Señales Acusticas Puebla

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A/A Jefe de la Policía Local de Puebla de la Calzada Santiago Rodríguez Pedreira, con DNI 09178738J, y domicilio en Calle Constitución, 68 de Puebla de la Calzada, como ciudadano en uso de mis derechos y siendo conocedor de una infracción reiterada a diario por el conductor-repartidor de Butano, que hace un uso indebido y prohibido por la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, de las señales acústicas como recoge el Artículo 44.3 Advertencias de los conductores Excepcionalmente o cuando así lo prevea alguna norma de esta Ley o de sus reglamentos, podrán emplearse señales acústicas, quedando prohibido su uso inmotivado o exagerado. Recordándole, asimismo, su desarrollo en el Real decreto 13/1992, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación y que dice lo siguiente: Art. 110. Advertencias acústicas. 1. Excepcionalmente o cuando así lo prevea alguna norma de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, podrán emplearse señales acústicas de sonido no estridente, quedando prohibido su uso inmotivado o exagerado. 2. Las advertencias acústicas solo se podrán hacer por los conductores de vehículos no prioritarios: a) Para evitar un posible accidente, y, de modo especial, en vías estrechas, con muchas curvas. b) para advertir, fuera de poblado, al conductor de otro vehículo el propósito de adelantarlo. c) para advertir su presencia a los demás usuarios de la vía, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 70 del presente reglamento. Por tanto, ruego a la autoridad local, ponga remedio a esta situación de grave infracción de las normas de tráfico, advirtiendo, o denunciando, si fuera preciso, a la empresa y al conductor de ese vehículo de reparto por su actitud molesta y contaminante. Hoy dia, en la era de la tecnología, existen multitud de formas de comunicación, no invasivas ni molestas para facilitar que los usuarios

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Modelo de reclamación por molestias de señales acústicas de vendedores ambulantes.

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A/A Jefe de la Polica Local de Puebla de la CalzadaSantiago Rodrguez Pedreira, con DNI 09!"!#"J, $ do%icilio en Calle Con&tituci'n,("dePuebladelaCalzada, co%ociudadanoenu&ode%i&derec)o&$&iendoconocedor de una infracci'n reiterada a diario *or el conductor+re*artidor de,utano, -ue )ace un u&o indebido $ *ro)ibido *or la Le$ &obre .r/0co, Circulaci'nde1e)culo&a2otor$Seguridad1ial, a*robado*orel Real DecretoLegi&lati3o##9/990, de 4 de %arzo, de la& &e5ale& ac6&tica& co%o recoge elArtculo 778# Ad3ertencia& de lo& conductore&9:ce*cional%enteocuandoa& lo*re3eaalgunanor%adee&taLe$ode&u&regla%ento&, *odr/ne%*lear&e&e5ale&ac6&tica&, -uedandoprohibidosuusoinmotivado o exagerado.Record/ndole, a&i%i&%o, &u de&arrollo en el Real decreto #/994, de ! de enero,*or el -ue &e a*rueba el Regla%ento ;eneral de Circulaci'n $ -ue dice lo &iguiente