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DERECHO A CONDICIONES DE TRABAJO DIGNAS Y SATISFACTORIAS Cartilla sobre el

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DERECHO ACONDICIONES DE

TRABAJO DIGNAS YSATISFACTORIAS

Cartilla sobre el

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El presente documento tiene el objetivo de poner a ladisposición de la población en general, los estándaresinternacionales de los derechos humanos.

En esta cartilla se incluye, de manera simplificada yparcial, contenido de la Observación general núm. 23del Comité de Derechos Económicos, Sociales yCulturales. Para consultar el documento original, visitela base de datos de los órganos de tratados de lasNaciones Unidas en: https://bit.ly/2UtDAu1

Se alienta la distribución pública de la presente,siempre y cuando no sea usada con fines comercialesy sea gratuita.

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I N T R O D U C C I Ó N

El derecho de todas las personas al goce de condicionesde trabajo equitativas y satisfactorias está reconocido en elPacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales yCulturales, y en otros tratados e instrumentos jurídicosinternacionales. El disfrute de este derecho es un requisito previo y elresultado del disfrute de otros derechos humanosreconocidos en el Pacto. Sin embargo, prevalece en elmundo la falta de toma de conciencia sobre suimportancia. Por tanto, el Comité de DerechosEconómicos, Sociales y Culturales aprobó la Observacióngeneral núm. 23, con el objeto de contribuir a la plenaaplicación del artículo 7 del Pacto. La presente cartilla presenta de manera simplificada,información de la Observación general, a fin de promovereste derecho humano y poner a la disposición, contenidorelevante para el respeto, protección y garantía delderecho a condiciones de trabajo equitativas ysatisfactorias.

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Elementosbásicos paragarantizarcondiciones de trabajoequitativas ysatisfactorias

Remuneración que proporcionecomo mínimo a las personastrabajadoras: un salarioequitativo y condiciones deexistencia dignas para ellas ysus familias.

La seguridad y la higiene en eltrabajo.

Igual oportunidad para todas laspersonas de ser promovidas, sinmás consideraciones que losfactores de tiempo de servicio ycapacidad.

El descanso, el disfrute deltiempo libre, la limitaciónrazonable de las horas detrabajo y las vacacionesperiódicas pagadas, así como laremuneración de los díasfestivos.

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El término “remuneración” trasciende

el concepto de sueldo o salario,

pues incluye las prestaciones

complementarias, pagadas

por la persona empleadora

a la empleada.

Los criterios mínimos de la remuneración son:

Un salario equitativo e igual portrabajo de igual valor, sindistinciones de ninguna especie.

Condiciones de existencia dignaspara las personas trabajadoras ysus familias.

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El resultado del trabajo.

Las responsabilidades de la persona trabajadora.

El nivel de calificación y de educación necesarios.

Las consecuencias que el trabajo tiene en lasalud y la seguridad de la persona trabajadora.

Las dificultades específicas relacionadas con eltrabajo.

La repercusión en la vida personal y familiar.

J U S T O Y E Q U I T A T I V OC o n s i d e r a c i o n e s p a r a u n s a l a r i o

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El “valor” del trabajo.Las competencias, responsabilidades y esfuerzos exigidos a la personatrabajadora.Las condiciones de trabajo.

Implica que las personas trabajadoras reciban igual remuneración cuandorealicen trabajos equivalentes o similares. Incluso, cuando el trabajo seadistinto, pero de igual valor, según una evaluación con criterios objetivos.

La igualdad aplica para todas las personas trabajadoras, sin ninguna distinción.

Para determinar el grado en que se consigue la igualdad es necesario evaluar,de forma objetiva y continua, si el trabajo es de igual valor y si la remuneraciónrecibida es igual.

La evaluación debe cubrir, entre otros elementos, los siguientes:

el principio de igual remuneración por trabajo de igual valor?

que la remuneración proporcione condiciones deexistencia dignas?

¿Qué significa...

Que sea suficiente para permitir a la persona trabajadora y a su familia,gozar de otros derechos humanos como seguridad social, salud, educación yun nivel de vida adecuado, que le permita acceder a alimentos, agua,saneamiento, vivienda, vestido, y otros gastos adicionales.

El salario mínimo constituye una forma de garantizar que la remuneraciónproporcione condiciones de existencia dignas a las personas trabajadoras ysus familias.

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Salario mínimo¿Qué es y cómo debe determinarse?

El salario mínimo es la cantidad mínima de laremuneración que una persona empleadora debeabonar a las personas empleadas por lasprestaciones que hayan efectuado durante unperiodo determinado, sin que esa cantidad puedaser rebajada de ninguna manera.

Las autoridades deberían priorizar un salariomínimo sujeto a revisiones periódicas y prever unmecanismo para ello.

El salario mínimo debe aplicarsesistemáticamente, protegiendo en la mayormedida posible a todas las personastrabajadoras, incluidas las que se encuentranen situaciones vulnerables. El incumplimiento de las disposiciones relativasal salario mínimo, por las personasempleadoras, debería estar sujeto a sancionespenales o de otra índole.

Elementosque debenconsiderarseparadeterminarel salariomínimo

El nivel de salariosdel país.

El costo de la vida.

Las cotizaciones yprestaciones de laseguridad social.

Los niveles de vidarelativos.

Estos elementos sonflexibles, pero deben sertécnicamente adecuadosy tomar en cuenta:

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Seguridad e higiene en el trabajo

Más (similitudes): Menos (diferencias): Interés (otra información):

Las autoridades deben adoptar una política nacional para prevenirlos accidentes y daños a la salud relacionados con el trabajo; ygarantizar una amplia participación en la formulación, aplicación yrevisión de dicha política, a las personas trabajadoras, empleadorasy a las organizaciones que las representan.

Abordar al menos las siguientes esferas: diseño, ensayo, elección,reemplazo, instalación, acondicionamiento, utilización ymantenimiento de los componentes materiales de trabajo; la relaciónentre los principales elementos de trabajo y la capacidad física ymental de las personas trabajadoras; la formación personal pertinente;y la protección de las personas trabajadoras contra medidasdisciplinarias cuando hayan actuado de conformidad con la políticanacional, por ejemplo en respuesta a un peligro inminente y grave.

La política debe considerar lo siguiente:

Abarcar todas lasramas de la

actividadeconómica,incluyendo

sectores formalese informales, y

todas lascategorías de

personastrabajadoras.

Indicar las accionesespecíficas que

requieren las personasempleadoras en áreascomo la prevención de

accidentes yenfermedades, y la

respuesta en esos casos,así como el registro y

notificación de los datospertinentes.

Prever unmecanismo

encargado decoordinar la

aplicación de lapolítica y los

programas deapoyo,

autorizadopara llevar a

cabo revisionesperiódicas.

Consideraciones:

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Debería tener derecho a una

reparación, incluido elacceso a mecanismos

adecuados dereclamación, como los

tribunales, pararesolver las

controversias.Las autoridades

deberían velar por queestas personas tenganacceso a servicios de

rehabilitación y reciban unaindemnización adecuadaque incluya los gastos detratamiento, la pérdida deingresos y otros gastos.

¿Qué pasa cuando una persona es afectada por un accidente o enfermedad

en ocasión o a consecuencia del trabajo?

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Quiere decir que todas las personas trabajadorastienen derecho a iguales

oportunidades de ascenso, a través de procedimientosequitativos, transparentes,

basados en el mérito y que respeten los

derechos humanos.

La igualdad de promocióndentro del trabajo

No deberían tener cabidacri ter ios irrelevantes comolas preferencias personaleso los vínculos famil iares,polí t icos y sociales.

