Sociedad en venezuela

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Sociedad (del latín societas) es un concepto polisémico, que designa a un tipo particular de agrupación de individuos que se produce tanto entre los humanos (sociedad humana –o sociedades humanas, en plural–) como entre algunos animales (sociedades animales). En ambos casos, la relación que se establece entre los individuos supera la manera de transmisión genética e implica cierto grado de comunicación y cooperación, que en un nivel superior (cuando se produce la persistencia y transmisión generacional de conocimientos y comportamientos por el aprendizaje) puede calificarse como "cultura". 1 El término «ciudadano» es el nombre dado al hombre que por haber nacido o residir en una ciudad, es miembro de la comunidad organizada que le reconoce la cualidad para ser titular de los derechos y deberes propios de la ciudadanía, quedando obligado, como ciudadano, a hacer que se cumplan. La extranjería, la raza, la etnia o población, la religión, el sexo, la edad, el nacimiento, han delimitado el concepto de ciudadano, excluyendo del mismo a quienes por razón de cualesquiera de esas circunstancias y condiciones se les ha negado la cualidad y derecho de ciudadano. Los diversos movimientos sociales han luchado contra la discriminación, reivindicando la aplicación del principio de igualdad. Ciudadano es la persona que por su naturaleza pública y por su condición natural o civil de vecino, establece relaciones sociales de tipo privado y público como titular de derechos y obligaciones personalísimas e inalienables reconocidos, al resto de los ciudadanos, bajo el principio formal de igualdad. Se denomina territorio a un área (incluyendo tierras, aguas y espacio aéreo) siempre con la posesión de una persona, organización, institución, Estado o un país. 1

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Sociedad (del latn societas) es un concepto polismico, que designa a un tipo particular de agrupacin de individuos que se produce tanto entre los humanos (sociedad humana o sociedades humanas, en plural) como entre algunos animales (sociedades animales). En ambos casos, la relacin que se establece entre los individuos supera la manera de transmisin gentica e implica cierto grado de comunicacin y cooperacin, que en un nivel superior (cuando se produce la persistencia y transmisin generacional de conocimientos y comportamientos por el aprendizaje) puede calificarse como "cultura".1

