Salud Laboral Ama s Definitivo

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Salud Laboral de los Agentes de Medio Ambiente de AndalucaTras la lectura del borrador de Evaluacin de riesgos laborales realizado para la consecucin el actual carente Plan de Riesgos Laborales de los Agentes de Medio Ambiente de Andaluca, observamos importantes deficiencias, tanto en las definiciones, estructura del plan como en la ausencia de evaluacin y contenidos de los riesgos derivados de nuestras funciones, y que no se ha atendido a las aportaciones y/o sugerencias que esta Asociacin de Agentes de Medio Ambiente de Andaluca les ha venido trasladando en diversos documentos relacionados con la prevencin de Riesgos as como las de los distintos sindicatos presentes en la correspondiente mesa tcnica. Es por ello que les incluimos aquellos preceptos que no observamos o que se presentan en el estudio o plan de forma deficiente.

ndice: 0.- CONCEPTOS 1.- ESTRUCTURA DEL PLAN Y DEFINICIONES 1.1.- Que es un Plan de Prevencin de Riesgos Laborales 1.2.- Que es una Evaluacin de Riesgos Laborales 1.3.- Que es una Planificacin de la Actividad Preventiva 1.4.- Que es un Delegado de Prevencin 1.5.- Que es el Comit de Seguridad y Salud 1.6.- Que es un Accidente de Trabajo y una Enfermedad Profesional 1.7.- Que es la 2 Actividad los Servicios Complementarios

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1.8.- Que es un E.P.I

2- CONTENIDO Y RIESGOS 2.1.- Qu hacer en caso de accidente o enfermedad 2.2.- Listado de valoracin de enfermedades e intervenciones quirrgicas 2.3.- Recomendaciones de seguridad 2.4.- Si estas embarazada 2.5.- Como protegerte ante una tormenta elctrica 2.6.- Riesgo biolgico 2.7.- Equipos de Proteccin Individual para la lucha contra incendios forestales. 2.8.- Equipos de Proteccin Individual contra la radiacin solar. 2.9.- Equipos de Proteccin Individual para prevencin contra la gripe aviar o el manejo de animales. 2.10.- Gua de actuacin ante situaciones violentas 2.12.- Primeros auxilios 2.13.- Conduccin 4x4 y uso del cabestrante 2.14.- Vacunaciones 2.15.- Reconocimientos mdicos 2.16.- Botiquines 2.17.- Seguro de responsabilidad civil y de accidentes 2.18.- Requisitos del centro de trabajo y/u oficina 2.19.- Obligaciones de los trabajadores

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2.20.- Procedimiento de adaptacin de funciones de puesto de trabajo 2.21.- Justificacin de los servicios en parejas 2.22.- Trabajos Verticales

3.- NORMATIVA PROFESIONAL DE LOS AGENTES DE MEDIO AMBIENTE DE ANDALUCA 4.- OTRAS CONSIDERACIONES

0.- CONCEPTOSLa Salud Laboral es promover y proteger la salud de las personas en el trabajo evitando todo aquello que pueda daarlas y favoreciendo todo aquello que genere bienestar tanto en el aspecto fsico como en el mental y social. No aparece la condicin de Polica Judicial Genrica establecida en la ley de Montes, en cambio si recogen la condicin de Agentes de la autoridad. Estimamos que es un carcter importante por lo que conlleva en cuanto a los posibles riesgos derivados as como su carcter tcnico y de Polica Administrativa que tampoco se recogen.

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1.- ESTRUCTURA DEL PLAN Y DEFINICIONES

1.1 Que es un Plan de Prevencin de Riesgos LaboralesLa Ley de referencia en materia de salud laboral es la Ley 31/1995 de Prevencin de Riesgos Laborales. En su artculo 14 establece que los trabajadores tienen derecho a una proteccin eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. Para cumplir ese deber de proteccin el empresario debe aplicar un Plan de Prevencin de los Riesgos Laborales. Este Plan de Prevencin de Riesgos Laborales es la herramienta a travs de la cual se integra la actividad preventiva de la empresa en su sistema general de gestin y se establece su poltica de prevencin de riesgos laborales. El Plan de Prevencin de Riesgos Laborales habr de reflejarse en un documento que deber incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prcticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para la realizar la accin de prevencin de riesgos en la empresa en los trminos que reglamentariamente se establezcan. Los instrumentos esenciales para la gestin y aplicacin de dicho Plan de Prevencin son la Evaluacin de Riesgos Laborales y la Planificacin de la Actividad Preventiva. Los Agentes de Medio Ambiente de Andaluca no dispone de un Plan de Prevencin de Riesgos Laborales propio. Por lo que se establece en este texto

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a modo de propuesta un sntesis de lneas generales que debera contemplar dicho plan. Su contenido es el siguiente: 1. Objeto del Plan 2. Alcance 3. Poltica preventiva 4. Organizacin de la Prevencin 5. Funciones y responsabilidades 6. Procedimientos 6.1 De acceso a la informacin preventiva 6.2 Para la realizacin de la Evaluacin de Riesgos 6.3 Para planificar la Actividad Preventiva 6.4 Para la formacin 6.5 Para la notificacin e investigacin de accidentes de trabajo 6.6 Para la realizacin de la Vigilancia de la Salud 6.7 De adaptacin de funciones de puesto de trabajo 7. Conclusiones 8. Anexos

1.2 Que es una Evaluacin de Riesgos Laborales5

La Evaluacin de los Riesgos Laborales es el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la informacin necesaria para que la Administracin en este caso, est en condiciones de tomar una decisin apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse. El resultado es un documento en el que se: 1.- Identifican los riesgos laborales a los que estas expuesto en tu trabajo 2.- Se evalan 3.- Se determinan las medidas preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar dichos riesgos En ese da es importante la presencia de los Agentes de Medio Ambiente y que se cuente todo aquello que pueda suponer un riesgo laboral, dudas e inquietudes, pues el documento que elaborar es el que va a obligar a la Administracin a que lo cumpla. Todo lo que no est en ese documento, va a depender de la voluntad de tus gestores de realizarlo. La ltima Evaluacin de Riesgos Laborales realizada por personal ajeno a la administracin autonmica entendemos que es precaria e insuficiente no abordndose muchos de los aspectos relacionados con el ejercicio de nuestras funciones, esperando que sean corregidos con estas aportaciones. La Evaluacin de Riesgos Laborales viene recogida en el artculo 16 de la Ley 31/1995 de Prevencin de Riesgos Laborales y en el Captulo II del Real Decreto 39/1997 por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevencin.

IMPORTANTE: Las medidas preventivas que surgen de la Evaluacin de los Riesgos Laborales, deben llevar un seguimiento continuo por parte de la Administracin para asegurar su efectiva ejecucin.

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1.3 Que es una Planificacin de la Actividad PreventivaA partir de la visita que se deben realizar a todas las unidades territoriales (debido a la posible diferencia de medios y funcionamiento o actividades que se realicen en ella) surgir la Evaluacin de los Riesgos Laborales, donde primeramente se identificaron los riesgos, luego se evaluaron y por ltimo se establecieron las medidas preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar dichos riesgos y que a tenor de lo ya comentado antes las propuestas realizadas en la actualidad son suficientes. Dichas medidas son objeto de planificacin por la Administracin, de manera que se plasmar en un documento y en el que debe constar: 1- Todas las medidas preventivas a adoptar 2- El plazo para llevarlas a cabo 3- La designacin de los responsables 4- La designacin de los recursos humanos y materiales necesarios para su ejecucin La Administracin debe asegurarse de la efectiva ejecucin de las actividades preventivas incluidas en la Planificacin, efectuando para ello un seguimiento continuo de la misma. La Planificacin de la Actividad Preventiva elaborada para cada Unidad debe ser suministrada o puesta a disposicin de todos los Agentes. Debe seguir lo estipulado en el artculo 16 de la Ley 31/1995 de Prevencin de Riesgos Laborales y el Captulo II del Real Decreto 39/1997 por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevencin.

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IMPORTANTE: Las medidas preventivas a adoptar para reducir los riesgos laborales, estarn recogidas tanto en el documento Evaluacin de los Riesgos Laborales como en el documento Planificacin de la Actividad Preventiva.

1.4 Que es un delegado de prevencinLos Delegados de Prevencin son los representantes de los trabajadores con funciones especficas en materia de prevencin de riesgos en el trabajo. Son competencias de los Delegados de Prevencin: 1.- Colaborar con la direccin de la empresa en la mejora de la accin preventiva. 2.- Promover y fomentar la cooperacin de los trabajadores en la ejecucin de la normativa sobre prevencin de riesgos laborales. 3.- Ser consultados por el empresario, con carcter previo a su ejecucin, acerca de las acciones que puedan tener efectos sobre la seguridad y la salud de los trabajadores. 4.- Ejercer una labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de prevencin de riesgos laborales. En el ejercicio de dichas competencias, los Delegados de Prevencin estn facultados para entre otros: 1- Acompaar a los tcnicos en la evaluacin de los riesgos laborales y a los inspectores de trabajo en sus visitas de verificacin 2- Tener acceso a la informacin y documentacin necesaria para el cumplimiento de sus funciones. 3- Realizar visitas a los lugares de trabajo para ejercer una labor de vigilancia y control del estado de las condiciones de trabajo. 4- Recabar del empresario la adopcin de medidas de carcter preventivo y para la mejora de los niveles de proteccin de la seguridad y la salud de los

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trabajadores, pudiendo a tal fin efectuar propuestas al empresario, as como al Comit de Seguridad y Salud para su discusin en el mismo. la Ley 31/1.995 de Prevencin de Riesgos Laborales en sus artculos 35, 36 y 37 regula la figura del Delegado de Prevencin.

IMPORTANTE: El Delegado de Prevencin tiene competencias para ejercer una accin de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de prevencin de riesgos laborales. Adems, debe sigilo profesional respecto a las informaciones a que tuviese acceso como consecuencia de su actuacin.

1.5 Que es el Comit de Seguridad y SaludEl Comit de Seguridad y Salud es el rgano paritario y colegiado de participacin destinado a la consulta regular y peridica de las actuaciones de la administracin en materia de prevencin de riesgos. El Comit est formado por los Delegados de Prevencin, de una parte, y por la administracin y/o sus representantes en nmero igual al de los Delegados de Prevencin, de la otra. El Comit de Seguridad y Salud est amparado por los artculos 38 y 39 de la Ley 31/1.995 de Prevencin de Riesgos Laborales , en el que se establecen las siguientes competencias: 1.- Participar en la elaboracin, puesta en prctica y evaluacin de los planes y programas de prevencin de riesgos en la empresa. 2.- Promover iniciativas sobre mtodos y procedimientos para la efectiva prevencin de los riesgos, proponiendo a la empresa la mejora de las condiciones o la correccin de las deficiencias existentes. En el ejercicio de sus competencias, el Comit est facultado para:

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1.- Conocer directamente la situacin relativa a la prevencin de riesgos en el centro de trabajo, realizando a tal efecto las visitas que estime oportunas. 2.- Conocer cuantos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, as como los procedentes de la actividad del servicio de prevencin, en su caso. 3.- Conocer y analizar los daos producidos en la salud o en la integridad fsica de los trabajadores, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas oportunas. 4.- Conocer e informar la memoria y programacin anual de servicios de prevencin.

