Sociedades mercantiles

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Sociedades mercantiles La sociedad mercantil se puede definir de la siguiente manera: “es sociedad mercantil la que existe bajo una denominación o razón social, mediante el acuerdo de voluntades de un grupo de personas llamadas socios, que unen sus esfuerzos y capitales para la realización de un fin común de carácter económico con propósito de lucro”. Son dos o más personas que crean relaciones de obligación y patrimoniales mediante un trato unitario para la consecuencia de un fin común. Las sociedades mercantiles pueden constituirse bajo el régimen de capital fijo o de capital variable, por lo tanto, no debe pensarse que la sociedad de capital variable es una sociedad mas que hayamos omitido, si no que, cualquiera puede adoptar esta modalidad. La constitución de las sociedades mercantiles deberá hacerse ante un notario público, mediante escritura social que inscribirá en el registro público de comercio. Las sociedades mercantiles se rigen por la ley general de sociedades mercantiles y la sociedad cooperativa por la ley general de sociedades cooperativas, la constitución de unas y otras, deberá constar en escritura social ante notario público. Enseguida se citan algunos de los principales datos que deberá contener una escritura constitutiva de una sociedad mercantil. · Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que integran la sociedad. · El objeto o giro de la sociedad. · Su razón o denominación social. · Su duración. · El importe del capital social. · La cantidad que cada socio aporta como capital, especificando el importe en efectivo y en especie. · El nombramiento de los administradores, sus facultades y la designación de los que deberán hacer uso de la firma social. · Domicilio de la sociedad · La forma en que se repartirá las utilidades entre los socios así como las pérdidas · Los casos en que la sociedad deberá disolverse anticipadamente y la forma en que deberá efectuarse la liquidación.

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Sociedades mercantiles

La sociedad mercantil se puede definir de la siguiente manera: “es sociedad mercantil la que existe bajo una denominación o razón social, mediante el acuerdo de voluntades de un grupo de personas llamadas socios, que unen sus esfuerzos y capitales para la realización de un fin común de carácter económico con propósito de lucro”. Son dos o más personas que crean relaciones de obligación y patrimoniales mediante un trato unitario para la consecuencia de un fin común. Las sociedades mercantiles pueden constituirse bajo el régimen de capital fijo o de capital variable, por lo tanto, no debe pensarse que la sociedad de capital variable es una sociedad mas que hayamos omitido, si no que, cualquiera puede adoptar esta modalidad. La constitución de las sociedades mercantiles deberá hacerse ante un notario público, mediante escritura social que inscribirá en el registro público de comercio. Las sociedades mercantiles se rigen por la ley general de sociedades mercantiles y la sociedad cooperativa por la ley general de sociedades cooperativas, la constitución de unas y otras, deberá constar en escritura social ante notario público. Enseguida se citan algunos de los principales datos que deberá contener una escritura constitutiva de una sociedad mercantil. · Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que integran la sociedad. · El objeto o giro de la sociedad. · Su razón o denominación social. · Su duración. · El importe del capital social. · La cantidad que cada socio aporta como capital, especificando el importe en efectivo y en especie. · El nombramiento de los administradores, sus facultades y la designación de los que deberán hacer uso de la firma social. · Domicilio de la sociedad · La forma en que se repartirá las utilidades entre los socios así como las pérdidas · Los casos en que la sociedad deberá disolverse anticipadamente y la forma en que deberá efectuarse la liquidación.

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Características generales de las sociedades mercantiles Al momento de constituirse una sociedad a la vida jurídica una nueva persona ésta es un sujeto jurídico

que tiene capacidad de goce y capacidad de ejercicio distinto de las personas que la conforman o que la integran y que crean un ente diverso el cual tiene características propias las cuales son las siguientes:

I. La capacidad jurídica: Es la aptitud de ser titular de derechos y obligaciones pero en materia mercantil la capacidad esta limitada o condicionada por el fin de la sociedad, esto significa que solo puede tener derechos y obligaciones que estén contenidas dentro de su objeto social.

II. Patrimonio (propio): El patrimonio de una sociedad es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones de los que es titular una sociedad mercantil y se clasifica en los siguientes grupos:

· Patrimonio Activo: Que se refiere a los bienes y derechos de una sociedad y que puede ser aportado al momento de la constitución de la sociedad mercantil, en un aumento de capital, en un aumento del haber social o con las ganancias obtenidas por la sociedad. · Patrimonio Pasivo: El patrimonio pasivo de una sociedad esta constituido por las obligaciones de la misma y estas se pueden adquirir desde el momento de la creación de la sociedad mercantil y consisten en deudas y obligaciones de dar o de hacer.

III. Nombre: En derecho mercantil se le llama también denominación o razón social y se define como el conjunto de caracteres que identifican a una individualidad, distinguiéndola de los demás.

IV. Domicilio: Es el lugar donde se harían la principal sede de negocios de una sociedad mercantil. En materia de sociedades mercantiles el domicilio por práctica común se determina en una ciudad, sin especificar número, calle o colonia.

Una persona moral o sociedad mercantil puede tener uno o demás domicilios siempre y cuando esto quede plasmado en el acta constitutiva, poder señalar un domicilio principal y varios accesorios, al domicilio principal se le conoce como domicilio matriz y a los accesorios como sucursales, para efectos legales puede utilizar uno u otro indistintamente.

