SERVICIO ADMINISTRATIVO DE PRESUPUESTOS Y GASTO PÚBLICO · 2020. 6. 29. · Asunto: Modificación...

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Plaza de España, 1 38003 Santa Cruz de Tenerife Tfno.: 901 501 901 Fax: 922 239 704 www.tenerife.es Área de Acción Social, Participación Ciudadana y Diversidad Fecha: 18/06/2020 Ref.: MEGH/CLG Tfno.: 922 44 57 51 Asunto: Modificación de crédito Expdte.: Presupuesto 2020 Archivo: I/2020 Destinatario: SERVICIO ADMINISTRATIVO DE PRESUPUESTOS Y GASTO PÚBLICO Visto que la Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19 a pandemia internacional, ya que su propagación internacional supone un riesgo para la salud pública de los países y exige una respuesta internacional coordinada. Visto que en dicho contexto, el Gobierno de España, mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declaró el estado de alarma, en todo el territorio nacional, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, con una duración inicial de 15 días naturales, la cual ha sido prorrogada, continuando sus efectos hasta la fecha de hoy, conteniendo la citada norma medidas dirigidas principalmente a proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, a contener la progresión de la enfermedad y a reforzar el sistema de salud pública. Visto que las restricciones impuestas a la libre circulación de las personas para evitar la propagación del virus y contener la enfermedad se han traducido inexorablemente en una perturbación para la economía española, generando tensiones de liquidez que podrían derivar en problemas de solvencia y pérdida de empleos. Visto que ante esta situación de extrema gravedad, resulta necesaria la adopción de medidas de carácter extraordinario y urgente de diversa índole, dando prioridad a aquellas que persigan minimizar el impacto de la crisis sanitaria y social y dar respuestas inmediatas a las necesidades que se presenten. Visto que el Cabildo Insular de Tenerife, a través del Área de Acción Social, Participación Ciudadana y Diversidad, ostenta competencias, entre otras, en las siguientes materias: programas de prevención y dinamización dirigidos a colectivos en situación de riesgo de exclusión social, mayores, infancia, personas con discapacidad y otros colectivos. Visto que, en relación con dicha competencia y con motivo de la situación actual de crisis socio- económica ocasionada por la COVID-19, resulta necesario apoyar, a la mayor brevedad posible, a las familias con menores a cargo cuya delicada situación económica hace que les sea especialmente complicado hacer frente a la adquisición de productos frescos y nutritivos que garanticen una adecuada alimentación. Visto que a efectos de poder atender a la referida necesidad se considera oportuno la aprobación de una ayuda en especie, por importe 500.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.0301.2310.48940, al objeto de financiar el Programa de complemento alimentario a las familias “cuota cero o mínima” de los comedores escolares. Visto que no existe crédito suficiente en la aplicación presupuestaria 20. 0301. 2310. 48940 para la financiación del referido Programa. Visto que al requerir la situación actual de una actuación inmediata de la Administración Pública dirigida a la satisfacción de una necesidad básica como es la alimentación, urge la disponibilidad del crédito y, en consecuencia, que la tramitación del correspondiente expediente de modificación presupuestaria no se demore hasta la próxima sesión del Pleno que haya de celebrarse. Considerando que el Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el 7 de mayo de 2020, aprobó el Pacto por la activación económica y social de Tenerife, cuyo Anexo Económico, en el apartado 7 Código Seguro De Verificación LT3W7S4D/Ap38Y6tTgDxHg== Estado Fecha y hora Firmado Por María Ana Franquet Navarro - Consejera Insular del Área de Acción Social, Participación Ciudadana y Diversidad Firmado 18/06/2020 12:23:23 Observaciones Página 1/2 Url De Verificación https://sede.tenerife.es/verifirma/code/LT3W7S4D/Ap38Y6tTgDxHg== Código seguro de Verificación : GEISER-c17a-6b60-c690-49f6-8875-b659-05db-c9c5 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : https://sede.administracionespublicas.gob.es/valida ÁMBITO- PREFIJO CSV FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO GEISER GEISER-c17a-6b60-c690-49f6-8875-b659-05db-c9c5 18/06/2020 13:07:27 Horario insular Nº registro DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN Validez del documento LA0014383s20N0000214 https://sede.administracionespublicas.gob.es/valida Copia Electrónica Auténtica GEISER-c17a-6b60-c690-49f6-8875-b659-05db-c9c5

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  • Plaza de España, 1 38003 Santa Cruz de Tenerife Tfno.: 901 501 901 Fax: 922 239 704 www.tenerife.es

    Área de Acción Social, Participación Ciudadana y Diversidad

    Fecha: 18/06/2020 Ref.: MEGH/CLG Tfno.: 922 44 57 51

    Asunto: Modificación de crédito

    Expdte.: Presupuesto 2020

    Archivo: I/2020

    Destinatario:

    SERVICIO ADMINISTRATIVO DE PRESUPUESTOS Y GASTO PÚBLICO

    Visto que la Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19 a pandemia internacional, ya que su propagación internacional supone un riesgo para la salud pública de los países y exige una respuesta internacional coordinada.

    Visto que en dicho contexto, el Gobierno de España, mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declaró el estado de alarma, en todo el territorio nacional, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, con una duración inicial de 15 días naturales, la cual ha sido prorrogada, continuando sus efectos hasta la fecha de hoy, conteniendo la citada norma medidas dirigidas principalmente a proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, a contener la progresión de la enfermedad y a reforzar el sistema de salud pública.

    Visto que las restricciones impuestas a la libre circulación de las personas para evitar la propagación del virus y contener la enfermedad se han traducido inexorablemente en una perturbación para la economía española, generando tensiones de liquidez que podrían derivar en problemas de solvencia y pérdida de empleos.

    Visto que ante esta situación de extrema gravedad, resulta necesaria la adopción de medidas de carácter extraordinario y urgente de diversa índole, dando prioridad a aquellas que persigan minimizar el impacto de la crisis sanitaria y social y dar respuestas inmediatas a las necesidades que se presenten.

    Visto que el Cabildo Insular de Tenerife, a través del Área de Acción Social, Participación Ciudadana y Diversidad, ostenta competencias, entre otras, en las siguientes materias: programas de prevención y dinamización dirigidos a colectivos en situación de riesgo de exclusión social, mayores, infancia, personas con discapacidad y otros colectivos.

    Visto que, en relación con dicha competencia y con motivo de la situación actual de crisis socio-económica ocasionada por la COVID-19, resulta necesario apoyar, a la mayor brevedad posible, a las familias con menores a cargo cuya delicada situación económica hace que les sea especialmente complicado hacer frente a la adquisición de productos frescos y nutritivos que garanticen una adecuada alimentación.

    Visto que a efectos de poder atender a la referida necesidad se considera oportuno la aprobación de una ayuda en especie, por importe 500.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.0301.2310.48940, al objeto de financiar el Programa de complemento alimentario a las familias “cuota cero o mínima” de los comedores escolares.

    Visto que no existe crédito suficiente en la aplicación presupuestaria 20. 0301. 2310. 48940 para la financiación del referido Programa.

    Visto que al requerir la situación actual de una actuación inmediata de la Administración Pública dirigida a la satisfacción de una necesidad básica como es la alimentación, urge la disponibilidad del crédito y, en consecuencia, que la tramitación del correspondiente expediente de modificación presupuestaria no se demore hasta la próxima sesión del Pleno que haya de celebrarse.

    Considerando que el Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el 7 de mayo de 2020, aprobó el Pacto por la activación económica y social de Tenerife, cuyo Anexo Económico, en el apartado 7

    Código Seguro De Verificación LT3W7S4D/Ap38Y6tTgDxHg== Estado Fecha y hora

    Firmado Por María Ana Franquet Navarro - Consejera Insular del Área de Acción Social,Participación Ciudadana y Diversidad

    Firmado 18/06/2020 12:23:23

    Observaciones Página 1/2

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    GEISER GEISER-c17a-6b60-c690-49f6-8875-b659-05db-c9c5 18/06/2020 13:07:27 Horario insular

    Nº registro DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN Validez del documento

    LA0014383s20N0000214 https://sede.administracionespublicas.gob.es/valida Copia Electrónica Auténtica

    GEISER-c17a-6b60-c690-49f6-8875-b659-05db-c9c5

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  • del Bloque I Social, prevé la implementación de un “Programa de complemento alimentario a las familias cuota cero o mínima de los comedores escolares”, por importe de 500.000,00 €.

    Considerando que los menores requieren tener acceso a productos frescos y nutritivos que les permitan desarrollarse física, mental y socialmente, a lo que tienen derecho en virtud de los artículos 24 y 27 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

    Considerando la Base 13ª de las de Ejecución del Presupuesto 2020, según la cual los expedientes de suplementos de créditos serán iniciados en las unidades administrativas que tengan a su cargo la gestión de los créditos o sean responsables de los correspondientes programas.

