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FISCALIA REGIONAL METROPOLITANA CENTRO NORTE República de Chile FISCALIA DELITOS DE ALTA COMPLEJIDAD EN LO PRINCIPAL : DEDUCE ACUSACIÓN. PRIMER OTROSÍ : REGISTROS SEGUNDO OTROSÍ : SOLICITA CITACIÓN, EN LA OPORTUNIDAD PROCESAL CORRESPONDIENTE TERCER OTROSÍ : TÉNGASE PRESENTE. CUARTO OTROSÍ : TÉNGASE PRESENTE CIERRE DE INVESTIGACIÓN. QUINTO OTROSÍ : COMUNICA DECISIÓN DE NO PERSEVERAR RESPECTO DE HECHOS QUE INDICA. SEXTO OTROSÍ : TÉNGASE PRESENTE SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. JOSÉ MORALES OPAZO, Fiscal Adjunto de la Fiscalía de Delitos de Alta Complejidad, Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte, en proceso Rol Único de Causa N.º 1100591305-7, por los delitos de los artículos 59 letra a), 59 letra f) y 60 letra e) de la Ley 18.045, de Mercado de Valores; del artículo 157 de la Ley General de Bancos y del artículo 27 de la Ley 19.913 a S.S. respetuosamente digo: Habiéndose cerrado la investigación, dentro del plazo legal, con fecha 16 de diciembre del 2013, vengo en presentar acusación en contra de los siguientes acusados: i. PABLO ALCALDE SAAVEDRA, Ingeniero Comercial, domiciliado en El Roquerío nº 2015, comuna de Lo Barnechea. Representado por los abogados defensores JORGE BOFILL y DANIEL PRAETORIUS. Página 1 de 893

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Solicitud de Autorizacin para que el imputado, privado de libertad, sea conducido a la presencia del fiscal

FISCALIA DELITOS DE ALTA COMPLEJIDAD

EN LO PRINCIPAL

:DEDUCE ACUSACIN.

PRIMER OTROS

:REGISTROS

SEGUNDO OTROS:SOLICITA CITACIN, EN LA OPORTUNIDAD

PROCESAL CORRESPONDIENTE

TERCER OTROS

:TNGASE PRESENTE.

CUARTO OTROS

: TNGASE PRESENTE CIERRE DE

INVESTIGACIN.

QUINTO OTROS

:COMUNICA DECISIN DE NO PERSEVERAR

RESPECTO DE HECHOS QUE INDICA.

SEXTO OTROS

: TNGASE PRESENTE

SEGUNDO JUZGADO DE GARANTA DE SANTIAGO.

JOS MORALES OPAZO, Fiscal Adjunto de la Fiscala de Delitos de Alta Complejidad, Fiscala Regional Metropolitana Centro Norte, en proceso Rol nico de Causa N.1100591305-7, por los delitos de los artculos 59 letra a), 59 letra f) y 60 letra e) de la Ley 18.045, de Mercado de Valores; del artculo 157 de la Ley General de Bancos y del artculo 27 de la Ley 19.913 a S.S. respetuosamente digo:

Habindose cerrado la investigacin, dentro del plazo legal, con fecha 16 de diciembre del 2013, vengo en presentar acusacin en contra de los siguientes acusados:

i. PABLO ALCALDE SAAVEDRA, Ingeniero Comercial, domiciliado en El Roquero n 2015, comuna de Lo Barnechea. Representado por los abogados defensores JORGE BOFILL y DANIEL PRAETORIUS.

ii. MARA ISABEL FARAH SILVA, Ingeniero Comercial, domiciliada en Sotto il Monte n 1839, comuna de Vitacura. Representada por el abogado defensor ALEX CAROCCA.

iii. JULIN MORENO DE PABLO, Ingeniero comercial, domiciliado en Avenida Presidente Kennedy N 6899, DEPTO 221, Las Condes. Representado por los abogados defensores MIGUEL CHAVES, ALEJANDRO AWAD y MIGUEL SCHURMAN.

iv. NICOLS RAMREZ CARDOEN, Ingeniero comercial, domiciliado en Camino La Golondrina N 5134, comuna de Lo Barnechea. Representado por el abogado defensor CEDRIC BRAGADO, RODRIGO TOLEDO e IGNACIO PINTO.

v. SANTIAGO GRAGE DAZ, Ingeniero Comercial, domiciliado en Amunategui N 277 Oficina 901, Comuna de Santiago. Representado por el abogado defensor GERMAN OVALLE MADRID.

vi. MARTN GONZLEZ IAKL, Ingeniero comercial, domiciliado en Huerfanos N 1055, Oficina 803, Comuna de Santiago. Representado por el abogado defensor RODRIGO HENRIQUEZ.

vii. PABLO FUENZALIDA MAY, Ingeniero civil, domiciliado en MARIA Monvel 1078, Casa F, comuna de La Reina. Representado por los abogados defensores JUAN REYES y MANUEL GONZALEZ.

viii. MARTA BAHAMONDES ARRIAGADA, Ingeniero comercial, domiciliada en El Trueno 13882, comuna de Lo Barnechea. Representada por el abogado defensor GERMAN CUETO.

ix. ISMAEL TAPIA VIDAL, Ingeniero civil, domiciliado en Mar Brillante 3537, comuna de Pealolen. Representado por el abogado defensor JOSE LUIS ANDRES.

Todo ello en atencin a los antecedentes de hecho y de derecho que a continuacin expongo:

1.- Los Hechos, calificacin jurdica y participacin:

Respecto de todos los hechos:

(1) Empresas La Polar S.A., RUT 96.874.030-K, es una sociedad annima abierta constituida en el ao 1998 bajo la primitiva razn social de Comercial Siglo XXI S.A. e inscrita desde el ao 2003 en el Registro de Emisores de Valores de Oferta Pblica de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), bajo el N.806. El domicilio social y las oficinas principales de la sociedad se encuentran ubicadas en Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva N.520, comuna de Renca, ciudad de Santiago.

(2) Como parte de su giro social Empresas La Polar S.A. desarrolla distintas actividades comerciales que consisten principalmente en: la explotacin de tiendas por departamento a nivel nacional (retail); la prestacin de servicios financieros mediante la emisin y administracin de tarjetas de crdito para el financiamiento en Tiendas La Polar y comercios asociados, y la intermediacin de plizas de seguros para sus clientes. Para el desarrollo de estas actividades Empresas La Polar S.A cuenta, como sociedad matriz, con un grupo de empresas filiales que colaboran en la explotacin de su giro, entre las cuales se encuentran: La Polar Corredores de Seguros Limitada, Collect S.A., Tecnopolar S.A., La Polar Internacional Limitada, Corpolar S.A., Asesoras y Evaluaciones S.A., Agencia de Publicidad Conexin S.A. e Inversiones SCG S.A., sociedad esta ltima que tiene a su cargo la emisin y operacin de la tarjeta de crdito LA POLAR.

(3)A nivel de gobierno corporativo el Directorio de Empresas La Polar S.A. se encuentra integrado por un nmero variable de Directores que delegan en parte la funcin de administracin y parte de la representacin legal en el Gerente General de la compaa, cargo que fue ocupado por PABLO ALCALDE SAAVEDRA entre el 2 de enero de 1999 y el 13 de noviembre del 2009, fecha en la que pas a desempearse como Presidente del Directorio de Empresas La Polar S.A., hasta su renuncia en el mes de junio del 2011.

(4)Tras la salida del imputado Alcalde Saavedra de la Gerencia General, en noviembre del 2009, dicho cargo fue asumido por NICOLS RAMREZ CARDOEN, quien desde el ao 2001 y hasta esa poca se haba desempeado como Gerente Corporativo Comercial de la compaa. El imputado RAMREZ CARDOEN renunci a la Gerencia General el 19 de enero del 2011, siendo reemplazado por MARTN GONZLEZ IAKL. El imputado GONZLEZ IAKL se desempe como Gerente General entre los meses de enero a diciembre del ao 2011, poca en la tambin present su renuncia a la compaa.

(5)Bajo la Gerencia General se encuentran distintas gerencias corporativas, entre stas la denominada Gerencia de Administracin, que estuvo a cargo de MARA ISABEL FARAH SILVA entre el ao 1999 y junio del 2011, poca en la que fue despedida. Por su parte, JULIN MORENO DE PABLO se desempe como Gerente Corporativo de Productos Financieros de la sociedad entre 1998 y junio del 2011, cuando tambin fue despedido de la compaa. En el cargo de Gerente Corporativo de Finanzas se desempe SANTIAGO GRAGE DAZ desde julio del 2001 y hasta junio del 2011. La Gerencia Corporativa de Informtica y Logstica estuvo a cargo de PABLO FUENZALIDA MAY entre los aos 2000 a 2011, primero como gerente y luego como gerente corporativo.

(6)Subordinadas a las referidas gerencias corporativas se encontraban una serie de gerencias, como la de Gestin y Desarrollo, a cargo de MARTA BAHAMONDES ARRIAGADA desde abril del 2007 a junio del 2011, que se encargaba del control operacional de la compaa y del sistema de informacin de gestin y que dependa de la Gerencia Corporativa de Administracin, a cargo de FARAH SILVA. Por su parte, ISMAEL TAPIA VIDAL se desempe como Jefe del rea de Anlisis y Desarrollo de la Subgerencia de Cobranza entre los aos 2008 y 2010, y luego, desde mayo de este ltimo ao, en el rea de Riesgo Crediticio de la Gerencia de Crdito, ambas dependientes de la Gerencia Corporativa de Productos Financieros a cargo de MORENO DE PABLO.

(7)En este contexto, y en el ejercicio de sus respectivas funciones, los imputados ALCALDE SAAVEDRA, FARAH SILVA, MORENO DE PABLO, RAMREZ CARDOEN, GRAGE DAZ, GONZLEZ IAKL, FUENZALIDA MAY, BAHAMONDES ARRIAGADA y TAPIA VIDAL, realizaron de forma coordinada, reiterada y sistemtica una serie de actuaciones mediante las cuales cometieron consciente y voluntariamente los hechos tpicos que a continuacin se sealan y en las fechas que en cada caso se indican, o bien facilitaron consciente y voluntariamente los medios esenciales para que stos se cometieran, ilcitos a travs de los cuales afectaron gravemente al mercado, a la banca, a sus accionistas, a los inversionistas y al sistema econmico en general. Como consecuencia de estos actos y de la falsa situacin financiera de Empresas La Polar S.A. comunicada al mercado, los inversionistas, individuales e institucionales, fueron afectados patrimonialmente toda vez que, motivados por los falsos resultados de la compaa, tomaron la decisin de adquirir acciones por una valor muy superior al que estas hubieran tenido de conocerse pblicamente la real situacin financiera de la empresa. Efectivamente, el valor burstil que tuvieron las acciones de Empresas La Polar S.A., una vez que el mercado tom conocimiento de la real situacin financiera de la compaa, fue slo de $533,54 pesos por accin, al valor de cierre del da 20 de junio del 2011, de acuerdo a la informacin proporcionada por la Bolsa de Comercio de Santiago. Tal fecha corresponde a la reanudacin de las transacciones de las acciones de la empresa, luego de la suspensin de aquellas, decretada por la Superintendencia de Valores y Seguros desde el 14 de junio hasta el 17 de junio del 2011.

HECHO N. 1

(8)Como ya se seal,Empresas La Polar S.A. es una sociedad annima abierta que desde el ao 2003 se encuentra inscrita en el Registro de Emisores de Valores de Oferta Pblica de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), razn por la cual, de acuerdo con la regulacin establecida por la Ley de Mercado de Valores, por las Normas de Carcter General y por las Circulares impartidas por la Superintendencia de Valores y Seguros, se encuentra obligada a proporcionar a dicha Superintendencia y al pblico en general, informacin financiera en forma trimestral y anual.

