Sumario - Erreparftp2.errepar.com/bo/2012/10/03-10-2012.pdf2012/10/03  · PAOLA DNI 20064440 B2...

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PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI Secretario DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL DR. JORGE EDUARDO FEIJOÓ Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 4.995.241 DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218–8400 y líneas rotativas Precio $ 2,50 Buenos Aires, miércoles 3 de octubre de 2012 Año CXX Número 32.493 Pág. Continúa en página 2 DECISIONES ADMINISTRATIVAS MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decisión Administrativa 896/2012 Contratación en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.................................................. 1 Decisión Administrativa 897/2012 Contratación en la Subsecretaría de Agricultura Familiar de la Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar . .................................................................................................................... 2 Decisión Administrativa 898/2012 Contrataciones en la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. ........................................................ 3 Decisión Administrativa 899/2012 Contratación en la Subsecretaría de Agricultura Familiar de la Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar . .................................................................................................................... 3 Decisión Administrativa 900/2012 Contratación. .............................................................................................................................. 4 Decisión Administrativa 901/2012 Contratación en la Subsecretaría de Agricultura Familiar de la Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar . .................................................................................................................... 5 Decisión Administrativa 902/2012 Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Comunicación Institucional.................... 5 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Decisión Administrativa 904/2012 Autorízase contratación en la Unidad Ministro. ............................................................................ 6 MINISTERIO DE EDUCACION Decisión Administrativa 903/2012 Dase por autorizada contratación................................................................................................ 6 MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Decisión Administrativa 906/2012 Dase por autorizada contratación en la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas. ................................................................................................................................... 7 RESOLUCIONES COMERCIO EXTERIOR Resolución 113/2012-SCE Actualízanse tipificaciones de mercaderías a los efectos de la percepción de reintegros en con- cepto de “Draw-Back”. ............................................................................................................... 8 Resolución 114/2012-SCE Actualízanse tipificaciones de mercaderías a los efectos de la percepción de reintegros en con- cepto de “Draw-Back”. ............................................................................................................... 10 Resolución 115/2012-SCE Actualízanse tipificaciones de mercaderías a los efectos de la percepción de reintegros en con- cepto de “Draw-Back”. ............................................................................................................... 12 Resolución 117/2012-SCE Actualízanse tipificaciones de mercaderías a los efectos de la percepción de reintegros en con- cepto de “Draw-Back”. ............................................................................................................... 13 MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Resolución 928/2012-MAGP Ratifícase lo resuelto por el artículo 1° de la Resolución 1413/2011 de la ex - Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario. ............................................................................................ 16 Primera Sección Sumario DECISIONES ADMINISTRATIVAS #I4376463I# MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decisión Administrativa 896/2012 Contratación en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. Bs. As., 26/9/2012 VISTO el Expediente Nº S01:0113844/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA- NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contrata- ción de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente me- dida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo. Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciem- bre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles esca- lafonarios. Que el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral. Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto. Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las fun- ciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta del requisito establecido en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para el Nivel B. Que los Artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE- CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y

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  • PRESIDENCIA DE LA NACION

    SecretarIa LegaL y tecnIcaDr. Carlos alberto ZanniniSecretario

    DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaLDr. Jorge eDuarDo FeiJoÓDirector nacional

    www.boletinoficial.gob.ar

    e-mail: [email protected]

    registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 4.995.241

    DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO ciudad autónoma de Buenos airestel. y fax 5218–8400 y líneas rotativas

    Precio $ 2,50

    Buenos aires,miércoles 3 de octubre de 2012

    año CXXnúmero 32.493

    Pág.

    Continúa en página 2

    DECISIONES ADMINISTRATIVAS

    Ministerio De agriCultura, ganaDeria Y PesCaDecisión Administrativa 896/2012Contratación en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.................................................. 1

    Decisión Administrativa 897/2012Contratación en la Subsecretaría de Agricultura Familiar de la Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar. .................................................................................................................... 2

    Decisión Administrativa 898/2012Contrataciones en la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. ........................................................ 3

    Decisión Administrativa 899/2012Contratación en la Subsecretaría de Agricultura Familiar de la Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar. .................................................................................................................... 3

    Decisión Administrativa 900/2012Contratación. .............................................................................................................................. 4

    Decisión Administrativa 901/2012Contratación en la Subsecretaría de Agricultura Familiar de la Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar. .................................................................................................................... 5

    Decisión Administrativa 902/2012Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Comunicación Institucional. ................... 5

    Ministerio De Desarrollo soCialDecisión Administrativa 904/2012Autorízase contratación en la Unidad Ministro. ............................................................................ 6

    Ministerio De eDuCaCionDecisión Administrativa 903/2012Dase por autorizada contratación. ............................................................................................... 6

    Ministerio Del interior Y transPorteDecisión Administrativa 906/2012Dase por autorizada contratación en la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas. ................................................................................................................................... 7

    RESOLUCIONES

    CoMerCio eXteriorResolución 113/2012-SCEActualízanse tipificaciones de mercaderías a los efectos de la percepción de reintegros en con-cepto de “Draw-Back”. ............................................................................................................... 8

    Resolución 114/2012-SCEActualízanse tipificaciones de mercaderías a los efectos de la percepción de reintegros en con-cepto de “Draw-Back”. ............................................................................................................... 10

    Resolución 115/2012-SCEActualízanse tipificaciones de mercaderías a los efectos de la percepción de reintegros en con-cepto de “Draw-Back”. ............................................................................................................... 12

    Resolución 117/2012-SCEActualízanse tipificaciones de mercaderías a los efectos de la percepción de reintegros en con-cepto de “Draw-Back”. ............................................................................................................... 13

    Ministerio De agriCultura, ganaDeria Y PesCaResolución 928/2012-MAGPRatifícase lo resuelto por el artículo 1° de la Resolución 1413/2011 de la ex - Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario. ............................................................................................ 16

    Primera Sección

    Sumario DECISIONESADMINISTRATIVAS

    #I4376463I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

    Decisión Administrativa 896/2012

    Contratación en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.