IMPORTANTE: El Comit de Seguridad y Salud est facultado para conocer y analizar directamente la situacin relativa a la Prevencin de Riesgos Laborales y proponer, en su caso, las medidas preventivas oportunas.

1.6 Que es un accidente de trabajo y unaenfermedad profesionalAccidente de trabajo es toda lesin corporal que el trabajador sufra con ocasin o a consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena. Esta definicin legal se refiere tanto a las lesiones que se producen en el centro y/o rea de trabajo como a las producidas en el trayecto habitual entre ste y el domicilio del trabajador: estos ltimos seran los accidentes llamados "in itinere". El accidente de trabajo es el indicador inmediato y ms evidente de unas malas condiciones de trabajo y dada su frecuencia y gravedad, la lucha contra los accidentes es siempre el primer paso de toda actividad preventiva. Se calcula

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que los accidentes representan alrededor del 10% de la mortalidad derivada del trabajo. Los accidentes, por muy inesperados, sorprendentes o indeseados que sean, no surgen por casualidad. Son consecuencia y efecto de una situacin anterior, en la que existan las condiciones que hicieron posible que el accidente se produjera. Siempre hay unas causas de carcter natural, no misteriosas o sobrenaturales, y aunque a veces cueste encontrarlas, no debemos echar la culpa a "la mala suerte" o resignarnos, pues de esa manera no es posible prevenir que vuelvan a aparecer y den lugar a nuevos accidentes. La "Seguridad en el Trabajo" es el conjunto de tcnicas y procedimientos que tienen por objeto eliminar o disminuir el riesgo de que se produzcan los accidentes de trabajo. Las enfermedades profesionales representan otra parte importante del dao a la salud producido por los riesgos laborales, aunque al no aparecer de forma inmediata su relacin con el trabajo puede pasar inadvertida, por lo que muchas suelen catalogarse como "enfermedad comn". Para que una enfermedad se reconozca como profesional, la legislacin suele requerir una relacin especfica e indiscutible con el trabajo. La enfermedad profesional, segn el artculo 116 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, la define como "toda aquella contrada a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena, en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se aprueba por las disposiciones de aplicacin y desarrollo de la ley, y que estn provocados por la accin de los elementos o substancias que en dicho cuadro se indique para toda enfermedad profesional". El cuadro de enfermedades profesionales vigente en la actualidad fue aprobado por el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificacin y registro. Si una enfermedad est recogida en el cuadro de enfermedades profesionales se da por demostrado su origen laboral. Ahora bien, cuando no es as pero creemos que una enfermedad est relacionada con el trabajo, hay que poner 11

en evidencia los factores laborales que la han condicionado. Esto no siempre es fcil y mucho menos en casos individuales. Por eso la relacin entre salud y trabajo suele hacerse ms evidente cuando estudiamos la incidencia de enfermedades en un colectivo de trabajadores/as. Sin embargo, la mayor parte de las dolencias que afectan a la salud de las personas en su trabajo raramente se deben a una sola causa y generalmente estn relacionadas tanto con factores laborales como extralaborales (p.e. lumbalgias). Por ello resulta cada vez ms difcil catalogarlas como enfermedad profesional en el sentido tradicional del trmino. Las enfermedades contradas como consecuencia del trabajo y que no estn contempladas como enfermedades profesionales sern consideradas, a efectos legales, como accidentes de trabajo. Tal como estn las cosas actualmente, parece mas importante saber si un determinado trabajo tiene algo que ver con la aparicin de una enfermedad que decidir si dicha enfermedad se debe nica y exclusivamente al trabajo. Esto adems, es lo que nos permite conocer, qu factores o condiciones de trabajo influyen negativamente en la salud de los trabajadores y trabajadoras para eliminarlos o controlarlos, es decir, para hacer prevencin. Si se produce un dao y ste es catalogado como accidente de trabajo o enfermedad profesional, el trabajador/a afectado tiene derecho, adems, a unas indemnizaciones econmicas especiales que se regulan en la Ley General de Seguridad Social. Otras patologas derivadas del trabajo Existen otros factores de riesgo laboral que no ocasionan un dao para la salud de forma directa, sino que causan efectos negativos en un momento en concreto o largo plazo. Pueden materializarse en dolencias profesionales. Tienen graves repercusiones, no solo en la salud y bienestar, sino tambin sobre el rendimiento, la calidad del trabajo, ausencia de medios o protocolos de trabajo, etc

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Se originan entonces las patologas del estrs laboral, carga mental, sndrome del quemado o burnout, acoso psicolgico o mobbing

IMPORTANTE: La prevencin en salud laboral no se reduce slo al mbito tradicional de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, sino que incluye tambin las enfermedades relacionadas con el trabajo. A tal efecto es indispensable la incursin en el plan del catlogo o listado de enfermedades profesionales para su contemplacin a los efectos prcticos y legales, as como su correccin peridica con la incursin de aquellas enfermedades o sntomas que se detecten, algunos ya consolidados como los derivados por los efectos de la conduccin como la escoliosis, hernias, contracturas paravertebrales etc

1.7 Que es la Segunda Actividad los Servicios ComplementariosLa Segunda Actividad es una situacin a la que pasara el Agente de Medio Ambiente que tenga disminuida su capacidad, bien por enfermedad o bien por razn de edad, para realizar tareas operativas de intervencin directa en su labor cotidiana, incendios forestales, control de la caza y funciones propias de polica entre otras. La Segunda Actividad garantizara una adecuada aptitud fsica y psquica del personal del Cuerpo de Agentes Forestales mientras sus miembros permanezcan en activo, velando por la seguridad de los mismos y por la eficacia en la prestacin del servicio. Sin un desarrollo reglamentario de la Segunda Actividad, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tiene las manos libres para actuar de oficio y prejubilar forzosamente a todos aquellos Agentes Forestales que no se encuentren en condiciones idneas para realizar labores de intervencin como consecuencia de un accidente, de una enfermedad o por razn de edad.

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Los Servicios Complementarios es la situacin en la que el funcionario pierde la capacidad de llevar a cabo una parte significativa de las funciones encomendadas, y realizara cometidos para los que pudiera resultar adecuado siempre que se correspondan con su categora, nivel de titulacin y aptitudes, previo, en su caso, el correspondiente curso de formacin. Dichos servicios se realizaran en plazas asignadas al Cuerpo de Agentes de Medio Ambiente y conllevaran la oportuna adecuacin proporcional del percibo del complemento especfico.

1.8 Que es un Equipo de Proteccin Individual (E.P.I)Es cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o salud en el trabajo, as como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. Qu debe cumplir? Las exigencias esenciales de salud y seguridad aplicables al diseo y a la fabricacin de los EPI se definen en el Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para la comercializacin y libre circulacin intracomunitaria de los equipos de proteccin individual. Con la colocacin del marcado CE el fabricante declara que el EPI se ajusta a las exigencias indicadas en los citados Reales Decretos. Si adems las siglas CE van seguidas de un nmero de cuatro dgitos significa que el equipo es de Categora III.

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La Categora I es para riesgos mnimos, la Categora II para riesgos de grado medio o elevados y la Categora III para riesgos de consecuencias mortales o irreversibles. Con el equipo se debe suministrarn folleto informativo en el que se referenciarn y explicarn claramente los niveles de proteccin ofrecidos por el equipo, el almacenamiento, uso, limpieza, mantenimiento y, en su caso, las sustituciones necesarias, etc. Las exigencias mnimas relativas a la eleccin y utilizacin de los EPI se fijan en la Directiva 89/656/CEE de 30 de noviembre, transpuesta al ordenamiento espaol por el Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mnimas de seguridad y salud relativas a la utilizacin por los trabajadores de equipos de proteccin individual. Tipos a modo de ejemplos: - Equipos de Proteccin Individual para la lucha contra incendios forestales. - Equipos de Proteccin Individual contra la radiacin solar. - Equipos de Proteccin Individual para prevencin contra la gripe aviar o el manejo de animales. El desarrollo de estos equipos y medidas frente a los riesgos de las distintas tareas y funciones de los Agentes de Medio Ambiente se desarrollar en el apartado de Contenido y Riesgos

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2.- contenido y riesgos2.1.- Qu hacer en caso de accidente o enfermedad 1.- Actuacin en caso de accidente de trabajo 2.- Actuacin en caso de enfermedad profesional 3.- Tramitacin de baja laboral por accidente de trabajo y/o enfermedad profesional 4.- Tramitacin de baja laboral por enfermedad comn y accidente no laboral 5.- Servicios de urgencias 6.- Asistencia en otras Comunidades Autnomas 7.- Prestaciones econmicas 8.- Parte de asistencia sanitaria por accidente

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1.- ACTUACIN EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO

1.- Una vez producida la lesin del accidente de trabajo, el empleado pblico lo comunicar al responsable inmediato de su centro de trabajo, quien le entregar el documento de asistencia por triplicado. Simultneamente, la direccin del centro de trabajo efectuar las notificaciones administrativas que la normativa vigente establece para los supuestos de accidente de trabajo y a los que se accede desde la aplicacin SIRIUS, opcin Incapacidad Temporal. 2.- El empleado pblico acudir al centro de urgencia ms prximo (ver servicios de urgencia) para recibir exclusivamente asistencia mdica, no siendo necesaria la presentacin de los documentos anteriormente citados. 3.- El empleado pblico deber acudir a los Servicios Mdicos, en donde deber presentar el documento de asistencia (P10/3), para poder realizar los trmites de la baja laboral y para comenzar con el seguimiento de su patologa. Finalmente, si la lesin diagnosticada en la urgencia es una lesin leve que no precisa de una baja mdica pero que, sin embargo, s requiera un tratamiento o algn tipo de seguimiento por parte un especialista, el empleado pblico no necesitar disponer de un volante para acudir a cualquiera de dichos facultativos especialistas del Cuadro Mdico

2.- ACTUACIN EN CASO DE ENFERMEDAD PROFESIONAL En aquellos casos en los que un empleado pblico tenga indicios, bien por sus propios antecedentes familiares o bien por que su mdico de atencin primaria o su mdico especialista le indique que puede ser objeto de una enfermedad profesional, se deber de poner en contacto con el Servicio Mdico para transmitir su sospecha, as como para ser citado y estudiado con la finalidad de dictaminar si su patologa se ajusta o no a esta contingencia.

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3.- TRAMITACIN DE UNA BAJA LABORAL POR ACCIDENTE DE TRABAJO Y/O ENFERMEDAD PROFESIONAL - Baja Laboral En el caso de que el mdico que preste la asistencia mdica al accidentado estime procedente la baja laboral, el empleado pblico se pondr en contacto con el Servicio Mdico de las Oficinas de la C/ Silva, 1 o con el Servicio Mdico de Empresa, si lo hubiese (ver servicios autorizados en el apartado "servicios mdicos de empresa de la Comunidad de Madrid autorizados para gestionar partes de baja/alta por AT/EP".), para la emisin del correspondiente parte de baja.

De dicho parte de baja, el empleado pblico recibir 2 copias: una para el Interesado y otra para la Empresa, la cual, ser entregada al responsable inmediato de su centro de trabajo en un plazo de 3 das, contados a partir del da de expedicin del parte de baja.

- Confirmacin de Baja Laboral En el caso de que el mdico que le extendi la baja confirme la misma, el interesado debe recoger el correspondiente parte de confirmacin de baja cada 7 das hasta la emisin del parte de alta. Del parte de confirmacin el empleado pblico recibir 2 copias: una para el Interesado y otra para la Empresa que entregar al responsable inmediato de su centro de trabajo en un plazo de 3 das, contados a partir del da de expedicin del parte de confirmacin. - Alta Cuando el facultativo extienda el parte de alta, el empleado pblico recibir dos copias: una para el Interesado y otra para la Empresa que entregar al

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responsable inmediato de su centro de trabajo en las 24 horas siguientes a la expedicin del parte de alta. Notas de inters En el caso de no poder acudir personalmente, pueden realizar estas gestiones a travs de un familiar o de una persona en quien se delegue. No obstante, si tiene cualquier duda, deber habilitarse un telfono de consulta a tales efectos.

4.- TRAMITACIN DE BAJA LABORAL POR ENFERMEDAD COMN Y ACCIDENTE NO LABORAL - Baja Laboral En el caso de que su mdico de Medicina General expida una baja laboral, el trabajador recibir 2 copias: una para el interesado y otra para la empresa que entregar al responsable inmediato de su puesto de trabajo en un plazo de 3 das, contados a partir del da de expedicin del parte de baja. - Confirmacin de Baja Laboral En el caso de que el mdico que le extendi la baja confirme la misma, solicite (usted directamente o un familiar) el parte de confirmacin de baja mdica: Parte primero: Al 4 da de producirse la baja contado desde el da de la baja Posteriores Cada 7 das, hasta el alta mdica

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El trabajador recibir 2 copias: una para el interesado y otra para la empresa que entregar al responsable inmediato de su puesto de trabajo en un plazo de 3 das, contados a partir del da de expedicin del parte. Alta Mdica Cuando el facultativo extienda el parte de alta mdica, el trabajador recibir 2 copias: una para el interesado y otra para la empresa que entregar al responsable inmediato de su puesto de trabajo en las 24 horas siguientes a la expedicin del parte. Nota: En el caso de no poder acudir personalmente, pueden realizar estas gestiones a travs de un familiar o de una persona en quien se delegue. No obstante, si tiene cualquier duda, deber habilitarse un numero de telfono a tal efecto.

5.- SERVICIOS DE URGENCIA Cuando un trabajador sufra un accidente de trabajo, para poder recibir la correspondiente asistencia sanitaria inmediata podr acudir: A cualquier Centro de Salud u Hospital Pblico perteneciente al SERVICIO ANDALUZ DE SALUD

A los Hospitales Privados Concertados que se indican a continuacin: (Indicar aquellos que estn concertados as como otras opciones que tenga la administracin)

6.-

ASISTENCIA

EN

OTRAS

COMUNIDADES

AUTNOMAS

y/o

PROVINCIAS DEL TERRITORIO NACIONAL Y ASISTENCIA EN EL EXTRANJERO EN LOS CASOS DE ENFERMEDADES PROFESIONALES 20 ACCIDENTES DE TRABAJO Y

Si debido a la actividad laboral, el empleado pblico debe desplazarse fuera de la Comunidad de Madrid y sufre un accidente de trabajo, aquel ser atendido en el lugar correspondiente, ya sea un centro sanitario pblico o privado. El abono de los correspondientes gastos mdicos se realizar por parte de la Administracin, habilitando la forma y el protocolo que estime pertinente, poniendo en conocimiento de la forma a actuar en su caso a los Agentes de Medio Ambiente.

7.- PRESTACIONES ECONOMICAS 1.Gastos de desplazamiento en medios extraordinarios que pudieran requerir los empleados pblicos en caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, siendo preceptivo que se prescriban por el facultativo que extiende la baja. 2.Gastos por material ortoprotsico u otro material prescrito por el facultativo, que se abonarn previa aportacin de los Informes mdicos donde ha sido atendido, documento con la prescripcin mdica, factura del gasto realizado, tarjeta sanitaria y NIF. 3.Asistencia por el especialista concertado o reintegro de gastos en los supuestos de lesin bucodental producida por accidente de trabajo o enfermedad profesional. 4.Asistencia farmacutica: la asistencia farmacutica prestada en centros pblicos quedar incluida dentro de los costes de asistencia sanitaria que se proceder a facturar. Cuando se trate de asistencia recibida en centros privados el gasto farmacutico ser abonado por el empleado y la administracin le reintegrar su coste previa aportacin documental del mismo.

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5 Buzn de sugerencias y reclamaciones: Se habilitar por parte de la administracin para casos de dudas, reclamaciones y sugerencias, as como a travs del telfono que se habilite.

8.- PARTE DE ASISTENCIA SANITARIA POR ACCIDENTE Parte de accidente, documento de asistencia por triplicado. (Modelo habilitado en otras administraciones, que se expone a modo de ejemplo)

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2.2 Listado de valoracin de enfermedades profesionales e intervenciones quirrgicas y cuadro de exclusinSe establecer un listado de enfermedades e intervenciones quirurgicas a realizar en dichos casos as como la creacin en dicho plan de un cuadro de exclusiones que establecer los casos motivo de exclusin de ciertas actividades, con el objeto de evitar la prescripcin arbitraria del facultativo mdico, tal y como ha pasado en el anterior plan infoca que Agentes no pudieron realizar la campaa de incendios por escogerse criterios o valoraciones inadecuadas.

2.3 Recomendaciones de seguridad1.- Recomendaciones para la conduccin 2.- Recomendaciones para una conduccin ergonmica 3.- Estiramientos de espalda para conductores 4.- Autoproteccin en la toma de muestras en fauna silvestre 5.- Utilizacin de E.P.I.s (Equipos de Proteccin Individual) 6.- Ambientes trmicos extremos 7.- Manejo manual de cargas 8.- Puestos que manejan PVDs 9.- Trabajos de atencin al pblico

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1.- RECOMENDACIONES PARA LA CONDUCCIN:Se realizar una gua a tal efecto as como la correspondiente formacin, que se dirigir y estar a disposicin de todos los Agentes y se incluirn en el plan. (Se aporta a modo de ejemplo lo aplicado en otras comunidades, en este caso la de Madrid).

2.- RECOMENDACIONES PARA UNA CONDUCCIN ERGONMICA:1.- El Agente de Medio Ambiente no debera estar ms de 2 horas seguidas en el vehculo en la misma postura. Se recomienda que, en caminos estrechos y en los no asfaltados, permanezca en el vehculo como mucho media hora. Debera bajar de l y andar como mnimo 5 minutos, no quedarse parado, ni seguidamente sentarse en otro sitio. 2.- En caminos de tierra o estrechos, aunque exista una emergencia, la velocidad debe ser inferior a 50 km/h, para evitar en lo posible el balanceo del coche y sus consecuencias en los problemas de espalda.

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3.- La emisora y el telfono debern utilizarse, salvo emergencia, con el vehculo parado. Si se utilizan en marcha, las conversaciones sern lo ms breves posibles, intentando no distraerse de la conduccin. 4.- Si se detectan problemas de amortiguacin o ergonoma en el vehculo, deber comunicarse cuanto antes, con el fin de reparar cuanto antes las anomalas y prevenir as daos mayores.

3.-

ESTIRAMIENTOS

DE

ESPALDA

PARA

CONDUCTORES:1.- Incorporacin de la columna vertebral (postura cobra) de pie: Con este ejercicio se entrenar principalmente la funcin de extensin e incorporacin de la columna vertebral, sobre todo del segmento inferior. Muchos de los esfuerzos cotidianos llevan a una prdida de la extensin, a una limitacin bastante frecuente de la capacidad de extensin e incorporacin. 10-15 veces, mantenga la posicin final durante 2 segundos.

2.- Estiramiento de la musculatura extensora de la espalda (medusa) de pie: Las 2 rodillas estn ligeramente flexionadas (aproximadamente en un ngulo de 45) y no cambian de posicin durante todo el ejercicio de estiramiento. El

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estiramiento de la musculatura extensora de la espalda se consigue flexionando el tronco relajado hacia delante. La intensificacin del efecto del estiramiento se consigue si se acerca el tronco an ms a los muslos con ayuda de los brazos (colocados en los huecos poplteos). 10-15 veces, mantenga la posicin final durante 2 segundos.

Practique los ejercicios cobra y la medusa de pie alternativamente. Fuente: Gimnasia correctiva postural. Dr. Wessingbrage. Editorial Paidotribo

4.- AUTOPROTECCIN EN LA TOMA DE MUESTRAS EN FAUNA SILVESTREEn la manipulacin de animales muertos se tomarn, de forma general, las siguientes precauciones: - No tocar directamente el animal muerto y abstenerse de fumar, beber o mientras se manipulan animales muertos o se recogen muestras. - Llevar en todo momento unos guantes de ltex. Estos guantes sern de un solo uso o si se utilizan en varias ocasiones, debern lavarse con agua y jabn. En todo momento, se mantendr su integridad, a fin de que puedan realizar su funcin protectora. Se llevar tambin mascarilla para proteger las mucosas (nariz y boca) de posibles aerosoles que pudieran producirse en la manipulacin. 26

- En caso de que en la manipulacin del animal muerto se pudieran proyectar elementos capaces de alcanzar los ojos, se llevarn tambin gafas protectoras.

5.- UTILIZACIN DE E.P.I.S (EQUIPOS DE PROTECCIN INDIVIDUAL).Igualmente Se realizar una gua a tal efecto as como la correspondiente formacin, que se dirigir y estar a disposicin de todos los Agentes y se incluirn en el plan. (Se aporta a modo de ejemplo lo aplicado en otras comunidades, en este caso la de Madrid).

6.- AMBIENTES TRMICOS EXTREMOSIgualmente Se realizar una gua a tal efecto as como la correspondiente formacin, que se dirigir y estar a disposicin de todos los Agentes y se incluirn en el plan. (Se aporta a modo de ejemplo lo aplicado en otras comunidades, en este caso la de Madrid). 27

7.- MANEJO MANUAL DE CARGAS:Igualmente Se realizar una gua a tal efecto as como la correspondiente formacin, que se dirigir y estar a disposicin de todos los Agentes y se incluirn en el plan. (Se aporta a modo de ejemplo lo aplicado en otras comunidades, en este caso la de Madrid).

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8.- PUESTOS QUE MANEJAN PVDS:Igualmente Se realizar una gua a tal efecto as como la correspondiente formacin, que se dirigir y estar a disposicin de todos los Agentes y se incluirn en el plan. (Se aporta a modo de ejemplo lo aplicado en otras comunidades, en este caso la de Madrid).