(9)Conforme lo establece la regulacin aludida en el prrafo (8) anterior, la obligacin en comento debe ser cumplida por la sociedad, presentando, por un lado, sus EEFF con fechas de cierre al 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre de cada ao y entregando, por otro lado, el Anlisis Razonado e informando un resumen de los Hechos Esenciales a que se refiere la Norma de Carcter General N. 30, as como efectuando una Declaracin de Responsabilidad acerca de la veracidad de toda la informacin entregada en los informes trimestrales y anuales. Hasta el ao 2009, los EEFF eran entregados bajo Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Chile (PCGA), utilizando un formato comn de presentacin denominado FECU o Ficha Estadstica Codificada Uniforme, descrito en la Circular N.1.501 de la SVS, en la que, junto con efectuarse la identificacin de la sociedad, deba incluirse la informacin referida a estos EEFF, la que comprenda el Balance General, el Estado de Resultados, el Estado de Flujos de Efectivo y las Notas Explicativas a los EEFF.

(10)En relacin con lo anterior resulta importante hacer presente que en forma paulatina, a contar del 1 de enero de 2009 y hasta el 31 de diciembre de 2010, Empresas La Polar S.A., a travs de un proceso de convergencia adopt las denominadas Normas Internacionales de Informacin Financiera, o IFRS por su sigla en ingls, para la preparacin de los EEFF. Por ello, el ao 2009 fue el ltimo ao en que los EEFF se presentaron bajo Normas PCGA, y a contar del 1 de enero de 2010 fueron presentados bajo IFRS, eliminndose a partir de dicho ao el formato FECU para la presentacin de la informacin financiera. Conforme a la Circular N. 1924 de la SVS, los EEFF pasaron a comprender, bajo los IFRS, el Estado de Situacin Financiera, los Estados de Resultados Integrales, el Estado de Flujo de Efectivo, el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y las Notas Explicativas a EEFF. Lo que se dir en relacin con los EEFF y las FECUS de Empresas La Polar S.A. considerar el contenido que estos informes financieros tienen bajo el sistema IFRS, sin perjuicio que en trminos generales tales afirmaciones sean extrapolables a las cuentas, EEFF y FECUS de aos anteriores preparados bajo las Normas PCGA, en la medida que contienen informacin de la misma naturaleza aunque bajo una denominacin distinta.

(11)Lo mencionado en los prrafos precedentes, se resume en el siguiente cuadro comparativo:

Estados Financieros

PCGA Circular N 1.501 S.V.S

IFRS Circular N 1.924 S.V.S

Ficha Estadstica Codificada Uniforme FECU

Estados Financieros

Balance general

Estado de situacin financiera

Estado de resultados

Estado de resultados integrales

Estado de flujo de efectivo

Estado de flujo de efectivo

(no considera estado sobre cambios en el patrimonio)

Estado de cambios en el patrimonio neto

Notas explicativas a los estados financieros

Notas explicativas a los estados financieros

(12)En cuanto a la forma en que materialmente se debe cumplir la obligacin de entrega de la informacin financiera, desde el ao 2001 las FECUs, los EEFF, los Anlisis Razonados, el Resumen de Hechos Esenciales y la Declaracin de Responsabilidad deben ser enviados a la Superintendencia de Valores y Seguros a travs del mdulo SEIL (Sistema de Envo de Informacin en Lnea), esto es, electrnicamente a travs del sitio web de dicha Superintendencia, sin perjuicio de existir respecto a determinados antecedentes, la obligacin de presentarlos adems fsicamente ante el rgano fiscalizador.

(13)Pues bien, en cumplimiento de la obligacin de entrega trimestral y anual de informacin financiera que pesaba sobre Empresas La Polar S.A., los imputados ALCALDE SAAVEDRA, RAMREZ CARDOEN, FARAH SILVA, MORENO DE PABLO, GONZLEZ IAKL y FUENZALIDA MAY, en sus respectivos periodos, realizaron de forma coordinada, reiterada y sistemtica una serie de actuaciones dirigidas a que se entregaran antecedentes o informacin falsa a la Superintendencia de Valores y Seguros y, a travs de ella, al pblico en general. Para ello, contaron con la cooperacin consciente y voluntaria de los imputados BAHAMONDES ARRIAGADA y TAPIA VIDAL. Todos los imputados aludidos precedentemente tuvieron pleno conocimiento que la informacin contable y financiera de la compaa, que era entregada a la SVS y al mercado, no reflejaba su real situacin financiera, atendida la existencia de una prctica reiterada que haba sido implementada en el seno de la Gerencia Corporativa de Productos Financieros de la empresa, que produca la alteracin de la informacin financiero-contable que se generaba al interior de la misma, y que posteriormente era incorporada a los EEFF y entregada a la autoridad. Todo ello, gracias a las distintas actuaciones que se realizaban, tanto desde la Gerencia Corporativa de Administracin, como desde la Gerencia General de la compaa.

(14)Efectivamente, a lo menos desde el mes de enero del ao 2006 y hasta el mes de junio del ao 2011 existi al interior de Empresas La Polar S.A. una prctica reiterada y sistemtica denominada, entre otras formas, Normalizacin, Renegociacin o Renegociacin por sistema. En virtud de esta prctica, un nmero cada vez ms significativo de crditos correspondientes a clientes que se encontraban en mora pasaron a integrar la cartera de crditos vigentes de la empresa, esto es, de deudas al da, mediante la renegociacin que de aquellos realiz unilateralmente la compaa, colocando al da la deuda y otorgando nuevos plazos para su pago, sin previo abono, consentimiento ni conocimiento de los clientes.

(15)De acuerdo al hecho esencial de fecha 21 de marzo de 2012, informado por Empresas La Polar S.A a la Superintendencia de Valores y Seguros y al mercado en general, el universo de personas que habra sido afectado por renegociaciones unilaterales ascendera a 999.109 clientes.

(16)Hasta mediados del ao 2009 la prctica de renegociaciones unilaterales fue realizada manualmente por los digitadores del Call Center del rea de Cobranzas que operaban el sistema informtico de la empresa, modificando los datos asociados a los crditos para los efectos de transformarlos en parte de la cartera de crditos vigentes de la compaa. A contar de mediados de ese ao, las renegociaciones comenzaron a realizarse en forma automtica, mediante la implementacin de una herramienta informtica que fue especialmente diseada para ello.

(17) Todo lo anterior gener importantes efectos contables y financieros que se tradujeron en la falsedad de los montos de varias de las cuentas informadas en los EEFF, individuales y consolidados, sin perjuicio que el efecto que produjeron las renegociaciones unilaterales en la desfiguracin y falseamiento de la informacin que fue presentada al mercado se aprecia en su real magnitud e integridad en los EEFF consolidados, por lo que adelante, cuando se haga mencin a los Estados Financieros (EEFF) de la compaa, se estar aludiendo a la informacin financiera consolidada.

(18)En efecto, esta prctica de renegociaciones unilaterales tuvo un efecto incremental directo en la determinacin de la Cartera de Crditos por Cobrar que integraba los EEFF que la empresa informaba, toda vez que permiti aumentar artificialmente el monto de dicha cartera, no slo por los supuestos nuevos crditos vigentes que en ella eran contabilizados, que abultaban las Cuentas de Ingresos y Egresos, sino que, adems, por la creacin tambin artificial de gastos de cobranza, intereses por mora y administracin de la cartera, e intereses devengados por esos nuevos crditos. Dicho efecto se ve reflejado en las cuentas contables Cartera clientes crdito e Intereses no devengados cartera clientes crdito.

(19)Asimismo, la sustitucin artificial de clientes que integraban la cartera en mora por clientes que pasaban a integrar la cartera de crditos vigentes, permiti tambin ocultar la real morosidad de los clientes y el real riesgo asociado a la cartera, en la medida que los montos que fueron rebajados de la referida Cartera de Crditos por Cobrar por concepto de Deterioro de Deudores Comerciales, fueron menores a los reales. El efecto de las renegociaciones en el riesgo de crdito asociado a la cartera se vio reflejado en las cuentas contables Provisin cartera clientes crdito, Provisin deudores incobrables Corpolar y, a partir de la implementacin de normas IFRS, en IFRS Provisin cartera securitizada.

(20)Todo lo anterior termin afectando la veracidad de los resultados de la compaa, en la medida que habindose incrementado artificialmente tanto la Cartera de Crditos por Cobrar como el monto de los ingresos obtenidos por la sociedad, las utilidades que fueron informadas en los referidos EEFF fueron tambin mayores que las reales, al no reconocerse ni descontarse el monto real de las provisiones, esto es, el verdadero porcentaje de riesgo de incobrabilidad de la cartera ni sus respectivos castigos. Los efectos de estas renegociaciones en los resultados de la compaa se vean reflejados en las cuentas contables Intereses devengados cartera de clientes, Recuperacin de gastos de cobranza, Intereses por mora, Ingresos por administracin de cartera, Provisin incobrables, Indemnizacin cartera clientes, IFRS provisin deudores incobrables y Castigo capital deudores

(21)Toda esta informacin, distorsionada y falseada en la forma que se ha explicado, afect la veracidad de las siguientes cuentas y rubros de los EEFF que bajo formato FECU o como EEFF (post IFRS) fueron entregados a la Superintendencia de Valores y Seguros y al mercado en general, y con el efecto que se indica:

Rubro afectado

IFRS : EEFF

(PCGA: FECU)

Cuenta Contable afectada

Estado Financiero afectado

IFRS: EEFF

(PCGA: FECU)

Efecto

Deudores comerciales y otras cuentas por cobrar (Deudores por venta - Documentos por cobrar)

Cartera cliente crdito

Int. no devengados cartera clientes crdito

Provisin cartera clientes crdito corto plazo

Provisin deudores incobrables Corpolar

IFRS Provisin cartera securitizada

Estado de situacin financiera (Balance)

Refleja una sobrevalorizacin de la cartera

Otros activos financieros no corrientes (Deudores a largo plazo)

Cartera clientes crdito

Estado de situacin financiera (Balance)

Refleja una sobrevalorizacin de la cartera

Ingresos ordinarios

(Ingresos de explotacin)

Int. devengados cartera clientes

Recuperacin de gastos de cobranza

Intereses por mora

Ingresos por administracin de cartera

Estado de resultados integrales

(Estado de resultados)

Refleja una sobrevalorizacin

Costo de Venta

(Costo de explotacin)

Provisin incobrables

Indemnizacin cartera clientes

IFRS provisin deudores incobrables

Estado de resultados integrales

(Estado de Resultados)

Refleja una subvalorizacin

Otros Ingresos -Gastos de Operacin

(Gastos de administracin y venta)

Castigo capital deudores

Estado de resultados integrales

(Estado de Resultados)

Refleja una subvalorizacin

Resultados retenidos (prdida)

Resultados retenidos

Estado de cambios en el patrimonio

Refleja una sobrevalorizacin

(22)La informacin as falseada fue entregada a la Superintendencia de Valores y Seguros de acuerdo al siguiente detalle:

FECUS 2006

PERIODO

FECHA APROBACIN Y DECLARACIN DE RESPONSABILIDAD EN SESIN DE DIRECTORIO

FECHA ENVO A LA SVS (SEIL)

Al 31 Marzo 2006

28 / 04 / 2006 (Sesin Extraordinaria N. 5)

28 Abril 2006

Al 30 Junio 2006

11 / 08 / 2006 (Sesin Extraordinaria N. 7)

11 Agosto 2006

Al 30 Septiembre 2006

30 / 10 / 2006 (Sesin Extraordinaria N. 8)

30 Octubre 2006

Al 31 Diciembre 2006

27 / 02 / 2007 (Sesin Ordinaria N. 77)

28 Febrero 2007

FECUS 2007

PERIODO

FECHA APROBACIN Y DECLARACIN DE RESPONSABILIDAD EN SESIN DE DIRECTORIO

FECHA ENVO A LA SVS (SEIL)

