Subsecretaría de Gestión Administrativa,Educación y Programación

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Subsecretaría de Gestión Administrativa,Educación y Programación Ministerio de Educación y Cultura Dirección General de Educación Sup Reglamento Orgánico Ma

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Ministerio de Educación y Cultura. Dirección General de Educación Superior. Subsecretaría de Gestión Administrativa,Educación y Programación. Reglamento Orgánico Marco ROM. Resolución CFE Nº 72/08. - PowerPoint PPT Presentation

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Subsecretaría de Gestión Administrativa,Educación y

Programación

Ministerio de Educación y Cultura

Dirección General de Educación Superior Dirección General de Educación Superior

Reglamento Orgánico Marco ROM Reglamento Orgánico Marco ROM

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Resolución CFE Nº 72/08Resolución CFE Nº 72/08

ARTÍCULO 12º.- Cada jurisdicción deberá sancionar un reglamento ARTÍCULO 12º.- Cada jurisdicción deberá sancionar un reglamento orgánico marco y un régimen académico marco, atendiendo a los orgánico marco y un régimen académico marco, atendiendo a los criterios comunes establecidos en la presente y sus Anexos, criterios comunes establecidos en la presente y sus Anexos, generando los procesos de consulta, debate y consenso generando los procesos de consulta, debate y consenso necesarios para su formulación. Serán obligatorios para todos los necesarios para su formulación. Serán obligatorios para todos los institutos, estipulando los aspectos que serán de definición institutos, estipulando los aspectos que serán de definición institucional. Los Institutos Superiores de Formación Docente institucional. Los Institutos Superiores de Formación Docente incorporarán sus especificaciones y particularidades a estosincorporarán sus especificaciones y particularidades a estosreglamentos con la debida aprobación jurisdiccional para su reglamentos con la debida aprobación jurisdiccional para su validez.validez.Cada jurisdicción deberá sancionar también un reglamento de Cada jurisdicción deberá sancionar también un reglamento de concursos docentes que regirá para todos los institutos de concursos docentes que regirá para todos los institutos de formación docente bajo su dependencia, atendiendo a los criterios formación docente bajo su dependencia, atendiendo a los criterios comunes establecidos en la presente y su Anexo respectivo,comunes establecidos en la presente y su Anexo respectivo,promoviendo los procesos de consulta, debate y consenso promoviendo los procesos de consulta, debate y consenso necesariosnecesarios

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Anexo I Resolución72 Anexo I Resolución72

PRINCIPIOS ESTRUCTURALES - Identidad del ISFD, con mención a su pertenencia

al Sistema Formador Jurisdiccional - Principios generales que enmarcan y orientan

la gestión institucional - Misión sustantiva del ISFD

- Funciones centrales que aseguran el cumplimiento de su misión

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ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL

A modo de ejemplo: Cargos de responsabilidad en la

gestión institucional. (rector, vicerrector, representante legal, secretaría administrativa, otros)

Definición, condiciones de acceso, responsabilidades y funciones, mecanismos de renovación y remoción, incompatibilidades; cobertura de ausencias y vacancias.

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Cargos de responsabilidad en la gestión académico pedagógica. (regente, coordinador, secretario académico, otros).

Cargos de responsabilidad en los procesos de apoyo. (gestión de la información, tutorías, biblioteca, bedelía, laboratorio, otros)

Órganos colectivos de conducción y/o consulta (consejo directivo, consejo consultivo, consejo de unidad académica, consejo académico, consejo comunitario asesor, comité de autoevaluación institucional, otros)

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COMUNIDAD EDUCATIVA Hace referencia específicamente al personal,

los estudiantes, los egresados, la definición del rol, así como sus derechos y obligaciones.

Asimismo incluye a otros actores con que la institución se vincula, dentro del sistema educativo o de otras instituciones educativas, sociales.

Deberán establecerse los criterios que regulan las relaciones entre los integrantes de la comunidad educativa.

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REFORMA

14. Es necesario establecer los mecanismos previstos ante la necesidad de reformadel Reglamento Orgánico y para la aprobación de las mismas

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ANEXOS

Se recomienda incluir lo relativo a Régimen Académico, Régimen Electoral y

Reglamento de Prácticas como anexos independientes al Reglamento Orgánico, ya que de esta manera se facilita su modificación como cuerpos separados u otros

Anexos tales como Régimen de Convivencia o Códigos de Ética, Manual de Procedimientos, entre otros.

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Revisar anexo III Res 72Revisar anexo III Res 72

Confrontar con normativas de Concursos Confrontar con normativas de Concursos local : local :

Decreto no. 3029/05Decreto no. 3029/05 Resolución 2894/05. Reglamento de Resolución 2894/05. Reglamento de

Concursos para Nivel SuperiorConcursos para Nivel Superior

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ConsultaConsulta

Se recuerda que los documentos bases son: la Se recuerda que los documentos bases son: la Resolución 72, el material entregado y ya acordado en Resolución 72, el material entregado y ya acordado en reunión anterior para el RAM, la normativa ya existente reunión anterior para el RAM, la normativa ya existente remanente de la 1561.remanente de la 1561.

En caso de no recibir aportes se tomara como que se En caso de no recibir aportes se tomara como que se acuerda con lo existente respecto de los temas acuerda con lo existente respecto de los temas consultados.consultados.

Se analizara, organizara y dará formato provisorio a Se analizara, organizara y dará formato provisorio a los aportes. A continuación se llamaran reuniones los aportes. A continuación se llamaran reuniones zonales (entre agosto y octubre) y una reunión zonales (entre agosto y octubre) y una reunión general de todos los estamentos para deliberar sobre general de todos los estamentos para deliberar sobre aquellos puntos en que haya diferencias y acordar por aquellos puntos en que haya diferencias y acordar por consenso o votación mayoritaria.consenso o votación mayoritaria.