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UNIVERSIDAD TECNICA PARTICULAR DE LOJA CONTABILIDAD GENERAL NOMBRE: Rosa Patricia Buri FECHA: 06-12-2011 LIC.: Lupe Espejo TEMA 1: REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES ¿QUÉ ES EL RUC? Su función es registrar e identificar a los contribuyentes con fines impositivos y proporcionar información a la administración Tributaria. NUMERO DE REGISTRO Está compuesto por trece dígitos sin letras o caracteres especiales y su composición varia de acuerdo al tipo de contribuyente. TIPOS DE CONTRIBUYENTES Personas Naturales Personas Jurídicas o sociedades en general ESTRUCTURA DEL RUC Personas Naturales Personas Ecuatorianas y extranjeros residentes su cedula de identidad o ciudadanía, más 001

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UNIVERSIDAD TECNICA PARTICULAR DE LOJA

CONTABILIDAD GENERAL

NOMBRE: Rosa Patricia Buri

FECHA: 06-12-2011

LIC.: Lupe Espejo

TEMA 1: REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES

¿QUÉ ES EL RUC?

Su función es registrar e identificar a los contribuyentes con fines impositivos y proporcionar información a la administración Tributaria.

NUMERO DE REGISTRO

Está compuesto por trece dígitos sin letras o caracteres especiales y su composición varia de acuerdo al tipo de contribuyente.

TIPOS DE CONTRIBUYENTES

Personas Naturales Personas Jurídicas o sociedades en general

ESTRUCTURA DEL RUC Personas Naturales

Personas Ecuatorianas y extranjeros residentes su cedula de identidad o ciudadanía, más 001

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Extranjeros, sociedades privadas Sera generado por el Sistema RUC Los dos primeros identificaran la provincia en la que fue registrada la inscripción

del contribuyente El tercer digito será invariablemente el numero 9 Los seis siguientes serán secuenciales El décimo digito tiene carácter e verificador Los tres últimos dígitos serán 001

Entidades publicas Sera generado por el Sistema RUC Los dos primeros identificaran la provincia en la que fue registrada la inscripción

del contribuyente El tercer digito será invariablemente el numero 6 Los seis siguientes serán secuenciales El décimo digito tiene carácter e verificador Los tres últimos dígitos serán 001

REQUISITOS PARA INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL RUC PERSONASNATURALES

Original y copia de identidad o de ciudadanía a color Original y copia del pasaporte Presentación del certificado de votación del último proceso electoral. Identificación del domicilio y lugar donde se realiza la actividad económica

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Planilla de servicio eléctrico, consumo telefónico, o consumo de agua potable de uno de los tres meses anteriores a la fecha de realización del trámite.

Comprobante del pago del impuesto predial del año actual o del año inmediatamente anterior

Pago del servicio de TV por cable, telefonía celular o estados de cuentas a nombre del contribuyente de uno de los últimos tres meses anteriores a la fecha de inscripción

Copia del contrato de arrendamiento

REQUISITOS PARA INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL RUC PERSONAS NATURALES – CASOS ADICIONALES

CASOS ESPECIALES DOCUMENTOS REQUERIDOS

REFUGIADOS Copia de la credencial entregada por el Ministerio de Relaciones Exteriores

ARTESANOS Copia de la certificación artesanal emitida por la Junta Nacional del Artesano

CONTADORES Copia del título o carnet del colegio Profesional respectivo

PROFESIONALES Copia del título Universitario

ACTIVIDADES EDUCATIVAS

Copia del Acuerdo ministerial para el funcionamiento de jardines de infantes

Agentes Afianzados de aduanas

Copia del documento expedido por la CAE en el cual se autoriza dicha actividad

Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles

Copia del nombramiento por el Consejo Nacional

Miembros de Juntas Parroquiales

Copia del nombramiento otorgado por el Consejo Nacional Electoral

Actividad Maquina traga monedas

Permiso de Funcionamiento del Ministerio de Turismo

ACTUALIZACIÓN DEL RUC

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TERMINACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA

El término “suspensión” del RUC, es utilizado cuando las personas naturales (ecuatorianos y extranjeros residentes) cesan sus actividades, y se produce en los siguientes casos:

Por terminación de toda actividad económica o por ausencia del país que exceda los 6 meses.

Por exclusión del contribuyente debido a que fue declarado derrochador, ebrio frecuente, toxicómano, demente o loco.

