Revista Cuenta con IGAE nº 20. Marzo 2008 (pdf)

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  • MINISTERIODE ECONOMAY HACIENDA INTERVENCIN GENERAL DE LA

    ADMINISTRACIN DEL ESTADO

    En Opinin deEn Opinin deLuis Espadas MoncalvilloLuis Espadas Moncalvillo

    AnlisisAnlisisLa rLa refeforma de la contabilidad espaola.orma de la contabilidad espaola.

    El nuevo Plan General de ContabilidadEl nuevo Plan General de Contabilidad

    PrPresente y futuresente y futuro de la poltica de cohesino de la poltica de cohesin

    Web IGAE Novedades Legislativas Mundo Editorial la IGAE de Puertas Adentro Noticias IGAE

    Marzo 2008 nmero 20 Cuenta con

  • Presentacin

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    La entrevista que abre el nmero 20 de Cuenta con IGAErecorre, de la mano del Secretario General de Presu-puestos y Gastos, Luis Espadas, las prioridades de losPresupuestos Generales del Estado para 2008, as como el papel de lapoltica presupuestaria en el conjunto de la economa, detenindose enaspectos de sumo inters como son el impulso dado al gasto productivo,el futuro de los Fondos Estructurales Europeos en nuestro pas, el papelque ha jugado la reforma de las leyes de estabilidad presupuestaria en lamejor instrumentacin del principio de transparencia, o las nuevas for-mas de colaboracin entre distintas Administraciones para la financia-cin de proyectos.

    El proceso de modernizacin del Derecho contable espaol es objeto de anlisis en el artculode Jos Ramn Gonzlez Garca y Florentina Ros Amors sobre la Reforma de la Contabilidad Espao-la, en el que se recoge una amplia visin del nuevo Plan General de Contabilidad, analizando las nove-dades ms reseables que dicho Plan presenta, y detenindose en aspectos como el relativo al contenidode las cuentas anuales, las normas de registro y valoracin, o el Plan General de Contabilidad de lasPYMES. En el segundo artculo de la seccin Anlisis el Director General de Fondos Comunitarios,Jos Antonio Zamora, realiza un interesante estudio del presente y futuro de la Poltica de Cohesin dela Unin Europea, cuyo aspecto esencial es el de plasmar la idea de solidaridad en el Presupuesto comu-nitario. Para ello comienza definiendo dicha Poltica y mencionando sus aspectos bsicos para posterior-mente sealar los objetivos de intervencin e instrumentos mediante los que se organiza la actual Pol-tica de Cohesin, as como la dotacin de sus fondos y su programacin. Por ltimo, Clemente CamachoCicuendez y Manuel Rodrguez Martnez analizan el esquema general de actuacin de las Mutuas deAccidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social como consecuencia de laprxima entrada en vigor de la Ley de Contratos del Sector Pblico, tratando de facilitar el acercamien-to de estas entidades a unos procedimientos que tradicionalmente les han resultado ajenos.

    La complejidad creciente de la realidad econmico-financiera empresarial ha dado lugar a quela contabilidad deba estar en permanente evolucin a fin de satisfacer las exigencias de sus usuarios. Unaspecto que est siendo objeto de estudio en la actualidad es el referido a los formatos de presentacindel rendimiento de las empresas. La seccin A Debate nos acerca, de la mano de Fernando Garca Mar-tnez y de Jos Luis Ucieda, profesores de la Universidad Complutense y Autnoma de Madrid, respec-tivamente, a diferentes cuestiones relacionadas con la medicin del resultado contable de las empresas ylas diferentes formas de abordar su presentacin.

    En la seccin Entorno, el Presidente de la Seccin de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentasanaliza la responsabilidad contable de los gestores de fondos pblicos y para ello comienza realizandoun repaso de los antecedentes y controversias a las que se ha enfrentado la funcin jurisdiccional delTribunal de Cuentas, para posteriormente adentrarse en aspectos relacionados con la responsabilidadcontable como su configuracin, naturaleza jurdica, sujetos y la coexistencia de la responsabilidad con-table con la penal.

    En la seccin La IGAE de Puertas Adentro, Elena Rodrguez Raso y Raquel Martn Barrepasan las funciones desarrolladas por la Subdireccin General de Gestin Contable, englobndolas endos grandes grupos: por un lado, tareas contables propiamente dichas, y por otro, tareas de tratamientoy explotacin de la informacin contenida en los sistemas de contabilidad del sector pblico estatal.

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    SUMARIOEn Opinin de

    Luis Espadas Moncalvillo 3

    AnlisisLa reforma de la contabilidad espaola. El nuevoPlan General de Contabilidad 8Presente y futuro de la poltica de cohesin 15La aplicacin de la Ley de Contratos del SectorPblico a las Mutuas de Accidentes de Trabajo yEnfermedades Profesionales de la SeguridadSocial 24

    A DebateLa presentacin del sobre el rendimiento de lasempresas 37

    EntornoLa responsabilidad contable de los gestores defondos pblicos 44

    Novedades Legislativas 56

    Mundo Editorial 63

    La IGAE de Puertas AdentroLa Subdireccin General de Gestin Contable 65

    La Web de la IGAE 74

    Noticias IGAE 76

    N 20 Marzo 2008

    IGAE(Intervencin Generalde la Administracin

    del Estado)

    Realizacin ycoodinacin:

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    de Informacin, Documentaciny Publicaciones

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    Esta publicacin no comparte necesariamente las opiniones expresadas por sus colaboradores

  • 1. En su opinin, cules han sidolos principales logros conseguidos en estaLegislatura por la Secretara General?

    Creo que uno de los logros msrelevantes de esta Legislatura en el que haparticipado, entre otros, esta Secretara Gene-ral, ha sido el saneamiento de nuestras finan-zas pblicas. En este sentido, cabe destacarlos supervits presupuestarios obtenidos enlos ltimos aos tanto por el Estado como porel conjunto de las Administraciones Pblicas.A mi entender, esta mejora de las cuentaspblicas sita a Espaa en una posicin muyfavorable frente a retos futuros o posiblessituaciones adversas, en la medida que la

    misma ha permitido reducir de forma muynotable los niveles de endeudamiento pblicojunto a un aumento muy significativo de lacuanta del Fondo de Reserva de la SeguridadSocial.

    Ahora bien, estas cuentas pblicassaneadas no han supuesto una reduccin delas polticas pblicas sino que, por el contra-rio, han sido compatibles con una reorienta-cin del gasto pblico hacia, por un lado,aquellos gastos que tienen un efecto msdinamizador sobre la productividad de la eco-noma (al incrementar las dotaciones del capi-tal pblico fsico, humano y tecnolgico) y,por otro, hacia los gastos ms cercanos al ciu-

    En Opinin de

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    En Opinin de

    Entrevista al Secretario General dePresupuestos y Gastos

    Luis Espadas Moncalvillo

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    dadano como el gasto en pensiones, en depen-dencia o en la mejora de los servicios pblicosbsicos.

    2. Cules son las prioridades delos Presupuestos Generales del Estadopara 2008?

    En la lnea de lo que acabo decomentar, los Presupuestos Generales delEstado para 2008 mantienen la estrategiadiseada en aos anteriores, dando un impul-so a las polticas que ms promueven el gastoproductivo, es decir, a aquellos gastos que bus-can aumentar el capital pblico y contribuyencon ello a un crecimiento econmico y a unosmayores niveles de productividad, a travs,fundamentalmente, de la creacin de infraes-tructuras, la educacin o la investigacin.

    Junto a estos gastos productivos, losPresupuestos Generales del Estado para 2008perseveran en la consolidacin del gastosocial (pensiones, dependencia, inmigracin,etc.), el aumento del gasto solidario (ayudaoficial al desarrollo) y la mejora de los servi-cios pblicos esenciales al ciudadano (seguri-dad, justicia, modernizacin de la Adminis-tracin, etc.).

    3. Cmo ha incidido en los Pre-supuestos Generales del Estado para 2008la reforma de las leyes de estabilidad pre-supuestaria, aplicadas por primera vez enla elaboracin de los Presupuestos Gene-rales de 2008?

    La entrada en vigor de la reformade las leyes de estabilidad conlleva una seriede importantes cambios en la elaboracin delos Presupuestos Generales del Estado. As,en primer lugar, la reforma reinterpreta elprincipio de estabilidad presupuestaria permi-tiendo que los objetivos se adapten al momen-to del ciclo en que se encuentre la economa.Esta modificacin origina necesariamentecambios en el procedimiento de elaboracinde los objetivos de estabilidad presupuestariacomo p.e. la elaboracin de un nuevo informede posicin cclica atendiendo al cual se fijanlos objetivos de estabilidad a los que debernatenerse los respectivos Presupuestos de lasAA.PP (entre ellas la AGE).

    Por otra parte, la reforma profundi-za en el proceso de mejora de la transparenciapresupuestaria. En concreto se ha de acompa-ar al Proyecto de Presupuestos Generales

    del Estado la informacin necesaria para rela-cionar el saldo presupuestario con su equiva-lente en trminos de contabilidad nacional ytambin se han de considerar por separadolos saldos presupuestarios del Estado y de laSeguridad Social que, con la antigua normati-va, se recogan de forma conjunta.

    4. En qu medida la poltica pre-supuestaria ha contribuido a la convergen-cia de nuestro pas con el resto de pasesde la Unin Europea?

    Como ya he comentado anterior-mente, el saneamiento de las finanzas pblicasadems de otorgar un mayor margen deaccin futura al gobierno de nuestro pas hasido compatible con una poltica presupuesta-ria que ha priorizado aquellos gastos que tie-nen un mayor efecto dinamizador de la econo-ma y sobre la productividad, coadyuvando allogro de tasas de crecimiento de la economasuperiores a las de los pases de nuestroentorno. Adems la mayor transparencia, ellogro de saldos presupuestarios histrica-mente positivos, etc., han trasladado a losmercados y a los agentes econmicos mensa-jes de certidumbre, confianza y ortodoxia quehan respaldado el crecimiento de nuestra eco-noma.

    Este mayor crecimiento de la econo-ma espaola en los ltimos aos ha contribui-do a avanzar en la convergencia real con lospases de la Unin Europea, estando previstoque en 2008 el PIB per cpita espaol sea muysimilar al PIB per cpita de la UE-25.