Al 31 Marzo 2007

25 / 04 / 2007 (Sesin Ordinaria N. 79)

30 Abril 2007

Al 30 Junio 2007

13 / 08 / 2007 (Sesin Extraordinaria N. 12)

14 Agosto 2007

Al 30 Septiembre 2007

29 / 10 / 2007 (Sesin Ordinaria N. 85)

30 Octubre 2007

Al 31 Diciembre 2007

28 / 02 / 2008 (Sesin Ordinaria N. 88)

29 Febrero 2008

FECUS 2008

PERIODO

FECHA APROBACIN Y DECLARACIN DE RESPONSABILIDAD EN SESIN DE DIRECTORIO

FECHA ENVO A LA SVS (SEIL)

Al 31 Marzo 2008

29 / 04 / 2008 (Sesin Ordinaria N. 90)

30 Abril 2008

Al 30 Junio 2008

13 / 08 / 2008 (Sesin Extraordinaria N. 13)

13 Agosto 2008

Al 30 Septiembre 2008

27 / 10 / 2008 (Sesin Comit de Directores N. 25)

29 Octubre 2008

Al 31 Diciembre 2008

25 / 02 / 2009 (Sesin Ordinaria N. 101)

26 Febrero 2009

FECUS 2009

PERIODO

FECHA APROBACIN Y DECLARACIN DE RESPONSABILIDAD EN SESIN DE DIRECTORIO

FECHA ENVO A LA SVS (SEIL)

Al 31 Marzo 2009

28 / 04 / 2009 (Sesin Ordinaria N. 103)

29 Abril 2009

Al 30 Junio 2009

13 / 08 / 2009 (Sesin Extraordinaria N. 19)

14 Agosto 2009

Al 30 Septiembre 2009

28 / 10 / 2009 (Sesin Ordinaria N. 109)

30 Octubre 2009

Al 31 Diciembre 2009

25 / 02 / 2010 (Sesin Ordinaria N. 114)

26 Febrero 2010

EEFF 2010

PERIODO

FECHA APROBACIN Y DECLARACIN DE RESPONSABILIDAD EN SESIN DE DIRECTORIO

FECHA ENVO A LA SVS (SEIL)

Al 31 Marzo 2010

24 / 05 / 2010 (Sesin Ordinaria N. 118)

28 Mayo 2010

Al 30 Junio 2010

25 / 08 / 2010 (Sesin Ordinaria N. 121)

28 Agosto 2010

Al 30 Septiembre 2010

24 / 11 / 2010 (Sesin Ordinaria N. 124)

25 Noviembre 2010

Al 31 Diciembre 2010

15 / 03 / 2011 (Sesin Extraordinaria)

17 Marzo 2011

EEFF 2011

PERIODO

FECHA APROBACIN Y DECLARACIN DE RESPONSABILIDAD EN SESIN DE DIRECTORIO

FECHA ENVO A LA SVS (SEIL)

Al 31 de Marzo 2011

27 / 04 / 2011 (Sesin Comit de Directores)

29 Abril 2011

(23)Asimismo, se presentaron a la Superintendencia de Valores y Seguros las Memorias Anuales de los aos 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010, las que tambin contenan informacin contable y financiera falsa. Las fechas y condiciones de entrega de las referidas memorias son las siguientes:

EJERCICIO

FECHA APROBACIN MEMORIA

EN SESIN DIRECTORIO

FECHA PRESENTACIN

MEMORIA A SVS

FIRMANTE DE CARTA

CONDUCTORA A SVS

2006

30 Marzo 2007 (Sesin Ordinaria N. 78)

10 Abril 2007

Pablo Alcalde Saavedra

2007

02 Abril 2008 (Sesin Ordinaria N. 89)

11 Abril 2008

Pablo Alcalde Saavedra

2008

08 Abril 2009 (Sesin Extraordinaria N. 14)

13 Abril 2009

Pablo Alcalde Saavedra

2009

31 Marzo 2010 (Sesin Ordinaria N. 115)

12 Abril 2010

Nicols Ramrez Cardoen

2010

30 Marzo 2011 (Sesin Ordinaria N. 128)

13 Abril 2011

Julin Moreno de Pablo

(24)La falsedad de los antecedentes que en las fechas indicadas fueron entregados a la Superintendencia y, a travs de ella, al pblico en general, queda claramente reflejada en el monto de las Utilidades, y Deudores comerciales y otras cuentas por cobrar que anualmente, entre los aos 2006 y 2010, Empresas La Polar S.A. inform al mercado y, que al 31 de diciembre del ao 2010, arrojaron un total de utilidades acumuladas de todo el Holding por un monto de M$164.492.366 (ciento sesenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y dos millones trescientos sesenta y seis pesos), incluida la utilidad de ese ao comercial. Esto, segn el siguiente detalle:

AO

UTILIDADES (M$)

UTILIDADES ACUMULADAS (M$)

DEUDORES COMERCIALES Y OTRAS CUENTAS POR COBRAR (Bruto) (M$)

ESTIMACIN DEUDORES COMERCIALES

(M$)

DEUDORES COMERCIALES Y OTRAS CUENTAS POR COBRAR (Neto) (M$)

2006

$27.054.805

$30.302.714

$191.356.868

($23.435.135)

$167.921.733

2007

$33.573.023

$52.892.683

$307.360.090

($29.655.965)

$ 277.704.125

2008

$37.368.063

$83.292.794

$484.602.575

($52.596.759)

$ 432.005.816

2009

$45.776.828

$106.668.520

$611.221.836

($74.418.516)

$ 536.803.420

2010

$29.767.140

$164.492.366

$762.541.553

($122.605.021)

$ 646.860.743

(25)Lo anterior, en circunstancias que se logr establecer que la utilidad acumulada de Empresas La Polar S.A. al 31 de julio de 2011 en realidad era de M-$408.588.934, es decir, registraba una prdida acumulada por dicho monto, (cuatrocientos ocho mil quinientos ochenta y ocho millones novecientos treinta y cuatro mil pesos), producto fundamentalmente de un incremento en la estimacin de deudores incobrables ascendiente a M-$572.002.678 (menos quinientos setenta y dos mil dos millones seiscientos setenta y ocho mil pesos) que registr una variacin negativa de 366,54% en comparacin con la informacin artificialmente elaborada al 31 de diciembre de 2010-, arrojando como resultado real de la compaa una prdida del ejercicio a julio de 2011 de M-$573.061.152 (menos quinientos setenta y tres mil sesenta y un millones ciento cincuenta y dos mil pesos). Lo anterior, de acuerdo al Estado de Situacin Financiera Consolidado al 31 de julio de 2011, presentado a la SVS por Empresas La Polar S.A. el da 7 de diciembre de 2011.

(26)De la misma forma, en cumplimiento de la entrega de informacin peridica que asiste a toda sociedad annima, la referida informacin falsa tambin fue entregada al mercado a travs de su publicacin en el portal de inversionistas del sitio web de Empresa La Polar S.A., www.lapolar.cl.

(27) Pues bien, estando en pleno conocimiento de la realizacin de las renegociaciones unilaterales y de los efectos que las mismas producan en el falseamiento de la informacin contable y financiera de la empresa que se entregaba a la SVS y al mercado, el imputado PABLO ALCALDE SAAVEDRA quien, recibiendo bonos como consecuencia del buen desempeo que como ejecutivo reflejaban los exitosos pero falsos resultados de la empresa, y teniendo durante todo el periodo mencionado inters en los resultados de la compaa en su calidad de accionista de la misma, respald la realizacin de la prctica de renegociaciones unilaterales al interior de la Gerencia Corporativa de Productos Financieras a cargo de MORENO DE PABLO. Aquella prctica permita alterar la informacin contable y financiera generada al interior de la compaa para los efectos de ocultar la real situacin patrimonial que en esa poca tena Empresas La Polar S.A., consintiendo, asimismo, en que la informacin financiera falsa, que a consecuencia de dicha prctica se iba generando al interior de la empresa, fuera utilizada para elaborar los EEFF por parte de la Gerencia Corporativa de Administracin, a cargo de FARAH SILVA.

(28)En el mismo sentido, ALCALDE SAAVEDRA coordin las acciones entre FARAH SILVA y MORENO DE PABLO para efectos de mantener y mejorar la efectividad de estas prcticas irregulares. Asimismo ocult deliberadamente la falsedad de la informacin contable-financiera a los miembros del Directorio y prest, entre los aos 2009 y 2011, en su calidad de Presidente del Directorio, su indispensable aprobacin para que los EEFF trimestrales y anuales de Empresas la Polar S.A. y las Memorias Anuales, que contenan informacin falsa, fueran entregados a la SVS y, a travs de ella, al pblico en general. Por otra parte, present a la SVS las Memorias anuales correspondientes a los aos 2006 a 2008, poca en la que se desempeo como Gerente General. Adems, formul las correspondientes e indispensables declaraciones de responsabilidad, tanto en calidad de Presidente del Directorio como de Gerente General de Empresas La Polar S.A., concretamente respecto de las FECUs y EEFF trimestrales, semestrales y anuales de los aos 2006 a 2009 y 2010 a 2011, respectivamente, y de las Memorias Anuales de los aos 2006 a 2010. Tal declaracin de responsabilidad deca relacin con la veracidad de la informacin que era incorporada a las FECUs, Estados Financieros y Memorias, lo que era indispensable para que la empresa pudiera cumplir con su obligacin legal de entregar informacin a la Superintendencia y al mercado, que en el caso particular resultaba ser falsa.

(29)Por su parte, el imputado JULIN MORENO DE PABLO, Gerente Corporativo de Productos Financieros hasta junio del 2011, y quien en tal calidad recibi bonos como consecuencia de los exitosos pero falsos resultados de la empresa que eran informados al mercado, y tuvo durante todo el periodo mencionado inters en los resultados de la compaa en su calidad de accionista, instruy, desde el ao 2006, la realizacin de las renegociaciones unilaterales. Dicha instruccin la imparti al equipo que integraba la Subgerencia de Cobranza que se encontraba bajo su dependencia. En una primera etapa, las renegociaciones unilaterales aludidas fueron realizadas manualmente, a travs de los empleados del rea de Call Center, quienes en vez de contactar a los clientes para gestionar la cobranzas de los crditos morosos, ingresaban las renegociaciones al sistema computacional de la compaa, transformando dichos crditos en vigentes. En una segunda etapa, a contar de mayo del 2009, las renegociaciones se realizaron en forma automtica, mediante la implementacin de una aplicacin informtica desarrollada al interior de la Subgerencia de Informtica, tambin a solicitud de MORENO DE PABLO.

(30)Con ello, el imputado MORENO DE PABLO posibilit la alteracin de la informacin contable y financiera que se generaba al interior de la compaa, facilitando as la entrega de informacin falsa a la SVS y al mercado. Ello aument artificialmente la cartera de cuentas o crditos por cobrar presentada en el Estado de Situacin Financiera o Balance, mediante la transformacin de crditos morosos a crditos vigentes. Asimismo, aument los ingresos financieros y las utilidades de la empresa presentadas en el Estado de Resultados Integrales, mediante el reconocimiento de mayores intereses por mora, gastos de cobranza a clientes, administracin de cartera y, adicionalmente, mediante el reconocimiento de menores gastos por concepto de estimacin de deudores incobrables. Toda esta informacin falsa fue directamente incorporada a los mencionados Estados Financieros que eran entregados a la Superintendencia y al mercado en general. Adems, el imputado MORENO DE PABLO entreg en una oportunidad dicha informacin falsa directamente a la SVS a travs de la presentacin de la Memoria Anual correspondiente al ao 2010.

