Separación Convencional Y Divorcio Ulterior Final

10
SEPARACIÓN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR I. SEPARACIÓN CONVENCIONAL  Antes de poder abarcar a que se refiere la Separación Convencional, es necesa rio tener claro el concepto de la Separación de Cuerpos o también conocida como la Separación Per sonal. La Separación de Cu erp os es considerada como una institución del Derecho de Familia que consiste en la interrupción de la vida conu!al por decisión "udicial que suspende los deberes relativos al lecho habitación pone fin al ré!imen patrimonial de la sociedad de !ananciales. La Separación de Cuerpos o también conocida por la doctrina como Separación Personal sólo puede ser decretada "udicialmente ante ale!ación o prueba de hechos culpables de uno o ambos cónu!es La Separación Convencional, se podr#a entender como aquella referida a una de las causales previstas en el art#culo $$$% del Códi!o Civil que permite a los cónu!es, de manera con"unta, solicitar la Separación de Cuerpos debido a que e&iste mutuo consentimi ent o, lo que evi tar#a la inc ulp ación rec #pr oca de los cónu!es para obtener la sentencia final, pero para solicitarla la le prevé un pla'o m#nimo de duración del matrimonio, es decir, que e&ista entre los cónu!es la Se pa raci ón Convenci on al de spués de haber tr ansc ur rido dos a( os de la celebración del matrimonio. Son causa de separa ción de cuerpos) la separación convencional, después de transcurrido dos a(os de celebrado el matrimonio, conocida anteriormente como la separación de cuerpos por mutuo descenso. Pero no se debe entender que la separación convencional, es una de las causales para obtener el divorcio, sino que se refiere a que median te el proceso de separación convencional, también se puede obtener el divorcio. La doctrina civil se(ala tres clases para obtener la disolución del v#nculo matrimonial) *. +l divorcio por causal.

description

Separación Convencional Y Divorcio Ulterior Final

Transcript of Separación Convencional Y Divorcio Ulterior Final

7/17/2019 Separación Convencional Y Divorcio Ulterior Final

http://slidepdf.com/reader/full/separacion-convencional-y-divorcio-ulterior-final 1/10

SEPARACIÓN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR

I. SEPARACIÓN CONVENCIONAL

 Antes de poder abarcar a que se refiere la Separación Convencional, es necesario

tener claro el concepto de la Separación de Cuerpos o también conocida como la

Separación Personal. La Separación de Cuerpos es considerada como una

institución del Derecho de Familia que consiste en la interrupción de la vida

conu!al por decisión "udicial que suspende los deberes relativos al lecho

habitación pone fin al ré!imen patrimonial de la sociedad de !ananciales.

La Separación de Cuerpos o también conocida por la doctrina como SeparaciónPersonal sólo puede ser decretada "udicialmente ante ale!ación o prueba de

hechos culpables de uno o ambos cónu!es

La Separación Convencional, se podr#a entender como aquella referida a una de

las causales previstas en el art#culo $$$% del Códi!o Civil que permite a los

cónu!es, de manera con"unta, solicitar la Separación de Cuerpos debido a que

e&iste mutuo consentimiento, lo que evitar#a la inculpación rec#proca de los

cónu!es para obtener la sentencia final, pero para solicitarla la le prevé un pla'om#nimo de duración del matrimonio, es decir, que e&ista entre los cónu!es la

Separación Convencional después de haber transcurrido dos a(os de la

celebración del matrimonio.

Son causa de separación de cuerpos) la separación convencional, después de

transcurrido dos a(os de celebrado el matrimonio, conocida anteriormente como la

separación de cuerpos por mutuo descenso. Pero no se debe entender que la

separación convencional, es una de las causales para obtener el divorcio, sino que

se refiere a que mediante el proceso de separación convencional, también se

puede obtener el divorcio. La doctrina civil se(ala tres clases para obtener la

disolución del v#nculo matrimonial)

*. +l divorcio por causal.

7/17/2019 Separación Convencional Y Divorcio Ulterior Final

http://slidepdf.com/reader/full/separacion-convencional-y-divorcio-ulterior-final 2/10

. La separación de cuerpos por causal.

$. La separación de cuerpos por convencional.

