SOMOS TIERRA 6

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Primera época Nº 6 La Paz, diciembre de 2008 Territorio Indígena Originario Campesino Pág. 3 La Naturaleza en la nueva Constitución Págs. 8, 9 La Función Social y la Función Económico Social de la Tierra Pág. 6

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La madre Tierra en la nueva Constitucion Politica

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Primera época Nº 6 La Paz, diciembre de 2008

Territorio IndígenaOriginario Campesino

Pág. 3

La Naturaleza en lanueva Constitución

Págs. 8, 9

La Función Social y laFunción EconómicoSocial de la Tierra

Pág. 6

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www.vicetierras.gov.bowww.inra.gob.bo

El proyecto civilizatorio moderno formulado porfilósofos iluministas del siglo XVIII es que el hombrese "emancipe" de la magia, los mitos y la fe y conquistela sabiduría y el mejoramiento social "infinitos" de lamano de una ciencia "objetiva", "universal" y"emancipadora", para dominar todos los espacios dela naturaleza. 1Desde Descartes, Newton, Bacon y Comte, la culturahumana y la naturaleza son dos mundos separados yopuestos entre sí. La razón científica binaria despojóa la naturaleza de sus valores mitológicos y religiososinherentes a la identidad de la especie humana, altiempo que confutó la imaginación del hombre, separóla mente del cuerpo y el saber de los sentimientos.La tierra, la vida, el trabajo, los sueños y las esperanzasdel ser humano se han convertido en accesoriosdesechables de la maquinaria delcapital, y se desvalorizan en relacióndirecta con la valorización delmundo de las cosas o fetiches.(Marx)Las criaturas de la modernidadajenas a su propio cuerpo y trabajo,a su esencia humana, a su vidagenérica y a la naturaleza fuera deellas (Marx) libran una ferozcompetencia por ventajas,beneficios e intereses antagónicos,única forma de relacionamientohumano. (Adorno)La desenfrenada "voluntad dedesear" y las "ex igenc iasirrazonables" de "desarrollo" y"bienestar" del "súper hombre"moderno sin Dios, aparentemente"relajado, tolerante y civilizado" yperpetuamente insatisfecho y perdido de "sí mismo",desencadenaron los peores desastres mundiales delsiglo XX, entre ellos la debacle medioambientalirreversible. (Heidegger)La ciencia hegemónica supuestamente neutral, ajenaa las relaciones de poder y "siempre benéfica" inventóla bomba atómica, ultra tecnificó la expoliacióncapitalista y ahora contempla impotente la destrucciónde la tierra.El super especializado conocimiento occidental esinútil y periclita ante la sinrazón del desarrolloeconómico, producción, consumo y acumulación depropiedad privada individual "infinitos" en un planetacon recursos naturales limitados. 2Lo paradójico es que al comenzar el Siglo XXI, fulguranen la oscuridad los saberes milenarios y los valorescolectivos de las "primitivas" y "salvajes" "tribus"indígenas del hemisferio Sur despreciadas por la"superior y más intensa" (Hegel) filosofía "iluminista"del siglo XVIII.

Nuevo paradigma

El régimen social de la Constitución Política del EstadoUnitario Social de Derecho Plurinacional Comunitariode Bolivia se destaca como uno de los más exhaustivos,completos y progresistas del mundo.La Constitución Plurinacional protege como nuncaantes al individuo con un amplio menú de derechosy garantías ciudadanas de la normativa internacionalde derechos humanos; y al mismo tiempo garantizael "vivir bien" de todos los habitantes en sus múltiplesdimensiones, un valor colectivo de la filosofíacomunitarista indígena incorporado a la Constituciónpor primera vez en la historia.La sociedad plurinacional boliviana privilegia ladimensión intersubjetiva y la identidad esencialmente

comunal de los seres humanos, "incompletos" comoindividualidades aisladas en tanto existen en unarelación de interdependencia con la colectividad y elentorno natural. 3Ahora el derecho a la libertad individual es tan fundamentalcomo la redistribución justa de la riqueza y de los excedenteseconómicos. La eliminación de la exclusión social y económica,el desigual acceso a recursos productivos y las inequidadesregionales se han convertido en deberes prioritarios del Estadoplurinacional con carácter de mandato constitucional.El modelo económico plural reconoce la forma económicaprivada capitalista, y también garantiza las economías colectivas(comunitaria, estatal y social cooperativa), todas ellas igualesante la ley, y articuladas por principios de complementariedad,reciprocidad, solidaridad, redistribución, igualdad, sustentabilidad,equilibrio, justicia, transparencia y seguridad jurídica.

El Estado Plur inac ionalc o n s t i t u c i o n a l i z a a l a"Pachamama" como categoríafilosófica esencial del nuevomodelo civilizatorio boliviano.Los pueblos indígenas de todoel mundo veneran a la MadreTierra no como una deidad a laque se teme y se suplicamisericordia -como el Dioscristiano-, sino como el útero ycasa común de todas las especiesde organismos vivos que"existen" "abiertos al mundo" através de sus ojos, boca, nariz,oídos y poros de su piel,intercambiando materia y energíacon el entorno natural.En cierta forma, "pertenecen"a la Pachamama las diversas

formas de vida y la especie humana, la cual no "estásobre" la Tierra sino que "es" en la Naturaleza desnudadonde desarrolla culturas diversas y sistemas derelacionamiento con el medio ambiente.La sociedad plural boliviana establece que las riquezasnaturales son bienes comunes de propiedad social, ypor eso sólo reconoce derechos de "uso" y"aprovechamiento" de recursos naturales, y múltiples-y no "absolutos"- derechos propietarios de la tierra,siempre y cuando ésta cumpla una función económicasocial, es decir que produzca en beneficio de la sociedad,del interés colectivo y de su propietario.Son deberes primordiales del Estado y del ciudadanoindustrializar y aprovechar los recursos naturales deforma responsable y planificada; conservar el medioambiente para el bienestar de las generaciones futuras,y sobre todo proteger y respetar a la Pachamama.Merecen la máxima sanción penal quienes, por afánde lucro individual, se apropian, sobreexplotan ycontaminan la Tierra como un factor económicoproductivo cualquiera, delitos de traición a la Patria.(MLF)

Notas:

1. Jürgen Habermas, Modernidad: un proyecto incompleto; RevistaPunto de Vista, N 21, Buenos Aires, agosto de 1998. TheodorAdorno y Max Horkheimer, Dialéctica del iluminismo, EditoraNacional, Madrid, 2002.2. La grave enfermedad de la Tierra se manifiesta con lluviasprolongadas, inundaciones y sequías, alteración de las estacionesagrícolas, huracanes, terremotos, desglaciaciones, aumento delnivel del mar, expansión de enfermedades endémicas y hambrunas.Se agotan los recursos naturales e innumerables especies de faunay flora se extinguieron o están al borde de la desaparición. Larevolución verde y el explosivo crecimiento urbano devastó labiodiversidad. La temperatura media se elevará de 1.8 C a 4.0 C.en el siglo XXI.3. Raúl Prada y Carlos Romero, ex asambleístas del MAS.

Un sí para evitarla guerra civil

Jaime Iturri Salmón

No es todo lo buena que me gustaría. Sin embargo, es mejora la que tenemos. Así, sin más, amable lector resumo lo quepienso del proyecto de la Nueva Constitución Política delEstado que espero salga victoriosa el 25 de enero.Preferiría, por ejemplo, que consagrara el derecho a losmatrimonios gays y legalizara los abortos. Pero, claro, eso esmucho pedir en Bolivia. Sobre todo, con la cantidad decristianos que hay entre los constituyentes.Pero en fin, por lo menos reconoce a las nacionalidades quehabitan nuestro país. Los que hemos luchado por años paraque los invisibles de toda la vida se visibilicen no podemossino saludar alborozados que ahora seamos nación de naciones.El reconocimiento pleno de los derechos de los indígenas yde la justicia originaria pone un freno (espero que parasiempre) a la guerra civil y eso es ganancia por completo. Ymás allá de enfrentamientos que, gracias al voto de losbolivianos, veo cada vez más lejos, reconoce el derechodemocrático a tener múltiples identidades y ser varón, aymara(caben aquí 36 otras posibilidades, 35 de pueblos indígenasy la nada despreciable, numéricamente hablando, cantidadde mestizos que habitamos en estas tierras), bolivarista y serboliviano al mismo tiempo, para citar un ejemplo.En cuanto al tema tierra, la nueva Constitución, si se aprueba,pone límite al latifundio. No de manera declarativa como lavigente, sino dándole una cantidad específica. Y habrá queelegir entonces entre cinco o diez mil hectáreas. En amboscasos es terreno suficiente para ganadería o para la agricultura.Además, incorpora un elemento liberal importantísimo: separaa la Iglesia Católica del Estado. No más religiones oficiales.Ése es el concepto de cualquier sociedad democrática. Y noes que me afecte en especial, demasiado he leídos sobre laInquisición y otras locuras del fanatismo y sobre las guerrasreligiosas como para creer en cuentos, pero creo que eselemental que todos seamos iguales y todos los gruposreligiosos sean mantenidos con los aportes de sus fieles ypunto, sin recibir un peso del Estado.Por otra parte, la nueva ley de leyes consagra las autonomíasde una manera racional. No el pedido de los cívicos cruceñosque en el fondo es separatismo puro y duro, sino de unacuerdo sensato que respete al poder central y, a la vez, décompetencias exclusivas a los gobiernos departamentales.A más, aunque no lo diga expresamente, deja claro que lasede de gobierno no se mueve y ése es un motivo de alegríapara todos los bolivianos. Somos un país demasiado pobrecomo para dilapidar diez mil millones de dólares trasladandoel Poder, peor aún cuando eso rompería el equilibrio nacionalya que, como se vio, los dirigentes sucrences fueron y sonlas marionetas de los líderes cruceños que al final, una vezusados, los descartaron sin mayor reparo. Lamentablemente,en medio de la pulseta política hubo tres muertos caídos porla locura de quienes mentían a la población para que salieraa enfrentar a la Policía.Finalmente, y lo digo sin embates, votaré por el Sí, porque,además de lo señalado arriba, los abanderados del No mecaen muy mal. No todos claro, pero varios de ellos son losmismos que nos gobernaron por años y a los que les viaumentar pisos y pisos a sus propiedades, mientras losbolivianos pobres eran cada vez más miserables.Son los que querían venderles a los bolivianos el aceiteproducido en el país a precios más caros que en el exterior,son los que ni se ruborizaron al matar a dirigentes indígenasen Pando, y son los que cobijaron y alentaron a ese grupode pandilleros que responden al nombre de Unión Juvenil.Dime con quien andas y te diré quien eres, reza el refrán y,aunque tengo críticas al proyecto de Constitución Políticadel Estado aprobado en Oruro, prefiero andar con él quecon sus detractores.

Nº 6 Primera épocaLa Paz, diciembre de 2008

Redacción:Unidad de Comunicación Social - INRA

Unidad de Promoción Indígena y Campesina - VT

Director:Juan Carlos Rojas C.

Editor:UPIC-VICEMINISTERIO DETIERRAS/FrancoGrandi M.

Coordinador:Juan de DiosFernández

Diseño ydiagramación:Miguel Aguilar T.

Esta publicación es una producción del Instituto Nacional de Reforma Agraria y del Viceministerio de Tierras

Dos paradigmas

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En los albores del Siglo XXI,representantes de culturasdiversas y plurales quepoblamos la amazonia, elchaco, el altiplano, los llanosy los val les del paísr e f u n d a m o s B o l i v i acumpliendo el mandato denuestros antepasados y conl a f o r t a l e z a d e l aPachamama, sagrada MadreTierra.

Las nuevas mayor íascampesinas, indígenas ytrabajadoras mantenemosuna relación de respeto yarmonía con la Naturaleza yproclamamos que la TIERRAno es una mercancía sino laMADRE de la biodiversidad,agua, bosques y de todas lasespecies de seres vivos,entre ellas el ser humano.

