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Seminario Internacional Negociaciones COMUNIDAD ANDINA – UNION EUROPEA Perspectivas de los trabajadores DERECHOS HUMANOS LABORALES EN LAS DERECHOS HUMANOS LABORALES EN LAS NEGOCIACIONES UE – CAN NEGOCIACIONES UE – CAN JAVIER MUJICA PETIT JAVIER MUJICA PETIT Programa de Derechos Humanos de CEDAL Programa de Derechos Humanos de CEDAL

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Seminario Internacional Negociaciones

COMUNIDAD ANDINA – UNION EUROPEAPerspectivas de los trabajadores

DERECHOS HUMANOS LABORALES EN LAS DERECHOS HUMANOS LABORALES EN LAS NEGOCIACIONES UE – CANNEGOCIACIONES UE – CAN

JAVIER MUJICA PETIT JAVIER MUJICA PETIT

Programa de Derechos Humanos de CEDALPrograma de Derechos Humanos de CEDAL

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Un punto esencial de partida: Un punto esencial de partida: LOS DERECHOS LABORALES Y LA SEGURIDAD SOCIAL SON DERECHOS LOS DERECHOS LABORALES Y LA SEGURIDAD SOCIAL SON DERECHOS

HUMANOSHUMANOS

COMO DERECHOS HUMANOS DEBEN RESPETARSE Y HACERSE RESPETAR

Los derechos laborales Los derechos laborales y la Seguridad Social son reconocidos y amparados por:y la Seguridad Social son reconocidos y amparados por:

Los arts. 6º, 7º, 8º y 9º del Pacto Internacional de Derechos Los arts. 6º, 7º, 8º y 9º del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y CulturalesEconómicos, Sociales y Culturales

Los arts. XIV, XV, XVI y XXII de la Declaración Americana sobre Los arts. XIV, XV, XVI y XXII de la Declaración Americana sobre Derechos HumanosDerechos Humanos

Los arts. 6, 7, 8 y 9 del Protocolo Adicional a la Convención Los arts. 6, 7, 8 y 9 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y CulturalesEconómicos, Sociales y Culturales

Los países que integran la Comunidad Andina han ratificado y se han Los países que integran la Comunidad Andina han ratificado y se han obligado formalmente por estos instrumentos internacionales.obligado formalmente por estos instrumentos internacionales.

Han ratificado, además, los convenios y la Declaración de la OIT Han ratificado, además, los convenios y la Declaración de la OIT relativos a los Derechos Fundamentales en el Trabajo.relativos a los Derechos Fundamentales en el Trabajo.

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CONVENIOS DE LA OIT CONOCIDOS BAJO EL TÉRMINO CONVENIOS DE LA OIT CONOCIDOS BAJO EL TÉRMINO DE “NORMAS DE “NORMAS FUNDAMENTALESFUNDAMENTALES

EN EL TRABAJO”EN EL TRABAJO”

Convenio Relativo a la Libertad Sindical y a la Protección del Derecho de Sindicación, 1948 Convenio Relativo a la Libertad Sindical y a la Protección del Derecho de Sindicación, 1948 (Nº 87);(Nº 87);

Convenio Relativo a la aplicación de los Principios del Derecho de Sindicación y de Convenio Relativo a la aplicación de los Principios del Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva, 1949 (Nº 98);Negociación Colectiva, 1949 (Nº 98);

Convenio Relativo al Trabajo Forzoso u Obligatorio, 1930 (Nº 29);Convenio Relativo al Trabajo Forzoso u Obligatorio, 1930 (Nº 29);

Convenio Relativo a la Abolición del Trabajo Forzoso, 1957 (Nº 105);Convenio Relativo a la Abolición del Trabajo Forzoso, 1957 (Nº 105);

Convenio sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo, 1973 (Nº 138);Convenio sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo, 1973 (Nº 138);

Convenio Sobre la Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil y la Acción Convenio Sobre la Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil y la Acción Inmediata para su Eliminación, 1999 (Nº 182);Inmediata para su Eliminación, 1999 (Nº 182);

Convenio Relativo a la Igualdad de Remuneración entre la Mano de Obra Masculina y la Convenio Relativo a la Igualdad de Remuneración entre la Mano de Obra Masculina y la Mano de Obra Femenina por un Trabajo de Igual Valor, 1951 (Nº 100);Mano de Obra Femenina por un Trabajo de Igual Valor, 1951 (Nº 100);

Convenio Relativo a la no Discriminación en Materia de Empleo y Ocupación, 1958 (Nº Convenio Relativo a la no Discriminación en Materia de Empleo y Ocupación, 1958 (Nº 111)111)

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LOS DERECHOS HUMANOS SON LOS DERECHOS HUMANOS SON UNIVERSALES, INHERENTES, UNIVERSALES, INHERENTES, INTERDEPENDIENTES E INDIVISIBLESINTERDEPENDIENTES E INDIVISIBLES

Son abarcadores y deben aplicarse Son abarcadores y deben aplicarse en todas partes y a todas las en todas partes y a todas las personas sin discriminaciónpersonas sin discriminación

Se fundan en valores universales Se fundan en valores universales (dignidad, libertad, igualdad, (dignidad, libertad, igualdad, justicia)justicia)

Son concretos, en la medida en que Son concretos, en la medida en que sirven para identificar acciones que sirven para identificar acciones que son inhumanasson inhumanas

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Los derechos humanos nos permiten Los derechos humanos nos permiten una manera distinta de enfrentar una manera distinta de enfrentar nuestros problemasnuestros problemas

Una visión de nuestras Una visión de nuestras carencias mirada desde carencias mirada desde

nuestros derechos nuestros derechos

Una vía para Una vía para responsabilizar a los responsabilizar a los autores de nuestras autores de nuestras

desgraciasdesgracias

Un paraguas para Un paraguas para ampliar nuestras alianzasampliar nuestras alianzas

Un programa alternativo Un programa alternativo para desafiar la para desafiar la

globalización de la globalización de la injusticiainjusticia

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Los derechos humanos se refieren a la dignidad e igualdad inherentes de todo ser humano. Este concepto debería impregnar todo, inclusive el comercio internacional.

La Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) define los derechos humanos a los que se refiere la Carta de las Naciones Unidas (1945)

Estos derechos son desarrollados por los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), ambos de 1966, que se ocupan, respectivamente, de restringir el ejercicio arbitrario de los poderes de los Estados y de definir las obligaciones que los Estados tienen en orden a facilitar la realización de la dignidad humana e igualdad.

El PIDESC establece, en particular, que los Estados tienen la obligación de implementar medidas, de manera deliberada e inmediata, hasta el máximo de sus recursos, e incluso con el auxilio de la cooperación internacional, para realizar progresivamente los derechos establecidos en el Pacto.

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Conforme al derecho internacional vigente, todos los sistemas de comercio justo tienen el deber de reconocer la primacía de los derechos humanos.

Esto es: asegurar una jerarquía de normas Esto es: asegurar una jerarquía de normas que establezca un orden de que establezca un orden de prelación en prelación en los compromisos internacionaleslos compromisos internacionales asumidos asumidos por los Estados, disponiéndolas en función por los Estados, disponiéndolas en función del principio de del principio de subordinación a normas subordinación a normas superioressuperiores. .

Y estas normas no pueden ser otras que Y estas normas no pueden ser otras que las que derivan del derecho internacional las que derivan del derecho internacional de los derechos humanosde los derechos humanos..

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FUNDAMENTOS DE ESTA PRETENSIÓNFUNDAMENTOS DE ESTA PRETENSIÓN

EEl derecho internacional de los derechos l derecho internacional de los derechos humanos constituye el único estatuto con humanos constituye el único estatuto con jerarquía de norma suprema en el jerarquía de norma suprema en el derecho internacionalderecho internacional

La Declaración Universal de Derechos La Declaración Universal de Derechos Humanos postula en su artículo 28º que: Humanos postula en su artículo 28º que:

““Toda persona tiene derecho a que se Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden internacional en el que los establezca un orden internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivosDeclaración se hagan plenamente efectivos” ”

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El principio de El principio de primacía del derecho internacional de los primacía del derecho internacional de los derechos humanosderechos humanos se fundamenta en el artículo 103° de la se fundamenta en el artículo 103° de la Carta de la ONU, que proclama el respeto a los DDHH como Carta de la ONU, que proclama el respeto a los DDHH como principio fundamental y medio privilegiado para la realización principio fundamental y medio privilegiado para la realización de los objetivos básicos de la ONU y la DUDHde los objetivos básicos de la ONU y la DUDH

El artículo 55° inciso c) de la Carta de la ONU establece que las El artículo 55° inciso c) de la Carta de la ONU establece que las NNUU favorecerán “el respeto universal a los DDHH y las NNUU favorecerán “el respeto universal a los DDHH y las libertades fundamentales de todos, sin distinción por motivos libertades fundamentales de todos, sin distinción por motivos de raza, sexo, idioma, religión, y la efectividad de tales de raza, sexo, idioma, religión, y la efectividad de tales derechos y libertades”.derechos y libertades”.

El artículo 56° de la Carta de la ONU impone a todos sus El artículo 56° de la Carta de la ONU impone a todos sus miembros el deber de tomar medidas, conjunta o miembros el deber de tomar medidas, conjunta o separadamente, en cooperación con la Organización, para la separadamente, en cooperación con la Organización, para la realización de los propósitos consignados en el artículo 55°”realización de los propósitos consignados en el artículo 55°”

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Las obligaciones establecidas en la Carta de las NNUU priman sobre Las obligaciones establecidas en la Carta de las NNUU priman sobre cualquier otra obligación internacional asumida por los Estados Miembros, cualquier otra obligación internacional asumida por los Estados Miembros, en cualquier otro ámbito, incluyendo el comercial, y aún cuando sus en cualquier otro ámbito, incluyendo el comercial, y aún cuando sus principales actores sean actores privados. principales actores sean actores privados.

ASI, EL ARTÍCULO 103° DE LA CARTA DE LA ONU SUBRAYA QUE:ASI, EL ARTÍCULO 103° DE LA CARTA DE LA ONU SUBRAYA QUE:

““En caso de conflicto entre las obligaciones contraídas por los Estados Miembros En caso de conflicto entre las obligaciones contraídas por los Estados Miembros de las NNUU en virtud de la presente Carta y sus obligaciones contraídas en virtud de las NNUU en virtud de la presente Carta y sus obligaciones contraídas en virtud de cualquier otro convenio internacional, prevalecerán las obligaciones impuestas de cualquier otro convenio internacional, prevalecerán las obligaciones impuestas por la presente Carta”. por la presente Carta”.

El reconocimiento jurídico del principio de primacía de los derechos El reconocimiento jurídico del principio de primacía de los derechos humanos supone que las obligaciones en materia de DDHH prevalezcan humanos supone que las obligaciones en materia de DDHH prevalezcan sistemáticamente sobre cualquier otra obligación; y que los acuerdos en el sistemáticamente sobre cualquier otra obligación; y que los acuerdos en el ámbito del comercio o la integración contraídos por los Estados sean ámbito del comercio o la integración contraídos por los Estados sean compatibles con los principios universales en materia de derechos humanos compatibles con los principios universales en materia de derechos humanos

Si las normas del comercio internacional socavan las condiciones de Si las normas del comercio internacional socavan las condiciones de ejercicio de los derechos humanos, se debe procurar una forma de ejercicio de los derechos humanos, se debe procurar una forma de adecuación de las normas internacionales de comercio al derecho adecuación de las normas internacionales de comercio al derecho internacional de los derechos humanos.internacional de los derechos humanos.

