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Seguridad territorial y acaparamiento de tierras en el Perú Salvaguardando los derechos territoriales de los pueblos indígenas en el Perú Roger Mendoza, Milagros Sovero, Wilson Atamaín Paz y Esperanza

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Seguridad territorial y acaparamiento de

tierras en el Perú Salvaguardando los derechos territoriales de los

pueblos indígenas en el Perú

Roger Mendoza, Milagros Sovero, Wilson Atamaín

Paz y Esperanza

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Seguridad territorial y acaparamiento de

tierras en el Perú Salvaguardando los derechos territoriales de los

pueblos indígenas en el Perú “El indígena existe por su territorio, el día que tú le quitas el territorio tu les estas entregándole o estas destinándole a un suicidio muy grande donde se va acabar como cultura cómo pueblo, ¿porque?, porque el indígena va a ser extranjero en su propio territorio…siendo indígena ellos dueños de sus propios territorios ellos van a ser mendigos dentro de su territorio…el territorio para nosotros es sagrado porque está fuera de lo que es la tierra, fuera de lo que es cultivo, aquí está los espíritus nuestros, nuestra cosmovisión política social, todo se trabaja acá, nuestra religiosidad, entonces es sagrado todo lo que es nuestro, porque el gobierno los occidentales marca muy diferente lo que nosotros pensamos, pero nosotros como pueblo oriental tenemos una parte de concebir que la selva, el bosque, los aires, los cerros son nuestros hermanos, no podemos dañarlos porque yo voy a morir si los daño porque yo dependo el, dependo del cerro, de los ríos, de los árboles, de las plantas, hay una interrelación de dependencia y eso el occidental no lo entiende, para el occidental todo el terreno, territorio, el bosque es mercado, tanto cuanto yo gane mucho más mejor donde yo pueda explotar y terminar, entones yo le quito espacio a la gente que vive sin comprenderle su idiosincrasia de su vida, lo estoy eliminándole no?, entonces por eso es muy sagrado y, por esa convivencia que el pueblo tiene con su bosque y con su territorio y con sus cerros ahí están nuestra religión, la biblia nuestra está escrito allí, nuestras listas allí están, entonces el que debe descubrir eso es uno que viva con nosotros que lleve años, puede ser un blanco, un barbón, pero que viva con el indígena, se convierte en indígena porque ya concibió la idea que uno tiene, entonces es parte de esa lucha”

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Santiago Manuin

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RESUMEN

Las tierras y territorios son vitales para los pueblos indígenas, en palabras del líder Awajun Santiago Manuin son sagrados y mantienen una interrelación de dependencia. Esta cosmovisión sustenta la lucha del pueblo indígena por la seguridad territorial de sus tierras y territorios, que comprende tres elementos básicos: el saneamiento físico legal de las comunidades campesinas y nativas; políticas públicas que fortalezcan la institucionalidad estatal indígena y aplicación de leyes como la de la consulta previa y; fortalecimiento de una democracia inclusiva que no tolere la discriminación ni la pérdida de territorios indígenas.

La seguridad territorial se ve amenazada por políticas públicas que promueven la concentración comercial de la tierra para grandes proyectos ligados a la industria extractiva y de la agroexportación. Las normatividades se han flexibilizado para que los grupos económicos inviertan en minería, hidrocarburos o en la agricultura de gran escala, perjudicándose en el camino a los pueblos indígenas. Han negociado en inferioridad de condiciones con mineras, sin contar con información técnica ni jurídica y un Estado que se puso de perfil y no brindó tampoco reglas de juego equitativa en este tipo de negociaciones (por ejemplo en el caso de Michiquillay, Cajamarca). Las tierras de los Achuar han contaminadas por más de tres décadas, la inmatriculación de más de 400 mil hectáreas por el Gobierno regional de San Martín donde están asentados los Shawis, sin aplicación de la consulta previa, como lo denuncia Elí Tangoa, dirigente de este pueblo que a propósito de esto subraya en una entrevista aun medio de alcance nacional “Para el Estado los pueblos indígenas somos la última categoría”.

Hoy se abren dos ventanas de oportunidades que el Estado puede aprovechar muy bien, por un lado la aplicación de la ley de consulta y por otro la titulación de las comunidades nativas y campesinas, quedando pendiente fortalecer una institucionalidad estatal indígena.

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INDICE

1. Antecedentes, causas e impactos 4

2. Legislación y concentración de tierras 17

3. Formas de acaparamiento y disposición de tierras en el país 24

3.1. Concentración de tierra vía minería y conflictividad social 24

3.2. Concentración de tierras para hidrocarburos 34

3.3. Concesiones forestales 45

3.4. Concentración de tierras para fines agrícolas 50

a) Concentración de tierras vía proyectos de irrigación 52

Chavimochic 54

Proyecto Especial Olmos 55

Chinecas 56

b) Concentración de tierras vía mercado de tierras 57

Las cooperativas azucareras 57

c) Concentración para biocombustibles 58

El caso de la costa 59

El caso de la Amazonia 60

4. La ley de consulta e institucionalidad estatal indígena 62

5. Seguridad territorial: Retos y posibilidades de titulación de las comunidades 65

6. Los casos de estudio: los conflictos en torno al recurso tierra 69

6.1. El caso Ecoamérica 69

6.2. Caso Conga en Cajamarca 71

7. Conclusiones 72

8. Recomendaciones 74

Referencias 76

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1. ANTECEDENTES, CAUSAS E IMPACTOS

La novela “El sueño del celta” del laureado escritor peruano Mario Vargas Llosa centrada en la vida de Roger Casement presenta la problemática de las poblaciones originarias, la explotación de la que son objeto y la apropiación de recursos de sus territorios, en un contexto de colonialismo que se expresaba en una “monstruosa injusticia”, en un genocidio (más de 10 millones de nativos exterminados en el Congo y más de 30 mil en la amazonia peruana) y en el mero interés en las riquezas naturales1. La Editorial Alfaguara en la presentación de la obra precisa que el personaje que inspiró a Vargas Llosa “…fue uno de los primeros europeos en denunciar los horrores del colonialismo con argumentos. De sus viajes al Congo Belga y a la Amazonía peruana quedaron dos informes memorables que conmocionaron a la sociedad de su tiempo, pues tras ellos se revelaba una verdad dolorosa: no era la barbarie africana ni amazónica la que volvía bárbaros a los civilizados europeos; eran ellos, en nombre del comercio, la civilización y el cristianismo, quienes cometían los actos más bárbaros…”.

En la actualidad la historia parece repetirse con similares actores y una misma constante: Pueblos originarios que deben asumir la defensa de sus territorios en un contexto de economía liberal, cuyos representantes las ven como recursos naturales, como “tierras ociosas” con una tendencia a sobredimensionar la gran inversión para hacer más “competitiva” la agricultura. Este enfoque tiende a invisibilizar a las poblaciones indígenas2 que habitan dichos territorios y en cuyas cosmovisiones no hay tierras ociosas, ya que las tierras comunales alimentan sus ganados o los bosques constituyen la “farmacia” y el “mercado” de la comunidad, donde están sus fuentes proteínicas y alimenticias. Este enfoque de apertura de mercados tampoco valora el aporte de la pequeña agricultura, la que desarrollan las familias campesinas3, ni los derechos que les asisten como el convenio 169 de la OIT o la Declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas.

Los territorios constituyen un espacio vital para el desarrollo de los pueblos indígenas que se ven cada vez más amenazados por la presión de una economía global que ve en ellas hidrocarburos, minerales, recursos maderables y no maderables o incluso un espacio físico (tierras), destinado a la producción de biocombustibles. Esta percepción de la naturaleza como la proveedora de recursos naturales dista de la cosmovisión de los pueblos indígenas que ven en las tierras y territorios espacios de modos de

1 Entrevista a Vargas Llosa en: http://elcomercio.pe/espectaculos/663583/noticia-asi-presento-mario-vargas-llosa-su-nuevo-libro 2 La demanda de justicia y disfrute de derechos de los pueblos indígenas reingresa en la agenda política luego de los luctuosos sucesos de Bagua en junio del 2009 en la que murieron 34 personas. Hasta antes de esa fecha las poblaciones originarias solo tenían una suerte de reconocimiento simbólico, más no una efectiva implementación de políticas públicas tendientes a mejorar la situación de estas poblaciones. 3 “Alrededor de las tres cuartas partes de los productos agrícolas primordiales corresponden a predios menores de 20 Ha según el CENAGRO de 1944” (revista Agraria de CEPES, Año 13 Nº 144). Probablemente esta cifra cambie, más no el aporte de la pequeña agricultura en la producción nacional.

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reproducción de sus vidas, de la que se sienten parte y a la que no pocas veces atribuyen vida (Pacha mama).

La tensión entre estas dos visiones se resuelve por lo general con políticas de Estado que inclinan la balanza hacia el modelo de economía liberal que asigna un uso mercantil a las tierras y territorios, perdiendo en forma progresiva los pueblos originarios derechos sobre el acceso a la tierra y territorios, que van minando sus capacidades de tenencia de la tierra.

De modo que estamos frente a un fenómeno de lucha por la tierra que algunos denominan “fiebre global por la tierra”, motivada por una “creciente demanda de alimentos, forrajes, combustibles y otros productos, combinada con la reducción de base de recursos y la liberalización de los regímenes de comercio e inversión”, que inclusive puede ser un punto de inflexión o una crisis para el futuro de la agricultura familiar y las sociedades rurales4. Este fenómeno de fiebre global por la tierra, guarda una equivalencia con la concentración de la tierra y que para propósitos de este informe es conveniente definirla operacionalmente. Es la Declaración de Tirana de mayo de 2011, en la que los miembros de La Coalición Internacional para el Acceso a la Tierra (ILC por sus siglas en inglés), definieron el término “acaparamiento de tierras” como aquellas adquisiciones o concesiones que reúnen una o más de las siguientes características:

(i) violan los derechos humanos, en particular la igualdad de derechos de la mujer; (ii) no se basan en el consentimiento libre, previo e informado de los usuarios de la tierra afectados; (iii) no se basan en una evaluación exhaustiva, o no tienen en cuenta los impactos sociales, económicos y ambientales, incluyendo la forma en que se relacionan con la dimensión de género; (iv) no se basan en contratos transparentes que especifiquen los compromisos claros y vinculantes sobre las actividades, el empleo y la distribución de beneficios; y (v) no se basan en una efectiva planificación democrática, una supervisión independiente y una participación significativa.

El fenómeno de acaparamiento de tierras (land grabbing), se puede definir también como:

“Un proceso simultaneo de concentración y extranjerización de la tierra, en el que el comprador es una empresa extranjera (es decir, una empresa cuya matriz no es nacional), en el que hay participación del gobierno de una de las partes, y en el que su destino sea la producción

4 “Los derechos a la tierra y la fiebre por ella. Hallazgos del Proyecto de Investigación Global, Presiones Comerciales sobre la Tierra”. Autores: Ward Anseeuw, Liz Alden Wily, Lorenzo Cotula y Michael Taylor, por encargo de Coalición Internacional para el acceso a la tierra, (ILC por sus siglas en ingles). Enero 2012

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masiva de alimentos. Se trata de procesos en los que las tierras de un país sirven de reserva alimentaria de otro, o de espacio de ampliación de los agronegocios. Estos procesos generan inseguridad alimentaria en los países en los que se desarrollan o, mejor dicho, distribuyen muy inequitativamente los riesgos de inseguridad alimentaria”5

Siendo así, entendemos por “presión comercial sobre la tierra” o “acaparamiento de tierras” a las diversas formas de transacciones y transferencias (vía concesión, compra, subasta pública, etc.), efectuadas sobre determinadas áreas dentro del territorio de un país.

La presión comercial sobre la tierra es un fenómeno que se manifiesta no solo en actividades de uso tradicional sobre la tierra como es el caso de la agricultura, sino que también se amplía al desarrollo de diversas actividades de producción (alimentos, minería, hidrocarburos, forestales, agro-combustibles, etc.), que involucran diversos agentes (gobiernos, empresas transnacionales, empresas nacionales, corporaciones, etc.), en una dinámica que obedece a las nuevas demandas globales (la producción de agro-combustibles, concesiones forestales, concesiones mineras e hidrocarburíferas, etc.) En términos concretos están factores como un creciente mercado mundial en torno a los agrocombustibles como sustituto de los hidrocarburos fósiles6, el incremento de demanda de recursos maderables y no maderables de países emergentes, tan igual como productos minerales, petróleo y el mercado de carbono. El turismo es otro factor sobre todo en zonas costeras, así como el interés por el agua7 para grandes proyectos de agroexportación. Sin embargo, también están detrás de la presión comercial otros factores motivacionales, principalmente en los inversionistas que desde la óptica del mercado buscan maximizar sus utilidades; en tal sentido la tierra se convierte en un activo en la cadena de valor, es un recurso a explotar y que en la lógica del modelo de desarrollo vigente implica que los Estados anfitriones busquen grandes inversionistas basados en el supuesto que el desarrollo del país pasa por la gran agricultura, que sería más eficiente ya que “los productores nacionales tradicionales no saben cómo utilizar los recursos de manera óptima y/o que ni los productores ni ellos mismos cuentan con suficientes recursos financieros y/o técnicos para lograr el éxito”8. También están las expectativas de la población pobre e inclusive de gobiernos subnacionales como el caso de Apurímac que guarda con mucha

5 Dinámica del mercado de la tierra en América Latina. Concentración y extranjerización y el Caribe. El caso de Perú, a cargo de María I. Remy y Carlos de los Ríos. Publicado el 2012 por la FAO 6 Que van de la mano con grandes extensiones de monocultivos que afectan la diversidad de los ecosistemas y que inciden también en el cambio climático 7 En nuestro país se expresa por ejemplo en el conflicto Majes – Siguas II, entre las regiones Cusco y Apurímac, a partir de un proyecto que pretende irrigar 60 mil Ha de las tierras de las pampas de Majes con aguas represadas del rio Apurímac y a que decir de los cusqueños implicaría un desabastecimiento de agua en la zona y de agua potable para la provincia de Espinar. 8 ILC. Presiones comerciales sobre la tierra en el mundo. Problemática y marco conceptual. Autores: Michel Merlet, Clara Jamart con la colaboración de Mathieu Perdriault y Samuel L'Orphelin

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expectativa la inversión del proyecto minero Las Bambas, sin ponderar de manera suficiente los impactos socio-ambientales en las comunidades aledañas. En el caso del proyecto Michiquillay (Cajamarca), los dirigentes de las comunidades campesinas vendieron sus territorios -sin ningún asesoramiento por parte del Estado- y muchas familias lo hicieron pensando en que la mina daría trabajo a los suyos, aunque tiempo después se desengañaron9. Sobre el particular Alicia Abanto, funcionaria de la Adjuntía del Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas, de la Defensoría del Pueblo, en una entrevista sostenida para este estudio señala que cuando la concesión minera se superpone con el derecho de propiedad, el concesionario debe de ponerse acuerdo con el propietario. Este acuerdo entre las partes, como en el caso de Michiquillay se lleva a cabo en una relación de completa desigualdad y con cierta complicidad del Estado, ya que no asesora a las comunidades para que los acuerdos sean los más justos posibles

Este problema de acaparamiento de tierras, Land Grabbing o comercio de tierras ha alertado a diversos investigadores y organismos nacionales como internacionales quienes han orientado sus estudios desde los ámbitos nacionales hasta la dimensión global del fenómeno. En una reciente publicación la FAO10 identifica la coyuntura económica en que surgieron los estudios sobre el tema de acaparamiento de tierras. En este documento se menciona cómo mientras se vive una crisis de precios de alimentos de 2007-2008, se observan las compras y transferencias de grandes áreas de tierras que involucran Estados y empresas transnacionales.

En el año 2009, la FAO, IFAD e IIED publicaron un estudio sobre el avance del fenómeno de Land Grabbing o Acaparamiento de Tierras en África. El estudio titulado “Land Grab or Development Opportunity? Agricultural Investment and International Land Deals in Africa” (Cotula, L., S. Vermeulen, R., Leonard y J. Keleey, 2009), revela la situación creciente de acaparamiento de tierras en África especialmente en Etiopía, Ghana, Madagascar, Mali y Sudán. Mientras tanto el 2010 la Oficina Regional de la FAO para América Latina y el Caribe (RLC), tomó la iniciativa de verificar si el fenómeno de Land Grabbing se estaba manifestando y en qué medida en América Latina y el Caribe. El estudio titulado Dinámicas de mercado de la tierra en América Latina y el Caribe: concentración y extranjerización de F. Soto y S. Gómez editores (2012, pág. 7), reúne el análisis de acaparamiento de tierras durante el último quinquenio y fue realizado por expertos de 17 países de la región; además, de la sistematización de información disponible y dispersa (informes, reportes de prensa, monografías, etc.). El informe constató la presencia de land grabing en dos países y, “un fuerte dinamismo de la tenencia de la tierra en la mayoría de los países, con intensos procesos de 9 Estudio de María Burneo y Anahí Chaparro (CEPES): Michiquillay: Dinámicas de transferencia y cambios en los usos y la valoración de la tierra en el contexto de expansión minera en una comunidad campesina andina. Enero 2011 10 F. Soto y S. Gómez (Eds.) (2012). Dinámicas de mercado de la tierra en América Latina y el Caribe: concentración y extranjerización.

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concentración y globalización”, los mismos que son expresiones de las cadenas de valor del mercado, en los que la tenencia de la tierra es parte de estas cadenas.

Otro estudio de la FAO (2010), sobre México en el marco del proyecto dinámicas del mercado de la tierra en América Latina, que buscaba identificar compras que denotaran concentración de tierras, concluye entre otras cosas que la vía para concentrar tierras no es el mercado de tierras, sino el “control de los procesos productivos como es el caso de la agroindustria que prefiere rentar las tierras y habilitar al productor mediante semillas e insumos de modo que comprometen la producción y así generan economías de escala, esto es no corren riesgos de la producción y no gastan en el mantenimiento de la tierra en épocas en que no hay trabajo”.

En el caso peruano, si bien es cierto que el fenómeno de acaparamiento no es nuevo, el proceso de acaparamiento comercial sí lo es y se diferencia de las formas de acaparamiento antiguas. Por ejemplo, los señores feudales, los hacendados en el Perú eran los propietarios de grandes tierras pero tenían bajo su mando a los desposeídos, a los sin tierras quienes trabajaban al servicio del patrón pero los nuevos concentradores de tierras no tienen ninguna responsabilidad sobre los desposeídos. Así mientras el señor feudal dejaba trabajar la tierra a los que estaban bajo su poder, los nuevos propietarios (los acaparadores de la era de economía de mercado), dejan a su suerte a los desposeídos locales y este es un fenómeno que activa y amplía la pobreza de las personas, genera inseguridad alimentaria y el goce a una vida sana se reducen a niveles intolerables.

A estas alturas debemos precisar que en sentido estricto la concentración de tierras para la producción de alimentos como despensa para otros países, no se da; pero si se presenta un proceso en marcha de concentración de tierras que hemos venido señalando y que se evidencia en nuestro país por los hechos históricos observados, pues, luego de la reforma Agraria de Velazco, se inicia de manera informal la parcelación de las tierras (especialmente en la costa), que luego se formaliza con el Presidente Belaunde Terry en su segundo gobierno y con mayor fuerza con el Presidente Fujimori que merced al D.L. 26505 de 1995 genera un marco jurídico, introduciendo mecanismos de mercado que facilitaron la entrada de actores privados, principalmente nacionales para adquirir tierras, principalmente en la costa, para la producción de agroexportación, mientras que en el caso de la gran minería y del sector energético (hidrocarburos), los capitales son principalmente extranjeros. Es por ello que Isabel Remy y Carlos de los Ríos concluyen que en el país se encuentran algunos elementos fragmentarios de land grab: concentración de tierras, presencia de inversiones extranjeras (como socios de grupos empresariales nacionales), alta intervención del Estado abriendo el mercado y ofertando tierras, y riesgos de

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inseguridad alimentaria en el mediano plazo11. Zulema Burneo llega a similares conclusiones, mostrando el proceso histórico de la concentración de tierras, tomando como referencia el desarrollo de las principales reformas y mecanismos jurídicos desde la Reforma Agraria impulsado por el Ex Presidente Velasco en 1969 (que rompe el esquema de concentración de tierras), hasta la adecuación jurídica del gobierno liberal de Alberto Fujimori en 1993 que abre las puertas hacia una nueva concentración de tierras12.

En el Perú el tema de concentración de tierras ha llamado la atención de instituciones como CEPES, ILC, OXFAM entre otros, con publicaciones de diversos especialistas en la materia (Burneo 2011, Eguren 2009, Castillo 2012, etc.), que pasan revista a las normas y el estado de la concentración de tierras que se reimpulsan desde los ‘90 con la presencia de grandes inversionistas que confluyen en un mercado de tierras muy dinámico, visibles en la Amazonía en la palma aceitera o en las concesiones y explotaciones de hidrocarburos, en las pasturas andinas para megaproyectos mineros y las tierras de la costa para la agroindustria, generando no pocas veces conflictos socioambientales, como son los caso de Conga, Tía María, Ecoamérica, etc.

Laureano del castillo, investigador y especialista en cuestiones agrarias de las comunidades campesinas13, sostiene que las políticas agrarias del Estado estuvieron orientadas hacia la actividad económica agrícola, pecuaria y forestal en vías de reconstrucción de una nueva clase empresarial, que comenzaron a acentuarse desde los 90 con el Ex Presidente Fujimori, en cuyo gobierno se concibió una política económica neoliberal operativizada con un conjunto de normatividades que consolidaron grandes unidades agropecuarias, principalmente en tierras eriazas de la costa. Resulta particularmente significativa la introducción de una serie de cambios legislativos en aras de promover un mercado de tierras que sería la base del desarrollo rural. “Se eliminaron los límites a la propiedad y se abrió la posibilidad de que las comunidades campesinas y nativas pudieran transferir sus tierras a terceros o adjudicarla entre sus integrantes”14; de modo que la tenencia de la tierra se basaría en la capacidad adquisitiva de empresas que traerían el desarrollo rural o proveerían de empleo a poblaciones, alrededor de una actividad de la industria extractiva. Esto es lo puede denominarse presión comercial sobre la tierra.

