Rosavallon reseña, repensar el estado providencia

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El Estado Providencia: una lectura metodológica a través de Rosanvallon. John Fredy Bedoya El libro de Pierre Rosanvallon, La nueva cuestión social: repensar el Estado providencia, permite obtener una mirada, más que detallada, práctica del término Estado de Bienestar, no solo porque nos remonta a los orígenes del concepto, a sus raíces filosóficas y prácticas y a las distintas concepciones que se le ha dado alrededor del mundo, sino que su visión crítica puede resultar programática para refundar el término y darle mayor aplicabilidad en un mundo diverso. En su primer capítulo, refundar la solidaridad, el autor caracteriza metafóricamente el Estado Providencia (EP) como una "máquina de indemnización", ya que minimiza varias pérdidas de los ciudadanos, más específicamente, las pérdidas ligadas a los riesgos que se derivan de la economía de mercado. En este orden de ideas, Rosanvallon, comienza dando una tajante definición histórica del término denotando que sus orígenes se desarrollan “sobre la base de un sistema asegurador en el cuál las garantías sociales estaban ligadas a la introducción de seguros obligatorios que cubrían los principales riesgos de la existencia (enfermedad, desocupación, jublilación, invalidez, etcétera)”Pág. 17. El EP desde esta perspectiva, según demuestra el autor, se basa en la concepción de la internalización del riesgo por parte del Estado, su mayor obligación con sus ciudadanos es

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El Estado Providencia: una lectura metodológica a través de Rosanvallon.

John Fredy Bedoya

El libro de Pierre Rosanvallon, La nueva cuestión social: repensar el Estado providencia,

permite obtener una mirada, más que detallada, práctica del término Estado de Bienestar,

no solo porque nos remonta a los orígenes del concepto, a sus raíces filosóficas y prácticas

y a las distintas concepciones que se le ha dado alrededor del mundo, sino que su visión

crítica puede resultar programática para refundar el término y darle mayor aplicabilidad en

un mundo diverso. En su primer capítulo, refundar la solidaridad, el autor caracteriza 

metafóricamente el Estado Providencia (EP) como una "máquina de indemnización", ya

que minimiza varias pérdidas de los ciudadanos, más específicamente, las pérdidas ligadas

a los riesgos que se derivan de la economía de mercado. En este orden de ideas,

Rosanvallon, comienza dando una tajante definición histórica del término denotando que

sus orígenes se desarrollan “sobre la base de un sistema asegurador en el cuál las

garantías sociales estaban ligadas a la introducción de seguros obligatorios que cubrían

los principales riesgos de la existencia (enfermedad, desocupación, jublilación, invalidez,

etcétera)”Pág. 17.

El EP desde esta perspectiva, según demuestra el autor, se basa en la concepción de la

internalización del riesgo por parte del Estado, su mayor obligación con sus ciudadanos es

el de reducir la incertidumbre de estar inscritos en un sistema de libertades individuales.

Este primer concepto, da al EP una perspectiva de contrato social que es una especie de

puente hacia la solidaridad y de obligación del Estado de cuidar de sus ciudadanos. Sin

embargo, esta primera concepción como medición y superación de la contingencia se

convertiría en el principal motivo de su declive, ya que no promueve entre los ciudadanos

un comportamiento oportunista y de irresponsabilidad. Esto puede verse fácilmente en la

teoría del riesgo moral, un concepto económico que sirve para describir una situación en la

que un individuo cambia su comportamiento cuando no incurre en todos los riegos de sus

acciones.

La peligrosidad de esta concepción del la sociedad aseguradora está bien caracterizada por

el autor, cuanto trae a colación el fracaso del Estado de implementar un sistema eficiente

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que garantice la superposición de la concepción de obligatoriedad del estado para con sus

ciudadanos con el término de la responsabilidad propia del ciudadano. Esta incapacidad de

articulación del derecho con el comportamiento, se ve acrecentada no solo porque existen

incentivos a no ser responsables de sí mismos, sino por la incapacidad de determinar las

responsabilidades y de la diseminación del riesgo entre los diferentes autores que

interfieren en la sociedad. Esto último es así, ya que la presunción de un estado regulador

de riesgo no tiene en cuenta los múltiples actores que interactúan socialmente y dado esto

no es capaz de dictaminar y delinear las responsabilidades.

En el tema económico este Estado asegurador se baso en la idea de un derecho mínimo de

subsistencia dadas las condiciones individuales, lo que en combinación con una medida

dirigida para evitar el oportunismo, conllevó a enfocar la ayuda pública hacía grupos

sociales especiales como los inválidos y a quienes no podrían encontrar trabajo, es suma a

los grupos que eran resultado de las contingencias de las imperfecciones del mercado. Sin

embargo, resalta el autor que el resultado de esta política fue un creciente interés de clase,

debido a las condiciones paupérrimas de muchos asalariados, quienes también vendrían a

reclamar intervención del Estado asegurador en su decadente situación.

A este punto que cabe resaltar el análisis que hace Rosanvallon de la dinámica y las lógicas

administrativas del Estado para la implementación de sus medidas de aseguramiento y las

definiciones de la concepción de lo social que de ellas se desprende. Acá llama la atención

sobre la noción “probabilística y estadística de lo social (el riesgo calculable)” lo que da

un tinte más normativo a este tipo de implementaciones del EP que, pues como el autor

prosigue, “permite relegar a un segundo plano el juicio sobre los individuos” pág. 23.

Desde esta óptica, el fracaso de la visión aseguradora, recae sobre carga fiscal que se

genera a través de la socialización del riesgo, convirtiéndose en un tema justamente de

números: cuántos son, que características tienen y cuanto merecen. Esto último, además de

un tema de redistribución bastante pesado, se convertía en una discusión en la cuál, el

objetivo ya no era a quien se dirigía el auxilio sino quien debería cargar con las

responsabilidades. Y finalmente, la sociabilización del riesgo deja de lado las mismas

características individuales que en muchos casos determinan la misma condición social y el

comportamiento individual. En este sentido la visión crítica de Rosanvallón de la actitud

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paradójica del Estado se basa en tres dimensiones, la fiscal: el hecho de que la

indemnización a los beneficiarios tienen un crecimiento exponencial, mientras que la

necesidad de su presencia es cada vez mayor. La redistributiva: horizontal, orientada a

anular daños. Y la sociabilización del riesgo: no hay un determinismo objetivo que

garantice efectividad.

En este orden de ideas, el autor incita a rasgar el velo de ignorancia del EP, es decir,

cambiar el paradigma bajo el cual el “principio asegurador sobre el que se apoya [el

estado providencia] presuponía que los individuos eran iguales frente a los diferentes

riesgos sociales susceptibles de afectar la existencia” pág. 54. Acá el autor alude a la

necesidad de integrar a la aplicabilidad del EP diferentes lineamientos prácticos como una

delimitación y separación de los conceptos solidaridad y justicia, los cuáles se superponen

en el desarrollo del EP concebido por el principio asegurador. De manera práctica, según el

autor el mayor fracaso del EP es que este es un reparador social (trabaja en la resolución de

problemas) y no un agente activo de la misma estructura social (trabajando en la

modificación de su raíz). En su opinión, es necesario asumir una actitud de inclusión social.

A partir de aquí es cuando el autor comienza a darnos pistas sobre su propuesta de un EP,

denotando las categorías y la manera en que deben volverse procedimentales. La justicia

por sus parte, debe partir de una concepción fijada frente a las desigualdades naturales, es

decir en el tratamiento equitativo para ofrecer igualdad de oportunidades. Esto último no es

sino que la sustentación de individualizar las orientaciones políticas del EP, dejar de lado la

estadística social para adentrarse a analizar los individuos de manera segmentada.

Un segundo avance hacia esta propuesta, lo hace en su tercer capítulo Los nuevos caminos

de la solidaridad, en la que se adentra profundamente a los problemas estructurales del EP,

y a mi concepto a partir de aquí es cuando comienza a cautivar al lector. A grandes rasgos a

partir de este capítulo el autor muestra la insostenibilidad económica del EP y la necesidad

de su separabilidad del ámbito social. En primer lugar, resalta la incongruencia existente en

las pretensiones del Estado de ser Estado benefactor y solidario a la vez que tiende a

volverse mínimo. El campo de acción de este tipo de Estados tiende a ser reducida ya que

no puede extender infinitamente sus finanzas para hacer sostenible estas políticas.

Igualmente, una revolución fiscal desde los anales de la izquierda, donde los más ricos

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pagan más, resultaría económica y socialmente inestable por el inconformismo que esto

generaría entre las clases acomodadas, en resumen ofrece los marcos analíticos para

entender la insostenibilidad de un Estado que intenta tomar el papel de benefactor, tanto

desde el ámbito económico como social. Sin embargo, en sus capítulos finales evade esta

discusión con la presentación de algunos esquemas que han intentado evadir los problemas

resultantes de lo fiscal y de la responsabilidad mutua (individuo-estado) para centrarse en

una discusión final mucho más metodológica, como abordar lo social.

En este punto es necesario pensar en la separación metodológica de la economía y la

sociedad. Aquí el autor hace el llamado al efecto perverso de composición que es un “caso

de revancha de los hechos sobre los análisis, cuando éste no toma en cuenta más que una

parte de la realidad y descuida la complejidad de las interrelaciones y las causalidades”

pág. 107. Resulta evidente a que se refiere cuando menciona este aspecto, una crítica

directa a la metodología económica parcialista de concebir lo social, y no queda más sino

estar de acuerdo, ya que las decisiones económicas Estatales se basan en supuestos que

abstraen una parte de la realidad y los justifican con la productividad o el impacto marginal

de las inversiones. Igualmente, en este punto está el razonamiento basado en lo que él

denomina los efectos perversos de disociación, que “corresponden hoy a las consecuencias

de la disociación entre lo económico y lo social, funcionando cada dominio según su lógica

propia: la eficacia económica de un lado, el funcionamiento de la máquina de indemnizar

del otro”, circunstancias que no están circunscritas dentro del ámbito social.

Una última conclusión y apreciación que se puede realizar sobre el trabajo de Rosanvallon,

es que el EP siempre está en crisis, pero crisis que sensibles a las concepciones ideológicas

del momento, esto es, que cambian de naturaleza. Incluso, pensando más allá de de

financiamiento y gestión, y de la eficacia del sistema de redistribución, lo que se pone en

tela de juicio son los principios organizadores de la solidaridad y la concepción misma de

los derechos sociales. Pierre Rosanvallon explora, en este libro, las formas que podría

asumir un EP activo vinculado al desarrollo de la ciudadanía social, invitando a repensar la

concepción social del derecho y la economía.

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Bibliografía:

Rosanvallon, Pierre. La nueva cuestión social: repensar el Estado providencia.

Manantial, Argentina, 1995.