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Facultad Regional Multidisciplinaria Matagalpa Departamento de Ciencias Económicas y Administrativas SEMINARIO DE GRADUACION Para optar al Título de Licenciatura en Contaduría Pública y Finanzas Tema: Tributos en las empresas del Departamento de Matagalpa, en el período 2016. Sub-Tema: Aplicación, Registro y Pago de los Tributos en la Empresa TELECABLE de la Ciudad de Matagalpa, en el período 2016. Autores: Javier Antonio Lagos Gutiérrez Norvin Josué García Vega Tutor: MSc. Manuel de Jesús González García Enero, 2018

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Facultad Regional Multidisciplinaria Matagalpa

Departamento de Ciencias Económicas y Administrativas

SEMINARIO DE GRADUACION

Para optar al Título de Licenciatura en Contaduría Pública y Finanzas

Tema:

Tributos en las empresas del Departamento de Matagalpa, en el período 2016.

Sub-Tema:

Aplicación, Registro y Pago de los Tributos en la Empresa TELECABLE de la Ciudad

de Matagalpa, en el período 2016.

Autores:

Javier Antonio Lagos Gutiérrez

Norvin Josué García Vega

Tutor:

MSc. Manuel de Jesús González García

Enero, 2018

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Tema:

Tributos en las empresas del Departamento de Matagalpa, en el período 2016.

Sub-Tema:

Aplicación, Registro y Pago de los Tributos en la Empresa TELECABLE de la

Ciudad de Matagalpa, en el período 2016.

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INDICE DEDICATORIA .............................................................................................................. i

AGRADECIMIENTO ..................................................................................................... ii

VALORACIÓN DEL DOCENTE .................................................................................. iii

RESUMEN .................................................................................................................. iv

I. INTRODUCCION ................................................................................................. 1

II. JUSTIFICACIÓN .................................................................................................. 3

III. OBJETIVOS ..................................................................................................... 4

IV. DESARROLLO ................................................................................................. 5

4.1 TRIBUTOS .................................................................................................... 5

4.1.1 Generalidades de la Empresa ................................................................. 5

4.1.1.01 Estructura Organizativa .................................................................... 5

4.1.1.02 Sistema Contable ........................................................................... 10

4.1.1.03 Elementos del Sistema Contable ................................................... 13

4.1.1.04 Régimen Fiscal ............................................................................... 17

4.1.2 Estructura Tributaria .............................................................................. 18

4.1.2.1 Definición de los Tributos ................................................................ 19

4.1.2.2 Importancia de los Tributos ............................................................. 20

4.1.2.3 Principios Tributarios ....................................................................... 21

4.1.2.4 Contribuyentes ................................................................................ 22

4.1.2.5 Sujetos Activos y pasivos ................................................................ 24

4.1.2.6 Período Fiscal ................................................................................. 25

4.1.2.7 Clasificación de los Tributos ............................................................ 26

4.1.2.7.01 Impuestos Directos .................................................................. 26

4.1.2.7.02 Impuestos Indirectos ................................................................ 26

4.1.2.7.03 Tasas ....................................................................................... 27

4.1.2.7.04 Contribuciones ......................................................................... 28

4.1.2.8 Impuestos ........................................................................................ 28

4.1.2.8.01 Impuesto Sobre la Renta (IR) .................................................. 29

4.1.2.8.01.1 Definición........................................................................... 29

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4.1.2.8.01.2 Rentas de Actividades Económicas .................................. 29

4.1.2.8.01.3 Rentas de Trabajo ............................................................. 33

4.1.2.8.01.4 Rentas de Capital y Ganancias o Pérdidas de Capital ...... 37

4.1.2.8.01.5 IR Anual ............................................................................ 39

4.1.2.8.01.6 Retenciones en la fuente ................................................... 39

4.1.2.8.01.7 Pago Mínimo ..................................................................... 40

4.1.2.8.01.8 Retenciones Definitivas ..................................................... 42

4.1.2.8.02 Impuesto al Valor Agregado (IVA) ........................................... 43

4.1.2.8.02.1 Definición........................................................................... 43

4.1.2.8.02.2 Sujetos al Impuesto ........................................................... 43

4.1.2.8.02.3 Exenciones ........................................................................ 44

4.1.2.8.02.4 Base Imponible .................................................................. 45

4.1.2.8.03 Impuesto Selectivo al consumo (ISC) ...................................... 47

4.1.2.8.03.1 Definición........................................................................... 47

4.1.2.8.03.2 Sujetos al Impuesto ........................................................... 47

4.1.2.8.04 Impuestos Municipales ............................................................ 48

4.1.2.8.04.1 Definición........................................................................... 48

4.1.2.8.04.2 Impuestos de Matrícula ..................................................... 48

4.1.2.8.04.3 Impuestos sobre Ingresos ................................................. 50

4.1.2.8.04.4 Impuestos sobre Bienes Inmuebles .................................. 51

4.1.2.8.04.5 Otros Impuestos Municipales ............................................ 52

4.1.2.9 Tasas y Contribuciones Especiales ................................................ 54

4.1.2.9.01 Tasas por Servicios y Aprovechamientos Municipales ............ 54

4.1.2.9.02 Contribuciones Especiales ....................................................... 56

4.1.2.9.03 Seguro Social .......................................................................... 57

4.1.2.9.03.1 Regímenes de Afiliación .................................................... 58

4.1.2.9.04 Aporte al INATEC .................................................................... 61

4.1.2.9.04.1 Aporte por Capacitación Laboral ....................................... 61

4.1.3 Procedimientos Contables ..................................................................... 62

4.1.3.1 Concepto ......................................................................................... 62

4.1.3.2 Documentación Soporte .................................................................. 64

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4.1.3.3 Registro y pago de Impuestos ......................................................... 65

4.1.3.3.01 Registro y Pago del IR ............................................................. 67

4.1.3.3.02 Registro y Pago del IVA ........................................................... 81

4.1.3.3.03 Registro y Pago del Impuesto Municipal .................................. 85

4.1.3.3.04 Registro y Pago de Tasas y Contribuciones ............................ 90

4.1.3.3.04.1 Registro y Pago de Seguridad Social ................................ 90

4.1.2.1.01.1 Registro y Pago del INATEC ............................................. 93

4.1.4 Valoración de Aplicación, Registro y Pago de los tributos en la empresa ... 95

Tabla N° 28: Matriz comparativa ............................................................................ 95

4.1.4.3 VALORACIÓN. (Aplicación, registro y pago) .................................... 101

V. CONCLUSIONES ............................................................................................ 102

VI. BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................. 104

VII.ANEXOS

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INDICE DE FIGURAS Figura 1: Organigrama actual de la Empresa TELECABLE.…..….……….….…..………... 7

Figura 2: Tipos de sistemas contables…………………..………………………..………….. 12

Figura 3: Sistema contable SIFCO………………….…………………………….....………… 12

Figura 4: Elementos del sistema contable. ………..……...…….………………...…............. 16

Figura 5: Formas y formatos…………………………………………………………................ 17

Figura 6: Estructura tributaria de Nicaragua…………….…………………………………….. 19

Figura 7: Ejemplo de sujeto activo y pasivo…………….…………………….…..….............. 25

Figura 8: Descripción de impuestos directos e indirectos…………………………............... 27

Figura 9: Gráfico de la renta neta…………………………………………………..…………... 32

Figura10: Porcentaje aplicable a la renta neta………………………………..….…………… 32

Figura 11: Tarifa progresiva IR rentas de trabajo…………………………….….…………… 36

Figura 12: Tabla progresiva para alícuota del IR……………………………..………………. 38

Figura 13: Sujetos y tasas de otros impuestos…………………………………..……………. 54

Figura 14: Cuota patronal régimen de IVM……………………………………………………. 59

Figura 15: Cuota Laboral régimen de IVM…………………………………………………….. 59

Figura 16: Cuota patronal régimen de integral………………………………..………………. 60

Figura 17: Cuota patronal régimen de Integral………………………………..………………. 60

Figura 18: Flujograma de las retenciones por compra de bienes y servicios…………….. 63

Figura 19: Cuenta en forma T ………………………………………………………………….. 65

Figura 20: Cuentas utilizadas en el registro del IR…………………………………............... 67

Figura 21: Sitio virtual de la DGI, página principal………………………………….………… 72

Figura 22: Ventana de claves de acceso…………………………………………….………... 73

Figura 23: Ventana de menú de declaraciones……………………………………………….. 73

Figura 24: Ventana para cargar archivos…………………………………………...…………. 73

Figura 25: Ventana de verificación de saldos………………………………………..……….. 74

Figura 26: Ventana de verificación de saldos…………………………………………………. 74

Figura 27: Formato de cheque bancario………………………………………………............ 78

Figura 28: Cuentas de IVA………………………………………………………………………. 81

Figura 29: cuentas para los impuestos municipales………………………………..………… 85

Figura 30: Cuentas para seguridad social……………………………………………............. 90

Figura 31: Página principal del SIE…………………………………………………………….. 92

Figura 32: Página de datos del SIE…………………………………………………………….. 92

Figura 33: Cuentas para el INATEC ………………………………………………………… 93

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INDICE DE TABLAS

Tabla N°1: Registro de las Retenciones por compra de Bienes y Servicios……………... 68

Tabla N°2: Registro de las Retenciones por Compras de Servicios profesionales……….. 69

Tabla N°3: Cálculo del IR por rentas de trabajo………………………………….…………… 69

Tabla N°4: Registro de las Rentas de Trabajo………………………………………………… 70

Tabla N°5: Retenciones Definitivas. (No Residentes)……………………………..…………. 71

Tabla N°6: Retenciones Definitivas. (Dietas)………………………………………...……… 72

Tabla N°7: Detalle de Excel para Retenciones en la fuente……………………….………… 75

Tabla N°8: Sección para declarar las retenciones mensuales del IR ……….………… 76

Tabla N°9: Registro de la declaración y pago de las retenciones…………………………... 77

Tabla N° 10:Registro del Pago Mínimo Definitivo…………………………………..………... 79

Tabla Nº 11: Sección para declarar el PMD…………………………………………………… 79

Tabla N° 12: Registro del IR Anual……………………………………………………………... 80

Tabla N° 13: Registro de la declaración y pago del IR Anual……………………………….. 81

Tabla Nº 14: Registro del IVA acreditable….…………………………………….……………. 82

Tabla Nº 15: Registro del IVA por pagar…………………………….…………………………. 83

Tabla Nº 16: Ejemplo de hoja de Excel para declarar el crédito del IVA…………………… 84

Tabla Nº17: Sección para declarar el IVA……………………………………………………... 84

Tabla Nº 18: Registro de la declaración y pago del IVA………………...…………………… 85

Tabla Nº 19: Registro del Stiker de rodamiento y tren de aseo………..……………………. 86

Tabla Nº 20: Registro del IMI………………………………………………….………………… 87

Tabla Nº 21: Registro de la matrícula………………………………………….………………. 87

Tabla Nº 22: Registro de la Retención del Impuesto Municipal…………..…………………. 88

Tabla Nº 23: Registro del pago de los impuestos municipales……………………………… 90

Tabla Nº 24: Registro de Seguridad Social……………………………………..…………… 91

Tabla Nº 25: Pago de Seguridad Social…………………………………………..…………… 93

Tabla N° 26: Registro del INATEC………………………………………………….………...... 94

Tabla N° 27: Pago de contribución del INATEC………………………………….…………… 94

Tabla N° 28: Matriz comparativa………………………………………………………………... 95

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i

DEDICATORIA

Dedico el presente seminario de graduación:

En primer lugar a Dios, nuestro creador y fuente de sabiduría, por permitirme llegar a

la meta de elaborar este trabajo.

A mis padres, Lorenza Vega Torres y Apolinar García Martínez, en reconocimiento

a su gran sacrificio, por sus consejos y gran apoyo incondicional, a estas

maravillosas personas que desde niño me motivaron a la educación e instaron

siempre a luchar y luchar para ser un gran profesional.

A mis hermanos, Iselia García Vega y Ronald García Vega, que han estado ahí

para apoyarme incondicionalmente en este camino de preparación profesional y de

ser una mejor persona.

A mi compañero, Javier Antonio Lagos Gutiérrez, que siempre me mostró una

amistad sincera y que me apoyó a lo largo de los 5 años y ahora participando en

conjunto para la elaboración de este trabajo, porque solo Dios y tu saben el esfuerzo

que conllevó este Seminario de Graduación.

Norvin Josué García Vega

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i

DEDICATORIA

Dedico el presente seminario de graduación:

En primer lugar a Dios, nuestro creador y fuente de sabiduría, por permitirme llegar a

la meta de elaborar este trabajo.

A mi madre Sandra del Rosario Gutiérrez Ramírez por ser mi fuente de inspiración

para el logro de esta meta, y a mi padre Julio Alanzo Lagos López por su apoyo

incondicional.

A mis Tíos, Luz Marina Gutiérrez Ramírez y Carlos Alberto Castro López, en

reconocimiento a su gran sacrificio, por sus consejos y gran apoyo incondicional, a

estas maravillosas personas queme motivaron a la educación e instaron siempre a

luchar para ser un gran profesional.

A mis hermanas, Sochil Ivet Lagos Gutiérrez y Belkis Amparo Lagos Gutiérrez,

que han estado ahí para apoyarme incondicionalmente en este camino de

preparación profesional y de ser una mejor persona.

A mi compañero, Norvin Josué García Vega, que siempre me mostró una amistad

sincera y que me apoyó a lo largo de los 5 años y ahora participando en conjunto

para la elaboración de este trabajo, porque solo Dios y tu saben el esfuerzo que

conllevó este Seminario de Graduación.

Javier Antonio Lagos Gutiérrez

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ii

AGRADECIMIENTO

A nuestro padre celestial, que gracias a su inmenso amor nos brinda salud,

sabiduría y perseverancia en nuestras vidas y durante nuestra preparación

académica, gracias a Él hemos logrado culminar una meta más.

Nuestro más sincero agradecimiento a cada uno de los docentes que durante

nuestros momentos de formación académica dedicaron su tiempo con paciencia a

trasmitirnos esos conocimientos indispensables para el ejercicio de nuestra

profesión, con ese espíritu de compañerismo, responsabilidad y sobre todo ética que

les caracterizó siempre.

De manera muy especial, a nuestro maestro, amigo, compañero y tutor, MSc.

Manuel de Jesús González García, agradecemos infinitamente por su apoyo

incondicional en cada momento de nuestra vida universitaria, por creer en nuestra

capacidad como estudiantes y futuros profesionales e instruirnos a ser mejor cada

día, gracias por su tiempo, paciencia, comprensión, asesoramiento, monitoreo y

sugerencias en este proceso investigativo.

A la contadora, Lic. Aracelys Azucena Vargas Juárez, por su tiempo, disposición

y amabilidad para aclarar nuestras dudas que surgieron durante la investigación.

Agradecemos además a la Empresa TELECABLE del municipio de Matagalpa,

departamento de Matagalpa, por habernos permitido la ejecución de este Seminario

de Graduación y por brindarnos la información necesaria para llevar a cabo este

trabajo.

Javier Antonio Lagos Gutiérrez

Norvin Josué García Vega

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iii

FACULTAD REGIONAL MULTIDISCIPLINARIA MATAGALPA

DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS

VALORACIÓN DEL DOCENTE

El Código Tributario de la República de Nicaragua con sus reformas, argumenta que

los Tributos son las prestaciones que el Estado exige mediante la Ley, con el objeto

de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines. Los tributos se clasifican en

Impuestos, Tasas y Contribuciones Especiales. (Ley N°562, 2008).

Por su parte, la Contabilidad es la herramienta encargada de suministrar información

económica y financiera, tanto cuantitativa como cualitativa de los entes, de la cual

surge la base para la determinación y cálculos de los Tributos a que están obligados

por Ley; a su vez representa una herramienta generadora de información enfocada

en dar cumplimiento a las obligaciones fiscales y legales del contribuyente.

El oportuno pago de los Tributos es una práctica sana en las empresas, utilizando los

medios y procedimientos que han sido designados por el Estado para hacerlos

efectivo en tiempo y forma, evitando de esta manera incurrir en multas, moras o

inconvenientes que pudieran afectar financiera y económicamente a las empresas.

Por lo antes expuesto, el presente Seminario de Graduación “REGISTRO,

APLICACIÓN Y PAGO DE LOS TRIBUTOS EN LAS EMPRESAS DEL

DEPARTAMENTO DE MATAGALPA EN EL 2016” para optar al Título de

Licenciatura en Contaduría Pública y Finanzas, es un proceso investigativo que

cumple con todos los requisitos metodológicos, basados en la estructura y rigor

científico requeridos por las normativas vigentes de nuestra Alma Mater; por lo tanto

considero que está autorizado para presentarse ante el Tribunal Examinador.

________________________________ MSc. Manuel de Jesús González García

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iv

RESUMEN

En el presente Seminario de Graduación trata de los “Tributos en las empresas del

departamento de Matagalpa, en el período 2016”. Su principal propósito es “Evaluar

la Aplicación, Registro y Pago de los Tributos en la Empresa de servicio de

Televisión por cable “TELECABLE” del Municipio de Matagalpa, en el periodo 2016”.

En la actualidad la aplicación de los tributos en las empresas es muy importante,

debido a que, toda persona natural y jurídica necesita tener conocimiento de dichos

tributos, esto para efectos de poder aplicarlos correctamente, sin llegar a pagar mora

y multas; los impuestos son un gran aporte para la economía del país, su

determinación debe de ser exacta y evitar cualquier error al momento de aplicar,

registrar y pagar para efectos de llevar una contabilidad ordenada, los principales

Tributos que aplica la entidad en estudio son IR, IVA, Impuestos Municipales y

Contribuciones. Podemos concluir que la Empresa TELECABLE aplica, declara y

paga los diferentes Tributos según lo establecido por la Ley, Reglamentos y decretos

siendo estos los siguientes: Ley de Concertación Tributaria, el Código Tributario, el

Plan de Arbitrio, Reglamento general de la Seguridad Social y Reglamento de

recaudo del aporte 2%debidoa que en las auditorías realizadas tanto por la DGI

como por el INSS no han sido sancionados pero en cuanto al registro de los

impuestos diferidos y el IR Anual se hizo algunas observaciones las que fueron

reflejadas en las conclusiones de este trabajo.

Palabras clave: Tributos, Aplicación, Registro, Pago, Ley.

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Seminario de Graduación

Javier Lagos – Norvin García Página 1

I. INTRODUCCION

El presente trabajo de investigación aborda el tema: Tributos en las empresas del

departamento de Matagalpa, en el período 2016, este Seminario de Graduación tiene

el propósito de evaluar la Aplicación, Registro y Pago de los tributos en la Empresa

de servicio de cable “TELECABLE” del Municipio de Matagalpa, del departamento

de Matagalpa en el periodo 2016, debido a que toda entidad debe llevar una

contabilidad ordenada, de acuerdo con el giro de la misma, que permita mostrar la

imagen fiel de su Patrimonio, la situación financiera y de los resultados de la misma,

logrando de esta manera que la empresa se evite sanciones y multas al momento de

declarar los Impuestos de nuestro país.

En la actualidad la aplicación de los tributos es muy importante debido a que toda

persona natural o jurídica necesita tener conocimiento de dicho impuesto, esto para

efectos de poder aplicar el impuesto correctamente; pues un cálculo erróneo podría

generar resultados contrarios a los esperados y traer consecuencia a la empresa

como son multas y sanciones por parte de la Dirección General de Ingresos (DGI),

Alcaldías e INSS y esto ocasionaría mayores gastos a la empresa.

TELECABLE es una entidad con capital Nicaragüense, dedicada a brindar los

servicios de televisión por cable, fue fundada en la ciudad de Estelí en el mes de

Enero del año dos mil ocho, a partir de esa fecha se ha colocado en la zona Norte y

Occidente, proyectándose tener presencia en todas la cabeceras departamentales

del país, logrando en la actualidad establecerse en: Estelí, Ocotal, Somoto,

Matagalpa, Jinotega, Sébaco, Darío, Tipitapa, Masaya, Carazo, Rivas, León,

Chinandega y Granada.

En América Latina se han dado diversos estudios acerca de este tema, debido a la

importancia que tiene el cumplimiento de la obligación tributaria para todas las

empresas, en la revisión bibliográfica que hemos realizado encontramos algunos

trabajos relacionados con nuestra temática, entre ellos: Los realizados a nivel

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Seminario de Graduación

Javier Lagos – Norvin García Página 2

latinoamericano en países como: en la Universidad Nacional de la Plata en

Argentina, en la Universidad de los Andes Venezuela y en la Universidad de San

Martín de Porres de Perú, enfocados en el análisis de la evasión tributaria, estructura

tributaria y recaudación de impuestos; a nivel centroamericano las realizadas en la

Universidad del Salvador y en la Universidad Centroamericana en el Salvador,

Universidad de San Carlos de Guatemala, enfocadas en la incidencia en los registros

contables, excepciones fiscales y recaudación tributaria. Y en nuestro país en la

Universidad Autónoma de Nicaragua Managua y FAREM-Estelí, enfocadas en las

cuotas fijas de contribuyentes y el incumplimiento del pago de los impuestos, y a

nivel departamental en la Universidad Autónoma de Nicaragua FAREM-Matagalpa,

las tesis enfocadas en el Impuesto sobre la Renta (IR), investigaciones que se

realizaron en las empresas de Jinotega y Matagalpa en el periodo 2015 y fueron

publicadas en el año 2017.

El trabajo presenta un enfoque cuantitativo con elementos cualitativos por que utiliza

la recolección y el análisis de datos a través de los instrumentos, el tipo de estudio es

descriptivo porque relata los hechos y los procedimientos tal y como se realizan y

con un corte transversal en el tiempo ya que se decidió abordar este estudio en un

periodo determinado, el método de investigación es teórico, empírico y deductivo

porque se realiza una investigación documental y después se aplican instrumentos

además de que se planteó un problema suponiendo que se da en la mayoría de las

empresas de Matagalpa, el universo está conformado por las empresas del

departamento de Matagalpa y su muestra es la empresa TELECABLE del municipio

de Matagalpa, la que fue seleccionada por conveniencia, la variable en estudio de

nuestra investigación es los tributos (ver anexo 1), los instrumentos que se utilizaron

para recopilar información fueron una entrevista aplicada a la Contadora y una a la

Administradora de la Empresa TELECABLE y además se hizo una Guía de

observación (ver anexo 2,3 y 4), con la que se quería confirmar algunos indicadores

de la Operacionalización de esta investigación.

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Seminario de Graduación

Javier Lagos – Norvin García Página 3

II. JUSTIFICACIÓN

La presente investigación prescribe los Tributos en las Empresas del departamento

de Matagalpa en el periodo 2016; tiene el propósito de evaluar la Aplicación, Registro

y Pago de los Tributos en la Empresa TELECABLE de la Ciudad de Matagalpa en el

periodo 2016 para que de esta manera eviten multas, sanciones y cualquier otro

inconveniente al momento de declarar sus impuestos.

Los Tributos en nuestro país deben pagarse por mandato de Ley; es debido a esta

razón la importancia de estudiar esta temática y estar actualizándose siempre sobre

los cambios que se dan en las leyes que los regulan para aplicarlos de manera

correcta de lo contrario la empresa estaría expuesta a sanciones.

Esta investigación tendrá un impacto en la Empresa TELECABLE debido a que el

resultado consecuente de la investigación le servirá para mejorar y/o ampliar sus

conocimientos sobre los Tributos; además les permitirá aplicar eficazmente el marco

legal con el que se rigen los Impuestos en este Departamento.

Este documento servirá como fuente de información bibliográfica para los estudiantes

y docentes interesados en este tema ya que enriquecerá sus conocimientos, además

podrá ser utilizado para futuras investigaciones; también reflejará a los directivos de

la Empresa TELECABLE la importancia que tiene el actualizarse constantemente

para poder aplicar, registrar y pagar correctamente los Tributos a los que están

sujetos.

