Sociedades mercantiles en colombia

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SOCIEDADES MERCANTILES EN COLOMBIA SANDRA PATRICIA CELIS Villavicencio Noviembre de 2012

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SOCIEDADES

MERCANTILES EN

COLOMBIASANDRA PATRICIA CELIS

Villavicencio Noviembre de 2012

Clasificaciones

Doctrinaria

Legal

DOCTRINARIA

Sociedades Cerradas o de Personas (intuito personae)

* Propiedad y Administración concretada

* Ejemplo: Sociedades Colectivas

Sociedades Abiertas o de Capitales

* Separación entre la propiedad y la admón.

* Ejemplo: Sociedad por acciones

SOCIEDADES COMERCIALES

EN EL C. DE CO

Colectiva

Limitada

Comandita Simple

Comandita por Acciones

Anónima

SAS

GLOSARIO

Partes de interés: alicuotas del capital social

Interés Social: relaciones entre los socios quepresuponen derechos y obligaciones de carácterpersonal.

Reserva legal: Con el objeto de que puedancompensar pérdidas o bien hacer frente aoscilaciones de su valores, la ley establece quelas sociedades deberán separar el 10% de susutilidades repartibles de cada ejercicio socialdespués de impuestos, que llegue a ser comomínimo un 50% del capital suscrito y pagado.. Art.350, 371, 452, 476 del CoCo.

SOCIEDAD COLECTIVA

Número de Socios Mínimo: 2 socios colectivos

Máximo: No tiene

Nombre Comercial

(Razón Social)

Nombre completo o el

apellido de alguno(s)

socios+ “y compañía”,

“hermanos”, “e hijos”, u

otras análogas, “sucesores”

Responsabilidad Ilimitada, solidaria y

subsidiaria

Capital Social Partes de interés de valor

igual o desigual.

SOCIEDAD COLECTIVA (artículos 294 - 232 CoCo)

Transferencia de aportes Cesión del interés social

(reforma), responsabilidad x 1

año después del registro

Administración Corresponde a todos y cada

uno de los socios que pueden

delegarla en un consocio o un

tercero

Reserva legal No

Revisoría fiscal Potestativa, Excepción si tienen

Activos Brutos =+5.000 s.m.l.

Ingresos Brutos =+ 3.000 s.m.l

SOCIEDAD LIMITADA(artículos 353 – 372 CoCo)

Número de Socios Mínimo: 2 Máximo: 25

Nombre Comercial Razón o denominación

social + “Ltda”,

“Limitada”

Responsabilidad En Principio Ltda. Con 2

excepciones: Tributario y

Laboral

Capital Social Cuotas, Pagado

íntegramente en la

Constitución

SOCIEDAD LIMITADA

Transferencia de aportes Cesión de Cuotas, por

Escritura Pública

Administración Corresponde a todos los

socios, pero pueden

delegar en Gerente

Reserva legal Obligatoria: 10%

Revisoría fiscal Potestativa, Excepción si

tienen Activos Brutos

=+5.000 s.m.l. Ingresos

Brutos =+ 3.000 s.m.l

SOCIEDAD COMANDITA SIMPLE

(artículos 323 – 342 del CoCo)

Número de Socios Mínimo: 2: Gestor y

Comanditario Máximo:

no tiene

Nombre Comercial

(Razón Social)

Nombre completo o el

apellido de uno o más

socios gestores + “& cía”+

“S en C”.

Responsabilidad Gestores: Ilimitada y

solidaria

Comanditarios:Limitada

Capital Social Cuotas= que las Soc. ltdas

SOCIEDAD COMANDITA

SIMPLETransferencia de aportes Comanditarios: cesión

cuotas (Ltda)

Gestores: Cesión Interés

social, reforma

Administración Corresponde a los

gestores. Pueden delegar

en otros gestores o terceros

Reserva legal No.

Revisoría fiscal Potestativa, Excepción si tienen

Activos Brutos =+5.000 s.m.l.