    Bs. As., 26/9/2012

    VISTO el Expediente Nº S01:0113844/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

    CONSIDERANDO:

    Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contrata-ción de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente me-dida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

    Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciem-bre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles esca-lafonarios.

    Que el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

    Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

    Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las fun-ciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

    Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta del requisito establecido en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para el Nivel B.

    Que los Artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y

  • miércoles 3 de octubre de 2012 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.493 2

    Pág.suPerintenDenCia De serViCios De saluDResolución 1200/2012-SSSCréase Sistema Unico de Reintegros. Normas generales. Limítase vigencia temporal de Nor-mas —APE—. ........................................................................................................................... 17

    DISPOSICIONES

    instituto naCional Contra la DisCriMinaCion, la XenoFobia Y el raCisMoDisposición 208/2012-INADIEstructura organizativa. Coordinaciones. ..................................................................................... 60

    AVISOS OFICIALES

    Convocatoria audiencia Pública“Proyecto de Ley del Código Civil y Comercial de la Nación”, a celebrarse en la Provincia de Buenos Aires. .............................................................................................................................. 63

    Nuevos ....................................................................................................................................... 63

    Anteriores ................................................................................................................................... 88

    ASOCIACIONES SINDICALES

    Ministerio De trabaJo, eMPleo Y seguriDaD soCialResolución Nº 818/2012-MTESSReconócese al Sindicato de Empleados y Profesionales de Juegos de Azar, Entretenimiento, Espar-cimiento y Ocio la ampliación del ámbito de la actuación con carácter de Inscripción Gremial. ....... 90

    Resolución Nº 819/2012-MTESSApruébase el texto del Estatuto Social de la Federación Marítima Portuaria y de la Industria Naval de la República Argentina............................................................................................................ 90

    Resolución Nº 821/2012-MTESSInscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores a la Federación Argentina de Trabajadores de Vivienda. ....................................................................................................... 91

    Resolución Nº 823/2012-MTESSInscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de Informáti-cos de Cuyo. ............................................................................................................................... 91

    Resolución Nº 824/2012-MTESSInscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores a la Asociación Sindical de los Profesionales de la Salud de la Provincia de San Juan. .......................................................... 92

    Resolución Nº 825/2012-MTESSInscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de Trabajado-res de la Industria del Papel de Campana. ................................................................................... 92

    Resolución Nº 826/2012-MTESSApruébase la modificación realizada al texto del Estatuto Social del Centro de Empleados de Comercio de Las Rosas. .............................................................................................................. 93

    Resolución Nº 827/2012-MTESSReconócese al Sindicato Unidos Trabajadores Custodios Argentinos. ........................................... 93

    Resolución Nº 828/2012-MTESSReconócese a la Confederación de Educadores Argentinos la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial. ........................................................................................... 93

    Resolución Nº 829/2012-MTESSInscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Círculo Docente San Vicente. ...................................................................................................................................... 94

    CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 94

    sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

    Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Ar-tículos 9º y 14 del Anexo I del Decreto Nº  1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Reso-lución Nº 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

    Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SE-CRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

    Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

    Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANA-DERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02.

    Por ello,

    EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    Artículo 1º — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar su con-tratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión admi-nistrativa, bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la SECRETA-RIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

    Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.

    ANEXO

    Modalidad de Contratación: LEY 25.164

    Nombre del Proyecto: 0000001046 INDIVIDUALES DE LA SECRETARIA S.A.G. Y P. (MINAGRI)

    Código de Control: 0000016521

    Listado de Contrataciones

    Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

    1 RIVAS DANIELA PAOLA DNI 20064440 B2 01/04/2012 31/12/2012 1 1 100%

    Cantidad de Contratos Listados: 1

    Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52

    #F4376463F#

    #I4376464I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

    Decisión Administrativa 897/2012

    Contratación en la Subsecretaría de Agricultura Familiar de la Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar.

    Bs. As., 26/9/2012

    VISTO el Expediente Nº S01:0068456/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

    CONSIDERANDO:

    Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contrata-ción de la agente que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente me-dida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada a la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICUL-TURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

    Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciem-bre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles esca-lafonarios.

    Que el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

    Que los antecedentes curriculares de la agente mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

    Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funcio-nes que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la agente que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

    Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la agente propuesta de los requisitos establecidos en el Artículo 14, inciso b) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para el Nivel D.

    Que los Artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y

  • miércoles 3 de octubre de 2012 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.493 3sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

    Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9º y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la De-cisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

    Que la agente indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRE-TARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

    Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

    Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANA-DERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02.

    Por ello,

    EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    Artículo 1º — Dase por exceptuada a la agente que se detalla en el Anexo que forma parte inte-grante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artícu-lo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIO-NAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FA-MILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

    Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.

    ANEXO

    Modalidad de Contratación: LEY 25.164

    Nombre del Proyecto: 0000001101 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR

    Código de Control: 0000016243

    Listado de Contrataciones

    Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

    1 MENDOZA MARIA DE LOS ANGELES DNI 29447043 D0 01/03/2012 31/12/2012 1 1 100%

    Cantidad de Contratos Listados: 1

    Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52

    #F4376464F##I4376465I#

    MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

    Decisión Administrativa 898/2012

    Contrataciones en la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

    Bs. As., 26/9/2012

    VISTO el Expediente Nº S01:0029419/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

    CONSIDERANDO:

    Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de las con-trataciones de las personas que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinadas al ám-bito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

    Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciem-bre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles esca-lafonarios.