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4 ASPECTOS CRITICOS EN LA RELACION ENTRE DERECHOS HUMANOS Y LA LIBERACION DEL COMERCIO

INTERNACIONAL

Esquizofrenia de gobiernos que compartamentalizan los derechos Humanos y los compromisos comerciales en ámbitos de gobierno diferentes.

Ausencia de comprensión acerca de la naturaleza vinculante de los DESC y de la dimensión internacional de las obligaciones respecto a estos derechos.

Subestimación del riesgo de conflicto entre la liberalización del comercio y los derechos humanos, como sucede cuando las reglas comerciales reducen el espacio político que necesitan los Estados para avanzar en la realización de los DESC.

Temor de los gobiernos de los países en desarrollo respecto a que la inclusión de consideraciones sobre derechos humanos en el régimen comercial los privará de su ventaja comparativa en ciertos sectores o les negará acceso a los mercados de los países industrializados.

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¿CUAL ES EL ¿CUAL ES EL PANORAMA ACTUAL DE PANORAMA ACTUAL DE

LOS DERECHOS LOS DERECHOS HUMANOS LABORALES HUMANOS LABORALES

EN LA REGION? EN LA REGION?

(O cual es la línea base desde la que se entablan las negociaciones para suscribir un acuerdo de asociación entre la

CAN y la UE)

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TODA PERSONA TIENE DERECHO AL TRABAJO Y CONDICIONES DE EMPLEO JUSTAS Y EQUITATIVAS

Empero, aunque la región atraviesa sostenidos índices de crecimiento, subsisten persistentes índices de desempleo (que oscilan en alrededor del 10%), y un significativo nivel de informalización de la economía (que oscila entre un 60 y 75%), lo que determina que un importante número de los nuevos puestos de trabajo que se generan en ella lo hagan fuera de todo tipo de regulación laboral o protección social

El crecimiento económico obtenido durante esta década no ha logrado revertir los altos niveles de sub-empleo que campean en la región, debido fundamentalmente al predominio de ocupaciones de bajo ingreso y productividad

Predomina en paralelo, también y desde que empezaran a aplicarse los programas de ajuste estructural recomendados por las IFIs a mediados de los años 70, un enfoque flexibilizador de la legislación laboral, que asume el derecho del Trabajo y la protección de los derechos de los trabajadores como un obstáculo para el crecimiento económico, la mejora de la competitividad empresarial, la inversión y la generación de empleo

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Como consecuencia de ello, se constata un significativo descenso Como consecuencia de ello, se constata un significativo descenso de la acción colectiva de los trabajadores y del uso de la de la acción colectiva de los trabajadores y del uso de la negociación colectiva como instrumento de mejora de las negociación colectiva como instrumento de mejora de las condiciones de empleo y de vida de los trabajadores, todo lo cual condiciones de empleo y de vida de los trabajadores, todo lo cual acentúa los niveles de inequidad salarial.acentúa los niveles de inequidad salarial.

La ausencia de cohesión social se refleja abrumadoramente en sus La ausencia de cohesión social se refleja abrumadoramente en sus indicadores sociales: el 50% de las y los ciudadanos andinos – unos indicadores sociales: el 50% de las y los ciudadanos andinos – unos 60 millones de personas – viven por debajo del umbral de la 60 millones de personas – viven por debajo del umbral de la pobreza; y los cinco países de la CAN se encuentran entre los más pobreza; y los cinco países de la CAN se encuentran entre los más desiguales del mundo, no sólo en términos de renta sino también desiguales del mundo, no sólo en términos de renta sino también en otras formas de exclusión por etnia, raza, lugar de origen, etc.en otras formas de exclusión por etnia, raza, lugar de origen, etc.

Un contexto en el que destaca, además, la creciente inmigración Un contexto en el que destaca, además, la creciente inmigración interna y externa (que en gran medida afecta a las mujeres) y otros interna y externa (que en gran medida afecta a las mujeres) y otros fenómenos como la marginalización de los pueblos indígenas y afro fenómenos como la marginalización de los pueblos indígenas y afro descendientes. descendientes.

La insuficiencia de empleos decentes resquebraja la cohesión La insuficiencia de empleos decentes resquebraja la cohesión social, reduce la perspectiva de futuro de los jóvenes, quebranta las social, reduce la perspectiva de futuro de los jóvenes, quebranta las familias y acentúa el crecimiento de la inseguridad y de la familias y acentúa el crecimiento de la inseguridad y de la desconfianza ciudadana en la democracia desconfianza ciudadana en la democracia

ESTA SITUACION VA A CONTRACORRIENTE DEL OBJETIVO ESTA SITUACION VA A CONTRACORRIENTE DEL OBJETIVO REGIONAL DE PROMOVER TRABAJO DECENTEREGIONAL DE PROMOVER TRABAJO DECENTE

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¿QUE ENTENDEMOS POR TRABAJO DECENTE?¿QUE ENTENDEMOS POR TRABAJO DECENTE?

El El Trabajo decenteTrabajo decente, es entendido como , es entendido como derecho derecho humanohumano y expresa lo que en un mundo globalizado y expresa lo que en un mundo globalizado debería entenderse como debería entenderse como empleo dignoempleo digno: :

Un trabajo que dignifique y posibilite el desarrollo de las Un trabajo que dignifique y posibilite el desarrollo de las capacidades de las y los trabajadores para procurar la capacidades de las y los trabajadores para procurar la realización de sus demás derechos humanos.realización de sus demás derechos humanos.

El trabajo decente implica que las mujeres y los El trabajo decente implica que las mujeres y los hombres tengan iguales oportunidades de conseguir hombres tengan iguales oportunidades de conseguir un trabajo productivo en condiciones de libertad, un trabajo productivo en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana.equidad, seguridad y dignidad humana.