El trmino ciudadano es el nombre dado al hombre que por haber nacido o residir en una ciudad, es miembro de la comunidad organizada que le reconoce la cualidad para ser titular de los derechos y deberes propios de la ciudadana, quedando obligado, como ciudadano, a hacer que se cumplan. La extranjera, la raza, la etnia o poblacin, la religin, el sexo, la edad, el nacimiento, han delimitado el concepto de ciudadano, excluyendo del mismo a quienes por razn de cualesquiera de esas circunstancias y condiciones se les ha negado la cualidad y derecho de ciudadano. Los diversos movimientos sociales han luchado contra la discriminacin, reivindicando la aplicacin del principio de igualdad.Ciudadano es la persona que por su naturaleza pblica y por su condicin natural o civil de vecino, establece relaciones sociales de tipo privado y pblico como titular de derechos y obligaciones personalsimas e inalienables reconocidos, al resto de los ciudadanos, bajo el principio formal de igualdad.Se denomina territorio a un rea (incluyendo tierras, aguas y espacio areo) siempre con la posesin de una persona, organizacin, institucin, Estado o un pas.1En la perspectiva de la geo semntica social se entiende por territorio la suma de un sentido (significado) a un lugar, cuya definicin es validada por una comunidad.Tambin se denomina territorio a la zona controlada o dominada por ciertos animales.No obstante, el territorio es un concepto polismico, cuya definicin vara de acuerdo a la disciplina desde la cual se enfoque. A continuacin se presentan diferentes referencias que muestran la particularidad: Territorio geogrfico, Territorio Poltico, Territorio Constitucional, Territorio Comunitario y Poder Local. El gobierno (del griego kubernein 'pilotar un barco') es el principal pilar del Estado, la autoridad que dirige, controla y administra sus instituciones, la cual consiste en la conduccin poltica general o ejercicio del poder ejecutivo del Estado. En ese sentido, habitualmente se entiende por tal rgano (que puede estar formado por un presidente o primer ministro y un nmero variable de ministros) al que la Constitucin o la norma fundamental de un Estado atribuye la funcin o poder ejecutivo, y que ejerce el poder poltico sobre una sociedad. Tambin puede ser el rgano que dirige cualquier comunidad poltica.1 Ms estrechamente "gobierno" significa al conjunto de los ministros, es decir es sinnimo de "gabinete".El concepto de Estado difiere segn los autores,2 pero algunos de ellos definen el Estado como el conjunto de instituciones que poseen la autoridad y potestad para establecer las normas que regulan una sociedad, teniendo soberana interna y externa sobre un territorio determinado. Max Weber, en 1919, define el Estado moderno como una "asociacin de dominacin con carcter institucional que ha tratado, con xito, de monopolizar dentro de un territorio la violencia fsica legtima como medio de dominacin y que, con este fin, ha reunido todos los medios materiales en manos de sus dirigentes y ha expropiado a todos los seres humanos que antes disponan de ellos por derecho propio, sustituyndolos con sus propias jerarquas supremas.3 Por ello se hallan dentro del Estado instituciones tales como las fuerzas armadas, la administracin pblica, los tribunales y la polica, asumiendo pues el Estado las funciones de defensa, gobernacin, justicia, seguridad y otras, como las relaciones exteriores.Nacin tiene dos acepciones: la nacin poltica, en el mbito jurdico-poltico, es un sujeto poltico en el que reside la soberana constituyente de un Estado; la nacin cultural, concepto socio-ideolgico ms subjetivo y ambiguo que el anterior, se puede definir a grandes rasgos, como una comunidad humana con ciertas caractersticas culturales comunes, a las que dota de un sentido tico-poltico. En sentido lato nacin se emplea con variados significados: Estado, pas, territorio o habitantes de ellos, etnia, pueblo y otros. Este concepto ha sido definido de muy diferentes maneras por los estudiosos en esta cuestin sin que se haya llegado a un consenso al respecto.1Anthony D. Smith define la nacin de la siguiente forma: una comunidad humana con nombre propio, asociada a un territorio nacional, que posee mitos comunes de antepasados, que comparte una memoria histrica, uno o ms elementos de una cultura compartida y un cierto grado de solidaridad, al menos entre sus lites.2 Segn Benedict Anderson una nacin es una comunidad poltica imaginada como inherentemente limitada y soberana.3 Roberto Augusto afirma que una "nacin" es lo que los nacionalistas creen que es una "nacin", porque ese concepto no significa nada fuera de la teora que lo ha creado para sus propsitos.4 Ernest Gellner da dos definiciones de este concepto, que califica de provisionales e insuficientes:A. Dos hombres son de la misma nacin si comparten la misma cultura, entendiendo por cultura un sistema de ideas y signos, de asociaciones y de pautas de conducta y comunicacin.B. Dos hombres son de la misma nacin siempre y cuando se reconocen como pertenecientes a esa misma nacin.En otras palabras, las naciones hacen al hombre; las naciones son los constructos de las convicciones, fidelidades y solidaridades de los hombres. Una simple categora de individuos (por ejemplo, los ocupantes de un territorio determinado o los hablantes de un lenguaje dado) llegan a ser una nacin y cuando los miembros de la categora se reconocen mutua y firmemente ciertos deberes y derechos en virtud de su comn calidad de miembros. Es ese reconocimiento del prjimo como individuo de su clase lo que los convierte en nacin, y no los dems atributos comunes, cualesquiera que puedan ser, que distinguen a esa categora de los no miembros de ella.La palabra pas (del francs, pays y el latn, pgus)1 puede referirse a una nacin, una regin, una provincia, o un territorio.2 Es el principal sinnimo de Estado soberano,3 un rea geogrfica bien delimitada, y una entidad polticamente independiente, con su propio gobierno, administracin, leyes, y la mayor parte de las veces una constitucin, una fuerza policial, fuerzas armadas, leyes tributarias, y un grupo humano.A veces, partes de un Estado con una historia o cultura caractersticas son llamados pases, especialmente por los oriundos del lugar, como por ejemplo Escocia, Gales, Inglaterra o Irlanda del Norte (en Reino Unido). Puede referirse tambin a regiones o incluso comarcas sin grandes diferencias culturales con las de los alrededores. Este uso se da especialmente al hablar de las regiones naturales de Francia (el Pas de Auge, Pas de Buch, Pas de Caux, Pas de Sault, Pases del Loira, el Pas Vasco francs, etc.) ya que el trmino espaol pas proviene del francs pays, idioma en el que el trmino tambin tiene esta polisemia. A su vez, el trmino francs procede del latn tardo page(n)sis (habitante de un pgus o aldea). Similar origen tiene el trmino pays (del cataln, Pags).Pas, segn el diccionario de la Real Academia Espaola es: 1. m. Nacin, regin, provincia o territorio.,4 por tanto, aun siendo una palabra muy comnmente asociada a Estado soberano o Estado nacional como sinnimas, su abanico es mucho ms amplio y no se limita de forma exclusiva a estos conceptos.Nacionalidad es un concepto polismico de gran importancia en las ciencias sociales, el derecho privado, el derecho constitucional y las relaciones internacionales; que puede referirse a: Nacionalidad jurdica, administrativa o de pasaporte: la pertenencia de una persona a un ordenamiento jurdico concreto. Este vnculo de un individuo con un Estado genera derechos y deberes recprocos; y para el constitucionalismo contemporneo implica el concepto de soberana nacional.1 Por ejemplo: argentino, boliviano, brasileo, chileno, colombiano, costarricense, cubano, dominicano, ecuatoriano, espaol, guatemalteco, hondureo, mexicano, nicaragense, panameo, paraguayo, peruano, puertorriqueo, salvadoreo, uruguayo, venezolano. Nacionalidad social, identitaria o de sentimiento: la pertenencia a un grupo social de fuerte personalidad identitaria (el carcter nacional de un pueblo), que se identifica con el concepto (tambin polismico) de nacin, especialmente en el contexto del nacionalismo que se impone como ideologa constitutiva del estado-nacin a partir del siglo XIX. La identificacin de este concepto con el anterior depende de la aplicacin del denominado principio de nacionalidad (identidad entre nacin y Estado), que histricamente se pretendi generalizar en Europa tras la Primera Guerra Mundial (como consecuencia de los denominados 14 puntos de Wilson) y en la mayor parte del mundo tras la Segunda Guerra Mundial (procesos de descolonizacin). Tal pretensin ha sido considerada por variados autores imposible de realizar en la prctica dada la multiplicidad de identidades y confusin entre diferentes comunidades, culturas, lenguas, religiones, territorios y fronteras (por ejemplo, entre vasco, cataln, quebequense, californiano, nayarita, sinaloense, jalisciense, huichol, cora, tepehuano, serrano, costeo, norteo, etc.) ,2 pero es de facto lo que ocurre en los estados ya asentados (la mayora de los estados actuales son plurinacionales en el sentido de albergar ms nacionalidades que la nacionalidad singular que normalmente lo origina). Nacionalidad histrica: la denominacin que la Constitucin espaola de 1978 reserva para ciertas comunidades autnomas (las llamadas nacionalidades histricas), en lugar de la denominacin comn de regiones.3 Por ejemplo: Andaluca, Galicia, Aragn, Pas Vasco, Catalua, etc.

