Tema 23.- Evolución del derecho urbanístico español en el SXIX. Legislación de ensanche. Legis-

lación sobre obras de saneamiento y mejora interior de las poblaciones.

Tema 24.- Evolución histórica de la legislación urbanística en España en el siglo XX hasta la sen-

tencia del Tribunal Constitucional 61/1997 de 20 de marzo.

Tema 25.- Breve referencia a la distribución de competencias en materia de régimen del suelo y

urbanismo: la STC 61/1997. Legislación Estatal de régimen del suelo y legislación urbanística de

Castilla y León. Aspectos regulados.

Tema 26.- El Texto Refundido de la Ley del Suelo, Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de ju-

nio. Disposiciones generales. Condiciones básicas de la igualdad en los derechos y deberes consti-

tucionales de los ciudadanos.

Tema 27.- El Texto Refundido de la Ley del Suelo, Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de ju-

nio. Bases del régimen del suelo.

Tema 28.- Distinción entre urbanismo y ordenación del territorio. La Ley 10/1998, de Ordenación

del Territorio de la Comunidad de Castilla y León: objeto, principios y objetivos. Instrumentos de or-

denación del territorio.

Tema 29.- Instrumentos de Ordenación del Territorio en Segovia: Directrices Ordenación de Ám-

bito Subregional de Segovia y Entorno (DOTSE). Aspectos generales.

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Bloque 2. Legislación Urbanística en Castilla y León

Tema 30.- Objeto y aspectos generales de la actividad urbanística en la normativa de Castilla y León.

Tema 31.- Régimen del suelo. Derechos y Deberes generales. Clasificación del suelo.

Tema 32.- Régimen del suelo urbano y urbanizable.

Tema 33.- Régimen del suelo rústico en municipios con planeamiento.

Tema 34.- Régimen del suelo en municipios sin planeamiento.

Tema 35.- Tipos de instrumentos de planeamiento urbanístico. Instrumentos de Planeamiento

General: Plan General de Ordenación Urbana.

Tema 36.- Planeamiento de desarrollo: Estudios de Detalle y Planes Parciales.

Tema 37.- Planeamiento de desarrollo: Planes Especiales. Objeto. Tipos. Documentación. Espe-

cial referencia a los Planes de Protección de Conjuntos Históricos.

Tema 38.- Elaboración y aprobación del planeamiento urbanístico: disposiciones comunes. Apro-

bación del planeamiento general.

Tema 39.- Elaboración y aprobación del planeamiento urbanístico: aprobación del planeamiento

de desarrollo. Vigencia, revisión y modificación del planeamiento urbanístico. Efectos del planea-

miento urbanístico.

Tema 40.- Gestión urbanística: Concepto y modalidades. Entidades urbanísticas colaboradoras:

aspectos generales de su régimen y constitución. Ejecución y garantía, recepción y conservación de

la urbanización.

Tema 41.- Actuaciones aisladas. Objeto y gestión. Actuaciones aisladas de urbanización. Actua-

ciones aisladas de normalización. Actuaciones aisladas de urbanización y normalización.

Tema 42.- Actuaciones aisladas de expropiación. Objeto, requisitos y efectos. Procedimiento de

tasación conjunta. Procedimiento de tasación individualizada. Incumplimiento de plazos. Actuaciones

aisladas de ocupación directa.

Tema 43.- Actuaciones integradas. Objeto y gestión. Ámbito de las actuaciones integradas. Pro-

yectos de Actuación: Objeto. Elaboración, aprobación y efectos. Sistemas de actuación: concepto.

Tema 44.- Proyectos de actuación: determinaciones generales. Determinaciones sobre urbaniza-

ción y reparcelación.

Tema 45.- Sistemas de actuación: actuaciones integradas por concierto y actuaciones integradas

por compensación.

Tema 46.- Sistemas de actuación: cooperación, concurrencia y expropiación.

Tema 47.- Licencias urbanísticas: Actos sujetos a licencia. Competencia y procedimiento. La or-

denanza municipal reguladora de las obras sujetas al régimen de comunicación.

Tema 48.- Licencias urbanísticas: Efectos, plazos y caducidad. Autorización de usos excepciona-

les en suelo rústico. Licencias de parcelación. Licencias especiales.

Tema 49.- Instrumentos de fomento de la conservación, rehabilitación y nueva edificación. Ins-

pección técnica de construcciones.

Tema 50.- Instrumentos de fomento de la conservación, rehabilitación y nueva edificación. Orde-

nes de ejecución: regulación en la normativa urbanística autonómica y en la ordenanza del Ayunta-

miento de Segovia.

Tema 51.- Instrumentos de fomento de la conservación, rehabilitación y nueva edificación. Decla-

ración de ruina: regulación en la normativa urbanística autonómica y en la ordenanza del Ayunta-

miento de Segovia. La venta y sustitución forzosa.

Tema 52.- La actividad administrativa de protección de la legalidad: la inspección urbanística.

Protección y restauración de la legalidad urbanística frente a actos en ejecución y actos concluidos.

Otras medidas de protección.

Tema 53.- Infracciones urbanísticas: tipos y personas responsables. Sanciones. Medidas acceso-

rias. Procedimiento sancionador.

Tema 54.- Los Patrimonios Públicos de suelo. Patrimonio Municipal de suelo: constitución y desti-

no. Gestión. Transmisión de los bienes integrantes del Patrimonio Municipal de Suelo. Programas

municipales de suelo.

Tema 55.- Información urbanística y participación social. Concepto. Derecho a la información ur-

banística. Consulta urbanística. Cédula urbanística. Participación social: reglas para la información

pública. Convenios urbanísticos.

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Bloque 3.

Tema 56.- Valoraciones de suelo: Reglas generales. Valoraciones de suelo rural. Valoraciones de

suelo urbanizado. Valoración del régimen de equidistribución de beneficios y cargas.

Tema 57.- Indemnización de la facultad de participar en actuaciones de nueva urbanización. In-

demnización de la iniciativa y la promoción de actividades de urbanización y edificación. Responsa-

bilidad patrimonial: supuestos indemnizatorios.

Tema 58.- La expropiación forzosa. Concepto. Expropiación forzosa por razón de la ordenación

territorial y urbanística y expropiaciones ordinarias. Procedimiento expropiatorio general.

Tema 59.- La expropiación forzosa. Las expropiaciones urgentes. Indemnizaciones por ocupación

temporal.

Bloque 4.

Tema 60.- La Ley de contratos del sector público: objeto y ámbito. Contratos del sector público: ti-

pos contractuales. Disposiciones generales sobre la contratación del sector público: necesidad e ido-

neidad del contrato. Duración de los contratos. Libertad de pactos y contenido mínimo. Perfección y

formalización del contrato. Régimen de invalidez.

Tema 61.- La Ley de contratos del sector público. Órgano de contratación: competencia para con-

tratar; especial referencia a la administración local. Acreditación de la actitud para contratar: capaci-

dad de obrar, prohibición para contratar y solvencia. Precio de los contratos. Garantías en la contra-

tación: garantía provisional y definitiva.

Tema 62.- La Ley de contratos del sector público. Preparación de los contratos. Normas genera-

les. Actuaciones preparatorias del contrato de obras.

Tema 63.- La Ley de contratos del sector público. Selección del contratista y adjudicación de los

contratos. Procedimiento abierto. Procedimiento restringido. Procedimiento negociado. Diálogo com-

petitivo.

Tema 64.- La Ley de contratos del sector público. Efectos, cumplimiento y extinción de los contra-

tos administrativos. Normas generales. Normas especiales para los contratos de obra y para el con-

trato de servicios.

Bloque 5.

Tema 65.- La Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León (Ley 11/2003, de 8 de abril). Princi-

pios Generales. La autorización ambiental.

Tema 66.- La licencia ambiental: Actividades sometidas a la Ley de Prevención Ambiental. Trami-

taciones. Competencia y procedimiento. Informes. Efectos, plazos y caducidad.

Tema 67.- Competencia del Ayuntamiento de Segovia en materia de prevención ambiental (el De-

creto 36/2005, de 12 de mayo). Actividades e instalaciones exentas. La Ordenanza Municipal de

Prevención Ambiental.

Tema 68.- Distinción entre Evaluación de Impacto Ambiental y Evaluación Ambiental. La Evalua-

ción de Impacto Ambiental. Regulación estatal y autonómica en Castilla y León. La Evaluación Am-

biental y la Evaluación de Impacto Ambiental de los instrumentos de Planeamiento urbanístico en

Castilla y León.

Tema 69.- Real Decreto 105/2008, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de

construcción y demolición. Objeto y ámbito de aplicación. Agentes intervinientes y obligaciones de

cada uno de ellos. Competencia municipal sobre la producción y gestión de los Residuos de Cons-

trucción y Demolición. La regulación de los suelos contaminados en la Ley 10/1998 y sus disposicio-

nes de desarrollo.

Tema 70.- La Ley del Ruido de Castilla y León. Objeto y finalidades. Competencias: especial refe-

rencia a la competencia municipal. Áreas acústicas: tipos. Mapas de ruido. Prevención y control de

la contaminación acústica. Control acústico en la edificación, control de actividades y emisores acús-

ticos. Ordenanzas municipales sobre ruido. Incidencia de la normativa sobre ruido en los procedi-

mientos de aprobación del planeamiento urbanístico.

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Bloque 6.

Tema 71.- Normativa sectorial con incidencia urbanística. Regulación en las Leyes de carreteras

estatal y autonómica de Castilla y León del uso y defensa de las carreteras: limitaciones de la pro-

piedad. Travesías y redes arteriales.

Tema 72.- La Ley del sector ferroviario: tratamiento urbanístico de las zonas de servicio ferrovia-

rio. Limitaciones a la propiedad . Legislación de vías pecuarias: definición y tipos. Vías pecuarias y

legislación urbanística y de Ordenación del Territorio.

Tema 73.- Normativa sectorial con incidencia urbanística. Incidencia de la Ley de Patrimonio de

las Administraciones públicas en el planeamiento y gestión urbanística. Texto Refundido de la Ley de

Aguas: Cauces, riberas y márgenes según la legislación de aguas. Protección del dominio público

hidráulico: zonas de servidumbre y policía. Régimen de autorización de usos en esas zonas. Inter-

vención de la administración hidrológica en la tramitación del planeamiento urbanístico.

Tema 74.- Incidencia en los procedimientos de aprobación de los instrumentos de planeamiento

urbanístico y de ordenación del territorio de la legislación de montes (estatal y autonómica de Casti-

lla y León), telecomunicaciones y sector eléctrico.

Bloque 7.

Tema 75.- La Ley 38/1999, de Ordenación de la edificación: objeto y ámbito. Exigencias técnicas

y administrativas de la edificación.

Tema 76.- Agentes de la edificación. Especial referencia al proyectista, director de obra y director

de ejecución de obra. Responsabilidades y garantías.

Tema 77.- Normativa técnica de aplicación en la edificación. Las Normas UNE. Las Normas Tec-

nológicas en la Edificación. Normas Básicas de la Edificación. El Código Técnico de la Edificación.

Tema 78.- Normativa técnica de aplicación en la construcción. Condiciones térmicas y acústicas

en los edificios. Conceptos fundamentales. Criterios y metodología de cálculo.

Tema 79.- Normativa técnica de aplicación en la construcción. Condiciones de protección contra

incendios en los edificios. Conceptos fundamentales. Criterios y metodología de comprobación.

Tema 80.- Legislación sobre accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas y urbanísticas.

Accesibilidad en edificios privados y públicos.

Tema 81.- Legislación sobre accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas y urbanísticas.

Diseño de vías públicas y espacios libres de uso público.

Tema 82.- La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: objeto, ám-

bito de aplicación, principios de la acción preventiva, evaluación de riesgos, equipos de trabajo y

medios de protección.

Tema 83.- El Real Decreto 1627/1997, sobre seguridad y salud en las obras de construcción: ob-

jeto y ámbito. El Estudio de Seguridad y Salud. El Estudio Básico de Seguridad y Salud. El Plan de

Seguridad y Salud.

Tema 84.- Condiciones de habitabilidad de las viviendas. El Decreto autonómico 147/2000: licen-

cias de obra y primera ocupación y habitabilidad.

Bloque 8.

Tema 85.- Normativa reguladora del patrimonio histórico. Bienes integrantes del patrimonio histó-

rico en la normativa estatal y autonómica de Castilla y León. Clasificación de los bienes. El inventa-

rio de bienes del patrimonio cultural de Castilla y León: objeto. Régimen común de conservación y

protección de los bienes integrantes del patrimonio cultural de Castilla y León. Régimen de los bie-

nes inmuebles inventariados.

Tema 86.- Los Bienes de Interés Cultural: Régimen jurídico de los Bienes de Interés Cultural. Ré-

gimen de los bienes inmuebles. El patrimonio arqueológico.

Tema 87.- Patología de la construcción en edificios protegidos. Casuística, etiología y reparacio-

nes.

Tema 88.- Conservación y restauración de edificios protegidos. Concepto y Teoría de la restaura-

ción arquitectónica. Tendencias actuales.

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Tema 89.- Actuaciones protegidas en materia de rehabilitación por la normativa estatal y autonó-

mica de Castilla y León sobre vivienda y rehabilitación. Áreas de Rehabilitación Integral, áreas de re-

habilitación de Centros Históricos, Áreas de Rehabilitación Urbana y actuaciones en materia de sue-

lo.

Tema 90.- Servidumbres. Concepto general. Servidumbre de medianería. Servidumbre de paso.

Servidumbre de vistas.

Bloque 9.

Tema 91.- Desarrollo urbano de Segovia. Origen y evolución histórica de la ciudad. Planeamiento

urbanístico en el S. XX.

Tema 92.- Documento de Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Segovia 2.008.

Ámbito de aplicación. Contenido. Objetivos y soluciones generales. Modelo de crecimiento.

Tema 93.- Documento de Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Segovia 2.008.

Régimen del suelo urbano. Determinaciones comunes a las clases de suelo urbano y suelo urbani-

zable. Condiciones generales de uso de la edificación.

Tema 94.- Documento de Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Segovia 2.008.

Régimen del suelo rústico.

Tema 95.- La normativa de protección del Patrimonio Histórico en el Documento de Revisión del

Plan General de Ordenación Urbana de Segovia de 2.008. La normativa de aplicación en el Recinto

Amurallado.

Tema 96.- Plan Especial de protección histórico-artística, paisaje y reforma interior del Casco An-

tiguo Extramuros: justificación de su aplicabilidad. Objetivos generales. Tipos de ordenanzas.

Tema 97.- Plan Parcial-Especial de la zona oriental del Acueducto y Barrio del Salvador: justifica-

ción de su aplicabilidad. Objetivos generales. Tipos de ordenanzas.

Tema 98.- Plan Especial de protección histórico-artística, paisaje y reforma interior de San Loren-

zo, Valles del Eresma y San Marcos: justificación de su aplicabilidad. Objetivos generales. Tipos de

ordenanzas.

Bloque 10

Tema 99. Callejero general de la ciudad de Segovia: ubicación en un plano de los barrios, calles,

plazas, avenidas, edificios administrativos y de interés dotacional, equipamientos públicos, monu-

mentos, etc. Localización en un plano del Término Municipal de lugares, dotaciones, infraestructu-

ras, parajes, etc.

PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA

DE TRABAJADOR SOCIAL

PRIMERA.- Procedimiento de selección.

Concurso-Oposición Libre.

SEGUNDA.- Normas de la plaza.

- Número de plazas: Una.

- Características de la plaza: Encuadrada dentro de la escala de Administración Especial, Subes-

cala de Técnicos Medios, dotada económicamente con las retribuciones básicas asignadas al Grupo

“A2” y con las retribuciones complementarias acordadas por la Corporación para este puesto de tra-

bajo, con un nivel de Complemento de Destino 22.

- Titulación exigida: Los aspirantes deberán poseer el título de Trabajador Social.

- Funciones:

1. Con carácter general es el responsable directo del servicio de información, orientación y ase-

soramiento en coordinación con el animador comunitario del CEAS.

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2. Con carácter específico es el responsable del programa de apoyo en familia y convivencia, en

coordinación con el animador comunitario del CEAS y demás profesionales del Equipo de Servicios

Sociales.

3. Responsable de la aplicación informática SAUSS.

4. Recogida e información de la demanda individual de grupos y colectivos.

5. Diagnóstico de la problemática social mediante los instrumentos propios del trabajo social: in-

forme social, entrevista, visita domiciliaria, historia social, ficha social… y la intervención mediante

las metodologías propias del trabajo social.

6. Tratamiento de la problemática social por la aplicación de los recursos propios de la Corpora-

ción o mediante la derivación hacia otros especializados.

7. Evaluación de la intervención social por la aplicación de indicadores e índices.

8. Documentación, gestión y tramitación de ayudas individualizadas y prestaciones en las que tie-

ne competencia la Corporación Local.

9. Elaboración de un sistema de documentación que objetive al máximo los datos y reduzca el

margen de subjetividad.

10. Colaboración en la construcción de instrumentos adecuados para la investigación social.

11. Coordinación y colaboración con los servicios especializados (Educación, Sanidad…) cuando

las personas del CEAS son atendidos por estos servicios.

12. Coordinar sus actuaciones con el resto de los profesionales del equipo para conseguir objeti-

vos comunes.

13. Informar al resto del departamento de las necesidades, recursos y todos aquellos aspectos

relevantes detectados desde su intervención.

14. Todas aquellas que relacionadas con las anteriormente señaladas le sean encomendadas.

Horario del puesto de trabajo:

Estará en función de las necesidades del Servicio. Viéndose necesaria la prestación tanto de ma-

ñana como de tarde conforme a la tendencia y estudios que se están realizando por la Concejalía

del Área donde está adscrito el puesto de trabajo.

TERCERA.- Fases de las pruebas selectivas.

La convocatoria constará de dos fases selectivas:

A) FASE DE CONCURSO

Será previa a la realización de la fase de oposición y no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá te-

nerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de Oposición.

Consistirá en la valoración de los méritos de los aspirantes que efectúe el Tribunal sobre los ale-

gados y acreditados por los mismos en el momento de presentación de instancias para formar parte

de este proceso selectivo, no teniéndose en cuenta los méritos que se aleguen posteriormente.

BAREMO DE MÉRITOS.-

1.- Por estar en posesión de titulación académica distinta a la exigida siempre y cuando estén di-

rectamente relacionadas con las funciones a desempeñar en el puesto convocado, hasta un máximo

de 2,25 puntos, a juicio del tribunal calificador.

No se valorarán como méritos título académico imprescindible para la obtención de otros de nivel

superior que se aleguen.

2.- Por la participación de Cursos y Seminarios, siempre que tengan relación directa con las acti-

vidades a desarrollar en el puesto solicitado, hasta un máximo de 1,50 puntos, en la forma siguiente:

- Cursos de 10 a 20 horas: 0,050 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,060 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 0,085 puntos.

- Cursos de más de 100 horas: 0,20 puntos.

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- Si el curso fuera impartido por un Organismo Oficial: 0,020 puntos (adicionales).

- En el caso de que no existiera constancia de la duración de los cursos, los mismos se valorarán

a razón de 0,050 puntos, como máximo, a determinación del Tribunal.

- En el caso de que el curso estuviera incluido en el Plan de Formación del Ayuntamiento de Se-

govia: 0,020 puntos adicionales.

- La suma de puntos otorgada por haber realizado cursos de una determinada titulación o carrera

no podrán suponer más que la otorgada al conjunto de la misma.

En el caso de que en el curso se hubieran efectuado pruebas calificadoras finales y éstas no se

hubieran superado, no se valorará como mérito.

3.- La experiencia en las mismas áreas de conocimientos correspondientes a las del puesto soli-

citado de Trabajador Social se valorará hasta un máximo de 4 puntos, en la forma siguiente:

- Por cada mes de servicio en puestos de similares características en cualquiera de las Adminis-

traciones Públicas hasta un máximo de 2,75 puntos, valorándose a razón de 0,04 puntos/mes.

- Por cada mes de servicio en puestos de similares características en la Empresa Privada, hasta

un máximo de 1,25 puntos, valorándose a razón de 0,03 puntos/mes.

La experiencia no se considerará méritos cuando haya sido obtenida como consecuencia de una

comisión de servicios.

4.- Por haber superado algún ejercicio en las pruebas de acceso a cualquier Administración Pú-

blica al Cuerpo o Escala equivalente a la presente, hasta 1 punto, a razón de 0,05 puntos por cada

ejercicio superado en pruebas de acceso a cualquier Administración Pública.

5.- Acreditar la participación en cursos de aplicación informática SIUSS o SAUSS a nivel de usua-

rio, valorándose con 0,50 puntos por cada curso.

6.- Por publicaciones realizadas relacionadas con el puesto de trabajo al que se aspira hasta un

máximo de 0,75 puntos en función de las características de la publicación o publicaciones a juicio

del Tribunal.

B) FASE DE OPOSICIÓN

Ejercicios: De carácter obligatorio y eliminatorio, serán los siguientes:

Primer Ejercicio: De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por

escrito, durante un período máximo de dos horas, un tema de carácter general determinado por el

Tribunal inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio y relacionado con el programa que se

acompaña a la convocatoria, aunque no se atenga a epígrafe concreto del mismo, teniendo los aspi-

rantes amplia libertad en cuanto a su forma de exposición se refiere. Cada miembro del Tribunal po-

drá proponer dos temas, que se sortearán, salvo que se escoja uno de ellos por unanimidad.

En este ejercicio se valorará la formación general universitaria, la claridad y orden de ideas, la fa-

cilidad de exposición escrita, la aportación general del aspirante y su capacidad de síntesis.

La lectura de los ejercicios por los opositores será pública y tendrá lugar en los días y horas que

oportunamente señale el Tribunal.

Segundo Ejercicio.- Consistirá en exponer oralmente, en un periodo máximo de cuarenta y cinco

minutos, tres temas extraídos a la suerte de entre los comprendidos en el programa que figura en el

ANEXO: Uno de la Primera parte (materias comunes) y dos de la Segunda parte (materias específi-

cas).

Para ello el aspirante extraerá al azar dos temas correspondientes a la primera parte, del que ex-

pondrá uno, y tres temas de la segunda parte, de los que expondrá a su elección dos.

La realización de este ejercicio será pública. Se valorarán los conocimientos sobre los temas ex-

puestos, y si una vez desarrollados los dos primeros temas, que podrán exponerse en el orden ele-

gido por el aspirante, el Tribunal apreciara deficiencia notoria en la actuación, podrá invitar a aquel a

que desista de continuar el ejercicio.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

Una vez concluida la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre materias rela-

cionadas con los temas expuestos y solicitar explicaciones complementarias. Esta facultad del Tribu-

nal no podrá sobrepasar los ocho minutos.

Tercer Ejercicio.- Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos relacionados con las fun-

ciones a desempeñar por el titular de la plaza, durante el tiempo máximo de dos horas, y propuestos

por el Tribunal inmediatamente antes de realizarse el ejercicio.

Este ejercicio se leerá por cada aspirante en público el día y hora que señale el Tribunal.

El Tribunal podrá pedir al aspirantes, al término de la lectura del ejercicio, cuantas aclaraciones

verbales estime necesarias para la justificación de las soluciones propuestas.

La puntuación de la fase de concurso y oposición se realizará conforme se establece en la con-

vocatoria unitaria.

Como excepción a ésta la puntuación definitiva y el orden de calificación de los aspirantes estará

determinado por la ponderación de las notas otorgadas en la fase de oposición y en el concurso, su-

poniendo la calificación final de la fase de oposición el 80% y el 20% los puntos conseguidos en la

fase de méritos.

ANEXO.-

PRIMERA PARTE.- MATERIAS COMUNES:

Tema 1.- La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Estructura y Contenido. Dere-

chos y Deberes Fundamentales de los españoles.

Tema 2.- La Corona. Las Cortes Generales: composición y funcionamiento. El Gobierno: desig-

nación y renovación.

Tema 3.- El Poder Judicial. Organización judicial. El Ministerio Fiscal.

Tema 4.- Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. El Es-

tatuto de Autonomía de Castilla y León. Estructura y contenido. Competencias de la Comunidad Au-

tónoma de Castilla Y León. El Procurador del Común de Castilla y León.

Tema 5.- Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Reglamentos

y Ordenanzas Locales: clases y procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 6.- Organización y competencias municipales.

Tema 7.- El Acto administrativo. Concepto. Clases y elementos. Procedimiento Administrativo:

principios generales. Dimensión temporal del procedimiento. Fases del procedimiento administrativo

común.

Tema 8.- Los Recursos Administrativos. Concepto. Principios generales y clases.

Tema 9.- Función Pública Local I. Personal al servicio de la Entidad Local: concepto y clases.

Derechos y deberes del personal de las Entidades Locales. Derechos Económicos.

Tema 10.- Función Pública Local II. Situaciones Administrativas. Incompatibilidades. Régimen

Disciplinario. Responsabilidad civil, penal y administrativa de los servidores públicos.

Tema 11.- Contratación Pública. Tipología, procedimientos y modalidades.

Tema 12.- Presupuesto y gasto público. Recursos de los Municipios.

Tema 13.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Principios generales. Obligaciones de los

funcionarios y trabajadores en materia de prevención de riesgos.

Tema 14.- La ordenanza municipal reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento

de Segovia.

Tema 15.- La firma electrónica: Normativa reguladora. Concepto de firma electrónica y de docu-

mento electrónico.- El empleo de la firma electrónica en el ámbito de las Administraciones Públicas.-

Concepto de certificado electrónico.- Concepto y contenido de los certificados reconocidos.- Garantí-

as que ofrece el certificado electrónico: requisitos y características.

Tema 16.- Protección de datos de carácter personal: Normativa reguladora.- Objeto y ámbito de

aplicación.- Derecho de información en la recogida de datos y consentimiento del afectado.- Datos

especialmente protegidos.- Comunicación de datos de carácter personal y acceso a los datos por

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cuenta de terceros.- Derechos de las personas en la Protección de datos de carácter personal.- Cre-

ación, modificación o supresión de ficheros en Entidades Locales.

SEGUNDA PARTE.- PARTE ESPECÍFICA

Tema 17.- La Ley 39/2006, de 24 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Aten-

ción a las Personas en situación de dependencia.

Tema 18.- Baremo de valoración de la situación de dependencia. Definición. Grados y niveles de

dependencia. Derechos y obligaciones de las personas en situación de dependencia. Titulares de

derechos. Catálogo de servicios. Prestaciones económicas.

Tema 19.-. Prestación de Cuidados en el Entorno Familiar: objeto, requisitos e incompatibilida-

des. Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuida-

dores de las personas en situación de dependencia.

Tema 20.- Orden FAM/824/2007, de 30 de Abril, por la que se regula el procedimiento para el re-

conocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la

Autonomía y Atención a la dependencia. Audiencia y Consulta. Equipos Mixtos de Valoración: confi-

guración, objetivos y emisión de Dictamen.