El término “cancelación” del RUC, es utilizado cuando las personas naturales o las sociedades ya no desempeñarán ninguna actividad económica en el futuro y, por lo tanto, su RUC no puede ser reactivado:

Por fallecimiento del contribuyente Por terminación de toda actividad económica de extranjeros no residentes Por disolución, liquidación, fusión o escisión de la sociedad

REQUISITOS PARA LA TERMINACIÓN* Solicitud por cese de actividades-suspensión o cancelación del RUC para personas Naturales* Original del Documento de Identificación del Contribuyente, cedula o pasaporte* Original del Certificado de Votación* Previo a la suspensión de actividades, el contribuyente deberá dar de baja los

comprobantes de venta y comprobantes de retención vigentes SUSPENSIÓN DE LA INSCRIPCIÓN DE UN SUJETO PASIVO

El SRI podrá suspender la inscripción de un sujeto pasivo en el Registro Único de Contribuyentes, en los siguientes casos:

Cuando, luego de las acciones pertinentes, el Director Provincial o Regional del SRI hubiere verificado y determinado que el contribuyente no tiene ningún local o actividad en la dirección que consta en el RUC

Cuando no haya presentado las declaraciones, por más de doce meses consecutivos o en tal periodo las declaraciones no registren actividad económica.

Cuando no se encuentre alguna evidencia de la existencia real del sujeto pasivo; como propiedad inmueble a su nombre, etc. ni locales en las direcciones señaladas en el RUC.

Cuando el establecimiento del contribuyente estuviere clausurado por más de treinta días Aquellas sociedades en las que el Servicio de Rentas Internas obtenga la evidencia de que

no han desarrollado actividad económica en los últimos dos años consecutivos.

SANCIONES

El contribuyente puede incurrir en sanciones si no cumple con las condiciones necesarias para ejercer una actividad económica legal dentro del territorio ecuatoriano. El incumplimiento de los siguientes hechos es motivo de sanción:

No solicitar la inscripción o la actualización dentro del plazo establecido-30 días Permitir, el uso del número del registro de inscripción a terceras personas

Utilizar el número de inscripción concedido a otro contribuyente

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Ocultar la existencia de sucursales, agencias u otros establecimientos comerciales de los que sea propietario el contribuyente

El contribuyente puede ser sancionado por contravención cuya sanción oscila entre US $ 30 a US $1500 dólares

TRAMITES POR TERCEROS

Poder Especial suscrito por el sujeto pasivo residente en el país, en la que conste:

1.- Los nombres y apellidos completos

2.- Número de su cédula de identidad o ciudadanía y firma y rúbrica,

3.- Nombres y apellidos completos y el número de la cédula de identidad o ciudadanía de la persona que realizará el trámite.

Copia de la cédula de identidad, el certificado de votación del sujeto pasivo y de la persona que realiza el trámite, la cual además, deberá presentar sus documentos de identificación originales.

TEMA 2:

RÉGIMEN SIMPLIFICADO ECUATORIANO

QUE ES EL RISE

Es un nuevo régimen de incorporación voluntaria. Reemplaza el pago del IVA y del Impuesto a la Renta a través de cuotas mensuales. Tiene por objeto mejorar la cultura tributaria en el país.

QUIENES PUEDEN ACOGERSE AL RISE Quienes sólo vendan a consumidores finales, con ingresos de hasta US $60.000 en el año y

que no necesiten contratar más de 10 empleados. Personas naturales cuyos ingresos en relación de dependencia no superen la fracción básica

del Impuesto a la Renta ($8.910) y que desarrollen actividades económicas independientes, siempre que sus ingresos brutos no superen los US $60.000 anuales.

Quienes inicien actividades económicas, y no prevean superar ventas por US $ 60.000 anuales.

Que para el desarrollo de sus actividades económicas no necesiten controlar a más de 10 empleados

ACTIVIDADES QUE PUEDEN INSCRIBIRSE EN EL RISE Agricultores Pescadores Ganaderos Avicultores Mineros Transportistas Microindustriales

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QUIENES NO PUEDEN INGRESAR AL RISE* Personas Jurídicas - Sociedades. * Personas que fueron agentes de retención en los últimos 3 años. * Quienes desarrollen actividades de:

• Agencias de bolsa.• Almacenamiento de productos de terceros.