    En virtud de lo expuesto, SE PROPONE:

    UNICO.- Tramitar un expediente de modificación presupuestaria de suplemento de crédito para la aprobación de de una ayuda en especie, por importe 500.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.0301.2310.48940, al objeto de financiar el Programa de complemento alimentario a las familias “cuota cero o mínima” de los comedores escolares, el cual no puede demorarse al siguiente ejercicio presupuestario.

    ALTA DE CRÉDITO:

    PARTIDA IMPORTE

    20.0301.2310.48940 500.000,00 €

    La Consejera Insular del Área de Acción Social, Participación Ciudadana y Diversidad, Maria Ana Franquet Navarro (Documento firmado electrónicamente)

    Código Seguro De Verificación LT3W7S4D/Ap38Y6tTgDxHg== Estado Fecha y hora

    Firmado Por María Ana Franquet Navarro - Consejera Insular del Área de Acción Social,Participación Ciudadana y Diversidad

    Firmado 18/06/2020 12:23:23

    Observaciones Página 2/2

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    ÁMBITO- PREFIJO CSV FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO

    GEISER GEISER-c17a-6b60-c690-49f6-8875-b659-05db-c9c5 18/06/2020 13:07:27 Horario insular

    Nº registro DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN Validez del documento

    LA0014383s20N0000214 https://sede.administracionespublicas.gob.es/valida Copia Electrónica Auténtica

    GEISER-c17a-6b60-c690-49f6-8875-b659-05db-c9c5

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  • Área de Empleo, Desarrollo Socioeconómico y Acción Exterior

    Fax: 922 23 99 29Ref.: JCPS Tfno.: 922 23 97 53

    Asunto: Solicitud de dotación de partida presupuestariapara financiar aportación a AVALCANARIAS

    Destinatario: SR. DIRECTOR INSULAR DEL ÁREA DEHACIENDA

    Con motivo de la declaración del actual estado de alarma por la pandemia COVID-19, seha procedido a diseñar un amplio programa de medidas dirigido a las empresas de la isla a fin decontribuir a paliar la situación de los empresarios más vulnerables del sistema económico insular,entre las que se encuentra una convocatoria dirigida a las empresas que han visto suspendida suactividad o reducida su facturación.

    Una de las herramientas que pueden contribuir a reducir los efectos negativos de estasituación es la de dar la oportunidad de acceder a financiación bancaria a las pymes ymicropymes de nuestra isla en unas condiciones favorables, en cuanto a coste y plazos de laoperación, y en unas cuantías adecuadas a sus dimensiones (tamaño de empresa, facturación,cuantía de la operación, etc.), pues nos encontramos con un tejido productivo en el que lainmensa mayoría de estas empresas en Tenerife cuentan con menos de 5 trabajadores y lasmedidas aprobadas hasta el momento por el Estado se dirigen a operaciones de préstamo ycrédito por importes superiores a las necesidades de estas, aparte de que se prevé que elconjunto de fondos disponible para toda España se consuma rápidamente, dificultando quemuchas de ellas puedan optar por esas líneas de financiación estatal.

    Con este objeto, AVALCANARIAS, Sociedad de Garantías Reciprocas participada por esteCabildo Insular, ha lanzado una Línea con la denominación “Préstamo Liquidez COVID-19”,pensada específicamente para el perfil de las empresas de nuestra región, en la que, gracias a laaportación de sus socios institucionales (Gobierno de Canarias, Cabildos de Tenerife y GranCanaria) se podrá ir dotando el Fondo de Provisiones Técnicas (FPT), de tal forma que se décobertura, de acuerdo a la normativa bancaria vigente, a las diferentes operaciones que se vayanformalizando, lo que permitirá dar cumplimiento a este objetivo de facilitar el acceso a financiaciónbancaria en condiciones adecuadas a estas empresas.

    De acuerdo con la normativa en vigor, los fondos con los que se dote ese FPT no debentener carácter reintegrable, por lo que se prevé que las incorporaciones a ese Fondo se realicenpaulatinamente, a medida que se vayan aprobando operaciones, y, los fondos de la aportaciónque ahora se haga por el Cabildo, puedan emplearse en el futuro para incrementar la participaciónde esta Corporación en esa SGR o, directamente, puedan reintegrarse a la misma.

    Por lo tanto, para contribuir a poder realizar, en la mayor brevedad posible, esa aportacióna AVALCANARIAS, se SOLICITA que se proceda a crear y dotar la partida presupuestaria20.0801.4333.74254 de transferencias de capital a la Sociedad de Garantías de CanariasAVALCANARIAS por importe de 2.000.000,00€, con cargo a los fondos que pueda disponer estaCorporación Insular, dado que no es posible hacerlo mediante modificaciones presupuestarias concargo a partidas de esta Área sin que ello implique la imposibilidad de acometer otras medidas

    C/Alcalde Mandillo Tejera, nº 8 – 2ª Planta38007 Santa Cruz de TenerifeTfno.: 922 23 97 53

    Código Seguro De Verificación dMNewZdKhiN30/FyL+VRpg== Estado Fecha y hora

    Firmado Por Carmen Luz Baso Lorenzo - Consejero Insular del Área de Empleo, DesarrolloSocioeconómico y Acción Exterior

    Firmado 12/06/2020 10:46:47

    Observaciones Página 1/2

    Url De Verificación https://sede.tenerife.es/verifirma/code/dMNewZdKhiN30/FyL+VRpg==

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  • que se pretenden poner en marcha para superar esta situación, al efecto de que pueda realizarsela antes citada convocatoria de subvenciones.

    Dado el impacto negativo en las empresas de la isla que ha tenido la declaración delEstado de Alarma y que, a fin de garantizar la continuidad de la actividad económica y reducir elriesgo de incremento del desempleo por este motivo, resulta necesario impulsar lo antes posibletodo tipo de medidas que contribuyan a esos fines, es necesario que se proceda a la tramitaciónurgente de esta modificación presupuestaria sin que sea posible esperar a la próxima sesión delPleno y cumplir con los objetivos del Pacto para la Activación Social y Económica de Teneriferecientemente aprobado por esta Corporación.

    LA CONSEJERA INSULAR DEL ÁREA,

    Carmen Luz Baso Lorenzo

    (Documento firmado electrónicamente)

    Código Seguro De Verificación dMNewZdKhiN30/FyL+VRpg== Estado Fecha y hora

    Firmado Por Carmen Luz Baso Lorenzo - Consejero Insular del Área de Empleo, DesarrolloSocioeconómico y Acción Exterior

    Firmado 12/06/2020 10:46:47

    Observaciones Página 2/2

    Url De Verificación https://sede.tenerife.es/verifirma/code/dMNewZdKhiN30/FyL+VRpg==

    https://sede.tenerife.es/verifirma/code/dMNewZdKhiN30/FyL+VRpg==

  • Área de Presidencia, Hacienda y Modernización Servicio Administrativo de Presupuestos y Gasto Público Unidad de Presupuesto y Gasto Público

    Informe-Propuesta

    ASUNTO: EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº 8 DEL PRESUPUESTO DEL CABILDO INSULAR DE TENERIFE.

    Vistas propuestas relativas a modificaciones de créditos remitidas por diversas áreas, y de conformidad con la Base 11ª de las de Ejecución del Presupuesto, se informa: AREA DE ACCIÓN SOCIAL, PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y DIVERSIDAD El Cabildo Insular de Tenerife, a través del Área de Acción Social, Participación Ciudadana y Diversidad, ostenta competencias, entre otras, en las siguientes materias: programas de prevención y dinamización dirigidos a colectivos en situación de riesgo de exclusión social, mayores, infancia, personas con discapacidad y otros colectivos. En relación con dicha competencia y con motivo de la situación actual de crisis socioeconómica ocasionada por la COVID-19, resulta necesario apoyar, a la mayor brevedad posible, a las familias con menores a cargo cuya delicada situación económica hace que les sea especialmente complicado hacer frente a la adquisición de productos frescos y nutritivos que garanticen una adecuada alimentación. Para poder atender a la referida necesidad se solicita la financiación necesaria para la tramitación de la oportuna modificación presupuestaria por un importe de 500.000,00 euros, al objeto de financiar el Programa de complemento alimentario a las familias “cuota cero o mínima” de los comedores escolares. A la vista de lo anterior, desde la Dirección Insular de Hacienda se propone la aprobación de un suplemento de crédito por importe de 500.000,00 euros, financiado con bajas de saldos de créditos disponibles en el área de Movilidad y Proyectos Estratégicos, cuya estimación se estima reducible conforme a los criterios establecidos para la priorizaciones de los gastos derivados de la situación de alerta social y económica en la que nos encontramos, y de acuerdo al siguiente detalle:

    ALTA DE GASTOS 20.0301.2310.48940 Subv.Ctes.O.Inst.Sin Fin Lucro/Asistencia Social Primaria ........... 500.000,00

    BAJAS DE GASTOS 20.1113.4421.74050 Subv.Capital TITSA/Infraestructuras del Transporte ......................... 480.000,00 (20/411- Inversiones Nuevas TITSA) 20.1112.4592.65000 Inversiones Gest.O.Entes/Otras Infraestructuras ................................ 20.000,00 (19/334- EDUSI.Recup.y Regenerac.Ambiental Parques Suroest) 500.000,00 AREA DE EMPLEO, DESARROLLO SOCIOECONÓMICO Y ACCIÓN EXTERIOR Con motivo de la declaración del actual estado de alarma por la pandemia COVID-19, se ha procedido a diseñar un amplio programa de medidas dirigido a las empresas de la isla a fin de contribuir a paliar la situación de los empresarios más vulnerables del sistema económico insular, entre las que se encuentra una convocatoria dirigida a las empresas que han visto suspendida su actividad o reducida su facturación. Una de las herramientas que pueden contribuir a reducir los efectos negativos de esta situación es la de dar la oportunidad de acceder a financiación bancaria a las pymes y micropymes de nuestra isla en unas condiciones favorables, en cuanto a coste y plazos de la operación, y en unas cuantías adecuadas a sus dimensiones (tamaño de empresa, facturación, cuantía de la operación, etc. Con este objeto, AVALCANARIAS, Sociedad de Garantías Reciprocas participada por este Cabildo Insular, ha lanzado una Línea con la denominación “Préstamo Liquidez COVID-19”, pensada específicamente para el perfil de las empresas de nuestra región, en la que, gracias a la aportación de sus socios institucionales

    Código Seguro De Verificación pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA== Estado Fecha y hora

    Firmado Por José Isaac Gálvez Conejo - Director Insular de Hacienda Firmado 18/06/2020 13:20:51

    Mª Fernanda Barber Friend - Jefe de Servicio Servicio Administrativo dePresupuestos y Gasto Público

    Firmado 18/06/2020 13:13:53

    Mª Nieves Bencomo Jiménez - Responsable de Unidad Servicio Administrativode Presupuestos y Gasto Público

    Firmado 18/06/2020 13:09:53

    Observaciones Página 1/4

    Url De Verificación https://sede.tenerife.es/verifirma/code/pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA==

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  • (Gobierno de Canarias, Cabildos de Tenerife y Gran Canaria) se podrá ir dotando el Fondo de Provisiones Técnicas (FPT), de tal forma que se dé cobertura, de acuerdo a la normativa bancaria vigente, a las diferentes operaciones que se vayan formalizando, lo que permitirá dar cumplimiento a este objetivo de facilitar el acceso a financiación bancaria en condiciones adecuadas a estas empresas. Con la finalidad de disponer del crédito adecuado y suficiente para atender la necesaria aportación a la citada entidad para la finalidad descrita, la Sra. Consejera Insular del área de Empleo, Desarrollo Socioeconómico y Acción Exterior propone a la Dirección Insular de Hacienda que se proceda a habilitar la aplicación presupuestaria 20.0801.4333.74254 con un importe de 2.000.000,00 euros, solicitando su financiación con cargo a los fondos que esta Corporación pueda disponer, dado que no es posible hacerlo mediante modificaciones presupuestarias con cargo a aplicaciones de su Área sin que ello implique la imposibilidad de acometer otras medidas que se pretenden poner en marcha para superar esta situación. A la vista de lo anterior, desde la Dirección Insular de Hacienda se propone la aprobación de un crédito extraordinario por importe de 2.000.000,00 euros, financiado con bajas de saldos de créditos disponibles en el área de Carreteras y Paisaje y en el área de Movilidad y Proyectos Estratégicos, cuya estimación se estima reducible conforme a los criterios establecidos para la priorizaciones de los gastos derivados de la situación de alerta social y económica en la que nos encontramos, y de acuerdo al siguiente detalle:

    ALTA DE GASTOS 20.0801.4333.74254 Subv.Soc.Garantías Canarias/Dllo.Empresarial ......................... 2.000.000,00 (Py. 20/0601.- Préstamos Liquidez COVID-19)

    BAJAS DE GASTOS

    20.1101.4532.60010 Terrenos y Bienes Naturales/Carreteras ........................................ 300.000,00 (Py.17/424.- Ramal TF-24 con TF-5) 20.1101.4532.60912 Infraestructuras/Carreteras ............................................................ 700.000,00 (Py.17/424.- Ramal TF-24 con TF-5) 20.1112.4592.65000 Invers.Gest.O.Entes/Otras Infraestructuras ................................... 400.000,00 (08/635.- Parque Las Mesas (Plan Cuesta Taco) 20.1112.4592.65000 Invers.Gest.O.Entes/Otras Infraestructuras ................................... 440.000,00 (14/190.- Dique de Bajamar) 20.1112.4592.65000 Inversiones Gest.O.Entes/Otras Infraestructuras ................................ 95.955,00 (19/336- EDUSI.Plan Activac.Eficiencia Energética) 20.1112.4592.65000 Inversiones Gest.O.Entes/Otras Infraestructuras ................................ 64.045,00 (19/334- EDUSI.Recup.y Regenerac.Ambiental Parques Suroest) 2.000.000,00 El presente expediente de modificación presupuestaria se financia con bajas de crédito de aplicaciones del presupuesto vigente no comprometidas cuyas dotaciones se estiman reducibles sin perturbación del respectivo servicio, de conformidad con lo previsto en el art. 177 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Mediante Decreto nº 753, de 17 de marzo, dictado por la Presidencia de la Corporación, con la conformidad manifestada por todos los Portavoces de los Grupos Políticos de la Corporación, y el acuerdo previo adoptado en la Asamblea General de la FECAI, se dispuso la suspensión de la convocatoria y celebración de los Plenos y Comisiones Plenarias, de carácter ordinario, durante el período en que se mantenga la vigencia de la declaración del estado de alarma, decretada mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. En una interpretación conjunta de los artículos 124.4.h) y l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 6.1.h) e y) del vigente Reglamento Orgánico, correspondería al Presidente la atribución para ejercitar acciones judiciales y administrativas, en caso de urgencia, en materias competencia del Pleno, dando cuenta al mismo en la primera sesión que se celebre para su ratificación, así como, para

    Código Seguro De Verificación pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA== Estado Fecha y hora

    Firmado Por José Isaac Gálvez Conejo - Director Insular de Hacienda Firmado 18/06/2020 13:20:51

    Mª Fernanda Barber Friend - Jefe de Servicio Servicio Administrativo dePresupuestos y Gasto Público

    Firmado 18/06/2020 13:13:53

    Mª Nieves Bencomo Jiménez - Responsable de Unidad Servicio Administrativode Presupuestos y Gasto Público

    Firmado 18/06/2020 13:09:53

    Observaciones Página 2/4

    Url De Verificación https://sede.tenerife.es/verifirma/code/pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA==

    https://sede.tenerife.es/verifirma/code/pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA==