Tema 21.- Orden FAM/1056/2007, de 31 de mayo, por la que se regulan los baremos para la va-

loración de solicitudes de ingreso y de traslados en centros residencias y en unidades de estancias

diurnas para personas mayores dependientes.

Tema 22.- Real Decreto 727/2007, de 8 de junio, sobre criterios para determinar las intensidades

de protección de los servicios y la cuantía de las prestaciones económicas de la ley 39/2006

Tema 23.- El sistema de Acción Social de la Comunidad de Castilla y León: Los Centros de Acción

Social: regulación legal, objetivos y actividades. Funcionamiento de los Centros de Acción Social.

Tema 24.- La Ley 16/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León. Princi-

pios rectores. Destinatarios del Sistema. Decreto 13/1990, de 25 de enero, por el que se regula el

Sistema de Acción Social de Castilla y León.

Tema 25.- Los Servicios Sociales Básicos. Competencias. Equipamiento y prestaciones. Los

Centros de Acción Social (C.E.A.S). Funciones del Trabajador Social y su coordinación con otros

Servicios Sociales.

Tema 26.- Servicios Sociales específicos: a) Infancia, juventud y familia. Descripción de las nece-

sidades de estos colectivos. El Reglamento del Consejo de Infancia del Ayuntamiento de Segovia.

Plan de Prevención y Control del Absentismo escolar.

Tema 27.- La promoción y defensa de los derechos de la infancia. Las actuaciones de preven-

ción, y las derivadas de situación de riesgo o desamparo. Las actuaciones en materia de menores

infractores. Distribución de competencias y funciones entre las Unidades Autónomas y las Entidades

Locales.

Tema 28.-Servicios Sociales específicos: b) Sector de mayores. Descripción de las necesidades

de este colectivo. Plan gerontológico. Marco administrativo donde se inscribe: nivel estatal, autonó-

mico y local.

Tema 29.- Servicios Sociales específicos: c) Personas con discapacidad. Descripción de las ne-

cesidades de este colectivo. La Ley de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad

universal de las personas con discapacidad. Ley 3/1998, de 24 de Junio de Accesibilidad y Supre-

sión de Barreras: objeto, ámbito de aplicación y conceptos.

Tema 30.- Servicios Sociales específicos: d) Servicios de mujer. Descripción de las necesidades

de este colectivo. Plan de Igualdad de Oportunidades en Castilla y León y en el Ayuntamiento de Se-

govia. El Reglamento del Consejo Municipal de la Mujer. El plan de acción regional contra la violen-

cia doméstica.

Tema 31.- Servicios Sociales específicos: e) Toxicomanías. Descripción de las necesidades de

este colectivo. IV Plan Municipal sobre Drogas 2011-2013; Principios, líneas estratégicas, objetivos y

planificación. Recursos y programas, acciones y proyectos a disposición de la Comunidad y perso-

nas con Drogodependencia.

Tema 32.- Servicios Sociales específicos: f) Inmigrantes, refugiados y transeúntes. Descripción

de las necesidades de este colectivo, en el área de vivienda, educativo, social, sanitario y de trabajo.

El expediente de reagrupamiento familiar y arraigo social.

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Tema 33.- Servicios Sociales específicos: g) Minorías étnicas en España. Necesidades de este

colectivo, en el área de vivienda, educativo, social, sanitario y de trabajo. Marco administrativo don-

de se inscriben: nivel estatal, autonómico y local.

Tema 34.- La ayuda a Domicilio en Castilla y León. Normativa reguladora y baremo de acceso.

Los programas de respiro familiar.

Tema 35.- La teleasistencia domiciliaria. Objetivos. Destinatarios. Recursos y tramitación. Otros

programas específicos de apoyo en el domicilio: la comida a domicilio.

Tema 36.- El Trabajo Social en los equipos de Servicios Sociales básicos (CEAS). Funciones del

equipo. Tareas específicas del Trabajador Social y su coordinación con el Animador Comunitario y

otros profesionales. La interdisciplinariedad de los Servicios Sociales.

Tema 37.- El servicio de animación y desarrollo comunitario en el ámbito de los servicios socia-

les. areas de intervención. Metodología de trabajo. El técnico de animación comunitaria y sus funcio-

nes.

Tema 38.- El proceso de socialización: los elementos y los agentes de socialización. Aprendizaje

e internalización. Persistencia y cambio. Socialización y conflicto normativo. El control de la Socie-

dad. Conformidad y Desviación. Delincuencia, Anomía y Desviación.

Tema 39.- La enfermedad mental: criterios de salud mental. Clasificación de las enfermedades

mentales. La causalidad en la enfermedad mental.

Tema 40.- Motivación. Concepto. Características de la conducta motivada. La frustración y los

conflictos. Motivación y Aprendizaje. La motivación en la relación profesional.

Tema 41.- Las comunicaciones y la información. Clases de comunicaciones. Estudio de la redes

de comunicación. Teoría de la información.

Tema 42.- Estructura social. Rol y estatus social. Las instituciones sociales. La estratificación so-

cial. Las clases y los sistemas sociales.

Tema 43- El proceso de socialización y el cambio social. El cambio social en España. Los Agen-

tes del Cambio Social: Técnicos, Ideológicos, Económicos, Políticos y Sociales.

Tema 44.- Los cambios en la sociedad actual. La globalización y sus expresiones. El multivolun-

tarismo y las nuevas identidades. Población y medio ambiente. Nuevas tecnologías y nueva estruc-

tura social. Las nuevas familias. Estado, Sociedad Civil y nuevos movimientos sociales.

Tema 45.- Investigación y Acción Social. Instrumentos o métodos en el Trabajo Social: el análisis

de documentos, la observación y la entrevista. Clases de entrevista en el estudios, el diagnóstico y

la investigación social.

Tema 46.- Concepto, objetivo y funciones del Trabajo Social. Trayectoria histórica del Trabajo So-

cial. Relación del Trabajo Social con otras ciencias.

Tema 47.- Los modelos de intervención en Trabajo Social. Concepto y funciones. Aproximación a

los principales modelos de intervención en Trabajo Social.

Tema 48.- El método en Trabajo Social: Conocimiento, método y técnicas. El método y su rela-

ción con el objeto en Trabajo Social.

Tema 49.- El caso Social: Métodos del estudios de casos. El proceso de diagnóstico, el trata-

miento y el proceso de evaluación.

Tema 50.- Repercusión en el Trabajo Social del avance de los derechos sociales: Definición, ras-

gos característicos e influencias en la evaluación del Trabajo Social.

Tema 51.- Elementos constitutivos del Trabajo Social: el componente ideológico. Los valores y los

fines del Trabajo Social. Principios y postulados del Trabajo Social.

Tema 52.- El Trabajo Social con grupos y el Trabajo Social con la comunidad.

Tema 53.- El Trabajo Social en la organización y el funcionamiento de una Institución de servicios

sociales. El ejercicio profesional en una Institución. Exigencias de la Organización y exigencias pro-

fesionales. Ética en la gestión y ética profesional.

Tema 54.- Documentación básica utilizada en Trabajo Social: la ficha, la historia psicosocial y el

Informe social. Características y finalidades de cada uno de ellos.

Tema 55.- El proceso de planificación en el Trabajo Social. Plan, programa y proyecto. La planifi-

cación por objetivo. La evaluación en el proceso metodológico del Trabajo Social. Los indicadores de

evaluación.

Tema 56.- El Estado de Bienestar. Teorías y críticas. La crisis del Estado de Bienestar.

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Tema 57.- Los Servicios Sociales en la Constitución Española, en las Comunidades Autónomas

y en la Ley de Bases de Régimen Local. Marco jurídico de los Servicios Sociales. Política social en

la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Tema 58.- Marco administrativo de los Servicios Sociales: descripción, competencias y funciones

a nivel estatal, autonómico y local.

Tema 59.- Las fases del proceso de Investigación Social: Selección y formulación del problema;

formulación de hipótesis (principal y secundarias); elaboración del modelo conceptual; selección de

la muestra; determinación del método o técnica a emplear en la investigación; análisis de datos, pre-

sentación en interpretación de resultados; informe de la investigación; conclusiones y posibilidades.

Tema 60.- Política Social y Servicios Sociales en la Unión Europea: Convergencia de objetivos

en política de protección social. El Fondo Social Europea: programas operativos, objetivos colectivos

y prioridades.

Tema 61.- Repercusión de la Política Social en la organización de los Servicios Sociales. Varia-

bles que intervienen en la concreción de las políticas sociales. Factores de cambio que afectan a los

servicios de Bienestar Social. Desarrollo futuro de la Política Social.

Tema 62.- La iniciativa social. Asociacionismo y participación ciudadana. La participación en los

Servicios Sociales. Voluntariado y Servicios Sociales.

Tema 63.- La iniciativa privada y los Servicios Sociales: Sector privado no lucrativo (asociaciones,

fundaciones, etc.). Sector privado lucrativo (sector empresarial). Vertebración de la acción pública y

privada en el sistema de los Servicios Sociales. Funciones de cada uno.

Tema 64.- Renta Garantizada de ciudadanía: Normativa, definición, situaciones de exclusión so-

cial, destinatarios, requisitos, proyecto individualizado de inserción, procedimiento, comisión y segui-

miento.

Tema 65.- La acción protectora del Estado. Prestaciones de la Seguridad Social. Las pensiones

no contributivas. El Instituto Nacional de Empleo. Prestaciones por desempleo. Competencias y fun-

ciones en materia de formación laboral.

Tema 66.- La protección de datos de carácter personal en las Entidades Locales. Ley 15/1999 y

su Reglamento. Ámbito de aplicación. Concepto de datos de carácter personal y su nivel de protec-

ción básico, medio y alto. Procedimiento de disociación. Fuentes accesibles al público. Responsa-

bles del fichero y responsable del tratamiento.

Tema 67.- Las obligaciones de las administraciones Públicas y Entidades Locales en la protec-

ción de datos protegidos. La comunicación de datos en la misma.

Tema 68.- El Acuerdo Marco y Plan Concertado con la Administración Central, y Acuerdo Marco

con la Administración Autonómica, para la financiación de los servicios sociales. Las aportaciones de

los usuarios mediante precios públicos.

Tema 69.- La exclusión social y su política de actuación. Acceso al empleo-Garantía de recursos

en el área educativa, sanitaria y familia.

Tema 70.- La cooperación internacional al desarrollo y estrategias de lucha contra la pobreza.

Los proyectos de cooperación al desarrollo. La cooperación al desarrollo en Castilla y León. II Plan

Municipal de cooperación al Desarrollo del Ayuntamiento de Segovia.

BASES ESPECÍFICAS PARA LA SELECCIÓN DE DOS PLAZAS DE BOMBEROS-CONDUCTOR

DEL SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS

Primera.- Procedimiento de selección.- Concurso-oposición, libre.

Segunda.- Normas de la plaza.

- Número de plazas: Dos plazas.

- Características de las mismas: Perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala

de Servicios Especiales. Clase: Servicio de Extinción de Incendios, dotada económicamente con las

retribuciones básicas asignadas al grupo “C2” y con las retribuciones complementarias acordadas

por la Corporación para este puesto de trabajo.

- Requisitos necesarios para acceder a las plazas:

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a.- Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional primer grado o equivalente, con-

siderándose como tal el certificado de Estudios Primarios, expedido con anterioridad a la finalización

del año académico 1975/76.

b.- Estar en posesión de carnet de conducir al menos de la clase “C2” o “C”, en su caso, copia

compulsada de dicho documento, deberá presentarse con la instancia de participación en la convo-

catoria, conforme lo establecido en la base 3 de la convocatoria unitaria.

Este requisito del apartado b) deberá mantenerse durante el tiempo en que se posea en propie-

dad la plaza, salvo que circunstancias físicas o psíquicas, debidamente justificadas, impidan la reno-

vación.

c.- Acreditar la aptitud física con la presentación de un certificado médico oficial, firmado por cole-

giado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el opositor reúne las condiciones

precisas para realizar las pruebas físicas que figuran en el Anexo a estas bases. Dicho certificado se

acompañará con la instancia de participación en la convocatoria y su aportación no excluye el poste-

rior reconocimiento médico que se realizará a los opositores.

Tercera.- Fases del proceso selectivo.- Constará de dos fases selectivas:

A/ FASE DE CONCURSO.

Consistirá en la valoración de los méritos de los aspirantes que efectúe el Tribunal sobre los ale-

gados y acreditados por los mismos en el momento de presentación de instancias, para formar parte

de este proceso selectivo, según baremos que posteriormente se indicarán.

Esta fase del concurso será previa a la de oposición y no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá

tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

La puntuación de esta fase de concurso para la propuesta de selección se le reducirá el 40 %

del valor obtenido.

BAREMO DE MERITOS PARA CONCURSO.-

1.- Por estar en posesión de titulación académica distinta a la exigida siempre y cuando estén di-

rectamente relacionadas con las funciones a desempeñar en el puesto convocado, hasta un máximo

de 1,50 puntos, a juicio del tribunal calificador.

2.- Por la participación de Cursos y Seminarios realizados por cualquier Administración Pública,

siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto solicitado, hasta

un máximo de 1,50 puntos, en la forma siguiente:

- Cursos de 10 a 20 horas: 0,035 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,060 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 0,085 puntos.

- Cursos de más de 100 horas: 0,20 puntos.

- En el caso de que no existiera constancia de la duración de los cursos, los mismos no se valo-

raran.

- Si el curso se hubiera impartido en razón a lo establecido en el art. 44 del Convenio/Reglamento

del personal al servicio de la Corporación, o tuviera carácter selectivo: 0,020 puntos (adicionales).

En el caso de que en el curso se hubieran efectuado pruebas calificadoras finales y éstas no se

hubieran superado, no se valorará como mérito.

3.- La experiencia en trabajos relacionados con las funciones correspondientes a las del puesto

solicitado se valorará hasta un máximo de 1,50 puntos, en la forma siguiente:

- Por cada mes de servicio en puestos de similares características en cualquiera de las Adminis-

traciones Públicas hasta un máximo de 1,00 puntos, a razón de 0,02 puntos/mes.

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- Por cada mes de servicio en puestos de similares características en la Empresa Privada, hasta

un máximo de 0,50 puntos, a razón de 0,01 puntos/mes.

Cuando el tiempo desempeñado en la Administración Pública, coincida con el desempeño en la

empresa privada, sólo se valorará el de mayor puntuación.

B/ FASE DE OPOSICION.- Constará de los siguientes ejercicios:

1.- Prueba de aptitud física.

Las pruebas a superar vienen recogidas en el ANEXO B de esta Convocatoria. No se superará la

prueba por no conseguir la marca mínima de 5 puntos en cada una de la pruebas o no ser APTO en

la prueba de vértigo.

El orden de las pruebas es el recogido en el Anexo B

La calificación de esta prueba se realizará de 0 a 10 puntos, una vez llevada a cabo la media de

las puntuaciones establecidas de las nueve pruebas del ANEXO B, siendo eliminados los aspirantes

que no alcancen un mínimo de 5 puntos o no sean APTOS en la prueba de vértigo

2.- Prueba de conocimientos: se desarrollarán por escrito en dos partes en el mismo acto:

Primera parte: Consistirá en contestar por escrito, durante un tiempo máximo de una hora un cuestionario de 14

preguntas que versarán sobre los temas que se señalan. Se pondrán 7 del punto uno, 4 del punto

dos y 3 del punto tres:

1.- Callejero del municipio de Segovia y barrios incorporados.

2.- Edificios de interés administrativo, público y monumentos ubicados en la ciudad con defini-

ción de calles.

3.- Primera parte del temario Anexo C

Segunda parteQue consistirá en contestar por escrito durante un tiempo máximo de una hora y media un cues-

tionario de 30 de preguntas como máximo relativas al temario específico de la oposición recogido en

el Anexo C; PARTE II

Este ejercicio se valorará conjuntamente hasta 10 puntos de la siguiente manera:

a) La primera parte teórica escrita tendrá una puntuación máxima de 2 puntos y mínima de 1 pun-

to.

b) La segunda parte teórica escrita tendrá una puntuación máxima de 8 puntos y mínimo de 4

puntos.

La puntuación final de este ejercicio vendrá dada por la suma de las puntuaciones otorgadas. No

conseguir el mínimo en cada una de las dos pruebas supone no superar esta prueba de conocimien-

tos.

3.- Ejercicio práctico: Que se realizará por escrito y consistirá en la redacción de un informe con propuesta de resolu-

ción, sobre uno o varios supuestos prácticos que planteará el Tribunal inmediatamente antes del co-

mienzo del ejercicio, relativas a tareas propias de las funciones asignadas a la categoría. El tiempo

de ejecución del ejercicio estará en función de su dificultad y extensión.

En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la sistemática del

planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de las nor-

mas y criterios aplicables.

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La calificación de esta prueba será de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no al-

cancen el mínimo de 5 puntos.

4.- Test psicotécnico donde se valorará primordialmente la aptitud de personalidad e inteligencia

de los aspirantes en cuanto a su capacidad relacional y ajuste emocional. La calificación de esta

prueba será de 0 a 10 puntos siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5

puntos. En el caso de que se estimara necesario para la resolución de esta prueba de aptitud, se po-

dría llevar a cabo entrevista personal con todos o algunos de los aspirantes.

5.- Reconocimiento médico.-

Tendrá carácter eliminatorio y se ajustará a las condiciones establecidas en el Anexo A, de esta

Convocatoria. La calificación será de APTO o NO APTO.

Para la realización de esta fase de oposición serán nombrados los colaboradores que el Tribunal

estime oportunos.

Cuarta.-Anexos a las presentes Bases:

ANEXO A

CUADRO DE EXCLUSIONES MEDICAS QUE REGIRÁ PARA EL INGRESO EN EL SERVICIO DE

EXTINCIÓN DE INCENDIOS

A) Antropometría

1.- Obesidad o delgadez manifiesta que dificulte o incapacite para el ejercicio de las funciones

propias del cargo o menoscabe las reservas fisiológicas, cardio-respiratorias o prolongue su recupe-

ración.

2.- La dinamometría con el estenómetro de Blok superará las cifras de 30 (mano dominante), divi-

siones de la escala inferior en los varones y 25-30 en las mujeres.

B) Enfermedades generales

3.- Anomalías cromosómicas.

4.- Tuberculosis clínicamente activa, o en etapa de tratamiento.

5.- Sífilis en cualquier estado.

6.- Parasitosis y micosis de cualquier etiología.

7.- Fiebre reumática.

8.- Colagenosis y conectivopatías.

9.- Artritis reumatoide.

10.- Sarcoidosis

11.- Hemocromatosis

12.- Enfermedades de Wilson

13.- Neoplasias malignas, neoplasias benignas que produzcan alteración funcional.

C) Aparato locomotor.

14.- Mutilación de un pulgar de tal forma que dificulte la aprehensión.

15.- Pérdida de más de una falange del dedo índice de cualquier mano.

16.- Pérdida de cualquier dedo de cualquier mano, excepto el anular de la mano derecha, si es

zurdo, o de la mano izquierda si es diestro.

17.- Pérdida de la falange distal y media de dos dedos de la misma mano.

18.- Deformidad de Madelung.

19.- Pie equino varo de cualquier grado.

20.- Dedos en martillo. Hallux valgus, que dificulten la locomoción.

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21.- Pies planos rígidos. Pie adductus.

22.- Pérdida del primer dedo de un pie.

23.- Pérdida de dos dedos de un mismo pie.

24.- Sindactilia completa de los dedos de un pie.

25.- Secciones, rotura, anomalías, atrofias tendinosas o musculares así como retracciones apo-

neuróticas o cicatrices que incapaciten o disminuyan la función de un miembro.

26.- Lesiones articulares con incapacidad o insuficiencia funcional (anquilosis, insuficiencia liga-

mentosa intrínseca o extrínseca, luxaciones, rigideces articulares).

27.- Luxaciones recidivantes (rótula, hombro, etc.)

28.- Sinovitis crónica.

29.- Osteocondritis disecante Condromatosis y la presencia de ratones articulares o historias de

bloqueos.

30.- Osteocondrosis (secuelas de phertes), Kohler I. Kohler II.Freiberg, síndrome de Kiembock.

31.- Artritis específica.

32.- Artrosis.

33.- Cojeras por acortamiento de más de 3 centímetros.

34.- Genu valgu, genu varo, genu recurvatum y entecurvatum.

35.- Atrofia y gigantismo total o parcial de un miembro en tal grado que dificulte la función o sea

muy aparente.

36.- Procesos reumáticos crónicos.

37.- Deformidades del cráneo (macrocefalia, microcefalia, turricefalia, escafocefalia).

38.- Tórax en quilla (pectus infundiliformes). Torax de pichón (pectus carinatum). Torax escava-

tum.

39.- Supraelevación congénita de la escápula (deformidad de Sprenge). Síndrome de Ferl-klippel.

40.- Tortícolis congénita (miógeno y óseo).

41.- Osteomelitis crónica de cualquier localización. Osteítis salmonelósica, meningocócica, meli-

tocócica, etc.

42.- Secuelas raquíticas. Espondilosis deformante.

43.- Espina bífida y cifosis patológica.

44.- Escoliosis de cualquier etiología de más de 10 por 100.

45.- Alteraciones degenerativas del disco intervertebral. Síndrome ciático.

46.- Espondilolistesis. Espondiloartrosis anquilopoyética. Espondilitis.

47.- Osteopatías. Osteomalacia. Osteoporosis.

48.- Enfermedades sistemáticas del esqueleto.

49.- Atrofia muscular. Miositis osificante.

50.- Distrofia muscular progresiva.

51.- Miotonía congénita. (Oppenhein).

52.- Secuelas postpoliomielíticas o parálisis de cualquier etiología que ocasionen disfunción.

53.- Cualquier anomalía de conformación que ocasione disfunción.

D) Metabolismo y endocrinología.

54.- Anomalías congénitas del metabolismo.

55.- Hipo o hiperfunción tiroidea, suprarrenal, paratiroides y pancreática.

56.- Hipogonadismos masculinos y femeninos.

57.- Diabetes Mellitus en cualquier estado diagnosticable.

58.- Hiperuricemia sintomática.

E) Aparato cardiovascular.

59.- Cardiopatías congénitas y anomalías de los grandes vasos.

60.- Síntomas o signos de insuficiencia cardíaca.

61.- Valvulopatías.

62.- Hipertensión arterial sistemática en cualquier estado, definida por sistólica superior a 150 o

diastólica superior a 90 milímetros.

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63.- Hipotensión inferior a (95-50).

64.- Historia de pérdida de conciencia en más de dos ocasiones de cualquier etiología.

65.- Hipersensibilidad del seno carotídeo.

66.- Arritmias extrasinusales, excepto extrasistólicas ocasionales.

67.- Bloqueos de conducción a cualquier nivel y en cualquier grado. Portador de marcapasos.

68.- Cardiopatía isquémica.

69.- Pericarditis, endocarditis, miocarditis y miocardiopatías de cualquier etiología.

70.- Insuficiencia arterial periférica en cualquier grado.

71.- Insuficiencia venosa periférica que produzca signos de éxtasis o alteraciones tróficas o dila-

taciones varicosas llamativas. Secuelas postrombo flebíticas.

72.- Malformaciones arteriovenosas, Shunts arteriovenosos. Aneurismas arteriales.

73.- Arteritis de cualquier etiología.

74.- Cor pulmonale.

75.- Elefantiasis de cualquier causa o linfedema.

F) Aparato respiratorio.

76.- Bronconeumopatías obstructivas crónicas en cualquier estado evolutivo.

77.- Estenosis traquiales y bronquiales.

78.- Neumotoras espontáneo.

79.- Bullas y neumatoceles.

80.- Atelectasias lobares.

81.- Neumoconiosis y fibrosis pulmonar.

82.- Síndromes de ocupación pleural agudos o crónicos.

83.- Insuficiencias ventilatorias obstructivas, restrictivas o mixtas.

84.- Neumonectomías, lobectomías o segmentectomías o ausencias o agenesias de estas es-

tructuras.

G) Aparato digestivo.

85.- Ausencia o pérdida total o parcial de la dentadura y no corregida. Deformaciones llamativas.

86.- Estenosis y dilataciones esofágicas y gástricas.

87.- Diarrea crónica y síndrome de malabsorción de cualquier etiología.

88.- Historia de pancreatitis agudas y crónicas, quistes, sudoquistes pancreático.

89.- Mucoviscidosis.

90.- Colecistitis agudas y crónicas y colelitiasis. Disquinesias biliares.

91.- Hepatitis y colostasis agudas.

92.- Hepatopatías crónicas en cualquier estado evolutivo.

93.- Granulomatosis hepáticas.

94.- Enfermedad ulcerosa esófago gastroduodenal.

95.- Resecciones de cualquier tramo del tubo digestivo (excepto apendiceptomía)

96.- Fístulas digestivas a cualquier nivel.

97.- Herniaciones abdominales no corregidas.

98.- Encopresis de cualquier etiología.

99.- Poliposis colónica múltiple.

100.- Enfermedad inflamatoria crónica (Enfermedad de crown, colitis ulcerosa, colitis granuloma-

tosa, etc.)

H) Piel y Faneras.

101.- Enfermedades inflamaciones crónicas de la piel y anejos cutáneos.

102.- Lesiones por fotosensibilidad.

103.- Liquen Ruber Plano.

104.- Ictiosis.

105.- Cicatrices retráctiles o cualquier otra lesión que produzca limitación funcional.

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106.- Enfermedades eritematosa, ezcemosas, vesiculosas y ampollosas, extensas, persistentes

y/o recidivantes.

I) Aparato urinario.

107.- Malformaciones congénitas, excepto meduloespogiosis, y quistes renales solitarios y riñón

doble.

108.- Síndrome de insuficiencia renal aguda, crónica o nefrótica de cualquier etiología.

109.- Tubulopatías tóxicas y secundarias a enfermedades generales (mercuriales, sulfamíricas,

mielomatosa, gotosa, etc.

110.- Tubulopatías congénitas (diabetes de fostatos, síndrome de Tony Debre Fanconi, diabetes

insípida renal, acidosis tubulares, etc.)

111.- Pielonefritis agudas o crónicas.

112.- Nefrectomía previa.

113.- Litiasis renal.

114.- Nefroesclerosis de cualquier etiología.

115.- Glomerulonefritis de cualquier etiología.

116.- Infecciones del tracto urinario a cualquier nivel, agudas o crónicas.

117.- Enuresis.

118.- Hidronefrosis.

J) Aparato genital femenino

119.- Disgenesias, hipogenesias y agenesias gonodales y genitales. Hermafroditismos verdade-

ros.

120.- Prolapsos genitales. Cistocele.

121.- Infecciones genitales crónicas.

122.- Leucoplasia y otras lesiones precancerosas a cualquier nivel.

123.- Miomas uterinos.

124.- Endometriosis.

K) Aparato genital masculino.

125.- Disgenesias, hipogenesias y agenesias gonodales y genitales. Hermafroditismos verdade-

ros. Pseudohermafroditismo.

126.- Síndrome de testículo feminizante.