Ingresos Brutos =+ 3.000 s.m.l

SOCIEDAD COMANDITA

ACCIONESNúmero de Socios Mínimo: 1 Gestor y 5

Comanditario Máximo:

No tiene

Nombre Comercial

(Razón Social)

Nombre completo o

apellido de uno o más

gestores+ & Cia+ SCA

Responsabilidad Gestores: Ilimitada y

solidaria

Comanditarios: limitada

Capital Social Acciones. Capital

autorizado, Suscrito y

Pagado

SOCIEDAD COMANDITA

ACCIONES(artículos 343 – 352 del CoCo)Transferencia de aportes Gestores: Cesión del Interés

Comanditarios: enajenación de

acciones igual que las S.A

Administración A cargo de los gestores que

pueden delegarla en otro gestor o

un tercero

Reserva legal Obligatoria

Revisoría fiscal Obligatoria

SOCIEDAD ANONIMA(artículos 373 – 459 CoCo)

Número de Socios Mínimo: 5 Máximo: no

tiene

Nombre Comercial Denominación social +

“S.A” “Sociedad

Anónima”

Responsabilidad Limitada a sus aportes

Capital Social Acciones.Divide:

Autorizado, Suscrito y

Pagado

* Decreto 1154/1984

Certificación

SOCIEDAD ANONIMA

Decreto 1154/1984 : Por el cual se reglamenta el artículo 376º del Código de Comercio

Decreta:

ART. 1º - Para los efectos del artículo 376 del Código deComercio, las sociedades por acciones deberán inscribir enel Registro Mercantil los aumentos del capital suscrito, dentrodel mes siguiente al vencimiento de la oferta para suscribir.Así mismo, deberá registrarse el monto del capitalpagado, dentro del mes siguiente al vencimiento del plazopara el pago de las acciones suscritas o al término de laoferta de suscripción, según se trate.

Para tal fin se inscribirá en la Cámara de Comercio conjurisdicción en el lugar del domicilio principal de lasociedad, una certificación suscrita por el Revisor Fiscal.

SOCIEDAD ANONIMA

Transferencia de aportes Libremente Negociables.

Endoso, entrega del Titulo

y Registro en el Libro de

Accionistas

Administración Administradores

revocables: Junta directiva

y representante legal

Reserva legal Obligatoria

Revisoría fiscal Obligatoria

SOCIEDAD SAS (ley 1258 de 2008)

Número de Socios Mínimo: 1 Máximo: no

tiene

Nombre Comercial Denominación social +

“S.A.S” “Sociedad por

Acciones Simplificada”

Responsabilidad Limitada a sus aportes

Capital Social Acciones. Divide:

Autorizado, Suscrito y

Pagado

SOCIEDAD SASTransferencia de aportes Libremente Negociables.

Endoso, entrega del Titulo

y Registro en el Libro de

Accionistas. No en bolsa

Administración Administradores

representante legal, No

requiere Junta directiva

Reserva legal No es Obligatoria

Revisoría fiscal Potestativa, Excepción si

tienen Activos Brutos

=+5.000 s.m.l. Ingresos

Brutos =+ 3.000 s.m.l

SOCIEDAD DE HECHO(artículos 498 – 506 del CoCo)

Número de Socios Mínimo: dos Máximo:

indefinido

Nombre Comercial No se constituyen por

escritura pública.

Responsabilidad Responden solidaria e

ilimitadamente.

Capital Social Formado por aportes de

capital, trabajo, arte, oficio

o profesión.

SOCIEDADES EXTRANJERAS(artículos 469 – 497 del CoCo)

Concepto Son extranjeras las sociedades constituidas

conforme a la ley de otro país y con

domicilio principal en el exterior

Administración Deben establecer sucursales con domicilio

en el territorio Nnal para emprender

negocios en Colombia.

Funcionamiento Protocolizar en notaria del lugar elegido

para su domicilio copias auténticas del

documento de constitución, estatutos y

obtener de Supersociedades o Superbancaria

permiso de para funcionar en el país.

SOCIEDADES EXTRANJERAS(artículos 469 – 497 del CoCo)

Revisor fiscal Debe ser una persona natural con residencia

permanente en

Administración Deben designar un mandatario general con

uno o más suplentes que represente a la

sociedad judicial y extrajudicialmente y si

el objeto fuere explotar, dirigir o administrar

un servicio público el mandatario debe ser

ciudadano Colombiano.

Actividades

permanentes

Abrir establecimientos de co u oficinas

Intervenir como contratista en la ejecución

de obras o prestacion de servicios.

Dedicarse a la industria extractiva en

cualquiera de sus ramas o servicios art.474.