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Javier Lagos – Norvin García Página 4

III. OBJETIVOS

Objetivo General

Evaluar la Aplicación, Registro y Pago de los Tributos en la Empresa de servicio de

cable “TELECABLE” del Municipio de Matagalpa, del Departamento de Matagalpa en

el período 2016.

Objetivos Específicos

Identificar los Tributos aplicables a la Empresa TELECABLE del Municipio de

Matagalpa, del Departamento de Matagalpa en el período 2016.

Describir el procedimiento contable de la Aplicación, Registro y Pago de los

Tributos en la Empresa TELECABLE del Municipio de Matagalpa, del

Departamento de Matagalpa en el período 2016.

Valorar los procedimientos de Aplicación, Registro y Pago de los Tributos en

la Empresa TELECABLE del Municipio de Matagalpa, del Departamento de

Matagalpa en el período 2016.

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Javier Lagos – Norvin García Página 5

IV. DESARROLLO

4.1 TRIBUTOS

4.1.1 Generalidades de la Empresa

4.1.1.01 Estructura Organizativa

Antecedentes

La administradora de la empresa, por medio de la entrevista comentó que

TELECABLE es una entidad con capital Nicaragüense, dedicada a brindar los

servicios de televisión por cable, fue fundada en la ciudad de Estelí en el mes de

Enero del año dos mil ocho, a partir de esa fecha se ha colocado en la zona Norte y

Occidente, proyectándose tener presencia en todas la cabeceras departamentales

del país, logrando en la actualidad establecerse en: Estelí, Ocotal, Somoto,

Matagalpa, Jinotega, Sébaco, Darío, Tipitapa, Masaya, Carazo, Rivas, León,

Chinandega y Granada. Con la visión de no solamente posicionarse sino mantenerse

en el mercado ampliando su cobertura y mejorando la calidad del servicio, es por ello

que se está realizando esta investigación. Además según (Decreto Nº3-95, 1995,

pág. 20)Es una empresa que se rige por todos los procedimientos legales

establecidos, contribuye al pago de sus impuestos en la administración de Rentas

Matagalpa, su forma de pago es en Base a sus utilidades, además cotiza en el

Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS).

Misión y visión

Misión

Es la razón esencial de ser y de existir de la organización y de su papel en la

sociedad. La Misión organizacional no es definitiva ni estática pues experimenta

cambios a lo largo de la existencia de la organización. La misión incluye los objetivos

generales del negocio. (Chiavenato, 2001, pág. 49)

La Misión refiere a un motivo o una razón de ser por parte de una organización, una

empresa o una institución. Este motivo se enfoca en el presente, es decir, es la

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actividad que justifica lo que el grupo o el individuo está haciendo en un momento

dado.

Según información obtenida por la Empresa TELECABLE, esta cuenta con una

Misión establecida por escrito, que es:

Además mediante la guía de observación se comprobó que esta no está visible a los

empleados y usuarios, por lo que se recomienda elaborar un cartel que permita

conocer el objetivo de la empresa para que este alcance todos los usuarios posibles.

Visión

Mientras la Misión se refiere a la filosofía básica de la organización. La Visión sirve

para mirar el futuro que se desea alcanzar. La visión es la imagen que la

organización define respecto a su futuro, es decir lo que se pretende ser.

(Chiavenato, 2001, pág. 50)

La Visión de una empresa se refiere a una imagen que la organización plantea a

largo plazo sobre cómo espera que sea su futuro, una expectativa ideal de lo que

espera que ocurra. La visión debe ser realista, pero puede ser ambiciosa, su función

es guiar y motivar al grupo para continuar con el trabajo.

Mediante entrevista realizada a la gerente de la empresa TELECABLE, esta cuenta

con una Visión por escrito al igual que la misión, que es:

Además la guía de observación nos permitió comprobar que la Visión no está visible

a los empleados y usuarios, por lo que se recomienda elaborar un cartel que permita

Brindar un servicio de televisión por cable, con la más amplia

variedad de canales y óptima calidad al menor costo.

Ser la empresa número uno en los servicios de televisión por

cable, adquiriendo tecnología de punta y posicionada tanto a nivel

regional como nacional.

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conocer hacia donde se encamina la empresa, de manera que alcance a todos los

usuarios posibles.

Organigrama

Un Organigrama es: la descripción gráfica de la estructura de la empresa en términos

de áreas funcionales que la componen, sus direcciones, gerencia, jefatura etc.

Dependiente. Muestra las jerarquías y las relaciones de autorización y comunicación

de cada uno de los puestos de la empresa. (Hernández, 2008, pág. 173)

Como vemos un Organigrama es una herramienta gráfica que representa la forma en

que una empresa está organizada y ayuda a las empresas a dividir el trabajo de la

organización, especificando cada tarea que se tiene que hacer por especialización.

Según la información obtenida por la Contadora la Empresa TELECABLE cuenta con

el siguiente Organigrama:

-------------------

Figura 1: Organigrama actual de la Empresa TELECABLE Fuente: Datos obtenidos a partir de instrumentos aplicados, 2017

Mediante la Guía de Observación podemos concluir que el Organigrama de la

Empresa TELECABLE no se encuentra visible dentro de las instalaciones de la

Gerente Administrativo

Auditoria Proyecto

s

Junta Directiva

Unidad de

Caja

Sección de

Cobranza

Dpto. de

Contabilidad

Dpto. de

admón.

Unidad de

personal

Unidad de

control de

calidad

Sección de

Informática

Dpto. de

Servicios

Técnicos

Sección de

atención al

cliente

Dpto. de

Ventas

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empresa lo cual es una desventaja ya que los trabajadores de la entidad no saben

con exactitud cuáles son los departamentos y mandos que están conectados con el

empleador.

Giro económico

Según (Sastrias, 2008, pág. 18) por su giro las empresas se clasifican en:

1. Empresas Comerciales: las que compran productos o mercancías para

revenderlos con cierto margen de utilidad o beneficio. Se pueden clasificar en:

a. Mayorista: son aquellas que efectúan ventas en gran escala a otras

empresas, tanto al menudeo como al detalle. Ejemplo: Bimbo, Nestlé, etc.

b. Menudeo: son las que venden productos tanto en grandes cantidades

como por unidad, ya sea para su reventa o para uso del consumidor.

c. Minoristas o detallistas: son las que venden productos en pequeñas

cantidades al consumidor final.

d. Comisionistas: son las que se dedican a vender mercancías que los

productores dan en consignación, percibiendo por esa función una

ganancia o comisión.

2. Empresas Industriales: las que parten de las materias primas, las procesan y

obtienen productos terminados para su venta. Estas se clasifican en:

a. Extractivas: son las que se dedican a la extracción de recursos naturales,

ya sea renovables o no renovables.

b. Manufactureras: son aquellas que transforman las materias primas en

productos terminados y pueden ser de dos tipos:

i. Empresas que producen bienes de consumo final.

ii. Empresas que producen bienes de producción.

3. Agropecuarias: su función es la explotación de la agricultura y la ganadería.

4. Empresas de Servicio: las que prestan un servicio social a la comunidad, como

los transportes, teléfonos, escuelas, bancos, entre otros.

Las Empresas se clasifican en Comerciales, Industriales y de Servicio. Las empresas

comerciales son las que compran mercancías para revenderla, las industriales son

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aquellas que utilizan la transformación de la Materia prima para lograr lucrarse, y por

último las Empresas de servicios son las que brindan una actividad necesaria para la

población.

A través de la Guía de Observación se constató que la Empresa TELECABLE tiene

una clasificación por su giro económico en empresas de servicio ya que esta brinda

servicios de cable a la zona Norte y Occidente de Nicaragua. Tal como lo indica en

su matrícula de la Alcaldía de Matagalpa del año 2016. Además la Administradora

confirmó en la entrevista que TELECABLE es una entidad de servicios de televisión

por cable.

Objetivos de la Empresa

Las empresas son ciertas clases de organizaciones o unidades sociales que buscan

alcanzar objetivos específicos, y su razón de ser es cumplirlos. Un objetivo de la

empresa es una situación deseada que ella pretende alcanzar. Desde esta

perspectiva, los objetivos empresariales cumplen muchas funciones. Al presentar

una situación futura, los objetivos indican una orientación que la empresa trata de

seguir, y establecen líneas rectoras para la actividad de los trabajadores, sirviendo

como estándares que permiten comparar y evaluar el éxito de la empresa y de sus

miembros.(Chiavenato, 2001, pág. 50)

Los objetivos de una empresa son los resultados que pretende alcanzar la Entidad

en un período de tiempo a través del uso de los recursos con los que dispone.

Muchas veces el desarrollo de las empresas depende de los objetivos que se hayan

propuesto ya que los objetivos son metas que se pretenden alcanzar por eso se

deben proyectar de manera objetiva; es decir alcanzables.

Por medio de la entrevista aplicada a la Administradora, se nos brindó el siguiente

objetivo de la Empresa TELECABLE:

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Razón Social

La Razón Social es la fórmula enunciativa de los nombres de todos los socios o

algunos de ellos, agregando estas palabras: “y compañía”, el nombre de la sociedad

no es una denominación social, sino una razón social, integradas por los nombres y

apellidos de uno o varios de sus socios, rigiendo el principio de veracidad en su

composición, es decir se prohíbe la inclusión a quien no pertenezca a la compañía

(Còdigo de Comercio, 1917, pág. 21 )

La Razón Social debe ser un elemento de publicidad respecto de terceros, debe de

contar con los complementos necesarios que permitan traslucir una realidad. Es decir

es el nombre que las empresas establecen para conocerse en el mercado y hace

que la población las pueda distinguir de las demás.

A través de la Entrevista se nos informó que la Razón Social de la empresa es

CONCAS DE NICARAGUA S.A, confirmada también mediante la guía de

observación a través de la matrícula del negocio, por lo que TELECABLE es su razón

comercial. (Ver anexo 9)

4.1.1.02 Sistema Contable

Definición

Son una representación de la contabilidad como un mecanismo que registra, clasifica

y resume las actividades económicas que han sido traducidas a unidades monetarias

por medio de los principios contables aceptados.(Greco, 2006, pág. 149)

El Sistema Contable, es una estructura organizada mediante la cual se recogen las

informaciones de una empresa como resultado de sus operaciones, valiéndose de

Brindar un servicio eficiente y de calidad a los clientes, cumpliendo con las leyes establecidas por el país, en los diferentes aspectos y la satisfacción del cliente, que nos permitirá crecer en el mercado.

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recursos como formularios, reportes, libros entre otros; los cuales una vez

presentados a la gerencia les permitirá a la misma tomar decisiones financieras.

Según la Contadora de la Empresa TELECABLE, el Sistema Contable se podría

definir como un conjunto de procedimientos que facilita la labor contable, este se

puede dividir en Sistema Manual y Sistema Computarizado.

Tipo de sistema contable

Procedimiento Manual

Es aquel que emplea el esfuerzo humano para la captación, calculo, registro y

síntesis de las operaciones financieras de una empresa o entidad.(Sastrias, 2008,

pág. 27)

Un Sistema de Contabilidad Manual requiere que el contador o tenedor de libros

registre a mano las transacciones comerciales en el diario general, libro mayor y en

la hoja de trabajo. Este proceso puede ser completado por cualquiera utilizando

papel real y hojas de contabilidad o mediante la creación de estas hojas en un

programa informático como Excel.

Procedimientos Electrónicos

Es el que se lleva a cabo por medio de la computadora y es el más usado en la

actualidad, por las necesidades cada vez más exigentes del entorno empresarial,

donde se requiere manejar una gran cantidad de información en tiempos

relativamente cortos, lo que facilita los procesos contables y de mayor certeza de

registro.(Sastrias, 2008, pág. 27)

Un Sistema de Contabilidad Automatizado permite al usuario introducir la transacción

en el programa una sola vez y todas las cuentas se actualizarán según sea

necesario.

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La Contadora de la Empresa TELEECABLE afirmó que el sistema contable de dicha

empresa es computarizado, dado que hace uso de la computadora mediante un

software adaptado a la actividad de la empresa, sin embargo mediante la guía de

observación se constató que el sistema contable que utiliza esta entidad es manual

ya que esta entidad utiliza libros contables de forma manual e imprime los estados

financieros con ayuda del ordenador y su software, además la contadora definió los

siguientes tipos de sistemas contables:

Tipos de sistemas contables

Sistema Manual Sistema Electrónico

Conjunto de procedimientos que se utiliza de

forma manual, para recoger, clasificar,

codificar, contabilizar, las operaciones

contables de una empresa, con el objetivo

de generar los estados financieros de la

misma.

Software creado para facilitar la labor

contable, ya que únicamente se digitan los

registros o comprobantes y automáticamente

genera los estados financieros.

Figura 2: Tipos de sistemas contables Fuente: Resultados de investigación, 2017

La Empresa TELECABLE en su ordenador utiliza el siguiente sistema para facilitar el

registro de las operaciones contables (SIFCO):

Figura 3: Sistema contable SIFCO Fuente: Información obtenida mediante la aplicación de instrumentos, 2017

Marco de referencia

Conjunto coherente de ideas y bases fundamentales que emana de una teoría

universalmente sobre objetivos y cualidades que debe reunir la información contable,

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y que permiten la orientación y operación de los procesos contable, desde el

reconocimiento de los hechos hasta la revelación de la información, la teoría general

de la contabilidad debe poseer un marco amplio de referencia que provea guías para

cumplir su propósito fundamental de informar, en circunstancias Específicas, para

una adecuada toma de decisiones. (Silva, 2002, pág. 147)

El marco de referencia es un conjunto de ideas fundamentales que permitan

identificar objetivos y cualidades que debe reunir la información contable. Además se

pueden identificar los tipos de estados financieros que las entidades deben preparar,

y que estos sean útiles y comparables para los inversionistas, acreedores y otros

usuarios para tomar decisiones económicas.

Según la contadora de la Empresa TELECABLE el marco de referencia son los

Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA) y está en proceso de

adaptación de las NIIF para PYMES.

4.1.1.03 Elementos del Sistema Contable

Catálogo de cuentas

Es una lista que contiene el nombre y el número de cada una de las cuentas que se

usa en el sistema de contabilidad de una entidad económica. Dicho listado debe de

relacionar los números y los nombres o títulos de las cuentas, y estas deben

colocarse en el orden de las cinco clasificaciones básicas: Activo, Pasivo, Capital,

Ingresos y Gastos. (Guajardo & Andrade, 2008, pág. 67)

Como bien lo expresa el autor el catálogo de cuentas es un instructivo ordenado de

cada una de las cuentas que integran el Activo, el Pasivo, el Capital Contable, los

Ingresos y los Gastos de una entidad; donde se detallan ordenadamente todas las

cuentas aplicables en la contabilidad de una empresa.

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Manual Contable

El Manual Contable, también llamado guía de contabilización, representa la

estructura del sistema de contabilidad de una entidad económica. Se trata de un

documento independiente en el que además de los números y títulos de las cuentas,

se describe de manera detallada lo que se debe registrar en cada una de ellas, junto

con los documentos que dan soporte a la transacción, así como lo representa su

saldo. (Guajardo & Andrade, 2008, pág. 67)

Se puede decir que es un documento que integra el conjunto de instrucciones para la

operación del sistema de contabilidad en una empresa o en un grupo de empresas

similares.

Libros contables

Libro Diario

El Diario General es un libro medio magnético en el cual quedan registradas

cronológicamente todas las transacciones efectuadas en un negocio, de acuerdo con

los principios de contabilidad y en función del efecto que éstas hayan tenido en las 5

cuentas básicas de activo, pasivo, capital, ingreso y gasto. (Guajardo & Andrade,

2008, pág. 69)

El Libro Diario es el documento en que se anotan cada día y por orden cronológico

las operaciones comerciales realizadas por una empresa o comercio.

Libro Mayor

El Mayor General es un libro o medio electrónico en el que se efectúa un registro

individual, o separado de los aumentos o las disminuciones de cuentas específicas

en el sistema contable. (Guajardo & Andrade, 2008, pág. 70)

Libro Mayor es donde se registran las cuentas de activos, pasivos y patrimonio de la

empresa. Es el libro de contabilidad en donde se organizan y clasifican las diferentes

cuentas que moviliza la entidad de sus activos, pasivos y patrimonio. Para que los

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registros sean válidos deben asentarse en el libro debidamente autorizado. Es el

registro o resumen de todas las transacciones que aparecen en el libro diario, con el

propósito de conocer su movimiento y saldo en forma particular. Los cargos y

créditos a las distintas cuentas, según se muestra en los asientos de diario, se

registran en las cuentas mediante el proceso llamado pasar al mayor.

Estados Financieros

Según (Guajardo & Andrade, 2008, pág. 44) los estados financieros constituyen una

representación estructurada de la situación financiera y del desempeño financiero de

una entidad.

Tomando en cuenta la necesidad de información de los usuarios, la contabilidad

considera que todo negocio debe presentar cuatro informes básicos de tal manera

existen:

1. El Estado de Resultado que informa sobre la rentabilidad de la operación.

2. El Estado de Variaciones en el Capital Contable cuyo objetivo es mostrar los

cambios en la inversión de los dueños de la empresa.

3. El Estado de Situación Financiera o Balance General, cuyo fin es presentar

una relación de recursos (activos) de la empresa, así como las fuentes de

financiamientos (Pasivo y Capital) de dichos recursos.

4. El Estado de Flujo de Efectivo, cuyo objetivo es dar información acerca de la

liquidez del negocio, es decir, presentar una lista de las fuentes de efectivo y

de desembolso del mismo, lo cual constituye una base para estimar las futuras

necesidades de efectivo y sus probables fuentes.

Se puede decir que el producto final del proceso contable es la información

financiera, elemento imprescindible para que los diversos usuarios puedan tomar

decisiones. La información financiera que dichos usuarios requieren se centra

primordialmente en la evaluación de la situación financiera, de la rentabilidad y de la

liquidez de la empresa.

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Mediante la entrevista realizada a la Contadora de la Empresa TELECABLE confirmó

que los elementos del Sistema Contable que utiliza son los siguientes:

Figura 4: Elementos del sistema contable Fuente: Información obtenida mediante aplicación de instrumentos, 2017

Los de los Estados Financieros utilizados por la Empresa TELECABLE podemos son

los siguientes: Estado de Resultado y Balance General.

Documentación soporte

Según (Santillana González, 2002, pág. 85) el Manual de Contabilidad incluirá un

capítulo que consigne cada una de las formas que inciden u operan en el sistema de

contabilidad como: comprobantes de ingreso, comprobantes de egreso,

comprobantes de diario, vale de caja, entradas a almacén, salidas, tarjetas de

inventario remisión, facturas, recibos, entre otros.

La contadora de la Empresa TELECABLE expresó mediante la entrevista que

algunos de los formatos que utiliza para soportar las operaciones contables son los

siguientes:

Elementos del sistema

contable

Catálogo e instructivo de

cuentas

Normas y Políticas de

Control Interno

Libros ContablesDocumentación

soporte

Estados Financieros

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Figura 5: Formas y formatos Fuente: Información obtenida mediante aplicación de instrumentos, 2017

Además por medio de la guía de observación se confirmó la existencia de algunos de

estos documentos tales como: Cheque, recibos de caja y factura, que se

encontraban posados en el escritorio de la contadora.

4.1.1.04 Régimen Fiscal

Cuota Fija

Créase el Impuesto de Cuota Fija, como impuesto conglobado del IR de actividades

económicas y del IVA, que grava los ingresos percibidos por pequeños

contribuyentes que realicen actividades económicas, conforme las disposiciones

establecidas en esta Ley. (Ley Nº 822, 2012, pág. 10246)

El Régimen de Cuota Fija es una cantidad establecida que el contribuyente deberá

pagar, de acuerdo al tipo de negocio que posea, aplicándose en las empresas

pequeñas que no sobrepasen el monto de ganancias establecidos anual o

mensualmente para aplicarle el régimen general.

Formas y Formatos

Comprobante de Diario

Constancia de Retención

Factura

Recibos Oficiales de

CajaCheque

Comprobante de Caja Chica

Tarjetas Kardex

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Javier Lagos – Norvin García Página 18

La administradora de la Empresa TELECABLE mediante la entrevista nos afirmó que

el régimen de cuota fija es el monto establecido por la Administración de Rentas de

la localidad, basado en un techo sobre ingresos y que la entidad no se encuentra

dentro del régimen de cuota fija.

Régimen General

Según (Ley Nº 822, 2012, pág. 10247)son contribuyentes de este régimen, los que

durante seis meses, en promedio, llegasen a percibir ingresos mensuales superiores

a los cien mil córdobas(C$100,000.00).

Los contribuyentes que perciban ingresos mensuales mayores a cien mil córdobas

deberán reportarlo a la Administración de Rentas donde estén inscritos para que

estos sean colocados dentro del régimen general, y estos estarán obligados al

cumplimiento de las obligaciones tributarias de este régimen.

Según información obtenida por la entrevista a la Administradora de la Empresa

TELECABLE conceptualizamos que el Régimen General: son las empresas que

están obligadas a pagar el 1% sobre sus Ingresos totales y que el régimen al que

pertenece la empresa, es el régimen general y se pudo constatar mediando Guía de

Observación que la Matrícula del negocio refleja que la empresa pertenece al

Régimen General.

4.1.2 Estructura Tributaria

Según (Báez Cortés & Báez Cortés, 2001, pág. 47) los aspectos esenciales de los

principales impuestos que integran el Sistema Tributario nacional son:

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Figura 6: Estructura tributaria de Nicaragua Fuente: (Báez Cortés & Báez Cortés, 2001, pág. 47)

Los hermanos Báez consideraban que los Tributos se pueden Clasificar en Tasas,

Impuestos y Contribuciones Especiales; actualmente hay otras clasificaciones pero

se decidió trabajar con esta clasificación ya que es la que más se adapta a esta

Investigación.

La administradora de la Empresa TELECABLE mediante la Entrevista, clasificó los

Tributos de nuestro país en dos rubros, los cuales son: Nacionales y Municipales.

4.1.2.1 Definición de los Tributos

Son las prestaciones en dinero que el estado, en ejercicio de su poder de imperio,

exige con el objeto de obtener recursos para financiar el gasto público o para el

cumplimiento de otros fines de interés general(Ley Nº 822, 2012, pág. 10215)

Un Tributo es un impuesto que se paga al Estado para soportar los gastos públicos.

Estos pagos obligatorios son exigidos tantos a personas físicas, como a personas

jurídicas. La colecta de impuestos es la forma que tiene el Estado (como lo

TRIBUTOS

TASAS

MUNICIPALES

TASAS POR SERVICIO Y APROVECHAMIENTO

IMPUESTOS

DIRECTOS

IMPUESTO SOBRE LA

RENTA

IMPUESTO MUNICIPAL

IMPUESTOS SOBRE BIENES

INMUEBLES

INDIRECTOS

IMPUESTO AL VALOR

AGREGADO

IMPUESTO SELECTIVO AL

CONSUMO

CONTRIBUCIONES ESPECIALES

SEGURO SOCIAL

INATEC

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conocemos hoy en día), para financiarse y obtener recursos para realizar sus

funciones.

Según información obtenida en la Entrevista a la Administradora de la Empresa

TELECABLE definió los Tributos de la siguiente manera: son las erogaciones de

dinero que tienen que pagar las personas naturales y jurídicas por cualquiera que

sea su circunstancias.

4.1.2.2 Importancia de los Tributos

Según (DGI, 2013, pág. 1) los Tributos son aportes establecidos por Ley que deben

hacer las personas y las empresas, para que el Estado tenga los recursos suficientes

para brindar los bienes y servicios públicos que necesita la comunidad. Los tributos

son importantes porque:

1. El Estado puede obtener los recursos para poder brindar educación, salud,

seguridad, justicia, obras públicas y apoyo a los más necesitados, entre varias

cosas más.

