SEPTIEMBRE 2009 PENSIONARSE ES UN DERECHO EL ISSSTE TE ORIENTA.

10
SEPTIEMBRE 2009 PENSIONARSE ES UN DERECHO PENSIONARSE ES UN DERECHO EL ISSSTE TE ORIENTA

Transcript of SEPTIEMBRE 2009 PENSIONARSE ES UN DERECHO EL ISSSTE TE ORIENTA.

Page 1: SEPTIEMBRE 2009 PENSIONARSE ES UN DERECHO EL ISSSTE TE ORIENTA.

SEPTIEMBRE 2009

PENSIONARSE ES UN DERECHOPENSIONARSE ES UN DERECHO

EL ISSSTE TE ORIENTA

Page 2: SEPTIEMBRE 2009 PENSIONARSE ES UN DERECHO EL ISSSTE TE ORIENTA.

LO QUE NO CAMBIÓ: BENEFICIOSLO QUE NO CAMBIÓ: BENEFICIOS

• Están en el régimen del Art. Décimo Transitorio los trabajadores que así lo eligieron o quienes no hayan ejercido su derecho de elección.

• El régimen del Artículo Décimo Transitorio es casi EL MISMO que el que establecía el Capítulo V de la ley del ISSSTE abrogada.

Es decir, en el régimen del Décimo Transitorio* se mantienen SIN CAMBIOS:Es decir, en el régimen del Décimo Transitorio* se mantienen SIN CAMBIOS:

* Reglamento publicado en el DOF 21 de julio de 2009

Page 3: SEPTIEMBRE 2009 PENSIONARSE ES UN DERECHO EL ISSSTE TE ORIENTA.

LO QUE SÍ CAMBIÓ: REQUISITOS DE EDADLO QUE SÍ CAMBIÓ: REQUISITOS DE EDAD

JUBILACIÓNJUBILACIÓN (Trabajadoras/res con 28/30 años de cotización)

• A partir del 1º de enero del 2010 hay nuevos requisitos de edad para jubilarse (49M/51H), que se incrementarán gradualmente en 1 año de edad por cada dos años calendario:

AñosEdad Mínima de

Jubilación TrabajadoresEdad Mínima de

Jubilación Trabajadoras

2010 y 2011 51 492012 y 2013 52 50

2014 y 2015 53 51

2016 y 2017 54 52

2018 y 2019 55 53

2020 y 2021 56 54

2022 y 2023 57 55

2024 y 2025 58 56

2026 y 2027 59 57

2028 + 60 58

Page 4: SEPTIEMBRE 2009 PENSIONARSE ES UN DERECHO EL ISSSTE TE ORIENTA.

LO QUE SÍ CAMBIÓ: REQUISITOS DE EDADLO QUE SÍ CAMBIÓ: REQUISITOS DE EDAD

• A partir del 1º de enero del 2010 hay nuevos requisitos de edad para pensionarse, que se incrementarán gradualmente en 1 año de edad adicional por cada dos años calendario:

AñosEdad para pensión

2010 y 2011 56

2012 y 2013 57

2014 y 2015 58

2016 y 2017 59

2018 en adelante 60

EDAD Y TIEMPO DE SERVICIOS EDAD Y TIEMPO DE SERVICIOS (Trabajadores con al menos 15 años de servicio)(Trabajadores con al menos 15 años de servicio)

Años de cotización

Porcentaje de pensión sobre sueldo básico

15 50%

16 52.5%

17 55%

18 57.5%

19 60%

20 62.5%

21 65%

22 67.5%

23 70%

24 72.5%

25 75%

26 80%

27 85%

28 90%

29 95%

Page 5: SEPTIEMBRE 2009 PENSIONARSE ES UN DERECHO EL ISSSTE TE ORIENTA.

LO QUE SÍ CAMBIÓ: REQUISITOS DE EDADLO QUE SÍ CAMBIÓ: REQUISITOS DE EDAD

• A partir del 1º de enero del 2010 hay nuevos requisitos de edad para pensionarse por cesantía en edad avanzada, que se incrementarán gradualmente en 1 año de edad adicional por cada dos años calendario:

AñosEdad para pensión

2010 y 2011 61

2012 y 2013 62

2014 y 2015 63

2016 y 2017 64

2018 en adelante 65

CESANTÍA EN EDAD AVANZADA CESANTÍA EN EDAD AVANZADA (Trabajadores con 60 años y al menos 10 años (Trabajadores con 60 años y al menos 10 años de servicio)de servicio)

Al menos 10 años de servicio

Años de edad

Porcentaje de pensión sobre sueldo básico

60 40%61 42%

62 44%

63 46%

64 48%

65 o más 50%

Page 6: SEPTIEMBRE 2009 PENSIONARSE ES UN DERECHO EL ISSSTE TE ORIENTA.