La tratativa de nuestro tema ser- la separación convencional, conocido en otras

le!islaciones como)

Separación personal por presentación con"unta

Separación consensual

Separación por causa separada

Separación por mutuo consentimiento

+ste proceso se tramita por la v#a procedimental S/0A12S20A, 3articulo 456

inciso 7 del C.P.C.8, a diferencia del divorcio por causal la separación de

cuerpos por causal que se tramite por la v#a procedimental de conocimiento

3art#culo 59: del C.P.C.8. A propósito de estas deferencias de v#as procedimental

e&iste polémica en la doctrina para saber cual es la naturale'a del proceso de

separación convencional) contencioso ó ;< contencioso para una me"or 

ilustración veremos cu-l es la opinión sobre ambas tesituras.

1.1 COMPETENCIA

+l "ue' competente de conocer el proceso convencional divorcio ulterior, es el de

familia a tenor de lo dispuesto por el art#culo 45= del Códi!o Procesal Civil.

>erritorialmente es "ue' competente de conocer dicho proceso el del ?ltimo

domicilio conu!al o donde vive el demandado 3art. 5 inc. 78

1.2 PROCEDENCIA

+l articulo $$$ inciso *$7 del códi!o civil, estipula que para la procedencia de la

separación convencional tiene que haber transcurrido dos a(os de celebración en

el matrimonio, para que ambos cónu!es puedan solicitar la separación de

7/17/2019 Separación Convencional Y Divorcio Ulterior Final

http://slidepdf.com/reader/full/separacion-convencional-y-divorcio-ulterior-final 3/10

cuerpos. +ste requisito se cumple en la fecha de presentación de la demanda,

ad"untando por supuesto la partida del matrimonio civil, para acreditar tal

e&i!encia. +ntonces de los dos a(os de celebrando el matrimonio civil ambos

cónu!es pueden solicitarla separación convencional, por incompatibilidad de

caracteres, sin necesidad de es!rimir los !raves hechos que son materia de

conflictos que se cubre en el acuerdo mutuo. Lo que no sucede en el divorcio por 

causal, que se puede demandar al dia si!uiente de conocida la causal especifica.

1.3 INTERVENCION DEL MINISTERIO PÚBLICO

 Articulo 4=57. 2ntervención Del 0inisterio Publico. +n los procesos que se refiere

este subcap#tulo, el 0inisterio P?blico interviene como parte solo si los cónu!es

tuviesen hi"os su"etos a patria potestad, como tal no emiten dictamen. Coincidimoscon los que opinan que la participación del 0inisterio Publico como parte de los

procesos de divorcio o separación, es innecesaria, porque solo ten#an una función@

controlar la le!alidad de las formas, que a est-n !aranti'adas con la intervención

del "ue'. Si no ha hi"os, si habiéndolos, estos son maores, entonces no

interviene el ministerio p?blico, pero a quien se demanda este supuesto, es un

vacio de le.

1.4 DEMANDA

+l proceso se inicia con la presentación con"unta de ambos cónu!es ,

ad"unt-ndose a partida de matrimonio civil, con los requisitos e&i!idos en el

articulo 55 54 Del Códi!o Procesal Civil, especificando cual es el ultimo

domicilio conu!al, para los efectos de fi"ar la competencia por territorio. Si se

hubiese procreados hi"os dentro del matrimonio, se ad"untaran las partidas de

nacimiento respectivas.

1.5 REQUISITOS:

Separación convencional

7/17/2019 Separación Convencional Y Divorcio Ulterior Final

http://slidepdf.com/reader/full/separacion-convencional-y-divorcio-ulterior-final 4/10

• Solicitud escrita de separación convencional se(alando nombre, n?mero de

documentos de identidad, domicilio de cada uno de los cónu!es para las

notificaciones pertinentes, con firma huella di!ital de ambos, acreditando

como m#nimo a(os de v#nculo matrimonial, haberse casado en esta

0unicipalidad o acreditar como ?ltimo domicilio conu!al el Lima

0etropolitana.• Declaración "urada del ?ltimo domicilio conu!al, de ser el caso, suscrita

por ambos cónu!es.• Copia simple de los documentos de identidad de los cónu!es.• Copia certificada del acta o de la partida de matrimonio, e&pedida dentro

de los tres 3$8 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.• Declaración "urada, con firma huella di!ital de ambos cónu!es, de no