  • adoptar las medidas necesarias y adecuadas en los casos de extraordinaria y urgente necesidad, dando cuenta inmediata al Pleno. Por su parte, la Junta de Portavoces de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 23 de marzo de 2020, prestó su conformidad a que se suspenda la tramitación agravada en aquellos expedientes de competencia plenaria, para los que el Reglamento Orgánico exige tal tramitación, acordando un mecanismo de comunicación inmediata de los decretos que se dicten, en materia de competencia plenaria y que tienen que ser elevados al Pleno, para su dación de cuenta y ratificación, durante el tiempo en que se mantenga la vigencia del período de alarma. No obstante, la Junta de Portavoces en sesión extraordinaria celebrada el pasado día 5 de junio de 2020, acuerda el calendario de celebración de la próxima sesión del Pleno y las de las Comisiones Plenarias Permanentes, que correspondientes al mes de Junio de 2020, se trasladan para ser celebradas en el mes de julio de 2020. Así la sesión ordinaria del pleno del mes de junio se traslada para su celebración al viernes día 3 de julio de 2020, adquiriendo, por tanto, la condición de sesión extraordinaria con régimen jurídico propio de ordinaria. Del mismo modo la Comisión Plenaria Permanente de Presidencia y Acción Social queda fijada para el próximo 29 de junio. A la vista de este último acuerdo adoptado por la Junta de Portavoces, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales así como en la Base 13ª de las de Ejecución del Presupuesto, el presente expediente de modificación de créditos, debe elevarse a la aprobación del Pleno de la Corporación, debiendo someterse a los mismos trámites y requisitos que la aprobación del Presupuesto. Por su parte, el Art. 29.3 del Reglamento Orgánico exige su tramitación conforme al procedimiento especificado en su Art. 63, debiendo elevarse el expediente previamente a la consideración del Consejo de Gobierno Insular para su aprobación como propuesta al Pleno Corporativo. No obstante, al tratarse de propuestas vinculadas a la crisis sanitaria provocada por el COVID19 y si se considera que son urgentes y de extraordinaria necesidad, de conformidad con los citados artículos 124.4.h) y l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 6.1.h) e y) del vigente Reglamento Orgánico, podrían ser aprobados por Decreto del Presidente de la Corporación, todo ello condicionado a que por el órgano competente se valore y motive la urgencia y necesidad de los mismos y la imposibilidad de esperar a la celebración de la sesión plenaria. A estos efectos, en la propuesta remitida por la Sra. Consejera Insular del área de Acción Social, Participación Ciudadana y Diversidad, se indica literalmente:“Visto que al requerir la situación actual de una actuación inmediata de la Administración Pública dirigida a la satisfacción de una necesidad básica como es la alimentación, urge la disponibilidad del crédito y, en consecuencia, que la tramitación del correspondiente expediente de modificación presupuestaria no se demore hasta la próxima sesión del Pleno que haya de celebrarse”, indicando igualmente que “el Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el 7 de mayo de 2020, aprobó el Pacto por la activación económica y social de Tenerife, cuyo Anexo Económico, en el apartado 7 del Bloque I Social, prevé la implementación de un “Programa de complemento alimentario a las familias cuota cero o mínima de los comedores escolares”, por importe de 500.000,00 euros” Del mismo modo, en la propuesta de la Sra. Consejera Insular de Empleo, Desarrollo Socioeconómico y Acción Exterior, se indica literalmente lo siguiente: “Dado el impacto negativo en las empresas de la isla que ha tenido la declaración del Estado de Alarma y que, a fin de garantizar la continuidad de la actividad económica y reducir el riesgo de incremento del desempleo por este motivo, resulta necesario impulsar lo antes posible todo tipo de medidas que contribuyan a esos fines, es necesario que se proceda a la tramitación urgente de esta modificación presupuestaria sin que sea posible esperar a la próxima sesión del Pleno y cumplir con los objetivos del Pacto para la Activación Social y Económica de Tenerife recientemente aprobado por esta Corporación.” Por último indicar que, dado que a la vista de las propuestas de las diferentes áreas, el presente expediente de modificación presupuestaria se motiva para paliar situaciones estrechamente vinculadas a la crisis

    Código Seguro De Verificación pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA== Estado Fecha y hora

    Firmado Por José Isaac Gálvez Conejo - Director Insular de Hacienda Firmado 18/06/2020 13:20:51

    Mª Fernanda Barber Friend - Jefe de Servicio Servicio Administrativo dePresupuestos y Gasto Público

    Firmado 18/06/2020 13:13:53

    Mª Nieves Bencomo Jiménez - Responsable de Unidad Servicio Administrativode Presupuestos y Gasto Público

    Firmado 18/06/2020 13:09:53

    Observaciones Página 3/4

    Url De Verificación https://sede.tenerife.es/verifirma/code/pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA==

    https://sede.tenerife.es/verifirma/code/pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA==

  • sanitaria provocada por el COVID19, de conformidad con el artículo 177.6, del RDL 2/2004, de 5 de marzo, los acuerdos de aprobación que tengan por objeto la habilitación o suplementos de créditos en casos de calamidades públicas o de naturaleza análoga de excepcional interés general, serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio de las reclamaciones que contra él puedan interponerse, las cuales deberán sustanciarse dentro de los ocho días siguientes a la presentación, entendiéndose desestimadas de no notificarse su resolución al recurrente dentro de dicho plazo. Santa Cruz de Tenerife, 18 de junio de 2020.

    LA RESPONSABLE DE UNIDAD Mª Nieves Bencomo Jiménez LA JEFA DEL SERVICIO Mª Fernanda Barber Friend EL DIRECTOR INSULAR DE HACIENDA Jose Isaac Gálvez Conejo (Documento firmado electrónicamente)

    Código Seguro De Verificación pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA== Estado Fecha y hora

    Firmado Por José Isaac Gálvez Conejo - Director Insular de Hacienda Firmado 18/06/2020 13:20:51

    Mª Fernanda Barber Friend - Jefe de Servicio Servicio Administrativo dePresupuestos y Gasto Público

    Firmado 18/06/2020 13:13:53

    Mª Nieves Bencomo Jiménez - Responsable de Unidad Servicio Administrativode Presupuestos y Gasto Público

    Firmado 18/06/2020 13:09:53

    Observaciones Página 4/4

    Url De Verificación https://sede.tenerife.es/verifirma/code/pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA==

    https://sede.tenerife.es/verifirma/code/pvAnpptDgXPWXW55+KRRsA==

  • JUSTIFICANTE DE REGISTRO EN UNIDAD TRAMITADORA

    Unidad de tramitación: Servicio Administrativo de Presupuestos y Gasto Público - LA0001764

    Fecha de control interno: 18/06/2020 13:37:38 (Horario insular)

    Fecha presentación: 18/06/2020 13:35:20 (Horario insular)

    Nº de referencia interno: LA0001764s20N0001006

    Tipo de documentación fisica: Documentación adjunta digitalizada

    Enviado por SIR: No

    Información del registro

    Tipo Asiento: Salida

    Resumen/Asunto: Informe-Propuesta: Expediente de modificación de créditos nº 8 del Presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife.

    Unidad de tramitación origen/Centrodirectivo:

    Servicio Administrativo de Presupuestos y Gasto Público - LA0001764 / Cabildo Insular de Tenerife

    Unidad de tramitacióndestino/Centro directivo:

    Servicio Administrativo de Análisis Económico, Sostenibilidad y Control Financiero - LA0013020 / Cabildo Insular deTenerife

    Ref. Externa:

    Adjuntos

    Nombre: 1. ACCIÓN SOCIAL-AYUDAS COMEDORES ESCOLARES.pdf

    Tamaño (Bytes): 282.646

    Validez: Original

    Tipo: Documento Adjunto

    CSV: GEISER-3e94-6caa-3652-490d-9368-42da-347e-d041

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    Observaciones:

    Nombre: 2.DLLO.ECONÓMICO- AVALCANARIAS 12JN report.pdf

    Tamaño (Bytes): 103.479

    Validez: Original

    Tipo: Documento Adjunto

    CSV: GEISER-0c9d-6d4b-9c1a-4710-ad35-7330-8a2e-2f83

    Hash: aefc09b4cf9311a305e27aa616be3b9c7d135dbec8d835dff14b98a6378da3fa55391ce8fb8b9a0434f28afdbb7a6d8b84e07886ce17a554d51d3ce528c6b832

    Observaciones:

    Nombre: 3.EXP. nº 8 MC DECRETO-3.report.pdf

    Tamaño (Bytes): 92.919

    Validez: Original

    Tipo: Documento Adjunto

    CSV: GEISER-ea8f-692a-7eb9-487b-87f3-cce7-35fe-9091

    Hash: a39677320b383d2037d5ffd3de51171714dc64d50c7a54a29718145de743b40f54a5ba67fa4fb814648c0d983838f596c390687fa489c50823ec2f08bedcbd48

    Observaciones:

  • Adjuntos

    Nombre: 4.D.P. EXP.Nº 8 DECRETO-3.report.pdf

    Tamaño (Bytes): 32.274

    Validez: Original

    Tipo: Documento Adjunto

    CSV: GEISER-cff1-1963-dda8-45f6-9c64-5165-c74c-1033

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    Observaciones:

  • 1

    Intervención General Servicio Administrativo de Análisis Económico, Sostenibilidad y Control Financiero.

    Registro entrada: Destinatario: SERVICIO ADMINISTRATIVO DE PRESUPUESTO Y GASTO PÚBLICO.

    Asunto: Modificación de créditos del Presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife Nº 8, en la modalidad de Crédito Extraordinario y Suplemento de Crédito.

    Expte.: Nº 8/2020

    Importe: 2.500.000,00 € Nº Doc. Presupuestario: 2020-0150

    Documentación relevante a efectos del informe:

    •••• Propuestas de modificaciones de crédito que constan en el expediente:

    - Propuesta de la Consejera Insular del Área de Acción Social, Participación Ciudadana y Diversidad, por importe de 500.000,00€ de fecha 18 de Junio de 2020.

    - Propuesta del Consejero Insular del Área de empleo, Desarrollo Socioeconómico y Acción exterior, por importe de 2.000.000,00 € de fecha 12 de Junio de 2020.