127.- Hidrocele y variocele.

128.- Criptoquidia.

L) Sangre y órganos hematopéyicos.

129.- Leucosis y enfermedades del sistema reticulocitario.

130.- Diatesis hemorrágicas de cualquier etiología.

131.- Enfermedades lifoproliferativas.

132.- Neoplasias eritroides.

133.- Síndrome de deficiencia inmunitaria.

134.- Enfermedades auto inmunes.

135.- Anemias de cualquier etiología.

M) Aparato visual.

136.- Agudeza visual sin corrección, deberá ser superior a los 2/3 de la visión normal en ambos

ojos.

137.- Nistagmus.

138.- Exoftalmos unilateral o bilateral.

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139.- Albinismo.

140.- Ptosis palpebrales.

141.- Catarata evolutiva o incipiente.

142.- Subluxación del cristalino.

143.- Glaucoma agudo crónico.

144.- Retinosis pigmentaria.

145.- Paresias o parálisis de la musculatura extrínseca ocular.

146.- Diplopia.

147.- Estrabismo acentuado.

148.- Daltonismo.

149.- Ectropion.

150.- Entropion.

151.- Dacriocistitis.

152.- Heterecromia iridiana muy manifiesta.

153.- Pterigion que sobrepase el limbo esclero-corneal o que sea progresivo.

N) Reconocimiento otorrinolaringológico.

154.- Capacidad auditiva: deberá ser superior al 75% de lo normal en ambos oidos, previa deter-

minación audiométrica.

155.- Disfonía, parálisis de una cuerda vocal de cualquier origen.

156.- Tartamudez.

157.- Perforaciones del paladar duro y blando. Atresia de Coanas.

158.- Malformaciones o deformaciones congénitas o adquiridas de la nariz que perturben la fun-

ción respiratoria, fonatoria o de la olfación.

159.- Desviación del tabique nasal: congénita o adquirida, que impida o disminuya en un 50% la

correcta respiración nasal.

160.- Ocena.

161.- Sinusitis crónica.

162.- Malformaciones del oído congénitas o adquiridas. Atresias del conducto auditivo externo.

Fístulas retroauriculares, etc.

163.- Procesos infecciosos agudos o crónicos del oido externo, medio o interno en tanto no se

obtengan la completa recuperación anatómica funcional. Perforación timpánica.

O) Sistema nervioso.

164.- Síndromes de hipertensión intracraneal aguda o crónica.

165.- Neuropatías periféricas parciales o totales.

166.- Enfermedades del sistema extrapiramidal.

167.- Epilepsias en cualquiera de sus formas. Cuadros comvulsivos de cualquier etiología.

168.- Síndromes vertiginosos de cualquier etiología.

169.- Agenesias, hipogenesias y malformaciones del SNC y periférico.

170.- Temblor de cualquier etiología.

171.- Cefálea postraumática de más de 3 meses de evolución.

172.- Síndrome cerebeloso o alguno de sus componentes principales.

P) Otras patologías que pudieran ser evaluadas en función del grado de sospecha que se derive

de la historia clínica y exploración física realizada, con reconocimiento específico por especialista:

173.- Alteraciones psiquiátricas

174.- Intoxicaciones crónicas

Q) Pruebas:

Análisis de sangre

Análisis de orina

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Radiografía de torax

Revisión oftalmológica por especialista en sospecha de patología

Electrocardiograma

Audiometría

Espirometría

R) Pruebas complementarias:

Se realizarán en función de las alteraciones detectadas, según criterio del Médico reconocedor.

ANEXO B

PRUEBAS DE APTITUD FISICA PARA BOMBEROS - CONDUCTORES DEL SERVICIO DE

EXTINCION DE INCENDIOS

DESARROLLO Y ORDEN DE PRUEBAS FISICAS:

Prueba 1.- Subir a brazo por una cuerda lisa y partiendo de posición de sentado a una altura de 6

m., para los hombres y de 5,50 m., para las mujeres, medidos desde el suelo a la marca que estará co-

locada en la cuerda, realizándose la subida a pulso con ambas manos, siendo la salida en posición de

sentado, no pudiendo tocar el suelo con las piernas una vez que se haya empezado la prueba.

Ejecución:

Cuando este dispuesto flexionará los brazos no haciendo presa en la cuerda ni con los pies ni

con piernas, e ira trepando a lo largo de la misma hasta superar con una mano la marca situada en

la cuerda y con la otra mano tocar la campana situada por encima de la marca.

No se permite salto previo al inicio de la prueba ni la utilización de guantes.

Medición:

Se realizará directamente a la vista, basándose en las marcas de la cuerda. No se considera vali-

da la realización del ejercicio cuando no se alcance con las dos manos la marca señalada en el

tiempo establecido.

Intentos:

Un solo intento

Invalidaciones:

Se considerará que no es valida la realización cuando no se alcance con ambas manos la marca

establecida en el tiempo estipulado.

Marcas mínimas:

Hombres: Una altura de 6 m. en un tiempo de 10 segundos.

Mujeres: Una altura de 5,50 m., en un tiempo máximo de 12 segundos.

HOMBRES:

10 “ 9 “ 8 “ 7 “ 6 “ 5 “

5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos 9 puntos 10 puntos

MUJERES:

12 “ 11 “ 10 “ 9 “ 8 “ 7 “

5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos 9 puntos 10 puntos

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Prueba 2.- Salto altura con los pies juntos, sin carrera, concediéndose un solo intento. Se permi-

te levantar talones y el ballesteo de piernas, sin que ello pueda implicar desplazamiento previo a la

acción del salto.

Disposición:

El aspirante se colocará frente a una cuerda o listón situado a la altura mínima exigida.

Ejecución:

Cuando se halle dispuesto el aspirante apoyado los pies en el suelo, se proyectará su cuerpo ha-

cia delante con objeto de pasar por encima de la cuerda o listón. Está permitido el balanceo sobre la

punta-talón del pie o la elevación del talón antes del salto.

Intentos:

Un solo intento por cada marca.

Invalidaciones:

El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquel en

que una vez separados los pies del suelo vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definiti-

va.

- Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultaneo de los pies sobre el

suelo.

- Es nulo el salto en el aspirante derribe el listón.

- Es nulo el salto de cabeza.

Marcas mínimas:

Hombres mínimo 100 cm.

Mujeres mínimo 95 cm.

Marcas:

HOMBRES:

100 cm. 105 cm. 110 cm. 115 cm. 120 cm. 125 cm.

5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos 9 puntos 10 puntos

MUJER:

95 cm. 100 cm. 105 cm. 110 cm. 115 cm. 120 cm.

5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos 9 puntos 10 puntos

Prueba 3.- Prueba de fuerza.- Levantado con las dos manos un peso de cuarenta kg para los

hombres y de 30 kg para las mujeres, ocho veces seguidas, realizando el ejercicio sin soltar las

manos de la barra, levantándolo por encima de la cabeza con extensión completa de brazos y to-

cando el suelo después de cada levantamiento, de forma continua y en un tiempo de máximo de

25 “.

Disposición:

El aspirante se colocará frente al peso agarrándolo con ambas manos.

No se permite la utilización de guantes.

Siendo la posición del ejercicio de pie.

Ejecución:

Sin soltar las manos levantará el peso ocho veces seguidas por encima de la cabeza con exten-

sión completa de brazos y tocando el suelo después de cada levantamiento

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Medición:

Será manual con cronometro, que se podrá en funcionamiento a la señal de comienzo de la prue-

ba y se detendrá cuando el aspirante suelte la barra una vez finalizada la misma.

Intentos:

Un solo intento.

Invalidaciones:

La no realización de la prueba en el tiempo establecido, la no extensión completa de los brazos y

soltar las manos de la barra antes de finalizar.

Marcas:

Hombres 40 Kg.

Mujeres 30 Kg.

25 “ 23 “ 21 “ 19 “ 17 “ 15 “

5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos 9 puntos 10 puntos

Prueba 4.- Saltos ininterrumpidos sobre banco sueco.- Posición inicial: El ejecutante se situa-

rá de pie al costado del banco, con los pies juntos, y a la voz del juez de la prueba, iniciará los saltos

sin interrupción.

Disposición:

El ejecutante se situará de pie al costado del banco con los pies juntos.

Ejecución:

El aspirante a la voz de del juez de la prueba, iniciará los saltos con los pies juntos sin interrup-

ción.

Medición:

Será manual con cronometro, que se podrá en funcionamiento a la señal de comienzo de la prue-

ba y se detendrá cuando el aspirante realice el último salto o haya finalizado la misma.

Intentos:

Un solo intento.

Invalidaciones:

No se contarán como válidos aquellos saltos que se realicen botando sobre el terreno o que son

interrumpidos por falta de coordinación o destreza.

Marcas:

Hombres mínimo 35 veces en 30 “.

Mujeres mínimo 30 veces en 30 “.

HOMBRE:

35 veces 40 veces 45 veces 50 veces 55 veces 60 veces

30 “ 35 “ 40 “ 45 “ 50 “ 55 “

5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos 9 puntos 10 puntos

MUJER:

30 veces 35 veces 40 veces 45 veces 50 veces 55 veces

30 “ 35 “ 40 “ 45 “ 50 “ 55 “

5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos 9 puntos 10 puntos

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Prueba 5.- Flexiones de brazos en barra fija.- El aspirante se colocará cogiendo la barra con

las dos manos y con los nudillos de las manos mirando a la cara, con separación de estas el ancho

de los hombros y con los brazos totalmente extendidos. La totalidad del cuerpo, espalda, glúteos es-

tará en el mismo plano, la parte inferior de las piernas se doblaran para realizar el ejercicio los que

puedan tocar con estas en el suelo.

Disposición:

El aspirante se colocará cogiendo la barra con las dos manos y con los nudillos de las manos mi-

rando a la cara, con separación de estas el ancho de los hombros y con los brazos totalmente ex-

tendidos

Ejecución:

Colocado el aspirante este flexionará y extenderá los brazos cuantas veces pueda, hasta so-

brepasar con la barbilla la barra, encontrándose en todo momento el cuerpo en posición verti-

cal.

Medición:

Será manual con cronometro, que se podrá en funcionamiento a la señal de comienzo de la prue-

ba y se detendrá cuando el aspirante realice la última flexión o haya finalizado la misma.

Intentos:

Un solo intento

Invalidaciones:

No se contaran como válidas las flexiones que no se realicen

- La extensión total del brazo.

- Las que realicen culebreos con el cuerpo para coger impulso y realizar la flexión.

- Las que no sobrepasen la barbilla estando esta en posición horizontal por encima de la barra

Marcas:

Hombres mínimo 14 veces en 28 “.

Mujeres mínimo 12 veces en 24 “.

HOMBRE:

14 veces 16 veces 18 veces 20 veces 22 veces 24 veces

28 “ 32 “ 36 “ 40 “ 44 “ 48 “

5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos 9 puntos 10 puntos

MUJER:

12 veces 14 veces 16 veces 18 veces 20 veces 22 veces

24 “ 28 “ 32 “ 36 “ 40 “ 44 “

5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos 9 puntos 10 puntos

Prueba 6.- Salto de longitud con los pies juntos.- Disposición del aspirante, se colocará ante

una marca de 1 metro de larga y de 0,50 cm. de ancha marcada en el suelo, paralela al foso de sal-

tos y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior al mismo.

Ejecución:

Cuando se halle dispuesto, el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para,

apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer al foso. Está permitido

balancearse sobre punta-talón del pie, o la elevación del talón antes del salto.

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Medición:

Se efectuará desde la parte de la línea más alejada del foso hasta la última huella que deje el

cuerpo del aspirante sobre la arena del foso.

Intentos:

Un solo intento.

Invalidaciones:

El salto debe realizarse con un sólo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquél en

el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión defi-

nitiva.

Es nulo el salto en el que el aspirante pise la línea en el momento de la impulsión. Así como

aquél que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo.

Marcas:

Hombres: Longitud mínima 2,25 m.

Mujeres: Longitud mínima 2,15 m.

HOMBRES:

2,25 m. 2,30 m. 2,35 m. 2,40 m. 2,45 m. 2,50 m.

5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos 9 puntos 10 puntos

MUJERES:

2,15 m. 2,20 m. 2,25 m. 2,30 m. 2,35 m. 2,40 m.

5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos 9 puntos 10 puntos

Prueba 7.- Carrera Ritmo-resistencia: Consistirá en correr la distancia de 1.500 m., en pista o

pavimento compacto. Disposición: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudien-

do realizar la salida de pie o agachado, sin tacos. Una salida nula conlleva la descalificación del opo-

sitor.

Disposición:

El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o aga-

chado, sin tacos.

Ejecución:

El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o aga-

chado, sin tacos.

Medición:

Será manual con crono, que se pondrá en marcha al comienzo de la prueba y se parará cuando

el aspirante traspase la línea de llegada.

Intento: Uno sólo.

Invalidaciones:

Una salida nula conlleva la descalificación del opositor.

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Marca:

El tiempo máximo para esta prueba es de 4 minutos 55 segundos para los hombres y de 5 minu-

tos 15 segundos para las mujeres.

HOMBRE:

4 ´ 55 “ 4 ´50 “ 4 ´45 “ 4 ´40 “ 4 ´ 35 “ 4 ´30 “

5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos 9 puntos 10 puntos

MUJERES:

5 ´15 “ 5 ´10 “ 5 ´05 “ 5 ´00 “ 4 ´55 “ 4 ´50 “

5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos 9 puntos 10 puntos

Prueba 8.- Velocidad agilidad (test de Barrow). Posición inicial: de pie al lado del poste y tras

la línea de salida.

Disposición:

El aspirante se colocará de pie al lado del poste y tras la línea de salida.

Medición:

Será manual con crono, que se pondrá en marcha al comienzo de la prueba y se parará cuando

el aspirante traspase la línea de llegada o punto de llegada.

Ejecución:

La finalidad de la prueba es recorrer en el menor tiempo posible un circuito en forma de “ocho”

delimitado por cinco postes, cuatro de ellos, señalando los vértices de un rectángulo de 9 por 5 me-

tros y el quinto en el centro (ver gráfico). Los aspirantes deben completar dos vueltas al circuito, una

en cada sentido ( recorrido A y B en el gráfico). Entre recorridos se para el cronometro y se deja 10”

para colocarse en la posición del segundo recorrido. El tiempo es la suma de los dos recorridos A y

B.

Intento:

Un solo intento

Invalidaciones:

La prueba se considera nula:

Si se derriba uno de los postes

Si el aspirante se sale del recorrido.

Marca:

Hombres: Máximo 24 “

Mujeres: Máximo 25 “

HOMBRES:

24 “ 23,5 “ 23 “ 22,5 “ 22 “ 21,5 “

5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos 9 puntos 10 puntos

MUJERES:

25 “ 24,5 “ 24 “ 23,5 “ 23 “ 22,5 “

5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos 9 puntos 10 puntos

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Prueba 9.- Natación: Consistirá en nadar 50 metros en estilo libre, sin detenerse.

Disposición:

Los aspirantes deberán efectuar la salida desde dentro de la piscina tocando la pared de salida

al menos con una mano.

Ejecución:

Una vez dada la salida los aspirantes realizarán nadando 50 metros en estilo libre, debiendo to-

car claramente el borde de llegada con alguna de las manos.

Es obligatorio el uso de gorro. Se permite la utilización de gafas de natación.

Medición:

Será manual con cronometro, que se pondrá en funcionamiento a la señal de comienzo de la

prueba y se detendrá cuando el aspirante toque el borde de llegada.

Intentos:

Un solo intento.

Invalidaciones:

Serán causas de invalidación el sujetarse a la corchera, rebosadero etc., o rebasar el tiempo má-

ximo establecido.

Marcas:

Hombres: Máximo 40 “

Mujeres: Máximo 44 “

HOMBRES:

40 “ 38 “ 36 “ 34 “ 32 “ 30 “

5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos 9 puntos 10 puntos

MUJERES:

44 “ 42 “ 40 “ 38 “ 36 “ 34 “

5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos 9 puntos 10 puntos

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Prueba 10.- Prueba de vértigo, realizada en el vehículo del Servicio de Extinción de Incendios

(E1) auto-escala, consistiendo en subir por la escalera hasta la cesta y después bajar por la escale-

ra hasta el suelo, encontrándose la escala desplegada en su máxima extensión e inclinación

(65º/70º). La prueba se realizará colocándose el aspirante un arnés de seguridad y atado con una

cuerda. En un tiempo máximo de 2 minutos 15 segundos para los hombres y 2 minutos 30 segundos

para las mujeres.

Ejecución:

La posición de subida y bajada será con el rostro enfrentado a los peldaños

Deben llegar a tocar al menos con una mano la cesta o la marca que podrá ser visual o acústica

y comenzar el descenso.

Medición.

La edición será manual con cronometro, que se pondrá en funcionamiento a la señal de comien-

zo de la prueba y se detendrá cuando el aspirante termine el descenso.

Intentos

Un solo intento.

Invalidaciones:

No se permitirá otra posición que la señalada en la ejecución de la prueba, no se permite saltear

peldaños ni en la subida ni en la bajada.

Marcas:

2 minutos 15 segundos para los hombres

2 minutos 30 segundos para las mujeres

ANEXO C

TEMARIO DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA COBERTURA DE DOS PLAZAS DE

BOMBERO-CONDUCTOR DEL SERVICIO DE EXTINCION DE INCENDIOS.

PARTE I

TEMA 1.- La organización territorial del Estado. Los estatutos de autonomía. Su significado.

TEMA 2.- El régimen local español. Principios constitucionales.

TEMA 3.- El Municipio. La Organización municipal. Competencias.

TEMA 4.- La Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimientos adminis-

trativo común. Dimensión temporal del procedimiento. Los recursos administrativos.

TEMA 5.- El personal al servicio de las Corporaciones locales. Derechos y deberes. Derechos

pasivos. Régimen disciplinario. Incompatibilidades.

TEMA 6.- Miembros que integran el Cuerpo o Subgrupo de Extinción de Incendios,. La estructura

de las responsabilidades. Niveles de la estructura. Reglas de estructura. Categorías y deberes que

incumben a Sargentos, Sargentos-Conductores, Cabos, Bomberos-Conductores y Bomberos.

PARTE II

TEMA 7.- Definición de la siguiente terminología: Agente extintor. Agente impulsor. Antideflagran-

te. Bleve. Bola de fuego. Carga de fugo. Compartimentación. Conducción. Combustión súbita gene-

ralizada. Confinamiento. Deflagración. Detonación. Estabilidad al fuego. Estanqueidad al fuego. Ex-

plosión. Golpe de ariete. Ignición. Ignifugación. Ignifugante. Ignífugo. Inhibición. Parallamas. Pintura

intumescente. Pirólisis. Sector de incendio. Vestíbulo de independencia. Vía de evacuación.

TEMA 8.- Combustibilidad de sólidos: Compactos, disgregados, pulverulentos. Combustibilidad

de líquidos y gases: Autoinflamación, Intervalo de inflamabilidad, Puntos de inflamación. Mecanis-

mos de extinción: Enfriamiento, Retirada de aporte, Dilución, Sofocación, Inertización, Inhibición.

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TEMA 9.- Naturaleza del fuego. Combustión. Fuego: Combustibles, Comburente, Energía de acti-

vación, Reacciones en cadena, Comportamiento frente al fuego de los materiales, Clasificación de

los fuegos, Carga térmica y curvas de fuego, Transmisión de calor, Productos y manifestaciones de

la combustión. . Mecanismo de Extinción. Clasificación de los fuegos. Características de los com-

bustibles líquidos. Causas más frecuentes de los incendios.

TEMA 10.- Medidas preventivas. Elementos de un apeo y un apuntalamiento. apeo con madera,

o metálico de los distintos elementos que componen las edificaciones, condiciones constructivas de

estos y metodología a seguir. Diferentes tipos de andamiaje.

Tema 11.- Lectura e interpretación de planos, escalas, simbología más común, empleada en re-

presentación de medidas de protección contra incendios y Señalización de estos medios.

TEMA 12.- Documento Básico Seguridad Incendios (DB-SI). RD 393/2007 Norma Básica de Au-

toprotección. RD 226/2004 Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos In-

dustriales.

TEMA 13.- 1.- Socorrismo. Definición. Normas generales de actuación ante un accidente. Heridas

y hemorragias: Clasificación y comportamiento, 2.- Quemaduras: Clasificación, manejo y complica-

ciones, Schock, Asfixia e Intoxicaciones.

TEMA 14.- Mercancías peligrosas. Definiciones. Enumeración de las distintas clases.

TEMA 15.- Generalidades de las mercancías peligrosas. Transporte. Riesgos generales y normas

de actuación en caso de emergencia de las principales clases. Medidas generales contra incendios.

Clases de fuego y agentes extintores.

TEMA 16.- Sistemas de extinción fijos: Boca de incendio equipada (BIE). Hidrantes. Rociadores

automáticos de agua. Columna seca, según norma UNE.

TEMA 17.- Sistemas de detención de incendio: Definición. Técnica de construcción. Aplicación

del sistema. Zonificación. Componentes del sistema: Detectores automáticos y zócalos. Pulsadores

manuales. Indicadores de acción. Central de señalización y control. Líneas. Alimentación eléctrica.

Operaciones de control.

TEMA 18.- Conocimiento de instalaciones eléctricas de edificios. Aparatos elevadores, ascenso-

res, plataformas, escaleras metálicas. Generadores eléctricos. Transformadores eléctricos. Baterías

de acumuladores.

TEMA 19.- Redes de abastecimiento de agua, formas de cada tipo de red, ventajas y desventa-

jas. Fundamentos de Hidráulica. Unidades y conceptos básicos. Hidroestática. Líquidos que no es-

tán en movimiento. Hidráulica. Líquidos que están en movimiento. Bombas. Descripción y funciona-

miento. Cabitación. Material complementario para abastecimiento de agua para lucha contra

incendios.

TEMA 20.- Conocimiento de materias de construcción actualmente. Elementos resistentes. Fábri-

cas. Pórticos. Tipos de estructuras. Tipos de forjados y tipos de cubierta. Conocimientos del compor-

tamiento de cada uno de estos al fuego. Cajas de escalera.

TEMA 21.- 1.- Tipos de Locales Públicos Bajo Rasante. Riesgos a considerar en Locales Públi-

cos Bajo Rasante. Desarrollo del incendio y problemas que producen estos tipos de locales. Proble-

mas de la extinción y medidas posibles, 2.- Aparcamiento subterráneo: su morfología. Tipos de

aparcamiento. Formas de accesibilidad exterior. Materiales combustibles en un aparcamiento: Sus

características. Origen y desarrollo del incendio y problemas que producen. La extinción manual del

incendio y la ventilación.

TEMA 22.- Factores que intervienen en un incendio forestal. Causas de los incendios forestales.

Cómo prevenir un incendio forestal. Como actuar ante un incendio forestal. Como deben emplearse

los medios terrestres. La Seguridad en los trabajos de extinción.

TEMA 23.- Conocimiento del callejero de Segovia y peculiaridades de la ciudad e itinerarios. Enu-

meración de los principales centros de carácter civil, militar y religioso. Edificios de interés público y

monumentos radicantes en la ciudad, con designación de calles, plazas y lugares donde se hallan

enclavados. Manejo de planos y escalas.

TEMA 24.- Propagación de un incendio. Orígenes del foco. Efecto chimenea. Chimeneas, forja-

dos, cámaras, sótanos, bodegas, calderas fuel-oil, oficinas, viviendas, sala A/A y conductos ventila-

ción. Propagación según el lugar de comienzo del foco. Formas de actuar en cada caso.

TEMA 25.- Equipos Especiales. Equipo de agente doble. Lanza de penetración Conexión Univer-

sal. Válvula portátil. Formador de cortina. Motobombas portátiles. Turbobomba Equipos Autónomos.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

Equipos de rescate. Generadores eléctricos. Medidor de gases. Equipos personal características,

etc.

TEMA 26.- Sistemas portátiles de Extinción: Extintores. Definiciones. Clasificaciones. Criterios de

calidad. Peligros de empleo. Presentación de extintores. Clasificación de las áreas a proteger. Elec-

ción del agente extintor. Emplazamiento de los agentes extintores. Distribución de los agentes extin-

tores móviles. Verificación y mantenimientos. Adiestramiento del personal. Clasificación de los extin-

tores, según el agente extintor. Técnicas de extinción.

TEMA 27.- Instalaciones de gas Natural. Composición. Características del gas natural. Unidades

de caudal másico y volumétrico. Unidades de presión. Unidades de energía y potencia. Elementos

para ventilación o protección de tuberías. Instalación receptora de gas. Dispositivos de corte del su-

ministro de gas. Conjunto de regulación. Aparatos de gas. Conexión de aparatos de gas. Entrada de

aire y evacuación de los productos de la combustión. Conocimiento de la simbología utilizada en la

representación de instalaciones receptoras. Conocimiento de los esquemas tipo de las instalaciones

receptoras.

TEMA 28.- Medios de extinción. Espumas. Qué son y como actúan. Espumas de baja expansión.

Espumas de media y alta Expansión. Como se obtiene. Densidad de aplicación de la espuma Técni-

ca de aplicación. Equipos. Concentración de espuma a utilizar, almacenamiento. Tipos y característi-

cas de las espumas.

TEMA 29.- Medios de extinción. Agua: Redes, equipos y técnicas. Redes de agua, lanzas, tipos

de boquillas. Monitores. Mangueras. Racores y adaptadores. Métodos de aplicación del agua. Técni-

cas de Extinción. Generalidades sobre el progreso en el arte de apagar un incendio.

TEMA 30.- 1.- Resistencia al fuego de las estructuras metálicas: Introducción. Resistencia al fue-

go de los aceros. Protección de las estructuras metálicas. Criterios de selección. 2.- Resistencia al

fuego de la madera: Definiciones. Resistencia al fuego de la madera. Protección de las estructuras

de madera. Criterios de selección. 3.- Resistencia al fuego de las estructuras de hormigón: Definicio-

nes. Resistencia al fuego del hormigón armado en función del elemento estructural. Efectos sobre

las características del hormigón. Efectos sobre las características del acero. Efectos secundarios.

TEMA 31.- Plan Territorial de Protección Civil del Municipio de Segovia. Volumen I: Plan Básico y

Anexos I,II,II,IV,V. Volumen II. Volumen III y IV.

TEMA 32.- Los vehículos y equipos del servicio de extinción de incendio características y funcio-

namiento.

TEMA 33.- Patrimonio Cultural.- Como actuar en el patrimonio, manipulación de bienes patrimo-

niales en emergencias, actuaciones de extinción de incendios en bienes patrimoniales

PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA

DE ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL POR PROMOCION INTERNA

Primera.- Procedimiento de selección.

- Concurso-Oposición, 1 plazas por promoción interna

Segunda.- Normas de las plazas.

- Número de plazas: Una.