    Que el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

    Que los antecedentes curriculares de las personas mencionadas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

    Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funcio-nes que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a las personas que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al solo efecto de posibilitar sus contrataciones en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

    Que resulta necesario entonces, dar por exceptuadas a las personas propuestas del re-quisito establecido en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para el Nivel C.

    Que los Artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

    Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9º y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y sus modificatorias y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

    Que las personas indicadas en el Anexo I que integra la presente medida han dado cum-plimiento a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

    Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

    Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANA-DERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02.

    Por ello,

    EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    Artículo 1º — Danse por exceptuadas a las personas que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 al solo efecto de posibilitar sus contrataciones, en los niveles y grados del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazos consignados en el Anexo I de la presente decisión adminis-trativa, bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo de la ley precitada, en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

    Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.

    ANEXO I

    Modalidad de Contratación: LEY 25.164

    Nombre del Proyecto: 0000001233 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUI-CULTURA

    Código de Control: 0000016108

    Listado de Contrataciones

    Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

    1 IMPARI VERONICA ANDREA DNI 21447774 C2 01/11/2011 31/12/2011 1 1 100%

    2 LOZANO ISMAEL ESTEBAN DNI 32497658 C0 01/11/2011 31/12/2011 1 1 100%

    3 MATIAS JUAN PABLO DNI 29758014 C2 01/11/2011 31/12/2011 1 1 100%

    Cantidad de Contratos Listados: 3

    Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52

    #F4376465F#

    #I4376466I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

    Decisión Administrativa 899/2012

    Contratación en la Subsecretaría de Agricultura Familiar de la Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar.

    Bs. As., 26/9/2012

    VISTO el Expediente Nº S01:0075542/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

  • miércoles 3 de octubre de 2012 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.493 4CONSIDERANDO:

    Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contrata-ción del agente que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medi-da, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinado a la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICUL-TURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

    Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciem-bre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles esca-lafonarios.

    Que el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

    Que los antecedentes curriculares del agente mencionado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

    Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funcio-nes que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar al agente que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

    Que resulta necesario entonces, dar por exceptuado al agente propuesto de los requisitos establecidos en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para el Nivel B.

    Que los Artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

    Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9º y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la De-cisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

    Que el agente indicado en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRE-TARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

    Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

    Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANA-DERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02.

    Por ello,

    EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    Artículo 1º — Dase por exceptuado al agente que se detalla en el Anexo que forma parte inte-grante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artícu-lo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIO-NAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FA-MILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

    Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.

    ANEXO

    Modalidad de Contratación: LEY 25.164

    Nombre del Proyecto: 0000001101 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FA-MILIAR

    Código de Control: 0000016309

    Listado de Contrataciones

    Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

    1 WILVERS NESTOR FABIAN DNI 20467771 B2 01/03/2012 31/12/2012 1 1 100%

    Cantidad de Contratos Listados: 1

    Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52

    #F4376466F#

    #I4376467I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

    Decisión Administrativa 900/2012

    Contratación.

    Bs. As., 26/9/2012

    VISTO el Expediente Nº  S01:0022397/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modifi-catorias, y

    CONSIDERANDO:

    Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la con-tratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada al ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

    Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciem-bre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles esca-lafonarios.

    Que el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

    Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

    Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las fun-ciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9º del Anexo l del Decreto Nº 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

    Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta del requi-sito establecido en el Artículo 14 del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, en su inciso b) del Nivel B.

    Que los Artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

    Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Ar-tículos 9º y 14 del Anexo I del Decreto Nº  1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Reso-lución Nº 48/02 y sus modificatorias y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

    Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SE-CRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

    Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

    Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANA-DERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02.

    Por ello,

    EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    Artículo 1º — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar su con-tratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo de la ley precitada, en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTU-RA, GANADERIA Y PESCA.

    Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.

  • miércoles 3 de octubre de 2012 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.493 5ANEXO

    Modalidad de Contratación: LEY 25.164

    Nombre del Proyecto: 0000001052 INDIVIDUALES DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADE-RIA Y PESCA

    Código de Control: 0000016469

    Listado de Contrataciones

    Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

    1 BELLABARBA FRANCISCO ANTONIO DNI 28074768 B0 01/02/2012 31/12/2012 1 1 100%

    Cantidad de Contratos Listados: 1

    Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52

    #F4376467F#

    #I4376468I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

    Decisión Administrativa 901/2012

    Contratación en la Subsecretaría de Agricultura Familiar de la Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar.

    Bs. As., 26/9/2012

    VISTO el Expediente Nº S01:0381652/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

    CONSIDERANDO:

    Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contrata-ción del agente que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medi-da, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinado a la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICUL-TURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

    Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciem-bre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles esca-lafonarios.

    Que el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

    Que los antecedentes curriculares del agente mencionado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

    Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las fun-ciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar al agente que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

    Que resulta necesario entonces, dar por exceptuado al agente propuesto de los requisitos establecidos en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para el Nivel D.

    Que los Artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

    Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9º y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la De-cisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

    Que el agente indicado en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular Nº4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRE-TARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

    Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

    Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANA-DERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02.

    Por ello,

    EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    Artículo 1º — Dase por exceptuado al agente que se detalla en el Anexo que forma parte inte-grante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artícu-lo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIO-NAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FA-MILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

    Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.

    ANEXO

    Modalidad de Contratación: LEY 25.164

    Nombre del Proyecto: 0000001101 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR

    Código de Control: 0000014935

    Listado de Contrataciones

    Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

    1 GEREZ CESAR RODOLFO DNI 24466147 D1 01/03/2012 31/12/2012 1 1 100%

    Cantidad de Contratos Listados: 1

    Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52

    #F4376468F#

    #I4376469I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

    Decisión Administrativa 902/2012

    Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Comunicación Institucional.