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NO CONSTITUYEN TRABAJOS DECENTES, POR NO CONSTITUYEN TRABAJOS DECENTES, POR ELLO, ELLO,

los que se implementan contraviniendo los principios y los que se implementan contraviniendo los principios y derechos laborales fundamentales; derechos laborales fundamentales;

los que no permiten el acceso a un ingreso justo y los que no permiten el acceso a un ingreso justo y proporcional a los esfuerzos realizados; proporcional a los esfuerzos realizados;

Los que se llevan a cabo de manera discriminatoria, por Los que se llevan a cabo de manera discriminatoria, por razón de género o de cualquier otro motivo; razón de género o de cualquier otro motivo;

los que carecen de protección social, o los que carecen de protección social, o

los que excluyen el diálogo social y el tripartismo.los que excluyen el diálogo social y el tripartismo.

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LOS OBJETIVOS DEL TRABAJO DECENTELOS OBJETIVOS DEL TRABAJO DECENTE

El concepto de Trabajo Decente, introducido por el ex Director El concepto de Trabajo Decente, introducido por el ex Director General de la OIT Juan Somavia en su Memoria de 1999, gira General de la OIT Juan Somavia en su Memoria de 1999, gira alrededor de la concreción de cuatro objetivos estratégicos: alrededor de la concreción de cuatro objetivos estratégicos:

el ejercicio de los derechos en el trabajo, el ejercicio de los derechos en el trabajo, las oportunidades de empleo, las oportunidades de empleo, la protección social y la protección social y el diálogo social. el diálogo social.

Cada uno de estos objetivos cumple, además, una función en el Cada uno de estos objetivos cumple, además, una función en el logro de metas más amplias como logro de metas más amplias como

la inclusión social, la inclusión social, la erradicación de la pobreza, la erradicación de la pobreza, el fortalecimiento de la democracia, el fortalecimiento de la democracia, el desarrollo integral y el desarrollo integral y la realización personal de las y los trabajadores.la realización personal de las y los trabajadores.

Page 18: Seminario Internacional Negociaciones COMUNIDAD ANDINA – UNION EUROPEA Perspectivas de los trabajadores DERECHOS HUMANOS LABORALES EN LAS NEGOCIACIONES.

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS Y TRANSVERSALES DE LA OBJETIVOS ESTRATÉGICOS Y TRANSVERSALES DE LA AGENDA HEMISFÉRICA PARA GENERAR TRABAJO AGENDA HEMISFÉRICA PARA GENERAR TRABAJO

DECENTE DECENTE

OBJETIVOS ESTRATEGICOSOBJETIVOS ESTRATEGICOS

Cumplimiento efectivo de los Cumplimiento efectivo de los principios y derechos laborales. principios y derechos laborales.

Generación de mayores Generación de mayores oportunidades de empleo para oportunidades de empleo para hombres y mujeres. hombres y mujeres.

Ampliación y fortalecimiento de los Ampliación y fortalecimiento de los sistemas de protección social de los sistemas de protección social de los trabajadores. trabajadores.

Promoción del diálogo social y Promoción del diálogo social y fortalecimiento institucional de los fortalecimiento institucional de los distintos actores sociales.distintos actores sociales.

OBJETIVOS TRASVERSALESOBJETIVOS TRASVERSALES

Superar la pobreza y la exclusión social. Superar la pobreza y la exclusión social.

Impulsar la igualdad, en especial de Impulsar la igualdad, en especial de género. género.

Lograr mayor influencia de las normas Lograr mayor influencia de las normas internacionales del trabajo. internacionales del trabajo.

Impulsar el diálogo entre los distintos Impulsar el diálogo entre los distintos sectores de la sociedad.sectores de la sociedad.

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LA AGENDA REGIONAL PARA LA PROMOCION LA AGENDA REGIONAL PARA LA PROMOCION DEL TRABAJO DECENTEDEL TRABAJO DECENTE

¿¿en que consisteen que consiste??

Es una estrategia articulada de políticas que combina acciones en Es una estrategia articulada de políticas que combina acciones en el campo económico, legal, institucional y del mercado laboral, con el campo económico, legal, institucional y del mercado laboral, con el propósito de avanzar e la promoción del trabajo decente en los el propósito de avanzar e la promoción del trabajo decente en los países de las Américas.países de las Américas.

¿¿Qué incluyeQué incluye??

Está compuesta por tres elementos fundamentales:Está compuesta por tres elementos fundamentales:

Políticas generales para el logro de los objetivos estratégicos y Políticas generales para el logro de los objetivos estratégicos y transversales y que orientan la generación de trabajo decente.transversales y que orientan la generación de trabajo decente.

Políticas de áreas de intervención específicas, que refuerzan las Políticas de áreas de intervención específicas, que refuerzan las políticas generalespolíticas generales

Planes Nacionales de Generación de Trabajo Decente y Planes Nacionales de Generación de Trabajo Decente y Programas de Trabajo Decente por país Programas de Trabajo Decente por país

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POLÍTICAS GENERALES PARA EL LOGRO DE LOS OBJETIVOS POLÍTICAS GENERALES PARA EL LOGRO DE LOS OBJETIVOS ESTRATÉGICOS Y TRANSVERSALES Y QUE ORIENTAN LA ESTRATÉGICOS Y TRANSVERSALES Y QUE ORIENTAN LA

GENERACIÓN DE TRABAJO DECENTEGENERACIÓN DE TRABAJO DECENTE

Crecimiento económico que promueva Crecimiento económico que promueva mayores oportunidades de trabajomayores oportunidades de trabajo

Respeto efectivo de los principios y Respeto efectivo de los principios y derechos fundamentales en el trabajo.derechos fundamentales en el trabajo.