La Madre Tierra es el soportede nuestro TERRITORIO,donde sistemas culturalesdiversos desarrollamosmodelos de producción y devida.

Son recursos naturales los minerales en todos sus estados, loshidrocarburos, el agua, el aire, el SUELO y el subsuelo, los bosques, labiodiversidad, el espectro electromagnético y todos aquellos elementosy fuerzas físicas susceptibles de aprovechamiento. (Artículo 348)

El patrimonio natural es de interés público y de carácter estratégicopara el desarrollo sustentable del país. Su conservación yaprovechamiento para beneficio de la población será responsabilidady atribución exclusiva del Estado, y no comprometerá la soberanía sobrelos recursos naturales. (Art. 346)

Los recursos naturales son de propiedad y dominio directo, indivisiblee imprescriptible del pueblo boliviano, y corresponderá al Estado suadministración en función del interés colectivo. (Artículo 349, I)

Las actividades de exploración, explotación, refinación, industrialización,transporte y comercialización de los recursos naturales no renovablestendrán el carácter de necesidad estatal y utilidad pública. (Artículo356)

El Estado reconocerá, respetará y otorgará derechos propietariosindividuales y colectivos sobre la tierra así como derechos de uso yaprovechamiento sobre otros recursos naturales. (Artículo 349 II)

La agricultura, la ganadería, así como las actividades de caza y pescaque no involucren especies animales protegidas, son actividades quese rigen por lo establecido en la cuarta parte de esta Constituciónreferida a la estructura y organización económica del Estado. (Artículo349 III)

Prohibido privatizar la vida

• La negociación, suscripción y ratificación de tratados internacionales se regirá por los principiosde: 3. Defensa y promoción de los derechos humanos, económicos, sociales, culturales yambientales, con repudio a toda forma de racismo y discriminación. 7. Armonía con la naturaleza,defensa de la biodiversidad, y prohibición de formas de apropiación privada para el uso y explotaciónexclusiva de plantas, animales, microorganismos y cualquier materia viva. (Artículo 255, II)• Por ser propiedad social del pueblo boliviano, ninguna persona ni empresa extranjera, ni ningunapersona o empresa privada boliviana podrá inscribir la propiedad de los recursos naturalesbolivianos en mercados de valores, ni los podrá utilizar como medios para operaciones financierasde titularización o seguridad. La anotación y registro de reservas es una atribución exclusiva delEstado. (Artículo 357)• Son patrimonio natural las especies nativas de origen animal y vegetal. El Estado establecerá las medidasnecesarias para su conservación, aprovechamiento y desarrollo. El Estado protegerá todos los recursosgenéticos y microorganismos que se encuentren en los ecosistemas del territorio, así como los conocimientosasociados con su uso y aprovechamiento. Para su protección se establecerá un sistema de registro quesalvaguarde su existencia, así como la propiedad intelectual en favor del Estado o de los sujetos socialeslocales que la reclamen. Para todos aquellos recursos no registrados, el Estado establecerá los procedimientospara su protección mediante la ley. (Artículo 381)• Son objetivos de la política de desarrollo rural integral del Estado, en coordinación con lasentidades territoriales autónomas y descentralizadas: 9. Establecer la creación del banco desemillas y centros de investigación genética. 11. Controlar la salida y entrada al país de recursosbiológicos y genéticos. (Artículo 407)Es facultad y deber del Estado la defensa, recuperación, protección y repatriación del materialbiológico proveniente de los recursos naturales, de los conocimientos ancestrales y otros que seoriginen en el territorio. (Artículo 382)

Organismos genéticamentemodificados

La producción, importación y comercialización detransgénicos será regulada por ley. (Artículo 409)

La negociación, suscripción y ratificación de tratadosinternacionales se regirá por los principios de: 8. Prohibiciónde importación, producción y comercialización de organismosgenéticamente modificados y elementos tóxicos que dañenla salud y el medio ambiente. (Artículo 255, II)

Se prohíbe la fabricación y uso de armas químicas, biológicasy nucleares en el territorio boliviano, así como la internación,tránsito y depósito de residuos nucleares y desechos tóxicos.El Estado regulará la internación, producción,comercialización y empleo de técnicas, métodos, insumosy sustancias que afecten a la salud y al medioambiente.(Artículo 344)

Alto a las transnacionales

Hace cien años los campesinos rotaban cultivos y usaban estiércol para mantener fértilla tierra, y sembraban cultivos asociados o policultivos para controlar pestes. Lasmultinacionales erosionaron poco a poco la autonomía campesina y ahora los productoresfertilizan el suelo con químicos controlados por compañías privadas, las cuales son dueñasde semillas híbridas, transgénicas y patentes de vida. Avanza la privatización de lassemillas, la esencia de la vida y de la agricultura, y la última pizca de soberanía de losagricultores.

Principio de precaución

El pueblo boliviano ejerce su derecho a prevenir posiblesdesastres ambientales y a plantear una duda razonablefrente a riesgos y peligros de la explotación de recursosnaturales y todo tipo de pruebas científ icas.Se reglamenta mediante ley la introducción de materialorgánico, inorgánico u organismos que alteren el patrimoniogenético. La Constitución restringe actividades que puedanconducir a la destrucción de ecosistemas o a la alteraciónpermanente de ciclos naturales.

Los movimientos populares bolivianos constitucionalizan a al“Pachamama”como categoría filosófica esencial del nuevo modelo civilizatorio

Las áreas protegidas constituyen un bien común y forman parte delpatrimonio natural y cultural del país; cumplen funciones ambientales,culturales, sociales y económicas para el desarrollo sustentable. Artículo385)

La Naturaleza en lanueva Constitución

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Son fines y funciones esenciales del Estado:Promover y garantizar el aprovechamientoresponsable y planificado de los recursosnaturales, e impulsar su industrialización,a t r a v é s d e l d e s a r r o l l o y d e lfortalecimiento de la base productiva ensus diferentes dimensiones y niveles, asícomo la conservación del medio ambiente,para el bienestar de las generacionesactuales y futuras. (Art. 9, inciso 6)El Estado ejercerá la dirección integral deldesarrollo económico y sus procesos deplanificación. La industrialización de losrecursos naturales para superar ladependencia de la exportación de materiasprimas y lograr una economía de baseproductiva, en el marco del desarrollosostenible, en armonía con la naturaleza.(Art. 311, incisos 1 y 3)La forma de organización económicaestatal comprende a las empresas y otrasentidades económicas de propiedadestatal, que cumplirán los siguientesobjetivos: 1. Administrar a nombre delpueblo boliviano los derechos propietariosde los recursos naturales y ejercer elcontrol estratégico de las cadenas

product ivas y los procesos deindustrialización de dichos recursos. 5.Garantizar la participación y el controlsocial sobre su organización y gestión, asícomo la participación de los trabajadoresen la toma de decisiones y en losbeneficios. (Art. 309)El Estado desarrollará y promoverá lainvestigación relativa al manejo,conservación y aprovechamiento de losrecursos naturales y la biodiversidad.(Artículo 354)El Estado establecerá medidas derestricción parcial o total, temporal opermanente, sobre los usos extractivosde los recursos de la biodiversidad. Lasmedidas estarán orientadas a lasn e c e s i d a d e s d e p r e s e r v a c i ó n ,conservación, recuperación y restauraciónde la biodiversidad en riesgo de extinción.Se sancionará penalmente la tenencia,manejo y tráfico ilegal de especies de labiodiversidad. (Artículo 383Todas las formas de organizacióneconómica tienen la obligación deproteger el medio ambiente. (Artículo 312,III)

La CPE crea un la jurisdicción agroambientalpara el conocimiento y resolución de lasacciones relacionadas con los recursosnaturales (Arts. 187 al 190). El TribunalAgroambiental es el máximo tribunalespecializado de la jurisdicción agroambiental.Se rige en particular por los principios defunción social, integralidad, inmediatez,sustentabilidad e interculturalidad. (Artículo186)Son atribuciones del Tribunal Agroambiental,además de las señaladas por la ley:1. Resolver los recursos de casación y nulidaden las acciones reales agrarias, forestales,ambientales, de aguas, derechos de uso yaprovechamiento de los recursos naturalesrenovables, hídricos, forestales y de labiodiversidad; demandas sobre actos que

atenten contra la fauna, la flora, el agua y elmedio ambiente; y demandas sobre prácticasque pongan en peligro el sistema ecológicoy la conservación de especies o animales.2. Conocer y resolver en única instancia lasdemandas de nulidad y anulabilidad de títulosejecutoriales.3. Conocer y resolver en única instancia losprocesos contencioso administrativos queresulten de los contratos, negociaciones,autorizaciones, otorgación, distribución yr e d i s t r i b u c i ó n d e d e r e c h o s d eaprovechamiento de los recursos naturalesrenovables, y de los demás actos yresoluciones administrativas.4. Organizar los juzgados agroambientales.(Artículo 189)

Legislación agroambiental

La función judicial es única. La jurisdicciónordinaria se ejerce por el Tribunal Supremo deJusticia, los tribunales departamentales dejusticia, los tribunales de sentencia y los jueces;la jurisdicción agroambiental por el Tribunal yjueces agroambientales; la jurisdicción indígenaoriginaria campesina se ejerce por sus propiasautor idades; ex is t i rán jur isd icc ionesespecializadas reguladas por la ley. (Artículo179)

Para ser elegida Magistrada o elegido Magistradodel Tribunal Agroambiental serán necesarios losmismos requisitos que los miembros del TribunalSupremo de Justicia, además de contar conespecialidad en estas materias y haber ejercidocon idoneidad, ética y honestidad la judicaturaagraria, la profesión libre o la cátedra universitariaen el área, durante ocho años. En la preselecciónde las candidatas y los candidatos se garantizará

la composición plural, considerando criterios deplurinacionalidad. (Artículo 187)

I. Las Magistradas y los Magistrados del TribunalAgroambiental serán elegidas y elegidosmediante sufragio universal, según elprocedimiento, mecanismos y formalidades paralos miembros del Tribunal Supremo de Justicia.

I I . E l s i s tema de p roh ib i c iones eincompatibilidades aplicado a las Magistradas ylos Magistrados del Tribunal Agroambiental seráel de los servidores públicos.

III. El tiempo de ejercicio, la permanencia y lacesación en el cargo establecidos para lasMagistradas y los Magistrados del TribunalSupremo de Justicia serán de aplicación a losmiembros del Tribunal Agroambiental. (Artículo188)

Delitos ambientales

Los delitos de genocidio, de lesa humanidad, detraición a la patria, de crímenes de guerra y losdelitos contra el medio ambiente sonimprescriptibles. (Artículos 111 y 347)Se declara la responsabilidad por los dañosambientales históricos y la imprescriptibilidad delos delitos ambientales. (Artículo 347)Comete delito de traición a la patria la bolivianao el boliviano que incurra en los siguientes hechos:2. Que viole el régimen constitucional de losrecursos naturales 3. Que atente contra la unidaddel país. Este delito merecerá la máxima sanciónpenal. (Artículo 124)

La conversión de uso de tierras con coberturaboscosa a usos agropecuarios u otros, sóloprocederá en los espacios legalmente asignadospara ello, de acuerdo con las políticas deplanificación y conforme con la ley. La leydeterminará las servidumbres ecológicas y lazonificación de los usos internos, con el fin degarantizar a largo plazo la conservación de lossuelos y cuerpos de agua. Toda conversión desuelos en áreas no clasificadas para tales finesconstituirá infracción punible y generará la obligaciónde reparar los daños causados. (Artículo 389)- Los bosques naturales y los suelos forestalesson de carácter estratégico para el desarrollo delpueblo boliviano. El Estado reconocerá derechosde aprovechamiento forestal a favor decomunidades y operadores particulares. Asimismopromoverá las actividades de conservación yaprovechamiento sustentable, la generación devalor agregado a sus productos, la rehabilitación yreforestación de áreas degradadas. (Artículo 386)

Estado y recursos naturales

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La Constitución Política del Estado (CPE) consolida la Nueva Política de Tierras expresada en la Ley 3545 de Reconducción Comunitaria dela Reforma Agraria (28 de noviembre de 2006) y su Reglamento (2 de agosto de 2007).

Cuarta Parte: Estructura y Organización Económica del EstadoTítulo II: Medio ambiente, Recursos Naturales, Tierra y Territorio

Capítulo Noveno: Tierra y Territorio (Art. 393 - 404)

Son competencias exclusivas del nivel central del Estado(facultad legislativa, pudiendo transferir y delegar facultadesreglamentarias y ejecutivas):

6. Régimen general de biodiversidad y medio ambiente; 7.Política Forestal y régimen general de suelos, recursosforestales y bosques; 12. Elaboración y aprobación deplanos y mapas cartográficos oficiales, geodesia; 18. Sistemade Derechos Reales en obligatoria coordinación con elregistro técnico municipal; 19. Áreas protegidas bajoresponsabilidad del nivel central del Estado; 20. Reservasfiscales respecto a recursos naturales; 22. Control de laadministración agraria y catastro rural; 29. Asentamientoshumanos rurales; 33. Políticas de planificación territorial yordenamiento territorial, y 38. Régimen de la tierra. La leydeterminará las facultades a ser transferidas o delegadasa las autonomías. (Artículo 298, II)

Son competencias concurrentes aquellas en las que lalegislación corresponde al nivel central del Estado y los

otros niveles ejercen simultáneamente las facultadesreglamentaria y ejecutiva:

1. Preservar, conservar y contribuir a la protección delmedio ambiente y fauna silvestre manteniendo el equilibrioecológico y el control de la contaminación ambiental; 4.Conservación de suelos, recursos forestales y bosques;16. Agricultura, ganadería, caza y pesca. (Artículo 299)

Son competencias exclusivas de los gobiernosdepartamentales autónomos, en su jurisdicción:

5. Elaboración y ejecución de Planes de OrdenamientoTerritorial y de uso de suelos, en coordinación con losplanes del nivel central del Estado municipales e indígenaoriginario campesino; 14. Servicios de sanidad e inocuidadagropecuaria; 18. Promoción y conservación del patrimonionatural departamental; 31. Promoción y administración delos servicios para el desarrollo productivo y agropecuario.(Artículo 300, I)

Son competencias privativas del nivel central del Estado(su legislación, reglamentación y ejecución no se transfiereni delega, y están reservadas para el nivel central delEstado):

17. Política general sobre tierras y territorio, y su titulación.20. Política general de Biodiversidad y Medio Ambiente.(Artículo 298. I)

El Servicio Boliviano de Reforma Agraria, cuya máxima

autoridad es el Presidente del Estado, es la entidadresponsable de planificar, ejecutar y consolidar el procesode reforma agraria y tiene jurisdicción en todo el territoriodel país. (Art. 404)

Son atribuciones de la Presidenta o del Presidente delEstado, además de las que establece esta Constitución yla ley: 27. Ejercer la autoridad máxima del Servicio Bolivianode Reforma Agraria y otorgar títulos ejecutoriales en ladistribución y redistribución de las tierras. (Artículo 172)

La nueva CPE:

1. Reconstituye el territoriode comunidades indígenasy campesinas mediante laredistribución de tierrasf iscales d isponib les.

2. Frena la mercantilizaciónde tierras, bosques yservicios ambientales;limita la extensión de lapropiedad agraria, y elevaa rango constitucional elmecanismo de reversiónd e t i e r r a s p o rincumplimiento de lafunción económico social(FES) y la expropiación detierras por necesidadpública.

3. Asegura un papelprotagónico del Estado enla aplicación de políticasagrarias más justas ycentradas en la agriculturafamil iar campesina ei n d í g e n a ; e v i t a l aprivatización de serviciosde extensión y apoyopúblico a la producción ya la comercializaciónagrícola.

- La Economía Plural respetará y garantizará lapropiedad INDIVIDUAL Y COLECTIVA sobre latierra. (Art. 311, II, numeral 2)

- El Estado reconocerá y otorgará derechospropietarios individuales y colectivos sobre lat ie r ra , as í como derechos de uso yaprovechamiento sobre otros recursos naturales.(Art. 349 II)

- El Estado reconoce, protege y garantiza lapropiedad individual y comunitaria o colectiva dela tierra, en tanto cumpla una función social ouna función económica social, según corresponda. (Art. 393)

A. Propiedad individual

La propiedad agraria individual se clasifica enpequeña, mediana y empresarial, en función a lasuperficie, a la producción y a los criterios dedesarrollo. Sus extensiones máximas y mínimas,características y formas de conversión seránreguladas por la ley. Se garantizan los derechoslegalmente adquiridos por propietarios particularescuyos predios se encuentren ubicados al interiorde territorios indígena originario campesinos (Art.394, I)

Por afectar a su aprovechamiento sustentable ypor ser contrario al interés colectivo, se prohíbe ladivisión de las propiedades en superficies menoresa la superficie máxima de la pequeña propiedadreconocida por la ley que, para su establecimiento,tendrá en cuenta las características de las zonasgeográficas. (Art. 400)

- Pequeña propiedad

La Pequeña propiedad es indivisible, constituyepatrimonio familiar inembargable y no está sujetaal pago de impuestos a la propiedad agraria. Laindivisibilidad no afecta el derecho a la sucesiónhereditaria en las condiciones establecidas porley. (Art. 394 II)

El Estado establecerá mecanismos legales paraevitar el fraccionamiento de la pequeña propiedad.(Art. 400)

- Propiedad empresarial: Mediana Propiedad yEmpresa Agropecuaria

El Estado reconoce la propiedad de tierra a todasaquellas personas jurídicas legalmente constituidasen territorio nacional siempre y cuando sea utilizadapara el cumplimiento del objeto de la creación del

agente económico, la generación de empleos y laproducción y comercialización de bienes y/oservicios. (Artículo 315, I)

Las personas jurídicas señaladas en el parágrafoanterior que se constituyan con posterioridad a lapresente Constitución tendrán una estructurasocietaria con un número de socios no menor ala división de la superficie total entre cinco milhectáreas, redondeando el resultado hacia elinmediato número entero superior. (Artículo 315,II)

B. Propiedad colectiva de la tierra

El Estado reconoce, protege y garantiza lapropiedad comunitaria o colectiva, que comprendeel territorio indígena originario campesino, lascomunidades interculturales originarias y de lascomunidades campesinas. La propiedad colectivase declara indivisible, imprescriptible, inembargable,inalienable e irreversible y no está sujeta al pagode impuestos a la propiedad agraria. Lascomunidades podrán ser tituladas reconociendola complementariedad entre derechos colectivose individuales respetando la unidad territorial conidentidad. (Art. 394, III)

Competencias autonómicas

El rol del Estado

Regímenes de la propiedad de la Tierra

La Tierra en la Constitución

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La función social se entenderá como elaprovechamiento sustentable de la tierrapor parte de pueblos y comunidadesindígena originario campesinos, así comoel que se real iza en pequeñaspropiedades, y constituye la fuente desubsistencia y de bienestar y desarrollosociocultural de sus titulares. En elcumplimiento de la función social sereconocen las normas propias de lascomunidades. (Artículo 397, I I )

La función económica social debeentenderse como el empleo sustentablede la tierra en el desarrollo de actividadesproductivas, conforme a su capacidad deuso mayor, en beneficio de la sociedad,del interés colectivo y de su propietario.La propiedad empresarial está sujeta arevisión, de acuerdo con la ley, paraverificar el cumplimiento de la funcióneconómica y social. (Artículo 397, III)

El Estado reconoce, protege ygarantiza la propiedad individualy comunitaria o colectiva de latierra, en tanto cumpla unafunción social o una funcióneconómica social, segúncorresponda. (Art. 393)

La nueva CPE ratifica que eltrabajo es la fuente fundamentalpa ra l a adqu i s i c i ón yconservación de la propiedadagraria. Las propiedadesdeberán cumplir con la funciónsocial o con la funcióneconómica soc ia l pa rasalvaguardar su derecho, deacuerdo a la naturaleza de lapropiedad. (Artículo 397, I)

Por ser contraria al interéscolectivo, está prohibida laobtención de renta fundiariag e n e r a d a p o r e l u s oespeculativo de la tierra. (Art.395, III)

- Toda persona tiene derecho a lap rop iedad p r i vada ind i v idua l ocolectiva, siempre que esta cumpla unafunc ión soc ia l . Se garant iza lapropiedad privada siempre que el usoque se haga de ella no sea perjudiciala l i n t e rés co l ec t i vo . (A r t . 56 ) - El Estado reconoce, respeta yprotege la iniciativa privada, para quecontribuya al desarrollo económico,social y fortalezca la independenciaeconómica del país. (Art. 308, I)- Se garantiza la libertad de empresay el pleno ejercicio de las actividadesempresariales que serán reguladas por

la Ley. (Art. 308, II)- La Economía Plural respeta lainiciativa empresarial y la seguridadjurídica. (Art. 311, 5.)- Toda persona t iene derecho adedicarse al comercio, la industria o acualquier actividad económica lícita,en condiciones que no perjudiquen albien colectivo. (Artículo 47) - Todas las formas de organizacióneconómica tienen la obligación degenerar trabajo digno y contribuir a lareducción de las desigualdades y a laerradicación de la pobreza. (Artículo312, II)

- El ilícito económico, la especulación, el acaparamiento, elagio, la usura, el contrabando, la evasión impositiva y otrosdelitos económicos conexos serán penados por ley. (Artículo325)- Toda actividad económica debe contribuir al fortalecimientode la soberanía económica del país. No se permitirá laacumulación privada de poder económico en grado tal queponga en peligro la soberanía económica del Estado. (Artículo 312, I)- Se prohíbe el monopolio y el oligopolio privado, así comocualquier otra forma de asociación o acuerdo de personasnaturales o jurídicas privadas, bolivianas o extranjeras, quepretendan el control y la exclusividad en la producción ycomercialización de bienes y servicios. (Artículo 314)

Reversión yexpropiación de la Tierra

El incumplimiento de la función económica social (FES) o la tenencialatifundista de la tierra serán causales de reversión y la tierrapasará a dominio y propiedad del pueblo boliviano. (Art. 401, I)

La expropiación de la tierra procederá por causa de necesidad yutilidad pública, y previo pago de una indemnización justa. (Art.401, II)

La expropiación se impondrá por causa de necesidad o utilidadpública, calificada conforme con la ley y previa indemnizaciónjusta. La propiedad inmueble urbana no está sujeta a reversión.(Art. 57)

Derechos de la propiedad privada Prohibiciones

Los derechos de uso y aprovechamiento sobre losrecursos naturales deberán sujetarse a lo establecidoen la Constitución y la ley. Estos derechos estaránsujetos a control periódico del cumplimiento de lasregulaciones técnicas, económicas y ambientales. Elincumplimiento de la ley dará lugar a la reversión oanulación de los derechos de uso o aprovechamiento.(Artículo 358)

Los recursos naturales renovables se aprovecharánde manera sustentable, respetando las característicasy el valor natural de cada ecosistema. Para garantizarel equilibrio ecológico, los suelos deberán utilizarseconforme con su capacidad de uso mayor en el marcodel proceso de organización del uso y ocupación delespacio, considerando sus características biofísicas,socioeconómicas, culturales y político institucionales.La ley regulará su aplicación. (Artículo 380)

La Función Social y la FunciónEconómico Social de la Tierra

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El Estado regulará el mercado de tierras, evitando la acumulación en superficies mayoresa las reconocidas por la ley, así como su división en superficies menores a la establecidapara la pequeña propiedad. (Art. 396, I)

Se prohíbe el latifundio y la doble titulación por ser contrarios al interés colectivo y aldesarrollo del país. Se entiende por latifundio la tenencia improductiva de la tierra; latierra que no cumpla la función económica social; la explotación de la tierra que aplicaun sistema de servidumbre, semiesclavitud o esclavitud en la relación laboral o la propiedadque sobrepasa la superficie máxima zonificada establecida en la ley. En ningún caso lasuperficie máxima podrá exceder las (5 mil o 10 mil hectáreas). (Art. 398)

Los nuevos límites de la propiedad agraria zonificada se aplicarán a predios que se hayanadquirido con posterioridad a la vigencia de esta Constitución. A los efectos de lairretroactividad de la Ley, se reconocen y respetan los derechos de posesión y propiedadagraria de acuerdo a Ley. (Art. 399, I)

Las superficies excedentes que cumplan la Función Económica Social serán expropiadas.La doble titulación prevista en el artículo anterior se refiere a las dobles dotacionestramitadas ante el ex - Consejo Nacional de Reforma Agraria, CNRA. La prohibición de ladoble dotación no se aplica a derechos de terceros legalmente adquiridos. (Art. 399, II)

El nacimiento del concepto de propiedad absolutade la tierra es reciente. Antes de la revoluciónfrancesa (1789), existían varios tipos depropiedades: los derechos del señor feudalcorrespondían a un tipo de propiedad, mientrasque los derechos de los agricultores instaladosen el territorio del Señor correspondían a otrotipo de propiedad. A la vez, muchas extensioneseran tierras de comunidades campesinas, conderechos específicos.La idea de reunir todos los derechos bajo ladenominación de "LA" propiedad en manos deuna sola persona no se explica sino por la voluntadde la burguesía francesa de consolidar su poderfrente al poder señorial en la revolución francesa.Pasamos en de una visión de propiedad de tipofeudal a una visión de propiedad de tipo“moderno”.El Artículo 544 del Código Civil francés de 1804indica en una primera parte que “la propiedad esel derecho de gozar y disponer de las cosas demanera más absoluta”. Pero, en su parte finalafirma: "… bajo la reserva que del uso que se dano sea prohibido por las leyes y reglamentos".De hecho, la concepción de propiedad absolutano se aplicó en Francia, uno de los países en loscuales los derechos de los propietarios de tierrasrurales son más limitados, en tanto que losderechos de los usuarios y productores son mejorreconocidos.El concepto de la propiedad absoluta se difundióen el mundo y sirvió de base ideológica para laprivatización de tierras indígenas, de la Iglesia,tierras baldías, y la entrega de títulos de prediosnacionales vírgenes a las clases dominantes porparte de los Estados independientes,particularmente en América Latina.El Código Civil importado contemplaba unadisposición muy importante, llamada prescripciónadquisitiva, que estipula que la utilización de latierra en forma pacífica en concepto de dueño ysin que nadie se opusiera durante un determinadonúmero de años (generalmente 30, o sea más omenos una generación) daba derecho paraobtener la propiedad legal de esta tierra.El artículo de la declaración de los derechoshumanos que tiene que ver con la propiedad

también ha sido objeto de una manipulaciónsimilar. El texto original decía "Las propiedades",pero el artículo fue modificado a último momentopor “LA propiedad”, "siendo un derecho inviolabley sagrado, nadie puede ser privado de ella salvocuando se trate de necesidad pública legalmenteconstatada y a condición de recibir unaindemnización justa y previa".En todos los sistemas de tenencia en cualquierparte del mundo, los derechos sobre la tierra sonmúltiples. Se pueden clasificar en tres grandestipos: 1. derechos de uso de los recursos, 2.derechos de gestión o de control del territorio, y3. derechos de transferencia en el tiempo de losdos anteriores tipos.

Los derechos sobre la tierra rural en Francia

El Estado mantiene un derecho eminente, quese traduce por la pertenencia a la nación francesa.Un individuo, comúnmente llamado "el propietario"puede compartir sus derechos con otros individuosque pueden tener un derecho de transitar por su"propiedad", si existe una "servidumbre de paso",anotada como restricción en la escritura. Losderechos de caza en Francia estaban hasta hacepoco y por razones históricas en manos desociedades locales de caza: el propietario nopodía prohibir la caza en sus parcelas.El dueño puede vender su tierra agrícola, peroexiste un organismo mixto (sociedad civil, estado)a nivel de cada territorio, la SAFER, cuya finalidades intervenir sobre el mercado de las tierrasagrícolas. La SAFER puede comprar con prioridaduna finca y fijar el precio si el pedido sobrepasalos niveles históricos constatados en la zona. Elderecho de transferir vender la tierra esta, por lotanto, compartido entre el dueño y la SAFER.Los derechos de los productores que alquilantierra (derechos de explotación y de uso cedidosde manera temporal por el dueño) estánfuertemente protegidos en Francia. La ley sobrelos arrendamientos da seguridad al inquilino y aldueño, pero protege los derechos de uso delproductor: duración mínima de 9 años para elalquiler de una tierra agrícola; contrato renovable,al menos que el dueño vaya a trabajar la tierra

personalmente; cesión prioritaria a sus herederossiempre y cuando estos trabajen directamenteesta tierra; monto de las rentas controlado por elEstado.Francia no aplica el concepto de propiedadabsoluta del código napoleónico. Más allá de lasapariencias, existe una gama de derechosmúltiples de distintos tipos de personas oentidades.

A manera de conclusiones

La nueva visión sobre tierra y territorio reconocela existencia de derechos propietarios múltiplessegún la tradición práctica de los pueblosindígenas.Los pobres dejarán de serlo no con propiedadprivada legalizada sino con nuevas modalidadesde gobernanza sobre los territorios, lo que implicarevisar conceptos jurídicos.Este no es un problema específico de los pueblosindígenas, sino también de mestizos, habitantesde áreas rurales e incluso pobladores de ciudadesvecinas. Es uno de los problemas centrales dela humanidad del siglo XXI.En lugar de hablar de "tierra", hablamos de"derecho(s) sobre la tierra". Comprendemos queun "título" o una "escritura" abarca diferentesderechos, pero no todos los derechos.Si se habla de "regímenes de propiedad" en lugarde "tipo de propiedad" hay mucha más facilidadpara discutir todo lo que tiene que ver con latierra y se dispone de más opciones para construirpropuestas y alternativas a los esquemas actualescuando estos no responden a las necesidadesde la sociedad.

Seminario Internacional "Economías campesinas ysistemas financieros rurales". Foro latinoamericano ydel Caribe sobre finanzas rurales (FOROLACFR).Julio de 2007. La Paz, Bolivia. Ponencia en la mesaredonda «Servicios financieros rurales, tierra yterritorios» Regimenes de tenencia de la tierra,sistemas financieros y construcción de nuevasmodalidades de gobernanza. Michel Merlet / Directorde la asociación para contribuir a mejorar laGobernanza de la Tierra, del Agua y de los RecursosNaturales AGTER. http://www.agter.asso.fr/

Las disposiciones de la Ley deReconducción Comunitaria y

la reversión por elincumplimiento de la FESconstituyen por sí solas

garantías contra el latifundio.Sin embargo, fijar límites parala propiedad agraria evita la

concentración monopólica dela tierra. En criterio del

Viceministro de Tierras, unempresario puede trabajar

cientos de miles de hectáreasde manera productiva, einclusive respetando losderechos sociales de sus

trabajadores, pero eso no essaludable y no contribuye a lademocratización económica.Sugiere determinar el límite dela propiedad agraria medianteuna ley especial que otorgamayores soportes técnicos.

Límite del latifundio

Propiedad absoluta o derechos propietarios múltiples

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A efectos de aplicación del parágrafo I del artículo 293 de esta Constitución, el territorioindígena tendrá como base de su delimitación a las Tierras Comunitarias de Origen. En elplazo de un año desde la elección del Organo Ejecutivo y Legislativo, la categoría de TierraComunitaria de Origen se sujetará a un trámite administrativo de conversión a TerritorioIndígena Originario Campesino, en el marco establecido en esta Constitución. (DisposiciónTransitoria Séptima)

Se reconoce la integralidad del territorio indígenaoriginario campesino, que incluye el derecho a latierra, al uso y aprovechamiento exclusivo de losrecursos naturales renovables en las condicionesdeterminadas por la ley; a la consulta previa einformada y a la participación en los beneficiospor la explotación de los recursos naturales norenovables que se encuentran en sus territorios;la facultad de aplicar sus normas propias,admin is t rados por sus est ructuras derepresentación y la definición de su desarrollo deacuerdo a sus criterios culturales y principios deconvivencia armónica con la naturaleza. Losterritorios indígena originario campesinos podránestar compuestos por comunidades. (Art. 403, I)

El territorio indígena originario campesinocomprende áreas de producción, áreas deaprovechamiento y conservación de los recursosnaturales y espacios de reproducción social,espiritual y cultural. La ley establecerá elprocedimiento para el reconocimiento de estosderechos. (Art. 403, II)

La autonomía indígena basada en territoriosindígenas consolidados y aquellos en proceso, una

vez consolidados, se constituirá por la voluntadexpresada de su población en consulta enconformidad a sus normas y procedimientospropios como único requisito exigible. (Art.293, I)

Las naciones y pueblos indígena originariocampesinos tienen derecho: 6. A la titulacióncolectiva de tierras y territorios. 17 A la gestiónterritorial indígena autónoma y al uso yaprovechamiento exclusivo de los recursosnaturales renovables existentes en su territorio,sin perjuicio de los derechos legítimamenteadquiridos por terceros. (Art. 30, II)

La explotación de recursos naturales endeterminado territorio estará sujeta a un procesode consulta a la población afectada, convocadapor el Estado, que será libre, previa e informada.Se garantiza la participación ciudadana en elproceso de gestión ambiental y se promoverá laconservación de los ecosistemas, de acuerdo conla Constitución y la ley. En las naciones y pueblosindígena originario campesinos, la consulta tendrálugar respetando sus normas y procedimientospropios. (Artículo 352)

“TERRITORIO es derecho de pueblos y TIERRA esderecho de personas. El TERRITORIO se encuentrabajo la influencia cultural y el control político de unpueblo. La TIERRA se encuentra, por el contrario,sobre una parte de esta área territorial, puedepertenecer a personas individuales o jurídicas, y porcierto encontrarse bajo formas legales de propiedadindividual o colectiva. El primero otorga el controlsobre los recursos y los procesos sociales, el segundoda derecho al uso económico sin interferencia porparte de terceros. Hoy, cuando los pueblos indígenasreclaman derechos se refieren a lo primero, al controlsobre lo que sucede socialmente en sus ámbitos devida, sobre todo sobre la explotación de los recursosen estos espacios” George Grunberg. Ensayo sobrelimitaciones y avances para el control y gestiónintegral de los territorios indígenas en Centroamérica.Guatemala, OXFAM América, 2002. Informe de

consultoría.El TERRITORIO es un concepto que integra a ladiversidad y la complejidad de las dimensiones deldesarrollo: manejo integrado de recursos naturales,problema de acceso a la tierra, gobernabilidad,iden t idad cu l tu ra l , cadenas p roduc t i vas .

El TERRITORIO incluye una porción de la superficieterrestre donde se construye una identidad condiferentes formas de apropiación concreta desuperficies. Es un escenario para compartir,in tercambiar y const ru i r una c iudadanía .El territorio es relativo a un grupo social determinadoo a varios grupos. La esencia del espacio y delterritorio es social, y se define en función de laposibilidad de asegurar la reproducción y elmantenimiento social.“El territorio es al Espacio lo que la conciencia de

clase es a la clase, algo que se integra como partede sí mismo, es decir, que estamos dispuestos adefender”. (Brunet, 2001) El territorio es la porciónde superficie terrestre apropiada por un grupo socialcon el objetivo de asegurar su reproducción y lasatisfacción de sus necesidades vitales (Baillo, 1995).

Funciones del territorio1. Vivir: forma de apropiación del espacio privado ypúblico que generan formas de tenencia particular.2. Apropiación: más que posesión, es la aptitud dedisponer de un espacio y manejarlo, proceso deconcientización de la dominación de un espaciodeterminado.3. Explotación: depende del modo de producción yde la aptitud del territorio.4. Intercambiar: es intentar “nivelar” la diferenciaciónespacial, generar relaciones sociales necesarias a

la construcción de una sociedad.5. Gobernar o administrar: mostrar el camino, manejar,organizar, ordenar. Gobernabilidad y gobernanza ene l sen t ido de la democrac ia occ identa l .

En conclusión, TERRITORIO es la emanación deuna lógica de acción colectiva que se personifica ensus instituciones sociales y que produce normassociales, económicas y políticas. El concepto deterritorio no vale si no está relacionado con la cuestióndel desarrollo, en particular del desarrollo local.8

(8) Redefinir el Territorio para definir una Constitución;Hubert Mazurek, Texto presentado en el I Encuentrointernacional sobre territorial idad y polít ica:“Territorialidades, autonomías y ciudadanías”, GTZ-DFID, Ministerio de Participación Popular, 9,10 y 11de diciembre de 2005

Tierra y territorio en la CPE

1. El Estado protegerá, fomentará y fortalecerá lasformas comunitarias de producción. (Artículo 47,III)2. El Estado reconocerá, respetará, protegerá ypromoverá la organización económica comunitaria,forma económica que comprende los sistemas deproducción y reproducción de la vida social,fundados en los principios y visión propios de lasnaciones y pueblos indígena originario y

campesinos. (Artículo 307)3. El Estado fomentará y promocionará el áreacomunitaria de la economía como alternativasolidaria en el área rural y urbana. (Artículo 311, 6)4. El Estado promoverá y protegerá el turismocomunitario con el objetivo de beneficiar a lascomunidades urbanas y rurales, y las naciones ypueblos indígena originario campesinos donde sedesarrolle esta actividad. (Artículo 337, II)

Economía comunitaria

Territorio Indígena Originario Campesino

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“TERRITORIO es derecho de pueblos y TIERRA esderecho de personas. El TERRITORIO se encuentrabajo la influencia cultural y el control político de unpueblo. La TIERRA se encuentra, por el contrario,sobre una parte de esta área territorial, puedepertenecer a personas individuales o jurídicas, y porcierto encontrarse bajo formas legales de propiedadindividual o colectiva. El primero otorga el controlsobre los recursos y los procesos sociales, el segundoda derecho al uso económico sin interferencia porparte de terceros. Hoy, cuando los pueblos indígenasreclaman derechos se refieren a lo primero, al controlsobre lo que sucede socialmente en sus ámbitos devida, sobre todo sobre la explotación de los recursosen estos espacios” George Grunberg. Ensayo sobrelimitaciones y avances para el control y gestiónintegral de los territorios indígenas en Centroamérica.Guatemala, OXFAM América, 2002. Informe de

consultoría.El TERRITORIO es un concepto que integra a ladiversidad y la complejidad de las dimensiones deldesarrollo: manejo integrado de recursos naturales,problema de acceso a la tierra, gobernabilidad,iden t idad cu l tu ra l , cadenas p roduc t i vas .

El TERRITORIO incluye una porción de la superficieterrestre donde se construye una identidad condiferentes formas de apropiación concreta desuperficies. Es un escenario para compartir,in tercambiar y const ru i r una c iudadanía .El territorio es relativo a un grupo social determinadoo a varios grupos. La esencia del espacio y delterritorio es social, y se define en función de laposibilidad de asegurar la reproducción y elmantenimiento social.“El territorio es al Espacio lo que la conciencia de

clase es a la clase, algo que se integra como partede sí mismo, es decir, que estamos dispuestos adefender”. (Brunet, 2001) El territorio es la porciónde superficie terrestre apropiada por un grupo socialcon el objetivo de asegurar su reproducción y lasatisfacción de sus necesidades vitales (Baillo, 1995).

Funciones del territorio1. Vivir: forma de apropiación del espacio privado ypúblico que generan formas de tenencia particular.2. Apropiación: más que posesión, es la aptitud dedisponer de un espacio y manejarlo, proceso deconcientización de la dominación de un espaciodeterminado.3. Explotación: depende del modo de producción yde la aptitud del territorio.4. Intercambiar: es intentar “nivelar” la diferenciaciónespacial, generar relaciones sociales necesarias a

la construcción de una sociedad.5. Gobernar o administrar: mostrar el camino, manejar,organizar, ordenar. Gobernabilidad y gobernanza ene l sen t ido de la democrac ia occ identa l .

En conclusión, TERRITORIO es la emanación deuna lógica de acción colectiva que se personifica ensus instituciones sociales y que produce normassociales, económicas y políticas. El concepto deterritorio no vale si no está relacionado con la cuestióndel desarrollo, en particular del desarrollo local.8

(8) Redefinir el Territorio para definir una Constitución;Hubert Mazurek, Texto presentado en el I Encuentrointernacional sobre territorial idad y polít ica:“Territorialidades, autonomías y ciudadanías”, GTZ-DFID, Ministerio de Participación Popular, 9,10 y 11de diciembre de 2005

Las tierras fiscales serán dotadas a indígena originario campesinos,comunidades interculturales originarias, afrobolivianos y comunidadescampesinas que no las posean o las posean insuficientemente, de acuerdocon una política estatal que atienda a las realidades ecológicas y geográficas,así como a las necesidades poblacionales, sociales, culturales y económicas.La dotación se realizará de acuerdo con las políticas de desarrollo ruralsustentable... (Art. 395, I)

La dotación se realizará de acuerdo con las políticas de desarrollo ruralsustentable y la titularidad de las mujeres al acceso, distribución y redistribuciónde la tierra, sin discriminación por estado civil o unión conyugal. (Art. 395, I)El Estado tiene la obligación de promover políticas dirigidas a eliminar todaslas formas de discriminación contra las mujeres en el acceso, tenencia y herenciade la tierra. (Art. 402, numeral 2)

Los derechos de las mujeres

Las mujeres campesinas sufren de una doble marginalización: comocampesinas y como mujeres. Como campesinas realizan la mayor partede las labores agrícolas pero como mujeres, su acceso a la tierra, a losrecursos, a los ingresos y a los espacios de toma de decisiones es másrestringido.

Uno de los grandes problemas en el acceso a la tierra en Bolivia es lainequidad de género. Gran parte de los títulos de propiedad otorgados porla Reforma Agraria de 1953 está a nombre del jefe de familia varón. Lasucesión hereditaria dispone que la tierra se distribuye por igual entre loshijos e hijas, pero en la práctica los hombres han acumulado más tierraque las mujeres. Esto se origina en prácticas sociales tradicionales demachismo en la sociedad rural que relegan a la mujer a papeles secundarios.La nueva CPE reconoce el papel de las mujeres en el desarrollo rural y enel sostenimiento de las familias agricultoras. El gobierno honra suscompromisos y obligaciones asumidas en la Conferencia de Beijing,Conferencia Mundial contra el Racismo y Convención para la Eliminaciónde Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres.

Para que no se vacíe el campo

La crisis rural es un conflicto mundial En Estados Unidos rural, Europa,América Latina, África o Asia han visto un éxodo masivo del campo a laciudad. La privatización de la naturaleza despojó a las comunidades desus derechos formales y consuetudinarios sobre sus tierras, territorios yrecursos naturales. La privatización y la sobreexplotación de los recursosnaturales agravaron las contradicciones sociales de clase.

El Relator Especial para las Naciones Unidas sobre el Derecho a unaVivienda Digna estima que un promedio de 71.6% de los hogares ruralesen África, Latinoamérica y el Este y Oeste de Asia (con excepción deChina) no tienen acceso a la tierra o poseen parcelas muy pequeñas (1).La reforma agraria pondrá fin al éxodo masivo y forzado de campesinosa la ciudad que ha hecho que las ciudades crezcan en condicionesinsostenibles. Abrirá posibilidades de un desarrollo económico local,regional y nacional incluyente en beneficio de la mayoría de la población.Los campesinos del mundo, hombres y mujeres, representan casi la mitadde la población mundial y son la columna vertebral del sistema alimentario.El acceso a la tierra es una primera condición para enfrentar el problemade la pobreza rural.

Prohibiciones en dotaciones

1. Las extranjeras y los extranjeros bajo ningún título podrán adquirir tierras delEstado. (Art. 396, II.)2. Constituye zona de seguridad fronteriza los cincuenta kilómetros a partir de lalínea de frontera. Ninguna persona extranjera, individualmente o en sociedad, podráadquirir propiedad en este espacio, directa o indirectamente, ni poseer por ningúntítulo aguas, suelo ni subsuelo; excepto en el caso de necesidad estatal declaradapor ley expresa aprobada por dos tercios de la Asamblea Legislativa Plurinacional.La propiedad o la posesión afectadas en caso de incumplimiento de esta prohibiciónpasarán a beneficio del Estado, sin ninguna indemnización. (Artículo 262, I)3. Se prohíben las dobles dotaciones y la compraventa, permuta y donación detierras entregadas en dotación. (Art. 395, II)4. Cualquier título otorgado sobre reserva fiscal será nulo de pleno derecho, salvoautorización expresa por necesidad estatal y utilidad pública, de acuerdo con la ley.(Artículo 350)

Dotación detierras fiscalesTerritorio Indígena Originario Campesino

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Los sistemas agrícolas indígenas son de altaprioridad en la reforma agraria. Se reconoce elderecho de los pueblos originarios a mantenersu propia relación espiritual y material con lanaturaleza; administrar política y socialmentesus tierras y territorio, y poseer, desarrollar,controlar, utilizar y reconstituir sus estructurassociales. El reconocimiento de leyes, tradiciones,costumbres, sistemas de tenencia, institucionesy del conocimiento para interactuar con lanaturaleza adquirido en varios siglos por lospueblos indígenas y campesinos proveesoluciones a la actual crisis ecológica en beneficiode toda la comunidad.Además de redistribuir parcelas de tierra entrelos que necesitan, la reconducción comunitariade la reforma agraria en Bolivia crea condicionesnecesarias para garantizar el éxito de laagricultura familiar y tradicional, eje del nuevomodelo de desarrollo. El Estado concreta unareforma agraria integral y genuina con accionesparalelas a la redistribución, tales como políticasde desarrollo rural ecológicamente sustentables

centradas en pobres; políticas de apoyo a laproducción (acceso a tecnología, infraestructura,crédito y a mercados y redes de comercio justo);presupuestos públicos de apoyo a la transiciónhacia una agricultura sustentable; apoyos parala conservación de la tierra y para la relacióndirecta entre agricultores y consumidores.

Después de la Segunda Guerra Mundial lareforma agraria se puso de moda y se llevarona cabo algunas de manera efectiva. Demostróser un punto de partida en el desarrolloeconómico de países muy pobres en aquellaépoca y actualmente exitosos desde el punto devista económico. Japón, Corea del Sur y Taiwánen el bloque capitalista, y China, Vietnam y Cubaen el bloque socialista impulsaron un desarrolloeconómico más inclusivo y con aumento deniveles de vida a partir de una reforma agrariareal. Bajo el Consenso de Washington, ningúngobierno pujó por la reforma agraria hasta queen los últimos 10 años más o menos losmovimientos de campesinos más fuertes han

vuelto a colocar el tema de la reforma agrariaen el debate sobre el desarrollo.

No a la dictadura del mercado

El Estado juega un papel central en lademocratización del acceso a la tierra: definesoberanamente y sin condicionamientos externossus políticas agrarias, agrícolas y alimentarias.Se protege de las políticas neoliberales y dellibre comercio impulsado por la OMC, TLC, PAC,APE, Ley Agrícola, flujos financieros y tratadosbilaterales y regionales de comercio.La nueva CPE evita la privatización de la tierra,el agua, las semillas y los conocimientostradicionales; y blinda al país del modelodominante de producción, desarrol lo,transformación e inserción en las cadenastransnacionales de la explotación forestal y laagroindustria (producción por contrato,monocultivos de exportación, combustiblesvegetales, biotecnología, transgénicos,nanotecnología).

Son objetivos de la política de desarrollo ruralintegral del Estado, en coordinación con lasen t i dades te r r i t o r i a l es au tónomas ydescentralizadas: 10. Establecer políticas defomento y apoyo a sectores productivosagropecuarios con debilidad estructural natural.(Artículo 407)

El Estado determinará estímulos en beneficio delos pequeños y medianos productores con elobjetivo de compensar las desventajas delintercambio inequitativo entre los productosagrícolas y pecuarios con el resto de la economía.(Artículo 408)

Las trabajadoras y los trabajadores de pequeñasunidades productivas urbanas o rurales, por cuentapropia, y gremialistas en general, gozarán porparte del Estado de un régimen de protecciónespecial, mediante una política de intercambiocomercial equitativo y de precios justos para susproductos, así como la asignación preferente derecursos económicos financieros para incentivarsu producción. (Artículo 47, II)

En el marco de las políticas sectoriales, el Estadoprotegerá y fomentará: 1. Las organizacioneseconómicas campesinas, y las asociaciones uorganizaciones de pequeños productores urbanos,artesanos, como alternativas solidarias y

recíprocas. La política económica facilitará elacceso a la capacitación técnica y a la tecnología,a los créditos, a la apertura de mercados y almejoramiento de procesos productivos. 4. Lasmicro y pequeñas empresas, así como lasorganizaciones económicas campesinas y lasorganizaciones o asociaciones de pequeñosproductores, quienes gozarán de preferencias enlas compras del Estado. (Artículo 334)

La negociación, suscripción y ratificación detratados internacionales se regirá por los principiosde: 11. Protección y preferencias para la producciónboliviana, y fomento a las exportaciones con valoragregado. (Artículo 255)

Apoyo del Estado a pequeñosproductores y comunidades

El Estado tiene la obligación de fomentar planes de asentamientos humanospara alcanzar una racional distribución demográfica y un mejor aprovechamientode la tierra y los recursos naturales, otorgando a los nuevos asentados facilidadesde acceso a la educación, salud, seguridad alimentaría y producción, en elmarco del Ordenamiento Territorial del Estado y la conservación del medioambiente. (Art. 402, numeral 1)

El desarrollo rural integral sustentable es parte fundamental de las políticaseconómicas del Estado, que priorizará sus acciones para el fomento de todoslos emprendimientos económicos comunitarios…, a través de: 4. La significacióny el respeto de las comunidades indígena originario campesinas en todas lasdimensiones de su vida. 5. El fortalecimiento de la economía de los pequeñosproductores agropecuarios y de la economía familiar y comunitaria. (Artículo405)

El Estado garantizará el desarrollo rural integral sustentable por medio depolíticas, planes, programas y proyectos integrales de fomento a la producciónagropecuaria, artesanal, forestal y al turismo, con el objetivo de obtener elmejor aprovechamiento, transformación, industrialización y comercializaciónde los recursos naturales renovables. El Estado promoverá y fortalecerá lasorganizaciones económicas productivas rurales, entre ellas a los artesanos,las cooperativas, las asociaciones de productores agropecuarios ymanufactureros, y las micro, pequeñas y medianas empresas comunitariasagropecuarias, que contribuyan al desarrollo económico social del país, deacuerdo a su identidad cultural y productiva. (Artículo 406)

El Estado apoyará a las organizaciones de economía comunitaria paraque sean sujetos de crédito y accedan al financiamiento. (Artículo 336)

Reforma agraria productiva y desarrollo

La política de desarrollorural integral del Estado

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Reforma Agraria ysoberanía alimentaria

La forma de organización económica estatalcomprende a las empresas y otras entidadeseconómicas de propiedad estatal, que cumpliránlos siguientes objetivos: 4. Promover lademocracia económica y el logro de la soberaníaalimentaria de la población. (Art. 309)

El desarrollo rural integral sustentable es partefundamental de las políticas económicas delEstado, que priorizará sus acciones para elfomento de todos los emprendimientoseconómicos comunitarios y del conjunto de losactores rurales con énfasis en la seguridad y enla soberanía alimentaria. (Artículo 405)

Son objetivos de la política de desarrollo rural

integral del Estado: 1. Garantizar la soberanía yseguridad alimentaria, priorizando la produccióny el consumo de alimentos de origenagropecuario producidos en el territorioboliviano. (Artículo 407)La forma de organización económica estatalcomprende a las empresas y otras entidadeseconómicas de propiedad estatal que cumpliránlos siguientes objetivos: 4. Promover lademocracia económica y el logro de la soberaníaalimentaria de la población. (Artículo 309)

La negociación, suscripción y ratificación detratados internacionales se regirá por losprincipios de: 8. Seguridad y soberanía alimentariapara toda la población… (Artículo 255, II)

El desarrollo rural integral sustentable esparte fundamental de las políticas económicasdel Estado, que priorizará sus acciones parael fomento de todos los emprendimientoseconómicos comunitarios y del conjunto delos actores rurales, con énfasis en la seguridady en la soberanía alimentaria, a través de:1. El incremento sostenido y sustentable dela productividad agrícola, pecuaria,

manufacturera, agroindustrial y turística, asícomo su capacidad de competencia comercial.2. La articulación y complementariedad internade las est ructuras de producc iónagropecuarias y agroindustriales.3. El logro de mejores condiciones deintercambio económico del sector productivorural en relación con el resto de la economíaboliviana.

La “revolución verde” dio inicio a un procesode uniformización y estandarización dealimentos para humanos y animales en todo elmundo con la introducción de semillas“mejoradas” de trigo, arroz y otros productosbásicos. La destrucción de hábitos y culturasculinarias diversas y el desecho de variedadesde alimentos locales más nutritivos empobrecióla oferta alimentaria en todo el mundo.Unas cuantas empresas controlan la ofertaalimentaria mundial, 90% de la cual se derivasólo 15 cultivos y ocho especies animales. Elsistema corporativo redefinió la noción decomida fresca superando los obstáculos quealguna vez impusieron la naturaleza o las leyes.El autor holandés Jan Douwe van der Ploegdescribe cómo la suavidad y el sabor del polloindustrial, por ejemplo, no están necesariamenterelacionados con su cría, alimentación otratamiento, sino que puede ser el resultado de“la inyección de agua, proteínas adicionales,suavizantes y saborizantes en cualquier razade pollo”.La carne oscura del pollo “se tritura, se mezclacon agua en una carne rezumada, centrifugaday cocinada, después de lo cual … se obtieneun filete de pollo blanquecino”. Van der Ploegestima que el 80 por ciento de la investigaciónen la industria alimenticia se orienta a lamanufactura de ese tipo de “cambios de límites”.(The New Peasantries: Struggles for Autonomyand Sustainability in an Era of Empire andGlobalization, Earthscan: Londres, 2008)Envenenan a los consumidores contransgénicos baratos de baja calidad,idénticamente uniformes y sin gusto. La carne,leche o huevos que se consumen habitualmenteen el primer mundo provienen de animalesa l imentados con soya t ransgén ica .Los alimentos plagados de grasas, azúcar, sal,colorantes y sabores artificiales están matando

lentamente a la gente con la obesidad, ladiabetes, enfermedades del corazón y cáncer.“Experimentar genéticamente con nuestrosalimentos es como jugar a la ruleta rusa conlos consumidores y con la salud pública”,reclama Juan Felipe Carrasco, responsable dela campaña contra los transgénicos deGreenpeace.Según los Centros de Control de Enfermedadesde Estados Unidos, 76 millones de personasenferman todos los años, 325 mil quedanhospitalizadas y 5 mil mueren por situacionesoriginadas en los alimentos. Los costoseconómicos de las enfermedades graves y dela muerte como consecuencia de los cincopatógenos más comunes originados enalimentos llegó a casi 7 mil millones de dólaresen 2000. (Caroline S. DeWaal, y David W.Plunkett, “Building a Modern Food SafetySystem: For FDA Regulated Foods,” Center forScience in the Public Interest White Paper,octubre de 2007. ht tp: / /www.cspinet.org/new/pdf/fswhitepaper.pdf)En febrero de 2008, se retiró del mercado deEstados Unidos 64 millones de kilos de carnede hamburguesas. En octubre de 2008, 20personas murieron y cientos enfermaron por lacontaminación de fiambres en Canadá queprovienen de una única procesadora depropiedad de una única compañía. Entreseptiembre y octubre de 2008, leche en polvoinfantil adulterada con un químico industrialdenominado melamina afectó a 53mil niñoschinos y mató a cuatro. El escándalo involucróa todas las grandes compañías lácteas chinasy se propagó a marcas mundiales de chocolates,queso, galletitas, etc, y creció hasta incluircantidades desconocidas de huevos y productoscárnicos. En octubre de 2008,Canadá confirmóque el bisfenol A (BPA) -un químico utilizadopara fabricar biberones y botellas de agua de

plástico (y encontrado en el revestimiento decasi todas las latas de refrescos y en alimentosenlatados) - es una sustancia tóxica,especialmente peligrosa para infantes.

Solución

El modelo de agricultura familiar o modelocampesino está más en consonancia con latierra. En lugar de producir productos sin saborpara el mercado global, los campesinosproducen comida real para gente real en laseconomías locales, regionales y nacionales, através de prácticas agrarias más sustentables.

El modelo de Soberanía Alimentaria promueveel desarrollo rural sustentable con mayorparticipación del Estado, fortalecimiento de laorganización campesina, igualdad entrehombres y mujeres, respeto al medio ambiente,identidad y cosmovisión indígena.La reconducción comunitaria de la reformaagraria lucha contra los efectos de la revoluciónverde y promueve la agroecología, la armoníaentre la producción, la naturaleza y el medioambiente.La reforma agraria integral vincula el uso de latierra con la soberanía alimentaria y el derechohumano a la alimentación, tomando en cuentapolíticas de redistribución, acceso y controljusto y equitativo de los recursos naturales yproductivos. (Declaración de la sociedad civila la Conferencia europea sobre el desarrollorural; junio de 2007, Berlín)La reforma agraria es válida tanto para lospaíses “en vías de desarrollo” del sur comopara los “desarrollados” del norte, pues beneficiaa la sociedad en su conjunto al dotarle dealimentos sanos, accesibles y culturalmenteapropiados.

Objetivos del Desarrollo Rural

Son objetivos de la política de desarrollo rural integral delEstado, en coordinación con las entidades territorialesautónomas y descentralizadas:4. Proteger la producción agropecuaria y agroindustrialante desastres naturales e inclemencias climáticas,geológicas y siniestros. La ley preverá la creación delseguro agrario.13. Proveer infraestructura productiva, manufactura eindustrial y servicios básicos para el sector agropecuario.(Artículo 407)

Acciones del Desarrollo Rural

Envenenan a la gente con químicos y comida transgénica

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Las políticas de gestión ambiental se basarán en:

1. La planificación y gestión participativas, con control social. 2. La aplicación de lossistemas de evaluación de impacto ambiental y el control de calidad ambiental, sinexcepción y de manera transversal a toda actividad de producción de bienes y serviciosque use, transforme o afecte a los recursos naturales y al medio ambiente. 3. Laresponsabilidad por ejecución de toda actividad que produzca daños medioambientalesy su sanción civil, penal y administrativa por incumplimiento de las normas de proteccióndel medio ambiente. (Artículo 345)

El Estado y la sociedad promoverán la mitigación de los efectos nocivos al medioambiente, y de los pasivos ambientales que afectan al país. Se declara la responsabilidadpor los daños ambientales históricos y la imprescriptibilidad de los delitos ambientales.Quienes realicen actividades de impacto sobre el medio ambiente deberán, en todaslas etapas de la producción, evitar, minimizar, mitigar, remediar, reparar y resarcirlos daños que se ocasionen al medio ambiente y a la salud de las personas, yestablecerán las medidas de seguridad necesarias para neutralizar los efectos posiblesde los pasivos ambientales. (Artículo 347)

Deberes del ciudadano

Se incorpora la figura de gestiónparticipativa y control social en lagestión ambiental, que comprendea los recursos na tu ra les ,respetando los usos y costumbresde los pueblos indígena originariocampesinos (art 345, 374, 385,388).

Cualquier persona, a título individualo en representación de unacolectividad, está facultada paraejercitar las acciones legales endefensa del derecho al medioambiente, sin perjuicio de laobligación de las institucionespúblicas de actuar de oficio frentea los atentados contra el medioambiente. (Artículo 34)

La participación y el control socialimplica, además de las previsionesestablecidas en la Constitución yla ley: 3. Velar por la aplicaciónadecuada de la jurisdicciónagroambiental (este inciso sesuprimió). 9. Denunciar ante lasinstituciones correspondientes parala investigación y procesamiento,en los casos que se considereconveniente. (Art ículo 242)

1. Acción de Inconstitucionalidad

Toda persona individual o colectivaafectada por una norma jurídica

contraria a la Constitución tendráderecho a presentar la Acción deInconstitucionalidad, de acuerdocon los procedimientos establecidospor la ley. (Artículo 132)

2. Acción de Cumplimiento

La Acción de Cumplimientop r o c e d e r á e n c a s o d eincumplimiento de disposicionesconstitucionales o de la ley porparte de servidores públicos, conel objeto de garantizar la ejecuciónde la norma omitida. La acción seinterpondrá por la personaindividual o colectiva afectada, opor otra a su nombre con podersuficiente, ante juez o tribunalcompetente, y se tramitará de lamisma forma que la Acción deAmparo Constitucional. (Artículo134)

3. Acción Popular

La Acción Popular procederá contratodo acto u omisión de lasautor idades o de personasindividuales o colectivas que violeno amenacen con violar derechos eintereses colectivos relacionadoscon el patrimonio, el espacio, laseguridad y salubridad pública, elmedio ambiente y otros de similarnaturaleza

Acciones ciudadanas

Es deber de todos los bolivianos ybolivianas proteger, defender y usar demanera sustentable los recursosnaturales (art 108 inc. 14,15 y 16, 342,346, 347, 380, 387).

Es deber del Estado y de la poblaciónconservar, proteger y aprovechar demanera sustentable los recursosnaturales y la biodiversidad, así comomantener el equilibrio del medioambiente. (Artículo 342)

Son deberes de las bolivianas y losbolivianos: 14. Resguardar, defender yproteger el patrimonio natural ,económico y cultural de Bolivia. 15.Proteger y defender los recursosnaturales y contribuir a su uso

sustentable, para preservar los derechosde las futuras generaciones. 16. Protegery defender un medio ambiente adecuadopara el desarrollo de los seres vivos.(Artículo 108)

La educación tendrá como objetivo laformación integral de las personas y elfortalecimiento de la conciencia socialcrítica en la vida y para la vida. Laeducación estará orientada a laformación individual y colectiva; aldesarrollo de competencias, aptitudesy habilidades físicas e intelectuales quevincule la teoría con la prácticaproductiva; a la conservación yprotección del medio ambiente, labiodiversidad y el territorio para el vivirbien. (Artículo 80)

No hay reforma sin participación socialLa nueva CPE crea nuevos mecanismos legales para fomentar laparticipación social en la gestión ambiental. El acceso y control social delos recursos naturales y el aumento del poder de decisión de los pueblosorganizados permitirá concienciar, debatir, organizar y movilizar a la gentepara garantizar los cambios. La adopción de un enfoque participativoposibilita la cooperación entre diferentes actores de la sociedad ymovimientos sociales, y facilita el seguimiento y la evaluación de losavances en la reforma agraria y el desarrollo rural.

Sin participación ciudadana nunca habrá reforma agraria ni se transformaráel sistema de producción sucio a un modelo agroecológico, simplementeporque las instituciones del statu son demasiado poderosas. Sin unmovimiento de masas no se podrá arrinconar al sistema defensor dellatifundio y a la industria agroquímica.

La clave es la fuerza, cohesión, inteligencia, madurez y las estrategiasde los movimientos campesinos para tomar el control sobre su propiarealidad y transformarla. Democracia participativa en el sentido de quela gente se organiza en sus propias comunidades, tomando control desu propia realidad y transformándola. Nada que ver con la urna, casi unsimulacro de democracia. Ese cambio sólo ocurre cuando la gente asumesu responsabilidad con su propia realidad y la transforma.

La gente que se alimenta de comida basura debe estar dispuesta a unirsea la protesta. Es tarea de los consumidores, agricultores, y productorescambiar el sistema alimentario. Espero que pronto los consumidorestengan una alianza global como la Vía Campesina. Espero que losmovimientos de mujeres, de pueblos indígenas, los sindicatos legítimos,puedan tener la misma clase de expresión y liderazgo internacionalmente.Peter Rosset, investigador del Centro de Estudios para el Cambio en elCampo Mexicano (CECCAM). También es coordinador de La Red deInvestigación-Acción sobre la Tierra (LRAN) o http://www.acciontierra.org.

Entrevista realizada por Nic Pager-Clarke para la revista In MotionMagazine del 15 de abril del 2005, en San Felipe, Yaracuy, Venezuela.Traducido por Elisa Botella - Motion Magazine - Rebelión.

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La propiedad privada se consolida comoun derecho fundamental reconocido en elCapítulo Quinto referente a los DerechosS o c i a l e s y E c o n ó m i c o s , m á sespecíficamente en los artículos 56 y 57del proyecto de Constitución Política delEstado, la ley fundamental del Estadoboliviano, asegura el Ministro de DesarrolloRural Agropecuario y Medio Ambiente, Dr.Carlos Romero Bonifaz.Se dice que un bien es de propiedad privadacuando una persona tienecontrol exclusivo sobre él,es decir que el propietariopuede excluir a terceros deluso o control del bien encuestión. El concepto depropiedad privada incluyela legitimidad, es decir queun bien debe ser adquiridode forma pacífica, sinrecurrir a la violencia ofraude.La propiedad privada tiened o s m o d a l i d a d e s :propiedad individual de unoo más bienes y propiedadcolectiva de empresas,asociaciones o fundaciones.“La nueva Constitución Política del Estadono solo garantiza la propiedad privada sinotambién señala los instrumentos para hacerrespetar este derecho. Así por ejemplo,cuando una vivienda se encuentraamenazada es posible interponer recursoslegales, tal es el caso del amparoconstitucional, a fin de restituir la amenazasobre una propiedad privada”, explica elMinistro Romero.Según Romero, “la propiedad privada notiene límites en cuanto al patrimonioacumulado, es decir que una persona puedetener una, dos o más casas; lo que importaes que todos los bienes hayan sidoadquiridos a través del trabajo honesto, detal manera que ni el Estado ni nadie puedeafectar su esfuerzo por adquirir uno o másbienes de manera honesta”.En la Constitución “no existe ningunarestricción en cuanto a la sucesiónhereditaria, ya que en el Art. 56 a través desu parágrafo III establece que igualmentese extiende el derecho propietario a los

herederos, lo que quiere decir que cuandouna persona fallece la propiedad pasaautomáticamente a ser heredada por sufamilia”.Se garantiza la propiedad privada siempreque el uso que se haga de ella no seaperjudicial al interés colectivo, al medioambiente o afecte la tranquilidad y la pazde los vecinos. El Ministro resalta que lapropiedad privada no puede estar destinadapara fines ilícitos o inmorales y debe cumplir

una función social.“La función social es noafectar el interés colectivo,es respetar los derechosa m b i e n t a l e s , l atranquilidad, la paz, labuena vecindad. Lafunción social comocondición de ejercicio dela propiedad privada existeen todas las constitucionesdel mundo y en nuestropaís fue instituida en laConstitución de 1938”.Por ejemplo, una casacumple una función socialcuando hospeda a una

familia o alquila, o si esta vacía y suubicación no afecta a nadie. Así también,se aplica la expropiación cuando una casano tiene propietario, está descuidada y noexiste descendencia que la herede. En esecaso, por ley, la Alcaldía y la universidadpública pueden expropiar, así lo dispone laConstitución vigente.En el artículo 57 dice que la expropiaciónse impondrá por causa de necesidad outilidad pública calificada, conforme a la leyy previa indemnización justa. Esto quieredecir que solo se expropia un inmuebleurbano por razones de utilidad pública, porejemplo la construcción de una escuela,apertura de una avenida o la construcciónde un puente. El propietario afectado recibeuna indemnización que se calcula sobre labase del valor de mercado.Es importante aclarar que la propiedadinmueble urbana no está sujeta a reversión(pérd ida de una p rop iedad s inindemnización) que solo se aplica a lapropiedad agraria cuando ésta no cumpleuna función económica social.

La nueva Constitucióngarantiza el respeto a la

propiedad privada

El Estado reconoce como derechos ciudadanos imprescriptibles el acceso al agua (Art. 16,373) y a los servicios públicos (Art.20, 378). También reconoce el derecho a un medioambiente saludable, protegido y equilibrado. (Art 33 y 343)Las personas tienen derecho a un medio ambiente saludable, protegido y equilibrado. Elejercicio de este derecho debe permitir a los individuos y colectividades de las presentesy futuras generaciones, además de otros seres vivos, desarrollarse de manera normal ypermanente. (Artículo 33)

La nueva Constitución contempla la participación social y en particular la indígena en losbeneficios generados por el aprovechamiento y explotación de los recursos naturales (art.353, 355, 368).

El pueblo boliviano tendrá acceso equitativo a los beneficios provenientes delaprovechamiento de todos los recursos naturales. Se asignará una participación prioritariaa los territorios donde se encuentren estos recursos, y a las naciones y pueblos indígenaoriginario campesinos. (Artículo 353)

Derechos ciudadanos

Xavier AlbóAntropólogo y Sacerdote JesuitaVotaré a favor de la nueva CPE, porque hay que escoger

entre dos opciones concretas. En ambos casos son dosmales menores. Entre dos males menores me parececlaramente que es menor el que propone el nuevo texto.

Un primer avance para ser perfectible el actual proyectode la CPE es hacer que se cumpla los sueños que hay; laplurinacionalidad, aceptar que tenemos una imagen de paísdiverso y que vamos construyendo país a partir del respetoa la diversidad.

Hay un catálogo de derechos mucho más completo queson derechos sociales, colectivos que antes no existían; eltema de la relación con la naturaleza. Hay una serie de cosasmuy importantes como el juego de autonomías, desde lasautonomías departamentales hasta las de los pueblosindígenas pasando por la municipal.

Jaime IturriPeriodistaVoy a votar Sí porque considero que la nueva CPE es

mejor que la que tenemos, es integradora y va a evitar laguerra civil que tanto ha estado amenazado al país. Elreconocimiento pleno de los derechos de los indígenas ponefreno a esta amenaza y eso ya es ganancia por completo.

Sergio CaleroComunicadorMi voto es por el Sí, porque creo que no tenemos una

buena Constitución y, si bien el nuevo texto de la CPE norefleja una perfección absoluta , es un paso importante enequidad, específicamente en cuanto se refiere a aspectosde derechos, de tierra, de libertad de pensamiento,particularmente en cuento se refiere al tema de la región.

Hay todavía mucho por avanzar y seguramente daremosel segundo paso después de dar el tiempo.

Carlos Soria Galvarro PeriodistaMi voto es Sí, porque se trata de hacer eco de un proceso

largo de generación de un nuevo marco constitucional en elpaís que costó mucho procesar, elaborar y es hora deensayarlo, ponerlo en práctica; sabiendo que puede tenerlimitaciones, contradicciones que, como toda obra humana,se irá perfeccionando en el futuro.

Sobre todo, tomando en cuenta todo el proceso que hacostado la elaboración de este nuevo texto para llegar aacuerdos fundamentales, me parece importante darle unespaldarazo apoyando el Sí.