    •••• Informe-propuesta del Servicio Administrativo de Presupuesto y Gasto Público de fecha 18 de Junio de 2020.

    Resultado del informe: Favorable con observaciones

    LEGISLACION APLICABLE

    Primero. Artículos 167, 168, 169 y 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

    Segundo. Artículos 16.2, 18, 20 y del 35 al 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.

    Tercero. Las Bases 8ª, 9ª, 11ª, 12ª, 13ª de las de Ejecución del Presupuesto del Cabildo Insular.

    Cuarto. Orden HAP/1781/2013, de 20 de Septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local.

    Quinto. Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, modificada por la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo.

    Sexto. Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

    En el ejercicio de la función de control permanente que es atribuida al Órgano Interventor por el artículo 3 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, por esta Intervención General se informa lo siguiente:

    PRIMERO.- De acuerdo con lo regulado en el artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la aprobación de los expedientes de créditos extraordinarios y suplemento de créditos corresponde al Pleno del Cabildo Insular de Tenerife, con sujeción a los mismos trámites y requisitos que los presupuestos.

    En este sentido, el artículo 62.b) de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, otorga la competencia al Consejo de Gobierno Insular para la aprobación del proyecto de presupuesto, lo cual supone que en términos análogos, la presente propuesta de modificación presupuestaria debe ser aprobada inicialmente por el Consejo de Gobierno Insular.

    No obstante lo anterior, el Informe-propuesta de la Dirección Insular de Hacienda de fecha 18 de Junio de 2020 manifiesta al respecto del órgano competente y procedimiento aplicable lo siguiente:

    Código Seguro De Verificación GQ/YDzBzDybFTc6H440S0A== Estado Fecha y hora

    Firmado Por Antonio Messía de Yraola - Interventor General Área de Presidencia Firmado 19/06/2020 15:08:54

    Rafael Emilio Hardisson San Gil - Jefe de Servicio Servicio Administrativo deAnálisis Económico, Sostenibilidad y Control Financiero

    Firmado 19/06/2020 14:50:00

    Carlos Andrés Rodríguez-Figueroa Gorrín - Responsable de Unidad ServicioAdministrativo de Análisis Económico, Sostenibilidad y Control Financiero

    Firmado 19/06/2020 13:09:33

    José de la Paz Galván - Técnico de Administración General ServicioAdministrativo de Análisis Económico, Sostenibilidad y Control Financiero

    Firmado 19/06/2020 13:08:19

    Observaciones Página 1/5

    Url De Verificación https://sede.tenerife.es/verifirma/code/GQ/YDzBzDybFTc6H440S0A==

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    GEISER GEISER-c13e-dadb-7dac-4a9b-93bc-93ff-1e54-af35 22/06/2020 11:00:22 Horario insular

    Nº registro DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN Validez del documento

    LA0013020s20N0000175 https://sede.administracionespublicas.gob.es/valida Original

    GEISER-c13e-dadb-7dac-4a9b-93bc-93ff-1e54-af35

    https://sede.administracionespublicas.gob.es/valida

  • 2

    “Mediante Decreto nº 753, de 17 de marzo, dictado por la Presidencia de la Corporación, con la conformidad manifestada por todos los Portavoces de los Grupos Políticos de la Corporación, y el acuerdo previo adoptado en la Asamblea General de la FECAI, se dispuso la suspensión de la convocatoria y celebración de los Plenos y Comisiones Plenarias, de carácter ordinario, durante el período en que se mantenga la vigencia de la declaración del estado de alarma, decretada mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

    En una interpretación conjunta de los artículos 124.4.h) y l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 6.1.h) e y) del vigente Reglamento Orgánico, correspondería al Presidente la atribución para ejercitar acciones judiciales y administrativas, en caso de urgencia, en materias competencia del Pleno, dando cuenta al mismo en la primera sesión que se celebre para su ratificación, así como, para adoptar las medidas necesarias y adecuadas en los casos de extraordinaria y urgente necesidad, dando cuenta inmediata al Pleno.

    Por su parte, la Junta de Portavoces de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 23 de marzo de 2020, prestó su conformidad a que se suspenda la tramitación agravada en aquellos expedientes de competencia plenaria, para los que el Reglamento Orgánico exige tal tramitación, acordando un mecanismo de comunicación inmediata de los decretos que se dicten, en materia de competencia plenaria y que tienen que ser elevados al Pleno, para su dación de cuenta y ratificación, durante el tiempo en que se mantenga la vigencia del período de alarma.

    No obstante, la Junta de Portavoces en sesión extraordinaria celebrada el pasado día 5 de junio de 2020, acuerda el calendario de celebración de la próxima sesión del Pleno y las de las Comisiones Plenarias Permanentes, que correspondientes al mes de Junio de 2020, se trasladan para ser celebradas en el mes de julio de 2020. Así la sesión ordinaria del pleno del mes de junio se traslada para su celebración al viernes día 3 de julio de 2020, adquiriendo, por tanto, la condición de sesión extraordinaria con régimen jurídico propio de ordinaria. Del mismo modo la Comisión Plenaria Permanente de Presidencia y Acción Social queda fijada para el próximo 29 de junio.

    A la vista de este último acuerdo adoptado por la Junta de Portavoces, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales así como en la Base 13ª de las de Ejecución del Presupuesto, el presente expediente de modificación de créditos, debe elevarse a la aprobación del Pleno de la Corporación, debiendo someterse a los mismos trámites y requisitos que la aprobación del Presupuesto.

    Por su parte, el Art. 29.3 del Reglamento Orgánico exige su tramitación conforme al procedimiento especificado en su Art. 63, debiendo elevarse el expediente previamente a la consideración del Consejo de Gobierno Insular para su aprobación como propuesta al Pleno Corporativo.

    No obstante, al tratarse de propuestas vinculadas a la crisis sanitaria provocada por el COVID19 y si se considera que son urgentes y de extraordinaria necesidad, de conformidad con los citados artículos 124.4.h) y l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 6.1.h) e y) del vigente Reglamento Orgánico, podrían ser aprobados por Decreto del Presidente de la Corporación, todo ello condicionado a que por el órgano competente se valore y motive la urgencia y necesidad de los mismos y la imposibilidad de esperar a la celebración de la sesión plenaria.

    A estos efectos, en la propuesta remitida por la Sra. Consejera Insular del área de Acción Social, Participación Ciudadana y Diversidad, se indica literalmente: “Visto que al requerir la situación actual de una actuación inmediata de la Administración Pública dirigida a la satisfacción de una necesidad básica como es la alimentación, urge la disponibilidad del crédito y, en consecuencia, que la tramitación del correspondiente expediente de modificación presupuestaria no se demore hasta la próxima sesión del Pleno que haya de celebrarse”, indicando igualmente que “el Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el 7 de mayo de 2020, aprobó el Pacto por la activación económica y social de Tenerife, cuyo Anexo Económico, en el apartado 7 del Bloque I Social, prevé la implementación de un “Programa de complemento alimentario a las familias cuota cero o mínima de los comedores escolares”, por importe de 500.000,00 euros”

    Del mismo modo, en la propuesta de la Sra. Consejera Insular de Empleo, Desarrollo Socioeconómico y Acción Exterior, se indica literalmente lo siguiente: “Dado el impacto negativo en las empresas de la isla que ha tenido la declaración del Estado de Alarma y que, a fin de garantizar la continuidad de la actividad económica y reducir el riesgo de incremento del desempleo por este motivo, resulta necesario

    Código Seguro De Verificación GQ/YDzBzDybFTc6H440S0A== Estado Fecha y hora

    Firmado Por Antonio Messía de Yraola - Interventor General Área de Presidencia Firmado 19/06/2020 15:08:54

    Rafael Emilio Hardisson San Gil - Jefe de Servicio Servicio Administrativo deAnálisis Económico, Sostenibilidad y Control Financiero

    Firmado 19/06/2020 14:50:00

    Carlos Andrés Rodríguez-Figueroa Gorrín - Responsable de Unidad ServicioAdministrativo de Análisis Económico, Sostenibilidad y Control Financiero

    Firmado 19/06/2020 13:09:33

    José de la Paz Galván - Técnico de Administración General ServicioAdministrativo de Análisis Económico, Sostenibilidad y Control Financiero

    Firmado 19/06/2020 13:08:19

    Observaciones Página 2/5

    Url De Verificación https://sede.tenerife.es/verifirma/code/GQ/YDzBzDybFTc6H440S0A==

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    GEISER GEISER-c13e-dadb-7dac-4a9b-93bc-93ff-1e54-af35 22/06/2020 11:00:22 Horario insular

    Nº registro DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN Validez del documento

    LA0013020s20N0000175 https://sede.administracionespublicas.gob.es/valida Original

    GEISER-c13e-dadb-7dac-4a9b-93bc-93ff-1e54-af35

    https://sede.administracionespublicas.gob.es/valida

  • 3

    impulsar lo antes posible todo tipo de medidas que contribuyan a esos fines, es necesario que se proceda a la tramitación urgente de esta modificación presupuestaria sin que sea posible esperar a la próxima sesión del Pleno y cumplir con los objetivos del Pacto para la Activación Social y Económica de Tenerife recientemente aprobado por esta Corporación.”