2. Se puede conseguir más igualdad de oportunidades,

3. Es un acto de solidaridad al contribuir con el bienestar de los demás,

4. Es una forma de participar en los asuntos de la comunidad,

5. En ellos también se refleja lo que queremos como sociedad.

La recaudación de los Impuestos es una actividad muy importante, la cual consiste

en la percepción física y el apropiado aseguramiento de valores que por concepto del

impuesto y sanciones derivadas de la obligación tributaria, los contribuyentes deben

de pagar, esta contribución permitirá la realización de obras sociales que en

particular benefician a toda la población en general estas obras pueden ser:

Educación, salud, viviendas, carreteras, alumbrados eléctricos, agua etcétera.

Mediante la aplicación de la Entrevista a la Administradora de la Empresa

TELECABLE pudimos constatar que la importancia de los tributos radica en que lo

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recaudado es para ser distribuido en el Presupuesto General de la República con el

fin del desarrollo del país.

4.1.2.3 Principios Tributarios

1. Principio de Capacidad Económica: Lo podemos considerar como la regla básica en

el reparto o distribución de la carga tributaria. El que se pone de manifiesto para

configurar la tributación, que se haga según la capacidad económica, como un

objeto al cual sirven de manera instrumental los restantes principios o criterios de

justicia del sistema tributario, hasta el punto de que podría afirmarse que estos otros

criterios o reglas constituyen otras tantas derivaciones del principio fundamental de

la contribución según la capacidad económica. (Carrión, 2002, pág. 75)

2. Principio de Igualdad: la constitución establece el principio de igualdad como un

derecho y una garantía de las personas ante la ley sea cual sea su naturaleza, así

lo establece en el artículo 27 que dice “Todas las personas son iguales ante la ley y

tienen derecho a igual protección. No habrá discriminación por motivos de

nacimiento, nacionalidad, crédito político, raza, sexo, idioma, religión, opinión,

origen, posición económica o condición social.

3. Principio de Generalidad: se trata de un principio conectado con el de igualdad, en

el sentido de prohibiciones o privilegios en materia fiscal. (Carrión, 2002, pág. 78)

4. Principio de Progresividad: se entiende por progresividad aquella característica de

un sistema tributario según la cual a la medida que aumenta la riqueza de cada

sujeto, aumenta la contribución en proporción superior a los que tienen

menos.(Carrión, 2002, pág. 80)

5. Principio de Legalidad Tributaria: en este principio podemos decir abreviadamente,

es necesaria una ley formal para el establecimiento de tributos.

6. Principio de Seguridad Jurídica: el principio de seguridad social de la constitución

dice lo siguiente: los impuestos deben ser creados por la ley que establece su

incidencia, tipo de impuestos y las garantías a los contribuyentes. El estado no

obliga a pagar impuestos que previamente no estén establecidos en la ley. (Carrión,

2002, pág. 86)

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Se puede decir que los principios tributarios son los que rigen la imposición de los

impuestos por parte del estado a sus habitantes. En este caso Carrión, menciona

seis principios claves que el gobierno debe de tomar en cuenta a la hora de aprobar

una Ley Tributaria ya que de lo contrario no estaríamos en la obligación de pagar los

impuestos.

La administradora de la Empresa TELECABLE durante la Entrevista mencionó los

siguientes principios que deben regir las leyes tributarias de nuestro país, que son los

siguientes: Legalidad, Generalidad, Equidad, Suficiencia, Neutralidad y Simplicidad.

4.1.2.4 Contribuyentes

Grandes

En base a la(Disposición Técnica Nº19, 2007, pág. 1), se clasifican como Grandes

Contribuyentes y/o Grandes Responsables Retenedores y/o Grandes Responsables

Recaudadores, a todas las personas naturales o jurídicas que una vez analizado el

registro de la Declaración Anual de los períodos anteriores, presenten al menos una

de las siguientes variables:

1. Los que estén incluidos dentro del grupo de contribuyentes que por razón de sus

ingresos brutos en sus dos últimos periodos anuales acumulen un monto igual o

superior a los C$60,000,000.00 (Sesenta Millones de Córdobas), sea éste

periodo ordinario o especial.

2. Los fabricantes o importadores de bienes de la denominada industria fiscal.

3. Las Instituciones del Estado de Nicaragua, Entes Autónomos y Descentralizados.

4. Las empresas pertenecientes al Régimen de Zonas Francas Industriales de

Exportación.

Los grandes contribuyentes son todas las personas naturales o jurídicas que superen

los C$60,000,000.00 (sesenta millones de córdobas) en ingresos brutos que no sean

el tipo de empresa señalado en los incisos anteriores.

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Pequeños

Son pequeños contribuyentes sujetos a este impuesto, las personas naturales que

perciban ingresos mensuales menores o iguales a cien mil córdobas (C$100,000.00).

(Ley Nº 822, 2012, pág. 10246)

Los pequeños contribuyentes son aquellos que poseen ingresos menores a cien mil

córdobas mensuales, estos pueden ser pequeños comerciantes, dueños de pulperías

entre otros, y estos están sujetos a una cuota mensual que se acopla al rango de

ingresos que percibe.

Requisitos

Según (Ley Nº 822, 2012, pág. 10246)Estarán comprendidos en este régimen

especial, los pequeños contribuyentes que reúnan, los siguientes requisitos:

1. Obtengan ingresos por ventas mensuales iguales o menores a cien mil

córdobas (C$100,000.00); y

2. Dispongan de inventario de mercancías con un costo no mayor a quinientos

mil córdobas (C$500,000.00).

Los pequeños consumidores que no cumplan con uno de los requisitos establecidos

en la Ley, sobre los ingresos mensuales y los inventarios serán reclasificados como

grandes contribuyentes.

La Administradora dijo que la empresa en estudio pertenece a la categoría de

pequeños contribuyentes ya que ellos ganan menos de C$60,000,000 anuales, no

corresponde al Régimen de Zonas francas y no pertenece a ninguna institución del

Estado.

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4.1.2.5 Sujetos Activos y pasivos

Sujeto Activo

El Sujeto Activo para la recaudación de impuestos en nuestro país, es aquel a quien

la ley faculta para administrar y percibir los tributos, en su beneficio o en beneficios

de otros entes(Gutiérrez, 2004, pág. 211)

El Sujeto Activo que son las instituciones del estado encargados de ser los

recaudadores de los impuestos estipulados en las leyes de cada país, el estado tiene

el derecho de recaudar impuestos, tasas, contribuciones especiales por los órganos

descentralizados como lo son la Dirección General de Ingresos (DGI)y la Dirección

General de Servicios Aduaneros (DGA).

Mediante la Entrevista realizada a la Administradora de la Empresa TELECABLE se

constató que la entidad no es un Sujeto Activo puesto que no está facultada por la

ley para administrar y percibir los Tributos del país.

Sujeto Pasivo

La Ley indica que se trata de las personas naturales o jurídicas obligadas al pago de

los tributos siempre que se realice el hecho generador de esta obligación tributaria

sustancial (pagar el impuesto) y deben cumplir las obligaciones formales o

accesorias, entre otras: declarar, informar sus operaciones, conservar información y

facturar.(Gutiérrez, 2004, pág. 112)

El Sujeto Pasivo que vendrían siendo todos los contribuyentes que están obligados a

pagar impuestos definidos por las leyes que regulan los diferentes tipos de

impuestos, las personas pueden ser tanto jurídicas como naturales los cuales deben

amparar con los debidos soportes todas las declaraciones y pagos que realicen.

Así mismo con la Entrevista a la Administradora de la Empresa TELECABLE se

constató que es un Sujeto Pasivo ya que está obligada a pagar los Tributos

regulados por la Ley y a presentar sus respectivas declaraciones.

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Sujeto Activo Sujeto Pasivo

En este caso el sujeto activo es la DGI y los

organismos facultados por la Ley para

administrar y percibir los tributos en beneficio de

otros

En este caso el sujeto pasivo es la Empresa

TELECABLE debido a que se está obligada a

pagar los tributos de nuestro país.

Figura 7: Ejemplo de sujeto activo y pasivo Fuente: Elaboración propia, 2017

4.1.2.6 Período Fiscal

Ordinario: El Período Fiscal estará comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre

de Cada año.(Ley Nº 822, 2012, pág. 10218)

El Periodo Fiscal, es el lapso de tiempo sobre el cual se debe reportar la información

relacionada con los diferentes impuestos.

Mediante Entrevista realizada a la Administradora de la Empresa TELECABLE se

pudo confirmar que el Periodo Fiscal con el que trabaja la empresa para presentar su

información sobre los impuestos es el periodo ordinario, que comprende del 01 de

Enero al 31 de Diciembre de cada año.

Especial: La Administración Tributaria podrá autorizar períodos fiscales especiales

por rama de actividad, o a solicitud fundada del contribuyente con tres meses de

anticipación al inicio del período especial solicitado. Conforme el art. 50 de la LCT, el

período fiscal no podrá exceder de doce meses.(Decreto Nº 01, 2013, pág. 569)

Los contribuyentes tienen derecho a solicitar el período en el que desean pagar sus

impuestos, y cuando es distinto al Período Ordinario, este es llamado Periodo

Especial.

La Administradora de la Empresa TELECABLE afirmó que la entidad no cuenta con

un Período Especial para declarar y pagar los impuestos regulados por las leyes de

nuestro país.

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4.1.2.7 Clasificación de los Tributos

4.1.2.7.01 Impuestos Directos

Gravan el capital del contribuyente: en nuestro país, el acto de poseer bienes

inmuebles con un valor igual o mayor a lo establecido por la Ley (IBI), obtener

ingresos más allá de la base imponible, (IR), y obtener simplemente ingresos,

Impuesto Municipal sobre Ingresos. Los contribuyentes directos pueden ser:

industriales, profesionales, importadores, comisionistas, etc. (Gutiérrez, 2004, pág.

244)

El impuesto directo es un impuesto asociado directamente a una persona física o

jurídica, y que se calcula y aplica sobre el capital total de la misma, o sobre sus

ingresos globales en un período de tiempo dado. Un ejemplo de este tipo de

impuesto es el IR salario que se les retiene a los trabajadores de este país.

4.1.2.7.02 Impuestos Indirectos

Los Impuestos indirectos en Nicaragua gravan el consumo y constituyen el gran

soporte de los ingresos tributarios del estado. No son equitativos pues igual paga el

rico que el pobre. Algunos de los impuestos indirectos vigentes en Nicaragua son:

Impuesto sobre el valor agregado (IVA), Impuesto Selectivo al Consumo (ISC),

Derechos Arancelarios a la Importación (DAI). (Gutiérrez, 2004, pág. 245)

El impuesto indirecto es aquel impuesto que debe pagar una persona por consumir

algo, por utilizar algo, los impuestos indirectos por lo general descansan en la

necesidad de las personas de consumir ciertos bienes y servicios.

La Administradora de la Empresa TELECABLE mediante la entrevista describió los

impuestos directos e indirectos de la siguiente manera:

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Figura 8: Descripción de impuestos directos e indirectos Fuente: Información obtenida mediante aplicación de instrumentos, 2017

4.1.2.7.03 Tasas

Según (Ley Nº 562, 2005, pág. 14), Son los Tributos cuya obligación se genera al

producirse el hecho generador la prestación efectiva o potencial de un servicio

público individualizado en el contribuyente. Su producto no debe tener un destino

ajeno al servicio que constituye el presupuesto de la obligación. No es tasa la

contraprestación recibida del usuario en pago de servicios no inherentes al estado.

Las Tasas son contribuciones económicas que hacen los usuarios de un servicio

prestado por el estado. La tasa no es un impuesto, sino el pago que una persona

realiza por la utilización de un servicio, por tanto, si el servicio no es utilizado, no

existe la obligación de pagar.

La Administradora de la Empresa TELECABLE define las Tasas como un Tributo

cuyo hecho imponible es la prestación de servicios o la realización de actividades de

derecho público, que afecten o beneficien al contribuyente. Por ejemplo la Tasa

destinada a cobrarse por el uso de cada metro cuadrado de inmueble.

Impuestos

Directos Indirectos

La riqueza (Renta, patrimonio, beneficios

Uso de la riqueza (Consumo, y venta)

Lo pagan Lo pagan

Trabajadores Empresarios Los consumidores

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4.1.2.7.04 Contribuciones

Según (Ley Nº 562, 2005, pág. 14), La contribución especial: Es el Tributo cuya

obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de

determinadas obras públicas y cuyo producto no debe tener un destino ajeno a la

financiación de dichas obras o a las actividades que constituyen el presupuesto de la

obligación.

Las Contribuciones Especiales son aquellas que se originan debido a algún servicio

público como por ejemplo encunetados, servicio de recolección de basura estos son

impuestos que se deben pagar para poder cubrir estos servicios y además estas

contribuciones no deben de tener un fin contrario al origen de este.

La Administradora de la Empresa TELECABLE durante la entrevista respondió que

las Contribuciones son los Tributos que consisten en la obtención de un impuesto

que tiene como fin beneficiar las obras públicas y actividades estatales. Por ejemplo

el tren de aseo que pagamos a la Alcaldía de Matagalpa.

4.1.2.8 Impuestos

Según (Ley Nº 562, 2005, pág. 14), es el tributo cuya obligación se genera al

producirse el hecho generador contemplado en la ley y obliga al pago de una

presentación a favor del estado, sin contraprestación individualizada en el

contribuyente.

Los Impuestos son Tributos que cada persona, familia o empresa deben pagar al

Estado para costear las necesidades colectivas, contribuyendo así con una parte de

sus Ingresos.

Mediante la Entrevista realizada a la Administradora de la Empresa TELECABLE, se

puede definir el concepto de impuesto como los Tributos que toda persona natural o

jurídica deben pagar al gobierno de nuestro país ya sea por compra o venta de

bienes o servicios.

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4.1.2.8.01 Impuesto Sobre la Renta (IR)

4.1.2.8.01.1 Definición

Es el gravamen fiscal que afecta la renta neta originada en Nicaragua de toda

persona natural o jurídica, residente o no en el país. (Báez & Báez, 2011, pág. 37)

Es un impuesto que se le aplica a las utilidades o ingresos netos de las personas

naturales o jurídicas, residentes o no, variando su porcentaje a pagar según la

Utilidad generada por el contribuyente.

La contadora de la Empresa TELECABLE definió el IR como el impuesto que afecta

directamente los Ingresos o Utilidad de las personas jurídicas o naturales legalmente

constituidas.

4.1.2.8.01.2 Rentas de Actividades Económicas

Definición

Son rentas de actividades económicas, los ingresos devengados o percibidos en

dinero o en especie por un contribuyente que suministre bienes y servicios,

incluyendo las rentas de capital y ganancias y pérdidas de capital, siempre que éstas

se constituyan o se integren como rentas de actividades económicas.

Constituyen rentas de actividades económicas las originadas en los sectores

económicos de: agricultura, ganadería, silvicultura, pesca, minas, canteras,

manufactura, electricidad, agua, alcantarillado, construcción, vivienda, comercio,

hoteles, restaurantes, transporte, comunicaciones, servicios de intermediación

financiera y conexos, propiedad de la vivienda, servicios del gobierno, servicios

personales y empresariales, otras actividades y servicios. Dentro de la sectorización

de actividades económicas se incluyen las originadas del ejercicio de profesiones,

artes y oficios, entre otros. (Ley Nº 822, 2012, pág. 10216)

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Son todos los ingresos o beneficios que recibe una empresa por sus actividades

económicas (venta de bienes o servicios), a los cuales se les aplicara un porcentaje

de deducción establecido por la ley.

Mediante la Entrevista a la Contadora de la Empresa TELCABLE se constató que las

Rentas de Actividades Económicas son las que se aplican anualmente, originadas de

las diferentes actividades empresariales tales como: Pesca, artesanía, industria,

servicio etc. En el caso de TELECABLE la actividad de servicios, es la que genera

Rentas de Actividades Económicas.

Exoneraciones

Según (Ley Nº 822, 2012, pág. 10220), están exentos del pago de impuestos los

siguientes:

Las Universidades y los Centros de Educación Técnica Superior, de

conformidad conelartículo125 dela Constitución Política de la República de

Nicaragua, así como los centros de educación técnica vocacional;

Los Poderes de Estado, ministerios, municipalidades, consejos y gobiernos

regionales y autónomos, entes autónomos y descentralizados y demás

organismos estatales, en cuanto a sus rentas provenientes de sus actividades

de autoridad o de derecho público;

Las iglesias, denominaciones, confesiones y fundaciones religiosas que

tengan personalidad jurídica, en cuanto a sus rentas provenientes de

actividades y bienes destinadas exclusivamente a fines religiosos;

Lasinstitucionesartísticas,científicas,educativasyculturales,sindicatosde

trabajadores, partidos políticos, Cruz Roja Nicaragüense, Cuerpos de

Bomberos, instituciones de beneficencia y de asistencia

social,comunidadesindígenas,asociacionescivilessinfinesdelucro,fundaciones,f

ederaciones y confederaciones, que tengan personalidad jurídica;

Las sociedades cooperativas legalmente constituidas que obtengan rentas

brutas anuales menores o iguales a cuarenta millones de córdobas

(C$40,000,000.00)

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Las representaciones diplomáticas, siempre que exista reciprocidad, así como

las misiones y organismos internacionales.

Para las Rentas por Actividades Económicas podemos encontrar exenciones para

los centros de educación superior como las universidades y centros de educación

técnica, así como los poderes del estado u organismos estatales, además de los

organismos relacionados con la religión con personalidad jurídica y las sociedades

cooperativas.

La Empresa TELECABLE no se encuentra exenta de ninguno de los incisos

anteriores sobre la renta de actividades económicas.

Base imponible

Según (Ley Nº 822, 2012, pág. 10220) la base imponible sujeta a retenciones

definitivas del IR sobre las rentas percibidas por contribuyentes no residentes, es la

renta bruta.

La renta neta de los contribuyentes con ingresos brutos anuales menores o iguales a

doce millones de córdobas (C$12,000.000.00), se determinará como la diferencia

entre los Ingresos percibidos menos los Egresos pagados, o flujo de efectivo, por lo

que el valor de los activos adquiridos sujetos a depreciación será de deducción

inmediata, conllevando a depreciación total en el momento en que ocurra la

adquisición.

Para comprender mejor la renta de actividades económicas las dividiremos en los

cuadros siguientes:

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Menos Igual a

Figura 9: Gráfico de la renta neta

Fuente: (Báez & Báez, 2011)

La Contadora de la Empresa TELECABLE confirmó que la base imponible para las

Rentas de Actividades Económicas son sus Ingresos anuales menos los Egresos.

Alícuota:

Según (Ley Nº 822, 2012, pág. 10223) la alícuota del IR a pagar por la Renta de

Actividades Económicas, será del treinta por ciento (30%). Los contribuyentes

personas naturales y jurídicas con ingresos brutos anuales menores o iguales a doce

millones de córdobas (C$12,000.000.00), liquidarán y pagarán el IR aplicándole a la

Renta Neta la siguiente tarifa:

Estratos de Renta Anual Porcentaje aplicable sobre

la Renta Neta % De C$ Hasta C$

0.01 100,000.00 10%

100,000.01 200,000.00 15%

200,000.01 350,000.00 20%

350,000.01 500,000.00 25%

500,000.01 A mas 30%

Figura 10: Porcentaje aplicable a renta neta Fuente (Ley Nº 822, 2012, pág. 10224)

Cuando el contribuyente genere ingresos anuales mayores a C$12,000,000.00

deberá aplicar a la renta neta la tabla antes descrita.

Renta neta Deducciones Renta Bruta

Costos y gastos

asociados a la

actividad

generadora de

renta que la ley

permite deducir.

Monto al que deberá

aplicarle la tasa o

alícuota del IR 30%

para las personas

jurídicas.

Totalidad de los

ingresos obtenidos

en forma periódica,

eventual u

ocasional, sean

estos en dinero

efectivo, bienes,

prestación de

servicios u otros

beneficios.

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La Empresa TELECABLE no aplica la figura antes descrita, debido a que sus

ingresos anuales son superiores a C$12,000,000.00.

4.1.2.8.01.3 Rentas de Trabajo

Definición

Son Rentas de Trabajo las provenientes de toda clase de contraprestación,

retribución o ingreso, cualquiera sea su denominación o naturaleza, en dinero o

especie, que deriven del trabajo personal prestado por cuenta ajena en el territorio

nacional. Como rentas del trabajo, se incluyen los salarios y demás ingresos

percibidos por razón del cargo, tales como: sueldos, sonaja, antigüedad, bonos,

sobre sueldos, sueldos variables, reconocimientos al desempeño y cualquier otra

forma de remuneración adicional. Asimismo, se consideran rentas del trabajo,

aunque no respondan a las características de los párrafos anteriores, entre otras, las

siguientes:

1. Las cantidades que se les paguen o acrediten por razón del cargo, a los

representantes nombrados en cargos de elección popular y a los miembros de otras

instituciones públicas; y

2. Las retribuciones de los administradores y miembros de los órganos de

administración y demás miembros de otros órganos representativos de sociedades

anónimas y otros entes jurídicos. (Ley Nº 822, 2012, pág. 10215)

Se entiende por Renta del Trabajo la remuneración total, monetaria o no monetaria,

que paga un empleador a su asalariado como contrapartida del trabajo realizado

durante el período de referencia de los ingresos, es decirse consideran rentas de

trabajo aquellos pagos percibidos por el empleador.

Mediante la Entrevista la Contadora de la Empresa TELECABLE definió las Rentas

de Trabajo como las retribuciones otorgadas por el empleador a sus trabajadores.

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Exenciones

Según (Ley Nº 822, 2012, pág. 10218) se encuentran exentas del IR de rentas de

trabajo:

Hasta los primeros cien mil córdobas (C$100,000.00) de renta neta

devengada o percibida por el contribuyente, la cual estará incorporada en la

tarifa establecida en el artículo 23;

El décimo tercer mes, o aguinaldo, hasta por la suma que no exceda lo

dispuesto por el Código del Trabajo;

Las indemnizaciones de hasta cinco meses de sueldos y salarios que reciban

los trabajadores o sus beneficiarios contempladas en el Código del Trabajo,

otras leyes laborales o de la convención colectiva. Las indemnizaciones

adicionales a estos cinco meses también quedarán exentas hasta un monto

de quinientos mil córdobas (C$500,000.00),cualquier excedente de este monto

quedará gravado con la alícuota de retención definitiva establecida en el

numeral 1 del artículo 24 de esta Ley;

Los demás beneficios en especie derivados de la convención colectiva,

siempre que se otorguen en forma general a los trabajadores;

Las prestaciones pagadas por los distintos regímenes de la seguridad social,

tales como pensiones y jubilaciones;

Las prestaciones pagadas por fondos de ahorro y/o pensiones distintos a los

de la seguridad social, que cuenten con el aval de la autoridad competente, o

bien se encuentren regulados por leyes especiales;

Las indemnizaciones pagadas como consecuencia de responsabilidad civil por

daños materiales a las cosas, o por daños físicos o psicológicos a las

personas naturales; así como las indemnizaciones provenientes de contratos

de seguros por idéntico tipo de daños, excepto que constituyan rentas o

ingresos;

Lo percibido, uso o asignación de medios y servicios necesarios para ejercer

las funciones propias del cargo, tales como: viáticos, telefonía, vehículos,

combustible, gastos de depreciación y mantenimiento de vehículo, gastos de

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representación y reembolsos de gastos, siempre que no constituyan renta o

una simulación u ocultamiento de la misma;

Las remuneraciones y toda contraprestación o ingresos que los gobiernos

extranjeros paguen a sus funcionarios y trabajadores de nacionalidad

extranjera y que desempeñen su trabajo en relación de dependencia en

representaciones diplomáticas y consulares en territorio nicaragüense, o bien

se trate de cargos oficiales y, en general, todas las contraprestaciones o

ingresos que estos funcionarios y trabajadores perciban de sus respectivos

gobiernos, siempre que exista reciprocidad; excepto los nacionales que

presten servicio en dichas representaciones y cuando su remuneración no

esté sujeta a un tributo análogo en el país de procedencia de la remuneración;

Las remuneraciones y toda contraprestación o ingreso que las misiones y los

organismos internacionales paguen a sus funcionarios y trabajadores de

nacionalidad extranjera, y que desempeñen su trabajo en relación de

dependencia en la representación oficial en territorio nicaragüense, excepto

los nacionales que presten servicio en dichas representaciones.