    5. Uno de los puntos dbiles de laeconoma espaola en los ltimos tiemposha sido el bajo nivel de productividad quactuaciones destacara, desde un punto devista presupuestario, tendentes a corregiresta situacin?

    Es cierto, como dice usted, que losniveles de productividad han sido uno de lospuntos dbiles de la economa espaola y que,en consecuencia, existe un gran margen demejora en esta materia, para lo cual entiendonecesario incrementar la capitalizacin de laeconoma y, con ello, sus posibilidades de cre-cimiento futuro.

    En este sentido, y como he sealadoanteriormente, los Presupuestos Generalesdel Estado de los ltimos aos han dado unimpulso sin precedentes al gasto productivo

    En Opinin de

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    de las polticas de infraestructuras, de educa-cin y de I+D+i en la medida que las mismasincrementan el capital pblico fsico, humanoy tecnolgico.

    6. Los Fondos EstructuralesEuropeos son el principal instrumento conque cuenta la poltica regional de nuestropas. Qu aspectos destacara del Plan2007-2013 de fondos estructurales?

    El importante desarrollo econmicode nuestro pas en la ltima dcada y, funda-mentalmente, la ampliacin de la UninEuropea han contribuido a dibujar un nuevoescenario en el que se van a gestionar los fon-dos estructurales en los prximos aos 2007a 2013. Espaa, no obstante, seguir siendoun importante receptor de fondos al gestionarunos 35.000 millones de euros, algo ms del10 por ciento del total de los Fondos Estruc-turales Europeos.

    El Marco Estratgico Nacional deReferencia (MENR) pretende ser un elemen-to dinamizador de las polticas pblicas y dela inversin privada con la meta de que, en elao 2014, los rasgos econmicos, sociales yambientales de Espaa se identifiquen con losde un Estado con reducidas diferenciassocioeconmicas entre territorios.

    El MENR establece tres tipos deobjetivos a travs de los cuales se desarrollarla poltica regional en los prximos aos: elobjetivo convergencia, el objetivo competitivi-dad regional y empleo y el objetivo cooperacinterritorial europea. En coherencia con elMENR que plantea como uno de sus objetivosfinales que la renta por habitante se iguale a lade la media de la Unin Europea, la estrategiade cohesin en Espaa concentra aproximada-mente un 70 por ciento de los fondos en lasdenominadas regiones convergencia, es decir,en aquellas regiones cuyo renta per cpita seainferior al 75% de la media de la UE 25.

    7. Ser Espaa un contribuyenteneto en la UE al final del periodo 2007-2013? Qu consecuencias futuras tendreste hecho?

    Espaa seguir siendo receptorneto del presupuesto comunitario hasta, almenos, el ao 2013. Teniendo en cuenta lasituacin actual de nuestra economa, es muyprobable que Espaa supere el 100% de larenta media comunitaria en el periodo de apli-

    cacin de las Perspectivas Financieras, peroincluso en esas circunstancias Espaa segui-ra siendo receptor neto de fondos.

    Sin embargo, es probable que en elao 2014 Espaa ya se convierta en contribu-yente neto al presupuesto comunitario, lo cuales un xito para dicho presupuesto, pues hafavorecido la convergencia de los estadosmiembros con rentas ms bajas que la media.Ante esta nueva situacin Espaa debe buscarque se siga persiguiendo el objetivo de solida-ridad con los pases miembros de la UEmenos desarrollados, garantizando una con-tribucin equitativa de todos los estadosmiembros al presupuesto de la UE.

    8. Recientemente se ha aprobadoel Real Decreto que regula el Fondo deGaranta de Alimentos, que se gestionadesde la Direccin General de Costes dePersonal Puede comentarnos, en lneasgenerales, en qu consiste este Fondo?

    El Fondo de Garanta del Pago deAlimentos es un fondo carente de personali-dad jurdica, que tiene como finalidad garan-tizar, mediante el abono de unas cantidadesque se configuran como anticipos reintegra-bles, el cobro de los alimentos reconocidos ahijos menores de edad, o mayores que tenganuna discapacidad superior al 65 %, cuando noson abonadas por la persona obligada a hacer-lo y exista una resolucin judicial dictada porun Tribunal espaol. Para ello, se concederuna cantidad mxima de 100 mensuales porbeneficiario, por un perodo no superior a 18meses.

    El Fondo de Garanta del Pago deAlimentos se financia con las aportacionesque se consignen en las Leyes de Presupues-tos Generales del Estado diez millones deeuros para el ao 2008-, que tienen la consi-deracin de crditos ampliables, y, eventual-mente, con los reintegros y reembolsos de losanticipos concedidos.

    9. Qu impacto puede o debetener el nuevo Estatuto Bsico del Emple-ado Pblico en la relacin del Estado consus propios empleados?

    No cabe duda que el Estatuto Bsi-co del Empleado Pblico (EBEP) supone unhito en la regulacin de la Funcin Pblicaespaola en las ltimas dcadas si tenemos encuenta que, desde la publicacin de la Ley

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    30/1984 de Medidas Urgentes de Reforma dela Funcin Pblica (ley que naci adems convocacin de provisionalidad), no se haba dadocumplimiento al mandato que recoge la Cons-titucin en su artculo 103, apartado 3.

    El EBEP se adapta a los nuevosrequerimientos de un Estado altamente des-centralizado en el que la AdministracinGeneral del Estado no se sita ya a la cabezaen cuanto al nmero de empleados pblicos,posicin que corresponde a las Administra-ciones autonmicas.

    A su vez, la eficiencia y eficacia en laprestacin de los servicios pblicos a los ciu-dadanos constituye uno de los pilares funda-mentales que rige la actuacin de las Admi-nistraciones Pblicas. Ello se traduce en lanecesidad de que los empleados pblicoscuenten con un marco regulador de su rela-cin de empleo que permita, entre otrosaspectos, la motivacin, la progresin en lacarrera, la permanente actualizacin formati-va, as como, en el otro lado de la balanza, laadecuada exigencia de responsabilidades. Deah que se hayan adoptado medidas innovado-ras, ya implantadas en los pases de nuestroentorno, entre las que quiero destacar, a ttu-lo de ejemplo, el reconocimiento de la funcinpblica directiva o la evaluacin del desempe-o que permitirn avanzar en la mejora decapacidades, en la profesionalidad y, por ende,en el servicio al ciudadano.

    10. La Comisin Ejecutiva de laComisin Interministerial de Retribucio-nes es una institucin clave en la gestinde los recursos humanos de la AGE creque su funcionamiento es mejorable?:

    La Comisin Interministerial deRetribuciones y su Comisin Ejecutiva(CECIR) ya han cumplido 20 aos por lo que,sin duda alguna, su funcionamiento es mejo-rable y por ello se ha iniciado un serio y pro-fundo proceso de reforma. Durante los lti-mos meses del ao 2006, las SecretarasGenerales para la Administracin Pblica yde Presupuestos y Gastos efectuaron unareflexin conjunta para detectar los proble-mas que afectaban a la gestin de las retribu-ciones y evaluar las posibilidades de acometersu proceso de reforma. Posteriormente sesolicit la colaboracin de un grupo de exper-tos en la gestin de personal de la AGE paraabrir un proceso de reflexin conjunto.

    No obstante, abordar un proceso dereforma que corrija los problemas detectadosy refuerce las potencialidades de la CECIRrequiere un esfuerzo y entraa unas dificulta-des que imposibilitan su valoracin en uncorto espacio de tiempo. A pesar de ello, lasprimeras medidas ya han visto la luz, conmodificaciones publicadas en el Boletn Ofi-cial del Estado en diciembre de 2007, como ladel ejercicio de competencias en materia demodificacin de relaciones y catlogos depuestos de trabajo. Asimismo, se han adopta-do otros acuerdos sobre instrucciones para lapresentacin de expedientes y sobre financia-cin de las propuestas para la modificacin delas relaciones de puestos de trabajo.

    11. Qu opinin le merecen lasdiversas frmulas de financiacin de proyectosen colaboracin con otras Administraciones y,en particular, la creacin de Consorcios?

    Como el resto de la sociedad, laAdministracin debe necesariamente evolu-cionar y cambiar para adaptarse a nuevostiempos y situaciones. Por ello, no puedo sinovalorar positivamente la introduccin de nue-vas formas de gestin y financiacin en lamedida que las mismas pueden introducir enla gestin pblica mejoras en trminos de efi-cacia y eficiencia.

    Sin embargo, no hay que olvidar queestas nuevas formas organizativas y de ges-tin que se estn implantando en los sectorespblicos, en principio ms giles y eficientes,pueden conllevar en ocasiones una cierta opa-cidad en sus procedimientos de funcionamien-to, por lo cual el reforzamiento de la culturade la transparencia y del control cobra espe-cial importancia en estos momentos.

    12. Otra de las apuestas delGobierno en esta Legislatura ha sido latransparencia en las cuentas pblicas.podra decirnos cmo se ha contribuidodesde la Secretara General de Presupuestosy Gastos al cumplimiento de este objetivo?

    En nuestro pas la promulgacin delas leyes de Estabilidad Presupuestaria en elao 2001 supuso un importante primer pasoen este mbito al recoger, de forma expresa, elprincipio de transparencia como uno de losprincipios generales de la ley y garante de laverificacin del cumplimiento de la estabili-dad presupuestaria.

    En Opinin de

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    Ahora bien, la aplicacin prcticadel principio en los aos siguientes a la pro-mulgacin de las anteriores leyes fue en algu-nos casos deficiente, en la medida que norecogan la forma concreta de instrumentarlo.Por ello, la reforma de las leyes de estabilidaddel ao 2006 ha introducido importantesmejoras en esta normativa, en aras de lograruna mejor instrumentacin del principio detransparencia como las ya reseadas de lainformacin necesaria para relacionar el saldopresupuestario con su equivalente en trmi-nos de contabilidad nacional, la consideracinpor separado de los saldos presupuestariosdel Estado y de la Seguridad Social o la obli-gacin del MEH de mantener una central dedatos de carcter pblico, que recoja la infor-macin financiera suministrada por las distin-tas AA.PP.