    Por último indicar que, dado que a la vista de las propuestas de las diferentes áreas, el presente expediente de modificación presupuestaria se motiva para paliar situaciones estrechamente vinculadas a la crisis sanitaria provocada por el COVID19, de conformidad con el artículo 177.6, del RDL 2/2004, de 5 de marzo, los acuerdos de aprobación que tengan por objeto la habilitación o suplementos de créditos en casos de calamidades públicas o de naturaleza análoga de excepcional interés general, serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio de las reclamaciones que contra él puedan interponerse, las cuales deberán sustanciarse dentro de los ocho días siguientes a la presentación, entendiéndose desestimadas de no notificarse su resolución al recurrente dentro de dicho plazo.”

    A la vista de las circunstancias excepcionales en la que se enmarca la presente modificación presupuestaria, derivadas de la Declaración de Estado de Alarma decretada mediante Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo a consecuencia de la crisis sanitaria originada por el COVID-19, esta Intervención General manifiesta conformidad al respecto del régimen de aprobación y entrada en vigor propuesto por la Dirección Insular de Hacienda para la presente modificación presupuestaria, debido a que los órganos competentes valoraron y motivaron la urgencia y necesidad de la misma, así como la imposibilidad de demorar su aprobación hasta la celebración de la siguiente sesión plenaria.

    SEGUNDO.- La modificación presupuestaria sometida a informe mantiene el equilibrio presupuestario exigido en el artículo 16.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, siendo el detalle de las aplicaciones afectadas el siguiente:

    ALTAS DE GASTOS Créditos extraordinarios

    Aplicación presupuestaria Proyecto de Gasto

    Importe

    2020 0801 4333 74254 20-0601 2.000.000,00 Total Créditos extraordinarios 2.000.000,00€

    Suplemento de crédito

    Aplicación presupuestaria Proyecto de Gasto

    Importe

    2020 0301 2310 48940 - 500.000,00 Total suplementos de crédito 500.000,00 €

    BAJAS DE GASTOS

    Aplicación presupuestaria Proyecto de Gasto

    Importe

    2020 1113 4421 74050 20-0411 480.000,00 2020 1112 4592 65000 19-0334 84.045,00 2020 1101 4532 60010 17-0424 300.000,00 2020 1101 4532 60912 17-0424 700.000,00 2020 1112 4592 65000 08-0635 400.000,00 2020 1112 4592 65000 14-0190 440.000,00 2020 1112 4592 65000 19-0336 95.955,00

    Total 2.500.000,00€ TERCERO.- El artículo 35 del Real Decreto 500/1990 define los créditos extraordinarios como “aquellas

    modificaciones del Presupuesto de gastos mediante los que se asigna crédito para la realización de un gasto específico y determinado que no puede demorarse hasta el ejercicio siguiente y para el que no existe crédito.”

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  • 4

    Se constata la inexistencia de crédito en las aplicaciones presupuestaria al respecto de las cuales se propone su crédito extraordinario, haciendo referencia las diferentes propuestas al carácter específico, determinado e indemorable del gasto que se propone financiar.

    CUARTO.- El artículo 35 del Real Decreto 500/1990 define los suplementos de crédito como “aquellas modificaciones del Presupuesto de gastos en los que concurriendo las mismas circunstancias anteriores en relación con el gasto a realizar, el crédito previsto resulta insuficiente y no puede ser objeto de ampliación.”

    Las propuestas de suplemento de crédito que figuran en el expediente motivan el carácter insuficiente de la aplicación que se pretende incrementar.

    QUINTO.- El artículo 36 del Real Decreto 500/1990 prevé que “Los créditos extraordinarios y suplementos de crédito, se podrán financiar indistintamente con alguno o algunos de los siguientes recursos: (...)c) Mediante anulaciones o bajas de créditos de otras partidas del Presupuesto vigente no comprometidas, cuyas dotaciones se estimen reducibles sin perturbación del respectivo servicio”:

    Justificándose en las diferentes propuestas el carácter reducible de las aplicaciones presupuestarias que financian la presente modificación, se ha acreditado la existencia de crédito suficiente, tanto a nivel de aplicación presupuestaria, como a nivel de vinculación jurídica, en las aplicaciones presupuestarias que son objeto de minoración, por lo que figura en el expediente las correspondientes retenciones de crédito.

    SEXTO.- Se ha verificado que las aplicaciones presupuestarias que se proponen disminuir no se encuentran financiadas con préstamos concedidos por entidades bancarias a favor de este Cabildo Insular, ni con recursos expresamente afectados provenientes de otras administraciones públicas, a excepción de aquellos proyectos de gasto incluidos en la presente propuesta que se encuentran incluidos en el programa MEDI-FDCAN, al respecto de los cuales este Servicio se remite a lo ya informado en el proyecto de Presupuesto General del Cabildo para el año 2020, en el cual se indicó lo siguiente:

    “Gastos Financiados con el Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN): para el ejercicio 2020, la financiación prevista de la Comunidad Autónoma Canaria en el marco del FDCAN, para el desarrollo del programa MEDI-FDCAN, según acuerdo del Gobierno de 23 de diciembre, en el que se aprobó el reparto de los recursos del FDCAN, asciende a 48.091.119,00 €. En este anexo se detalla la relación de gastos con financiación afectada FDCAN, especificando la denominación del proyecto, aplicación presupuestaria, código de proyecto y el importe financiado con el FDCAN, pero se pone de manifiesto que “No obstante, el presupuesto contempla más gasto susceptible de ser financiado por el FDCAN y dado que este sólo financia gasto realizado y pagado por anualidad, en el momento de su justificación dicho cuadro podrá sufrir variaciones en relación a los gastos que finalmente resulten financiados por FDCAN”.

    En conclusión cabe señalar lo siguiente:

    • Dada la naturaleza de estos gastos, al estar financiados como fondos de la CAC para una finalidad concreta, son gastos con Financiación Afectada, incluyéndose en el Anexo correspondiente.

    • Sin embargo, estos ingresos no tienen afectación presupuestaria ni contable, dado que no están vinculados a gastos concretos, como se pone de manifiesto en el listado de ingresos del presupuesto 2020, que incluye el concepto de ingresos 20.4506067 “De la C.A. para Proyectos Fondos Desarrollo Canarias” por importe de 6.849.223,54 €, y en el concepto 20.7506087, “De la CA para proyectos Fondo de Desarrollo Canarias”, un importe de 17.059.322,46 €, sin que tengan gastos asociados a este ingreso con Financiación Afectada.

    • La relación de gastos que financia el FDCAN son por importe superior a los fondos que se prevén recibir del FDCAN, y también pueden ser objeto de modificación.

    En consecuencia, existe una gran indeterminación respecto a los gastos que finalmente se van a atender con cargo a dicha financiación en el Proyecto de Presupuestos del ejercicio 2020, que imposibilita efectuar el obligado seguimiento y control contable de dichos gastos con financiación afectada conforme a lo exigido en la Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre (el cual debe alcanzar, como mínimo, a todas las operaciones de gestión presupuestaria durante el período de que se trate, se extienda éste a uno o varios ejercicios económicos) y con ello la adecuada fiscalización de las distintas actuaciones que se pretendan realizar con imputación a dicho Fondo.”

    Asimismo, y sin perjuicio de lo anterior, los proyectos de gasto 2019-0334 “EDUSI recuperación. y regeneración ambiental parques suroeste zona metropolitana” y 2019-0336 “EDUSI plan activación eficiencia

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    Firmado Por Antonio Messía de Yraola - Interventor General Área de Presidencia Firmado 19/06/2020 15:08:54

    Rafael Emilio Hardisson San Gil - Jefe de Servicio Servicio Administrativo deAnálisis Económico, Sostenibilidad y Control Financiero

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    José de la Paz Galván - Técnico de Administración General ServicioAdministrativo de Análisis Económico, Sostenibilidad y Control Financiero

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  • 5

    energética en los edificios” se corresponden con proyectos de gasto que cuentan tanto con financiación propia de este Cabildo Insular como con aportaciones del fondo de desarrollo regional.