Las Rentas de Trabajo a las cuales no se les aplica impuestos son: el aguinaldo, los

primeros C$100,000 córdobas de su salario, los 5 meses de indemnización a los que

tienen derecho los trabajadores nicaragüenses, los beneficios recibidos no

monetarios como por ejemplo si la empresa en donde trabajamos decide regalarnos

una canasta básica esta no estará sujeta a este tipo de retención, las prestaciones

dadas por el INSS o cualquier otra institución aseguradora a través de cualquiera de

los regímenes ya sean pensiones o jubilaciones no estarán sujetas de retención así

que serán dadas íntegramente, prestaciones pagadas por fondos de ahorros por

ejemplo los ingresos financieros percibidos por parte de los bancos de ahorros

bancarios, indemnizaciones otorgadas por responsabilidad civil un ejemplo de ello es

el desembolso de las aseguradoras reponiendo algún bien que se haya perdido de

una u otra manera no serán sujetas a este tipo de retención, lo que las empresas nos

dan como gastos de representación, en reposición de combustible, llamadas o

demás gastos que la empresa considere necesario pagarlos no serán sujetos a este

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Javier Lagos – Norvin García Página 36

tipo de retención, las remuneraciones o ingresos que los gobiernos, misiones u

organismos extranjeros pagan a sus funcionarios extranjeros en representación de

ellas mismas en nuestro país no se les aplicará este tipo retención salvo que estos

representantes sean de nacionalidad nicaragüense.

La Contadora de la Empresa TELECABLE afirmó que conocía las diferentes

exenciones que se le aplica a la Renta de Trabajo entre las cuales mencionó las

siguientes: Aguinaldo, Indemnización entre otros.

Base imponible

La base imponible del IR de las rentas del trabajo es la renta neta. La renta neta será

el resultado de deducir de la renta bruta no exenta, o renta gravable, el monto de las

deducciones autorizadas. (Ley Nº 822, 2012, pág. 10218)

Para las rentas de trabajo la base imponible serán los salarios que el contribuyente

reciba derivados de la prestación de sus servicios.

Expresa la Contadora de la Empresa TELECABLE que las Rentas de Trabajo tienen

como base imponible los Ingresos o salarios recibidos por sus labores diarias o

servicios prestados.

Alícuota

Los contribuyentes residentes determinarán el monto de su IR a pagar por las rentas

del trabajo con base en la renta neta, conforme la tarifa progresiva siguiente:

Estratos de

Renta Neta Anual

Impuesto

base

Porcentaje

aplicable

Sobre exceso de

De C$ Hasta C$ C$ % C$

0.01 100,000.00 0.00 0.0% 0.00

100,000.01 200,000.00 0.00 15.0% 100,000.00

200,000.01 350,000.00 15,000.00 20.0% 200,000.00

350,000.01 500,000.00 45,000.00 25.0% 350,000.00

500,000.01 a más 82,500.00 30.0% 500,000.00

Figura 11: Tarifa progresiva IR rentas de trabajo Fuente (Ley Nº 822, 2012, pág. 10219)

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Para aplicar la alícuota de las rentas de trabajo (tabla anterior) los trabajadores

deben ganar más de C$100,000.00 anuales después de deducir el INSS laboral, ya

que si se gana igual o menor a la cantidad antes mencionada no se podrá aplicar

retención.

La Contadora de la Empresa ETELCABLE afirmó que para la alícuota de las Rentas

de Trabajo existe una tabla progresiva para los salarios variables y los salarios fijos.

4.1.2.8.01.4 Rentas de Capital y Ganancias o Pérdidas de Capital

Definición

Son Rentas de Capital los Ingresos devengados o percibidos en dinero o especie,

provenientes de la explotación o disposición de activo bajo cualquier figura jurídica,

tales como: enajenaciones, cesión, permuta, remate, dación o adjudicación en pago

entre otras.

Son ganancias y pérdidas de capital, las variaciones en el valor de los elementos

patrimoniales del contribuyente, como consecuencia de la enajenación de bienes, o

cesión o traspaso de derechos. Así mismo, constituyen ganancias de capital las

provenientes de juegos, apuestas, donaciones, herencias y legados. (Ley Nº 822,

2012, pág. 10216)

Las Ganancias o Pérdidas de Capital son las Utilidades o Ingresos recibidos por

parte de una entidad por medio de las ganancias que obtiene ya sea por alquiler o

venta de los activos que posee. Tomando en consideración que además el dueño de

la empresa puede involucrarse en juegos y apostar los bienes que son propiedad de

la entidad y obtener ganancia o pérdida de capital.

La Contadora de la Empresa TELECABLE expresó durante la Entrevista que las

Rentas de Capital, son las que se originan por el capital mobiliario el inmobiliario y

por los arrendamientos, además afirmo que dicha renta no se aplicaba a la empresa

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por que la entidad no cuenta con terrenos y edificios propios si no que alquila el local

donde brindan su servicios de televisión por cable.

Alícuota

Según(Ley Nº 822, 2012, pág. 10228). La alícuota del IR a pagar sobre las rentas de

capital y las ganancias y pérdidas de capital es:

1. Cinco por ciento (5%), para la transmisión de activos.

2. Diez por ciento (10%), para residentes y no residentes.

En la transmisión de bienes sujetos a registro ante una oficina pública, se aplicarán

las siguientes alícuotas de retención a cuenta del IR a las rentas de capital y

ganancias y pérdidas de capital:

Equivalentes en córdobas del valor del bien en US$ Porcentaje Aplicable

De Hasta

0.01 50,000.00 1.00%

50,000.01 100,000.00 2.00%

100,000.01 200,000.00 3.00%

200,000.01 Mas 4.00%

Figura 12: Tabla progresiva para alícuota del IR Fuente(Ley Nº 822, 2012, pág. 10228)

El IR a pagar por las rentas de capital y las ganancias y pérdidas de capital, es el

monto que resulte de aplicar las alícuotas del impuesto a la base imponible.

De igual manera como las rentas de trabajo y las de actividad económica las rentas

de capital y las ganancias y pérdidas de capital están regidas por la ley para aplicar

la alícuota correspondiente y cumplir con la tabla ya establecida clasificada por

estratos y aplicar dicha alícuota.

Sigue mencionando la Contadora de la Empresa TELECABLE que esta entidad no

aplica las alícuotas de la Renta de Capital por que no tiene bienes mobiliarios e

inmobiliarios, y no tiene ingresos por arrendamiento de terrenos o edificios.

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4.1.2.8.01.5 IR Anual

El IR anual es el monto que resulte de aplicar a la renta neta la alícuota del

impuesto.(Ley Nº 822, 2012, pág. 10224)

Se puede decir que el IR Anual es deducirle los Gastos a los Ingresos y al monto

sobrante aplicarle las alícuotas del IR.

La Contadora de la Empresa TELECABLE afirmó que el IR Anual es el Tributo o

Impuesto que resulta de la resta ingresos menos Costos y Gastos igual a Utilidad del

periodo, a la cual se le aplica el porcentaje del 30%.

4.1.2.8.01.6 Retenciones en la fuente

Definición

Este régimen es un mecanismo de recaudación del IR, mediante el cual los

responsables recaudadores retienen, por cuenta del estado, un porcentaje del IR

mediante el cual los responsables de otro contribuyente cuando este realizan compra

de bienes y servicios. Los grandes contribuyentes y las personas exentas de pagar

IR no están sujetos a retenciones en la fuente, para lo cual deben presentar siempre

su constancia. (Báez & Báez, 2011, pág. 41)

Las Retenciones en la Fuente significa que son aquellas que recaudan a cuenta del

IR, y estás obligan a los responsables retenedores a retener de acuerdo a la

clasificación que hace la ley de concertación tributaria.

La Contadora de la Empresa TELECABLE expresó que el término Retención en la

fuente representa un recaudo anticipado del Impuesto sobre la Renta, que consiste

en deducirle al pago una Tasa establecida por la Ley a cargo del prestador del

servicio o del contribuyente.

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Javier Lagos – Norvin García Página 40

Compra de bienes y servicios en general

Del 2 % (dos por ciento): Sobre la compra de bienes y prestación de servicios en

general, incluyendo los servicios prestados por personas jurídicas, trabajos de

construcción, arrendamiento y alquileres, que estén definidos como rentas de

actividades económicas.(Decreto Nº 01, 2013, pág. 270)

Se aplica a las personas que generen ingresos por suministrar bienes o servicios,

además se incluyen las rentas de capital siempre que estas estén constituidas como

rentas de actividades económicas.

La Entidad en estudio aplica el porcentaje del 2% para la compra de bienes y

servicios en general.

Compra de servicios técnicos y profesionales

Del 10% (diez por ciento): Sobre servicios profesionales o técnico superior, prestados

por personas naturales.(Decreto Nº 01, 2013, pág. 270)

A toda persona natural o jurídica que nos brinde un servicio técnico y profesional le

deberemos retener el 10% del valor económico o monto que le vayamos a cancelar

La entidad en estudio aplica el porcentaje del 10% por compra de servicios técnicos

y profesionales prestado por personas naturales y el 2% a las empresas que tienen

personería jurídica.

4.1.2.8.01.7 Pago Mínimo

Definición

El IR Anual está sujeto a un Pago Mínimo Definitivo que pagarán las personas

jurídicas en general y las naturales que realicen actividades empresariales o de

negocios y que están sujetas al pago del IR. Se determinara calculando el 1% sobre

el monto de la Renta Bruta Anual. (Báez & Báez, 2011, pág. 44)

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Javier Lagos – Norvin García Página 41

Es el anticipo que se paga mensualmente sobre la renta bruta por renta de

actividades económicas, por las personas naturales o jurídicas que están obligadas a

pagar el IR Anual.

Para la Contadora de la Empresa TELECABLE el Pago Mínimo Definitivo es el

Impuesto del 1% sobre los Ingresos del mes y deberán pagarlo todas las personas

naturales o jurídicas que realicen actividades económicas y que estén sujetas al

pago del IR Anual.

Base imponible

La base imponible del pago mínimo definitivo es la renta bruta anual del

contribuyente y su alícuota es del uno por ciento (1.0%). (Ley Nº 822, 2012, pág.

10224)

La ley determina que el cálculo del pago mínimo son los ingresos brutos anuales. El

porcentaje de aplicación es del 1.0% sobre los ingresos percibidos.

La Contadora sigue recalcando que aplica la base imponible dispuesta en la Ley la

cual es el 1% sobre los Ingresos percibidos.

Determinación del pago mínimo definitivo

El Pago Mínimo Definitivo se calculará aplicando la alícuota del uno por ciento (1.0%)

sobre la renta bruta gravable. Del monto resultante como Pago Mínimo Definitivo

anual se acreditarán las retenciones a cuenta de IR que les hubieren efectuado a los

contribuyentes y los créditos tributarios a su favor.

El pago mínimo definitivo se realizará mediante anticipos mensuales del uno por

ciento (1.0%) de la renta bruta, del que son acreditables las retenciones mensuales

sobre las ventas de bienes, créditos tributarios autorizados por la Administración

Tributaria y servicios que les hubieren efectuado a los contribuyentes; si resultare un

saldo a favor, éste se podrá aplicar a los meses subsiguiente (Ley Nº 822, 2012, pág.

10224)

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Javier Lagos – Norvin García Página 42

Se aplicará el 1% sobre los ingresos brutos para determinar el pago mínimo definitivo

mensual, además que todas las retenciones del IR que fueron aplicadas al

contribuyente en periodos anteriores deberán ser deducidos del monto que resulte

de su pago mínimo definitivo anual.

La Contadora expresa que paga anticipos mensuales del 1% correspondiente al

Pago Mínimo Definitivo siendo aplicado a la renta bruta que se obtiene del servicio

de cable brindado a los Clientes de este departamento.

4.1.2.8.01.8 Retenciones Definitivas

Sobre dietas y a contribuyentes no residentes.

Se establecen las siguientes alícuotas de retención definitiva de Rentas de Trabajo

según (Ley Nº 822, 2012, pág. 10219):

Del diez por ciento (10%) a las indemnizaciones.

Del doce punto cinco por ciento (12.5%) a las dietas percibidas en reuniones o

sesiones de miembros de directorios, consejos de administración, consejos u

organismos directivos o consultivos y otros consejos u organismos similares

Del veinte por ciento (20%) a los contribuyentes no residentes.

Las retenciones por dietas tendrán la alícuota del 10% para la indemnización, 12.5%

para las reuniones de los socios según los establecido en la acta constitutiva de la

empresa y del 20% para los contribuyentes no residentes.

En la Empresa TELECABLE afirmaron que 12.5% a las dietas otorgadas por

reuniones o cesiones de miembros de directivos de la entidad pero no ha aplicado

hasta la fecha retenciones por servicios profesionales de personas no residentes.

Para las rentas de actividades económicas

Las retenciones definitivas obtenidas por no residentes se devengan

inmediatamente.(Ley Nº 822, 2012, pág. 10223)

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Javier Lagos – Norvin García Página 43

Toda persona que no reside en el país también está obligada al pago de retenciones

de acuerdo a lo estipulado en la Ley, según el porcentaje establecido se le aplicara

por los servicios que brindan sin importar cuál sea su actividad económica que este

venga a realizar al país.

La Contadora expresó que no les hacen Retenciones Definitivas para no residentes

ya que la Empresa TELECABLE fue constituida en Nicaragua por lo que es una

entidad residente de este país y además la tasa aplicable por actividades

económicas de los no residentes es el 3%.

4.1.2.8.02 Impuesto al Valor Agregado (IVA)

4.1.2.8.02.1 Definición

El IVA es un impuesto indirecto que grava el consumo general de bienes o

mercancías, servicios, y el uso o goce de bienes, mediante la técnica del valor

agregado (Ley Nº 822, 2012, pág. 10231)

El IVA es un impuesto que es financiado por el consumidor, debido a que se trata de

un impuesto indirecto, en virtud de que los contribuyentes del mismo no lo pagan

directamente, sino que lo trasladan o cobran a una tercera persona, hasta llegar al

consumidor final.

La Contadora de la Empresa TELECABLE expreso durante la entrevista que el IVA

es el impuesto con el que se grava algunas compras y servicios, únicamente a través

de facturas.

4.1.2.8.02.2 Sujetos al Impuesto

Sujetos pasivos

Son sujetos pasivos del IVA, las personas naturales o jurídicas, fideicomisos, fondos

de inversión, entidades y colectividades, así como los establecimientos permanentes

que realicen los actos o actividades aquí indicadas. Se incluyen en esta disposición,

los Poderes de Estado, ministerios, municipalidades, consejos y gobiernos regionales

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y autónomos, entes autónomos y descentralizados y demás organismos estatales,

cuando éstos adquieran bienes, reciban servicios o usen o gocen bienes; así mismo,

cuando enajenen bienes, presten servicios u otorguen el uso o goce de bienes que

no tengan relación con sus atribuciones y funciones de autoridad o de derecho

público.(Ley Nº 822, 2012, pág. 10232)

Es aquella persona natural o jurídica en la recae el pago del impuesto o tributo y, por

tanto, está obligada a cumplir y hacer cumplir las obligaciones tributarias. El objetivo

del contribuyente es pagar los impuestos para financiar al Estado y este pueda

brindar los servicios públicos sin ningún problema.

Para la entidad en estudio en cuanto al Impuesto del IVA, el sujeto pasivo es la

empresa que vende un producto, mientras que el contribuyente es el consumidor

final del producto, al ser quien paga realmente el impuesto. Por lo cual la Empresa

TELECABLE es un sujeto pasivo.

4.1.2.8.02.3 Exenciones

Según(Ley Nº 822, 2012, pág. 10232) se encuentran exentos del IVA los siguientes

organismos o entidades:

1. Las Universidades y los Centros de Educación Técnica Superior

2. Los Poderes del Estado, en cuanto a donaciones que reciban

3. Los gobiernos municipales y gobiernos regionales, en cuanto a maquinaria y

equipos, asfalto, cemento, adoquines, y de vehículos empleados en la

construcción y mantenimiento de carreteras, caminos, calles y en la limpieza

pública

4. El Ejército de Nicaragua y la Policía Nacional

5. Los Cuerpos de Bomberos y la Cruz Roja Nicaragüense

6. Las iglesias, denominaciones, confesiones religiosas constituidas como

Asociaciones y fundaciones religiosas que tengan personalidad jurídica, en

cuanto a los bienes destinados exclusivamente a sus fines religiosos

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Javier Lagos – Norvin García Página 45

7. Las cooperativas de transporte, en cuanto a equipos de transporte, llantas

nuevas, insumos y repuestos, utilizados para prestar servicios de transporte

público

8. Las representaciones diplomáticas y consulares, y sus representantes,

siempre que exista reciprocidad, excepto los nacionales que presten servicios

en dichas representaciones

9. Las misiones y organismos internacionales, así como sus representantes,

excepto los nacionales que presten servicios en dichas representaciones.

La Sujetos exentos son las Universidades, y los Centros de Educación Técnica

Superior, los Poderes del Estado en cuanto a las donaciones que reciban y el

material utilizado para obras y limpiezas públicas, las Cooperativas de transporte en

cuanto a los insumos utilizados en el los vehículos y las organizaciones religiosas

legalmente constituidas.

La Contadora de la Empresa TELECABLE conoce algunas de las exenciones del IVA

sin embargo no las aplica debido a que esta entidad no se encuentra exenta del IVA.

4.1.2.8.02.4 Base Imponible

Según (Ley Nº 822, 2012, pág. 10233) la base imponible del IVA es el precio de la

transacción establecido en la factura o documento respectivo, más toda cantidad

adicional por cualquier tributo, servicio o financiamiento no exento de este impuesto y

cualquier otro concepto, excepto para los siguientes casos:

1. En la enajenación de los siguientes bienes: bebidas alcohólicas, cerveza,

cigarros (puros), cigarritos (puritos), cigarrillos, aguas gaseadas y aguas

gaseadas con adición de azúcar o aromatizadas, la base imponible será el

precio al detallista.

2. En el caso de faltantes de inventarios, destrucción de bienes o mercancías y

donaciones no deducibles para efectos del IR de rentas de actividades

económicas, la base imponible será el precio consignado en las facturas de

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Javier Lagos – Norvin García Página 46

bienes o mercancías similares del mismo responsable recaudador o, en su

defecto, el valor de mercado, el que sea mayor.

3. Cuando la enajenación de un bien gravado conlleve la prestación de un

servicio no gravado, la base imponible será el valor conjunto de la enajenación

y de la prestación del servicio.

La base imponible para el IVA es el valor convenido en la transacción reflejado en un

documento o en la factura antes de cualquier otro impuesto reflejado en la factura,

determinado de distinta forma para: Entregas de bienes o prestaciones de servicios.

Adquisiciones intracomunitarias e Importaciones.

Para la entidad en estudio la base imponible del IVA será la cantidad pactada en la

factura más toda cantidad por otros impuestos, derechos intereses u otros, a la que

se le aplicará el 15 % establecido en la Ley.

Alícuota

La alícuota del IVA es del quince por ciento (15%), salvo en las exportaciones de

bienes de producción nacional y de servicios prestados al exterior, sobre las cuales

se aplicará una alícuota del cero por ciento(0%). (Ley Nº 822, 2012, pág. 10231).

En nuestro país para importar cualquier bien o producto procedente de tierras

extranjeras, se aplica una tasa del 15%, pero para exportar los productos nacionales

hacia el extranjero dicha tasa de aplicación es el 0%.

Existe también una tasa especial del 7% que aplica sobre el consumo domiciliar de

energía eléctrica, comprendido en el rango de 300 a 1000 kw/h.(Báez & Báez, 2011,

pág. 52)

Para el IVA es el porcentaje del 15% que se calcula proporcionalmente sobre el valor

base del producto, bien, servicio o mercancía a considerar. A excepción de la

exportación y el consumo de energía.

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Javier Lagos – Norvin García Página 47

Para la empresa en estudio la alícuota del IVA es el 15 % para sus servicios de

televisión por cable.

4.1.2.8.03 Impuesto Selectivo al consumo (ISC)

4.1.2.8.03.1 Definición

El ISC es un Impuesto indirecto que grava el consumo selectivo de bienes o

mercancías. (Ley Nº 822, 2012, pág. 10237)

Es un Impuesto que grava la transferencia de algunos bienes específicos de

producción industrial nacional a nivel de fabricante, su importación y la prestación o

locación de los servicios.

La Contadora de la Empresa TELECABLE expresó que el Impuesto Selectivo es el

que se le aplica a la trasformación de materia prima a nivel nacional, y que a pesar

de ser una Empresa de Servicio no aplica dicho impuesto.

4.1.2.8.03.2 Sujetos al Impuesto

Sujetos pasivos

Según (Ley Nº 822, 2012, pág. 10238) están sujetos a las disposiciones de este

título:

1. El fabricante o productor no artesanal, en la enajenación de bienes gravados

2. El ensamblador y el que encarga a otros la fabricación o producción de bienes

gravados

3. Las personas naturales o jurídicas, fideicomisos, fondos de inversión,

entidades y colectividades, que importen o introduzcan bienes gravados, o en

cuyo nombre se efectúe la importación o introducción.

Están sujetos al Impuesto todos los fabricantes o productores transformadores de

materia prima, las personas que importen bienes a nuestro país y los que le

encargan a otras personas terminar productos que gravan este impuesto.

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La Entidad en estudio no aplica el ISC ya que la Ley no contempla que el servicio de

televisión por cable sea gravado con este impuesto, sin embargo si lo aplicara esta

sería un Sujeto Pasivo.

4.1.2.8.04 Impuestos Municipales

4.1.2.8.04.1 Definición

Son Impuestos Municipales las prestaciones en dinero que los municipios establecen

de carácter obligatorio a todas aquellas personas naturales o jurídicas, cuya situación

coincida con los que la ley o este plan de árbitro señalan como hechos generadores

de crédito. (Decreto Nº 455, 1989, pág. 1)

Es la aplicación de un impuesto para satisfacer una necesidad pública de manera

indirecta. Es decir, se recauda y lo producido de la recaudación (el dinero) se aplica

en gastos para financiar diversos servicios públicos.

Para la Contadora de la Empresa TELECABLE los Impuestos Municipales son los

aplicados por las diferentes municipalidades del país, en nuestro caso, municipio de

Matagalpa.

4.1.2.8.04.2 Impuestos de Matrícula

Aplicación

A toda persona natural o jurídica que se dedique habitualmente a la venta de bienes

o prestación de servicios sean estos profesionales o no, deberán solicitar la

matrícula anualmente en el municipio para cada una de las actividades económicas

que el mismo realice. (Decreto Nº 455, 1989, pág. 2)

Este impuesto hace referencia a la inscripción anual de los negocios en las alcaldías

de acuerdo a la ubicación geográfica del municipio para llevar a cabo sus actividades

económicas.

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La Empresa TELECABLE aplica el Impuesto de Matrícula, ya que esta solicita la

anualmente para realizar su actividad económica de televisión por cable.

Alícuota

El valor de la matricula se calculará aplicando el (2%) sobre el promedio mensual de

los ingresos brutos obtenidos por la venta de bienes o prestaciones de servicios de

los tres últimos meses del año anterior, o de los meses transcurridos desde la fecha

de apertura si no llegaran a tres.

Si no fuera aplicable el procedimiento de cálculo establecido en el párrafo anterior, la

matricula se determinará en base al promedio de los meses en que se obtuvieron

ingresos por venta de bienes o prestaciones de servicios(Decreto Nº 455, 1989, pág.