Mayor eficiencia y cobertura de la Mayor eficiencia y cobertura de la protección socialprotección social

Diálogo social efectivoDiálogo social efectivo

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ÁREAS DE INTERVENCIÓN ESPECÍFICAS QUE ÁREAS DE INTERVENCIÓN ESPECÍFICAS QUE REFUERZAN LAS POLÍTICAS GENERALES A FAVOR DEL REFUERZAN LAS POLÍTICAS GENERALES A FAVOR DEL

TRABAJO DECENTE TRABAJO DECENTE

Normas internacionales del trabajoNormas internacionales del trabajo Igualdad de géneroIgualdad de género Empleo juvenilEmpleo juvenil Microempresas y pequeñas empresasMicroempresas y pequeñas empresas Economía informalEconomía informal Sector rural y desarrollo localSector rural y desarrollo local Formación profesionalFormación profesional Servicios de empleoServicios de empleo Salarios y remuneracionesSalarios y remuneraciones Seguridad y salud en el trabajoSeguridad y salud en el trabajo Trabajadores migrantesTrabajadores migrantes

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PLANES NACIONALES DE GENERACIÓN DE TRABAJO PLANES NACIONALES DE GENERACIÓN DE TRABAJO DECENTE Y PROGRAMAS DE TRABAJO DECENTE POR DECENTE Y PROGRAMAS DE TRABAJO DECENTE POR

PAÍS PAÍS

Los Planes Nacionales de Generación de Trabajo Decente y los Los Planes Nacionales de Generación de Trabajo Decente y los Programas de Trabajo Decente responden a un enfoque Programas de Trabajo Decente responden a un enfoque programático equilibrado e integrado para la consecución de los programático equilibrado e integrado para la consecución de los objetivos de un empleo pleno y productivo y de trabajo decente objetivos de un empleo pleno y productivo y de trabajo decente para todos en los planos mundial, regional, nacional, sectorial y para todos en los planos mundial, regional, nacional, sectorial y local. local.

Este Programa se apoya en cuatro pilares:Este Programa se apoya en cuatro pilares:

Normas y derechos en el trabajoNormas y derechos en el trabajo Creación de empleo y desarrollo empresarialCreación de empleo y desarrollo empresarial Protección socialProtección social Gobernanza y diálogo socialGobernanza y diálogo social

La OIT colabora con la implementación de los programas de La OIT colabora con la implementación de los programas de trabajo decente por paístrabajo decente por país

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CLÁUSULAS LABORALES EN LOS CLÁUSULAS LABORALES EN LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO CON TRATADOS DE LIBRE COMERCIO CON

EE.UU.EE.UU.  

La La Trade Promotion AuthorityTrade Promotion Authority (aprobada el 2002) ha orientado las (aprobada el 2002) ha orientado las negociaciones comerciales de los EEUU con los países latinoamericanos, negociaciones comerciales de los EEUU con los países latinoamericanos, las mismas que, sin embargo, desde el año pasado ha sufrido algunas las mismas que, sin embargo, desde el año pasado ha sufrido algunas innovaciones en materia de cláusulas innovaciones en materia de cláusulas laboraleslaborales. .

Los acuerdos negociados o en negociación hasta hoy son:Los acuerdos negociados o en negociación hasta hoy son:  

El Acuerdo de Cooperación Laboral de TLCAN (El Acuerdo de Cooperación Laboral de TLCAN (19941994) )

El Capítulo laboral del El Capítulo laboral del TLCTLC entre Chile y los EE.UU. ( entre Chile y los EE.UU. (20042004) )

El Capítulo laboral del El Capítulo laboral del TLCTLC entre El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, entre El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, República Dominicana y Costa Rica con los EE.UU. (República Dominicana y Costa Rica con los EE.UU. (20052005))

El Capítulo laboral del El Capítulo laboral del TLCTLC entre Perú y los EE.UU. (2007) entre Perú y los EE.UU. (2007)

El Capítulo laboral del El Capítulo laboral del TLCTLC entre Colombia y EE.UU. (pendiente aprobación ) entre Colombia y EE.UU. (pendiente aprobación )

El Capítulo laboral del El Capítulo laboral del TLCTLC entre Panamá y los EE.UU. (pendiente) entre Panamá y los EE.UU. (pendiente)

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CATALOGO DE DERECHOS INCLUIDO EN CATALOGO DE DERECHOS INCLUIDO EN LOS ACUERDOS LABORALES LOS ACUERDOS LABORALES

Derecho de asociación Derecho de asociación

Derecho a organizarse libremente y negociar Derecho a organizarse libremente y negociar colectivamente la mejora de las condiciones de empleocolectivamente la mejora de las condiciones de empleo

Prohibición de cualquier forma de trabajo forzoso u Prohibición de cualquier forma de trabajo forzoso u obligatorio obligatorio

Edad mínima para el empleo de niños y prohibición y Edad mínima para el empleo de niños y prohibición y eliminación de peores formas de trabajo infantil eliminación de peores formas de trabajo infantil

Condiciones aceptables respecto a salarios mínimos, horas Condiciones aceptables respecto a salarios mínimos, horas de trabajo y seguridad y salud ocupacional de trabajo y seguridad y salud ocupacional

Page 25: Seminario Internacional Negociaciones COMUNIDAD ANDINA – UNION EUROPEA Perspectivas de los trabajadores DERECHOS HUMANOS LABORALES EN LAS NEGOCIACIONES.

EL TLC ENTRE PERÚ Y LOS EE.UU. (VERSIÓN EL TLC ENTRE PERÚ Y LOS EE.UU. (VERSIÓN RENEGOCIADA EL 2007) AGREGÓ DOS ASPECTOS RENEGOCIADA EL 2007) AGREGÓ DOS ASPECTOS

NUEVOS:NUEVOS:

““La eliminación de la discriminación en el La eliminación de la discriminación en el empleo y la ocupación” y, empleo y la ocupación” y,

en relación al trabajo infantil, “la abolición en relación al trabajo infantil, “la abolición efectiva de las peores formas trabajo efectiva de las peores formas trabajo infantil y otras protecciones infantil y otras protecciones laboraleslaborales para para niños y menores”. niños y menores”. 

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OBLIGACIONES OBLIGACIONES ORIGINARIASORIGINARIAS DERIVADAS DERIVADAS DE LAS CLAUSULAS LABORALESDE LAS CLAUSULAS LABORALES

Que leyes internas de cada país Que leyes internas de cada país procurenprocuren reconocer y reconocer y proteger proteger derechosderechos laboraleslaborales de la Declaración de la OIT de la Declaración de la OIT de 1998 y los expresamente señalados en el propio de 1998 y los expresamente señalados en el propio TLCTLC, , procurandoprocurando mejorar las normas internas. mejorar las normas internas.