    En este sentido, si bien la presente modificación se efectúa con cargo a la parte correspondiente a la aportación insular de los referidos proyectos, y pese a que el informe propuesta emitido por parte del Director Insular de Hacienda se indica expresamente que las aplicaciones que se proponen minorar se corresponden con “dotaciones se estiman reducibles conforme a los criterios para la priorizaciones de los gastos emanados de la situación de alerta social y económica en la que nos encontramos”, esta Intervención General no puede garantizar que la tramitación de la presente modificación presupuestaria no implique el incumplimiento de los compromisos financieros que este Cabildo Insular ha asumido mediante la aprobación de los acuerdos o firma de los oportunos convenios, no obrando en el expediente la renuncia expresa de las partes a ejecutar el mismo o a modificar su cuantía o financiación.

    Por ello, estas verificaciones se realizarán a través de la modalidad de control financiero posterior.

    SÉPTIMO.- Se informa que la modificación presupuestaria propuesta no tiene repercusión sobre las reglas fiscales y restricciones impuestas por la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, toda vez que se incrementan y se minoran aplicaciones presupuestarias correspondientes a los Capítulos I a VII del presupuesto de gastos (Operaciones no financieras), no afectando, por lo tanto, al importe total de empleos no financieros.

    OCTAVO.- Si bien el Servicio Administrativo de Presupuesto y Gasto Público ha identificado la presente modificación presupuestaria como “Modificación de créditos del Presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife Nº 8, en la modalidad de Crédito Extraordinario y Suplemento de Crédito”, esta es la séptima modificación de esta naturaleza que es informada por la Intervención General, cuestión esta que se comunica únicamente a los efectos de que se evalúe y determine la correcta numeración del expediente, y sin que la misma tenga ningún efecto en el resultado de la presente actuación de control interno.

    CONCLUSIÓN.- De acuerdo con todo lo anterior, esta Intervención General informa favorablemente la presente propuesta de expediente de crédito extraordinario y suplemento de crédito nº 8, por importe de 2.500.000,00 €, sin perjuicio de las observaciones indicadas en el apartado SEXTO del presente informe.

    Lo que se informa a los efectos oportunos, en el desarrollo de las funciones inherentes al control permanente de la Intervención General.

    José de la Paz Galván Técnico de Administración General

    Carlos Andrés Rodríguez-Figueroa Gorrín Responsable de Unidad

    Rafael Emilio Hardisson San Gil Jefe de Servicio

    Antonio Messía de Yraola Interventor General

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    Firmado Por Antonio Messía de Yraola - Interventor General Área de Presidencia Firmado 19/06/2020 15:08:54

    Rafael Emilio Hardisson San Gil - Jefe de Servicio Servicio Administrativo deAnálisis Económico, Sostenibilidad y Control Financiero

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    José de la Paz Galván - Técnico de Administración General ServicioAdministrativo de Análisis Económico, Sostenibilidad y Control Financiero

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    Este documento ha sido firmado electrónicamente por PEDRO MANUEL MARTIN DOMINGUEZ (CABILDO INSULAR DETENERIFE) el día 19/06/2020 a las 15:50:04 (UTC) y SELLO DEL VICESECRETARIO DEL ORGANO COLEGIADO DECONSEJO DE GOBIERNO (CABILDO INSULAR DE TENERIFE) el día 19/06/2020 a las 15:51:09 (UTC). El CSV del fichero defirma electrónica es 43b93969-c898-5ddf-9114-c0b0a9a6dfb5. Puedes descargarlo mediante el código QRCode de la derecha oen la dirección:

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    Dirección Insular de HaciendaServicio Administrativo de Presupuestos y Gasto Público

    D0000000872

    DECRETO

    Asunto: Expediente de Modificación de Créditos nº 8 del Presupuesto del Cabildo

    Insular de Tenerife.

    Vista propuesta de Sra. Consejera Insular del área de Empleo, Desarrollo Socioeconómico y Acción Exterior que conforma el Expediente de Modificación de Créditos nº 8 del Presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife, y

    Considerando que, de conformidad con lo previsto en los artículos 13.1.h) y 127.1.b) de la Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como, en sus correspondientes artículos de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares (artículos 53.j) y 62.b), y del Reglamento Orgánico de la Corporación, artículos 41.1.i) y 29.3.d), compete al Consejo de Gobierno Insular, la propuesta al pleno del Proyecto de Presupuesto ordinario formado por el Presidente y las modificaciones del mismo cuya aprobación corresponda al Pleno, estando atribuida a éste la competencia para su aprobación inicial y definitiva;

    Teniendo en cuenta la situación del estado de alarma en el territorio nacional decretada por R.D. 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como la última prórroga de dicho estado de alarma declarada por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio.

    Considerando que en una interpretación conjunta de los artículos 124.4.h) y l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 6.1.h) e y) del vigente Reglamento Orgánico, corresponde al Presidente la atribución tanto para ejercitar acciones judiciales y administrativas, en caso de urgencia, en materias competencia del Pleno, dando cuenta al mismo en la primera sesión que se celebra para su ratificación, así como, para adoptar las medidas necesaria y adecuadas en los casos de extraordinaria y urgente necesidad, dando cuenta inmediata al Pleno; siendo así que el presente expediente de modificación de créditos nº 8 recoge una propuesta para la financiación de gastos indispensables para la protección del interés general, directamente vinculados o cuya necesidad surge como consecuencia de las medias adoptadas por la declaración del estado de alarma por la alerta sanitaria provocada por el Covid-19.

    Considerando, asimismo, que la Junta de Portavoces de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 23 de marzo de 2020, prestó su conformidad a que se suspenda la tramitación agravada en aquellos expedientes de competencia plenaria, para los que el Reglamento Orgánico exige tal tramitación, acordando un mecanismo de comunicación inmediata de los decretos que se dicten, en materia de competencia plenaria y que tienen que ser elevados al Pleno, para su dación de cuenta y ratificación, durante el tiempo en que se mantenga la vigencia del período de alarma;

    Considerando que conforme a lo establecido en el artículo 177.6 del RDL 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, los acuerdos que tengan por objeto la habilitación o suplementos de créditos en casos de calamidades públicas o de naturaleza análoga de excepcional interés general, serán inmediatamente ejecutivos sin perjuicio de las reclamaciones que contra él puedan interponerse, las cuales deberán sustanciarse dentro de

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    Pág. 2/3

    Dirección Insular de HaciendaServicio Administrativo de Presupuestos y Gasto Público

    D0000000872

    los ocho días siguientes a la presentación, entendiéndose desestimadas de no notificarse su resolución al recurrente dentro de dicho plazo.

    Por medio del presente, y en virtud de los antecedentes y consideraciones jurídicas citadas, y previo informe de la Intervención General, DISPONGO:

    PRIMERO.- Aprobar el Expediente de Modificación de Créditos nº 8 del Presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife, conforme al siguiente detalle:

    ALTAS DE GASTOS

    Crédito Extraordinario

    Año Org. Prog. Econ. Proy. Descripción de la Aplicación de Gastos Importe

    2020 0801 4333 74254 20200601 SUBVENCIONES SOCIEDAD GARANTÍAS CANARIAS/DESARROLLO EMPRESAR

    2.000.000,00

    Total créditos extraordinarios 2.000.000,00

    Suplemento de Crédito

    Año Org. Prog. Econ. Proy. Descripción de la Aplicación de Gastos Importe

    2020 0301 2310 48940 SUBV. CTES A OTRAS TRANSF. INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO/

    500.000,00

    Total suplementos de crédito 500.000,00

    TOTAL ALTAS DE GASTOS 2.500.000,00

    BAJAS DE GASTOS

    Bajas por anulación

    Año Org. Prog. Econ. Proy. Descripción de la Aplicación de Gastos Importe

    2020 1101 4532 60010 20170424 TERRENOS Y BIENES NATURALES/CARRETERAS 300.000,00

    2020 1101 4532 60912 20170424 INFRAESTRUCTURAS/CARRETERAS 700.000,00

    2020 1112 4592 65000 20080635 INVERSIONES GEST.PARA OTROS ENTES-AYTOS (FINANC.CABILDO)/OTR

    400.000,00

    2020 1112 4592 65000 20140190 INVERSIONES GEST.PARA OTROS ENTES-AYTOS (FINANC.CABILDO)/OTR

    440.000,00

    2020 1112 4592 65000 20190334 INVERSIONES GEST.PARA OTROS ENTES-AYTOS (FINANC.CABILDO)/OTR

    84.045,00

    2020 1112 4592 65000 20190336 INVERSIONES GEST.PARA OTROS ENTES-AYTOS (FINANC.CABILDO)/OTR

    95.955,00

    2020 1113 4421 74050 20200411 SUBVENCIONES CAPIT. A TITSA/INFRAESTRUCTURAS DEL TRANSPORTE

    480.000,00

    Total bajas por anulación 2.500.000,00

    TOTAL BAJAS DE GASTOS 2.500.000,00

    SEGUNDO: Dar traslado del presente Decreto a los Portavoces de todos los Grupos Políticos de la Corporación.

