Sociedad de personas

13
SOCIEDAD DE PERSONAS ANGELA PINILLA GRANADA ADMINISTRACIÓN VI SEMESTRE 2016

Transcript of Sociedad de personas

Page 1: Sociedad de personas

SOCIEDAD DE PERSONASANGELA PINILLA GRANADA

ADMINISTRACIÓN VI SEMESTRE

2016

Page 2: Sociedad de personas

SOCIEDAD DE PERSONAS

Son aquellas en las que se conocen todos los socios y en la cual tanto en la sociedad como en los negocios responden con su patrimonio, solidaria e ilimitadamente con las obligaciones, lo que les da derecho a todos los socios de administrar la sociedad.

COLECTIVA

COMANDITA SIMPLE

Page 3: Sociedad de personas

 Características esenciales de una sociedad de personas

1.-No es entidad legalmente separada.

2.-Responsabilidad personal por las deudas del negocio.

3.-Contablemente es una entidad separada de sus dueños.

4.-Renta gravable para los socios.

5.-Todos los socios poseen autoridad gerencial.

6.-Se forma una nueva sociedad con un cambio de socios.

Page 4: Sociedad de personas

Sociedad colectivaEn estas sociedades predominan las cualidades

individuales de quienes se asocian y la confianza que se tengan, se caracterizan por ser sociedades familiares.

Numero de  socios: se constituye por 2 o mas socios que son:(Socios Capitalistas y socios Industriales)

Responsabilidad:  los socios pueden aportar dinero o bienes y su responsabilidad es ilimitada y solidaria.

La razón social: se forma con el nombre y/o apellidos de uno o varios socios seguido de la expresión & compañía, Hermanos, e hijos u otra análoga (art. 303 C. de Co.)

Ejemplo: Cruz Díaz & Compañía

Page 5: Sociedad de personas

Sociedad colectiva

Capital: Esta constituido por los aportes de los socios.

Órganos de dirección y control: Junta de socios, junta directiva (opcional) Representante legal.

Page 6: Sociedad de personas

Disolución y liquidación: Art. 319

1. Por  muerte  de alguno de los socios si no se hubiere estipulado su continuación con uno o más de los herederos, o con los socios .

2. Por  incapacidad  sobreviniente a alguno de los socios, a menos que se convenga que la sociedad continúe con los demás, o que acepten que los derechos del incapaz sean ejercidos por su representante.

Sociedad colectivaLa sociedad colectiva se disolverá

por las causales previstas en el artículo 218 y, en especial, por las

siguientes

Page 7: Sociedad de personas

Disolución y liquidación: Art. 319

3.  Por  (declaración  de quiebra)  de alguno de los socios, si los demás no adquieren su interés social o no aceptan la cesión a un extraño, una vez requeridos por el (síndico de la quiebra)º, dentro de los treinta días siguientes.

Sociedad colectiva

4. Por enajenación forzada del interés de alguno de los socios en favor de un extraño, si los demás asociados no se avienen dentro de los treinta días siguientes a continuar la sociedad con el adquirente.

5. Por  renuncia  o  retiro justificado  de alguno de los socios, si los demás no adquieren su interés en la sociedad o no aceptan su cesión a un tercero. * Apertura de trámite de liquidación obligatoria

Page 8: Sociedad de personas

Socios Industriales

Los socios industriales solo aportarán trabajo personal. No pueden participar en la gestión de la sociedad, salvo pacto en contrario. Participan en las ganancias de la sociedad. En caso que el contrato social guarde silencio, al socio industrial se le asignará iguales beneficios que al socio capitalista de menor participación.No participan en las pérdidas, salvo pacto expreso.

Sociedad colectiva

Page 9: Sociedad de personas

Socios Capitalistas

Aportan trabajo y capital. Gestionan la sociedad. Participación en las ganancias

Sociedad colectiva

Page 10: Sociedad de personas

Participación de las ganancias

Determinada…Si la participación está determinada en la escritura. Ningún socio podrá separar la sociedad para sus gastos más cantidad que la designada en la escrituraIndeterminada… Que no se haya determinado la forma de participar. Si en la escritura no estuviera determinada la parte de las ganancias que corresponden a cada socio, la participación será proporcional al interés de cada uno en la sociedad. Igualmente se imputarán las pérdidas.

Sociedad colectiva

Page 11: Sociedad de personas

Comandita Simple Numero de socios: Se forma por 2 socios, se denominan socios comanditarios

(a portantes de dinero) y socios gestores o colectivos (aporte industrial) Responsabilidad:  La responsabilidad de los socios gestores es solidaridad e

ilimitada La  razón social: En la razón social debe figurar el nombre o apellido de los

socios que tienen responsabilidad ilimitada , seguido de la expresión & Cía. S. en C (Art. 324 C de Co.)

Ejemplo: torres & CIA. S. en c. Capital:  Esta formado por los aportes de los comanditarios o de los socios

gestores cuando estos efectúen algún aporte. Al constituirse la sociedad, el capital social se pagara en su totalidad.

Page 12: Sociedad de personas

Comandita Simple

El capital social se divide en cuotas de igual valor. Órganos  de  dirección  y  control  Administración: Esta asignada a todos y cada uno de los socios colectivos. Disolución por la  desaparición  de  una  de  las categorías  de la sociedad, ya sea de los socios colectivos o comanditarios.

Page 13: Sociedad de personas

Referencias

Reyes,V.A. (2010)Clasificación de las entidades comerciales, SENA.GR,Consultores. (21 Julio 2009)Sociedad de personas,administracionconmihaymon.wordpress.com.Mavare, N. (08 Noviembre 2008) Socoedades, Mailxmail.