    Bs. As., 26/9/2012

    VISTO el Expediente Nº S01:0090588/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANA-DERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012 aprobado por la Ley Nº 26.728, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINE-TE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

    CONSIDERANDO:

    Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contrata-ción de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente me-dida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada al ámbito de la SUB-SECRETARIA DE COMUNICACION INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

    Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciem-bre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles esca-lafonarios.

    Que el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

    Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

    Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las fun-ciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

    Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona detallada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el Artículo 14, incisos b) y c) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para el Nivel A.

    Que los Artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

  • miércoles 3 de octubre de 2012 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.493 6Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Ar-tículos 9º y 14 del Anexo I del Decreto Nº  1.421/02, asimismo las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Reso-lución Nº 48/02 y sus modificatorias y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

    Que el Artículo 1º del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios es-tablece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS ($ 8.500.-).

    Que la atención del gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida se efectuará con los créditos del presupuesto de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRI-CULTURA, GANADERIA Y PESCA, de conformidad con lo indicado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

    Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SE-CRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

    Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

    Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANA-DERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, por el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02 y por el Artículo 1º del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

    Por ello,

    EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    Artículo 1º — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar su con-tratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignado para este caso, bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

    Art. 2º — Dase por aprobada la contratación, con relación de empleo público, conforme lo establecido por el Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, de la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida, destinada al ámbito de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, conforme al nivel, grado y plazo que para este caso se consignan.

    Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con car-go a las partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de conformidad con lo indicado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

    Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.

    ANEXO

    Modalidad de Contratación: LEY 25.164

    Nombre del Proyecto: 0000001373 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE COMUNICACION INSTITUCIONAL

    Código de Control: 0000016438

    Listado de Contrataciones

    Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

    1 REYNOSO GUSTAVO CARLOS DNI 22026467 A4 01/04/2012 31/12/2012 1 1 100%

    Cantidad de Contratos Listados: 1

    Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52

    #F4376469F#

    #I4376471I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

    Decisión Administrativa 904/2012

    Autorízase contratación en la Unidad Ministro.

    Bs. As., 26/9/2012

    VISTO la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su Decreto Reglamen-tario Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48 del 30 de diciembre de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y el Expediente Nº E-31799-2012 del registro del MINISTERIO DE DE-SARROLLO SOCIAL, y

    CONSIDERANDO:

    Que por el expediente citado en el visto tramita la aprobación de la contratación de la Se-ñora Marta Miriam FIGUEROA, para desempeñarse en el ámbito de la Unidad Ministro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en los términos del Decreto Nº 1421/02.

    Que por el artículo 9º del Anexo I del Decreto citado en el considerando anterior, se esta-blecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación de personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución de la ex Subsecretaría de la Gestión Pú-blica Nº 48/02 y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.

    Que la Señora Marta Miriam FIGUEROA se encuentra afectada exclusivamente a la realiza-ción de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

    Que el Sistema Nacional de Empleo Público, establece los requisitos mínimos para el ac-ceso a los distintos niveles escalafonarios.

    Que a fin de posibilitar la contratación, corresponde exceptuar a la misma de las restriccio-nes contenidas en el inciso c), punto II, del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

    Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

    Que la presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y a tenor de lo establecido por el último párrafo del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

    Por ello,

    EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    Artículo 1º — Autorízase al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL para contratar a la persona indicada en el Anexo I, con carácter de excepción al Punto II del inciso c) del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso a los distintos Niveles del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08, y en las condiciones, por el período y la equipara-ción escalafonaria indicados en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente.

    Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — Juan M. Abal Medina. — Alicia M. Kirchner.

    ANEXO I

    JURISDICCION: MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

    Unidad Ministro

    Documento Apellido Nombre Nivel y Grado Desde Hasta

    11.389.957 FIGUEROA Marta Miriam D-0 01/06/2012 31/12/2012

    #F4376471F#

    al Jefe de Gabinete de Ministros, mediante actuación fundada en la que se deberá cer-tificar la idoneidad pertinente al objeto de la prestación.

    Que en el ámbito de la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS del MINIS-TERIO DE EDUCACION es de vital impor-tancia la contratación del agente Cristian Gastón FERNANDEZ para asegurar la con-secución de los objetivos de la menciona-da Secretaría.

    Que a fin de posibilitar la contratación del mencionado agente en los términos del ar-tículo 9º del Anexo de la Ley Nº 25.164, co-rresponde exceptuarlo de lo dispuesto por el punto II del inciso c) del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1.421/02.

    Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDU-CACION ha tomado la intervención de su competencia.

    Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NA-CIONAL y del último párrafo del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1.421/02, regla-mentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

    Por ello,

    EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    Artículo 1º — Dase por autorizado al MINIS-TERIO DE EDUCACION para contratar por el pe-ríodo comprendido entre el 1º de febrero de 2012 y el 31 de diciembre de 2012, al agente Cristian Gastón FERNANDEZ (DNI Nº 32.144.789) con ca-

    #I4376470I#MINISTERIO DE EDUCACION

    Decisión Administrativa 903/2012

    Dase por autorizada contratación.

    Bs. As., 26/9/2012

    VISTO el Expediente Nº  3.844/12 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACION, la Ley Nº 25.164, los Decretos Nros. 1.421 de fe-cha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, la Re-solución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modifica-torias, y

    CONSIDERANDO:

    Que por la ley citada en el Visto se aprobó el marco de regulación del Empleo Público Nacional y se establecieron los deberes y derechos del personal que integra el Servi-cio Civil de la Nación.

    Que el artículo 14 del Anexo del Decreto Nº  2.098/08 establece los requisitos míni-mos para el acceso al Nivel Escalafonario D.