ProcurarProcurar no derogar ni ofrecer derogar la legislación no derogar ni ofrecer derogar la legislación laboral interna para facilitar el comercio o la inversión. laboral interna para facilitar el comercio o la inversión. 

No dejar de aplicar la legislación interna directamente No dejar de aplicar la legislación interna directamente relacionada con los relacionada con los derechosderechos laboraleslaborales expresamente expresamente señalados en el propio señalados en el propio TLCTLC, mediante acción o inacción , mediante acción o inacción sostenida o recurrente, afectando el comercio bilateral. sostenida o recurrente, afectando el comercio bilateral. 

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NUEVASNUEVAS OBLIGACIONES OBLIGACIONES

El TLCEl TLC celebrado entre el Perú y los EE.UU. exige celebrado entre el Perú y los EE.UU. exige que los países asociados no solo que los países asociados no solo procurenprocuren sino sino que tengan una protección legal efectiva sobre que tengan una protección legal efectiva sobre derechosderechos laboraleslaborales reconocidos, ya sea reconocidos, ya sea adoptando nuevas leyes o manteniendo las adoptando nuevas leyes o manteniendo las vigentes. vigentes.

Así, si lo que el TLC contemplaba originalmente Así, si lo que el TLC contemplaba originalmente era una Obligación de medios (tratar de buena fe era una Obligación de medios (tratar de buena fe de tener leyes protectoras), el nuevo estándar de tener leyes protectoras), el nuevo estándar impone una Obligación de resultado (reconocer y impone una Obligación de resultado (reconocer y asegurar efectivamente los asegurar efectivamente los derechosderechos laboraleslaborales))  

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PROCEDIMIENTO DE SOLUCION DE PROCEDIMIENTO DE SOLUCION DE CONTROVERSIASCONTROVERSIAS

ANTESANTES: : solo procedía por cuestiones originadas por la aplicación de solo procedía por cuestiones originadas por la aplicación de la legislación laboral interna y carecían de medios jurídicos la legislación laboral interna y carecían de medios jurídicos efectivos para enfrentar eventuales retrocesos legales en materia efectivos para enfrentar eventuales retrocesos legales en materia laboral o la permanencia de normas laboral o la permanencia de normas laboraleslaborales domésticas domésticas insuficientes. Situación en la que solo procedía la vía diplomática. insuficientes. Situación en la que solo procedía la vía diplomática.

TLC ENTRE PERÚ Y LOS EE.UU TLC ENTRE PERÚ Y LOS EE.UU HOYHOY: cualquier cuestión relativa al : cualquier cuestión relativa al incumplimiento del capítulo laboral del incumplimiento del capítulo laboral del TLCTLC puede generar una puede generar una controversia y no solo aquellas relativas a la inaplicación de las controversia y no solo aquellas relativas a la inaplicación de las normas normas laboraleslaborales internas. internas.

SUPUESTOSSUPUESTOS: Debe tratarse de la ausencia de normas protectoras : Debe tratarse de la ausencia de normas protectoras internas o la inaplicabilidad sostenida o recurrente de las normas internas o la inaplicabilidad sostenida o recurrente de las normas laboraleslaborales internas de modo que se produzca un efecto indeseado internas de modo que se produzca un efecto indeseado sobre el comercio o la inversión entre las partes. sobre el comercio o la inversión entre las partes. 

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PROCEDIMIENTO DE SOLUCION DE PROCEDIMIENTO DE SOLUCION DE CONTROVERSIASCONTROVERSIAS

Las Cláusulas Las Cláusulas laboraleslaborales originalesoriginales de los de los TLC incluían unTLC incluían un procedimiento laxo procedimiento laxo de solución de controversiasde solución de controversias, previendo que si la vía diplomática fracasaba se , previendo que si la vía diplomática fracasaba se podía trabar una controversia en materia laboral, con posibilidad de acudir a podía trabar una controversia en materia laboral, con posibilidad de acudir a un arbitraje para resolver las diferencias entre los gobiernos, pero solo un arbitraje para resolver las diferencias entre los gobiernos, pero solo respecto a la respecto a la aplicación efectiva de las normasaplicación efectiva de las normas internasinternas sobre los sobre los derechosderechos laboraleslaborales comprometidos en el acuerdo. comprometidos en el acuerdo.

El laudo arbitral no obligaba a los gobiernos a acatar lo resuelto, y la solución El laudo arbitral no obligaba a los gobiernos a acatar lo resuelto, y la solución de la controversia dependía de lo que las partes acordaran, ajustándose o no a de la controversia dependía de lo que las partes acordaran, ajustándose o no a las determinaciones del panel arbitral.las determinaciones del panel arbitral.

Si no se lograba acordar un plan de acción para resolver la controversia o no Si no se lograba acordar un plan de acción para resolver la controversia o no se implementar el plan acordado, el Estado reclamante podía pedir que el se implementar el plan acordado, el Estado reclamante podía pedir que el grupo arbitral se constituya nuevamente e imponga una contribución grupo arbitral se constituya nuevamente e imponga una contribución monetaria al Estado infractor.monetaria al Estado infractor.

Solo si el Estado infractor no pagaba la multa decretada por el panel arbitral Solo si el Estado infractor no pagaba la multa decretada por el panel arbitral procedía la aplicación directa de sanciones comerciales al país infractor, con procedía la aplicación directa de sanciones comerciales al país infractor, con suspensión de los beneficios arancelarios del suspensión de los beneficios arancelarios del TLCTLC hasta cobrar la contribución hasta cobrar la contribución adeudada y por un monto máximo de 15 millones de dólares.adeudada y por un monto máximo de 15 millones de dólares.  