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9.-

TRABAJOS

DE

ATENCIN

AL

PBLICO:Igualmente Se realizar una gua a tal efecto as como la correspondiente formacin, que se dirigir y estar a disposicin de todos los Agentes y se incluirn en el plan. (Se aporta a modo de ejemplo lo aplicado en otras comunidades, en este caso la de Madrid).

2.4 Si ests embarazadaPara los casos de embarazo, se establecer un plan con todo lo establecido en la normativa, que incluir todo lo relacionado con los Permisos especiales y condiciones de trabajo en los supuestos de maternidad y paternidad. Adems, la manera de proceder deber ser la siguiente: Hacer llegar a la administracin: 1-Un informe mdico en el que conste que te encuentras embarazada.

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2-Una solicitud de informe de adaptacin de puesto por embarazo en el que se especifique el lugar en el que trabaja. Se establecer tal Solicitud A partir de dicha documentacin el rea de Vigilancia de la Salud elaborar un informe en el que se recogern las recomendaciones sobre la adaptacin del puesto de trabajo. Las recomendaciones podrn ser: -No realizar guardias de 24 horas, o jornadas prolongadas sin posibilidad de descanso programado o a demanda de la trabajadora. -No realizar trabajos nocturnos. -No realizar actividades laborales en solitario. -No realizar actividades con desplazamiento en los vehculos todo terreno, especialmente en caminos forestales. -No deben estar expuestas a calor ni fro excesivo (inferiores a 17 C y superiores a 27C en trabajos sedentarios e inferiores a 14C y superiores a 25C en trabajos no sedentarios) y prolongado en el lugar de trabajo. -No realizar manipulacin de cargas ni sobreesfuerzos, ni trabajos en posturas inadecuadas. -No es conveniente que tengan que afrontar situaciones en que se puedan desencadenar respuestas violentas o amenazantes. -No manipulen ni transporten animales enfermos ni muertos, especialmente en caso de no estar inmunes frente a Toxoplasma. As como cualquier otra que establezca el cuerpo mdico.

Importante: Se Tiene derecho a la reduccin de la jornada laboral en una hora diaria, que podrs fraccionar, para el cuidado y atencin de hijos menores de 12 meses.

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En lugar de esta reduccin de una hora diaria, puedes acumularlas en jornadas completas y disfrutar de un permiso de un mes ininterrumpido, que comenzar inmediatamente despus de la finalizacin de la licencia por maternidad, adopcin o acogimiento permanente. Si quieres acogerte a esta acumulacin de la lactancia debers solicitarla con una antelacin mnima de un mes a la fecha de la finalizacin de la baja por maternidad, acogida permanente o adopcin. Se establecer dicha Solicitud

2.5 Cmo protegerte ante una tormenta elctrica:- Medidas de prevencin ante las tormentas A) En el campo B) En la vivienda, refugio o cabaa - Primeros auxilios en el caso de que una persona sea alcanzada por un rayo

Morbimortalidad por cada de rayos Diariamente en el mundo se producen unas 44.000 tormentas y se generan ms de 8 millones de rayos segn el sistema de deteccin mundial de meteorologa. Como ancdota, en Espaa, el 7 de agosto de 1992 cayeron 32.000 rayos segn el Servicio de Teledeteccin de rayos del Instituto Nacional de Meteorologa. La cada de un rayo a tierra es una de las amenazas ms serias derivadas de una tormenta. Se produce cuando la diferencia de potencial entre la nube y la tierra supera la capacidad aislante del aire. El peligro puede no ser aparente: se dan casos de cada de rayos a ms de 20 km de distancia del lugar en que descarga la tormenta.

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Aproximadamente el 30% de las personas alcanzadas por un rayo mueren, y el 74% de los supervivientes quedan con discapacidades permanentes. Ms del 70% de los fallecimientos se dan entre junio y agosto y el 92% entre mayo y septiembre. Slo muy ocasionalmente se produce alguno en invierno. La probabilidad de ser alcanzado por un rayo es mucho mayor en el medio rural que en el urbano. Los altos edificios con estructura metlica protegen las zonas adyacentes y derivan a tierra la descarga elctrica, al igual que los pararrayos. En el campo, los rboles, en particular los muy altos y aislados atraen especialmente a los rayos. De las personas fallecidas, el 52% se dedicaban a actividades recreativas al aire libre (en el medio urbano los campos de golf fueron reas de gran riesgo) en el momento de ser alcanzadas por el rayo y el 25% estaban trabajando. Entre los trabajadores ms afectados por los rayos estn los de la construccin y los agricultores (un nmero apreciable mientras conducan un tractor). El mayor nmero de hombres dedicados a este tipo de actividad laboral probablemente explica la diferencia en mortalidad entre hombres y mujeres. Tambin la mayor participacin de estos en actividades recreativas al aire libre. En Espaa, desde 1941 hasta 1979 hubo alrededor de 2.000 muertos por rayo (1,6 muertos por milln de habitantes y ao). Desde entonces estas cifras han disminuido sustancialmente, lo que seguramente tiene mucho que ver con el cambio de una sociedad rural a otra fundamentalmente urbana, con todas sus implicaciones. En el perodo 1990-2000 se produjeron 73 vctimas mortales por cada de rayos. En el ao 2000 y 2001 se produjeron 7 y 4 fallecimientos por esta causa. La afectacin neurolgica y cardiopulmonar son las ms peligrosas y responsables de los casos fatales. Puede producirse asistolia, fibrilacin ventricular o parada respiratoria por afectacin directa del sistema nervioso central (centro respiratorio). Tambin puede haber derrame pericrdico masivo o insuficiencia cardiaca severa.

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Otras posibles lesiones incluyen quemaduras en las zonas por donde entra y sale el rayo y en las zonas de contacto con partes metlicas como joyas, prdida de visin y audicin, fracturas seas, etc. Puede haber, adems, confusin y prdida de memoria.

MEDIDAS DE PREVENCIN ANTE LAS TORMENTASA) En el campo - Si se van a realizar actividades al aire libre, conviene prestar atencin a los partes meteorolgicos durante la temporada en que son ms frecuentes las tormentas (generalmente de mayo a septiembre) y no partir hacia media o alta montaa con riesgo claro de tormenta. - Observar si el cielo se oscurece, si pueden verse relmpagos, si el viento arrecia o si se escuchan truenos. En tal caso conviene dirigirse inmediatamente a un lugar seguro. - En verano tratar de acabar de ascender a una cumbre o terminar una salida o etapa antes de las cuatro de la tarde; a partir de estas horas es cuando se forma el mayor nmero de tormentas.

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- Desistir de hacer cumbre o terminar una ruta en el caso de que veamos formarse un cumulonimbo en clara progresin hacia la tormenta y en la direccin en la que nos dirigimos. - En caso de sentir un cosquilleo en la piel, que se eriza el cabello y que los objetos metlicos o que terminan en punta metlica emiten un extrao zumbido parecido al de una colmena y se producen chispas o destellos la tormenta est prxima. Todos estos fenmenos se producen por el desplazamiento de las cargas elctricas que generan las tormentas y significa que el aire en el que nos encontramos se ha vuelto conductor hasta el punto de que en ocasiones entre dos excursionistas cercanos entre s y sin tocarse puede producirse una molesta descarga. - En caso de notar alguno de estos fenmenos en medio de una tormenta el peligro es inminente porque significan que est a punto de caer un rayo. Retirarse de todo lugar alto: cumbre, cima, loma..., y refugiarse en zonas bajas no propensas a inundarse o recibir avenidas de agua. - NUNCA echar a correr durante una tormenta y menos con la ropa mojada, esto es muy peligroso. Se crea una turbulencia en el aire y una zona de conveccin que puede atraer el rayo. - Deshacerse de todo material metlico (piolets, bastones, mochilas con armazn, palas, azadones, rastrillos, palos de golf, paraguas, herramientas...) y depositarlo a ms de 30 metros de distancia. Los rayos aprovechan su buena conduccin. APAGAR WALKIE-TALKIES Y TELFONOS MVILES, cuyas radiaciones electromagnticas pueden atraer los rayos. - NUNCA refugiarse debajo de un rbol o una roca o elementos prominentes solitarios. Un rbol solitario por su humedad y verticalidad aumenta la intensidad del campo elctrico. En cambio un bosque, aunque sea pequeo, puede ser un buen refugio. Cobijarse debajo de los rboles de menor altura. - Alejarse de objetos metlicos como vallas metlicas, alambradas, tuberas, lneas telefnicas e instalaciones elctricas, rales de ferrocarril, bicicletas,

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maquinaria, etc. Lo ms peligroso de un tendido elctrico son sus apoyos, pues por su toma de tierra se descargan al suelo rayos que han cado incluso a kilmetros. La proximidad de grandes objetos metlicos es peligrosa incluso cuando no se est en contacto con ellos, ya que la onda de choque producida por el rayo calienta sobremanera el aire lo que puede producir lesiones en los pulmones. - En el caso de trabajo sobre maquinaria o vehculos abandonarlos mientras dure la tormenta. Tampoco debe trabajarse sobre estructuras metlicas. - Alejarse de terrenos abiertos y despejados, como praderas, cultivos y campos de golf. En estas zonas una persona sobresale bastante del terreno y puede convertirse en un pararrayos. Es preferible quedarse debajo de un grupo de rboles, a ser posible de menor altura que otros de la zona. - Aislarse del suelo y del contacto con charcos o zonas mojadas. Salir inmediatamente y alejarse de ros, piscinas, lagos, el mar y otras masas de agua. - Alejarse y NO refugiarse en pequeos edificios aislados como graneros, chozas, cobertizos...; las tiendas de campaa tampoco son seguras. - NO refugiarse en la boca de una cueva ni al abrigo de un saliente rocoso, el rayo puede echar chispas a travs de estas aberturas, algunas son incluso canales naturales de drenaje para sus descargas. Solo ofrecen seguridad las cuevas profundas y anchas, mnimo un metro a cada lado. - La posicin de seguridad ms recomendada ES DE CUCLILLAS, lo mas agachado posible, con las manos en las rodillas, tocando el suelo slo con el calzado. Esta posicin nos aislar en buena medida al no sobresalir sobre el terreno. No debemos echarnos en horizontal sobre el suelo. - Si notamos cosquilleo en el cuerpo, se nos eriza el cabello, o vemos brillar y echar chispas un objeto de metal HAY QUE adoptar la posicin de seguridad de inmediato porque la descarga de un rayo es inminente.