    Pero adems, en mi opinin, elaumento de la transparencia no debe impul-sarse exclusivamente por la va normativasino que tambin es muy importante la labordivulgativa y administrativa de los gestorespresupuestarios. En este sentido debe serprioritario facilitar el acceso de los ciudada-nos a la informacin presupuestaria, a travsde las nuevas tecnologas de la informacin yla comunicacin, como ya se viene haciendopor lo que se refiere a la difusin va Internetdel contenido de los Presupuestos Generalesdel Estado.

    13. Qu opinin le merece elactual modelo de servicios informticosde la Administracin Presupuestaria?

    Sin lugar a dudas, una de las reasde la Administracin Presupuestaria que haprogresado de una forma ms vertiginosa esla de los servicios informticos, ayudando enla elaboracin de dicha informacin y facili-tando el acceso a la misma no solo a los pro-pios funcionarios de la Administracin sinotambin a los ciudadanos en general.

    En este sentido, destacara el impor-tante papel que ha jugado y sigue jugando uninstrumento, el Plan Director de Sistemas deInformacin y Comunicacin de la Adminis-tracin Presupuestaria, a travs del cual loscentros directivos implicados y los serviciosde informtica presupuestaria de la IGAEinteractan de forma continua para mejorar yconsolidar el Nuevo Sistema Presupuestario.

    14. Como Secretario General dePresupuestos, y como Interventor y Audi-tor del Estado, qu opinin le merece lalabor desarrollada por la IntervencinGeneral?

    Aunque personalmente haya ejerci-do funciones de control interno por un pero-do muy breve de tiempo en mi carrera profe-sional, mi condicin de Interventor y Auditordel Estado y mi experiencia como gestor endiversos puestos de la Administracin pblica(entre ellos el de Secretario General queactualmente desempeo) hace que conozca,desde hace ya mucho tiempo y con cierta pro-fundidad, el trabajo que desarrolla la Inter-vencin General de la Administracin delEstado.

    Por ello, no puedo ms que valorarde forma muy positiva la labor de la Interven-cin General en cuanto la misma garantiza uncorrecto funcionamiento de la gestin de losrecursos pblicos, no solo por el control quese ejerce sobre los gestores pblicos sino tam-bin, y lo que es probablemente ms impor-tante, por la propia seguridad que se otorga algestor en el momento de la toma de sus deci-siones.

    15. Qu aspectos estima quedeberan reforzarse en materia de colabo-racin entre la IGAE y la Secretara Gene-ral de Presupuestos y Gastos?

    Si bien es cierto que las conexionesentre dos centros directivos, histricamentemuy interrelacionados como la IGAE y laSGPG, es estrecha, entiendo que la culturade la transparencia del ciclo presupuestarioen la que nos encontramos inmersos exigeque la coordinacin y el trasvase de la infor-macin entre los mismos se intensifique, enla medida que los ciudadanos exigen cono-cer, no solo las previsiones de gasto que seplasman en los Presupuestos Generales delEstado sino tambin el destino final de talesrecursos.

    A su vez, por las similitudes en elperfil de algunas de las funciones que tienenencomendadas y del propio personal de loscentros, creo que se pueden hacer esfuerzosformativos y de investigacin conjuntos, queaprovechen las sinergias existentes y que per-mitan beneficiarse de experiencias diversaspero muy complementarias.

    En Opinin de

  • Anlisis

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    La decisin europea de incorporarlas Normas Internacionales de Contabilidad(NIC//NIIF) en Reglamentos de la Comisin(NIC/NIIF adoptadas en Europa o NICe),que resultan de obligatoria aplicacin desde el1 de enero de 2005 en la formulacin de cuen-tas anuales consolidadas de compaas cotiza-das, ha sido el detonante para abordar el pro-ceso de modernizacin del Derecho contableespaol, que tiene como objetivo armonizarlas normas contables espaolas con la nuevacontabilidad europea.

    Por lo que respecta a nuestro Dere-cho contable incardinado en el Derecho mer-cantil, la decisin europea unida al hecho deque la disposicin adicional undcima de laLey 62/2003, de 30 de diciembre, mantiene lanorma contable espaola como obligatoria enla formulacin de las cuentas anuales indivi-duales de todas las compaas, con indepen-dencia de que sean o no cotizadas, ha llevadoa la aplicacin obligatoria de dos marcos nor-mativos, que la reforma realizada en el ao2007 armoniza con base en los criterios de lasNICe, eligiendo, en la medida de lo posible,aquellos criterios que mejor enlazan con latradicin contable espaola.

    La reforma se inicia con la Ley16/2007, de 4 de julio, de reforma y adapta-cin de la legislacin mercantil en materiacontable para su armonizacin internacionalcon base en la normativa de la Unin Euro-pea, que modifica, entre otras, el Cdigo deComercio, la Ley de Sociedades Annimas, la

    Ley de Sociedades de Responsabilidad Limi-tada y la Ley del Impuesto sobre Sociedades.La Ley incorpora modificaciones de carctersustantivo, que desde el mbito contable afec-tan bsicamente a los criterios para la formu-lacin de las cuentas anuales, autorizando asi-mismo al Gobierno en su disposicin finalprimera, a aprobar el Plan General de Conta-bilidad (PGC).

    El Real Decreto 1514/2007, de 16de noviembre, aprueba un nuevo PGC, deobligatoria aplicacin para todas las empre-sas, cualquiera que sea su forma jurdica indi-vidual o societaria, sin perjuicio de aquellasempresas que puedan aplicar el PGC dePequeas y Medianas empresas (PGC dePYMES), aprobado por el Gobierno median-te Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviem-bre, que adicionalmente incorpora criterioscontables simplificadores especficos paramicroempresas.

    1. La Ley 16/2007, de 4 de julio, de refor-ma y adaptacin de la legislacin mercan-til en materia contable para su armoniza-cin internacional con base en la normati-va de la Unin Europea

    Una de las caractersticas bsicasdel proceso de reforma emprendido es la deseguir manteniendo a nuestro modelo conta-ble como un conjunto de principios desarro-llados por normas jurdicas que constituyenel Derecho contable espaol que forma partedel Derecho mercantil, armonizado con las

    La Reforma de la ContabilidadEspaola. El nuevo Plan General

    de Contabilidad

    Jos Ramn Gonzlez GarcaPresidente del Instituto de Contabilidad y Auditora de Cuentas

    Florentina Ros AmorsSubdirectora General de Normalizacin y Tcnica Contable

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    AnlisisDirectivas Europeas y cuyo referente funda-mental en materia de desarrollo lo constituyeel Plan General de Contabilidad.

    Por esta razn, la Ley 16/2007 ini-cia el proceso de reforma modificando elCdigo de Comercio, en los artculos 34 a 41relativos a cuentas anuales, en los que se hadelimitado la estructura bsica del modelocontable, y en los artculos 42 a 49 con la fina-lidad de regular a nivel legal los aspectos fun-damentales de la consolidacin. Por otraparte se ha modificado tambin el TextoRefundido de la Ley de Sociedades Annimas(TRLSA), habindose incorporado en elmbito reglamentario aspectos contenidosanteriormente en este texto, como es laestructura de las cuentas anuales y parte delcontenido de la memoria. Este documentoincluye ms informacin en lnea con la exi-gencia de mayor transparencia para la infor-macin econmico-financiera, en particularacerca de las transacciones con partes vincu-ladas, socios y administradores.

    Tambin incorpora modificacionesen el plano puramente mercantil. As, se hahomogeneizado la terminologa en los artcu-los 163, 164, 167 y 260 del TRLSA, utilizandoen todos ellos el trmino patrimonio netopara el cmputo de las situaciones en las que ellegislador mercantil exige actuaciones paramantener la solvencia frente a terceros ensociedades que limitan la responsabilidad desus socios. En esta lnea, se ha modificado tam-bin el artculo 213 del TRLSA relativo a laaplicacin del resultado, estableciendo que losbeneficios imputados directamente al patrimo-nio neto no puedan ser objeto de distribucin.Asimismo, se exige la dotacin anual con cargoa beneficios de una reserva indisponible querepresente al menos un importe del cinco porciento del fondo de comercio. Si no existiesebeneficio, o ste fuese insuficiente, la dotacinexigida se realizar con cargo a reservas delibre disposicin.

    Por otra parte en el proceso de tra-mitacin parlamentaria de la Ley 16/2007,que fue aprobada por unanimidad de los gru-pos parlamentarios, se han incorporado modi-ficaciones de las que resaltamos la producidaen el mbito de la Ley del Impuesto sobreSociedades, que persigue entre otros objeti-vos alcanzar la neutralidad fiscal de la refor-ma contable, y la autorizacin al Gobiernocontenida en la disposicin final primera de laLey para aprobar de forma simultnea el Plan

    General de Contabilidad, y como norma com-plementaria de ste, un Plan General de Con-tabilidad de Pequeas y Medianas Empresas.

    De esta forma las PYMES espao-las, disponen de un cuerpo contable especficocompleto, adaptado a sus operaciones habi-tuales, que incorpora simplificaciones en cri-terios de valoracin y contiene cuentas ymodelos de cuentas anuales especficos, supe-rando as el rgimen simplificado de la conta-bilidad que la Ley 16/2007 deroga. Este Plande PYMES, aunque incluye simplificaciones,tambin posee la aptitud, en cuanto normacomplementaria, para conseguir los mismosobjetivos que el Plan General de Contabilidadmanteniendo as el buen nivel de informacinobtenido con la aplicacin de la normaliza-cin contable espaola.

    2. El Plan General de Contabilidad

    La norma pilar de nuestro derechocontable es, sin duda, el Plan General de Con-tabilidad, que contiene los principios, defini-ciones y criterios bsicos que deben ser apli-cados en el registro contable de las distintasoperaciones.

    Una vez fijadas las bases legales de lanorma contable en el Cdigo de Comercio y enla Ley de Sociedades Annimas, la reforma secentr en la elaboracin de un nuevo Plan deContabilidad, aplicable por la generalidad denuestras empresas en la confeccin de suscuentas anuales individuales, sin perjuiciocomo hemos sealado anteriormente de la apa-ricin del Plan General de Contabilidad dePYMES como una nueva herramienta comple-mentaria pero ms sencilla que la anterior,para facilitar la aplicacin de los nuevos crite-rios a las empresas de menor dimensin.

