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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP 1

REGLAMENTO DE

CONVIVENCIA ESCOLAR

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2 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP

Disciplina Escolar: Es el conjunto de procedimientos y acciones formativas que fomentan la interiorización

de valores, el respeto a las personas y el cumplimiento de normas que garantizan la

regulación del comportamiento delos estudiantes y una convivencia armónica

entre todos los miembros de la comunidad educativa.

“Documento de Transparencia” -

MINEDU

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Identidad

Satisfacción contigo mismo, aceptación de los roles que te toca vivir como: estudiante, hijo, miembro de un grupo, etc. Disposición y compromiso para amar, valorar y respetar: tu colegio, tu familia, tu país y sus costumbres.

Respeto

Valoración de tus cualidades, las de las personas, sus derechos y deberes ante la sociedad. Aceptación de la autoridad y sus leyes que te permitan vivir en paz, y en armonía en tu escuela, familia y sociedad.

Responsabilidad

Habilidad para medir y reconocer las consecuencias de tus pensamientos, sentimientos y acciones, reflexionando cuando se cometa un error y tomando acciones que te permitan aprender y acerté cargo de sus efectos.

Creatividad e Innovación

Habilidad que te permite afrontar los desafíos que trae la sociedad, visualizando y proponiendo soluciones a los problemas de hoy, creando todo aquello que consideres un aporte para un mundo mejor.

Perseverancia

Habilidad que te permite no rendirte y continuar hacia adelante a pesar de las dificultades, los obstáculos, la frustración, el desánimo, el aburrimiento, aumentar la probabilidad de alcanzar metas difíciles.

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4 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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Página

PRESENTACIÓN

5

I. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 7

A. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES 7

1. Académicos 7

2. De Participación 8

3. De Comunicación y Apoyo Institucional 8

4. Pastorales 9

5. De la Infraestructura, Mobiliario Escolar y Bienes Personales

9

B. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 9

1. Académicos 9

2. De Participación 10

3. De Comunicación y Apoyo Institucional 11

4. Pastorales 12

5. De la Presentación Personal 12

6. Del Uniforme Escolar 13

7. De la Infraestructura, Mobiliario Escolar y Bienes Personales 14

8. Del Respeto, Urbanidad y Buenas Costumbres 14

II. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS

15

A. DE LA TUTORÍA 15

B. DE LA ENTREVISTAS CON LOS TUTORES

C. DE LOS ESTÍMULOS

16

16

D. DE LOS RECURSOS IMPUGNATIVOS 17

E. DE LAS FORMACIONES Y ACTUACIONES 18

F. DE LA ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y PERMISOS 18

G. DE LA AGENDA ESCOLAR

19

III. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA

EVALUACIÓN DEL EDUCANDO

20

A. DE LA EVALUACIÓN ACADÉMICA 20

B. DE LA EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO 21

ÍNDICE

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1. Criterios del Tutor para determinar la calificación del

Comportamiento

21

2. Criterios para registrar los deméritos

3. Medidas y estrategias para la mejora del comportamiento

21

22

3.1 Tarjeta De Felicitación

3.2 Tarjeta de Orientación

3.3 Tarjeta de Llamada de Atención

22

23

23

3.4 Tarjeta de Amonestación 25

3.5 Tarjeta de Severa Amonestación 27

3.6 Tarjeta de Falta Muy Grave 29

3.7 Tarjeta de Falta Extremadamente Grave 30

4. Del Procedimiento para la Calificación Bimestral del

Comportamiento

32

IV. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

A. DE LA RATIFICACIÓN DE MATRÍCULA

B. DE LAS VISITAS INSTRUCTIVAS, EXCURSIONES Y

VIAJES PROMOCIONALES

C. DE LOS PADRES DE FAMILIA

D. REPRESENTACIONES Y ORGANISMOS ESTUDIANTILES

33

33

33

35

37

1. DESIGNACIÓN O POSTULACIÓN 37

2. REPRESENTACIONES ESTUDIANTILES 37

a) Brigadier General 37

b) Escolta 38

c) Delegado de Aula

38

3. ORGANISMOS ESTUDIANTILES 39

a) Municipio Escolar o Consejo Estudiantil 39

b) Comité de Aula 39

V. V. DISPOSICIONES FINALES

39

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6 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP

PRESENTACIÓN

La disciplina constituye uno de los principales componentes del proceso enseñanza-

aprendizaje a través dela cual los alumnos aprenden a vivir como miembros de una

comunidad, por lo que se presenta como una cuestión relevante tanto en los contextos

educativos como en los familiares y sociales.

Muchos asocian disciplina con rigidez y autoritarismo e, incluso hoy, viviendo en un país

constitucionalmente libre y democrático, todavía algunos tienen una visión negativa y

peyorativa de la disciplina en las instituciones educativas.

La escuela es un escenario de formación integral, estudio, disciplina y orden, en donde

alumnos -en un ambiente de convivencia escolar democrático- desarrollan sus capacidades

intelectuales, artísticas, culturales y deportivas, así como también sus habilidades sociales y

estrategias que les permitan la interiorización disciplinaria que lleve a la “libertad de ser y

elegir”. A medida que el individuo crece, necesita aumentar su libertad y autonomía, pero

éstas están limitadas por la actitud que tenga para razonar y asumir responsabilidades.

Los niños y jóvenes de hoy deben ser conscientes de sus actos, ejercer una libertad

responsable y lograr ser artífices de su propio destino. En consecuencia, desde muy

temprano deben aprender a reconocer sus errores con la finalidad de orientarlos y así

superarlos plenamente. Es por ello que nuestro sistema de orientación actitudinal da

preferencia al desenvolvimiento del estudiante sobre la base de la autodisciplina y

autoestima, el respeto a los demás y a las normas establecidas para gozar de una convivencia

más digna y elevada.

Es política de las Instituciones Educativas FAP enseñar con el ejemplo, orientar y corregir

con equidad y justicia a través de un sistema de acciones de orientación actitudinal acorde

con la exaltación de nuestros Valores Institucionales, Identidad, Respeto, Responsabilidad,

Creatividad e Innovación y Perseverancia, dando preferencia al diálogo, la consejería y

orientación, así como a la aplicación de medidas reparadoras y estrategias psicológicas

positivas de cambio actitudinal y, desde luego, contando con la participación de los padres

de familia, trabajadores, docentes, administrativos, ex alumnos y el propio estudiante en el

desarrollo de esta tarea formativa.

Las normas de convivencia en las Instituciones Educativas FAP se materializan en este

Reglamento de Convivencia Escolar, documento orientador y prescriptivo que regula el

Reglamento Interno del Colegio.

El presente Reglamento de Convivencia Escolar define los deberes, derechos, normas y

procedimientos formativos y de evaluación que los alumnos y alumnas del Sistema

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SISTEMA EDUCATIVO ESCOLAR FAP

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Sistema Educativo Escolar FAP 7

Educativo Escolar FAP deben cumplir en concordancia con los siguientes fundamentos

rectores que lo inspiran:

A. Fundamentos Sociales

a. Toda sociedad, por más sencilla y pequeña que sea, no puede vivir sin normas.

b. En toda institución social existen unas normas y un control de su cumplimiento.

c. La escuela como institución social y el aula de clase como grupo, necesitan de

normas de respeto para existir.

d. La familia (en primera instancia) y la Institución Educativa son los responsables

de sentar las bases de las reglas y normas que facilitan la convivencia armónica y

el bien común.

e. La escuela enseña a conocer lo bueno y orienta a su comunidad estudiantil para

que se actúe como exige la sociedad.

B. Fundamentos Pedagógicos

a. El aula de clase y la Institución Educativa requieren de gestión, control, orden,

respeto y disciplina para cumplir su misión.

b. El orden y respeto enseñan al alumno que el mundo responde con aprecio y

cariño, pero también de forma ordenada, a cada uno de sus actos.

c. En las aulas de clase y en las Instituciones Educativas mejor organizadas y

gestionadas se obtienen mejores resultados.

d. En la organización escolar, el orden, control y gestión se basan en el liderazgo y

autoridad del docente.

C. Fundamentos Psicológicos a. La Psicología postula que el niño necesita orden, reglas de conducta, normas y

respeto para desarrollarse como persona y ser feliz.

b. El orden da al niño un sentimiento de seguridad al ver hasta dónde puede ir y lo

que debe y no debe hacer.

c. El alumno necesita una influencia básica y sólida de orden para fortalecer su

autoestima y ser más asertivo en su actuar diario.

d. Vivir con normas claras de conductapermite al alumno ser capaz de evitar

actitudes que la transgredan.

e. El razonar sobre las reglas de conducta y su porqué contribuye al desarrollo del

pensamiento.

Todos los miembros de la comunidad educativa tienen el deber de conocer, respetar y

cumplir el presente Reglamento en el marco de sus atribuciones. Este Reglamento se aplica

tanto dentro de la Institución Educativa como durante todas las actividades pedagógicas y

extracurriculares organizadas por la misma (viajes escolares, actividades deportivas,

culturales, etc.); del mismo modo, el Director tiene por misión difundiry velar por el

cumplimiento del presente documento.

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I. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

A. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

1. Académicos:

Artículo 1. Recibir una educación de calidad que le permita descubrir y

desarrollar sus talentos y fortalecer su espíritu emprendedor para alcanzar un alto

nivel de competitividad y liderazgo.

Artículo 2. Recibir una formación integral, favoreciendo el desarrollo de su

personalidad y cualidades, que lo proyecten como una persona competente.

Artículo 3. Que la Institución Educativa promueva en ellos la excelencia

académica sustentada en los valores institucionales de identidad, respeto,

responsabilidad, creatividad e innovación y perseverancia.

Artículo 4. Contar con el acompañamiento, la orientación y el apoyo académico

de los directivos, tutores, docentes y psicólogos de la Institución Educativa.

Artículo 5. Intervenir en el aula de clase para preguntar, pedir aclaración y dar

su opinión, de acuerdo a las normas dadas por el profesor.

Artículo 6. Que las actividades y clases se inicien y terminen en la hora prevista

y no sean interrumpidas, salvo casos especiales que cuenten con la autorización

de la autoridad correspondiente.

Artículo 7. Que se respeten las fechas de entrega de trabajos y pruebas

programadas, y si hubiere lugar a modificaciones, que éstas sean comunicadas

con la anticipación debida y aprobadas por la autoridad correspondiente.

Artículo 8. Recibir sus evaluaciones y trabajos corregidos con las indicaciones

pertinentes en un plazo máximo de tres días hábiles después de tomada las

pruebas y el pactado para la entrega de trabajos.

Artículo 9. Que se dosifique adecuadamente las tareas y trabajos asignados, con

la finalidad que todos los días se tenga actividades académicas en casa, pero sin

que éstas cubran todo el espacio y tiempo que (como niños y jóvenes) deben

compartir en familia.

