Subsidio al Empleo Joven

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Subsidio al Empleo Joven Ley N°20.338

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Subsidio al Empleo Joven Ley N°20.338

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FORTALECIMIENTOSISTEMA PÚBLICO

DE INTERMEDIACIÓN

Contexto de la Ley 20.338

El Gobierno de Chile a través de Sence entrega un beneficio a los (as) trabajadores (as) jóvenes, con lo que se busca mejorar el sueldo de los jóvenes y se apoyar a quienes los (as) contratan.

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FORTALECIMIENTOSISTEMA PÚBLICO

DE INTERMEDIACIÓN

Beneficiarios – Requisitos

Trabajadores Dependientes

• Regidos por el código del Trabajo.• Tengan entre 18 y menos de 25 años de edad.• Integren un grupo familiar pertenecientes al 40%

más pobre de la población (puntaje igual o inferior a 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social).

• Sus rentas brutas sean inferiores a $4.320.000 en el año calendario.

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FORTALECIMIENTOSISTEMA PÚBLICO

DE INTERMEDIACIÓN

Beneficiarios – Requisitos

Trabajadores Independientes

• Tengan entre 18 y menos de 25 años de edad.• Integren un grupo familiar pertenecientes al 40%

más pobre de la población (puntaje igual o inferior a 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social).

• Acrediten rentas brutas por un monto inferior a $4.320.000 en el año calendario.

• Se encuentre al día en el pago de sus cotizaciones obligatorias de pensiones y salud en el año calendario en que se devenga el subsidio.

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FORTALECIMIENTOSISTEMA PÚBLICO

DE INTERMEDIACIÓN

Beneficiarios – RequisitosEmpleadores

• Contratos Regidos por el Código del Trabajo.• Jóvenes tengan entre 18 y menos de 25 años de edad.• Integren un grupo familiar pertenecientes al 40% más

pobre de la población (puntaje igual o inferior a 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social).

• Sus rentas brutas mensuales sean inferiores a $360.000

• Haber pagado, dentro del plazo legal, las cotizaciones de seguridad social correspondientes al trabajador que origina el subsidio.

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FORTALECIMIENTOSISTEMA PÚBLICO

DE INTERMEDIACIÓN

Beneficiarios – Requisitos NO SERÁN BENFICIARIOS

• Los trabajadores, dependientes o independientes, y los empleadores de la Administración Pública (Ministerios, Intendencias, Gobernaciones, Contraloría General del la República, Banco Central, Fuerzas Armadas, Fuerza de Orden y Seguridad Pública, Municipalidades, la Empresas Públicas creadas por ley y los órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa), o de las entidades en que el Estado o sus instituciones tengan aportes o representación igual o superior al 50%.

• Los trabajadores contratados por entidades ejecutoras del Programa Inversión en la Comunidad (Mejor Trabajo).

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Montos Subsidio al Empleo Joven Ley N°20.338

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FORTALECIMIENTOSISTEMA PÚBLICO

DE INTERMEDIACIÓN

Monto Subsidio Mensual

• Remuneración Bruta Mensual es igual o inferior a $160.000: el monto mensual del subsidio asciende a un 30% de las remuneraciones mensuales sobre las cuales se hubieren realizado cotizaciones obligatorias de pensiones y salud.

• Remuneración Bruta Mensual sea superior a $160.000 e inferior o igual a $200.000: el monto mensual del subsidio asciende al 30% de $160.000 ($48.000).

• Remuneración Bruta Mensual sea superior a $200.000 e inferior a $360.000: el monto mensual del subsidio será la cantidad que resulte de:

((30% $160.0000)- (30% (RBM-200.000)))

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Modalidad Pagos Subsidio/Beneficiario

• Trabajador Dependiente: Anual (regla general) o Mensual. El pago mensual tendrá el un carácter de provisional para el trabajador y ascenderá a un 75% del monto del subsidio mensual.

• Trabajador Independiente: Anual

• Empleador: Mensual

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Pago Subsidio Mensual

• Del monto del subsidio mensual que corresponde al trabajador dependiente: 1/3 es del empleador y 2/3 del trabajador. Por ejemplo: Monto total subsidio $48.000Monto trabajador: $48.000 * 0.66= $32.000.Monto empleador: $48.000 * 0.33= $16.000.

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Consideraciones Pago Subsidio

• Si el trabajador dependiente tiene más de dos empleadores, sólo tendrá derecho a un subsidio al empleo.