tener hi"os menores de edad o maores con incapacidad.• Copia certificada del acta o de la partida de nacimiento, e&pedida dentro de

los tres 3$8 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, de

los hi"os menores o hi"os maores con incapacidad, si los hubiera.• Copia certificada de la sentencia "udicial firme o del acta de conciliación

respecto de los re!#menes de e"ercicio de patria potestad, alimentos,

tenencia visitas de los hi"os menores, si los hubiera.• Copia certificada de la sentencia "udicial firme o del acta de conciliación

respecto de los re!#menes de e"ercicio de la curatela, alimentos visitas delos hi"os maores con incapacidad, si los hubiera.

• Copias certificadas de las sentencias "udiciales firmes que declaran la

interdicción del hi"o maor con incapacidad que nombran a su curador.• >estimonio de la escritura p?blica, inscrita en los 1e!istros P?blicos, de

separación de patrimonios@ o declaración "urada, con firma e impresión de

la huella di!ital de ambos cónu!es, de carecer de bienes su"etos al

ré!imen de sociedad de !ananciales.•

>estimonio de la escritura p?blica, inscrita en los 1e!istros P?blicos, deseparación de patrimonios@ o declaración "urada, con firma e impresión de

la huella di!ital de ambos cónu!es, de carecer de bienes su"etos al

ré!imen de sociedad de !ananciales.• >estimonio de la escritura p?blica, inscrita en los 1e!istros P?blicos, de

sustitución o de liquidación del ré!imen patrimonial, si fuera el caso.

7/17/2019 Separación Convencional Y Divorcio Ulterior Final

http://slidepdf.com/reader/full/separacion-convencional-y-divorcio-ulterior-final 5/10

• Pa!o derecho de tr-mite de separación convencional.

1.6 REQUISITO ESPECIAL DE LA DEMANDA

 A la demanda debe ane&arse especialmente la propuesta del convenio firmada por 

ambos cónu!es, que re!ule el ré!imen de e"ercicio de la patria potestad, de

alimentos liquidación de la sociedad de !ananciales, conforme al inventario

valori'ado de los bienes cua propiedad se acredita. +l inventario valori'ados solo

requerir- de firma le!ali'ada de los cónu!es.

 A la demanda se deber- ane&ar la propuesta de convenio firmada por ambos

cónu!es, que deber- contener, los acuerdos sobre)

• Patria potestad. de haber hi"os se deber- especificar, quien e"ercera la

patria potestad, vale decir, al cuidado del cual de los cónu!es quedaran.• 1é!imen alimenticio. el acuerdo del monto de la pensión alimenticia que

acudir- el padre para su esposa e hi"os, si la hubiera. La esposa podr-

hacer renuncia e&presa de los alimentos que le acuerda la le. Son

irrenunciables, el derecho alimentario de los hi"os.•

1é!imen de visitas.se consi!nara en el convenio, el acuerdo de los d#as horas de visita que har-n los padres para mantener el contacto directo con

los hi"os.• Liquidación de la sociedad de !anancias. se consi!nara en poder de quien

queda los bienes muebles o inmuebles de haberlos, ba"o un inventario que

solo requieren la firma le!ali'ada de los cónu!es.

1.7 AUTO ADMISORIO DE INSTANCIA

 Admitida la demanda, se dan por ofrecidos los medios probatorios acompa(ados

se corre traslado al fiscal provincial, por el pla'o de cinco d#as. Pero si no ha hi"os

menores, a quien se notifica la demanda, si no ha fiscal, esto es un vacio. Con la

7/17/2019 Separación Convencional Y Divorcio Ulterior Final

http://slidepdf.com/reader/full/separacion-convencional-y-divorcio-ulterior-final 6/10

contestación de la demanda o sin ella, fi"a fecha para la audiencia ?nica de

saneamiento, conciliación, pruebas, ale!atos sentencia.

1.8 AUDIENCIA UNICA

+stando presentes ambos cónu!es con o sin la presencia del ministerio p?blico,

se llevara a cabo la dili!encia@ el "ue' sanea el proceso, declarando valida la

relación de "ur#dica procesal, si al revisar nuevamente la demanda, observa que se

ha cumplido con los requisitos de e"ercicios de la acción con los presupuestos

procesales.