    Que la Decisión Administrativa Nº  3/04 y sus modificatorias establece que en el caso de propiciarse la designación o contrata-ción de personal no permanente para cum-plir funciones y que no reúna los requisitos previstos para el nivel escalafonario con el cual se lo equipara, el titular de la respec-tiva jurisdicción o entidad descentralizada solicitará la autorización correspondiente

  • miércoles 3 de octubre de 2012 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.493 7rácter de excepción al punto II del inciso c) del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acce-so al Nivel Escalafonario D - Grado 0 del SISTE-MA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP),

    aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/08.

    Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Alberto E. Sileoni.

    #F4376470F#

    #I4377406I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

    Decisión Administrativa 906/2012

    Dase por autorizada contratación en la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas.

    Bs. As., 1/10/2012

    VISTO el Expediente Nº S02:0002525/2012 del registro de la DIRECCION NACIONAL DEL REGIS-TRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, la Resolución Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y sus modificatorias, y la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y

    CONSIDERANDO:

    Que por la actuación mencionada en el Visto, la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MI-NISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, solicita la excepción del requisito establecido en el Capítulo II, artículo 4º inciso a) del Anexo a la Ley Nº 25.164, para el ingreso a la Administración Pública Nacional, y conforme a la normativa citada, el Jefe de Gabinete de Ministros se encuentra facultado para autorizar excepciones del artículo precitado, median-te decisión fundada.

    Que la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS ha solici-tado la autorización para la contratación del señor Richard Osmer REYNA REBAZA (D.N.I. Nº 94.813.015), de nacionalidad peruana, con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 4º, inciso a), del Anexo a la Ley Nº 25.164 y al Punto II del inciso c) del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, para la equiparación al Nivel E - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08, por el período comprendido entre el 1º de mayo y el 31 de diciembre de 2012.

    Que el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 prevé que el Jefe de Gabinete de Mi-nistros podrá autorizar excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado.

    Que la creciente complejidad de las misiones y funciones de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, hace aconsejable fortalecer y comple-mentar la labor que desarrolla dicho Organismo, resultando necesario celebrar la contrata-ción que se propicia.

    Que la persona involucrada en esta medida resulta imprescindible para la consecución de tales fines y misiones, reuniendo los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que la operatoria del Sistema ldentificatorio Nacional vigente requiere.

    Que el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 3/04 establece que el personal con-tratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de Planta Permanente de la jurisdicción u organismo descentralizado contratante al que corresponde equipararlo según el tipo de funciones a desarrollar.

    Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, por el artículo 4º, inciso a), del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y el último párrafo del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

    Por ello,

    EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    Artículo 1º — Dase por autorizada a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTE-RIOR Y TRANSPORTE, para contratar por el período comprendido entre el 1º de mayo y el 31 de diciembre de 2012, al señor Richard Osmer REYNA REBAZA (D.N.I. Nº 94.813.015), de nacionalidad peruana, con carácter de excepción a los requisitos para el ingreso a la Administración Pública Na-cional previstos en el artículo 4º, inciso a), del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Pú-blico Nacional Nº 25.164 y al Punto II del inciso c) del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, para la equiparación al Nivel E - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.

    Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

    #F4377406F#

  • Miércoles3deoctubrede2012 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.493 8

    RESOLUCIONES#I4376788I#

    Secretaría de Comercio Exterior

    COMERCIO EXTERIOR

    Resolución 113/2012

    Actualízanse tipificaciones de mercaderías a los efectos de la percepción de reintegros en concepto de “Draw-Back”.

    Bs. As., 28/9/2012

    VISTO el Expediente Nº S01:0211404/2008 del Registro del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRO-DUCCION y sus agregados sin acumular Nº  S01:0216392/2008, Nº  S01:0216394/2008, Nº S01:0216400/2008, Nº S01:0216403/2008, Nº S01:0216407/2008, Nº S01:0337236/2008, Nº S01:0337251/2008, Nº S01:0450799/2008, Nº S01:0450806/2008, Nº S01:0450812/2008, Nº S01:0450818/2008, Nº S01:0450824/2008 y Nº S01:0459614/2008, todos del mencio-nado Registro, y Nº S01:0537313/2008 y Nº S01:0537321 /2008 del Registro del ex-MINIS-TERIO DE PRODUCCION, y

    CONSIDERANDO:

    Que han sido solicitadas las tipificaciones de una serie de mercaderías con destino a la exportación.

    Que en las mencionadas presentaciones, los peticionantes requieren que les sean rein-tegrados los Derechos de Importación y la Tasa de Estadística, que abonan los insumos detallados.

    Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha efectuado la evaluación de las cantidades empleadas en los procesos de elaboración.

    Que la Dirección de Promoción de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha procedido a elaborar el estudio técnico respec-tivo proponiendo la tipificación correspondiente.

    Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

    Que la presente resolución se dicta en función de lo previsto en la Ley Nº 22.415 (Código Aduanero) y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 3º del Decreto Nº 177 del 25 de enero de 1985, modificado por el Decreto Nº 1.012 del 29 de mayo de 1991 y el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, por las Resoluciones Nros. 288 del 8 de marzo de 1995, 1.041 del 31 de agosto de 1999 ambas del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, 265 del 1 de agosto de 2002 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA y 750 del 18 de noviembre de 2004 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

    Por ello,

    LA SECRETARIADE COMERCIO EXTERIORRESUELVE:

    Artículo 1º — A los efectos de la percepción de los reintegros en concepto de “Draw-Back” contemplada en el Artículo 1º del Decreto Nº 1.012 del 29 de mayo de 1991 y sin perjuicio de lo dis-puesto en el Artículo 6º de la Resolución Nº 177 del 27 de junio de 1991 de la ex-SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLI-COS y el Artículo 8º del Decreto Nº 2.182 del 21 de octubre de 1991, se tipifican las mercaderías que se detallan en las DIECISEIS (16) hojas que como Anexos I a XVI forman parte integrante de la presente resolución, en las condiciones que allí se establecen:

    ANEXO I: Alambrón de aluminio 1100.ANEXO II: Alambrón de aluminio aleación 6101/6201.ANEXO III: Alambrón de aluminio 1100.ANEXO IV: Alambrón de aluminio 1100.ANEXO V: Alambrón aleado A39.ANEXO VI: Alambrón de aluminio aleación 6101/6201.ANEXO VII: Glifosato potásico (contenido 62 gr./100 cm3), en base a glifosato ácido al 97%.ANEXO VIII: Glifosato potásico (contenido 62 gr./100 cm3), en base a glifosato ácido al 95%.ANEXO IX: Aleación de aluminio ALSI 10MGMNSR.ANEXO X: Aleación de aluminio ALSI 10MGMNSR.ANEXO XI: Barrotes de aluminio 3003.ANEXO XII: Aleación de aluminio ALSI 10MGMN.ANEXO XIII: Aleación de aluminio ALSI 10MGMNSR.ANEXO XIV: Alambrón de aluminio aleación 6101/6201.ANEXO XV: Travesaño anódico de aluminio aleado.ANEXO XVI: Alambrón aleado A39.

    Art. 2º — Las tipificaciones establecidas en la presente resolución serán aplicables a las ex-portaciones destinadas a extrazona y a las que tengan como destino Estados Parte del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) que se hubiesen realizado hasta el 31 de diciembre de 2010, según lo previsto en la Resolución Nº 1.041 del 31 de agosto de 1999 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, modificada por las Resoluciones Nros. 265 del 1 de agosto de 2002 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA y 750 del 18 de noviembre de 2004 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

    Con posterioridad al 31 de diciembre de 2010, las tipificaciones establecidas en la presente re-solución serán aplicables a las exportaciones destinadas a extrazona según lo previsto en el Artículo 3º de la Resolución Nº 288 del 8 de marzo de 1995 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

    Art. 3º — A los efectos de la liquidación del concepto Tasa de Estadística en las presentes tipificaciones, la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS deberá considerar lo establecido en el Decreto Nº 108 del 11 de febrero de 1999.

    Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — Beatriz Paglieri.

    ANEXO I A LA RESOLUCION Nº 113

    ANEXO II A LA RESOLUCION Nº 113

    ANEXO III A LA RESOLUCION Nº 113

    ANEXO IV A LA RESOLUCION Nº 113

    ANEXO V A LA RESOLUCION Nº 113

  • Miércoles3deoctubrede2012 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.493 9

    ANEXO VI A LA RESOLUCION Nº 113

    ANEXO VII A LA RESOLUCION Nº 113

    ANEXO VIII A LA RESOLUCION Nº 113

    ANEXO IX A LA RESOLUCION Nº 113

    ANEXO X A LA RESOLUCION Nº 113

    ANEXO XI A LA RESOLUCION Nº 113

    ANEXO XII A LA RESOLUCION Nº 113

    ANEXO XIII A LA RESOLUCION Nº 113

    ANEXO XIV A LA RESOLUCION Nº 113

    ANEXO XV A LA RESOLUCION Nº 113

  • Miércoles3deoctubrede2012 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.493 10ANEXO XVI A LA RESOLUCION Nº 113

    #F4376788F##I4376790I#

    Secretaría de Comercio Exterior

    COMERCIO EXTERIOR

    Resolución 114/2012

    Actualízanse tipificaciones de mercaderías a los efectos de la percepción de reintegros en concepto de “Draw-Back”.

    Bs. As., 28/9/2012

    VISTO el Expediente Nº  S01:0112371/2009 del Registro del ex-MINISTERIO DE PRODUC-CION y sus agregados sin acumular Nº  S01:0112376/2009, Nº  S01:0112394/2009, Nº S01:0112396/2009, Nº S01:0112400/2009, Nº S01:0112403/2009, Nº S01:0112419/2009, Nº S01:0160662/2009, Nº S01:0198675/2009, Nº S01:0198690/2009, Nº S01:0205724/2009, Nº S01:0205740/2009, Nº S01:0205747/2009, Nº S01:0205776/2009, Nº S01:0205812/2009, Nº S01:0205817/2009 y Nº S01:0205829/2009 todos del mencionado Registro, y

    CONSIDERANDO:

    Que han sido solicitadas las actualizaciones de tipificaciones de una serie de mercaderías con destino a la exportación.

    Que en las mencionadas presentaciones, los peticionantes requieren que les sean rein-tegrados los Derechos de Importación y la Tasa de Estadística, que abonan los insumos detallados.

    Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha efectuado la evaluación de las cantidades empleadas en los procesos de elaboración.

    Que la Dirección de Promoción de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha procedido a elaborar el estudio técnico respec-tivo proponiendo la tipificación correspondiente.

    Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

    Que la presente resolución se dicta en función de lo previsto en la Ley Nº 22.415 (Código Aduanero) y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 3º del Decreto Nº 177 del 25 de enero de 1985, modificado por el Decreto Nº 1.012 del 29 de mayo de 1991, el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, por las Resoluciones Nros. 288 del 8 de marzo de 1995, 1.041 del 31 de agosto de 1999 ambas del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, 265 del 1 de agosto de 2002 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA y 750 del 18 de noviembre de 2004 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

    Por ello,

    LA SECRETARIADE COMERCIO EXTERIORRESUELVE:

    Artículo 1º — A los efectos de la percepción de los reintegros en concepto de “Draw-Back” contemplada en el Artículo 1º del Decreto Nº 1.012 del 29 de mayo de 1991 y sin perjuicio de lo dis-puesto en el Artículo 6º de la Resolución Nº 177 del 27 de junio de 1991 de la ex-SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLI-COS y el Artículo 8º del Decreto Nº 2.182 del 21 de octubre de 1991, se actualizan las tipificaciones de las mercaderías que se detallan en las DIECISIETE (17) hojas que como Anexos I a XVII forman parte integrante de la presente resolución, en las condiciones que allí se establecen:

    ANEXO I: Aleación de aluminio ALSI 5MG.ANEXO II: Aleación de aluminio ALSI 7MGSRCU.ANEXO III: Travesaño anódico de aluminio aleado.ANEXO IV: Aleación de aluminio ALSI 7SR.ANEXO V: Aleación de aluminio ALSI 9CUMGSR.ANEXO VI: Aleación de aluminio ALSI 9CUMG.ANEXO VII: Aleación de aluminio ALSI 7MGSRCU.ANEXO VIII: Barrotes de aluminio 6060.ANEXO IX: Barrotes de aluminio 6060.ANEXO X: Barrotes de aluminio 6061.ANEXO XI: Aleación de aluminio ALSI 10MGMN.ANEXO XII: Aleación de aluminio ALSI 9CUMG.ANEXO XIII: Aleación de aluminio ALSI 11MGSR.ANEXO XIV: Aleación de aluminio ALSI 5MG.ANEXO XV: Aleación de aluminio ALSI 9CUMGSR.

    ANEXO XVI: Varilla anódica de aluminio aleado.ANEXO XVII: Aleación de aluminio ALSI 7MGSRCU.

    Art. 2º — Las tipificaciones establecidas en la presente resolución serán aplicables a las ex-portaciones destinadas a extrazona y a las que tengan como destino Estados Parte del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) que se hubiesen realizado hasta el 31 de diciembre de 2010, según lo previsto en la Resolución Nº 1.041 del 31 de agosto de 1999 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, modificada por las Resoluciones Nros. 265 del 1 de agosto de 2002 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA y 750 del 18 de noviembre de 2004 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

    Con posterioridad al 31 de diciembre de 2010, las tipificaciones establecidas en la presente re-solución serán aplicables a las exportaciones destinadas a extrazona según lo previsto en el Artículo 3º de la Resolución Nº 288 del 8 de marzo de 1995 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

    Art. 3º — A los efectos de la liquidación del concepto Tasa de Estadística en las presentes tipificaciones, la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINAN-ZAS PUBLICAS deberá considerar lo establecido en el Decreto Nº 108 del 11 de febrero de 1999.

    Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — Beatriz Paglieri.

    ANEXO I A LA RESOLUCION Nº 114

    ANEXO II A LA RESOLUCION Nº 114

    ANEXO III A LA RESOLUCION Nº 114

    ANEXO IV A LA RESOLUCION Nº 114

  • Miércoles3deoctubrede2012 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.493 11ANEXO V A LA RESOLUCION Nº 114

    ANEXO VI A LA RESOLUCION Nº 114

    ANEXO VII A LA RESOLUCION Nº 114

    ANEXO VIII A LA RESOLUCION Nº 114

    ANEXO IX A LA RESOLUCION Nº 114

    ANEXO X A LA RESOLUCION Nº 114

    ANEXO XI A LA RESOLUCION Nº 114

    ANEXO XII A LA RESOLUCION Nº 114

    ANEXO XIII A LA RESOLUCION Nº 114

    ANEXO XIV A LA RESOLUCION Nº 114

  • Miércoles3deoctubrede2012 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.493 12ANEXO XV A LA RESOLUCION Nº 114

    ANEXO XVI A LA RESOLUCION Nº 114

    ANEXO XVII A LA RESOLUCION Nº 114

    #F4376790F#

    #I4376793I#Secretaría de Comercio Exterior

    COMERCIO EXTERIOR

    Resolución 115/2012

    Actualízanse tipificaciones de mercaderías a los efectos de la percepción de reintegros en concepto de “Draw-Back”.

    Bs. As., 28/9/2012

    VISTO el Expediente Nº  S01:0112413/2009 del Registro del ex-MINISTERIO DE PRODUC-CION y sus agregados sin acumular Nº  S01:0205830/2009, Nº  S01:0205840/2009, Nº S01:0205844/2009, Nº S01:0270946/2009, Nº S01:0338311/2009, Nº S01:0338336/2009, Nº S01:0345846/2009, Nº S01:0400167/2009 y Nº S01:0400187/2009 todos del mencio-nado Registro, y

    CONSIDERANDO:

    Que han sido solicitadas las actualizaciones de tipificaciones de una serie de mercaderías con destino a la exportación.

    Que en las mencionadas presentaciones, los peticionantes requieren que les sean rein-tegrados los Derechos de Importación y la Tasa de Estadística, que abonan los insumos detallados.

    Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha efectuado la evaluación de las cantidades empleadas en los procesos de elaboración.

    Que la Dirección de Promoción de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha procedido a elaborar el estudio técnico respec-tivo proponiendo la tipificación correspondiente.

    Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

    Que la presente resolución se dicta en función de lo previsto en la Ley Nº 22.415 (Código Aduanero) y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 3º del Decreto Nº 177 del

    25 de enero de 1985, modificado por el Decreto Nº 1.012 del 29 de mayo de 1991, el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, por las Resoluciones Nros. 288 del 8 de marzo de 1995, 1.041 del 31 de agosto de 1999 ambas del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, 265 del 1 de agosto de 2002 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA y 750 del 18 de noviembre de 2004 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

    Por ello,

    LA SECRETARIADE COMERCIO EXTERIORRESUELVE:

    Artículo 1º — A los efectos de la percepción de los reintegros en concepto de “Draw-Back” contemplada en el Artículo 1º del Decreto Nº  1.012 del 29 de mayo de 1991 y sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 6º de la Resolución Nº 177 del 27 de junio de 1991 de la ex-SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y el Artículo 8º del Decreto Nº 2.182 del 21 de octubre de 1991, se actualizan las tipificaciones de las mercaderías que se detallan en las DIEZ (10) hojas que como Anexos I a X forman parte integrante de la presente resolución, en las condiciones que allí se establecen:

    ANEXO I: Aleación de aluminio ALSI 5MG.ANEXO II: Aleación de aluminio ALSI 7SR.ANEXO III: Aleación de aluminio ALSI 9MGSR.ANEXO IV: Alambrón aleado A39.ANEXO V: Travesaño anódico de aluminio aleado.ANEXO VI: Barrotes de aluminio 6060.ANEXO VII: Barrotes de aluminio 6061.ANEXO VIII: Alambrón de aluminio aleación 1350/1370.ANEXO IX: Alambrón de aluminio aleación 1350/1370.ANEXO X: Alambrón de aluminio aleación 1350/1370.