2)

Cuando se trate de apertura de nueva actividad, negocio o establecimiento, se

abonará como matricula el 1% del capital invertido y no gravado por otro impuesto

municipal (Decreto Nº 455, 1989, pág. 2)

Este impuesto aplicará el 2% sobre el promedio de los últimos tres meses de los

ingresos mensuales brutos del año anterior o bien en los tres meses donde hubo

ingresos, y si es de apertura será abonado el 1% del capital como lo describe el

párrafo anterior.

La Contadora de la Empresa TELECABLE afirmó que la alícuota de este impuesto es

el 2% sobre el promedio de sus últimos tres meses de ingresos, producto de la

prestación de su servicio de televisión por cable.

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Javier Lagos – Norvin García Página 50

4.1.2.8.04.3 Impuestos sobre Ingresos

Alícuota

A toda persona natural o jurídica que habitual o esporádicamente, se dedique a la

venta de bienes o a la prestación de servicios, sean estos profesionales o no, pagará

mensualmente un impuesto municipal del 1% sobre el monto de los ingresos brutos

(Decreto Nº 455, 1989, pág. 3)

La alícuota será el porcentaje proporcional que se derive de los ingresos brutos en

concepto de venta de bienes y prestación de servicios, que se pagarán de forma

mensualmente.

Para la Entidad en estudio la alícuota del impuesto sobre ingresos es el 1% sobre los

ingresos que se obtuvieron durante el mes producto de la prestación del servicio de

televisión por cable.

Solvencia municipal

Se extenderá por solvencia municipal a toda persona natural o jurídica que estén al

día en el pago de los impuestos, tasas, multas y demás contribuciones a que estén

obligados conforme al presente plan de arbitrio. (Decreto Nº 455, 1989, pág. 14)

Para matricular cualquier actividad, negocio o establecimiento es necesario que las

personas naturales o jurídicas titulares de los mismos estén solventes con el tesoro

municipal, lo que será comprobado por la alcaldía con sus registros internos.

La Contadora de la Empresa TELECABLE afirmó que la entidad se encuentra

solvente con sus impuestos debido a que ella misma supervisa que se cancelen los

impuestos con el fin de evitar multas y sanciones.

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4.1.2.8.04.4 Impuestos sobre Bienes Inmuebles

Definición

Es el Impuesto que grava las propiedades inmuebles ubicadas en la circunscripción

territorial de cada municipio de la república. (Decreto Nº3-95, 1995, pág. 298)

El Impuesto de Bienes Inmuebles, IBI, es un Impuesto directo de carácter local que

grava la titularidad y derechos reales que tengamos sobre cualquier bien inmueble,

ya sea urbano, rústico o con características especiales. Como característica

fundamental para la clasificación de los bienes inmuebles, se recurre al Catastro,

como órgano con potestad para la clasificación de los bienes y como fuente origen

de las titularidades de los bienes inmuebles o los derechos reales establecido.

Para la Contadora de la Empresa TELECABLE el IBI es un Impuesto aplicable a las

propiedades inmuebles de los contribuyentes, además mencionó que la entidad en

estudio no aplica este impuesto debido a que esta no cuenta con terreno o edificios

propios.

Alícuota

La tasa o alícuota del IBI será el 1% sobre la base del monto imponible determinado

de conformidad con las disposiciones del capítulo II de este decreto (Decreto Nº3-95,

1995, pág. 298)

La base imponible para el Impuesto de Bienes Inmuebles será el valor de los mismos

poseídos al 31 de Diciembre de cada año.

La Entidad en estudio expresa que aunque no aplica este impuesto tiene

conocimiento de la alícuota del IBI la cual es el 1% y que se debe aplicar a todas las

propiedades inmuebles que posean los contribuyentes al finalizar el año.

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4.1.2.8.04.5 Otros Impuestos Municipales

Son otros impuestos municipales los siguientes:

1. Los establecimientos, sucursales y agencias de los bancos del sistema financiero

nacional tributarán mensualmente en los municipios donde estén radicando un

0.5 por ciento sobre los ingresos que perciban por servicios bancarios y por el

cobro de intereses de toda clase de préstamo.(Decreto Nº 455, 1989, pág. 6)

2. Toda persona natural o jurídica que se proponga edificar o realizar mejoras

deberá pagar, previamente a su ejecución, un impuesto municipal del uno por

ciento (1%) sobre el costo de la edificación o mejora, las mejoras a viviendas

familiares quedan exoneradas.(Decreto Nº 455, 1989, pág. 7)

3. Toda persona natural o jurídica que habitual o esporádicamente, organice

espectáculos públicos, tales como baile, kermeses, festivales, comerciales,

boxeo, pelea de gallos, eventos deportivos, barreras de toros, carreras de

caballos, discoteca y similares, pagarán un impuesto municipal del cinco por

ciento (5%) sobre los ingresos percibidos por la venta de entradas para el

espectáculo. Si en el transcurso del espectáculo se produjeren apuestas

autorizadas, el dueño del local o el organizador del espectáculo serán

responsable de retener a los apostadores el cinco por ciento (5%) del valor total

de cada apuesta a favor del tesoro municipal y de enterar la cantidad retenida

cada semana, adjuntando informe del número de jugadas, del valor apostado en

cada una de ellas y del monto total recaudado.(Decreto Nº 455, 1989, pág. 7)

4. Los propietarios de cines, además del impuesto de matrícula, habrán de pagar el

impuesto del cinco por ciento (5%) sobre los ingresos percibidos por la venta de

entradas según lo establecido en el Decreto 252 del cinco de Diciembre de mil

novecientos cuarenta y cinco.

5. Toda persona natural o jurídica que efectúe rifas o sorteos, lo haga reiterada o

esporádicamente, pagará un impuesto municipal de un cinco por ciento (5%)

sobre el valor nominal de todas las acciones emitidas. (Decreto Nº 455, 1989,

pág. 8)

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Stiker de rodamiento

Crease el impuesto municipal de rodamiento, el que tendrá las denominaciones y

valores siguientes:

1. Motocicletas de uso particular y estatal C$50.00

2. Tractores y maquinaria agrícola C$ 75.00

3. Automóviles, camionetas y jeeps de uso particular y estatal C$100.00

4. Taxis y camioneta de uso comercial C$125.00

5. Microbuses de uso comercial C$150.00

6. Remolque de más de dos ejes C$ 250.00

7. Buses de uso comercial C$ 300.00

8. Camiones de menos de 7 toneladas C$400.00

9. Monta cargas C$500.00

10. Camiones de hasta 12 toneladas C$600.00

11. Cabezales C$600.00

12. Grúas, tractores, cisternas, mezcladoras, compactadoras y demás equipos

pesados de construcción C$800.00

13. Camiones de más de 12 toneladas C$1000.00

El impuesto municipal de rodamiento deberá pagarse durante el transcurso del

primer trimestre de cada año calendario, en los casos de la falta de pago del

impuesto municipal en el plazo establecido por la presente ley, se aplicará una multa

por infracción a las normas de admisión al tráfico de cien córdobas Netos

(C$100.00). La calcomanía debe especificar el nombre del municipio.(Decreto Nº

278, 2014, pág. 4148).

Se le deberá pagar Otros Impuestos Municipales siempre y cuando se efectúe de

acuerdo a las predisposiciones anteriores; a continuación se menciona de manera

resumida los que están sujetos a este tipo de impuesto distinguiendo las tasas

aplicables:

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Javier Lagos – Norvin García Página 54

Sujetos al Impuesto Tasas Aplicables

Los establecimientos del sistema financiero 0.5% sobre sus ingresos

Toda persona que edifique o realice mejoras a

exención de las viviendas

1% sobre el costo de la edificación o mejora

Toda persona que organice espectáculos

públicos

5% sobre los ingresos percibidos

Propietarios de cines 5% sobre los ingresos por entradas

Toda persona que efectúe rifas o sorteos 5% sobre el valor nominal de acciones emitidas

Figura 13: sujetos y tasas de Otros Impuestos Municipales Fuente: (Decreto Nº 455, 1989, pág. 8)

La Empresa TELECABLE mediante los instrumentos aplicados expresó que los otros

impuestos que pagaba a la Alcaldía de Matagalpa son los siguientes: Rodamiento,

Tren de aseo y pago de Matrícula.

4.1.2.9 Tasas y Contribuciones Especiales

4.1.2.9.01 Tasas por Servicios y Aprovechamientos Municipales

Tasas por servicios

Son causa de tasas por servicios las siguientes:

1. Toda persona natural o jurídica que necesite hacer un fierro para marcar

ganado o madera deberá solicitar permiso a la Alcaldía informando de sus

características y le será extendido, en su caso, previo el pago de la tasa

correspondiente.(Decreto Nº 455, 1989, pág. 9)

2. Los destazadores autorizados habrán de obtener permiso para el destace de

cada animal, que le será extendido a través de la “boleta de destace”, previo el

pago de la tasa establecida.(Decreto Nº 455, 1989, pág. 10)

3. Los derechos de inhumación a perpetuidad y las tasas por el servicio y

mantenimiento del Cementerio.

4. Los tramos o espacios del mercado municipal serán adjudicados por la

Alcaldía, que determinará la cantidad mensual a pagar por cada adjudicatario

en función tanto de la ubicación y tamaño del tramo o puesto de venta como

de los costos de este servicio.

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Javier Lagos – Norvin García Página 55

5. Las tasas por los servicios de recogida de basura, limpieza de calles,

cementerios, rastro y las referidas a cualquier otro servicio que presten o

puedan prestar las Alcaldías se determinaran de forma que lo recaudado por

tales servicios cubre al menos el cincuenta por ciento (50%) del costo de los

mismos.(Decreto Nº 455, 1989, pág. 11)

Las Tasas por Servicios Municipales son establecidas por la municipalidad, algunos

de los servicios mencionadas en el plan de arbitrios calificados como tasas es el

derecho a poseer un tramo o espacio en el mercado, limpieza pública, mantenimiento

de cementerios, derecho a poseer un espacio para enterrar en los panteones,

derecho a tener un fierro para marcar ganado y madera y el derecho a ser un

destazador autorizado.

La Contadora de la Empresa TELECABLE expresó que solo aplicaba las tasas por

los servicios de recogida de basura y limpieza de calles a la alcaldía de Matagalpa.

Tasas por aprovechamiento

Las razones por las que se presentan las tasas por aprovechamiento son las

siguientes:

1. Los propietarios de inmuebles que pretendan acondicionar las cunetas o

aceras con rampas para facilitar el acceso de vehículos, con fines particulares

o comerciales, deberán solicitar autorización a la Alcaldía y abonar la tasa

correspondiente.(Decreto Nº 455, 1989, pág. 11)

2. Toda persona natural o jurídica que coloque o mande a colocar placas,

afiches, anuncios, cartelones o rótulos pagará mensualmente una tasa, cuya

cuantía dependerá de su tamaño y ubicación.(Decreto Nº 455, 1989, pág. 12)

3. La extracción de madera, arena, o cualquier otro producto de terrenos ejidales

o municipales no podrá hacerse sin autorización previa de la Alcaldía, la cual

determinará en cada caso la tarifa de la tasa a abonar en función del valor

comercial de los productos extraídos.(Decreto Nº 455, 1989, pág. 13)

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Javier Lagos – Norvin García Página 56

Toda persona natural o jurídica que aproveche de alguna manera las cunetas o

aceras con rampas para acondicionar el parqueo de sus vehículos deberá pagar una

tasa por aprovechamiento y además si requiere del aprovechamiento de los recursos

naturales ubicados en terrenos municipales debe pagar una tasa en función del valor

comercial de los productos extraídos y por último si se requiere de colocar en físico

cualquier tipo de anuncio se pagara otra tasa dependiendo del lugar y tamaño.

La Entidad en estudio no aplica las tasas por aprovechamiento debido a que no hace

uso bienes públicos para el beneficio de la empresa como extracción de recursos

naturales en terrenos municipales, no ocupa espacios públicos para colocar anuncios

de cualquier tipo debido a que no tienen rótulos para sus espacios publicitarios, y no

ha modificado aceras para facilitar el parqueo de sus vehículos.

4.1.2.9.02 Contribuciones Especiales

Municipales

Las Alcaldías podrán imponer contribuciones especiales para la ejecución de obras o

para el establecimiento, ampliación o mejora de servicios municipales, siempre que a

consecuencia de aquellas o de éstos, además de atender al interés común o general,

se beneficie especialmente a personas determinadas aunque dicho beneficio no

pueda fijarse en una cantidad concreta.(Decreto Nº 455, 1989, pág. 13)

Estas contribuciones son los Tributos que se generan en la obtención de un beneficio

o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de

obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos.

La Contadora de la Empresa TELECABLE expresó que las contribuciones especiales

no son tasas definidas, sino contribuciones esporádicas u otros para la comunidad.

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Javier Lagos – Norvin García Página 57

Nacionales

Según (Castillo, 2014, pág. 1) es la protección que la sociedad provee a sus

miembros, mediante una serie de medidas públicas contra la necesidad económica y

social que se produce por la cesación o sustancial reducción de sus ingresos

motivados por la enfermedad, maternidad, riesgos del trabajo, desempleo, invalidez,

vejez y muerte, la previsión de asistencia médica y subsidios a las familias con hijos.

Como bien se puede notar las alcaldías pueden solicitar contribuciones especiales

pero las contribuciones brindadas al INSS y al INATEC están dentro del grupo de

contribuciones especiales como acabamos de visualizar en el concepto anterior ya

que estas atribuciones son brindadas a organismos gubernamentales

específicamente para ayudarnos y protegernos desde el punto de vista social

económico y académico, además de no estar controladas por la municipalidades sino

por las entidades responsables de recaudarlas que en este caso es el INSS y en el

caso del 2%por capacitación el principal administrador es el Instituto Nacional

Tecnológico.

TELECABLE expresó que las contribuciones nacionales son las contraladas por el

gobierno nacional como el por ejemplo el aporte al INATEC que se dirige a centros

de educación superior.

4.1.2.9.03 Seguro Social

La Seguridad Social es un conjunto de medidas que la sociedad proporciona a sus

integrantes con la finalidad de evitar desequilibrios económicos y sociales que, de no

resolverse, significarían la reducción o la pérdida de los ingresos a causa de

contingencias como la enfermedad, los accidentes, la maternidad o el desempleo,

entre otras.(Castillo, 2014, pág. 3)

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Javier Lagos – Norvin García Página 58

Como se puede analizar a través del concepto anterior el Seguro Social es un

beneficio que la ley brinda a aquellas personas bajo una relación laboral en

contingencias de maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, muerte

entre otros.

Para la Contadora la seguridad social es la protección que se les brinda a los

trabajadores para tener derecho a la medicina o asistencia médica y poder

garantizar tener ingresos en su vejez.

Base imponible

El pago de las cotizaciones se hará mensualmente con base a la remuneración total

recibida durante el mes, independientemente del sistema de pago, forma y periodo

que el empleador utilice. (Decreto Nº 975, 1982, pág. 12)

Para efectos de la seguridad social la base imponible a tomar en cuenta son los

salarios que los trabajadores reciban por parte del empleador producto de la

prestación de servicios.

Para TELECABLE la base imponible de la seguridad social es el ingreso que el

trabajador recibe por sus labores mensualmente por ejercer sus actividades diarias.

4.1.2.9.03.1 Regímenes de Afiliación

Tipos de régimen

Existen dos tipos de régimen según (Decreto Nº 975, 1982, pág. 7), que son los

siguientes: Régimen del IVM y Régimen Integral.

Régimen de IVM

En este régimen las prestaciones son de carácter parcial, incluyendo únicamente

prestaciones de mediano y largo plazo exceptuando accidentes laborales, cuya

prestación se otorga al momento en que se presenta el accidente.

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En la siguiente figura se presentan las cuotas patronales y su adecuada distribución

comprendidas entre el año 2014 y el 2017:

Concepto 2014 2015 2016 2017

IVM 8.00% 9.00% 9.50% 10.00%

Riesgos profesionales 1.50% 1.50% 1.50% 1.50%

Victimas de Guerra 1.50% 1.50% 1.50% 1.50%

Total 11.00% 12.00% 12.50% 13.00%

Figura 14: Cuota patronal régimen de IVM Fuente: A partir de (Decreto Nº 975, 1982, pág. 7)

En el cuadro siguiente se muestran las tasas a retener por los empleadores a sus

trabajadores y la adecuada distribución:

Concepto 2014 2015 2016 2017

IVM 4.00% 4.00% 4.00% 4.00%

Víctimas de guerra 0.25% 0.25% 0.25% 0.25%

Total 4.25% 4.25% 4.25% 4.25%

Figura 15: Cuota Laboral régimen de IVM Fuente: A partir de (Decreto Nº 975, 1982, pág. 7)

En la Entidad en estudio expresaron que no están inscritos al Régimen de Invalidez,

vejez y Muerte por lo que no aplican los porcentajes por aportaciones y retenciones

reflejadas en los cuadros anteriores.

Régimen integral

En este régimen el INSS otorga prestaciones integrales de corto, mediano y largo

plazo, se incluyen prestaciones por asistencia médica, así como subsidios otorgados

a asegurados por diferentes causas. A continuación se presentan los porcentajes

que deben aportar los empleadores que pertenecen a este régimen con su debida

distribución comprendidos en los años 2014, 2015, 2016 y 2107:

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Concepto 2014 2015 2016 2017

IVM 8.00% 9.00% 9.50% 10.00%

Riesgos profesionales 1.50% 1.50% 1.50% 1.50%

Victimas de Guerra 1.50% 1.50% 1.50% 1.50%

Enfermedad y maternidad 6.00% 6.00% 6.00% 6.00%

Total 17.00% 18.00% 18.50% 19.00%

Figura 16: Cuota patronal régimen de integral Fuente: A partir de (Decreto Nº 975, 1982, pág. 7)

Las cotizaciones de los empleadores y de los trabajadores serán enteradas por el

empleador dentro del plazo y lugar que se señale para tal efecto. En la siguiente

figura se presentan los porcentajes a cotizar por los trabajadores afiliados a este

régimen:

Concepto 2014 2015 2016 2017

IVM 4.00% 4.00% 4.00% 4.00%

Enfermedad y maternidad 2.25% 2.25% 2.25% 2.25%

Total 6.25% 6.25% 6.25% 6.25%

Figura 17: Cuota patronal régimen de Integral Fuente: A partir de (Decreto Nº 975, 1982, pág. 7)

La cotización laboral será descontada por los empleadores de los trabajadores en el

momento del pago de las remuneraciones de los asegurados que trabajen a sus

servicios.

La Entidad en estudio aplica el régimen integral para asegurar y proteger a sus

trabajadores ante cualquier riesgo laboral o accidente improvisto y las tasas que

aplica es el 18.5 % para la cuota patronal y el 6.25% para la cuota laboral en el año

2016.

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4.1.2.9.04 Aporte al INATEC

Definición

Es el aporte mensual obligatorio del 2% sobre el monto total de las planillas de

sueldos brutos o fijos a cargo de todos los empleados de la república. (Báez & Báez,

2011, pág. 364)

El aporte mensual del INATEC tiene como finalidad financiar los programas de

educación técnico y profesional de nuestro país.

Mediante la aplicación del instrumento a la Contadora de la Empresa se confirmó,

que el INATEC es un aporte que tiene como finalidad financiar los programas de

educación de nuestro país.

4.1.2.9.04.1 Aporte por Capacitación Laboral

Tasa

El aporte obligatorio será del 2% sobre salarios, a cargo de todos los empleadores,

exceptuándose de este las nominas del ejército y policía nacional. (Báez & Báez,

2011, pág. 364)

Tomando como base imponible el salario de los trabajadores recibidos por los

empleadores en concepto de sus servicios podremos aplicar la tasa del 2% del

aporte del INATEC.

Para la Empresa en estudio la alícuota que aplica para el aporte del INATEC es el

2% sobre los salarios de los trabajadores.

Forma de pago

El recaudo del aporte del 2% de todos los empleadores al INATEC se realizará a

través de la infraestructura de recaudación del INSS a nivel nacional. El monto

recaudado por el INSS se depositará en una cuenta especial a nombre del

INATEC.(Decreto Nº 28-95, 1995, pág. 1)

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El INATEC será cancelado por medio de los formularios del INSS, tomando a este

como un mecanismo para su aplicación y recaudación.

La Contadora de la Empresa TELECABLE expresó que el INATEC se paga con el

mismo formulario del INSS (ver anexo 8)

.

4.1.3 Procedimientos Contables

4.1.3.1 Concepto

Dentro del ciclo de operaciones de una empresa se definen los Procedimientos

Contables, como todos aquellos de secuencia de pasos e instructivos que se utilizan

para el registro de las transacciones u operaciones que realiza la empresa en los

libros de contabilidad desde el punto de vista del análisis, se pueden establecer

Procedimientos Contables para cada uno de los grupos generales de cuentas de los

estados financieros. (Cedeño, 2014, pág. 80)

Según el concepto de Cedeño se puede analizar que los procedimientos contables

son todos aquellos procesos utilizados para el registrar las operaciones que se dan

en cada empresa, estos procedimientos se establecen para controlar cada una de las

cuentas de los Estados Financieros. Los Procedimientos contables deben estar

contenidos dentro de los Manuales de cada Entidad y esta se debe asegurar de que

se cumplan ya que sin ellos no se podría tener control de las operaciones o

transacciones llevadas a cabo.

Para la Contadora de la Empresa TELECABLE los procedimientos contables son

cada uno de los pasos que se realizan desde el inicio de una operación hasta

culminar en su registro contable.

A continuación se presenta un ejemplo del procedimiento contable al momento de

realizar la retención del IR por compra de bienes y servicios:

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Figura 18: Flujograma de las Retenciones por compra de bienes y servicios Fuente: Elaboración propia; 2017

La Empresa TELECABLE para poder retener este impuesto al momento de comprar

un bien o un servicio debe de tomar en cuenta dos cosas:

1) Que para poder retener por la compra de un bien o un servicio su pago deberá

exceder los C$1000.00 y,

2) Que solamente se podrán retener el 2% por compra de servicios cuando este

servicio sea prestado por personas jurídicas. Una vez aclarados los aspectos

anteriores se procede a explicar el procedimiento para la retención de este impuesto:

a) Se procede a autorizar la compra por la empresa

b) El Proveedor emite la factura la que se envía al departamento de contabilidad para

comprobar la transacción.

c) TELECABLE hace la Retención dándole la constancia de retención al proveedor

dejando la entidad una copia de esa constancia.

d) Con la copia el Departamento de Contabilidad de TELECABLE procede a

contabilizar la Retención.

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c) Una vez contabilizada la retención esta lista para declararse en la Ventanilla

Electrónica (VET).

4.1.3.2 Documentación Soporte

Los Soportes son para la Contabilidad elementos de registro, información y control,

que respalda las transacciones de la empresa, tales como facturas, recibos de caja,

comprobantes de egreso, notas de crédito y débito, orden de compras etc. (Silva,

2002, pág. 147)

Los Soportes Contables son los documentos que sirven de base para registrar las

operaciones comerciales de una empresa, es por ello que se debe tener un especial

cuidado en el momento de elaborarlos. Todas las operaciones económicas que

realizan las empresas deben ser registradas en los libros de contabilidad, pero a su

vez para que cada uno de estos registros sean justificables deben soportarse con los

documentos pertinentes para cada una de ellas, es por ello que a continuación se

presentan los principales papeles comerciales y títulos valores que pueden ser

utilizados en el ciclo contable, su definición y sus principales características.

Todos los soportes contables deben contener la siguiente información general:

Nombre o Razón Social de la empresa que lo emite.

Nombre, número y fecha del comprobante.

Descripción del contenido del documento.

Firmas de los responsables de elaborar, revisar, aprobar y contabilizar los

comprobantes.

