Securitizacion
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Los primeros banqueros que realizaron una
securitización (titulización) de sus deudas fueron los
italianos Spindola y Grimaldi, que en el siglo XVI se libraron así de la bancarrota d eclarada por el Rey Felipe II.
Nace en España en el ámbito del mercado hipotecario, el cual
adquiere una configuración legal con la Ley 2/1981, de 25
de marzo de regulación del mercado hipotecario y el RD
685/1982, de 17 de marzo, que la desarrolla: Esta legislación,
busca canalizar recursos financieros hacia la construcción
o adquisición de bienes inmuebles, facilitando la
rotación mediante la movilización de la inversión
crediticia generada a través de unos valores diseñados con tal
fin.
Tiene sus principales antecedentes de aplicación en los
Estados Unidos de América y países europeos como
España, Francia e Inglaterra.
ANTECEDENTES
Titulización de
Activos.
Es un moderno instrumento de financiación con el que cuentan
los agentes económicos y financieros en las economías
más desarrolladas.
Consiste en la cesión de créditos, cuentas a cobrar o cualquier tipo de activo, presente o futuro, generador
de flujos de caja que sean de algún modo
estimables o numerables.
La cesión de estos derechos los realiza la entidad que precisa de financiación (entidad
originadora) a un vehículo o instrumento
de titulización y se instrumentaliza a través de títulos
(titulización) valores negociables. En
definitiva, se trata de una operación
multiobjetivo con la que se consigue la
movilización de activos presentes y futuros,
inmovilizados patrimonialmente o no
materializados en el presente.
Para el originanteReduce el costo financiero.Otorga liquidez a un activo que no es transable
Aumento de la capacidad crediticia.
Evita el riesgo liquidez, provocado por la asincronía.
Propende al desarrollo del mercado de capitales al suministrar nuevos títulos a la oferta pública.
Objeto:
Para el inversor:Es una nueva alternativa
de inversión con riesgo acotado.
Obtiene mejor rendimiento, en compensación al riesgo crediticio.
Simplifica la evaluación del riesgo.
Da la posibilidad de hacer líquido el título en el mercado secundario.
Permite la participación directa en grandes inversiones.
Originador
• Es la persona propietaria de los activos
Emisor• Es la persona que adquiere
los activos
Estructurador del Proceso
• Es quien realiza los trabajos matemáticos, jurídicos, de mercadeo, de diseño de las características financieras del documento y análisis de riesgo.
Administrador o
Servidor
• La persona que ejecuta el cobro de las prestaciones relativas a los activos integrantes de un patrimonio de propósito exclusivo.
Sujetos del Proceso de Titulizacion
Garante o
Mejorador
• Se le llama así a la persona que otorgue garantías adicionales a las que ofrece el patrimonio titulizado para el pago de los derechos que confieren los valores emitidos en virtud de procesos de titulización.
Calificador
• : son las sociedades calificadoras de riesgo, que tienen como función la determinación de la calidad y seguridad de los valores que serán emitidos.
Colocador
• Es la persona que por su especialidad en el conocimiento del mercado ofrece los documentos titulizados a través de contratos de underwriting, una entidad financiera, un comisionista de bolsa o el propio emisor.
Inversionista
• También denominado fideicomisario en el caso de fideicomisos de titulización, son aquellas personas que adquieren y suscriben los valores emitidos con cargo de patrimonio.
Características del Contrato de Titulizacion de Activos
Principal
Consensual
Bilateral Atípico
Complejo
Oneroso No nominado
Continuo
Clara configuración
de los Créditos.
CARACTERÍSTICAS DE LA TITULACIÓN
Flujos de fondos matemática y estadísticamente predecibles.
Bajos niveles o probabilidades históricas de incumplimiento.
Amortización total de los créditos a su vencimiento.
Diversidad de deudores. Alta liquidez (Retornos
superiores a los activos securitizados).
Retornos superiores a los activos titulizados.
Derechos y obligaciones del originador
Recibir el valor de la
emisión para
desarrollar sus
actividades.
Pagar la contraprestación
a la entidad financier
a.
Pone a disposició
n los bienes que el
banco va a emitir.
Suscribir las acciones que se esta emitiendo.
Derechos y obligaciones del inversor
Entrega el dinero a
las disposicio
nes restando lo que le
corresponde.
Hacer marketing y
publicidad
Hacer la titulació
n, poner
las accione
s a disposición del publico
Cobrarle una
comisión al
originador
.
Ventajas de la titulización
Incremento de las fuentes alternativas de financiamiento
Mayor oferta de bienes y servicios en beneficio de los consumidores
Posibilidad de reducción del riesgo para el inversionista
Reducción del costo de la transacción Mejora de indicadores financieros Correspondencia adecuada de plazos entre
activos y pasivos La institución financiera que otorga el
préstamo recupera el dinero que presto muy rápidamente.
Tipos de securitizaciónCon exposición fuera del balance:
Los créditos son transmitidos, en fideicomiso, del originante, al emisor (fiduciario) mediante venta, cesión o endoso.
El emisor, emite certificados de participación para colocarlos entre los inversores.
El originante, se desprende de sus créditos, por ello desaparece de su activo, por lo que en su patrimonio no inciden como pasivo los títulos de administración.
Con exposición dentro del balance:
Es una emisión de títulos garantizados, donde la cartera securitizada no sale del activo del originante, por ello los títulos garantizados integran su pasivo.
Los flujos de fondos que los títulos generan, no garantizan el pago de capital e interés.
Mixto:Es una combinación de las dos variantes anteriores, debido a que los activos a securitizar siguen formando parte del patrimonio del originador, los ingresos obtenidos por el flujo de fondo de los activos securitizados garantizan, exclusivamente el pago de capital e intereses que generan los títulos emitidos.
Proceso de securitización
1. Pass through (de traspaso o traslado):Es la transferencia de los activos de materia de titulización a favor de la entidad emisora quienes a su vez incorporan estos activos a un patrimonio autónomo, y este emitirá los títulos que serán adquiridos por los inversionistas.El modo de transferencia del patrimonio autónomo se da por el contrato de fideicomiso que es el contrato por el cual una persona ya sea natural o jurídica, transfiere algunos bienes de su propiedad a favor de un tercero con la finalidad de cumplir con un encargo, se da entre el confidente (originador) y el fiduciario (inversionistas).Con la creación de un patrimonio autónomo se logran objetivos como: Asignar una cantidad de activos al pago del principal e
intereses de los valores emitidos. Que los bienes transferidos no se incorporen al patrimonio de
la empresa, sino que adquieran una personería jurídica propia cuya titularidad es ejercida por el adquiriente.
Proceso de securitización
2. Emisión de asset back bonds:En esta modalidad los activos se caracterizan por la emisión principal de bonos o cualquier otro título de deuda por parte de la propia entidad originadora con el respaldo de determinados bienes que integran su activo.Esta modalidad a diferencia de pass through es que se emiten títulos de deuda y los fondos que respaldan la emisión provienen de los ingresos generales de la entidad originadora y es por esto que se requiere garantías para los propios activos.No se transforman ni trasladan solo son usados para respaldar una emisión.
Proceso de securitización
3. Pay through (de pago):
En esta modalidad se produce una transferencia de activos de la entidad originadora, pero los títulos emitidos son respaldados por el flujo de fondo, y figuran como deuda en el balance de la entidad generadora.La entidad originadora vende los activos a ser titulizados a la entidad emisora, la que emite los nuevos títulos contra su propio patrimonio. Es decir, a diferencia de la primera modalidad, los bienes se incorporan al patrimonio de la entidad adquirente y responden por todas las obligaciones que la misma contrae en el desarrollo de sus operaciones. Una de las consecuencias de esta modalidad es la sociedad de propósitos especiales que se constituyen como anónimas, y estas buscan comprar activos para realizar una emisión de títulos respaldados con los mismos, con el objetivo de colocarlos mediante una oferta a inversionistas.
Activos titulizables
No cualquier activo puede ser objeto de titulización; tal es el caso de las facturas comerciales, leasing, rentas locativas. La conveniencia o viabilidad del mecanismo a titulizar dependerán de las particularidades del crédito de que se trate.
los activos titulizables son:Cuentas por cobrarTítulos hipotecariosActivos InmobiliariosProyectos específicosActivos que generen flujos de caja futuros
Requisitos para la titulación de un activo
Deberán ser capaces de generar un flujo de fondo matemática y estadísticamente predecibles que permitan tener un esquema o programa de pagos de los valores emitidos
Que los créditos derivados de los activos cuenten con la mayor documentación posible, de forma tal que el tercero que los adquiera pueda cobrarlos sin ninguna limitación
Así mismo será importante que los derechos o créditos que formen parte de los activos transferidos sean homogéneos, con un índice de siniestralidad apropiado, y con retornos superiores al activo titulizado
Garantías que respaldan la emisión de los títulos
El llamado realce o¨ enhacement¨, por el cual la
entidad emisora o un tercero otorgan garantías
adicionales a los activos titulizados, tanto reales
(prenda o hipoteca), como por documentos de crédito negociables tales como una carta de crédito, letras de
cambio o pagares.
El exceso de flujo de caja o spread account, que es el mecanismo por el cual se
establece un margen diferencial excedente entre el rendimiento generado por
los activos titulizados y la tasa de interés que se le ofrezca al inversionista.
Emisión subordinada: mediante la emisión de valores
subordinados al pago de valores principales se logra
trasladar de alguna forma los riegos de incobrabilidad de las cuentas por cobrar, y se cubre
un eventual déficit con el spread originado por la
diferencia de tasas de las cuentas por cobrar y el que
redituaran los valores emitidos con el respaldo del patrimonio
fideicometido
Régimen de la clasificación del riesgo
La tasa de interés necesaria para atraer inversionistas que adquieran los títulos securitizados depende usualmente del rating o calificación recibida de la empresa calificadora de riesgos (ECR). Dado que la mayoría de los inversionistas institucionales no tienen el tiempo o los recursos para investigar con profundidad la condición financiera de las empresas en que ellos invierten, las calificaciones de riesgo toman una significación especial. Los inversionistas confían en las calificaciones asignadas para determinar el retorno mínimo que ellos están dispuestos a aceptar por un instrumento de crédito en particular.
Mientras más alta sea la calificación dada por la ECR dentro de las distintas categorías de grados de inversión, menor será el costo para la empresa originadora. Este menor costo es resultado de las bajas tasas de interés necesarias para inducir a los inversionistas a comprar los títulos del VPE 54.
Atendiendo a la importancia de la calificación, la Ley del Mercado de Valores, como una medida de protección al inversionista, establece que las clasificadoras de riesgo deberán efectuar la clasificación de los valores a emitirse con el análisis del patrimonio de propósito exclusivo que sirve de respaldo, así como la calidad de la estructura de la titulización empleada (art. 337 LMV).
Régimen tributario
IGV( impuesto general a las ventas) 18 %
IR( impuesto a la renta
3° categoría = 30% De igual manera para personas no
domiciliadas en el país = 27 %
Extinción del contrato Por culminación del contrato Por consentimiento de las
partes Cuando una de las partes no
cumple con lo establecido en el contrato
CASOS
CASO 1:
La primera operación ha sido la constitución del Patrimonio en Fideicomiso Ferreyros PFF, 1997-01, llevado a cabo por Citicorp Perú Sociedad Titulizadora S.A., mediante la transferencia de activos por parte de Ferreyros S.A.A. Estos activos se originaron en contratos de compraventa a crédito de equipos y maquinarias en general celebrados entre la empresa Ferreyros y sus clientes. La emisión de obligaciones respaldadas por este patrimonio ha sido por un monto de US$ 20,000,000.
CASO 2:
La segunda ha sido la constitución del Patrimonio Autónomo Edificios San Isidro — Patrimonio en Fideicomiso, a cargo de Creditítulos Sociedad Titulizadora S.A., mediante la transferencia de 180 inmuebles en dos edificios de oficinas ubicados en San Isidro, así como sus equipos de aire acondicionado y grupos electrógenos correspondientes. La emisión ha sido por un monto de US$ 10,150,000.
CASO 3:
La cuarta ha sido la constitución del Patrimonio en Fideicomiso Quimpac - Primera emisión, llevada adelante por Intertítulos Sociedad Titulizadora S.A., mediante la transferencia de los derechos sobre los flujos en efectivo derivados de las ventas futuras de sal y productos químicos que efectúe Quimpac a un grupo de clientes elegidos. La emisión ha sido por un monto de US$ 20,000,000.
SECURITIZACION: EJEMPLO OPERATIVO
CONCLUSIONES La Securitización
permite mejorar las condiciones de
financiamiento de las empresas y ofrece a los
inversionistas una nueva alternativa de inversión.
La Titularización es una corriente financiera e
innovadora que ha generado gran interés y es de mucha utilidad para los mercados de
capitales
La Securitización sirve como instrumento en la gestión de riesgos
de créditos al permitir por ejemplo ampliar las líneas de crédito.
A manera de conclusión
decimos que dependerá de cada empresa
llevar a cabo la operación que
considere conveniente de acuerdo a las
características de sus activos
y/o pasivos
Tomando en cuenta lo anterior, en el caso de encontrarnos con
créditos cuyo pago no es predecible, será necesario que
estos créditos se “mezclen” con aquellos que tengan mayor
certeza en el pago, para así distribuir el riesgo que se ocasiona, y sea a la vez
atractivo para el inversionista la adquisición de los títulos
garantizados con estos créditos
Es importantísimo destacar que para que
opere una secularización, será necesario que los
créditos que traspase el originador al ente
securitizador, constituyan flujos de pagos efectivos,
los que deberán preferentemente ser predecibles, ya que a través del cobro en el
tiempo de estos créditos, será como se pagarán los títulos de deuda emitidos por el ente seguritizador
con ocasión de la secularización, y si los
créditos son en su mayoría impredecibles en su cobro, el interés que se
pague por los títulos emitidos será muy alto, ya
que la clasificación de riesgos así lo establecerá, por lo que no convendrá desde un punto de vista
económico, la estructuración de este
mecanismo de financiamiento.
El marco legal en
titulización de activos es
muy poco conocido.
La Titulización es una buena
alternativa, ya que permite a las
empresas transformar activos no
negociables en otros negociables
tanto en el mercado bursátil
como en el financiero,
obteniendo así liquidez en las
mejores condiciones de
costo financiero y reduciendo el
riesgo.
La Securitización es un contrato por
el cual las empresas puedan
contar con el interés y generar más dinero, a bajo
interés, para financiar su
posicionamiento en el mercado.
“El honor mas grande aún no se ha otorgado, la carrera mas dura aún no ha comenzado. No basta con soñarlo,
hay que echarle manos a la obra, luchar hasta conseguir el éxito de nuestro
presente. Nunca es tarde… Enhorabuena”