SGI-P-GE-077.00 ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDADES N° 14 VUELOS USO DE HELICOPTERO

download SGI-P-GE-077.00 ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDADES N° 14 VUELOS USO DE HELICOPTERO

of 13

Transcript of SGI-P-GE-077.00 ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDADES N° 14 VUELOS USO DE HELICOPTERO

  • 8/10/2019 SGI-P-GE-077.00 ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDADES N 14 VUELOS USO DE HELICOPTERO

    1/13

    CODELCOA N D I N A

    SGI-F-GE-088.02

    PROCEDIMIENTO GENERAL

    ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDAD N 14 VUELOS-USO DEHELICOPTERO

    CODIGO: SGI-P-GE-077 REVISION: 00 PAGINA: 1 de 13

    ELABORADO POR REVISADO POR APROBADO POR

    Ernesto Romero A.Administrador de Contrato

    Claudia Morales A.Superintendente Servicios a

    las Personas

    Juan Pablo Meyer C.Gerente de Servicios

    Fecha: Fecha: Fecha:

    Copia controlada emitida por (nombre y firma): Fecha:

    INDICE

    1 OBJETIVO Y ALCANCE ................................................................................ 22 DEFINICIONES .......................................................................................... 23 RESPONSABILIDADES ................................................................................ 24 DESARROLLO ............................................................................................ 45 REGISTROS ............................................................................................... 86 FLUJOGRAMA ............................................................................................ 87 REFERENCIAS ............................................................................................ 8

    8 REVISIONES.............................................................................................. 89 ANEXOS .................................................................................................... 8

  • 8/10/2019 SGI-P-GE-077.00 ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDADES N 14 VUELOS USO DE HELICOPTERO

    2/13

    CODELCOA N D I N A

    PROCEDIMIENTO GENERAL

    ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDAD N 14 VUELOS-USO DEHELICOPTERO

    CODIGO: SGI-P-GE-077 REVISION:00 PAGINA: 2 de 13

    1 OBJETIVO Y ALCANCE

    El objetivo del presente documento es establecer la metodologa de trabajo,responsabilidades y desarrollo de las actividades en que se utilice helicptero comomedio de transporte areo en apoyo a la ejecucin de cualquier tarea en lasinstalaciones o alrededores de los recintos de DAND, aplicndose las medidas decontrol para eliminar o controlar accidentes graves y fatales segn lo establecido enla gua de Control de Fatalidad N 14 correspondiente a vuelos.

    Este procedimiento debe ser de conocimiento y aplicacin de todas las personas querealizan tareas con apoyo de helicpteros ya sea en forma directa o indirecta que

    pertenezcan a los roles de DAND o Empresas Colaboradoras.2 DEFINICIONES

    Carga de Combustible:Lugar fsico predeterminado en que el o los helicpterosprocedern a abastecerse de combustible, existiendo instalaciones necesariaspara tal efecto.

    CC.NN: Camino y Nieves.

    ECF: Estndar de Control de Fatalidad.

    DAND: Divisin Andina.

    Helipuertos Autorizados en DAND: Lugares habilitados en Divisin andinapara el posicionamiento de helicpteros, ubicadas en Saladillo (cancha de ftbol)y en Km. 28 (costado de instalaciones de CC.NN.)

    3 RESPONSABILIDADES

    RESPONSABLE ACTIVIDAD

    Superintendente del rea acargo de los trabajos

    Debe conocer, aplicar y exigir el cumplimiento deeste procedimiento.

    Entrega los recursos necesarios para darcumplimiento a los lineamientos de esteprocedimiento.

    Administrador de ContratoDAND

    Debe conocer, aplicar y exigir el cumplimiento deeste procedimiento.

    Coordina con Administrador del estudio o Proyectopara la utilizacin del recurso y cumplimiento de este

    procedimiento. Debe solicitar a la Empresa del Servicio completar la

  • 8/10/2019 SGI-P-GE-077.00 ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDADES N 14 VUELOS USO DE HELICOPTERO

    3/13

    CODELCOA N D I N A

    PROCEDIMIENTO GENERAL

    ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDAD N 14 VUELOS-USO DEHELICOPTERO

    CODIGO: SGI-P-GE-077 REVISION:00 PAGINA: 3 de 13

    RESPONSABLE ACTIVIDADcartilla de Vuelo que se adjunta.

