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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP 1
REGLAMENTO DE
CONVIVENCIA ESCOLAR
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2 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP
Disciplina Escolar: Es el conjunto de procedimientos y acciones formativas que fomentan la interiorización
de valores, el respeto a las personas y el cumplimiento de normas que garantizan la
regulación del comportamiento delos estudiantes y una convivencia armónica
entre todos los miembros de la comunidad educativa.
“Documento de Transparencia” -
MINEDU
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Identidad
Satisfacción contigo mismo, aceptación de los roles que te toca vivir como: estudiante, hijo, miembro de un grupo, etc. Disposición y compromiso para amar, valorar y respetar: tu colegio, tu familia, tu país y sus costumbres.
Respeto
Valoración de tus cualidades, las de las personas, sus derechos y deberes ante la sociedad. Aceptación de la autoridad y sus leyes que te permitan vivir en paz, y en armonía en tu escuela, familia y sociedad.
Responsabilidad
Habilidad para medir y reconocer las consecuencias de tus pensamientos, sentimientos y acciones, reflexionando cuando se cometa un error y tomando acciones que te permitan aprender y acerté cargo de sus efectos.
Creatividad e Innovación
Habilidad que te permite afrontar los desafíos que trae la sociedad, visualizando y proponiendo soluciones a los problemas de hoy, creando todo aquello que consideres un aporte para un mundo mejor.
Perseverancia
Habilidad que te permite no rendirte y continuar hacia adelante a pesar de las dificultades, los obstáculos, la frustración, el desánimo, el aburrimiento, aumentar la probabilidad de alcanzar metas difíciles.
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Página
PRESENTACIÓN
5
I. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 7
A. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES 7
1. Académicos 7
2. De Participación 8
3. De Comunicación y Apoyo Institucional 8
4. Pastorales 9
5. De la Infraestructura, Mobiliario Escolar y Bienes Personales
9
B. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 9
1. Académicos 9
2. De Participación 10
3. De Comunicación y Apoyo Institucional 11
4. Pastorales 12
5. De la Presentación Personal 12
6. Del Uniforme Escolar 13
7. De la Infraestructura, Mobiliario Escolar y Bienes Personales 14
8. Del Respeto, Urbanidad y Buenas Costumbres 14
II. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS
15
A. DE LA TUTORÍA 15
B. DE LA ENTREVISTAS CON LOS TUTORES
C. DE LOS ESTÍMULOS
16
16
D. DE LOS RECURSOS IMPUGNATIVOS 17
E. DE LAS FORMACIONES Y ACTUACIONES 18
F. DE LA ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y PERMISOS 18
G. DE LA AGENDA ESCOLAR
19
III. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA
EVALUACIÓN DEL EDUCANDO
20
A. DE LA EVALUACIÓN ACADÉMICA 20
B. DE LA EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO 21
ÍNDICE
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
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1. Criterios del Tutor para determinar la calificación del
Comportamiento
21
2. Criterios para registrar los deméritos
3. Medidas y estrategias para la mejora del comportamiento
21
22
3.1 Tarjeta De Felicitación
3.2 Tarjeta de Orientación
3.3 Tarjeta de Llamada de Atención
22
23
23
3.4 Tarjeta de Amonestación 25
3.5 Tarjeta de Severa Amonestación 27
3.6 Tarjeta de Falta Muy Grave 29
3.7 Tarjeta de Falta Extremadamente Grave 30
4. Del Procedimiento para la Calificación Bimestral del
Comportamiento
32
IV. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
A. DE LA RATIFICACIÓN DE MATRÍCULA
B. DE LAS VISITAS INSTRUCTIVAS, EXCURSIONES Y
VIAJES PROMOCIONALES
C. DE LOS PADRES DE FAMILIA
D. REPRESENTACIONES Y ORGANISMOS ESTUDIANTILES
33
33
33
35
37
1. DESIGNACIÓN O POSTULACIÓN 37
2. REPRESENTACIONES ESTUDIANTILES 37
a) Brigadier General 37
b) Escolta 38
c) Delegado de Aula
38
3. ORGANISMOS ESTUDIANTILES 39
a) Municipio Escolar o Consejo Estudiantil 39
b) Comité de Aula 39
V. V. DISPOSICIONES FINALES
39
6 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
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PRESENTACIÓN
La disciplina constituye uno de los principales componentes del proceso enseñanza-
aprendizaje a través dela cual los alumnos aprenden a vivir como miembros de una
comunidad, por lo que se presenta como una cuestión relevante tanto en los contextos
educativos como en los familiares y sociales.
Muchos asocian disciplina con rigidez y autoritarismo e, incluso hoy, viviendo en un país
constitucionalmente libre y democrático, todavía algunos tienen una visión negativa y
peyorativa de la disciplina en las instituciones educativas.
La escuela es un escenario de formación integral, estudio, disciplina y orden, en donde
alumnos -en un ambiente de convivencia escolar democrático- desarrollan sus capacidades
intelectuales, artísticas, culturales y deportivas, así como también sus habilidades sociales y
estrategias que les permitan la interiorización disciplinaria que lleve a la “libertad de ser y
elegir”. A medida que el individuo crece, necesita aumentar su libertad y autonomía, pero
éstas están limitadas por la actitud que tenga para razonar y asumir responsabilidades.
Los niños y jóvenes de hoy deben ser conscientes de sus actos, ejercer una libertad
responsable y lograr ser artífices de su propio destino. En consecuencia, desde muy
temprano deben aprender a reconocer sus errores con la finalidad de orientarlos y así
superarlos plenamente. Es por ello que nuestro sistema de orientación actitudinal da
preferencia al desenvolvimiento del estudiante sobre la base de la autodisciplina y
autoestima, el respeto a los demás y a las normas establecidas para gozar de una convivencia
más digna y elevada.
Es política de las Instituciones Educativas FAP enseñar con el ejemplo, orientar y corregir
con equidad y justicia a través de un sistema de acciones de orientación actitudinal acorde
con la exaltación de nuestros Valores Institucionales, Identidad, Respeto, Responsabilidad,
Creatividad e Innovación y Perseverancia, dando preferencia al diálogo, la consejería y
orientación, así como a la aplicación de medidas reparadoras y estrategias psicológicas
positivas de cambio actitudinal y, desde luego, contando con la participación de los padres
de familia, trabajadores, docentes, administrativos, ex alumnos y el propio estudiante en el
desarrollo de esta tarea formativa.
Las normas de convivencia en las Instituciones Educativas FAP se materializan en este
Reglamento de Convivencia Escolar, documento orientador y prescriptivo que regula el
Reglamento Interno del Colegio.
El presente Reglamento de Convivencia Escolar define los deberes, derechos, normas y
procedimientos formativos y de evaluación que los alumnos y alumnas del Sistema
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
SISTEMA EDUCATIVO ESCOLAR FAP
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Sistema Educativo Escolar FAP 7
Educativo Escolar FAP deben cumplir en concordancia con los siguientes fundamentos
rectores que lo inspiran:
A. Fundamentos Sociales
a. Toda sociedad, por más sencilla y pequeña que sea, no puede vivir sin normas.
b. En toda institución social existen unas normas y un control de su cumplimiento.
c. La escuela como institución social y el aula de clase como grupo, necesitan de
normas de respeto para existir.
d. La familia (en primera instancia) y la Institución Educativa son los responsables
de sentar las bases de las reglas y normas que facilitan la convivencia armónica y
el bien común.
e. La escuela enseña a conocer lo bueno y orienta a su comunidad estudiantil para
que se actúe como exige la sociedad.
B. Fundamentos Pedagógicos
a. El aula de clase y la Institución Educativa requieren de gestión, control, orden,
respeto y disciplina para cumplir su misión.
b. El orden y respeto enseñan al alumno que el mundo responde con aprecio y
cariño, pero también de forma ordenada, a cada uno de sus actos.
c. En las aulas de clase y en las Instituciones Educativas mejor organizadas y
gestionadas se obtienen mejores resultados.
d. En la organización escolar, el orden, control y gestión se basan en el liderazgo y
autoridad del docente.
C. Fundamentos Psicológicos a. La Psicología postula que el niño necesita orden, reglas de conducta, normas y
respeto para desarrollarse como persona y ser feliz.
b. El orden da al niño un sentimiento de seguridad al ver hasta dónde puede ir y lo
que debe y no debe hacer.
c. El alumno necesita una influencia básica y sólida de orden para fortalecer su
autoestima y ser más asertivo en su actuar diario.
d. Vivir con normas claras de conductapermite al alumno ser capaz de evitar
actitudes que la transgredan.
e. El razonar sobre las reglas de conducta y su porqué contribuye al desarrollo del
pensamiento.
Todos los miembros de la comunidad educativa tienen el deber de conocer, respetar y
cumplir el presente Reglamento en el marco de sus atribuciones. Este Reglamento se aplica
tanto dentro de la Institución Educativa como durante todas las actividades pedagógicas y
extracurriculares organizadas por la misma (viajes escolares, actividades deportivas,
culturales, etc.); del mismo modo, el Director tiene por misión difundiry velar por el
cumplimiento del presente documento.
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I. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
A. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
1. Académicos:
Artículo 1. Recibir una educación de calidad que le permita descubrir y
desarrollar sus talentos y fortalecer su espíritu emprendedor para alcanzar un alto
nivel de competitividad y liderazgo.
Artículo 2. Recibir una formación integral, favoreciendo el desarrollo de su
personalidad y cualidades, que lo proyecten como una persona competente.
Artículo 3. Que la Institución Educativa promueva en ellos la excelencia
académica sustentada en los valores institucionales de identidad, respeto,
responsabilidad, creatividad e innovación y perseverancia.
Artículo 4. Contar con el acompañamiento, la orientación y el apoyo académico
de los directivos, tutores, docentes y psicólogos de la Institución Educativa.
Artículo 5. Intervenir en el aula de clase para preguntar, pedir aclaración y dar
su opinión, de acuerdo a las normas dadas por el profesor.
Artículo 6. Que las actividades y clases se inicien y terminen en la hora prevista
y no sean interrumpidas, salvo casos especiales que cuenten con la autorización
de la autoridad correspondiente.
Artículo 7. Que se respeten las fechas de entrega de trabajos y pruebas
programadas, y si hubiere lugar a modificaciones, que éstas sean comunicadas
con la anticipación debida y aprobadas por la autoridad correspondiente.
Artículo 8. Recibir sus evaluaciones y trabajos corregidos con las indicaciones
pertinentes en un plazo máximo de tres días hábiles después de tomada las
pruebas y el pactado para la entrega de trabajos.
Artículo 9. Que se dosifique adecuadamente las tareas y trabajos asignados, con
la finalidad que todos los días se tenga actividades académicas en casa, pero sin
que éstas cubran todo el espacio y tiempo que (como niños y jóvenes) deben
compartir en familia.