Del Castillo en una breve recapitulación de la situación de las comunidades campesinas señala que éstos han pasado por varios momentos históricos, desde la formación de común de indios en la colonia (principalmente formada para la recaudación de

11 Dinámicas del mercado de la tierra en América Latina. Concentración y extranjerización. El capítulo del caso Perú fue escrito por María I. Remy y Carlos de los Ríos. Publicado por la FAO el 2012 12 Propiedad y tenencia de la tierra en comunidades campesinas 13 “Marco Jurídico e institucional del régimen de propiedad de las comunidades campesinas”. Informe final de una consultoría llevada a cabo el 2012, que contó con la participación de Pedro Castillo. 14 Ibíd.

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tributos), pasando por un proteccionismo en los 20 (algunos señalan que estas medidas llegaron a destiempo, pues, ya se habían quitado tierras a estas comunidades), hasta concluir en las grandes reformas de los 90 que facilitaron el acceso a los inversionistas de las tierras. Estas últimas medidas las continuaron los siguientes gobiernos, así en el Gobierno del Ex Presidente García se emitieron una serie de decretos leyes en el marco del TLC con Estados Unidos, que motivaron la emergencia de protestas indígenas iniciadas en 2008 por considerar que dichos decretos afectaban sus territorios, exacerbados aún más por declaraciones de García, en sus ya celebres artículos del perro del hortelano orientadas hacia una reconcentración de la tierra: “…las tierras ociosas porque el dueño no tiene formación ni recursos económicos, por tanto la propiedad es aparente. Esa misma tierra vendida en grandes lotes traería tecnología de la que también se beneficiaría también el comunero…”. Esta es una expresión que ejemplifica el modelo de desarrollo de corte excluyente porque desconoce el aporte de la pequeña agricultura y los derechos de los pueblos indígenas. A la postre las protestan terminaron con graves y sangrientos hechos, tuvo que pasar esto para que la voz de los pueblos indígenas ingresen en la agenda pública.

Finalmente en el caso peruano podemos afirmar que “el conjunto de tierras ya concentradas entre 1996 y 2010, tiene un total de 325,021 ha si a ellas se suman los proyectos en curso, el proceso de concentración de tierras en grandes proporciones, abarca unas 802.638 ha”15 como se aprecia en el siguiente cuadro

Cuadro 1. Grandes compras de tierras 1996 – 2010 y proyectos en curso

Mecanismo de Transferencia Compras efectivamente

realizadas

Proyectos en curso

TOTAL

Adjudicación Gob. Regionales 28.149 211.200 239.349 Irrigaciones 141.616 225.529 367.145 Mercado 55.073 55.073 Proyectos de compra de eriazos 40.888 40.888 Empresas Azucareras 100.183 100.183 Total 325.021 477.617 802.638

Fuente: María I. Remy y Carlos de los Ríos. En Dinámicas del mercado de la tierra en América Latina. Caso Perú (FAO, 2012)

La comercialización de tierras en el Perú, a cargo de PROINVERSION (que lidera y promueve la venta de terrenos eriazos), se da a través de: a) el libre mercado en tanto las normas permiten la comercialización de cualquier tierra agrícola, b) proyectos de irrigación/ampliación de la frontera agrícola de la costa, como es el caso de la irrigación de Olmos con presencia de la empresa Odebrecht, c) transformación de las cooperativas en empresas privadas facilitada por “un largo y nada transparente”

15 Isabel Remy y Pedro de los Ríos

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proceso de venta de las acciones del Estado en estas cooperativas para convertirlas en empresas de Sociedades Anónimas y finalmente a través de d) adjudicación de tierras de terrenos eriazos o con potencial agrícola a postores que denuncien estas tierras, a cargo de los Gobiernos Regionales y del Ministerio de Agricultura.

De otra parte y más allá de los antecedentes del land grabing, es conveniente precisar que otros factores subyacen al fenómeno, aunque ya señalamos algunos, debemos preguntarnos si ¿solamente la presión comercial de la tierra es la variable que explica el acaparamiento de tierras o en un sentido más amplio el modelo de desarrollo económico liberal? Diversos estudios señalan que hay otros factores como el de International Land Coalition (ILC por sus siglas en inglés)16, que en una de sus recientes publicaciones titulada «Los derechos a la tierra y la fiebre por ella: hallazgos del Proyecto de Investigación Global Presiones Comerciales sobre la Tierra»17, analiza las condiciones generales en que se dan las adquisiciones de tierras, los factores que motivan el proceso, dónde están los objetivos de adquisición de tierras y quienes son los responsables de las adquisiciones, explicando que detrás del acaparamiento también está débil gobernabilidad democrática, las políticas económicas y agrarias excluyentes a los pobres de las áreas rurales, la marginación de la pequeña agricultura, etc. La FAO acuña el concepto de gobernanza de la tierra al explicar los desafíos de la demanda de recursos naturales, inseguridad hídrica, alimentaria y energética, claramente relacionados al “desigual acceso a la tierra, la inseguridad de la tenencia, el uso insostenible de la tierra y unas instituciones deficientes para la administración de la tierra…”18. En tal sentido estamos frente a una débil gobernanza de la tierra que en términos de los investigadores de la FAO es entendida como “…un concepto neutral que comprende complejos mecanismos, procesos e instituciones a través de los cuales los ciudadanos y los grupos articulan sus intereses, ejercen derechos y obligaciones legales, y solucionan sus diferencias”19. En esta nueva tensión de lucha de intereses los pueblos indígenas carecen de capacidades políticas suficientes para hacer frente al poder político y económico que posiciona una economía de mercado, una visión de desarrollo distinta de las visiones de desarrollo de los pueblos indígenas, de allí que para los autores de la investigación de la FAO, “la gobernanza de la tierra trata principalmente del poder y la economía política de la tierra”, sustentada en la evolución de normatividades que afianzan “relaciones de poder entre individuos y grupos sociales. Por consiguiente, no sorprende que las élites e incluso las clases 16 A través de sus miembros aliados ha dedicado sus estudios de los procesos de concentración de tierras en América Latina, África, Asia y también ha encargado estudios que son desarrollados por los investigadores nacionales expertos en la materia 17 Ver más detalles sobre el tema en Anseeuw, W., L. Alden Wily, L. Cotula, y M. Taylor. (2012). Los derechos a la tierra y la fiebre por ella: hallazgos del Proyecto de Investigación Global Presiones Comerciales sobre la Tierra. ROMA: ILC 18 Hacia una mejor gobernanza de la tierra. Consultoría para la FAO. David Palmer, Szilard Fricska y Babette Wehrmann. En colaboración con Clarissa Augustinus, Paul Munro-Faure, Mika-Petteri Törhönen y Anni Arial 19 Ibíd.

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medias dispongan de formas más sólidas de tenencia de la tierra, mientras que los grupos, personas pobres y vulnerables tengan unas formas de tenencia más débiles e inseguras”.

Respecto del funcionamiento de la dinámica del mercado de tierras, un factor estructural de ella es la exigencia que proviene desde las cadenas de valor y de la tecnología disponible. En tal sentido en la producción agrícola o silvoagropecuaria es variable, pues, cuando las inversiones son de mediano y largo plazo la propiedad de la tierra pasa a ser fundamental, como es el caso de la producción de palma aceitera del Grupo Romero, principalmente en el departamento de San Martín. Otro factor estructural es (volvemos a reiterarlo), el modelo de desarrollo de economías abiertas20 que impulsa a los Estados a abrirse hacia los mercados externos, hacia los grandes inversionistas, otorgándoles no pocas veces grandes ventajas y poco control o fiscalización de los impactos generados, como en el caso de minería o hidrocarburos en el país. La lógica que subyace es que la compra y/o venta en un contexto de libre mercado es vital para el incremento de la productividad y con ello una asignación óptima del recurso tierra.

Sin embargo no son solamente factores del modelo de desarrollo, políticos como la gobernanza de la tierra, sino también factores organizacionales, institucionales e inclusive personales, que el autor del prólogo del libro marcando territorio21 denomina factores internos que afectan la gobernanza de los territorios indígenas y que están constituidos por “líderes locales con escasa formación y ambición desmedida que anteponen sus intereses personales a los del colectivo que representan y se dejan corromper por lo que ellos ven como una fortuna y para los corruptores no son más que migajas”, como por ejemplo una canchita de futbol o un motor fuera de borda22. Otros factores internos son las brechas generacionales que en el caso de las comunidades campesinas les resta posibilidades de ejercicio ciudadano y de acceso a la tierra a las jóvenes generaciones23 y finalmente las brechas y distancias entre los liderazgos nacionales de las organizaciones indígenas de las regionales y más aun de las mismas comunidades, sean campesinas o nativas. Fenómenos como los señalados

20 La lógica del mercado estriba en que las fuerzas del mercado regularían por si mismas una óptima y eficiente asignación de las tierras, dado que esta estaría en manos mas eficientes. 21 En “marcando territorio. Progresos y limitaciones de la titulación de territorios indígenas en la Amazonía”, de Alberto Chirif y Pedro García con el Grupo Internacional de trabajo sobre asuntos indígenas (IWGIA, por sus siglas en inglés) Copenhague 2007 22 El 2012 se difundió en las redes sociales un convenio suscrito entre AIDESEP y PETROBRAS. Sobre el particular Alberto Chirif escribió: “Las contradicciones en las que ha incurrido Aidesep al firmar el contrato con Petrobras son graves. No se trata de un error pequeño o de un acto de corrupción individual. Con el contrato Aidesep desmonta principios que le han dado solidez a lo largo de su vida.” Chirif es antropólogo peruano, trabaja desde hace más de 40 años en temas relacionados a la Amazonía, especialmente en el reconocimiento de derechos colectivos de los pueblos indígenas 23 Hecho que podría motivar un alejamiento de las jóvenes generaciones de sus comunidades, abandonando lo “típico” divorciándose de su realidad.

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no son pocos comunes en la mayoría de organizaciones indígenas que muestran cierto grado de fragilidad organizacional.

Terminemos este primer apartado haciendo un primer balance de la concentración de la tierra. Comencemos con el presupuesto del modelo de desarrollo económico, que asigna al mercado un valor fundamental para maximizar la productividad y una óptima asignación de la tierra. Siguiendo este mismo hilo de pensamiento Isabel Remy y Carlos de los Ríos sostienen24 que en el “sentido netamente económico existe una larga evidencia que sostiene que las ganancias derivadas de una distribución más igualitaria de la tierra superan a las derivadas de los retornos crecientes a escala de las explotaciones agropecuarias”25. El enfoque opuesto al modelo de una “agricultura con grandes extensiones de tierras” estima que las “ganancias de una estructura más igualitaria están asociadas a una mayor productividad proveniente de mayores incentivos productivos (trabajo familiar, supervisión). Estas ganancias son atribuibles a una mayor productividad agrícola en predios pequeños, proveniente de mayores incentivos productivos (trabajo familiar, supervisión)”.

Debemos señalar también que luego de la apertura al mercado mundial y a las inversiones se ha incrementado ostensiblemente las exportaciones agropecuarias: De US 293.758 en 1990 a US 2.597.062 en el 2009; un logro sin lugar a dudas26 y con ello empleo para un sector de la población. Un sector que contribuyó con este éxito es la exportación no tradicional producida en tierras concentradas con productos tales como los espárragos, la paprika, uvas, mangos, etc. En este mismo rubro llama poderosamente la atención el café, en tanto lidera las exportaciones estimándose que “alrededor del 30% de las exportaciones de café están en manos de un sector de pequeña agricultura organizado en grandes cooperativas… Es un sector asociativo exitoso (toda la exportación de este sector se orienta a nichos de mercado: orgánico, amigable con las aves o gourmet), a diferencia del restante 70%, también producido por pequeños agricultores, pero desorganizados”27.

La concentración de tierras nos sitúa entre dos opciones la de la gran agricultura y la pequeña producción y el impacto de ambas en la reducción de la pobreza y en el empleo. Sobre el particular “Una ilustración útil de esta relación entre el tamaño de la finca, la pobreza y el empleo puede encontrarse en el contraste entre Brasil y China de 24 Dinámica del mercado de tierras en América Latina y El Caribe. Concentración y extranjerización. El caso del Perú 25 En el citado texto Remy y de los Ríos sostienen que casi un siglo de investigación desarrollada por economistas, muestran evidencias de que los agricultores de pequeña escala por lo general usan la tierra, la mano de obra, y el capital más eficientemente que los agricultores a gran escala. Esto significa que la agricultura se caracteriza por deseconomías a escala, que implica que la redistribución de la tierra de los grandes a los más pequeños productores, puede traer consigo ganancias de eficiencia a la economía. 26 Fuente: http://www.cepes.org.pe 27 Dinámica del mercado de tierras en América Latina y El Caribe. Concentración y extranjerización. El caso del Perú. Isabel Remy y Carlos de los Ríos

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1991 a 2001. Durante ese período, China duplicó sus rendimientos en la producción de cereales basados en el sector de pequeños productores con un tamaño promedio de parcelas de menos de 0,2 hectáreas, y de esta manera sacaron de la pobreza a aproximadamente 400 millones de personas. Durante el mismo período Brasil alcanzó tasas un poco inferiores de crecimiento basados en la producción mecanizada en gran escala—pero el número de pobres en las áreas rurales de hecho creció”28.

En segundo lugar, este proceso de concentración está orientada hacia el exterior con preminencia de las industrias extractivas y de la agroexportación, que comprometen recursos hídricos del subsuelo sin mayor fiscalización por parte del Estado y, una producción que deja de lado la demanda de alimentos en el país y que se refleja en la balanza comercial, pues, “el valor de las importaciones de alimentos en Perú ha pasado de 510 millones de USD en 1991 a 2.429 USD en 200829.

En tercer lugar los factores señalados constituyen para la FAO un desafío mayor que es la gobernanza de la tierra ya que se observa un uso insostenible de la tierra que impacta en el cambio climático (en tanto se incrementa la demanda de recursos naturales que por ejemplo va de la mano con la deforestación para el sembrío de biocombustibles), en la inseguridad alimentaria (menos producción de alimentos) y, en el estrés hídrico (la minería demanda ingentes cantidades de agua).

En cuarto lugar, tenemos la conflictividad socioambiental generada por la acción de la gran minería y la explotación del petróleo que también han impulsado el mercado de tierras. Expresiones más recientes de ello son los casos de Conga y Espinar (que lamentablemente desencadenaron hechos violentos que terminaron en muertes de campesinos). Los reportes de la Defensoría del Pueblo a Diciembre del 2012 señalan que 65.25% (148 casos de un total de 277), de conflictos sociales son socioambientales, como se muestra en el siguiente gráfico.

Gráfico 1. Reporte de Conflictos sociales a Diciembre del 2012:

28 Presiones comerciales sobre la tierra en el mundo. Problemática y marco conceptual. Documento preparado por AGTER para ILC. Autores: Michel Merlet, Clara Jamart con la colaboración de Mathieu Perdriault y Samuel L'Orphelin. Abril del 2009 29 http://www.cepes.org.pe/prueba_site.shtml?x=94451&cmd[537]=i-537-786524702b159bc6aa03517172ca98ed&s=R

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FUENTE: Reporte de conflictos sociales Nº 106, de la Defensoría del Pueblo. Dic. 2012

A medida en que se implementaban las grandes inversiones en el país se gestaron movimientos sociales de protesta contra los distintos gobiernos de turno cuyas demandas son: a) el respeto de los Derechos ambientales y de las personas (tanto individuales como colectivas), b) exigencia de una distribución equitativa de los recursos económicos, c) vigilancia ambiental en casos de contaminación30, d) seguridad territorial31, e) no ampliación de las actividades extractivas cuando está en entredicho la pérdida de recursos hídricos 32 y f) necesidad de una Consulta Previa33 antes de otorgar las concesiones.

En quinto lugar la concentración de tierras en las zonas mineras no ha incidido en la reducción de la pobreza, como puede apreciarse por ejemplo en Cajamarca, aunque se diga que es responsabilidad del Estado y no de la empresa; lo cierto es que la gran inversión no va de la mano con una mejor calidad de vida de las poblaciones cercanas a la actividad minera. La mayoría de pueblos cercanos a la gran minería están en situación de pobreza y de vulnerabilidad social (Palmer, D., S., Fricska y B., Wehrmann, 30 Existen casos de contaminación que por su relevancia e impacto al ambiente y salud de las personas han sido motivo de fuertes críticas al Estado ya sea por su inoperancia o por su débil papel de intervención para detener dichos impactos. Por ejemplo, la contaminación en el Lote 1AB, La Oroya, Cajamarca son algunos de los casos. 31 Es una de las exigencias de las poblaciones especialmente amazónicas ya que sus territorios están superpuestos por concesiones forestales, hidrocarburíferas y mineras. Esta exigencia fue lo que impulsó a los pueblos Jíbaros iniciar una protesta contra el Estado y fue conocido como el Baguazo cuyo saldo fue la muerte de más de 30 personas. 32 El caso Conga es uno de los más representativos 33 Es la demanda de los pueblos indígenas especialmente de la Amazonía. En todo el proceso histórico

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2009); es el caso de Cajamarca, una de las regiones donde se extrae la mayor cantidad de oro en el país con 1 640 668 de onzas finas que representan 31.1% de la producción nacional -5 273 135 onzas finas- registrada en el 2011. Y, el ranking mundial del año 2011, ubica al Perú en el sexto lugar en la producción de este mineral. Paradójicamente, esta región conforma el grupo de las cinco regiones más pobres del país según los reportes de INEI dado el 2011 y hasta la fecha no ha variado su posición en la escala de pobreza.

Por último y no por ello menos importante está la pérdida de control sobre sus territorios por parte de las poblaciones originarias y no pocas veces la contaminación de suelos y ríos en sus territorios, quedando una serie de pasivos ambientales que afectan inclusive la salud de las poblaciones y que compromete el desarrollo intelectual de toda una generación. Muchas de las concesiones mineras e hidrocarburíferas se superponen a sus territorios y por lo general los procesos de negociación con la comunidad, antes de la aplicación de la ley de consulta, eran dirigidas de manera poco transparente, con talleres más que de consulta, de corte informativo y sin las condiciones de diálogos de buena fe, en su idioma, etc., es decir son talleres en los que no priman los diálogos interculturales.

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2. LEGISLACIÓN Y CONCENTRACIÓN DE TIERRAS

En un contexto de no reconocimiento de los ciudadanos en su mayoría indígenas34 y la falta de políticas claras respecto a la tenencia y gobernabilidad de la tierra se gestó un proceso de concentración histórica. Muchos habitantes andinos, en aquel entonces, perdieron sus tierras y pasaron a trabajar en las haciendas dejando su anterior estado de dueños a dependientes. Y, para el caso amazónico, el imaginario político abrigaba un espacio inhabitado de libre disposición a la que se tenía que ocupar y conquistar. Si en ella habitaban reducidos “salvajes” habría que obligarlos al proceso de civilización.

Para 1930, el movimiento campesino, según Remy y de los Ríos, ya había iniciado un proceso de recuperación de las tierras mediante acciones legales y hasta procesos de compra (Remy y de los Ríos 2012).

La necesidad de una reforma agraria para revertir el acceso inequitativo de la tierra fue gestado por una Junta Militar de Gobierno (1962-1963), que promulga una “Ley de Bases de la Reforma Agraria” (DL 14238 de noviembre de1962), mediante el cual se legalizaba la toma de tierras iniciada en las provincias de Lares y Convención en Cuzco. Asimismo, Fernando Belaunde elegido promulga una nueva “Ley de Reforma Agraria”, la ley 15037 de mayo de 1964 mediante el cual se prosigue el proceso de reforma agraria (Remy y de los Ríos 2012).

No obstante, la gran transformación se inicia en 1969 durante el gobierno de Juan Velasco Alvarado con la promulgación de la Ley 17716, Ley de Reforma Agraria, con el cual los sistemas de haciendas quedarían abolidos.

Es necesario observar el contexto de la concentración de tierras antes de la Reforma Agraria iniciada por el gobierno de Velasco Alvarado y el proceso actual de concentración. La investigación de Fernando Eguren (2012) ofrece un análisis comparativo entre el tamaño de las haciendas antes de la reforma y las actuales corporaciones agroindustriales. Según el mencionado autor antes de la reforma agraria, en el valle Chancay-Huaral había 16 haciendas, que tenían en conjunto 15 mil 500 hectáreas y ocupaban casi un tercio del área de cultivo del valle, pero, el estado actual de concentración presenta empresas que poseen, cada una, un número mayor de superficie que el conjunto de las 16 haciendas mencionadas (Eguren, 2012). El siguiente cuadro da cuenta de esta comparación.

Gráfico 2: Concentración de tierras comparada: total de valles de Huaral antes de la reforma vs. empresas agroindustriales en la actualidad

34 Sólo uno hecho de los muchos ejemplos da cuenta de ello: La población indígena recién en 1979 adquiere el derecho al sufragio y por tanto el derecho a la participación política.

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Fuente: Eguren 2012

A continuación mostramos brevemente la evolución histórica de la legislación respecto de la concentración de tierras:

Cuadro 2. Evolución histórica de la legislación de tierras

Fecha Norma Contenido

1570 en la Colonia.