Artículo 10. Solicitar al momento de la matrícula la exoneración del Área de

Educación Religiosa por tener una confesión diferente a la católica o no tener

ninguna.

Artículo 11. Solicitar la exoneración de la parte práctica de Educación Física

(ejercicios físicos), por motivos de salud debidamente comprobados.

Artículo 12. Solicitar traslado de matrícula, siempre que se cumplan los

requisitos, formas y términos legales.

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2. DeParticipación:

Artículo 13. Expresar libremente sus opiniones dentro de un clima de escucha,

respeto y diálogo sincero.

Artículo 14. Ser escuchado y atendido adecuada y oportunamente, siguiendo y

respetando las instancias correspondientes.

Artículo 15. Ser tratado con igualdad y gozar de los mismos derechos y

oportunidades, sin ningún tipo de discriminación por razones de sexo, raza,

condición económica, social, religiosa o necesidades educativas especiales.

Artículo 16. Recibir reconocimiento y estímulos en mérito al cumplimiento de

sus compromisos académicos, deportivos, culturales y sociales.

Artículo 17. Serintegrante de los organismos estudiantilesy talleres

quefuncionen o se organicen en la Institución Educativa.

3. DeComunicación y Apoyo Institucional:

Artículo 18. Los alumnos de cualquier grado/año de estudios que destaquen

individual o colectivamente en el área académica, deportiva, cultural y otros, se

harán merecedores a la publicación y difusión de sus logros en los periódicos

murales o boletines de la Institución Educativa, en la página web y en los

informes enviados al CASED.

Artículo 19. Recibir, la Agenda Escolar que sirve como valioso instrumento de

comunicación entre padres de familia e Institución Educativa.

Artículo 20. Contar con información oportuna y actualizada sobre las

actividades curriculares y extracurriculares programadas y organizadas por la

Institución Educativa, así como de la normatividad vigente.

Artículo 21. Contarcon un seguro escolar de carácter voluntario. Es potestad del

Padre de Familia adquirir el seguro que estime conveniente.

Artículo 22. Recibir consejos y orientación de sus Tutores, profesores y

psicólogos en caso de problemas personales, sociales, o académicos, que les

permita superar las dificultades que enfrenten.

Artículo 23. Solicitar entrevistas con los Tutores o ser citados por ellos para

lograr un mayor acercamiento, tratar asuntos personales y recibir orientaciones

para su desarrollo personal.

Artículo 24. Ser atendidos por el personal de los Departamentos de Sanidad,

Psicología o Pastoral, con el permiso firmado por el docente responsable de la

clase y portando su Agenda Escolar, salvo casos de emergencia.

Artículo 25. Acceder a los servicios de biblioteca, comedor, transporte escolary

otros, de acuerdo a la implementación de la Institución Educativa.

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4. Pastorales:

Artículo 26. Recibir formación cristiana a través de la orientación espiritual, las

charlas religiosas, las celebraciones litúrgicas, los grupos de vivencia cristiana y

la preparación para recibir los sacramentos de la Reconciliación, Eucaristía y

Confirmación. Asimismo, como muestra de respeto a la libertad de culto, los

alumnos que profesen otras confesiones, participarán de estas prácticas

religiosas en sus respectivos credos o congregaciones en su debido momento.

Artículo 27. Encontrar en la Institución Educativa cauces adecuados para servir

preferentemente a los más pobres, los más débiles y necesitados, profundizando

su espíritu solidario, su sensibilidad social y su anhelo de justicia.

Artículo 28. Contar (en lo posible)con el apoyo y orientación espiritual de

consejeros, sacerdotes y laicos, que contribuyan a su formación religiosa.

5. De la Infraestructura, Mobiliario Escolar y Bienes Personales:

Artículo 29. Usar los ambientes adecuados para su edad, sexo y la actividad que

en ellos deben realizar.

Artículo 30. Disponer del mobiliario suficiente, en buen estado y adecuado a su

finalidad.

Artículo 31. Que sean respetados sus bienes personales y aquellos asignados

para su uso.

Artículo 32. Usar las instalaciones y equipos dela Institución Educativa de

acuerdo a las disposiciones establecidas sobre el particular.

Artículo 33. Que se respeten las normas de higiene, salud y seguridad que

permitan un aprovechamiento adecuado de los servicios que la Institución

Educativa ofrece.

B. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

1. Académicos:

Artículo 34. Permanecer en la Institución Educativa durante la jornada escolar,

salvo permiso expreso de una autoridad del Plantel (Jefe de TOE o Subdirector

de Nivel).

Artículo 35. Asistir a clases, así como a los actos o ceremonias de carácter

oficial.

Artículo 36. Permanecer en el aula durante las horas de clasey los cambios de

hora, manteniendo el orden y la disciplina, salvo necesidad de fuerza mayor; en

cuyo caso deberá portar un pase firmadopor el profesor de turno, Jefe de la

Oficina de Tutoría y Orientación Educativa o Subdirector del Nivel respectivo.

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Artículo 37. Trabajar y participar con responsabilidad durante las clases,

evitando trasladarse de su asiento sin autorización o distraerse en actividades

ajenas que no correspondan al área curricular.

Artículo 38. Mostrar respeto cuando un profesor u otro visitante ingresa al salón

de clase, poniéndose de pie y manteniéndose así y en silencio hasta que se le

indique que se sienten.

Artículo 39. Ponerse al día en las lecciones y tareas dejadas en su ausencia;

asimismo, informarse de las evaluaciones y actividades programadas por los

docentes y autoridades de la Institución Educativa.

Artículo 40. Asumir con responsabilidad el cumplimiento de las distintas tareas

escolares asignadas y estar siempre preparados para participar activamente en

clase y en sus evaluaciones.

Artículo 41. Los alumnos becados, se deben esforzar por mantener un alto

rendimiento académico, presentar un comportamiento acorde al reglamento y

representar a la IE cuando ella la designe.

Artículo 42. Los alumnos que mantengan los primeros puestos en el aula,

podrán representar a la Institución Educativa cuando ella lo requiera.

2. De Participación:

Artículo 43. Conocer los canales de participación estudiantil que les ofrece la

Institución Educativa, hacer uso de ellos para expresarse y colaborar en el

desarrollo de la vida institucional.

Artículo 44. Cumplir con esmero y responsabilidad los encargos que se les

asigne en lo cotidiano, celebraciones, actos colectivos, así como en tareas,

actividades y representaciones que se programen.

Artículo 45. Participar en las diferentes actividades organizadas por la

Institución Educativa.

Artículo 46. Participar en los organismos estudiantiles de la Institución

Educativa, pudiendo ser removidos de cargos estudiantiles por razones

disciplinarias o bajo rendimiento académico.

Artículo 47. Ejercer responsablemente las funciones del cargo para el que

hubiere sido elegido y dar cuenta de su gestión al finalizar su mandato.

Artículo 48. Respetar las decisiones tomadas por las Representaciones y/u

Organismos Estudiantiles que estén de acuerdo a los Estatutos y a las Normas

dela Institución Educativa.

Artículo 49. Durante las horas de receso ubicarse en los patios y no permanecer

en el aula o zonas restringidas; evitar actos peligrosos que puedan ocasionar

daño a sus compañeros o deterioro de las instalaciones, abstenerse del trato

descortés y de los actos de violencia, dela falta de respeto tanto al personal

docente, administrativo como a sus compañeros de estudio.

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Artículo 50. Al término de la última clase, los alumnos que hacen uso del

servicio de movilidad escolar, deberán dirigirse rápidamente y en forma

ordenada a los respectivos paraderos, respetar las normas de conducta

mencionadas en el acápite precedente, así como las que rigen en el interior de la

Institución Educativa, las que se extienden al personal del vehículo. Así también,

deberán observar un comportamiento seguro en el trayecto a su hogar.

Artículo 51. Reconocer, aceptar y respetar la autoridad que tiene cualquier

personal de la Institución Educativa para llamar la atención a los alumnos que

cometan actos de indisciplina.

Artículo 52. Informar al Tutor o Jefe de la Oficina de TOE, toda falta que atente

contra el bien común, a fin de no ser cómplice y responsable de la misma. La

información se mantendrá como reservado mientras duren las indagaciones

correspondientes.

Artículo 53. Demostrar (en la comunidad donde vive o frecuenta) los valores y

normas de conducta recibidas en su hogar y en la IE.

Artículo 54. Representar con responsabilidad a la Institución Educativa las

veces en que tenga el honor de hacerlo.

Artículo 55. Demostrar una actitud respetuosa y de compromiso con la

Institución Educativa en los actos comunitarios, tales como: ceremonias

religiosas, cívico patrióticas, actos culturales, etc.

Artículo 56. Mantener un comportamiento adecuado en las actividades que se

realicen dentro y fuera de la IE.

Artículo 57. Respetar la autoridad del jefe de la delegación cuando se representa

a la Institución Educativa.

Artículo 58. Colaborar con los profesores en la optimización del proceso

enseñanza-aprendizaje.

3. De Comunicación y Apoyo Institucional:

Artículo 59. Portar y usar la Agenda Escolar (principal instrumento de

comunicación entre padres de familia e Institución Educativa) en forma

obligatoria durante el año académico. En ella deberá anotar diariamente las

tareas asignadas, así como las observaciones y recomendación formuladas por

los profesores, personal de Sanidad y Psicología.

Artículo 60. Conservar en buen estado la Agenda Escolar, sin arrancar hojas ni

hacer enmendaduras a las anotaciones oficiales.

Artículo 61. Traer firmadas por sus padres o apoderado en la fecha señalada las

notas, pruebas, circulares u otros documentos que se le indique.

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Artículo 62. Asistir puntualmente a las citas de su tutor, profesores de área,

psicólogos o Jefe de la Oficina TOE, a fin de recibir orientaciones que

contribuyan a la superación de dificultades académicas y/o conductuales.

Artículo 63. Concurrir puntualmente y mantener una conducta adecuada en los

diferentes ambientes en los que se brindan los servicios médico, dental,

biblioteca, comedor, transporte escolar y otros.

Artículo 64. Respetar la prohibición del uso del teléfono de la Institución

Educativa, salvo casos excepcionales y de emergencia.

4. Pastorales:

Artículo 65. Explorar la dimensión religiosa en sí mismo y, en la medida de su

respuesta personal, tratar de vivir la fe y los valores espirituales como

compromiso de servicio a los demás.

Artículo 66. Participar respetuosamente en las jornadas pastorales, así como en

las celebraciones litúrgicas y actividades de servicio social que organiza la

Institución Educativa.