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Derecho al descanso y disfrute del tiempolibre, limitación de las horas de trabajo y

vacaciones pagadas

Son aspectos que ayudan a que la persona trabajadora puedamantener un equilibrio adecuado entre las responsabilidadesprofesionales, familiares y personales y, por ende, evitar el estrés, losaccidentes y las enfermedades relacionadas con el trabajo, y a su vezhacer efectivos otros derechos.

Las autoridades deben aprobar, mantener yhacer cumplir leyes, políticas y reglamentos que

abarquen los siguientes aspectos:

Si bien, el límite diario general debería ser de 8 horas, esta normadebería tener en cuenta las complejidades del lugar de trabajo ypermitir cierta flexibilidad.

Limitación de las horas diarias de trabajo

Limitación de las horas semanales de trabajoEl promedio de horas semanales correspondiente a un períododeterminado debería ajustarse a la semana estándar de trabajolegalmente establecida. Un porcentaje considerable de países hanestablecido jornadas semanales de 40 horas. Las personastrabajadoras deberían recibir remuneración adicional por las horasextraordinarias que superen el máximo de horas de trabajopermitidas por semana.

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Periodos de descanso diarioEl descanso durante el día es importante para la salud y laseguridad de las personas trabajadoras, por lo que la legislacióndebería prever y proteger los períodos de descanso durante lajornada de trabajo.

Periodos de descanso semanalTodas las personas trabajadoras deben gozar de períodos dedescanso semanal, en principio de al menos 24 horas consecutivaspor cada período de 7 días; aunque por regla general para su saludy seguridad, es preferible 2 días consecutivos de descanso.

Vacaciones anuales pagadasLa legislación debería prever el derecho, como mínimo, a tressemanas de trabajo de vacaciones pagadas por un año de servicio atiempo completo; otorgando a la persona que trabaja, al menos elsalario normal por el período correspondiente de vacaciones.También debería especificar los requisitos mínimos de servicio, queno debe superar los seis meses, para las vacaciones pagadas.

Días festivos remunerados

Debería prohibirse por ley, el establecimiento de cualquier requisitomínimo de trabajo para tener derecho a días festivos pagados. Estosno deberían contarse como parte de las vacaciones anuales.

Resultaría pertinente incluir modalidades flexibles de programación de lashoras de trabajo, así como flexibilidad en cuanto al lugar de trabajo, paraincluir el trabajo desde casa o el trabajo desde un centro anexo.

Modalidades de trabajo flexibles

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Consideraciones congrupos específicos depersonas trabajadoras

Mujeres trabajadoras: debe prestarse especial atención aabordar la segregación ocupacional en función del sexo y alograr la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor,así como la igualdad de oportunidades de ascenso, porejemplo, mediante la aplicación de medidas especiales decarácter temporal. Las autoridades deberían tener en cuenta lasdiferentes necesidades de las trabajadoras.

Personas mayores: deben recibir un salario justo e igualremuneración por trabajo de igual valor, y tener las mismasoportunidades de ascenso basadas en su experiencia yconocimientos. Podría ser necesario aplicar medidas específicasde seguridad y salud, y deberían beneficiarse de programas deprejubilación, si así lo desean.

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Personas trabajadoras jóvenes: no son conforme con elderecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactoriasla discriminación salarial, el uso exclusivo de pasantías yprogramas de formación no remuneradas, así como decontratos a corto plazo que afectan negativamente a laseguridad en el empleo, las perspectivas profesionales y lasprestaciones de la seguridad social.

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5Personas trabajadoras de la economía informal: aunquerepresentan un porcentaje considerable de la fuerza de trabajomundial, a menudo carecen de protección, respaldo ysalvaguardias legales, lo que aumenta su vulnerabilidad. Sibien, el objetivo general debería ser la formalización del trabajo,las leyes y las políticas deberían ampliarse explícitamente a laspersonas trabajadoras de la economía informal.