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- Si se va en grupo es aconsejable dispersarse unos metros y adoptar la posicin y dems precauciones de seguridad. - En caso de ir con nios, para evitar el pnico o el extravo, mantener contacto visual y verbal con ellos. Si un rayo afecta a una persona las dems en contacto pueden verse afectadas por la descarga, por esto mismo tambin es recomendable alejarse de rebaos y grupos de mamferos. - El mejor sitio para refugiarse a la intemperie durante una tormenta ES UN VEHCULO CERRADO. Dentro debemos apagar el motor, bajar la antena de la radio y desconectarla, cerrar las ventanillas y las entradas de aire. En caso de cada de un rayo el vehculo se cargar slo por el exterior mientras que el interior quedar intacto, fenmeno conocido como "Jaula de Faraday". Debe evitarse tocar las partes metlicas del vehculo, incluso al salir de un vehculo que ha recibido una descarga. En caso de ir conduciendo y verse sorprendido por una tormenta conviene disminuir la velocidad y no detenerse en zonas por donde pueda discurrir gran cantidad de agua. - Es totalmente falsa la creencia popular de que un rayo no cae dos veces sobre un mismo lugar.

B) En la vivienda, refugio o cabaa - No asomarse al balcn o ventanas abiertas para observar la tormenta. - Cerrar puertas y ventanas para evitar corrientes de aire pues stas atraen los rayos. - Alejarse de la chimenea y NO hacer fuego en ella o apagarlo si est encendido. De las chimeneas asciende aire caliente cargado de iones, lo que aumenta la conductividad del aire abriendo un camino para las descargas elctricas actuando como un pararrayos. - En caso de hallarnos en un piso o vivienda, hay que desconectar los electrodomsticos, los aparatos elctricos y las tomas de antena de

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televisin, ya que el rayo puede entrar por las conducciones de electricidad y TV causando daos o la destruccin de estos objetos. Conviene permanecer alejados de las tuberas del agua y del gas y del telfono o el ordenador. Todos estos objetos pueden conducir la electricidad y provocar electrocucin. Dejar las luces encendidas, sin embargo, no aumenta el riesgo. - Hay que postponer los baos, las duchas y el lavado de la vajilla o usar agua corriente para cualquier otro propsito hasta que la tormenta haya pasado porque a travs del agua existe tambin riesgo de electrocucin. - Una buena manera de aislarse es sentarse en una silla que no sea de metal apoyando los pies en la mesa u otra silla que tampoco sean metlicas. Lo mejor es tumbarse en una cama o litera, ms an si son de madera.

PRIMEROS AUXILIOS EN EL CASO DE QUE UNA PERSONA SEA ALCANZADA POR UN RAYO - La descarga elctrica no permanece en la persona afectada por lo que puede atenderse con toda seguridad y debe hacerse inmediatamente. - Si la persona est inconsciente, comprobar si hay pulso y respiracin. - Si tiene pulso pero no respiracin, empezar la respiracin boca a boca. - Si no tiene pulso, comenzar las maniobras de resucitacin cardiopulmonar. - Las personas que sufren parada cardiorrespiratoria por un rayo tienen mayor probabilidad de salir de la misma que la que se debe a otras causas, por lo que es de la mxima importancia comenzar la reanimacin cuanto antes. - Comprobar si hay otras lesiones, tales como fracturas. En caso de sospecha de fractura vertebral evitar todo movimiento. - Las quemaduras deben buscarse especialmente en dedos de manos y pies y en zonas prximas a hebillas, joyas, medallas, etc. Lo habitual es que haya dos

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reas que presenten quemadura, correspondientes a las de entrada y salida de la corriente elctrica. - Mantener caliente a la vctima hasta la llegada de los equipos de urgencia. - Si una persona alcanzada por un rayo se muestra tan solo aturdida y no parece presentar heridas de importancia, aun as debe recibir asistencia mdica para valorar el impacto real del rayo sobre su organismo.

2.6 Equipos de proteccin individual para la lucha contra incendios forestalesLos Agentes de Medio Ambiente participan en la extincin de los incendios forestales y estn sometidos a numerosos riesgos tanto en la ejecucin de sus funciones como por la labor de Director de Extincin y Autoridad en el mismo, as como en el ataque de fuegos incipientes al que est encomendado por normativa, adems del las derivadas de una Emergencia de tal magnitud, importancia y riesgo. Para minimizarlos se debe disponer entre otros de: Chaqueta y pantaln ignfugo reflectantes, botas y guantes de extincin, mascarilla, gafas, casco, cubrenucas ignfugo, cantimplora, batefuego entre otros complementos, as como medios adecuados de comunicacin como emisoras de mayor recepcin, mayor ergonoma, mvil y emisora tierra-aire para la comunicacin con los medios areos, tanto para la seguridad propia como para las del resto de personas y medios actuantes en el incendio bajo su direccin.

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(Ejemplo utilizado por Agentes Forestales en Madrid) Para minimizar dichos riesgos se debe disponer de: - Chaqueta y pantaln ignfugo - Botas de extincin - Guantes de extincin - Mascarilla - Gafas - Casco - Cubrenucas ignfugo - Complementos

- CHAQUETA Y PANTALN IGNFUGO:

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Ejemplo pantaln

Ejemplo chaqueta

Es una prenda de vestir de proteccin personal, elaborada en tejido ininflamable. Cubre el cuello, busto, los brazos hasta las muecas, piernas y tobillos. Su utilizacin es para los trabajos de campo en la lucha contra los incendios forestales y especialmente durante las operaciones de ataque y extincin. De acuerdo con el Real Decreto 1.407/1.992 el traje es un E.P.I de Categora 2 segn el correspondiente Certificado CE expedido por un Organismo Notificado. Adems cumple la Norma ISO 15.384-2.003 Prendas de proteccin para bomberos forestales y actividades asociadas. El tejido est confeccionado en tejido Poliamida-imida y viscosa ignfuga al 50%. Es ignfugo de forma natural (no desaparece con el lavado), es ligero, confortable, ergonmico, de alta visibilidad, con muchos bolsillos, con refuerzos. Transpira y evacua el calor corporal a la intemperie y con calores

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intensos, seca rpidamente y no da sensacin de sudor fro. Protege contra el arco elctrico (antiesttica), frente a la llama, desgarro, traccin y abrasin. Tiene solidez en los colores, no forma peeling con el tiempo y posee el Certificado Ecotex lo cual indica que est libre de sustancias nocivas. - BOTAS DE EXTINCIN:

(Ejemplo de botas) Es un calzado fuerte de proteccin personal, elaborado en cuero, con suela resistente al rozamiento y a altas temperaturas, provisto de media caa. Forma parte del equipo de proteccin personal durante el manejo de herramientas, y en todas las labores de campo y extincin para facilitar el desplazamiento por zonas agrestes, con gran cantidad de maleza, terrenos sueltos y por suelos recalentados. Dado que son utilizadas en duras condiciones de trabajo cumple con los requisitos de robustez, flexibilidad, ligereza y facilidad de conservacin y mantenimiento. De acuerdo con el Real Decreto 1.407/1.992 la bota es un E.P.I de Categora 3 segn el correspondiente Certificado CE expedido por un Organismo Notificado.

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Como requisito adicional de resistencia al fuego cumple con el apartado 7 de la EN 345-2/1.996: FPA (actualmente EN ISO 20.345:2.004) La bota es en piel flor, resistente al agua, con acolchado interior. Tiene membrana impermeable y transpirable. Puntera y taln de tejido sinttico moldeable trmicamente. Sus hilos y cordones son ignfugos, con ganchos de fijacin para un ptimo atado de los cordones. La suela es de goma de nitrilo de doble densidad. Resistente al contacto con el calor (prueba a 300C), aislante respecto del calor (prueba a 250C) y aislante respecto del fro (prueba -20C). Es antiesttica, autolimpiable, con absorcin de energa en el taln y puntera y resistente a deslizamientos lateral y longitudinalmente. Posee tambin suela intermedia en un material textil antipunzamiento (no metlica) y plantilla anatmica y transpirable. - GUANTES DE EXTINCIN:

(Ejemplo de Guantes) Es una prenda de proteccin personal destinada a cubrir las manos y al menos un tercio del antebrazo contra quemaduras, erosiones y araazo producidos por cadas, manejo de herramientas o por zarzas y matorral punzante durante los trabajos de campo y extincin y para manejo de productos retardantes.

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De acuerdo con el Real Decreto 1.407/1.992 los guantes son un E.P.I de Categora 3 segn la norma UNE-EN-659-1996 y de Categora 2 segn la EN659-2.003.

(Ejemplo de Batefuego) Es de uso especial para Agentes de Medio Ambiente y bomberos forestales. Fabricado en cuero flor vacuno hidrofugado forrado con tejido ignfugo. Tiene una tira de nudillos reforzada, elstico de apriete en la mueca, refuerzo cubrevenas en cuero del mismo material. Tiene tambin manguito forrado con tejido ignfugo. Cierre velcro con tira de cuero. Cosido en hilo ignfugo de gran resistencia. Incorpora un mosquetn. Son ligeros, suaves al tacto y de gran resistencia, duracin y flexibilidad (para no dificultar el movimiento de los dedos y anular totalmente la sensacin del tacto). Se presenta en 5 tallas distintas. - MASCARILLA: Es un aparato de proteccin de las vas respiratorias adaptable al rostro mediante cintas elsticas de sujecin cubriendo nariz y boca, para impedir

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fsicamente la inhalacin mediante filtrado de partculas contaminantes en suspensin.

(Ejemplo de Mascarilla) De acuerdo con el Real Decreto 1.407/1.992 la mascarilla es un E.P.I de Categora 3 segn el correspondiente Certificado CE expedido por un Organismo Notificado. Cumple la norma EN 149:2.001. Se utiliza como parte del equipo de proteccin personal, para situaciones de emergencia (extincin en ataque directo e indirecto, preparacin retardantes, apertura de lneas de defensa con maquinaria pesada, etc...), en ambientes con polvo, humos y neblinas. Es del tipo autofiltrante, con una tira metlica para ajuste en el puente de la nariz y perfectamente compatible con el casco. La mascarilla filtra partculas del tipo FFP2 con lo que se obtiene una muy baja resistencia respiratoria a la inhalacin. Incorpora vlvula de exhalacin para reducir su resistencia y la formacin de humedad y calor. Es pequea, plegable y ligera. Se presenta en bolsitas individuales higinicas para proteccin contra la suciedad y su posible deterioro. Es desechable. - GAFAS: 45

(Ejemplo de gafas) Como parte del equipo de proteccin personal en todas aqullas operaciones con riesgo de proyeccin de partculas (uso de batefuegos, motosierras, pulaskis, etc.), polvo y partculas en suspensin (manejo de viscosantes y aproximacin a aeronaves, etc.) humos (ataque directo e indirecto), salpicaduras e impactos de lquidos (manejo de retardantes e impulsin de agua a presin elevada), desplazamiento entre maleza punzante, etc. y en todas aqullas situaciones en que los rganos visuales puedan resultar lesionados. Poseen las caractersticas especficas de las gafas anti-fuego: gran resistencia al impacto y a altas temperaturas. Al considerarse un EPI para actuacin en incendios forestales estn certificadas por un Organismo Notificado cumpliendo la Norma Europea EN166, Categora 2 de proteccin. Son flexibles, envolventes con proteccin lateral y perfectamente adaptable a la parte superior del rostro, dejando libre la zona buconasal. Con banda elstica de fijacin, fcilmente regulable y sustituible que permite la correcta adaptacin de la montura al rostro. Visor panormico antiempaamiento. Van incorporadas al casco de forma sencilla y segura.

