Situación Resumen BONO SAE

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Explicación general acerca del cómo debe pagarse el BONO SAE y la situación actual en la Comuna de Ñuñoa. Mayo 2009

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Bono Subvención Adicional Especial SAE

Presentación elaborada Presidencia

Comunal Ñuñoa Colegio de Profesores de Chile

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Antecedentes jurídicos

El beneficio fue creado por la Ley 19.410 publicada en el diario oficial del 2 de septiembre de 1995 (hoy artículo 65 del Estatuto Docente para distribuir el excedente una vez cancelada la Bonificación Proporcional y Planilla Complementaria).

En el artículo 13 estableció la Subvención Adicional Especial (S.A.E) destinada a pagar beneficios de remuneraciones: bonificación proporcional, planilla complementaria y Bono Extraordinario (S.A.E.).

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La Bonificación Proporcional y la Planilla complementaria son imponibles y tributables.

La Remuneración total Mínima está en la Ley 19.410 y por el año 2008 es de $11.433 por hora de contrato.

En el Mes de Diciembre de cada año los sostenedores deben efectuar una comparación adicional especial y el total pagado por concepto de Bonificación Especial y Planilla Complementaria.

La Bonificación Especial corresponde al 80% de los recursos percibidos por Subvención Especial.

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El 20% corresponde a la Cancelación del Bono S.A.E. el que no es imponible ni tributable y se pagará por una sola vez.

De este 20% se cancela la Planilla Complementaria que se usa para llegar al Ingreso Mínimo.

La Planilla Complementaria puede disminuir pero no aumentar. Tanto la Contraloría como la Dirección del Trabajo se pronuncian que debiera estar en extinción.

El no cumplimiento de esta obligación, de acuerdo con la Ley 19.933 es considerado delito grave (Ley de Subvenciones).

El excedente se distribuirá proporcionalmente a las horas de Contrato del Profesor previo cálculo realizado de Horas Docentes del Establecimiento Subvencionado DAEM o Corporación.

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Actual Vigencia del Bono

El inciso 3º de la ley 19933, incorporado por la ley 20158 estableció que a partir del 2007 y hasta el 2010 en los meses de diciembre se aplicará el mecanismo dispuesto en la letra c) del art. 10 de la ley 19410, en términos de comparar lo percibido por ley 19933.

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Realidad Comunal

Las fuentes para determinar los montos y forma de pago del BONO SAE, fueron los estudios realizados por el Colegio Nacional, los dictámenes de la Dirección del Trabajo, instructivo MINEDUC, leyes 19.410 y 19.933.

Las gestiones realizadas a nivel comunal, para obtener la información local de cómo se hace efectivo el pago, sólo tuvieron respuesta concreta el día 19 de mayo.

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De acuerdo a las respuestas enviadas por la Corporación y el Alcalde, NO HAY DEUDA SAE.

En una de las declaraciones de la Corporación, el Secretario General, hace un desglose de cómo es que consideran el cálculo del BONO SAE.

Lo anterior se puede traducir de la siguiente manera:

¿Cómo está pagando el BONO SAE la Corporación?

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Ley 19.410: La Corporación reconoce sólo estos montos como dineros SAE. Deja fuera los recursos ingresados por la ley 19.933. El Secretario General dice que ese dinero se utilizó en otras cosas y no en remuneraciones docentes.

Planilla Complementaria. Excedentes ley 19.598: Este es, según la

Corporación, el excedente que queda de la ley 19.410 a fin de año. Cabe decir, que la ley 19.598 es una ley caduca, no está vigente, pues sólo tuvo vigencia dos años: 1999 y 2000.

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En resumen:

Todo el cálculo para el pago del bono se ha realizado en función de los dineros de la 19.410, dejando fuera los aportes que entrega el Estado para mejoramiento de las remuneraciones de los profesionales de la educación a través de la ley 19.933.

En montos, eso significa que la dotación de profesionales de la educación de Ñuñoa ha dejado de percibir más de mil millones de pesos en dos años (2007 y 2008).

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¿Como debiera pagarse?

Ejemplo: (datos reales del MINEDUC)

”Aportes Año 2007 recibidos por la CMDS de Ñuñoa”

19.410: $209.796.766.-

19.933: $538.648.008.-

Total Aportes: $748.444.774.-

Del total hay que calcular que el 80% se reparte mes a mes en remuneraciones (bono proporcional).

Del 20% restante se paga la planilla complementaria y el excedente debe repartirse a fin de año a cada docente, de acuerdo a la cantidad de horas de contrato.

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En resumen: Falta repartir más de mil

millones de pesos, entre los años 2007 y 2008, correspondientes a los fondos de la ley 19.933.

Por consiguiente, el Bono proporcional, también está mal pagado (lo que en nuestra liquidación aparece mes a mes como ley 19.410)

Las respuestas del Secretario General y del Alcalde han sido negar que exista un pago mal realizado.

Cada profesor con jornada de 30 horas, ha dejado de ganar, en los últimos dos años, 800 mil pesos o más.

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Es la hora de la verdad...

Colegas, la claridad de los hechos nos está dando la razón, sólo falta asumir una actitud

más activa y participativa...

¿O Acaso da lo mismo que nos estén pagando mal el sueldo?