Para la Entidad en estudio la documentación soporte son todos los Documentos que

sirven para comprobar que un monto a pagar es el correcto.(Ver anexo Nº 12 y 13)

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4.1.3.3 Registro y pago de Impuestos

Para comprender mejor el registro de los Tributos en Nicaragua conceptualizaremos

los siguientes grupos de cuentas:

1. Cuenta: es el registro histórico donde se anota en forma clara, ordenada y

comprensible los aumentos o disminuciones que sufren los diferentes

elementos del balance (activo, pasivo y capital), como consecuencia de las

operaciones realizadas por la empresa.

Si queremos representar la cuenta CAJA en cuenta T, su forma será:

CAJA

Debe Haber

Figura 19: Cuenta en forma T Fuente: (Narváez & Narváez, 2006, pág. 103)

2. Débito: Debitar o cargar una cuenta, es anotar una cantidad en la parte del

debe de la cuenta.

3. Crédito: Acreditar o abonar una cuenta es anotar una cantidad en el haber de

una cuenta. (Narváez & Narváez, 2006, pág. 103)

4. Saldo: Según (Narváez & Narváez, 2006, pág. 104) Es la diferencia entre el

movimiento deudor y acreedor.

Por lo anterior se infiere que existen dos tipos de saldos.

a. Saldo deudor: Una cuenta tiene saldo deudor cuando su movimiento

deudor es mayor que el acreedor

b. Saldo acreedor: Una cuenta tiene saldo acreedor, cuando su

movimiento acreedor es mayor que el deudor. (Narváez & Narváez,

2006, pág. 105)

c. Cuenta saldada o cerrada: Una cuenta esta saldada o cerrada cuando

sus movimientos son iguales. (Narváez & Narváez, 2006, pág. 106)

5. Activo: El Activo se refiere a todos aquellos bienes de que dispone una

entidad para la realización de sus fines. (Narváez & Narváez, 2006, pág. 39)

6. Pasivo: El Pasivo comprende obligaciones provenientes de operaciones o

transacciones pasadas, tales como la adquisición de mercancía o servicios,

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pérdidas o gastos en que se ha incurrido o por la obtención de préstamos para

el financiamiento de los bienes que constituyen el activo. (Narváez & Narváez,

2006, pág. 49)

7. Gasto de operación: Son las erogaciones que sostienen la organización

implantada en la empresa y que permiten llevar a cabo las diversas

actividades y operaciones que han sucedido diariamente. Se consideran como

gastos de operación los gastos de venta, los gastos de administración y los

gastos financieros ya que sin ellos no sería posible la realización de los

propósitos de toda empresa. (Narváez & Narváez, 2006, pág. 86)

8. Costo: Son los Costos relacionados con la función de producción; es decir, de

materia prima directa, de mana de obra directa y de cargos indirectos. Los

costos totales del producto se llevan al estado de resultado. (García, 2007,

pág. 10)

Para llevar a cabo el registro de los tributos aplicables a la empresa TELECABLE es

necesario conocer cuál es el significado de: cuenta, debito, crédito y saldo tanto

deudor como acreedor, además de conceptualizar que es un Activo, pasivo, gasto y

costo con el fin de facilitar la comprensión y registro de los impuestos.

La Empresa en estudio utiliza las siguientes cuentas para las operaciones

relacionadas con los impuestos:

1. Retenciones por Pagar

2. Impuestos por Pagar

3. Cuentas por Cobrar

4. Banco

5. Gasto de Venta

6. Gasto de Administración

7. Otros Gastos

8. Costos por Servicios

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4.1.3.3.01 Registro y Pago del IR

Una vez comprendido los conceptos antes descritos podemos deducir que el IR

utiliza las siguientes cuentas:

IR Hecho Generador Grupo Cuenta

Retención en la Fuente

Compra de bienes y servicio en general

Pasivo Retenciones por pagar

Compra de servicios técnicos y

profesionales (Servicio de auditoría)

Renta de trabajo Por pago de salarios

Retenciones Definitivas

Por pago de derecho de señal a

extranjeros

Por dietas a los socios

Pago mínimo Por los ingresos del mes Activo Cuentas por cobrar

IR anual Por los ingresos anuales de la empresa Pasivo Impuestos por pagar

Figura 20: Cuentas utilizadas en el registro del IR Fuente: Elaboración propia; 2017

Registro de las Retenciones

Según información obtenida por la contadora de la empresa en estudio las

Retenciones en la Fuente por Compras de Bienes y Servicios en general se pueden

registrar basándose en el siguiente ejemplo:

Se compra un balón de futbol por C$1,200.00 con el fin de apoyar al equipo de futbol

de barrio el Progreso que la entidad calcula y registra de la siguiente manera:

Valor antes de IVA C$1,200.00

Tasa de Retención X 2%

Retención C$ 24.00

Representado en el siguiente Comprobante de Diario:

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Tabla N°1: Registro de las Retenciones por compra de Bienes y Servicios

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 201

Fecha: 10 de Octubre 2016

Código Cuenta Parcial Debe Haber

5.2.1-01 Gastos de ventas C$1,200.00

5.2.1-01-05 Propaganda y publicidad C$1,200.00

1.1.2 Cuentas por cobrar

180.00 1.1.2-05 IVA acreditable 180.00

2.1.1-09 Retenciones por pagar C$24.00

2.1.1-09-04 Compras de bienes y servicios 24.00

1.1.1-02 Bancos 1,356.00

1.1.1-02-01 Cta. cte. Córdobas 1,176.00

Sumas iguales

C$1,380.00 C$1,380.00

Fuente: Resultado de información obtenida por TELECABLE; 2017

Sigue constatando la contadora que las retenciones por Compra de servicios

técnicos y profesionales se pueden registrar al igual que en el siguiente ejemplo:

La Empresa contrató servicios de auditoría externa del despacho J&N S.A ubicado

en la Ciudad de Managua que se pagó con cheque por un monto de C$20,500.00

Costo de auditoría antes de IVA C$20,500.00

Tasa de Retención a personas jurídicas X 2%

Monto de la Retención C$ 410.00

Representado en el siguiente Comprobante de Diario:

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Tabla N°2: Registro de las Retenciones por Compras de Servicios Profesionales

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 207

Fecha: 15 de Octubre 2016

Código Cuenta Parcial Debe Haber

5.2.1-02 Gastos de Admón. C$20,500.00

5-2-1-02-06 Servicios Profesionales C$20,500.00

1.1.2 Cuentas por cobrar

3,075.00 1.1.2-05 IVA acreditable 3,075.00

2.1.1-09 Retenciones por pagar C$410.00

2.1.1-09-06 Servicios Profesionales 410.00

1.1.1-02 Banco 23,165.00

1.1.1-02-01 Cta cte Córdobas 20.090.00

Sumas iguales

C$23,575.00 C$23,575.00 Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

En este caso se aplica el 2% debido a que la auditoría es realizada por una persona

jurídica.

TELECABLE manifestó que el caso de las Rentas de trabajo la podemos observar en

el siguiente ejemplo:

La Empresa TELECABLE paga un salario por C$11,441.25 a un Técnico de dicha

entidad registrada de la siguiente manera:

Tabla N°3: Cálculo del IR por rentas de trabajo

Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

En el caso del Técnico de la Empresa TELECABLE no se le aplica el impuesto base

debido a que su salario Anual no supera los C$ 200,000.00 y por lo tanto su base

imponible es cero. A continuación se detalla el registro de esta retención:

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Javier Lagos – Norvin García Página 70

Tabla N°4: Registro de las Rentas de Trabajo

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 210

Fecha: 15 de Octubre 2016

Código Cuenta Parcial Debe Haber

5.1.1 Costo C$11441.25

5.1.1-04 Salarios C$11,441.25

2.1.1-09 Retenciones por pagar C$1,074.01

2.1.1-09-02 INSS laboral 715.08

2.1.1-09-03 IR salario 358.93

1.1.1-02 Banco 10,367.24

1.1.1-02-01 Cta Cte córdobas 10,367.24

Sumas iguales

C$11,441.25 C$11,441.25 Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017.

La Empresa en estudio continúa manifestando que el registro para las retenciones

definitivas a no residentes se contabiliza de la siguiente manera:

Ejemplo:

La Empresa TELECABLE cancela en Octubre del 2016 el monto de C$420,000.00 en

concepto de pago de señal a extranjeros.

Costo por Señal: C$420,000.00

Tasa de retención X 3%

Monto de la Retención C$ 12,600.00

Representado en el siguiente Comprobante de Diario:

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Javier Lagos – Norvin García Página 71

Tabla N°5: Retenciones Definitivas. (No Residentes)

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 220

Fecha: 20 de Octubre 2016 Código Cuenta Parcial Debe Haber

5.1.1 Costo C$420,000.00

5.1.1-07 Derecho de Señal C$420,000.00

2.1.1-09 Retenciones por pagar C$12,600.00

2.1.1-09-05 Personas no residentes 12,600.00

1.1.1-02 Banco 407,400.00

1.1.1-02-01 Cta. Cte. Córdobas 407,400.00

Sumas iguales

C$420,000.00 C$420,000.00

Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

Este procedimiento también se aplica a la Retención Definitiva sobre Dietas para la

empresa en estudio. Y lo podemos observar en el siguiente ejemplo:

La empresa paga Dietas a dos Socios que aun no se le había cancelado, ya que la

Junta Directiva realizó una reunión ordinaria durante 2 días en la sucursal de Masaya

para elección de nueva Directiva, por lo que se les paga C$3,000.00a cada socio en

concepto de Dietas por reuniones según lo establecido en la acta constitutiva de la

empresa.

Monto C$ 6,000.00

Tasa aplicable X 12.5%

Monto a pagar C$ 750.00

Representado en el siguiente Comprobante de Diario:

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Javier Lagos – Norvin García Página 72

Tabla N°6: Retenciones Definitivas. (Dietas)

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 225

Fecha: 22 de Octubre 2016 Código Cuenta Parcial Debe Haber

5.2.1-02 Gasto Admón. C$6,000.00

5.1.1-02—07 Dietas C$6,000.00

2.1.1-09 Retenciones por pagar C$750.00

2.1.1-09-04 Compra de bienes y servicios 750.00

1.1.1-02 Banco 5,250.00

1.1.1-02-01 Cta. Cte. Córdobas 5,250.00

Sumas iguales

C$6,000.00 C$6,000.00

Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

Declaración en el sitio virtual VET

La Empresa TELECABLE declara los impuestos a través de la Ventanilla Electrónica

Tributaria (VET), por medio de ella se puede realizar la Declaración Tributaria desde

una computadora y a su vez generar una Boleta de Información de Tramite (BIT) la

que sirve para depositar sus pagos en los bancos afiliados de la misma y consultar

sus estados de cuentas y gestiones en un rango de fechas estipulado. Para realizar

la declaración en el espacio virtual del sitio web de la DGI se realizan los siguientes

procedimientos:

1. Entrar en la página web de la DGI www.dgi.gob.ni, dar click en el ícono de

ingreso al portal de la VET.

Figura 21: Sitio virtual de la DGI, página principal Fuente: DGI; 2017

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Javier Lagos – Norvin García Página 73

2. Ingresar su usuario y contraseña asignada.

Figura 22: Ventana de claves de acceso Fuente: DGI; 2017

3. Aplicar en el menú de declaraciones, seleccionar la opción para cargar archivo

excel en Declaracion Mensual de Impuestos (DMI).

Figura 23: Ventana de menú de declaraciones Fuente: DGI; 2017

4. Cargar archivos de Excel

Figura 24: Ventana para cargar archivos Fuente: DGI; 2017

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Javier Lagos – Norvin García Página 74

5. Verificar los totales

Figura 25: Ventana de verificación de saldos Fuente: DGI; 2017

6. Una vez que se haya verificado los datos ya cargados, dar click en enviar

luego confirmar y si todo esta correcto dar click en aceptar. Una vez se haya

verificado los datos deben confirmar envio, el portal da la opción de visualizar

e imprimir declaración y la Boleta de Información de Trámite (BIT). El pago se

podrá efectuar en cualquier sucursal bancaria, o bien efectuar el pago en línea

con el banco.

Figura 26: Ventana de verificación de saldos Fuente: DGI; 2017

Cabe resaltar que la empresa en estudio es un usuario con derechos generales, por

que se encuentra autorizada para preparar o elaborar las declaraciones electrónicas

y enviarlas, así como, generar y pagar la BIT.

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Javier Lagos – Norvin García Página 75

Declaración y pago de las retenciones

Manifiesta la Contadora de la Empresa TELECABLE que antes de declarar los

impuestos municipales llena un formato de Excel llamado “formato de retenciones en

la fuente” proporcionado por la DGI(ver anexo 10), donde detalla las siguientes

columnas:

1. Nº Ruc

2. Nombre y apellido o Razón Social

3. Ingresos brutos mensuales

4. Valor cotización de INSS

5. Valor fondo pensiones ahorros

6. Base imponible

7. Valor Retenido

8. Alícuota de retención

9. Código de reglón

El detalle de Excel será el siguiente:

Tabla N°7: Detalle de Excel para Retenciones en la fuente

Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

Cabe mencionar que el reglón 1 se refiere a todas las rentas relacionadas con los

trabajadores de la empresa, el reglón 3 a las rentas producto de prestaciones de

bienes y servicios, y el reglón 12 a las relacionadas con las retenciones de los no

residentes.

Luego de llenar este formato se utiliza el formado de Declaración Mensual de Ingreso

brindado por la DGI que consta de las siguientes secciones:

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Javier Lagos – Norvin García Página 76

A. En esta sección se describe el número RUC y el apellido y nombre o razón

social.

B. En esta sección se encuentra todo lo relacionado con el Impuesto al Valor

Agregado (IVA).

C. En esta sección se encuentra todo lo relacionado con el Impuesto Selectivo al

Consumo (ISC).

D. En esta sección se encuentra todo lo relacionado con el Anticipo al IR y/o

PMD

E. En esta sección se encuentra todo lo relacionado con las retenciones en la

fuente.

F. En esta sección se encuentra todo lo relacionado con los casinos.

G. Muestra los reglones a tomar en cuenta para calcular el total a pagar.

Continúa manifestando la contadora que luego de llenar el formato de Excel declara

las Retenciones en los primeros 5 días hábiles del mes siguiente mediante la

Ventanilla Electrónica usando la sección E de un formato llamado Declaración

Mensual de impuesto brindado por la Dirección General de Ingresos mostrado a

continuación. (Ver anexo N° 14)

Tabla 8: Sección para declarar las retenciones mensuales del IR

E

RE

TE

NC

ION

ES

IR E

N

LA F

UE

NT

E

31 Débito Retenciones IR en la Fuente 31 14,108.01

32 Pagos Realizados por concepto del Impuesto "Retención por Rentas de Trabajo" 32

-

33 Pagos Realizados por concepto del Impuesto "Retención a Afiliados de Tarjetas de Crédito" 33

-

34 Pagos Realizados por concepto del Impuesto "Retenciones en la Fuente Otras" 34

-

35 Pagos Realizados por concepto del Impuesto "Retenciones Definitivas" 35

-

36 Total Saldo a Pagar (Renglones 31-32-33-34-35) 36 14,108.01

Fuente: Dirección General de Ingresos (DGI)

La Empresa TELECABLE solo cuenta con Retenciones por Pagar, debido a que sus

clientes no les retienen el IR porque estos son personas naturales y no están

obligados a realizar y declarar las retenciones del Ir. Además de que el servicio por

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Javier Lagos – Norvin García Página 77

cable de la Empresa en estudio es menor a los C$1,000.00 por lo que no se le

retiene IR. Cabe mencionar también que solo le retienen a sus sucursales.

La Contadora afirmó que después de llenar el formato de Excel y declararlo en el

sitio web de la Dirección General de Ingreso, genera la BIT pagando dichas

retenciones en uno o dos pagos, siempre y cuando este dentro de los días antes que

genere una multa o sanción.

Para este ejemplo el pago se realiza en una sola cuota y su registro seria el descrito

a continuación:

Tabla N°9: Registro de la declaración y pago de las retenciones

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 235

Fecha: 4 de Noviembre 2016 Código Cuenta parcial Debe Haber

2.1.1-09 Retenciones por pagar C$14,858.01

2.1.1-09-04 Compra de bienes y servicios C$774.00

2.1.1-09-06 Servicios profesionales 410.00 2.1.1-09-02 INSS Laboral 715.08

2.1.1-09-03 IR Salario 358.93 2.1.1-09-05 Personas no residentes 12,600.00

1.1.1-02 Banco

C$14,858.01

1.1.1-02-01 Cta Cte Córdobas C$14,858.01

Sumas iguales

C$14,858.01 C$14,858.01

Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

Luego de registrar el pago de las retenciones el sistema utilizado por la empresa

genera un comprobante de cheque (ver anexo Nº 13) llenando automáticamente los

datos correspondientes del formato de cheque descrito a continuación:

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Javier Lagos – Norvin García Página 78

Entidad CONCAS DE NICARAGUA S.A Cheque Nº 8504750

Ciudad y fecha: Matagalpa-04 de Noviembre

C$ 14,858.01

Páguese a la orden:

Dirección General de Ingresos

La cantidad de:

Catorce mil ocho cientos cincuenta y ocho con01/100 Córdobas

OOO510910

Cta Cte

Firmas

Figura 27: Formato de cheque bancario Fuente: Elaboración propia; 2017

La Empresa TELECABLE paga con cheque todos los tributos a los que se encuentra

obligada de presentar y pagar.

Registro del Pago Mínimo Definitivo (PMD).

Para explicar el Pago Mínimo Definitivo TELECABLE nos brindó el siguiente ejemplo:

Los Ingresos del mes de Octubre del 2016 de la Empresa TELE CABLE fueron de

C$1,041,666.67 por servicios de Televisión por cable.

Ingresos Mensuales C$1,041,666.67

Tasa X 1%

PMD C$ 10,416.67

Representado en el siguiente Comprobante de Diario:

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Tabla N° 10. Registro del Pago Mínimo Definitivo

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 195

Fecha: 9 de Octubre 2016 Código Cuenta parcial Debe Haber

1.1.2 Cuentas por cobrar C$10,416.67

1.1.2-10 PMD C$10,416.67

1.1.1-02 Banco C$10,416.67

1.1.1-02-01 Cta. Cte. Córdobas 10,416.67 Sumas Iguales

C$10,416.67 C$10,416.67

Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

Declaración y pago del PMD (Pago Mínimo Definitivo)

La Empresa en estudio siguió manifestando que el PMD se declara de la misma

manera que las Retenciones, utilizando el formato de la Declaración Mensual de

Ingresos en la sección D brindado por la DGI a través de la VET, con la diferencia de

que se declara en los 15 días hábiles del mes siguiente. (Ver anexo N° 14)

Tabla 11: Sección para declarar el PMD

D

AN

TIC

IPO

IR Y

/O P

MD

M

18 Ingresos mensuales 18 1,041,666.67

19 Utilidades del mes 19 -

20 Débito Fiscal 20 10,416.67

21 Saldo a Favor del mes anterior 21 -

22 Retención por Instituciones Financieras (Afiliación de tarjetas de crédito / débito) 22

-

23 Retenciones del mes 23 -

24 Crédito Tributario del mes (1.5%, Incentivo a la Exportación) 24 -

25 Crédito por Incentivos y Otros Acreditamientos del mes 25 -

26 Total Deducciones (Suma de renglones 21+22+23+24+25) 26 -

27 Saldo a Pagar Anticipo IR (Renglón 20 - 26 > 0) 27

28 Saldo a Pagar PMDM (Renglón 20 - 26 > 0) 28 10,416.67

29 Saldo a Favor Anticipo IR (Renglón 20 - 26 < 0) 29 -

30 Saldo a Favor PMDM (Renglón 20 - 26 < 0) 30 -

Fuente: Dirección General de Ingresos

Registro del IR ANUAL.

Para este caso la Contadora utilizó el mismo ejemplo del Pago Mínimo Definitivo

agregando algunos datos.

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Seminario de Graduación

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Ingresos C$12,500,000.00

Gastos operativos - 7,800,000.00

Utilidad antes de IR C$ 4,700,000.00

Tasa del IR X 30%

IR anual C$ 1,410,000.00

Tabla N° 12: Registro del IR Anual.

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 265

Fecha: 15 de enero 2017 Código Cuenta parcial Debe Haber

5.2.2 Otros gastos C$1,410,000.00

5.2.2-07 IR Anual C$1,410,000.00

2.1.1-10 Impuestos por pagar C$1,410,000.00

2.1.1-10-08 IR Anual 1,410,000.00

Sumas iguales.

C$1,410,000.00 C$1,410,000.00

Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

Declaración y pago del IR Anual.

Manifiesta la contadora que antes de declarar el IR Anual se debe llenar un formato

llamado declaración anual del impuesto sobre la renta (Ver anexo 15) que consta de

las siguientes secciones:

A. Datos generales donde se detalla el numero RUC, actividad económica,

nombre y apellido o razón social

B. Patrimonio contable

C. Cálculo y liquidación de la renta de trabajo

D. Cálculo de la renta gravable renta de actividades económicas

E. Cálculo del IR de rentas de actividades económicas

F. Liquidación del impuesto rentas de actividades económicas

Sigue manifestando en la empresa que se debe realizar el siguiente ajuste contable,

que comprende los pagos anticipados del IR y la Renta anual.

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Seminario de Graduación

Javier Lagos – Norvin García Página 81

IR Anual C$1,410,000.00

PMD mensual C$ 10,416.67

12 Meses x12

Pago Mínimo Definitivo Anual - 125,000.00

Monto a pagar C$1,285,000.00

Representado en el siguiente Comprobante de Diario:

Tabla N° 13: Registro de la declaración y pago del IR Anual.

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 302

Fecha: 03 de Febrero 2017

Código Cuenta y Concepto Parcial Debe Haber

2.1.1-10 Impuestos por pagar C$1,410,000.00

2.1.1-10-08 IR Anual C$1,410,000.00

1.1.1-02 Banco C$1,285,000.00

1.1.1-02-01 Cta. Cte. Córdobas 1,285,000.00

1.1.2 Cuentas por cobrar

125,000.00

1.1.2-10 PMD

Sumas iguales C$1,410,000.00 C$1,410,000.00 Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

Cabe mencionar que el IR anual se declara en los 3 meses siguientes después de

haber realizado el cierre del periodo contable de la empresa en estudio el cual es del

primero de Enero al 31 de Diciembre, para el cual utilizaremos el formato de la

Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta brindada por la DGI a través de la

VET. (Ver anexo N° 15)

4.1.3.3.02 Registro y Pago del IVA

En el caso del impuesto al valor agregado son las siguientes:

IVA Hecho Generador Grupo Cuenta

Compra Compra de servicios, bienes o mercancías Activo Cuentas por cobrar

Venta Venta de servicios Pasivo Impuestos por pagar

Figura 28: Cuentas de IVA Fuente: Elaboración propia, 2017

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Javier Lagos – Norvin García Página 82

La Empresa en estudio manifestó que el IVA por pagar lo registra de la siguiente manera, tomando en cuenta el siguiente ejemplo: La Empresa contrató servicios de auditoría externa del despacho J&N S.A. ubicado

en la Ciudad de Managua que se pagó con cheque por un monto de C$20,500.00,

cancelando la factura #7254725.

Costo de auditoría antes de IVA C$ 20,500.00

Tasa aplicable x 15%

IVA Pagado por anticipado C$ 3,075.00

Representado en el siguiente Comprobante de Diario:

Tabla Nº 14: Registro del IVA Acreditable

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 208

Fecha: 15 de octubre 2016

Código Cuenta Parcial Debe Haber

5.2.1-02 Gastos de admón. C$20,500.00

5.2.1-02-06 Servicios Profesionales C$20,500.00

1.1.2 Cuentas por cobrar 3,075.00

1.1.2-09 IVA pagado por anticipado 3,075.00

2.1.1-09 Retenciones por pagar

C$410.00

2.1.1-09-06 Servicios profesionales 410.00 1.1.1-02 Banco C$23,575.00

1.1.1-02-01 Cta cte córdobas 23,575.00

Sumas iguales C$23,575.00 C$23,575.00 Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

La Empresa en estudio también registra el IVA producto de las ventas por servicios

de televisión por cable a sus clientes regulares. Para lo cual, la contadora utilizó el

siguiente ejemplo:

Las ventas por servicios de televisión por cable del mes anterior fueron

C$1,041,500.00 comprendidas entre las facturas número 3456-3790.

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Javier Lagos – Norvin García Página 83

Ventas C$1,041,500.00

Tasa aplicable del IVA X 15%

IVA por pagar C$ 156,225.00

Representado en el siguiente Comprobante de Diario:

Tabla Nº 15: Registro del IVA por Pagar

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 221

Fecha: 20 de octubre 2016

Código Cuenta Parcial Debe Haber

1.1.1-02 Banco C$1,197,725.00

1.1.1-02-01 Cta cte Córdobas

2.1.1-10 Impuestos por pagar

C$ 156,225.00

2.1.1-10-03 IVA por pagar C$ 156,225.00

4.1.1 Ventas 1,041,500.00

4.1.1-01 Ventas de contado 1,041,500.00

Sumas iguales C$1,197,725.00 C$1,197,725.00 Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE, 2017

Declaración y pago del IVA (Impuesto al Valor Agregado)

En la entidad manifiesta que antes de declarar el IVA se llena un formato de Excel

(Ver anexo N° 10) para el IVA acreditable, que consta de las siguientes columnas:

1. Nº Ruc

2. Nombre y Apellido o Razón social

3. Descripción de pago

4. Número de documento

5. Fecha de emisión del documento

6. Monto sin impuesto

7. Monto IVA trasladado

8. Código de Reglón

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Javier Lagos – Norvin García Página 84

Dicho formato está distribuido de la siguiente manera:

Tabla Nº 16: Ejemplo de hoja de Excel para declarar el crédito del IVA

A B C D E F H I

N° RUC

Nombre y Apellido o Razón

Social Descripción de Pago

Número

Documento

Fecha Emisión Monto sin Impuesto Monto IVA Código

1 Documento

Trasladado Renglón

2 K0450000847646 J&N S.A Auditoria 63537 14- Marzo 20,500.00 3,075.00 13

3 4 Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE, 2017

En este ejemplo el reglón 13 se refiere al crédito del IVA producto de la prestación de

servicios. Y para el caso de enajenación de bienes será el reglón 11.

En la Entidad en estudio siguieron manifestando que el IVA se declara de la misma

manera que las Retenciones, utilizando el formato de la Declaración Mensual de

Ingresos en la sección B brindado por la DGI a través de la VET, con la diferencia de

que se declara en los 15 días hábiles del mes siguiente.

Tabla Nº17: Sección para declarar el IVA

B

IMP

UE

ST

O A

L V

ALO

R

AG

RE

GA

DO

IVA

)

1 Total de Ingresos gravados 01 12,500,000.00

2 Débito Fiscal 02 1,875,000.00

3 Total Créditos Fiscales del mes 03 1,500,000.00

4 Retención por Instituciones Financieras (Afiliación de tarjetas de crédito/débito) 04

5 Otros Acreditamientos del mes 05

6 Saldo a Favor del mes anterior 06

7 Total Acreditamientos (renglones 3+4+5+6) 07 1,500,000.00

8 Saldo a Pagar IVA (Renglón 2 - 7 > 0) 08 375,000.00

9 Saldo a Favor IVA (Renglón 2 - 7 < 0) 09

Fuente: Dirección General de Ingresos

En el caso de la Empresa TELECABLE, el IVA se compensa con las compras y

ventas del mismo, y la diferencia, es el monto a pagar, en el caso que fuese mayor el

IVA por pagar. Tomando en cuenta que el IVA acreditable del año 2016 fue de

C$1,500,000.00 y el IVA por pagar fue de C$ 1,875,000.00

IVA por pagar C$ 1,875,000.00

IVA acreditable - C$ 1,500,000.00

IVA a pagar y declarar C$ 375,000.00

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Representado en el siguiente Comprobante de Diario:

Tabla Nº 18: Registro de la declaración y pago del IVA

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 246

Fecha: 14 de Noviembre 2016

Código Cuenta Parcial Debe Haber

2.1.1-10 Impuesto por pagar C$ 1,875,000.00

2.1.1-10-03 IVA por pagar C$ 1,875,000.00

1.1.2 Cuentas por cobrar

C$1,500,000.00

1.1.2-09 IVA pagado por anticipado C$1,500,000.00

1.1.1-02 Banco 375,000.00

1.1.1-02-01 Cta Cte Córdobas 375,000.00

Sumas iguales C$1,875,000.00 C$1,875,000.00 Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

4.1.3.3.03 Registro y Pago del Impuesto Municipal

Para registrar los impuestos municipales se toman en cuenta las siguientes cuentas:

Impuestos Municipales Hecho Generador Grupo Cuenta

Impuesto de Matrícula Cuando se matricula el negocio

Gastos

Gastos de venta Impuesto Sobre Ingresos Por las ventas del mes

Retención del Impuesto Municipal Compra de bienes y servicios Pasivo Retenciones por pagar

Tasas por Servicios Pago del Tren de aseo Gastos Gastos de venta

Otros Impuestos Municipales Stiker de Rodamiento

Figura 29: cuentas para los impuestos municipales Fuente: Elaboración propia; 2017

La contadora de la Empresa TELCABLE para explicarnos el registro de los

impuestos municipales nos brindó los siguientes casos relacionándolos con la

entidad en estudio:

1. Se paga C$600.00 por stiker de rodamiento de los cuatro vehículos de la

empresa.

2. Se paga el tren de aseo (basura) del mes en curso, por un valor de C$100.00

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Stiker de rodamiento C$ 600.00

Tren de aseo + C$ 100.00

Gasto a pagar C$ 700.00

Representado en el siguiente Comprobante de Diario:

Tabla Nº 19: Registro del Stiker de Rodamiento y Tren de aseo

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 013

Fecha: 07 de Enero de 2016

Código Cuenta y Concepto Parcial Debe Haber

5.2.1-01 Gasto de Venta C$600.00

5.2.1-01-06 Impuesto C$600.00

5.2.1-02 Gasto Admón.

100.00 5.2.1.-02-08 Tren de aseo 100.00

1.1.1-02 Banco C$700.00

1.1.1-02-01 Cta. Cte. Córdobas 700.00

Sumas iguales: C$700.00 C$700.00

Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

Registro del Impuesto Municipal sobre Ingresos (IMI)

El ingreso bruto del último mes fue de C$ 1,500,000.00

Ingreso mensual C$ 1,500,000.00

Tasa aplicable del ingreso por venta x 1%

Monto a pagar del IMI C$ 15,000.00

Representado en el siguiente Comprobante de Diario:

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Tabla Nº 20: Registro del IMI

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 018

Fecha: 22 de Enero 2016

Código Cuenta y Concepto Parcial Debe Haber

5.2.1-01 Gasto de Venta C$15,000.00

5.2.1-01-06 Impuesto C$15,000.00

2.1.1-10 Impuesto por pagar C$15,000.00

2.1.1-10-09 Impuesto sobre ingresos 15,000.00

Sumas iguales: C$15,000.00 C$15,000.00

Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

Registro del Impuesto de Matrícula

Los ingresos de los últimos tres meses del año anterior fueron de C$ 4,320,000.00

Representado en el siguiente Comprobante de Diario:

Tabla Nº 21: Registro de la Matrícula

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 015

Fecha: 13 de Enero de 2016

Código Cuenta y Concepto Parcial Debe Haber

5.2.1-01 Gasto de Venta C$28,800.00

5.2.1-01-06-06 Matrícula C$28,800.00

1.1.1-02 Banco C$28,800.00

1.1.1-02-01 Cta Cte Córdobas 28,800.00

Sumas iguales: C$28,800.00 C$28,800.00

Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

El registro anterior se calcula de la siguiente manera:

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Ingresos de los tres meses C$ 4,320,000.00

Meses / 3

Ingresos promedio de los tres meses C$ 1,440,000.00

Tasa del Impuesto por matrícula x 2%

Monto a pagar por impuesto de matrícula C$ 28,800.00

Registro de la Retención del Impuesto Municipal

Se compra un balón por C$1,200.00 con el fin de apoyar al equipo de futbol del

barrio el Progreso.

Representado en el siguiente Comprobante de Diario:

Tabla Nº 22: Registro de la Retención del Impuesto Municipal

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 017

Fecha: 10 de Enero 2016

Código Cuenta y Concepto Parcial Debe Haber

5.2.1-01 Gasto de Venta C$1,236.00

5.2.1-01-05 Publicidad C$1,200.00

2.1.1-10 Retenciones por pagar C$36.00

2.1.1-10-07 1% municipal 12.00 2.1.1-09-04 Compra de bienes y servicios 24.00 1.1.1-02 Banco

1,200.00

1.1.1-02-01 Cta Cte Córdobas 1,200.00

Sumas iguales: C$1,236.00 C$1,236.00

Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

El registro anterior se calculó de la siguiente manera:

Costo del balón C$ 1,200.00

Tasa aplicable del impuesto municipal x 1%

Monto a pagar por Retención del Impuesto Municipal C$ 12.00

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Declaración y pago de los Impuestos Municipales

La empresa en estudio para declarar los impuestos municipales utiliza el formato de

declaración mensual de impuesto brindado por la dirección general de ingreso el cual

consta de siete secciones enumeradas de la siguiente manera:

1. Datos generales, en donde se refleja los datos de la empresa.

2. Base gravable, que contiene los ingresos percibidos por la empresa.

3. Liquidación, en donde se presenta el monto del impuesto municipal, servicio

de basura y otros.

4. Valores totales, en donde se presenta el valor a pagar y se reflejan las multas

que se han generado.

Y para declarar la matricula utiliza el formato de Matricula por Registro Contable (Ver

anexo 6) el cual contiene lo siguiente:

1. Datos generales

2. Montos por ventas o servicios

3. Calculo para matricula

4. Otros impuestos anuales

5. Liquidación a pagar

En el caso de los impuestos municipales se declaran de la siguiente manera:

1. El Impuesto de Matrícula se declara anualmente.

2. Las Retenciones Municipales dentro de los primeros quince días de cada mes,

presentando declaración en la que figuren el nombre o razón social de cada

uno de los contribuyentes y el monto que le fue retenido.

3. Para el caso del Impuesto sobre ingreso se presentara mensualmente en la

alcaldía la declaración de sus ingresos gravables y pagar la suma debidas

dentro de los primeros quince días del mes siguiente al declarado.

4. El Tren de aseo, se pagará mensualmente o lo acumulado anualmente.

5. Y el Stiker de rodamiento anualmente.

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Dicha declaración de los Impuestos Municipales es aplicable para la empresa en

estudio, y la contabilización del pago de la declaración es la siguiente:

Representado en el siguiente Comprobante de Diario:

Tabla Nº 23: Registro del pago de los Impuestos Municipales

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 019

Fecha: 29 de Enero 2016

Código Cuenta y Concepto Parcial Debe Haber

2.1.1-10 Impuesto por pagar C$15,012.00 2.1.1-10-07 1% municipal C$12.00

2.1.1-10-09 Impuesto sobre ingresos 15,000.00 2.1.1-09 Retenciones por pagar

24.00

2.1.1-09-04 Compra de bienes y servicios 24.00 1.1.1-02 Banco

C$15,036.00

1.1.1-02-01 Cta Cte Córdobas 15,036.00

Sumas iguales: C$15,036.00 C$15,036.00

Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

Cabe mencionar que los demás Impuestos Municipales se pagan en el momento,

como lo son: el sticker de Rodamiento, Tren de aseo y la Matrícula.

4.1.3.3.04 Registro y Pago de Tasas y Contribuciones

4.1.3.3.04.1 Registro y Pago de Seguridad Social

Seguridad social Hecho Generador Grupo Cuenta

INSS Patronal

Pago de salario a trabajadores

Costos Costo por servicios

Gastos

Gasto de venta

Gasto Administrativo

INSS Laboral Pasivo Retenciones por pagar

Figura 30: Cuentas para seguridad social Fuente: Elaboración propia; 2017

En la Entidad expresaron que las aportaciones al INSS se toman como gastos

deducibles del Impuesto sobre la Renta y que el porcentaje retenido a los

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trabajadores se contabiliza como Retenciones por pagar, lo que explicó con el

siguiente ejemplo:

Salario de un Técnico C$ 11,441.25

Porcentaje aplicable por retención x 6.25%

INSS Laboral 715.08

Porcentaje aplicable en el año 2016 por aportación x 18.5%

INSS Patronal C$2,116.63

Representado en el siguiente Comprobante de Diario:

Tabla Nº 24: Registro de Seguridad Social

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 226

Fecha: 22 de octubre 2016

Código Cuenta y Concepto Parcial Debe Haber

5.1.1 Costos C$13,557.88

5.1.1-04 Salarios C$11,441.25

5.1.1-05 INSS Patronal 2,116.63

2.1.1-09 Retenciones por pagar C$ 715.08

2.1.1-09-03 INSS Laboral 715.08

2.1.1-05 Gastos acumulados por pagar 2,116.63

2.1.1-05-01-05 INSS Patronal 2,116.63

1.1.1-02 Banco 10,726.17

1.1.1-02-01 Cta. Cte. Córdobas 10,726

Sumas iguales: C$13557.88 C$13,557.88

Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

En la empresa expresaron que estas contribuciones son declaradas a través del

Sistema Integrado de Aplicaciones Específicas (SIE), el cual fue diseñado

específicamente para el proceso de inscribir y/o dar de baja a los trabajadores,

declaración e imprimir facturas del INSS. En la TELECABLE siguieron manifestando

que ellos pagan con cheque esta contribución; el proceso se hace imprimiendo la

factura generada por el SIE (ver anexo 5), esta factura tiene un código de barras la

cual es presentada al cajero del banco para que el pago sea efectuado, estos pagos

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Javier Lagos – Norvin García Página 92

deben hacerse antes del 18 del mes siguiente al declarado porque si se hace

después el INSS les cobraría recargos por mora.

Para declarar en el SIE, se ingresa en sitio web del Instituto nicaragüense de

seguridad social donde aparecerá la siguiente página principal en donde se debe

Ingresar el usuario y la clave de acceso:

Figura 31: Página principal del SIE Fuente: Información obtenida por la empresa en estudio; 2017

Una vez ingresado el usuario y la clave de acceso podrá ingresar al siguiente portal

en donde se puede declarar el INSS de cada empleado de la empresa, cabe

mencionar que esta misma declaración generara la factura del INSS y el INATEC de

manera automática:

Figura 32: Página de datos del SIE Fuente: Información obtenida por la empresa en estudio; 2017

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Tabla Nº 25: Pago de Seguridad Social

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 209

Fecha: 15 de Noviembre 2016

Código Cuenta y Concepto Parcial Debe Haber

2.1.1-05 Gastos acumulados por pagar C$2,116.63

2.1.1-05-01-05 INSS Patronal C$2,116.63

2.1.1-09 Retenciones por pagar 715.08

2.1.1-09-03 INSS Laboral 715.08

1.1.1-02 Banco 2,831.71

1.1.1-02-01 Cta. Cte. Córdobas

Sumas iguales: C$2,831.71 C$2,831.71

Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

4.1.2.1.01.1 Registro y Pago del INATEC

Aportación por Capación Laboral Hecho Generador Grupo Cuenta

INATEC Pago de salario a trabajadores

Costo Costo

Gasto

Gasto de Venta

Gasto Administrativo

Figura 33: Cuentas para el INATEC

Fuente: Elaboración propia; 2017

La Contadora de la empresa en estudio expresó que este aporte al igual que los de

Seguridad Social es deducible de IR, esto quiere decir que se puede tomar como un

Costo por servicios o bien tomarlo como un gasto Operativo; esto dependerá del área

a la que pertenezca el personal de la entidad, si es un área relacionada con la señal

de televisión será tomado como un costo.

La entidad brindó el mismo ejemplo del trabajador que ganaba C$ 11,441.25

perteneciente al área Técnica.

Salario de un Técnico C$ 11,441.25

Tasa de aplicación por aportación al INATEC x 2%

Contribución al INATEC C$ 228.83

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Representado en el siguiente Comprobante de Diario:

Tabla N° 26: Registro del INATEC

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 230

Fecha: 26 de Octubre 2016

Código Cuenta y Concepto Parcial Debe Haber

5.1.1 Costos C$11,670.08

5.1.1-04 Salarios C$11,441.25

5.1.1-06 INATEC 228.83

2.1.1-05 Gastos acumulados por pagar C$228.83

2.1.1-05-01-06 INATEC 228.83

1.1.1-02 Banco 11,441.25

1.1.1-02-01 Cta. Cte. Córdobas 11,441

Sumas iguales: C$11,670.08 C$11,670.08 Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

En la Entidad siguen manifestando que el pago del INATEC se hace mediante la

Factura generada por el SIE, ya que este sistema además de generar la factura del

INSS genera la del Instituto Nacional Tecnológico.

El pago del INATEC está representado en el siguiente Comprobante:

Tabla N° 27: Pago de Contribución del INATEC

TELECABLE

Comprobante de Diario

Nº 211

Fecha: 15 de Noviembre 2016

Código Cuenta y Concepto Parcial Debe Haber

2.1.1-05 Gastos acumulados por pagar C$228.83

2.1.1-05-01-06 INATEC C$228.83

1.1.1-02 Banco C$228.83

1.1.1-02-01 Cta. Cte. Córdobas 228.83

Sumas iguales: 228.83 228.83

Fuente: Datos obtenidos por la Empresa TELECABLE; 2017

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Javier Lagos – Norvin García Página 95

4.1.4 Valoración de Aplicación, Registro y Pago de los tributos en la empresa TELECABLE

Tabla N° 28: Matriz comparativa

IMPUESTOS APLICADOS EN TELECABLE Aplicación, registro y pago

según la Empresa TELECABLE

Aplicación, registro y pago según la LEY

Observaciones

IMPUUESTO SOBRE LA

RENTA RETENCIONES

Rentas de Trabajo

La empresa aplica este impuesto con todos sus trabajadores además al igual que todos los tipos de retenciones lo registra como un pasivo y lo declara a través de la VET.

La base imponible serán los salarios que el contribuyente reciba derivados de la prestación de sus servicios. El art. 23 de la ley 822 expresa que la alícuota aplicable estará dada por una tabla que contiene las tarifas que serán sujetas de impuestos y en su art. 19 están las exenciones que se deben aplicar.

La Empresa TELECABLE aplica la base y las alícuotas de acuerdo a la ley 822 y además aplica las exenciones de acuerdo a las disposiciones de esta ley

Retenciones en la fuente

La Empresa retiene el 2% por compras de bienes y servicios mayores a C$1,000 córdobas; el 10% por servicios técnicos y profesionales brindados a la empresa por personas naturales y se registra como un pasivo.

El Reglamento de la ley de concertación tributaria expresa que el porcentaje a aplicar es el 2% por compras de bienes y se debe aplicar la misma cuota a las personas que vender servicios profesionales y son personas Jurídicas y que se debe retener el 10% por compras de servicios técnicos y profesionales a las persona Naturales

La Empresa TELECABLE aplica los porcentajes aplicables de acuerdo a lo dispuesto por el reglamento de la Ley 822 y además no le aplican la retención del 2% al momento de vender su servicio porque la cantidad cobrada no alcanza el techo mínimo para retener.

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Javier Lagos – Norvin García Página 96

IMPUESTOS APLICADOS EN TELECABLE Aplicación, registro y pago

según la Empresa TELECABLE

Aplicación, registro y pago según la LEY

Observaciones

IMPUESTO

SOBRE LA

RENTA

RETENCIONES Retenciones Definitivas

A la empresa en estudio retiene a sus proveedores

extranjeros el 3% y el 12.5% por dietas dadas a los socios

de la entidad y lo registra como un pasivo

En los art. 24 y 53 de la ley de concertación tributaria se expresan los porcentajes

aplicables para las Retenciones definitivas por Dietas y a los no residentes

respectivamente.

La empresa TELECABLE aplica los porcentajes de retenciones expresados

en los art. 23 y 54 de esta ley; aplicando el 12.5% por Dietas y el 3% a sus proveedores de Señal.

Pago Mínimo Definitivo

La Empresa TELECABLE paga los anticipos mensuales

del IR contabilizando estos anticipos como un Activo

El pago mínimo definitivo se debe aplicar y pagar de

acuerdo a lo establecido en los art.63 y 64de la Ley 822

La empresa TELECABLE registra el IVA pagado a los proveedores como

una Cuenta por cobrar, a nuestro juicio profesional debería de registrarse en

una cuenta de mayor llamada Anticipo de IR,

porque la administración de renta no es un cliente.

IR Anual

Este es calculado de acuerdo al 30% de las utilidades obtenidas por la empresa deduciendo a este aporte el PMD ya pagado y se registra como un pasivo

El IR anual es el monto que resulte de aplicar a la renta neta la alícuota del Impuesto. Según Ley 822 en el art. 52 La alícuota del IR a pagar por la renta de actividades económicas, será del treinta por ciento (30%).

El IR Anual es declarado y pagado antes del 30 de Marzo de cada año y es contabilizado este impuesto como otros gastos contra impuestos por pagar.

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Javier Lagos – Norvin García Página 97

IMPUESTOS APLICADOS EN TELECABLE Aplicación, registro y pago

según la Empresa TELECABLE

Aplicación, registro y pago según la LEY

Observaciones

Impuesto selectivo al consumo (ISC) La empresa no aplica este impuesto por que no es una empresa industrial.

El Art. 152 de la ley 822, expresa que todo fabricante y producto no artesanal e importador de bienes grabados debe de pagar este impuesto.

La ley no contempla que el servicio de cable sea gravado por este impuesto

Impuestos al Valor Agregado

IVA Acreditable

La empresa aplica este anticipo porque paga IVA siempre y cuando la mercancía adquirida que esté gravada con este impuesto se refleje en la factura otorgada por el proveedor y se registra como un activo

según el art. 109 de la Ley 822 se expresa que la alícuota aplicable es el 15% y que según lo expresado en el Art. 110 sobre los sujetos pasivos la empresa está sujeta a este impuesto

La empresa TELECABLE registra el IVA pagado a los proveedores como una Cuenta por cobrar, a nuestro juicio profesional debería de registrarse en una cuenta de mayor llamada IVA acreditable, porque la administración de renta no es un cliente.

IVA por pagar

LA empresa en estudio cobra este Impuesto debido a que el servicio que vende no está contemplado en las exenciones del IVA expresadas en el art. 127 de la ley 822 y se registra como un pasivo

A la hora de pagar y declarar este Impuestos se deduce el IVA Acreditable o pagado a los responsables recaudadores de este impuesto (art. 114 y 117)

La Empresa aplica este impuesto de acuerdo a la Ley 822

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Javier Lagos – Norvin García Página 98

IMPUESTOS APLICADOS EN TELECABLE Aplicación, registro y pago

según la Empresa TELECABLE

Aplicación, registro y pago según la LEY

Observaciones

Impuestos Municipales

Matrícula

La empresa registra este impuesto al igual que todos los municipales como un gasto deducible de IR y lo paga con cheque al igual que todos os tipos de impuestos; además lo paga una vez al año, aplicando el 2% sobre el promedio mensual de los ingresos brutos obtenidos, el que se registra como un gasto.

El Arto. 5 del plan de arbitrios expresa que El valor de la matrícula se calculará aplicando el dos por ciento (2%) sobre el promedio mensual de los ingresos brutos obtenidos por la venta de bienes o prestaciones de servicios de los tres últimos meses del año anterior.