 Acto se!uido el "ue' propiciara la conciliación entre los cónu!es, quienese&plicaran sus ra'ones las causas !raves que hacen moralmente imposible la

vida en com?n, por lo tanto su deseo de continuar la separación

II. EL DIVORCIO ULTERIOR.

+l divorcio como bien lo establece nuestro Códi!o Civil vi!ente es la disolución del

v#nculo matrimonial que se obtiene por sentencia "udicial sobre la base de lascausas determinadas por Le, las cuales a han sido enumeradas en el p-rrafo

precedente.

+s de tenerse en cuenta que nuestro ordenamiento aco!e los dos tipos de divorcio

diferenciados por la doctrina 3divorcio sanción divorcio remedio8 por lo que en

este punto es pertinente citar al el Dr. Peralta And#a quien sostiene que el sistema

del divorciosanción se formula como el casti!o que debe recibir el cónu!e

culpable que ha dado motivos para el divorcio. Se funda en el incumplimiento!rave reiterado de los deberes conu!ales imputables a uno o ambos cónu!es

su estructura se sustenta en)

7/17/2019 Separación Convencional Y Divorcio Ulterior Final

http://slidepdf.com/reader/full/separacion-convencional-y-divorcio-ulterior-final 7/10

a8 +l principio de culpabilidad, se!?n el cual el divorcio se !enera por culpa

de uno de ellos o de ambos, de tal modo que uno ser- culpable el otro inocente,

por tanto, su"eto a prueba.

 b8 La e&istencia de varias causas para el divorcio, esto es, causas queest-n previstas en la le, que en total son doce causales de acuerdo con nuestro

sistema.

c8 +l car-cter punitivo del divorcio, porque la sentencia que declara disuelto

el v#nculo conu!al es un medio para penali'ar al culpable por haber faltado a los

deberes obli!aciones conu!ales, consi!uientemente, supone la suspensión del

e"ercicio de la patria potestad, la pérdida o restricción del derecho alimentario, la

pérdida de la vocación hereditaria, pérdida de los derechos hereditarios, etc.

Desde la promul!ación de la Le =54 del once de Bunio del ::* el sistema

peruano contempla, por un lado, causales sub"etivas o inculpatorias propias del

sistema del divorciosanción previstas en los incisos * al ** del art. $$$ del Códi!o

Civil, por otro lado, causales ob"etivas o no inculpatorias contempladas en los

numerales * *$ del mismo cuerpo le!al. +stas son la separación de hecho la

separación convencional propias del sistema del divorcioremedio, que se van

a"ustando a nuestra realidad.

 Al respecto el Dr. Ale& Pl-cido . sostiene que) 3E8 se!?n una tendencia, la

separación personal o el divorcio sólo pueden ser decretados "udicialmente ante la

ale!ación prueba de hechos culpables, de uno o ambos cónu!es, hecha

efectiva en un proceso contencioso, debe circunscribirse a las causas

ta&ativamente enumeradas por le, como adulterio, abandono, in"urias !raves, etc.

Si los hechos no fueren probados, el "ue' debe desestimar la demanda, aun

cuando e&istiere la evidencia de que la unión matrimonial est- desinte!rada. +n

s#ntesis) la sentencia e&i!e la prueba de la culpa de uno o de ambos cónu!es, ,

por ello, el divorcio implica una sanción contra el culpable que se proecta en los

efectos) pérdida o restricción del derecho alimentario, pérdida de la vocación

hereditaria, etc. 3E8 De lo dicho por el maestro especialista en el tema ten!amos

7/17/2019 Separación Convencional Y Divorcio Ulterior Final

http://slidepdf.com/reader/full/separacion-convencional-y-divorcio-ulterior-final 8/10

en cuenta la protección del +stado a la familia a que sólo los cónu!es son los

verdaderos autori'ados para poner fin a una relación convivencila que ha sido

resquebra"ado.