(31)Pero adems, la informacin falsa que era generada de esta forma por la gerencia a cargo de MORENO DE PABLO era utilizada por la Gerencia Corporativa de Administracin a cargo de FARAH SILVA, como base de clculo de la provisin de incobrabilidad. De esta forma se lograba disminuir artificialmente el riesgo asociado a la cartera de la compaa, es decir, el monto de las provisiones que se inclua en los EEFF trimestrales y anuales que eran presentados por el Gerente General al Directorio de Empresas La Polar S.A. para su necesaria aprobacin previo envo a la Superintendencia y, a travs de ella, al mercado en general.

(32)El imputado MORENO DE PABLO elabor un archivo computacional maestro que denomin BASE MAYO mediante el cual determinaba e instrua el volumen de las renegociaciones unilaterales que deban efectuarse y que, entre otra informacin, inclua el valor de las carteras propia y securitizada, segmentadas por morosidad y condicin de renegociacin, y que replicaba la informacin base que utilizaba la imputada FARAH SILVA para determinar las provisiones. Los montos que deban ser objeto de renegociacin se establecan a partir de esta informacin, segn cules fueran las necesidades para cumplir las metas de morosidad, recupero y provisiones.

(33)A su turno, la imputada MARA ISABEL FARAH SILVA, quien hasta junio del 2011 ocup el cargo de Gerente Corporativo de Administracin de Empresas La Polar S.A., recibiendo en tal calidad bonos como consecuencia de los exitosos pero falsos resultados de la empresa que eran entregados al mercado, y teniendo durante todo el periodo mencionado inters en los resultados de la compaa en su calidad de accionista, determin y difundi falsos montos de provisiones en la compaa. Tales montos de provisiones estaban subvalorados y se explicaban por la omisin deliberada en su clculo de la valoracin del riesgo asociado a una importante cantidad de crditos que, figurando como vigentes, en realidad eran crditos morosos que haban sido renegociados unilateralmente por la compaa, situacin conocida por la imputada desde el ao 2006. FARAH SILVA fijaba los falsos montos de provisiones sobre la base de la informacin que le entregaban las reas a cargo de MORENO DE PABLO, previo ajuste de dicha informacin a las metas de provisiones que ella misma determinaba. Los falsos montos de provisiones eran incluidos en los EEFF trimestrales y anuales, previa presentacin al Directorio de Empresas La Polar S.A. para su necesaria aprobacin, y posteriormente entregados a la Superintendencia y, a travs de ella, al mercado en general, conociendo los imputados que se trataba de informacin falsa.

(34)De igual manera, y por el hecho de depender la Gerencia de Control de Gestin de la Gerencia Corporativa de Administracin a cargo de FARAH SILVA, sta ocult al Directorio la informacin que era preparada por aquella gerencia y que mostraba el alto volumen de las colocaciones por renegociaciones generado a consecuencia de los procesos de renegociaciones unilaterales que se realizaban masivamente.

(35)Fue en ese contexto, y para los efectos de lograr la aprobacin necesaria de los EEFF por parte del Directorio de Empresas La Polar S.A., para su posterior entrega a la Superintendencia de Valores y Seguros va sistema informtico, que MORENO DE PABLO y FARAH SILVA, junto a ALCALDE SAAVEDRA, se reunan en forma habitual y previa a las sesiones de Directorio, para preparar la informacin que sera presentada a dicho rgano, ocultando deliberadamente los antecedentes relativos a la existencia de las renegociaciones unilaterales y a la subvaloracin de los montos de provisiones, al no incluirlos ni en los informes que eran entregados al Directorio ni tampoco en las presentaciones realizadas ante el mismo, ni ante el Comit de Directores.

(36)Por su parte, el imputado NICOLS RAMREZ CARDOEN, con posterioridad al mes de noviembre de 2009, fecha en que fue nombrado como Gerente General de la compaa y hasta su renuncia en el mes de enero de 2011, present a la aprobacin del Directorio, ahora presidido por ALCALDE SAAVEDRA, los EEFF que a consecuencia de las renegociaciones unilaterales contenan informacin financiera falsa, estando en conocimiento de la realizacin de dichas renegociaciones y de los efectos que las mismas producan en el falseamiento de la informacin financiera de la empresa. Asimismo, ocult esta falsedad a los miembros del Directorio, y formul las correspondientes e indispensables declaraciones de responsabilidad en su calidad de Gerente General de Empresas La Polar S.A. acerca de la veracidad de la informacin que de esta manera era incorporada a las FECUs y EEFF trimestrales, semestrales y anuales de diciembre del 2009 a septiembre del 2010 y de la Memoria Anual del ao 2009, para que as la empresa cumpliera con su obligacin legal de entrega de informacin continua a la Superintendencia y al mercado, que en el caso particular resultaba ser falsa. Por otra parte, l mismo entreg directamente a la SVS informacin falaz, presentando la Memoria Anual correspondientes al ao 2009.

(37)En el mes de enero del ao 2010, siendo ya Gerente General de la compaa, RAMREZ CARDOEN form, con conocimiento de los imputados ALCALDE SAAVEDRA, MORENO DEPABLO y FARAH SILVA, el denominado Comit de Cobranzas. Esto ocurri una vez que tomara conocimiento de la existencia de las renegociaciones unilaterales y del sistema de clasificacin por morosidad de la cartera que efectu MORENO DE PABLO en los aos 2008 y 2009 en base a colores (la llamada Cartera de Colores). Dicha cartera de colores clasific los clientes de la compaa, que no haban efectuado pagos durante determinado tiempo, por tramo de morosidad, a saber: tramo de color Amarillo (clientes que no haban pagado durante ms de 6 meses y menos de 12 meses), tramo de color Rojo (clientes que no haban pagado durante ms de 1 ao y menos de 2 aos) y tramo de color Morado (clientes que no haban pagado durante 2 aos o ms). Al interior de esta Cartera de Colores se identificaron, adems, a aquellos clientes que, encontrndose dentro de estos tramos de mora, haban tenido crditos renegociados unilateralmente, denominndoseles Energizados o Clientes Categora E.

(38)El Comit aludido, formado por RAMREZ CARDOEN, estuvo integrado adems por personal de las Gerencias Corporativas de Productos Financieros, como los imputados MORENO DE PABLO y TAPIA VIDAL, y de Administracin, como la imputada BAHAMONDES ARRIAGADA y adems el imputado FUENZALIDA MAY.

(39)El objetivo de dicho Comit de Cobranza era identificar, entre los crditos renegociados y no renegociados que integraban la Cartera de Colores, a los clientes con mayor probabilidad de cobro y desarrollar estrategias de cobranza, sin perjuicio de continuar paralelamente con los procesos especiales de renegociacin. En consecuencia, todos aquellos que integraron este comit tuvieron conocimiento, a lo menos desde la fecha de formacin del mismo, de la prctica de renegociacin unilateral que se efectuaba al interior de la compaa, as como del tamao de la cartera que se gestionaba y la condicin de morosidad de los clientes que la integraban.

(40)Por su parte, el imputado MARTN GONZLEZ IAKL que, como se dijo, ingres a Empresas La Polar S.A. en el mes de junio del ao 2010 como Gerente Corporativo Comercial, pasando a ser Gerente General en enero del 2011 y hasta diciembre del mismo ao, comenz a recibir regularmente, en esta ltima calidad, una serie de antecedentes que daban cuenta de la real situacin financiera de la compaa.

(41)En efecto, si bien mientras se desempe como Gerente Corporativo Comercial el imputado GONZLEZ IAKL tambin recibi los reportes que elaboraba la Gerencia de Gestin de la compaa y que decan relacin con su situacin financiera, a partir de su nombramiento como Gerente General comenz a recibir los denominados Informes de Gestin (IDG). Esto le permiti tomar conocimiento de los montos de las colocaciones de crditos y sus plazos de originacin, de los ingresos financieros, de los montos de dinero recaudado, de las metas de recaudacin, del valor de la cartera total de La Polar, normal y renegociada, de la tasa de pago y del nmero de clientes que realizaban pagos, de la recaudacin de la cartera segmentada entre normal y renegociada, as como de las colocaciones de nuevos crditos, entre otros antecedentes.

(42)Asimismo, GONZLEZ IAKL tuvo acceso a copia de las presentaciones realizadas al Directorio por los imputados FARAH SILVA y MORENO DE PABLO, a travs de los cuales tom conocimiento que, no obstante el contenido de los informes de gestin que l reciba, al Directorio se le informaba que los clientes de ms alto riesgo representaban un 34% del total de la cartera, cuando en realidad esa cifra era cercana al 50% y con un nivel de endeudamiento muy superior al promedio. Por otra parte, a travs del acceso a copia de las referidas presentaciones, tambin tom conocimiento del hecho de haberse desarrollado una estrategia integral de cobro para la cartera energizada.

(43)Durante marzo y abril del ao 2011 el imputado GONZLEZ IAKL recibi correos electrnicos referidos a los clientes incluidos en la cartera de color rojo, a la importancia de generar acuerdos con stos y a la evolucin en la recuperacin de los clientes energizados. Asimismo, envi correos electrnicos mediante los cuales felicit al equipo de cobranza encargado de la recuperacin de dicha cartera, destacando la importancia de su labor para la compaa.

(44)A partir de lo sealado, resulta entonces que el imputado GONZLEZ IAKL, encontrndose ya en conocimiento de la reiterada prctica de renegociaciones unilaterales y del efecto que stas producan en la informacin financiera de la compaa, formul las correspondientes e indispensables declaraciones de responsabilidad en relacin con la veracidad de dicha informacin en su calidad de Gerente General de Empresas La Polar S.A., concretamente respecto de los EEFF de diciembre 2010 y marzo 2011 y de la Memoria Anual de diciembre de 2010, para que as la empresa cumpliera con su obligacin legal de entrega de informacin continua a la Superintendencia y al mercado, que en el caso particular resultaba ser falsa.

(45)A su turno, el imputado PABLO FUENZALIDA MAY que ocup el cargo de Gerente Corporativo de Informtica y Logstica entre los aos 2000 a 2011, intervino en los procesos de renegociaciones automticas en el mbito propio de la gerencia a su cargo y, adems, a contar de la ltima parte del ao 2010 fue asumiendo progresivamente un rol principal en dichos procesos, teniendo durante todo ese periodo inters en los resultados de la compaa en su calidad de accionista de la misma.

(46)En efecto, desde junio del ao 2010 FUENZALIDA MAY integr el Comit de Cobranzas que, como se dijo, fue creado por el imputado RAMREZ CARDOEN con el objeto de identificar a los crditos renegociados o Energizados y los crditos normales o no renegociados, que integraban la Cartera de Colores y que tenan una mayor probabilidad de cobro, encargndose en un comienzo de canalizar los requerimientos de desarrollos informticos que surgan en ste. En este comit FUENZALIDA MAY conoci el real estado de la cartera de deudores de la empresa y la existencia de las renegociaciones unilaterales.

(47)A partir de diciembre del ao 2010, el imputado FUENZALIDA MAY empez a apoyar especficamente al Gerente Corporativo de Productos Financieros, el imputado MORENO DE PABLO, en el desarrollo de los procesos de cobranza, en particular respecto de la cartera denominada E o energizada.

(48)Asimismo, desde enero del ao 2011 el imputado FUENZALIDA MAY comenz a cogerenciar el rea de Productos Financieros, impartiendo instrucciones tanto respecto de la cobranza como de la mantencin de dicha cartera, encargndose de identificar a los clientes que deban ser sujeto de procesos especiales de renegociaciones unilaterales, consistiendo en definitiva su labor, en gestionar, junto a MORENO DE PABLO, la denominada cartera de clientes energizados.