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El TLCEl TLC acordado con el Perú prevé un procedimiento de acordado con el Perú prevé un procedimiento de solución de controversias solución de controversias laboraleslaborales más efectivo: más efectivo:

El desacuerdo sobre cómo cumplir el laudo arbitral debe El desacuerdo sobre cómo cumplir el laudo arbitral debe dar pie a tratativas entre los países involucrados para dar pie a tratativas entre los países involucrados para acordar una compensación a pagar (sin que sea necesario acordar una compensación a pagar (sin que sea necesario un nuevo arbitraje).un nuevo arbitraje).

Si no hay acuerdo, o si no se pagara la compensación Si no hay acuerdo, o si no se pagara la compensación acordada, el país reclamante podrá aplicar acordada, el país reclamante podrá aplicar directamente sanciones comerciales suspendiendo los directamente sanciones comerciales suspendiendo los beneficios comerciales del beneficios comerciales del TLCTLC sobre todo el flujo sobre todo el flujo comercial del país infractor hasta lograr un efecto comercial del país infractor hasta lograr un efecto equivalente al provocado en la parte reclamante (sin equivalente al provocado en la parte reclamante (sin monto máximo). monto máximo).

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DIMENSIÓN LABORAL DE LOS ACUERDOS DE DIMENSIÓN LABORAL DE LOS ACUERDOS DE LIBRE COMERCIO CELEBRADOS ENTRE LA UE Y LIBRE COMERCIO CELEBRADOS ENTRE LA UE Y

ALGUNOS PAISES DE AMERICA LATINA ALGUNOS PAISES DE AMERICA LATINA   

Acuerdo de Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre la Unión Europea y Política y Cooperación entre la Unión Europea y México (2000) México (2000)

Acuerdo de asociación y cooperación Chile y Acuerdo de asociación y cooperación Chile y Comunidad Europea (2002) Comunidad Europea (2002)

Acuerdo de cooperación entre la Unión Europea Acuerdo de cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Andina (2003) y la Comunidad Andina (2003)

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La estrategia europea ha perseguido hasta hoy la La estrategia europea ha perseguido hasta hoy la aprobación de acuerdos bilaterales para la liberalización aprobación de acuerdos bilaterales para la liberalización del comercio, en el marco de acuerdos amplios de del comercio, en el marco de acuerdos amplios de asociación y cooperación. asociación y cooperación.

Se trata, sin embargo, de acuerdos bilaterales que no Se trata, sin embargo, de acuerdos bilaterales que no prevén prevén cláusulas cláusulas laboraleslaborales (en términos de (en términos de reconocimiento explícito de reconocimiento explícito de derechos a garantizarderechos a garantizar, , procedimientos para la resolución de controversias y el procedimientos para la resolución de controversias y el derecho a presentar comunicaciones públicas). derecho a presentar comunicaciones públicas).

Ello, sin perjuicio de que la temática Ello, sin perjuicio de que la temática laborallaboral sea sea aludida como eventual materia para incluirse en el aludida como eventual materia para incluirse en el ámbito de la ámbito de la cooperacióncooperación y no como compromisos que y no como compromisos que garantizan una liberalización comercial ajustada al garantizan una liberalización comercial ajustada al derecho internacional de los derechos humanosderecho internacional de los derechos humanos. .     

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Desde 1990, empero, la Unión Europea requiere incluir en Desde 1990, empero, la Unión Europea requiere incluir en todos los acuerdos internacionales que celebra con terceros todos los acuerdos internacionales que celebra con terceros países países una una cláusula estándar en materia de derechos democráticos cláusula estándar en materia de derechos democráticos y humanosy humanos que dice que dice: :

““el respeto a los principios democráticos y  a los derechos el respeto a los principios democráticos y  a los derechos humanos fundamentales, tal como se denuncian en la humanos fundamentales, tal como se denuncian en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, inspira las Declaración Universal de los Derechos Humanos, inspira las políticas internas e internacionales de las partes y constituye un políticas internas e internacionales de las partes y constituye un elemento elemento esencial esencial del presente Acuerdo” del presente Acuerdo” 

Este tipo de medidas son conocidas como “cláusulas de condicionalidad democrática” o de “condicionalidad negativa”, y establecen que los derechos humanos y los principios democráticos se consideren elementos esenciales en la relación con la Unión, lo que permite, en caso de que se produzcan violaciones en este campo, que la Unión pueda dar por terminado, o bien suspender, el acuerdo en cuestión.

La principal crítica a estas Cláusulas es que carecen de mecanismos concretos que aseguren su operatividad

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Si bien los estándares de protección contenidos en tales Cláusulas no son claros y están en manos de las partes, se establecen una serie de cláusulas interpretativas que permiten definir de forma más o menos clara cuando se producen violaciones sustanciales de los acuerdos y cuales son las referencias a los derechos humanos y principios democráticos a tener en cuenta para su adecuada interpretación.

Su principal relevancia, no obstante, es la de que proporcionan el fundamento jurídico requerido para proceder a la suspensión o terminación del acuerdo en cuestión.

Esto es posible gracias a la inserción de la cláusula en el ámbito del artículo 60.1 del Tratado de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1967), que permite que, en caso de incumplimiento de un elemento considerado esencial del acuerdo (en este caso, la violación de los derechos humanos y los principios democráticos) se pueda dar por terminado o bien suspender el acuerdo total o parcialmente, por haberse producido una violación grave del mismo.

Este establecimiento de los derechos humanos como un elemento esencial del acuerdo supone elevar a categoría de obligación real y no de simple declaración de buena voluntad a estas cuestiones, dándoles una trascendencia que hasta ese momento nadie le había otorgado, convirtiendo a este tipo de clausula en un importante instrumento en manos de la UE para demandar una adecuada protección de los derechos humanos y los principios democráticos a terceros países.