2.1 CÓNYU!E INOCENTE Y CÓNYU!E CULPABLE.

De la lectura del art. $45 de lo hasta ahora descrito es necesario tener en cuenta

la diferencia entre los dos tipos de denominaciones que ha hecho la doctrina sobre

los cónu!es para los casos del decaimiento disolución del vinculo matrimonial,

para diferenciar también a cu-l de los dos realmente se les est- restrin!iendo un

derecho al accionar el se!undo p-rrafo del art#culo $45 del Códi!o Civil, por lo que

nos permitimos conceptuali'ar a ambos de forma breve diremos pues que se

denomina C;G/H+ 2;<C+;>+ aquel que ha sido en!a(ado, per"udicado,

a!raviado por parte de su cónu!e 3culpable8, a que este ?ltimo est- inmerso en

al!unas de las causales del art. $$$, por lo que podr#amos considerarla como el

su"eto pasivo del proceso de divorcio cuando se acciona una causal. Por otro lado

el C<;G/H+ C/LPAIL+ podr#amos considerarlo como aquel que tiene la culpa

del divorcio, por estar inmerso en al!una de las causales del Códi!o Civil, es a

quien la norma ba"o an-lisis casti!a ne!-ndole un derecho que solo le otor!a alinocente quien no podr- pedir la conversión en divorcio ulterior de la separación

de cuerpos por que as# lo ha estipulado en $45 del Códi!o Civil.

2.3. CASO "IPOT#TICO: $%UAN Y MARIA$

Para poder entender el sentido u orientación del traba"o materia de estudio, es

necesario tratar de establecer un caso hipotético simple f-cil de entender a los

o"os de cualquier lector, que de al!una manera describa como es que el art#culo

en mención 3%. P-rrafo del art. $458 podr#a colisionar con una norma de car-cter 

constitucional o si ésta afectar#a al!?n derecho del cónu!e culpable@ por lo que a

continuación describiremos el si!uiente caso)

7/17/2019 Separación Convencional Y Divorcio Ulterior Final

http://slidepdf.com/reader/full/separacion-convencional-y-divorcio-ulterior-final 9/10

+n el a(o *= 0ar#a demandó la separación de cuerpos a su cónu!e Buan por 

la causal de adulterio, obteniendo sentencia favorable meses después, en el que

el Bue' de la causa ordenó la suspensión de los deberes relativos al lecho a la

habitación, puso fin al ré!imen patrimonial de la sociedad de !ananciales

3tén!ase en cuenta que est- de"ando a?n subsistente el v#nculo matrimonial8.

Jan pasado *: a(os desde aquella sentencia en la actualidad Buan tiene una

nueva familia, vive en otra ciudad, Buan quiere volverse a casar con su actual

pare"a, pero nunca se ha disuelto el vinculo matrimonial con 0ar#a a que ésta no

quiere e"ercitar el derecho que le otor!a el se!undo p-rrafo del art. $45 del códi!o

civil, es decir, no quiere pedir que se declare disuelto en v#nculo matrimonial por 

& ra'ones. Se!?n lo establece el art. $45 del Códi!o Civil la conversión en

divorcio ulterior 3disolución del v#nculo matrimonial8 lo podr- e"ercitar la cónu!e

inocente en un periodo posterior a los dos meses de notificado la sentencia de

separación de cuerpos, por tanto el pla'o a e&cedido en demas#a lo que ordena el

códi!o, pero sólo otor!a tal derecho al cónu!e inocente se!uramente por ser la

parte débil que sufrió el en!a(o o per"uicio.

Buan revisa las normas pertinentes del códi!o civil se da con la sorpresa que

efectivamente el art#culo en comentario no le otor!a tal derecho o Ksi, por lo cual

considera pues que tal norma es in"usta que le trans!reden derechos

constitucionales. Pasemos ahora, a revisar el sentido real que tiene tal art#culo

descubrir si es cierto que per"udica en este caso a Buan por ser el cónu!e

culpable.

2.4REQUISITOS

• Divorcio ulterior 3lue!o de meses de la notificación de la resolución de

separación convencional8• Cualquiera de los cónu!es puede solicitar por escrito, con firma e

impresión de la huella di!ital, la disolución del v#nculo matrimonial.

7/17/2019 Separación Convencional Y Divorcio Ulterior Final

http://slidepdf.com/reader/full/separacion-convencional-y-divorcio-ulterior-final 10/10

• Copia simple del documento de identidad 3i!ente con la constancia de

sufra!io de las ?ltimas elecciones8 del solicitante.• Pa!o de derecho de tr-mite de divorcio ulterior.