    2.1. El equilibro de la novedad y la tradicin

    El Plan General de Contabilidadaprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16de noviembre, sustituye a su antecesor delao 90 y resulta de aplicacin en los ejerciciosque se inicien a partir de 1 de enero de 2008.Este Plan, a pesar de las novedades que con-lleva, mantiene una lnea de sucesin respec-to a nuestra tradicin contable, presentandouna estructura similar a los anteriores PlanesGenerales y respetando, en lo posible, aque-llos contenidos que se han entendido coinci-dentes con los internacionales.

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    AnlisisSe estructura en las tradicionales

    cinco partes, que pasan a tener el siguientecontenido: Marco Conceptual de la Contabili-dad, Normas de registro y valoracin, Cuen-tas anuales, Cuadro de cuentas y Definicionesy relaciones contables. Por tanto, el nuevoPlan sigue manteniendo la sistemtica de suspredecesores conteniendo no slo los princi-pios, definiciones, normas, criterios, bases depresentacin y modelos de obligatoria aplica-cin, sino tambin las cuentas necesarias parareflejar los elementos patrimoniales y las ope-raciones ms habituales, cuyos motivos decargo y abono se han adaptado a los nuevoscriterios. Estas dos ltimas partes siguenmanteniendo el carcter voluntario de lanumeracin, denominacin y movimiento delas cuentas, salvo en aquellos aspectos quecontengan criterios de registro o valoracin.

    2.2 Nuevos contenidos y otras novedades delPlan General de Contabilidad

    Marco Conceptual de la Contabilidad

    Por lo que se refiere a los conteni-dos, en primer lugar destaca poder contar porprimera vez con un Marco Conceptual expl-cito. Al lado de los principios contables a losque hemos venido acudiendo sistemticamen-te para poder otorgar un adecuado tratamien-to contable a las operaciones que expresa-mente no quedan recogidas en las normas,nos encontramos con un Marco ms comple-to y, por tanto, ms potente al que acudir enlas reflexiones que necesariamente se han derealizar para reflejar correctamente las opera-ciones en la contabilidad.

    El Marco Conceptual recoge lascaractersticas que debe tener la informacincontenida en las cuentas anuales, las defini-ciones de los elementos patrimoniales (activo,pasivo, patrimonio neto, ingresos y gastos),los criterios de registro o reconocimiento, loscriterios valorativos as como algunas defini-ciones utilizadas en la concrecin de stos y lajerarqua normativa aplicable en las cuentasanuales individuales de las empresas destina-tarias del PGC.

    Asimismo, entre los aspectos derelevancia contenidos en el Marco Concep-tual, debemos hacer una mencin especial a laconcrecin del denominado principio defondo sobre forma, que en la normativa espa-ola adquiere la categora de corolario u obje-tivo de las cuentas anuales. En este sentido, se

    seala que al efecto de conseguir la imagenfiel a la que deben conducir las cuentas anua-les, en la contabilizacin de las operacionesse atender a su realidad econmica y no sloa su forma jurdica.

    Este aspecto recogido no slo en elMarco Conceptual contenido en el PlanGeneral de Contabilidad sino en el propioCdigo de Comercio (artculo 34.2 en laredaccin dada por la Ley 16/2007) no supo-ne en s mismo una novedad, siendo reiteradala doctrina, tanto administrativa como acad-mica, que manifiesta la necesidad de acudir alfondo econmico de las operaciones realiza-das en su conjunto para poder alcanzar lamencionada imagen fiel, no siendo relevantesa estos efectos las denominaciones jurdicasacordadas. No obstante, debe resaltarse laimportancia de que este aspecto se encuentrecontenido en la propia Ley, con los consi-guientes efectos que ello conllevar, as comoel mayor alcance que en algunos puntos tieneen el nuevo marco contable, alcanzando inclu-so en algunos casos a recalificar contablemen-te como instrumentos de pasivo, emisionescon forma jurdica de capital (en particular,algunas acciones rescatables y acciones o par-ticipaciones sin voto).

    Respecto a los criterios valorativosdestaca la regulacin relativa al valor razona-ble, dada la mayor utilizacin que tiene en elnuevo marco frente a la situacin previa, en laque se tena en cuenta a efectos, fundamental-mente, de correcciones valorativas. El valorrazonable queda definido como el importe porel que puede ser intercambiado un activo oliquidado un pasivo, entre partes interesadasy debidamente informadas que acten en con-diciones de independencia mutua. El valorrazonable, con carcter general, se calcula porreferencia a un valor fiable de mercado. En loscasos en los que existan mercados activos, elprecio cotizado ser la mejor referencia delvalor razonable. Cuando no exista tal merca-do, el Marco Conceptual desarrolla los crite-rios exigidos a los modelos y tcnicas de valo-racin aceptados a estos efectos.

    Tambin y por su novedad, tantoterminolgica como de extensin en cuanto ala obligatoriedad en su aplicacin, el MarcoConceptual define el coste amortizado queconstituye el criterio general de valoracin delos crditos y dbitos de las empresas, supo-niendo una concrecin del hasta ahora crite-rio financiero que se exiga de stos en cuan-

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    Anlisisto a la imputacin de ingresos y gastos finan-cieros. De esta forma, se unifica y generalizala utilizacin del mtodo de inters efectivoen dicha imputacin, siendo el tipo de intersefectivo el que iguala el valor en libros delactivo o pasivo financiero con la corriente deflujos de efectivo estimados a lo largo de lavida esperada del instrumento.

    Normas de registro y valoracin

    Por lo que se refiere a las normas deregistro y valoracin, el primer tema a resal-tar es que el nuevo Plan General de Contabi-lidad regula ms operaciones que su antece-sor. Por una parte, destaca la regulacin reco-gida de las denominadas combinaciones denegocios, definidas como las operaciones enlas que una empresa adquiere el control deuno o varios negocios. Se suple as la ausenciade una norma general con la que nos encon-trbamos en relacin con el tratamiento con-table a aplicar en las operaciones de fusin yescisin de sociedades, que no fueron aborda-das en la aprobacin del anterior Plan y cuyodesarrollo posterior nunca alcanz el rangode norma jurdica y por tanto de obligadaaplicacin, habiendo mantenido la doctrinaadministrativa la validez de los criterios con-tenidos en un Borrador de norma del ao1993. Este Borrador elaborado en su momen-to en sintona con los criterios imperantes enel mbito internacional, adicionalmente sehaba ido distanciando de dichos criteriosdadas las modificaciones realizadas en el cita-do mbito en esta materia (fundamentalmen-te, desde la aprobacin del SFAS n 141 ame-ricano y de la norma internacional de infor-macin financiera n 3).

    En concreto, en las combinacionesde negocios que se realicen mediante opera-ciones de fusin o escisin de empresas o deadquisicin de todos los elementos patrimo-niales de una empresa o de una parte queconstituya uno o ms negocios, se deber apli-car el mtodo de adquisicin, en virtud delcual los activos identificables y pasivos asumi-dos del negocio o negocios adquiridos sevaloran en general por su valor razonable,quedando determinado el fondo de comercio(o, en algunos casos que deberan ser muyexcepcionales, la diferencia negativa) como ladiferencia entre el coste de la combinacin denegocios y el valor por el que deben regis-trarse los elementos patrimoniales adquiri-dos. Debe asimismo advertirse que para lasoperaciones de fusin, escisin y aportacin

    no dineraria de un negocio entre empresas delgrupo, el Plan recoge unas reglas particularesbasadas en este caso en los valores de conso-lidacin establecidos en el Cdigo de Comer-cio (cuando las empresas intervinientes seanla dominante y una dependiente) o los valoresindividuales en los restantes casos (dos socie-dades dependientes).

    Asimismo, la realidad econmica haevolucionado respecto a la existente a princi-pios de los aos 90. La norma contable, siem-pre fiel reflejo del mundo empresarial de sumomento, se hace eco de la aparicin de nue-vos productos en el mbito financiero y de lamayor habitualidad en la realizacin de deter-minadas operaciones. En particular, la regula-cin de los instrumentos financieros ha evolu-cionado, recogiendo las particularidades deinstrumentos con derivados implcitos (losdenominados instrumentos financieroshbridos) o la utilizacin de las operacionesde cobertura de riesgos, entre otros.

    Ciertamente la materia de instru-mentos financieros es la que presenta mayo-res novedades en el nuevo marco contable. Yno slo por la incorporacin de nuevos ins-trumentos sino tambin por el enfoque que delos mismos se realiza. A este respecto y sibien la presentacin en los modelos de balan-ce sigue respondiendo a la naturaleza de losdistintos activos financieros (instrumentos depatrimonio, crditos, valores representativosde deudas, derivados, deudores comerciales yotros) y pasivos financieros (provisiones,valores negociables, deudas con entidades decrdito, acreedores por arrendamiento finan-ciero, derivados, acreedores comerciales yotros), la norma exige una valoracin de losinstrumentos basada en carteras, siendodeterminante no slo la naturaleza de los ins-trumentos sino tambin la gestin a realizarcon ellos al efecto de la ubicacin de stos enuna u otra cartera.

    En este sentido, las inversiones enempresas del grupo, multigrupo y asociadasquedan delimitadas en una categora indepen-diente, cuya valoracin es el coste. Por lo quese refiere al resto de los activos financieros -ysalvo que stos se tengan para negociar,incluidos los derivados especulativos, o sehayan incluido en la categora de otros activosfinancieros a valor razonable con cambios enla cuenta de prdidas y ganancias, los cualesse valoran a valor razonable con imputacinde los cambios de valor a la cuenta de prdi-

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    Anlisisdas y ganancias-, quedarn clasificados comoprstamos y partidas a cobrar siempre que nosean instrumentos de patrimonio ni deriva-dos, no se negocien en un mercado activo ysus cobros sean de cuanta determinada odeterminable. Los prstamos y partidas acobrar, en la que se ubican los crditos,comerciales o no, se valoran por su costeamortizado.