    Ser el responsable de chequear las horas de vuelo ycancelar de acuerdo CC que se le indique.

    Administrador del Estudio,Proyecto u Obra o

    Supervisor DAND a cargo.

    Debe conocer, aplicar y exigir el cumplimiento deeste procedimiento.

    Requiere, coordina, controla e implementa losrecursos dirigidos al cumplimiento de esteprocedimiento.

    Ser el responsable de realizar las comunicacionesinternas de DAND en cumplimiento a lo definido eneste procedimiento.

    Deber firmar la factura de vuelo, velando por elcontrol de las horas efectivas de vuelo.

    Pasajeros de Helicptero

    Deben conocer y dar cumplimiento a lo establecidoen este procedimiento.

    Deben acatar las indicaciones que le imparta el pilotoen lo referente a acceso y abandono del helicptero.

    Jefe de ProteccinIndustrial DAND.

    Coordinar con el Administrador de Estudio, Proyecto

    u Obra, Supervisor DAND el ingreso de aeronave alos recintos de la Divisin Andina. Gestionar el apoyo de carro de rescate en las tareas

    de carga de combustible Estar en conocimiento de la Cartilla de Vuelo. Coordinar con Operador base terrestre ante un

    eventual emergencia de vuelo.

    Empresa Operadora deHelicpteros

    Debe conocer y aplicar este procedimiento Debe dar cumplimiento a toda normativa y requisito

    legal establecido y/o exigido por la Direccin General

    de Aeronutica Civil. De igual forma deber darcumplimiento a lo establecido en los requisitos de laGua de Vuelos ECF N 14 (Anexo 2).

    Debe velar porque las aeronaves (helicpteros)presenten un estado ptimo de uso y mantencin.

    Debe proveer personal de tripulacin y operadorabastecedor de combustible con conocimiento yexperiencia como tambin con sus licencias vigentes.

    Pilotos de Helicpteros

    Debe conocer y aplicar el cumplimiento de esteprocedimiento.

    Debe tener su licencia de vuelo vigente. Debe instruir a los pasajeros en los temas principales

  • 8/10/2019 SGI-P-GE-077.00 ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDADES N 14 VUELOS USO DE HELICOPTERO

    4/13

    CODELCOA N D I N A

    PROCEDIMIENTO GENERAL

    ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDAD N 14 VUELOS-USO DEHELICOPTERO

    CODIGO: SGI-P-GE-077 REVISION:00 PAGINA: 4 de 13

    RESPONSABLE ACTIVIDADrelacionados al vuelo en especial al acceso yabandono de la aeronave.

    Deber dar cumplimiento a lo establecido en losrequisitos de la Gua ECF N 14.

    4 DESARROLLO

    4.1 DE LA NECESIDAD DEL SERVICIO DE HELICPTERO

    Toda contratacin de helicptero se regir por el sistema de licitacin de DAND.

    En el caso de existencia de contratos para estos servicios en la Divisin, el usuarioDAND (Administrador del Estudio, Proyecto u obra o supervisor DAND) coordinarcon el Administrador del Contrato DAND a cargo del servicio de helicptero lautilizacin del servicio, indicndole el centro de costo donde deber imputarse elcargo correspondiente, el nmero de pasajeros, nmina y rut de pasajeros, ademsdel lugar en que se abordar el helicptero.

    4.2 DEL USO DE HELICPTEROS

    Los trabajos que realice la Divisin, que requieran el uso de helicpteros debern sercoordinados con el Administrador de Contrato DAND y se ejecutarn teniendo enconsideracin los siguientes aspectos:

    Antecedentes rea de trabajo. Horario de trabajo. Requisitos de helicptero y tripulacin. Coordinaciones de acceso recintos DAND. Abastecimiento de combustible. Ruta de vuelo. Izamiento de materiales.