Personas trabajadoras con discapacidad: deben tener laoportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo librementeelegido o aceptado y beneficiarse de un entorno laboral accesiblee inclusivo. Las autoridades deben alentar el empleo parapersonas con discapacidad y asegurar que se brinden condicionesde trabajo justas, favorables, seguras y saludables, en las cualesse contemple la implementación de ajustes razonables.

Personas trabajadoras migrantes o refugiadas: las leyes y laspolíticas deberían velar por que esta población goce de un tratoigualitario que el de las personas trabajadoras nacionales, encuanto a remuneración y condiciones de trabajo; ya que,frecuentemente, son víctimas de explotación, discriminación yabuso en el lugar de trabajo, con salarios muy bajos, jornadas detrabajo prolongadas y de mayor riesgo. Por la denuncia de estascondiciones pueden vivir represalias como la expulsión. Además,cuando no hablan el idioma pueden tener menor conocimiento desus derechos y acceso a mecanismos de reparación.

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Otras consideraciones

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Personas trabajadoras no remuneradas: las personas quetrabajan en el propio hogar o en empresas familiares, las queson voluntarias y las pasantes sin remuneración, tambiéndeberían estar protegidas por las leyes y las políticas enmateria de seguridad y salud en el trabajo, descanso y disfrutedel tiempo libre, limitación razonable de las horas de trabajo yseguridad social.

Personas trabajadoras del hogar: este grupo de personas tienederecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias, incluidasla protección contra los abusos, el acoso y la violencia, a condicionesde trabajo decentes, vacaciones anuales pagadas, horario de trabajoapegado a la ley, descanso diario y semanal, cobertura salarial mínimay seguridad social. La legislación debería reconocer estos derechos yproporcionar los medios adecuados para controlar el trabajo del hogar ysupervisar que se cumplan.

Personas trabajadoras agrícolas: a menudo se enfrentan a gravesdesventajas socioeconómicas, el trabajo forzoso, la inseguridad de losingresos y la falta de acceso a los servicios básicos y en ocasiones, se lesexcluye de los sistemas de relaciones laborales y de seguridad social.Deben promulgarse leyes y políticas para velar por que todas laspersonas trabajadoras agrícolas disfruten de un trato igual al de las demáspersonas trabajadoras.

Personas que trabajan por cuenta propia: cuandoexistan situaciones que les impidan obtener ingresossuficientes, este sector debería tener acceso a medidas deapoyo adecuadas y a beneficiarse de programas deseguridad y salud en el trabajo, y seguro de maternidad.

Otras consideraciones

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Los procedimientos para notificar y comunicar las denuncias de acososexual a una autoridad pública central y su resolución.

La protección y acceso a la justicia para las víctimas, incluida ladesignación de personas encargadas de prestarles ayuda, así comomecanismos de denuncia y de reparación.

La identificación de deberes específicos de las personas empleadoras,directoras, supervisoras y trabajadoras, para prevenir y cuando proceda,resolver y reparar los casos de acoso.

La referencia explícita al acoso practicado por y contra cualquier personatrabajadora.

La formación obligatoria para todo el personal.

La prohibición de los actos que constituyen acoso.

La prohibición expresa de las represalias.

La legislación, como las leyes contra la discriminación, el código penal y lalegislación laboral, deberían definir y prohibir ampliamente el acoso, haciendoreferencia explícita al sexual y a otras formas de acoso. Por ejemplo, por razónde sexo, discapacidad, raza, orientación sexual, identidad de género.

La política nacional que se aplique al lugar de trabajo, tanto en el sectorpúblico como en el privado, debería ser elaborada mediante consultas con laspartes involucradas e incluir al menos los siguientes elementos:

Protección contra el acoso en el entorno laboral

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Obligaciones de las autoridades respecto al derecho a condiciones de trabajo

equitativas y satisfactorias

Las autoridades tienen la obligación de respetar el derechoabsteniéndose de interferir directa o indirectamente en su disfrute. Estoes particularmente importante cuando el Estado es el empleador, comoen el caso de empresas estatales o controladas por el mismo.