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- CASCO:

(Ejemplo de Casco) til de proteccin personal adecuado para las actuaciones de lucha contra incendios forestales y todas aquellas operaciones con riesgo de choques, golpes, cadas, impactos de objetos y herramientas, descargas elctricas, insolacin intensa, desplazamientos entre matorral denso e hiriente... en la que la parte superior del crneo pueda resultar afectada. De acuerdo con el Real Decreto 1.407/1.992 el casco es un E.P.I de Categora 3 segn el correspondiente Certificado CE expedido por un Organismo Notificado. Es de material ininflamable, no conductor, con barbuquejo regulable y de rpida adaptacin. Posee arns para mayor sujecin y capacidad de absorcin de energa. Tiene una cresta longitudinal para proteccin contra impactos, aberturas para ventilacin y tiras autoadhesivas retrorreflectantes para mayor visibilidad. Permite visin perifrica. Presenta una linterna como accesorio integrado al casco. Con tecnologa Led de reflexin inversa. De alta luminosidad y duracin. Con adaptador al cinturn.

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- CUBRENUCAS IGNFUGO: Elemento de proteccin de tejido ignfugo que partiendo de la parte posterior del casco cae por el cuello hasta los hombros cerrando por delante de la cara mediante velcro ignfugo.

Su objeto es proteger al combatiente las partes de la cabeza que por otros sistemas habituales de proteccin quedan expuestos al contacto directo de la llama. Va conectado al casco con velcro ignfugo. - COMPLEMENTOS: - Cantimplora con funda ignfuga - Batefuegos - Mochila porta equipos ignifugada - Barras luminosas - Linterna Cinturn ceidor portaobjetos

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2.7 Equipos de proteccin individual contra la radiacin solarEl sol emite una sucesin de partculas energticas (fotones), cuya energa es inversamente proporcional a la longitud de onda en su vibracin y desplazamiento, conformando el espectro electromagntico. Tres son las bandas de ste, que llegan a la superficie terrestre: -Rayos ultravioleta: UVB, cuya longitud de onda oscila entre 280 y 320 nm. responsable de eritemas y del bronceado; UVA, entre 320 y 400 nm , responsable del envejecimiento de la piel y del melanoma por ser radiaciones mas energticas, penetrando entre el 30-50% de sta a niveles profundos de la dermis. -Luz o espectro visible -Espectro infrarrojo Los factores que influyen en los efectos de stas radiaciones dependen del tiempo a exposicin solar, la altitud, el clima, tipo de superficie, latitud Segn el Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mnimas de seguridad y salud relativas a la utilizacin por los trabajadores de equipos de proteccin individual, son E.P.I. los siguientes elementos:

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Son E.P.I.s contra la radiacin solar los sombreros, las gafas y la crema de proteccin solar que debe entregarse a todos los Agentes independientemente de las zonas ya que la climatologa regional en su conjunto as lo requiere. Para los Agentes con miopa, astimatigmo u otras patologas oculares, estas sern graduadas o superpuesta, aunque en este ltimo caso, el modelo que se elija llevar aparejado el visto bueno del cuerpo mdico.

Segn la Organizacin Mundial de la Salud (O.M.S.), la accin de la radiacin ultravioleta en los ojos, dar como resultado en los prximos aos un alto incremento de cataratas y otras anomalas como queratoconjuntivitis actnicas, ulceras epiteliales, degeneraciones corneales, edemas maculares y degeneraciones retinianas. Un dermatlogo dictamino por escrito que Los trabajos que se realizan al aire libre (Agentes de Medio Ambiente) en este caso, deben proteger la piel de las inclemencias del tiempo, especialmente del sol con protectores solares, ya que este agente puede producir cncer de piel despus de exposiciones prolongadas.

2.8 Equipos de proteccin individual para prevencin contra la gripe aviar o cualquier tipo de manejo de animales o exposicin a agentes biolgicos

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Los equipos de proteccin individual (E.P.I.s) para el personal en contacto directo con poblacin aviar, manejo de animales susceptible de estar infectada por la gripe aviar o expuestos a parsitos, casos de envenenamiento entre otros son:

Gafas protectoras para evitar el contacto del virus con la mucosa de los ojos. Con marcado CE y conforme a la norma EN-166 y que posibilitan el uso por debajo de las habituales de correccin ptica personal. Mscara de proteccin contra pandemia FFP3 con vlvula de exhalacin. Lleva marcado CE y conforme a la norma EN-149. Su uso es contra partculas slidas y aerosoles lquidos no voltiles (virus y esporas). De un solo uso y se eliminar despus de ser usados en dispositivos de seguridad Mono de Proteccin de Categora III y del Tipo 4/5/6, con proteccin contra agentes infecciosos y biolgicos ya que es impermeable a aerosoles, a partculas y a salpicaduras o pulverizaciones de lquidos. Tiene capucha, costuras recubiertas y elsticos en tobillo, puos, cara y cintura. Viene con calcetines integrados a la prenda. Despus de su uso debe desecharse en dispositivos de seguridad.

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Tapabotas. Es ajustable por encima de la bota de trabajo y al ser de un solo uso se eliminar segn protocolo. Guantes desechables de nitrilo, vinilo o ltex (segn norma EN 374). Conformes a la norma EN-420, EN-370 y deben llevar el etiquetado CE. Son de un solo uso y se eliminarn inmediatamente despus de ser usados en dispositivos de seguridad, antes de tocar superficies o materiales no contaminados.

El equipo de proteccin individual deber ser retirado de manera general en el siguiente orden: 1.- Eliminar guantes Si hay un mono puesto, entonces quitarse 1 el mono arrastrando los guantes y sin tocar la camisa. Los guantes deberan estar puestos por encima de la manga del mono. 2.- Lavar las manos contaminadas 3.- Eliminar las gafas protectoras 4.- Eliminar la mascarilla (sin pasarla por encima de la cabeza) 5.- Lavar de nuevo las manos En el caso de animales vivos, este equipo llevar aparejado todos aquellos elementos necesarios para su captura, transporte y manejo, adems de lo

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expuesto anteriormente si el caso conllevara contagio biolgico. Algunos de estos elementos seran: 1.- Equipamieto adecuado en vehculo de transporte. 2.- En su caso Transportn, adaptado al vehculo de transporte, sin contacto con el habitculo del conductor y ocupantes del vehculo, que garantice su hermeticidad y seguridad de los mismos. 3.- Guantes adecuados para el trato con animales. 4.- Productos desinfectantes y de limpieza, as como antiparsitos y desparasitadores para uso tanto previo como posterior. 5.- Prtigas lazo o brazo gancho entre otros, segn los casos (mamferos o reptiles etc...)

2.9 Equipamiento de alta montaaMuchos Agentes de Medio Ambiente realizan diariamente su trabajo en alta montaa. En la Comunidad Andaluza existen numerosos picos con cotas superiores a los 2000 metros de altitud, con meteorologa adversa, fuertes nevadas, ms de seis meses de cubierta nival, riesgo de aludes, de desprendimiento de cornisas, fuerte viento y temperaturas de varios grados bajo cero. En estos enclaves, que en muchas ocasiones son Espacios Naturales Protegidos, concurre gran afluencia de visitantes, sobre todo los fines de semana y festivos. Por ejemplo en el Parque Natural de Sierra Nevada se han registrado picos de hasta 4.500 personas en un solo da y solo a los centros de visitantes aumentndose el nmero en otro tipo de instalaciones. El trabajo diario consiste en la fiscalizacin de empresas que imparten cursos de montaa y de los colegios y grupos organizados, las pruebas deportivas autorizadas, la vigilancia de los usuarios de escalada en hielo, esqu de travesa o de fondo, los escaladores de corredores (y la vigilancia del 53

cumplimiento de la normativa de todos ellos), Trabajos verticales, auxilio de accidentados, bsquedas de desaparecidos, aparte del seguimiento de fauna, evaluacin de daos en las masas forestales tras los temporales de viento, nieve o riadas, dispositivos contra furtivismo, etc.

Dichos cometidos en estos espacios precisan de una gran preparacin de los Agentes de Medio Ambiente, de ah la importancia de complementar los medios y equipos de proteccin con la formacin peridica. A continuacin detallamos las herramientas diarias con las que deben contar los Agentes de Medio Ambiente para el desarrollo de su trabajo en este mbito:

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1.- ESQUS DE TRAVESA: Equipo que consiste en tablas de esqu, fijaciones de travesa, pieles de foca (sintticas), cuchillas para nieve dura en laderas pronunciadas, botas y bastones. Nos permite un gil movimiento por nieves muy sueltas sin hundirnos, y un descenso rpido en caso de necesidad o aviso de la emisora central de cualquier eventualidad. 2.- RAQUETAS: Consta de raquetas y bastones, y es usada para no hundirse en nieves sueltas. Disponen de dientes para hielo. Son ms rpidas de poner que los esqus y no necesariamente precisan de bota rgida, pero su uso es ms torpe y no permite descensos rpidos en caso de urgencia. Se hunden ms en la nieve que las tablas en nieves muy blandas. 3.- EQUIPO DE HIELO: Es un equipo imprescindible para progresin en hielo, ascenso por corredores y por laderas de alta montaa de pendientes de gran verticalidad. Constan de crampones, piolets, clavos, tornillos y otros medios de aseguramiento, cuerda y descensor-asegurador. Hay aos en que son imprescindible para moverse por la alta montaa, como en algunos aos, en que ha habido muertos o desaparecidos as como numerosos accidentados.

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4.- EQUIPO DE RESCATE EN ALUDES: Consiste en receptores de seal (hay tres tipos en el mercado, el ms popular es el ARVA), prtigas de sondeo, palas plegables y mantas trmicas para el accidentado.

Adems de todo lo expuesto, siempre hay que llevar buenos GPS, gafas de ventisca, linterna frontal de diodos, chaleco reflectante del servicio, guantes de nieve, pasamontaas, y siempre puesto el casco.

2.10 Riesgo biolgico- Autoproteccin en la toma de muestras en fauna silvestre

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- Gripe aviar (ya descrito) - Autoproteccin contra las garrapatas - Picadura de insectos entre otros RECUERDA: El Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la proteccin de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposicin a agentes biolgicos durante el trabajo, regula la exposicin a agentes biolgicos en el trabajo

- AUTOPROTECCIN EN LA TOMA DE MUESTRAS EN FAUNA SILVESTREEn la manipulacin de animales muertos se debern tomar, de forma general, las siguientes precauciones: - No tocar directamente al animal muerto y abstenerse de fumar, beber o comer mientras se manipulen animales muertos o se recogen muestras. - Llevar en todo momento unos guantes de ltex. Estos guantes sern de u solo uso si se utilizan en varias ocasiones, deben lavarse con agua y jabn. En todo momento, se mantendr su integridad, a fin de que puedan realizar su funcin protectora. - Se llevar tambin mascarilla para proteger las mucosas (nariz y boca) de posibles aerosoles que pudieran producirse en la manipulacin. - En caso de que en la manipulacin del animal muerto se pudieran proyectar elementos capaces de alcanzar los ojos, se llevarn tambin gafas protectoras.