5. Dela Presentación Personal

Artículo 67. Mantener una correcta presentación personal dentro y fuera de las

aulas y en toda actividad programada por la Institución Educativa. Respetar la

prohibición de aditamentos, sustituciones y mutilaciones al uniforme escolar.

Artículo 68. Usar la blusa o camisa dentro de la falda o el pantalón; asimismo,

las alumnas deberán respetar la altura de la falda conforme al artículo 75, párrafo

a), numeral (3).

Artículo 69. Utilizar el uniforme escolar sin accesorios, maquillaje, piercing,

tatuajes y otros que contravengan las disposiciones del presente reglamento.

Artículo 70. El cabello largo de las damas estará sujeto con accesorios de color

azul. No se les permite el cabello suelto ni arreglos o tintes que no coinciden con

la sencillez y porte personal que exige la vida comunitaria de laInstitución

Educativa.

Artículo 71. Los varones usarán el corte de cabello clásico escolar y deberán

presentarse aseados, sin patillas, barba ni bigotes. No se les permite el pelo largo

o voluminoso ni arreglos o tintes que no coinciden con la sencillez y porte

personal que exige la vida comunitaria delaInstitución Educativa.

Artículo 72. Asistir con el uniforme de educación física de acuerdo al horario, o

cuando lo disponga la Dirección u otra autoridad de la IE.

Artículo 73. Solo los alumnos del V° año de Secundaria pueden llevar la casaca

de Promoción como única prenda adicional oficial autorizada por la Dirección.

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Artículo 74. Marcar el nombre y sección del alumno en todas las prendas del

uniforme para facilitar su identificación. No es responsabilidad de la Institución

Educativa la pérdida de ellos.

6. Del Uniforme Escolar

Artículo 75. El uniforme escolar consta de las siguientes prendas:

a) Prendas obligatorias de las Damas:

(1) Los alumnos del nivel inicial asistirán con el uniforme deportivoy

zapatillas negras, establecido por el Sistema Educativo.

(2) Jumper (de1er a 4to Grado de Primaria) (*)

(3) Falda a la cintura y a la altura de la rodilla(desde 5to Grado de Primaria

a Vº de Secundaria) (*)

(4) Blusa blanca con cuello para corbata, con el logo de la IE

(5) Chompa cerrada cuello V de color azul, con logo de la IE.

(6) Corbata azul (uso de acuerdo a las condiciones climáticas y

disposiciones especiales de la IE).

(7) Medias azules a la altura de la rodilla.

(8) Zapatos negros.

(9) Accesorios sencillos para el cabello de color azul (colets, vinchas o

gancho).

(*) De tela escocesa autorizada por la Institución Educativa

b) Prendas obligatorias para los varones:

(1) Pantalón plomo a la cintura.

(2) Correa negra.

(3) Camisa blanca con cuello para corbata, con el logo de la IE.

(4) Corbata azul (uso de acuerdo a las condiciones climáticas y

disposiciones especiales de la IE).

(5) Medias azules.

(6) Zapatos negros (no zapatillas).

(7) Chompa cerrada cuello V de color azul, con logo de la IE.

c) Uniforme de Educación Física de las Damas:

(1) Buzo del colegio: pantalón a la cintura y casaca

(2) Polo celeste con el logo de la IE.

(3) Pantaloneta azul a la altura de la rodilla

(4) Medias blancas

(5) Zapatillas de color blanco.

d) Uniforme de Educación Física de los Varones:

(1) Buzo del colegio: pantalón a la cintura y casaca

(2) Polo celeste con el logo de la IE.

(3) Bermuda azul

(4) Medias blancas

(5) Zapatillas de color blanco.

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Sistema Educativo Escolar FAP 15

e) Otras prendas permitidas (no remplaza a las prendas oficiales).

(1) En verano, y en las localidades que lo requieran, podrán usar gorro o

sombrero de ala ancha (para cubrir orejas y cuello) de color claro por

fuera y oscuro por dentro, lentes de protección solar de color y tamaño

discreto.

(2) En invierno, los alumnos podrán usar otras prendas adicionales siempre

y cuando sean de color azul marino, sin diseño, capucha u otro

aditamento. Asimismo, podrá usarse calentadores, camisetas y

cafarenas de color piel o blanco debajo de la blusa o camisa.

(3) Solo para los alumnos de V° de Secundaria estará permitido la Casaca

de Promoción.

(4) Uso de reloj de color y tamaño discreto.

7. De la Infraestructura, Mobiliario Escolar y Bienes Personales:

Artículo 76. Usar las instalaciones y equipamiento de manera adecuada y

responsable, velando por su conservación y limpieza.

Artículo 77. Cuidar las carpetas asignadas y devolverlas en perfectas

condiciones; en caso contrario, el padre de familia se hará responsable de

sustituir el material deteriorado de la forma y condiciones en que las recibió.

Artículo 78. Conservar y devolver en buen estado los artículos deportivos, de

laboratorio, material didáctico, libros de la biblioteca, aula, computadoras,

carpetas y otros que ha recibido para uso personal y colectivo.

Artículo 79. Velar por el aseo y limpieza del plantel, así como del cuidado de

las instalaciones, mobiliario, equipos, material didáctico y movilidad de la

Institución Educativa.

Artículo 80. Llevar a la Institución Educativa solo los útiles escolares necesarios

para el desarrollo de las actividades académicas. La IE no se responsabiliza por

la pérdida de dinero, joyas, juguetes, aparatos electrónicos y digitales, revistas,

lámina u otros objetos de valor.

Artículo 81. Respetar los bienes ajenos, las pertenencias y/o útiles de todos los

miembros de la comunidad educativa.

Artículo 82. Facilitar las revisiones de sus efectos personales. En salvaguarda de

los mismos alumnos, la Institución Educativa se reserva el derecho de hacer

revisiones inopinadas a sus efectos personales.

8. Del Respeto, Urbanidad y Buenas Costumbres

Artículo 83. Manifestar respeto permanente a los profesores, padres de familia,

personal de la IE y a toda persona con la que interactúa.

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16 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP

Artículo 84. Practicar hábitos de cortesía, saludar en todo momento y lugar. Son

los menores los que deben dar el primer saludo.

Artículo 85. Ponerse de pie al ingreso de Directivos, Jerárquicos, docentes o

visitantes al aula de clase.

Artículo 86. Utilizar adecuadamente los medios físicos y virtuales; no crear y/o

colgar información y/o imágenes que atenten contra la integridad, honorabilidad

y bienestar de sí mismo, de sus compañeros o cualquier miembro de la

comunidad educativa (cyberbullying, happyslapping – filmar agresiones y

subirlas a internet para compartirlos). Esta obligación se extiende a todo medio

de comunicación y no solo a los de tipo cibernético.

Artículo 87. Cuidar sus expresiones verbales y evitar actos que alteren las

buenas costumbres como: exagerado tono de voz y carcajadas inadecuadas en el

aula, formaciones, períodos de descanso y movilidad escolar.

Artículo 88. Usar un lenguaje apropiado, no soez, al dirigirse a cualquier

persona en todo momento y en todo ambiente por donde transiten y/o

permanezcan alumnos o personas.

Artículo 89. No demostrar actitudes agresivas o participar en actos bruscos con

empujones, golpes, etc.

Artículo 90. No demostrar expresiones amorosas (tomarse de la mano, caricias,

abrazos, besos) mientras se esté vistiendo el uniforme escolar dentro y fuera de

las instalaciones de la Institución Educativa.

Artículo 91. No realizar actos que atenten contra el pudor y las buenas

costumbres ni hacer gestos obscenos.

II. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS

A. DE LA TUTORÍA

Artículo 92. El alumno tendrá en toda la comunidad educativa: el soporte que

orientará, guiará y modelará su desenvolvimiento personal, conductual y social.

Artículo 93. El docente Tutor contribuye a la formación integral de cada uno de

sus alumnos, brindando a los estudiantes (grupal o individualmente) criterios que

los ayuden a comprender mejor una situación y les permita encontrar posibles

alternativas de solución a los problemas, en lugar de plantearles la solución.

Artículo 94. El docente Tutor tendrá una actitud que permita promover el

desarrollo de los estudiantes, favoreciendo la toma de decisiones importantes para

su vida, sin que esto implique incumplir sus deberes y derechos.

Artículo 95. El docente Tutor debe reflejar muestras de respeto y aceptación en el

trato con sus alumnos.

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP 17

Artículo 96. El alumno debe mostrar una actitud de respeto hacia el Tutor,

principal encargado de su acompañamiento y apoyo ante las dificultades, pedidos,

inquietudes o sugerencias.

Artículo 97. Todo miembro de la Institución Educativa tiene la obligación de

orientar las actitudes y el comportamiento de los alumnos.

Artículo 98. Cada alumno tendrá, en la Oficina de Tutoría y Orientación

Educativa, un Legajo Personal donde se archivará toda la documentación referente

a su comportamiento.

Artículo 99. La orientación de parte de los docentes y Tutores será constante y

motivadora, incentivando permanentemente el cambio de actitud, evitando en todo

momento llegar a la aplicación de las medidas reguladoras del comportamiento.

Las medidas de orientación constituyen la estrategia formativa, preventiva y

restaurativa.

B. DE LA ENTREVISTAS CON LOS TUTORES:

Artículo 100. Para tener una entrevista con otro docente, Tutor o personal de la

IE, el estudiante debe contar con el pase interno respectivo otorgado por la

Oficina de Tutoría y Orientación Educativa y/o profesor de turno.

Artículo 101. El profesor permitirá la salida de un alumno (previamente citado

por otro docente o personal de la Institución Educativa) durante las horas de clase,

siempre que no se encuentre en una prueba escrita o en una circunstancia especial.

En este caso, el alumno solicitará la reprogramación de la cita.

Artículo 102. En casos excepcionales, el Jefe de la Oficina de Tutoría y

Orientación Educativa o el Subdirector de Nivel autorizará a los alumnos para

hablar con los profesores, Tutores de Aula u otra autoridad durante las horas de

clases, siempre con el visto bueno del profesor que dicta la clase y la aceptación

previa de la persona responsable de la citación.

C. DE LOS ESTÍMULOS

Artículo 103. Para estimular el buen comportamiento y el esfuerzo de superación

académica, conductual, artístico y deportivo del alumnado, la Institución

Educativa otorgará los siguientes estímulos:

a) Reconocimiento público, en el acto de clausura del año escolar, al alumno

que hubiera obtenido la Excelencia Académica al término de sus estudios

secundarios, así como al Primer Puesto de cada grado (de 1er grado de

Primaria hasta el V° grado de Secundaria).

b) Beca de Estudio por Rendimiento Académico a favor de los alumnos que

desde 6to grado de Primaria a IV° de Secundaria hayan obtenido el 1er

Puesto en el grado, de conformidad con la Directiva FAP vigente.

c) Diplomas y/o premios de estímulo a los alumnos que, al término del año

lectivo, hayan obtenido el Primer Puesto en cada aula de estudios (de 1er

grado de Primaria hasta el V° grado de Secundaria).

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18 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP

d) Felicitación y premios de estímulo a los alumnos que realicen actos

distinguidos durante el año escolar o que tengan destacada participación en

actividades de carácter académico, cultural, social, deportivo, etc.

e) Anualmente se acordará premios de estímulo por cualidades personales a

favor de los alumnos que se distingan por un auténtico y notorio esfuerzo de

superación, colaboración, compañerismo, voluntad, constancia, etc.

f) La publicación del Tercio Superior del Rendimiento Académico de los

alumnos del Nivel de Secundaria se realizará a partir de la entrega del

Informe de Rendimiento Escolar.

g) Publicación del Cuadro de Honor con la fotografía de los alumnos del Nivel

Secundaria que alcanzaron el 1er, 2do y 3er Puesto en mérito a su esfuerzo

intelectual y actitudinal en cada bimestre y al término del año escolar.

h) Felicitación y/o premio grupal al grado y/o sección que hubiera destacado

en lo académico, cultural, deportivo y conductual.

Artículo 104. Los premios de estímulo consistirán en medallas y diplomas de

honor, adicionalmente podrá incluirse otros.

Artículo 105. En reconocimiento al rol protagónico de los alumnos que ocupan

cargos estudiantiles, la Institución Educativa podrá otorgarles diferentes estímulos y

distinciones.

Artículo 106. La Institución Educativa reconoce y estimula las acciones

extraordinarias dentro y fuera del plantel, en lo académico y actitudinal, que sean

realizadas en beneficio de su comunidad o de la Nación.

Artículo 107. La Institución Educativa reforzará el buen comportamiento de los

alumnos haciendo uso de diferentes estrategias de recompensa, destacándose entre

ellas la Tarjeta de Felicitación.

D. DE LOS RECURSOS IMPUGNATIVOS

Artículo 108. Como mecanismo destinado a promover los valores cívicos en los

alumnos y hacerles conocer sus derechos, la Institución Educativa reconoce el

derecho de todo alumno a la legítima defensa. En ese sentido, reconoce el derecho a

presentar recursos impugnativos ante la recepción de una medida disciplinaria de

las mencionadas en este Reglamento o cuando (a su criterio) reciba una calificación

que no considere equitativa o justa.

Artículo 109. La reconsideración se interpondrá ante la misma autoridad que

calificó la evaluación o a quien emitió la medida disciplinaria, que es materia de

impugnación, debiendo sustentar ésta con una nueva prueba. Este recurso es

opcional y su no interposición no impide el ejercicio del recurso de apelación.

Artículo 110. Todas las reconsideraciones deben hacerse por escrito en solicitud

simple dirigida a quien calificó la evaluación o emitió la medida disciplinaria,

debiendo presentarse debidamente sustentada y necesariamente acompañada de los

documentos o elementos sustenta torios.

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP 19

Artículo 111. El recurso de apelación se interpondrá cuando la impugnación se

sustente en diferente interpretación de los elementos, argumentos, criterios,

documentos y pruebas debiendo dirigirse a la misma autoridad que calificó la

evaluación o emitió la medida disciplinaria, a fin de que éste eleve lo actuado al

superior jerárquico.

Artículo 112. Las apelaciones de carácter académico serán resueltas por el

Subdirector de Nivel, en segunda y última instancia.

Artículo 113. Las apelaciones de carácter conductual o disciplinaria serán resueltas

por el Jefe de la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa, en segunda y última

instancia.

Artículo 114. Los casos de las faltas Muy Grave y Extremadamente Grave, quien

resuelve en última instancia es el Director de la Institución Educativa.

Artículo 115. Todo reclamo debe ser realizado por el padre de familia a través de

una solicitud simple dirigido a la Dirección, debidamente acompañado de los

documentos o elementos sustentatorios.

Artículo 116. Todo reclamo debe presentarse dentro del tercer día de conocido el

resultado de la evaluación o aplicada la medida disciplinaria. Pasado este plazo, se

entenderá que la calificación o medida disciplinaria ha sido consentida. Los

términos se computan a partir del día siguiente de la notificación.

E. DE LAS FORMACIONES Y ACTUACIONES

Artículo 117. Formar inmediatamente en los patios o frente a sus salones al toque

del timbre que anuncia el inicio y/o continuación de las labores escolares,

manteniendo el orden y respeto así no se encuentre el profesor.

Artículo 118. La asistencia de los alumnos a las ceremonias de saludo a la bandera

(formaciones semanales) y a las actuaciones de la Institución Educativa tiene

objetivos formativos y, por tanto es obligatoria.

Artículo 119. En las formaciones y en las diferentes actuaciones, los alumnos

deben adoptar un comportamiento acorde a la naturaleza de la actividad que se está

desarrollando:

a) Estar en posición de atención demostrando respeto al izar el Pabellón

Nacional y entonar el Himno Nacional.

b) Guardar silencio y mantenerse ordenado en su emplazamiento.

c) Escuchar y seguir las indicaciones de los responsables de la formación.

F. DE LA ASISTENCIA PUNTUALIDAD Y PERMISOS

Artículo 120. La asistencia regular y puntual de los alumnos durante el año lectivo

es obligatoria para asegurar el logro de los objetivos educacionales.

Artículo 121. El alumno que llegue tarde a la Institución Educativa, podrá ingresar

al aula al inicio del siguiente periodo de clase, mostrando el pase correspondiente

firmado por el personal encargado de la Oficina de Tutoría y Orientación

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20 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP

Educativa; en caso de no presentar justificación se hará acreedor a la medida

reguladora respectiva.

Artículo 122. Los alumnos que tuvieran un 30% de inasistencias injustificadas, no

podrán ser promovidos al año inmediato superior. Serán considerados en las actas

promocionales como retirados por límite de inasistencias. Para tal efecto, el

Director expedirá un decreto, previo informe y opinión del Tutor y el Jefe de la

Oficina de Tutoría y Orientación Educativa.

Artículo 123. Los padres de familia justificaran las inasistencias a clases, enviando

con su menor hijo en un plazo no mayor a tres días, el justificativo acompañado de

la respectiva documentación sustentatoria correspondiente a los días de ausencia,

quien entregara a su tutor (a), de lo contrario se considerará como falta

injustificada.

Artículo 124. La inasistencia injustificada a una clase hace perder el derecho a ser

evaluado, si en ese período se llevara a cabo algún examen.

Artículo 125. Para ausentarse de la Institución Educativa durante el horario de

clase, el padre del alumno solicitará el permiso correspondiente a la Oficina de

Tutoría y Orientación Educativa en forma personal o por medio de la Agenda

Escolar (NO POR TELÉFONO), y sólo se permitirá la salida del alumno de la

Institución Educativa en compañía de sus padres o la persona autorizada.

Artículo 126. Los alumnos que por motivos excepcionales tuvieran citas de

carácter médico o dental durante la jornada escolar, deberán comunicar por escrito

en la Agenda Escolar el día anterior a la cita programada.

Artículo 127. Si las citas fueran programadas en las primeras horas de la mañana,

los alumnos podrán ingresar a la Institución Educativa, debiendo presentar la

constancia de atención o copia del recibo de pago de la consulta para justificar la

tardanza; si las citas fueran programadas en las últimas horas de la mañana, los

documentos sustentatorios serán presentados al día siguiente.

Artículo 128. Los padres de familia NO deben enviar a la Institución Educativa a

los alumnos que se encuentren delicados de salud.

Artículo 129. Los padres de familia deberán solicitar(por escrito) el permiso y la

autorización correspondiente a la Dirección de la IE cada vez que un alumno

tuviera que ausentarse de manera prolongada, por viaje u otro motivo.

G. DE LA AGENDA ESCOLAR

Artículo 130. La Agenda Escolar es un documento oficial de la Institución

Educativa, de distribución gratuita; una ayuda para el trabajo escolar del alumno y

un instrumento de comunicación entre los padres de familia y el plantel, el no

portarla se hará acreedor a la medida reguladora del comportamiento tipificada para

el caso.

Artículo 131. La Agenda Escolar deberá ser revisada y firmada diariamente por los

padres de familia.

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP 21

Artículo 132. En caso de pérdida, deberá adquirirse otra Agenda Escolar en la

Oficina de Tesorería.

Artículo 133. En la Agenda Escolar se debe tener en cuenta lo siguiente:

a. Consignar los datos personales del alumno, padres de familia y/o apoderado

autorizado.

b. Evitar hacer inscripciones o anotaciones ajenas a su finalidad.

c. Estar forrada con material transparente.

d. Contar con los datos del seguro para su atención médica.

e. No poner stikers en la agenda.

III. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN DEL

EDUCANDO

A. DE LA EVALUACIÓN ACADÉMICA

Artículo 134. Los Alumnos que se retiren de la IIEE (traslado de matrícula) con

evidentes signos de bajo rendimiento académico y posible repitencia del grado, no

podrán reingresar a la Institución Educativa.

Artículo 135. La evaluación del educando será permanente, integral y flexible en

función de los objetivos educativos previstos.

Artículo 136. La evaluación de los educandos se realiza de acuerdo con el Diseño

de Evaluación y normas complementarias que se dicten al respecto.

Artículo 137. El Informe del Rendimiento Escolar, en el que se registran los

calificativos del alumno, será entregado al padre de familia y/o a los alumnos en las

fechas señaladas, y serán publicadas en la página Web.

Artículo 138. El cumplimiento y oportuna entrega de las tareas será considerado

dentro de los criterios de evaluación.

Artículo 139. Todos los exámenes corregidos por los docentes serán entregados al

alumno para ser archivados y sean, además, de conocimiento del Padre de Familia.

Artículo 140. Los alumnos que tengan dos o más áreas curriculares desaprobadas

en los promedios bimestrales, recibirán una citación para sus padres.

Artículo 141. La inasistencia a rendir una evaluación escrita deberá ser justificada.

En caso de enfermedad, deberá presentar el Certificado Médico respectivo; en cuyo

caso podrá solicitar, en un plazo máximo de tres días, una nueva fecha de examen

al profesor del área o a la Subdirección de Nivel.

Artículo 142. Podrá solicitar por escrito a la Subdirección de Nivel respectiva,

postergación de evaluación de bimestre, adjuntando los documentos que lo

sustenten.

Artículo 143. La promoción de los alumnos al año inmediato superior se realizará

según las normas establecidas por el Ministerio de Educación.

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22 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP

Artículo 144. El alumno que repite por segunda vez en el mismo nivel educativo

(Primaria o Secundaria) se solicitará al padre de familia la elección de otra

propuesta educativa a fin que el estudiante tenga éxito en sus estudios.

Artículo 145. Al término de cada año de estudio, los educandos podrán solicitar la

Certificación correspondiente, salvo aquellos que tengan cuentas pendientes con la

IIEE. La Institución Educativa tiene el derecho de retener los certificados y otros

documentos de evaluación correspondientes a los periodos no pagados, pudiendo

brindar información verbal sobre las mismas a los padres y/o apoderado.

B. DE LA EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO

Artículo 146. Evaluar es un proceso de análisis, estructurado y reflexivo, que

permite comprender la naturaleza del sujeto y emitir juicios de valor sobre el

mismo, proporcionando información para ayudarlo a mejorar y ajustar la acción

Formativa - Educativa.

Artículo 147. Todo Personal de la Institución Educativa posee la facultad de

informar y/o actuar cuando sorprenda a un alumno cometiendo una falta.

1. Criterios del Tutor para determinar la calificación del Comportamiento

Artículo 148. Las categorías que los tutores y docentes del grado tomarán en

cuenta para la evaluación de concepto del comportamiento son:

a) Presentación Personal

b) Puntualidad

c) Responsabilidad

d) Orden

e) Respeto

2. Criterios para registrar los deméritos

Artículo 149. Las categorías para registrar los deméritos en la evaluación del

comportamiento serán las siguientes:

a) Presentación Personal

b) Puntualidad

c) Responsabilidad

d) Orden

e) Respeto

Artículo 150. Los alumnos que demuestren permanentemente acciones destacadas,

así como los que incumplan con sus deberes, además de recibir el acompañamiento

tutorial y psicológico, serán acreedores a las medidas formativas, reguladoras y

restaurativas del comportamiento que a continuación se señalan, en función a la

naturaleza o gravedad de la falta cometida:

a) Acciones destacadas =Tarjeta de Felicitación

b) Inicio en faltas leves = Tarjeta de Orientación

c) Faltas leves. =Tarjeta de Llamada de Atención

d) Faltas moderadas. =Tarjeta Amonestación

e) Faltas Graves. =Tarjeta de Severa Amonestación

f) Faltas muy Graves =Falta muy Grave

g) Faltas extremadamente Graves = Falta Extremadamente Grave

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP 23

Artículo 151. El alumno que se haga acreedor a una medida de acuerdo al

artículo precedente, (Presentación Personal, Puntualidad, Responsabilidad,

Orden, Respeto)escribirá en la tarjeta su compromiso de mejora y su nombre,

cada tarjeta tiene una correspondencia directa en la calificación del

comportamiento.

Artículo 152. Toda tarjeta se llenará por duplicado; una se entregará al alumno

para ser devuelta con la firma del padre y la otra será archivada en su legajo en

la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa, registrada en el sistema en cada

bimestre.

Artículo 153. Cuando un alumno acumule el número de tarjetas que conlleven

a una de mayor severidad, será firmada por el Jefe de Tutoría y Orientación

Educativa.

3. Medidas y estrategias para la mejora del comportamiento

Artículo 154. Son todas las acciones que cumplen la función formativa,

preventiva, reguladora y reparadora del comportamiento que la Institución

Educativa aplica a los alumnos que cometieran faltas de comportamiento y/o

actitudinal que se detallan en el presente reglamento. Estas acciones tienen la

finalidad de prevenir, aceptar y asumir la responsabilidad de la misma, (reparar

el daño emocional cometido), cautelar el orden necesario para vivir en sociedad

y resguardar el bienestar común. Asimismo sustentan las notas de

Comportamiento.

Artículo 155. La Institución Educativa aplica las siguientes medidas

formativas:

Diálogo personal con el alumno.

Orientación de parte de los profesores, psicólogos y/o tutores de aula.

Ejecución de tareas o trabajos especiales relacionados directamente con

el comportamiento a modificar.

Orientación y acompañamiento mediante estrategias propias de la oficina

de Psicología (estrategias preventivas, formativas, restaurativas y

reguladoras del comportamiento), a través de toda la comunidad

educativa.

Comunicación personal y/o escrita, con los padres de familia,

compromisos específicos y su seguimiento respectivo.

Compromiso de Honor que demandan acciones específicas que los

padres y alumnos deben cumplir.

3.1 Tarjeta de Felicitación:

Artículo 156. La Tarjeta de Felicitación podrá ser propuesta por el personal de

la Institución Educativa. Será otorgada por el Jefe de Tutoría y Orientación

Educativa, el Subdirector de Nivel o Director de la IE, en mérito al

mejoramiento en el comportamiento, cambio de actitud del alumno o por la

realización de acciones destacadas relacionadas con la disciplina y las buenas

costumbres.

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24 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP

Artículo 157. Cada Tarjeta de Felicitación que reciba un alumno, en el Nivel

Secundaria, significará un incremento en la calificación del comportamiento

que el Tutor le asigne. En el Nivel primaria 02 tarjetas sube un nivel de logro, y

en secundaria cada tarjeta sube 01 punto en la nota de concepto del respectivo

bimestre.

3.2 Tarjeta de Orientación

Artículo 158. Las orientaciones verbales serán comunicadas en la Agenda

Escolar y registrada en la Tarjeta de Orientación, y serán archivadas en el

legajo del estudiante.

Artículo 159. En primaria hasta dos Tarjetas de Orientación conservan el

nivel de logro “AD”, una tercera Tarjeta de Orientación baja al nivel de logro

“A”, asimismo en secundaria, la tercera tarjeta de orientación conllevará a una

tarjeta de llamada de atención que significa 01 punto menos en el promedio de

su calificación.

3.3 Tarjeta de llamada de Atención

a) Documento que será utilizado por los docentes, Tutores o Jefe de la

Oficina de Tutoría y Orientación Educativa, cuando se observen

FALTAS LEVES en el aula u otro ambiente de la Institución Educativa,

incluso en las movilidades escolares.

b) Se considerará FALTA LEVE a la trasgresión simple de las normas de

conducta, que no comprometen la integridad física y/o material, ni

revela una actitud sistemática del infractor.

c) El alumno tomará conocimiento del motivo y en que categoría se

encuentra la falta. La tarjeta de Llamada de Atención se registrará en

cada una de las categorías según sea el caso (Presentación Personal,

Puntualidad, Responsabilidad, Orden, Respeto). Los deméritos se

restarán de la calificación de concepto del comportamiento dada por el

Tutor.

d) El documento se formulará por duplicado; el original se entregará al

alumno; y será devuelta con la firma del padre de familia y la otra se

archivará en el Legajo Personal del Alumno de la Oficina de TOE.

e) En el Nivel Primaria:

(1) El alumno que acumule hasta tres (03) Llamadas de Atención, su

Nivel de Logro de Comportamiento en el bimestre será “En

Proceso” (B).

(2) De acumular una cuarta (04) Llamada de Atención merecerá una

Amonestación - Calificativo “C”.

f) En el Nivel Secundaria:

(1) Cada Llamada de Atención recibida significará el descuento de un

(01) punto de la calificación bimestral de la nota de

Comportamiento que el Tutor le asigne.

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP 25

(2) Podrá acumular un máximo de tres (03) Llamadas de Atención

Escrita en el bimestre.

(3) De recibir una cuarta (04) merecerá una Amonestación (– 02) dos

puntos menos en su calificación que se sumará a los (-03) tres

puntos menos de las llamadas de atención que la antecedieron.

g) Se consideran FALTAS LEVES:

Presentación personal

(1) Asistir a la IE con el uniforme incompleto

(2) No vestir el uniforme del colegio correctamente.

(3) Uso de accesorios y/o prendas no permitidas (aretes largos y

llamativos, polos de colores y/o estampados debajo de la camisa

o blusa)

(4) Usar maquillaje, esmalte en las uñas.

(5) Cabellos sueltos (DAMAS).

(6) Cabellos largos (VARONES).

(7) Ingresar al aula desaliñado y/o sudoroso (por ejemplo, después

de recreos, deportes, etc.).

(8) Falda arriba de la rodilla.

(9) Pantalones con basta deteriorada.

(10) Asistir con buzo en fechas que no corresponde.

Puntualidad

(1) Hasta tres (03) tardanzas y/o inasistencias injustificadas a la

Institución Educativa.

(2) Hasta tres (03) tardanzas injustificadas o sin autorización a

clases y/o cambio de hora, formaciones o actividades.

Responsabilidad

(1) No justificar oportunamente las inasistencias con documento

probatorio o justificación del padre de familia.

(2) No devolver firmada la documentación educativa (desglosables,

cartas, entre otros).

(3) No traer la Agenda Escolar o tenerla sin la firma del padre o

apoderado.

(4) Maltratar y/o no darle el uso adecuado a la Agenda Escolar.

(5) Ingresar sin autorización a otro ambiente y/o sala de profesores

de la IE.

(6) Salir del aula sin autorización durante el cambio de hora.

(7) Permanecer en el aula sin autorización o en lugares no asignados

durante el recreo.

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26 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP

(8) Ingresar a los salones de clase durante actividades que requieran

la presencia de los estudiantes en otros ambientes de la IE, salvo

expresa autorización de profesores y/o directivos.

(9) Ir a la enfermería sin el permiso correspondiente, salvo que

exista una emergencia.

Orden

(1) Arrojar papeles u otros fuera del contenedor de basura.

(2) Ingerir alimentos durante las horas de clase.

(3) Ocasionar desorden y alboroto en el aula durante horas de clase.

(4) No respetar la ubicación que le asigna el Tutor dentro del aula.

(5) Dejar en desorden el aula, laboratorios, camerinos, talleres, etc.

luego de una sesión de clase.

Respeto

(1) No practicar hábitos de cortesía ( no saludar o ponerse de pie al

ingreso de docentes o visitantes)

(2) Mostrar una conducta inadecuada en el bus.

(3) Uso de lenguaje inapropiado y palabras soeces.

(4) Uso inadecuado de cualquier ambiente de la Institución

Educativa (servicios higiénicos, biblioteca, kioscos, etc.).

(5) Exagerado tono de voz y carcajadas inadecuadas en el aula,

formaciones, ómnibus y movilidades escolares.

Otras a juicio de la Subdirección de Nivel y/o la Oficina de Tutoría y

Orientación Educativa.

3.4 Tarjeta de Amonestación

a) Documento escrito que será utilizado por docentes, tutores o Jefe de la

Oficina de Tutoría y Orientación Educativa cuando se observe una

FALTA MODERADA en el aula u otro ambiente de la Institución

Educativa.

b) El alumno tomará conocimiento del motivo y del criterio de evaluación

actitudinal en que se ubica la falta. La Tarjeta de Amonestación se

registrará en el criterio según sea el caso (Presentación Personal,

Puntualidad, Responsabilidad, Orden, Respeto). Todos los deméritos se

contabilizarán y restarán de la calificación del comportamiento dada por

el Tutor.

c) El documento se formulará por duplicado; una copia se enviará al padre

de familia y la otra se archivará en el Legajo Personal del Alumno.

d) El docente, Tutor o Jefe de la Oficina de Tutoría y Orientación

Educativa que observó la falta, citará al padre de familia para

informarle lo sucedido y coordinar acciones correctivas,

comprometiendo su participación en el cambio y superación de la

actitud negativa.

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP 27

e) Si el caso lo amerita, la Amonestación estará acompañada de una sesión

de orientación para el alumno y padre de familia o apoderado, a cargo

del psicólogo de Nivel.

f) En el Nivel Primaria:

(1) El alumno que acumule dos (02) Amonestaciones, su Nivel de Logro

de Comportamiento en el bimestre será “En Inicio” (C).

(2) De acumular una tercera (03) Amonestación merecerá, una Tarjeta

de Severa Amonestación “En Inicio” (C).

g) En el Nivel Secundaria:

(1) Cada Amonestación recibida significará el descuento de dos (02)

puntos de la calificación bimestral dela nota de Comportamiento que

el Tutor le asigne.

(2) Podrá acumular un máximo de dos (02) Amonestaciones en el

bimestre.

(3) De recibir una tercera (03), merecerá una Papeleta de Severa

Amonestación.

h) Se consideran FALTAS MODERADAS:

Presentación Personal

(1) Utilizar prendas del uniforme ceñidas o en tallas pequeñas.

(2) Tener tatuajes visibles.

(3) Utilizar piercing.

(4) Asistir con patillas, barba o bigotes.

(5) Corte inadecuado de cabello (corte de moda)

(6) Cabellos teñidos

(7) Reincidencia en usar la falda por encima de la rodilla.

Puntualidad

(1) A la cuarta (4ta) tardanza y/o inasistencia injustificada a la

Institución Educativa se considera falta moderada.

(2) A la cuarta (4ta) tardanza injustificada a clase se considera falta

moderada.

Responsabilidad

(1) No asistir deliberadamente a los compromisos cívicos/escolares

(2) La incitación y/o complicidad en la comisión de una falta a las

Normas de Conducta del presente Reglamento.

Orden

(1) Dedicarse a una asignatura distinta a la que se está dictando.

(2) Acudir a kioscos para consumir una vez finalizado el cambio de hora

y/o recreo o receso.

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28 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP

(3) Ocasionar desorden, alboroto en formaciones o actuaciones haciendo

caso omiso de la llamada de atención del docente.

(4) Arrojar huevos, harina, agua o cualquier otra sustancia a los

compañeros dentro y/o fuera de la Institución Educativa.

(5) Sentarse sobre el escritorio del profesor.

Respeto

(1) Causar daños a los bienes o pertenencias de los miembros de la

comunidad educativa.

Otras a juicio de la Subdirección de Nivel y/o la Oficina de

Tutoría y Orientación Educativa

3.5 Tarjeta de Severa Amonestación

a) Documento escrito que será aplicado cuando se observe una FALTA

GRAVE. Constituye una medida drástica que implica que el alumno

que se hace merecedor a esta TARJETA, desapruebe la nota de

Comportamiento en el bimestre correspondiente, independientemente

de la apreciación del Tutor y de los logros alcanzados en los diferentes

criterios actitudinales.

b) El documento se formulará por duplicado; el original se entregará al

padre de familia y la otra se archivará en el Legajo Personal del

Alumno.

c) El Jefe de la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa, citará al padre

de familia para informarle lo sucedido y coordinará acciones

correctivas, comprometiendo su participación en el cambio y

superación de la actitud negativa. Toda Papeleta de Severa

Amonestación dará origen a la firma de un Compromiso de Honor por

parte de los padres, el cual será firmado y entregado el día de la cita.

d) La Severa Amonestación estará acompañada de una sesión de

orientación para el alumno y padre de familia o apoderado, a cargo del

psicólogo del Nivel.

e) En los casos que los alumnos registraran faltas GRAVES en el

bimestre, automáticamente su calificación desaprobatoria será diez (10)

en Secundaria o “C” en Primaria, independientemente de los logros

alcanzados en los diferentes criterios actitudinales.

f) La aplicación de esta sanción constituye para el alumno que la

recibe una seria advertencia, pues, de continuar con su mal

comportamiento, se hará merecedor a una “Medida Correctiva

Extrema”.

g) Se consideran FALTAS GRAVES:

Presentación Personal

(1) Reincidir en las faltas moderadas.

Puntualidad

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP 29

(1) A la quinta (5ta) tardanza y/o inasistencia injustificada a la IE.

(2) A la quinta (5ta) tardanza injustificada a clase.

Responsabilidad

(1) Reincidir en las faltas moderadas.

(2) Usar celular durante las horas de clase y en cualquier actividad

dirigida que se desarrolle en la IE.

(3) Plagiar en las evaluaciones.

(4) Falsificar firmas, extraer páginas y/o romper deliberadamente la

Agenda Escolar, cuadernos u otros.

(5) Esconder o negarse a entregar la Agenda Escolar.

(6) Practicar juegos de envite (dados, casinos, etc.) con apuestas, en

todas sus modalidades.

(7) Desprestigiar la imagen de la Institución Educativa en cualquier

actividad dentro o fuera del ámbito institucional.

(8) Utilizar elementos informáticos y/o electrónicos (celulares, MP3,

MP4, grabadoras, cámaras fotográficas digitales, etc.) perjudicando

a sus compañeros, el normal desenvolvimiento de las clases y en

los ambientes de la Institución Educativa.

(9) No acatar las indicaciones del personal directivo, docente,

auxiliares, y demás personal de la Institución Educativa.

(10) Encubrir conductas inadecuadas de sus compañeros.

(11) Evasión de clases.

Orden

(1) Reincidir en las faltas moderadas.

(2) Interferir y obstruir intencionalmente el normal desarrollo de las

clases.

Respeto

(1) Reincidir en las faltas moderadas.

(2) Calumniar, injuriar, abusar, faltar a la verdad, distorsionando los

hechos perjudicando a terceros.

(3) Faltar el respeto a los símbolos patrios, religiosos o institucionales.

(4) Escribir, dibujar y/o plasmar expresiones vulgares e irrespetuosas

en las instalaciones de la IE.

(5) Fomentar violencia contra sus compañeros y personal dentro o

fuera de la Institución Educativa.

(6) Demostrar expresiones amorosas portando el uniforme escolar,

dentro de la Institución Educativa y en zonas adyacentes, así como

en la movilidad.

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30 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP

(7) Realizar actos inapropiados que atenten contra el pudor y las

buenas costumbres.

(8) Hacer gestos obscenos.

Otras a juicio de la Subdirección de Nivel y/o la Oficina de Tutoría y

Orientación Educativa.

3.6 Falta Muy Grave.

a) Documento escrito que será aplicado cuando se observe una FALTA

MUY GRAVE. Se aplicará una Medida Reguladora que conlleva a que

el alumno, automáticamente, desapruebe en Comportamiento con 08 en

Secundaria o “C” en Primaria en el Bimestre, independientemente de

los logros alcanzados en los diferentes criterios actitudinales.

b) En el nivel de secundaria, la Medida Reguladora podrá ser de 1 a 6 días

hábiles de privación de ingreso a la IE, y no impide al alumno cumplir

con sus obligaciones académicas generales durante su ausencia.

c) Para la aplicación de una Medida Reguladora, se cumplirá con el

siguiente procedimiento:

(1) Informe escrito del personal que presenció la falta en la IE, dirigido

al Jefe de Tutoría y Orientación Educativa.

(2) El Jefe de la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa informará

por escrito al Director de la IE, quien convocará al Consejo

Directivo.

(3) El Presidente del Consejo Directivo citará a los Padres de Familia o

apoderado para acompañar a su menor hijo (en una fecha no menor

de tres días de emitida la citación) para realizar su descargo ante los

integrantes del Consejo Directivo, adjuntándose una copia del

informe del personal que presenció la falta.

(4) En reunión de Consejo Directivo, se recibirá el descargo del

alumno acompañado de sus padres o apoderado, el que quedará

registrado en un Acta que será firmada por todos los participantes

de la reunión. El descargo podrá ser presentado en forma escrita y,

si fuera una exposición verbal, se registrará y anotará en el Acta.

(5) Posteriormente, en reunión de Consejo Directivo, se determinará si

procede o no la Medida Reguladora, lo que quedará registrado en

una segunda Acta que será firmada por todos los integrantes del

Consejo Directivo.

(6) Toda Medida Reguladora dará origen a observar la matrícula del

año siguiente (Matricula en Observación en el Proceso Educativo

Formativo).

(7) El Jefe de Tutoría y Orientación Educativa reportará el caso a la

Oficina de Psicología para el seguimiento correspondiente.

d) Son causales de FALTA MUY GRAVE para la aplicación de una

Medida Regulador a las siguientes:

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP 31

(1) Reincidencia en las faltas que ocasionaron la Tarjeta de Severa

Amonestación.

(2) Suplantar a otro alumno.

(3) Reiterada desobediencia a la autoridad, falta de respeto a los

símbolos patrios, a los profesores, compañeros y personal de la

comunidad educativa.

(4) El uso indebido de elementos de estudio como bisturís, compases y

otros elementos para agredir a sus compañeros o integrantes de la

comunidad educativa.

(5) Ingresar información a redes sociales o medios escritos que afecten

la dignidad de las personas y dañen la imagen institucional.

(6) Falsificar y/o alterar documentos, pruebas escritas, citaciones,

calificaciones u otros escritos afines.

(7) Fumar en la Institución Educativa, inmediaciones, movilidades u

ómnibus escolar.

(8) Actos de bullying (acoso escolar), así como en cyberbullying y

happyslapping (filmar agresiones y subirlas al internet).

(9) Cometer o participar en actos reñidos contra la moral y buenas

costumbres o que atenten contra la salud física o mental dentro de

la IE o en sus inmediaciones.

(10) Traer u observar publicaciones pornográficas.

(11) Actos de violencia dentro o fuera del local escolar.

(12) Evasión de la Institución Educativa.

Otras a juicio de la Subdirección de Nivel y/o la Oficina de Tutoría

y Orientación Educativa.

3.7 Falta Extremadamente Grave.

a) Si después de aplicarse la Medida Reguladora, el alumno persiste en

mantener actitudes negativas, su separación definitiva de la IE será

automática, por decreto del Director y previo informe del Tutor y del

Jefe de la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa, así como la

opinión del Consejo Directivo. Las FALTAS EXTREMADAMENTE

GRAVES serán causales de pérdida de la vacante sin necesidad de la

reiteración de la falta.

b) La aplicación de esta medida determinará la cancelación del servicio

educativo al menor sancionado, sin posibilidad de ser matriculado en

ninguna IE FAP en lo que reste de su etapa escolar.

c) Asimismo, pueden suscitarse FALTAS EXTREMADAMENTE

GRAVES que constituyan obligación estricta del Consejo Directivo

para sugerir la Separación inmediata del alumno, sin necesidad de

Suspensión previa.

d) Para proceder con la Separación, se cumplirá con el siguiente

procedimiento:

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32 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP

(1) Informe escrito del personal de la IE que presenció la falta, dirigido

al Jefe de Tutoría y Orientación Educativa.

(2) El Jefe de la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa informará

por escrito al Director de la IE, quien convocará al Consejo

Directivo.

(3) El Presidente del Consejo Directivo citará a los Padres de Familia o

apoderado para acompañar a su menor hijo (en una fecha no menor

de tres (03) días de emitida la citación) para realizar su descargo

ante los integrantes del Consejo Directivo. A la citación que se

envíe a los padres, se adjuntará una copia del informe del personal

que presenció la falta.

(4) El Consejo Directivo, de creerlo conveniente, podrá suspender

provisionalmente al alumno, a fin de salvaguardar los derechos e

integridad de los demás estudiantes.

(5) En reunión de Consejo Directivo se recibirá el descargo del alumno

acompañado de sus padres o apoderado, el que quedará registrado

en un Acta que se firmará por todos los participantes de la reunión.

(6) Posteriormente, en reunión de Consejo Directivo se determinará si

procede o no la Separación, lo que quedará registrado en una

segunda Acta que será firmada por todos los integrantes del

Consejo Directivo.

(7) Emisión y entrega a los Padres de Familia de la Resolución

Directoral de Separación de la IE.

e) Son FALTAS EXTREMADAMENTE GRAVES y causales de

Separación o Expulsión, las siguientes:

(1) La reincidencia en las faltas que motivaron la medida disciplinaria

de Suspensión.

(2) Traer y/o utilizar objetos punzo cortantes, pirotécnicos, armas de

fuego o cualquier objeto que atente contra la integridad física de las

personas.

(3) Utilizar artículos detonantes, sustancias químicas u otras que sean

empleadas con el propósito de causar daños o demostrar rebeldía.

(4) Coaccionar, amenazar, agredir verbal o físicamente a compañeros

y/o al personal que labora en la Institución Educativa.

(5) Ocasionar daños, romper o destruir el mobiliario, equipos,

instrumental, infraestructura y movilidad escolar de la Institución

Educativa.

(6) Falta grave de respeto a Directivos, profesores, administrativos y

otras personas que directa o indirectamente tengan que ver con la

institución.

(7) En caso de reincidir en actos de bullying (acoso escolar), así como

en cyberbullying y happyslapping (filmar agresiones y subirlas al

internet).

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP 33

(8) Consumir sustancias psicoactivas y/o bebidas alcohólicas dentro de

las instalaciones de la IE o en comisiones de representación, dentro

o fuera de la Institución Educativa.

(9) Presentarse a la IE o a cualquier actividad organizada por ella en

manifiesto estado de embriaguez o bajo efectos de sustancias

alucinógenas.

(10) Portar, distribuir y/o comercializar sustancias psicoactivas que

afecten la integridad personal o de la comunidad, dentro o fuera de

la IE.

(11) Hurto comprobado dentro y/o fuera de la IE, así como encubrir a

quien lo haga.

(12) Pertenecer o conformar grupos de pandillaje, barras bravas con

actitudes delincuenciales u otra actividad que vaya en contra de la

sociedad.

(13) Tratar de obtener beneficios personales mediante el chantaje y/o

amenaza a compañeros o cualquier miembro de la comunidad

educativa.

(14) El comercio de notas.

(15) Actos de extrema violencia dentro y fuera de la IE.

(16) Participación en riñas colectivas dentro y fuera de la Institución

Educativa.

Otras a juicio de la Subdirección de Nivel y/o la Oficina de Tutoría

y Orientación Educativa.

4. Del Procedimiento para la Calificación Bimestral del Comportamiento

Artículo 160. La nota de Comportamiento será definida por los Tutores, en

trabajo coordinado con docentes del aula y el Jefe de la Oficina de Tutoría y

Orientación Educativa. Se considerarán tanto los criterios de los Tutores como

los estímulos, las medidas reguladoras empleadas y registradas en el bimestre.

Artículo 161. Los docentes Tutores son los responsables de determinar la

calificación del Comportamiento de cada uno de sus alumnos.

a) Los tutores tomando en cuenta las observaciones realizadas en sus

estudiantes durante todo el bimestre, pondrán la nota de concepto de

acuerdo a los criterios indicados en el artículo 150 dando un peso a cada

categoría de 04 puntos.

b) Los Tutores de Primero (1ro) a Cuarto (4to) de Primaria, apoyados y/o

refrendados por los docentes del aula.

c) Los Tutores de Quinto (5to) de Primaria a V° de Secundaria, reunidos

con los demás Tutores del grado que a su vez son docentes del aula.

d) Obtenida la nota de concepto procederá a realizar los deméritos de

acuerdo a las faltas cometidas durante el respectivo bimestre de acuerdo

a lo descrito en el presente reglamento.

e) Cada bimestre es un inicio en el conteo de las faltas.

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34 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP

Artículo 162. La Oficina de Tutoría y Orientación Educativa alcanzará,

permanentemente y al final del bimestre, el reporte de conducta del aula a cada

Tutor.

Artículo 163. Para los alumnos del Nivel Primaria la calificación de “Logro

Sobresaliente” (AD) en Comportamiento en el bimestre, se mantendrá dicho

Nivel de Logro siempre y cuando registren hasta sólo 2 tarjetas de Orientación

escrita.

Artículo 164. Los alumnos del Nivel Primaria que (según el docente Tutor)

merecieran la calificación de “Logrado” (A) en Comportamiento en el

bimestre, mantendrán dicho Nivel de Logro solo si obtuvieron 3 Orientaciones

Escritas (en la Agenda Escolar y registradas en el formato correspondiente) y/o

hasta 3 llamadas de atención.

Artículo 165. Los Tutores de los alumnos del Nivel de Secundaria que

registraran incidencias de faltas LEVES o MODERADAS en el bimestre,

deberán tener en cuenta los correspondientes deméritos para asignar la

calificación del Comportamiento.

Artículo 166. En los casos que los alumnos hayan obtenido Tarjetas de

Felicitación, los puntos correspondientes se sumarán a la nota bimestral del

Comportamiento (luego de haberse descontado el puntaje de faltas leves o

moderadas).

Artículo 167. Los alumnos que al finalizar el año escolar resulten

desaprobados en Comportamiento tendrán una entrevista con el Director de la

Institución Educativa a fin de evaluar la propuesta educativa para su menor

hijo.

Artículo 168. La calificación final del comportamiento en primaria será la

obtenida en el IV bimestre, y en secundaria será el promedio de los 04

bimestres.

IV. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

A. DE LA RATIFICACIÓN DE MATRÍCULA

Artículo 169. Los alumnos que al final del año académico hayan sido

desaprobados en comportamiento con una calificación igual o menor de diez (10)

en Secundaria y C en Primaria, no podrán ratificar su matrícula en ninguna

Institución Educativa FAP. En estos casos los padres de familia serán notificados

al finalizar el año escolar. El mismo tratamiento recibirán los alumnos

comprendidos en el artículo 144 del presente Reglamento.

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP 35

B. DE LAS VISITAS INSTRUCTIVAS, EXCURSIONES Y VIAJES

PROMOCIONALES

Artículo 170. Las visitas instructivas o excursiones tendrán fines

fundamentalmente educativos, y se llevarán a cabo siempre que ofrezcan las

condiciones que garanticen la máxima seguridad para el alumnado.

Artículo 171. La sección que realice una visita instructiva o excursión quedará

bajo la responsabilidad del/los docente/s y el Jefe de Actividades que organizan la

visita.

Artículo 172. Los alumnos abonarán el costo de las visitas instructivas o

excursiones organizadas por la IE.

Artículo 173. Teniendo en consideración la naturaleza de la visita instructiva o

excursión, la Institución Educativa se reservará el derecho de seleccionar al

alumnado que participará en ella.

Artículo 174. Los accidentes que pudieran suscitarse durante la visita instructiva

o excursión, deberán ser informados de inmediato al Director de la IE, quien

informará a CASED de aquellos que revistan gravedad.

Artículo 175. En toda visita instructiva o excursión se mantendrá la

proporcionalidad de un profesor y/o auxiliar de educación por cada quince

alumnos.

Artículo 176. Las excursiones escolares que demanden más de tres días de

duración solo podrán ser efectuadas durante los periodos vacacionales, previa

autorización de la Dirección de la Institución Educativa y con conocimiento de la

UGEL.

Artículo 177. Para la concesión de la autorización se requiere una solicitud

presentada al Director de la Institución Educativa por lo menos quince días antes

de la fecha proyectada para la excursión, acompañada de los siguientes

documentos:

a) Plan de excursión

b) Presupuesto debidamente financiado, incluyendo el contrato de transporte.

c) Autorización escrita y legalizada de los padres o apoderados de cada uno

de los alumnos.

d) Relación de los alumnos que saldrán de excursión con indicación de sus

respectivas edades, pesos y estado de salud.

e) Relación de los profesores encargados de conducir la excursión,

propuestos por la Dirección de la IE.

Artículo 178. Los viajes promocionales DENTRO DEL PAÍS, para ser

aprobados y apoyados por la Dirección de la IE, deberán cumplir con los

siguientes requisitos:

a) Guardar coherencia con los objetivos y metas educacionales trazados por

la Institución Educativa.

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36 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP

b) Llevarse a cabo DURANTE LOS PERIODOS VACACIONALES DEL

ALUMNADO, según lo dispuesto por el Ministerio de Educación.

c) La Subdirección de Nivel y la Oficina de Tutoría y Orientación Educativa

propondrán a la Dirección de la Institución Educativa los nombres de los

profesores acompañantes, entre los Tutores y docentes que tengan

responsabilidades en las secciones que componen la Promoción.

d) Se deberá contar con la proporción de un docente por cada quince

alumnos, según lo dispuesto por el Ministerio de Educación.

e) Los alumnos que asistan al viaje de Promoción firmarán una Carta de

Compromiso de buen comportamiento refrendada por sus padres.

f) Los gastos que los docentes acompañantes ocasionen serán cubiertos

íntegramente con fondos de la Promoción.

g) Los viajes promocionales tendrán carácter masivo y no selectivo.

Artículo 179. La Institución Educativa no auspiciará ningún proyecto de viaje

promocional al extranjero, pudiendo hacerlo en cambio el Comité de Padres de

Familia dela Promoción, siendo en este caso la responsabilidad del alumnado

asumida íntegramente por sus padres.

Artículo 180. Sólo tienen derecho a participar en las excursiones y/o viajes

promocionales los alumnos matriculados que figuran en la Nómina Oficial del

grado. Asimismo, la Institución Educativa se reserva el derecho de seleccionar a

los alumnos matriculados, considerando el comportamiento que manifestaron

durante el año escolar.

Artículo 181. En caso de mal comportamiento de los alumnos durante cualquier

visita instructiva, excursión o viaje promocional, se aplicará lo normado en el

presente Reglamento.

DE LOS PADRES DE FAMILIA

Artículo 182. Los padres de familia, como primeros formadores y orientadores de

sus hijos, por el hecho de matricular a sus hijos en la Institución Educativa, se

comprometen a cumplir y hacer cumplir este Reglamento, a respetar los

principios, lineamientos, políticas, normas y procedimientos que rigen a la

Institución Educativa, así como las medidas disciplinarias a que hubiere lugar de

acuerdo al presente Reglamento.

Artículo 183. El uso del tiempo libre que disponga el alumno fuera del plantel,

deberá ser supervisado por los Padres de Familia, siendo su responsabilidad lo que

el menor haga en horarios extracurriculares y fuera del plantel.

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP 37

Artículo 184. Está prohibido el ingreso de los padres de familia a las diferentes

instalaciones del plantel sin la citación o autorización respectiva.

Artículo 185. El importe de los daños materiales que los alumnos ocasionen en

los muebles, equipos, movilidad o infraestructura de la Institución Educativa, será

cargada a la cuenta de los padres de familia, sin perjuicio de la medida

disciplinaria que pueda imponer la Institución Educativa.

Artículo 186. La firma del padre o apoderado en todo documento que presente el

alumno deberá corresponder a la firma registrada en la Secretaría General y

Agenda Escolar.

Artículo 187. Es responsabilidad y/u obligación del padre de familia revisar y

firmar diariamente la Agenda Escolar, de este modo estará al tanto de lo que

sucede con su hijo y podrá mantener una comunicación constante y fluida con el

Tutor y docentes.

Artículo 188. La Agenda Escolar no debe firmarse por adelantado.

Artículo 189. Por ningún motivo los padres de familia podrán dejar en la

prevención de la Institución Educativa útiles, trabajos o materiales para ser

entregados a los alumnos.

Artículo 190. Los Padres de familia solicitarán las citas con las autoridades,

docentes y/o psicólogos de la Institución Educativa a través de la Agenda Escolar,

de acuerdo a los días y horas establecidos para la atención, según rol entregado

por cada Subdirección de Nivel al inicio del año escolar.

Artículo 191. Los padres de familia o apoderados son responsables de solicitar,

en forma permanente, información sobre el proceso formativo de sus hijos, a fin

de apoyarlos en el afianzamiento de sus logros académicos y actitudinales.

Artículo 192. Los padres de familia deben tomar las previsiones del caso a fin de

que sus menores hijos no lleven a la Institución Educativa equipos electrónicos y

digitales, revistas, láminas y cualquier otro artículo que atente contra el orden

personal, formativo y académico, no responsabilizándose la Institución

Educativa por la pérdida de alguno de ellos.

Artículo 193. Los padres de familia o apoderados tienen la obligación de asistir

a las citaciones, reuniones de coordinación, información, escuela de padres y/o

capacitación a las que fueran convocados por el personal docente, psicólogos y

autoridades de la IE para tratar asuntos relacionados con el desarrollo académico y

actitudinal de los alumnos.

Artículo 194. Los padres de familia que no asistan por tercera vez a citaciones o

convocatorias, firmarán un Compromiso de Honor.

Artículo 195. Los aportes para la mejora educativa son una suma de dinero que

debe cancelar íntegramente el padre de familia y/o apoderado, aun en el caso que

el alumno se ausente temporalmente durante el transcurso del año escolar. No

existe el retiro temporal del alumno ni separación de vacante.

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38 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP

Artículo 196. Antes de la matrícula, los padres de familia recibirán bajo cargo el

documento que permite matricular a sus hijos en situación de “MATRÍCULA

CON OBSERVACIÓN EN EL PROCESO EDUCATIVO FORMATIVO”, en los

siguientes casos:

a) Los alumnos de los Niveles Primaria y Secundaria que hayan repetido por

primera vez.

b) Los alumnos de Primaria que hayan obtenido “C” en Comportamiento en

el año académico anterior.

c) Los alumnos de Secundaria que hayan obtenido 12 / “C” o menos en el

promedio final de Comportamiento del año académico anterior.

d) Los alumnos que hayan sido merecedores a Medidas Reguladoras Extrema

durante el año anterior.

e) Por incumplimiento de un Compromiso de Honor pactado en el año

académico anterior.

Artículo 197. La “MATRÍCULA CON OBSERVACIÓN EN EL PROCESO

EDUCATIVO FORMATIVO”, implica que la Institución Educativa acepta la

matrícula del alumno incurso en las causales mencionadas en el artículo

precedente, a condición de que cumpla los requisitos que se menciona en el

documento.

Artículo 198. La Institución Educativa no aceptará la matrícula de los alumnos

calificados en las causales mencionadas en los artículos precedentes si sus padres

no suscriben la “MATRÍCULA CON OBSERVACIÓN EN EL PROCESO

EDUCATIVO FORMATIVO”, o el COMPROMISO DE HONOR según sea el

caso.

Artículo 199. Se recomienda a los padres de familia solicitar las citas médicas en

horas de la tarde, de tal forma que éstas no interfieran en el normal desarrollo de

las actividades escolares.

Artículo 200. Abstenerse de promover actividades utilizando el nombre de la

Institución Educativa sin la autorización de la Dirección.

Artículo 201. Los padres de familia cuyos hijos necesiten algún apoyo, accesorio

o prótesis, tales como silla de ruedas, bastón u otros, deberán proveer de ellas y

solicitar a la Institución Educativa las facilidades correspondientes.

C. REPRESENTACIONESY ORGANISMOS ESTUDIANTILES

1. DESIGNACIÓN O POSTULACIÓN

a) El alumno que sea designado para una representación o postule a un cargo

para cualquier organización estudiantil deberá cumplir los siguientes

requisitos:

(1) Demostrar liderazgo positivo

(2) No presentar problemas de índole académico

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP 39

(3) No presentar problemas conductuales (nota mínima de 15 en

Comportamiento en el Año Académico anterior)

(4) Contar con la opinión favorable del Jefe de Tutoría y Orientación

Educativa, Tutor y docentes de aula.

2. REPRESENTACIONES ESTUDIANTILES

a) Brigadier General

(1) Esta designación recaerá sobre el alumno o alumna que habiendo cursado

presencialmente el IV° Año de Secundaria en la Institución Educativa

haya obtenido el PRIMER PUESTO de Iº a IVº año de Secundaria.

(2) El Brigadier General deberá cumplir con las siguientes funciones:

(a) Dirigir las formaciones de los lunes.

(b) Presidir las representaciones oficiales de la Institución Educativa.

(c) Coordinar y ejecutar acciones con el Consejo Estudiantil.

(d) Colaborar en las campañas de mejoramiento del comportamiento

estudiantil.

(e) Otras que le asigne la IE.

b) Escolta

(1) La Escolta de la Institución Educativa estará conformada por alumnos de

Vº Año de Secundaria que destacan en los aspectos académico,

disciplinario y cívico patriótico.

(2) La Escolta de Nivel Primaria estará conformada por los alumnos de 6to

Grado que destacan en los aspectos académico, disciplinario y cívico

patriótico.

(3) Los alumnos integrantes de las Escoltas serán seleccionados por la

Subdirección de Nivel en coordinación con la Oficina de Tutoría y

Orientación Educativa y la Oficina de Actividades y Relaciones

Públicas, según propuesta de los Tutores del grado.

(4) Los Alumnos integrantes de las Escoltas de la IE deberán cumplir con las

siguientes funciones:

(a) Representar a la Institución Educativa en actuaciones cívico-

patrióticas y compromisos que adquiera la institución.

(b) Participar en actuaciones internas, sobre todo los días lunes durante

la formación general para rendir honores a la Patria.

c) Delegado de Aula

(1) Ser Delegado de Aula es una distinción que recaerá en los alumnos

elegidos por sus compañeros entre los más destacados, con condiciones

de liderazgo y comprometidos con su Institución Educativa. Este proceso

será dirigido por los Tutores de cada aula.

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40 REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP

(2) El Delegado de Aula deberá cumplir con las siguientes funciones:

(a) Dirigir las formaciones del aula.

(b) Asistir al Tutor y demás docentes del aula.

(c) Representar a sus compañeros ante los Organismos Estudiantiles.

(d) Coordinar y colaborar con el Brigadier General y el Presidente del

Consejo Estudiantil.

(e) Colaborar en las campañas de mejoramiento del comportamiento

estudiantil.

(f) Apoya en la ambientación del aula.

(g) Otras que le asigne el Tutor.

3. ORGANISMOS ESTUDIANTILES

Cada uno de los Organismos Estudiantiles posee un Reglamento específico

que norma su organización y funcionamiento.

a) Municipio Escolar o Consejo Estudiantil

(1) El Municipio Escolar o Consejo Estudiantil es un organismo funcional

y representativo de los alumnos integrantes de la Institución

Educativa.

(2) Los Alumnos integrantes del Consejo Estudiantil de la IE deberán

cumplir con las siguientes funciones:

(a) Promover la participación estudiantil para el ejercicio de sus

deberes y derechos.

(b) Promover eventos culturales, deportivos, campañas que

favorezcan el orden, la salud, el ornato y el cuidado del medio

ambiente, etc.

(c) Participar en reuniones del Consejo Consultivo de la IE, a fin de

colaborar con el Personal Directivo y Jerárquico en el análisis de

los asuntos para los que se les convoque y contribuir en el alcance

de soluciones.

b) Comité de Aula

(1) El Comité de aula estará conformado por:

(a) Delegado de Aula

(b) Responsables de:

(i) Ecología

(ii) Defensa Civil

(iii) Pastoral

(iv) Deportes

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Educativo Escolar FAP 41

V. DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.- El presente Reglamento de Convivencia Escolar entrará en vigencia a

partir del día en que se emita el Decreto aprobatorio.

SEGUNDA.- El presente Reglamento de Convivencia Escolar se integra y forma parte

del Reglamento Interno de la Institución Educativa, con lo que quedan sin efecto todas

las normas contenidas en dicho Reglamento Interno en todo aquello que se oponga al

presente Reglamento de Convivencia Escolar.