La empresa aplica este impuesto de acuerdo al Plan de Arbitrios Municipal, para pagarlo llenan un formato en la Alcaldía luego la Empresa emite un cheque al número de cuenta bancaria de la alcaldía

Impuestos

Municipales

Impuestos sobre ingresos

La empresa paga el 1% del impuesto municipal sobre ingresos el cual es pagado mensualmente se registra como un gasto.

En el Art.11 del plan de arbitrio dice que toda persona que se dedique a la venta de bienes o prestación de servicios pagará el 1% sobre el monto de los ingresos brutos y además el artículo 18 de esta misma ley expresa que la alcaldía podrá establecer como retenedores a las persona

La empresa aplica este impuesto conforme a ley

Otros Impuestos tasas por Servicios

La empresa paga la tasa por servicio de recogida de basura, se registra como un gasto de administración

El Art. 40 del plan de arbitrio contempla que el servicio de recolección de basura como una tasa de servicios.

La ley contempla otras tasas de servicios municipales pero la empresa no las aplica y además no aplica las tasas por aprovechamiento.

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IMPUESTOS APLICADOS EN TELECABLE Aplicación, registro y pago

según la Empresa TELECABLE

Aplicación, registro y pago según la LEY

Observaciones

Impuestos Municipales

Otros Impuestos Stiker de

rodamiento

la empresa contabiliza este impuesto como un gasto y lo paga en la alcaldía una vez al año, se registra como un gasto de venta

La ley 431 (Ley para el Régimen de circulación vehicular e infracciones de tránsito) en su Art. 11 especifica que el Stiker de Rodamiento es un impuesto municipal y además en este Art. Se especifican las tasas que se deben pagar por cada vehículo que se adquiera, ya que los únicos exentos de este impuesto según el Art.12 son los jubilados de este país.

La empresa posee varios vehículos para darle mantenimiento a la señal y paga este impuesto de acuerdo a la Ley 431 contabilizándolo de manera correcta ya que considerándose un impuesto municipal es deducible de Renta por lo que se debe considerar un gasto.

Impuestos Municipales

Contribuciones especiales (Municipales)

La empresa en estudio dijo pagar contribuciones especiales cuando estas son solicitadas por la alcaldía y que las registra como un gasto

Según el plan de arbitrio en los art. 51 y 52 dispone que las alcaldías podrán imponer contribuciones especiales para la ejecución de obras o mejoras por servicios municipales.

En la empresa expresaron que estas no están definidas y que no siempre se dan, manifestándolo de la misma manera el plan de arbitrio municipal en sus art. 51 y 52.

Seguro Social Régimen de

afiliación Régimen Integral

La Empresa en el año 2016 aplicó el 18.5% de aportación patronal contabilizándola como un gasto y el 6.25% como Retenciones a los trabajadores (Pasivo)

El reglamento de seguridad social dispone las tasas por aportaciones patronales y laborales

La empresa aplica las aportaciones y retenciones de acuerdo al reglamento de seguridad social además cumple con la ley 822,art.39 numeral 5 en donde manifiesta que las aportaciones de los empleadores están dentro de los costos y gasto deducibles de IR.

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Seminario de Graduación

Javier Lagos – Norvin García Página 100

IMPUESTOS APLICADOS EN TELECABLE Aplicación, registro y pago

según la Empresa TELECABLE

Aplicación, registro y pago según la LEY

Observaciones

Aporte al INATEC

Aporte por Capacitación Laboral

La empresa contabiliza esta aportación como un gasto y además el porcentaje que siempre aplica es el 2%

El Art. 25 de la ley orgánica del instituto nacional tecnológico estable es el 2% calculado sobre los salarios de los trabajadores de la entidad como aportación patronal a pagar recaudado a través del INSS

La empresa aplica, registra y contabiliza este impuesto de acuerdo a ley 822, ley orgánica del INATEC y Reglamentos y Reformas del recaudo de aporte mensual del Dos por ciento

Fuente: Elaboración propia, utilizando datos obtenidos, 2017

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Javier Lagos – Norvin García Página 101

4.1.4.3 VALORACIÓN. (Aplicación, registro y pago)

De acuerdo a los resultados obtenidos en nuestra investigación la Empresa

TELECABLE valoramos que cumple con todos los aspectos legales que rigen los

impuestos de este país, pagando y declarando los Impuestos correspondientes en

tiempo y forma, además la contadora de la empresa afirmó que en las auditorías

realizadas por las entidades encargadas, correspondientes al periodo evaluado no se

encontró ninguna anomalía referente a los tributos a que se encuentra obligada a

declarar y pagar.

Además en la entidad en estudio contabilizan de manera muy acertada los Impuestos

que aplican en esta empresa a exención del IR Anual y Los Impuestos Diferidos que

aplica la Entidad; tanto el Pago Mínimo Definitivo como el IVA Acreditable lo registran

como Cuentas por Cobrar incumpliendo con el principio de realización ya que este

principio manifiesta que se deben reconocer debida y oportunamente los hechos

económicos realizados ya que la DGI no es un cliente de la empresa por lo que no

pueden estar representados como si fueran clientes de la entidad siendo la empresa

un sujeto pasivo y la Dirección General de Ingresos un sujeto activo el cual es el que

recibe el aporte, por lo que estos impuestos se deben contabilizar individualmente

como cuentas de Mayor: IVA Acreditable y Anticipo IR.

Por otro lado la Empresa TELECABLE contabiliza el IR Anual en la cuenta de mayor

Otros Gastos cuando en realidad se debe registrar como un cargo dentro de la

cuenta de mayor Utilidad o Pérdida ya que este Impuesto afecta directamente las

Utilidades de la entidad en estudio.

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V. CONCLUSIONES

Después de evaluar la Aplicación, Registro y Pago de los Tributos en la Empresa de

Servicio de Cable “TELECABLE” del Municipio de Matagalpa, del Departamento de

Matagalpa en el periodo 2016, se concluye lo siguiente:

1. Se identificó que los Tributos que paga la Empresa TELECABLE son:

a. Impuesto sobre la Renta (IR)

b. Impuesto al Valor Agregado (IVA)

c. Impuesto Municipal

d. Contribuciones Especiales

2. La empresa no paga el ISC, el IBI y las Rentas de Capital.

3. El procedimiento para la aplicación de los tributos de la empresa en estudio es

de acuerdo a las alícuotas o porcentajes establecidas por la Ley.

4. El procedimiento para el registro de los Tributos se realiza de la siguiente

manera:

a. Como Activo:

i. Como Cuentas por Cobrar: Pago Mínimo Definitivo e IVA Acreditable

b. Como Pasivo:

i. Como Retenciones por Pagar: Retenciones en la fuente, IR Salario,

Impuesto Municipal, Retenciones Definitivas, INSS Laboral.

ii. Como Impuesto por Pagar: IVA por venta, Impuesto sobre Ingresos e IR

Anual.

c. Como Costos o Gasto:

i. Como Gasto de Venta y Administrativos: Impuesto por Matrícula y otros

Impuestos Municipales, INSS Patronal e INATEC

ii. Costos por Servicios: INSS Patronal e INATEC.

5. El procedimiento para efectuar el pago de los Tributos se realiza de la siguiente

manera:

a. A través de la Ventanilla Electrónica (VET) llenando los formatos

correspondiente para el IR Anual, Pago Mínimo Definitivo, Impuesto al

Valor Agregado y Retenciones respectivamente

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Javier Lagos – Norvin García Página 103

b. A través de declaración en la alcaldía para el Impuesto sobre Ingreso y el

pago en la misma institución para la Matrícula, Rodamiento y Tren de aseo.

c. A través de la declaración del sistema de Integrado de Aplicaciones

Específicas (SIE) para las Contribuciones del INSS y el INATEC.

6. De acuerdo a la Ley de Concertación Tributaria 822 y a los decretos plan de

arbitrio 455, reglamento general de la Seguridad Social 975 y Reglamento de

recaudo del aporte 2% 28-95, se pudo valorar que la Aplicación, Registro y Pago

de los Tributos, se efectuó correctamente según lo articulado cumpliendo con las

fechas de pago y haciendo uso de los formatos de la DGI establece y aplicando

las Tasas correspondiente para cada Tributo, excepto en los Impuestos Diferidos

y el IR Anual.

7. Según nuestro criterio profesional valoramos que para el IVA Pagado por

Anticipado la cuenta mayor debe de ser IVA Acreditable y no Cuentas por Cobrar

y para el Pago Mínimo Definitivo debe de ser Anticipo de IR y no Cuentas por

Cobrar. Además el IR Anual debe de contabilizarse en la cuenta de mayor

Utilidad o Pérdida del Ejercicio.

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Javier Lagos – Norvin García Página 104

VI. BIBLIOGRAFÍA

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Javier Lagos – Norvin García Página 105

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ANEXOS

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Anexo 01

Operacionalización de variables

Variable Sub-variable Indicador Sub-Indicador Preguntas Escala Instrumento Dirigida a:

Tributos

Generalidades de la empresa

Estructura Organizativa

Antecedentes ¿Cuándo y cómo fue fundada la empresa?

Abierta

Entrevista

Administrador

Misión y visión Misión y Visión de la

empresa

Entrevista y Guía de

observación

Organigrama ¿Posee un organigrama

y como está estructurada?

Giro económico ¿Cuál es el giro

económico y objetivo de la empresa? Objetivos de la

Empresa

Razón social ¿Cuál es la razón social

de la empresa?

Sistema contable

Definición ¿Qué entiende por

sistema contable y cuál es su estructura?

Entrevista

Contador

Tipo de sistema contable

¿Cuál es el sistema contable que usa la

empresa y que formatos utiliza?

Entrevista y Guía de

observación

Marco de referencia

¿Cuál es el marco de referencia de la

empresa? Entrevista

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Variable Sub-Variable Indicador Sub-Indicador Preguntas Escala Instrumento Dirigida a:

Tributos

Generalidades de la empresa

Elementos o componentes del sistema contable

Catalogo

¿Qué elementos del sistema contable utiliza?

Abierta

Entrevista y Guía de

observación

Manual

Contador Libros contables

Formas y Formatos

¿Cuál es el sistema contable que usa la

empresa y que formatos utiliza?

Régimen fiscal

Cuota fija ¿Qué entiende por cuota fija y régimen

general? Entrevista

Administrador

Régimen general ¿Qué tipo de régimen

utiliza?

Entrevista y Guía de

observación

Estructura Tributaria

Definición de tributos

¿Cómo clasifica los tributos aplicables a

esta empresa?

Entrevista

Importancia de los tributos

¿Qué entiende por tributos y cuál es su

importancia?

Principios tributarios

¿Menciones los

principios contables que conoce?

Contribuyentes

¿Qué tipo de contribuyente es la

empresa?

Entrevista y Guía de

observación

Sujeto activo y pasivo

¿Qué tipo de sujeto es la empresa?

Entrevista

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Variable Sub-Variable Indicador Sub-Indicador Preguntas Escala Instrumento Dirigida a:

Tributos

Estructura tributaria

Periodo fiscal Especial ¿Qué periodo fiscal

utilizan?

Abierta

Ordinario

Clasificación de

los tributos

Directos ¿Qué entiende por impuestos directos e

indirectos?

Indirectos Entrevista Administrador

Tasas ¿Qué entiende por Tasas, impuestos y

contribuciones?

Contribuciones

Impuestos sobre la renta

Definición ¿Qué entiende por IR?

Entrevista

Contador

Rentas de actividades económicas

¿Qué entiende por rentas de actividades

económicas y cuales es su base imponible y su

tasa aplicable para esta empresa?

Rentas de trabajo

¿Qué entiende por rentas de trabajo y cuales es su base imponible y tasa

aplicable para esta empresa?

Rentas de capital y ganancias de

capital

¿Qué entiende por rentas de capital y

conoce sus alícuotas?

Exenciones

¿Goza de alguna exención en el impuesto

sobre la renta? ¿Cuáles?

IR anual ¿Qué es el IR anual y

que tasas aplica?

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Variable Sub-Variable Indicador Sub-Indicador Preguntas Escala Instrumento Dirigida a:

Tributos

Estructura tributaria

Retenciones en la

fuente

¿Qué son y qué tipo de retenciones en la fuente

aplica?

Abierta

Entrevista

Contador

Impuesto sobre la renta

Pago mínimo

¿Qué entiende por pago mínimo y cuál es su

base imponible y como lo determina?

Retenciones definitivas

¿Qué tipo de retenciones definitivas

aplica?

Impuesto al Valor Agregado

Definición ¿Qué entiende por IVA y cuál es su alícuota?

Sujeto al impuesto

¿Qué tipo de sujeto es la empresa en relación al IVA y se encuentran

exentos del IVA?

Exenciones ¿Conoce las exenciones y qué base imponible y

alícuota utiliza en el IVA?

Base imponible

Impuesto

selectivo del consumo

Definición ¿Qué entiende por ISC y se encuentra sujeto a

este impuesto? Sujeto al impuesto

Impuestos municipales

Definición ¿Qué entiende por

impuestos municipales?

Impuesto de matricula

¿Aplica el impuesto de matrícula y cuál es su

alícuota?

Entrevista y Guía de

observación

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Variable Sub-Variable Indicador Sub-Indicador Preguntas Escala Instrumento Dirigida a:

Tributos

Impuesto sobre

Ingresos

¿Aplican este impuesto y se encuentran

solventes?

Abierta

Entrevista

Estructura tributaria

Impuestos municipales

Impuestos sobre Bienes Inmuebles

¿Aplica este impuesto?

Otro impuestos municipales

¿Qué otros impuestos municipales aplica a la

empresa?

Tasas y contribuciones

especiales

Tasas por servicios y

aprovechamiento municipal

¿Qué tasas por servicios y

aprovechamiento municipal aplica?

Contribuciones especiales

¿Qué entiende por contribuciones municipales y nacionales?

Contador

Seguro social

Régimen de afiliación

¿Qué entiende por seguridad social y cuál es su base imponible?

Cuota patronal y laboral

¿Qué tipo de régimen de afiliación aplica y

cuál es su cuota patronal y laboral del

periodo 2016?

Aportes al INATEC

Aportes por capacitación

laboral

¿Cuál es la tasa y forma de pago del INATEC?

¿Qué entiende por INATEC, que tasa

aplica?

Procedimientos contables

Concepto

¿Qué entiende por procedimientos

contables y qué cuentas utiliza para los

impuestos?

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Variable Sub-Variable Indicador Sub-Indicador Preguntas Escala Instrumento Dirigida a:

Tributos

Procedimientos contables

Documentación soporte

¿Qué significa para usted documentación

soporte y que soportes utiliza para el registro y pago de los impuestos?

Abierta

Entrevista

Contador

Registro y pago de impuestos

Registro y pago del IR

¿Cómo registra y paga el IR?

Registro y pago del IVA

¿Cómo registra y paga el IVA?

Registro y pago del impuesto

municipal

¿Cómo registra y paga los diferentes impuestos municipales que aplica?

Registro y pago de las contribuciones

especiales

¿Cómo registra y paga la seguridad social y el

aporte al INATEC?

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Anexo 02 Entrevista I

TELECABLE MATAGALPA. ENTREVISTA Somos estudiantes de V año de la carrera Contaduría Pública y Finanzas del turno vespertino de la UNAN FAREM-Matagalpa (Norvin Josué García Vega No. de carnet y Javier Antonio Lagos Gutiérrez No. de carnet 13062645. Estamos llevando a cabo una investigación la cual consiste en el registro, aplicación y pago de los Tributos en la empresa TELECABLE de la ciudad de Matagalpa. La información que nos suministre será con fines académicos, por lo cual agradeceríamos su valiosa colaboración. Dirigida a: Contador Objetivo: Obtener información sobre el registro, aplicación y pago de los Tributos de la Empresa TELECABLE ubicada en el departamento de Matagalpa en el periodo 2016. Indicadores: Favor responder de manera objetiva las siguientes interrogantes, pues de ello va a depender los resultados de esta investigación. 1. DATOS GENERALES DEL ENTREVISTADO. Nombre: __________________________________________________ Cargo: __________________________________________________ Fecha: __________________________________________________

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3. DESARROLLO Tributos: Sistema Contable ¿Qué entiende por sistema contable y cuál es su estructura? ¿Cuál es el sistema contable que usa la empresa y que formatos utiliza? ¿Cuál es el marco de referencia de la empresa? Elementos o componentes del sistema contable ¿Qué elementos del sistema contable utiliza? Impuestos sobre la Renta ¿Qué entiende por IR? ¿Qué entiende por rentas de actividades económicas y cuál es su base imponible y tasa aplicable para esta empresa? ¿Qué entiende por rentas de trabajo y cuál es su base imponible y tasa aplicable para esta empresa? ¿Qué entiende por rentas de capital y conoce sus alícuotas? ¿Goza de alguna exención en el impuesto sobre la renta? ¿Cuáles? ¿Qué es el IR anual y que tasas aplica? ¿Qué son y qué tipo de retenciones en la fuente aplica? ¿Qué entiende por pago mínimo y cuál es su base imponible y como lo determina? ¿Qué tipo de retenciones definitivas aplica? Impuesto al Valor Agregado ¿Qué entiende por IVA y cuál es su alícuota? ¿Qué tipo de sujeto es la empresa en relación al IVA y se encuentran exentos del IVA? ¿Conoce las exenciones y qué base imponible utiliza en el IVA? Impuesto selectivo del consumo ¿Qué entiende por ISC y se encuentra sujeto a este impuesto? Impuestos municipales ¿Qué entiende por impuestos municipales? ¿Aplica el impuesto de matrícula y cuál es su alícuota? Impuesto sobre Ingresos ¿Aplican este impuesto y se encuentra solvente? Impuestos sobre Bienes Inmuebles ¿Aplican este impuesto? Otro impuestos municipales ¿Qué otros impuestos municipales aplica a la empresa?

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Tasas y contribuciones especiales ¿Qué tasas por servicios aprovechamiento municipal aplica? ¿Qué entiende por contribuciones municipales y nacionales? Seguro social ¿Qué entiende por seguridad social y cuál es su base imponible? ¿Qué tipo de régimen de afiliación aplica y cuál es su cuota patronal y laboral del periodo 2016? ¿Qué entiende por INATEC y que tasa aplica? ¿Cuál es la tasa y forma de pago del INATEC? Procedimientos contables ¿Qué entiende por procedimientos contables y qué cuentas utiliza para los impuestos? ¿Qué significa para usted documentación soporte y que documentación utiliza para el registro y pago de los impuestos? ¿Cómo registra y paga el IR? ¿Cómo registra y paga el IVA? ¿Cómo registra y paga los diferentes impuestos municipales que aplica? ¿Cómo registra y paga la seguridad social y el aporte al INATEC? Queremos agradecerle nuevamente el que dispusiera de su tiempo y atención para responder nuestra entrevista, que nos será de gran utilidad para nuestra investigación y nos permitirá obtener una información completa y fiable, que nos permitirá llegar a conclusiones más acertadas, sobre el tema de investigación.

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Anexo 03 Entrevista II

TELECABLE MATAGALPA. ENTREVISTA Somos estudiantes de V año de la carrera Contaduría Pública y Finanzas del turno vespertino de la UNAN FAREM-Matagalpa (Norvin Josué García Vega No. de carnet y Javier Antonio Lagos Gutiérrez No. de carnet 13062645. Estamos llevando a cabo una investigación la cual consiste en el registro, aplicación y pago de los Tributos en la empresa TELECABLE de la ciudad de Matagalpa. La información que nos suministre será con fines académicos, por lo cual agradeceríamos su valiosa colaboración. Dirigida a: Administrador Objetivo: Obtener información sobre el registro, aplicación y pago de los Tributos de la Empresa TELECABLE ubicada en el departamento de Matagalpa en el periodo 2016. Indicadores: Favor responder de manera objetiva las siguientes interrogantes, pues de ello va a depender los resultados de esta investigación. 1. DATOS GENERALES DEL ENTREVISTADO. Nombre: __________________________________________________ Cargo: __________________________________________________ Fecha: __________________________________________________ 2. DATOS GENERALES DE LA EMPRESA.

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3. DESARROLLO Tributos Estructura Tributaria ¿Cuándo y cómo fue fundada la empresa? ¿Cuál es la misión y visión de la empresa? ¿Posee un organigrama y como está estructurada? ¿Cuál es el giro económico de la empresa y cuál es su objetivo? ¿Cuál es la razón social de la empresa? Régimen fiscal ¿Qué entiende por cuota fija y régimen general? ¿Qué tipo de régimen utiliza? Estructura Tributaria ¿Cómo clasifica los tributos aplicables a esta empresa? ¿Qué entiende por tributos y cuál es su importancia? ¿Mencione los principios tributarios que conoce? ¿Qué tipo de contribuyente es la empresa? ¿Qué tipo de sujeto es la empresa? ¿Qué periodo fiscal utilizan? ¿Qué entiende por impuestos directos e indirectos? ¿Qué entiende por tasas, impuestos y contribuciones? Queremos agradecerle nuevamente el que dispusiera de su tiempo y atención para responder nuestra entrevista, que nos será de gran utilidad para nuestra investigación y nos permitirá obtener una información completa y fiable, que nos permitirá llegar a conclusiones más acertadas, sobre el tema de investigación.

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Anexo 04: Guía de Observación

TELECABLE MATGALPA Guía de Observación. Guía de Observación para Evaluar la aplicación, registro y pago de los tributos en la

Empresa TELECABLE de la ciudad de Matagalpa en el periodo 2016.

Objetivo:

Reconocer e identificar los diferentes indicadores sobre la aplicación, registro y pago

de los impuestos en la empresa TELECABLE.

Departamento donde se aplica: administración

Fecha de observación: ______________

Nº Procedimiento/ indicador observado Cumplimiento Comentarios

Si No N/A

1 Observar si se encuentra visible la misión y

visión de la empresa

2 Observar si tienen y esta visible el

organigrama

3 Observar en la constancia de inscripción el

giro económico de la empresa.

4 Identificar la razón social en la constancia de

inscripción de la empresa

5 Constatar que la contadora está llevando un

sistema contable.

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6 Observar si la contadora tiene un catalogo

de cuenta para el desarrollo de su labor

7 Comprobar la existencia de los libros

contables de la empresa

8 Verificar que la empresa tiene

documentación soporte

9 Mediante una factura comprobar el tipo de

régimen fiscal de la empresa

10 Mediante la observación de la constancia de

inscripción, identificar el tipo de contribuyente

en que está clasificada la empresa

11 Observar en la constancia de inscripción el

periodo fiscal de la empresa

12 Verificar que exista una constancia de

retención, para la constatar la existencia del

impuesto de matricula

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Anexo 05

Formato de Factura del INSS

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Anexo 06

Formato de Matrícula en la Alcaldía

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Anexo 07

Formato de Declaración del IMI

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Anexo 08

Formulario de Acceso al SIE

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Anexo 09

Matrícula de TELECABLE

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Anexo 10 Formato de Crédito del IVA

DIRECCION GENERAL DE INGRESOS

DECLARACION MENSUAL DE IMPUESTOS - DMI

FORMATO CREDITO IVA

A B C D E F H I

N° RUC

Nombre y Apellido o Razón

Social Descripción de Pago Número Documento

Fecha Emisión Monto sin Impuesto Monto IVA Código

1 Documento

Trasladado Renglón

2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13

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Anexo 11 Formato de Retenciones en la Fuente

DIRECCION GENERAL DE INGRESOS

DECLARACION MENSUAL DE IMPUESTOS – DMI

FORMATO DE RETENCIONES EN LA FUENTE

A B C D E F G H I

N° RUC Nombre y Apellido o Razón

Social

Ingresos

Brutos Valor Cotización Valor Fondo Base Valor Alícuota de Código de

1 Mensuales INSS Pensiones Ahorro Imponible Retenido Retención Renglón

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

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Anexo 12

Constancia de Retención

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Anexo 13

Comprobante de Cheque

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Anexo 14

Formato de Declaracion Mensual del Impuesto

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Anexo 15

Formato de Declaración Anual del IR

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