Reducciones de indios

El objetivo era asegurar el tributo y el control de la población indígena. Las leyes de Indias reconocieron el régimen de tenencia de la tierra vigente para el Ayllu durante el imperio incaico

1824. Inicios de la República

Decretos de Bolívar de 1824 (Trujillo) y 1825 (Cusco)

Convertir a los indios en ciudadanos, buscando liquidar la comunidad. El estado asumió una política ambigua frente a las comunidades; sin embargo estas lograron su supervivencias

Proteccionismo constitucional

a) 1920

Art. 41 de la Constitución de 1920

“Los bienes de propiedad del Estado, de instituciones públicas y de comunidades indígenas son imprescriptibles y solo podrán transferirse mediante título público en los casos y en las formas que establezca la ley.”

b) 1933 Art. 209 de la Constitución de 1933

“La propiedad de las comunidades es imprescriptible e inajenable, salvo el caso de expropiación por causa de utilidad pública, previa indemnización. Es, asimismo, inembargable.”

c) 1969 Decreto Ley Nº 17716 que promulga la Ley de Reforma Agraria

Introdujo en nuestra legislación la distinción entre comunidades campesinas y nativas. Se esperaba que los campesinos tengan un mejor acceso a la tierra

d) 1979 Artículos 161 al 163 de la Constitución de 1979

El Art. 163 declaraba que “Las tierras de las comunidades campesinas y nativas son inembargables e imprescriptibles. También son inalienables, salvo ley fundada en el interés de la comunidad, y solicitada por una mayoría de los

13.1 14 15.5 23.5 25

29.7

80

0102030405060708090

wong Maple Valle Huaral Oviedo Camposol Romero Gloria

wong Maple Valle Huaral Oviedo Camposol Romero Gloria

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dos tercios de los miembros calificados de esta, o en caso de expropiación por necesidad y utilidad públicas...”

1984 Art. 136 del Código Civil

“…las tierras de las comunidades son inalienables, imprescriptibles, e inembargables, salvo las excepciones establecidas por la Constitución Política del Perú. Se presume que son propiedad comunal las tierras poseídas de acuerdo al reconocimiento e inscripción de la comunidad”

Art. 7 de Ley 24656 Ley General de Comunidades Campesinas.

: “…las tierras de las comunidades campesinas son inembargables e imprescriptibles; también inalienables, salvo previo acuerdo de por lo menos dos tercios de los miembros calificados de la comunidad, reunidos en asamblea general expresa y únicamente con tal finalidad. El acuerdo deberá ser aprobado por ley fundada en el interés de la comunidad y deberá pagarse el precio en dinero por adelantado.”

Art. 2 de la ley 24657, Ley de Deslinde y Titulación del Territorio Comunal

“…el territorio comunal está integrado por las tierras originarias de la Comunidad, las tierras adquiridas de acuerdo al derecho común y agrario, y las adjudicadas con fines de Reforma Agraria. Las tierras originarias comprenden: las que la comunidad viene poseyendo, incluyendo las eriazas, y las que indican sus títulos”.

Fin del proteccionismo: Constitución de 1993

Art. 89 de la constitución del 93

“Las comunidades campesinas y las nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas. Son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras, así como en lo económico y administrativo, dentro del marco que la ley establece. La propiedad de sus tierras es imprescriptible, salvo en el caso de abandono previsto en el artículo anterior.”

1991 Decreto Legislativo Nº 653 que deroga la ley de Reforma Agraria

Art. 61: “Las comunidades campesinas y nativas así como las empresas campesinas asociativas titulares de dominio de tierras de aptitud forestal, podrán celebrar contratos de arrendamiento de éstas, hasta por treinta (30) años renovables con la finalidad de que sean destinadas a la instalación y/o manejo de plantaciones forestales.”

1992 Creación del PETT Es el Proyecto Especial de Titulación de Tierras y Catastro Rural, encargada del saneamiento de la propiedad rural, con la finalidad de impulsar el saneamiento de la propiedad.

26 de noviembre de 1993

Resolución Legislativa Nº 26253

El congreso aprueba el Convenio 169 y en febrero del 94 la ratifica

Julio de 1995 Ley 26505 Ley de Tierras que tiene por finalidad dar

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estabilidad y seguridad jurídica a los inversores El artículo primero pone en evidencia la lógica de esta ley al establecer: “los principios generales necesarios para promover la inversión privada en el desarrollo de las actividades económicas en tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas” Art. 7 orienta el pago de servidumbres a las comunidades campesina en caso no quieran negociar con las mineras o petroleras, regulada por la autoridad minera (que dicho sea de paso hace de juez y parte)

Ley 26845 prescripción administrativa

El Art. 10 estima que se procede a “declarar el abandono de las tierras de las comunidades campesinas de la costa…por un pazo no menor de dos años”

Fuente: Adaptado de la investigación de Laureano del Castillo y Pedro Castillo35. Elaboración propia.

La matriz nos muestra dos etapas: La del proteccionismo constitucional y de una progresiva concentración de tierras36. Algunas normas de la primera etapa son:

a) Lo importante de la Ley de Deslinde y Titulación fue su intención de resolver el problema de la falta de titulación de un número muy grande de comunidades campesinas. Para ello estableció un procedimiento administrativo muy ágil, derivando tan solo a los órganos judiciales (los Juzgados de Tierras y el Tribunal Agrario, vigentes en aquellos años), los casos en que no se pudiera llegar a una solución, para lo que se reconocía la posibilidad de usar la conciliación, y hasta el arbitraje (tratándose de discrepancias entre comunidades campesinas)

b) El artículo 15 de la Ley General de Comunidades Campesinas que establece que “En caso de que la comunidad campesina no esté en condiciones de explotar directamente cualesquiera de estos recursos, en la forma a que se refiere el acápite anterior, podrá constituir empresas con terceros, en las que su participación estará de acuerdo con el volumen de la producción, el uso de los recursos o de cualquier otra forma consensual que guarde justa proporción con sus aportes.”

La segunda etapa se caracteriza por:

a) Liberalización del tratamiento de la propiedad de la tierra y el arrendamiento, así como la modificación de la legislación de aguas, de tierras de selva y ceja de selva, la comercialización agraria, el trabajo agrícola y la agroindustria.

35 Marco jurídico e institucional del régimen de la propiedad de las comunidades campesinas. Informe final. Del Castillo Laureano y Castillo Pedro, Mayo del 2012 36 Adaptado del informe final de Laureano del Castillo y Pedro Castillo

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b) El art. 89 de la constitución del ‘93 deja solamente la posibilidad de la imprescriptibilidad como defensa de las tierras comunales y amplió la autonomía comunal con lo que las tierras comunales pueden ser vendidas, cedidas, donadas, etc. lo que significa que dejan de ser inalienables (Laureano del castillo y Pedro Castillo, 2012).

c) Si las tierras comunales pueden ser libremente dispuestas por la comunidad, dejó de tener sentido mantener la inembargabilidad, toda vez que dentro de las posibilidades de la libre disposición se encuentra el hipotecar las tierras.

d) La lógica de esta reforma se basa en que las comunidades no contaban con acceso al crédito, de allí las normas orientadas a la facilitación de la venta de tierras comunales para modernizar el agro. Este fue uno de los primeros pasos en la concentración de tierras ya que se buscó la participación de la gran inversión otorgándoles seguridad jurídica a los inversores

e) La ley 26505 eliminó las restricciones al mercado de tierras, garantizándose que cualquier persona individual o jurídica, nacional o extranjera, tendría libre acceso a la propiedad de la tierra.

f) Esta misma ley en su artículo 10 propuso la adecuación de los estatutos de las comunidades campesinas de la costa disponiendo la posibilidad de vender las tierras con la aprobación de menos del 50% de comuneros asistentes a las Asambleas. Caso similar fue para las comunidades de la sierra y selva, solo que en ellas la aprobación debería ser del 2/3 del total de todos los comuneros. Se desprende de lo señalado que había un gran interés por las tierras de la costa, que luego se dedicarían a la agroexportación o a la producción de biocombustibles.

g) No cabe duda que esta ley buscaba la individuación de las tierras de las comunidades costeñas, entre ellas las eriazas. A ello apunta la ley 26845

Cuadro 3. En el gobierno de Toledo se dieron las siguientes normatividades: Fecha Norma Título Contenido

26.6.04 Ley 28259 Ley de reversión a favor del Estado de los predios rústicos adquiridos a título gratuito

Revierten al Estado los predios abandonados o que no cumplen con el fin para el que fueron adjudicados. Las comunidades campesinas y nativas se rigen por sus normas.

30.9.04

D.S. 035-2004-AG

Reglamento de la Ley 28259.

Define el abandono: Tres años sin trabajar la tierra. Establece los procedimientos aplicables

12.1.06 Ley 28667 Ley que declara la reversión de predios rústicos al dominio del Estado, adjudicados a título oneroso, con fines agrarios, ocupados por

No define en qué consiste la reversión, la que opera en predios adjudicados a título oneroso, incluyendo las adjudicadas por Decreto Legislativo 838 (adjudicación gratuita). Se trata de predios ocupados con fines de

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asentamientos humanos vivienda. Intervienen: Ministerio de Agricultura, COFOPRI y PETT.

14.3.06 Ley 28685 Ley que regula la declaración del abandono legal de las tierras de las comunidades campesinas de la costa, ocupadas por asentamientos humanos y otras posesiones informales

Amplía el plazo para legalizar ocupación de tierras comunales por asentamientos humanos (hasta el 31.12. 03). Incorpora el artículo 10-A en la Ley 26845. Modifica el artículo 11 de la Ley 26845. Modifica el artículo 13 de la Ley 26845. Otorga 90 días de plazo para ser reglamentada

17.3.06 Ley 28687

Ley de desarrollo y complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos

5.4.06 D.S. 016-2006-AG

Reglamento de la Ley 28685

Desarrolla procedimiento, con intervención de OPER del PETT. Segunda instancia es la Dirección Ejecutiva del PETT

11.4.06 D.S. 018-2006-AG

Reglamento de la Ley 28667

Repite en lo fundamental el reglamento de la Ley 28259.

Fuente: La Revista Agraria Nº 73 (CEPES, 2006).

Si bien en este periodo se creó el Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano (INDEPA)37 de rango ministerial, se mantuvo la legislación anterior que favorecía procesos de concentración de tierras.

Entrando ya en la gestión del Ex Presidente García en su manifiesto político escrito en “El síndrome del perro del hortelano”, difundido en octubre de 2007,38 propone hacer más competitiva la agricultura considerando que las comunidades mantienen “tierras ociosas” cuyos dueños “no tienen formación ni recursos económicos”. Esta concepción subyace en los Decretos Legislativos que emitiera, en el marco el TLC con Estados Unidos (con autorización del Congreso de la República), algunos de los cuales (de contrabando, es decir sobrepasando los límites en materia de legislación), afectaban directamente los derechos de los pueblos indígenas recortando derechos sobre sus territorios. Luego de sendas movilizaciones de protesta de los pueblos indígenas algunos de estos decretos fueron derogados.

En el mismo gobierno de García, mediante el DS005-2007 emitido el 22 de febrero del 2007 se dispone que el PETT salga del Ministerio de Agricultura y sea absorbido por el COFOPRI a cargo del Ministerio de Vivienda.

37 Definida como el organismo rector de las políticas nacionales encargado de proponer y supervisar el cumplimiento de las políticas nacionales, así como de coordinar con los Gobiernos Regionales la ejecución de los proyectos y programas dirigidos a la promoción, defensa, investigación y afirmación de los derechos y desarrollo con identidad de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano. 38 Artículo publicado en el diario El Comercio, Lima, 27 de octubre de 2007.

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Para terminar este recuento normativo diremos que en general las normatividades se han ido afinando para promover la concentración de tierras en aras de hacer una agricultura más competitiva, entendiendo por competencia el gran capital y la agroindustria, obviando los aporte de la pequeña agricultura y los derechos de los pueblos indígenas, es decir un modelo de desarrollo aplicado mecánicamente, al pie de la letra de lo que dispone las reglas del mercado, que están por encima de derechos.

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3. FORMAS DE ACAPARAMIENTO Y DISPOSICIÓN DE TIERRAS EN EL PAÍS

La economía de Perú se sustenta básicamente por el ingreso que percibe de parte de las empresas que desarrollan las actividades de extracción de los recursos naturales. Por este motivo, el gobierno de Perú desarrolla una amplia campaña de promoción y oferta de los distintos recursos que están cuidadosamente registrados en el catastro nacional. Desde Fujimori han puesto en marcha una campaña de promoción donde no sólo se limitaron en señalar la abundancia de recursos disponibles, sino también se refirieron a las bondades y facilidades legales con el objeto de acelerar el desarrollo de las inversiones en el Perú, otorgando facilidades tributarias, flexibilizando las leyes en materia ambiental, a costa de las poblaciones locales, indígenas y pueblos indígenas en aislamiento voluntario, pues, aun las reservas naturales o los bosques de protección permanente son parte de las cuadriculas a ser concesionadas.

El Estado peruano ha desarrollado mecanismos para la extracción de los recursos naturales por parte de terceros. Estos mecanismos se conocen como las concesiones que son otorgados por órganos especializados según la naturaleza de los recursos (www.minam.gob.pe). Así por ejemplo, las concesiones minerales están a cargo del Ministerio de Energía y Minas, las forestales a cargo del Ministerio de Agricultura, los hidrocarburos por Perú Petro y finalmente con la transferencia de facultades en el marco de la descentralización, a los Gobiernos Regionales les corresponde efectuar la titulación de tierras de las comunidades nativas y otorgar concesiones de tierras a privados. El caso de las subastas de tierras eriazas de propiedad estatal está bajo la dirección de PROINVERSION.

A continuación, presentamos el estado y formas de concentración que hemos podido identificar en nuestra investigación. Las preguntas que guiaron nuestra investigación en este aspecto son: ¿cómo se distribuyen las distintas concesiones y de qué forma se disponen las tierras en el Perú?

Debemos señalar antes, que hemos encontrado dificultades para determinar la cantidad real de tierras concesionadas ya que las estadísticas oficiales son muy escasas. Además, se ofrece información poco detallada sobre los procesos de concesión, así por ejemplo, encontramos que en las páginas oficiales se mencionan los procesos de subastas de tierras y otorgamiento de concesiones forestales y mineras pero en muchos de estos casos no se mencionan la superficie en hectáreas que corresponde a cada concesión.

3.1. Concentración de tierra vía minería y conflictividad social

La Ley General de Minería (TUO aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM), regula el desarrollo de las concesiones mineras en el Perú. La entidad encargada de otorgar

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los títulos de concesión minera, administrar el catastro minero nacional y los pagos que hacen todos los titulares mineros por mantener vigentes sus derechos mineros es el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico –INGEMMET (MEM, 2012). Por su parte los Direcciones Regionales de Minería son responsables del otorgamiento de las concesiones mineras para el Pequeño Productor Minero y el Productor Minero Artesanal en el ámbito de su región, teniendo en cuenta el Catastro Minero Nacional elaborado por INGEMMET. Sin duda, la minería es la actividad económica de mayor relevancia en el Perú. En el siguiente cuadro se observa que en el 2011 las exportaciones peruanas de todos los productos ascendieron a US$ 46 268 millones y de esta cifra total la parte que corresponde a la minería en ese año alcanzó los US$ 27 361 millones.

Grafico 3. Cifra de exportaciones anuales y exportaciones mineras del 2007 al 2011

Fuente: BCRP, MEF, MEM. Elaboración: Paz y Esperanza

En términos porcentuales la suma de la exportación minera correspondiente al año 2011 equivale a 59.1% del valor de todas las exportaciones (tradicionales y no tradicionales), efectuadas por nuestro país (MEM 2012). En el año 2007 las exportaciones mineras sumaron US$ 17 238 millones, en el 2009 se produce una ligera caída (US$ 16 361 millones), pero en el 2010 con el incremento de los precios internaciones de los minerales la cifra asciende a US$ 21 723. Asimismo, las exportaciones de los productos mineros durante el 2011 - con un valor de US$ 27,361 millones-, es superior en 26% a las registradas en el año anterior que fue de US$ 21 723 millones.

En el Anuario Minero 2011 publicado por el Ministerio de Energía y Minas se reportan los siguientes datos respecto a la minería: En el Perú existen 39,448 concesiones

27882 31529

26885

35565

46268

17238 18657 16361

21723

27361

05000

100001500020000250003000035000400004500050000

2007 2008 2009 2010 2011

Exportaciones Export. mineras

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mineras vigentes que abarcan una superficie de 17’ 418,228 hectáreas, equivalentes al 13.6% del territorio nacional. El mapa publicado en abril del 2012 presenta ligeras variaciones en cuanto a los datos que corresponden a la superficie de las concesiones por cada una de las regiones. Siendo así, la suma de las cifras correspondientes a las 24 regiones y la Provincia constitucional de Callao alcanzan una superficie total de 17’591,587 hectáreas.

Cuadro 4. Concesiones mineras en el Perú vigentes a setiembre-2012

Ítem Región Conc. / Ha Area Reg. % Conc.

1 Amazonas 339.575 3.924.913 8.65% 2 Ancash 1.153.721 3.582.557 32.20% 3 Apurímac 928.573 2.089.579 44.44% 4 Arequipa 2.260.790 6.334.393 35.69% 5 Ayacucho 1.124.145 4.381.480 25.66% 6 Cajamarca 1.234.951 3.324.777 37.14% 7 Callao 2.328 14.698 15.84% 8 Cuzco 888.135 7.189.197 12.35% 9 Huancavelica 694.980 2.213.147 31.40%

10 Huánuco 268.961 3.693.809 7.28% 11 Ica 552.286 2.132.783 25.90% 12 Junín 677.902 4.440.967 15.26% 13 La Libertad 905.616 2.556.990 35.42% 14 Lambayeque 243.548 1.423.130 17.11% 15 Lima 1.177.045 3.480.159 33.82% 16 Loreto 86.572 36.885.195 0.23% 17 Madre de Dios 424.158 8.518.263 4.98% 18 Moquegua 994.026 1.573.397 63.18% 19 Pasco 321 341 2 531 959 12.69% 20 Piura 801 170 3 589 117 22.32% 21 Puno 1 788 915 7 199 900 24.85% 22 San Martín 53 890 5 125 331 1.05% 23 Tacna 656 958 1 607 589 40.87% 24 Tumbes 4 400 466 920 0.94% 25 Ucayali 7 601 10 241 055 0.07%

Total 17 591 587 Fuente: MEM. Elaboración: Paz y Esperanza

De la extensión total que ocupa el territorio peruano -128 521 160 000- hasta el presente año 2012 se ha concedido más de 17 millones de hectáreas en favor de la minería, que en términos porcentuales equivale a 13.6 % del total del territorio peruano. Las concesiones mineras están concentradas en las regiones andinas del país aunque en algunas regiones amazónicas también se observan procesos de concesiones que se ha incrementado en los últimos años. Las regiones donde las concesiones mineras alcanzan superficies significativas son las siguientes: Moquegua con 63% de

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su territorio concesionado, Apurímac con 44.44%, Tacna con 40.8%, Cajamarca con 37.14%, Arequipa con 35.69% y La Libertad con 35.42%.

GRAFICO 4. Territorios regionales con alto nivel de ocupación minero - 2012

Fuente: MEM. Elaboración: Paz y Esperanza

En el lado opuesto se observan las regiones cuyos territorios son poco afectados por la minería. No obstante, los permisos de concesiones mineras van en aumento y proyectos importantes de exploración son ejecutados en regiones como Amazonas con Afrodita, Gold Sans en Loreto, Joito en San Martín, entre otros. En el primer puesto se encuentra Ucayali con 0.07%, seguido por Loreto con 0.23%, Tumbes 0.94% y San Martín con un ligero incremento con respecto a Tumbes, 1.05%.

Las concesiones mineras en el Perú están agrupadas bajo 3 categorías o estratos: a) Régimen General que agrupa a la gran y mediana minería; b) Pequeño Productor Minero (PPM); c) Productor Minero Artesanal (PMA)

Teniendo en cuenta estos regímenes se observó los datos que se muestran en el siguiente cuadro correspondiente al estrato Pequeño Productor Minero (PPM) y Productor Minero Artesanal (PMA). Estos datos se tomaron del Boletín Estadístico de Minería publicado el 11 de setiembre de 2012 por el Ministerio de Energía y Minas. Cabe recordar que las constancias o los títulos por Derecho Minero son otorgadas por la Dirección General de Minería (DGM) y tienen una validez de 2 años que pueden renovarse indefinidamente mientras se cumpla con las condiciones y requisitos que establece la ley.

Cuadro 5: Constancias otorgados a los PPM y PMA, vigentes al 12 de agosto del 2012

PPM PMA Región Nº DER. MIN Ha. Nº DER. MIN Ha.

63.18

44.44 40.8

37.14 35.69 35.42

0

10

20

30

40

50

60

70

Moquegua Apurimac Tacna Cajamarca Arequipa La Libertad

Porc

enta

je

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AMAZONAS 19 24 29.829 22 25 8.857 ANCASH 438 959 1.120.920 196 268 114.807 APURIMAC 106 174 190.297 152 174 66.155 AREQUIPA 393 877 1.093.181 379 506 251.001 AYACUCHO 243 388 411.408 92 109 55.018 CAJAMARCA 159 264 289.660 47 61 26.316 CALLAO 8 11 5.625 1 1 100 CUZCO 171 292 331.378 208 239 132.859 HUANCAVELICA 186 363 496.053 103 145 72.299 HUANUCO 121 217 296.954 59 77 39.174 ICA 194 344 388.587 55 66 26.168 JUNIN 263 711 1.628.547 151 220 121.931 LA LIBERTAD 257 585 686.433 66 103 53.993 LAMBAYEQUE 67 137 158.087 18 23 9.964 LIMA 452 1067 1.123.097 95 109 53.497 LORETO 20 48 69.791 14 16 6.100 MADRE DE DIOS 378 1 078 1 101 373 395 658 370 431 MOQUEGUA 45 81 74 887 96 118 52 838 PASCO 60 115 170 256 54 73 33 510 PIURA 138 248 311 702 92 105 54 638 PUNO 239 504 562 141 269 379 203 230 SAN MARTIN 5 6 4 134 56 72 20 366 TACNA 37 80 156 673 70 90 47 833 TUMBES 15 19 6 692 1 1 100 UCAYALI 10 26 34 886 6 10 3 300 TOTAL 4,024 8,618 10’742,591 2,697 3,648 1’824,485

Fuente: MEM/DGM/DPM. Es preciso recordar que un único titular minero puede tener concesiones en varias regiones.

