Soberania en venezuela

7
UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO La Soberanía y la Democracia Participativa Integrante: Victor Torres 23850307

Transcript of Soberania en venezuela

Page 1: Soberania en venezuela

UNIVERSIDAD FERMIN TORO

VICE RECTORADO ACADEMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS

ESCUELA DE DERECHO

La Soberanía y la

Democracia Participativa

Integrante:

Victor Torres

23850307

Page 2: Soberania en venezuela

LA SOBERANIA

Etimológicamente, el término proviene de supremus, que en latín significa

supremo, lo más elevado, lo inapelable.

Según Bastado Allirolaiza, la soberanía es el poder supremo, la suprema

autoridad que caracteriza al Poder del Estado, por la cual se afirma su

superioridad jurídica sobre cualquier otro poder, asentándose, que es único,

indivisible, intransmisible, imprescriptible e inviolable tanto interior como exterior.

Para Aponte (2008) es la: “…potestad suprema y originaria del pueblo para

gobernarse de forma autónoma dentro de su territorio sobre la cual no existe

autoridad legítima igual o superior, que no nace del sufragio o de elección alguna

ni proviene de ningún cuerpo u órgano estatal, por cuanto deriva de la propia

estructuración de la nación que le da nacimiento” (p. 229)

Características

A) INALIENABLE: Es decir, que no se puede pasarse, transmitirse o someterse a

otro poder por disposición legal. Como ejercicio de la voluntad general jamás

puede resultar enajenada. La enajenación es de cada asociado con todos sus

derechos a la comunidad entera. El soberano no es más que un ser colectivo y no

puede ser representado más que sí mismo. Aunque el poder puede trasmitirse,

jamás puede serlo la voluntad. Ni bien existe un amo, deja de existir el soberano,

con la lógica destrucción del cuerpo político. ¿Qué es enajenar?

B) INDIVISIBLE: Constituye un todo que no admite división por ser ésta

impracticable. La voluntad es de naturaleza general, o no lo es. La voluntad

corresponde al cuerpo del pueblo y en ello se fundamenta la potestad de hacer la

ley y de su soberanía. La soberanía es un concepto jurídico que no puede

fragmentarse, cederse o destruirse en varias partes, pertenece a la nación.

C) NO PUEDE SER REPRESENTADA: la voluntad general no se representa. Por

consiguiente o es ella misma o no es; no hay término medio. Los diputados del

pueblo no son sus representantes, sino más que sus delegados. Nada puede

concluir definitivamente. Toda ley no ratificada por el pueblo en persona es

nula. Un acto de soberanía es una convención del cuerpo con cada uno de sus

miembros y que cuenta como base al contrato social. Por consiguiente, una

convención de este tenor es:

· LEGÍTIMA: su fundamento es el contrato social

· EQUITATIVA: involucra a todos;

· ÚTIL: Carece de otro objeto que el del bien general;

· SÓLIDA: su aval es la fuerza pública y el poder supremo.

Page 3: Soberania en venezuela

D) INFALIBLE: La Voluntad general de un pueblo no puede estar dirigida a

engañar o engañarse a sí misma, sino hacia la consecución del bienestar común

para todos sus integrantes como fin especial del Estado.

E) PLENA: El pueblo fija y da a conocer las normas a las cuales se encuentra

sujeto para su validez, no existe sobre la soberanía persona o poder creado por el

Estado, igual o superior. (Art. 11 CRBV)

Tipos o formas de soberanía

La Soberanía de Estado o soberanía externa

Un Estado tiene soberanía plena cuando su potestad de dominio se

encuentra liberada de cualquier poder extranjero, lo que le permite colocarse en

igualdad de condiciones con los países que conforman la comunidad mundial. Su

poder se encuentra limitado por los compromisos internacionales que haya

suscrito. (Aponte, 2008, p. 237)

En otros términos, se puede mencionar que esta soberanía la ejerce el Estado

como un ente ficticio, y consiste en la potestad de repeler cualquier poder o control

externo (de otro Estado); esta se encuentra establecida en el artículo 1 de la

CRBV, cuando establece que: “La República Bolivariana de Venezuela es

irrevocablemente libre e independiente…”

Vale decir, que la soberanía es la manifestación que distingue y caracteriza el

poder del Estado y por la cual se afirma su superioridad jurídica sobre cualquier

otro poder, sin aceptar limitación ni subordinación que cercene sus facultades ni

su independencia dentro de su territorio.