Marfa InofuentesActivista del Grupo Afroboliviano De hecho que voy a votar a favor de la nueva CPE porque

esta nueva Constitución nos ha ampliado el espectro parala población. Ahora si podemos mostrar la diversidad con lacual cuenta la población boliviana. Se habla mucho del temade los derechos, no solo civiles, sino también colectivos yque es muy importante que estén reflejados en la Constitución

Y obviamente si voy a votar por que finalmente nosotros.como afrobolivianos, tenemos ahí un artículo dereconocimiento por el cual habíamos luchado y por lo quehabíamos trabajado durante todo el proceso de la Asamblea Constituyente.

Entonces se obvio que para una gran mayoría de losafrobolivianos era un tema vital.

Cesar BrieDirector de TeatroAún no puedo votar porque siguen mis tramites para

obtener la doble nacionalidad, Pero en el supuesto caso depoder emitir mi voto, sería a favor de la nueva CPE,senci l lamente porque es mejor que la actual .

Por que incluye a los indígenas y es mejor que la anterior.También percibo que en Sucre va a ser la ciudad que votarámás a la derecha del país, pero ojo. Sucre no es Chuquisaca.El campo va a votar en un 80 por ciento a favor de la CPE.

Fuente: Pulso

PERSONALIDADESQUE DARÁN ELSÍ A LA NUEVACONSTITUCIÓN

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¿DE QUÉ TAMAÑO SONLOS LATIFUNDIOS EN ALTO PARAPETÍ?

La cancha de césped del Stadium HernandoSiles de La Paz, mide 9.230 m2.

Zoológico de Santa Cruz, alberga a cientosde especies animales en 6.6 hectáreas.

El predio Caraparicito de Ronald Larsen enSanta Cruz mide 6.777 ha. Equivale a másde 7.530 canchas de fútbol.

El predio Huaraka de la Familia Malpartidamide 3.371 hectáreas, es 500 veces másgrande que el zoológico de Santa Cruz.

Latifundistas asociados con transnacionalesencabezan violentas revueltas en contra delos gobiernos constitucionales de Argentina,Brasil, Paraguay, Uruguay y Bolivia

La multinacional Syngenta bautizó hacealgunos años a los territorios del Cono Surcomo la “República Unida de la Soya”,gobernada por una alianza de terratenientesy transnacionales del agronegocio.

Desaparece la burguesía agroindustrial“nacional” en los países semicoloniales y casitodos los grupos económicos de importanciase asoc iaron con mul t inac ionales.

La alianza transnacional-latifundista comenzóa concentrar grandes extensiones de tierra, ya centralizar supermercados al estilo de losoligopolios Wal-Mart y Carrefour.

La disparada de precios de los commoditiesen el mercado mundial quintuplicó la rentaagraria, y la valuación de la tierra aumentó demanera significativa el patrimonio de lasempresas.

Los agroindustriales no tienen el menorempacho en pedir “apoyos” al Estado cuandose desploman los precios internacionales delos granos y cuando los fenómenos naturalesmerman sus ganancias, pero en tiempos deprosperidad combaten con violencia cualquiertipo de intervención y reglamentación estatalen cuestión de precios, impuestos o leyes depropiedad agraria.

En el año que pasa, la burguesía agroindustrialasumió acciones de hecho reclamando suderecho a comerciar directamente con elmercado mundial, desentendiéndose delmercado interno, y encabezó revueltas en

contra de los gobiernos constitucionales deArgentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Bolivia.

Los gremios patronales del agro financiaronlas movilizaciones opositoras en Argentina;mientras que el empresario Branco Marinkovic,uno de los principales productores de soya,dirigió la intentona golpista en Bolivia.

Gremios agroempresariales reaccionarios yracistas del Oriente de Bolivia (CAO, CAINCO,C A D E X , A N A P O , C O N F E A G R O ,FEGASACRUZ) muy ligados a monopoliosextranjeros se alzaron en armas en defensade la propiedad terrateniente y del viejo Estadoliberal.

La “burguesía rentista” de Santa Cruz que vivedel alquiler de tierras financió a gruposirregulares que asaltaron instituciones públicasy dinamitaron gasoductos.

La subversión terratenienteen la “república de la soya”

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Las potencias económicas y sus transnacionalestoman el control de enormes áreas de cultivo enlos países pobres de África, Asia y América,aplicando métodos semejantes o peores a losutilizados durante la construcción de imperiosantes del siglo XX.

La avanzada “neocolonial” sobre los países deltercer mundo --como la califica el director generalde la FAO Jacques Diouf-radicalizó el procesode despojode territorios indígenas que está encurso desde el “descubrimiento” de América y lacolonización “blanca” en Africa, denuncian variasONGs.

La expansión agroimperialista supone la mayorconcentración de la propiedad de la tierra en lahistoria, alerta el sociólogo norteamericanoJames Petras.

Neocolonización de la tierraLa explotación de productos agrícolas en territoriosusurpados con violencia a comunidades indígenasy campesinas fue clave en el enriquecimiento delos imperios europeo y estadounidense.

Hasta el sigloXIX, los latifundios y plantacionesa gran escala se basaban en el trabajo forzadode esclavos, trabajadores en servidumbre,arrendadores, temporeros y hasta prisioneros.

En la década del 60 del Siglo XX, la “revoluciónverde” apuntaló el agroimperialismo imponiendoun único modelo de desarrollo agrícola basadoen los cultivos industriales a gran escala y en ellibre comercio.Por mandato del Banco Mundial, Fondo MonetarioInternacional, Organización Mundial del Comercio(OMC), y decenas de acuerdos multilaterales, lospaíses pobres liberalizaron el comercio agrícola,y eliminaron subsidios a pequeños productoresy políticas públicas de protección del mercadointerno.La reducción de aranceles aduaneros y laconsiguiente invasión de importaciones aniquilóla producción local.

Miles de pequeños, medianos y grandesproductores quebraron y otros fueron absorbidospor las transnacionales, bancos e inversionistasextranjeros. Comunidades campesinas eindígenas que alimentaban a los mercadosinternos fueron expulsadas de sus tierras.La revolución genética, el desarrollo de la industriabiotecnológica y la proliferación de acuerdosbilaterales de inversión y comercio que promuevenla privatización de recursos genéticos y penalizanel intercambio y la crianza de semillas exacerbaronla concentración oligopólica de los recursosnaturales y la hegemonía científica decorporaciones e institutos de investigación.

En la actualidad, un puñado de transnacionalescontrola la producción y el comercio de granos ylácteos, toda la cadena industrial de semillashíbridas y transgénicas, insumos (fertilizantesquímicos, agrotóxicos),maquinaria y los sistemasalimentarios a escala mundial.En la década de 1960, casi la totalidad de lassemillas estaba en manos de agricultores oinstituciones públicas.Hoy, 10 empresas controlan 67 por ciento delcomercio de semillas. Grandes semilleras comoMonsanto, Syngenta, DuPont, Bayer y otras sonen su mayoría propiedad de fabricantes deagrotóxicos, rubro en el cual las 10 mayoresempresas controlan 89 por ciento del mercadoglobal.Los países del Sur global tenían un excedentecomercial agrícola cercano a los 7 mil millonesde dólares anuales a principios de la década delos 60, pero afines de la década de los 80 eseexcedente había desaparecido. En la actualidadtodos los países de Sur son importadores netosde alimentos, indica un informe de la FAO.Si el libre comercio reprimarizó violentamente laseconomías exportadoras de recursos naturalessin valor agregado en el Siglo XX, elagroimperialismo del Siglo XXI liquidarádefinitivamente la soberanía política de los paísesSur mediante el despojo, la mercantilización y ladesnacionalización de sus tierras fértiles.

La ofensiva agroimperialista

La estructura de clases en las economías agrícolas neocolonizadas evolucionahacia un sistema de cuatro niveles cada vez más polarizado, explica elsociólogo James Petras.(*)Los capitalistas extranjeros y sus aliados se encuentran en la cima yrepresentan menos de un 1 % de la población. En el segundo nivel seencuentran la elite política, sus familiares y amigos, además de los burócratasy militares que se enriquecen con sobornos y apropiaciones detierras.Representan el 10 % de la población.La nueva clase media neocolonial empobrecida incluye a un pequeño estratode abogados, profesionales,

publicistas, fuerzas de seguridad y funcionarios de empresas extranjeras.Representa casi un 20% de la población.Los campesinos, granjeros familiares, intermediarios comerciales, trabajadoresy refugiados rurales y los ciudadanos sin tierra urbanos componen el cuartonivel de la estructura de clases y constituyen casi el 70 % de la población.El agroimperialismo agudiza la polarización entre los niveles superior e inferiorde la estructura de clases.

* http://petras.lahaine.org/articulo.php?p=1765. Traducido por Mar Rodríguezy revisado por Manuel Talens.

Se agudiza la polarización de las clases

Los Estados pobres enfrentarán unaa c e l e r a d a d e g r a d a c i ó nmedioambiental, sobreexplotaciónde sus tierras más férti les ymonumentales revueltas sociales

Las potencias imperialistas y susorganismos financieros aseguran queel libre mercado de tierras y lainstalación de gigantes plantacionesde monocultivos destinados a laexportación potenciarán el desarrollorural y solucionarán la crisisalimentaria.

Sin embargo, este modelo deproducción supone una grave presiónsobre la tierra y los recursosnaturales, y es la principal causa dela crisis alimentaria actual.

Aumentó el precio de los alimentosporque las tierras más fértiles y mejorirrigadas producen biocombustiblesy a l imentos para animales.

Grandes extensiones en AméricaLatina que anteriormente se utilizabanpara cultivosal imentarios básicos se han

reconvertido a la producción de soya.

En Argentina, los cultivos de arrozse han reducido 44%, los de maíz26%, de trigo 3% ygirasol 34%. El efecto ha sido unincremento del precio el arroz en130% y 272% en el casode las lentejas.

Las tierras “marginales” y de“deshecho” no bastan para saciar elapetito de las empresas delprimer mundo. Por eso se amplía lafrontera agrícola deforestandobosques y depredandoáreas de conservación, y sesobreexplotan las áreas más fértilesy con másagua ocupadas por pequeñosagricultores.

La expansión del agro negocio agravóel proceso de descampesinizaciónen todo el mundo yprovocó grandes desplazamientosde campesinos e indígenas pobresy endeudados.Algunos gobiernos comenzaron avender o arrendar áreas rurales

fundamentales para la subsistenciade poblaciones que ya padecenhambre, como en Sudán, donde elPrograma Mundial de Alimentos(PMA) intenta alimentar a 5.6 millonesde refugiados en Darfur.

Agricultores de Pakistán alertaronque 25 mil aldeas serán desplazadasde la provincia Punjab si su gobiernoarrienda tierras a Qatar.(1)

Pequeños agricultores del distrito deQena en Egipto luchan con uñas ydientes para recuperar 1.600h e c t á r e a s c o n c e d i d a s a lc o n g l o m e r a d o j a p o n é sKobebussan.(2)

Camboya arrendará camposarroceros a Qatar y Kuwait, pese aque el PMA ha tenido que enviar 35millones de dólares en alimentos paramitigar el hambre que azota a 100mil familias rurales.(3)

Simon Mitambo, administrador de laONG African Biodiversity Network,ha visto varios casos de productoresde biodiésel que compensan con algo

de dinero a los agricultores y “éstosacaban emigrando a chabolas de lasgrandes ciudades sin tener nada quehacer”.

La degradación medioambiental y lasobreexplotación de las tierras seránp r o b l e m a s “ m e n o r e s ” e ncomparación con las monumentalesinsurrecciones de hambrientos quese incuban en los países que hanperdido la capacidad de producir yredistribuir alimentos.

Fuentes:1. "Pakistan eyeing corporate farmingamid rising wheat crisis", KuwaitNews Agency2. Land Centre for Human Rights,"Once more the farmers of the villageof El-Mrashda are standing in theface of the blowing wind.... Who willprotect their rights", Cairo, octubrede 2008.3. "World No-Food Day: cedac saidthat around 100,000 families inCambodia lack sufficient food", TheMirror, Phnom Penh, 18 de octubrede 2008.Más información: www.grain.org

Consecuencias de ladesnacionalización de la tierra

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