Como se puede observar en el Cuadro 5, existen 4,024 titulares mineros pertenecientes al estrato Pequeño Productor Minero (PPM), quienes cuentan con un total de 8,618 títulos de Derecho Minero y la superficie total de área asignada para este estrato alcanza los 10’742,591 ha. En el estrato Productor Minero Artesanal se constata 2,697 titulares con 3,648 concesiones mineras y ocupando en total una superficie de 1’824,485 ha. Ahora bien, en el caso del estrato de Régimen General es necesario advertir que las publicaciones del MEM o INGEMMET suministran escasa información por lo que es difícil conocer los detalles de este estrato. Por ejemplo, la superficie total en hectáreas que ocupa cada unidad minera y la empresa responsable o titular no se encuentra sistematizada, por lo que es difícil establecer cifras reales. Según el Directorio Minero publicado por el Ministerio de Energía y Minas, en el Perú existen 11,607 titulares mineros que se dividen de la siguiente forma: 6,944

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corresponden al Régimen General; 2,529 al estrato Pequeño Productor Minero y 2,134 al estrato Productor Minero Artesanal.

Cuadro 6. Directorio de titulares mineros en Perú – 2012

ESTRATO Nº DE TITULARES REG. GENERAL 6,944 PPM 2,529 PMA 2,134 TOTAL 11,607

Fuente: MEM 2012. Fecha de actualización: 27-06-2012

Cabe mencionar que el número de titulares mineros y por tanto los Derechos Mineros Titulados en los últimos años se ha incrementado gracias a la fuerte promoción de parte del Estado acompañado por el incremento de precios de los principales metales. Este incremento de las actividades mineras se puede constatar observando la dinámica de los petitorios mineros (ver Gráfico 5) y el número de Derechos Mineros Titulados vigentes como se muestra en el cuadro 7.

Cuadro 7. Derechos Mineros Titulados y en Trámite

DESCRIPCIÓN CANTIDAD EXTENSIÓN(HA) Derechos mineros titulados 39 448 17 418 227.66 Derechos mineros en trámite 12 383 6 185 220.31 Plantas de beneficio 177 23 662 057.68 TOTAL 52 008 23 662 057.68

Fuente: INGEMMET. Elaboración: MEM. Cifras vigentes al 31 de diciembre de 2011 Gráfico 5. Petitorios mineros solicitados y títulos otorgados (Ene - Jul 2012)

Fuente: MEM

6748

8159

9793

5235

9638 9942

0

2000

4000

6000

8000

10000

12000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Petitorios

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Durante el de enero a julio 2012 se efectuaron 4,924 petitorios mineros siendo este un número muy significativo acumulado en menos de un año. En ese mismo periodo se otorgaron 2 mil 692 títulos para el ejercicio de las actividades mineras sobre la superficie solicitada por el titular minero.

Cabe señalar que, en el Sistema de Derechos Mineros y Catastro (SIDEMCAT) es la Base de Datos donde está contenida información de los derechos mineros vigentes y extinguidos desde el inicio de la historia de la minería en el Perú, la cual permite registrar los nuevos petitorios que se formulan en la actualidad a nivel nacional, ingresándose la data de cada uno de los pedimentos, la cual servirá posteriormente para la evaluación técnica y legal de éstos.

Gráfico 6. Petitorios mineros solicitados (Enero-Diciembre 2006-2011)

Fuente: MEM

En el año 2011 se efectuaron 9,942 petitorios mineros, cifra ligeramente elevada en 3.15% respecto al 2010 y 96.79% mayor respecto al 2005, según la información reportada en el Anuario Minero 2011.

Como hemos venido señalando las industrias extractivas, en este caso la minería, operan muchas veces en tierras de las comunidades campesinas. En principio -ampliando lo ya dicho en la primera sección de este informe- el inicio de las actividades de la minería no es nada transparente (aunque algunas mineras están aprendiendo de esas malas prácticas y comienzan a diseñar nuevas relaciones con las comunidades). Por lo general solo se comunica a los líderes comuneros con quienes establecen negociaciones no equitativas que a la postre perjudica a la población, razón por la cual muchas de las comunidades desconfían de las mineras ya que han sido contaminados los recursos hídricos, suelos y han perdido territorios comunales. En este panorama el rol del Estado pareciera ser el garante de las mineras porque está

1391

462 474 345

1279

523 450 507

1002

517

318 348

0

200

400

600

800

1000

1200

1400

1600

Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio

PETITORIOS TITULOS

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interesado en la recaudación fiscal, más que en un desarrollo local, sostenible, de allí que las instituciones que deben fiscalizar los EIA o los PAMA son muy laxas y tampoco poseen capacidad ni peso institucional para hacerlo.

La desconfianza de la población se ve reflejada las palabras de Magdiel Carrión, ex Presidente de CONACAMI39:

“Los territorios de los pueblos indígenas, las comunidades andinas del Perú donde más influencia tenemos nosotros, es desde el norte, centro y sur del país, son cabeceras de cuenca y hablemos la resistencia de Tía María, del caso de Islay y Tambo, la lucha de Arequipa,…el caso de Santa Ana, de los aimaras de Puno, tuvieron que venir a Lima y estar en momentos difíciles para que recién el gobierno, los escuche; el caso reciente de Bagua, tuvo que haber un montón de muertos indígenas que se manifestaron cuando se daban los 111 decretos de ley en contra de los pueblos no sólo de la Amazonía sino también de la parte andina. Caso Tambo Grande, una resistencia muy fuerte, que no quisieron y tuvieron que sacar la empresa minera ¿Cuántos denunciados hubo por parte del gobierno y por parte de la empresa? Cerca de trescientos. El caso Majaz, igual.

El caso Tumbes, ahora, el gobierno no se preocupa porque se limita en decir que Tumbes no está afectado por la minería, pero sí la minería del lado del Ecuador tanto de la minería artesanal como de la gran minería están arrojando los relaves al río Tumbes y toda la agricultura que se riega de los valles de Tumbes con esa agua están siendo contaminadas.

El caso de la resistencia de Cajamarca, tuvo que militarizar la zona para calmar las cosas y aun que el gobierno no ha decidido todavía en el caso de Cajamarca en decir “bueno se suspende las operaciones mineras”. No, no es el gobierno, es la misma empresa; entonces ¿qué garantía tenemos dentro de los derechos de los pueblos? No tenemos.

Reconociendo la toma de carreteras Carrión señala: “Bueno, al bloquear una carretera ciertamente hay un delito pero el delito más grande que comete el gobierno es del abuso de meterse en tu tierra sin haber pedido permiso; ya no le eche la culpa a la empresa porque desde el Ministerio de Energía y Minas le están dando permiso para que ingrese. Entonces es cómplice el gobierno de esta intromisión sin haber consultado con la comunidad y cuando la comunidad se resiste ¿qué son? ¿Terroristas? ¿Están en contra del orden público? ¿Atentado contra la propiedad privada? O sea, incluso te acusan del atentado contra la

39 Entrevista concedida por Magdiel Carrión para propósitos de este estudio

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propiedad privada (que es la empresa), cuando tú estás en y eres dueño de tu territorio. Es indignante decir esto porque verdaderamente los pueblos no tienen una garantía de sus derechos.

Una lideresa de ONAMIAP (también entrevistas para este estudio), expresa su preocupación por el impacto de la minera en actividades desarrolladas por las mujeres. Ella se pregunta y al mismo tiempo se responde: “¿Qué ha significado la presencia de la minería en la vida de las mujeres? Las tierras destinadas para las actividades agrícolas y la crianza de los animales menores a las que nos dedicamos las mujeres han sido afectadas…Los puquiales que antes estaban cerca ahora están más alejados y también el tema de producción de alimentos ya no son tan sanos pues estamos cultivando con agua contaminada…Con ello se incrementa la actividad de las mujeres, se ve afectado la salud y se ve afectado la soberanía alimentaria; y con todo ello, la educación de nuestros hijos y la salud de nuestra familia. La situación se vuelve más crítico al interior de las comunidades donde se realizan las actividades mineras.

En la página siguiente mostramos el mapa de concesiones mineras en el Perú. Obsérvese que se superpone una buena parte de territorios de las regiones del país, entre ellas comunidades campesinas. Una evidencia de la concentración de tierras en grandes compañías mineras afectando no solo comunidades campesinas, sino poniendo en riesgo recursos hídricos, como se mostró en el caso Conga.

A continuación planteamos mecanismos de resolución de estos conflictos: Una primera entrada es el diálogo que debe ser asumido por los actores involucrados (comunidades, Gobiernos nacional y subnacionales). En esta perspectiva, si bien las mesas de diálogo suelen entramparse por posiciones políticas de los actores en conflicto, esto no debe dar pie a abandonar el diálogo, sino buscar soluciones como ocurrió con el Proyecto Quellaveco en Moquegua, que tras intensos 16 meses de diálogo40 concluyeron en acuerdos satisfactorios para la región y para Anglo American, empresa que explotará cobre por 32 años. Fue el Presidente regional, quien sin dejar de presionarse por el Ex Presidente del Consejo de Ministros Oscar Valdez y el Ministro de Energía y Minas Jorge Merino41 para que acepte las iniciales ofertas de la minera y; planteando estrategias de negociación sin techos altos para luego ceder, lograra que la empresa apruebe la propuesta del Gobierno Regional de 850 millones de soles para el fondo de responsabilidad social y se comprometa a no usar aguas subterráneas, además de un pago de regalías entre 20 y 22 millones de soles anuales. De esta forma el proyecto minero obtiene esta suerte de licencia social.

40 La mesa de diálogo promovida por el Gobierno Regional, participaron Frentes de Defensa, Junta de Regantes, comunidades cercana al proyecto, tres municipios provinciales de la región. En el camino desertaron los Dirigentes de la Junta de usuarios y del Frente de Defensa de Moquegua. 41 http://www.larepublica.pe/10-08-2012/asi-se-forjo-el-acuerdo-de-moquegua-con-el-proyecto-minero-quellaveco

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Mapa de concesiones mineras del Perú

Fuente: Perú Informe Alternativo2012, sobre el cumplimento del convenio 169 de la OIT

Los procesos de negociación pueden verse frustrados, si es que el Estado actúa con cierta condescendencia con las mineras. Una muestra de ello un posible convenio

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suscrito entre la sexta Brigada de Selva del Ejército del Perú y la Compañía Minera Afrodita, en la que se estipula como obligaciones del Ejército el proveer el transporte personal hasta la zona misma de las concesiones (en la medida de su capacidad libre o disponible), seguridad y comunicación. Este convenio fue formado el 03 de mayo del 2010. En el caso del conflicto de espinar también se encontró a efectivos policiales en el campamento minero, pareciendo ser una suerte de comisaría al servicio de la empresa. Magdiel Carrión en entrevista sostenida para esta investigación sostiene:

“Cuando la gente se da cuenta de los daños que puede haber o que ya ocasionan durante la explotación o exploración viene la resistencia y el rechazo a las actividades; en respuesta de esto, el gobierno aparte de tener un cuerpo policial tiene un aparato de protección de los derechos -policía y ejército-, los vuelve contrario a la población porque le da protección a la inversión privada, de la empresa minera, violando los derechos de los pueblos que están en su territorio y eso se llama la militarización lo que está pasando en varios sitios. Y la agresión no tanto militar sino más que todo policial, con la DINOES, y son los que han matado. Así nosotros lo señalamos directamente, han matado a campesinos, a gente agricultora y a dirigentes en todos los conflictos sociales. Y para que se arme una mesa de dialogo, para ser escuchados, ha tenido que correr sangre, ha tenido que haber muertes y la mayoría de ellos son acusados; de allí viene la criminalización, aparte de ser muertos, de ser baleados, de dejar huérfanos, de quedar inválidos somos criminalizados. Somos criminalizados y ¿Cuál es el delito que tú cometes?”

Retomando formas de abordar los conflictos socio-ambientales, una tercera fórmula podría ser y aunque suene utópico, el de gestar políticas públicas sobre la gran minería con un enfoque de derechos, que salvaguarde los derechos de las poblaciones originarias y de los pueblos en aislamiento voluntario.

Un cuarto mecanismo es la titulación de las comunidades campesinas y nativas y con ello un empoderamiento de sus liderazgos, de sus capacidades de negociación política para posibles negociaciones con las mineras, además de un Estado que no se ponga de perfil, sino que vigile la consecución de diálogos en igualdad de condiciones.

3.2. Concentración de tierras para hidrocarburos

Perú Petro es una empresa del Estado constituida como Sociedad Anónima, creada por la Ley Nº 26221 –Ley Orgánica de Hidrocarburos– en 1993, que establece sus facultades y responsabilidades: Promover la inversión de actividades de exploración y explotación de hidrocarburos; suscribir contratos petroleros en nombre del Estado Peruano, efectuar la supervisión y seguimiento de los contratos petroleros suscritos.

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Así, el proceso de subasta de lotes se realiza por esta entidad estatal y genera controversias entre esta política y los pueblos indígenas. Es conveniente observar que dicho proceso ha dejado fuera de toda posibilidad la participación de las poblaciones indígenas quienes habitan los territorios donde la mayor parte de los lotes son concesionados. Recordemos que estos pueblos habitaron el territorio antes de la fundación del Estado peruano y tienen un derecho anterior, más en la práctica y en el imperio de la ley estas poblaciones fueron invisibilizados a pesar que la normativa internacional insta a los Estados a efectuar la consulta previa, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarlas directamente.

Asimismo, los pueblos amazónicos han tenido más de una experiencia negativa con los exploradores y explotadores de los recursos naturales o minerales. El genocidio de los Huitotos en la época de extracción gomera (Casement 2012), el bombardeo a los Matsés que Belaunde Terry había ordenado para facilitar el acceso de las trasnacionales en su territorio (STOLL 1985, VARESE 2004), la contaminación del ambiente y daño a la salud de la población Achuar42 durante más de tres décadas por la explotación hidrocarburífera, son algunos de los muchos casos de injusticias registradas.

La exploración y explotación de los hidrocarburos se promovieron por leyes muy flexibles en materia de protección del medio ambiente natural y la salud de las personas que habitan en los territorios dados en concesión. Mientras las actividades extractivas proliferaban generando grandes beneficios económicos, las poblaciones indígenas no sólo hicieron efectiva la figura del “mendigo sentado en un banco de oro” señalado por Raimondi, sino también experimentaron en carne propia “la maldición de la riqueza” que se evidencia en la degradación de su ambiente, la contaminación con altísimos niveles de plomo y cadmio en su cuerpo, desatención del Estado, entre otros. Esta realidad se agravó por la exclusión y discriminación a los indígenas, el surgimiento de sucesivos gobiernos poco identificado con los Derechos de sus ciudadanos, entre otros factores; todo ello hizo difícil pensar verdaderos canales de diálogo intercultural, los cuales son necesario para asegurar el equilibrio entre la actividad extractiva y la seguridad de los pueblos amazónicos. El caso de Occidental Petroleum -es la más representativa aunque no la única- empresa de origen norteamericana, que contaminó durante más de 30 años los territorios de los Achuar mientras el Estado asumió un rol en favor de la empresa y con frecuencia abandonó su responsabilidad de salvaguardar los derechos de las personas y colectividades, representando un “modelo” estatal que históricamente ha cuajado las actividades en este sector.

42 Una de las investigaciones que da cuenta sobre el caso de contaminación al ambiente y salud de los Achuar es el informe titulado Un legado de daño. Occidental Petroleum en territorio indígena de la Amazonía peruana publicado por Earth Rights International, Racimos de Ungurahui y Amazon Watch. 2007

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Actualmente el gobierno de turno tiene la oportunidad de cambiar esta situación injusta generada por las actividades extractivas en el país. Con la nueva iniciativa de consulta previa por primera vez en la historia peruana en el rubro de hidrocarburos las poblaciones indígenas tendrían participación en la toma de decisiones, aunque debemos señalar que la consulta no tiene efectos vinculantes.

Es importante señalar nuestra crítica a las formas de operación económica que buscan lucrar a costa de la degradación del ambiente y la violación de los derechos de los pueblos indígenas. Creemos que el Estado no debe descuidar su rol de fiscalización de las actividades extractivas con el objeto de salvaguardar los derechos de sus ciudadanos y el equilibrio ambiental. Esta es una tarea pendiente que el Estado deberá implementar en los próximos años de tal modo que el desarrollo económico no sea excluyente y perjudicial para los distintos grupos humanos.

A continuación presentamos los proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos. En esta parte nos concentraremos en la respuesta a las siguientes interrogantes: ¿Cómo están distribuidos? ¿Cuál es el número de hectáreas ocupadas? ¿Quiénes son las empresas operadoras?

Cuadro 8. Contratos del 2002 a agosto 2012

2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 Contratos

Suscritos

2 2 6 15 16 24 0 13 2 5 0

Vigentes

29 27 31 45 61 84 80 87 85 82 81

Fuente: Perú Petro

En este cuadro observamos que en el año 2006 el número de contratos se incrementó en más de 50% respecto al año 2002. Asimismo, se observa un incremento de lotes concesionadas desde el 2007 superando más de 80 contratos y esa tendencia se mantiene con una ligera baja en el 2012. No obstante, las actividades de promoción de lotes se incrementan y para este año la subasta de más lotes están en la cartera de Perú Petro.

En el rubro de los hidrocarburos se otorgan dos tipos de contratos: Contratos de Exploración y Contratos de Explotación. Actualmente, en el Perú existen 81 contratos vigentes al 31 de agosto del 2012 según los datos reportados en Estadística Petrolera publicada por Perú Petro. De los 81 contratos 20 están en fase de explotación, mientras los 61 restantes pertenecen a la fase de exploración.

Cuadro 9. Contratos Vigentes - Agosto de 2012

FASE DE CONTRATO

COSTA SIERRA SELVA ZÓCALO TOTAL

Exploración 9 2 37 12 61

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Explotación 11 - 7 2 20 Total 20 3 44 14 81 Fuente: Perú Petro

Los 61 lotes con contratos en Fase de Exploración ocupan en total 33.360.803.13 ha Los 20 contratos en Fase de Explotación ocupan 2.041.618,31 ha. Estas cifras corresponden al presente año (2012) y se espera más concesiones en los próximos meses, dado el anuncio realizado por el presidente de Perú Petro, sin embargo el número de lotes y la ubicación de las mismas se mantiene con total hermetismo, una no buena señal de transparencia

Gráfico 7. Superficie total de lotes concesionados - 2012

Fuente: Perú Petro. Elaboración: Paz y Esperanza

En los siguientes cuadros se presentan las empresas operadoras, los lotes asignados a cada operador, la superficie en hectáreas asignado a cada lote, el tipo de contrato y la ubicación de las mismas.

Cuadro 10. Contratos de exploración vigentes al 30-08-2012

ZONA COMPAÑÍA OPERADORA LOTE AREA (Ha)

NOR OESTE

BPZ XIX 191,441.16 GOLD OIL XXI 303,331.20 BPZ XXII 369,043.82 BPZ XXIII 93,198.96 UPLAND XXIV 88,825.40 VETRA PERU XXV 40,451.02 SAVIA XXVI 552,711.86 FAULKNER EXPLORATION XXVII 71,173.06 PITKIN PETROLEUM PERU S.A.C. XXVIII 314,132.58

ZOCALO BPZ Z-1 224,375.85

33360803.13

2041618.31

Explotación

Exploración

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SAVIA Z-33 594,696.59 GOLD OIL Z-34 371,339.17 SAVIA Z-35 1,081,517.48 SAVIA Z-36 999,995.39 KEI PERU Z-38 487,545.51 SAVIA Z-45 1,092,048.35 SK ENERY Z-46 1,134,547.76 SAVIA Z-48 720,106.44 SAVIA Z-49 676,096.60 SAVIA Z-51 849,413.88 SAVIA Z-52 803,574.48

SELVA NORTE

REPSOL 39 745,141.20 HARKEN 95 515,731.13 PLUSPETROL E&P 102 126,676.11 TALISMAN 103 870,896.17 REPSOL 109 359,023.44 MAUREL ET PROM 116 658.879.68 PETROBRAS 117 1.094.039.52 SUBANDEAN 121 281.326.45 BURLINGTON 123 940.421.09 BURLINGTON 129 472.433.68 CEPSA PERU 130 1.275.349.40 PACIFIC STRATUS ENERGY 135 1.020.390.63 PACIFIC STRATUS ENERGY 137 448.947.45 KEI PERU 144 683.616.47 OLYMPIC PERU 145 500.000.00 TALISMAN 158 272.254.86 COMPAÑÍA CONSULTORA DE PETROLEO 160 484.400.87 PLUSPETROL E&P 115 241.226.68 TALISMAN 64 761.501.00 HYDROCARBON EXPLORATION PLC., SUCURSAL DEL PERÚ

183 396.825.66

HYDROCARBON EXPLORATION PLC., SUCURSAL DEL PERÚ

188 595.808.66

ECOPETROL DEL PERÚ S.A. 179 350.284.82

SELVA CENTRAL

PETROBRAS 58 340.133.72 COMPAÑÍA CONSULTORA DE PETROLEO 100 7.700.00 PETROLIFERA PETROLEUM DEL PERÚ 107 252.232.33 CEPSA PERÚ 114 307.000.00 PETROMINERALES PERU 126 1.066.955.81 CEPSA PERÚ 131 990.472.32 PETROLIFERA PETROLEUM DEL PERU 133 396.050.74 PACIFIC STRATUS ENERGY 138 414.220.40 PAN ANDEAN RESOURCES 161 491.784.04 EMERALD ENERGY PERU 163 499.759.38 MAPLE 31-E 141.003.36

SELVA SUR REPSOL 57 287.102.80 HUNT OIL 76 1.071.290.08 PLUSPETROL E&P 108 1.241.675.95

Seguridad y acaparamiento de tierras en el Perú Paz y Esperanza

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TECPETROL S.A.C. 174 263.943.84

SIERRA SIBOIL DEL PERU 105 443.213.17 PAN ANDEAM RESOURCES 141 516.891.59 GRUPO PETROLERO SURAMERICANO 156 474.632.09

TOTAL 61 33.360.803.13 Fuente: Perú Petro

Cuadro 11. Contratos de Explotación vigentes al 30-08-2012

ZONA COMPAÑÍA EXPLOTADORA

LOTE AREA (HA)

NOR OESTE

GMP I 6,943.25 PETROMONT II 7,707.42 INTEROIL III 35,793.86 INTEROIL IV 30,721.98 GMP V 9,026.03 SAPET VI/VII 34,444.83 UNIPETRO ABC IX 1,554.13 PETROBRAS X 46,952.34 OLYMPIC XIII 263,357.85 PETROMONT XV 9,999.77 PETROMONT XX 6,124.21

ZOCALO SAVIA Z-2B 199,865.22 SAVIA Z-6 528,116.61

SELVA NORTE PLUSPETROL NORTE 1-AB 287,050.91 PLUSPETROL NORTE 8 182,348.21 PERENCO 67 101,931.69

SELVA CENTRAL MAPLE 31B y 31D 71,050.00 AGUAYTIA 31C 16,630.00

SELVA SUR PLUSPETROL 56 58,500.00 PLUSPETROL 88 143,500.00

TOTAL 20 2,041,618.31 Fuente: Perú Petro

En la amazonia de Perú existen 8 lotes con contratos en fase de explotación sumando una superficie total de 861, 010. 80 ha. En el caso de las concesiones para propósitos de exploración, hasta la fecha existen 37 lotes ocupando una superficie total de 20, 866 499.74 ha (ver Cuadro 12).