    Pasajeros. Base terrestre. Comunicaciones con base terrestre. Control de emergencias.

    Las empresas contratistas a cargo de los trabajos encomendados por Divisin Andinay que requieran el uso de helicptero, debern confeccionar procedimiento de trabajoen el cual se considere y de respuesta a cada uno de los aspectos indicados en elpresente procedimiento.

    Debern dar cumplimiento a la entrega de Cartilla de Vuelo.

  • 8/10/2019 SGI-P-GE-077.00 ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDADES N 14 VUELOS USO DE HELICOPTERO

    5/13

    CODELCOA N D I N A

    PROCEDIMIENTO GENERAL

    ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDAD N 14 VUELOS-USO DEHELICOPTERO

    CODIGO: SGI-P-GE-077 REVISION:00 PAGINA: 5 de 13

    4.2.1 DE LOS ANTECEDENTES DE AREA Y HORARIO DE TRABAJO

    Se debe precisar el rea en donde se desarrollarn los trabajos determinando losrangos de altitud que sta presenta.

    De igual forma, se debern determinar los horarios en que se ejecutarn los trabajosconcilindolos con el pronstico de tiempo a presentarse durante su ejecucin.

    4.2.2 DE LOS REQUISITOS DE HELICPTERO Y TRIPULACIN

    La empresa contratada por DAND para la prestacin del servicio por medio dehelicptero deber dar cabal y estricto cumplimiento a lo estipulado en la Gua deVuelos, Estndar de Control de Fatalidad N 14, establecindose como protocolo deconocimiento y aceptacin por parte de la empresa contratista que se materializa enla firma del documento en cuestin (Anexo N 2, Gua de Vuelos, ECF-14).

    4.2.3 DE LAS COORDINACIONES DE ACCESO A RECINTOS DAND

    El Administrador de Estudio, Proyecto u Obra, Supervisor DAND, deber coordinar elingreso de aeronave a los recintos de la Divisin Andina con el Jefe de SeguridadDAND, solicitando apoyo con la presencia del carro de rescate en las tareas de cargade combustible. Para el conocimiento de Jefe de Proteccin Industrial DAND se ledeber enviar la Cartilla de Vuelo confeccionada para dicha tarea.

    De igual forma el Administrador del estudio, proyecto u Obra, deber solicitar aldepartamento de Caminos y Nieve las condiciones climticas a presentarse en lugar yhorario a ejecutar los trabajos, los que sern proporcionados a la empresa y piloto acargo de la aeronave, indistintamente que sta empresa los tengan.

    4.2.4 DEL ABASTECIMIENTO DE COMBUSTIBLE

    El abastecimiento de combustible de aeronaves en recintos de la Divisin Andina,debe realizarse dando cumplimiento a lo establecido por la Direccin General deAeronutica Civil en Procedimiento de Carguo de Combustible en Aeronaves segnDAP 08 14.

    El operador a cargo del abastecimiento de combustible, perteneciente a la Empresa acargo de aeronave debe estar en conocimiento de la normativa vigente y suaplicacin y familiarizado con la tarea.

    Como medida complementaria el Administrador de Contrato DAND debe solicitar el

    apoyo a Jefe de Proteccin Industrial DAND a objeto de proporcionar el carro Bombadurante el carguo de combustible.

  • 8/10/2019 SGI-P-GE-077.00 ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDADES N 14 VUELOS USO DE HELICOPTERO

    6/13

    CODELCOA N D I N A

    PROCEDIMIENTO GENERAL

    ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDAD N 14 VUELOS-USO DEHELICOPTERO

    CODIGO: SGI-P-GE-077 REVISION:00 PAGINA: 6 de 13

    La empresa a cargo del servicio deber preocuparse de dejar limpio de derrames elsector donde se abastece la aeronave, retirando todo elemento utilizado en la accin(ej. retiro de tambores).

    4.2.5 DE LA RUTA DE VUELO

    Al momento de planificar la ejecucin de las tareas, el administrador de Estudios,Proyectos u Obra junto al piloto de la aeronave, debern establecer la ruta de vueloque considere la base terrestre, recorrido y lugar de aterrizaje, teniendo presente deno poner en riesgo las personas e instalaciones de la divisin.