    Art. 2º — Las tipificaciones establecidas en la presente resolución serán aplicables a las ex-portaciones destinadas a extrazona y a las que tengan como destino Estados Parte del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) que se hubiesen realizado hasta el 31 de diciembre de 2010, según lo previsto en la Resolución Nº 1.041 del 31 de agosto de 1999 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, modificada por las Resoluciones Nros. 265 del 1 de agosto de 2002 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA y 750 del 18 de noviembre de 2004 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

    Con posterioridad al 31 de diciembre de 2010, las tipificaciones establecidas en la presente re-solución serán aplicables a las exportaciones destinadas a extrazona según lo previsto en el Artículo 3º de la Resolución Nº 288 del 8 de marzo de 1995 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

    Art. 3º — A los efectos de la liquidación del concepto Tasa de Estadística en las presentes tipificaciones, la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS deberá considerar lo establecido en el Decreto Nº 108 del 11 de febrero de 1999.

    Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — Beatriz Paglieri.

    ANEXO I A LA RESOLUCION Nº 115

    ANEXO II A LA RESOLUCION Nº 115

  • Miércoles3deoctubrede2012 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.493 13ANEXO III A LA RESOLUCION Nº 115

    ANEXO IV A LA RESOLUCION Nº 115

    ANEXO V A LA RESOLUCION Nº 115

    ANEXO VI A LA RESOLUCION Nº 115

    ANEXO VII A LA RESOLUCION Nº 115

    ANEXO VIII A LA RESOLUCION Nº 115

    ANEXO IX A LA RESOLUCION Nº 115

    ANEXO X A LA RESOLUCION Nº 115

    #F4376793F#

    #I4376795I#Secretaría de Comercio Exterior

    COMERCIO EXTERIOR

    Resolución 117/2012

    Actualízanse tipificaciones de mercaderías a los efectos de la percepción de reintegros en concepto de “Draw-Back”.

    Bs. As., 28/9/2012

    VISTO el Expediente Nº  S01:0098410/2009 del Registro del ex-MINISTERIO DE PRODUC-CION y sus agregados sin acumular Nº  S01:0098415/2009, Nº  S01:0098417/2009, Nº S01:0112074/2009, Nº S01:0112092/2009, Nº S01:0112099/2009, Nº S01:0112101/2009, Nº S01:0112109/2009, Nº S01:0112115/2009, Nº S01:0112116/2009, Nº S01:0112117/2009, Nº S01:0112131/2009, Nº S01:0112132/2009, Nº S01:0112133/2009, Nº S01:0112135/2009, Nº S01:0112136/2009, Nº S01:0112137/2009 y Nº S01:0112139/2009 todos del mencio-nado Registro, y

    CONSIDERANDO:

    Que han sido solicitadas las actualizaciones de tipificaciones de una serie de mercaderías con destino a la exportación.

    Que en las mencionadas presentaciones, los peticionantes requieren que les sean rein-tegrados los Derechos de Importación y la Tasa de Estadística, que abonan los insumos detallados.

    Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha efectuado la evaluación de las cantidades empleadas en los procesos de elaboración.

  • Miércoles3deoctubrede2012 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.493 14Que la Dirección de Promoción de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha procedido a elaborar el estudio técnico respec-tivo proponiendo la tipificación correspondiente.

    Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente en virtud de lo dispues-to por el Artículo 7, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

    Que la presente resolución se dicta en función de lo previsto en la Ley Nº 22.415 (Código Aduanero) y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 3º del Decreto Nº 177 del 25 de enero de 1985, modificado por el Decreto Nº 1.012 del 29 de mayo de 1991, el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, por las Resoluciones Nros. 288 del 8 de marzo de 1995, 1.041 del 31 de agosto de 1999 ambas del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, 265 del 1 de agosto de 2002 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA y 750 del 18 de noviembre de 2004 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

    Por ello,

    LA SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIORRESUELVE:

    Artículo 1° — A los efectos de la percepción de los reintegros en concepto de “Draw-Back” contemplada en el Artículo 1º del Decreto Nº 1012 del 29 de mayo de 1991 y sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 6º de la Resolución Nº 177 del 27 de junio de 1991 de la ex-SUBSE-CRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SER-VICIOS PUBLICOS y el Artículo 8º del Decreto Nº 2182 del 21 de octubre de 1991, se actualizan las tipificaciones de las mercaderías que se detallan en las DIECIOCHO (18) hojas que como Anexos I a XVIII forman parte integrante de la presente resolución, en las condiciones que allí se establecen:

    ANEXO I: Travesaño anódico de aluminio aleado.ANEXO II: Travesaño anódico de aluminio aleado.ANEXO III: Travesaño anódico de aluminio aleado.ANEXO IV: Aleación de aluminio ALSI 9CUMGSR.ANEXO V: Aleación de aluminio ALSI 9MGSR.ANEXO VI: Varilla anódica de aluminio aleado.ANEXO VII: Varilla anódica de aluminio aleado.ANEXO VIII: Aleación de aluminio ALSI 9CUMGSR.ANEXO IX: Alambrón aleado A39.ANEXO X