Cuadro 12. Contratos de exploración vigentes al 30-08-2012

ZONA COMPAÑÍA OPERADORA LOTE AREA (Ha)

SELVA NORTE

REPSOL 39 745.141.20 HARKEN 95 515.731.13 PLUSPETROL E&P 102 126.676.11 TALISMAN 103 870.896.17 REPSOL 109 359.023.44 MAUREL ET PROM 116 658.879.68

Seguridad y acaparamiento de tierras en el Perú Paz y Esperanza

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PETROBRAS 117 1.094.039.52 SUBANDEAN 121 281.326.45 BURLINGTON 123 940.421.09 BURLINGTON 129 472.433.68 CEPSA PERU 130 1.275.349.40 PACIFIC STRATUS ENERGY 135 1.020.390.63 PACIFIC STRATUS ENERGY 137 448.947.45 KEI PERU 144 683.616.47 OLYMPIC PERU 145 500.000.00 TALISMAN 158 272.254.86 COMPAÑÍA CONSULTORA DE PETROLEO

160 484.400.87

PLUSPETROL E&P 115 241.226.68 TALISMAN 64 761.501.00 HYDROCARBON EXPLORATION PLC., SUCURSAL DEL PERÚ

183 396.825.66

HYDROCARBON EXPLORATION PLC., SUCURSAL DEL PERÚ

188 595.808.66

ECOPETROL DEL PERÚ S.A. 179 350.284.82

SELVA CENTRAL

PETROBRAS 58 340.133.72 COMPAÑÍA CONSULTORA DE PETRÓLEO

100 7.700.00

PETROLIFERA PETROLEUM DEL PERÚ

107 252.232.33

CEPSA PERÚ 114 307.000.00 PETROMINERALES PERU 126 1.066.955.81 CEPSA PERÚ 131 990.472.32 PETROLIFERA PETROLEUM DEL PERU

133 396.050.74

PACIFIC STRATUS ENERGY 138 414.220.40 PAN ANDEAN RESOURCES 161 491.784.04 EMERALD ENERGY PERU 163 499.759.38 MAPLE 31-E 141.003.36

SELVA SUR

REPSOL 57 287.102.80 HUNT OIL 76 1.071.290.08 PLUSPETROL E&P 108 1.241.675.95 TECPETROL S.A.C. 174 263.943.84

TOTAL 37 20.866.499.74 Fuente: Perú Petro. Elaboración: Paz y Esperanza

Cuadro 13. Contratos de Explotación en Amazonia vigentes al 30 de agosto 2012

ZONA COMPAÑÍA OPERADORA LOTE AREA (Ha) SELVA NORTE PLUSPETROL NORTE 1-AB 287,050.91

PLUSPETROL NORTE 8 182,348.21 PERENCO 67 101,931.69

SELVA CENTRAL MAPLE 31B y 31D 71,050.00 AGUAYTIA 31C 16,630.00

SELVA SUR PLUSPETROL 56 58,500.00

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PLUSPETROL 88 143,500.00 TOTAL 8 861.010.80

Fuente: Perú Petro. Elaboración: Paz y Esperanza

Como se aprecia en los cuadros anteriores el número de contratos se ha incrementado desde el 2002 en más del 50%, con 61 lotes en fase de exploración que ocupan más de 33 millones de ha, que con seguridad se superponen a los territorios indígenas amazónicos y áreas naturales protegidas, como se puede apreciar en el mapa siguiente. Si correlacionamos los ingresos obtenidos por la actividad hidrocarburífera con la reducción de la pobreza de las poblaciones originarias esta no ha sido trascendente, por el contrario se han generado pasivos ambientales que afectan la salud de la población por la contaminación de las cochas (lagos) y ríos en los que están recursos ictiológicos, importantes fuentes nutritivas para la población indígena. Tal parece ser el sentir del primer congresista Awajun Eduardo Nayap43: “El Estado peruano históricamente ha desatendido a las poblaciones indígenas. Las políticas estatales se fomentaron en exclusión a los pueblos indígenas, que han existido antes de la fundación de los Estados y sobre una visión errada que concibe la Amazonia como un lugar deshabitada. Actualmente estamos trabajando para que toda esa situación injusta para nuestros pueblos sea superada”. Respecto a los beneficios que dejaría las petroleras el congresista señala que: “los beneficios directos que deberían obtener los pueblos indígenas que habitan dentro de la zona de influencia de un proyecto de extracción no son otorgados. Siendo así, se incrementa la pobreza, pero lo más grave es que sus tierras quedan afectadas por los pasivos ambientales y la salud de la población también”.

La superposición de polígonos con los territorios indígenas genera conflictos socioambientales motivada por una suerte de visión extractivista de los recursos no renovables44, como lo señala César Gamboa45, Presidente de Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR): “Mi lectura general es que el Estado peruano en los últimos diez años ha tenido una agresiva promoción de inversiones de hidrocarburos sin respetar ni siquiera su propio marco legal y ha generado una serie de conflictos socioambientales, como tal lo denomina la Defensoría del Pueblo, que ha puesto en crisis o en todo caso han puesto a inseguridad la gobernanza de distintos sectores, sobretodo en el tema ambiental”.

Superposición de lotes de hidrocarburos, reservas naturales y pueblos indígenas

43 En entrevista sostenida para propósitos de este estudio 44 Que inclusive el ex presidente de Perú Petro Humberto Campodónico vio como negativo de allí que gestionó la revalorización de la refinería de Talara. Se especula que la heterodoxia del Ministro de economía no estaba de acuerdo con repotenciar empresas estatales 45 En entrevista sostenida para propósitos de este estudio

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Fuente: Perú Informe Alternativo2012, sobre el cumplimento del convenio 169 de la OIT

María Ortiz Ríos46, presidenta de Perú Petro señala: “Y lo que es cierto es que las industrias petroleras y sobretodo en la selva se desarrolló de la peor forma en los años

46 En entrevista sostenida para propósitos de este estudio

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anteriores; se causó daño, existen pasivos, etc. Y eso yo no voy a negarlo, la verdad no se niega, pero también es importante que se maneje, que ya hace más de quince años existe una legislación que establece claramente la forma cómo se desarrolla de una manera adecuada sin causar daño. Impactos siempre va a haber, cualquier actividad causa impactos, eso es otra cosa, pero daño no, pasivos tampoco”. La funcionaria hace la salvedad de que hay pasivos, pero no daños, sin embargo bastaría ver el impacto de los derrames de petróleo en los territorios Achuar, señalado al inicio de esta sección para mostrar que si hubo daño47.

La Defensoría del Pueblo reporta la presencia de trece conflictos socioambientales que detallamos en el siguiente cuadro:

Cuadro 14 Conflictos vigentes por hidrocarburos

Lote Descripción Ubicación

Lote 1AB

Reclaman también una indemnización a las empresas petroleras que operan en la cuenca del Río Tigre, por el uso del río como vía de transporte.

Distrito del Tigre, provincia de Loreto

Lote 1AB

La Federación de Comunidades Nativas del Corrientes FECONACO, demanda a la Empresa PLUSPETROL el pago de una compensación por las tierras comunales que ocupa por las actividades de explotación de petróleo.

Comunidades nativas del Río Corrientes, distrito de Trompeteros, provincia de Nauta, Loreto.

Lote 8 La población de la CCNN Pucacuro, exige que la Empresa PLUSPETROL, remedie las aguas de la cocha Atiliano, lugar en donde se abastecen de pescados y que estaría contaminada por las actividades petroleras de la empresa.

CCNN Pucacuro – Río Corrientes, distrito de Trompeteros, provincia de Loreto Nauta

Lote 8 Pobladores de la Comunidad Nativa Santa Rosa demandan a la Empresa Plus Petrol Norte SA mayores aportes al desarrollo económico social e infraestructura en marco a convenio de apoyo social suscrito.

Comunidad Nativa Santa Rosa, distrito de Trompeteros, Provincia de Loreto.

Lote 116

La Coordinadora de los Pueblos Amazónicos y algunas comunidades de Santa María de Nieva se oponen al contrato de concesión del lote 116 de la empresa Maurel Et Prom Perú SAC por temor a una posible contaminación y por no haberse realizado consulta previa. Otras organizaciones indígenas, por el contrario, aceptan la presencia de la empresa.

Distrito de Santa María de Nieva, Provincia de Condorcanqui.

Lote 117

Federaciones indígenas Secoya (Airo Pai) y Kichwa del Alto Putumayo, se oponen al ingreso de PETROBRÁS, toda vez que no han sido consultados antes de la concesión del lote y en tanto el mismo se superpone a la Zona Reservada Güeppí y a las propuestas de

Cuencas de los ríos Napo y Putumayo, distrito de Putumayo, Provincia de Maynas

47 Al respecto basta ver el video que muestra testimonio de daños: http://racimosdeungurahui.com/page7.html

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Áreas Naturales Protegidas del Napo - Tigre y Napo – Curaray.

Lotes 135, 137, 142 y 152

Los pobladores de la comunidad Nativa Matsés y sus 14 anexos, ubicadas entre las cuencas de los ríos Yaquerana y José Gálvez, rechazan la exploración de hidrocarburos en los lotes petroleros 135, 137, 142 y 152 situados en su territorio, pues afirman no haber sido consultados.

Comunidad Nativa de Matses, Distrito de Yaquerana, Provincia de Requena

Lote 64 Un sector de comunidades nativas del Morona y sus organizaciones representativas se oponen al desarrollo de actividades de hidrocarburíferas en el Lote 64 por parte de la Empresa Talismán por posible contaminación ambiental y ausencia de consulta previa, lo cual han originado discrepancias entre organizaciones representativas.

Distrito Morona, Provincia de Alto Amazonas

Lote 57 Representantes del pueblo Kakinte señalan que debido al plan de ampliación realizado por la empresa REPSOL en las operaciones de gas en el lote 57 que además uniría otros lotes como el 56 y 88, ensanchando así la frontera de gas desde el Cusco hasta el Tambo. Esto implicaría una extensa superposición a sus territorios en las reservas de este pueblo así como los Machiguenga, Reserva Comunal, zona de amortiguamiento del Parque Nacional Otishi, zona de amortiguamiento de la Reserva Comunal Asháninka y la zona de amortiguamiento de la Reserva Comunal Machiguenga y la Reserva Territorial Nahua, Kugapakori, Nanti, donde se encuentran pueblos indígenas no contactados.

Provincias de La Convención (Cusco) y en la provincia de Satipo

Camisea trazado de ducto

El Comité de Lucha de la Provincia de La Convención, el Consejo Matsiguenga del Río Urubamba (COMARU), la Central de Comunidades Nativas Matsiguengas (CECONAMA),y otras organizaciones sociales de La Convención demandan al Gobierno Nacional, entre otros puntos, que se priorice el uso del gas de Camisea para el mercado interno. Además piden, se confirme de manera oficial, que el trazado del ducto de transporte de gas natural quede fuera del santuario de Megantoni.

Cusco, Provincia de La Convención.

Camisea Pobladores del Centro Poblado de Kiteni piden la nulidad de un contrato de compraventa celebrado por la Empresa Transportadora de Gas del Perú SA y un particular (Francisco Cahua), que los obligaría a desocupar sus casas para construir un aeropuerto.

Cusco, Centro Poblado Kiteni, Distrito de Echarate, Provincia de la Convención.

Camisea trazado de ducto

Los pobladores de la Comunidad Campesina de Anchihuay denuncian la supuesta contaminación y daños en sus territorios comunales por las obras de construcción del Tercer ducto para el transporte del Gas de Camisea, por lo que exigen a la Empresa Perú LNG SRL modificar el trazo original del ducto, así como una indemnización por los presuntos daños causados.

Ayacucho, comunidad Campesina Anchihuay, Distrito de Anco, Provincia de La Mar.

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Camisea trazado de ducto

Las Comunidades Campesinas de Retama y Qoyama demandan a la Empresa Transportadora de Gas del Perú SA. La renegociación del contrato de establecimiento de servidumbre suscrito en el 2002, por considerarlo lesivo a los intereses comunales.

Ayacucho, comunidades Campesinas de Retama y Qoyama, Distrito Chilcas, Provincia La Mar.

Fuente: Defensoría del Pueblo

Se espera que con la ley de consulta previa se aborden mejor los conflictos, sin embargo se percibe un manto de incertidumbre, pues, a la fecha el Vice Ministerio de Interculturalidad, aun no entrega la lista de comunidades que deben ser consultadas, temiéndose que ella no figuren las comunidades campesinas (lo que generaría más conflictos), alargando el proceso de consulta que precisamente arrancaba en el Lote 1AB y que vaya de la mano con una gestión responsable de la exploración y/o extracción y que los ingresos obtenidos llegue también a la población indígena, como lo expresa la funcionaria de Perú Petro: “La idea es desarrollar actividad conservando el medio ambiente y logrando desarrollo sostenible de los pueblos donde está la influencia, porque tampoco es justo, cincuenta años de explotación en esa zona esos pueblos no tienen nada, eso es un abandono. Por lo menos la intención de este gobierno, es inclusión, pero sólo se hace inclusión con recursos. Estamos con la mejor disposición y voluntad e instrucción política de hacerlo así”.

3.3. Concesiones forestales

El Decreto Ley N° 21147, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, promulgado el 13 de mayo de 1975 establecía dos modalidades de concesiones forestales. La primera modalidad consistía en el otorgamientos de lotes de hasta 100 000 ha mediante subasta pública a privados durante un periodo de 10 años renovables si se cumplía con los requerimientos establecidos por la ley. El segundo dirigido especialmente para pequeños extractores establecía contratos de lotes de 1000 hectáreas. Durante la vigencia de esta ley, en la práctica, el desarrollo de la actividad forestal, experimentó un manejo insostenible y fuerte desorganización de los agentes estatales para establecer mecanismos de control sobre las actividades forestales.

Para el año 2000 se promulga la Ley N° 27308 conocida como Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Entre las nuevas medidas de esta ley resalta la creación de Bosques de Producción Permanente que son áreas limitadas mediante catastro donde se dan las concesiones por un periodo de 40 años renovables. Este cambio e incremento de años de las concesiones y las políticas flexibles en favor de los empresarios configura un nuevo contexto en que se vienen otorgando las concesiones forestales en Perú. Sin embargo, las irregularidades administrativas, los escasos presupuestos asignados al sector y sobre todo la casi ausencia de voluntad política para implementar una reforma efectiva en materia forestal entre otros aspectos, terminaron erosionando las propuestas de equilibrio y sostenibilidad recogidas en la ley. Además, en este contexto

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tan delicado, se sumaron las denuncias debido a posibles situaciones de corrupción dentro del ámbito institucional donde estarían implicados funcionarios del sector forestal de diversos niveles.

En un contexto de crisis institucional generada durante el gobierno de García que afectó no sólo al sector forestal sino también a los demás sectores claves de administración pública48, el Congreso de la República aprobó la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Esta norma fue el resultado de una amplia participación que incluyó la participación de los miembros de las organizaciones de la sociedad civil, los pueblos indígenas y el Estado. Después de su aprobación el 21 de julio del 2012 se espera su implementación para asegurar un manejo sostenible de los recursos forestales que es una tarea pendiente en el Perú.

Actualmente la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre órgano adjunto al Ministerio de Agricultura, es el ente encargado de gestionar las concesiones forestales en el país. Estas concesiones son otorgadas a los privados, por un periodo de hasta cuarenta años renovables en los Bosques de Producción Permanente, los cuales se ponen a disposición de los interesados mediante los procesos de subasta o concurso público; a excepción de aquellas concesiones que previamente fueron otorgadas antes de la creación de los Bosques de Producción Permanente y se encuentran vigentes, como son las concesiones forestales maderables por adecuación de contrato (http://dgffs.minag.gob.pe/ ).

Las concesiones presentes son de dos tipos que merecen ser explicados: Concesiones forestales otorgadas por concurso público y las Concesiones Forestales Maderables por Adecuación de Contrato. El primer caso agrupa a las concesiones otorgados a medianos y pequeños empresarios mediante Concurso Público, por un plazo de hasta 40 años renovables, pudiendo acceder a una superficie desde 5000 hasta cincuenta mil (50,000) ha a nivel nacional. Para el segundo caso, las Concesiones forestales maderables otorgadas por adecuación de contrato se trata de los antiguos contratos mayores a mil que se concesionaron antes de la promulgación de la Ley Nº 27308.

Del mismo modo, los Gobiernos Regionales están llevando a cabo procesos de concesión de áreas forestales a privados en virtud a la competencia otorgada inmediatamente después de la disolución de INRENA en 2009.

48 Véase por ejemplo, los procesos transferencia de funciones efectuadas de organismos especializados como INRENA y PETT. Este último organismo, dependiente del Ministerio de Agricultura, era el responsable de efectuar la titulación de las comunidades nativas pero al disolverse éste sus atribuciones se pasaron a COFOPRI, ente especializado en titulación de predios urbanos mas no para la zona rural. Esta acción gubernamental fue duramente criticada por expertos en la materia quienes advirtieron que el proceso de formalización y titulación de las comunidades nativas se vería truncado. Y, efectivamente fue así: “Entre el 2006 y 2010 que abarcó el gobierno de García a penas se otorgaron 19 títulos nuevos a comunidades nativas” (IBC 2012).

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Antes de presentar el estado de la concentración de tierras, debemos advertir que la información disponible acerca de las concesiones forestales es muy escasa. Para sustentar los pocos datos disponibles hemos consultado las publicaciones de OSINFOR, Ministerio de Agricultura y especialmente la información disponible en el portal de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre. Las concesiones efectuadas por los gobiernos regionales son más difíciles de obtener y dada las limitaciones señaladas no se han considerado en este trabajo.

La información publicada por la Dirección de Información y Control Forestales y de Fauna Silvestre DICFFS-DGFFS ofrece los datos de las concesiones de acuerdo a las siguientes categorías:

1. Concesiones forestales maderables otorgadas por adecuación y ampliación de contrato

2. Concesiones forestales con fines maderables por concurso público 3. Concesiones forestales de forestación y reforestación 4. Concesiones forestales no maderables de otros productos de la madera

(castaña y shiringa) 5. Concesiones forestales de manejo de fauna silvestre 6. Concesiones forestales con fines no maderables de ecoturismo

En los cuadros sucesivos se presentan los datos a modo de resumen y ordenados en los ítems siguientes: región o zona de ubicación, número total de titulares concesionarios, tipo de concesión y superficie concesionada.

Cuadro 14. Total de concesiones forestales por regiones de Perú – 2012

REGION CANTIDAD SUPERFICIE AREA REGIONAL %TOTAL JUNIN 10 27569.78 4400177.35 0.63 MADRE DE DIOS 1372 2488078.71 8462574.76 29.40 LORETO 265 3099874.93 37531219.02 8.26 SAN MARTIN 43 723864.87 5093337.19 14.21 UCAYALI 187 2960371.45 10584842.68 28,97 TOTAL 1877 9299,76

Fuente: OSINFOR 2012. Elaboración: Paz y Esperanza

Cuadro 15. Concesiones maderables otorgadas por adecuación y ampliación de contrato

REGION Nº DE OPERADORES AREA (Ha) JUNIN 6 59 949.78 LORETO 4 135 408.29 MADRE DE DIOS 2 24 007.57 PASCO 1 8 644.00 SAN MARTIN 5 78 302.38 UCAYALI 3 57 017.86

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TOTAL 21 363 329.88 Fuente: DICFFS-DGFFS. Actualizado a Febrero 2012 Elaboración: Paz y Esperanza

Cuadro 16. Concesiones forestales con fines maderables por concurso público

REGION Nº DE OPERADORES AREA (Ha) HUANUCO 47 278 737.80 LORETO 247 2 627 211.00 MADRE DE DIOS 82 1 248 037.02 SAN MARTIN 32 478 404.00 UCAYALI 148 2 485 063.44 TOTAL 556 7 117 453.26 Fuente: DICFFS-DGFFS. Actualizado a Febrero 2012. Elaboración: Paz y Esperanza

Se puede apreciar en el cuadro anterior que Ucayali es la región con mayor número de superficie concesionada, abarcando un total de 2 485 063.44 hectáreas y es seguido por Loreto con una superficie total de 2 627 211.00 hectáreas.