V.Nacionalidad: La nacionalidad de las sociedades mercantiles será mexicana cuando las mismas se conformen de acuerdo a las leyes de nuestro país, y que establezcan su domicilio en el mismo en caso contrario se consideran extranjeras.

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Tipos de sociedades mercantiles

Sociedades Mercantiles Personalistas:

"Aquellas en las cuales, de los cuatro elementos de la sociedad (personal, patrimonial, objeto social y forma externa) el principal lo constituye el personal, es decir, los terceros que contratan con la sociedad, les interesa la personalidad, honradez, prestigio, etc., de los socios, tal es el caso por ejemplo de las Sociedad en Nombre Colectivo".

Sociedades Mercantiles Capitalistas:

"Aquellas en las cuales el principal elemento de la sociedad es el patrimonial, es decir, los terceros que contratan con la sociedad, pondrán especial interés en el monto del capital por ejemplo, en el caso de la Sociedad Anónima".

Sociedades Mercantiles Mixtas:

"Aquellas en las cuales tanto el elemento personal, como el elemento patrimonial estan en primer término, pasando a segundo término los demás elementos sociales, por ejemplo en el caso de la Sociedad en Comandita por Acciones".

Sociedades Mercantiles Regulares:

"Aquellas que en el acto de constitución se han hecho constar en escritura pública e inscritas en el Registro Público del Comercio; es decir, en el acto de constitución han cumplido con los requisitos que marca la ley".

Sociedades Mercantiles Irregulares:

"Aquellas que en el acto de constitución no se haya hecho constar en escritura pública y aquellas otras en que dicha escritura no haya sido inscrita en el Registro Público de Comercio, es decir, sociedades que se han creado y funcionan sin cumplir con todos los requisitos que marca la ley".

Sociedades Mercantiles de Responsabilidad Limitada:

"Aquellas en las cuales los socios responden de las obligaciones sociales hasta por el monto de sus aportaciones, tal es el caso por ejemplo de la Sociedad de Responsabilidad Limitada y la Sociedad Anónima.

Sociedades Mercantiles de Responsabilidad Ilimitada:

"Aquellas en las cuales los socios responden de las obligaciones sociales hasta con su patrimonio personal, por ejemplo la Sociedad en Nombre Colectivo".

Sociedades Mercantiles de Responsabilidad Mixta:

"Aquellas en las cuales uno o mas socios responden de las obligaciones sociales ilimitadamente y, otro u otros socios responden ilimitadamente, por ejemplo la Sociedad en Comandita Simple".

Sociedades Mercantiles de Capital Fijo:

"Aquellas en las cuales para aumentar o reducir el importe del capital social, es necesario, en términos generales, cumplir con los siguientes requisitos.

Celebrar Asamblea Extraordinaria;

Levantar Acta de Asamblea Extraordinaria correspondiente;

Protocolizar el Acta;

Inscribir el Acta en el Registro Público de Comercio.

Sociedades Mercantiles de Capital Variable:

"Aquellas que pueden aumentar y reducir el importe del capital social, sin cumplir con los requisitos anteriores, siempre y cuando el aumento no sobrepase al Capital Autorizado (límite superior), ni la reducción sea menor al Capital Mínimo Legal (límite inferior), pues de lo contrario deberán cumplir con los requisitos de las sociedades de Capital Fijo".

Sociedades Mercantiles Mexicanas:

"Aquellas que se constituyen:

De acuerda con la Ley General de Sociedades Mercantiles y

Establecen su domicilio social dentro de la República Mexicana".

Sociedades Mercantiles Extranjeras:

"Aquellas que no reunen los requisitos anteriores, es decir, sociedades constituidas en un determinado país, conforme a sus leyes con domicilio legal en el mismo, en relación con los demás paises".

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CLASIFICACIÓN DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES Las sociedades mercantiles pueden

clasificarse desde diversos puntos de vista, sin embargo, tomando como base el concepto enunciado en los párrafos anteriores, podemos clasificarlas como sigue:

Atendiendo a la doctrina jurídica Sociedades Personalistas. Sociedades Capitalistas. Sociedades Mixtas. Atendiendo a su forma de

constitución Sociedades Regulares o de

Derecho Sociedades Irregulares o de

Hecho Atendiendo a la responsabilidad

de los socios Sociedades de Responsabilidad Limitada. Sociedades de Responsabilidad Ilimitada

Sociedades de Responsabilidad Mixta. d) Atendiendo a la variabilidad

del capital socialSociedades de Capital Fijo

Sociedades de Capital Variable e) Atendiendo a su nacionalidad

Sociedades Mexicanas. Sociedades Extranjeras.

Atendiendo a la Ley General de Sociedades Mercantiles

Sociedad en Nombre Colectivo Sociedad en Comandita Simple.

Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad

Anónima Sociedad en Comandita por

Acciones Sociedad Cooperativa Atendiendo al nombre que se le

asigna a las sociedades Sociedades con Razón Social

Sociedad en Nombre Colectivo Sociedad en Comandita Simple Sociedades con Denominación

Social Determinadas por el objeto de la

sociedad Sociedades con Razón o

Denominación Social Sociedad de Responsabilidad

Limitada Sociedad en Comandita por

Acciones Atendiendo el nombre con el que

se designan las personas que integran una sociedad

Socios Sociedad en Nombre ColectivoSociedad en Comandita SimpleSociedad de Responsabilidad LimitadaAccionistas

Sociedad AnónimaSociedad en Comandita por AccionesCooperativistas Sociedad Cooperativa

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