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-

AUTOPROTECCIN

CONTRA

LAS

GARRAPATASUna garrapata fijada al cuerpo generalmente no causa dolor y lo ms frecuente es que la picadura no provoque ningn dao, o nicamente una pequea lesin en la piel afectada por la picadura. No obstante, existe riesgo, aunque bajo, de que puedan transmitir algn agente infeccioso capaz de causar alguna enfermedad, como por ejemplo: Borrelia burgdorferii, que es la bacteria que causa la enfermedad de Lyme Borrelia hispanica, que es la bacteria que provoca la fiebre recurrente. Rickettsia connorii, que provoca la fiebre botonosa. Francisella tularensis, que es la bacteria que provoca la tularemia. Resulta importante, por consiguiente, prevenir la picadura de garrapatas y en el caso de que alguna nos hubiera picado, conviene extraerla lo antes posible. Se detallan, a continuacin, un conjunto de pautas para prevenir la picadura de garrapatas y para extraerlas en el caso de haber sufrido alguna picadura.

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ACCIN TXICA - Secreta y excreta sustancias txicas

ACCIN INACULADORA - Es vector y reservorio

ACCIN MECNICA - Produce picaduras ACCIN EXPOLIADORA - Extrae sangre

Prevenir la picadura de garrapatas Para prevenir la picadura de garrapatas se deben usar botas, pantalones largos y camisas de manga larga al caminar por reas de vegetacin densa, matorral, pastizales altos o zonas de bosque. Los pantalones debern llevarse por dentro de los calcetines para impedir que las garrapatas trepen y se introduzcan por el interior de la pernera y la camisa se mantendr siempre dentro del pantaln. Se recomienda vestir ropa de colores claros para visualizar las garrapatas ms fcilmente y as impedir su paso a la piel. Mientras la persona se encuentre en un rea en la que sean frecuentes las garrapatas, sobre todo en la poca del ao en que se muestran ms activas, es recomendable revisarse de vez en cuando la ropa y la piel (cada dos o tres horas) para asegurarse que no hay ninguna garrapata. Una vez en casa, se deben quitar las ropas e inspeccionar muy bien todas las reas de la piel, incluyendo el cuero cabelludo, ya que las garrapatas pueden trepar rpidamente por todo el cuerpo. Esto se har de forma minuciosa ya que algunas garrapatas (adultas) son grandes y fciles de localizar, mientras que otras pueden ser muy pequeas (ninfas y larvas), por lo que se deben evaluar bien las manchas que hayan podido aparecer en la piel.

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Hembra realizando la puesta, es capaz de poner miles de huevos

Eclosin de huevos

Retirada de garrapatas de la piel En el caso en que nos hubiera picado una garrapata debe procederse a su retirada lo antes posible ya que hasta pasadas unas horas, generalmente ms de 24 horas, la posibilidad de que una garrapata previamente infectada, pueda transmitir el patgeno de forma eficiente es muy pequea. Cul es la mejor manera de extraer las garrapatas? Debe extraerse el parsito completo, incluida la cabeza de la garrapata que introduce dentro de la piel, para evitar que sus restos puedan provocar una infeccin. 1.- Con unas pinzas, sujetar la garrapata de la cabeza, lo ms cerca posible de nuestra piel.

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2.- Tirar hacia afuera con un movimiento lento y firme para desprender la garrapata, teniendo cuidado de no dejar la cabeza incrustada en la piel. 3.- Lavar por completo toda el rea con agua y jabn durante unos minutos. Enjuagar el rea y desinfectar el sitio de la picadura. Como cuidados especiales, debe tenerse en cuenta que, en ningn caso, se debe: - Aplastar o comprimir la garrapata. - Verter o aplicar sobre la garrapata alcohol, vaselina u otros productos - Utilizar un fsforo ardiente, mechero o la colilla de un cigarrillo encendido. Las acciones anteriores slo aumentan la probabilidad de que la garrapata transmita alguna infeccin.

Larvas esperando un hospedador sobre la vegetacin

Qu hacer una vez que la garrapata se ha extrado? Una vez extrada la garrapata, en caso de que no se haya podido extraer la cabeza existe la posibilidad de que la herida se infecte y es recomendable acudir al mdico para que determine el tratamiento ms adecuado. Se debe acudir tambin al mdico si la garrapata ha estado ms de 24 horas prendida de la piel. En este caso, es deseable aportar el ejemplar para que se pueda

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proceder a su clasificacin y comprobar si la especie est relacionada con la transmisin de alguna enfermedad. Si se ha conseguido extraer completamente toda la garrapata el riesgo de infeccin o de contraer alguna enfermedad es bajo. No obstante, es importante estar atento, durante los das siguientes, a la aparicin de sntomas. En el caso de la enfermedad de Lyme, se producen sntomas similares a los de la gripe con fiebre, dolor de cabeza, dolores musculares y escalofros. Puede tambin aparecer una mancha enrojecida en el lugar de la picadura, a menudo con un rea clara en el centro. Estos sntomas se inician en un periodo variable de das a semanas. En la fiebre botonosa, se produce fiebre, exantema (erupcin rojiza en la piel) y dolor en las articulaciones. Se inician entre 5 a 12 das despus de la picadura de forma generalmente brusca. Suele aparecer tambin una mancha negra en el lugar de la picadura. Tiene una marcada incidencia estacional, generalmente de julio a septiembre. En la tularemia los sntomas pueden ser variados. Se producen sntomas similares a los de la gripe como fiebre, dolor de cabeza, dolores musculares, debilidad y escalofros que aparecen entre 3 a 14 das desde el contacto con la bacteria de forma brusca. Tambin puede aparecer ulceracin de la piel en el lugar de la picadura y aumento del tamao de los ganglios linfticos de la zona. En el caso de la fiebre recurrente los sntomas incluyen fiebre que se presenta durante varios das (hasta 3 das) y luego desaparece, para al cabo de unos das o semanas reaparecer de nuevo. Estos ciclos se repiten varias veces. La fiebre suele acompaarse de otros sntomas, como escalofros, dolores musculares, articulares y de cabeza, as como nauseas y vmitos En aquellos casos en que se observe alguno de los sntomas anteriores, despus de la picadura de una garrapata, se debe acudir al mdico y no olvidar comunicarle la picadura recibida, para que pueda hacer una valoracin adecuada de la situacin.

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- Picadura de insectos entre otros:Frecuente son las picaduras de abejas, avistas, otros insectos o incluso araclanes. Por ello se establecern en el mismo sentido que los ejemplos anteriores las medidas oportunas para actuar en ese caso as como que los botiquines estn adaptados y contengan medicamentos o urguentos adecuados a caso.

2.11 Gua de actuacin ante situaciones violentas- Situaciones conflictivas con los ciudadanos - Qu debera hacer el agente forestal ante una agresin? - Pauta de actuacin en casos de violencia

SITUACIONES CIUDADANOS

CONFLICTIVAS

CON

LOS

El trabajar slo, a menudo en lugares aislados o alejados, unido a situaciones relacionadas con infracciones medioambientales y su consiguiente multa, son factores de riesgo para sufrir un episodio de violencia en el trabajo. En ocasiones sucede que el profesional no presta atencin a las amenazas o abusos verbales al asumirlas como parte integrante del trabajo (gajes del oficio), sin embargo los episodios de violencia suponen un gran impacto emocional sobre el trabajador. Se trata de actos contra la dignidad y la integridad moral y atenta por tanto a los derechos fundamentales de la declaracin universal de derechos humanos, siendo ste un bien jurdico que debe ser especialmente protegido. Adems de la muerte o posibles lesiones

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fsicas, existen otras secuelas de prevalencia no evaluada como el estrs postraumtico, ansiedad, sndrome de "burn-out", aumento del distress en el entorno laboral, actuacin profesional condicionada por miedo a su seguridad o la de su familia, incapacidad laboral temporal o permanente, abuso de alcohol y/o drogas, cambio o prdida del puesto de trabajo y otros trastornos. SECUELAS EN EL TRABAJADOR Estrs laboral crnico Disminucin del rendimiento laboral Sndrome de hostigamiento Sndrome de estrs postraumtico Neurosis de ansiedad Sndrome depresivo Secuelas fsicas MARCO NORMATIVO La Ley 31/1995 de Prevencin de Riesgos Laborales recoge en su artculo 14: Los trabajadores tienen derecho a una proteccin eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber de las administraciones pblicas de proteccin del personal a su servicio. Las agresiones en el marco jurdico del derecho penal. Conforme con nuestro Cdigo Penal (Ley Orgnica 10/1995, de 23 de noviembre, del Cdigo Penal), se consideran delitos o faltas las acciones u omisiones dolosas (con intencionalidad) o imprudentes penadas por la ley. CAPTULO II. DE LOS ATENTADOS CONTRA LA AUTORIDAD, SUS AGENTES Y LOS FUNCIONARIOS PBLICOS, Y DE LA RESISTENCIA Y DESOBEDIENCIA.

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Artculo 550. Son reos de atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios pblicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa tambin grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasin de ellas. Artculo 556. Los que, sin estar comprendidos en el artculo 550, resistieren a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren gravemente, en el ejercicio de sus funciones, sern castigados con la pena de prisin de seis meses a un ao. TTULO IV. FALTAS CONTRA EL ORDEN PBLICO. Artculo 634. Los que faltaren al respeto y consideracin debida a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren levemente, cuando ejerzan sus funciones, sern castigados con la pena de multa de diez a sesenta das.

QU DEBERA HACER EL AGENTE DE MEDIO AMBIENTE ANTE UNA AGRESIN?ANTE LA VIOLENCIA VERBAL: sta puede ser leve (discusiones con gritos, grandes ademanes, golpes contra algn objeto o lanzamiento de objetos contra las instalaciones), intermedia (insultos o injurias) o grave (amenazas, coaccin o intento de chantaje). Qu NO hacer en ningn caso: Responder a las agresiones verbales, insultar, encararse, desafiar o agredir al agresor. Qu hacer SIEMPRE: Si es posible, intentar controlar la situacin mediante el dilogo. 65

Si no se consigue controlar la situacin, avisar a otros compaeros y en funcin de la gravedad de la agresin se alertar a las fuerzas y cuerpos de seguridad externos como polica local, guardia civil, etc. para que se personen inmediatamente en el rea del conflicto. Establecer una adecuada distancia de seguridad y siempre de cara al agresor. Si lo anterior no es posible, emprender la huida con el objeto de proteger la integridad fsica propia.

