Sujetos de Obligacion Tributaria

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UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP ACTIVIDAD GENERADORA SUJETOS DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA TIPO DE TRIBUTO IMPUESTO- CONTIBUCION- TASA NOMBRE DEL TRIBUTO SUJETO ACTIVO SUJETO PASIVO LA EMPRESA LOS ANGELES SRL COMPRA AL CREDITO MERCADERIA, POR S/. 2000.00 x I.G.V. IMPUESTO LA EMPRESA LOS MISIONEROS SAC PAGA ESSALUD POR EL EMPLEADO ELEUTERIO SMTH, 9% DE SU SUELDO BASICO S/.800.00 x ESSALUD CONTRIBUCIONES EL SEÑOR SANDRO ORTIZ TRAMITA UN DUPLICADO DE DNI, PAGANDO S/.20.00 SUJETO ACTIVO VER DEFINICION EN LIBRO SUJETO PASIVO IMPUESTOS José García con número de RUC 10203040505 (sujeto de la percepción), es dueño de una licorería y compra el 21 de enero 90 cajas de cerveza (producto sujeto a la percepción) a la Distribuidora "Tres Botellas SAC", designada como Agente de Percepción, de acuerdo con el siguiente detalle: El monto de los S/. 54 cobrado por adelantado por la Distribuidora "Tres Botellas SAC", corresponde a una parte del IGV que tiene que pagar el contribuyente Sr. José García cuando efectúe la venta a sus clientes de las 90 cajas de cerveza. Tanto los S/. 431 del IGV como los S/. 54 de la percepción que se ha pagado, serán utilizados por el contribuyente Sr. José García como crédito fiscal en su Declaración Jurada del IGV correspondiente al período de enero.

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UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP

ACTIVIDAD GENERADORASUJETOS DE LA OBLIGACION TRIBUTARIATIPO DE TRIBUTO IMPUESTO-CONTIBUCION-TASANOMBRE DEL TRIBUTO

SUJETO ACTIVOSUJETO PASIVO

LA EMPRESA LOS ANGELES SRL COMPRA AL CREDITO MERCADERIA, POR S/. 2000.00xI.G.V.IMPUESTO

LA EMPRESA LOS MISIONEROS SAC PAGA ESSALUD POR EL EMPLEADO ELEUTERIO SMTH, 9% DE SU SUELDO BASICO S/.800.00x

ESSALUDCONTRIBUCIONES

EL SEOR SANDRO ORTIZ TRAMITA UN DUPLICADO DE DNI, PAGANDO S/.20.00

SUJETO ACTIVOVER DEFINICION EN LIBRO

SUJETO PASIVO

IMPUESTOS

Jos Garca con nmero de RUC 10203040505 (sujeto de la percepcin), es dueo de una licorera y compra el 21 de enero 90 cajas de cerveza (producto sujeto a la percepcin) a la Distribuidora "Tres Botellas SAC", designada como Agente de Percepcin, de acuerdo con el siguiente detalle:El monto de los S/. 54 cobrado por adelantado por la Distribuidora "Tres Botellas SAC", corresponde a una parte del IGV que tiene que pagar el contribuyente Sr. Jos Garca cuando efecte la venta a sus clientes de las 90 cajas de cerveza.Tanto los S/. 431 del IGV como los S/. 54 de la percepcin que se ha pagado, sern utilizados por el contribuyente Sr. Jos Garca como crdito fiscal en su Declaracin Jurada del IGV correspondiente al perodo de enero.

CONCEPTOMONTO

Valor de venta2,270

IGV (19%)431

Precio Venta2,701

Percepcin (2%)54

Total a pagarS/. 2,755

La CIA. COMPUTRONICS S.A tiene como activo fijo equipos de computo y vende un equipo que est totalmente depreciado por:

Valor de venta US$ 1,000.00I.G.V. 190.00Precio de venta US$ 1,190.00

CONTRIBUCIONES

El trabajador C" es contratado para laborar a tiempo parcial establecindose en el contrato que se le pagar S/ 350 como remuneracin. Cul ser el aporte al SNP?

Corresponder aportar el importe de S/ 45.5 = 13% * S/350 (remuneracin devengada en el mes).

El trabajador A" recibe como remuneracin mensual S/. 1.000, sin embargo, durante todo el mes su empleador le otorg licencia con goce de haber.

En este caso al existir base imponible corresponder efectuar aportes al SNP por un monto equivalente a S/ 130.00 = 13% * S/ 1,000.

DEFINICION DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA.

Es el vnculo jurdico en virtud del cual el estado, denominado sujeto activo exige un deudor, denominado sujeto pasivo, el cumplimiento de una prestacin pecuniaria excepcionalmente en especie. Por su parte de la Garza sostiene que de la realizacin del presupuesto legal conocido como hecho imponible, surge una relacin jurdica que tiene la naturaleza de una obligacin, en cuyos extremos se encuentran los elementos personales: un acreedor y un deudor y en el centro un contenido que es la prestacin del tributo.

LA RELACION TRIBUTARIA.

Al dedicarse una persona a actividades que se encuentran gravadas por una ley fiscal, surge de inmediato entre ella y el estado relaciones de carcter tributario; se deben una y otra una serie de obligaciones que sern cumplidas aun cuando la primera nunca llegue a coincidir en la situacin prevista por la ley para que nazca la obligacin fiscal, por lo tanto, la relacin tributaria impone obligaciones a las dos partes a diferencia de la obligacin fiscal que solo esta a cargo del sujeto pasivo, nunca del sujeto activo.