La Soberanía dentro del Estado o soberanía Interna

La comunidad social es la titular dentro del Estado, tiene el poder de mando

que utiliza para gobernarse a sí misma mediante las estructuras políticas

establecidas en su propia Constitución. La Soberanía es propiedad del pueblo bajo

cuyo control están los poderes públicos, a través de los cuales se ejercer las

funciones que deben cumplirse dentro del Estado. (Aponte, 2008, p. 237)

Esta soberanía se refiere a la ejerce el pueblo, sea en forma Directa (como

por ejemplo a través de los consejos Comunales); o en forma Indirecta (a través

del sufragio); tal y como está señalado en el artículo 5 de la Constitución Nacional.

EL PODER SOBERANO

El Poder Soberano estaría ordenado e integrado por la sociedad organizada

en Venezuela, ya que el gobierno de nuestra República, no sólo es democrático

sino que también es participativo, es por ello, que el poder soberano reside en el

Page 4: Soberania en venezuela

pueblo, desde un ámbito político; y social – económico, ya que el pueblo participa

en, la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria

del mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo

abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de

carácter vinculante, entre otros; las instancias de atención ciudadana, la

autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de

carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas

asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad. (Art.

70 CRBV)

Ahora bien, si se considera el poder soberano del Estado Venezolano, se

puede mencionar que es aquella facultad que posee Venezuela para impedir

cualquier poder externo sobre su ámbito territorial.

MANERAS DE EJERCER LA SOBERANIA El pueblo puede desempeñar la soberanía a través del sufragio manifestando su decisión de gobernarse directamente, o por medio de los órganos del poder público que deberán hacerlo en su nombre y representación. Atributo inherente a la persona humana que surge como consecuencia de los ideales de justicia y dignidad que la acompañan, donde su libertad se transforma en poder.

LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA

La Democracia Participativa en Venezuela La Democracia Participativa, es el gobierno que apoyándose en un amplio

consenso, pone en obra la legalidad y concede un espacio significativo a la

participación de los ciudadanos.

La Democracia es una organización política y social. Un conjunto de

instituciones, derechos y deberes. Y un clima en el cual la libertad es natural, es

uso responsable de la libertad e influencia respetando los derechos, uso

responsable de la libertad e influencia de esos valores en la formación, el

desempeño y el relevo de los gobiernos. La Democracia, puede ser directa;

indirecta o representativa; y, Democracia participativa. ¿Cómo es la democracia

en Venezuela?

Para responder a la interrogante anterior, se debe comenzar por decir que

la democracia como régimen político, haciendo énfasis en la participación política

como fundamento de toda la organización política de la Nación que se deriva del

preámbulo (sociedad democrática) y de los artículo 2, 3, 5 y 6 de la Constitución.

Por tanto, como dice Brewer-carías (2005) el primer valor del

constitucionalismo es la democracia, quedando plasmado el Estado democrático

en los principios fundamentales del texto constitucional, comenzando por la forma

Page 5: Soberania en venezuela

de ejercicio de la soberanía mediante mecanismo de democracia directa y de

democracia representativa.

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de justicia, en sentencia N° 23

del 22 de enero de 2003 (caso: interpretación del artículo 71 de la constitución) ha

señalado sobre el tema del perfeccionamiento de la democracia como fin del texto

constitucional, que:

De este modo, como bien aclara la Exposición de Motivos de la

Constitución, el régimen constitucional vigente responde a una sentida aspiración

de la sociedad civil organizada que pugna por cambiar la negativa cultura política

generada por década de un Estado centralizado de partidos que mediatizó el

desarrollo de los valores democrático, a través de la participación ciudadana que

ya no se limita a procesos electorales, pues se reconoce la necesidad de la

intervención del pueblo en los procesos de formación, formulación y ejecución de

políticas públicas, como medio para superar los déficit de gobernabilidad que han

afectado nuestro sistema político debido a la carencia de armonía entre el Estado

y la sociedad. (Resaltado propio).

Ello indica, que el modelo democrático electivo, participativo y protagónico

instaurado en Venezuela a partir de la entrada en vigencia de la Constitución de

1999, concibe a la gestión pública y la preservación y fomento del bien común

como un proceso en el cual se establece una comunicación permanente entre

gobernantes y ciudadanos, entre los representantes y sus representados, lo cual

implica una modificación radical, a saber, de raíz, en la orientación de las

relaciones entre el Estado y la sociedad, en la que se devuelve a esta última su

legítimo e innegable protagonismo, a través del ejercicio de sus derechos políticos

fundamentales, enunciados en el Capítulo IV título III de la Norma suprema.