En este caso, se suman las remuneraciones y se paga a cada empleador la parte proporcional.

• En aquellos meses en que el empleador pierda el derecho al subsidio, por haber enterado las cotizaciones de seguridad social fuera del plazo legal, el respectivo trabajador mantendrá el derecho a devengar el subsidio al empleo correspondiente a dichos meses, pero sólo lo percibirá cuando se encuentren pagadas las cotizaciones obligatorias de pensiones y salud.

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Solicitud del Trabajador

• El trabajador dependiente, sus empleadores y el trabajador independiente deberán solicitar el subsidio al empleo por separado.

• Los trabajadores dependientes y los independientes deben presentar la solicitud del subsidio al empleo dentro del año calendario en que se perciben las remuneraciones y/o rentas del trabajo que originan el beneficio.

Dicha solicitud tendrá vigencia en tanto no concurra una causal que extinga el derecho al subsidio.

Los trabajadores que no presenten su solicitud dentro del año calendario, se entenderá que renuncian a éste por el año calendario respectivo, no pudiendo reclamar retroactivamente el subsidio.

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Solicitud del Empleador

• El trabajador dependiente, sus empleadores y el trabajador independiente deberán solicitar el subsidio al empleo por separado.

• Los empleadores deberán presentar la solicitud de subsidio ante el SENCE o la institución con la cual éste celebre convenio, dentro de los primeros 25 días de cada mes.

Dicha solicitud tendrá vigencia en tanto no concurra una causal que extinga el derecho al subsidio.

Los empleadores que no ejerzan su derecho en el plazo indicado, se entenderá que renuncian a éste. Sin embargo, podrán ejercer este derecho en los meses siguientes, debiendo para ello presentar una solicitud dentro del plazo establecido, pero no podrán reclamar retroactivamente el subsidio.

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Proceso de Recepción de Solicitudes(Presencial)

1. El postulante se dirige a una sucursal Bci Nova. 2. El postulante es atendido en mesón especialmente

habilitado.a) Con su Cédula de Identidad un ejecutivo consulta si

califica para solicitar el beneficio (requisitos básicos edad y FPS).

b) Si el postulante califica, se procede a ingresar su formulario en Sistema Web, actualizando o corrigiendo los datos que correspondan.

3. Se imprime el formulario para su revisión.4. Si el postulante esta de acuerdo con lo indicado en el

formulario, firma la solicitud. En caso contrario, se procede a corregir el formulario y se vuelve a imprimir para su revisión.

5. En la sucursal de la entidad pagadora (Bci Nova o SERVIPAG) se archivan las solicitudes recibidas, despachándolas a oficinas del IPS, donde serán analizadas por el equipo del SENCE que está en dependencias del IPS.

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Proceso de Recepción de Solicitudes(Web)

1. El postulante ingresa al sitio www.sence.cl o www.subsidioempleojoven.cl

2. Al ingresar su Nº de Cédula de Identidad en la opción “Consulte si puede postular”, se le indicará si cumple o no los requisitos básicos (edad y FPS).

3. Si cumple con los requisitos, el postulante deberá ingresar el Serial del RUT para realizar el proceso de autentificación vía web, como también ingresar el dato de su correo electrónico.

4. Una vez autentificado, el postulante recibirá en su correo electrónico un código de seguridad para completar el formulario e ingresarlo al sistema web.

5. Ingresado el formulario correctamente, el postulante recibirá una notificación, en su correo electrónico, de recepción conforme.

6. Los formularios recibidos vía web, serán impresos y analizados por el equipo del SENCE que está en dependencias del IPS.

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Plazo Adicional Subsidio al Empleo Joven Ley N°20.338

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Incompatibilidades Subsidio al Empleo Joven Ley N°20.338

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Incompatibilidades para el Empleador

• El artículo 57 de la Ley Nº19.518, subsidio por concepto de contratación de aprendices.

• El artículo 82 de la Ley Nº20.255, subsidio cotizaciones previsionales para los(as) trabajadores(as) jóvenes.

• Bonificación a la Contratación de Mano de Obra.• Programa Bonificación a la Contratación de Mano de

Obra para beneficiarios del Sistema Chile Solidario.• Programa de Reinserción Laboral, orientado

preferentemente para personas desempleadas mayores de 40 años.

• Programa Inversión en la Comunidad (Mejor Trabajo).