(49)El imputado FUENZALIDA MAY particip en la sesin de Comit de Directores de fecha 26 de enero del ao 2011 en la que la Gerente Corporativa de Administracin, la imputada FARAH SILVA, explic la forma en que se realizaba la determinacin de las provisiones y en la que hizo entrega de informacin falsa tanto respecto de la verdadera morosidad de los clientes como de la condicin de renegociacin de la cartera energizada, informacin que era conocida por el imputado FUENZALIDA MAY desde que se involucr en la gestin de dicha cartera conjuntamente con el imputado MORENO DE PABLO. En consecuencia, a travs de sus actuaciones, el imputado FUENZALIDA MAY posibilit consciente y voluntariamente el falseamiento de la morosidad, la condicin de la renegociacin de la cartera crtica y el abultamiento artificial de los resultados que eran informados al Directorio y consignados en los antecedentes financieros, facilitando as la entrega de informacin falsa a la SVS y al mercado.

(50)A su turno, la imputada MARTA BAHAMONDES ARRIAGADA, que haba ingresado a la compaa en marzo de 2006, estuvo a cargo de la Gerencia de Gestin y Desarrollo, desde abril del ao 2007 a junio del ao 2011, excepto en el periodo comprendido entre noviembre del 2010 a enero del 2011, siendo dicha gerencia la que elaboraba peridicamente los denominados Informes de Gestin o IDG, que eran regularmente enviados a los imputados ALCALDE SAAVEDRA, FARAH SILVA, RAMREZ CARDOEN y MORENO DE PABLO, y cuando correspondi, tambin al imputado GONZLEZ IAKL.

(51)Entre los distintos tipos de Informes de Gestin que elaboraba la gerencia a cargo de BAHAMONDES ARRIAGADA se encontraba el IDG Financiero, que contena las colocaciones diarias de crdito para el mes en curso, el mes inmediatamente anterior y el mismo mes del ao anterior, y que a partir de marzo del 2010 diferenciaba las colocaciones originadas por renegociaciones normales de aquellas originadas por renegociaciones unilaterales. El IDG Financiero estaba contenido en un archivo computacional formato Excel, el que, entre otras, tena una hoja con el ttulo Renegociaciones por Sistema, en la que la imputada orden que se incluyeran todas las renegociaciones unilaterales. Lo anterior permita que los imputados ALCALDE SAAVEDRA, FARAH SILVA, RAMREZ CARDOEN, MORENO DE PABLO y GONZLEZ IAKL, receptores de este informe, tuvieran un cabal y pormenorizado conocimiento del estado actual de la cartera de crditos renegociados unilateralmente.

(52)Del mismo modo, la Gerencia de Gestin y Desarrollo elaboraba el IDG2, que daba cuenta del alto volumen de colocaciones originadas en las renegociaciones y presentaba la generacin de ingresos por intereses; el IDG Clientes Retail, que informaba de las colocaciones diarias de crditos originadas por el negocio de retail de La Polar para el mes en curso comparado con el mismo mes del ao anterior, y en el que se detallaban las metas de colocaciones del sector retail de la compaa y, finalmente, el IDG Recaudacin que informaba la recaudacin de efectivo de la cartera, la meta de recaudacin del mes y la tasa de pago efectiva de la cartera.

(53)Si bien la imputada BAHAMONDES ARRIAGADA estuvo en conocimiento de la realizacin de renegociaciones unilaterales por sistema desde Junio de 2009, ya desde el ao 2006 manifest su extraeza por el elevado nmero de renegociaciones y solicit se le informara de las campaas que se estaban realizando en cuanto a cobranzas, atendido que la labor de la Gerencia de Gestin que ella lideraba era monitorear las transacciones diarias. A partir de esa poca la Gerencia de Gestin a su cargo accedi a la informacin de los clientes renegociados unilateralmente, e incluso se lleg a establecer un protocolo para la entrega de esta informacin. Adems, la imputada BAHAMONDES ARRIAGADA recibi con copia los correos en los cuales se inform al rea de Informtica de los clientes que seran objeto de renegociaciones unilaterales, mediante los denominados procesos especiales.

(54)Asimismo, desde diciembre del ao 2009 la imputada BAHAMONDES ARRIAGADA tambin recibi con copia, previa solicitud de ella misma, los correos del imputado MORENO DE PABLO mediante los cuales este instrua la realizacin de renegociaciones unilaterales y que incluan el archivo BASEMAYO. Este archivo contena el valor y nmero de clientes de la cartera denominada de colores y energizada, as como las metas de provisiones que deban cumplirse mediante los procesos de recupero y renegociacin.

(55)Adems, la imputada BAHAMONDES ARRIAGADA integr el Comit de Cobranzas que form el imputado RAMREZ CARDOEN cuando ya haba asumido el cargo de Gerente General, instancia en la que tambin tom conocimiento de la existencia de la cartera de colores y de las renegociaciones unilaterales. Finalmente, BAHAMONDES ARRIAGADA recibi, a inicios del ao 2010, informes del rea de Auditora Interna de la empresa, referidos tanto a las renegociaciones automticas y su efecto en la cartera, como a la real situacin de la cartera de La Polar.

(56)De lo dicho resulta entonces que a travs de sus actuaciones, BAHAMONDES ARRIAGADA cooper con el ulterior falseamiento de la informacin financiera de la compaa que era entregada al mercado, al posibilitar que la informacin referida al nmero de renegociaciones unilaterales, que peridicamente se realizaban, fuera conocida y monitoreada por las Gerencias Corporativas de Productos Financieros y de Administracin, para que as el volumen de renegociaciones unilaterales a efectuar se adecuara a las metas de provisiones previamente fijadas.

(57)De la misma forma, el imputado ISMAEL TAPIA VIDAL, quien entre los aos 2008 y 2010 se desempe como Jefe del rea de Anlisis y Desarrollo de la Subgerencia de Cobranza y luego en el rea de Riesgo Crediticio de la Gerencia de Crdito, todas adscritas a la Gerencia Corporativa de Productos Financieros, estuvo a cargo de administrar las renegociaciones unilaterales y ejecutar los denominados procesos especiales desde junio 2009. Lo anterior, a partir de los correos que el Gerente Corporativo de Productos Financieros le enviaba, instruyendo la realizacin de las renegociaciones unilaterales. El imputado TAPIA VIDAL era el destinatario casi exclusivo de dichos correos, que contenan el ya mencionado archivo BASEMAYO, desarrollado por MORENO DE PABLO. Dicho archivo maestro inclua informacin sobre el valor de la cartera, propia y securitizada, segmentada por morosidad y condicin de renegociacin, replicando la informacin base utilizada para la determinacin de las provisiones.

(58)Los procesos automticos de renegociacin unilateral, que se realizaban al interior de la compaa, se materializaban con el envo, por parte del imputado TAPIA VIDAL al rea de Informtica, de un archivo que contena el listado de RUT de las personas que deban ser renegociadas de acuerdo a lo que previamente le haba sido instruido por MORENO DE PABLO. En dichos correos, TAPIA VIDAL no slo informaba los clientes que deban ser sujetos de renegociaciones, sino que tambin detallaba las condiciones de renegociacin que se deban aplicar a cada cliente, en cuanto a plazos, tasa de inters y aplicacin de algn tipo de desfase.

59) Para la confeccin de la mencionada lista, TAPIA VIDAL supeditaba el anlisis de los clientes susceptibles de ser renegociados unilateralmente al cumplimiento de las metas de recaudacin o provisin por tramo de mora informadas por MORENO DE PABLO en su archivo BASE MAYO. Asimismo, el imputado TAPIA VIDAL solicitaba en ocasiones a MORENO DE PABLO la autorizacin para modificar los parmetros o criterios inicialmente fijados por ste para la seleccin de los clientes que seran renegociados unilateralmente. Todo ello con la finalidad que el porcentaje de mora de la cartera fuera disminuyendo y se cumpliera con la meta de provisin que deba ser informada al mercado.

(60)Por lo anterior, TAPIA VIDAL cooper directamente en la realizacin al interior de la compaa de los procesos de renegociacin unilateral por los montos y nmeros de clientes que resultaban necesarios para disminuir la mora de la cartera, y cumplir con los porcentajes de provisin que eran fijados desde la Gerencia de Administracin, para que, falseados de esta manera, fueran posteriormente entregados a la SVS y al mercado como informacin verdadera.

CALIFICACIN JURDICA

(61)Los hechos descritos configuran el delito de ENTREGA DE INFORMACIN MALICIOSAMENTE FALSA AL MERCADO, previsto y sancionado en el artculo 59 letra a) de la Ley de Mercado de Valores, en grado de CONSUMADO y en carcter de REITERADO respecto de todos los imputados. En estos delitos corresponde a los imputados ALCALDE SAAVEDRA, FARAH SILVA, RAMREZ CARDOEN y GONZLEZ IAKL intervencin en calidad de autores del artculo 15 N. 1 del Cdigo Penal; a los imputados MORENO DE PABLO y FUENZALIDA MAY intervencin en calidad de autores del artculo 15 N. 3 del mismo cdigo, y a los imputados BAHAMONDES ARRIAGADA y TAPIA VIDAL intervencin en calidad de cmplices del artculo 16 del mismo cuerpo legal.

HECHO N. 2

(62)El artculo 60 letra e) de la Ley de Mercado de Valores sanciona penalmente a los directores, gerentes, administradores, ejecutivos principales del emisor y otras personas a que se refiere el artculo 166 de la misma ley, que efecten transacciones de valores de oferta pblica, para s o para terceros, ya sea directa o indirectamente, usando deliberadamente informacin privilegiada, concepto que es definido por la misma ley como cualquier informacin referida a uno o varios emisores de valores, a sus negocios o a uno o varios valores por ellos emitidos, no divulgada al mercado y cuyo conocimiento, por su naturaleza, sea capaz de influir en la cotizacin de los valores emitidos.

(63)Pues bien, en este contexto, los imputados JULIN MORENO DE PABLO, MARA ISABEL FARAH SILVA, NICOLS RAMREZ CARDOEN y PABLO FUENZALIDA MAY, Gerentes Corporativos del emisor Empresas la Polar S.A., efectuaron operaciones de venta de acciones de esta compaa tanto indirectamente a travs de la sociedad Inversiones Alpha S.A. de la que eran socios desde el mes de mayo del ao 2006, por medio de las sociedades de responsabilidad limitada que a continuacin se sealaran y de las que son sus socios mayoritarios, como directamente por intermedio de estas ltimas sociedades, usando deliberadamente informacin privilegiada.

(64) En efecto, teniendo los imputados MORENO DE PABLO, FARAH SILVA, RAMREZ CARDOEN y FUENZALIDA MAY, una participacin de un 12,787% cada uno en el capital social de Inversiones Alpha S.A., a travs de la sociedad Asesoras Ro Najerillas Limitada de la cual MORENO DE PABLO era representante legal y dueo en un 90%; de la sociedad Asesoras Universal Limitada, de la cual RAMREZ CARDOEN era representante legal y dueo en un 99%; de la sociedad Asesoras Horus Limitada, de la cual FARAH SILVA era representante legal y duea en un 95%, y de la sociedad Asesoras Administrativas, Financieras y de Sistemas Los Siete Limitada de la cual FUENZALIDA MAY era representante legal y dueo en un 80%, efectuaron las operaciones de venta de acciones de Empresas LA POLAR S.A. que a continuacin se detallan, en circunstancias que a la fecha de las mismas, aquellos ocupaban al interior de la sociedad emisora los cargos directivos y gerenciales ya sealados y posean a su respecto informacin privilegiada.

(65)As, entre los das 30 de junio y 7 de julio de 2010, los imputados FARAH SILVA, MORENO DE PABLO, RAMREZ CARDOEN y FUENZALIDA MAY, ostentando a esa fecha las respectivas calidades de Gerente de Administracin, Gerente de Productos Financieros, Gerente General y Gerente de Informtica y Logstica de la sociedad annima emisora LA POLAR S.A., efectuaron operaciones de venta de valores de dicha sociedad, a travs de la sociedad Inversiones Alpha S.A., en la cual aquellos participaban, como se dijo, por intermedio de sus respectivas sociedades Asesoras Horus Limitada, Asesoras Ro Najerillas Limitada, Asesoras Universal Limitada y Asesoras Administrativas, Financieras y de Sistemas Los Siete Limitada. Lo anterior, en circunstancias que a esa fecha se encontraban en perfecto conocimiento de que la informacin contable y financiera de LA POLAR S.A., que era entregada al mercado, no reflejaba la real situacin patrimonial de la sociedad, y que siendo dicha informacin capaz de influir en la cotizacin de los referidos valores, no haba sido sin embargo divulgada, siendo por tanto ignorada por la autoridad y por el mercado en general.