- Características de la plaza: Encuadrada en la Escala de la Administración General, Subescala

de Administrativos, dotada económicamente con las retribuciones básicas asignadas al antiguo gru-

po “C” de las establecidas en el art. 25 de la Ley 30/84, de 2 de Agosto, actual Subgrupo C1, de con-

formidad con la Disposición Transitoria Tercera dos de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Bá-

sico del Empleado Público, y con las retribuciones complementarias acordadas por la Corporación

para este puesto de trabajo.

- Requisitos que deben cumplir los aspirantes para participar en la presente convocatoria:

1.- Ser funcionarios de esta Corporación perteneciente al Subgrupo C2 (antiguo D).

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2.- Haber prestado servicios durante, al menos, dos años como funcionario de carrera en la Es-

cala, Subescala a que pertenezca.

3.- Poseer la titulación requerida para el acceso al anterior grupo “C”, actual Subgrupo C1: título

de Bachiller Superior, Formación Profesional de segundo grado o equivalente. En el supuesto de in-

vocar título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por la autoridad com-

petente que acredite la equivalencia.

No obstante, podrá participar en la convocatoria aquellos funcionarios de la Corporación que sin

estar en posesión del título exigido de Bachiller Superior, FP2 o equivalente, cuenten con al menos,

diez años ininterrumpidos de servicios en propiedad dentro de la subescala C2 (D).

Tercera.- Fase de la selección.

El sistema de acceso para promoción interna revestirá la modalidad de concurso-oposición.

La fase de Concurso tendrá las siguientes características:

Será previa a la realización de la fase de oposición, se regirá por la BASE NOVENA de la Convo-

catoria Unitaria, y por el baremo que posteriormente se señala.

Consistirá en la valoración de los méritos de los aspirantes que efectúe el Tribunal sobre los ale-

gados y acreditados por los mismos en el momento de presentación de instancias para formar parte

de este proceso selectivo, no teniéndose en cuenta los méritos que se aleguen posteriormente y cu-

ya justificación se realizará conforme se establece en la señalada base novena.

BAREMO DE MÉRITOS.-

1.- Titulación: Por poseer títulos académicos oficiales superiores relacionados con el puesto de

trabajo a desempeñar al que venga exigido en la convocatoria: 0,50 puntos por cada titulación supe-

rior hasta un máximo de 1 punto.

2.- Formación: Por cada curso como docente o dicente, siempre que tengan relación directa con

la especialidad o actividad a desarrollar en el puesto solicitado, hasta un máximo de 2 puntos en la

forma siguiente:

a) Como dicente:

- Cursos de 10 a 20 horas: 0,02 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,04 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 0,08 puntos.

- Cursos de 101 a 300 horas: 0,20 puntos.

- Cursos de más de 301 horas: 0,35 puntos.

b) Como docente:

- Cursos de 10 a 20 horas: 0,04 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,08 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 0,16 puntos.

- Cursos de 101 a 300 horas: 0,40 puntos.

- Cursos de más de 301 horas: 0,70 puntos.

Los cursos organizados por organismo público o que se convoque al amparo del Acuerdo de For-

mación Continua Administración/Sindicatos por las organizaciones sindicales se incrementará la

puntuación que le corresponde en un 20% más.

Si el curso se ha organizado dentro del plan de formación continua de esta Corporación, el incre-

mento lo será del 30%.

En el caso de que en el curso se hubieran efectuado pruebas calificadoras finales y estas no se

hubieran superado, no se valorará como mérito.

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3.- La antigüedad se valorará de la forma siguiente, siendo el máximo de 4,5 puntos:

- Por cada mes de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas: 0,03 pun-

tos.

4.- La experiencia: Se valorará hasta un máximo de 2,5 puntos de la forma siguiente:

- Por cada mes de servicio en la Administración Pública en puesto de similares características:

0,06 puntos/ mes, hasta un máximo de 1,75 puntos.

- Por cada mes de servicio en la Empresa Privada por cuenta propia o ajena, en puestos de simi-

lares características: 0,03 puntos/mes, hasta un máximo de 0,75 p.

- FASE DE OPOSICIÓN:

Estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo todos ellos eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas sobre el contenido del pro-

grama que figura como anexo de esta convocatoria, con un mínimo de 10 preguntas. El tiempo para

realizar este ejercicio será fijado por el Tribunal al comienzo del mismo y estará en función del nú-

mero y dificultad del cuestionario planteado.

Las preguntas tendrán las características de que una o dos preguntas lo serán con respuesta ex-

tensa y el resto con respuesta corta en todo caso coincidentes con epígrafes del programa

Se dará cuenta a los aspirantes de la forma de puntuación del ejercicio antes de su ejecución.

Los participantes en la presente convocatoria por turno de promoción interna quedarán exentos

de los temas que seguidamente se señalan:

- Del 1 al 7

- Del 26 al 28

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, durante un periodo máximo de tres ho-

ras, dos supuestos prácticos con propuestas de resolución, de tres que planteará el Tribunal inme-

diatamente antes del comienzo del ejercicio, relativos a tareas administrativas cuya realización co-

rresponde a los funcionarios del Subgrupo.

La contestación se efectuará sobre procesador de textos Word para Windows, siguiendo los crite-

rios que determine el Tribunal.

Durante el desarrollo de esta prueba los aspirantes podrán, en todo momento, hacer uso de los

textos legales y libros de consulta, de los que deberán acudir provistos.

Se valorará en este ejercicio la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones y

el conocimiento y adecuada explicación de la normativa vigente, así como la utilización de progra-

mas de tratamiento de textos.

La calificación final del turno de promoción interna estará determinada por la ponderación de las

notas otorgadas en la fase de oposición y en el concurso, suponiendo la calificación final de la fase

de oposición el 70% y el 30% los puntos conseguidos en la fase de méritos.

4ª.- El programa.

Para el ingreso en la Subescala de Administrativos de Admón. General de esta Corporación, está

recogido en el siguiente Anexo:

A N E X O

PARTE PRIMERA.- DERECHO POLÍTICO Y CONSTITUCIONAL.

Tema 1.- La Constitución Española de 1978. Principios generales. Derechos y deberes funda-

mentales. El Tribunal Constitucional.

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Tema 2.- La Corona. El Poder Legislativo. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial.

Tema 3.- Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Au-

tonomía, su significado. El reparto de competencias Estado - Comunidades Autónomas.

PARTE SEGUNDA: DERECHO ADMINISTRATIVO.

Tema 4.- La Administración Pública en la Constitución y en el ordenamiento español. La persona-

lidad jurídica de la Administración Pública. Clases de Administraciones Públicas.

Tema 5.- Principios generales del actuar de las Administraciones Pública. Principios constitucio-

nales. Principios de Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación. Coope-

ración y colaboración. Lealtad institucional. Servicio a los ciudadanos. Los principios de transparen-

cia y de participación.

Tema 6.- Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público.

La Ley, sus clases. El Reglamento, sus clases. Otras fuentes del Derecho Administrativo.

Tema 7.- El administrado.- El ciudadano como administrado. Derechos de los ciudadanos en sus

relaciones con las Administraciones. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funcio-

nes administrativas. El principio de audiencia al interesado.

Tema 8.- Los órganos de las Administraciones Públicas. Elementos. Clases. Especial referencia

a los Órganos colegiados. Normas generales sobre la competencia. Transferencia, desconcentra-

ción y delegación de competencias. La delegación de firma y la suplencia.

Tema 9.- El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: motivación y forma.

La eficacia de los actos administrativos y su condicionamiento. La invalidez del acto administrati-

vo.

Tema 10.- La Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-

ministrativo Común.- Antecedentes.- Principios generales y ámbito de aplicación. La responsabilidad

de la Administración pública.

Tema 11.- El procedimiento administrativo. Concepto. Dimensión temporal del procedimiento.

Clases de procedimientos. Fases del procedimiento. Obligación de resolver. Actos presuntos. Notifi-

cación y Publicación de los actos administrativos.

Tema 12.- La terminación de los procedimientos. La eficacia de los actos administrativos y su

condicionamiento. Ejecutividad y suspensión. La ejecución de los actos administrativos. Límites.

Tema 13.- Revisión de los actos administrativos. Los recursos administrativos: Concepto. Princi-

pios generales y clases. El recurso contencioso - administrativo.

Tema 14.- La contratación administrativa. Principios generales. Clasificación de los contra-

tos en razón de su régimen jurídico. Clases de contratos administrativos: Enumeración y conte-

nido. La selección del contratista: Principios rectores y procedimientos. El expediente de contra-

tación.

Tema 15.- Las formas de la actividad administrativa.- La actividad de policía: descripción y mani-

festaciones de la potestad de policía; Condiciones para su ejercicio y límites. La actividad de fomen-

to, especial referencia a las Subvenciones. La actividad de Servicio Público: Concepto de servicio

público; Formas de prestación de los Servicios públicos; Derechos de los usuarios. El Patrimonio de

las Administraciones Públicas

Tema 16.- Legislación estatal de carácter general: Objeto y Ámbito de aplicación. Su repercusión

o incidencia en el actuar de las Entidades locales.

Tema 17.- La ordenanza municipal reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento

de Segovia.

Tema 18.- La firma electrónica: Normativa reguladora. Concepto de firma electrónica y de docu-

mento electrónico.- El empleo de la firma electrónica en el ámbito de las Administraciones Públicas.-

Concepto de certificado electrónico.- Concepto y contenido de los certificados reconocidos.- Garantí-

as que ofrece el certificado electrónico: requisitos y características.

Tema 19.- Protección de datos de carácter personal: Normativa reguladora.- Objeto y ámbito de

aplicación.- Derecho de información en la recogida de datos y consentimiento del afectado.- Datos

especialmente protegidos.- Comunicación de datos de carácter personal y acceso a los datos por

cuenta de terceros.- Derechos de las personas en la Protección de datos de carácter personal.- Cre-

ación, modificación o supresión de ficheros en Entidades Locales.

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PARTE TERCERA: PRINCIPIOS DE DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO.- HACIENDAS LOCALES.

Tema 20.- El derecho tributario español: Principios constitucionales del ordenamiento tributario.-

La ley General Tributaria. Principios Generales . Las normas tributarias: Naturaleza jurídica y aplica-

ción

Tema 21.- Actuaciones y Procedimientos de Gestión Tributaria: Normas comunes.- La declara-

ción tributaria: concepto, régimen jurídico y efectos . El acto de liquidación: clases y régimen jurídico.

La notificación de los actos de liquidación.

Tema 22.- Actuaciones y procedimientos de recaudación. Disposiciones Generales. El procedi-

miento de apremio. Procedimiento frente a responsables y sucesores. La Potestad sancionadora en

materia tributaria. Revisión en vía administrativa de los actos y actuaciones de aplicación de tributos

e imposición de sanciones.

Tema 23.- La Hacienda Local y la potestad tributaria local en la Constitución.- Principios tributa-

rios generales de la Hacienda Local.- Principales normas reguladoras de la materia tributaria local.

Imposición y ordenación de tributos locales.

Tema 24.- Recursos de las Haciendas Locales. Tasas y Precios públicos. Impuestos. Contribucio-

nes especiales. Subvenciones. Operaciones de crédito.

Tema 25.- Los Presupuestos Generales de las Entidades Locales: Definición y contenido. Proce-

dimiento de elaboración. Los créditos y sus modificaciones. Ejecución y liquidación del presupuesto.

La Tesorería de las Entidades Locales. La Contabilidad de la Administración Local: Estado de Cuen-

tas Anuales. Control y fiscalización.

PARTE CUARTA: ADMINISTRACIÓN LOCAL

Tema 26.- El Régimen Local español: Principios constitucionales: La autonomía Local. Las Enti-

dades Locales. Potestades. El Régimen Local en la Comunidad de Castilla y León. La normativa so-

bre Régimen Local: Enumeración de los principales textos legales.

Tema 27.- La Provincia en el Régimen Local español. La Organización provincial. Competencias

de las Provincias. Regímenes especiales: regímenes forales, comunidades uniprovinciales y Cabil-

dos Insulares.

Tema 28.- El Municipio: Definición legal y elementos. El término municipal. La Población. El Pa-

drón Municipal de Habitantes. Competencias de los municipios. Servicios mínimos obligatorios.

Tema 29.- La Organización municipal. Enumeración y clasificación de los órganos municipales. El

reparto de atribuciones entre los órganos municipales. Delegación de competencias. Régimen de

funcionamiento de los órganos municipales: Régimen de Sesiones y acuerdos corporativos. Convo-

catoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos. Los

Decretos de la Alcaldía. Libros de Actas y de Resoluciones

Tema 30.- La potestad reglamentaria de las Entidades Locales. Ordenanzas y Reglamentos. Cla-

ses. Procedimiento de elaboración y aprobación. El Reglamento Orgánico municipal. Los Bandos de

la Alcaldía.

Tema 31.- Relaciones interadministrativas: Principios y deberes. Autonomía municipal y tutela.

Cooperación y asistencia. La colaboración interadministrativa y la coordinación. Convenios y Con-

sorcios.

Tema 32.- El personal al servicio de las Corporaciones Locales.- Clases. Derechos y deberes.

Plantillas, Relaciones de Puestos de Trabajo y Oferta de empleo público. La Función Pública Local:

Funcionarios con Habilitación de carácter estatal y Funcionarios propios de la Corporación, su clasi-

ficación. Descripción de sus funciones. Normativa específica en materia de función pública local.

Tema 33.- Los bienes de las Entidades Locales. Concepto y Clases. Prerrogativas de las Entida-

des Locales en relación con sus bienes. Régimen jurídico de adquisición, enajenación, uso y explo-

tación de los bienes pertenecientes al Patrimonio de las Entidades Locales.

Tema 34.- Las formas de actividad de las Entidades Locales.- La intervención administrativa Lo-

cal en la actividad de los ciudadanos. Procedimiento de otorgamiento de licencias. Servicios públi-

cos locales y formas de prestarlos. Actividad económica de los entes Locales. Intervención adminis-

trativa en defensa del medio ambiente.

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Tema 35.- Las obras Locales. La contratación en el ámbito local.

Tema 36.- Procedimiento administrativo y Régimen jurídico de las Entidades Locales: Normas ge-

nerales. El Registro General de entrada y salida de documentos Requisitos en la presentación de

documentos y comprobación. Los Expedientes: Concepto, normas generales sobre su tramitación y

actuaciones preceptivas. Comunicaciones y notificaciones. Publicidad y constancia de los actos y

acuerdos municipales. Régimen de recursos. Responsabilidad administrativa y civil de las Entidades

Locales.

Tema 37.- Ordenación del territorio y Urbanismo. Legislación sobre régimen del suelo y ordena-

ción urbana: Sus principios inspiradores. Competencia urbanística municipal: Ordenación, gestión,

ejecución y disciplina urbanística.

Tema 38.- Información y Participación ciudadana en el ámbito Local. Derechos y deberes de los

vecinos. El derecho a la información y a la participación. Información sobre la actividad de los órga-

nos municipales y acceso a la información y archivos. Fomento de la participación ciudadana. Las

Asociaciones vecinales y el Registro Municipal de Asociaciones vecinales

PARTE QUINTA: INFORMÁTICA ELEMENTAL

Tema 39.- Concepto de informática. Tipos y clases de ordenadores. La representación de la infor-

mación. Medidas y codificación de la información.

Tema 40.- Elementos Hardware: C.P.U.; memorias: tipos y funciones; periféricos; impresoras; ti-

pos y aplicaciones; sistemas de almacenamiento: discos magnéticos, ópticos y cintas.

Tema 41.- Ficheros: Operaciones; estructura de los mismos; uso. Soportes. Directorios.

Tema 42.- Concepto de Sotware: tipos. Programa.

Tema 43.- Sistemas operativos: tipos. Lenguajes de programación: tipos, descripción y usos.

PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ENCARGADO

DE PINTURA Y MANTENIMIENTO, POR PROMOCIÓN INTERNA

1ª.- Procedimiento de selección.

- Concurso-Oposición, por promoción interna

2ª.- Normas de la plaza.

- Número de plazas: Una.

- Características de la plaza: Plaza perteneciente a la plantilla de personal funcionario, Escala de

Admón. Especial. Subescala: Servicios Especiales. Clase: personal de oficios. Dotada económica-

mente con las retribuciones básicas asignadas al Grupo “C2”, y con las retribuciones complementa-

rias acordadas por la Corporación para este puesto de trabajo.

- Funciones de la plaza:

- Funciones y Actividades Principales

Funciones 1: APOYO A JEFATURA DE LA POLICÍA LOCAL

Actividades:

1.1 Conocimiento y dominio de los trabajos a realizar por el Departamento de Señalización Vial.

1.2 Elevar propuestas de mejoras de funcionamiento y organización.

1.3 Determinación, distribución, priorización y control de trabajos a realizar.

1.4 Asesoramiento y corrección de errores.

1.5 Distribución del material y control del almacén.

1.6 Control de necesidades de materiales y vestuario, haciendo las propuestas necesarias para

el funcionamiento del Departamento.

1.7 Apoyo en el control de cumplimiento de las funciones y obligaciones por parte del personal de

su departamento, atendiendo a las relaciones humanas y el perfeccionamiento profesional de su de-

partamento.

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Funciones 2: FUNCIONES ESPECIFICAS A REALIZAR

Actividades: Realización directa de trabajos propios de la profesión

2.1 Cualquier función relacionada con la profesión que consideren deben llevar a cabo

2.2 Apoyo al control de trabajos realizados por otras empresas, en su caso.

2.3 Desempeño de las funciones con una cierta autonomía del responsable de la dependencia.

2.4 Conducción de vehículos.

2.5 Recibir las ordenes de trabajo y partes de incidencia así como su tramitación.

- Requisitos que deben cumplir los aspirantes para participar en la presente convocatoria:

a.- Ser Oficial Pintor, fijo en plantilla, en servicio activo.

b.- Tener una antigüedad en dicha categoría de fijo en plantilla de al menos dos años.

c.- Los aspirantes deberán poseer el título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Pri-

mer Grado o equivalente, considerándose como tal el Certificado de Estudios Primarios, expedido

con anterioridad a la finalización del año académico 1975/76.

. Los aspirantes deberán estar en posesión del carnet de conducir “B” o “B1” (en su caso), cuya

fecha de expedición deberá ser anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de ins-

tancias.

3ª.- Fase de la selección.

El sistema de acceso para promoción interna revestirá la modalidad de concurso-oposición.

FASE DE CONCURSO:

Será previa a la realización de la fase de oposición, se regirá por la BASE NOVENA de la Convo-

catoria Unitaria, y por el baremo que posteriormente se señala.

Consistirá en la valoración de los méritos de los aspirantes que efectúe el Tribunal sobre los ale-

gados y acreditados por los mismos en el momento de presentación de instancias para formar parte

de este proceso selectivo, no teniéndose en cuenta los méritos que se aleguen posteriormente.

BAREMO DE MÉRITOS.-

1.- Titulación: Por poseer títulos académicos oficiales superiores relacionados con el puesto de

trabajo a desempeñar al que venga exigido en la convocatoria: 0,50 puntos por cada titulación supe-

rior hasta un máximo de 1 punto.

2.- Formación: Por cada curso como docente o dicente, siempre que tengan relación directa con

la especialidad o actividad a desarrollar en el puesto solicitado, hasta un máximo de 1,5 puntos en la

forma siguiente:

a) Como dicente:

- Cursos de 10 a 20 horas: 0,02 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,04 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 0,08 puntos.

- Cursos de 101 a 300 horas: 0,20 puntos.

- Cursos de más de 301 horas: 0,35 puntos.

b) Como docente:

- Cursos de 10 a 20 horas: 0,04 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,08 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 0,16 puntos.

- Cursos de 101 a 300 horas: 0,40 puntos.

- Cursos de más de 301 horas: 0,70 puntos.

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Miércoles, 18 de enero de 2012Núm. 8 Pág. 70

Los cursos organizados por organismo público o que se convoque al amparo del Acuerdo de For-

mación Continua Administración/Sindicatos por las organizaciones sindicales se incrementará la

puntuación que le corresponde en un 20% más.

Si el curso se ha organizado dentro del plan de formación continua de esta Corporación, el incre-

mento lo será del 30%.

En el caso de que en el curso se hubieran efectuado pruebas calificadoras finales y estas no se

hubieran superado, no se valorará como mérito.

3.- La antigüedad se valorará de la forma siguiente, siendo el máximo de 4 puntos:

- Por cada mes de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas: 0,03 pun-

tos/mes.

4.- La experiencia: Se valorará hasta un máximo de 4,5 puntos de la forma siguiente:

- Por cada mes de servicio en la Administración Pública en puesto de similares características:

0,03 puntos/ mes, hasta un máximo de 3 puntos.

- Por cada mes de servicio en la Empresa Privada por cuenta propia o ajena, en puestos de simi-

lares características: 0,04 puntos/mes, hasta un máximo de 1,5 puntos.

FASE DE OPOSICIÓN:

Consistirá en la realización de un ejercicio eliminatorio referente a la realización de uno o varios

supuestos prácticos relacionados con las funciones a desempeñar, propuestos por el Tribunal inme-

diatamente antes del ejercicio y durante el tiempo máximo que se señale por el mismo.

Se calificará el conocimiento del trabajo realizado, la destreza en su ejecución y el tiempo inverti-

do.

Este ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen

un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE OFICIALES

DE INSTALACIONES DEPORTIVAS

Primera.- Procedimiento de selección

Concurso-Oposición, Promoción Interna.

Segunda.- Normas de las plazas

Número de plazas: Una

Características de la plaza:

Plaza perteneciente a la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, está equiparada a las en-

cuadradas económicamente dentro del Grupo “C2”, y con las retribuciones complementarias que se

puedan acordar por la Corporación para este puesto de trabajo.

Titulación y Requisitos exigidos a los aspirantes:

1- Ser funcionario en activo y fijo de esta Corporación perteneciente al Subgrupo E.

2- Haber prestado servicios durante, al menos, dos años en la plaza de pertenencia.

3- Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o

equivalente, considerándose como tal el certificado de estudios primarios, expedido con anterioridad

a la finalización del año académico 1975-76.

4- Poseer el carnet de conducir “B o B1” (en su caso), cuya fecha de expedición deberá ser ante-

rior a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

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Horario y Jornada de trabajo:

La jornada del puesto de trabajo será la establecida en el Acuerdo de personal al servicio de la

Corporación (en la actualidad 35 horas semanales), sin perjuicio de la plena disponibilidad en el de-

sempeño del puesto, con cómputos de jornada que podrían realizarse en periodos mensuales/anua-

les, condicionándose a las necesidades del servicio.

La jornada está distribuida en turnos de mañana, tarde y noche.

Tercera.- Fase de las pruebas selectivas

La convocatoria constará de dos fases selectivas:

A.- FASE DE CONCURSO

Consistirá en la valoración de los méritos de los aspirantes que efectúe el Tribunal sobre los ale-

gados y acreditados por los mismos en el momento de presentación de instancias, para formar parte

de este proceso selectivo, no teniéndose en cuenta los méritos que se aleguen posteriormente.

Esta fase del concurso será previa a la realización de la fase de oposición y no tendrá carácter

eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

BAREMO PARA LA PROMOCIÓN INTERNA.-

1.- Titulación. Por poseer títulos académicos oficiales superiores relacionados con el puesto de

trabajo a desempeñar al que venga exigido en la convocatoria: 0,50 puntos por cada titulación supe-

rior hasta un máximo de 0,50 puntos.

2.- Formación: Por cada curso como docente o dicente, siempre que tengan relación directa con

la especialidad o actividad a desarrollar en el puesto solicitado, hasta un máximo de 1,50 puntos, en

la forma siguiente:

a) Como Dicente

- Cursos de 10 a 20 horas 0,02 puntos

- Cursos de 21 a 40 horas 0,04 puntos

- Cursos de 41 a 100 horas 0,08 puntos

- Cursos de 101 a 300 horas 0,20 puntos

- Cursos de más de 301 horas 0,35 puntos

b) Como Docente

- Cursos de 10 a 20 horas 0,04 puntos

- Cursos de 21 a 40 horas 0,08 puntos

- Cursos de 41 a 100 horas 0,16 puntos

- Cursos de 101 a 300 horas 0,40 puntos

- Cursos de más de 301 horas 0,70 puntos

Los cursos organizados por organismo público o que se convoque al amparo del Acuerdo de For-

mación Continua Administración/Sindicatos por las organizaciones sindicales se incrementará la

puntuación que le corresponde en un 20% más.

Si el curso se ha organizado dentro del plan de formación continua de esta Corporación, el incre-

mento lo será del 30%.

En el caso de que en el curso se hubieran efectuado pruebas calificatorias finales y estas no se

hubieran superado, no se valorará como mérito.

3.- La antigüedad se valorará de la forma siguiente, siendo el máximo de 3,50 puntos.

Por cada mes de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas: 0,025 pun-

tos.

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4.- La experiencia: Se valorará con un máximo de 4,00 puntos de la forma siguiente:

- Por cada mes de servicio en la Administración Pública en puesto de similares características:

0,04 puntos/mes, hasta un máximo de 3 puntos.

- Por cada mes de servicio en la Empresa Privada por cuenta propia o ajena, en puestos de simi-

lares características: 0,01 puntos/mes, hasta un máximo de 1 punto.

La experiencia no se considerará méritos cuando haya sido obtenida como consecuencia de una

comisión de servicios.

5.- Por ejercicios aprobados en pruebas de acceso a plazas de Oficial de instalaciones Deporti-

vas en Entidades Locales con población superior a 50.000 habitantes hasta un máximo de 0,50 pun-

tos.

B.- FASE DE OPOSICIÓN

De carácter eliminatorio:

Se realizarán los siguientes ejercicios de carácter eliminatorios sobre temas relacionados con el

contenido del programa que figura como Anexo de esta convocatoria aunque no necesariamente

coincidentes con el enunciado del mismo.

1.- Contestación escrita a un cuestionario de preguntas.

Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas sobre el contenido del programa que figura

como anexo de esta convocatoria, con un mínimo de 10 preguntas. El tiempo para realizar este ejer-

cicio será fijado por el Tribunal al comienzo del mismo y estará en función del número y dificultad del

cuestionario planteado.

Las preguntas tendrán las características de que una o dos preguntas lo serán con respuesta ex-

tensa y el resto con respuesta corta en todo caso coincidentes con epígrafes del programa

Se dará cuenta a los aspirantes de la forma de puntuación del ejercicio antes de su ejecución.

Los participantes en la presente convocatoria por turno de promoción interna quedarán exentos

de los temas que seguidamente se señalan:

MATERIAS COMUNES: Temas 1 al 4.

2.- Ejercicio práctico. Consistirá en la realización de uno o varios supuestos prácticos relaciona-

dos con las funciones a desempeñar, propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del ejercicio

y durante el tiempo que se establezca en atención a la dificultad de las propuestas.

La calificación final estará determinada por la ponderación de las notas otorgadas en la fase de

oposición y en el concurso, suponiendo la calificación final de la fase de oposición el 70% y el 30%

los puntos conseguidos en la fase de méritos.

Cuarta.- Programa de la fase de oposición.