La expresin derechos (del latn directus, directo), en plural, hace referencia a aquello que se concede o reconoce (independientemente de que haya sido exonerado o no por l) a un sujeto de derecho; a diferencia de Derecho, en singular, que puede referirse a la ciencia jurdica, al ordenamiento jurdico o a un sistema jurdico. La justificacin del disfrute o ejercicio de los distintos derechos por cada uno de los sujetos que los detentan puede basarse en muy distintas circunstancias: el nacimiento, la herencia, la vecindad, la conquista, el trabajo, u otras cosas.En este sentido, resulta un trmino difuso por resultar omnicomprensivo de diversas situaciones o relaciones jurdicas, por el contenido, objeto o sentido de lo reconocido o concedido, el titular o el eventual obligado (sujeto pasivo).Obligacin puede referirse: a la obligacin financiera, un tipo de deuda, similar a los bonos; a la obligacin jurdica; en Derecho, el vnculo jurdico mediante el cual dos partes (acreedora y deudora) quedan ligadas, debiendo cumplir la parte deudora con una prestacin objeto de la obligacin; a la obligacin moral, la presin que ejerce la razn sobre la voluntad frente a un valor; a la obligacin social, la carga, compromiso u obligacin que los miembros de una sociedad tienen tanto entre s como para con la sociedad; a la obligacin tributaria, aquella que surge dentro de la relacin jurdico-tributaria como consecuencia de la aplicacin de los tributos, y que no incluye las sanciones tributarias. El trmino deberes hace referencia a las actividades, actos y circunstancias que implican una determinada obligacin moral o tica. Generalmente, los deberes se relacionan con determinadas actitudes que todos los seres humanos, independientemente de su origen, etnia, edad o condiciones de vida estn obligadas a cumplir a modo de asegurar al resto de la humanidad la posibilidad de vivir en paz, con dignidad y con ciertas comodidades. Los deberes son, entonces, uno de los puntos ms importantes de todos los sistemas de leyes y de constituciones nacionales porque tienen que ver con lograr formas comunitarias y sociedades ms equilibradas en donde todos acceden del mismo modo a sus derechos.Deberes 1. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;2. Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;3. Respetar y apoyar a las autoridades democrticas legtimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad nacionales;4. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacfica;5. Participar en la vida poltica, cvica y comunitaria del pas;6. Propender al logro y mantenimiento de la paz;7. Colaborar para el buen funcionamiento de la administracin de la justicia;8. Proteger los recursos culturales y naturales del pas y velar por la conservacin de un ambiente sano;9. Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.

La Constitucin (del latn cum- 'con, en conjunto' y statuere 'establecer', a veces llamada tambin carta magna o carta fundamental) es la norma suprema de un Estado de derecho soberano, es decir, la organizacin establecida o aceptada para dirigirlo. La Constitucin fija los lmites y define las relaciones entre los poderes del Estado (poderes que se definen como poder legislativo, ejecutivo y judicial) y de estos con sus ciudadanos, determinando as las bases para su gobierno y para la organizacin de las instituciones en que tales poderes se asientan. Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades. La Constitucin, como toda ley, puede definirse tanto desde el punto de vista formal como desde el punto de vista material. Desde el punto de vista material, la Constitucin es el conjunto de reglas fundamentales que se aplican al ejercicio del poder estatal. Desde el punto de vista formal, la Constitucin se define a partir de los rganos y procedimientos que intervienen en su adopcin, de ah que genere una de sus caractersticas principales: su supremaca sobre cualquier otra norma del ordenamiento jurdico.El trmino Constitucin, en sentido jurdico, hace referencia al conjunto de normas escritas y no escritas, que determinan el ordenamiento jurdico de un Estado, especialmente la organizacin de los poderes pblicos y sus competencias, los fundamentos de la vida econmica y social, los deberes y derechos de los ciudadanos.