    La norma contempla adicionalmen-te la categora de inversiones mantenidashasta el vencimiento, en la que se ubican losvalores representativos de deuda cotizadosque la empresa tenga con la intencin efecti-va y capacidad de conservar hasta el venci-miento, que quedan valorados tambin alcoste amortizado. Por ltimo, los valoresrepresentativos de deuda y los instrumentosde patrimonio que no se hayan clasificado enninguna de las anteriores categoras se clasi-fican como activos financieros disponiblespara la venta, que se valoran por su valorrazonable, imputando a patrimonio neto lasdiferencias de valor.

    Por lo que se refiere a los pasivosfinancieros, se contempla una categora en laque quedan ubicados todos los pasivos, salvoque stos se tengan para negociar (incluidoslos derivados especulativos) o se hayan inclui-do en la categora de otros pasivos financierosa valor razonable con cambios en la cuenta deprdidas y ganancias. En concreto, esta cate-gora es la de Dbitos y partidas a pagar yquedan valorados por su coste amortizado.

    Conjuntamente con la novedad queconllevan estas nuevas clasificaciones, lanorma relativa a instrumentos financieroscontiene una serie de casos particulares en losque aborda los instrumentos financieroshbridos, compuestos (aqullos que incluyencomponentes de pasivo y patrimonio, simult-neamente), contratos que se mantienen con elpropsito de recibir o entregar un activo nofinanciero (que en ocasiones han de ser trata-dos como anticipos a cuenta, en otras comomeros compromisos futuros y por ltimo, enalgunas circunstancias como instrumentosfinancieros derivados), contratos de garantafinanciera (por ejemplo, avales), fianzas reci-bidas y entregadas, y las coberturas contables.La contabilidad de coberturas conlleva unoscriterios contables especficos que deben apli-carse a los instrumentos financieros que act-en como instrumentos de cobertura (general-mente derivados, pudiendo actuar otros ins-

    trumentos financieros en el caso de cobertu-ras de tipo de cambio) y a las partidas cubier-tas (activos y pasivos reconocidos, compromi-sos en firme no reconocidos, transaccionesprevistas altamente probables e inversionesnetas en negocios en el extranjero), queexpongan a la empresa a riesgos especfica-mente identificados de variaciones en el valorrazonable o en los flujos de efectivo.

    Otra de las operaciones contempla-das en el nuevo Plan General es la relativa alas transacciones con pagos basados en ins-trumentos de patrimonio propio. Las opera-ciones consistentes en retribuir a los trabaja-dores a travs de instrumentos de patrimonio(por ejemplo, opciones sobre acciones) omediante importes variables en funcin de laevolucin en los precios de dichos instrumen-tos de patrimonio, encuentran respuesta enuna norma especfica, que establece las pautasa seguir en cuanto al registro y valoracin deestas operaciones, diferenciando si dan lugara un incremento en el patrimonio neto (cuan-do se liquidan con los propios instrumentosde patrimonio) o a un pasivo (cuando se liqui-dan en efectivo, cuyo importe se determina enfuncin del valor de los instrumentos depatrimonio). Tambin diferencia la norma, aefectos de su valoracin, las transacciones conlos empleados que se liquiden con instrumen-tos de patrimonio (se valorarn por el valorde los instrumentos de patrimonio cedidosreferido a la fecha del acuerdo de concesin),de las transacciones que tengan como contra-partida otros bienes o servicios distintos delos prestados por los empleados (se valorarnpor el valor razonable de los bienes o servi-cios recibidos en la fecha en que stos se reci-ben, siempre que dicho valor razonable puedadeterminarse con fiabilidad).

    Entre las nuevas normas quisira-mos destacar, por ltimo, la relativa a los acti-vos no corrientes y grupos enajenables de ele-mentos, mantenidos para la venta, en la quede nuevo los criterios de gestin adquierenrelevancia en la informacin financiera quesuministran las cuentas anuales. Una empre-sa debe clasificar un activo no corrientecomo mantenido para la venta, cuando espe-re que su valor contable se recuperar funda-mentalmente a travs de su venta, en lugarde por su uso continuado, y siempre que secumplan los requisitos establecidos en lanorma. Esta clasificacin tiene efectos fun-damentalmente a nivel de presentacin en elbalance, ya que estos activos (o pasivos, en

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    Anlisiscaso de tratarse de grupos enajenables deelementos) se ubican en la parte corrientedel balance. Adicionalmente, esta clasifica-cin supone tambin algn aspecto valorati-vo particular: en concreto, los bienes dejande ser amortizados desde que se clasifican enesta categora y tambin se perfila que hande valorarse al menor de los dos importessiguientes: valor contable y valor razonablemenos costes de venta (al quedar inoperati-vo, por propia definicin, el valor en uso deestos elementos).

    El nuevo Plan General de Contabili-dad contiene adems otras muchas novedadescuyo estudio excede las pretensiones de esteartculo. Simplemente destacar, por una parte,la mayor extensin y regulacin recogida en elPlan General de algunas operaciones como losarrendamientos, las operaciones entre empre-sas del grupo, los negocios conjuntos o loshechos posteriores; y, por otra parte, la especialatencin que debe darse a los nuevos conteni-dos en relacin con las permutas, los costesrelacionados con las grandes reparaciones, lasprovisiones por desmantelamiento, la no amor-tizacin del fondo de comercio, la casusticarecogida sobre moneda extranjera, el nuevoenfoque dado al registro de los activos y pasi-vos derivados del impuesto sobre beneficios,los pasivos por retribuciones al personal alargo plazo de prestacin definida, las subven-ciones, donaciones y legados y los cambios encriterios contables y errores.

    Cuentas anuales

    El cambio ms relevante en lo quese refiere al contenido de las cuentas anuales,viene dado obviamente por la aparicin de dosnuevos estados contables: el estado de cam-bios en el patrimonio neto que a su vez sesubdivide en dos documentos: el estado deingresos y gastos reconocidos y el estadototal de cambios en el patrimonio neto- y elestado de flujos de efectivo exigible slopara las empresas obligadas a confeccionarmodelo normal de balance y, por tanto, asometer sus cuentas anuales a auditora.

    La aparicin en el nuevo marco deingresos y gastos imputados directamente alpatrimonio neto (fundamentalmente, los deri-vados de la valoracin de activos financierosdisponibles para la venta, de algunas opera-ciones de cobertura que originan movimien-tos contra patrimonio neto las coberturas deflujos de efectivo y las derivadas de inversio-

    nes netas en negocios en el extranjero quecarezcan de personalidad jurdica- y de lassubvenciones, donaciones y legados recibidosde terceros no socios) determina la necesidadde aglutinar en un solo documento la globali-dad de ingresos y gastos del ejercicio. En estesentido, el estado de ingresos y gastos reco-nocidos recoge en primer lugar el saldo de lacuenta de prdidas y ganancias y le incorporalos ingresos y gastos imputados directamenteal patrimonio neto, recogiendo separadamen-te los ingresos y gastos transferidos en dichoejercicio a la cuenta de prdidas y ganancias(que en definitiva no afectan a los ingresos ogastos del ejercicio -en tanto figuran en laparte de las transferencias del estado de cam-bios en el patrimonio neto con signo contra-rio al que recogen en la cuenta de prdidas yganancias-, sino a la ubicacin de stos).

    Asimismo, se sistematiza y recogeen un documento independiente -el estadototal de cambios en el patrimonio neto-, lasrestantes variaciones de patrimonio que deri-van de operaciones con socios (aumentos decapital, distribucin de dividendos, por citarlos ms habituales), de errores y cambios decriterio contable y de otras reclasificacionesde patrimonio (por ejemplo, la dotacin de lareserva legal).

    Por lo que se refiere al estado de flu-jos de efectivo, su inclusin en las cuentas anua-les responde a la mayor relevancia que se otor-ga a la informacin relativa a las disponibilida-des lquidas de la empresa, mostrando diferen-ciadamente segn su origen y destino (opera-ciones de explotacin, de inversin y de finan-ciacin) los flujos de entrada y salida de tesore-ra y otros medios lquidos equivalentes.

    Por lo que se refiere a los documen-tos tradicionales cabe apreciar, de forma muysinttica, los siguientes cambios:

    - El balance recoge separadamente los acti-vos y pasivos de la empresa, as como elpatrimonio neto. Los activos y pasivos seclasifican como corrientes o no corrientes,siendo fundamental en esta diferenciacinel ciclo normal de explotacin en relacincon los elementos relacionados con elmismo y el plazo de un ao en los restantescasos. En el patrimonio neto, se recogentres subagrupaciones: una primera que con-tiene los fondos propios, y las dos siguien-tes para los ajustes de valor y las subvencio-nes, donaciones y legados recibidos de ter-

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    Anlisisceros no socios. Los saldos contenidos enestas dos ltimas subagrupaciones quedanpendientes de ser imputados a la cuenta deprdidas y ganancias en aos futuros.

    - La cuenta de prdidas y ganancias presentaun nuevo formato en forma de lista. Tam-bin desaparece el margen de resultadosextraordinarios, presentndose diferencia-damente los resultados de explotacin y losfinancieros as como el gasto o ingreso porimpuesto sobre beneficios. Asimismo ycomo novedad, en el modelo normal de lacuenta de prdidas y ganancias (obligatoriopara las empresas de mayor tamao) seexige diferenciar el resultado de las opera-ciones continuadas de las denominadas ope-raciones interrumpidas (con carcter gene-ral, una lnea de negocio o un rea geogr-fica de la explotacin que sea significativa,que ha sido enajenada o ha sido clasificadacomo mantenida para la venta).

    - La memoria presenta como caractersticams relevante el mayor contenido informa-tivo que se exige, siendo especialmenterelevante la informacin solicitada en rela-cin con las operaciones realizadas con par-tes vinculadas, debiendo facilitarse en lamemoria informacin suficiente para com-prender las operaciones con aquellas partesen las que, directa o indirectamente o envirtud de pactos o acuerdos, se ejerce o setiene la posibilidad de ejercer, el control ouna influencia significativa. Asimismo sedeber informar sobre los efectos quedichas operaciones tienen sobre los estadosfinancieros de la empresa.

    3. El Plan General de Contabilidad dePequeas y Medianas Empresas

    En la exposicin realizada en el pre-sente artculo queremos hacer unas brevesreferencias al contenido de este PGC dePYMES. Como ya hemos destacado, elmismo es una norma complementaria delPGC y tiene como objetivo facilitar la aplica-cin de la nueva contabilidad a una gran partede las empresas espaolas por cuanto podrnaplicarlo, voluntariamente, los sujetos queprev el artculo 2 del Real Decreto1515/2007, de 16 de noviembre, que apruebael PGC de PYMES.

    Respecto a los contenidos, se ha eli-minado la regulacin de las operaciones con-sideradas como no habituales para estas

    empresas, como son, entre otras, las combina-ciones de negocio o las transacciones conpagos basados en instrumentos de patrimo-nio. Cuando una PYME realice alguna de lasoperaciones no reguladas especficamente enel PGC de PYMES, deber remitirse a loscriterios del PGC, con la excepcin de lasnormas relativas a activos no corrientes ygrupos enajenables de elementos, mantenidospara la venta, que no resultan de aplicacinpara los usuarios del Plan de PYMES.

    Por otra parte, y adems de la sim-plificacin de criterios para microempresasprevista en la Ley 16/2007, tambin se hansimplificado para los usuarios del Plan dePYMES, algunos criterios de valoracin, enparticular respecto a los instrumentos finan-cieros. En esta lnea, se han eliminado catego-ras por gestin manteniendo las categorasde negociacin, coste amortizado y coste,quedando restringida la utilizacin del valorrazonable para los instrumentos que seanobjeto de negociacin y para los activos finan-cieros hbridos.

    Con esta actuacin, se facilita eltrnsito a la nueva contabilidad de lasempresas de menor dimensin, sin perjuiciode mantener el nivel adecuado de informa-cin econmico financiero de las empresasespaolas.

    4. Rgimen transitorio

    El trnsito hacia los nuevos crite-rios contables constituye un aspecto sustanti-vo que en las disposiciones transitorias de losReales Decretos que aprueban el PGC y elPGC de PYMES, se ha regulado con el obje-tivo de facilitar la primera aplicacin.

    As el mencionado rgimen transi-torio conjuga los contenidos de la primeraaplicacin, aplicacin retroactiva y presenta-cin de informacin comparativa, con medi-das que simplifican el trnsito. En este senti-do se permite valorar los elementos patrimo-niales con los criterios utilizados en el PGCde 1990, con la condicin de que esta opera-cin se aplique de forma uniforme y adicional-mente no se obliga a presentar comparativosdel ejercicio 2007, debiendo en todo casoinformar en la memoria del primer ejercicioque se inicie a partir del 1 de enero de 2008 delos cambios producidos por la aplicacin delos nuevos criterios contables en el patrimo-nio de la empresa.

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    Anlisis

    I. LA POLTICA DE COHESIN: SULUGAR EN LA ARQUITECTURACOMUNITARIA.

    La poltica de cohesin es una pol-tica constitucional de la Unin Europea. Elartculo 185 del vigente Tratado estableceque, a fin de reforzar la cohesin econmica ysocial, la Comunidad se propone reducir lasdiferencias en los niveles de desarrollo de lasdiversas regiones y el retraso de las regioneso islas menos favorecidas, incluidas las zonasrurales.

    El prximo Tratado, incluye en susartculos 174 a 178 una referencia a la polti-ca de cohesin, a la que aade ahora la dimen-sin territorial a las econmica y social; a ladimensin territorial se har una referenciams adelante en este mismo artculo.

    El aspecto esencial de la poltica decohesin es el de plasmar la idea de solidari-dad en el Presupuesto comunitario, mediantela transferencia de recursos de los estadosmiembros ms desarrollados a los de menornivel de renta, bajo la tutela de la ComisinEuropea. Entronca, en este sentido, con latradicin poltica europea de polticas deredistribucin y Estado del Bienestar, perotambin con el pasado de polticas de desarro-llo regional, muy arraigadas, por ejemplo, enFrancia.

    En el debate poltico comunitario, ysobre todo entre los pases contribuyentesnetos, que normalmente son los ms reacios ala ampliacin del presupuesto de la Unin y aldesarrollo de polticas que supongan nuevos o

    mayores compromisos de gasto, un test que seexige para el desarrollo de una poltica por laUnin es el del valor aadido comunitario.

    La prueba del valor aadido comu-nitario obliga a demostrar que la poltica debellevarse a cabo a nivel europeo porque suponebeneficios adicionales claros en comparacincon la accin de los Estados miembros indivi-dualmente considerados.

    Tras el concepto se hallan los prin-cipios de subsidiariedad, las actuaciones debendesarrollarse al nivel administrativo ms cer-cano al ciudadano siempre que no puedademostrarse una mayor eficacia derivada de suejecucin a niveles superiores, y de proporcio-nalidad, la actuacin comunitaria debe serproporcional a los fines que se pretenden.

    El valor aadido comunitario de lapoltica de cohesin lo situara en tres aspec-tos de la misma:

    En primer lugar, es muy difcil quelos estados miembros ms beneficiados por lamisma, que son los menos desarrollados, pue-dan destinar una cuanta de recursos tan altacomo la que la Unin dedica al desarrollo desus regiones ms atrasadas. Lo que para laUnin Europea puede hacerse a un coste rela-tivamente pequeo en relacin con el tamaode su economa, para cada uno de los pasesbeneficiarios considerados aisladamente serainabordable. El esfuerzo redistributivo de laUnin equivale a un 0,41% de la Renta Nacio-nal Bruta comunitaria, mientras que para lospases beneficiarios ms atrasados los fondostransferidos se sitan entre el 2% y el 4% de

    Presente y Futuro de laPoltica de Cohesin

    D. Jos Antonio Zamora RodrguezDirector General de Fondos Comunitarios

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    Anlisissu producto interior bruto, lo que hace posibleque, bien administrados, tengan un efecto sig-nificativamente positivo sobre su desarrollo.

    En segundo lugar, es un eficaz ins-trumento para dar visibilidad a la UninEuropea en los Estados miembros; todas lasregiones de la Unin Europea estn cubiertaspor la poltica de cohesin, aunque haya unagran diferencia entre la intensidad de laayuda percibida por las menos y las ms des-arrolladas. La aplicacin de las normas sobrepublicidad de las intervenciones, por ejemplo,los carteles o las placas anejas a cada obra,muestran la diversidad y el nmero de lasactuaciones financiadas. En Espaa, somostestigos de cmo estos carteles y placas sonparte del paisaje y muestran lo que la UninEuropea hace por los ciudadanos contribu-yendo a su prestigio.

    En tercer lugar, es un instrumentopara el desarrollo de las polticas de la Unin.La poltica de cohesin podra instrumentar-se como una transferencia de renta a los Esta-dos miembros receptores dejando que estosaplicaran los recursos a las finalidades queconsideraran ms convenientes, sin embargo,la transferencia est condicionada. En losConsejos de Lisboa y de Gotemburgo se pre-vi que la poltica de cohesin deba contri-buir a incrementar el crecimiento, la competi-tividad y el empleo, para lo cual deba incor-porar las prioridades comunitarias en materiade desarrollo sostenible. En el Consejo de 16de Diciembre de 2005, en el que se aprobaronlas Perspectivas Financieras 2007-2013, seestablecieron porcentajes mnimos de gastoque deban aplicarse al cumplimiento de losObjetivos de Lisboa(1). Aparte de lo anterior,hay otros mecanismos por los que la polticade cohesin se ha condicionado al cumpli-miento de programas comunitarios: por ejem-plo, la vinculacin parcial del fondo de cohe-sin a la financiacin de redes transeuropeasde transporte, o, en otro orden de cosas, lapropia supervisin de la ejecucin de la pol-tica por los servicios de la Comisin.

    Relacionado con lo dicho en elprrafo anterior est la contribucin de lapoltica de cohesin a la creacin de un espa-cio econmico ms integrado, y como conse-cuencia de un mercado nico ms eficiente.Las inversiones en zonas insuficientemente

    dotadas de capital pblico en transportes,infraestructuras tecnolgicas y de agua, encapital humano, abren nuevas oportunidadespara la localizacin de las empresas, y comoconsecuencia para el progreso de estas zonas.

    En cualquier caso, todas las propie-dades positivas de la poltica de cohesin nobastan para garantizar su existencia; la exis-tencia de la poltica de cohesin necesita de lavoluntad poltica de los estados miembros, ysingularmente de los contribuyentes netos dela Unin Europea.

    II. LA ORGANIZACIN DE LAPOLTICA DE COHESIN:OBJETIVOS DE INTERVENCIN EINTRUMENTOS.

    La organizacin actual de la polticade cohesin tiene su origen ltimo en elAcuerdo del Consejo de 16 de Diciembre de2005, que dio la base poltica necesaria para laelaboracin del paquete de Reglamentos.

    El Acuerdo alcanzado culmin unalarga y difcil negociacin entre los 27 Esta-dos miembros. Larga y difcil porque laampliacin haba cambiado la faz de la Unin:el tercer informe de la Poltica de Cohesin dela Comisin Europea publicado en 2004 lodescriba bien al sealar: el efecto de laampliacin aade algo menos del 5% al Pro-ducto Interior Bruto de la Unin Europeapero casi el 20% de la poblacin de la UninEuropea. Como consecuencia, el productointerior bruto per capita en la Unin Europeaa 25 estados miembros ser aproximadamen-te un 12,5% menos que el de la Unin Euro-pea a 15 Estados miembros(2).

    La ampliacin, por lo tanto, haca ala Unin Europea, casi de repente, significati-vamente ms grande en trminos de pobla-cin, un poco mas grande en trminos de PIB,y mas pobre por media. La ampliacin afecta-ba apreciablemente a la poltica de cohesin,ya que todos los nuevos pases miembros ser-an beneficiarios significativos de ella.

    El Presupuesto de la Unin Euro-pea es relativamente pequeo en tamao.Como se encarga de recordar la Comisin,cada vez que tiene ocasin, en los Estadosmiembros el Presupuesto representa el 45%

    (1) Estos porcentajes son el 60% para el denominado Objetivo Convergencia ydel 75% para el Objetivo de Competitividad Regional y Empleo. (2) Comisin Europea: A new partnership for cohesion, Febrero 2004, pgina 16.

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    Anlisisde la renta nacional, mientras que en la Uninel techo de gasto autorizado representaba el1,24% de la Renta Nacional Bruta en trmi-nos de compromisos y el 1,09% en trminosde crditos de pago en las perspectivas finan-cieras 2000-2006. Para el perodo 2007-2013la Comisin no pidi mas, sino mantener elmismo porcentaje de gasto sobre la RentaNacional Bruta aunque con un mayor techoen trminos de pago, 1,15%. En conjunto, traslas sucesivas rondas de negociacin, el techode gasto quedara en el 1,04% en trminos decompromisos, ms cerca de las pretensionesde los contribuyentes netos que de la pro-puesta inicial de la Comisin.

    En lo que se refiere a la poltica decohesin, la Comisin propona un aumento alo largo del perodo del 31,3% en trminosreales, atendiendo a tres prioridades principa-les: el objetivo de convergencia, para apoyar alcrecimiento y el empleo en las regionesmenos desarrolladas de la Unin, el objetivo decompetitividad regional y empleo, de adaptacina la globalizacin y la estrategia de Lisboa enel resto de regiones de la Unin Europea nocubiertas por aquel objetivo, y el de coopera-cin territorial, destinado a fomentar la coope-racin entre regiones para el desarrollo con-junto de proyectos.

    Los contribuyentes netos pidieronrecortes en la poltica de cohesin insistiendoen que deba limitarse a financiar las regionesmas pobres, y en la versin mas radical deesta posicin tan solo a los nuevos Estadosmiembros. Aunque la Comisin consiguimantener todas las prioridades que se habafijado, y que todo el territorio de la UninEuropea fuera elegible para la poltica decohesin, debi aceptar un recorte en la ver-sin final del presupuesto de la tasa de creci-miento, que se situ en el 16,6%. El presu-puesto se dot con 307,6 miles de millones deeuros en 2004, el 36% del presupuesto comu-nitario, siendo la principal categora de gastopor encima de la PAC en el perodo.

    Sobre este presupuesto se estructurla poltica de cohesin con una lnea de continui-dad esencial con respecto al pasado, pero mejorarmada institucionalmente, o por lo menosarmada institucionalmente al principio del per-odo de programacin, y no como sucedi en elperodo 2000-2006, a lo largo del perodo, loque ha dado lugar a una notable inseguridadjurdica para los gestores de fondos.

    Para el nuevo periodo se propone unmarco simplificado para la poltica de Cohe-sin basado en tres objetivos, a fin de garanti-zar la adecuada aplicacin de las agendas deLisboa y Gotemburgo, pero teniendo en cuen-ta las circunstancias especficas de las regio-nes.

    - Objetivo Convergencia: financiar a losEstados miembros y las regiones menosdesarrollados de la Unin ampliada. Estaprioridad incluye una ayuda transitoria ophasing-out para las regiones de efectoestadstico, es decir, aqullas regiones cuyoPIB per capita no supere el 75% del PIBmedio de la UE 15, pero s sea superior al75% de la nueva media (ms baja) de la UE25.

    Los programas de convergencia se dedica-rn a modernizar y a aumentar el capitalfsico y humano, promover la sostenibilidadmedioambiental, desarrollando mejoresprcticas en materia de gobernanza y decapacidades institucionales.

    - Objetivo Competitividad regional y empleo:se destinarn a los dems Estados miem-bros y regiones no cubiertos por el objetivode convergencia, ya que persisten necesida-des significativas como consecuencia dereestructuraciones econmicas y sociales.Asimismo, se incluye en esta prioridad untratamiento especial transitorio o phasing-in para las regiones que salen de Objetivo 1por su propio desarrollo (efecto crecimien-to), es decir, cuyo PIB per capita supere el75% del PIB medio de la UE 15 y de lanueva media de la UE 25.(3)

    - Objetivo Cooperacin territorial y europea:esta prioridad se llevara a cabo medianteprogramas transfronterizos y transnacio-nales y abordarn los problemas especficosque surgen al construir una economa inte-grada en todo el territorio europeo, cuandoste est dividido por fronteras nacionales.

    (3) Objetivo Convergencia: Regiones Convergencia: Andaluca, Extrema-dura, Castilla La Mancha, Galicia; Regiones Phasing out: Asturias, Murcia,Ceuta, Melilla.Objetivo Competitividad Regional y Empleo: Regiones Phasing in:Canarias, Castilla Len, Comunidad Valenciana; Regiones CompetitividadRegional y Empleo: Aragn, Baleares, Cantabria, Catalua, Madrid, Nava-rra, La Rioja, Pas Vasco.Objetivo Cooperacin Territorial: Transfronteriza: Espaa-Portugal,Espaa-Francia, Espaa-Marruecos; Transnacional: Atlntico, MediterrneoOccidental, Transpirenaico, Canarias-Azores-Madeira?; Interregional: todoel territorio nacional.

  • 18

    AnlisisEl objetivo de intervencin priorita-

    rio es lgicamente el de convergencia, al quese destinan el mayor volumen de los recursosdel Presupuesto.

    El 81,7% del presupuesto de la pol-tica de cohesin (251.330 millones de euros)se asignar al objetivo de convergencia, eincluye 61.518 millones de euros para elFondo de Cohesin, y 12.521 millones deeuros para las regiones phasing-out y para elphasing-out del Fondo de Cohesin asignadoa Espaa.

    El 15,8% (48.789 millones de euros)de dichos fondos se asignar al objetivo decompetitividad regional y empleo, incluyendo10.385 millones de euros para las regionesque se incorporan progresivamente al Objeti-vo Competitividad, las denominadas phasing-in.

    Al objetivo de cooperacin territo-rial se asignar el 2,4% (7.500 millones deeuros) de dichos fondos.

    La actuacin sobre los objetivos sellevar a cabo con los tres instrumentos tra-dicionales: el Fondo Europeo de DesarrolloRegional FEDER , el Fondo Social Euro-peo FSE y el Fondo de Cohesin.

    El FEDER financia inversiones enuna gran variedad de sectores como el medioambiente, transportes, investigacin, desarro-llo e innovacin, renovacin urbana, energa,promocin de las pymes, etc.

    El FSE financia gastos en forma-cin, insercin en el mercado de trabajo, des-arrollo empresarial, etc.

    Tanto el FEDER como el FSE sonfondos regionalizados, esto es, el Gobiernodebe programar las actuaciones regionalmen-te, estableciendo los recursos y las actuacio-nes que se van a aplicar y desarrollar en cadauna de las regiones.

    El Fondo de Cohesin, por el con-trario, es un fondo nacional, cuya programa-cin es ms sectorial que regional: las inver-siones que financia el Fondo de Cohesin sonredes transeuropeas de transporte, inversio-nes en medio ambiente, principalmente en elsector del agua y los residuos, y tambin efi-ciencia energtica. Son beneficiarios del

    Fondo de Cohesin aquellos pases cuya RNBper cpita en paridad de poder adquisitivo(PPA), es inferior al 90% de la media de la UE25.

    III. ESTADOS MIEMBROS: DOTACINDE FONDOS Y PROGRAMACIN

    Los Fondos de la Poltica de Cohe-sin se asignan a los Estados miembros, prin-cipalmente, de acuerdo con unos criteriosobjetivos, establecidos en los Acuerdos delConsejo en los que se aprueba el PresupuestoComunitario.

    En el Acuerdo de diciembre de 2005est especificado exactamente cmo se calcu-la el montante que recibir cada una de lasregiones (tanto del objetivo convergenciacomo del objetivo competitividad regional yempleo), y, segn se especifica en el mismoAcuerdo la asignacin para cada Estado miem-bro es la suma de las asignaciones para cada unade sus regiones que pueden acogerse a financia-cin. Una vez determinada de esta manera lacantidad que corresponde a un Estado porFondos Estructurales, se calcula el montantedel Fondo de Cohesin que corresponde acada Estado miembro segn la frmula esta-blecida de reparto del Fondo. Sumando ambaspartidas se calcula la parte ms importantedel montante total que recibir cada uno parael perodo 2007-2013. A este importe, habrque aadir las cantidades adicionales quepueda conseguir bilateralmente el Estadocomo consecuencia de la negociacin final.

    En el caso de Espaa estas cantida-des adicionales fueron las que obtuvo para lasIslas Canarias, de 100 millones de euros mslo que pudiera corresponderle de un Fondopara regiones ultraperifricas: el importe querecibir Canarias en el marco del Fondo RUPser de 434 millones de euros corrientes. Unadotacin adicional de 50 millones de eurospara Ceuta y Melilla. Y, quizs, lo ms impor-tante, una asignacin adicional de 2.000millones de euros del Fondo Europeo de Des-arrollo Regional para mejorar la investiga-cin y el desarrollo por y para el beneficio delas empresas.

    Aparte de lo anterior, Espaa segui-r percibiendo en el periodo 2007-2013 elFondo de Cohesin, bajo la forma de unadotacin transitoria de salida del Fondo,

  • 19

    Anlisisdotada con 3.250 millones de euros (3.543millones de euros corrientes).

    En esta negociacin cabe sealarque Espaa ha conseguido innovar en la pol-tica comunitaria al crear el precedente de unnuevo instrumento, el FEDER I+D+i, unperiodo transitorio de salida para el Fondo deCohesin, que no estaba previsto, y nuncahaba existido hasta ahora, dotar financiera-mente el tratamiento diferenciado que lasIslas Canarias tenan como regin ultraperi-frica, y, la mencin expresa con dotacinfinanciera para Ceuta y Melilla.

    Una vez determinada la cantidadglobal (ver cuadro 1) el Ministerio de Econo-ma y Hacienda debi proceder a completar elproceso de programacin de los fondos. Laprogramacin de los Fondos tiene dos gran-des hitos: en primer lugar, la elaboracin delMarco Estratgico Nacional de Referenciapara su aprobacin por la Comisin Europea;y, en segundo lugar, la elaboracin de los Pro-gramas Operativos del FEDER, el FondoSocial Europeo, y el Fondo de Cohesin.