A N E X O

MATERIAS COMUNES

Tema 1.- El régimen local español.- Principios constitucionales

Tema 2.- El municipio.- Conceptos y elementos.- La configuración del municipio en la Constitu-

ción.- El término municipal.

Tema 3.- La organización municipal.- Competencias.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

Tema 4.- El personal al servicio de las Corporaciones Locales.- Clasificación y organización.- De-

rechos y deberes del personal al servicio de la Administración Local.- Sindicación.- Incompatibilida-

des.- Seguridad Social.- Situaciones administrativas.

MATERIAS ESPECÍFICAS

Tema 5.- La legislación deportiva autonómica y la Ley 2/2003 de 28 de marzo del Deporte de

Castilla y León.

Tema 6.- Entidades Deportivas de Castilla y León.

Tema 7.- Las Federaciones Deportivas en Castilla y León y Segovia. Tema 8.- La gestión deporti-

va en las corporaciones locales.- Instalaciones deportivas y su gestión.-

Tema 9.- Organización de los diferentes servicios de una instalación deportiva.- Las funciones de

los oficiales de mantenimiento de instalaciones deportivas.

Tema 10.- Usuarios de las instalaciones deportivas.- Disposición General Número 4/P Regulado-

ra del Precio Público por la utilización de Instalaciones y la Participación en Actividades Deportivas

Municipales.

Tema 11.- Usuarios de las Instalaciones Deportivas. Ordenanza Reguladora del Uso de las Insta-

laciones Deportivas Municipales de la Ciudad de Segovia.

Tema 12.- Actividades y equipamiento de una instalación deportiva.

Tema 13.- Clases de deportes.- Aspectos generales de los deportes colectivos e individuales:

Normas, medidas, reglamentos y elementos para la práctica de los mismos.

Tema 14.- El Deporte de Base de la Comunidad de Castilla y León en Segovia. Los juegos esco-

lares.

Tema 15.- Tipos de fábricas de tabiquerías definiendo sus espesores y empleos.- Los guarneci-

dos, enfoscados y revocos.- Materiales que se emplean en cada uno de ellos.- Tipos de morteros y

sus aplicaciones.

Tema 16.- Maquinaria, útiles y herramientas para el mantenimiento de los equipamientos e infra-

estructuras de las instalaciones deportivas.

Tema 17.- Labores de mantenimiento y mejora de las zonas verdes en sus distintas ubicaciones

(terrenos de juegos, jardines, alineación, plazas urbanas y áreas asilvestradas).- Medidas de protec-

ción.

Tema 18.- Enfermedades de árboles, arbustos y plantas de jardín.- Medios para combatirlas y

modo de operar.

Tema 19.- Maquinaria, útiles y herramientas para el mantenimiento de zonas verdes.- Los corta-

césped.- Tractores.- Podas y desbroces.- Labores de mantenimiento y conservación de equipos pa-

ra el mantenimiento de las zonas verdes.

Tema 20.- Las piscinas.- Normativa higiénico-sanitaria para las piscinas de uso público de Casti-

lla-León y Segovia.

Tema 21.- Normas de seguridad y salud laboral en los puestos de trabajo de instalaciones depor-

tivas.

PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE PROMOCION

INTERNA DE UNA PLAZA DE OFICIAL TELEFONISTA, ENCUADRADA EN

LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO

PRIMERA.- Procedimiento de selección.

Concurso-Oposición, por promoción interna.

SEGUNDA.- Normas de la plaza:

- Número de plazas: Una.

- Características de la plaza: Plaza perteneciente a la plantilla de personal funcionario, Escala de

Admón. Especial. Subescala: Servicios Especiales. Clase: personal de oficios. Dotada económica-

mente con las retribuciones básicas asignadas al Grupo “C2” y con las retribuciones complementa-

rias acordadas por la Corporación para este puesto de trabajo.

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Miércoles, 18 de enero de 2012Núm. 8 Pág. 74

- Titulación exigida:

. Los aspirantes deberán poseer el título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer

Grado o equivalente, considerándose como tal el Certificado de Estudios Primarios, expedido con

anterioridad a la finalización del año académico 1975/76.

. Los aspirantes deberán estar en posesión del carnet de conducir “B” o “B1” (en su caso), cuya

fecha de expedición deberá ser anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de ins-

tancias.

Además de los requisitos anteriores, será preciso para acceder a esta plaza de promoción inter-

na, según aprobación en Pleno municipal por aprobación del Plan de empleo de 30 de mayo del

2005:

- Ser Ordenanza, Alguacil y Operario de Cometidos varios que preste servicios en edificios muni-

cipales.

- Tener una antigüedad de, al menos, dos años en la plaza a que pertenezcan.

TERCERA.- Fase de las pruebas selectivas

A) FASE DE CONCURSO:

Consistirá en la valoración de los méritos de los aspirantes que efectúe el Tribunal sobre los ale-

gados y acreditados por los mismos en el momento de presentación de instancias para formar parte

de este proceso selectivo, no teniéndose en cuenta los méritos que se aleguen posteriormente.

Esta fase de concurso será previa a la realización de la fase de oposición, y no tendrá carácter

eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

BAREMO DE MERITOS PARA CONCURSO:

1.- Titulación: Por poseer títulos académicos oficiales superiores relacionados con el puesto de

trabajo a desempeñar al que venga exigido en la convocatoria: 0,50 puntos por cada titulación supe-

rior hasta un máximo de 0,50 puntos.

2.- Formación: Por cada curso como docente o dicente, siempre que tengan relación directa con

la especialidad o actividad a desarrollar en el puesto solicitado, hasta un máximo de 3,50 puntos en

la forma siguiente:

a) Como dicente:

- Cursos de 10 a 20 horas: 0,02 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,04 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 0,08 puntos.

- Cursos de 101 a 300 horas: 0,20 puntos.

- Cursos de más de 301 horas: 0,35 puntos.

b) Como docente:

- Cursos de 10 a 20 horas: 0,04 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,08 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 0,16 puntos.

- Cursos de 101 a 300 horas: 0,40 puntos.

- Cursos de más de 301 horas: 0,70 puntos.

Los cursos organizados por organismo público o que se convoque al amparo del Acuerdo de For-

mación Continua Administración/Sindicatos por las organizaciones sindicales se incrementará la

puntuación que le corresponde en un 20% más.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

Si el curso se ha organizado dentro del plan de formación continua de esta Corporación, el incre-

mento lo será del 30%.

En el caso de que en el curso se hubieran efectuado pruebas calificadoras finales y estas no se

hubieran superado, no se valorará como mérito.

3.- La antigüedad se valorará de la forma siguiente, siendo el máximo de 3 puntos:

- Por cada mes de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas: 0,010

puntos.

4.- La experiencia: Se valorará hasta un máximo de 3 puntos de la forma siguiente:

- Por cada mes de servicio en la Administración Pública en puesto de similares características:

0,04 puntos/ mes, hasta un máximo de 2 puntos.

- Por cada mes de servicio en la Empresa Privada por cuenta propia o ajena, en puestos de simi-

lares características: 0,03 puntos/mes, hasta un máximo de 1 punto.

B) FASE DE OPOSICION

Consistirá en la realización de las siguientes partes eliminatorias:

1.- Prueba de conocimientos.- Se desarrollará por escrito en dos partes en el mismo acto:

Primera parte.-Contestación escrita a un cuestionario de preguntas sobre el contenido del programa que figura

como anexo de esta convocatoria. El tiempo para la realización de este ejercicio será fijado por el

Tribunal al comienzo del mismo, a la vista de las preguntas planteadas.

Los aspirantes del turno de promoción interna quedan exentos de los temas de materias comu-

nes cuyo conocimiento ha quedado suficientemente acreditado en el ingreso en plaza de origen.

Segunda parte.-Consistirá en una prueba de ortografía, realizándose un dictado.

El tiempo para su realización será fijado por el Tribunal al comienzo del mismo no excediendo de

quince minutos.

Este ejercicio se valorará conjuntamente hasta 10 puntos de la siguiente manera:

a.- La primera parte teórica escrita tendrá una puntuación máxima de 7 puntos y mínima de 3,5

puntos.

b.- La segunda parte teórica escrita tendrá una puntuación máxima de 3 puntos y mínimo de 1,5

puntos.

La puntuación final de este ejercicio vendrá dada por la suma de las puntuaciones otorgadas. No

conseguir el mínimo en cada una de las dos pruebas supone no superar esta prueba de conocimien-

tos.

2.- Realización de ejercicio práctico. Consistirá en la realización de uno o varios supuestos prácti-

cos relacionados con las funciones a desempeñar, propuestos por el Tribunal inmediatamente antes

del ejercicio y durante el tiempo máximo que se señale por el mismo. Entre ellos se podrá efectuar

una prueba práctica sobre ordenador sobre el sistema operativo Windows XP e Internet.

Ambos ejercicios se calificarán de 0 a l0 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcan-

cen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

La puntuación de la fase de oposición vendrá dada por la suma de las notas otorgadas en cada

ejercicio dividido entre dos.

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La puntuación final será el resultado de sumar a los puntos obtenidos en la fase de oposición el

50% de los puntos obtenidos en la fase de concurso.

CUARTA.- Programa de la fase de Oposición

ANEXO

B) MATERIAS COMUNES

Tema 1.- El régimen local español.- Principios constitucionales

Tema 2.- El municipio.- Conceptos y elementos.- La configuración del municipio en la Constitu-

ción.- El término municipal.

Tema 3.- La organización municipal.- Competencias.

Tema 4.- El personal al servicio de las Corporaciones Locales.- Clasificación y organización.- De-

rechos y deberes del personal al servicio de la Administración Local.- Sindicación.- Incompatibilida-

des.- Seguridad Social.- Situaciones administrativas.

B) MATERIAS ESPECIFICAS

Tema 5.- Prevención de riesgos laborales en el Ayuntamiento de Segovia.- Estructura pre-

ventiva, funciones y competencias.- Prevención de riesgos laborales en las tareas de Telefonis-

ta.

Tema 6.- El Ayuntamiento de Segovia y su organización administrativa.- Áreas de gestión y

servicios municipales.- Ubicaciones y contenidos de edificios y dependencias municipales.

Tema 7.- La Red telefónica en el Ayuntamiento de Segovia. Fija y Móvil.

Tema 8.- Otras Administraciones Públicas presentes en el término municipal.- Aproximación a sus

competencias.- Ubicación y teléfonos.

Tema 9.- Funciones específicas de/la telefonista. Gestión de la documentación. Impresos, trámi-

tes, acuerdos, anuncios.

Tema 10.- Servicios de atención telefónica al ciudadano: Centralita y Servicio 010.- Sistemas de

información a los ciudadanos en el Ayuntamiento de Segovia.- Principales fuentes de información.-

Información en la web.

Tema 11.- La atención al público.- La atención presencial frente a la atención telefónica.

Tema 12.- La comunicación humana. El lenguaje como medio de comunicación. Diferencia en-

tre información y comunicación. Tipos de comunicación. La comunicación por teléfono.- Medios

verbales y no verbales. Las expresiones al teléfono.- Criterios para una buena contestación tele-

fónica. Cualidades de la articulación de la voz. Técnicas para la optimización de la expresión ver-

bal.

Tema 13.- Las barreras a la comunicación. Saber escuchar.- La personalidad del usuario: rasgos,

personalidad, carácter… La conducta. Mecanismos de defensa. La asertividad. La motivación del

usuario. La percepción: las actitudes y los prejuicios. Estereotipos.

Tema 14.- La calidad en la atención por teléfono (I): la espera, la acogida, la personalización del

contacto.

Tema 15.- La calidad en la atención por teléfono (II): la recepción, la transferencia de llamadas, la

emisión de llamadas, toma de notas y recepción del mensaje. La comprensión del mensaje.- Aspec-

tos administrativos de recepción.- Recogida de estadísticas de quejas, sugerencias y demandas.-

Seguimiento y respuestas a los temas planteados.

Tema 16.- La calidad en la atención por teléfono (III).- Atender quejas y reclamaciones. Como en-

cauzarlas, derivarlas y dar respuesta al usuario.- La empatía. Situaciones de conflicto e identifica-

ción de las situaciones críticas.- Finalización de la entrevista telefónica. Compromisos adquiridos

con el usuario.

Tema 17.- Equipos telefónicos.- Centralitas.- Concepto.- Funcionamiento.- Centrales automáticas.

Utilidades.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

Tema 18.- Manejo de aparatos.- Transferencias, retrollamada, captura, multiconferencia, desvío

de llamada “sígueme”.- Reglas básicas en las llamadas del exterior, al exterior y en las llamadas in-

ternas.- Teléfonos interconectados.- Extensiones.- Llamadas a móviles.- Marcación abreviada.

Tema 19.- La mecanografía informatizada básica. El uso correcto del lenguaje administrativo.- Or-

tografía y redacción.

Tema 20.- Informática básica. Ofimática básica. Hardware y software. Funciones del ordenador.

Unidad central de proceso (CPU). Memoria principal. Los equipos de la oficina. Windows en general,

navegador y búsqueda en Internet de documentación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Segovia, a 4 de enero de 2012.— El Alcalde, Pedro Arahuetes García.

53

ANUNCIO

Aprobado por acuerdo plenario de 27 de Diciembre de 2011 el expediente relativo a la propuesta

de aprobación del Reglamento de organización y funcionamiento interno del Cuerpo de la Policía Lo-

cal del Ayuntamiento de Segovia.

Se procede a su exposición pública durante el plazo de treinta (30 días) hábiles, contados desde

el día siguiente al de la publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante el

cual podrá examinarse dicho expediente en la Oficina de Gobierno Interior y Personal del Ayunta-

miento de Segovia y presentarse reclamaciones o sugerencias, que habrán de serlo por escrito ante

la Oficina del Registro General (sito en Plaza Mayor n° 1) o en los Registros Auxiliares sitos en Ctra.

Palazuelos, n° 7 (Servicio de Urbanismo, Obras y Servicios) y C/ Bomberos n° 10, en horas hábiles

de oficina.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Segovia, a 4 de enero de 2012.— El Alcalde, Pedro Arahuetes García.

72

Servicios Sociales

ANUNCIO

Aprobada inicialmente, por el Ayuntamiento Pleno el día 27 de Diciembre de 2011, la Ordenanza

Municipal sobre Prevención, Venta, Dispensación, Suministro y Consumo de Bebidas Alcohólicas, y

en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de

las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública y audiencia a los intere-

sados, por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en

el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten las alegaciones y re-

clamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones y reclamaciones, el acuerdo

de aprobación, hasta entonces provisional, se considerará definitivamente adoptado.

Segovia, a 9 de enero de 2012.— El Alcalde, Pedro Arahuetes García.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

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58

JUNTA DE CASTILLA Y LEON

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE SEGOVIA

Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCA AL LEVANTAMIENTO DE ACTAS PREVIAS A LA OCUPACIÓN FORZOSA PARA LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA DENOMINADA “PROYECTO

DE L.M.T. 15KV DOBLE CIRCUITO DESDE SUBESTACIÓN DE NAVA DE LA ASUNCIÓN A COCA(SEGOVIA)” EN LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE NAVA DE LA ASUNCIÓN Y COCA, EN SEGOVIA.

EXPEDIENTE: AT-13.083

Por Resolución del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Segovia, de fecha 07

de Febrero de 2011, se otorgó autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de

instalaciones y se declaró, en concreto, la utilidad pública de la instalación eléctrica denominada

“PROYECTO DE L.M.T. 15KV DOBLE CIRCUITO DESDE SUBESTACIÓN DE NAVA DE LA ASUN-

CIÓN A COCA (SEGOVIA)” en los términos municipales de Nava de la Asunción y Coca, en Sego-

via, promovida por UNION FENOSA DISTRIBUCIÓN, S.A., ostentando la condición de beneficiaria,

que según lo dispuesto en el Título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico,

lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados,

así como su urgente ocupación, a los efectos del art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16

de diciembre de 1954.

En consecuencia, en virtud de lo previsto en el citado art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,

se convoca a los titulares de derechos y bienes afectados que figuran en la relación adjunta, véase

Anexo, o en su caso en la notificación individual, para que comparezcan en las dependencias admi-

nistrativas de los Ayuntamientos de Nava de la Asunción y Santiuste de San Juan Bautista el día y a

la hora que se señala a continuación, para proceder al levantamiento de las actas previas a la ocu-

pación de las fincas, sin perjuicio de trasladarse a las mismas, si fuera necesario, tras la finalización

de las Actas:

Ayuntamiento del Término Municipal Día Hora

Nava de la Asunción 25 de Enero De 10 a 13

Coca 26 de Enero De 10 a 13

A este acto comparecerán los interesados, así como los titulares de cualquier clase de derecho o

interés económico sobre los bienes afectados, debiendo acudir personalmente, o mediante repre-

sentante autorizado, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del

impuesto sobre los bienes inmuebles de la finca que se trate, pudiendo además acompañarse de

Peritos y/o Notario, siendo a su costa los honorarios que devenguen.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación

Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, los interesados y los titulares de derechos

reales e intereses económicos directos sobre los bienes objeto de expropiación, así como los arren-

datarios de los mismos que se haya podido omitir en las relaciones de bienes y derechos afectados,

podrán formular alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores u omisiones que se

hayan producido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación, hasta el momento del

levantamiento de Actas Previas.

De la presente convocatoria se dará traslado a cada interesado mediante notificación individual,

significándose que esta publicación se efectúa igualmente a los efectos que determina el artículo

59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R.J.A.P. y del P.A.C., modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero, para la notificación de la presente resolución en los casos de titular desconocido,

domicilio ignorado o aquellos en los que intentada la notificación no haya podido practicarse.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

Segovia, 15 de diciembre de 2011.— El Jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Tu-

rismo, Sergio Gozalo de Mercado.

ANEXO:

“PROYECTO DE L.M.T. 15KV DOBLE CIRCUITO DESDE SUBESTACIÓN DE NAVA

DE LA ASUNCIÓN A COCA (SEGOVIA)”

RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS DE NECESARIA EXPROPIACIÓN

Nº POL. PAR. TITULARES TÉRMINO MUNICIPAL DIA HORA

FINCA

2 8 82a ROSA GOMEZ GONZALEZ Y OTRO NAVA DE LA ASUNCIÓN 25 ENERO 10

4 ZONA

INDUSTRIAL 3675901 AYUNTAMIENTO NAVA DE LA ASUNCIÓN NAVA DE LA ASUNCIÓN 25 ENERO 10

5 ZONA

INDUSTRIAL 3675996 SOCIEDAD AGRICOLA NAVARENSE NAVA DE LA ASUNCIÓN 25 ENERO 10

6 8 5366 HROS EMILIO ROGERO RUBIO NAVA DE LA ASUNCIÓN 25 ENERO 10

8 8 45 MARIANO GARCIA GONZALEZ NAVA DE LA ASUNCIÓN 25 ENERO 10

9 8 44 a MARIANO GARCIA GONZALEZ NAVA DE LA ASUNCIÓN 25 ENERO 10

10 8 46 MAGDALENA RODRIGUEZ JIMENEZ NAVA DE LA ASUNCIÓN 25 ENERO 11

12 8 40 MARIANO GARCIA GONZALEZ NAVA DE LA ASUNCIÓN 25 ENERO 10

13 8 39 OBISPADO DE SEGOVIA NAVA DE LA ASUNCIÓN 25 ENERO 11

14 8 32 VICTORIA RODRIGUEZ JIMENEZ NAVA DE LA ASUNCIÓN 25 ENERO 11

15 8 34 PEDRO ANTONIO GONZALEZ GARCIA NAVA DE LA ASUNCIÓN 25 ENERO 11

25 1 22 EUGENIO CASADO HERRANZ Y 3 MAS NAVA DE LA ASUNCIÓN 25 ENERO 11

26 1 27 MARIA AURORA AJO HERRANZ NAVA DE LA ASUNCIÓN 25 ENERO 11

27 1 28 MARIANO GARCIA HERRANZ NAVA DE LA ASUNCIÓN 25 ENERO 12

29 1 34 JOSE HERRANZ ARNANZ NAVA DE LA ASUNCIÓN 25 ENERO 12

35 1 40 EVARISTO PAVÓN PABLOS NAVA DE LA ASUNCIÓN 25 ENERO 12

38 1 255 JULIAN CASADO LEÓN NAVA DE LA ASUNCIÓN 25 ENERO 12

42 1 285 b BASILISCO MATESANZ LUCIAñIEZ NAVA DE LA ASUNCIÓN 25 ENERO 12

44 1 430 AMBROSIO GARCIA GARCIA NAVA DE LA ASUNCIÓN 25 ENERO 12

47 1 473 DESCONOCIDO COCA 26 ENERO 12

48 1 475 DESCONOCIDO COCA 26 ENERO 12

63 1 675 a HRDOS MARIANO VELAZQUEZ FUENTES COCA 26 ENERO 10

65 1 673 a HROS MARCELINO GALÁN VEGA COCA 26 ENERO 10

74 1 664 HROS MARCELINO GÁLÁN VEGA COCA 26 ENERO 10

78 1 658 ALFONSO ALONSO LEÓN COCA 26 ENERO 11

80 1 656 HRDOS AGUSTÍN RUÍZ ARÉVALO COCA 26 ENERO 11

84 1 652 a ANGEL FERNANDEZ MARTÍN COCA 26 ENERO 11

85 1 650 a HRDOS MARIANO VELAZQUEZ FUENTES COCA 26 ENERO 10

86 1 649 a ANGEL DE LA CALLE ACEVES COCA 26 ENERO 11

88 1 646 AURELIANO GALAN VELAZQUEZ Y HNOS COCA 26 ENERO 12

89 1 645 a AURELIANO GALAN VELAZQUEZ Y HNOS COCA 26 ENERO 12

90 1 644 a AURELIANO GALAN VELAZQUEZ Y HNOS COCA 26 ENERO 12

92 1 642 a HDROS MARIANO VELAZQUEZ FUENTES COCA 26 ENERO 10

94 1 640 a HRDOS ANGEL DE LA CALLE MATEO COCA 26 ENERO 11

95 1 639 a HRDOS MARIANO VELAZQUEZ FUENTES COCA 26 ENERO 10

96 1 638 JUAN MARIANO VELAZQUEZ MARTÍN COCA 26 ENERO 11

97 1 637 MARIANO DE DIEGO GARCIA COCA 26 ENERO 12

98 1 591 a VALENTINA MATESANZ DEL CAÑO COCA 26 ENERO 12

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Miércoles, 18 de enero de 2012Núm. 8 Pág. 80

56

INSPECCION PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALDE SEGOVIA

Ministerio de Empleo y Seguridad Social

Francisco Javier Puente de Pinedo, Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad So-

cial, y Unidad Especializada de Seguridad Social de Segovia, de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-

blicas y Procedimiento Administrativo Común (B.O. E. 27-11-92), modificada por la Ley 4/1999 de 13

de enero (B.O.E. 14-01-99), hace saber a los interesados abajo relacionados, que se han dictado

Resoluciones en los expedientes sancionadores que se señalan, y que no han podido ser comunica-

das por ausencia, ignorado paradero o desconocido.

El importe de las sanciones, puede hacerse efectivo por los medios legalmente establecidos, o,

bien, interponer Recurso de Alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la

presente publicación, para lo cual los expedientes se encuentran a la vista de los interesados en las

dependencias de la Sección de Sanciones de esta Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad So-

cial, Avenida Fernández Ladreda número 31 -3°, con la advertencia de que, transcurrido dicho plazo,

sin haberse efectuado el pago o interpuesto el Recurso, las Resoluciones serán remitidas para su

cobro por vía ejecutiva.

NÚM. ACTA: I242011005001260

Sujeto responsable: GAO PING

Localidad: Madrid

Sanción: Económica de diez mil un euros (10.001 euros) y accesoria de la pérdida automática de

las ayudas, bonificaciones y en general los beneficios derivados de la aplicación de los programas

de empleo, con efectos desde 22/08/2011, fecha en que se cometió la infracción. Igualmente el em-

presario responderá solidariamente de la devolución de las cantidades, en su caso, indebidamente

cobradas por el trabajador.

Y para que sirva de notificación, expido la presente, en Segovia a cuatro de enero de dos mil do-

ce.— El Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social y Unidad Especializada de

Seguridad Social, Francisco Javier Puente de Pinedo.

ADMINISTRACION MUNICIPAL66

Ayuntamiento de Cantalejo

ANUNCIO

MESTA SOCIEDAD COOPERATIVA. domiciliado en Polígono Industrial, zona 4, Parcela C, de

Cantalejo (Segovia), han solicitado de esta Alcaldía licencia de actividad para Nave Almacén Agro-

pecuario, en Zona 4 Parcela C Polígono industrial de Cantalejo, según proyecto redactado por el In-

geniero Agrónomo: D. Oscar David García García.

En cumplimiento de la legislación que regula la materia se abre información pública por término de

veinte días hábiles, para que quienes se consideren afectados de algún modo por la instalación y aper-

tura que se pretende establecer puedan hacer las observaciones pertinentes, pudiendo consultar el ex-

pediente en Secretaría General de este Ayuntamiento, en horario de 9 a 14 horas, en días laborables.

Cantalejo, a 2 de enero de 2012.— El Alcalde, José Antonio Sanz Martín.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

75

Ayuntamiento de Carrascal del Río

ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL

Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, el Presupuesto Gene-

ral, Bases de Ejecución, y la plantilla de personal funcionario y laboral para el ejercicio económico

2011, con arreglo a lo previsto en el Artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,

por el que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el artículo

20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación

preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclama-

ciones y alegaciones.

De conformidad con el acuerdo adoptado el Presupuesto se considerará definitivamente aproba-

do, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.

En Carrascal del Río, a 28 de Diciembre de 2011.— La Alcaldesa, Mª del Henar de Pablo San Ig-

nacio.

61

Ayuntamiento de Cerezo de Abajo

ANUNCIO

La Alcaldía ha dictado con fecha 4 de enero de 2012, la siguiente resolución:

Visto el fichero enviado por el INE a este Ayuntamiento para la comprobación de residencia de

los extranjeros que no estén obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años (ciudadanos

de la Unión Europea y de los Estados que formen parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico

Europeo de otros Estados distintos a los anteriores con tarjeta de residencia de Régimen Comunita-

rio o con Autorización de Residencia permanente)

Atendiendo que, se ha realizado la notificación personal a los ciudadanos extranjeros que no es-

tán obligados a renovar su inscripción patronal cada dos años sin efecto y que no se ha personado a

comunicar su continuidad como residente en esta localidad la persona que se relaciona a continua-

ción, al figurar inscrito en el Padrón Municipal de este municipio.

Por medio del presente y de conformidad con la legislación vigente.

RESUELVO:

PRIMERO: Se proceda a realizar la baja correspondiente en el Padrón Municipal de Habitantes al

haberse comprobado que no sigue residiendo en esta municipio, teniendo en cuenta que no se ha

personado a comunicar su continuidad como residentes en el mismo, la persona que a continuación

se relaciona:

Nombre y Apellidos: JAKUB ADAM

Dirección: Calle Cantarilla del Rubial, 14

Documento: BM692908

SEGUNDO: Publíquese en el B.O.P. a los efectos oportunos.