    TERCERO: Dar cuenta del presente Decreto al Pleno de la Corporación para su ratificación, en la primera sesión que se celebre.

    Conforme a lo estipulado en el Art. 177.6 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el presente acuerdo será inmediatamente ejecutivo sin perjuicio de las reclamaciones que contra él

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    Dirección Insular de HaciendaServicio Administrativo de Presupuestos y Gasto Público

    D0000000872

    puedan interponerse, las cuales deberán sustanciarse dentro de los ocho días siguientes a la presentación, entendiéndose desestimadas de no notificarse su resolución al recurrente dentro de dicho plazo.

    A tales efectos, el expediente se someterá a información pública por un periodo de QUINCE (15) DÍAS, de conformidad con lo previsto en el art. 177.2 en relación con el artículo 169.1 del citado RDL 2/2004, de 5 marzo.

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    Firmado 18/06/2020 13:14:21

    Observaciones Página 3/3

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  • JUSTIFICANTE DE REGISTRO EN UNIDAD TRAMITADORA

    Unidad de tramitación: Servicio Administrativo de Presupuestos y Gasto Público - LA0001764

    Fecha de control interno: 22/06/2020 09:06:13 (Horario insular)

    Fecha presentación: 22/06/2020 09:05:07 (Horario insular)

    Nº de referencia interno: LA0001764s20N0001019

    Tipo de documentación fisica: Documentación adjunta digitalizada

    Enviado por SIR: No

    Información del registro

    Tipo Asiento: Salida

    Resumen/Asunto: Expediente de Modificación de Créditos nº 8 del Presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife.

    Unidad de tramitación origen/Centrodirectivo:

    Servicio Administrativo de Presupuestos y Gasto Público - LA0001764 / Cabildo Insular de Tenerife

    Unidad de tramitacióndestino/Centro directivo:

    Servicio Administrativo de Contabilidad - LA0010434 / Cabildo Insular de Tenerife

    Ref. Externa:

    Nº. Expediente:

    Adjuntos

    Nombre: DECRETO 19-06-2020 modificación créditos nº 8.pdf

    Tamaño (Bytes): 319.196

    Validez: Original

    Tipo: Documento Adjunto

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    Observaciones:

    Nombre: MC_20200150.pdf

    Tamaño (Bytes): 32.517

    Validez: Original

    Tipo: Documento Adjunto

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    Observaciones:

  • Plaza de España, 1 38003 Santa Cruz de Tenerife Tfno.: 901 501 901 Fax: 922 000 000 www.tenerife.es

    Área de Presidencia, Hacienda y Modernización Servicio Administrativo de Presupuestos y Gasto Público

    Fecha: 22/06/2020 Ref.: MNBJ/AFP Tfno.: 922 239 822 Asunto: Decreto modificación de créditos Destinatario: Grupo Coalición Canaria

    El Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, con fecha 19 de junio de 2020, dictó el siguiente Decreto:

    Vista propuesta de Sra. Consejera Insular del área de Empleo, Desarrollo Socioeconómico y Acción Exterior que conforma el Expediente de Modificación de Créditos nº 8 del Presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife, y

    Considerando que, de conformidad con lo previsto en los artículos 13.1.h) y 127.1.b) de la Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como, en sus correspondientes artículos de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares (artículos 53.j) y 62.b), y del Reglamento Orgánico de la Corporación, artículos 41.1.i) y 29.3.d), compete al Consejo de Gobierno Insular, la propuesta al pleno del Proyecto de Presupuesto ordinario formado por el Presidente y las modificaciones del mismo cuya aprobación corresponda al Pleno, estando atribuida a éste la competencia para su aprobación inicial y definitiva;

    Teniendo en cuenta la situación del estado de alarma en el territorio nacional decretada por R.D. 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como la última prórroga de dicho estado de alarma declarada por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio.

    Considerando que en una interpretación conjunta de los artículos 124.4.h) y l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 6.1.h) e y) del vigente Reglamento Orgánico, corresponde al Presidente la atribución tanto para ejercitar acciones judiciales y administrativas, en caso de urgencia, en materias competencia del Pleno, dando cuenta al mismo en la primera sesión que se celebra para su ratificación, así como, para adoptar las medidas necesaria y adecuadas en los casos de extraordinaria y urgente necesidad, dando cuenta inmediata al Pleno; siendo así que el presente expediente de modificación de créditos nº 8 recoge una propuesta para la financiación de gastos indispensables para la protección del interés general, directamente vinculados o cuya necesidad surge como consecuencia de las medias adoptadas por la declaración del estado de alarma por la alerta sanitaria provocada por el Covid-19.

    Considerando, asimismo, que la Junta de Portavoces de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 23 de marzo de 2020, prestó su conformidad a que se suspenda la tramitación agravada en aquellos expedientes de competencia plenaria, para los que el Reglamento Orgánico exige tal tramitación, acordando un mecanismo de comunicación inmediata de los decretos que se dicten, en materia de competencia plenaria y que tienen que ser elevados al Pleno, para su dación de cuenta y ratificación, durante el tiempo en que se mantenga la vigencia del período de alarma;

    Considerando que conforme a lo establecido en el artículo 177.6 del RDL 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, los acuerdos que tengan por objeto la habilitación o suplementos de créditos en casos de calamidades públicas o de naturaleza análoga de excepcional interés general, serán inmediatamente ejecutivos sin perjuicio de las reclamaciones que contra él puedan

    Código Seguro De Verificación D+tBPD5WpwEBynB6An+osQ== Estado Fecha y hora

    Firmado Por Mª Fernanda Barber Friend - Jefe de Servicio Servicio Administrativo dePresupuestos y Gasto Público

    Firmado 22/06/2020 11:05:41

    Observaciones Página 1/3

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  • interponerse, las cuales deberán sustanciarse dentro de los ocho días siguientes a la presentación, entendiéndose desestimadas de no notificarse su resolución al recurrente dentro de dicho plazo.

    Por medio del presente, y en virtud de los antecedentes y consideraciones jurídicas citadas, y previo informe de la Intervención General, DISPONGO:

    PRIMERO.- Aprobar el Expediente de Modificación de Créditos nº 8 del Presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife, conforme al siguiente detalle:

    ALTAS DE GASTOS

    Crédito Extraordinario

    Año Org. Prog. Econ. Proy. Descripción de la Aplicación de Gastos Importe

    2020 0801 4333 74254 20200601 SUBVENCIONES SOCIEDAD GARANTÍAS CANARIAS/DESARROLLO EMPRESAR

    2.000.000,00

    Total créditos extraordinarios 2.000.000,00

    Suplemento de Crédito

    Año Org. Prog. Econ. Proy. Descripción de la Aplicación de Gastos Importe

    2020 0301 2310 48940 SUBV. CTES A OTRAS TRANSF. INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO/ 500.000,00

    Total suplementos de crédito 500.000,00

    TOTAL ALTAS DE GASTOS 2.500.000,00

    BAJAS DE GASTOS

    Bajas por anulación

    Año Org. Prog. Econ. Proy. Descripción de la Aplicación de Gastos Importe

    2020 1101 4532 60010 20170424 TERRENOS Y BIENES NATURALES/CARRETERAS 300.000,00

    2020 1101 4532 60912 20170424 INFRAESTRUCTURAS/CARRETERAS 700.000,00

    2020 1112 4592 65000 20080635 INVERSIONES GEST.PARA OTROS ENTES-AYTOS (FINANC.CABILDO)/OTR

    400.000,00

    2020 1112 4592 65000 20140190 INVERSIONES GEST.PARA OTROS ENTES-AYTOS (FINANC.CABILDO)/OTR

    440.000,00

    2020 1112 4592 65000 20190334 INVERSIONES GEST.PARA OTROS ENTES-AYTOS (FINANC.CABILDO)/OTR

    84.045,00

    2020 1112 4592 65000 20190336 INVERSIONES GEST.PARA OTROS ENTES-AYTOS (FINANC.CABILDO)/OTR

    95.955,00

    2020 1113 4421 74050 20200411 SUBVENCIONES CAPIT. A TITSA/INFRAESTRUCTURAS DEL TRANSPORTE

    480.000,00

    Total bajas por anulación 2.500.000,00

    TOTAL BAJAS DE GASTOS 2.500.000,00

    SEGUNDO: Dar traslado del presente Decreto a los Portavoces de todos los Grupos Políticos de la Corporación.

    TERCERO: Dar cuenta del presente Decreto al Pleno de la Corporación para su ratificación, en la primera sesión que se celebre.

    Código Seguro De Verificación D+tBPD5WpwEBynB6An+osQ== Estado Fecha y hora

    Firmado Por Mª Fernanda Barber Friend - Jefe de Servicio Servicio A