Cuadro 17. Concesiones de forestación y reforestación

REGION Nº DE OPERADORES AREA (Ha) JUNIN 2 5 648.21 LIMA 7 109.83 MADRE DE DIOS 245 112 888.84 PASCO 35 11 930.93 PIURA 2 1 387.19 UCAYALI 2 3 304.41 TOTAL 293 135 269.41 Fuente: DICFFS-DGFFS. Actualizado a Febrero 2012. Elaborado: Paz y Esperanza

Cuadro 18. Concesiones no maderables de otros productos de la madera (castaña y shiringa)

REGION CONCESION Nº DE OPERADORES AREA MADRE DE DIOS Castaña 983 863 778.11 MADRES DE DIOS Shiringa 24 16156 TOTAL 1007 879 934.04 Fuente: DICFFS-DGFFS. Actualizado a Febrero 2012. Elaborado: Paz y Esperanza

Cuadro 19. Concesiones de áreas de manejo de fauna silvestre

REGION Nº DE OPERADORES AREA (Ha) LA LIBERTAD 1 2,730.62 LORETO 1 729.06 PIURA 1 5,511.46 SAN MARTIN 1 3,861.06 TOTAL 4 12,832.20 Fuente: DICFFS-DGFFS. Actualizado a Febrero 2012. Elaborado: Paz y Esperanza

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Cuadro 20. Concesiones forestales con fines no maderables de ecoturismo

REGION Nº AREA (Ha) ANCASH 1 104.06 CUSCO 2 11 936.03 ICA 1 1 438.36 JUNIN 4 10 609.84 LORETO 3 10 168.69 MADRE DE DIOS 19 37 382.42 TUMBES 4 660.05 UCAYALI 1 5 375.31 TOTAL 35 77 674.76 Fuente: DICFFS-DGFFS. Actualizado a Febrero 2012. Elaborado: Paz y Esperanza

Buena parte de los recursos forestales están en territorios indígenas, lo que pone en cuestión el derecho a la propiedad comunal de sus territorios que el Estado se muestra renuente a abordar. Alicia Abanto, en entrevista sostenida para esta investigación reconoce que “hay muchas superposiciones como los Bosques de producción Permanente (BPP), que son áreas del Estado para el aprovechamiento de recursos forestales”, negándose por ley el derecho de los pueblos indígenas a estos territorios que históricamente ocuparon antes de la formación del Estado peruano, pues, estando los BPP en los territorios indígenas “éstos están en la figura de contrato de cesión en uso, están como posesionario y no como propietario. Puede usar el área pero no puede actuar como un propietario pleno”.

Una señal de no buena práctica en la gestión de políticas forestales es el poco tiempo que dio la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre (DGFFS), del Ministerio de Agricultura (MINAG) para recibir aportes a la propuesta preliminar de la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, publicada el 06 de diciembre del 2012 en su portal web y que venció el 18 de enero del 2012. Se hizo en un tiempo en que la mayoría de instituciones públicas y privadas están ausentes por periodos vacacionales, de allí que solo 15 personas, entidades u organizaciones realizaron aportes, menos aún las organizaciones indígenas, en tanto la difusión y los aportes esperados se hicieron única y exclusivamente vía el portal electrónico del Ministerio. Debemos precisar en este marco que “La Política Nacional Forestal es parte de un proceso que inició el Estado en el año 2012 y que denomino “Proceso participativo y descentralizado para el fortalecimiento del sector forestal”. Este proceso, además de la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre también contempla el proceso de reglamentación de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley N° 29763, y la implementación de la nueva institucionalidad forestal”49. Visto así lo de participativo queda prácticamente restringido.

49 Nota de prensa de Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR), solicitando con otras organizaciones ampliación de plazo e implementación de mecanismos adecuados de difusión y discusión

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3.4. Concentración de tierras para fines agrícolas

El uso del recurso tierra para fines agrícolas y la disposición de los productos agrícolas no debe entenderse desde una perspectiva tradicional de producción agrícola -agroalimentos que se venden en el mercado local- sino también desde las nuevas formas de agricultura, esto es, la producción para fines agroindustriales, agroexportación y la generación de agrocombustibles. Según el Censo Nacional Agropecuario -CENAGRO- de 1994 la superficie agrícola de Perú es aproximadamente de 5 476 977 hectáreas que equivalen a 15% del total de la superficie. Esta cifra nos demuestra que en Perú se tiene una reducida superficie disponible para fines agrícolas. Por ello, mediante los proyectos de irrigación se espera superar esta escasez de tierras pero la disposición de tierras -como hemos visto en las últimas subastas- están reguladas por las leyes del mercado donde los agricultores locales tienen mínimas posibilidades de adquirirlas dado que los precios resultan muy elevados. Este nuevo proceso de concentración de tierras -superficies mayores en manos de un número reducido de empresas- tiene implicancias directas en la seguridad alimentaria. Esto debido a una razón simple: las empresas que adquieren las nuevas tierras destinan la producción agrícola para la agroindustria, los biocombustibles y la agroexportación y una pequeña parte para el mercado local. La oferta de productos variados estaba asegurada por los campesinos de las comunidades andinas, es decir, de los minifundios. Las políticas públicas están desatendiendo a este grupo estratégico e importante que garantizaba la seguridad alimentaria. Mientras las grandes empresas son las que reciben los beneficios tributarios, los llamados minifundistas terminan desatendidos y con el tiempo se ven obligados a abandonar sus actividades por ser poco rentable. Si tomamos en cuenta las cifras del INEI50 correspondientes al año 2006, aproximadamente 8.1 millones se verían directamente afectados mientras que la gran mayoría de la población tendrá afectaciones indirectas especialmente por la inseguridad alimentaria.

Uno de los cambios en la disposición y uso de la tierra que se aparta del uso tradicional de la tierra es la producción de biocombustibles que se desarrolla en superficies agrícolas antiguas de la costa y también está generando la demanda de nuevas zonas agrícolas en la Amazonia, la costa y en los Andes de Perú; que se traduce en la ampliación de fronteras agrícolas y la concentración de tierras en manos de pocas empresas, tanto nacionales como extranjeras.

Sin duda hay una amplia difusión y promoción para desarrollar la producción de agrocombustibles desde los Gobiernos Regionales, Direcciones Regionales de Agricultura y el Ministerio de Agricultura. Si bien es cierto que estas actividades

50 Según los cálculos de INEI para el año 2006 había 8.1 millones de habitantes que en términos porcentuales equivale al 31.6% de la población nacional que vive de la actividad agropecuaria, y que el sector agricultura emplea al 31.2% (2.8 millones de personas) del total de la PEA ocupada nacional.

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ofrecen alternativas productivas para los pequeños agricultores que encuentran una nueva oportunidad para su economía familiar, es la concentración de tierras sobre superficies de bosques primarios y la concesión de tierras en los principales valles agrícolas de la costa, lo que nos preocupa, ya que el impacto sobre los bosques y la población local será negativo si no se implementan políticas de control adecuados.

Asimismo, principalmente en la costa del país se está produciendo una concentración de tierras cuya producción agrícola está orientada al mercado externo, la agroexportación. La concentración de tierras en pocas manos en este rubro ocupan valles agrícolas y las nuevas tierras eriazas que son habilitados gracias a los megaproyectos de irrigación promovidos por el Estado en alianza con las empresas privadas.

Nuestra fuente de información para este caso se fundamenta en la consulta de diversas páginas y portales de las empresas, el Ministerio de Agricultura, las publicaciones sobre estudios especialmente para el caso costeño. Cabe señalar que la información sobre este tema en particular y de las trasferencias de tierras por parte del Estado en general no se encuentra sistematizada. Se trata de un universo caótico, un cosmos de información dispersa por lo cual nos resulta difícil fijar datos precisos sobre la cantidad de tierras concentradas.

Algunos indicadores que dan cuenta de la concentración de tierras en el país es el registro de 45 transacciones comerciales de más de 500 ha realizadas entre el 2004 y el 2010 “que han transferido más de 193 mil ha entre un total de 28 grupos económicos o de empresas…donde destaca el Grupo Gloria…”51 como se puede apreciar en la tabla siguiente:

Cuadro 21. Área total adquirida por tipo de operación entre el 2004 y el 2010

Mecanismo de Transferencia

Área Total Número de Transacciones

Área Promedio

Adjudicación Gobiernos Regionales

24.349 7 3.478

Irrigaciones 45.280 22 2.058 Mercado 46.459 7 6.637 Empresas Azucareras 77.497 9 8.611 Total 193.585 45 4.302

Fuente Varios. Elaboración: Maria Isabel Remy y Carlos de los Ríos

La mayor parte de transacciones de más de 500 ha se han realizado en la región de la Libertad, especialmente para proyectos de irrigación como Chavimochic. De otra parte son los gobiernos regionales los que han adjudicado tierras a empresas privadas,

51 Dinámica de tierras en América Latina y El Caribe, concentración y extranjerización. Editores Fernando Soto Baqueo y Sergio Gómez. Responsables de la sección peruana Isabel Remy y Carlos de los Ríos

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destacando Ucayali, San Martín y Loreto. Respecto de las transacciones de mercado estas se han realizado principalmente en Piura para el desarrollo de proyectos de etanol. Por último las empresas azucareras vendidas se ubican en la costa norte (La Libertad y Lambayeque), precisando que la mayoría de inversiones privadas en las ex cooperativas pueden cambiar el modo de producción de azúcar a etanol o a la inversa.

Los grupos económicos que han adquirido las tierras en el periodo del 2004 al 2010 los mostramos en la siguiente tabla

Cuadro 22. Área total adquirida (ha) por Grupo económico entre el 2004 y el 2010

Grupo Económico Área Total Rubro Dyer & Coriat.

Agroexportación

Minera San Simón REGO Asociación Pampa 3 Chozas Green Perú S.A 1360 Gandules Inc. S.A. 1.234 San Fernando 8.458 Danper Trujillo SAC 7.074 Leonoro Anaya Zignago 3.778 El Rocío 1.639 Villa Agro EIRL 722 Agro las Dunas 432 Gloria 52.397

Azúcar o palma aceitera/biocombustibles

Oviedo 22.000 Grupo Manuelita 9.100 Grupo Wong 7.200 Huancaruna 6.500 Agrícola Pampa Baja 1.289 COMISA 26.300 Romero 18.858 Maple Gas Co. 10.674 Grupo SEM 8.620 Bioandes 1.500 Eneropex Perú 500 Biodiesel Ucayali 500 Total 193.482 Fuente Varios. Elaboración: Maria Isabel Remy y Carlos de los Ríos

a) Concentración de tierras vía proyectos de irrigación

Los proyectos de irrigación son promovidos por los gobiernos regionales en coordinación con el gobierno central que los declara como prioritarios para activar la economía nacional. Sin embrago, no debemos olvidar que dichos proyectos nacieron en atención a la demanda de los agricultores locales constituyéndose así como uno de los sueños anhelados para activar el desarrollo regional.

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La activa intervención del Estado con fondos públicos para financiar las obras de irrigaciones y la disposición final de las tierras que beneficiaban en otros tiempos a los agricultores locales ha cambiado radicalmente. Actualmente el Estado promueve la participación de grandes empresas tanto en la construcción de la obras como en la disposición de tierras como veremos más adelante, especialmente en el caso del Proyecto Olmos-Tinajones, donde la concentración de tierras en pocas manos y la exclusión de los agricultores locales define las nuevas reglas de juego que la política estatal está implementando en relación al recurso tierra.

Esta activa promoción de tierras emprendida por parte del Estado peruano a través de PROINVERSIÓN ha dado como resultado la subasta y venta de tierras sobre una superficie superior a 96 mil hectáreas tal como se muestra en el siguiente cuadro.

Cuadro 23. Subastas realizadas por PROINVERSION durante el periodo 1996-2001

Subasta

Lotes subastados

Área Total

Área Neta

Oferta en USD

Compromiso de Inversión

USD

Fecha

Chavimochic I 76 18,689 12.760 27.508.225 13.660.885 1997 Chavimochic II 22 6300 5.447 9.111 5.447 1998 Chavimochic III 10 4,088 3.864 5.834.652 3.863.540 1998 Chavimochic IV 8 4,565 4.405 6.580.167 4.389.540 1999 Chavimochic V 13 4,818 3.331 4.901.745 3.331.110 1999 Chavimochic VI 9 7.910 5.903 3.242.962 964.910 2000 Chavimochic VII 10 6.229 3.707 4.040.167 3.707.350 2001 Chavimochic VIII 3 5.461 4.719 5.534.546 4.718.710 2001 Chinecas I n.d. 1.177 1.097 1.862.648 1.097.440 1998 Chinecas II 6 5.122 3.145 4.717.290 3.144.860 1999 Chira - Piura I 4 333 332 498.015 332.010 1998 Chira - Piura II y III 3 273 272 408.660 272.440 1999 Complejo Agr. Chao n.a. 1.669 1.447 3.001.100 1.446.000 1998 Jequetepeque Zaña 1 2 5.101 n.a. 35.201 100.000 1998 Jequetepeque Zaña 2 2 6.192 5.764 2.307.001 4.411 1999 Majes Siguas I 1 1.288 897 2.870.400 1.794.000 1998 Olmos Tinajones n.a. 1.311 1.200 1.157.000 3.000.000 2001 Pasto Grande 1 1 132 60 180.000 90.000 1998 Pasto Grande 2 1 95 n.a. 3.010.374 10.000.300 1998 Pasto Grande 3 3 909 828 1.159.200 828.000 1998 Tierras eriazas 5 3 1.030 n.a. 184.189 514.750 2001 Tierras eriazas 1 19 5.122 3.547 2.840.002 2.454.123 1999 Tierras eriazas 2 13 7.847 n.a. 4.084.872 3.889.555 1999 Tierras eriazas 3 3 771 n.a. 397.253 384.225 1999 TOTAL 221 96.439 62.725 86.364.781 63.993.606 Fuente: PROINVERSION

En el siguiente cuadro presentamos los principales proyectos de irrigación en proceso de desarrollo en la costa de Perú. La superficie asignado al proyecto son áreas de

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ampliación de nuevas tierras y las áreas de mejoramiento son superficies ocupadas donde se desarrollan actividades agrícolas. En el primer caso, la superficie asignada al proyecto se adjudica mediante subastas públicas a los privados, mientras que en el segundo caso, mejoramiento de áreas, se trata del mejoramiento de irrigación en tierras ocupadas.

Cuadro 24. Proyectos de irrigación en el país.

PROYECTO MEJORAMIENTO AREAS NUEVAS

AREA TOTAL

Alto Piura 31.000 19.000 50.000 Chira-Piura 87.000 24.000 111.000 Chavimochic (etapas I, II y III) 78.310 66.075 144.385 Olmos-Tinajones 5.500 38.000 43.500 Jequetepeque-Zaña 36.000 6.000 42.000 Tambo-Ccaracocha 30.000 Majes- Siguas I , II 15.000 45.5000 60.500 Chinecas 33.000 Puyango-Tumbes* 40.500

*Se trata de un proyecto Binacional promovido por los gobiernos de Perú y Ecuador Fuente: Pro Inversión, Burneo 2011, portal de proyectos. Elaboración: Paz y Esperanza

El nuevo contexto de las políticas en materia de tierras priorizan a las grandes empresas nacionales o extranjeras quienes son vistos como los promotores de desarrollo local. Siguiendo esa tendencia las subastas de las tierras efectuadas en cada uno de los proyectos de irrigación arriba presentados terminaron beneficiando a un número reducido de empresas. Observemos a detalle cada uno de estos proyectos:

Chavimochic

El ministro de Agricultura señaló que Chavimochic III no será para la pequeña agricultura52. Argumentó que Proyectos de agroexportación de la costa requieren de una inversión de hasta US$ 30,000 por hectárea, dependiendo del cultivo, por lo que los agricultores locales no pueden asumir esos costos. En la práctica efectivamente 15 empresas adquirieron los lotes subastados por el Proyecto Especial Chavimochic.

Este proyecto está ubicado en la parte noroeste del país y tiene un área comprendida entre la margen derecha del río Santa por el sur, hasta las Pampas de Urricape por el norte (Paiján), en las provincias de Virú, Trujillo y Ascope pertenecientes al departamento de La Libertad (www.chavimochic.gob.pe ). Por su complejidad y la extensión de área que abarca el proyecto se ha dividido en 3 Etapas para implementarlo: Las obras de las primeras dos etapas fueron concluidas mientras que la última ha recibido la buena pro y será ejecutado el siguiente año.

52 Ver las declaraciones en diario Gestión del 22 de agosto del 2012.

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Cuadro 25. Chavimochic: Empresas adquirentes (1994-2008)

EMPRESA AREA (Ha) % Camposol S.A 9.180 19.6 Compañía Minera San Simón S.A 7.202 15.4 El Rocío S.A 4.901 10.5 Empresa Agroindustrial Laredo 3.790 8.1 Rego Corporation 3.778 8.1 Danper Trujillo S.A.C 2.156 4.6 Agro Las Dunas 2.095 4.4 Green Perú S.A 1.660 3.5 Asociación Pampa 3 Chozas 1.639 3.5 Morava S.A.C 1.622 3.4 Sociedad Agrícola Virú S.A. 1.503 3.2 Avícola Yugoslavia 1.455 3.1 Ceper Agrícola Chavimochic 1.304 2.7 Agroindustrial Casa Grande 928 1.9 Chimu Agropecuaria S.A. 926 1.9 Sub Total 44.139 94.7 Total Área del Proyecto 46.600 100 Fuente: CEPES 2012

Cabe señalar lo ilógico en este tipo de transacciones por parte del Estado. “En la Revista Agraria N° 117 (Abril 2010), se hace un análisis en el que se pone en evidencia que el Estado gastó USD 14.218 en habilitar una hectárea en Chavimochic y vendió cada hectárea a menos de USD 6.500 (incluyendo los compromisos de inversión)”53.

Proyecto Especial Olmos

El Gobierno Regional de Lambayeque junto al Proyecto Especial Olmos Tinajones, con el apoyo del Gobierno Nacional impulsó el desarrollo integral del Proyecto, vía procesos de concesión los cuales contemplaron las siguientes acciones:

1. Concesión Obras de Trasvase (Túnel Trasandino y Presa Limón). 2. Concesión Obras Eléctricas (Central Hidroeléctrica). 3. Concesión Obras de Riego. 4. Subasta de 38,000 hectáreas de tierras

La concesión de Obras de Trasvase se concretó en el año 2004 en favor de la empresa Concesionaria Trasvase Olmos (empresa del grupo Odebrecht). Las obras de trasvase de las aguas del río Huancabamba de la vertiente del Atlántico hacia la vertiente del Pacífico a través de un túnel trasandino de 20 km, culminó su perforación el 20 de diciembre de 2011. La concesión comprende un tiempo definido de 20 años.

Cuadro 26. Cuadro general de adjudicación de tierras: Proyecto Especial Olmos-Tinajones 53 Isabel Remy y Carlos de los Ríos

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EMPRESAS ADJUDICADAS MEDIANTE SUBASTAS (9.12.11 y 12.4.12) Y ADJUDICACIÓN DIRECTA DE TIERRAS (31.5.12)

HECTÁREAS

AGRÍCOLA CHALLAPAMPA S.A.C. (Primera Subasta) 250 AGROINDUSTRIAS AIB S.A. (Primera Subasta) 500 PESQUERA ROSARIO S.A. (Primera Subasta) 500 INGENIEROS CIVILES Y CONTRATISTAS GENERALES S.A. (Primera Subasta) 1 000 DANPER TRUJILLO SAC (Segunda Subasta) 1 000 CONSORCIO CORPORACIÓN MENDOZA DEL SOLAR SAC. ULEXANDES SAC. (Segunda Subasta)

1 000

CHIMÚ AGROPECUARIA S.A. (Segunda Subasta) 1 250 AGRÍCOLA PAMPA BAJA SAC (Segunda Subasta) 1 370 MIRABILIS S.A. (Uruguay) (Segunda Subasta) 4 000 GLORIA S.A (Primera Subasta) 4 500 AZUCARERA OLMOS S.A. (Primera Subasta) 11 100 ADJUDICACIÓN DIRECTA DE SALDO A: ODEBRECHT PERÚ INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA SAC.

11 530

TIERRAS PARA 600 AGRICULTORES (APROX.) DEL VALLE VIEJO DE OLMOS 5 500 TOTAL DE TIERRAS A IRRIGAR EN OLMOS 43 500 Fuente: PEOT 2012

Concesión Obras Eléctricas (Central Hidroeléctrica). El 15 de Octubre del 2010 se suscribió el Contrato de Compensación Económica del Componente Hidroenergético del Proyecto Olmos entre el Gobierno Regional de Lambayeque y la empresa Sindicato Energético S.A. Esta concesión a diferencia de las obras de trasvase, tiene carácter de perpetuo, el Estado recibirá el 4.7% de lo que facture SINERSA por la venta de energía, el dinero que se recaude, servirá para contribuir al pago de las obras de trasvase del proyecto Olmos-Tinajones.

Concesión Obras de riego. El 11 de Junio de 2010 se firmó el contrato de concesión del mencionado proyecto por el cual el Gobierno Regional de Lambayeque otorga en concesión por un tiempo de 25 años a H2Olmos S.A., empresa del Grupo Odebrecht, la responsabilidad del diseño, financiamiento, construcción, operación y mantenimiento del proyecto de irrigación. La concesión del Proyecto de Irrigación Olmos comprende la irrigación de 38 000 hectáreas (Ha) de tierras nuevas de propiedad del Gobierno Regional de Lambayeque (GRL) y 5 500 hectáreas (Ha) del Valle Viejo y la Comunidad Campesina Santo Domingo de Olmos, mediante el desarrollo y gestión de infraestructura hidráulica.

Subasta de 38 000 hectáreas de tierras. Mediante el proceso de subastas se definió la disposición de tierras del Proyecto Especial Olmos-Tinajones quedando en manos de 12 empresas el total de 38 mil ha.

Chinecas

Este proyecto que originalmente fue concebido para irrigar 25 mil hectáreas se amplió este año para irrigar una superficie de 33 mil hectáreas.

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Según el reporte de La Revista Agraria en su N° 14254 hasta la fecha más de 6 mil hectáreas están vendidas y son 4 el número de empresas adjudicatorias de las tierras nuevas.