Cerezo de Abajo, a 4 de enero de 2012.— El Alcalde, Felipe Martín Muñoz.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

Miércoles, 18 de enero de 2012Núm. 8 Pág. 81

Miércoles, 18 de enero de 2012Núm. 8 Pág. 82

77

Ayuntamiento de Cobos de Fuentidueña

ANUNCIO

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 29 de diciembre de 2011

se aprobó el presupuesto general para el ejercicio de 2011.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 del Real Decreto Leg. 2/2004 de 5 de mar-

zo se expone al público durante el plazo de quince días, en la Secretaría General y durante las ho-

ras de oficina, el expediente completo a efectos de que los interesados que se señalan en el artículo

170 de la Ley antes citada puedan examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno del Ayunta-

miento por los motivos que se señalan en el apartado 2 del mentado artículo 170.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presenten reclamaciones, el pre-

supuesto se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.

Cobos de Fuentidueña, a 29 de diciembre de 2011.— El Alcalde, Mariano Iglesias Sanz.

76

Ayuntamiento de Cuéllar

ANUNCIO

Por D. Pedro García Zarzuela se ha presentado solicitud de licencia AMBIENTAL para LEGALI-

ZACIÓN DE AMPLIACIÓN DE BAR-RESTAURANTE 4ª CATEGORÍA en la C/ Ramón Montalvillo nº

17 de Cuéllar.

Lo que se hace público por plazo de VEINTE días hábiles a efectos de presentación de reclama-

ciones ante esta Alcaldía.

Todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artº 27.1 de la Ley 11/2003, de 8 de Abril, de

Prevención Ambiental de Castilla y León.

Cuéllar, 5 de enero de 2012.— El Alcalde, Jesús García Pastor.

80

Ayuntamiento de Montejo de la Vega de Serrezuela

ANUNCIO

Aprobado por el Pleno Municipal de este Ayuntamiento de fecha 22-12-2011, el Pliego de condi-

ciones administrativas que ha de regir el arrendamiento de las parcelas rústicas recogidas en el mis-

mo,pertenecientes al Ayuntamiento de Montejo de la Vega de la Serrezuela y, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 92 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Re-

glamento de Bienes de las Entidades Locales, y en su remisión al texto refundido de la Ley de Con-

tratos de Administraciones Públicas, se anuncia licitación pública, mediante procedimiento abierto,

con un único criterio de adjudicación, el mejor precio, para adjudicar el arrendamiento de los lotes

formados por las parcelas rústicas recogidas en el mismo y, según descripción que figura en el expe-

diente, con arreglo a lo siguiente:

1.-Organo de contratación: Pleno del Ayuntamiento de Montejo de la Vega de la Serrezuela.

2.-Modalidad de adjudicación: Expediente urgente, por procedimiento abierto, con un único cri-

terio, el mejor precio.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

3.-Pliego de cláusulas administrativas: aprobados por el Pleno Municipal de este Ayuntamien-

to en sesión de fecha 22-12-2011, las cuales se exponen al público por plazo de ocho días contados

a partir del siguiente a la inserción de este anuncio en el B.O. de esta Provincia para que puedan

presentarse reclamaciones.

Simultáneamente se anuncia la licitación, mediante procedimiento abierto, con un único criterio,

el mejor precio; si bien, la licitación se aplazará en el supuesto de que se formulen reclamaciones

contra el Pliego de Condiciones.

4.-Duración del arrendamiento: cinco años.

5.-Tipo de licitación, al alza:

Lote número 1:............................800,00 euros.

Lote número 2:............................800,00 euros.

Lote número 3:............................800,00 euros.

Lote número 4:............................750,00 euros.

Lote número 5:............................450,00 euros.

Lote número 6:............................700,00 euros.

Lote número 7:............................650,00 euros.

Lote número 8:............................700,00 euros.

Lote número 9:............................750,00 euros.

Lote número 10:............................60,00 euros.

Lote número 11:..........................350,00 euros.

Lote numero 12:..........................120,00 euros.

6.-Fianza provisional: No se establece.

7.-Fianza definitiva: 5% de la adjudicación definitiva.

8.-Gastos: Todos los gastos que se deriven del presente arrendamiento, incluidos anuncios, for-

malización del contrato, tasas, impuestos, etc, serán de cuenta del adjudicatario.

9.-Plazo y lugar de presentación de proposiciones: se presentarán en dos sobres, señalados

con las letras A y B.

El sobre A contendrá la documentación exigida para tomar parte en la subasta. El sobre B la ofer-

ta econórnica. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el Pliego de Condiciones.

La presentación de ofertas será en la Secretaría de este Ayuntamiento de 9 a 14 horas, durante

el plazo de catorce días naturales, contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio en

el B.O. de esta Provincia.

La apertura de ofertas tendrá lugar el primer martes hábil siguiente a aquél en que finalice el pla-

zo de presentación de proposiciones, a las 12,00 horas.

Montejo de la Vega de la Serrezuela, 22 de diciembre del 2011.— El Alcalde, rubricado.

65

Ayuntamiento de San Cristóbal de Cuéllar

EDICTO

En cumplimiento a lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judi-

cial, se pone en conocimiento de todos los interesados que, dentro del plazo allí establecido, se pro-

cederá por el Pleno de esta Corporación Municipal a proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal

Superior de Justicia de Castilla y León el nombramiento del cargo de Juez de Paz titular.

Los interesados en este nombramiento tendrán que presentar en la Secretaría de este Ayunta-

miento la correspondiente solicitud, por escrito, en el plazo de un mes, contado a partir del día si-

guiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, acompañada de los docu-

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

Miércoles, 18 de enero de 2012Núm. 8 Pág. 83

Miércoles, 18 de enero de 2012Núm. 8 Pág. 84

mentos señalados en el expediente, el cual se encuentra a disposición de los interesados en la Se-

cretaría de este Ayuntamiento.

Quien lo solicite, será informado en el Ayuntamiento de las condiciones precisas para poder os-

tentar dicho cargo, y de las causas de incapacidad e incompatibilidad que impiden desempeñar el

mismo.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.

En San Cristóbal de Cuéllar, a 4 de enero de 2012.— El Alcalde, Tomás Merino Zarzuela.

62

Ayuntamiento de Sanchonuño

EDICTO DE NOTIFICACION COLECTIVA DE PADRONES DE AGUA, ALCANTARILLADO Y RESIDUOS URBANOS

Por resolución de la Alcaldía nº 1/2012, de fecha 9 de enero de 2012, se han aprobado los pa-

drones de la tasa por prestación del servicio de abastecimiento de agua y alcantarillado así como

de la tasa por recogida de residuos sólidos urbanos correspondiente al segundo semestre de

2011.

Simultáneamente se abre periodo de cobro voluntario por plazo de dos meses desde la publica-

ción del presente anuncio en el B.O.P. de Segovia. El vencimiento del plazo de ingreso en periodo

voluntario sin haber satisfecho la deuda, determinará el inicio del periodo ejecutivo, el devengo del

recargo correspondiente y los intereses de demora.

Lo que se hace público a efectos de notificación colectiva.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán inter-

poner potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a la pu-

blicación del presente anuncio en el B.O.P. de Segovia, o recurso contencioso-administrativo en el

plazo de dos meses. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime oportu-

no.

La interposición de recursos no suspende la ejecución del acto impugnado, salvo que, simultáne-

amente a aquella se solicite la suspensión acompañando garantía que cubra la totalidad de la deu-

da.

En Sanchonuño, a 9 de enero de 2012.— El Alcalde, Carlos E. Fuentes Pascual.

86

Ayuntamiento de Santiuste de San Juan Bautista

ANUNCIO

Aprobados por Decreto de la Alcaldía de fecha 10-01-2012 los Padrones Tributarios de la Tasa

por Suministro de Agua a Domicilio y Tasa por Servicio de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos,

correspondientes al 4º Trimestre de 2011, se hace público para conocimiento de los contribuyentes

obligados al pago de dichas tasas que, de conformidad con lo establecido en el vigente Reglamente

General de Recaudación, y en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo aprobatorio, el período voluntario

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

para el pago de recibos de los conceptos tributarios indicados seguidamente, comprenderá desde el

día 25 de enero hasta el 25 de marzo de 2011, ambos incluidos.

Los citados conceptos son los siguientes:

- Tasa por servicio de abastecimiento de agua y servicio de recogida de residuos sólidos urbanos.

El pago de los recibos correspondientes podrá realizarse de la siguiente forma:

** Los Recibos No Domiciliados, en días y horas de oficina, en la Secretaría del Ayuntamiento.

** Los Recibos Domiciliados en Entidad Bancaria serán cargados en las cuentas respectivas a

partir del día 25 de enero de 2012; corriendo a cargo de los abonados aquellos gastos que se deri-

varan de la devolución de los recibos por causa que les fuera imputable.

Transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, las respectivas deudas tributarias incurri-

rán en apremio y serán exigidas por el procedimiento ejecutivo correspondiente a través de los servi-

cios de recaudación ejecutiva de la Diputación Provincial, con los recargos e intereses de demora

que procedan.

Lo que se publica a efectos de notificación colectiva, durante un plazo de dos meses, a los contri-

buyentes sujetos a gravamen por las referidas tasas, conforme a lo previsto en los artículos 102.3 y

14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Los contribuyentes podrán impugnar los recibos mediante la interposición del recurso de reposi-

ción ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del

plazo de exposición pública del padrón; así mismo podrán interponer Recurso Contencioso-Adminis-

trativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Segovia, en el plazo de dos meses con-

tados desde la finalización del plazo de exposición pública del padrón, sin perjuicio de que el intere-

sado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente; en caso de interposición del

recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse el Contencioso-Administrativo hasta la re-

solución del primero.

Santiuste de San Juan Bautista, a 10 de enero de 2012.— El Alcalde, Juan Martín Gómez.

83

Ayuntamiento de Sepúlveda

EDICTO

NOTIFICACIÓN COLECTIVA DE LAS LIQUIDACIONES-RECIBOS INCLUIDAS EN LAS LISTASCOBRATORIAS DE TASAS POR SERVICIOS DE SUMINISTRO DE AGUA, ALCANTARILLADO Y

RECOGIDA DE BASURAS, Y ANUNCIO DE COBRANZA DEL PERIODOVOLUNTARIO DE PAGO

Aprobadas por Decreto de la Alcaldía del día de la fecha, las listas cobratorias de las tasas munici-

pales por prestación de servicios de suministro de agua, alcantarillado y recogida de basura, referidas al

segundo semestre de 2011, se hace saber que podrán ser consultadas por los interesados en el Ayunta-

miento en idéntico plazo a la duración del periodo voluntario de pago establecido en el presente Edicto.

Cada obligado tributario podrá consultar exclusivamente el registro relativo a su deuda tributaria, al con-

tener las listas cobratorias datos de carácter personal amparados por la Ley de Protección de Datos.

Contra las liquidaciones incorporadas en las citadas listas, los contribuyentes podrán interponer

ante la Alcaldía recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a

contar desde la fecha en que finalice la exposición pública anteriormente mencionada, de conformi-

dad con lo establecido por el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el

que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

La interposición de recursos no suspende la ejecución del acto impugnado, salvo que se solicite

dicha suspensión acompañando garantía que cubra el total de la deuda tributaria.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

Miércoles, 18 de enero de 2012Núm. 8 Pág. 85

Miércoles, 18 de enero de 2012Núm. 8 Pág. 86

Igualmente, se hace público para conocimiento de los contribuyentes obligados al pago de dichos

tributos que, de conformidad con lo establecido por el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de di-

ciembre, General Tributaria, y artículo 24 del vigente Reglamento General de Recaudación aprobado

por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, y en virtud de lo dispuesto por esta Alcaldía en el citado

Decreto, el periodo voluntario para el pago de recibos de los conceptos tributarios indicados com-

prenderá desde el 2 de enero al 30 de marzo de 2012, ambos inclusive.

El pago de los recibos correspondientes podrá efectuarse mediante domiciliación bancaria o in-

greso a la cuenta del Ayuntamiento en cualquiera de las siguientes Entidades que operan en Sepúl-

veda: Caja Segovia, Caja Rural Provincial, BBVA, Banesto y La Caixa, en los días y horas estableci-

dos como hábiles por dichas Entidades.

A partir del día siguiente en que finalice el periodo voluntario de pago fijado, se iniciará el periodo

ejecutivo, efectuándose la recaudación de las respectivas deudas tributarias por el procedimiento de

apremio sobre el patrimonio del obligado al pago, con los recargos e intereses de demora que pro-

cedan y, en su caso, las costas que se produzcan.

Lo que se hace público a efectos de notificación colectiva a los contribuyentes sujetos a grava-

men por las citadas tasas, conforme a lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria y

24 del Reglamento General de Recaudación.

Sepúlveda, a 30 de diciembre de 2011.— El Alcalde, Francisco Notario Martín.

84

ANUNCIO

Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo de 9 de noviembre de 2011, por el que se

aprobó inicialmente la modificación de las Ordenanzas Fiscales nº 4, nº 14, nº 15, nº 16, nº 17, nº 18

y nº 21, así como el establecimiento de las Ordenanzas Fiscales nº 6 y nº 22, sin que se haya pre-

sentado ninguna reclamación; el expresado acuerdo y las citadas ordenanzas quedan elevados a

definitivos, procediéndose a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la parte dispositiva

del acuerdo y del texto íntegro de dichas ordenanzas, como anexos de este anuncio.

Contra el referido acuerdo y las ordenanzas modificadas o establecidas, podrán los interesados

interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de dicha jurisdicción del

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, en el plazo de dos meses, a

contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio.

Sepúlveda, a 27 de diciembre de 2011.— El Alcalde, Francisco Notario Martín

ANEXO I

PARTE DISPOSITIVA DEL ACUERDO DE APROBACIÓN

1º.- Aprobar la modificación de las Ordenanzas Fiscales propuestas en los términos en que apa-

recen redactadas en los expedientes correspondientes; así como el establecimiento de la Ordenan-

za Fiscal nº 6 reguladora de la Tasa por Licencias Ambientales y otras actuaciones de prevención

ambiental, que sustituye a la anterior Ordenanza reguladora de la tasa por Licencia de Apertura de

Establecimientos, que se deroga expresamente, y el establecimiento de la Ordenanza Fiscal nº 22,

reguladora de la tasa por utilización del Teatro Bretón, en los términos en que aparecen redactadas

en los respectivos expedientes.

2º.- Que este acuerdo, junto con las correspondientes Ordenanzas y demás antecedentes obran-

tes en los expedientes, se expongan al público por plazo de treinta días hábiles, mediante la publica-

ción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios del

Ayuntamiento, al objeto de que durante dicho plazo los interesados puedan examinarlos y formular,

en su caso, las reclamaciones que estimen pertinentes.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

3º.- De no presentarse reclamaciones durante el plazo de información pública, el acuerdo y las

referidas Ordenanzas Fiscales modificadas se elevarán automáticamente a definitivos, procediéndo-

se seguidamente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

ANEXO II

MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL NUMERO 4, REGULADORA DE LA TASA

POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL CEMENTERIO MUNICIPAL

Fundamento y naturaleza

Artículo 1º.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución

Española, y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régi-

men Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 y 20 a 27 del Real Decreto

Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora

de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la TASA por prestación de servicios del Ce-

menterio Municipal, que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo dis-

puesto en el artículo 57 del citado Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Hecho imponible

Artículo 2º.- Constituye el hecho imponible de la tasa regulada por esta Ordenanza la prestación

de los servicios del Cementerio Municipal (Cementerios de Sepúlveda y Duratón) y, en especial, la

asignación de espacios para enterramientos, permisos de construcción de panteones y sepulturas,

ocupación de los mismos, reducción e incineración de cadáveres, colocación y movimiento de lápi-

das, verjas y adornos, conservación de los espacios destinados a sepulturas y cualesquiera otros

que, conforme a lo previsto en el Reglamento de Policía sanitaria mortuoria, sean procedentes y se

autoricen a instancia de parte interesada.

Sujeto pasivo

Artículo 3º.- Son sujetos pasivos de la tasa, en concepto de contribuyentes, las personas físicas

o jurídicas y las Entidades a las que se refiere el artículo 35 de la Ley General Tributaria que solici-

ten o que resulten beneficiadas o afectadas por la prestación del servicio de Cementerio Municipal.

Responsables

Artículo 4º

1.- Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas físi-

cas o jurídicas a que se refiere el artículo 42 de la Ley General Tributaria.

2.- Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades y los síndicos, inter-

ventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general, en los supues-

tos y con el alcance que señala el artículo 43 de la Ley General Tributaria.

Exenciones

Artículo 5º.- Estarán exentos de la tasa regulada por esta Ordenanza los servicios siguientes:

a) Los enterramientos de asilados en establecimientos de Beneficencia, siempre que la conduc-

ción se verifique por cuenta de los citados establecimientos y sin ninguna pompa fúnebre que sea

costeada por la familia de los fallecidos.

b) Los enterramientos de fallecidos pobres de solemnidad.

c) Las inhumaciones que ordene la Autoridad Judicial y que se efectúen en la fosa común.

Tarifas

Artículo 6º

1.- Concesiones a perpetuidad

a) Nichos de tres cuerpos ......................................................................1.298,18 Euros

b) Panteón familiar y un cuerpo ................................................................ 432,73 Euros

c) Nicho individual ..................................................................................1.080,00 Euros

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

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Miércoles, 18 de enero de 2012Núm. 8 Pág. 88

d) Columbarios cenizas para tres urnas:

Primera urna ............................................................................................420,00 Euros

Cada urna restante ....................................................................................120,00 Euros

2.- Fosa Común ............................................................................................7,20 Euros

3.- Derechos de enterramiento toda clase de sepulturas

y columbarios ......................................................................................180,00 Euros

4.- Servicio de reducción de restos............................................................360,00 Euros

5.- Colocación de lápidas y panteones...............................3,5 % del importe de la obra

A fin de preservar la estética del Cementerio Municipal y de liquidar la correspondiente tasa, cual-

quier obra, instalación o sustitución de elementos en el Cementerio deberá ser autorizada por el Ayun-

tamiento con carácter previo a su ejecución, a efectos de lo cual el interesado presentará la correspon-

diente solicitud con detalle de las obras e instalaciones previstas y presupuesto de las mismas.

Devengo

Artículo 7º

1.- Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir por el concepto a que esta Ordenanza

se refiere al iniciarse la prestación de los servicios sujetos a gravamen.

2.- A efectos de lo dispuesto en el párrafo precedente, se entenderá que el servicio se inicia des-

de el momento en que se presenta la solicitud de su prestación.

Artículo 8º.- No devengarán derecho alguno los traslados de restos de cadáveres al columbario,

procedentes de nichos temporales cuya concesión haya caducado. Tampoco devengarán tasa los

traslados que soliciten los particulares interesados, desde cualquier clase de sepultura, siempre que

ésta quede completamente libre y se autorice por el concesionario o sus derechohabientes la rever-

sión al Ayuntamiento. En este caso, todas las operaciones se realizarán por cuenta de éste.

Ingreso de la tasa

Artículo 9º

1.- Los servicios gravados por la tasa regulada en esta Ordenanza se realizarán previa solicitud

de parte interesada, salvo en el supuesto de personas de la Beneficencia Municipal, fallecidas sin fa-

miliares próximos, en cuyo caso se ordenarán de oficio por el Ayuntamiento.

2º.- Cada servicio será objeto de liquidación individual, que será notificada una vez prestado el

servicio al sujeto pasivo para el ingreso directo de su importe en la Tesorería municipal en la forma y

plazos que señala el vigente Reglamento de Recaudación.

Reversión de sepulturas

Artículo 10º

1.- El derecho que se adquiere, mediante el pago de la tasa, respecto de los nichos o sepulturas

de cualquier clase cuya concesión se otorgue “a perpetuidad” no lleva inherente la propiedad del te-

rreno ocupado por la sepultura o nicho, sino solamente el de conservación de los restos inhumados

en dicho espacio en tanto el titular de la concesión o sus derechohabientes no decidan su traslado.

2.- Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior y del supuesto que se contempla en el

artº 8º respecto de renuncia del titular, revertirán al Ayuntamiento las sepulturas y nichos que, por

cualquier causa, queden vacantes por más de cinco años consecutivos desde la exhumación de los

últimos restos.

3.- A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, antes de declarar la reversión se notificará al conce-

sionario o sus derechohabientes, en su caso, para que manifiesten si desean continuar con la concesión

en un plazo de veinte días, no resolviendo sobre la reversión hasta tanto exista constancia en el expe-

diente de la renuncia del concesionario o de la inexistencia de persona con derechos sobre la sepultura.

Infracciones y sanciones

Artículo 11º.- En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como la aplica-

ción de sanciones que por las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en la

Ley General Tributaria sobre el particular.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Ordenanza Fiscal, con las modificaciones aprobadas por el

Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 9 de noviembre de 2.011, entrará en vigor el día de su pu-

blicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y comenzará a regir a partir del día siguiente al de

dicha publicación, continuando en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación expresa.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 14, REGULADORA DE LA TASA

POR OCUPACION DE TERRENOS DE USO PUBLICO LOCAL CON MESAS Y SILLAS,

TRIBUNAS, TABLADOS Y OTROS ELEMENTOS ANALOGOS, CON FINALIDAD LUCRATIVA

Fundamento y naturaleza

Artículo 1º.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitu-

ción, y de conformidad con lo establecido por el artículo 106 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Regula-

dora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley Reguladora

de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y con arre-

glo a lo dispuesto en los artículos 15 a 27 de este último, se establece en este municipio la TASA por

ocupación de terrenos de uso público local con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos

análogos, con finalidad lucrativa, que se regirá por los preceptos contenidos en esta Ordenanza.

Hecho imponible

Artículo 2º.- Constituye el hecho imponible la ocupación de terrenos de uso público local con

mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos, con finalidad lucrativa.

Sujetos pasivos

Artículo 3º.- Son sujetos pasivos en concepto de contribuyentes las personas físicas o jurídicas y

las Entidades a las que se refiere el artículo 35 de la Ley General Tributaria, a cuyo favor fuera otor-

gada la licencia o que se beneficien del aprovechamiento de terrenos de uso público para los fines

indicados en el artículo anterior.

Responsables

Artículo 4º

1.- Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas físi-

cas o jurídicas a que se refiere el artículo 42 de la Ley General Tributaria.

2.- Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades y los síndicos, inter-

ventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general, en los supues-

tos y con el alcance que señala el artículo 43 de la Ley General Tributaria.

Devengo

Artículo 5º.- Se devengará la Tasa y nace la obligación de contribuir por el otorgamiento de la li-

cencia para ocupar la vía pública o desde el momento en que se inicie la ocupación si se procedió

sin la oportuna autorización.

Tarifas

Artículo 6º.- Por ocupación o reserva especial de la vía pública o terrenos municipales de uso

público para la colocación de mesas y sillas, toldos, marquesinas, expositores, tribunas, tablados y

otros elementos similares, con finalidad lucrativa, por cada metro cuadrado o fracción, al año o por

temporada:

1.- Casco Urbano: .............................................................................20,00 Euros

2.- Aledaños: .....................................................................................15,00 Euros

Normas de gestion

Artículo 7º.-

1.- Las cantidades exigibles con arreglo a las Tarifas se liquidarán por cada aprovechamiento solici-

tado o efectivamente realizado y serán irreducibles por el periodo anual o de temporada autorizada.

2.- Las personas o entidades interesadas en la concesión de aprovechamientos regulados en es-

ta Ordenanza deberán solicitar previamente la correspondiente licencia, realizar el depósito previo a

que se refiere el artº 26.1.a) del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,

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equivalente al importe total de la correspondiente tarifa, y formular declaración en la que conste la

superficie del aprovechamiento y los elementos que se van a instalar, así como su situación exacta

dentro del municipio y duración del aprovechamiento.

3.-No se consentirá la ocupación de la vía pública hasta que se haya abonado el depósito previo

y se haya obtenido la correspondiente licencia por los interesados, y su incumplimiento podrá dar lu-

gar a la no concesión de la licencia sin perjuicio del pago de la Tasa y de las sanciones y recargos

que procedan.

4.- En caso de denegarse las autorizaciones los interesados podrán solicitar a este Ayuntamiento

la devolución del importe ingresado, salvo en el supuesto de que la instalación se hubiese realizado

indebidamente antes de resolver sobre la concesión de la licencia.

5.- El Ayuntamiento, por medio de sus servicios técnicos, comprobará e investigará las declara-

ciones formuladas por los solicitantes, una vez autorizada la instalación, efectuándose de oficio liqui-

dación complementaria, en su caso, si se comprobare la inexactitud de los datos facilitados de los

que resultase la aplicación de una tarifa inferior a la que realmente corresponda por las instalaciones

y ocupación efectivamente realizadas, notificándola a los interesados en forma reglamentaria.

6.- Una vez autorizada la ocupación se entenderá prorrogada mientras no se acuerde su caduci-

dad por el Ayuntamiento o se presente baja justificada por el interesado o por sus legítimos repre-

sentantes en caso de fallecimiento.

7.- La presentación de la baja surtirá efectos a partir del día siguiente al de la retirada efectiva de

la ocupación. Sea cual sea la causa que se alegue en contrario, la no presentación de la baja deter-

minará la obligación de continuar abonando la tasa.

8.- Las autorizaciones tendrán carácter personal y no podrán ser cedidas o subarrendadas a ter-

ceros, dando lugar su incumplimiento a la anulación automática de la licencia, sin perjuicio de las

cuantías que corresponda abonar a los interesados.

9.- Las licencias que se concedan de acuerdo con esta Ordenanza se entenderán otorgadas con

la condición de que el Ayuntamiento podrá revocarlas o modificarlas en todo momento, siempre que

se considere conveniente a los intereses municipales, sin que los concesionarios tengan derecho al-

guno por la ocupación o cualquier otro concepto.

10.- Las instalaciones en el Conjunto Histórico Artístico de la Villa de Sepúlveda deberán cumplir

en todo caso las condiciones estéticas que se establezcan por el Ayuntamiento, en cuanto a diseño,

colores, materiales etc.

11.- De conformidad con lo prevenido en el artº 24.5 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de

las Haciendas Locales, cuando con ocasión de los aprovechamientos regulados en esta Ordenanza

Fiscal se produjesen desperfectos en el pavimento o instalaciones de la vía pública, los titulares de

las licencias o los obligados al pago vendrán sujetos al reintegro total de los gastos de reconstruc-

ción y reparación de tales desperfectos o reparar los daños causados, que serán, en todo caso, in-

dependientes de los derechos liquidados por los aprovechamientos realizados. Si los daños fueran

irreparables, la entidad será indemnizada en cuantía igual al valor de los bienes destruidos, o el im-

porte del deterioro de los dañados.

12.- La no adecuación de las instalaciones a la superficie solicitada o a las condiciones de limpie-

za de la vía pública, estéticas y demás establecidas por el Ayuntamiento, dará lugar en todo caso a

que no se conceda autorización o prórroga para la ocupación en la temporada siguiente.

13.- Será de aplicación específica a las licencias e instalaciones a que se refiere, la Ordenanza

vigente reguladora de las condiciones reglamentarias que han de regir en la ocupación temporal de

partes de las vías públicas municipales para instalar mesas y sillas con fines lucrativos en terrazas

de bares.

Obligación de pago

Artículo 8º

1.- La obligación de pago de la Tasa regulada en esta Ordenanza Fiscal nace en el momento de

solicitar la correspondiente licencia o se inicie la actividad. En caso de tratarse de aprovechamientos

ya autorizados, el día primero de cada año.

2.- El pago de la Tasa se realizará por ingreso directo en la Tesorería Municipal o en la Entidad

Bancaria que el Ayuntamiento señale, pero siempre antes de retirar la correspondiente licencia. Este

ingreso tendrá carácter de depósito previo, quedando elevado a definitivo al conceder la licencia co-

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

rrespondiente. Si se trata de concesiones de aprovechamientos ya autorizados y prorrogados, en el

primer semestre del año natural, conforme al Reglamento General de Recaudación.

Infracciones y sanciones

Artículo 9º.- En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las san-

ciones que a las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en los artículos 178 y

siguientes de la Ley General Tributaria, y en el reglamento vigente relativo a la regulación de terra-

zas de bares.

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Ordenanza Fiscal, con las modificaciones aprobadas por el

Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 9 de noviembre de 2.011, entrará en vigor el día de su

publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y comenzará a regir a partir del día siguiente

al de dicha publicación, continuando en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación ex-

presa.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 15, REGULADORA DE LA TASA

POR PRESTACION DE SERVICIOS DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL

Fundamento y naturaleza

Artículo 1º.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, y

de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, de Bases de Régi-

men Local, y artículo 57 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado

por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y con arreglo a lo dispuesto en los artículos 15 a 27

de este último, se establece en este municipio la TASA por prestación de servicios y actividades en el

Polideportivo Municipal, que se regirá por los preceptos contenidos en esta Ordenanza.

Hecho imponible

Artículo 2º.- Constituye el hecho imponible de la Tasa la prestación de servicios públicos y activi-

dades en el Pabellón Polideportivo Municipal, de acuerdo con las tarifas contenidas en el artículo 4º

de la presente Ordenanza.

Sujetos pasivos y responsables

Artículo 3º

1.- Son sujetos pasivos de la tasa, en concepto de contribuyentes, las personas físicas o jurídicas

y las entidades a que se refiere el artículo 35 de la Ley General Tributaria, que disfruten, utilicen o se

aprovechen de los servicios, actividades e instalaciones del Polideportivo Municipal.

2.- Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas físi-

cas o jurídicas a que se refiere el artículo 42 de la Ley General Tributaria.

3.- Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades y los síndicos, inter-

ventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general, en los supues-

tos y con el alcance que señala el artículo 43 de la Ley General Tributaria.

Tarifas

Artículo 4º

1.- Las Tarifas de la tasa por la utilización de las instalaciones del Polideportivo Municipal serán

las siguientes:

1. Utilización de Pista completa:

a).- Por cada hora, sin luz eléctrica:.............................12 Euros

b).- Por cada hora, con luz eléctrica:............................15 Euros

2. Utilización de media Pista:

a).- Por cada hora, sin luz eléctrica:...............................8 Euros

b).- Por cada hora, con luz eléctrica:...........................10 Euros

2.- No están sujetos al pago de la tasa aquellos usuarios hasta edad y categoría juvenil, cuando

la práctica deportiva se refiera a:

A) Horas lectivas de Centros Escolares.

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B) Competiciones oficiales

C) Escuelas deportivas municipales o provinciales. La Escuela Deportiva Provincial se regirá por las

tasas o cuotas establecidas en el convenio que se suscribe con la Diputación Provincial de Segovia.

3.- Será gratuita la utilización del Polideportivo en las competiciones oficiales en que participen

equipos federados que representen a Sepúlveda, si bien deberán comunicarse previamente al Ayun-

tamiento las fechas y horarios programados para su celebración, a efectos de la organización de las

actividades del Polideportivo.

4.- Cuando los usuarios de las instalaciones cobren entrada por asistencia a la actividad que se

realice en el Polideportivo, deberán abonar al Ayuntamiento la cantidad que se acuerde, en función

de las características de la utilización, precio de las entradas y destino de la recaudación.

Convenios deportivos

Artículo 5º.- El Ayuntamiento podrá concertar convenios especiales de colaboración con los

usuarios que se indican a continuación, en los que podrá fijarse una reducción del importe total de la

cantidad a abonar por esta tasa en la misma proporción a los equivalentes económicos que supon-

gan las obligaciones que se fijen en aquellos, siendo indispensable que los fines de colaboración se-

an de orden deportivo e interés municipal:

A) Federaciones Deportivas.

B) Clubes Deportivos no profesionales.

C) Centros Escolares.

D) Escuelas Deportivas.

E) Centros Deportivos.

F) Agrupaciones y asociaciones deportivas y culturales.

Para acceder a este tipo de convenios, será requisito indispensable que la instalación se destine

a fines deportivos y sociales del solicitante, recogidos en sus propios Estatutos, y que la Entidad es-

té legalmente constituida.

Infraciones y sanciones

Artículo 6º.- En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias y sanciones que a las

mismas pudieran corresponder, se estará a lo dispuesto en la Ley General Tributaria y normativa de

desarrollo.

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Ordenanza Fiscal, con las modificaciones aprobadas por el

Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 9 de noviembre de 2.011, entrará en vigor el día de su pu-

blicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y comenzará a regir a partir del día siguiente al de

dicha publicación, continuando en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación expresa.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL NUMERO 16, REGULADORA DE LA TASA

POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE PRIMERA UTILIZACIÓN U OCUPACIÓN DE

CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES EN EL MUNICIPIO

Fundamento y naturaleza

Artículo 1º.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución

y de conformidad con lo establecido por el artículo 106 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora

de las Bases de Régimen Local, y artículo 57 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Ha-

ciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y con arreglo a lo

dispuesto en los artículos 15 a 27 de este último, se establece en este municipio la TASA por el otor-

gamiento de licencias de primera utilización u ocupación de construcciones e instalaciones a que se

refieren el artículo 97.1 e) de la Ley 5/1.999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, y artícu-

lo 21.2 d) del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.

Artículo 2º.- La licencia de primera utilización u ocupación tiene por finalidad:

a) Comprobar que el edificio construido y la urbanización realizada simultáneamente, en su caso,

se han ejecutado con arreglo al proyecto técnico y a la licencia urbanística concedida en su día

b) Cerciorarse de que lo construido reúne las condiciones de habitabilidad e higiene

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

c) Confirmar que el edificio puede destinarse a determinado uso

d) Asegurarse de que el constructor ha repuesto, caso de haberlos dañado, los elementos y el

equipamiento urbanístico afectados

Hecho imponible

Artículo 3º.- Constituye el hecho imponible de la tasa la actividad municipal, técnica y administra-

tiva, tendente a verificar que las obras ejecutadas en las construcciones e instalaciones cumplen con

lo dispuesto en el proyecto técnico y en la normativa urbanística con arreglo a la cual se otorgó la

correspondiente licencia, tanto para obras de construcción de edificios de nueva planta como para la

ampliación, rehabilitación o reforma de estructuras de los ya existentes, realizadas al amparo de una

licencia urbanística.

Sujeto pasivo

Artículo 4º

1.- Son sujetos pasivos de la tasa, en concepto de contribuyentes, las personas físicas o jurídicas

y las entidades a que se refiere el artículo 35 de la Ley General Tributaria, que soliciten el otorga-

miento de la citada licencia o resulten beneficiados por la misma.

2.- Tendrán la condición de sustituto del contribuyente:

a) Los propietarios de los inmuebles, quienes podrán repercutir, en su caso, las cuotas sobre los

respectivos beneficiarios

b) Los constructores y contratistas de las obras

Responsables

Artículo 5º

1.- Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas físi-

cas y jurídicas a que se refiere el artículo 42 de la Ley General Tributaria.

2.- Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades y los síndicos, inter-

ventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general, en los supues-

tos y con el alcance que señala el artículo 43 de la Ley General Tributaria.

Base imponible y cuota tributaria

Artículo 6º

1.- Constituye la Base imponible de la tasa el importe total de las obras que haya servido de base

para liquidar el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

2.- La cuota tributaria resultará de aplicar a la base imponible el siguiente tipo de gravamen: 0,25

por ciento.

Exenciones y bonificaciones

Artículo 7º.- No se concederá exención ni bonificación alguna en la exacción de la tasa.

Devengo

Artículo 8º

1.- Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando se inicie la actividad municipal

que constituye su hecho imponible. A estos efectos, se entenderá iniciada dicha actividad en la fecha

de presentación de la solicitud de la licencia de primera utilización u ocupación, sí el sujeto pasivo

formulase expresamente ésta.

2.- Si dicha solicitud no se presentara, la tasa se devengará cuando se inicie efectivamente la ac-

tividad municipal conducente a determinar si la utilización u ocupación es o no autorizable, con arre-

glo a lo señalado en el artículo 4º, con independencia del expediente administrativo que pueda ins-

truirse para la restauración de la legalidad urbanística.

3.- La obligación de contribuir, una vez nacida, no se verá afectada en modo alguno por la dene-

gación de la licencia solicitada o por la concesión de ésta condicionada a la modificación del proyec-

to para legalización de obras ejecutadas, ni por la renuncia o desistimiento del solicitante una vez

concedida la licencia.

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Normas de gestion

Artículo 9º

1.- Los interesados en obtener licencia de primera utilización u ocupación, presentarán solicitud

dirigida al Sr. Alcalde del Ayuntamiento, que deberá contener los siguientes datos:

a) Nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de la persona que lo representa, así como la

identificación del lugar que se señale a efectos de notificaciones

b) Identificación del inmueble respecto del que se solicita licencia y que habrá de concretarse con

toda claridad

c) Lugar, fecha y firma del solicitante o de su representante.

2.- A la solicitud deberán acompañarse los siguientes documentos:

a) Copia de la licencia de obra de nueva planta, o de ampliación, rehabilitación o reforma de

estructura, y justificante del abono del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

b) Certificado de la finalización de la obra y, en su caso, de la urbanización ejecutada, expedido

por técnico competente, en el que se haga constar su conformidad con el proyecto técnico aprobado

y que el inmueble reúne las condiciones necesarias para ser ocupado.

c) Justificante de haber solicitado el alta o variación correspondiente en el Impuesto de Bienes In-

muebles de naturaleza urbana.

d) Declaración-liquidación, según el modelo determinado por el Ayuntamiento, que contendrá los

elementos tributarios imprescindibles para la liquidación procedente, adjuntando justificante de su

abono en Caja de Ahorros o Bancos, a favor del Ayuntamiento.

Artículo 10º

1.- La licencia de primera utilización u ocupación se tramitará con arreglo al procedimiento esta-

blecido en la legislación de régimen local y el artículo 99 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanis-

mo de Castilla y León.

2.- El informe de los servicios técnicos municipales hará constar si la obra se ha realizado con

arreglo al proyecto técnico y la licencia urbanística concedida; si han sido debidamente restaurados

los elementos urbanísticos y equipamientos urbanos que hayan podido quedar afectados como con-

secuencia de las obras; si se reúnen las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público; y si

la construcción es apta para el uso a que se destina.

3.- Si los servicios técnicos comprobasen la existencia de variaciones sobre el proyecto aprobado

se deberán señalar en su informe la clase de infracción cometida y la posibilidad de legalización. En

ese caso, se indicará si el edificio reúne condiciones de habitabilidad e higiene, a los solos efectos

de autorizar la contratación de los servicios de agua, gas, electricidad y análogos, sin perjuicio de las

actuaciones necesarias para la restauración de la legalidad urbanística y la incoación que proceda

del correspondiente expediente sancionador.

4.- La solicitud de licencia se resolverá por la Alcaldía, como órgano competente, en el plazo de

tres meses, sin perjuicio de la interrupción de dicho plazo en los supuestos legalmente establecidos.

Transcurrido el plazo señalado sin que se haya resuelto la solicitud, podrá entenderse otorgada la li-

cencia conforme a la legislación sobre procedimiento administrativo, excepto cuando el acto solicita-

do afecte a elementos catalogados o protegidos o al dominio público. No obstante, en ningún caso

podrán entenderse otorgadas por silencio administrativo licencias contrarias o disconformes con la

legislación o con el planeamiento urbanístico.

Artículo 11º

1.- Las empresas suministradoras de energía eléctrica deberán cumplir, en relación a dicho sumi-

nistro, las normas legales que les sean de aplicación en orden a los contadores provisionales para

obras y la necesidad de previa licencia de primera ocupación para los inmuebles.

2.- El Ayuntamiento no suministrará agua para uso doméstico en inmuebles que no cuenten con

la licencia de primera ocupación, cuando sea preceptiva.

Infracciones y sanciones

Artículo 12º.- Con arreglo a lo dispuesto por el artículo 115 de la Ley de Urbanismo de Castilla y

León, constituye infracción urbanística la primera ocupación de edificaciones sin la preceptiva licen-

cia, que conllevará la imposición de sanción a los responsables y la adopción de las medidas nece-

sarias para la restauración de la legalidad, conforme a lo establecido por los artículos 116 y siguien-

tes de la citada Ley.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

Artículo 13º.- Respecto a la exacción de la tasa regulada por la presente Ordenanza, en todo lo

relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como a las sanciones que a las mismas co-

rrespondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en los artículos 178 y siguientes de la Ley Gene-

ral Tributaria.

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Ordenanza Fiscal, con las modificaciones aprobadas por el

Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 9 de noviembre de 2.011, entrará en vigor el día de su pu-

blicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y comenzará a regir a partir del día siguiente al de

dicha publicación, continuando en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación expresa.

MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL NUMERO 17, REGULADORA DE LA

TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA GUARDERÍA INFANTIL MUNICIPAL:

CENTRO ASISTENCIAL PROGRAMA “CRECEMOS” Y/O ESCUELA INFANTIL DE

PRIMER CICLO “SAN MIGUEL”

Fundamento y naturaleza

Artículo 1º.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitu-

ción, por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 en relación con los artículos 15 a 19 del Real De-

creto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Regula-

dora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la tasa por la prestación de los servi-

cios de la guardería infantil municipal de Sepúlveda, que actualmente se configura como un Centro

de atención asistencial con arreglo al Programa “Crecemos”, y a partir de su correspondiente crea-

ción jurídica, será un centro educativo como Escuela Infantil Municipal de Primer Ciclo (0 a 3 años),

con arreglo al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Educación y la Consejería de Familia.

Dicha actividad y el local en que se presta el servicio cumplen todos los requisitos y condiciones

exigidos.

Hecho imponible

Artículo 2º.- Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios de asistencia

y educativos que tenga establecidos el Centro, de conformidad con el artículo 20.4.ñ) del Real De-

creto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Regula-

dora de las Haciendas Locales

Sujetos pasivos y responsables

Artículo 3º.- Son sujetos pasivos las personas que soliciten y se beneficien de la prestación de

servicios que integran el hecho imponible, con arreglo a las condiciones establecidas por el Ayunta-

miento.

Se considerarán beneficiarios de dichos servicios a efectos de lo establecido en el artículo 23.1

del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, a los padres o personas físicas

o jurídicas a quienes legalmente corresponda la tutela o custodia de los niños de 0 a 3 años que uti-

licen el Centro.

Cuota tributaria

Artículo 4º

1.- La cuantía de la tasa vendrá determinada con arreglo a las tarifas que a continuación se seña-

lan:

Tarifa Unica.- Se establece una tarifa única mensual de 112,48 euros por niño, sea cual sea el

horario de utilización, siempre dentro del establecido para el funcionamiento del Centro (máximo 9

horas, de 8 a 17 horas, y de lunes a viernes).

En dicha tarifa está incluido el servicio de comidas. La comida del medio día y el resto de los ali-

mentos que hayan de ser suministrados a los niños durante el horario de la Guardería deberán apor-

tarse diariamente ya elaborados al personal a cargo del Centro por los padres o tutores, con arreglo

a las normas establecidas al efecto.

2.- La matrícula o cuota de inscripción con reserva de plaza será de 15,00 euros.

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3.- No se aplicará reducción alguna sobre la tarifa señalada por la utilización del servicio durante

un horario menor al máximo establecido, ni como consecuencia de la no utilización temporal de la

plaza reservada, cualesquiera que sean las circunstancias que hayan producido la no asistencia del

niño.

4.- En el caso de que el servicio no se preste durante el mes completo por el Ayuntamiento, se

abonará la parte proporcional que corresponda.

Exenciones y bonificaciones

Artículo 5º.- No se autorizarán exenciones ni bonificaciones de ninguna clase sobre las cuotas

que resulten de aplicación de las tarifas previstas en esta Ordenanza, salvo que aquellas vengan es-

tablecidas con carácter general por disposiciones de rango legal suficiente.

Devengo

Artículo 6º.- Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir en el momento del inicio de la

prestación de los servicios o de la realización de las actividades.

Regimen de ingreso

Artículo 7º.- Los importes de la matrícula se abonarán en el momento de formalizar ésta.

Para el pago de las mensualidades, los interesados deberán domiciliar en una Entidad bancaria

los recibos. Las cuotas se cargarán en su cuenta en los diez primeros días del mes correspondiente.

Normas de gestion

Artículo 8º

1.- Cuando por cualquier motivo se desee causar baja en el servicio a lo largo del curso, deberá

solicitarse la misma al Ayuntamiento con al menos diez días de antelación. En caso contrario, la baja

será efectiva en el mes siguiente a la solicitud.

2.- El Ayuntamiento se reserva la facultad de dar de baja de oficio a cualquiera de los niños admi-

tidos, para el período mensual siguiente a aquel en que resulte impagada una de las cuotas men-

suales y siempre que no se regularice en el mes natural que resulte impagado.

3.- La formalización de la matrícula o inscripción supone la aceptación de lo establecido en esta

Ordenanza Fiscal, así como de las condiciones y normas de organización y funcionamiento del Cen-

tro.

Infracciones y sanciones

Artículo 9º.- En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las san-

ciones que a las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en los artículos 183 y

siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, conforme a lo que se estable-

ce en el artículo 11 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el

Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Ordenanza Fiscal, con las modificaciones aprobadas por el

Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 9 de noviembre de 2.011, entrará en vigor el día de su

publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y comenzará a regir a partir del día siguiente

al de dicha publicación, continuando en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación ex-

presa.

MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL NUMERO 18, REGULADORA DE LA TASA POR

EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS

Fundamento y naturaleza

Artículo 1º.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitu-

ción Española, y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del

Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 y 20 a 27 del Real De-

creto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Regu-

ladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la TASA por expedición de docu-

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

mentos administrativos, que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo

dispuesto en el artículo 57 del citado Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca-

les.

Hecho imponible

Artículo 2º.- Constituye el hecho imponible de la tasa la actividad administrativa desarrollada con

motivo de la tramitación, a instancia de parte, de toda clase de documentos que expida y de expe-

dientes de que entienda la Administración o las Autoridades municipales.

A estos efectos, se entenderá tramitada a instancia de parte cualquier documentación administra-

tiva que haya sido provocada por el particular o redunde en su beneficio aunque no haya mediado

solicitud expresa del interesado.

No estará sujeta a esta tasa la tramitación de documentos y expedientes necesarios para el cum-

plimiento de obligaciones fiscales, así como las consultas tributarias, los expedientes de devolución

de ingresos indebidos, los recursos administrativos contra resoluciones municipales de cualquier ín-

dole y los relativos a la prestación de servicios o la realización de actividades de competencia muni-

cipal y a la utilización privativa o el aprovechamiento especial de bienes del dominio público munici-

pal, que estén gravados por otra tasa municipal o por los que se exija un precio público por este

Ayuntamiento.

Sujeto pasivo

Artículo 3º.- Son sujetos pasivos de esta tasa, todas las personas físicas o jurídicas y las Entida-

des que soliciten, provoquen o en cuyo interés redunde la tramitación del documento o expediente

de que se trate.

Responsables

Artículo 4º.- Responderán de la deuda tributaria, junto a los deudores principales, otras personas

o Entidades. A estos efectos se considerarán deudores principales los obligados tributarios del apar-

tado 2 del artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Con relación a la responsabilidad solidaria y subsidiaria de la deuda tributaria se estará a lo esta-

blecido en los artículos 42 y 43, respectivamente, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General

Tributaria.

En los casos del epígrafe C del artículo 6º son responsables subsidiarios, en su caso, los dueños

de las obras, fincas, instalaciones etc., a que se refieran los servicios urbanísticos o catastrales.

Base imponible y cuota tributaria

Artículo 5º.- La cuota tributaria se determinará por una cantidad señalada según la naturaleza de

los documentos o expedientes a tramitar, de acuerdo con las tarifas fijadas en el artículo siguiente.

La cuota de tarifa corresponde a la tramitación completa, en cada instancia, del documento o ex-

pediente de que se trate, desde su iniciación hasta su resolución final, incluida la certificación y noti-

ficación al interesado de la resolución recaída.

TARIFAS

Artículo 6º

La tasa a que se refiere esta Ordenanza se regirá por las siguientes tarifas:

CONCEPTO IMPORTE

A) CENSOS DE POBLACIÓN DE HABITANTES

1. Certificaciones de empadronamiento y vecindad ......................................................1,50 euros

2. Certificados o informes de convivencia y residencia ..................................................2,00 euros

B) CERTIFICACIONES, FOTOCOPIAS Y COMPULSAS

1. Certificación de documentos o Acuerdos municipales:

.- De menos de 5 años de antigüedad............................................................................5,00 euros

.- Que sobrepasen 5 años de antigüedad, incremento por año......................................1,50 euros

.- Límite máximo por el concepto anterior....................................................................30,00 euros

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IMPORTE

2. Fotocopias:

Blanco y negro:

.- Fotocopia DIN A-4 una cara ........................................................................................0,12 euros

.- Fotocopia DIN A-4 doble cara......................................................................................0,15 euros

.- Fotocopia DIN A-3 una cara ........................................................................................0,24 euros

.- Fotocopia DIN A-3 doble cara......................................................................................0,27 euros

Color:

.- Fotocopia DIN A-4 una cara ........................................................................................0,25 euros

.- Fotocopia DIN A-4 doble cara......................................................................................0,30 euros

.- Fotocopia DIN A-3 una cara ........................................................................................0,50 euros

.- Fotocopia DIN A-3 doble cara......................................................................................0,60 euros

3. Compulsa de documentos:

.- Primera copia compulsada ..........................................................................................1,50 euros

.- A partir de la segunda copia y por hoja compulsada ..................................................0,50 euros

C) DOCUMENTOS Y EXPEDIENTES RELATIVOS A SERVICIOS URBANÍSTICOS Y CATAS-

TRALES

1. Consultas, certificaciones e informes urbanísticos a instancia de parte,

por cada uno ................................................................................................................20,00 euros

2. Por cada certificación descriptiva y gráfica de finca urbana o rústica expedida en el Punto de

Información Catastral ........................................................................................................17,10 euros

3. Otros certificados, informes y/o consultas catastrales,cada uno ............................10,00 euros

4. Por cada fotocopia de planos urbanísticos o catastrales obrantes en el Ayuntamiento, que no-

formen parte de informes, certificados o consultas anteriores............................................2,00 euros

5. Por inspecciones urbanísticas de control de actuaciones iniciadas

sin licencia ................................................................................20% del I.C.I.O. que corresponda

6. Por devolución de Impuesto sobre Construcciones,Instalaciones y Obras, en el supuesto de no

ejecución de la obra para la que se ha tramitado licencia ....................................10% de su importe

7. Cuota mínima por expedición de licencias de obra menor cualquiera que fuere el presupuesto

de ejecución de las obras y en la que se incluirá el importe del I.C.I.O. correspondiente cuando no

alcance dicha cuota ..........................................................................................................25 euros

8. Por expedición de licencias de agrupación, segregación y parcelación de fincas urbanas, en

función de la superficie afectada:

Hasta 500 m2 ............................................................................................................115,00 euros

Por cada metro cuadrado de exceso sobre los 500 m2 ................................................0,15 euros

9. Por expedición de licencias de agrupación, segregación y parcelación de fincas rústicas en los

supuestos legalmente autorizables, en función de la superficie afectada:

Hasta 1000 m2 ..........................................................................................................115,00 euros

Por cada metro cuadrado de exceso sobre los 1000 m2 ..............................................0,06 euros

D) LICENCIAS MUNICIPALES DE AUTO TAXI Y DEMAS VEHÍCULOS DE ALQUILER CON

CONDUCTOR

1. Por concesión de licencia nueva............................................................................215,00 euros

2. Por autorización de transmisión de licencias.........................................................200,00 euros

3. Por autorización de sustitución de vehículos...........................................................75,00 euros

E) OTROS EXPEDIENTES O DOCUMENTOS

1. Por expedición de otros documentos administrativos distintos de los anteriores, por cada do-

cumento...............................................................................................................................3,00 euros

Devengo

Artículo 7º.- Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando se presente la solicitud

que inicie la tramitación de los documentos y expedientes sujetos al Tributo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

Además, el devengo se produce cuando tengan lugar las circunstancias que provean la actuación

municipal de oficio o cuando esta se inicie sin previa solicitud del interesado pero redunde en su be-

neficio.

Normas de gestion

Artículo 8º.- Las cuotas se satisfarán en las oficinas municipales, en el momento de presenta-

ción de la solicitud de la expedición o tramitación del documento o expediente, o al retirar la certifica-

ción o notificación de la resolución si la solicitud no existiera o no fuere expresa.

Los documentos recibidos por los conductos de otros Registros Generales serán admitidos provi-

sionalmente, pero no podrá dárseles curso sin el previo pago de los derechos, a cuyo fin se requeri-

rá al interesado para que en el plazo de diez días abone las cuotas correspondientes, con el aperci-

bimiento de que transcurrido dicho plazo sin efectuarlo, se tendrán los escritos o documentos por no

presentados y será archivada la solicitud.

Infracciones y sanciones

Artículo 9º.- En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003,

de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 y siguientes, y las disposicio-

nes que la desarrollen.

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Ordenanza Fiscal, con las modificaciones aprobadas por el

Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 9 de noviembre de 2.011, entrará en vigor el día de su

publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y comenzará a regir a partir del día siguiente

al de dicha publicación, continuando en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación ex-

presa.

MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL NUMERO 21, REGULADORA TASA

POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CELEBRACIÓN DE MATRIMONIOS CIVILES

Fundamento y naturaleza

Artículo 1º.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitu-

ción, y de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, de Ba-

ses de Régimen Local, y artículo 57 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Lo-

cales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y con arreglo a lo dispuesto en

los artículos 15 a 27 de este último, se establece en este municipio la TASA por celebración de Ma-

trimonios Civiles, que se regirá por los preceptos contenidos en esta Ordenanza.

No se entiende comprendido en esta tasa ni la tramitación del expediente judicial previo al matri-

monio civil, ni la expedición del Libro de familia, que son actuaciones que corresponden al juzgado

competente y encargado del Registro Civil donde deberá inscribirse el matrimonio.

Hecho imponible

Artículo 2º.- Constituye el hecho imponible de la Tasa el servicio o actividad administrativa desa-

rrollada con motivo de la celebración de matrimonios civiles ante la Alcaldía-Presidencia o Concejal

en que delegue, con arreglo a lo previsto en las disposiciones legales aplicables.

Sujetos pasivos y responsables

Artículo 3º.- Son sujetos pasivos de la tasa, en concepto de contribuyentes, las personas que

soliciten la prestación del servicio de celebración de matrimonio civil. Están obligados al pago de la

tasa los contrayentes de forma solidaria.

Tarifas

Artículo 4º

1.- Las tarifas de esta tasa serán las siguientes:

1ª. Por cada matrimonio civil que se celebre de lunes a viernes no festivos: 75,00 euros

2ª. Por cada matrimonio civil que se celebre en sábado: 150,00 euros

3ª. Por cada matrimonio civil que se celebre en domingo o festivo: 200,00 euros

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2.- En caso de matrimonios cuya celebración se autorice fuera de las dependencias municipales,

se incrementarán al doble las tarifas señaladas anteriormente.

3.- Cuando cualquiera de los contrayentes estuviera empadronado en el municipio (Sepúlveda y

sus pueblos agregados) con una antigüedad mínima de seis meses, los sujetos pasivos gozarán de

una reducción del 50% de la tarifa aplicable con arreglo a los apartados anteriores.

Obligación de pago

Artículo 5º

1.- Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir en el momento de solicitarse el servicio

ante la Administración Municipal, debiendo ingresarse su importe previamente a la presentación de

la solicitud, que deberá ir acompañada de la carta de pago acreditando el ingreso correspondiente,

no dándose tramitación a la solicitud si careciese de este requisito.

2.- Si los solicitantes desisten del servicio con posterioridad a la presentación de la solicitud e in-

greso del importe de la tasa y antes de la fecha de celebración del matrimonio correspondiente, se

procederá a la devolución de oficio del 75 % del citado importe.

3.- Cuando no se prestase el servicio por causas no imputables a los sujetos pasivos, procederá

la devolución del importe total correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.3 del

Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales.

Infracciones y sanciones

Artículo 6º.- En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias y sanciones que a las

mismas pudieran corresponder, se estará a lo dispuesto en la Ley General Tributaria y normativa de

desarrollo.

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Ordenanza Fiscal, con las modificaciones aprobadas por el

Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 9 de noviembre de 2.011, entrará en vigor el día de su

publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y comenzará a regir a partir del día siguiente

al de dicha publicación, continuando en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación ex-

presa.

ESTABLECIMIENTO DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 6 TASA POR CONCESION DE

LICENCIAS AMBIENTALES Y OTRAS ACTUACIONES DE PREVENCIÓN AMBIENTAL

Fundamento y naturaleza

Artículo 1º.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución

y de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora

de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las

Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y con arreglo a lo

dispuesto en los artículos 15 a 27 de este último, se establece en este municipio la TASA por conce-

sión de Licencias Ambientales y otras actuaciones en materia de prevención ambiental, que se regi-

rá por los preceptos contenidos en esta Ordenanza.

Hecho imponible

Artículo 2º.- Constituye el hecho imponible de esta tasa la actividad municipal, tanto técnica co-

mo administrativa, conducente a comprobar o verificar que las instalaciones, establecimientos y lo-

cales, en general, que se hallan sujetos a la obtención de licencia ambiental, de apertura, o al régi-

men de previa comunicación, conforme a lo previsto en la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención

Ambiental de Castilla y León y en su normativa de desarrollo, cumplen las condiciones exigidas para

la instalación y normal funcionamiento de la actividad y se ajustan a la solicitud o comunicación for-

mulada.

Sujeto pasivo

Artículo 3º.- Son sujetos pasivos contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades a

que se refiere el artículo 35 de la Ley General Tributaria, titulares de la actividad que se pretende de-

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

sarrollar o, en su caso, se desarrolle en cualquier establecimiento mercantil o industrial, titulares de

la licencia ambiental, de apertura o del expediente de previa comunicación.

Responsables

Artículo 4º

1. Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas físi-

cas y jurídicas a que se refiere el artículo 42 de la Ley General Tributaria.

2. Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades y los síndicos, inter-

ventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general, en los supues-

tos y con el alcance que señala el artículo 43 de la Ley General Tributaria.

Base imponible

Artículo 5º

1. La base imponible está determinada por la naturaleza del servicio o de la actividad municipal

realizada, no sólo en función del coste material de la actividad de la tramitación del expediente, in-

cluyendo tanto los costes directos de la actividad como los costes indirectos, sino también y en ge-

neral de las características del beneficiario especial o afectación a favor del interesado.

2. A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, la base se calculará, con carácter general, se-

gún los importes que se detallan en el artículo siguiente, en razón de los metros cuadrados de su-

perficie ocupada o a ocupar por los locales, establecimientos o las instalaciones, sin perjuicio de la

aplicación de coeficientes correctores en las tarifas señaladas en función del mayor coste de la acti-

vidad municipal en la tramitación de determinados expedientes y las cuotas especiales que se fijan

expresamente.

Cuota tributaria

Artículo 6º

1. La cuota tributaria se determinará aplicando las tarifas siguientes:

Tarifas Generales:

A).- Actividades no sometidas a tramitación de expedientes de autorización o licencia ambiental

(régimen de comunicación previa):

.- Hasta 50 m2: ......................................................................................................142,00 euros

.- De 51 a 80 m2: ....................................................................................................178,00 euros

.- De 81 a 200 m2: ..................................................................................................244,00 euros

.- De 201 en adelante: ............................................................................................356,00 euros

B).- Actividades sometidas a tramitación de expedientes de autorización o licencia ambiental:

.- Hasta 50 m2:........................................................................................................206,00 euros

.- De 51 a 80 m2: ....................................................................................................270,00 euros

.- De 81 a 200 m2: ..................................................................................................376,00 euros

.- De 201 en adelante: ............................................................................................533,00 euros

Tarifas Especiales:

A).- Bancos, Banqueros, Cajas de Ahorros y Casas de Banca: ..............................693,00 euros

B).- Sociedades o Compañías de Seguros o Reaseguros y sucursales o agencias de dichas so-

ciedades o compañías:..................................................................................................281,00 euros

2. La cuota tributaria se exigirá por unidad de local.

3. Cuando se trate de cambio de titularidad, variación o ampliación no sustancial con arreglo a la

legislación aplicable de una actividad ya autorizada en el mismo local, la cuota a ingresar por el obli-

gado al pago será la resultante de reducir en un 50 por 100 la que resulte de la aplicación de lo dis-

puesto en el párrafo 1 de este artículo.

4. En caso de desistimiento formulado por el solicitante antes de la concesión de la licencia, la

cuota a liquidar será el equivalente al 20 por 100 de la que hubiera correspondido conforme a las

normas contenidas en este artículo, siempre que la actividad no se hubiera iniciado efectivamente.

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Exenciones y bonificaciones

Artículo 7º.- No se concederá exención ni bonificación alguna en la exacción de la tasa regulada

por esta Ordenanza.

Devengo

Artículo 8º

1. Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando se inicie la actividad municipal

que constituye el hecho imponible. A estos efectos, se entenderá iniciada dicha actividad en la fecha

de presentación de la oportuna solicitud de la licencia ambiental o, tratándose de actividades sujetas

al régimen de comunicación previa, desde la presentación de la misma.

2. Cuando la actividad haya tenido lugar sin haberse obtenido la oportuna licencia o cumplimen-

tado la comunicación previa, la tasa se devengará cuando se inicie efectivamente la actividad muni-

cipal conducente a determinar si el establecimiento reúne o no las condiciones exigibles, con inde-

pendencia de la iniciación del expediente administrativo que pueda instruirse para legalizar la

actividad del establecimiento o decretar su cierre si no cumpliese los requisitos necesarios.

3. La obligación de contribuir, una vez nacida, no se verá afectada en modo alguno por la dene-

gación de la licencia solicitada ni por la autorización condicionada a la modificación de los proyectos

de instalación o de las condiciones del establecimiento, ni por la renuncia o desistimiento del intere-

sado formulada una vez concedida la licencia.

Gestión

Artículo 9º.- Finalizada la actividad municipal y una vez dictada resolución sobre la licencia am-

biental o entendiendo cumplimentada la comunicación previa, se practicará la liquidación de la tasa,

la cual será notificada al sujeto pasivo para su ingreso directo en la Tesorería municipal utilizando los

medios de pago y en los plazos que señala el Reglamento General de Recaudación.

Infracciones y sanciones

Artículo 10º.- En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las san-

ciones que a las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en la Ley General Tri-

butaria.

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Ordenanza Fiscal, aprobada por el Ayuntamiento Pleno en

sesión de 9 de noviembre de 2011, entrará en vigor el día de su publicación íntegra en el Boletín Ofi-

cial de la Provincia y comenzará a regir a partir del día siguiente al de dicha publicación, continuan-

do en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación expresa.

ESTABLECIMIENTO DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 22, REGULADORA DE LA TASA

POR UTILIZACIÓN DEL TEATRO BRETON

Fundamento y naturaleza

Artículo 1º.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitu-

ción, y de conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, de Ba-

ses de Régimen Local, y artículo 57 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Lo-

cales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y con arreglo a lo dispuesto en

los artículos 15 a 27 de este último, se establece la TASA por utilización del Teatro Municipal “Bre-

tón”, que se regirá por los preceptos contenidos en esta Ordenanza.

Hecho imponible

Artículo 2º

1.- Constituye el hecho imponible de la Tasa el aprovechamiento especial o utilización privativa

del dominio público local consistente en la utilización por terceros del Teatro Municipal, así como la

prestación de los servicios municipales que conlleve dicha utilización.

2.- No se encuentran sujetos a la tasa, los usos y aprovechamientos programados u organizados

por el Ayuntamiento, o con su autorización, por otras Entidades o Instituciones Públicas, para la rea-

lización de actividades cuya finalidad sea de carácter social, cultural o de interés público.

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Sujetos pasivos y responsables

Artículo 3º

1.- Son sujetos pasivos de la tasa, en concepto de contribuyentes, las personas físicas o jurídicas

y las entidades a que se refiere el artículo 35 de la Ley General Tributaria, beneficiarias de la utiliza-

ción privativa o aprovechamiento especial del dominio público local que constituye el hecho imponi-

ble, hayan o no obtenido la oportuna autorización.

2.- Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas físi-

cas o jurídicas a que se refiere el artículo 42 de la Ley General Tributaria.

3.- Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades y los síndicos, inter-

ventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general, en los supues-

tos y con el alcance que señala el artículo 43 de la Ley General Tributaria.

Tarifas

Artículo 4º

1.- La cuota tributaria de esta tasa será la resultante de la aplicación de la Tarifas que se detallan

a continuación:

1. Actuaciones con entrada gratuita: 80 euros por cada actuación

2. Actividades con cobro de taquilla: Se fijará por concierto con los interesados dependiendo de

las características y requerimientos técnicos, con un mínimo de 120 euros por cada actuación

3. Cursos, charlas, conferencias, coloquios, y otras actividades: Se establecerá por concierto con

los interesados, en función de las horas de utilización, necesidades técnicas, características concre-

tas de los actos proyectados y su interés cultural y social.

Las tasas a las que se refieren estas tarifas se satisfarán como mínimo con tres días de antela-

ción a la realización de la actividad, estando facultado el Ayuntamiento a suspender el acto o espec-

táculo en caso de incumplimiento de la obligación de ingreso en el plazo establecidos

2.- No estarán sujetos al pago de la tasa, los usos y aprovechamientos programados u organiza-

dos por el Ayuntamiento, o con su autorización, por otras Entidades o Instituciones Públicas, Centros

Educativos, Asociaciones Culturales o Grupos Locales, sin ánimo de lucro, cuando la utilización ten-

ga por objeto desarrollar proyectos o convenios de colaboración con los servicios municipales o que

sean complementarios de las actividades municipales, o cuando la recaudación se destine a los

Centros Sociales y Asistenciales del municipio.

Devengo

Artículo 5º.- Se devengará la Tasa y nace la obligación de contribuir por el otorgamiento de la li-

cencia para la utilización del Teatro o desde el momento en que se inicie la ocupación si se procedió

sin la oportuna autorización expresa.

Exenciones y bonificaciones

Artículo 6º.- No se concederán otros beneficios fiscales que los expresamente previstos en las

normas con rango de Ley o los derivados de tratados internacionales.

Normas de gestion

Artículo 7º

1.- La autorización a terceros para el uso de instalaciones se efectuará tan solo de forma expresa

por el Ayuntamiento, cuando el resto de actividades y estado de las instalaciones lo hagan aconseja-

ble, previo pago de la tasa establecida y previa aceptación expresa de las medidas y criterios de or-

ganización que fije la Alcaldía y/o la Concejalía de Cultura.

Para obtener la autorización de utilización del Teatro Municipal será necesario presentar la co-

rrespondiente solicitud en el Ayuntamiento con al menos cinco días de antelación.

2.- Las tasas recogidas en el artículo 4º sólo incluyen la dotación existente en el Teatro Municipal,

no comprendiendo los gastos variables derivados de otros posibles servicios que se pudieran solicitar.

Las personas sujetas al pago de las mismas estarán obligadas a satisfacer todos los gastos que

se originen con motivo del montaje y desmontaje de los espectáculos u organización de actividades,

personal que utilicen para taquilleros, porteros, acomodadores, y demás gastos originados con moti-

vo de la celebración de dichos actos-espectáculos.

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Asimismo serán de cuenta del solicitante los gastos necesarios para dejar el Teatro Municipal li-

bre y expedito y sus instalaciones en las mismas condiciones de funcionamiento y estado en las que

les fueron entregadas.

Normas de uso y responsabilidad

Artículo 8º

1.- La autorización de uso del Teatro se otorgará sometida al cumplimiento de las siguientes con-

diciones:

1ª.- No podrá colocarse ningún decorado o instalación que precise pintar, pegar, clavar o realizar

cualquier otra operación o actuación que suponga ningún tipo de alteración o deterioro por mínimo

que sea, en el escenario ni en cualquier otra zona del Teatro.

2ª.- No podrán manipularse las instalaciones ni los equipo escénicos del Teatro (luces, sonido

etc.), sin la presencia y supervisión del técnico del Ayuntamiento. Asimismo toda la preparación y

montaje de la actividad o espectáculo se realizará bajo la supervisión de dicho técnico.

3ª.- El peticionario se hace responsable de cualquier daño o deterioro que se cause a las infraes-

tructuras y equipos del Teatro por incumplimiento de las condiciones anteriormente señaladas, obli-

gándose a reparar o reponer a su cargo cualquier elemento dañado, perdido o averiado.

4ª.- El Ayuntamiento se limita a ceder el uso del local del Teatro para la representación solicitada,

por lo que no se hace responsable ni directa ni subsidiariamente de los daños tanto materiales como

personales o morales que, por acción u omisión de cualquier clase, puedan producirse a los propios

actuantes ni a terceros en el recinto del local cuyo uso se concede, por motivo de la referida activi-

dad.

2.- Cuando por su utilización, el Teatro Municipal sufriera algún desperfecto o deterioro, el benefi-

ciario de la autorización, sin perjuicio del abono de la tasa, estará obligado a pagar el coste íntegro

de los gastos de reparación o reconstrucción si fueren irreparables. Dichas cantidades no podrán ser

condonadas total ni parcialmente.

Infracciones y sanciones

Artículo 9º.- En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias y sanciones que a las

mismas pudieran corresponder, se estará a lo dispuesto en la Ley General Tributaria y normativa de

desarrollo.

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Ordenanza Fiscal, con las modificaciones aprobadas por el

Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 9 de noviembre de 2011, entrará en vigor el día de su pu-

blicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y comenzará a regir a partir del día siguiente al de

dicha publicación, continuando en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación expresa.

89

Ayuntamiento de Vegas de Matute

ANUNCIO

CONVOCATORIA JUEZ DE PAZ TITULAR

A fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judi-

cial y a tenor de lo dispuesto en el Art. 4 y 5.1 del Reglamento nº 3/1995, de 7 de Junio, de los Jue-

ces de Paz.

Se hace público que durante el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente a la fecha

de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia, los vecinos de este

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

municipio, que reúnan las condiciones legales a que se refiere el Art. 102 de la propia Ley, pueden

solicitar, ejercer el cargo de Juez de Paz Titular, mediante escrito presentado en el Registro General

de este Ayuntamiento en horario de oficinas de 9 a 14 horas de lunes a viernes.

Que en la Secretaría de éste Ayuntamiento, puede ser examinado el expte. y recabarse la infor-

mación que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.

En caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de ésta Corporación elegirá libremente, comuni-

cando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de éste Partido Judicial.

Lo que se publica para general conocimiento.

En Vegas de Matute, a 9 de Enero de 2012.— El Alcalde, Juan Miguel Martín Useros.

54

Ayuntamiento de Villacastín

INFORMACION PÚBLICA DE USO EXCEPCIONAL DE SUELO RÚSTICO Y LICENCIA AMBIENTAL

Se hace público para general conocimiento, que de acuerdo con lo previsto en el artículo 25.2, en

relación con el 23 y 99 de la Ley 5/99 de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, el artículo

307.3 del Real Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanis-

mo de Castilla y León y el art. 27.1 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental, se

abre información pública por el plazo de 20 días sobre el siguiente expediente de autorización de

uso excepcional en suelo rústico y Licencia ambiental:

“Nave para dotación de servicios de asistencia a camiones en la carretera N-VI en el término

municipal de Villacastín (Segovia), parcela 33, del polígono 15 promovido por Transtercar S.L”.

El expediente de referencia se encuentra expuesto al público durante las horas de oficina en la

Secretaría municipal, donde pueden consultarse y formularse las alegaciones o reclamaciones que

se consideren oportunas.

En Villacastín, a 30 de diciembre de 2011. — El Alcalde, Jesús Grande Lozano.

78

Mancomunidad de Municipios “Río Eresma”

EDICTO

Por acuerdo de la Asamblea de Concejales de esta Mancomunidad, en sesión celebrada el día 9

de enero de 2012, se aprobó el Presupuesto General para el ejercicio de 2012.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5

de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,

se expone al público, durante el plazo de quince días, en la Secretaría General y durante las horas

de oficina, el expediente completo a efectos de que los interesados que se señalan en el artículo

170 del Real Decreto antes citado puedan examinarlo, y presentar reclamaciones por los motivos

que se señalan en el apartado 2 del mentado artículo 170.

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En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presenten reclamaciones, el Pre-

supuesto se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.

Íscar, 10 de enero de 2012.— El Presidente, Juan Carlos Lázaro Alonso.

73

Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda

ANUNCIO PARA LA LICITACIÓN DE CONTRATO DE APROVECHAMIENTO DE MADERAS

Por Acuerdo de la Asamblea General de fecha 17 de diciembre de 2011, se ha aprobado el expe-

diente de contratación que a continuación se detalla:

1. Entidad adjudicadora.

a) Organismo: Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda.

b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría de la Comunidad.

c) Obtención de documentación e información: Secretaría de la Comunidad, Plaza del Trigo, 1 en

Sepúlveda, Teléfono de contacto 921.54.09.27 y Fax 921.54.02.36, correo electrónico:

[email protected].

También se podrá obtener información a través del Perfil del contratante de la Comunidad de Villa

y Tierra de Sepúlveda a través de su página web, www.villaytierra.com.

d) Fecha límite de obtención de documentos e información: hasta el día de finalización del plazo

de presentación de ofertas.

e) Número de expediente: 16/2011.

2. Objeto del contrato:

a) Tipo: administrativo especial.

b) Descripción: aprovechamiento de maderas en MUP 180 Lote 01OR.

c) Lugar de ejecución: MUP 180 Ensanchas de Navacedón.

d) Plazo de ejecución: veinticuatro meses (24) a partir del día siguiente a la formalización del con-

trato.

e) Admisión de prórroga: no se admiten prórrogas.

3. Tramitación y procedimiento:

a) Tramitación: ordinaria.

b) Procedimiento: abierto.

c) Criterios de adjudicación: un único criterio, el precio más alto.

4. Valor estimado del contrato: 32.085,75 euros.

5. Presupuesto base de licitación:

Importe neto: 32.085,75 euros. Importe total: 35.294,32 euros.

6. Garantías exigidas: Provisional: 3% del presupuesto base de licitación. Definitiva: 5% del im-

porte de adjudicación.

7. Requisitos específicos del contratista: los exigidos en la cláusula decimotercera del Pliego

de Cláusulas Administrativas Particulares.

8. Presentación de ofertas:

a) Fecha límite de presentación: quince días naturales a partir del día siguiente al de la publica-

ción en el BOP y en el Perfil del Contratante de este anuncio. Si el último día del plazo de presenta-

ción de ofertas fuera inhábil o sábado, el plazo concluirá el día siguiente que resulte hábil.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

b) Modalidad de presentación: conforme a la cláusula decimotercera del Pliego de Cláusulas Ad-

ministrativas Particulares.

c) Lugar de presentación: Registro General de la Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda. Pla-

za del Trigo, 1 CP 40300. Sepúlveda (Segovia).

d) Admisión de variantes: no procede.

e) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: como mínimo hasta la

formalización del contrato con el adjudicatario.

f) Documentación a presentar: la establecida en la cláusula decimotercera del Pliego de Cláusu-

las Administrativas Particulares.

9. Apertura de ofertas:

a) Descripción: La Mesa de Contratación procederá en primer lugar a la apertura de la documen-

tación administrativa contenida en los sobres A el tercer día hábil siguiente al de la finalización del

plazo de presentación de ofertas, a las 13:00 horas, siempre y cuando hubieran llegado todas las

ofertas anunciadas. Esta fecha concreta se anunciará en el tablón de edictos de la Comunidad y en

el Perfil del Contratante. Si la Mesa de Contratación no observara defectos u omisiones subsana-

bles, se procederá seguidamente en acto público a la apertura de los sobres B. Cualquier modifica-

ción de estas fechas se anunciará en el Tablón de Anuncios de la Comunidad y en el Perfil del Con-

tratante.

b) Dirección (localidad y C.P.): en la Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda, Plaza del Trigo, 1

en Sepúlveda.

10. Gastos de publicidad: los anuncios que resulten obligatorios según la legislación vigente se-

rán a cargo del adjudicatario.

En Sepúlveda, a 2 de enero de 2012.— El Presidente, Francisco Notario Martín.

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ANUNCIO CONTRATACION DEL APROVECHAMIENTO DE LA CAZA DEL COTO N° SG-10.573“ENSANCHAS DE NAVACEDÓN”

A fin de dar cumplimiento a lo acordado por la Asamblea General, se realiza la siguiente convoca-

toria de adjudicación mediante subasta por procedimiento abierto y tramitación ordinaria, atendiendo

a un único criterio, conforme a los siguientes datos:

1.- Entidad adjudicataria.

a) Organismo: Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda.

b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.

c) Obtención de documentación e información:

1. Dependencia: Secretaría.

2. Domicilio: Plaza del Trigo, 1.

3. Localidad y Código Postal: Sepúlveda, 40300.

4. Teléfono: 921-540927.

5. Fax: 921-540236.

6. Correo electrónico: [email protected].

7. Dirección de Internet del Perfil del Contratante: www.villaytierra.es.

8. Fecha límite de obtención de documentación e información: La del vencimiento de la convoca-

toria.

d) Número de expediente: 15/2011

2.- Objeto del contrato.

Es objeto de este Pliego el contrato para el aprovechamiento de la caza dentro del monte men-

cionado y que se concreta en las siguientes especificaciones:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEGOVIA BOPS

Miércoles, 18 de enero de 2012Núm. 8 Pág. 107

Miércoles, 18 de enero de 2012Núm. 8 Pág. 108

-Término municipal: Lastras de Cuéllar.

-Nombre del monte: Ensanchas de Navacedón.

-Nº del CUP: 180.

-Pertenencia: Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda y Comunidad de Villa y Tierra Antigua de

Cuéllar.

-Superficie: 2.110,00 ha.

-Modalidades de caza: Mayor-Menor.

-Cupos anuales estimados de caza: Los que constan en los correspondientes Pliegos de Condi-

ciones Técnico-Facultativas, si bien las posibilidades y modalidades de caza que recogen, son cifras

orientativas que no deben superarse.

Zorro Liebre Perdiz Paloma Conejo

20 56 60 50 200

Corzo: Se autoriza la caza de 3 (tres) corzo Trofeo y 3 (tres) hembras, en los periodos que indi-

quen las órdenes anuales.

Jabalí: Se podrá autorizar la celebración de 1 (una) montería y 1 (un) gancho.

3.- Precio, plazos y garantías.

a) Tasación: 5.500,00 euros/año.

b) IVA: 18% del importe de adjudicación.

c) Garantía provisional: (3% del precio base de licitación): 165,00 euros.

d) Gastos de publicidad: por cuenta del adjudicatario.

e) Duración del contrato: 5 anualidades (2012/2013 a 2016/2017, ambas inclusive).

f) Garantía definitiva: 5% del precio de la adjudicación.

4.- Procedimiento y criterios de adjudicación.

-Procedimiento de adjudicación: Abierto.

-Criterios de adjudicación de la oferta: Al alza sobre la tasación base y al precio más alto.

El precio de licitación señalado es el correspondiente al valor de tasación.

Sobre el importe total del aprovechamiento se aplicará el I.V.A. que proceda con arreglo a la nor-

mativa aplicable.

5.- Presentación de ofertas.

a) Fecha límite de presentación: quince (15) días naturales, a contar desde el siguiente al de la

publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Si el último día del plazo coincide

con sábado o festivo, se entenderá prorrogado hasta el siguiente día hábil.

b) Documentación a presentar: Se presentará la proposición económica ajustada al modelo y acom-

pañada de los documentos que se señalan en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

e) Lugar de presentación: Secretaría de la Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda, de 10 a 14

horas.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Dos meses a contar

desde la fecha de apertura de las proposiciones.

6.- Apertura de las ofertas.

a) Entidad: Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda.

b) Domicilio: Plaza del Trigo, 1 (Casa Consistorial).

c) Localidad: Sepúlveda.

d) Fecha y hora: A las trece horas, del primer martes hábil siguiente a la terminación del plazo de

presentación de proposiciones.

7.- Gastos.

Los gastos derivados de la publicación de este anuncio serán por cuenta del adjudicatario.

Sepúlveda, a 4 de enero de 2012.— El Presidente, Francisco Notario Martín.

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