La obligación de proteger exige que las autoridades adopten medidaspara garantizar que terceras partes, como las personas empleadoras ylas empresas del sector privado, no interfieran en el disfrute delderecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias y cumplansus obligaciones. Esto incluye la adopción de medidas para prevenir,investigar, sancionar y reparar los abusos mediante leyes y políticaseficaces y el sometimiento a la justicia.

La obligación de garantizar requiere que las autoridades adopten lasmedidas necesarias para facilitar, promover y hacer efectivo ese derecho,entre otras cosas mediante la negociación colectiva y el diálogo social.

Con el fin de facilitar, las autoridades deberían adoptar medidaspositivas para ayudar a las personas trabajadoras, concediendo unreconocimiento suficiente a este derecho mediante leyes, políticas yreglamentos.

Para promover, deberían tomar medidas para garantizar una apropiadaeducación, información y toma de conciencia de la población.

También deben velar por la aplicación de aspectos del derecho acondiciones de trabajo equitativas y satisfactorias cuando las personastrabajadoras no puedan ejercer el derecho por sí mismas. Por ejemplo,tienen que cumplir su función en lo que respecta a la creación de unentorno laboral propicio y establecer programas de seguridad social nocontributivos para determinados grupos de personas trabajadoras.

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Las empresas, independientemente de su tamaño, sector,propiedad y estructura, tienen la responsabilidad derespetar derechos humanos, evitando cualquier infracción ycombatiendo las vulneraciones que resulten de susactividades. Cuando una empresa haya provocado ocontribuido a provocar consecuencias negativas, laempresa debería reparar el daño o contribuir a sureparación por procesos legítimos que cumplan las normasreconocidas del debido proceso.

Los organismos y programas de Naciones Unidas, enparticular la Organización Internacional del Trabajo, el BancoMundial, el Fondo Monetario Internacional y la OrganizaciónMundial del Comercio, deberían cooperar eficazmente con lasautoridades competentes de cada país, en la aplicación delderecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias.

Obligaciones de agentes no estatales

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Actos de comisión: derivan deacciones directas por parte deautoridades que son contrarias

a sus obligaciones, por ejemplo,adoptar políticas laborales que

incrementen la vulnerabilidad deexplotación de personastrabajadoras migrantes.

Violaciones estatales al derecho a condicionesde trabajo equitativas y satisfactorias

Actos de omisión: resultan cuandouna autoridad no ha adoptado medidasrazonables para dar plena efectividad aeste derecho para todas las personas.Por ejemplo, no regular las actividades

de las empresas para evitar quedespidan injustificadamente a mujeres

embarazadas.

Pueden producirse mediante:

Las autoridades debenestablecer un marco de

supervisión y rendición decuentas que garantice el

acceso a la justicia para laspersonas que han sido

víctimas de violaciones aeste derecho.

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Referenc ias

Naciones Unidas. (2016). Comité de DerechosEconómicos, Sociales y Culturales. Observación generalnúm. 23 sobre el derecho a condiciones de trabajoequitativas y satisfactorias, E/C.12/GC/23.

Naciones Unidas. (2007). Convención sobre los Derechosde las Personas con Discapacidad, A/RES/31/106.

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COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE NUEVO LEÓN

Cuauhtémoc No. 335 Norte, Col. Centro, Monterrey, Nuevo León,entre Manuel María de Llano y Albino Espinosa.

Teléfonos: (81) 8345-8644(81) 8345-8645(81) 8342-4260 (81) 8344-9199

E-mail: [email protected] web: www.cedhnl.org.mx

MÓDULO DE ATENCIÓN - PABELLÓN CIUDADANOWashington No. 2000, Col. Obrera, Monterrey, Nuevo León.

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