Cuadro 27. Los dueños de Chinecas

EMPRESA AREA BRUTA (He) % Agroindustrias San Jacinto S.A.A. 1 4 808.94 76.97 Corporación de Inversiones Progreso S.A. 780.63 12.49 Fundo Santa María S.A. 345.24 5.53 Agroindustrial Solimana S.A. 313.23 5.01 Total 6 248.04 100.00

Fuente: CEPES 2012. Elaborado: Paz y Esperanza

b) Concentración de tierras vía mercado de tierras

En este apartado sólo nos limitaremos a señalar algunos casos de concentración de tierras adquiridas puesto que existen informaciones muy dispersas difíciles de sistematizar. Asimismo, la ausencia de fuentes oficiales o su acceso restringido si es que los hay se suman a esta dificultad. Queda pendiente para futuras investigaciones la dinámica de la concentración de este tipo. Veamos a continuación las ventas de tierras realizadas a las que hemos tenido acceso.

Las cooperativas azucareras

Un número de 12 cooperativas ubicadas en Lambayeque (Tumán, Pucalá, Pomalca y Cayaltí), La Libertad (Casa Grande, Cartavio y Laredo), Áncash (San Jacinto), Lima (Andahuasi, Paramonga y El Ingenio) y Arequipa (Chucarapi), cuyas deudas contraídas con el Estado se tornaron impagables, llamaron la atención del gobierno de Fujimori. Por ello, en 1996, a través del DL 802, llamado Ley de Saneamiento Económico-Financiero de las Empresas Agrarias Azucareras, el Estado capitalizó esa deuda de las cooperativas llevándolas a convertirse en sociedades anónimas teniendo al Estado como copropietario (CEPES 2009). En adelante el Estado se dedicó a promover la venta de las acciones de las cooperativas que fueron adquiridos por los grupos económicos. El siguiente cuadro presenta las adquisiciones realizadas y los grupos empresariales adquirentes:

En un reciente estudio Burneo (2011, pág. 18) señala que “las primeras compras de acciones por parte de los inversionistas ocurrieron desde 1996 a partir de la dación del DL 802. No obstante, las compras más significativas se han producido en los últimos cinco años y por parte de las mismas empresas...” Esta tendencia ascendente en la venta del recurso tierra se produce coincidentemente en medio de una campaña de

54 Ver más detalles en el artículo Las sombras de Chinecas de Jaime Escobedo. La Revista Agraria 143, p 4

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promoción de tierras y preferencias a las grandes empresas por parte de los últimos gobernantes (Toledo, García y Humala).

Cuadro 27. Privatización de empresas azucareras agroindustriales

EMPRESA UBICACION ACCIONISTA MAYORITARIO

AÑO DE INGRESO

Ha.

Empresa Agroindustrial Tumán Lambayeque Grupo Oviedo 2007 11.800 Empresa Agroindustrial Pomalca Lambayeque Grupo Oviedo 2004 10.000 Industrial Pucalá Lambayeque Grupo Huancaruna 2007 6.500 Corporación Agrícola Úcupe Lambayeque Grupo Huancaruna 2008 3.000 Complejo Agroindustrial Cartavio La Libertad Grupo Gloria 2007 11.000 Emp. Agroindustrial Casa Grande La Libertad Grupo Gloria 2006 29.383 Empresa Agroindustrial Chiquitoy La Libertad Grupo Gloria 2006 3.200 Empresa Agroindustrial Sintuco La Libertad Grupo Gloria 2007 1.414 Empresa Agroindustrial Laredo La Libertad Grupo Manuelita 1999 9.100 Agroindustrias San Jacinto Áncash Grupo Gloria 1996 16.000 Agroindustrial Paramonga Lima Grupo Wong 1997 10.000 Industrial Andahuasi

Lima Grupo Wong Accionistas trabajadores

7.200

Central Azucarera Chucarapi-Pampa Blanca

Arequipa Grupo Michell 1998 1.200

TOTAL 119 797 Fuente: CEPES 2009, Burneo 2011

c) Concentración para biocombustibles

La promoción de biocombustibles en Perú se inicia cuando en el año 2003 el gobierno de Fujimori promulgó la Ley N° 28054, llamada Ley de Promoción del Mercado de Biocombustibles. El artículo primero de la ley señala explícitamente que el mercado de biocombustibles se desarrollará sobre la base de la libre competencia y el libre acceso a la actividad económica, con el objeto de diversificar el mercado de combustibles, fomentar el desarrollo agropecuario y agroindustrial, generar empleo, disminuir la contaminación ambiental y ofrecer un mercado alternativo en la Lucha contra las Drogas.

Desde esa fecha hasta la actualidad se observa un incremento gradual de plantaciones orientados a la producción de biocombustibles. Estas plantaciones se desarrollan en la costa, especialmente en las nuevas adquisiciones realizadas por las empresas de tierras eriazas y en la Amazonia. Para el caso amazónico, son los gobiernos regionales las que tienen un papel activo tanto en la promoción como en el otorgamiento de áreas para la siembra de los monocultivos.

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Fuertes cuestionamientos han recibido de parte de la población local los gobiernos regionales y el entonces INRENA55 por que habrían concesionado superficies correspondientes a bosques primarios permitiendo así la deforestación en la Amazonía. El Grupo Romero ha tenido que lidiar estos cuestionamientos cuyas plantaciones de palma aceitera estarían deforestando grandes extensiones de bosques primarios. Pero el conflicto no sólo se produce por la depredación de los bosques sino también por las posibles superposiciones del área del proyecto sobre las tierras cuya titularidad reclaman las comunidades.

Antes debemos advertir que el destino y disposición de las plantaciones no tiene límites definidos, así por ejemplo, las plantaciones de caña de azúcar pueden destinarse para producir azúcar, etanol y bioenergía a partir del bagazo. De igual modo el cultivo de palma aceitera tiene múltiples aplicaciones y la disposición de la cosecha es variada: producción de biocombustibles, agroalimentos, cosméticos, etc.

El caso de la costa

Se tiene referencias acerca de las actividades empresariales destinadas a la producción de biocombustibles en la costa, pero esta información se encuentra muy dispersa. Otro factor limitante para el manejo de la información es la variabilidad del destino final de la cosecha; así por ejemplo, una empresa puede destinar la cosecha de caña de azúcar para la agroindustria o producir biocombustibles. También se da el caso de empresas que producen simultáneamente tanto para la agroindustria como para el mercado de biocombustibles.

Destaca en este rubro el Grupo Romero con 3 empresas: 1) Agrícola del Chira S.A. que se especializa en la plantación y cosecha de la caña de azúcar; 2) Sucroalcolera del Chira S.A.: Molienda y producción de etanol; 3) Bioenergía del Chira S.A.: Generación de energía eléctrica a partir del bagazo.

Las operaciones se ubican en las provincias de Paita y Sullana (Región Piura), en las que tienen 6 670 hectáreas de caña de azúcar hasta la fecha56.

En el cuadro 28 se presentan las empresas que han adquirido tierras para producir biocombustibles.

Cuadro 28. Producción de agrocombustibles en la costa:

55 Desde el 2009 el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) fue disuelto y las funciones de éste se transfirieron al Ministerio de Agricultura, a través de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre; y los gobiernos regionales en el marco de su competencia. 56 Estas cifras se tomaron de la exposición efectuada por José Muro de SNV en el Foro de Bioenergía y Seguridad Alimentaria, organizado por MINAG y realizado el 12 agosto del 2012. El portal de Caña Brava presenta 6 500 hectáreas que no se aleja mucho de la cifra arriba citada.

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EMPRESA EXTENSION (Ha) UBICACION Maple Etanol 10 700 Piura Grupo Romero (Caña Brava) 6 670 Piura Heaven Petroleum Operators 14 832 Ica Comisa 7 500 Piura Total 39 702

Fuente: CEPES 2011, portal Caña Brava. Elaboración: Paz y Esperanza

El caso de la Amazonia

Para esta región se presentan cifras tomadas de los portales de los gobiernos regionales, especialmente de San Martín, Ucayali y Loreto. La dificultad de establecer cifras de las operaciones en este rubro son mayores por la misma razón que las anteriores; no existe información sistematizada en el MINAG. Sin embargo, hemos accedido en algunos portales de las Direcciones Regionales de Agricultura (DRA), en las que hemos encontrado información disponible aunque no lo suficiente. Las cifras que se ofrecen en los siguientes cuadros dan cuenta de la superficie destinada a la siembra, más no de la superficie de tierras que las empresas tienen a su cargo.

Hemos identificado en nuestra investigación que la palma aceitera es el cultivo con mayor difusión para la producción de biocombustible y en menor grado el piñón blanco, la caña de azúcar, etc. Para el caso de piñón blanco se tiene escasa información estadística; pero sabemos que este cultivo es fuertemente promocionado por el gobierno regional de San Martín. Mientras en Ucayali se incentiva la siembra de caña de azúcar entre los agricultores locales.

Cuadro 29. Situación nacional de la palma aceitera en 2012

REGION EN PRODUCCION (Ha)

EN CRECIMIENTO (Ha)

SUPERFICIE TOTAL (Ha)

1. SAN MARTIN 16 191.0 0 12 466. 29 657.0 Tocache. 5 724 5 120.0 10 844.0 Caynarachi 633 1 300.0 0 1 933. Uchiza 8 500 4 260.0 12 760.0 La Pólvora 1 334 1 486.0 2 820.0 Nuevo Progreso 300.0 300.0 2. UCAYALI 10 035 7 759.6 17 794.7 Aguaytía 1 600 1 000.0 2 600.0 Irazola 3 981,5 2 214.0 6 195.6 Nueva Requena 25 800.0 825.0 Curimana 1 262 469.2 1 731.2 Campo Verde 3 166,5 3 276.4 6 442.9 3. HUANUCO 400 1 000.0 1 400.0 Honoria 0.0 500.0 500.0 Tournavista 400 500.0 900.0 4. LORETO 2 800 6 543.0 8 343.0 Yurimaguas 1 800 6 043.0 7 843.0

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Contamana 0.0 300.0 300.0 Nauta 0.0 200.0 200.0 TOTAL 29 373 27 718.0 57 111.6

Fuente: MINAG (AA - Tocache, ASPASH, Caynarachi, INDUPALSA), Diagnóstico palma

Cuadro 30. Producción de Palma aceitera a nivel nacional - 2012

REGION PALMA EN PRODUCCION (Ha)

RFF (TM) ACEITE CRUDO (TM)

SAN MARTIN 16 500 206 250 49 500.0 UCAYALI 10 035. 109 274 2 26 255.8 HUANUCO 400 4 800 1 152.0 LORETO 5 800 69 600 16 704.0 TOTAL 2 735 389 924.2 93 611.8 Fuente: DGCA – MINAG, 2012

En el cuadro 30 se presentan cuatro regiones con producción de palma aceitera. San Martín ocupa el primer lugar con 16,500 ha en producción y con una capacidad de cosecha de 206 250 toneladas métricas de Racimo de Fruta Fresca - RFF. En segundo lugar se ubica Ucayali (10 035 ha en producción), con una capacidad de producción de 109 274 toneladas métricas de Racimo de Fruta Fresca (RFF).

Grafico 8. Evolución los cultivos de palma aceitera en el Perú

Fuente: AA de Tocache, Aguaytía, Pucallpa, Yurimaguas

En el Gráfico 8 se presenta la información estadística de la superficie total (en ha) del cultivo de palma aceitera, documentada desde el año 2006 hasta el 2012. Puede observarse que desde el 2006 hasta la fecha la región San Martín tiene mayor número de hectáreas cultivadas sumando un total de 29 657 ha y es seguido por Ucayali con 17 795 ha.

15880

20994 21179

25661 28568 29650 29657

6641

3214

10573 12102 12669

14168

17795

1250 1250 1750

5900 7844

9343 8343

250 750 1000 1000 1000 1400

0

5000

10000

15000

20000

25000

30000

35000

2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012

SAN MARTIN UCAYALI LORETO HUANUCO

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4. LA LEY DE CONSULTA E INSTITUCIONALIDAD ESTATAL INDÍGENA57

El actual gobierno prácticamente se estrenó con la emisión de la ley de consulta, aprobada por unanimidad por el Congreso de la República en setiembre del 2011, sin embargo marchas y contramarchas en los meses siguientes generan un manto de incertidumbre en la aplicación de la ley, por una suerte de ambigüedad del Vice Ministerio de Cultura, que se refleja en: a) La construcción del Reglamento, proceso que fue duramente cuestionado por AIDESEP, CONACAMI, ONAMIAP, CCP, CNA y CONAP, b) la creación de una base de datos de pueblos originarios y con ello, c) la definición de pueblo indígena, que pone en cuestión el carácter indígena de las comunidades campesinas, d) la negativa a los Gobiernos subnacionales para que lleven a cabo procesos de consulta.

El cuestionamiento de las organizaciones indígenas es porque “…el reglamento de la LCP finalmente aprobado es una propuesta no sólo débil sino que varios de sus artículos son claramente contrarios a la propia ley, al Convenio 169 de la OIT y a la Declaración de Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas, las cuales son vinculantes para el Perú”, que se observa en artículos como:

“Art. 1. Señala que se consultarán solo las afectaciones “directas”, debiendo incluir TODA afectación, no solo la directa”.

“Art. 15.- Debería precisar que la “decisión final” estatal, está obligada a lograr el consentimiento cuando se trata de megaproyectos, depósito de relaves tóxicos, desplazamientos poblacionales o se afecte la supervivencia; a una segunda etapa de diálogo; a no afectar el derecho a un medio ambiente equilibrado”.

“Art. 19.- El Vice Ministerio de Interculturalidad no debe ser juez y parte en los reclamos sobre cuándo debe consultarse y al mismo tiempo garantizar se cumplan los acuerdos. Se requiere de una Institucionalidad Indígena Autónoma dentro de la estructura del Estado”.

Sobre la base de datos, sigue siendo un misterio, no se da a conocer, posiblemente por cálculos políticos que tiendan a evitar reacciones de comunidades campesinas que no se encuentren en dicha base de datos y cuyos territorios estén en procesos de concesión o de explotación. “Si bien se ha señalado que ésta base de datos quedará abierta para aquellas comunidades que soliciten integrarla, preocupa que no se haya investigado la existencia de mayor información, que brinde elementos sobre los demás criterios objetivos establecidos en el Convenio 169 y la Ley de Consulta Previa. La información de la cantidad de pueblos que serían sujetos de consulta ha generado

57 En este apartado se resume el capítulo 3 del informe alternativo 2012, sobre el cumplimiento del convenio 169 de la OIT, elaborado con el aporte de organizaciones indígenas y de sociedad civil

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preocupación en las comunidades, especialmente campesinas, que consideran que tienen derecho a la consulta previa. Se debiera tomar el tiempo necesario para establecer de manera adecuada una base de datos que agote la información existente, para evitar el descontento de los pueblos indígenas que aguardan con expectativa la eventual aplicación del derecho a la consulta previa”. La base de datos va de la mano con la guía metodológica para operar la consulta y es uno de los retos del Estado. Sobre el particular Hernán Coronado, funcionario del Vice Ministerio de Interculturalidad, entrevistado para propósitos de esta investigación sostiene que uno de los retos es el “trabajar los instrumentos de gestión para que termine de ser aplicable como una política pública, que exista registros de intérpretes, de facilitadores, base de datos, de la guía” y señala como avances que la guía haya sido presentado a funcionarios de algunos sectores, la capacitación a interpretes (en 17 lenguas) y la culminación de la base de datos, que la define como un registro. Sin embargo hasta la fecha de emisión del presente informe la base de datos aún no ha sido hecho pública. Por último debemos señalar que aun cuando el Vice Ministerio señala que la base de datos no tiene carácter constitutivo de derechos, en la práctica si lo es porque aquel pueblo que no figure en la lista, no será sujeto de consulta

Respecto a la definición de pueblo indígena, criterio que fundamenta la elaboración de la base de datos, la misma que se construirá sobre: “a) la lengua indígena; y b) tierras comunales de los pueblos indígenas, debiendo concurrir ambos para evidenciar que existe continuidad histórica desde los momentos anteriores al establecimiento del Estado”. En la práctica esto podría interpretarse como una sutil forma de no incorporación de las comunidades campesinas que no tengan como lengua materna una diferente al castellano, como puede pasar con las comunidades de la costa o las Rondas Campesinas.

Sobre la negativa a los gobiernos para que lleven a cabo procesos de consulta (Art. 2), el reglamento dificulta el acceso a derechos a los pueblos indígenas porque obvia que dichos gobiernos también podrían emitir normatividades que puedan afectar sus derechos. De otra parte resulta poco menos que sorprendente que un reglamento esté por encima de un gobierno local y le anule posibilidades de realizar consultas en temas de su competencia.

Se espera que con la ley de consulta se protejan los territorios de las comunidades campesinas y nativas, tanto en las fase de exploración, como de explotación de minerales, petróleo y gas, que hasta la fecha no se opera, por el contrario, la práctica ha sido la omisión de consulta a los pueblos, pues, “en setiembre del 2011 se realizaron contratos sobre 5 nuevos lotes para la explotación de hidrocarburos en la selva peruana, pese a que ya se había aprobado la ley de consulta”.

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Veamos a continuación el estado del arte de manera breve de la institucionalidad estatal indígena, importante para garantizar los derechos de los pueblos indígenas, entre ellos el derecho a la integridad territorial, vía la consulta previa.

Actualmente el INDEPA tiene como encargado al Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura, sin designarse aún (hasta la fecha de cierre de este informe), al titular, lo que genera especulaciones en torno a una posible desactivación de esta entidad y que sus funciones pasen a ser parte del Vice Ministerio de Interculturalidad, especulaciones que se sustentan en que el funcionario encargado no tiene experiencias en temas indígenas, sino “en resolver temas estructurales, de gestión y liquidación en las entidades; por lo tanto podría presumirse que los rumores de la desaparición de la UE N° 004- INDEPA empieza a tomar forma”58. Esta podría ser una tendencia de parte del Estado de no generar una organismo solido que diseñe en forma coordinada políticas públicas a favor de los pueblos indígenas, que fundamentalmente proteja los derechos de estos pueblos y garantice el respeto de su integridad, conforme lo estipulan los artículos 2 y 33 del convenio 169 de la OIT. Hasta el momento estas funciones la asume la Dirección General de Interculturalidad y Derecho de los Pueblos del Vice Ministerio de Interculturalidad. Esta fragilidad institucional, sigue siendo uno de los principales problemas en el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas y que pone en riesgo procesos como los de consulta, más aun si consideramos que ante el vacío de tal institucionalidad, es el Vice Ministerio de interculturalidad, el que diseñó los instrumentos para implementar el proceso de consulta, tales como la base de datos con los resultados ya conocidos, esto es la demora sistemática en darla a conocer, que le resta legitimidad a una norma que nació con fundadas esperanzas de saldar una deuda histórica con los pueblos indígenas.

58 http://servindi.org/actualidad/79983

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5. SEGURIDAD TERRITORIAL: MÁS ALLA DE LA TITULACIÓN

El liderazgo indígena en el informe alternativo 2012 ante la OIT planteó lineamientos de una agenda indígena en el país, siendo el principal de ellos “…la defensa de los territorios indígenas y recursos naturales. Se trata de un eje fundamental en la medida que su protección posibilita el cumplimiento de otros derechos y las acciones en otros ejes importantes como son la soberanía alimentaria (con el territorio fuera de amenaza la soberanía alimentaria sería una realidad palpable), el derecho a la consulta, la institucionalidad indígena y la criminalización de la protesta indígena. Debe buscarse el respeto de los territorios indígenas, en el marco de un ordenamiento territorial”.

La defensa de los territorios indígenas se posibilita con la seguridad territorial que opera a través de la titulación de los territorios en claves tales como: a) Territorios reconocido por comunidades y pueblos, b) Demarcación física y Titulación Territorial según C169-OIT; c) Reformas normativas que den solución a la superposición de derechos (para control y propiedad sobre suelo, subsuelo, aguas y vuelo forestal, d) Recuperación de propiedad y control de territorios ancestrales, superpuestas con ANPs59. La seguridad territorial se articula a los planes de vida plena/buen vivir y gobernanza territorial indígena, que en su conjunto son parte de una propuesta de gestión holística de los territorios indígenas para el manejo/conservación productivos60. Los planes de vida contemplan la Zonificación Económica y Ecológica (ZEE) y el Ordenamiento Territorial (OT), desde una cosmovisión indígena, con planes de manejo de recursos naturales y provisión de servicios ambientales; mientras que la gobernanza territorial implica decisiones sobre el tipo de desarrollo que aspiran, normas consuetudinarias para la conservación de recursos, consulta e institucionalidad estatal.

Alexandre Surrallés problematizando los alcances de la seguridad territorial61, manifiesta sus dudas sobre la titulación, a raíz de los comportamientos de los gobiernos, que aun cuando reconocen y titulan comunidades nativas o campesinas, estas no van acompañadas de medidas que protejan sus territorios, por el contrario promueven políticas favorables a las grandes inversiones, mientras que hacen poco para desarrollar capacidades de los funcionarios encargados de la titulación, para que desarrollen su trabajo con diligencia, con comprensión de la problemática indígena; ya que sus visiones son muy occidentales, pretendiendo aplicar normas del derecho 59 Tomado de evento denominado: intercambio indígena sobre la aplicación de incentivos para la conservación, organizado por COICA en Moyobamba, San Martín el 18 de Set. del 2012 60 Ibíd. 61 Entre derecho y realidad: antropología y territorios indígenas amazónicos en un futuro próximo, artículo que es una versión extendida de la conferencia presentada en la mesa «Perspectivas en Antropología amazónica», llevada a cabo en el Centro Cultural de la PUCP (Lima) el 17 de septiembre del 2008, con motivo de los actos conmemorativos por el 60º aniversario del Instituto Francés de Estudios Andinos (IFEA).