(66)Las operaciones de venta que efectuaron los mencionados imputados a travs de Inversiones Alpha S.A., acordando su realizacin y usando deliberadamente dicha informacin privilegiada, fueron las siguientes:

Fecha

Accionista

Operacin

N.Acciones

Precio Unitario

Monto

30/06/2010

Inversiones Alpha S.A.

Venta

90.901

2.975

$270.440.166

01/07/2010

Inversiones Alpha S.A.

Venta

1.171

2.970

$3.477.870

06/07/2010

Inversiones Alpha S.A.

Venta

231.016

2.956

$682.266.938

07/07/2010

Inversiones Alpha S.A.

Venta

51.032

2.955

$150.827.097

(67)Por otra parte, entre los das 20 de abril y 9 de julio de 2010, el imputado MORENO DE PABLO, quien a esa poca se desempeaba como Gerente de Productos Financieros de la sociedad annima emisora LA POLAR S.A., efectu las operaciones de venta de valores de dicha sociedad que a continuacin se detallan, por intermedio de su sociedad Asesoras Ro Najerillas Limitada, de la que era su socio mayoritario y representante legal. Lo anterior, en circunstancias que a esa fecha se encontraba en perfecto conocimiento de que la informacin contable y financiera de LA POLAR S.A., que era entregada al mercado, no reflejaba la real situacin patrimonial de la sociedad, y que siendo dicha informacin capaz de influir en la cotizacin de los referidos valores, no haba sido sin embargo divulgada, siendo por tanto ignorada por la autoridad y por el mercado en general.

(68)Las operaciones de venta que efectu el imputado a travs de la referida sociedad, instruyndolas y usando deliberadamente dicha informacin privilegiada, fueron las siguientes:

Fecha

Accionista

Operacin

N.Acciones

Precio Unitario

Monto

20/04/2010

Asesoras Ro Najerillas Ltda.

Venta

326.105

2.752

$897.326.823

21/04/2010

Asesoras Ro Najerillas Ltda.

Venta

73.895

2.757

$203.742.555

08/07/2010

Asesoras Ro Najerillas Ltda.

Venta

137.774

3.010

$414.699.740

09/07/2010

Asesoras Ro Najerillas Ltda.

Venta

102.224

3.011

$307.746.374

(69)Por su parte, los das 13 de octubre de 2008, 21 y 22 de enero de 2010, la imputada FARAH SILVA, quien a esa poca se desempeaba como Gerente de Administracin de la sociedad annima emisora LA POLAR S.A., efectu las operaciones de venta de valores de dicha sociedad que a continuacin se detallan, por intermedio de su sociedad Asesoras Horus Limitada, de la que era su socia mayoritaria y representante legal. Lo anterior, en circunstancias que a esa fecha se encontraba en perfecto conocimiento de que la informacin contable y financiera de LA POLAR S.A., que era entregada al mercado, no reflejaba la real situacin patrimonial de la sociedad, y que siendo dicha informacin capaz de influir en la cotizacin de los referidos valores, no haba sido sin embargo divulgada, siendo por tanto ignorada por la autoridad y por el mercado en general.

(70)Las operaciones de venta que efectu la imputada a travs de la referida sociedad, instruyndolas y usando deliberadamente dicha informacin privilegiada, fueron las siguientes:

Fecha

Accionista

Operacin

N. Acciones

Precio Unitario

Monto

13/10/2008

Asesoras Horus Limitada

Venta

233.211

1.039

$242.309.080

21/01/2010

Asesoras Horus Limitada

Venta

183.575

3.034

$557.069.036

22/01/2010

Asesoras Horus Limitada

Venta

321.499

3.010

$967.971.523

(71)A su turno, el imputado RAMREZ CARDOEN, quien desde el ao 2001 se desempeaba como Gerente Comercial de la sociedad annima emisora LA POLAR S.A. y, a partir del mes de noviembre de 2009, como su Gerente General, efectu el da 18 de enero de 2010 la operacin de venta de valores de dicha sociedad que a continuacin se detalla, por intermedio de su sociedad Asesoras Universal Limitada de la que era su socio mayoritario y representante legal. Lo anterior, en circunstancias que a esa fecha se encontraba en perfecto conocimiento de que la informacin contable y financiera de LA POLAR S.A., que era entregada al mercado, no reflejaba la real situacin patrimonial de la sociedad, y que siendo dicha informacin capaz de influir en la cotizacin de los referidos valores, no haba sido sin embargo divulgada, siendo por tanto ignorada por la autoridad y por el mercado en general.

(72)El detalle de la operacin de venta que efectu el imputado a travs de la referida sociedad, instruyndola y usando deliberadamente dicha informacin privilegiada, es el siguiente:

Fecha

Accionista

Operacin

N.Acciones

Precio Unitario

Monto

18/01/2010

Asesoras Universal Limitada

Venta

223.837

3.070

$687.197.952

(73)Finalmente, el da 25 de junio del ao 2010, el imputado FUENZALIDA MAY, quien a esa poca se desempeaba como Gerente Corporativo de Informtica y Logstica de la sociedad emisora Empresas La Polar S.A., efectu la operacin de venta de valores de dicha sociedad que a continuacin se detalla, por intermedio de su sociedad Asesoras Administrativas, Financieras y de Sistemas Los Siete Limitada, de la que era su socio mayoritario y representante legal. Lo anterior, en circunstancias que a esa fecha se encontraba en perfecto conocimiento que la informacin contable y financiera de LA POLAR S.A., que era entregada al mercado, no reflejaba la real situacin patrimonial de la sociedad, y que siendo dicha informacin capaz de influir en la cotizacin de los referidos valores, no haba sido sin embargo divulgada, siendo por tanto ignorada por la autoridad y por el mercado en general.

(74)El detalle de la operacin de venta que efectu el imputado a travs de la referida sociedad, instruyndola y usando deliberadamente dicha informacin privilegiada, es el siguiente:

Fecha

Accionista

Operacin

N.Acciones

Precio Unitario

Monto

25/06/2010

Asesoras Administrativas, Financieras y de Sistemas Los Siete Limitada

Venta

98.000

3.000

$294.007.355

CALIFICACIN JURDICA:

(75)Los hechos descritos configuran el delito de USO DE INFORMACIN PRIVILEGIADA, previsto y sancionado en el artculo 60 letra e) de la Ley de Mercado de Valores, en grado de CONSUMADO y en carcter de REITERADO, correspondindole a los imputados MORENO DE PABLO, FARAH SILVA, RAMREZ CARDOEN y FUENZALIDA MAY en cada uno de ellos intervencin en calidad de autores del artculo 15 N. 1 del Cdigo Penal.

HECHO N. 3

(76)Los imputados PABLO ALCALDE SAAVEDRA, MARA ISABEL FARAH y JULIN MORENO DE PABLO, a sabiendas que determinados bienes provenan directa o indirectamente del desarrollo de una serie de hechos tpicos y antijurdicos, mencionados en el artculo 27 de la Ley N.19.913, ocultaron o disimularon su origen ilcito, o los bienes en s mismos que provenan de dichos delitos.

(77)Los delitos base de lavado de dinero, de cuya perpetracin provinieron los bienes referidos en el prrafo anterior, fueron el de entrega de informacin falsa al mercado (artculo 59 letra a] de la Ley N.18.045) y el de uso de informacin privilegiada (artculo 60 letra e] de la Ley N.18.045), respecto de los imputados FARAH SILVA y MORENO DE PABLO, y el de entrega de informacin falsa al mercado (artculos 59 letra a] de la Ley N. 18.045) respecto del imputado ALCALDE SAAVEDRA. Dichos delitos bases fueron cometidos desde el ao 2006 hasta comienzos del ao 2011.

(78)La entrega de informacin falsa al mercado permiti a los imputados engaar a las instancias de control y al mercado en general, hacindoles creer que la empresa estaba obteniendo exitosos resultados en sus operaciones comerciales. En base a la informacin falsa entregada al mercado, la compaa pag elevadas remuneraciones y bonos que eran incentivos anuales, vinculados al buen desempeo de los ejecutivos, quienes tenan pleno conocimiento del estado real de la empresa. Es as como al imputado ALCALDE SAAVEDRA se le pag en la cuenta corriente N. 504000860100015446 del Banco BBVA, la suma de $637.134.176 por concepto de remuneraciones y la suma de $375.901.169 por concepto de bonos. Del mismo modo, al imputado MORENO DE PABLO se le pag por concepto de remuneraciones la suma de $411.741.435 y la suma de $165.854.635 por concepto de bonos. El pago de dichas remuneraciones y bonos al imputado MORENO DE PABLO se efectu hasta el mes de junio de 2009 en la Cuenta Corriente N.5851009603 del Banco de Chile y a partir de julio de 2009 el pago se realiz en la cuenta corriente N.58217967 del Banco BCI. Igualmente, a la imputada FARAH SILVA se le pag en la cuenta corriente N.12779466 del Banco BCI, la suma de $401.885.635 por concepto remuneraciones y la suma de $120.036.898 por concepto de bonos.

(79)Por otra parte, el delito de uso de informacin privilegiada tambin gener bienes de origen ilcito, respecto de los imputados MORENO DE PABLO y FARAH SILVA, producto de la venta de acciones de Empresas La Polar realizadas por ellos a travs de Inversiones Alpha S.A., sociedad en la que Asesoras Ro Najerillas, de propiedad de MORENO DE PABLO, detenta un 12,787% de participacin e Inversiones y Asesoras Horus, de propiedad de FARAH SILVA, detenta un 12,787 % de participacin. Es as como las operaciones de venta que fueron realizadas por ellos a travs de Inversiones Alpha S.A., en las cuales se us deliberadamente informacin privilegiada, permiti obtener a Inversiones Alpha S.A. un total de $1.107.012.071. Asimismo, las operaciones de venta que fueron realizadas directamente por el imputado MORENO DE PABLO, a travs de Asesoras Ro Najerillas, y por la imputada FARAH SILVA, a travs de Horus, usando deliberadamente informacin privilegiada, les permiti obtener $1.823.515.492 y $1.767.349.639, respectivamente.

(80)Con los bienes provenientes del delito de entrega de informacin falsa al mercado, referidos en el prrafo (78) anterior, el imputado ALCALDE SAAVEDRA realiz diversas operaciones financieras y jurdicas, que en su conjunto tenan por objeto ocultar y disimular el origen ilcito de los bienes obtenidos o los bienes en s mismos. En concreto, el dinero de origen ilcito fue introducido al sistema econmico formal a travs de una serie de operaciones realizadas en sus cuentas bancarias y las de sus sociedades. Posteriormente, mediante la suscripcin de reconocimientos de deuda entre las sociedades de ALCALDE SAAVEDRA y l mismo, como tambin mediante la disolucin y liquidacin de la sociedad conyugal entre l y su mujer, Mara Ins Lagos, y la posterior adjudicacin de los bienes, se desvincul a estos de su origen ilcito: en primer lugar, al pasar desde Asesoras Galicia Limitada a Inmobiliaria Las Pilastras S.A., luego, al ser adjudicado a su mujer y, finalmente, al pasar a formar parte del capital de Agrcola Haya Roja Limitada.