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LAS CLAUSULAS BALTICA Y LAS CLAUSULAS BALTICA Y BULGARABULGARA

Además de las cláusulas interpretativas que pueden acompañar a estas cláusulas, se establecen dos cláusulas supletorias alternativas, que insertan el mecanismo de suspensión:

Una Cláusula de Suspensión Explícita, también llamada Cláusula Báltica, utilizada por primera vez en los acuerdos con los Estados Bálticos a finales de 1992, y que capacita a cualquiera de las partes a suspender de forma inmediata el acuerdo de forma total o parcial, si se ha infringido la disposición inicial; o

Una Cláusula General de No Ejecución, conocida como Cláusula Búlgara, que se viene utilizando desde 1993 y que aparece por primera vez en los acuerdos con Bulgaria y otros países centroeuropeos, así como en los suscritos con ex repúblicas rusas. Prevé con mayor detalle los procedimientos que deben seguirse en caso de incumplimiento de las partes, con arreglo a un procedimiento de consultas previas.

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Ambas cláusulas permiten saltarse el procedimiento previsto en el artículo 65 del Tratado de Viena que establece una serie de condiciones procedimentales a seguir en caso de querer la suspensión o la terminación del acuerdo.

Dicho artículo establece que debe de respetarse un plazo de tres meses como mínimo, salvo en casos de especial urgencia, entre la notificación y la suspensión propiamente dicha, así como un plazo suplementario en caso de búsqueda de una solución amistosa.

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La Unión Europea prefiere las acciones positivas a las negativas, lo que implica que las sanciones, incluida la suspensión y terminación del propio tratado, se imponen como último recurso. En otras palabras, que sólo se utilizarán en el caso de que todos los demás medios fallen.

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TIPO DE MEDIDAS ADOPTADASTIPO DE MEDIDAS ADOPTADAS

Cambiar el contenido de los programas de cooperación o los canales usados para su implementación

Diferir firmas o decisiones necesarias para implementar la cooperación

Reducción de los programas de cooperación cultural, científica o técnica

Suspensión de los contactos bilaterales a alto nivel

Postergación de proyectos nuevos

Negativa a participar en iniciativas del asociado

Embargos comerciales

Suspensión de la venta de armas y la cooperación militar

Suspensión de la cooperación.

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PAISES AFECTADOS POR ESTAS PAISES AFECTADOS POR ESTAS MEDIDASMEDIDAS

Mayoritariamente las sanciones se han producido en países del África subsahariana, donde los Estados de la UE tienen poco que perder: Guinea Ecuatorial, Gambia, Kenia, Sierra Leona, Níger, Sudán, Togo y Zaire ha visto en algún momento suspendidas las ayudas recibidas en la década de los noventa.

También países como Bielorrusia, Haití y Myanmar (Birmania).

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EL SISTEMA GENERALIZADO DE EL SISTEMA GENERALIZADO DE PREFERENCIAS ARANCELARIAS (SGP) DE LA PREFERENCIAS ARANCELARIAS (SGP) DE LA

UEUE

El El SGPSGP de la Unión Europea, es un sistema de preferencias arancelarias concedidas de la Unión Europea, es un sistema de preferencias arancelarias concedidas unilateralmente a los productos originarios de los países que más lo necesitan. unilateralmente a los productos originarios de los países que más lo necesitan.

Dependiendo del Dependiendo del régimenrégimen al cual se acoge el país, éste puede gozar ya sea un acceso al cual se acoge el país, éste puede gozar ya sea un acceso libre ó una reducción de derechos de aduana para prácticamente todas sus libre ó una reducción de derechos de aduana para prácticamente todas sus exportaciones. exportaciones.

La Comunidad Europea fue la primera en implementar un esquema La Comunidad Europea fue la primera en implementar un esquema SGPSGP en 1971. en 1971.

Para trabajar sobre una base regular y ajustarlo al cambiante contexto del sistema Para trabajar sobre una base regular y ajustarlo al cambiante contexto del sistema multilateral de comercio, el multilateral de comercio, el SGPSGP de la Unión Europea es implementado siguiendo ciclos de la Unión Europea es implementado siguiendo ciclos de 10 años. de 10 años.

En el año 2004, se adoptaron las nuevas directrices generales del En el año 2004, se adoptaron las nuevas directrices generales del SGPSGP compatibles con compatibles con la OMC para el próximo ciclo de diez años. la OMC para el próximo ciclo de diez años.

De acuerdo con las directrices generales del nuevo esquema del De acuerdo con las directrices generales del nuevo esquema del SGP,SGP, adoptado el 27 de adoptado el 27 de junio 2005, el reglamento empezó a aplicarse a partir del 1.1.2006 a 31.12.2008, pero junio 2005, el reglamento empezó a aplicarse a partir del 1.1.2006 a 31.12.2008, pero las provisiones referentes al “las provisiones referentes al “Régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la Régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la gobernanzagobernanza” ó “” ó “SGPSGP PlusPlus” empezó a aplicarse a partir del 1.7.2005. ” empezó a aplicarse a partir del 1.7.2005.

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El “Régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la El “Régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la gobernanza” (“gobernanza” (“SGPSGP PLUSPLUS”) reemplaza al “Régimen Especial de ”) reemplaza al “Régimen Especial de Apoyo a la Lucha contra la Producción y el Tráfico de Droga” (Apoyo a la Lucha contra la Producción y el Tráfico de Droga” (SGPSGP - - Droga), otorgado desde 1990 a los países andinos en desarrollo del Droga), otorgado desde 1990 a los países andinos en desarrollo del principio de responsabilidad compartida.principio de responsabilidad compartida.

El “SGP Plus” es un sistema de preferencias unilaterales concedidas por la UE.

Estas preferencias están sujetas a dos criterios de elegibilidad que deben ser cumplidos únicamente por los beneficiarios:

La ratificación e implementación de una serie de instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, derechos laborales, medio ambiente, drogas y corrupción; y

La calificación como economía vulnerable con base en indicadores previamente definidos.

A diferencia del SGP Andino que se aplicó en los años 90, las actuales preferencias son compartidas con varios países asiáticos.

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FINFIN