    4.2.6 DEL IZAMIENTO DE MATERIALES

    Si las tareas a desarrollar considera el transporte de materiales por medio delizamiento de stos, la empresa a cargo de la aeronave deber presentar unprocedimiento de Izamiento y traslado de materiales, en el cual se consideren lospesos mximos a transportar segn el tipo de aeronave, altitud de vuelo, horario ytemperatura con responsabilidad absoluta de la empresa a cargo de la aeronave.

    4.2.7 DE LOS PASAJEROS

    Los pasajeros que aborden la aeronave debern dar fe de no sufrir enfermedadalguna que les pudiese provocar algn problema durante el vuelo.

    Los pasajeros debern ser instruidos por el piloto sobre las medidas de control quedeben cumplir durante el acceso a la aeronave, el vuelo y el descenso delhelicptero. Estas medidas de control deben estar establecidas en el procedimientode trabajo que confeccione la empresa a cargo de la ejecucin de los trabajos.

    Seguro de Vida de los Pasajeros:

    Los pasajeros debern contar con el seguro de vida que por lo general estasociado con la empresa que presta el servicio.

    En caso de los terceros que no cuenten con este seguro debern gestionarloantes de ocupar el servicio.

    Para el caso del personal de DAND, en vuelos programados o emergencias, esresponsabilidad absoluta del Administrador de Proyecto, estudio u Obra de DANDgestionar el seguro de cada uno de los pasajeros, en lo posible con veinticuatrohoras de anticipacin en el caso de viajes programados, con el Jefe del rea deTesorera de la Divisin, entregndole el nombre completo y el rut.

    En caso de solicitud de vuelos de emergencia, de igual forma se debe comunicar

    al Jefe del rea de Tesorera de la Divisin.

  • 8/10/2019 SGI-P-GE-077.00 ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDADES N 14 VUELOS USO DE HELICOPTERO

    7/13

    CODELCOA N D I N A

    PROCEDIMIENTO GENERAL

    ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDAD N 14 VUELOS-USO DEHELICOPTERO

    CODIGO: SGI-P-GE-077 REVISION:00 PAGINA: 7 de 13

    4.2.8 DE LA BASE TERRESTRE

    La base terrestre para el abastecimiento de combustible, izamiento de materiales y/oaterrizaje de emergencia ser determinada por el Administrador de Contrato DAND,con la aceptacin del contratista a cargo de los trabajos y piloto a cargo de laaeronave.

    En DAND existen dos sectores habilitados que corresponden a Saladillo y Km-28.

    4.2.9 DE LAS COMUNICACIONES CON BASE TERRESTRE

    En la base terrestre que se determine deber haber una persona a cargo, la cualtendr por misin monitorear por medio de radio, celular y/o telfono satelital lasmaniobras que ejecute la aeronave, como tambin la estibacin de carga y lascoordinaciones ante una emergencia.

    Bajo cualquier condicin, deber existir uno o ms medios de comunicacin entre laaeronave y la base terrestre mientras se desarrollen los trabajos.

    El operador de base terrestre deber estar presente mientras la aeronave seencuentre en operaciones, pudindose retirar una vez finalizadas las tareas para lascuales se program el vuelo.

    4.2.10 DEL CONTROL DE EMERGENCIAS

    Ante la ocurrencia de cualquier emergencia en que se vea comprometida la aeronavey/o el personal a bordo, sta deber ser comunicada de inmediato al operador debase terrestre, a objeto que coordine con el supervisor Jefe de Proteccin IndustrialDAND los requerimientos necesarios para contrarrestar dicha emergencia.

    Cualquier emergencia que se produzca durante la ejecucin de tareas por medio de

    helicptero, deber ser comunicada a la Direccin General de Aeronutica Civil segnlos protocolos establecidos para tal efecto.