Artículo 10. Solicitar al momento de la matrícula la exoneración del Área de
Educación Religiosa por tener una confesión diferente a la católica o no tener
ninguna.
Artículo 11. Solicitar la exoneración de la parte práctica de Educación Física
(ejercicios físicos), por motivos de salud debidamente comprobados.
Artículo 12. Solicitar traslado de matrícula, siempre que se cumplan los
requisitos, formas y términos legales.
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Sistema Educativo Escolar FAP 9
2. DeParticipación:
Artículo 13. Expresar libremente sus opiniones dentro de un clima de escucha,
respeto y diálogo sincero.
Artículo 14. Ser escuchado y atendido adecuada y oportunamente, siguiendo y
respetando las instancias correspondientes.
Artículo 15. Ser tratado con igualdad y gozar de los mismos derechos y
oportunidades, sin ningún tipo de discriminación por razones de sexo, raza,
condición económica, social, religiosa o necesidades educativas especiales.
Artículo 16. Recibir reconocimiento y estímulos en mérito al cumplimiento de
sus compromisos académicos, deportivos, culturales y sociales.
Artículo 17. Serintegrante de los organismos estudiantilesy talleres
quefuncionen o se organicen en la Institución Educativa.
3. DeComunicación y Apoyo Institucional:
Artículo 18. Los alumnos de cualquier grado/año de estudios que destaquen
individual o colectivamente en el área académica, deportiva, cultural y otros, se
harán merecedores a la publicación y difusión de sus logros en los periódicos
murales o boletines de la Institución Educativa, en la página web y en los
informes enviados al CASED.
Artículo 19. Recibir, la Agenda Escolar que sirve como valioso instrumento de
comunicación entre padres de familia e Institución Educativa.
Artículo 20. Contar con información oportuna y actualizada sobre las
actividades curriculares y extracurriculares programadas y organizadas por la
Institución Educativa, así como de la normatividad vigente.
Artículo 21. Contarcon un seguro escolar de carácter voluntario. Es potestad del
Padre de Familia adquirir el seguro que estime conveniente.
Artículo 22. Recibir consejos y orientación de sus Tutores, profesores y
psicólogos en caso de problemas personales, sociales, o académicos, que les
permita superar las dificultades que enfrenten.
Artículo 23. Solicitar entrevistas con los Tutores o ser citados por ellos para
lograr un mayor acercamiento, tratar asuntos personales y recibir orientaciones
para su desarrollo personal.
Artículo 24. Ser atendidos por el personal de los Departamentos de Sanidad,
Psicología o Pastoral, con el permiso firmado por el docente responsable de la
clase y portando su Agenda Escolar, salvo casos de emergencia.
Artículo 25. Acceder a los servicios de biblioteca, comedor, transporte escolary
otros, de acuerdo a la implementación de la Institución Educativa.
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4. Pastorales:
Artículo 26. Recibir formación cristiana a través de la orientación espiritual, las
charlas religiosas, las celebraciones litúrgicas, los grupos de vivencia cristiana y
la preparación para recibir los sacramentos de la Reconciliación, Eucaristía y
Confirmación. Asimismo, como muestra de respeto a la libertad de culto, los
alumnos que profesen otras confesiones, participarán de estas prácticas
religiosas en sus respectivos credos o congregaciones en su debido momento.
Artículo 27. Encontrar en la Institución Educativa cauces adecuados para servir
preferentemente a los más pobres, los más débiles y necesitados, profundizando
su espíritu solidario, su sensibilidad social y su anhelo de justicia.
Artículo 28. Contar (en lo posible)con el apoyo y orientación espiritual de
consejeros, sacerdotes y laicos, que contribuyan a su formación religiosa.
5. De la Infraestructura, Mobiliario Escolar y Bienes Personales:
Artículo 29. Usar los ambientes adecuados para su edad, sexo y la actividad que
en ellos deben realizar.
Artículo 30. Disponer del mobiliario suficiente, en buen estado y adecuado a su
finalidad.
Artículo 31. Que sean respetados sus bienes personales y aquellos asignados
para su uso.
Artículo 32. Usar las instalaciones y equipos dela Institución Educativa de
acuerdo a las disposiciones establecidas sobre el particular.
Artículo 33. Que se respeten las normas de higiene, salud y seguridad que
permitan un aprovechamiento adecuado de los servicios que la Institución
Educativa ofrece.
B. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
1. Académicos:
Artículo 34. Permanecer en la Institución Educativa durante la jornada escolar,
salvo permiso expreso de una autoridad del Plantel (Jefe de TOE o Subdirector
de Nivel).
Artículo 35. Asistir a clases, así como a los actos o ceremonias de carácter
oficial.
Artículo 36. Permanecer en el aula durante las horas de clasey los cambios de
hora, manteniendo el orden y la disciplina, salvo necesidad de fuerza mayor; en
cuyo caso deberá portar un pase firmadopor el profesor de turno, Jefe de la
Oficina de Tutoría y Orientación Educativa o Subdirector del Nivel respectivo.
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Artículo 37. Trabajar y participar con responsabilidad durante las clases,
evitando trasladarse de su asiento sin autorización o distraerse en actividades
ajenas que no correspondan al área curricular.
Artículo 38. Mostrar respeto cuando un profesor u otro visitante ingresa al salón
de clase, poniéndose de pie y manteniéndose así y en silencio hasta que se le
indique que se sienten.
Artículo 39. Ponerse al día en las lecciones y tareas dejadas en su ausencia;
asimismo, informarse de las evaluaciones y actividades programadas por los
docentes y autoridades de la Institución Educativa.
Artículo 40. Asumir con responsabilidad el cumplimiento de las distintas tareas
escolares asignadas y estar siempre preparados para participar activamente en
clase y en sus evaluaciones.
Artículo 41. Los alumnos becados, se deben esforzar por mantener un alto
rendimiento académico, presentar un comportamiento acorde al reglamento y
representar a la IE cuando ella la designe.
Artículo 42. Los alumnos que mantengan los primeros puestos en el aula,
podrán representar a la Institución Educativa cuando ella lo requiera.
2. De Participación:
Artículo 43. Conocer los canales de participación estudiantil que les ofrece la
Institución Educativa, hacer uso de ellos para expresarse y colaborar en el
desarrollo de la vida institucional.
Artículo 44. Cumplir con esmero y responsabilidad los encargos que se les
asigne en lo cotidiano, celebraciones, actos colectivos, así como en tareas,
actividades y representaciones que se programen.
Artículo 45. Participar en las diferentes actividades organizadas por la
Institución Educativa.
Artículo 46. Participar en los organismos estudiantiles de la Institución
Educativa, pudiendo ser removidos de cargos estudiantiles por razones
disciplinarias o bajo rendimiento académico.
Artículo 47. Ejercer responsablemente las funciones del cargo para el que
hubiere sido elegido y dar cuenta de su gestión al finalizar su mandato.
Artículo 48. Respetar las decisiones tomadas por las Representaciones y/u
Organismos Estudiantiles que estén de acuerdo a los Estatutos y a las Normas
dela Institución Educativa.
Artículo 49. Durante las horas de receso ubicarse en los patios y no permanecer
en el aula o zonas restringidas; evitar actos peligrosos que puedan ocasionar
daño a sus compañeros o deterioro de las instalaciones, abstenerse del trato
descortés y de los actos de violencia, dela falta de respeto tanto al personal
docente, administrativo como a sus compañeros de estudio.
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Sistema Educativo Escolar FAP
Artículo 50. Al término de la última clase, los alumnos que hacen uso del
servicio de movilidad escolar, deberán dirigirse rápidamente y en forma
ordenada a los respectivos paraderos, respetar las normas de conducta
mencionadas en el acápite precedente, así como las que rigen en el interior de la
Institución Educativa, las que se extienden al personal del vehículo. Así también,
deberán observar un comportamiento seguro en el trayecto a su hogar.
Artículo 51. Reconocer, aceptar y respetar la autoridad que tiene cualquier
personal de la Institución Educativa para llamar la atención a los alumnos que
cometan actos de indisciplina.
Artículo 52. Informar al Tutor o Jefe de la Oficina de TOE, toda falta que atente
contra el bien común, a fin de no ser cómplice y responsable de la misma. La
información se mantendrá como reservado mientras duren las indagaciones
correspondientes.
Artículo 53. Demostrar (en la comunidad donde vive o frecuenta) los valores y
normas de conducta recibidas en su hogar y en la IE.
Artículo 54. Representar con responsabilidad a la Institución Educativa las
veces en que tenga el honor de hacerlo.
Artículo 55. Demostrar una actitud respetuosa y de compromiso con la
Institución Educativa en los actos comunitarios, tales como: ceremonias
religiosas, cívico patrióticas, actos culturales, etc.
Artículo 56. Mantener un comportamiento adecuado en las actividades que se
realicen dentro y fuera de la IE.
Artículo 57. Respetar la autoridad del jefe de la delegación cuando se representa
a la Institución Educativa.
Artículo 58. Colaborar con los profesores en la optimización del proceso
enseñanza-aprendizaje.
3. De Comunicación y Apoyo Institucional:
Artículo 59. Portar y usar la Agenda Escolar (principal instrumento de
comunicación entre padres de familia e Institución Educativa) en forma
obligatoria durante el año académico. En ella deberá anotar diariamente las
tareas asignadas, así como las observaciones y recomendación formuladas por
los profesores, personal de Sanidad y Psicología.
Artículo 60. Conservar en buen estado la Agenda Escolar, sin arrancar hojas ni
hacer enmendaduras a las anotaciones oficiales.
Artículo 61. Traer firmadas por sus padres o apoderado en la fecha señalada las
notas, pruebas, circulares u otros documentos que se le indique.
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Artículo 62. Asistir puntualmente a las citas de su tutor, profesores de área,
psicólogos o Jefe de la Oficina TOE, a fin de recibir orientaciones que
contribuyan a la superación de dificultades académicas y/o conductuales.
Artículo 63. Concurrir puntualmente y mantener una conducta adecuada en los
diferentes ambientes en los que se brindan los servicios médico, dental,
biblioteca, comedor, transporte escolar y otros.
Artículo 64. Respetar la prohibición del uso del teléfono de la Institución
Educativa, salvo casos excepcionales y de emergencia.
4. Pastorales:
Artículo 65. Explorar la dimensión religiosa en sí mismo y, en la medida de su
respuesta personal, tratar de vivir la fe y los valores espirituales como
compromiso de servicio a los demás.
Artículo 66. Participar respetuosamente en las jornadas pastorales, así como en
las celebraciones litúrgicas y actividades de servicio social que organiza la
Institución Educativa.
5. Dela Presentación Personal
Artículo 67. Mantener una correcta presentación personal dentro y fuera de las
aulas y en toda actividad programada por la Institución Educativa. Respetar la
prohibición de aditamentos, sustituciones y mutilaciones al uniforme escolar.
Artículo 68. Usar la blusa o camisa dentro de la falda o el pantalón; asimismo,
las alumnas deberán respetar la altura de la falda conforme al artículo 75, párrafo
a), numeral (3).
Artículo 69. Utilizar el uniforme escolar sin accesorios, maquillaje, piercing,
tatuajes y otros que contravengan las disposiciones del presente reglamento.
Artículo 70. El cabello largo de las damas estará sujeto con accesorios de color
azul. No se les permite el cabello suelto ni arreglos o tintes que no coinciden con
la sencillez y porte personal que exige la vida comunitaria de laInstitución
Educativa.
Artículo 71. Los varones usarán el corte de cabello clásico escolar y deberán
presentarse aseados, sin patillas, barba ni bigotes. No se les permite el pelo largo
o voluminoso ni arreglos o tintes que no coinciden con la sencillez y porte
personal que exige la vida comunitaria delaInstitución Educativa.
Artículo 72. Asistir con el uniforme de educación física de acuerdo al horario, o
cuando lo disponga la Dirección u otra autoridad de la IE.
Artículo 73. Solo los alumnos del V° año de Secundaria pueden llevar la casaca
de Promoción como única prenda adicional oficial autorizada por la Dirección.
14 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
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Artículo 74. Marcar el nombre y sección del alumno en todas las prendas del
uniforme para facilitar su identificación. No es responsabilidad de la Institución
Educativa la pérdida de ellos.
6. Del Uniforme Escolar
Artículo 75. El uniforme escolar consta de las siguientes prendas:
a) Prendas obligatorias de las Damas:
(1) Los alumnos del nivel inicial asistirán con el uniforme deportivoy
zapatillas negras, establecido por el Sistema Educativo.
(2) Jumper (de1er a 4to Grado de Primaria) (*)
(3) Falda a la cintura y a la altura de la rodilla(desde 5to Grado de Primaria
a Vº de Secundaria) (*)
(4) Blusa blanca con cuello para corbata, con el logo de la IE
(5) Chompa cerrada cuello V de color azul, con logo de la IE.
(6) Corbata azul (uso de acuerdo a las condiciones climáticas y
disposiciones especiales de la IE).
(7) Medias azules a la altura de la rodilla.
(8) Zapatos negros.
(9) Accesorios sencillos para el cabello de color azul (colets, vinchas o
gancho).
(*) De tela escocesa autorizada por la Institución Educativa
b) Prendas obligatorias para los varones:
(1) Pantalón plomo a la cintura.
(2) Correa negra.
(3) Camisa blanca con cuello para corbata, con el logo de la IE.
(4) Corbata azul (uso de acuerdo a las condiciones climáticas y
disposiciones especiales de la IE).
(5) Medias azules.
(6) Zapatos negros (no zapatillas).
(7) Chompa cerrada cuello V de color azul, con logo de la IE.
c) Uniforme de Educación Física de las Damas:
(1) Buzo del colegio: pantalón a la cintura y casaca
(2) Polo celeste con el logo de la IE.
(3) Pantaloneta azul a la altura de la rodilla
(4) Medias blancas
(5) Zapatillas de color blanco.
d) Uniforme de Educación Física de los Varones:
(1) Buzo del colegio: pantalón a la cintura y casaca
(2) Polo celeste con el logo de la IE.
(3) Bermuda azul
(4) Medias blancas
(5) Zapatillas de color blanco.
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e) Otras prendas permitidas (no remplaza a las prendas oficiales).
(1) En verano, y en las localidades que lo requieran, podrán usar gorro o
sombrero de ala ancha (para cubrir orejas y cuello) de color claro por
fuera y oscuro por dentro, lentes de protección solar de color y tamaño
discreto.
(2) En invierno, los alumnos podrán usar otras prendas adicionales siempre
y cuando sean de color azul marino, sin diseño, capucha u otro
aditamento. Asimismo, podrá usarse calentadores, camisetas y
cafarenas de color piel o blanco debajo de la blusa o camisa.
(3) Solo para los alumnos de V° de Secundaria estará permitido la Casaca
de Promoción.
(4) Uso de reloj de color y tamaño discreto.
7. De la Infraestructura, Mobiliario Escolar y Bienes Personales:
Artículo 76. Usar las instalaciones y equipamiento de manera adecuada y
responsable, velando por su conservación y limpieza.
Artículo 77. Cuidar las carpetas asignadas y devolverlas en perfectas
condiciones; en caso contrario, el padre de familia se hará responsable de
sustituir el material deteriorado de la forma y condiciones en que las recibió.
Artículo 78. Conservar y devolver en buen estado los artículos deportivos, de
laboratorio, material didáctico, libros de la biblioteca, aula, computadoras,
carpetas y otros que ha recibido para uso personal y colectivo.
Artículo 79. Velar por el aseo y limpieza del plantel, así como del cuidado de
las instalaciones, mobiliario, equipos, material didáctico y movilidad de la
Institución Educativa.
Artículo 80. Llevar a la Institución Educativa solo los útiles escolares necesarios
para el desarrollo de las actividades académicas. La IE no se responsabiliza por
la pérdida de dinero, joyas, juguetes, aparatos electrónicos y digitales, revistas,
lámina u otros objetos de valor.
Artículo 81. Respetar los bienes ajenos, las pertenencias y/o útiles de todos los
miembros de la comunidad educativa.
Artículo 82. Facilitar las revisiones de sus efectos personales. En salvaguarda de
los mismos alumnos, la Institución Educativa se reserva el derecho de hacer
revisiones inopinadas a sus efectos personales.
8. Del Respeto, Urbanidad y Buenas Costumbres
Artículo 83. Manifestar respeto permanente a los profesores, padres de familia,
personal de la IE y a toda persona con la que interactúa.
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Artículo 84. Practicar hábitos de cortesía, saludar en todo momento y lugar. Son
los menores los que deben dar el primer saludo.
Artículo 85. Ponerse de pie al ingreso de Directivos, Jerárquicos, docentes o
visitantes al aula de clase.
Artículo 86. Utilizar adecuadamente los medios físicos y virtuales; no crear y/o
colgar información y/o imágenes que atenten contra la integridad, honorabilidad
y bienestar de sí mismo, de sus compañeros o cualquier miembro de la
comunidad educativa (cyberbullying, happyslapping – filmar agresiones y
subirlas a internet para compartirlos). Esta obligación se extiende a todo medio
de comunicación y no solo a los de tipo cibernético.
Artículo 87. Cuidar sus expresiones verbales y evitar actos que alteren las
buenas costumbres como: exagerado tono de voz y carcajadas inadecuadas en el
aula, formaciones, períodos de descanso y movilidad escolar.
Artículo 88. Usar un lenguaje apropiado, no soez, al dirigirse a cualquier
persona en todo momento y en todo ambiente por donde transiten y/o
permanezcan alumnos o personas.
Artículo 89. No demostrar actitudes agresivas o participar en actos bruscos con
empujones, golpes, etc.
Artículo 90. No demostrar expresiones amorosas (tomarse de la mano, caricias,
abrazos, besos) mientras se esté vistiendo el uniforme escolar dentro y fuera de
las instalaciones de la Institución Educativa.
Artículo 91. No realizar actos que atenten contra el pudor y las buenas
costumbres ni hacer gestos obscenos.
II. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS
A. DE LA TUTORÍA
Artículo 92. El alumno tendrá en toda la comunidad educativa: el soporte que
orientará, guiará y modelará su desenvolvimiento personal, conductual y social.
Artículo 93. El docente Tutor contribuye a la formación integral de cada uno de
sus alumnos, brindando a los estudiantes (grupal o individualmente) criterios que
los ayuden a comprender mejor una situación y les permita encontrar posibles
alternativas de solución a los problemas, en lugar de plantearles la solución.
Artículo 94. El docente Tutor tendrá una actitud que permita promover el
desarrollo de los estudiantes, favoreciendo la toma de decisiones importantes para
su vida, sin que esto implique incumplir sus deberes y derechos.
Artículo 95. El docente Tutor debe reflejar muestras de respeto y aceptación en el
trato con sus alumnos.
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Artículo 96. El alumno debe mostrar una actitud de respeto hacia el Tutor,
principal encargado de su acompañamiento y apoyo ante las dificultades, pedidos,
inquietudes o sugerencias.
Artículo 97. Todo miembro de la Institución Educativa tiene la obligación de
orientar las actitudes y el comportamiento de los alumnos.
Artículo 98. Cada alumno tendrá, en la Oficina de Tutoría y Orientación
Educativa, un Legajo Personal donde se archivará toda la documentación referente
a su comportamiento.
Artículo 99. La orientación de parte de los docentes y Tutores será constante y
motivadora, incentivando permanentemente el cambio de actitud, evitando en todo
momento llegar a la aplicación de las medidas reguladoras del comportamiento.
Las medidas de orientación constituyen la estrategia formativa, preventiva y
restaurativa.
B. DE LA ENTREVISTAS CON LOS TUTORES:
Artículo 100. Para tener una entrevista con otro docente, Tutor o personal de la
IE, el estudiante debe contar con el pase interno respectivo otorgado por la
Oficina de Tutoría y Orientación Educativa y/o profesor de turno.
Artículo 101. El profesor permitirá la salida de un alumno (previamente citado
por otro docente o personal de la Institución Educativa) durante las horas de clase,
siempre que no se encuentre en una prueba escrita o en una circunstancia especial.
En este caso, el alumno solicitará la reprogramación de la cita.
Artículo 102. En casos excepcionales, el Jefe de la Oficina de Tutoría y
Orientación Educativa o el Subdirector de Nivel autorizará a los alumnos para
hablar con los profesores, Tutores de Aula u otra autoridad durante las horas de
clases, siempre con el visto bueno del profesor que dicta la clase y la aceptación
previa de la persona responsable de la citación.
C. DE LOS ESTÍMULOS
Artículo 103. Para estimular el buen comportamiento y el esfuerzo de superación
académica, conductual, artístico y deportivo del alumnado, la Institución
Educativa otorgará los siguientes estímulos:
a) Reconocimiento público, en el acto de clausura del año escolar, al alumno
que hubiera obtenido la Excelencia Académica al término de sus estudios
secundarios, así como al Primer Puesto de cada grado (de 1er grado de
Primaria hasta el V° grado de Secundaria).
b) Beca de Estudio por Rendimiento Académico a favor de los alumnos que
desde 6to grado de Primaria a IV° de Secundaria hayan obtenido el 1er
Puesto en el grado, de conformidad con la Directiva FAP vigente.
c) Diplomas y/o premios de estímulo a los alumnos que, al término del año
lectivo, hayan obtenido el Primer Puesto en cada aula de estudios (de 1er
grado de Primaria hasta el V° grado de Secundaria).
18 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP
d) Felicitación y premios de estímulo a los alumnos que realicen actos
distinguidos durante el año escolar o que tengan destacada participación en
actividades de carácter académico, cultural, social, deportivo, etc.
e) Anualmente se acordará premios de estímulo por cualidades personales a
favor de los alumnos que se distingan por un auténtico y notorio esfuerzo de
superación, colaboración, compañerismo, voluntad, constancia, etc.
f) La publicación del Tercio Superior del Rendimiento Académico de los
alumnos del Nivel de Secundaria se realizará a partir de la entrega del
Informe de Rendimiento Escolar.
g) Publicación del Cuadro de Honor con la fotografía de los alumnos del Nivel
Secundaria que alcanzaron el 1er, 2do y 3er Puesto en mérito a su esfuerzo
intelectual y actitudinal en cada bimestre y al término del año escolar.
h) Felicitación y/o premio grupal al grado y/o sección que hubiera destacado
en lo académico, cultural, deportivo y conductual.
Artículo 104. Los premios de estímulo consistirán en medallas y diplomas de
honor, adicionalmente podrá incluirse otros.
Artículo 105. En reconocimiento al rol protagónico de los alumnos que ocupan
cargos estudiantiles, la Institución Educativa podrá otorgarles diferentes estímulos y
distinciones.
Artículo 106. La Institución Educativa reconoce y estimula las acciones
extraordinarias dentro y fuera del plantel, en lo académico y actitudinal, que sean
realizadas en beneficio de su comunidad o de la Nación.
Artículo 107. La Institución Educativa reforzará el buen comportamiento de los
alumnos haciendo uso de diferentes estrategias de recompensa, destacándose entre
ellas la Tarjeta de Felicitación.
D. DE LOS RECURSOS IMPUGNATIVOS
Artículo 108. Como mecanismo destinado a promover los valores cívicos en los
alumnos y hacerles conocer sus derechos, la Institución Educativa reconoce el
derecho de todo alumno a la legítima defensa. En ese sentido, reconoce el derecho a
presentar recursos impugnativos ante la recepción de una medida disciplinaria de
las mencionadas en este Reglamento o cuando (a su criterio) reciba una calificación
que no considere equitativa o justa.
Artículo 109. La reconsideración se interpondrá ante la misma autoridad que
calificó la evaluación o a quien emitió la medida disciplinaria, que es materia de
impugnación, debiendo sustentar ésta con una nueva prueba. Este recurso es
opcional y su no interposición no impide el ejercicio del recurso de apelación.
Artículo 110. Todas las reconsideraciones deben hacerse por escrito en solicitud
simple dirigida a quien calificó la evaluación o emitió la medida disciplinaria,
debiendo presentarse debidamente sustentada y necesariamente acompañada de los
documentos o elementos sustenta torios.
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP 19
Artículo 111. El recurso de apelación se interpondrá cuando la impugnación se
sustente en diferente interpretación de los elementos, argumentos, criterios,
documentos y pruebas debiendo dirigirse a la misma autoridad que calificó la
evaluación o emitió la medida disciplinaria, a fin de que éste eleve lo actuado al
superior jerárquico.
Artículo 112. Las apelaciones de carácter académico serán resueltas por el
Subdirector de Nivel, en segunda y última instancia.
Artículo 113. Las apelaciones de carácter conductual o disciplinaria serán resueltas
por el Jefe de la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa, en segunda y última
instancia.
Artículo 114. Los casos de las faltas Muy Grave y Extremadamente Grave, quien
resuelve en última instancia es el Director de la Institución Educativa.
Artículo 115. Todo reclamo debe ser realizado por el padre de familia a través de
una solicitud simple dirigido a la Dirección, debidamente acompañado de los
documentos o elementos sustentatorios.
Artículo 116. Todo reclamo debe presentarse dentro del tercer día de conocido el
resultado de la evaluación o aplicada la medida disciplinaria. Pasado este plazo, se
entenderá que la calificación o medida disciplinaria ha sido consentida. Los
términos se computan a partir del día siguiente de la notificación.
E. DE LAS FORMACIONES Y ACTUACIONES
Artículo 117. Formar inmediatamente en los patios o frente a sus salones al toque
del timbre que anuncia el inicio y/o continuación de las labores escolares,
manteniendo el orden y respeto así no se encuentre el profesor.
Artículo 118. La asistencia de los alumnos a las ceremonias de saludo a la bandera
(formaciones semanales) y a las actuaciones de la Institución Educativa tiene
objetivos formativos y, por tanto es obligatoria.
Artículo 119. En las formaciones y en las diferentes actuaciones, los alumnos
deben adoptar un comportamiento acorde a la naturaleza de la actividad que se está
desarrollando:
a) Estar en posición de atención demostrando respeto al izar el Pabellón
Nacional y entonar el Himno Nacional.
b) Guardar silencio y mantenerse ordenado en su emplazamiento.
c) Escuchar y seguir las indicaciones de los responsables de la formación.
F. DE LA ASISTENCIA PUNTUALIDAD Y PERMISOS
Artículo 120. La asistencia regular y puntual de los alumnos durante el año lectivo
es obligatoria para asegurar el logro de los objetivos educacionales.
Artículo 121. El alumno que llegue tarde a la Institución Educativa, podrá ingresar
al aula al inicio del siguiente periodo de clase, mostrando el pase correspondiente
firmado por el personal encargado de la Oficina de Tutoría y Orientación
20 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP
Educativa; en caso de no presentar justificación se hará acreedor a la medida
reguladora respectiva.
Artículo 122. Los alumnos que tuvieran un 30% de inasistencias injustificadas, no
podrán ser promovidos al año inmediato superior. Serán considerados en las actas
promocionales como retirados por límite de inasistencias. Para tal efecto, el
Director expedirá un decreto, previo informe y opinión del Tutor y el Jefe de la
Oficina de Tutoría y Orientación Educativa.
Artículo 123. Los padres de familia justificaran las inasistencias a clases, enviando
con su menor hijo en un plazo no mayor a tres días, el justificativo acompañado de
la respectiva documentación sustentatoria correspondiente a los días de ausencia,
quien entregara a su tutor (a), de lo contrario se considerará como falta
injustificada.
Artículo 124. La inasistencia injustificada a una clase hace perder el derecho a ser
evaluado, si en ese período se llevara a cabo algún examen.
Artículo 125. Para ausentarse de la Institución Educativa durante el horario de
clase, el padre del alumno solicitará el permiso correspondiente a la Oficina de
Tutoría y Orientación Educativa en forma personal o por medio de la Agenda
Escolar (NO POR TELÉFONO), y sólo se permitirá la salida del alumno de la
Institución Educativa en compañía de sus padres o la persona autorizada.
Artículo 126. Los alumnos que por motivos excepcionales tuvieran citas de
carácter médico o dental durante la jornada escolar, deberán comunicar por escrito
en la Agenda Escolar el día anterior a la cita programada.
Artículo 127. Si las citas fueran programadas en las primeras horas de la mañana,
los alumnos podrán ingresar a la Institución Educativa, debiendo presentar la
constancia de atención o copia del recibo de pago de la consulta para justificar la
tardanza; si las citas fueran programadas en las últimas horas de la mañana, los
documentos sustentatorios serán presentados al día siguiente.
Artículo 128. Los padres de familia NO deben enviar a la Institución Educativa a
los alumnos que se encuentren delicados de salud.
Artículo 129. Los padres de familia deberán solicitar(por escrito) el permiso y la
autorización correspondiente a la Dirección de la IE cada vez que un alumno
tuviera que ausentarse de manera prolongada, por viaje u otro motivo.
G. DE LA AGENDA ESCOLAR
Artículo 130. La Agenda Escolar es un documento oficial de la Institución
Educativa, de distribución gratuita; una ayuda para el trabajo escolar del alumno y
un instrumento de comunicación entre los padres de familia y el plantel, el no
portarla se hará acreedor a la medida reguladora del comportamiento tipificada para
el caso.
Artículo 131. La Agenda Escolar deberá ser revisada y firmada diariamente por los
padres de familia.
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP 21
Artículo 132. En caso de pérdida, deberá adquirirse otra Agenda Escolar en la
Oficina de Tesorería.
Artículo 133. En la Agenda Escolar se debe tener en cuenta lo siguiente:
a. Consignar los datos personales del alumno, padres de familia y/o apoderado
autorizado.
b. Evitar hacer inscripciones o anotaciones ajenas a su finalidad.
c. Estar forrada con material transparente.
d. Contar con los datos del seguro para su atención médica.
e. No poner stikers en la agenda.
III. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN DEL
EDUCANDO
A. DE LA EVALUACIÓN ACADÉMICA
Artículo 134. Los Alumnos que se retiren de la IIEE (traslado de matrícula) con
evidentes signos de bajo rendimiento académico y posible repitencia del grado, no
podrán reingresar a la Institución Educativa.
Artículo 135. La evaluación del educando será permanente, integral y flexible en
función de los objetivos educativos previstos.
Artículo 136. La evaluación de los educandos se realiza de acuerdo con el Diseño
de Evaluación y normas complementarias que se dicten al respecto.
Artículo 137. El Informe del Rendimiento Escolar, en el que se registran los
calificativos del alumno, será entregado al padre de familia y/o a los alumnos en las
fechas señaladas, y serán publicadas en la página Web.
Artículo 138. El cumplimiento y oportuna entrega de las tareas será considerado
dentro de los criterios de evaluación.
Artículo 139. Todos los exámenes corregidos por los docentes serán entregados al
alumno para ser archivados y sean, además, de conocimiento del Padre de Familia.
Artículo 140. Los alumnos que tengan dos o más áreas curriculares desaprobadas
en los promedios bimestrales, recibirán una citación para sus padres.
Artículo 141. La inasistencia a rendir una evaluación escrita deberá ser justificada.
En caso de enfermedad, deberá presentar el Certificado Médico respectivo; en cuyo
caso podrá solicitar, en un plazo máximo de tres días, una nueva fecha de examen
al profesor del área o a la Subdirección de Nivel.
Artículo 142. Podrá solicitar por escrito a la Subdirección de Nivel respectiva,
postergación de evaluación de bimestre, adjuntando los documentos que lo
sustenten.
Artículo 143. La promoción de los alumnos al año inmediato superior se realizará
según las normas establecidas por el Ministerio de Educación.
22 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP
Artículo 144. El alumno que repite por segunda vez en el mismo nivel educativo
(Primaria o Secundaria) se solicitará al padre de familia la elección de otra
propuesta educativa a fin que el estudiante tenga éxito en sus estudios.
Artículo 145. Al término de cada año de estudio, los educandos podrán solicitar la
Certificación correspondiente, salvo aquellos que tengan cuentas pendientes con la
IIEE. La Institución Educativa tiene el derecho de retener los certificados y otros
documentos de evaluación correspondientes a los periodos no pagados, pudiendo
brindar información verbal sobre las mismas a los padres y/o apoderado.
B. DE LA EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO
Artículo 146. Evaluar es un proceso de análisis, estructurado y reflexivo, que
permite comprender la naturaleza del sujeto y emitir juicios de valor sobre el
mismo, proporcionando información para ayudarlo a mejorar y ajustar la acción
Formativa - Educativa.
Artículo 147. Todo Personal de la Institución Educativa posee la facultad de
informar y/o actuar cuando sorprenda a un alumno cometiendo una falta.
1. Criterios del Tutor para determinar la calificación del Comportamiento
Artículo 148. Las categorías que los tutores y docentes del grado tomarán en
cuenta para la evaluación de concepto del comportamiento son:
a) Presentación Personal
b) Puntualidad
c) Responsabilidad
d) Orden
e) Respeto
2. Criterios para registrar los deméritos
Artículo 149. Las categorías para registrar los deméritos en la evaluación del
comportamiento serán las siguientes:
a) Presentación Personal
b) Puntualidad
c) Responsabilidad
d) Orden
e) Respeto
Artículo 150. Los alumnos que demuestren permanentemente acciones destacadas,
así como los que incumplan con sus deberes, además de recibir el acompañamiento
tutorial y psicológico, serán acreedores a las medidas formativas, reguladoras y
restaurativas del comportamiento que a continuación se señalan, en función a la
naturaleza o gravedad de la falta cometida:
a) Acciones destacadas =Tarjeta de Felicitación
b) Inicio en faltas leves = Tarjeta de Orientación
c) Faltas leves. =Tarjeta de Llamada de Atención
d) Faltas moderadas. =Tarjeta Amonestación
e) Faltas Graves. =Tarjeta de Severa Amonestación
f) Faltas muy Graves =Falta muy Grave
g) Faltas extremadamente Graves = Falta Extremadamente Grave
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP 23
Artículo 151. El alumno que se haga acreedor a una medida de acuerdo al
artículo precedente, (Presentación Personal, Puntualidad, Responsabilidad,
Orden, Respeto)escribirá en la tarjeta su compromiso de mejora y su nombre,
cada tarjeta tiene una correspondencia directa en la calificación del
comportamiento.
Artículo 152. Toda tarjeta se llenará por duplicado; una se entregará al alumno
para ser devuelta con la firma del padre y la otra será archivada en su legajo en
la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa, registrada en el sistema en cada
bimestre.
Artículo 153. Cuando un alumno acumule el número de tarjetas que conlleven
a una de mayor severidad, será firmada por el Jefe de Tutoría y Orientación
Educativa.
3. Medidas y estrategias para la mejora del comportamiento
Artículo 154. Son todas las acciones que cumplen la función formativa,
preventiva, reguladora y reparadora del comportamiento que la Institución
Educativa aplica a los alumnos que cometieran faltas de comportamiento y/o
actitudinal que se detallan en el presente reglamento. Estas acciones tienen la
finalidad de prevenir, aceptar y asumir la responsabilidad de la misma, (reparar
el daño emocional cometido), cautelar el orden necesario para vivir en sociedad
y resguardar el bienestar común. Asimismo sustentan las notas de
Comportamiento.
Artículo 155. La Institución Educativa aplica las siguientes medidas
formativas:
Diálogo personal con el alumno.
Orientación de parte de los profesores, psicólogos y/o tutores de aula.
Ejecución de tareas o trabajos especiales relacionados directamente con
el comportamiento a modificar.
Orientación y acompañamiento mediante estrategias propias de la oficina
de Psicología (estrategias preventivas, formativas, restaurativas y
reguladoras del comportamiento), a través de toda la comunidad
educativa.
Comunicación personal y/o escrita, con los padres de familia,
compromisos específicos y su seguimiento respectivo.
Compromiso de Honor que demandan acciones específicas que los
padres y alumnos deben cumplir.
3.1 Tarjeta de Felicitación:
Artículo 156. La Tarjeta de Felicitación podrá ser propuesta por el personal de
la Institución Educativa. Será otorgada por el Jefe de Tutoría y Orientación
Educativa, el Subdirector de Nivel o Director de la IE, en mérito al
mejoramiento en el comportamiento, cambio de actitud del alumno o por la
realización de acciones destacadas relacionadas con la disciplina y las buenas
costumbres.
24 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP
Artículo 157. Cada Tarjeta de Felicitación que reciba un alumno, en el Nivel
Secundaria, significará un incremento en la calificación del comportamiento
que el Tutor le asigne. En el Nivel primaria 02 tarjetas sube un nivel de logro, y
en secundaria cada tarjeta sube 01 punto en la nota de concepto del respectivo
bimestre.
3.2 Tarjeta de Orientación
Artículo 158. Las orientaciones verbales serán comunicadas en la Agenda
Escolar y registrada en la Tarjeta de Orientación, y serán archivadas en el
legajo del estudiante.
Artículo 159. En primaria hasta dos Tarjetas de Orientación conservan el
nivel de logro “AD”, una tercera Tarjeta de Orientación baja al nivel de logro
“A”, asimismo en secundaria, la tercera tarjeta de orientación conllevará a una
tarjeta de llamada de atención que significa 01 punto menos en el promedio de
su calificación.
3.3 Tarjeta de llamada de Atención
a) Documento que será utilizado por los docentes, Tutores o Jefe de la
Oficina de Tutoría y Orientación Educativa, cuando se observen
FALTAS LEVES en el aula u otro ambiente de la Institución Educativa,
incluso en las movilidades escolares.
b) Se considerará FALTA LEVE a la trasgresión simple de las normas de
conducta, que no comprometen la integridad física y/o material, ni
revela una actitud sistemática del infractor.
c) El alumno tomará conocimiento del motivo y en que categoría se
encuentra la falta. La tarjeta de Llamada de Atención se registrará en
cada una de las categorías según sea el caso (Presentación Personal,
Puntualidad, Responsabilidad, Orden, Respeto). Los deméritos se
restarán de la calificación de concepto del comportamiento dada por el
Tutor.
d) El documento se formulará por duplicado; el original se entregará al
alumno; y será devuelta con la firma del padre de familia y la otra se
archivará en el Legajo Personal del Alumno de la Oficina de TOE.
e) En el Nivel Primaria:
(1) El alumno que acumule hasta tres (03) Llamadas de Atención, su
Nivel de Logro de Comportamiento en el bimestre será “En
Proceso” (B).
(2) De acumular una cuarta (04) Llamada de Atención merecerá una
Amonestación - Calificativo “C”.
f) En el Nivel Secundaria:
(1) Cada Llamada de Atención recibida significará el descuento de un
(01) punto de la calificación bimestral de la nota de
Comportamiento que el Tutor le asigne.
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP 25
(2) Podrá acumular un máximo de tres (03) Llamadas de Atención
Escrita en el bimestre.
(3) De recibir una cuarta (04) merecerá una Amonestación (– 02) dos
puntos menos en su calificación que se sumará a los (-03) tres
puntos menos de las llamadas de atención que la antecedieron.
g) Se consideran FALTAS LEVES:
Presentación personal
(1) Asistir a la IE con el uniforme incompleto
(2) No vestir el uniforme del colegio correctamente.
(3) Uso de accesorios y/o prendas no permitidas (aretes largos y
llamativos, polos de colores y/o estampados debajo de la camisa
o blusa)
(4) Usar maquillaje, esmalte en las uñas.
(5) Cabellos sueltos (DAMAS).
(6) Cabellos largos (VARONES).
(7) Ingresar al aula desaliñado y/o sudoroso (por ejemplo, después
de recreos, deportes, etc.).
(8) Falda arriba de la rodilla.
(9) Pantalones con basta deteriorada.
(10) Asistir con buzo en fechas que no corresponde.
Puntualidad
(1) Hasta tres (03) tardanzas y/o inasistencias injustificadas a la
Institución Educativa.
(2) Hasta tres (03) tardanzas injustificadas o sin autorización a
clases y/o cambio de hora, formaciones o actividades.
Responsabilidad
(1) No justificar oportunamente las inasistencias con documento
probatorio o justificación del padre de familia.
(2) No devolver firmada la documentación educativa (desglosables,
cartas, entre otros).
(3) No traer la Agenda Escolar o tenerla sin la firma del padre o
apoderado.
(4) Maltratar y/o no darle el uso adecuado a la Agenda Escolar.
(5) Ingresar sin autorización a otro ambiente y/o sala de profesores
de la IE.
(6) Salir del aula sin autorización durante el cambio de hora.
(7) Permanecer en el aula sin autorización o en lugares no asignados
durante el recreo.
26 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP
(8) Ingresar a los salones de clase durante actividades que requieran
la presencia de los estudiantes en otros ambientes de la IE, salvo
expresa autorización de profesores y/o directivos.
(9) Ir a la enfermería sin el permiso correspondiente, salvo que
exista una emergencia.
Orden
(1) Arrojar papeles u otros fuera del contenedor de basura.
(2) Ingerir alimentos durante las horas de clase.
(3) Ocasionar desorden y alboroto en el aula durante horas de clase.
(4) No respetar la ubicación que le asigna el Tutor dentro del aula.
(5) Dejar en desorden el aula, laboratorios, camerinos, talleres, etc.
luego de una sesión de clase.
Respeto
(1) No practicar hábitos de cortesía ( no saludar o ponerse de pie al
ingreso de docentes o visitantes)
(2) Mostrar una conducta inadecuada en el bus.
(3) Uso de lenguaje inapropiado y palabras soeces.
(4) Uso inadecuado de cualquier ambiente de la Institución
Educativa (servicios higiénicos, biblioteca, kioscos, etc.).
(5) Exagerado tono de voz y carcajadas inadecuadas en el aula,
formaciones, ómnibus y movilidades escolares.
Otras a juicio de la Subdirección de Nivel y/o la Oficina de Tutoría y
Orientación Educativa.
3.4 Tarjeta de Amonestación
a) Documento escrito que será utilizado por docentes, tutores o Jefe de la
Oficina de Tutoría y Orientación Educativa cuando se observe una
FALTA MODERADA en el aula u otro ambiente de la Institución
Educativa.
b) El alumno tomará conocimiento del motivo y del criterio de evaluación
actitudinal en que se ubica la falta. La Tarjeta de Amonestación se
registrará en el criterio según sea el caso (Presentación Personal,
Puntualidad, Responsabilidad, Orden, Respeto). Todos los deméritos se
contabilizarán y restarán de la calificación del comportamiento dada por
el Tutor.
c) El documento se formulará por duplicado; una copia se enviará al padre
de familia y la otra se archivará en el Legajo Personal del Alumno.
d) El docente, Tutor o Jefe de la Oficina de Tutoría y Orientación
Educativa que observó la falta, citará al padre de familia para
informarle lo sucedido y coordinar acciones correctivas,
comprometiendo su participación en el cambio y superación de la
actitud negativa.
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP 27
e) Si el caso lo amerita, la Amonestación estará acompañada de una sesión
de orientación para el alumno y padre de familia o apoderado, a cargo
del psicólogo de Nivel.
f) En el Nivel Primaria:
(1) El alumno que acumule dos (02) Amonestaciones, su Nivel de Logro
de Comportamiento en el bimestre será “En Inicio” (C).
(2) De acumular una tercera (03) Amonestación merecerá, una Tarjeta
de Severa Amonestación “En Inicio” (C).
g) En el Nivel Secundaria:
(1) Cada Amonestación recibida significará el descuento de dos (02)
puntos de la calificación bimestral dela nota de Comportamiento que
el Tutor le asigne.
(2) Podrá acumular un máximo de dos (02) Amonestaciones en el
bimestre.
(3) De recibir una tercera (03), merecerá una Papeleta de Severa
Amonestación.
h) Se consideran FALTAS MODERADAS:
Presentación Personal
(1) Utilizar prendas del uniforme ceñidas o en tallas pequeñas.
(2) Tener tatuajes visibles.
(3) Utilizar piercing.
(4) Asistir con patillas, barba o bigotes.
(5) Corte inadecuado de cabello (corte de moda)
(6) Cabellos teñidos
(7) Reincidencia en usar la falda por encima de la rodilla.
Puntualidad
(1) A la cuarta (4ta) tardanza y/o inasistencia injustificada a la
Institución Educativa se considera falta moderada.
(2) A la cuarta (4ta) tardanza injustificada a clase se considera falta
moderada.
Responsabilidad
(1) No asistir deliberadamente a los compromisos cívicos/escolares
(2) La incitación y/o complicidad en la comisión de una falta a las
Normas de Conducta del presente Reglamento.
Orden
(1) Dedicarse a una asignatura distinta a la que se está dictando.
(2) Acudir a kioscos para consumir una vez finalizado el cambio de hora
y/o recreo o receso.
28 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP
(3) Ocasionar desorden, alboroto en formaciones o actuaciones haciendo
caso omiso de la llamada de atención del docente.
(4) Arrojar huevos, harina, agua o cualquier otra sustancia a los
compañeros dentro y/o fuera de la Institución Educativa.
(5) Sentarse sobre el escritorio del profesor.
Respeto
(1) Causar daños a los bienes o pertenencias de los miembros de la
comunidad educativa.
Otras a juicio de la Subdirección de Nivel y/o la Oficina de
Tutoría y Orientación Educativa
3.5 Tarjeta de Severa Amonestación
a) Documento escrito que será aplicado cuando se observe una FALTA
GRAVE. Constituye una medida drástica que implica que el alumno
que se hace merecedor a esta TARJETA, desapruebe la nota de
Comportamiento en el bimestre correspondiente, independientemente
de la apreciación del Tutor y de los logros alcanzados en los diferentes
criterios actitudinales.
b) El documento se formulará por duplicado; el original se entregará al
padre de familia y la otra se archivará en el Legajo Personal del
Alumno.
c) El Jefe de la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa, citará al padre
de familia para informarle lo sucedido y coordinará acciones
correctivas, comprometiendo su participación en el cambio y
superación de la actitud negativa. Toda Papeleta de Severa
Amonestación dará origen a la firma de un Compromiso de Honor por
parte de los padres, el cual será firmado y entregado el día de la cita.
d) La Severa Amonestación estará acompañada de una sesión de
orientación para el alumno y padre de familia o apoderado, a cargo del
psicólogo del Nivel.
e) En los casos que los alumnos registraran faltas GRAVES en el
bimestre, automáticamente su calificación desaprobatoria será diez (10)
en Secundaria o “C” en Primaria, independientemente de los logros
alcanzados en los diferentes criterios actitudinales.
f) La aplicación de esta sanción constituye para el alumno que la
recibe una seria advertencia, pues, de continuar con su mal
comportamiento, se hará merecedor a una “Medida Correctiva
Extrema”.
g) Se consideran FALTAS GRAVES:
Presentación Personal
(1) Reincidir en las faltas moderadas.
Puntualidad
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP 29
(1) A la quinta (5ta) tardanza y/o inasistencia injustificada a la IE.
(2) A la quinta (5ta) tardanza injustificada a clase.
Responsabilidad
(1) Reincidir en las faltas moderadas.
(2) Usar celular durante las horas de clase y en cualquier actividad
dirigida que se desarrolle en la IE.
(3) Plagiar en las evaluaciones.
(4) Falsificar firmas, extraer páginas y/o romper deliberadamente la
Agenda Escolar, cuadernos u otros.
(5) Esconder o negarse a entregar la Agenda Escolar.
(6) Practicar juegos de envite (dados, casinos, etc.) con apuestas, en
todas sus modalidades.
(7) Desprestigiar la imagen de la Institución Educativa en cualquier
actividad dentro o fuera del ámbito institucional.
(8) Utilizar elementos informáticos y/o electrónicos (celulares, MP3,
MP4, grabadoras, cámaras fotográficas digitales, etc.) perjudicando
a sus compañeros, el normal desenvolvimiento de las clases y en
los ambientes de la Institución Educativa.
(9) No acatar las indicaciones del personal directivo, docente,
auxiliares, y demás personal de la Institución Educativa.
(10) Encubrir conductas inadecuadas de sus compañeros.
(11) Evasión de clases.
Orden
(1) Reincidir en las faltas moderadas.
(2) Interferir y obstruir intencionalmente el normal desarrollo de las
clases.
Respeto
(1) Reincidir en las faltas moderadas.
(2) Calumniar, injuriar, abusar, faltar a la verdad, distorsionando los
hechos perjudicando a terceros.
(3) Faltar el respeto a los símbolos patrios, religiosos o institucionales.
(4) Escribir, dibujar y/o plasmar expresiones vulgares e irrespetuosas
en las instalaciones de la IE.
(5) Fomentar violencia contra sus compañeros y personal dentro o
fuera de la Institución Educativa.
(6) Demostrar expresiones amorosas portando el uniforme escolar,
dentro de la Institución Educativa y en zonas adyacentes, así como
en la movilidad.
30 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP
(7) Realizar actos inapropiados que atenten contra el pudor y las
buenas costumbres.
(8) Hacer gestos obscenos.
Otras a juicio de la Subdirección de Nivel y/o la Oficina de Tutoría y
Orientación Educativa.
3.6 Falta Muy Grave.
a) Documento escrito que será aplicado cuando se observe una FALTA
MUY GRAVE. Se aplicará una Medida Reguladora que conlleva a que
el alumno, automáticamente, desapruebe en Comportamiento con 08 en
Secundaria o “C” en Primaria en el Bimestre, independientemente de
los logros alcanzados en los diferentes criterios actitudinales.
b) En el nivel de secundaria, la Medida Reguladora podrá ser de 1 a 6 días
hábiles de privación de ingreso a la IE, y no impide al alumno cumplir
con sus obligaciones académicas generales durante su ausencia.
c) Para la aplicación de una Medida Reguladora, se cumplirá con el
siguiente procedimiento:
(1) Informe escrito del personal que presenció la falta en la IE, dirigido
al Jefe de Tutoría y Orientación Educativa.
(2) El Jefe de la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa informará
por escrito al Director de la IE, quien convocará al Consejo
Directivo.
(3) El Presidente del Consejo Directivo citará a los Padres de Familia o
apoderado para acompañar a su menor hijo (en una fecha no menor
de tres días de emitida la citación) para realizar su descargo ante los
integrantes del Consejo Directivo, adjuntándose una copia del
informe del personal que presenció la falta.
(4) En reunión de Consejo Directivo, se recibirá el descargo del
alumno acompañado de sus padres o apoderado, el que quedará
registrado en un Acta que será firmada por todos los participantes
de la reunión. El descargo podrá ser presentado en forma escrita y,
si fuera una exposición verbal, se registrará y anotará en el Acta.
(5) Posteriormente, en reunión de Consejo Directivo, se determinará si
procede o no la Medida Reguladora, lo que quedará registrado en
una segunda Acta que será firmada por todos los integrantes del
Consejo Directivo.
(6) Toda Medida Reguladora dará origen a observar la matrícula del
año siguiente (Matricula en Observación en el Proceso Educativo
Formativo).
(7) El Jefe de Tutoría y Orientación Educativa reportará el caso a la
Oficina de Psicología para el seguimiento correspondiente.
d) Son causales de FALTA MUY GRAVE para la aplicación de una
Medida Regulador a las siguientes:
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP 31
(1) Reincidencia en las faltas que ocasionaron la Tarjeta de Severa
Amonestación.
(2) Suplantar a otro alumno.
(3) Reiterada desobediencia a la autoridad, falta de respeto a los
símbolos patrios, a los profesores, compañeros y personal de la
comunidad educativa.
(4) El uso indebido de elementos de estudio como bisturís, compases y
otros elementos para agredir a sus compañeros o integrantes de la
comunidad educativa.
(5) Ingresar información a redes sociales o medios escritos que afecten
la dignidad de las personas y dañen la imagen institucional.
(6) Falsificar y/o alterar documentos, pruebas escritas, citaciones,
calificaciones u otros escritos afines.
(7) Fumar en la Institución Educativa, inmediaciones, movilidades u
ómnibus escolar.
(8) Actos de bullying (acoso escolar), así como en cyberbullying y
happyslapping (filmar agresiones y subirlas al internet).
(9) Cometer o participar en actos reñidos contra la moral y buenas
costumbres o que atenten contra la salud física o mental dentro de
la IE o en sus inmediaciones.
(10) Traer u observar publicaciones pornográficas.
(11) Actos de violencia dentro o fuera del local escolar.
(12) Evasión de la Institución Educativa.
Otras a juicio de la Subdirección de Nivel y/o la Oficina de Tutoría
y Orientación Educativa.
3.7 Falta Extremadamente Grave.
a) Si después de aplicarse la Medida Reguladora, el alumno persiste en
mantener actitudes negativas, su separación definitiva de la IE será
automática, por decreto del Director y previo informe del Tutor y del
Jefe de la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa, así como la
opinión del Consejo Directivo. Las FALTAS EXTREMADAMENTE
GRAVES serán causales de pérdida de la vacante sin necesidad de la
reiteración de la falta.
b) La aplicación de esta medida determinará la cancelación del servicio
educativo al menor sancionado, sin posibilidad de ser matriculado en
ninguna IE FAP en lo que reste de su etapa escolar.
c) Asimismo, pueden suscitarse FALTAS EXTREMADAMENTE
GRAVES que constituyan obligación estricta del Consejo Directivo
para sugerir la Separación inmediata del alumno, sin necesidad de
Suspensión previa.
d) Para proceder con la Separación, se cumplirá con el siguiente
procedimiento:
32 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP
(1) Informe escrito del personal de la IE que presenció la falta, dirigido
al Jefe de Tutoría y Orientación Educativa.
(2) El Jefe de la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa informará
por escrito al Director de la IE, quien convocará al Consejo
Directivo.
(3) El Presidente del Consejo Directivo citará a los Padres de Familia o
apoderado para acompañar a su menor hijo (en una fecha no menor
de tres (03) días de emitida la citación) para realizar su descargo
ante los integrantes del Consejo Directivo. A la citación que se
envíe a los padres, se adjuntará una copia del informe del personal
que presenció la falta.
(4) El Consejo Directivo, de creerlo conveniente, podrá suspender
provisionalmente al alumno, a fin de salvaguardar los derechos e
integridad de los demás estudiantes.
(5) En reunión de Consejo Directivo se recibirá el descargo del alumno
acompañado de sus padres o apoderado, el que quedará registrado
en un Acta que se firmará por todos los participantes de la reunión.
(6) Posteriormente, en reunión de Consejo Directivo se determinará si
procede o no la Separación, lo que quedará registrado en una
segunda Acta que será firmada por todos los integrantes del
Consejo Directivo.
(7) Emisión y entrega a los Padres de Familia de la Resolución
Directoral de Separación de la IE.
e) Son FALTAS EXTREMADAMENTE GRAVES y causales de
Separación o Expulsión, las siguientes:
(1) La reincidencia en las faltas que motivaron la medida disciplinaria
de Suspensión.
(2) Traer y/o utilizar objetos punzo cortantes, pirotécnicos, armas de
fuego o cualquier objeto que atente contra la integridad física de las
personas.
(3) Utilizar artículos detonantes, sustancias químicas u otras que sean
empleadas con el propósito de causar daños o demostrar rebeldía.
(4) Coaccionar, amenazar, agredir verbal o físicamente a compañeros
y/o al personal que labora en la Institución Educativa.
(5) Ocasionar daños, romper o destruir el mobiliario, equipos,
instrumental, infraestructura y movilidad escolar de la Institución
Educativa.
(6) Falta grave de respeto a Directivos, profesores, administrativos y
otras personas que directa o indirectamente tengan que ver con la
institución.
(7) En caso de reincidir en actos de bullying (acoso escolar), así como
en cyberbullying y happyslapping (filmar agresiones y subirlas al
internet).
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP 33
(8) Consumir sustancias psicoactivas y/o bebidas alcohólicas dentro de
las instalaciones de la IE o en comisiones de representación, dentro
o fuera de la Institución Educativa.
(9) Presentarse a la IE o a cualquier actividad organizada por ella en
manifiesto estado de embriaguez o bajo efectos de sustancias
alucinógenas.
(10) Portar, distribuir y/o comercializar sustancias psicoactivas que
afecten la integridad personal o de la comunidad, dentro o fuera de
la IE.
(11) Hurto comprobado dentro y/o fuera de la IE, así como encubrir a
quien lo haga.
(12) Pertenecer o conformar grupos de pandillaje, barras bravas con
actitudes delincuenciales u otra actividad que vaya en contra de la
sociedad.
(13) Tratar de obtener beneficios personales mediante el chantaje y/o
amenaza a compañeros o cualquier miembro de la comunidad
educativa.
(14) El comercio de notas.
(15) Actos de extrema violencia dentro y fuera de la IE.
(16) Participación en riñas colectivas dentro y fuera de la Institución
Educativa.
Otras a juicio de la Subdirección de Nivel y/o la Oficina de Tutoría
y Orientación Educativa.
4. Del Procedimiento para la Calificación Bimestral del Comportamiento
Artículo 160. La nota de Comportamiento será definida por los Tutores, en
trabajo coordinado con docentes del aula y el Jefe de la Oficina de Tutoría y
Orientación Educativa. Se considerarán tanto los criterios de los Tutores como
los estímulos, las medidas reguladoras empleadas y registradas en el bimestre.
Artículo 161. Los docentes Tutores son los responsables de determinar la
calificación del Comportamiento de cada uno de sus alumnos.
a) Los tutores tomando en cuenta las observaciones realizadas en sus
estudiantes durante todo el bimestre, pondrán la nota de concepto de
acuerdo a los criterios indicados en el artículo 150 dando un peso a cada
categoría de 04 puntos.
b) Los Tutores de Primero (1ro) a Cuarto (4to) de Primaria, apoyados y/o
refrendados por los docentes del aula.
c) Los Tutores de Quinto (5to) de Primaria a V° de Secundaria, reunidos
con los demás Tutores del grado que a su vez son docentes del aula.
d) Obtenida la nota de concepto procederá a realizar los deméritos de
acuerdo a las faltas cometidas durante el respectivo bimestre de acuerdo
a lo descrito en el presente reglamento.
e) Cada bimestre es un inicio en el conteo de las faltas.
34 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP
Artículo 162. La Oficina de Tutoría y Orientación Educativa alcanzará,
permanentemente y al final del bimestre, el reporte de conducta del aula a cada
Tutor.
Artículo 163. Para los alumnos del Nivel Primaria la calificación de “Logro
Sobresaliente” (AD) en Comportamiento en el bimestre, se mantendrá dicho
Nivel de Logro siempre y cuando registren hasta sólo 2 tarjetas de Orientación
escrita.
Artículo 164. Los alumnos del Nivel Primaria que (según el docente Tutor)
merecieran la calificación de “Logrado” (A) en Comportamiento en el
bimestre, mantendrán dicho Nivel de Logro solo si obtuvieron 3 Orientaciones
Escritas (en la Agenda Escolar y registradas en el formato correspondiente) y/o
hasta 3 llamadas de atención.
Artículo 165. Los Tutores de los alumnos del Nivel de Secundaria que
registraran incidencias de faltas LEVES o MODERADAS en el bimestre,
deberán tener en cuenta los correspondientes deméritos para asignar la
calificación del Comportamiento.
Artículo 166. En los casos que los alumnos hayan obtenido Tarjetas de
Felicitación, los puntos correspondientes se sumarán a la nota bimestral del
Comportamiento (luego de haberse descontado el puntaje de faltas leves o
moderadas).
Artículo 167. Los alumnos que al finalizar el año escolar resulten
desaprobados en Comportamiento tendrán una entrevista con el Director de la
Institución Educativa a fin de evaluar la propuesta educativa para su menor
hijo.
Artículo 168. La calificación final del comportamiento en primaria será la
obtenida en el IV bimestre, y en secundaria será el promedio de los 04
bimestres.
IV. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
A. DE LA RATIFICACIÓN DE MATRÍCULA
Artículo 169. Los alumnos que al final del año académico hayan sido
desaprobados en comportamiento con una calificación igual o menor de diez (10)
en Secundaria y C en Primaria, no podrán ratificar su matrícula en ninguna
Institución Educativa FAP. En estos casos los padres de familia serán notificados
al finalizar el año escolar. El mismo tratamiento recibirán los alumnos
comprendidos en el artículo 144 del presente Reglamento.
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP 35
B. DE LAS VISITAS INSTRUCTIVAS, EXCURSIONES Y VIAJES
PROMOCIONALES
Artículo 170. Las visitas instructivas o excursiones tendrán fines
fundamentalmente educativos, y se llevarán a cabo siempre que ofrezcan las
condiciones que garanticen la máxima seguridad para el alumnado.
Artículo 171. La sección que realice una visita instructiva o excursión quedará
bajo la responsabilidad del/los docente/s y el Jefe de Actividades que organizan la
visita.
Artículo 172. Los alumnos abonarán el costo de las visitas instructivas o
excursiones organizadas por la IE.
Artículo 173. Teniendo en consideración la naturaleza de la visita instructiva o
excursión, la Institución Educativa se reservará el derecho de seleccionar al
alumnado que participará en ella.
Artículo 174. Los accidentes que pudieran suscitarse durante la visita instructiva
o excursión, deberán ser informados de inmediato al Director de la IE, quien
informará a CASED de aquellos que revistan gravedad.
Artículo 175. En toda visita instructiva o excursión se mantendrá la
proporcionalidad de un profesor y/o auxiliar de educación por cada quince
alumnos.
Artículo 176. Las excursiones escolares que demanden más de tres días de
duración solo podrán ser efectuadas durante los periodos vacacionales, previa
autorización de la Dirección de la Institución Educativa y con conocimiento de la
UGEL.
Artículo 177. Para la concesión de la autorización se requiere una solicitud
presentada al Director de la Institución Educativa por lo menos quince días antes
de la fecha proyectada para la excursión, acompañada de los siguientes
documentos:
a) Plan de excursión
b) Presupuesto debidamente financiado, incluyendo el contrato de transporte.
c) Autorización escrita y legalizada de los padres o apoderados de cada uno
de los alumnos.
d) Relación de los alumnos que saldrán de excursión con indicación de sus
respectivas edades, pesos y estado de salud.
e) Relación de los profesores encargados de conducir la excursión,
propuestos por la Dirección de la IE.
Artículo 178. Los viajes promocionales DENTRO DEL PAÍS, para ser
aprobados y apoyados por la Dirección de la IE, deberán cumplir con los
siguientes requisitos:
a) Guardar coherencia con los objetivos y metas educacionales trazados por
la Institución Educativa.
36 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP
b) Llevarse a cabo DURANTE LOS PERIODOS VACACIONALES DEL
ALUMNADO, según lo dispuesto por el Ministerio de Educación.
c) La Subdirección de Nivel y la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa
propondrán a la Dirección de la Institución Educativa los nombres de los
profesores acompañantes, entre los Tutores y docentes que tengan
responsabilidades en las secciones que componen la Promoción.
d) Se deberá contar con la proporción de un docente por cada quince
alumnos, según lo dispuesto por el Ministerio de Educación.
e) Los alumnos que asistan al viaje de Promoción firmarán una Carta de
Compromiso de buen comportamiento refrendada por sus padres.
f) Los gastos que los docentes acompañantes ocasionen serán cubiertos
íntegramente con fondos de la Promoción.
g) Los viajes promocionales tendrán carácter masivo y no selectivo.