• Comisionistas• Agentes de aduana.• Comercialización y distribución de combustibles.• Casinos, bingos, salas de juego.• Publicidad y propaganda.

BENEFICIOS DEL RISE OLVÍDATE DE LOS FORMULARIOS:Quienes se acogen al RISE no necesitan usar formularios, ahorran el gasto por la compra del mismo, evitan el pago a tramitadores y se evitan complicaciones SE ACABARON LAS RETENCIONES:Al estar libres de retenciones, las personas inscritas en el RISE evitarán pagos en exceso NO NECESITAN LLEVAR CONTABILIDAD:Los inscritos en el RISE ahorrarán tiempo y dinero, pues no necesitarán contratar un contador que les lleve sus cuentas LLENAR TUS COMPROBANTES ES MÁS FÁCIL Y RÁPIDO:Los contribuyentes inscritos en el RISE entregarán notas de venta simples, ahorrando tiempo en el llenado ATENCIÓN DE CALIDAD:El SRI pone a disposición de los contribuyentes, ventanillas de atención y brigadas móviles exclusivas para los inscritos en el RISE

INSCRIPCIÓN EN EL RISE VOLUNTARIA: Cumplir con los requisitos establecidos OFICIO: A los contribuyentes que no se hayan inscrito en el RUC y cumplan con las

condiciones para sujetarse al RISE, la Administración Tributaria podrá inscribirlos

CATEGORIZACIÓN Y RECATEGORIZACIÓN Si en el ejercicio de su actividad económica los ingresos anuales al 31 de diciembre de cada

año, sobrepasen el límite de la categoría en la que se ubicó inicialmente; el contribuyente deberá actualizar su RUC inmediatamente, recategorizarce y pagar el valor de la nueva cuota.

Si los ingresos son inferiores al mínimo de la categoría en la que se ubicó inicialmente, esta re categorización deberá efectuarse durante el primer trimestre de cada año.

EXCLUSIÓN DEL RISE Sus ingresos brutos del ejercicio impositivo anterior, superen los sesenta mil dólares Sus adquisiciones durante el ejercicio impositivo anterior exceda de sesenta mil Desarrollen alguna de las actividades económicas por las que no puedan acogerse al

Régimen Simplificado

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Se encuentren en mora de pago de seis o más cuota Por muerte o inactividad del contribuyente

CLAUSURA DE SIETE DIAS No actualizar el RUC respecto de sus estalecimientos y la actividad economica ejercida Encontrarse retrasados en el pago de tres o mas cuotas Registrarse en una categoria inferior a la que corresponda, omitir su recategoriçzacion o su

renuncia del Regimen No mantener los comprobantes que sustenten us operaciones de ventas y compras

aplicadas a la actividad, en las condiciones que estableca el Servicio de Renta InternasRENUNCIA Y CESE DE ACTIVIDADES

* El contribuyente inscrito podrá separarse del Régimen Impositivo Simplificado mediante renuncia expresa, lo cual surtirá efecto a partir del primer mes siguiente

* En caso de que el contribuyente cese sus actividades económicas, deberá dar de baja los comprobantes de venta no utilizados y suspender temporalmente el RUC.

* La cancelación o suspensión del RUC por terminación de actividades económicas, conlleva la terminación de la sujeción al Régimen Impositivo Simplificado

* Los contribuyentes que hayan renunciado al Régimen Simplificado no podrán reincorporarse al mismo hasta que hayan transcurrido doce meses desde la fecha de la última renuncia registrada en el RUC.

COMPROBANTES DE VENTA RISE Autorizados por el SRI únicamente para emitir notas o boleta de venta o tiquetes de

máquina registradora De manera pre impresa la leyenda Contribuyente sujeto a régimen Impositivo Simplificado Los contribuyentes que se inscriban en el Régimen Impositivo Simplificado deberán dar de

baja los comprobantes de venta autorizados que no hubieren sido utilizados antes e su adhesión al régimen

Cuando el contribuyente renuncie o sea excluido del Régimen Impositivo Simplificado, no podrá emitir los comprobantes de venta que no hayan sido utiliados

Los comprobantes de venta emitidos por contribuyentes inscritos en el Regimen impositivo Simplificado no daran derecho credito tributario de IVA a sus adquirentes o usuarios

REGIMEN SANCIONATORIO DEL RISE

Cuando los contriuyentes sujetos al Regimen Impositivo Simplicado no pagan las cuotas establecidas segn su categoria, recibiran las siguientes sanciones:

El contribuyente RISE que no paga 3 cuotas, es clausurado

El contribuyente RISE que no paga 6 cuotas es excluido, y debe ponerse al dia. Ademas no puede re ingresar al regimen simplificado hasta despues de 24 meses de ocurrida la exclusion

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TEMA 3:

FACTURACION

REGIMEN DE FACTURACION

El Régimen de Facturación es el proceso a través del cual el SRI autoriza la emisión de documentos que acreditan la transferencia de bienes o la prestación de servicios de cualquier naturaleza.