(81)Es as como el 25 de enero de 2011 se disolvi la sociedad conyugal de ALCALDE SAAVEDRA, la cual haba mantenido desde 22 de marzo de 1977, fecha en la que contrajo matrimonio bajo este rgimen, transformndose en una comunidad bajo el rgimen de separacin de bienes. Posteriormente, el da 27 de junio de 2011, luego de conocida pblicamente la situacin de Empresas La Polar S.A., se liquid la sociedad conyugal,adjudicndose su cnyuge una serie de derechos sociales y bienes vinculados a los dineros de origen ilcito, a saber: las cuentas por cobrar en contra de Inmobiliaria Las Pilastras S.A. y los derechos sociales en Agrcola Haya Roja Limitada.

En la liquidacin de sociedad conyugal protocolizada ante notario como Liquidacin parcial de comunidad Pablo Alcalde Saavedra Mara Ins Lagos Salas, de fecha 30 de junio 2011, se incluy en la clusula TRES.DOS Pasivos que la comunidad reconoca el siguiente pasivo: Cuenta por pagar a la sociedad Asesoras Galicia Limitada, Rut 77.439.370-6, valorizada a esta fecha en $3.622.497.519 (tres mil seiscientos veintids millones cuatrocientos noventa y siete mil quinientos diecinueve pesos), en base al balance al 30 de abril del 2011 determinado en base a contabilidad efectiva de la sociedad. Este pasivo de la sociedad conyugal no exista en el borrador de liquidacin de la misma del 20 de mayo del 2011 realizado en base a la informacin entregada por el propio imputado ALCALDE SAAVEDRA y su contador.

(82)En este contexto, se debe tener presente que la cuenta por cobrar en contra de Inmobiliaria Las Pilastras S.A. por $1.382.837.335 se gener en virtud de un reconocimiento de deuda efectuado el 1 de febrero de 2011 en la notara de Ral Undurraga Laso, en que Asesoras Galicia Limitada, representada por ALCALDE SAAVEDRA, y en la que ste detenta el 99,9% de participacin, reconoci adeudar a Inmobiliaria Las Pilastras S.A. la suma total de $1.382.837.335, fijando como plazo para el pago de la deuda un perodo de cinco aos contados a partir de esa fecha. Ese mismo da, en la misma notara, Inmobiliaria Las Pilastras S.A., representada por ALCALDE SAAVEDRA, y en la que ste detenta un porcentaje menor de participacin, reconoci adeudar a ALCALDE SAAVEDRA la suma total de $1.382.837.335, fijando como plazo para el pago de la deuda un perodo de cinco aos contados a partir de esa fecha. Finalmente, ese mismo da, Inmobiliaria Las Pilastras S.A. y ALCALDE SAAVEDRA celebraron un contrato de prenda a favor de este ltimo, la que se constituy sobre el monto adeudado por Asesoras Galicia Limitada a Inmobiliaria Las Pilastras S.A., equivalente a $1.382.837.335, para asegurar el fiel, ntegro y oportuno pago de la obligacin que Inmobiliaria Las Pilastras S.A. contrajo con ALCALDE SAAVEDRA, es decir, el pago de la deuda de $1.382.837.335.

(83)De la misma forma, el da 28 de marzo de 2011, en la notara de Ral Undurraga Laso, Inmobiliaria Las Pilastras S.A. y ALCALDE SAAVEDRA celebraron un contrato de prenda a favor de este ltimo, que se constituy sobre el monto adeudado por Asesoras Galicia Limitada a Inmobiliaria Las Pilastras S.A., equivalente a $1.014.653.069, para asegurar el fiel, ntegro y oportuno pago de la obligacin que Inmobiliaria Las Pilastras S.A contrajo con ALCALDE SAAVEDRA, segn da cuenta la clusula tercera del contrato de compraventa celebrado entre Inmobiliaria Las Pilastras S.A. y ALCALDE SAAVEDRA el da 31 de enero de 2011, es decir, el pago de $1.014.653.069.

(84)Finalmente, el da 28 de marzo de 2011, en la notara de Ral Undurraga Laso, Inmobiliaria Las Pilastras S.A. y ALCALDE SAAVEDRA celebraron un contrato de prenda a favor de este ltimo, que se constituy sobre el monto adeudado por Asesoras Galicia Limitada a Inmobiliaria Las Pilastras S.A., equivalente a $2.023.817.206, para asegurar el fiel, ntegro y oportuno pago de la obligacin que Inmobiliaria Las Pilastras S.A. contrajo con ALCALDE SAAVEDRA, segn da cuenta la clusula tercera del contrato de compraventa celebrado entre Inmobiliaria Las Pilastras S.A. y ALCALDE SAAVEDRA el da 31 de enero de 2011, es decir, el pago de $2.023.817.206.

(85)Por otra parte, la cuenta por cobrar en contra de Inmobiliaria Las Pilastras S.A. por $1.133.799.998 se gener en virtud del reconocimiento de deuda de fecha 25 de abril de 2011, pactado en la notara de Ral Undurraga Laso, en que Inmobiliaria Las Pilastras S.A., representada por ALCALDE SAAVEDRA, y en la que ste detentaba un 0,1% de participacin, reconoci adeudar al mismo ALCALDE SAAVEDRA la suma total de $1.133.799.998. El mismo da 25 de abril de 2011, en la notara de don Ral Undurraga Laso, Inmobiliaria Las Pilastras S.A. y ALCALDE SAAVEDRA celebraron un contrato de prenda a favor de este ltimo, que se constituy sobre el monto adeudado por Inversiones Trinidad a Inmobiliaria Las Pilastras S.A., equivalente a $1.133.799.998, segn da cuenta el reconocimiento de deuda de inversiones Trinidad a Inmobiliaria Las Pilastras S.A., suscrito con la misma fecha, para asegurar el fiel, ntegro y oportuno pago de la obligacin que Inmobiliarias Las Pilastras S.A. contrajo con ALCALDE SAAVEDRA, segn da cuenta el reconocimiento de deuda por $1.133.799.998 suscrito ese mismo da. Cabe sealar que Inversiones Trinidad es una sociedad constituida el 5 de enero de 2011, en que son socios ALCALDE SAAVEDRA con un 99,9% de participacin y su hermano Jos Fernando Alcalde Saavedra, con un 0,01% de participacin, con un capital de $2.000.000.000.

(86)Por ltimo, respecto a la adjudicacin de los derechos sociales en Agrcola Haya Roja Limitada, cuyos socios son Mara Ins Lagos y Asesoras Andacollo (sociedad donde ALCALDE SAAVEDRA tiene un 50% de participacin), cabe destacar que el capital inicial de Agrcola Haya Roja Limitada, constituida el ao 2005, era de un milln de pesos aportado de la siguiente forma: Asesoras Andacollo aport $10.000 y los pag en efectivo, en tanto Mara Ins Lagos aport $990.000, tambin en efectivo. Con fecha 4 de julio de 2011 se modific el capital social en $3.531.290.402, aportado ntegra y exclusivamente por Mara Ins Lagos. Tal monto correspondi a las cuentas por cobrar que mantena contra Inmobiliaria Las Pilastras S.A., y que se adjudic en la liquidacin de la sociedad conyugal.

(87)Por otro lado, el imputado realiz las siguientes operaciones a travs de sus cuentas bancarias, con bienes de origen ilcito: el da 29 de junio de 2011 gir un cheque desde su cuenta corriente N.504000860100015446 por $40.000.000, cuyo beneficiario fue su hija, Catalina Alcalde Lagos, y el da 4 de julio de 2011 se abonaron $600.000.000 en la cuenta corriente N.504000860100015446 del Banco BBVA de ALCALDE SAAVEDRA, mediante transferencia electrnica, efectuada por Larran Vial Corredora de Bolsa. Ese mismo da, ALCALDE SAAVEDRA gir un cheque por $350.000.000, cuyo beneficiario fue su cnyuge, Mara Ins Lagos.

(88)Por su parte, el imputado JULIN MORENO DE PABLO, realiz diversas operaciones financieras y jurdicas, que en su conjunto tuvieron por objeto ocultar y disimular el origen ilcito de los bienes obtenidos de la perpetracin de los delitos de entrega de informacin falsa al mercado y uso de informacin privilegiada, o los bienes en s mismos. En concreto, el dinero de origen ilcito fue introducido al sistema econmico formal a travs de una serie de operaciones realizadas en las cuentas bancarias del imputado y sus sociedades. Asimismo, se utiliz la disolucin y liquidacin de la sociedad conyugal y la posterior adjudicacin de los bienes de origen ilcito a su mujer, como tambin la constitucin de varias nuevas sociedades en una misma fecha, con los mismos socios y con altos aportes de capital en dinero efectivo. Todas las operaciones anteriores desvincularon gran parte del patrimonio de su origen ilcito.

(89)Es as como con fecha 30 de Junio de 2011, despus del hecho esencial comunicado el 9 de junio del mismo ao a la SVS, y una vez conocida pblicamente la situacin de Empresas La Polar S.A., el imputado MORENO DE PABLO disolvi su sociedad conyugal, la cual haba mantenido desde el 16 de agosto de 1976, fecha en la que contrajo matrimonio bajo este rgimen, sustituyndola por separacin total de bienes. De esta forma, su cnyuge, Ana Tudela, se adjudic como consecuencia de esta disolucin de la sociedad conyugal el 50% del haber partible, equivalente a $604.471.502. Aquel estaba constituido por una serie de bienes que provenan directa o indirectamente de la actividad delictiva desarrollada por el imputado MORENO DE PABLO, entre ellos, el 50% de la sociedad Asesoras Ro Najerillas Limitada, cuyos derechos ascendan a $100.000.000. Asimismo, Ana Tudela se adjudic el departamento A 122 de calle Coraceros N. 50, bodega N. 160 y estacionamiento N. 189, ubicados en la comuna de Via del Mar y que fueron adquiridos por el imputado y su cnyuge en el ao 2008, por un monto de $176.976.457. De ese monto, $44.224.274 se pagaron al contado y en efectivo, de los cuales $36.955.485 provenan de la cuenta corriente N. 8510092603 del Banco de Chile, perteneciente a MORENO DE PABLO, cuenta en la que eran depositados los bonos y remuneraciones por parte de Empresas La Polar S.A. El saldo restante fue pagado a travs de un crdito hipotecario del Banco BBVA.

(90)Por otro lado, el imputado MORENO DE PABLO constituy con fecha 30 de junio de 2011 tres nuevas sociedades, en las cuales aport el dinero generado en la comisin de los delitos de entrega de informacin falsa al mercado y uso de informacin privilegiada, a saber: a) sociedad Inmobiliaria MT Limitada, en la cual son socios su cnyuge Ana Tudela, en representacin de Asesoras Ro Najerillas Limitada, y sus hijos Ana Moreno Tudela, Mara Josefina Moreno Tudela, Julin Moreno Tudela y Mara Antonia Moreno Tudela; el capital social social ascendi a $300.000.000, habiendo sido aportados $288.000.000 por la empresa Asesoras Ro Najerillas Limitada; b) sociedad Inversiones MT Limitada, en la cual son socios su cnyuge Ana Tudela, en representacin Asesoras Ro Najerillas Limitada, y sus hijos Ana Moreno Tudela, Mara Josefina Moreno Tudela, Julin Moreno Tudela y Mara Antonia Moreno Tudela; el capital social ascendi a $1.050.000.000, habiendo sido aportados $1.008.000.000 por la empresa Asesoras Ro Najerillas Limitada, y c) sociedad Asesoras y Servicios MT Limitada, en la cual son socios su cnyuge Ana Tudela, en representacin de Asesoras Ro Najerillas Limitada, y sus hijos Ana Moreno Tudela, Mara Josefina Moreno Tudela, Julin Moreno Tudela y Mara Antonia Moreno Tudela; el capital social ascendi a $150.000.000, habiendo sido aportados $144.000.000 por Asesoras Ro Najerillas Limitada.