Artículo 179. La Institución Educativa no auspiciará ningún proyecto de viaje
promocional al extranjero, pudiendo hacerlo en cambio el Comité de Padres de
Familia dela Promoción, siendo en este caso la responsabilidad del alumnado
asumida íntegramente por sus padres.
Artículo 180. Sólo tienen derecho a participar en las excursiones y/o viajes
promocionales los alumnos matriculados que figuran en la Nómina Oficial del
grado. Asimismo, la Institución Educativa se reserva el derecho de seleccionar a
los alumnos matriculados, considerando el comportamiento que manifestaron
durante el año escolar.
Artículo 181. En caso de mal comportamiento de los alumnos durante cualquier
visita instructiva, excursión o viaje promocional, se aplicará lo normado en el
presente Reglamento.
DE LOS PADRES DE FAMILIA
Artículo 182. Los padres de familia, como primeros formadores y orientadores de
sus hijos, por el hecho de matricular a sus hijos en la Institución Educativa, se
comprometen a cumplir y hacer cumplir este Reglamento, a respetar los
principios, lineamientos, políticas, normas y procedimientos que rigen a la
Institución Educativa, así como las medidas disciplinarias a que hubiere lugar de
acuerdo al presente Reglamento.
Artículo 183. El uso del tiempo libre que disponga el alumno fuera del plantel,
deberá ser supervisado por los Padres de Familia, siendo su responsabilidad lo que
el menor haga en horarios extracurriculares y fuera del plantel.
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP 37
Artículo 184. Está prohibido el ingreso de los padres de familia a las diferentes
instalaciones del plantel sin la citación o autorización respectiva.
Artículo 185. El importe de los daños materiales que los alumnos ocasionen en
los muebles, equipos, movilidad o infraestructura de la Institución Educativa, será
cargada a la cuenta de los padres de familia, sin perjuicio de la medida
disciplinaria que pueda imponer la Institución Educativa.
Artículo 186. La firma del padre o apoderado en todo documento que presente el
alumno deberá corresponder a la firma registrada en la Secretaría General y
Agenda Escolar.
Artículo 187. Es responsabilidad y/u obligación del padre de familia revisar y
firmar diariamente la Agenda Escolar, de este modo estará al tanto de lo que
sucede con su hijo y podrá mantener una comunicación constante y fluida con el
Tutor y docentes.
Artículo 188. La Agenda Escolar no debe firmarse por adelantado.
Artículo 189. Por ningún motivo los padres de familia podrán dejar en la
prevención de la Institución Educativa útiles, trabajos o materiales para ser
entregados a los alumnos.
Artículo 190. Los Padres de familia solicitarán las citas con las autoridades,
docentes y/o psicólogos de la Institución Educativa a través de la Agenda Escolar,
de acuerdo a los días y horas establecidos para la atención, según rol entregado
por cada Subdirección de Nivel al inicio del año escolar.
Artículo 191. Los padres de familia o apoderados son responsables de solicitar,
en forma permanente, información sobre el proceso formativo de sus hijos, a fin
de apoyarlos en el afianzamiento de sus logros académicos y actitudinales.
Artículo 192. Los padres de familia deben tomar las previsiones del caso a fin de
que sus menores hijos no lleven a la Institución Educativa equipos electrónicos y
digitales, revistas, láminas y cualquier otro artículo que atente contra el orden
personal, formativo y académico, no responsabilizándose la Institución
Educativa por la pérdida de alguno de ellos.
Artículo 193. Los padres de familia o apoderados tienen la obligación de asistir
a las citaciones, reuniones de coordinación, información, escuela de padres y/o
capacitación a las que fueran convocados por el personal docente, psicólogos y
autoridades de la IE para tratar asuntos relacionados con el desarrollo académico y
actitudinal de los alumnos.
Artículo 194. Los padres de familia que no asistan por tercera vez a citaciones o
convocatorias, firmarán un Compromiso de Honor.
Artículo 195. Los aportes para la mejora educativa son una suma de dinero que
debe cancelar íntegramente el padre de familia y/o apoderado, aun en el caso que
el alumno se ausente temporalmente durante el transcurso del año escolar. No
existe el retiro temporal del alumno ni separación de vacante.
38 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP
Artículo 196. Antes de la matrícula, los padres de familia recibirán bajo cargo el
documento que permite matricular a sus hijos en situación de “MATRÍCULA
CON OBSERVACIÓN EN EL PROCESO EDUCATIVO FORMATIVO”, en los
siguientes casos:
a) Los alumnos de los Niveles Primaria y Secundaria que hayan repetido por
primera vez.
b) Los alumnos de Primaria que hayan obtenido “C” en Comportamiento en
el año académico anterior.
c) Los alumnos de Secundaria que hayan obtenido 12 / “C” o menos en el
promedio final de Comportamiento del año académico anterior.
d) Los alumnos que hayan sido merecedores a Medidas Reguladoras Extrema
durante el año anterior.
e) Por incumplimiento de un Compromiso de Honor pactado en el año
académico anterior.
Artículo 197. La “MATRÍCULA CON OBSERVACIÓN EN EL PROCESO
EDUCATIVO FORMATIVO”, implica que la Institución Educativa acepta la
matrícula del alumno incurso en las causales mencionadas en el artículo
precedente, a condición de que cumpla los requisitos que se menciona en el
documento.
Artículo 198. La Institución Educativa no aceptará la matrícula de los alumnos
calificados en las causales mencionadas en los artículos precedentes si sus padres
no suscriben la “MATRÍCULA CON OBSERVACIÓN EN EL PROCESO
EDUCATIVO FORMATIVO”, o el COMPROMISO DE HONOR según sea el
caso.
Artículo 199. Se recomienda a los padres de familia solicitar las citas médicas en
horas de la tarde, de tal forma que éstas no interfieran en el normal desarrollo de
las actividades escolares.
Artículo 200. Abstenerse de promover actividades utilizando el nombre de la
Institución Educativa sin la autorización de la Dirección.
Artículo 201. Los padres de familia cuyos hijos necesiten algún apoyo, accesorio
o prótesis, tales como silla de ruedas, bastón u otros, deberán proveer de ellas y
solicitar a la Institución Educativa las facilidades correspondientes.
C. REPRESENTACIONESY ORGANISMOS ESTUDIANTILES
1. DESIGNACIÓN O POSTULACIÓN
a) El alumno que sea designado para una representación o postule a un cargo
para cualquier organización estudiantil deberá cumplir los siguientes
requisitos:
(1) Demostrar liderazgo positivo
(2) No presentar problemas de índole académico
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP 39
(3) No presentar problemas conductuales (nota mínima de 15 en
Comportamiento en el Año Académico anterior)
(4) Contar con la opinión favorable del Jefe de Tutoría y Orientación
Educativa, Tutor y docentes de aula.
2. REPRESENTACIONES ESTUDIANTILES
a) Brigadier General
(1) Esta designación recaerá sobre el alumno o alumna que habiendo cursado
presencialmente el IV° Año de Secundaria en la Institución Educativa
haya obtenido el PRIMER PUESTO de Iº a IVº año de Secundaria.
(2) El Brigadier General deberá cumplir con las siguientes funciones:
(a) Dirigir las formaciones de los lunes.
(b) Presidir las representaciones oficiales de la Institución Educativa.
(c) Coordinar y ejecutar acciones con el Consejo Estudiantil.
(d) Colaborar en las campañas de mejoramiento del comportamiento
estudiantil.
(e) Otras que le asigne la IE.
b) Escolta
(1) La Escolta de la Institución Educativa estará conformada por alumnos de
Vº Año de Secundaria que destacan en los aspectos académico,
disciplinario y cívico patriótico.
(2) La Escolta de Nivel Primaria estará conformada por los alumnos de 6to
Grado que destacan en los aspectos académico, disciplinario y cívico
patriótico.
(3) Los alumnos integrantes de las Escoltas serán seleccionados por la
Subdirección de Nivel en coordinación con la Oficina de Tutoría y
Orientación Educativa y la Oficina de Actividades y Relaciones
Públicas, según propuesta de los Tutores del grado.
(4) Los Alumnos integrantes de las Escoltas de la IE deberán cumplir con las
siguientes funciones:
(a) Representar a la Institución Educativa en actuaciones cívico-
patrióticas y compromisos que adquiera la institución.
(b) Participar en actuaciones internas, sobre todo los días lunes durante
la formación general para rendir honores a la Patria.
c) Delegado de Aula
(1) Ser Delegado de Aula es una distinción que recaerá en los alumnos
elegidos por sus compañeros entre los más destacados, con condiciones
de liderazgo y comprometidos con su Institución Educativa. Este proceso
será dirigido por los Tutores de cada aula.
40 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP
(2) El Delegado de Aula deberá cumplir con las siguientes funciones:
(a) Dirigir las formaciones del aula.
(b) Asistir al Tutor y demás docentes del aula.
(c) Representar a sus compañeros ante los Organismos Estudiantiles.
(d) Coordinar y colaborar con el Brigadier General y el Presidente del
Consejo Estudiantil.
(e) Colaborar en las campañas de mejoramiento del comportamiento
estudiantil.
(f) Apoya en la ambientación del aula.
(g) Otras que le asigne el Tutor.
3. ORGANISMOS ESTUDIANTILES
Cada uno de los Organismos Estudiantiles posee un Reglamento específico
que norma su organización y funcionamiento.
a) Municipio Escolar o Consejo Estudiantil
(1) El Municipio Escolar o Consejo Estudiantil es un organismo funcional
y representativo de los alumnos integrantes de la Institución
Educativa.
(2) Los Alumnos integrantes del Consejo Estudiantil de la IE deberán
cumplir con las siguientes funciones:
(a) Promover la participación estudiantil para el ejercicio de sus
deberes y derechos.
(b) Promover eventos culturales, deportivos, campañas que
favorezcan el orden, la salud, el ornato y el cuidado del medio
ambiente, etc.
(c) Participar en reuniones del Consejo Consultivo de la IE, a fin de
colaborar con el Personal Directivo y Jerárquico en el análisis de
los asuntos para los que se les convoque y contribuir en el alcance
de soluciones.
b) Comité de Aula
(1) El Comité de aula estará conformado por:
(a) Delegado de Aula
(b) Responsables de:
(i) Ecología
(ii) Defensa Civil
(iii) Pastoral
(iv) Deportes
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Sistema Educativo Escolar FAP 41
V. DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- El presente Reglamento de Convivencia Escolar entrará en vigencia a
partir del día en que se emita el Decreto aprobatorio.
SEGUNDA.- El presente Reglamento de Convivencia Escolar se integra y forma parte
del Reglamento Interno de la Institución Educativa, con lo que quedan sin efecto todas
las normas contenidas en dicho Reglamento Interno en todo aquello que se oponga al
presente Reglamento de Convivencia Escolar.