ANTE

LA

VIOLENCIA

FSICA:

Esta

forma

de

violencia

tiene,

afortunadamente, carcter excepcional. Puede ser leve (agarrones o pellizcos en trax o extremidades), intermedia (empujones, palmetazos), o grave (agarrones o pellizcos en cara, abdomen o genitales, intento de derribo, golpes con las extremidades u objetos contundentes, exhibicin o uso de arma blanca o arma de fuego, lanzamiento de objetos incendiarios, lquidos inflamables, corrosivos, objetos explosivos, etc.) Qu NO hacer en ningn caso: Permanecer en el lugar si la huida resulta posible. Responder a la agresin de forma no proporcionada y con objetivo que sobrepase la neutralizacin de la agresin. Qu hacer SIEMPRE: Intentar establecer una adecuada distancia de seguridad y emprender la huida de inmediato. Avisar a otros compaeros y en funcin de la gravedad de la agresin se alertar a las fuerzas y cuerpos de seguridad externos como polica local, guardia civil, etc. para que se personen inmediatamente en el rea del conflicto.

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Si la huida no es posible y la agresin inevitable, hacer uso de los elementos de defensa que, de forma proporcionada a la agresin, permita el ordenamiento legal. Las medidas de defensa propia debern tener como nico objetivo neutralizar la accin del agresor y permitir la huida, sin perseguir la comisin de daos especficos al agresor.

Los trmites legales El perjudicado podr reclamar la responsabilidad civil derivada de delito o falta ante la jurisdiccin penal de manera conjunta a la accin penal o bien, reclamarla de manera independiente ante los tribunales civiles. En el caso de injurias o calumnias, el Cdigo Civil dispone que el plazo para ejercer la accin civil prescribir en un ao en los supuestos en que se exija responsabilidad civil por injuria o calumnia y por las obligaciones civiles derivadas de la culpa o negligencia. El cmputo del plazo empezar a contar desde el momento en que el agraviado tuvo conocimiento del hecho del que se deriva la obligacin de indemnizar. En el caso de lesiones, el plazo de un ao comenzar a contar desde el momento que se conozca el alcance de las mismas y sus secuelas.

PAUTA DE ACTUACIN EN CASOS DE VIOLENCIA1.- Solicitud de auxilio: Ante una situacin de riesgo de agresin, el Agente afectado har uso de los sistemas de seguridad y aviso a su alcance (emisora, telfono, alarmas, etc.) as como los facilitados protocolariamente (mediante plan de actuaciones, emisora unificada etc que se establezcan) con el fin de dar a conocer su situacin. Solicitar ayuda a un compaero y en funcin de la gravedad de la agresin se alertar a las fuerzas y cuerpos de seguridad externos como polica local, guardia civil, etc. para que se personen inmediatamente en el rea del conflicto.

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2.- Asistencia mdica y documentacin de lesiones: La asistencia sanitaria al mdico vctima del episodio violento se realizar en el servicio de urgencias del centro de salud, hospital o mutua de referencia del trabajador, si fuera el caso, cumplimentndose el informe mdico y el parte de lesiones al juzgado. PARTE DE LESIONES: todas las vctimas de estos tipos de violencia sufren un cuadro de estrs agudo, de mayor o menor intensidad, en el momento del ataque. No se puede determinar a priori cul de ellas desarrollar un sndrome de estrs post-traumtico (uno de los diagnsticos de peor pronstico en psiquiatra), por lo que la valoracin inicial del cuadro debe implicar un pronstico reservado. Adems deben recibir una valoracin por una unidad de salud mental que evaluar las posibles secuelas dado que los trastornos del sueo y la ansiedad en los primeros das son muy frecuentes. El documento ms importante para valorar si es delito o falta es el parte de lesiones, que adems permite fijar los das que ha tardado en curar el agredido. 3.- Comunicacin del incidente o agresin: El trabajador o un compaero, en caso de que aqul no pueda realizarlo, deber comunicar el incidente o agresin a la Jefatura del Cuerpo, con el fin de adoptar las medidas oportunas. sta a su vez lo comunicar al Director General, al Responsable Tcnico, servicio mdico y a los Delegados de Prevencin. Se debera cumplimentar un manifiesto de rechazo para dar cumplimento a lo establecido en el Art.262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal e informar al trabajador de las acciones legales y administrativas a desarrollar. 4.- Valoracin del incidente o agresin por el Servicio de Prevencin: El trabajador acudir lo antes posible al Servicio de Prevencin de Riesgos Laborales, adjuntando la hoja de recogida de datos del incidente o agresin realizada por su superior jerrquico y el informe de asistencia mdica, en el caso de haberla precisado. El Servicio de Prevencin cumplimentar los datos del accidente/incidente y actuarn segn el procedimiento de declaracin e investigacin de accidente establecido. En caso de ser necesaria la incapacidad laboral se tramitar como accidente laboral. 68

5.- Apoyo psicolgico: El impacto de un incidente violento es muy variable, dependiendo de la naturaleza y gravedad del incidente y de quin haya sido el sujeto pasivo del mismo. En cualquier caso, las situaciones de violencia generan una serie de consecuencias sobre el trabajador y sobre la plantilla que es preciso tratar. Las consecuencias pueden manifestarse en sentimientos de clera o ira, en una desconfianza general frente a personas extraas, en ataques de pnico y ansiedad, conectados al miedo de que el evento violento pueda volver a producirse. Se pueden dar sentimientos de indefensin, aislamiento, vulnerabilidad y culpabilidad. Y asociado a todos ellos, se suele producir sintomatologa fsica asociada a estrs (trastornos de sueo, del apetito, etc.). Todo ello puede afectar no slo a la vida laboral sino personal. Por ello es importante dar una respuesta rpida y profesional que permita ayudar a recobrarse del evento traumtico. Este apoyo ha de ser a corto plazo (siempre dentro de las 48 horas siguientes a la agresin), y a medio-largo plazo. 6.- Apoyo jurdico: La Jefatura del Cuerpo de Agentes Forestales debe comunicarlo a los Servicios Jurdicos de la Comunidad de Madrid, en cumplimiento del artculo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, independientemente de la denuncia que haya interpuesto el profesional afectado. El trabajador afectado acudir, remitido por el responsable del centro, a dichos servicios jurdicos aportando la denuncia presentada ante la polica y el registro del incidente/accidente. Se debe garantizar la correcta asistencia jurdica, representacin y defensa de los afectados por estas situaciones. Se debera emitir un manifiesto de rechazo de agresin por parte de la Jefatura del Cuerpo dirigido al presunto agresor y al trabajador agredido.

7.- Registro de incidentes y agresiones: El Servicio de Prevencin de Riesgos Laborales debera cumplimentar la Hoja de Registro de Agresiones en su propia base de datos y remitir una copia va Fax o por correo electrnico a la Secretara General Tcnica. De forma anual el Servicio de Prevencin debera analizar los ndices estadsticos correspondientes a los datos de incidentes y/o agresiones de su mbito de referencia, realizando una Memoria Anual de

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Violencia en el Trabajo de los casos ocurridos y de las medidas adoptadas. Todos los casos se registraran en la base de datos de agresiones creada a tal fin. 8.- Otra medidas a adoptar: - Tambin se habilitarn protocolos de actuacin as como un plan de formacin continuado, consistente en cursos de inteligencia emocional, resolucin de conflictos, defensa personal entre otros. - La incursin en el plan de formacin de la ESPA (Escuela de Seguridad Pblica de Andaluca). - La realizacin de servicios en pareja o de forma conjunta.

Fuente: Documento Marco para la prevencin de la violencia hacia los facultativos. Confederacin Estatal de Mdicos. 2.007.

2.12 Primeros auxilios- Intervencin - Evaluacin inicial de la vctima - Lipotimias - Hemorragias - Fracturas, esguinces y luxaciones - Quemaduras - Hipotermia - Golpe de calor. Insolacin - Picaduras y mordeduras

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INTERVENCINLos pasos principales ante una emergencia/accidentado vienen recogidos en la conducta: P.A.S. -Proteger: sealizar, autoproteccin, identificar peligros -Avisar: al 112 -Socorrer: ayudando y valorando a las vctimas. Ver si hay signos de vida (color piel, mueve una mano, tocarle la pierna a ver si la siente, si mueve los dedos, etc)

EVALUACIN INICIAL DE LA VCTIMA

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SI NO SABES QUE HACER NO HAGAS NADA!!! SOLO HAZ LO QUE ESTES SEGURO!!! PERO PIDE AYUDA MDICA SIEMPRE!!!

LIPOTIMIASTumbar a la vctima, elevarla las piernas, asegurarse de que le llega aire fresco (si hay gente, que no se agolpen alrededor). No se la puede levantar inmediatamente, dejarla tumbada un rato hasta que se recupere, entonces la ayudaremos a sentarse despacio. Si la vctima no recupera la consciencia con rapidez, abrir vas respiratorias y comprobar la respiracin, LLAMAR AL 112, y si fuera necesario la haramos una reanimacin cardiopulmonar. 72

HEMORRAGIAS-Llamar al 112 -Siempre ponerse guantes de ltex para evitar contagios -Mantener al herido tumbado y protegido del fro -Aplicar presin directa sobre la herida con un apsito -Mantener el miembro daado ms alto que el corazn de la vctima para reducir la prdida de sangre -Si hay objeto que ha causado la lesin NO sacarlo. Controlar la hemorragia sin presionar el objeto contra la herida. Hay que comprimir en los puntos de compresin arterial de cada miembro: 1/3 medio de la cara interna del brazo y en la ingle en la raz del muslo. Nunca un torniquete!! -No dar lquidos ni comida

FRACTURAS, ESGUINCES Y LUXACIONES-Ver si la fractura es abierta cerrada -Llamar al 112 -Inmovilizar el miembro daado -NO HACER: intentar reducir la fractura, colocar el hueso luxado, mover la zona daada mover a la vctima. En fractura abierta con hemorragia no presionar sobre la fractura, hacerlo sobre los puntos de compresin arterial. -NO darle bebidas ni comidas

QUEMADURAS73

-Llamar al 112 -Nos protegeremos con guantes de ltex -En quemaduras leves: inmersin de la zona en agua a temperatura ambiente, cubrir con un apsito limpio -Nunca vendar juntas dos superficies quemadas -Si la quemadura es grave: enfriar los posibles tejidos u objetos metlicos que queden sobre la vctima (relojes, pulseras, cinturones, etc) y que guarden calor, cubrir la quemadura con telas limpias y traslado urgente a un centro sanitario, si el centro est muy alejado y la vctima est consciente podemos darle de beber una bebida isotnica -NUNCA dar de beber si est inconsciente, ni dar bebidas alcohlicas, ni pinchar ampollas, ni aplicar pomadas

HIPOTERMIA-Llamar al 112 -Evitar que la vctima pierda ms calor, quitarle prendas mojadas -Calentar a la vctima poco a poco con aire caliente, bolsas de agua pero usando una manta de lana no aplicar nunca directamente sobre la piel desnuda -Darle bebidas templadas y azucaradas NUNCA hacer recalentamientos bruscos, ni dar bebidas alcohlicas, ni frotarle las manos pies

GOLPE DE CALOR. INSOLACINGolpe de calor:

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-Si puede lleve a la vctima a un sitio fresco, aflojar y quitar el exceso de ropa -Llame al 112 -Ponerle paos hmedos -Puede darle, si est consciente, lquidos salados frescos no alcohlicos

Insol