Dicho proceso de profundización de la cultura democrática del pueblo

venezolano, vía proceso constituyente y constitución, se ve además reforzado en

sus propósitos por el marco jurídico internacional, suscrito y ratificado por la

República Bolivariana de Venezuela, en materia de derechos humanos, siendo

ejemplo de ello lo dispuesto en los artículos 21 de la Declaración universal de

Derechos Humanos, XX de la Declaración americana de los Derechos y Deberes

de hombre, 25 del Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos y 23 de la

Convención Americana sobre Derechos humanos, integrantes todos ellos del

llamado bloque de la constitucionalidad de acuerdo con el artículo 23 del Texto

fundamental.

De tal manera que, como lo afirma la Carta Democrática Interamericana

suscrita el 11 de septiembre de 2001 en Lima, Capital de la República de Perú, el

carácter participativo de la democracia en Venezuela en los diferentes ámbitos de

la actividad pública tiende progresivamente a la consolidación de los valores

democráticos y a la libertad y la solidaridad en los distintos niveles políticos-

territoriales en que se distribuye el Poder Público a lo largo y ancho de la

República, y por ello mismo, si bien la democracia representativa es la base del

estado de derecho y de los regímenes constitucionales de los Estados Miembros

de la Organización de los Estados Americanos, ésta se refuerza y profundiza

Page 6: Soberania en venezuela

únicamente con la participación y protagonismo permanente, ético y responsable

de la ciudadanía. ¿Cuál es la diferencia principal entre la democracia participativa

y la democracia representativa?

El Sufragio

Para la Roche (1982), el sufragio consiste en “un acto mediante el cual el

individuo manifiesta su voluntad soberana para gobernarse directamente o para

designar los representantes que habrán de hacerlo en su nombre”.

El sufragio es el derecho civil y constitucional a votar a los cargos públicos.

En un sentido amplio, el sufragio abarca el activo, en donde se determina quienes

tienen derecho al ejercicio del voto (uso más común); y el pasivo, que refiere

quienes y en qué condiciones tienen derecho a ser elegidos

Se suele considerar que la legitimidad política de un

gobierno democrático deriva principalmente del sufragio.

Tipos de Sufragio

Universal: El voto corresponde a todos los habitantes con excepciones

de carácter general. No votan los menores de edad, los extranjeros, los

incapacitados, etc. Calificado o Restringido: Sólo se permite votar a quienes

poseen determinada posición económica o cierto grado de instrucción.

Secreto: El sistema impide saber por quién vota cada ciudadano.

Público; Al votar, el votante evidencia públicamente por cual candidato o

partido lo hace, (voto cantado).

Obligatorio; Votar es un derecho y un deber. No hacerlo provoca una multa

o sanción en perjuicio del ciudadano que incurre en esa falta.

Facultativo: Votar es sólo un derecho. Quien no quiere hacerlo, no

concurre a sufragar.

Directo: Los votantes sufragan directamente por los candidatos propuestos

para cubrir los cargos electivos.

Indirecto: Los votantes sufragan por electores quienes, a su vez, hacen la

elección final entre los candidatos propuestos para cubrir los cargos electivos.

El Voto

El Voto ante todo es un acto personal y de voluntad política, además es un

derecho y un deber de todos los ciudadanos; ya que es un mecanismo de

participación ciudadana que el pueblo de una nación puede utilizar para ejercer el

derecho al sufragio. ¿Cómo es el voto en Venezuela?

El poder Electoral se ejerce por el Consejo Nacional Electoral como ente

rector y, como organismos subordinados a éste, la junta electoral Nacional, la

comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y

financiamiento, con la organización y el funcionamiento que se establezca en la

Page 7: Soberania en venezuela

Ley Orgánica que desarrolle la materia, según lo contemplado en el artículo 293

de la constitución.

El Consejo Nacional Electoral (CNE), es el organismo garante de la claridad

y honradez de los procesos electorales, esta organización garantiza a los

Venezolanos la eficiente organización de todos los actos electorales que se

realicen en el país y en particular la transparencia, equidad y credibilidad de los

mismos y sus resultados para elevar y sostener el prestigio de la institución

electoral. Noble propósito para mantener vivo en los ciudadanos el efecto para la

Democracia.