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individual a la titulación de tierras comunales; de allí la duda de Surrallés que la expresa de un modo metafórico: “Es en este punto donde las dudas son más que justificadas, porque…no parece que la mentalidad de colonialismo interno inscrita en el genoma -por decirlo de alguna forma- del Estado peruano, pueda cambiar ni con la ley que él mismo ha dictaminado en la mano. Lo que cambia es la propia ley, revisada en sucesivas ocasiones en perjuicio de los derechos de los pueblos indígenas”62. Este mismo autor va más allá de la titulación como único elemento de la seguridad territorial, señalando que no bastan los elementos jurídicos, la titulación per se; sino que deben articularse con decisiones políticas y variables culturales entrelazados alrededor de los derechos indígenas. En tal sentido se pregunta si la sociedad está preparada para posicionar la agenda indígena, validarla y respetarla, tan igual como debería hacerlo el gobierno de quien nuevamente vuelve a preguntarse si “¿La democracia será lo suficientemente sólida para evitar que grupos de poder continúen utilizando, para su propio beneficio, las prerrogativas que ofrece el Estado para la explotación de recursos naturales, en la más pura mentalidad colonial, sin importarle el precio en términos de convivencia social, conciencia democrática y decencia civil que esto implique?”

De modo que la seguridad territorial comprende elementos jurídicos, políticos y culturales: La titulación de las comunidades; un Estado que no se ponga de perfil, sino que proteja los derechos de los pueblos, que fortalezca la institucionalidad estatal indígena y una democracia inclusiva que respete los derechos de estas poblaciones. Sobre la titulación, la demanda de las poblaciones indígenas va más allá de la tierra, incluye el control de los territorios, de los recursos del subsuelo, que plantea nuevos retos para los gobiernos, considerando que la falta de atención a este problema genera conflictos que enfrenta a las comunidades con las empresas transnacionales y que por lo general produce inestabilidad política.

Desde la perspectiva de seguridad jurídica, actualmente se abre una posibilidad de titulación de las tierras de las comunidades nativas y amazónicas, ya que recientemente (25 de enero de este año), el Gobierno ha emitido el DS 001-2013-AG sobre el Alcance de la Rectoría de la Política Nacional Agraria en materia de saneamiento físico legal y formalización de la propiedad agraria; mediante el cual asigna al Ministerio de Agricultura (MINAG), responsabilidades para que como ente rector asuma también la titulación de las comunidades campesinas y nativas, que según la norma debe hacerla coordinando y capacitando a los Gobiernos Regionales.

Es una nueva oportunidad para que cada comunidad de los pueblos originarios tenga títulos de propiedad, proceso que pone en el escenario cuestiones políticas y técnicas. En el primer caso está la decisión política de impulsar la propiedad comunal, que va de la mano con un ente rector que asuma la tarea, que la dirija y que corrija los defectos

62 Ibíd.

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de titulación de COFOPRI (entidad que entregó títulos de propiedad individual en tierras comunales, sin respetar el derecho de propiedad de las comunidades). Adicionalmente a ello está la asignación presupuestal para que la tarea se lleve a cabo y, aunque no se diga explícitamente se estima que los fondos provendrían de la cooperación internacional (BID63).

La titulación debiera ir de la mano con una acción estatal de asesoraría a los pueblos indígenas en los probables procesos de negociación que sostengan con empresas extractivas, pues, de acuerdo a la normatividad vigente las comunidades están facultados para negociar; sin embargo experiencias previas, como el de la Comunidad Campesina de Michiquillay en Cajamarca, indican que estos procesos de negociación son inequitativos con un Estado que se pone de perfil y no asesora a las comunidades. Este es uno de los retos de la titulación, así como la tentación de algunos entes estatales de parcelar las tierras, de individualizarlas; que afectaría directamente la identidad colectiva y aun si se hiciera ello, las comunidades han mostrado que no son estáticas y que pueden moverse entre sus parcelas familiares y las tierras comunales.

Preguntémonos también si la titulación podría frenar el proceso de concentración de tierras por grupos empresariales nacionales y extranjeros. Los hechos parecen indicar que no necesariamente será así porque el Estado en la lógica de la apertura de mercados, obvia muchas veces los derechos indígenas, podrían ocurrir nuevos casos como los de Michiquillay.

Un último factor en el análisis político es considerar los efectos de la titulación en un uso más eficiente de las tierras, pues, “no basta una política de titulación y saneamiento de la propiedad rural para genera mejores condiciones y cambios en la situación de la tenencia y uso eficiente de la tierra, tal como las teorías liberales suelen presuponer”64

Con el Decreto Supremo que designa al MINAG como ente rector para la titulación de las comunidades campesinas y nativas se abre una ventana de oportunidades para la seguridad jurídica de las tierras de las comunidades, que deben ser aprovechadas especialmente para afrontar el proceso de acaparamiento de tierras; sin embargo ello va de la mano con un proceso de desarrollo de capacidades de los liderazgos indígenas para no dejarse presionar por el Estado, ni por las empresas para ceder sus territorios.

Esta voluntad política de titular comunidades va de la mano con aspectos técnicos que subyacen al proceso de titulación, tales como: a) En qué Dirección del MINAG recaerá la responsabilidad de seguir el proceso, b) cuáles son los procedimientos a emplearse, c) las bases catastrales gráficas (con georeferenciación), d) la presencia misma de 63 Para este organismo el reconocimiento legal de los de los derechos territoriales consuetudinarios puede elevar muchísimo la seguridad de sus ocupantes (Deninger 2003:XXV), citado por Burneo Zulema 64 Propiedad y tenencia de la tierra en comunidades campesinas. Revisión de la literatura reciente en el Perú. Zulema Burneo, Julio del 2007

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concesiones mineras, forestales, problemas de linderamiento y e) la carencia de una base de datos de comunidades campesinas y nativas, etc.

Finalmente diremos que la titulación de las comunidades implica reconocer los derechos de las comunidades que en su conjunto representan más del 27% del territorio nacional, jugando un rol económico importante ya que abastecen el mercado interno y muchos de ellos preservan la diversidad biológica y cultural.

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6. LOS CASOS DE ESTUDIO: LOS CONFLICTOS EN TORNO AL RECURSO TIERRA

6.1. El caso Ecoamérica

Los pueblos indígenas ocupan un territorio alrededor del 13,9 % de la Amazonia de Perú (RAISG 2012). En estos territorios, como hemos observado, se producen concesiones que generan impactos de diversa naturaleza en la cultura y la sociedad de los habitantes locales. Al mismo tiempo en que se producen dichas concesiones, los pueblos indígenas ingresan a una apretada agenda política para hacer valer los derechos sobre los territorios que ocupan y sobre las que ancestralmente han tenido acceso. El reto es lidiar ante un Estado que tiende a disponer mediante una declaratoria de “interés público” la superficie de los territorios indígenas para darlas en concesión a las empresas mineras, petroleras, forestales entre otros.

Una de las concesiones que ha generado conflictos y acción política entre los pueblos Shawi y Quechua-Lamistas es el caso de concesión efectuada en favor de la empresa de capitales coreanos denominada Ecoamérica SAC. Durante el gobierno de Alan García, COFOPRI Loreto “vendió” 72 mil ha a nada menos que 0.70 céntimos cada una (La Primera 2012). Según los datos publicados en la sentencia del Tribunal Constitucional del 14 de junio del 2012 se trata del predio rústico Yurac de 72,654 ha y de 4,806 metros cuadrados de extensión superficial, ubicado en los Distritos de Teniente César López, Provincia de Alto Amazonas; Sarayacu, Provincia de Ucayali; y, Piunahua, Provincia de Requena.

Los dirigentes del pueblo Shawi y organizaciones indígenas regionales en alianza con organizaciones de la sociedad civil efectuaron una amplia campaña para hacer valer los derechos de propiedad sobre las tierras que ancestralmente ocupan. En este contexto se producen ciertos avances favorables para los pueblos indígenas especialmente con la sentencia del Tribunal Constitucional, última instancia de Justicia en Perú, cuando declara improcedente la demanda interpuesta por Ecoamérica SAC contra la resolución de la Sala Mixta Descentralizada de Tarapoto de la Corte Superior de Justicia de San Martín que declaró improcedente dicha demanda como recurso para obtener el título del predio otorgado a su favor. El 14 de junio de 2012 el Tribunal Constitucional emite la Resolución pero debemos recordar que este mecanismo jurídico no ha logrado resolver aun el estado de la situación. Durante la visita de campo realizado por nuestro equipo se constató las operaciones de extracción desarrollados por la empresa.

Recuadro 1: Concesión forestal, el caso Ecoamérica

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Fuente: Adaptado del reportaje periodístico “El arrasamiento de comunidades nativas “realizado por Vilma Escalante. La Primera, 27 de noviembre de 2012.

El arrasamiento de las comunidades nativas

Nativos pertenecientes a las etnias Shawis y Kechuas, de la región San Martín, denunciaron que el Ejecutivo y el gobierno regional hacen oídos sordos a los reclamos contra la presencia de la empresa coreana EcoAmérica que deforesta su territorio. La denuncia refiere que, durante el gobierno de García, COFOPRI Loreto “vendió” 72 mil hectáreas a nada menos que 0.70 céntimos cada una.

Los pueblos originarios exigen la intervención del gobierno regional de San Martín ante las autoridades de COFOPRI-Loreto para que no otorguen títulos de propiedad a empresas que no están en su jurisdicción. LA PRIMERA llegó hasta la región San Martín donde un desesperado. Eli Tangoa Lancha, dirigente del pueblo Shawi, nos esperaba para insistir a nombre de su pueblo, y por undécima vez, ser escuchados apelando al derecho ancestral que, como pobladores originarios, tienen sobre los territorios que ocupan, y que hoy ven amenazados por la presencia foránea.

Tangoa Lancha relata que desde el 2006 su pueblo, así como sus hermanos Kechuas, padecen con la presencia de la empresa EcoAmérica que está superposicionada sobre aproximadamente 31 mil hectáreas correspondientes a estos pueblos originarios. El representante nativo aclara que el 14 de junio pasado el Tribunal Constitucional decretó ilegal la concesión territorial a favor de dicha empresa por parte del gobierno anterior que prácticamente les regaló parte de nuestra selva. Tangoa Lancha comenta orgulloso que la decisión del organismo constitucional se produjo tras la marcha que su pueblo realizó hasta la sede de esta entidad en Lima.

En 2006 EcoAmérica solicitó la titulación de 72 mil 654 hectáreas al Organismo de formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), sin el conocimiento y consentimiento de los pueblos Shawis y Kechuas que habitan la zona, a un monto de 0.70 céntimos cada hectárea. Luego de cuatro años, la empresa, al no recibir respuesta alguna de COFOPRI, demandó a este organismo y a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP) de Loreto argumentando el silencio administrativo, recibiendo a su favor el fallo de un juez de Yurimaguas. Esta decisión fue apelada por el ministerio Público en representación de la SUNARP. En respuesta, la Sala Mixta de Tarapoto emite una sentencia contra EcoAmérica que recurrió ante el TC que en junio último falla en su contra, pero a pesar de ello continúa operando en la zona, según el dirigente shawi, con la venia del gobierno regional de San Martín.

Exigen titulación de sus territorios

El Apu explica que el pueblo shawi demanda la titulación de sus territorios porque de esa forma podrán sentirse propietarios y tener seguridad jurídica. “Lo que demandamos es la titulación de nuestros pueblos indígenas, solo pedimos al gobierno regional eso, pero lamentablemente el Gobierno Regional se enreda o no quieres dar el presupuesto o para otra cosa sí”, indicó

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6.2. Caso Conga

En septiembre de 2011 la población de Cajamarca mostró su rechazo al proyecto minero Conga y se inició una serie de protestas que se intensificaron cada vez más. Ante esta situación el Presidente de la República declaró el estado de emergencia en 4 provincias (Cajamarca, Celendín, Contumazá y Hualgayoc). Sin embargo, la población se mantuvo en protesta desacatando la declaratoria de emergencia y este hecho terminó enfrentando la población civil con las fuerzas policiales que dejó como resultado 18 personas heridas (Informe Alternativo 2012 ante la OIT).

El proyecto Conga se localiza aproximadamente a 73 kilómetros al noreste de la ciudad de Cajamarca y a 585 kilómetros de la ciudad de Lima, en los distritos de Sorochuco y Huasmín de la provincia de Celendín y en el distrito de La Encañada en la provincia de Cajamarca. El área asociada al desarrollo del proyecto en su componente mina se encuentra en la región Jalca, a una altitud que varía desde los 3 700 a 4 262 msnm.

El titular del Proyecto Conga es la empresa norteamericana Minera Yanacocha S.R.L. (MYSRL), empresa que tiene entre sus principales participantes a las siguientes empresas: Compañía de Minas Buenaventura (CMB), Newmont Mining Corporation (Newmont) y la Corporación Financiera Internacional (IFC).

En este conflicto se observa la presión comercial sobre la tierra por un lado y la acción de los pobladores locales por conservar sus tierras. Como una estrategia para impedir el avance de las actividades de extracción minera la sociedad civil ha adoptado estrategias discursivas de tendencia conservacionista. Uno de ellos se presenta bajo la frase ¡agua sí, mina no! Sin duda, la sociedad civil ha encontrado en este discurso conservacionista una estrategia de protección para sus tierras. Ante esta iniciativa de la sociedad civil, el gobierno dejando su estrategia agresiva presentó una nueva propuesta que se resume en el mensaje de la Nación efectuada el 28 de julio del presente año: “mina sí pero priorizando el derecho al agua.”

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7. CONCLUSIONES

El actual proceso de concentración en Perú se da dentro de un marco legal que propicia su disposición libre. Esta disposición obedece las reglas del mercado donde la participación del estado como agente regulador se ha perdido, pero, su rol de agente promotor ante los grandes capitales económicos se ha incrementado. De este modo, la subasta de lotes de los grandes proyectos de irrigación en la costa de Perú impulsado por el estado ha terminado beneficiando en la mayoría de los casos a las grandes empresas. Esta política lo que está impulsando es la concentración de tierras en pocas manos donde los agricultores locales tienen escasa participación. A pesar que los proyectos de irrigación se iniciaron a raíz de las demandas efectuadas por los agricultores locales organizados en gremios y la sociedad civil de las regiones, que vieron como una oportunidad para su desarrollo, en la práctica, tales demandas son desatendidas.

Por otro lado, la promoción de las actividades extractivas en el Perú ha generado un clima de conflictos socio-ambientales en diversas partes del país. Si bien el gobierno actual está promoviendo cambios para revertir las prácticas negativas que caracterizaron el desarrollo de las actividades extractivas en el pasado, no resulta fácil implementarlos. Uno de los factores que dificulta dicha iniciativa estatal es la incipiente organización institucional relacionados a los sectores extractivos quienes deben implementar acciones de vigilancia para garantizar el respeto al ambiente y los derechos de las poblaciones que habitan las zonas de influencia de los proyectos. Las organizaciones estratégicas encargados de velar y hacer el seguimiento de las actividades extractivas están en proceso de fortalecimiento después de un clima de desestabilización que sufrieron durante el gobierno de García. Asimismo, el reto mayor con que se enfrenta el estado es la licencia social y la credibilidad que debe obtener de parte de la población que habita las regiones donde se efectúan las actividades extractivas. Actualmente, resulta difícil que la población acepte las promesas que solían hacer los gobernantes de turno, por el contrario, las poblaciones afectadas son más vigilantes y desarrollan acciones políticas; el caso Conga y los tristes sucesos de Bagua son claras muestras de ello.

Las grandes inversiones en el sector agrario son subsidiadas y se les da beneficios que los pequeños agricultores no pueden obtener. Esta acción estatal podría a corto y a largo plazo generar pobreza, inseguridad alimentaria y finalmente las inmigraciones. Los agricultores locales, especialmente de los pertenecientes a las poblaciones locales son los que producen una variedad de productos para el consumo. Estas poblaciones son depositarias de una diversidad de cultivos agrícolas y por tanto son responsables de garantizar seguridad alimentaria a todo el país pero de continuar el estado con sus políticas de exclusión se verán obligados a abandonar sus actividades y la afectación se extenderá también para millones de consumidores. Esta afirmación no es tan distante

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si observamos que las grandes empresas generalmente hacen monocultivos y la mayor parte de su producción es destinada al mercado exterior (la exportación), de modo que la demanda de los alimentos es mayor y su costo cada vez más alto. Esta demanda es atendida por los agricultores locales pero ante la falta de asistencia estatal al agro los agricultores empobrecidos están abandonando sus tierras. Muchos de ellos, ven rentable alquilar sus tierras especialmente a las grandes empresas pues la labor tradicional les resulta muy costosa y no genera ningún beneficio.

Los procesos de adjudicación de tierras en la Amazonía están generando procesos de concentración que está generando conflictos socio-ambientales. Las adjudicaciones de tierras y las concesiones forestales realizadas durante los gobiernos anteriores estarían superpuestas a los territorios que ancestralmente ocupan los pueblos indígenas. Uno de ellos es el caso Ecoamérica. La colisión de los derechos de los predios adquiridos por las empresas y los derechos territoriales de las poblaciones indígenas sobre el mismo predio se agrava porque el estado aún no tiene un catastro integral de las tierras de las comunidades nativas.

Por otro lado, la adjudicación y los proyectos próximos para la siembra de palmas aceiteras y piñón blanco estarían afectando extensiones de grandes bosques primarios. La verdad es que las adjudicaciones en la Amazonía para este tipo de proyectos se hacen en bosques primarios y es legal siempre y cuando la ley lo permita. El cambio de uso de suelos por su relevancia agrícola en los bosques debe tener la aprobación de la autoridad regional agraria y la autoridad ambiental nacional, pero, poco se hace para garantizar la seguridad de las poblaciones afectadas y detener la degradación de los bosques amazónicos.

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8. RECOMENDACIONES

1. Que el Vice Ministerio de Interculturalidad difunda la guía metodológica y la base de datos de las comunidades nativas y campesinas a ser consultadas, identificándolos de acuerdo a los criterios establecidos por el Convenio 169 de la OIT. De surgir desacuerdos es conveniente que se dialogue con todas las organizaciones indígenas regionales y nacionales y con actores de sociedad civil.

2. Aplicar la norma de consulta en todo proceso que afecte directa e indirectamente a comunidades nativas y amazónicas que podrían ser afectadas por actividades de exploración o explotación de recursos naturales. Las etapas de talleres informativos deben dar lugar a talleres de consulta. Es conveniente que el Congreso de la República y los Gobiernos Regionales fiscalicen este proceso, que las consultas sean de buena fe, en el idioma de la población, que haya asistencia técnica y jurídica, que haya un verdadero diálogo intercultural y equitativo.

La consulta es la oportunidad para generar confianza y acercamiento entre Estado y población indígena. Sin embargo llama la atención que aun cuando ya había sido promulgada, Perú Petro suscribió cinco nuevos contratos. Estas malas prácticas deben evitarse, lo mismo que el cumplimiento de la certificación ambiental, a través de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA). En la práctica los EIA son meros trámites, ya que se han venido otorgando licencias de exploración y explotación de hidrocarburos, que además son aprobados por el MEM.

3. Es importante revisar el reglamento de consulta en tanto jurídicamente hablando una entidad de segundo nivel de gobierno, como el Vice Ministerio de Interculturalidad, en la práctica, pasa por encima de un gobierno regional, ya que solo si dicho Vice Ministerio emite un informe previo favorable sobre una medida legislativa que afecte a los pueblos indígenas, este podría llevar a cabo la consulta. De esta forma “El Vice ministerio de Interculturalidad entonces, mantiene un rol de rectoría sobre el proceso de consulta previa, sólo cuando la realizan los Gobiernos regionales y locales, más no cuando la realizan las demás instancias públicas, donde se encarga sólo de concertar, articular y coordinar la implementación del derecho”65.

4. Amplificar las buenas prácticas de negociación en el caso Quellaveco, que da oportunidad al diálogo con los diversos actores, incluidos los de sociedad civil y obviamente los líderes de las comunidades nativas y campesinas y las empresas involucradas en la actividad de exploración o de producción.

5. La titulación de las comunidades nativas y campesinas es importante para otorgar seguridad jurídica a sus tierras. Se requiere de una acción concertada entre el

65 Informe alternativo 2012, sobre el cumplimiento del convenio 169 de la OIT

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MINAG, los gobiernos regionales y recoger aportes de sociedad civil, que en regiones como San Martín se articulan alrededor de la Mesa de Diálogo Intercultural en la que participa el Gobierno Regional. Se debe plantear indicadores y metas de titulación de la mayor cantidad de territorios posibles.

6. Es importante que se fijen lineamientos políticos para contar con una sólida institucionalidad indígena. Hasta el momento se han seguido dando señales de debilitamiento de políticas tendientes a fortalecer un organismo estatal que diseñe, implemente y monitoree políticas públicas con participación indígena, dirigida hacia los pueblos indígenas. Preocupa que súbitamente el 7 de enero de este año se cambie repentinamente la Jefatura del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos (UE N° 004 -INDEPA), designándose como encargado a un funcionario con poca experticia en la temática indígena cuya labor profesional ha estado marcada por resolver temas estructurales, de gestión y liquidación en las entidades.

7. La FAO estima que en “sentido netamente económico existe una larga evidencia que sostiene que las ganancias derivadas de una distribución más igualitaria de la tierra superan a las derivadas de los retornos crecientes a escala de las explotaciones agropecuarias. Casi un siglo de investigación desarrollada por economistas, muestran evidencias de que los agricultores de pequeña escala por lo general usan la tierra, la mano de obra, y el capital más eficientemente que los agricultores a gran escala. En el caso del Perú alrededor del 30% de las exportaciones de café están en manos de un sector de pequeña agricultura. Estas evidencias ponen en la agenda de las políticas agrarias impulsar la eficiencia, vía asistencia técnica y asociatividad de los pequeños agricultores.

8. En aras de la transparencia en la gestión pública es importante que en los portales de las entidades públicas, como las de los Ministerios, figure información actualizada, como ejemplo transacciones comerciales que puedan afectar a los pueblos indígenas.

9. Remediación de los pasivos ambientales. Es una forma de ir legitimando la acción del Estado en los territorios indígenas.

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