El SRI autoriza la impresión de comprobantes de venta, documentos complementarios y comprobantes de retención a través de los establecimientos gráficos autorizados.El plazo de vigencia está directamente relacionado con el cumplimiento tributario del contribuyente, como se muestra a continuación:

1 año Cuando este al dia en sus obligaciones tributariads3 meses Cuando tiene pendiente alguna obligacion tributaria.este

permiso se otorga una sola ves.No tiene autorizacion Cuando ya se le otorgo la autorizacion por 3 meses, no ha

cumplido con sus obligaciones tributarias pendientes.

C

COMPROBANTES DE VENTA

El comprobante de venta es todo documento autorizado que acredita la transferencia de bienes o la prestación de servicios y es el respaldo de la propiedad de un bien.Sustentan:• La transferencia del bien o la prestación del servicio.• Crédito Tributario en IVA.• Origen lícito de los bienes.• Costos y gastos de Impuesto a la Renta

QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A EMITIR COMPROBANTES DE VENTA? Las sociedades y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad deben emitir

comprobantes de venta por cualquier monto. Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad deben emitir comprobantes de venta

autorizados en transacciones superiores a $ 4,00. En transacciones iguales o inferiores a ese monto deberán emitir comprobantes de venta

cuando el usuario o consumidor lo solicite, adicionalmente emitirá una nota de venta al final del día, por las transacciones realizadas por montos de hasta $ 4,00 (por las cuales no se emitieron comprobantes de venta).

QUIÉNES NO ESTÁN OBLIGADOS A EMITIR COMPROBANTES DE VENTA?

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No están obligadas a emitir comprobantes de venta las Instituciones del Estado que prestan servicios administrativos ni los trabajadores en relación de dependencia.

COMPROBANTES DE VENTA VÁLIDOS Facturas Notas o boletas de venta / notas de venta simplificadas. Liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios. Tiquetes emitidos por máquinas registradoras. Boletos o entradas a espectáculos públicos. Otros documentos autorizados como los emitidos por instituciones financieras, documentos de

importación y exportación, tiquetes aéreos, entre otros.

COMPROBANTES DE RETENCIÓNSon los documentos que acreditan las retenciones de impuestos realizadas por los agentes de retención.

AGENTES DE RETENCIÓN Entidades Sector Público, según el Art. 118 de la Constitución Política. Sociedades Personas naturales obligadas a llevar contabilidad. Sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad.

COMPROBANTES DE VENTA Y RETENCIÓN• Usted debe llevar un archivo en orden cronológico y secuencial de los comprobantes y documentos por un periodo de 7 años tiempo en el cual caduca la obligación tributaria.• La falta de entrega de comprobantes de venta autorizados se

sanciona con la clausura del establecimiento.• El contribuyente debe consultar en los medios que el Servicio de Rentas Internas ponga a su disposición, la validez de los comprobantes que reciba en sus transacciones.• Ahora puede realizar distintos trámites de facturación a través de nuestra página web www.sri.gov.ec, para esto deberá contar previamente con la clave para realizar trámites por internet, la misma que puede solicitar en cualquier agencia del país.• En el caso de personas naturales para sustentar sus gastos deberá solicitar un comprobante de venta que identifique al comprador.

Se incluyen dentro de los gastos personales los realizados por concepto de: vivienda, educación, salud, alimentación y vestimenta

GUÍAS DE REMISIÓNEs todo documento que sustenta el traslado de la mercadería dentro del territorio nacional por cualquier motivo, sea este:

Por Importación. Entre establecimientos de un mismo contribuyente. Venta.

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Alquiler de bienes. Devolución de mercaderias. Consignación de mercaderias. Exhibición en ferias nacionales e internacionales