¿CON CUÁNTO ME JUBILARÍA?¿CON CUÁNTO ME JUBILARÍA?

Para saber el monto aproximado de tu jubilación mensual (2009):

Identifica en tu talón de pago la retención quincenal que te hace tu dependencia para servicios sociales y culturales del ISSSTE.

Divide esa cantidad entre 0.005 *

Multiplica el resultado por 2 (quincenas)

Si es por edad y tiempo de servicios, la pensión corresponderá a un porcentaje de esa cantidad.

* Contribución del trabajador al fondo de servicios sociales y culturales

11

22

33

¡ El resultado será el monto mensual aproximado de tu pensión !

Page 7: SEPTIEMBRE 2009 PENSIONARSE ES UN DERECHO EL ISSSTE TE ORIENTA.

CONCEPTOS DEL SUELDO QUE SE TOMAN EN CUENTA PARA EL CÁLCULO DE LA PENSIÓN

CONCEPTOS DEL SUELDO QUE SE TOMAN EN CUENTA PARA EL CÁLCULO DE LA PENSIÓN

Aquí deben insertarse los conceptos y retenciones que en cada dependencia integran el sueldo básico al ISSSTE

Page 8: SEPTIEMBRE 2009 PENSIONARSE ES UN DERECHO EL ISSSTE TE ORIENTA.

SI DECIDES PENSIONARTESI DECIDES PENSIONARTE

Sólo para trabajadores que A) cumplen con 15 años de cotización y 55 años de edad para Edad y Tiempo de Servicio, 10 años de cotización y 60 de edad para Cesantía y 28/30 años de cotización para jubilación, B) con edad inferior al requisito del décimo

transitorio (jubilación) y C) que no quieran cotizar más tiempo.

• Revisa oportunamente que tu información este correcta. Entra a la oficina virtual en la página electrónica del ISSSTE (www.issste.gob.mx) o acude a la delegación del ISSSTE que te corresponde.

En caso de requerir correcciones en sus documentos oficiales ,deberás regularizar tu situación acudiendo a RENAPO (CURP), registro civil (Acta de nacimiento), SAT (RFC) o a tu dependencia (Hojas Únicas de Servicio) según corresponda.

• Efectúa tus trámites administrativos (con o sin licencias pre jubilatorias) de tal manera que causes baja el 15 de diciembre del 2009. Así adquieres el derecho a la pensión a partir del 16 de diciembre del 2009 y antes de que entre en vigor el nuevo requisito de edad el 1º de enero de 2010.

• Una vez teniendo la baja, podrás realizar el trámite de pensión ante el ISSSTE en cualquier momento

Page 9: SEPTIEMBRE 2009 PENSIONARSE ES UN DERECHO EL ISSSTE TE ORIENTA.

SI DECIDES PENSIONARTESI DECIDES PENSIONARTE

• No importa cuándo tramites tu pensión, tu primer pago SIEMPRE será RETROACTIVO al día siguiente de que causaste baja

• El ISSSTE está obligado a pagarte tu primera pensión en máximo 20 días a partir de recibida la solicitud.

• Si no has cumplido 28/30 años de servicio y tienes 55 años o más de edad, tu pensión será del porcentaje correspondiente al tiempo cotizado.

Page 10: SEPTIEMBRE 2009 PENSIONARSE ES UN DERECHO EL ISSSTE TE ORIENTA.

PENSIONARSE ES UNA DECISIÓN QUE…PENSIONARSE ES UNA DECISIÓN QUE…

Es exclusiva del trabajador

Debe meditarse con cuidado

Involucra a la familia

Requiere modificar el estilo de vida

Obliga a prever cómo compensar ingresos y prestaciones del trabajador en activo.

ISSSTEtel: 01 800 7104 66601 800 0012 007

• Infórmate: lee la Ley y los reglamentos de pensiones vigentes (www.issste.gob.mx)

• Acude ante tu representante sindical, tu dependencia o con las autoridades del ISSSTE