    El Administrador de Obra de Contratista a cargo de los trabajos deber proveer deuna carpa de alta montaa y una cantidad de sacos de dormir segn el nmeromximo de la tripulacin de la aeronave, lo cual se mantendr en la aeronavemientras se desarrollen los trabajos.

    Para aquellos casos de trabajo en alta cordillera y sectores retirados de los centrosde apoyo, los pasajeros debern contar con un bolso que rena el equipo necesariopara pernoctar en alta montaa.

    Es requisito que todo tripulante lleve ropa adecuada para trabajos en la cordillera

  • 8/10/2019 SGI-P-GE-077.00 ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDADES N 14 VUELOS USO DE HELICOPTERO

    8/13

    CODELCOA N D I N A

    PROCEDIMIENTO GENERAL

    ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDAD N 14 VUELOS-USO DEHELICOPTERO

    CODIGO: SGI-P-GE-077 REVISION:00 PAGINA: 8 de 13

    5.3 ADMINISTRACIN DE RIESGOS

    El Contratista deber hacer todos los esfuerzos que sean necesarios para trabajar sinincidentes operacionales que afecten a las personas, equipos, materiales y medioambiente y deber considerar que la prevencin de riesgos constituir unapreocupacin principal y permanente.

    El incumplimiento por parte del Contratista de las normas de seguridad contenidas eneste documento, constituir una falta grave del contrato.

    6 REGISTROS

    Cartilla de Vuelo

    7 FLUJOGRAMA

    No Aplica.

    8 REFERENCIAS

    Normativa, circulares y procedimientos vigentes, establecidos por la DireccinGeneral de Aeronutica Civil.

    Gua de Vuelos ECF N 14

    9 REVISIONES

    REVISION NATURALEZA DEL CAMBIO

    00Creacin del documento en funcin de las directrices generales delECF N 14.

    9 ANEXOS

    ANEXO 1 Cartilla de Vuelo.

    ANEXO 2 Gua de Vuelos ECF-14.

  • 8/10/2019 SGI-P-GE-077.00 ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDADES N 14 VUELOS USO DE HELICOPTERO

    9/13

    CODELCOA N D I N A

    PROCEDIMIENTO GENERAL

    ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDAD N 14 VUELOS-USO DEHELICOPTERO

    CODIGO: SGI-P-GE-077 REVISION:00 PAGINA: 9 de 13

    ANEXO 1 Cartilla de Vuelo.

  • 8/10/2019 SGI-P-GE-077.00 ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDADES N 14 VUELOS USO DE HELICOPTERO

    10/13

    CODELCOA N D I N A

    PROCEDIMIENTO GENERAL

    ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDAD N 14 VUELOS-USO DEHELICOPTERO

    CODIGO: SGI-P-GE-077 REVISION:00 PAGINA: 10 de 13

    ANEXO 2 Gua de Vuelos ECF-14.

  • 8/10/2019 SGI-P-GE-077.00 ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDADES N 14 VUELOS USO DE HELICOPTERO

    11/13

    CODELCOA N D I N A

    PROCEDIMIENTO GENERAL

    ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDAD N 14 VUELOS-USO DEHELICOPTERO

    CODIGO: SGI-P-GE-077 REVISION:00 PAGINA: 11 de 13

  • 8/10/2019 SGI-P-GE-077.00 ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDADES N 14 VUELOS USO DE HELICOPTERO

    12/13

    CODELCOA N D I N A

    PROCEDIMIENTO GENERAL

    ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDAD N 14 VUELOS-USO DEHELICOPTERO

    CODIGO: SGI-P-GE-077 REVISION:00 PAGINA: 12 de 13

  • 8/10/2019 SGI-P-GE-077.00 ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDADES N 14 VUELOS USO DE HELICOPTERO

    13/13

    CODELCOA N D I N A

    PROCEDIMIENTO GENERAL

    ESTANDAR DE CONTROL DE FATALIDAD N 14 VUELOS-USO DEHELICOPTERO

    CODIGO: SGI-P-GE-077 REVISION:00 PAGINA: 13 de 13

    Nombre Empresa Contratista:

    Administrador de Contrato EECC:

    Fecha: