SECCION DE AVISOS AVISOS JUDICIALES · 2018. 1. 19. · Viernes 19 de enero de 2018 DIARIO OFICIAL...

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Viernes 19 de enero de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 79 SECCION DE AVISOS AVISOS JUDICIALES Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo Segundo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Ciudad Nezahualcóyotl AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- JUZGADO DECIMOSEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MEXICO.- A DOCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE. AL C. CÉSAR MANUEL LÓPEZ BAHENA. En cumplimiento a lo señalado en proveído de doce de diciembre de dos mil diecisiete, en los autos del juicio de amparo 781/2017-3, promovido por Jorge Alonso Ortega y Oscar de Jesús Flores, contra actos del Juez de Control del Distrito Judicial de Chalco, Estado de México, se ordena emplazar a usted como tercero interesado, mediante edictos, los cuales se publicarán, por tres veces, de siete en siete días, para que comparezca a deducir sus derechos, en el término de treinta días, contados a partir del día siguiente al en que se efectúe la última publicación; apercibido que de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le practicarán mediante lista que se fije en el tablero de avisos de este Juzgado de Distrito; se le notifica que la audiencia constitucional tendrá verificativo a las nueve horas con veinte minutos del quince de enero de dos mil dieciocho, la cual será diferida tomando en cuenta el término de la última publicación, además se encuentra a su disposición en la secretaría de este juzgado copia simple de la demanda de amparo. Atentamente. El Secretario del Juzgado Decimosegundo de Distrito en el Estado de México. Isaac Orozco Bautista. Rúbrica. (R.- 460886) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez Quejoso: Jorge Hernández García Tercero Interesado: V.H. EDICTO “INSERTO: Se comunica a la parte tercera interesada víctima de identidad reservada de iniciales V.H., que en el Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, se encuentra radicada la demanda de amparo promovida por Jorge Hernández García, correspondiéndole el número de amparo 1407/2017-II, en el que se señaló como acto reclamado el auto de vinculación a proceso dictado el once de septiembre de dos mil diecisiete en la carpeta administrativa 1204/2017 por el delito de secuestro, señalando como autoridad responsable al Juez de Control Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Tlalnepantla, Estado de México y otra autoridad. Asimismo, se le hace de su conocimiento el derecho que tiene de apersonarse dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación, en el local de este juzgado sito en Boulevard Toluca, número cuatro, colonia Industrial Naucalpan, código postal 53370, Naucalpan de Juárez, Estado de México. Atentamente Naucalpan de Juárez, Estado de México. El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez. Bernabé Vázquez Pérez” Rúbrica. (R.- 461130) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito Zapopan, Jalisco EDICTOS

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  • Viernes 19 de enero de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 79

    SECCION DE AVISOS

    AVISOS JUDICIALES Estados Unidos Mexicanos

    Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo Segundo de Distrito en el Estado de México,

    con residencia en Ciudad Nezahualcóyotl

    AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- JUZGADO DECIMOSEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MEXICO.- A DOCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.

    AL C. CÉSAR MANUEL LÓPEZ BAHENA. En cumplimiento a lo señalado en proveído de doce de diciembre de dos mil diecisiete, en los autos del

    juicio de amparo 781/2017-3, promovido por Jorge Alonso Ortega y Oscar de Jesús Flores, contra actos del Juez de Control del Distrito Judicial de Chalco, Estado de México, se ordena emplazar a usted como tercero interesado, mediante edictos, los cuales se publicarán, por tres veces, de siete en siete días, para que comparezca a deducir sus derechos, en el término de treinta días, contados a partir del día siguiente al en que se efectúe la última publicación; apercibido que de no hacerlo, éste se seguirá conforme a derecho y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se le practicarán mediante lista que se fije en el tablero de avisos de este Juzgado de Distrito; se le notifica que la audiencia constitucional tendrá verificativo a las nueve horas con veinte minutos del quince de enero de dos mil dieciocho, la cual será diferida tomando en cuenta el término de la última publicación, además se encuentra a su disposición en la secretaría de este juzgado copia simple de la demanda de amparo.

    Atentamente.

    El Secretario del Juzgado Decimosegundo de Distrito en el Estado de México. Isaac Orozco Bautista.

    Rúbrica. (R.- 460886)

    Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación

    Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez

    Quejoso: Jorge Hernández García Tercero Interesado: V.H.

    EDICTO “INSERTO: Se comunica a la parte tercera interesada víctima de identidad reservada de iniciales V.H.,

    que en el Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, se encuentra radicada la demanda de amparo promovida por Jorge Hernández García, correspondiéndole el número de amparo 1407/2017-II, en el que se señaló como acto reclamado el auto de vinculación a proceso dictado el once de septiembre de dos mil diecisiete en la carpeta administrativa 1204/2017 por el delito de secuestro, señalando como autoridad responsable al Juez de Control Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Tlalnepantla, Estado de México y otra autoridad.

    Asimismo, se le hace de su conocimiento el derecho que tiene de apersonarse dentro del término de treinta días, contados a partir de la última publicación, en el local de este juzgado sito en Boulevard Toluca, número cuatro, colonia Industrial Naucalpan, código postal 53370, Naucalpan de Juárez, Estado de México.

    Atentamente

    Naucalpan de Juárez, Estado de México. El Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de México,

    con residencia en Naucalpan de Juárez. Bernabé Vázquez Pérez”

    Rúbrica. (R.- 461130)

    Estados Unidos Mexicanos

    Poder Judicial de la Federación

    Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito

    Zapopan, Jalisco

    EDICTOS

  • 80 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 19 de enero de 2018

    En el amparo directo 711/2017, del índice del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer

    Circuito, promovido por SISTEMA DE CRÉDITO AUTOMOTRIZ, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, representada por su endosatario en procuración JUAN ANTONIO GÁLVEZ LÓPEZ, reclamando

    del JUEZ QUINTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL ESTADO, la resolución dictada el veinticinco de enero de dos mil diecisiete, en el juicio mercantil ejecutivo 56/2016; se ordenó emplazar por este medio a los

    terceros interesados LETICIA FLORES PÉREZ y ALBINO MILLÁN AYALA, quienes deberán comparecer por sí, o por conducto de su representante legal a este tribunal, a deducir sus derechos, dentro del plazo de treinta

    días hábiles, contado a partir del siguiente al de la última publicación, apercibidos que de no hacerlo, las notificaciones ulteriores, incluso las de carácter personal, se harán por medio de lista; queda copia de la

    demanda a su disposición en este órgano federal. Para su publicación en días hábiles, por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en el

    periódico Excelsior.

    Zapopan, Jalisco, 12 de diciembre de 2017. La Secretaria del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito.

    Licenciada Aida Azucena Castañeda Franco. Rúbrica.

    (R.- 461148)

    Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación

    Juzgado Decimoquinto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México EDICTO

    Tercero Interesado

    José Guadalupe García En los autos de juicio de amparo número 607/2017-II, promovido por Carlos Jiménez Flores, contra actos

    del Fiscal de Procesos en Juzgados Civiles, que hizo consistir en el no ejercicio de la acción penal de ocho de mayo de dos mil diecisiete; al tener el carácter de tercero interesado y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción III, párrafo segundo, del inciso c) del Artículo 27 de la Ley de Amparo, se otorga su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, quedando a su disposición en la actuaría de este Juzgado copia simple de la demanda de amparo y auto admisorio de treinta de junio de dos mil diecisiete, y, cuenta con el término de 30 días, contados a partir de la última publicación de tales edictos para que ocurran al Juzgado a hacer valer sus derechos, lo cual podrá hacerlo por sí o por conducto de apoderado, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones le correrán por lista que se fije en los estrados de este Juzgado de Distrito.

    Atentamente.

    Ciudad de México, a veintiséis de diciembre de dos mil diecisiete. Secretaria del Juzgado.

    Blanca Estela Hernández Sabino Rúbrica.

    (R.- 461178)

    Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación

    Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito

    en Chilpancingo, Guerrero EDICTO

    COMERCIALIZADORA Y CONSTRUCTORA DE GOLF, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE; PROMOTORA UNIVERSO, SOCIEDAD CIVIL; Y, PROMOTORA MAREA ALTA, SOCIEDAD CIVIL. El Presidente del Primer Tribunal Colegiado en materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito

    ordenó mediante acuerdo de veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete, se le llamara al Juicio de Amparo Directo Civil 580/2016, que promovió Quelra, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su apoderado Alfonso Hernández Cruz, por medio de edictos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los periodicos de mayor circulación en la República Mexicana, en razón de desconocerse su domicilio, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria; a efecto de que concurran por apoderado o gestor que pueda representarlos ante este Tribunal, dentro del término de treinta días siguientes a aquél en que se realice la última publicación de los edictos, para emplazar a éstos a juicio y hagan valer su derecho como terceros interesados, previniéndolos, asimismo, para que señalen domicilio para oír y recibir notificaciones, con el apercibimiento que de no hacerlo, las posteriores les surtirán efectos por lista. En el entendido de que al momento de comparecer recibirán copia de la demanda de

  • Viernes 19 de enero de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 81

    amparo; además, se ordena fijar una copia del citado proveído en los estrados de este tribunal durante todo el tiempo que dure el emplazamiento.

    Atentamente. Chilpancingo, Gro., a 29 de noviembre de 2017. El Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal

    Colegiado en materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito. Lic. Jacob Israel Martínez Licón.

    Rúbrica. (R.- 461261)

    Estados Unidos Mexicanos

    Poder Judicial de la Federación

    Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito

    Zapopan, Jal.

    EDICTO

    DIRIGIDO A:

    TERCERO INTERESADO YOLANDA SOLÓRZANO GARZA.

    Se emplaza al Amparo Directo 660/2017-III, promovido por MIGUEL GARCÍA DELGADO, contra acto de la

    Séptima Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, del que reclama: la sentencia de cinco de abril de

    dos mil diecisiete, emitida en el toca 144/2017. Quedan a su disposición copias de la demanda de amparo en

    la secretaría del tribunal. Haciéndole saber que tiene treinta días para presentarse a hacer valer sus derechos

    y señale domicilio para recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo se hará por lista, artículos 27 y 181

    de la Ley de Amparo y conforme al 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, deberán publicarse por

    tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación

    de la Republica.

    Zapopan, Jalisco, a diez de enero de dos mil dieciocho.

    El Secretario del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito.

    Licenciado Rafael Covarrubias Dueñas.

    Rúbrica.

    (R.- 461374)

    Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación

    Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito Monterrey, Nuevo León

    A.D. 660/2017/3 EDICTOS

    TERCERA INTERESADA: • Financiera de Fomento, sociedad anónima. Por conducto de quien legalmente la represente. • (DOMICILIO IGNORADO). Por este conducto, se ordena emplazar al tercero interesado, dentro del juicio de amparo directo

    número 660/2017/3, promovido por Contrafuerte Inmobiliaria, sociedad anónima promotora de inversión de capital variable, contra actos de la Segunda Sala Colegiada Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado.

    Acto reclamado: La sentencia de veintiocho de septiembre del año en curso. Preceptos constitucionales cuya violación se reclaman: 14 y 16. Se hace saber al tercero interesado de mérito que debe presentarse ante este tribunal colegiado,

    dentro del término de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación, a fin de que haga valer sus derechos y se imponga de la tramitación de este juicio de amparo, apercibido que de no comparecer, se continuará el juicio sin su presencia, haciéndose las ulteriores notificaciones en la lista electrónica y en la que se fija en los estrados de este tribunal.

    Monterrey, Nuevo León, a 7 de Diciembre de 2017. La Secretaria de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito.

    Lic. Juanita Azucena García Correa. Rúbrica.

    (R.- 461400)

    Estados Unidos Mexicanos

    Poder Judicial de la Federación

    Juzgado Tercero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro

    EDICTO

  • 82 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 19 de enero de 2018

    PEDRO VILCHIS COLÍN.

    En el juicio de amparo 729/2017, promovido por Jaime Esquivel Olvera, por conducto de su apoderada

    María Irma Esquivel Alejandro, contra actos de la Junta Especial Número Cuatro de la Local de

    Conciliación y Arbitraje residente en San Juan del Río, Querétaro y otras autoridades, en el que Pedro

    Vilchis Colín, tiene el carácter de tercero interesado, se dictó un auto en el que se ordena emplazarlo a dicho

    juicio de amparo, para que comparezca a defender sus derechos a la audiencia constitucional señalada para

    las DIEZ HORAS CON TREINTA Y CINCO MINUTOS DEL DIECIOCHO DE DICIEMBRE DE DOS MIL

    DIECISIETE, haciéndole saber que la demanda de amparo con la que se inició el juicio constitucional de

    referencia, esto es en el juicio 729/2017, la parte quejosa, reclama a las autoridades responsables, el

    embargo, remate, adjudicación y escrituración del inmueble ubicado en Avenida Nogales, sin número, lote

    21, colonia Jardines de Banthi, San Juan del Rio, Querétaro, con clave catastral 16 01 001 09 206 021 y

    folio inmobiliario 29562/0005, ordenada dentro del expediente 00622/2008/4/1, del índice de la Junta

    Especial Número Cuatro, de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Querétaro. Edicto que se

    ordena publicar conforme a lo ordenado por auto de esa fecha, por tres veces de siete en siete días, en el

    Diario Oficial de la Federación, en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República

    Mexicana y otro de mayor circulación en el Estado, haciéndole saber al referido tercero interesado, que

    deberá presentarse a este Juzgado Tercero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de

    Querétaro, dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación,

    quedando a su disposición en la Secretaría del juzgado copia de la demanda respectiva.

    Santiago de Querétaro, Querétaro, siete de diciembre de dos mil diecisiete.

    Secretario del Juzgado Tercero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro

    Licenciado Jorge Luis Mesino Armenta

    Rúbrica.

    (R.- 461110)

    Estados Unidos Mexicanos

    Poder Judicial de la Federación

    Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil,

    Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla,

    con residencia oficial en la ciudad de San Andrés Cholula, Puebla

    EDICTO.

    Emplazamiento al tercero interesado Rubén Ricaño Bustillo.

    Presente.

    En los autos del juicio de amparo número 443/2017, promovido por José Humberto Canal Castellanos en

    su carácter de albacea testamentario de la sucesión a bienes de Susana Castellanos Sánchez, contra actos

    del Juez Octavo Mercantil de la Ciudad de Puebla, a quien le reclama el auto de veintisiete de enero de dos

    mil diecisiete, dictado en el juicio de otorgamiento de contrato de arrendamiento 361/2001, y al ser señalado

    como tercero interesado y desconocerse su domicilio, el veintisiete de octubre de dos mil diecisiete, se ordenó

    su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el “Diario Oficial de

    la Federación” y en cualquiera de los siguientes diarios “Excelsior”, “El Universal” o “Reforma”, con apoyo en

    los artículos 27, fracción III inciso c) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles;

    haciendo de su conocimiento que deberá presentarse ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de

    Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, dentro del término

    de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para hacer valer sus derechos y

    señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibido que de no hacerlo se continuará el juicio y las

    subsecuentes notificaciones, aún las personales, se le harán por lista. Queda a su disposición en este órgano

    jurisdiccional copia simple de la demanda de garantías.

    Atentamente

    San Andrés Cholula, Puebla, seis de noviembre de dos mil diecisiete.

    La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil,

    Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla.

    Lic. Martha Cecilia Barrera Jiménez.

    Rúbrica.

    (R.- 461133)

    Estados Unidos Mexicanos

    Poder Judicial de la Federación

    Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Sinaloa

    Culiacán, Sinaloa

  • Viernes 19 de enero de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 83

    -EDICTOS-

    JORGE HUMBERTO ZARAGOZA FUENTES

    (Tercero interesado)

    En los autos del juicio de amparo 521/2017-I-A, promovido por Marco Antonio Cruz Miranda, apoderado

    legal de Pedro Zaragoza Fuentes, contra actos del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de

    Sinaloa, con residencia en esta ciudad, y otra autoridad, se le tuvo con el carácter de tercero interesado;

    asimismo, en virtud de que a la fecha no se ha logrado su localización se procede a emplazarla a través de

    este medio para que se encuentre en aptitud de comparecer a dicho juicio de amparo si lo estima conveniente

    a sus intereses, razón por la que en la Secretaría de este Juzgado de Distrito quedará a su disposición copia

    autorizada de la demanda de amparo, escritos aclaratorios y del auto admisorio de la misma, para que se

    presente a recepcionarlos; de igual modo, hágase de su conocimiento que deberá señalar domicilio en esta

    ciudad para oír y recibir notificaciones, apercibida que de no hacerlo así se continuará el juicio y por su

    incomparecencia las subsecuentes notificaciones se le harán por medio de lista de acuerdos que se publica

    en este juzgado; y para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el “Diario Oficial de la

    Federación”, y en uno de los mayores periódicos de circulación en el país; se expide lo anterior en

    cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y del numeral 315

    del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la Materia.

    Atentamente.

    “Año del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”

    Culiacán, Sinaloa, treinta de noviembre de dos mil diecisiete.

    Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Sinaloa.

    José Luis Estrada Amaya.

    Rúbrica.

    (R.- 461140)

    Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación

    Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México -EDICTO-

    AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL

    DE LA FEDERACIÓN. JUZGADO DÉCIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO. Terceros Interesados: Oscar Fernando Villarreal Martínez e ICM US OPERATING LLC En los autos del juicio de amparo 650/2017- II, promovido por Raúl García Herrera, en representación de

    Comarca Energy, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra actos del Juez Tercero de lo Civil de la Ciudad de México, por auto de veinticuatro de noviembre de este año, este juzgado, al desconocer el domicilio actual de los terceros interesados OSCAR FERNANDO VILLARREAL MARTINEZ E ICM US OPERATING LLC; con fundamento en los artículos 27, fracción III, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la citada ley, se ordenó su emplazamiento al presente sumario por medio de edictos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, lo anterior para que en el término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, los terceros interesados ocurran ante este tribunal y haga valer su derecho, por lo que se le hace de su conocimiento que ante la secretaria de este juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo, apercibidas que en caso de no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, éstas se les hará por medio de lista.

    En consecuencia, se hace la relación sucinta de la demanda, consistente en que la quejosa antes referida, promovió el presente juicio en contra del Juez Tercero de lo Civil de la Ciudad de México, reclamando el auto de treinta y uno de mayo de dos mil diecisiete, dictado en el cuaderno de providencias precautorias de Juicio Ordinario Civil 236/2015, admitida el treinta de junio de dos mil diecisiete, así como, los autos de catorce de agosto, veintiocho de septiembre, admitidos en ampliaciones de demanda, de nueve de octubre y veintisiete de noviembre del año en curso, respectivamente.

    Atentamente.

    Ciudad de México, 4 de diciembre de 2017. Secretaria del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México.

    Lic. María Estela García Aviña. Rúbrica.

    (R.- 461142) Estados Unidos Mexicanos

    Poder Judicial de la Federación

    Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México

    “Año del Centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”

  • 84 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 19 de enero de 2018

    EDICTO En los autos de la demanda de concurso mercantil 174/2017, del índice del Juzgado Sexto de Distrito en

    Materia Civil en la Ciudad de México, se informa que se dictó resolución el siete de noviembre de dos mil diecisiete, en la que se resolvió lo siguiente: se DECLARA en concurso mercantil a LOGISTICS ASSISTANCE GROUP, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE […],

    se abrió la etapa de conciliación, señalada como fecha de retroacción el seis de febrero de dos mil diecisiete, posteriormente se designó como conciliador a SERGIO FRANCISCO HERMIDA GUERRERO, con domicilio en Avenida Baja California número 255, edificio “B”, 9° piso, colonia Hipódromo Condesa, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06100, en esta Ciudad de México; asimismo, se ordenó al conciliador inicie el

    procedimiento de reconocimiento de créditos y los determine de oficio en los términos establecidos por los artículos 121 y 123 de la Ley de Concursos Mercantiles, se ordena a la comerciante suspender el pago de los adeudos contraídos con anterioridad a la fecha en que comience a surtir sus efectos esta sentencia de concursos mercantil […] Se ordena que durante la etapa de conciliación se suspenda todo mandamiento

    de embargo o ejecución contra los bienes y derechos de la comerciante, con las excepciones a que se refiere el artículo 65 de la Ley de Concursos Mercantiles. Los créditos a cargo de la concursada que carezcan de garantía real dejarán de causar intereses a la fecha de la sentencia. Lo que se hace del conocimiento de los acreedores de la concursada para que aquellos que así lo deseen, le soliciten el reconocimiento de sus créditos. La publicación de este edicto surte efectos de notificación para quienes aún no hayan sido notificados en alguna forma diferente, ordenada en la propia sentencia. Anunciándose una vez por medio de edicto que deberá de publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico “El Sol de México”.

    Atentamente Ciudad de México, 30 de noviembre de 2017.

    Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México. Elba Alejandra Vargas Lugo.

    Rúbrica. (R.- 461397)

    Estados Unidos Mexicanos

    Poder Judicial de la Federación

    Juzgado Segundo de Distrito

    Mexicali, Baja California

    J. Ord. Mercantil 55/2016-1A

    EDICTO

    HIPOTECARIA SU CASITA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA

    DE OBJETO LIMITADO, EN EL LUGAR DONDE SE ENCUENTRE.

    EL SUSCRITO ROBERTO PÉREZ DE GANTE, SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO

    EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DICTADO EL OCHO DE

    SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE, DENTRO DEL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL 55/2016-1A,

    PROMOVIDO POR LILIA MONSERRAT ÁLVAREZ POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL

    JUAN CARLOS ORTEGA FLORES, EN CONTRA DE LA PARTE DEMANDADA HIPOTECARIA SU CASITA,

    SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, SE

    HACE DE SU CONOCIMIENTO QUE SE ORDENÓ SU EMPLAZAMIENTO MEDIANTE EDICTOS, POR LO

    QUE DEBERÁ COMPARECER A ESTE JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE BAJA

    CALIFORNIA DEL DECIMOQUINTO CIRCUITO, UBICADO EN EDIFICIO PALACIO DE JUSTICIA FEDERAL,

    CALLE DEL HOSPITAL NÚMERO 594, CENTRO CÍVICO Y COMERCIAL DE ESTA CIUDAD DE MEXICALI,

    BAJA CALIFORNIA, CÓDIGO POSTAL 21000, DENTRO DE LOS TREINTA DÍAS CONTADOS A PARTIR

    DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN, A EFECTO DE QUE SE IMPONGA DE AUTOS Y NO QUEDE EN ESTADO

    DE INDEFENSIÓN DENTRO DE ESTE JUICIO, TODA VEZ QUE LE ASISTE EL CARÁCTER DE

    DEMANDADA, Y COMPAREZCA A DAR CONTESTACIÓN A LA DEMANDA ENTABLADA EN SU CONTRA

    Y OPONGA LAS EXCEPCIONES QUE TENGA QUE HACER VALER, CON EL APERCIBIMIENTO QUE EN

    CASO DE NO HACERLO DENTRO DE DICHO TÉRMINO (TREINTA DÍAS), SE SEGUIRÁ EL JUICIO

    EN SU REBELDÍA, HACIÉNDOLE LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES Y AÚN LAS DE CARÁCTER

    PERSONAL POR LISTA FIJADA EN LOS ESTRADOS DEL LUGAR DESTINANDO PARA TAL EFECTO EN

    EL LOCAL DE ESTE JUZGADO FEDERAL.

    PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DÍAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE

    LA FEDERACIÓN Y EN UNO DE LOS PERIÓDICOS DE MAYOR CIRCULACIÓN EN EL PAÍS, A TRAVÉS

    DE LOS CUALES SE LES HARÁ SABER QUE DEBERÁ PRESENTARSE ANTE ESTE JUZGADO

  • Viernes 19 de enero de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 85

    SEGUNDO DE DISTRITO EN MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, DENTRO DEL PLAZO DE TREINTA DÍAS.

    CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN. CONSTE.

    Atentamente.

    Mexicali, B.C. a 24 de noviembre de 2017

    El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado.

    Roberto Pérez de Gante.

    Rúbrica.

    (R.- 460936)

    AVISOS GENERALES

    BANCO NACIONAL DE MEXICO, S.A.

    INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX, DIVISION FIDUCIARIA AXIS ASSET MANAGEMENT, S. DE R.L. DE C.V.

    CONVOCATORIA ASAMBLEA DE TENEDORES DE LOS CERTIFICADOS BURSÁTILES FIDUCIARIOS

    DE CAPITAL DE DESARROLLO IDENTIFICADOS CON CLAVE DE PIZARRA “AXISCK 12”

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 68 de la Ley del Mercado de Valores, 218 de la

    Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y demás relativos y aplicables; y de conformidad con el Contrato de Fideicomiso Irrevocable identificado con el número F/17272-1 de fecha 11 de diciembre de 2012 (según ha sido modificado, el “Fideicomiso”), así como con el título que ampara los certificados bursátiles fiduciarios de los denominados certificados de capital de desarrollo bajo la modalidad de llamadas de capital identificados con clave de pizarra “AXISCK 12” (los “Certificados Bursátiles”), emitidos por Banco Nacional de México, S.A., integrante del Grupo Financiero Banamex, División Fiduciaria en su carácter de Fiduciario (el “Fiduciario”), donde Axis Asset Management, S. de R.L. de C.V. actúa como fideicomitente, fideicomisario en segundo lugar respectivamente y administrador (el “Fideicomitente” y el “Administrador”) y Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero, actúa como representante común (el “Representante Común”) de los tenedores de los Certificados Bursátiles (los “Tenedores”), se convoca a dichos Tenedores para que asistan a la Asamblea de Tenedores que se celebrará el próximo 6 de febrero de 2018, a las 16:30 horas (la “Asamblea”), en las oficinas del Representante Común, ubicadas en Av. Paseo de la Reforma No. 284, piso 9, Col. Juárez, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México (la “Asamblea”), conforme al siguiente:

    ORDEN DEL DÍA

    I. Revisión, discusión y, en su caso, aprobación de la Llamada de Capital y la correlativa Emisión Subsecuente que el Administrador solicitó para la reconstitución de la Reserva de Gastos. Resoluciones al respecto.

    II. Designación de delegados especiales, en su caso, para la formalización y cumplimiento de las resoluciones que se adopten en la Asamblea. Resoluciones al respecto.

    Los Tenedores que deseen asistir a la Asamblea deberán entregar, a más tardar el día hábil anterior a la fecha de la celebración de la misma: (i) la constancia de depósito que expida S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V., (ii) el listado de titulares que al efecto expida el custodio correspondiente, en su caso, y (iii) de ser aplicable, la carta poder firmada ante dos testigos o el mandato general o especial, otorgado en términos de la legislación aplicable, para hacerse representar en la Asamblea; en las oficinas del Representante Común, ubicadas en Av. Paseo de la Reforma No. 284, piso 9, Col. Juárez, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México a la atención de Cyntia María Velázquez Catalán, y/o José Roberto Flores Coutiño en el horario comprendido de las 9:00 a las 15:00 horas y de las 16:30 a las 17:30 horas, de lunes a viernes, a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria. De igual manera, se invita a los Tenedores a ponerse en contacto con el Representante Común, ya sea vía correo electrónico ([email protected]) o vía telefónica (+52 (55) 5230-0239) en caso de que tengan alguna duda relacionada con el alcance de los asuntos que integran el orden del día de la Asamblea.

    Ciudad de México, a 19 de enero de 2018

    El Representante Común de los Tenedores Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V.,

    Monex Grupo Financiero Lic. José Luis Urrea Sauceda

    Rúbrica. (R.- 461376)

    Instituto Mexicano del Seguro Social

    Dirección de Administración

    mailto:[email protected]

  • 86 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 19 de enero de 2018

    Unidad de Administración

    Coordinación de Control de Abasto

    EDICTO

    C. JOSÉ MIZDRAHI SMEKE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA D´RENNE DE MÉXICO, S.A.

    DE C.V. PRESENTE. La Coordinación de Control de Abasto del Instituto Mexicano del Seguro Social,

    en cumplimiento a los oficios 09 52 17 1000/657 y 09 52 17 1000/659 mediante los cuales se determina dar

    por rescindidos los contratos números U160176 y U160149 celebrados con la empresa D´RENEE

    DE MÉXICO, S.A. DE C.V. con expedientes número RESC-013/2017 y RESC12/2017 con motivo del

    incumplimiento de la entrega de bienes requeridos mediante órdenes de reposición, así como en la omisión

    de la entrega de la garantía de cumplimiento, en los que en su RESOLUTIVO TERCERO cita: En

    cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 54 fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

    Servicios del Sector Público y 99 de su Reglamento, la Coordinación de Control de Abasto en su carácter de

    Representante de los Administradores de los contratos U160176 y U160149, deberá formular el finiquito

    correspondiente. En razón de lo anterior y toda vez que con fecha 08 de enero de 2018, personal de la

    Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento de la Delegación México Poniente se presentó en el domicilio

    establecido por la empresa en los instrumentos jurídicos no localizando a la misma, con fundamento en el

    artículo 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, por este medio se solicita la presencia del

    Representante Legal de la empresa D´RENEE DE MÉXICO, S.A. DE C.V. el próximo día 23 de enero de 2018

    a las 14:00 en las oficinas de la División de Apoyo Normativo al Proceso de Abasto dependientes de la

    Coordinación de Control de Abasto ubicada en Calle Durango No. 291 Octavo Piso, Col. Roma, Delegación

    Cuauhtémoc, Ciudad de México.- NOTIFÍQUESE

    Ciudad de México, a 10 de enero de 2018

    Titular de la Coordinación de Control de Abasto

    Lic. María del Pilar Buerba Gómez

    Rúbrica.

    (R.- 461328)

    CHUBB SEGUROS MEXICO, S.A.

    Se publican los siguientes acuerdos de fusión de conformidad con la autorización otorgada por la

    Comisión Nacional de Seguros y Fianzas mediante oficio 06-C00-41100-60261 de fecha 25 de Octubre de

    2017, las resoluciones unánimes de accionistas de fecha 8 de septiembre de 2017 tomadas por los accionistas

    de las sociedades ABA Seguros, S.A. de C.V. y Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V. ambas

    como sociedades fusionadas, y ACE Seguros, S.A. como sociedad fusionante, misma que cambió de

    denominación para quedar como Chubb Seguros México, S.A. (en lo sucesivo las “Partes”), el convenio de

    fusión firmado por las Partes el día 8 de septiembre de 2017, y con fundamento en lo dispuesto por la fracción

    V del artículo 271 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, así como el artículo 223 y demás

    aplicables de la Ley General de Sociedades Mercantiles:

    Acuerdos de Fusión

    PRIMERO: Las partes acordaron fusionarse, con efectos al primer instante del día 1 de enero de 2018,

    subsistiendo ACE Seguros, S.A. como sociedad fusionante, y desapareciendo ABA Seguros, S.A. de C.V. y

    Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V., como sociedades fusionadas. En consecuencia, una

    vez que la fusión ha surtido efectos, el patrimonio de las fusionadas, el cual comprende el conjunto de sus

    respectivos activos, pasivos, derechos y obligaciones, ha sido absorbido íntegramente por la fusionante.

    Las obligaciones derivadas de las operaciones celebradas por las fusionadas con anterioridad al

    otorgamiento de la autorización de fusión, subsistirán en todos sus términos, sin que sea necesario convalidar,

    ratificar o modificar las pólizas de seguros y contratos que se tengan celebrados, ello atendiendo a que la

    fusionante se ha convertido en propietaria a título universal del patrimonio de las fusionadas.

    La fusión de ninguna manera modificará los términos y condiciones vigentes pactados en los contratos de

    seguro correspondientes. En todo caso, para su modificación será necesaria la manifestación de la voluntad

    de las partes interesadas en este sentido.

    SEGUNDO: La presente fusión se conviene con base en las Resoluciones Unánimes de Accionistas de la

    fusionante y de las fusionadas que se celebraron el 8 de septiembre de 2017 y de acuerdo a los balances

    generales formulados al 30 de junio de 2017 para la fusionante y para las fusionadas.

  • Viernes 19 de enero de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 87

    TERCERO: Como consecuencia de la fusión acordada en términos del Convenio y toda vez que la fusión

    ha surtido sus efectos, las fusionadas han transmitido a la fusionante íntegramente su patrimonio,

    comprendiendo la totalidad de sus activos, pasivos, derechos y obligaciones sin reserva ni limitación alguna.

    La fusionante a su vez ha aceptado la transferencia universal del patrimonio de las fusionadas en virtud de la

    fusión aquí prevista por la cual absorbe a estas últimas.

    Como consecuencia de la fusión, la fusionante ha adquirido todas las obligaciones, derechos y bienes

    de las fusionadas, subrogándose en todas las obligaciones, derechos, garantías y privilegios derivados de

    cualquier contrato, negociación o transacción en los que las fusionadas figuren como parte, con todo

    cuanto de hecho y por derecho les corresponda y asume todas y cada una de las obligaciones que resultaren

    a su cargo.

    CUARTO: Las Partes acordaron en fijar el primer instante del día 1º de enero de 2018, como la fecha

    efectiva de fusión entre la fusionante, las fusionadas, sus accionistas, así como para efectos fiscales.

    Frente a terceros, la fusión surtió efectos a partir del 3 de enero de 2018 que es la fecha de inscripción,

    ante el Registro Público de Comercio correspondiente, de la autorización otorgada por la Comisión Nacional

    de Seguros y Fianzas para la fusión y del instrumento público en el que constan los acuerdos de fusión y el

    convenio de fusión.

    QUINTO: Las Sociedades que tienen el carácter de fusionadas, han colocado avisos sobre la fusión en

    sus oficinas matrices, sucursales y oficinas de servicio, los cuales deberán mantener durante todo el

    procedimiento. Asimismo, han publicado a su costa por tres veces en el Diario Oficial de la Federación y en

    dos periódicos de mayor circulación en la plaza donde se encuentren sus domicilios sociales y sucursales, la

    fusión. Dichas publicaciones se hicieron dentro de un periodo de veinte días hábiles, contado a partir de la

    primera publicación y la última surtió efectos de notificación a los contratantes, asegurados o a sus

    causahabientes, así como a los acreedores de las sociedades, quienes contaron con un término de cuarenta y

    cinco días, a partir de la fecha de la publicación del último de los avisos a los que se refiere este párrafo, para

    manifestar lo que a su interés convenga, otorgando o no su conformidad con la fusión o solicitando, los que

    fusión y los acreedores legalmente reconocidos podrán oponerse judicialmente a la fusión para el sólo efecto

    de obtener el pago de sus créditos.

    Asimismo, la fusionante se obliga a notificar a las autoridades que correspondan, su subrogación de los

    derechos y obligaciones de las fusionadas, como resultado de la referida fusión, a efecto de registrar

    a la fusionante como nueva titular de dichos derechos y obligaciones.

    SEXTO: Los acuerdos de fusión correspondientes se publicarán junto con los balances generales de la

    Fusionante y las Fusionadas al 30 de junio de 2017, así como los procedimientos establecidos para

    la extinción del pasivo social a cargo de estas últimas, en caso de que lo tuviere, en el Sistema Electrónico de

    Publicaciones de Sociedades Mercantiles de la Secretaría de Economía.

    De igual manera, y en cumplimiento a lo establecido en la fracción V del artículo 271 de la Ley de

    Instituciones de Fianzas y de Seguros, una vez inscrita la autorización expedida por la Comisión Nacional de

    Seguros y de Fianzas respecto de la fusión, se publicarán los acuerdos de fusión, en el Diario Oficial de la

    Federación y en dos periódicos y amplia circulación en la plaza en que tengan su domicilio las sociedades

    participantes en la fusión.

    SÉPTIMO: La fusionante se obliga a presentar las declaraciones de impuestos, los avisos de cancelación

    y otros pertinentes a las autoridades administrativas y, en general, la fusionante cumplirá con todas

    las obligaciones que las leyes imponen como consecuencia de la fusión, tanto a su cargo como al

    de las fusionadas.

    Ciudad de México, a 19 Enero de 2018.

    Chubb Seguros México, S.A.

    Apoderado Legal y Delegado Especial

    Juan Pablo Téllez González

    Rúbrica.

    (R.- 461395)

  • 88 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 19 de enero de 2018

    ECOGAS MEXICO S. DE R.L. DE C.V.

    Al público en general se notifica la modificación del permiso de distribución de gas natural

    G/013/DIS/97 así como de la zona geográfica de Chihuahua para fines de distribución de gas natural de

    acuerdo con la resolución RES/2871/2017 emitida por la Comisión Reguladora de Energía.

    Extracto.

    La Comisión Reguladora de Energía resuelve:

    Primero. Se modifica la Zona Geográfica de Chihuahua, para integrar por completo a la misma, los

    municipios de Chihuahua, Cuauhtémoc, Delicias y Meoqui, todos del estado de Chihuahua, manteniéndose

    como una zona discontinua.

    Segunda. Se modifica el permiso de distribución de gas natural por medio de ductos G/013/DIS/97,

    otorgado a Ecogas México, S. de R.L. de C.V., en lo relativo a la delimitación de la zona geográfica de

    Chihuahua descrita en el Anexo Único de la presente resolución, que forma parte de la misma como si a la

    letra se insertase.

    Anexo Único:

    Atentamente,

    Chihuahua, Chihuahua. A 15 de enero de 2018

    Ecogas México S. de R.L. de C.V.

    Representante Legal

    Lic. Marco Alberto Torres García

    Rúbrica.

    (R.- 461380)

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    ) 89

    CFE Suministrador de Servicios Básicos

    Dirección General

    En nombre de CFE Suministrador de Servicios Básicos, Empresa Productiva Subsidiaria de la Comisión Federal de Electricidad en cumplimiento a lo dispuesto por

    el artículo 146 de la Ley de la Industria Eléctrica, en ejercicio de las atribuciones a que se refieren las fracciones I y XVI del artículo 17 del Acuerdo de Creación de

    CFE Suministrador de Servicios Básicos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de marzo de 2016 y de conformidad con lo establecido en el oficio

    SE-210/74319/2017 del 29 de diciembre del 2017, de la Comisión Reguladora de Energía, mediante el cual notifica las tarifas que aplicará CFE Suministrador de

    Servicios Básicos, por la prestación del suministro básico de energía eléctrica al mes de enero de 2018, de la siguiente manera:

    División Baja California

    Categorías Tarifas Reguladas 2018 Cargos variables

    enero 2018

    Transmisión Distribución Operación del

    CENACE

    Operación del

    Suministrador

    Básico

    Servicios

    conexos no

    MEM

    Energía Capacidad

    Categoría tarifaria Unidades

    DB1 $/mes 65.54

    $/kWh 0.1441 0.6829 0.0075 0.0054 0.0697 0.1885

    DB2 $/mes 65.54

    $/kWh 0.1441 0.7782 0.0075 0.0054 0.0692 0.1877

    PDBT $/mes 65.54

    $/kWh 0.1441 0.6250 0.0075 0.0054 0.4857 0.7966

    GDBT $/mes 655.38

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.4869

    $/kW 180.5 247.51

    RABT $/mes 65.54

    $/kWh 0.1441 0.6250 0.0075 0.0054 0.0569 0.1860

    RAMT $/mes 655.38

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.1469

    $/kW 83.98 109.09

    APBT $/mes 65.54

    $/kWh 0.1441 0.6250 0.0075 0.0054 0.4995 1.3688

    APMT $/mes 655.38

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.3787 0.9928

    $/kW 83.98

    GDMTO $/mes 655.38

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.2666

    $/kW 83.98 179.18

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    GDMTH $/mes 655.38

    $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.6915

    $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 1.2525

    $/kWh Punta

    $/kW 83.98 571.68

    DIST $/mes 1,966.14

    $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.4221

    $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.7644

    $/kWh Punta

    $/kWh Semipunta

    $/kW 364.59

    DIT $/mes 1,966.14

    $/kWh Base 0.0633 0.0075 0.0054 0.6441

    $/kWh Intermedio 0.0633 0.0075 0.0054 1.1666

    $/kWh Punta

    $/kWh Semipunta

    $/kW 531.64

    División Baja California Sur

    Categorías Tarifas Reguladas 2018 Cargos variables enero 2018

    Transmisión Distribución Operación del CENACE

    Operación del Suministrador

    Básico

    Servicios conexos no

    MEM

    Energía Capacidad

    Categoría tarifaria Unidades

    DB1 $/mes 65.54 $/kWh 0.1441 0.6829 0.0075 0.0054 0.5247 0.2518

    DB2 $/mes 65.54 $/kWh 0.1441 0.7782 0.0075 0.0054 0.5191 0.2507

    PDBT $/mes 65.54 $/kWh 0.1441 0.6250 0.0075 0.0054 1.3501 0.3904

    GDBT $/mes 655.38 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 1.6142

    $/kW 180.5 145.51

    RABT $/mes 65.54 $/kWh 0.1441 0.6250 0.0075 0.0054 0.3988 0.2246

    RAMT $/mes 655.38 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.7214

    $/kW 83.98 92.58

    APBT $/mes 65.54

    $/kWh 0.1441 0.6250 0.0075 0.0054 1.6833 0.7140

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    ) 91

    APMT $/mes 655.38

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 1.1721 0.4689 $/kW 83.98

    GDMTO $/mes 655.38 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 1.2179 $/kW 83.98 143.77

    GDMTH $/mes 655.38 $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 1.6184 $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 2.0994 $/kWh Punta $/kW 83.98 210.58

    DIST $/mes 1,966.14 $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 1.2924 $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 1.6766 $/kWh Punta $/kWh Semipunta $/kW 171.99

    DIT $/mes 1,966.14

    $/kWh Base 0.0633 0.0075 0.0054 1.4189

    $/kWh Intermedio 0.0633 0.0075 0.0054 1.8407

    $/kWh Punta

    $/kWh Semipunta

    $/Kw 187.47

    División Bajío

    Categorías Tarifas Reguladas 2018 Cargos variables enero 2018

    Transmisión Distribución Operación del CENACE

    Operación del Suministrador

    Básico

    Servicios conexos no

    MEM

    Energía Capacidad

    Categoría tarifaria Unidades

    DB1 $/mes 43.62 $/kWh 0.1441 1.0535 0.0075 0.0054 0.1088 0.1171

    DB2 $/mes 43.62 $/kWh 0.1441 0.9028 0.0075 0.0054 0.1081 0.1166

    PDBT $/mes 43.62 $/kWh 0.1441 0.8586 0.0075 0.0054 0.8563 0.5408

    GDBT $/mes 436.21 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.8751 $/kW 340.17 156.61

    RABT $/mes 43.62 $/kWh 0.1441 0.8586 0.0075 0.0054 0.1119 0.1507

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    )

    RAMT $/mes 436.21 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.3311 $/kW 90.16 96.26

    APBT $/mes 43.62 $/kWh 0.1441 0.8586 0.0075 0.0054 0.9090 1.0096

    APMT $/mes 436.21

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.8378 0.8695 $/kW 90.16

    GDMTO $/mes 436.21 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.6970 $/kW 90.16 168.85

    GDMTH $/mes 436.21 $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.4973 $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.9806 $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.1213 $/kW 90.16 230.57

    DIST $/mes 1,308.62 $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.5030 $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.9917 $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.1340 $/kWh Semipunta $/kW 241.53

    DIT $/mes 1,308.62 $/kWh Base 0.0633 0.0075 0.0054 0.4669 $/kWh Intermedio 0.0633 0.0075 0.0054 0.9261 $/kWh Punta 0.0633 0.0075 0.0054 1.0300 $/kWh Semipunta $/kW 237.21

    División Centro Occidente

    Categorías Tarifas Reguladas 2018 Cargos variables enero 2018

    Transmisión Distribución Operación del CENACE

    Operación del Suministrador

    Básico

    Servicios conexos no

    MEM

    Energía Capacidad

    Categoría tarifaria Unidades DB1 $/mes 38.27

    $/kWh 0.1441 1.4146 0.0075 0.0054 0.0127 0.0142

    DB2 $/mes 38.27 $/kWh 0.1441 1.2122 0.0075 0.0054 0.0129 0.0142

    PDBT $/mes 38.27 $/kWh 0.1441 1.1529 0.0075 0.0054 0.7495 0.4425

  • DIA

    RIO

    OF

    ICIA

    L

    Viern

    es 19

    de en

    ero d

    e 20

    18

    (P

    rimera S

    ección

    ) 93

    GDBT $/mes 382.66 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.6631 $/kW 456.78 132.44

    RABT $/mes 38.27 $/kWh 0.1441 1.1529 0.0075 0.0054 0.0162 0.0208

    RAMT $/mes 382.66 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.2953 $/kW 142.82 86.81

    APBT $/mes 38.27 $/kWh 0.1441 1.1529 0.0075 0.0054 0.8157 0.8737

    APMT $/mes 382.66

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.6908 0.7154 $/kW 142.82

    GDMTO $/mes 382.66 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.6182 $/kW 142.82 147.63

    GDMTH $/mes 382.66 $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.4912 $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.9622 $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.0978 $/kW 142.82 216.19

    DIST $/mes 1,147.99 $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.5026 $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.9847 $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.1234 $/kWh Semipunta $/kW 248.61

    DIT $/mes 1,147.99 $/kWh Base 0.0633 0.0075 0.0054 0.5383 $/kWh Intermedio 0.0633 0.0075 0.0054 1.0607 $/kWh Punta 0.0633 0.0075 0.0054 1.1789 $/kWh Semipunta $/kW 271.30

    División Centro Oriente

    Categorías Tarifas Reguladas 2018 Cargos variables enero 2018

    Transmisión Distribución Operación del CENACE

    Operación del Suministrador

    Básico

    Servicios conexos no

    MEM

    Energía Capacidad

    Categoría tarifaria Unidades

    DB1 $/mes 42.86 $/kWh 0.1441 1.3326 0.0075 0.0054 0.0127 0.0142

  • DIA

    RIO

    OF

    ICIA

    L

    Viern

    es 19

    de en

    ero d

    e 20

    18

    9

    4 (P

    rimera S

    ección

    )

    DB2 $/mes 42.86

    $/kWh 0.1441 1.1420 0.0075 0.0054 0.0129 0.0142

    PDBT $/mes 42.86

    $/kWh 0.1441 1.0861 0.0075 0.0054 0.7354 0.4712

    GDBT $/mes 428.56

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.7912

    $/kW 430.3 138.41

    RABT $/mes 42.86

    $/kWh 0.1441 1.0861 0.0075 0.0054 0.0689 0.0970

    RAMT $/mes 428.56

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.3015

    $/kW 139.09 87.03

    APBT $/mes 42.86

    $/kWh 0.1441 1.0861 0.0075 0.0054 0.8467 0.9817

    APMT $/mes 428.56

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.7565 0.7720

    $/kW 139.09

    GDMTO $/mes 428.56

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.6888

    $/kW 139.09 167.93

    GDMTH $/mes 428.56

    $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.4940

    $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.9716

    $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.1111

    $/kW 139.09 216.23

    DIST $/mes 1,285.68

    $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.5088

    $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 1.0007

    $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.1444

    $/kWh Semipunta

    $/kW 246.15

    DIT $/mes 1,285.68

    $/kWh Base 0.0633 0.0075 0.0054 0.5034

    $/kWh Intermedio 0.0633 0.0075 0.0054 0.9960

    $/kWh Punta 0.0633 0.0075 0.0054 1.1090

    $/kWh Semipunta

    $/kW 254.47

  • DIA

    RIO

    OF

    ICIA

    L

    Viern

    es 19

    de en

    ero d

    e 20

    18

    (P

    rimera S

    ección

    ) 95

    División Centro Sur

    Categorías Tarifas Reguladas 2018 Cargos variables

    enero 2018

    Transmisión Distribución Operación del

    CENACE

    Operación del

    Suministrador

    Básico

    Servicios

    conexos no

    MEM

    Energía Capacidad

    Categoría tarifaria Unidades

    DB1 $/mes 47.45

    $/kWh 0.1441 1.5027 0.0075 0.0054 0.0185 0.0211

    DB2 $/mes 47.45

    $/kWh 0.1441 1.2878 0.0075 0.0054 0.0176 0.0210

    PDBT $/mes 47.45

    $/kWh 0.1441 1.2247 0.0075 0.0054 0.7005 0.4713

    GDBT $/mes 474.5

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.7557

    $/kW 485.24 125.43

    RABT $/mes 47.45

    $/kWh 0.1441 1.2247 0.0075 0.0054 0.0774 0.1087

    RAMT $/mes 474.5

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.3083

    $/kW 205.59 87.05

    APBT $/mes 47.45

    $/kWh 0.1441 1.2247 0.0075 0.0054 0.8458 0.9652

    APMT $/mes 474.5

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.4356 0.4366

    $/kW 205.59

    GDMTO $/mes 474.5

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.5582

    $/kW 205.59 131.93

    GDMTH $/mes 474.5

    $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.4479

    $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.8773

    $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.0079

    $/kW 205.59 204.24

    DIST $/mes 1,423.5

    $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.5118

    $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 1.0023

    $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.1515

    $/kWh Semipunta

    $/kW 243.52

  • DIA

    RIO

    OF

    ICIA

    L

    Viern

    es 19

    de en

    ero d

    e 20

    18

    9

    6 (P

    rimera S

    ección

    )

    DIT $/mes 1,423.5

    $/kWh Base 0.0633 0.0075 0.0054 0.5173

    $/kWh Intermedio 0.0633 0.0075 0.0054 1.0192

    $/kWh Punta 0.0633 0.0075 0.0054 1.1398

    $/kWh Semipunta

    $/kW 243.11

    División Golfo Centro

    Categorías Tarifas Reguladas 2018 Cargos variables

    enero 2018

    Transmisión Distribución Operación del

    CENACE

    Operación del

    Suministrador

    Básico

    Servicios

    conexos no

    MEM

    Energía Capacidad

    Categoría tarifaria Unidades

    DB1 $/mes 44.78

    $/kWh 0.1441 1.0281 0.0075 0.0054 0.1493 0.1702

    DB2 $/mes 44.78

    $/kWh 0.1441 0.8327 0.0075 0.0054 0.1499 0.1695

    PDBT $/mes 44.78

    $/kWh 0.1441 1.0320 0.0075 0.0054 0.9021 0.5466

    GDBT $/mes 447.83

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.7882

    $/kW 347.26 157.55

    RABT $/mes 44.78

    $/kWh 0.1441 1.0320 0.0075 0.0054 0.0465 0.0622

    RAMT $/mes 447.83

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.2991

    $/kW 114.82 89.89

    APBT $/mes 44.78

    $/kWh 0.1441 1.0320 0.0075 0.0054 0.8183 0.9398

    APMT $/mes 447.83

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.7145 0.7868

    $/kW 114.82

    GDMTO $/mes 447.83

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.6004

    $/kW 114.82 160.02

    GDMTH $/mes 447.83

    $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.4543

    $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.8817

    $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 0.9954

    $/kW 114.82 218.43

  • DIA

    RIO

    OF

    ICIA

    L

    Viern

    es 19

    de en

    ero d

    e 20

    18

    (P

    rimera S

    ección

    ) 97

    DIST $/mes 1,343.48

    $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.4885

    $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.9481

    $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.0703

    $/kWh Semipunta

    $/kW 252.21

    DIT $/mes 1,343.48

    $/kWh Base 0.0633 0.0075 0.0054 0.5302

    $/kWh Intermedio 0.0633 0.0075 0.0054 1.0357

    $/kWh Punta 0.0633 0.0075 0.0054 1.1346

    $/kWh Semipunta

    $/kW 245.34

    División Golfo Norte

    Categorías Tarifas Reguladas 2018 Cargos variables

    enero 2018

    Transmisión Distribución Operación del

    CENACE

    Operación del

    Suministrador

    Básico

    Servicios

    conexos no

    MEM

    Energía Capacidad

    DB1 $/mes Categoría

    tarifaria

    Unidades

    $/kWh 0.1441 0.7516 0.0075 0.0054 0.2291 0.3189

    DB2 $/mes 52.47

    $/kWh 0.1441 0.6087 0.0075 0.0054 0.2192 0.3174

    PDBT $/mes 52.47

    $/kWh 0.1441 0.7545 0.0075 0.0054 0.8201 0.6697

    GDBT $/mes 524.69

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.7789

    $/kW 253.86 159.91

    RABT $/mes 52.47

    $/kWh 0.1441 0.7545 0.0075 0.0054 0.1463 0.2451

    RAMT $/mes 524.69

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.3038

    $/kW 53.64 101.12

    APBT $/mes 52.47

    $/kWh 0.1441 0.7545 0.0075 0.0054 0.9124 1.2898

    APMT $/mes 524.69

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.7830 0.9519

    $/kW 53.64

  • DIA

    RIO

    OF

    ICIA

    L

    Viern

    es 19

    de en

    ero d

    e 20

    18

    9

    8 (P

    rimera S

    ección

    )

    GDMTO $/mes 524.69 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.5110 $/kW 53.64 157.46

    GDMTH $/mes 524.69 $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.4656 $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.8753 $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 0.9605 $/kW 53.64 243.69

    DIST $/mes 1,574.07 $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.4870 $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.9158 $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.0049 $/kWh Semipunta $/kW 258.99

    DIT $/mes 1,574.07 $/kWh Base 0.0633 0.0075 0.0054 0.4914 $/kWh Intermedio 0.0633 0.0075 0.0054 0.9315 $/kWh Punta 0.0633 0.0075 0.0054 0.9817 $/kWh Semipunta $/kW 271.94

    División Jalisco

    Categorías Tarifas Reguladas 2018 Cargos variables enero 2018

    Transmisión Distribución Operación del CENACE

    Operación del Suministrador

    Básico

    Servicios conexos no

    MEM

    Energía Capacidad

    Categoría tarifaria Unidades

    DB1 $/mes 48.68 $/kWh 0.1441 1.5209 0.0075 0.0054 0.0392 0.0448

    DB2 $/mes 48.68 $/kWh 0.1441 1.3033 0.0075 0.0054 0.0385 0.0446

    PDBT $/mes 48.68 $/kWh 0.1441 1.2396 0.0075 0.0054 1.0224 0.6795

    GDBT $/mes 486.8 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.7213 $/kW 491.11 124.46

    RABT $/mes 48.68 $/kWh 0.1441 1.2396 0.0075 0.0054 0.0453 0.0644

    RAMT $/mes 486.8 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.3337 $/kW 148.5 96.97

  • DIA

    RIO

    OF

    ICIA

    L

    Viern

    es 19

    de en

    ero d

    e 20

    18

    (P

    rimera S

    ección

    ) 99

    APBT $/mes 48.68 $/kWh 0.1441 1.2396 0.0075 0.0054 0.9159 1.0665

    APMT $/mes 486.8

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.6571 0.6704 $/kW 148.5

    GDMTO $/mes 486.8 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.6304 $/kW 148.5 155.16

    GDMTH $/mes 486.8 $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.5006 $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.9867 $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.1251 $/kW 148.5 233.72

    DIST $/mes 1,460.41 $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.5023 $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.9900 $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.1287 $/kWh Semipunta $/kW 244.68

    DIT $/mes 1,460.41 $/kWh Base 0.0633 0.0075 0.0054 0.5040 $/kWh Intermedio 0.0633 0.0075 0.0054 0.9986 $/kWh Punta 0.0633 0.0075 0.0054 1.1101 $/kWh Semipunta $/kW 250.54

    División Noroeste

    Categorías Tarifas Reguladas 2018 Cargos variables enero 2018

    Transmisión Distribución Operación del CENACE

    Operación del Suministrador

    Básico

    Servicios conexos no

    MEM

    Energía Capacidad

    Categoría tarifaria Unidades

    DB1 $/mes 59.17 $/kWh 0.1441 0.8342 0.0075 0.0054 0.1258 0.1727

    DB2 $/mes 59.17 $/kWh 0.1441 0.6592 0.0075 0.0054 0.1264 0.1720

    PDBT $/mes 59.17 $/kWh 0.1441 0.7181 0.0075 0.0054 0.7908 0.6122

    GDBT $/mes 591.73 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.8142 $/kW 197.3 197.98

  • DIA

    RIO

    OF

    ICIA

    L

    Viern

    es 19

    de en

    ero d

    e 20

    18

    1

    00 (P

    rimera S

    ección

    )

    RABT $/mes 59.17 $/kWh 0.1441 0.7181 0.0075 0.0054 0.1060 0.1681

    RAMT $/mes 591.73 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.3034 $/kW 84.16 105.29

    APBT $/mes 59.17 $/kWh 0.1441 0.7181 0.0075 0.0054 0.8336 1.0980

    APMT $/mes 591.73

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.6277 0.7624 $/kW 84.16

    GDMTO $/mes 591.73 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.6119 $/kW 84.16 193.44

    GDMTH $/mes 591.73 $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.4743 $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.8319 $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 0.9352 $/kW 84.16 241.12

    DIST $/mes 1,775.19

    $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.5251

    $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.9210

    $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.0353

    $/kWh Semipunta

    $/kW 278.96

    DIT $/mes 1,775.19 $/kWh Base 0.0633 0.0075 0.0054 0.5009 $/kWh Intermedio 0.0633 0.0075 0.0054 0.8806 $/kWh Punta 0.0633 0.0075 0.0054 0.9791 $/kWh Semipunta $/kW 272.95

    División Norte

    Categorías Tarifas Reguladas 2018 Cargos variables enero 2018

    Transmisión Distribución Operación del CENACE

    Operación del Suministrador

    Básico

    Servicios conexos no

    MEM

    Energía Capacidad

    Categoría tarifaria Unidades

    DB1 $/mes 92.66 $/kWh 0.1441 1.2714 0.0075 0.0054 0.0127 0.0142

    DB2 $/mes 92.66 $/kWh 0.1441 1.1260 0.0075 0.0054 0.0129 0.0142

  • DIA

    RIO

    OF

    ICIA

    L

    Viern

    es 19

    de en

    ero d

    e 20

    18

    (P

    rimera S

    ección

    ) 10

    1

    PDBT $/mes 92.66

    $/kWh 0.1441 1.2020 0.0075 0.0054 0.6474 0.4922

    GDBT $/mes 926.62

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.7433

    $/kW 323.63 157.52

    RABT $/mes 92.66

    $/kWh 0.1441 1.2020 0.0075 0.0054 0.0057 0.0088

    RAMT $/mes 926.62

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.3155

    $/kW 68.83 101.48

    APBT $/mes 92.66

    $/kWh 0.1441 1.2020 0.0075 0.0054 0.7220 0.9460

    APMT $/mes 926.62

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.6661 0.7907

    $/kW 68.83

    GDMTO $/mes 926.62

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.5462

    $/kW 68.83 156.66

    GDMTH $/mes 926.62

    $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.4555

    $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.8848

    $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.0279

    $/kW 68.83 239.60

    DIST $/mes 2,779.86

    $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.4679

    $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.9089

    $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.0559

    $/kWh Semipunta

    $/kW 261.88

    DIT $/mes 2,779.86

    $/kWh Base 0.0633 0.0075 0.0054 0.4692

    $/kWh Intermedio 0.0633 0.0075 0.0054 0.9187

    $/kWh Punta 0.0633 0.0075 0.0054 1.0292

    $/kWh Semipunta

    $/kW 261.49

  • DIA

    RIO

    OF

    ICIA

    L

    Viern

    es 19

    de en

    ero d

    e 20

    18

    1

    02 (P

    rimera S

    ección

    )

    División Oriente

    Categorías Tarifas Reguladas 2018 Cargos variables

    enero 2018

    Transmisión Distribución Operación del

    CENACE

    Operación del

    Suministrador

    Básico

    Servicios

    conexos no

    MEM

    Energía Capacidad

    Categoría tarifaria Unidades

    DB1 $/mes 46.81

    $/kWh 0.1441 1.4607 0.0075 0.0054 0.0328 0.0389

    DB2 $/mes 46.81

    $/kWh 0.1441 1.2517 0.0075 0.0054 0.0328 0.0387

    PDBT $/mes 46.81

    $/kWh 0.1441 1.1905 0.0075 0.0054 0.7302 0.4820

    GDBT $/mes 468.15

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.6601

    $/kW 471.67 121.50

    RABT $/mes 46.81

    $/kWh 0.1441 1.1905 0.0075 0.0054 0.0358 0.0513

    RAMT $/mes 468.15

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.2580

    $/kW 189.25 75.65

    APBT $/mes 46.81

    $/kWh 0.1441 1.1905 0.0075 0.0054 0.8062 0.9498

    APMT $/mes 468.15

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.8023 0.8357

    $/kW 189.25

    GDMTO $/mes 468.15

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.5992

    $/kW 189.25 148.71

    GDMTH $/mes 468.15

    $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.4192

    $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.8212

    $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 0.9361

    $/kW 189.25 197.67

    DIST $/mes 1,404.44

    $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.5033

    $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.9857

    $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.1237

    $/kWh Semipunta

    $/kW 247.47

  • DIA

    RIO

    OF

    ICIA

    L

    Viern

    es 19

    de en

    ero d

    e 20

    18

    (P

    rimera S

    ección

    ) 10

    3

    DIT $/mes 1,404.44

    $/kWh Base 0.0633 0.0075 0.0054 0.5017 $/kWh Intermedio 0.0633 0.0075 0.0054 0.9880

    $/kWh Punta 0.0633 0.0075 0.0054 1.0988 $/kWh Semipunta

    $/kW 246.82

    División Peninsular

    Categorías Tarifas Reguladas 2018 Cargos variables

    enero 2018

    Transmisión Distribución Operación del

    CENACE

    Operación del

    Suministrador

    Básico

    Servicios

    conexos no

    MEM

    Energía Capacidad

    Categoría tarifaria Unidades

    DB1 $/mes 49.56

    $/kWh 0.1441 0.9471 0.0075 0.0054 0.3094 0.2989

    DB2 $/mes 49.56

    $/kWh 0.1441 0.7840 0.0075 0.0054 0.3010 0.2976

    PDBT $/mes 49.56

    $/kWh 0.1441 0.9108 0.0075 0.0054 0.9371 0.5054

    GDBT $/mes 495.59

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 1.0180

    $/kW 274.6 162.62

    RABT $/mes 49.56

    $/kWh 0.1441 0.9108 0.0075 0.0054 0.1826 0.2165

    RAMT $/mes 495.59

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.3119

    $/kW 84.18 78.38

    APBT $/mes 49.56

    $/kWh 0.1441 0.9108 0.0075 0.0054 0.9690 0.9718

    APMT $/mes 495.59

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.8400 0.7700

    $/kW 84.18

    GDMTO $/mes 495.59

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.7958

    $/kW 84.18 165.02

    GDMTH $/mes 495.59

    $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.5754

    $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 1.0670

    $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.1757

    $/kW 84.18 214.31

  • DIA

    RIO

    OF

    ICIA

    L

    Viern

    es 19

    de en

    ero d

    e 20

    18

    1

    04 (P

    rimera S

    ección

    )

    DIST $/mes 1,486.76 $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.5587 $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 1.0360 $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.1415 $/kWh Semipunta $/kW 225.01

    DIT $/mes 1,486.76 $/kWh Base 0.0633 0.0075 0.0054 0.6367 $/kWh Intermedio 0.0633 0.0075 0.0054 1.1863 $/kWh Punta 0.0633 0.0075 0.0054 1.2777 $/kWh Semipunta $/kW 257.73

    División Sureste

    Categorías Tarifas Reguladas 2018 Cargos variables enero 2018

    Transmisión Distribución Operación del CENACE

    Operación del Suministrador

    Básico

    Servicios conexos no

    MEM

    Energía Capacidad

    Categoría tarifaria Unidades

    DB1 $/mes 72.38 $/kWh 0.1441 1.2935 0.0075 0.0054 0.0475 0.0516

    DB2 $/mes 72.38 $/kWh 0.1441 1.1085 0.0075 0.0054 0.0460 0.0514

    PDBT $/mes 72.38 $/kWh 0.1441 1.0543 0.0075 0.0054 0.7994 0.5046

    GDBT $/mes 723.78 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.7134 $/kW 417.7 130.50

    RABT $/mes 72.38 $/kWh 0.1441 1.0543 0.0075 0.0054 0.0925 0.1222

    RAMT $/mes 723.78 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.1649 $/kW 134.22 45.37

    APBT $/mes 72.38 $/kWh 0.1441 1.0543 0.0075 0.0054 0.8682 0.9505

    APMT $/mes 723.78

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.6962 0.6932 $/kW 134.22

    GDMTO $/mes 723.78 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.5681 $/kW 134.22 130.45

  • DIA

    RIO

    OF

    ICIA

    L

    Viern

    es 19

    de en

    ero d

    e 20

    18

    (P

    rimera S

    ección

    ) 10

    5

    GDMTH $/mes 723.78

    $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.5106

    $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.9757

    $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.1091

    $/kW 134.22 207.44

    DIST $/mes 2,171.33

    $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.5348

    $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 1.0220

    $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.1616

    $/kWh Semipunta

    $/kW 239.55

    DIT $/mes 2,171.33

    $/kWh Base 0.0633 0.0075 0.0054 0.4025

    $/kWh Intermedio 0.0633 0.0075 0.0054 0.7724

    $/kWh Punta 0.0633 0.0075 0.0054 0.8603

    $/kWh Semipunta

    $/kW 187.90

    División Valle de México Centro

    Categorías Tarifas Reguladas 2018 Cargos variables

    enero 2018

    Transmisión Distribución Operación del

    CENACE

    Operación del

    Suministrador

    Básico

    Servicios

    conexos no

    MEM

    Energía Capacidad

    Categoría tarifaria Unidades

    DB1 $/mes 57.16

    $/kWh 0.1441 0.7252 0.0075 0.0054 0.2799 0.3273

    DB2 $/mes 57.16

    $/kWh 0.1441 0.6215 0.0075 0.0054 0.2762 0.3257

    PDBT $/mes 57.16

    $/kWh 0.1441 0.5910 0.0075 0.0054 0.8953 0.6141

    GDBT $/mes 571.56

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 1.1162

    $/kW 234.17 177.57

    RABT $/mes 57.16

    $/kWh 0.1441 0.5910 0.0075 0.0054 0.2728 0.3996

    RAMT $/mes 571.56

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.5998

    $/kW 58.56 174.64

    APBT $/mes 57.16

    $/kWh 0.1441 0.5910 0.0075 0.0054 1.0882 1.2928

  • DIA

    RIO

    OF

    ICIA

    L

    Viern

    es 19

    de en

    ero d

    e 20

    18

    1

    06 (P

    rimera S

    ección

    )

    APMT $/mes 571.56

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 1.0793 1.0974 $/kW 58.56

    GDMTO $/mes 571.56 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.7383 $/kW 58.56 179.04

    GDMTH $/mes 571.56 $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.5172 $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 1.0189 $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.1669 $/kW 58.56 241.13

    DIST $/mes 1,714.69 $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.5237 $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 1.0315 $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.1815 $/kWh Semipunta $/kW 229.45

    DIT $/mes 1,714.69 $/kWh Base 0.0633 0.0075 0.0054 0.4986 $/kWh Intermedio 0.0633 0.0075 0.0054 0.9881 $/kWh Punta 0.0633 0.0075 0.0054 1.1002 $/kWh Semipunta $/kW 218.46

    División Valle de México Norte

    Categorías Tarifas Reguladas 2018 Cargos variables enero 2018

    Transmisión Distribución Operación del CENACE

    Operación del Suministrador

    Básico

    Servicios conexos no

    MEM

    Energía Capacidad

    Categoría tarifaria Unidades

    DB1 $/mes 64.18 $/kWh 0.1441 0.9435 0.0075 0.0054 0.1505 0.1872

    DB2 $/mes 64.18 $/kWh 0.1441 0.8085 0.0075 0.0054 0.1488 0.1863

    PDBT $/mes 64.18 $/kWh 0.1441 0.7690 0.0075 0.0054 0.8476 0.6202

    GDBT $/mes 641.78 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 1.0944 $/kW 304.66 152.45

    RABT $/mes 64.18 $/kWh 0.1441 0.7690 0.0075 0.0054 0.4646 0.7241

  • DIA

    RIO

    OF

    ICIA

    L

    Viern

    es 19

    de en

    ero d

    e 20

    18

    (P

    rimera S

    ección

    ) 10

    7

    RAMT $/mes 641.78

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.3363

    $/kW 84.34 98.63

    APBT $/mes 64.18

    $/kWh 0.1441 0.7690 0.0075 0.0054 1.1949 1.4837

    APMT $/mes 641.78

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.5824 0.5948

    $/kW 84.34

    GDMTO $/mes 641.78

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.6990

    $/kW 84.34 170.77

    GDMTH $/mes 641.78

    $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.5074

    $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.9963

    $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.1413

    $/kW 84.34 237.65

    DIST $/mes 1,925.35

    $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.4435

    $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 0.8710

    $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 0.9978

    $/kWh Semipunta

    $/kW 275.66

    DIT $/mes 1,925.35

    $/kWh Base 0.0633 0.0075 0.0054 0.3997

    $/kWh Intermedio 0.0633 0.0075 0.0054 0.7896

    $/kWh Punta 0.0633 0.0075 0.0054 0.8795

    $/kWh Semipunta

    $/kW 275.42

    División Valle de México Sur

    Categorías Tarifas Reguladas 2018 Cargos variables

    enero 2018

    Transmisión Distribución Operación del

    CENACE

    Operación del

    Suministrador

    Básico

    Servicios

    conexos no

    MEM

    Energía Capacidad

    Categoría tarifaria Unidades

    DB1 $/mes 65.45

    $/kWh 0.1441 0.9067 0.0075 0.0054 0.2183 0.2640

    DB2 $/mes 65.45

    $/kWh 0.1441 0.7770 0.0075 0.0054 0.2159 0.2627

  • DIA

    RIO

    OF

    ICIA

    L

    Viern

    es 19

    de en

    ero d

    e 20

    18

    1

    08 (P

    rimera S

    ección

    )

    PDBT $/mes 65.45 $/kWh 0.1441 0.7390 0.0075 0.0054 0.8668 0.6165

    GDBT $/mes 654.45 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 1.1343 $/kW 292.79 155.87

    RABT $/mes 65.45 $/kWh 0.1441 0.7390 0.0075 0.0054 1.1118 1.6829

    RAMT $/mes 654.45 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 1.4714 $/kW 65.67 425.69

    APBT $/mes 65.45 $/kWh 0.1441 0.7390 0.0075 0.0054 1.1419 1.3768

    APMT $/mes 654.45

    $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.7810 0.7903 $/kW 65.67

    GDMTO $/mes 654.45 $/kWh 0.1441 0.0075 0.0054 0.7696 $/kW 65.67 185.51

    GDMTH $/mes 654.45 $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.5201 $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 1.0221 $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.1708 $/kW 65.67 240.49

    DIST $/mes 1,963.35 $/kWh Base 0.1441 0.0075 0.0054 0.5099 $/kWh Intermedio 0.1441 0.0075 0.0054 1.0021 $/kWh Punta 0.1441 0.0075 0.0054 1.1480 $/kWh Semipunta $/kW 240.63

    DIT $/mes 1,963.35 $/kWh Base 0.0633 0.0075 0.0054 0.5989 $/kWh Intermedio 0.0633 0.0075 0.0054 1.1843 $/kWh Punta 0.0633 0.0075 0.0054 1.3191 $/kWh Semipunta $/kW 262.44

    Atentamente

    Ciudad de México, a 2 de enero de 2018 CFE Suministrador de Servicios Básicos

    Director General Lic. José Agustín Quiñones Quiñones

    Rúbrica. (R.- 461314)