(91)Finalmente, en el mes de junio de 2011, BCI Corredores de Bolsa S.A. y Larran Vial S.A. abonaron a la cuenta corriente de Asesoras Ro Najerillas Limitada las sumas de $70.000.000 y de $180.000.000, respectivamente. Fue a travs de estas corredoras que se efectu la venta de acciones haciendo uso de informacin privilegiada. Tras recibir dichos abonos, los principales cargos en la cuenta corriente de Asesoras Ro Najerillas Limitada correspondieron, por una parte, a dos cheques girados a Mara Josefina Moreno Tudela, hija del imputado MORENO DE PABLO, por $158.000.000, los que fueron depositados en el Banco de Chile y, por otra parte, a transferencias efectuadas hacia la cuenta corriente del Banco BCI del propio MORENO DE PABLO por $228.000.000. Por su parte, adems de los abonos recibidos desde Asesoras Ro Najerillas, la cuenta corriente del Banco BCI de MORENO DE PABLO recibi abonos desde la cuenta corriente del Banco de Chile, de su hija Mara Josefina Moreno Tudela. Finalmente, los cargos de la cuenta corriente del BCI de MORENO DE PABLO correspondieron principalmente a transferencias enviadas a s mismo a sus cuentas corrientes del Banco de Chile y BBVA y a su cnyuge Ana Tudela a su cuenta de BCI-TBanc.

(92)Por su parte, la imputada MARA ISABEL FARAH SILVA realiz diversas operaciones financieras y jurdicas, que en su conjunto tuvieron por objeto ocultar y disimular el origen ilcito de los bienes obtenidos de la perpetracin de los delitos de entrega de informacin falsa al mercado y uso de informacin privilegiada, o los bienes en s mismos. En concreto, el dinero de origen ilcito fue introducido al sistema econmico formal a travs de una serie de operaciones realizadas en sus cuentas bancarias, las de sus sociedades y la de su hija. Posteriormente, a travs del uso de testaferros y mediante la constitucin de usufructos sobre bienes adquiridos con dinero de origen ilcito, la imputada FARAH SILVA desvincul gran parte del patrimonio de su origen ilcito. Es as como, con fecha 4 de octubre de 2007, conforme a escritura de compraventa de la notara de Sergio Jara Cataln, inscrita a fojas 61.601 N.98.073 del CBR de Santiago, la imputada adquiri un inmueble ubicado en Mardoal N. 8.249, comuna de Las Condes. Este inmueble fue adquirido por la imputada por un total de UF 4.643,1339, pagando al contado y en efectivo la cantidad de $88.768.813, con dinero proveniente de su cuenta corriente N. 12779466 del BCI, cuenta en la que recibi el pago de bonos y remuneraciones de origen ilcito y donde adems recibi un abono mediante cheque, proveniente de la cuenta corriente de Asesoras Horus Limitada en BCI, sociedad constituida por la imputada para formar parte de Inversiones Alpha S.A.

(93)Con fecha 2 de junio de 2008, conforme a escritura de compraventa de la notara de Ren Benavente Cash, inscrita a fojas 35.172 N. 55.255 del CBR de Santiago, la imputada adquiri un inmueble ubicado en Mardoal N.8.295, comuna de Las Condes. Este inmueble fue adquirido por la imputada por un total de $74.224.874, pagando al contado y en efectivo la cantidad de $20.201.647, con dinero proveniente de su cuenta corriente N.10515780 del BCI, de Asesoras Horus Limitada. El saldo de $54.023.223 fue cubierto a travs de un mutuo hipotecario de Principal Crditos Hipotecarios.

(94)Con fecha 17 de abril de 2008, conforme a la escritura de compraventa de la notara pblica de Valparaso Luis Fischer Yavar, inscrita a fojas 3.972 N. 4.777 del CBR de Via del Mar, la imputada adquiri el inmueble ubicado en calle Coraceros N. 50 Depto. A152, bodega 174 y estacionamiento 188 y 237, comuna de Via del Mar. Este inmueble fue adquirido por la imputada por un total de $172.081.694, pagando al contado y en efectivo la cantidad de $43.020.423, con dinero proveniente de su cuenta corriente N.12779466 del BCI, en la que recibi el pago de bonos y remuneraciones de origen ilcito. El saldo restante de $129.061.271 fue cubierto a travs de un mutuo hipotecario del BCI, crdito que fue pagado con cargo a la misma cuenta corriente de la imputada.

(95)El mismo da 17 de abril de 2008, conforme a escritura de compraventa de la notara pblica de Valparaso Luis Fischer Yavar, repertorio 3951/2008, la imputada adquiri el inmueble ubicado en calle Coraceros N.50 Depto.A151, bodega y estacionamiento, comuna de Via del Mar, el que fue inscrito a nombre de su hija Katherine DAngelo Farah. El valor del departamento fue de $165.539.418, pagndose al contado y en efectivo la suma de UF$41.355.117 y el saldo restante a travs de un mutuo hipotecario del BCI por UF $124.184.301. El dinero para realizar el pago inicial provino de la cuenta corriente N.12779466 de BCI, de FARAH SILVA, en tanto que el crdito hipotecario fue otorgado a su hija Katherine DAngelo, siendo aval la imputada.

(96)Una vez comunicado a la SVS el hecho esencial del 9 de junio del 2011 y conocindose pblicamente la situacin de Empresas LA POLAR S.A., la imputada constituy usufructos sobre los bienes de origen ilcito. As, con fecha 28 de junio de 2011, en la notara de Sergio Jara Cataln, FARAH SILVA, constituy un usufructo respecto del departamento A 152, bodega y estacionamiento, ubicado en calle Coraceros N 50, comuna de Via del Mar, en favor de su hija Katherine DAngelo Farah, su sobrino Mauro Daniel Farah Misoni y Mara Raquel Alarcn Gutirrez, suegra de este ltimo. Como se seal, parte de este inmueble fue pagado con dinero de origen ilcito. El saldo fue cubierto por un mutuo hipotecario del BCI, crdito que fue pagado con cargo a la misma cuenta corriente de la imputada. Ese mismo da, en la notara de Sergio Jara Cataln, la imputada constituy un usufructo respecto del inmueble ubicado en Mardoal N.8.295, comuna de Las Condes, en favor de su sobrino Marcelo Rodrigo Vergara Farah y la pareja de ste, Carolina Silva Alarcn. Como se seal, parte de este inmueble fue pagado con dinero de origen ilcito. Por ltimo, ese mismo da en la misma notara, constituy un usufructo respecto del inmueble ubicado en Mardoal N.8.249, comuna Las Condes, en favor de su sobrino Marcelo Rodrigo Vergara Farah y la pareja de ste, Carolina Silva Alarcn. Como se seal, parte de este inmueble fue pagado con dinero de origen ilcito.

(97)Finalmente, entre los meses de junio y julio de 2011, BCI Corredores de Bolsa S.A. y Larran Vial S.A. abonaron a la cuenta corriente del Banco BCI de Asesoras Horus Limitada las sumas de $414.000.000 y de $466.000.000, respectivamente. Fue a travs de estas corredoras que se efectu la venta de acciones haciendo uso de informacin privilegiada. Tras recibir dichos abonos, los cargos de la cuenta corriente de Asesoras Horus Limitada correspondieron casi en su totalidad a cheques girados en los meses de junio y julio del ao 2011 a FARAH SILVA y a su hija Katherine DAngelo. En el mismo perodo de tiempo, la imputada recibi $490.000.000 en su cuenta corriente del Banco BCI en efectivo, pagados por su hija y documentos depositados por Asesoras Horus Limitada, en tanto Katherine DAngelo recibi $370.000.000 en efectivo en su cuenta corriente del Banco BCI. Otros $37.000.000 fueron cobrados por caja por la imputada.

(98)A su vez, los principales cargos de la cuenta corriente de FARAH SILVA, del Banco BCI, en la que se abon el dinero proveniente de Asesoras Horus Limitada, se realizaron en los meses de junio y julio del ao 2011, mediante cheques girados a su hija por $75.000.000, adems de tres vales vista por un total de $120.000.000 cuya beneficiaria fue la propia FARAH SILVA. Los principales cargos de la cuenta corriente de Katherine DAngelo, del Banco BCI, en la que se abon el dinero proveniente de Asesoras Horus Limitada, se realizaron en los meses de junio y julio de 2011, mediante 10 cheques girados a s misma, por un monto total de $334.000.000.

CALIFICACIN JURDICA:

(99)Los hechos descritos configuran el delito de LAVADO DE DINERO, previsto y sancionado en el artculo 27 a) y b) de la Ley N.19.913, en grado de CONSUMADO, correspondindole a los imputados PABLO ALCALDE SAAVEDRA, MARA ISABEL FARAH y JULIN MORENO DE PABLO la calidad de autores del artculo 15N. 1 del Cdigo Penal.

HECHO N. 4:

(100)De acuerdo con lo establecido en los artculos 103 y siguientes de la Ley de Mercado de Valores y en la Seccin IV de la Norma de Carcter General N. 30, dictada por la SVS y vigente a la poca de los hechos, los emisores de valores de oferta pblica, como Empresas La Polar S.A., pueden utilizar como alternativas de financiamiento la emisin de ttulos de deuda a largo o corto plazo, los que se denominan Bonos o Efectos de Comercio, segn cul sea el plazo que se pacte para el pago de la deuda. Estos ttulos pueden emitirse por un monto fijo o por medio de lneas con cargo a las cuales se efectan colocaciones.

(101)La normativa referida seala expresamente cules son los antecedentes que deben acompaarse a la SVS al momento de solicitar la inscripcin de una emisin de bonos o de efectos de comercio. Entre estos antecedentes se encuentran:

a) Una escritura pblica de contrato de emisin, que debe contener en general todas las caractersticas y modalidades de la emisin;

b) Un prospecto, que debe contener informacin sobre las Actividades y negocios de la sociedad, entre la que se encuentra la evolucin y tendencia esperada respecto de las actividades que desarrolla aquella y los factores de riesgo propios de su actividad, que a juicio de los administradores podran afectar a la sociedad, indicados de manera precisa y detallada. El prospecto debe incluir adems los Antecedentes Financieros del emisor, debiendo presentarse una descripcin y anlisis de la situacin financiera de la entidad, incorporando aquella informacin financiera que se considere relevante y el clculo de las razones financieras que reflejen la situacin de la sociedad, indicndose la forma en que se han computado, y por ltimo

c) Una declaracin jurada de veracidad respecto a toda la informacin proporcionada para fines de la inscripcin de la emisin de los valores, suscrita por el Gerente General o por quien haga sus veces y por, al menos, un Director.

(102)Adicionalmente, se establece la obligacin de realizar una actualizacin de la informacin contenida en el Prospecto durante los procesos de colocacin de estos bonos o efectos de comercio, acompaando adems una escritura pblica suscrita por el representante de la entidad, en la que se establezcan las caractersticas especficas de la colocacin, as como las mencionadas declaraciones de veracidad y responsabilidad.

(103)Pues bien, desde el ao 2007 la sociedad Empresas La Polar S.A. utiliz como instrumentos de financiamiento la emisin de diversas Lneas de Bonos y Efectos de Comercio. En dicho contexto, los imputados ALCALDE SAAVEDRA, GRAGE DAZ, RAMREZ CARDOEN y GONZLEZ IAKL, realizaron de forma coordinada, reiterada y sistemtica una serie de declaraciones maliciosamente falsas en relacin con la situacin contable y financiera de la compaa, que tanto para la inscripcin y emisin de dichos bonos y lneas, como para la colocacin de los mismos entre los inversionistas, debieron proporcionar a la SVS y tambin al mercado. De este modo, presentaron como verdadera informacin falsa, que se basaba en un aumento artificial de la cartera de cuentas o crditos por cobrar, generada por la transformacin que mediante las renegociaciones unilaterales se lograba de crditos morosos a crditos vigentes, as como en un incremento tambin artificial de los ingresos financieros y las utilidades de la empresa, derivado del reconocimiento de mayores intereses por mora, gastos de cobranza a clientes y admin