    En el Marco Estratgico Nacional

    gramacin, el Ministerio era consciente deque las prioridades de los Fondos no podanser iguales a las del pasado, en el que fueronmarcadamente preponderantes las inversio-nes en infraestructuras de transporte y medioambiente, pero tambin de que la historia nose escribe como una pgina en blanco, y queera necesario dar continuidad a determinadosprogramas e inversiones ya comenzadas. Sedecidi hacer un mayor nfasis en la investi-gacin, desarrollo tecnolgico, innovacin,desarrollo empresarial y actuaciones simila-res, dando continuidad a los programas deinversiones e infraestructuras.

    Adems de lo anterior, era necesa-rio tomar una primera decisin: la del repar-to de los recursos estructurales entre elFEDER y el Fondo Social Europeo. La deci-sin tomada fue destinar la mayora de ellosal FEDER, siendo el reparto final para todaEspaa del 74% para el FEDER y el 26%para el Fondo Social Europeo. En esta deci-sin, se tuvieron en cuenta la lnea estrat-gica sealada en el prrafo anterior, y, elhecho de que la gestin del FEDER es mssencilla que la del Fondo Social Europeo, y

    1

    Po lPo l t ica Regiona l;tica Regiona l;Reparto de los Fondos por ObjetivosReparto de los Fondos por Objetivos

    MM corrien tescorrien tes U EU E --2 52 5 EspaEspa aa %%

    C onvergenciaC onvergencia 1 9 9 .32 21 9 9 .32 2 2 1 .0 542 1 .0 54 1 0 .61 0 .6

    P hasing O utP hasing O ut 1 3 .9 551 3 .9 55 1 .5 8 31 .5 8 3 1 1 .51 1 .5

    P hasing inP hasing in 1 1 .4 091 1 .4 09 4 .9 5 54 .9 5 5 4 3 .34 3 .3

    C om petitiv idadC om petitiv idad 4 3 .5 564 3 .5 56 3 .5 2 23 .5 2 2 8 .18 .1

    TO TA LTO TA L 2 6 8 .24 22 6 8 .24 2 3 1 .1 143 1 .1 14 1 1 .61 1 .6

    C ooperaciC ooperaci n Territoria ln Territoria l 8 .7 2 38 .7 2 3 5 5 95 5 9 6 .46 .4

    Fon do de C oh esiFon do de C ohesi nn 6 9 .5 786 9 .5 78 3 .5 4 33 .5 4 3 5 .35 .3

    TO TA L FFEETO TA L FFEE 3 4 6 .54 33 4 6 .54 3 3 5 .2 163 5 .2 16 1 0 .21 0 .2

    A cuerd o del Conse jo Europ eo d e 1 6A cuerd o del Conse jo Europ eo d e 1 6 dede dic iem bre de 2005 , qu ed ic iem bre de 2005 , qu eaprue ba las P ersp ectiva s F inancieras para e l period o 2 0 0 7aprue ba las P ersp ectiva s F inancieras para el period o 2 0 0 7 -- 20 1 3 .2 0 1 3 .

    Fondo Tecno lg ico = 2.248 m illones de corr ientes Fondo Tecno lg ico = 2 .248 m illones de corr ientes

    C uadro 1

    (4) Fue aprobado el 7 de mayo de 2007 por la Comisin Europea

    de Referencia(4) quedan establecidas las gran-des lneas estratgicas de aplicacin de losFondos.

    En el momento de iniciarse la Pro-

    las Comunidades Autnomas, que gestionanuna parte de los recursos, se manifestabancasi unnimemente a favor de ms FEDER(ver cuadro 2).

    Una decisin ulterior es la de

  • 20

    Anlisis

    cmo estructurar en Programas Operativosla aplicacin de los Fondos. Los ProgramasOperativos son documentos en los que serealiza un diagnstico de los problemas eco-nmicos que se quieren resolver con la apli-cacin de los Fondos, se fijan objetivos a

    conseguir a travs de indicadores cuantitati-vos y cualitativos, y se determina la asigna-cin de los Fondos entre las prioridadesadems de los grandes proyectos de inver-sin. (Ver cuadros 3 y 4)

    Los Programas Operativos son

    2

    Distribucin del FEDER Y FSEDistribuciDistribucin del FEDER Y FSEn del FEDER Y FSE

    2525

    6666

    8282

    202202

    por hab. por hab.y ay aoo

    8.0588.058

    1.5911.591

    1.2191.219

    351351

    4.8974.897

    23.05723.057

    1.9321.932

    3.7363.736

    1.2321.232

    16.15716.157

    26%26%74%74%31.11531.115TOTALTOTAL

    3.5233.523

    4.9554.955

    1.5831.583

    21.05421.054

    M M corrientescorrientes

    45%45%55%55%CompetitividadCompetitividad

    25%25%75%75%Phasing inPhasing in

    22%22%78%78%Phasing OutPhasing Out

    23%23%77%77%ConvergenciaConvergencia

    FSEFSEFEDERFEDER

    Fondo Tecnolgico: 2.248 M corrientes para actividades de I+D+i de lasempresas. De ellos, un 70% para regiones objetivo convergencia.

    RUP (Regin Ultraperifrica) Canarias: 434 M

    Fondo TecnolFondo Tecnolgico: 2.248 Mgico: 2.248 M corrientes para actividades de I+D+i de lascorrientes para actividades de I+D+i de lasempresas. De ellos, un 70% para regiones objetivo convergencia.empresas. De ellos, un 70% para regiones objetivo convergencia.

    RUP (RegiRUP (Regin n UltraperifUltraperifricarica) Canarias: 434) Canarias: 434 MM

    Cuadro 2

    1

    FEDER: Total Convergencia Pura,Phasing Out y Phasing In por ejesFEDER: TotalFEDER: Total ConvergenciaConvergencia PuraPura, , Phasing Out y Phasing InPhasing Out y Phasing In porpor ejesejes

    7.564.501.236

    97.042.05497.042.054

    847.918.022847.918.022

    554.854.812554.854.812

    1.964.462.8761.964.462.876

    1.287.853.6151.287.853.615

    1.479.269.6161.479.269.616

    1.333.100.2411.333.100.241

    CCAA

    20.583.085.978

    137.052.534137.052.534

    847.918.022847.918.022

    1.583.232.1911.583.232.191

    5.913.162.9435.913.162.943

    4.275.152.6904.275.152.690

    3.044.674.0813.044.674.081

    4.781.893.5174.781.893.517

    Total

    13.018.584.742

    40.010.48040.010.480

    00

    1.028.377.3791.028.377.379

    3.948.700.0673.948.700.067

    2.987.299.0752.987.299.075

    1.565.404.4651.565.404.465

    3.448.793.2763.448.793.276

    AGE

    GESTIN

    Total

    Asistencia Tcnica7

    Infraestructuras Sociales6

    Desarrollo sostenible local y urbano5

    Transporte y Energa4

    Medio ambiente, Entorno natural,Recursos Hdricos y prev. de riesgos3

    Desarrollo e innovacin empresarial2

    Desarrollo de la Economa delConocimiento (I+D+i, SODI y TIC)1

    FEDER: ConvergenciaEjes de actuacin

    Cuadro 3

  • 21

    presentados por el Estado miembro a laComisin Europea para su aprobacin: los deEspaa fueron aprobados en los meses denoviembre y diciembre.

    El Fondo Europeo de DesarrolloRegional cuenta con un programa operativopara cada Comunidad Autnoma espaola yCiudad Autnoma, y tres programas plurirre-gionales.

    Los programas plurirregionalesincluyen actuaciones en todas o varias Comu-nidades y Ciudades Autnomas.

    Los programas plurirregionalesFEDER son los de I+D+i por y para elbeneficio de las empresas, que se aplicar entodo el territorio nacional; el programa ope-rativo de Economa basada en el conocimien-to, que incluye actuaciones de investigaciny desarrollo no empresariales y actuacionesde impulso a la Sociedad de la Informacin,se aplicar este programa en las regionesconvergencia, phasing out y phasing in; y elprograma operativo de Asistencia Tcnicaque incluye actuaciones de gobernanza de losprogramas operativos.

    Hay un programa plurirregionalmixto FEDER-Fondo de Cohesin, queincluye grandes proyectos FEDER en los

    mbitos de transporte y medio ambiente ytodos los proyectos financiados por el Fondode Cohesin.

    El Fondo Social Europeo se ha pro-gramado de una manera similar, con un pro-grama operativo para cada Comunidad y Ciu-dad Autnoma y tres programas operativosplurirregionales: los programas de Adaptabi-lidad, Lucha contra la discriminacin, y Asis-tencia Tcnica.

    La arquitectura institucional de losprogramas operativos se ha reforzado nota-blemente para el periodo 2007-2013. Me limi-tar a sealar sus principales instituciones.

    En cada programa operativo debehaber una autoridad de gestin, una autori-dad de certificacin, y una autoridad de audi-tora.

    La autoridad de gestin, designadapor el Estado miembro, tiene, entre otras, lasfunciones de seleccionar las operaciones quese financiarn con cargo al programa, llevar acabo las verificaciones necesarias para garan-tizar ex ante la regularidad del gasto decla-rado a Bruselas, garantizar que se llevan acabo las evaluaciones de los programas pre-vistas en los reglamentos, y otras relaciona-das con el mantenimiento de unos adecuados

    Anlisis

    4

    FEDER: CompetitividadFEDER: FEDER: CompetitividadCompetitividad

    1.060.838.957

    11.364.57011.364.570

    67.520.91467.520.914

    231.858.241231.858.241

    68.717.34368.717.343

    681.377.889681.377.889

    CCAA

    1.920.514.903

    16.736.21416.736.214

    261.699.066261.699.066

    234.372.762234.372.762

    97.076.62397.076.623

    1.310.630.2381.310.630.238

    Total

    859.675.946

    5.371.6445.371.644

    194.178.152194.178.152

    2.514.5212.514.521

    28.359.28028.359.280

    629.252.349629.252.349

    AGE

    GESTIN

    Total

    Asistencia Tcnica5

    Desarrollo sostenible local y urbano4

    Recursos energticos y acceso a serviciosde transporte3

    Medio ambiente y prevencin de riesgos2

    Economa del Conocimiento, desarrollo einnovacin empresarial1

    FEDER: Ejes de actuacinCompetitividad

    Cuadro 4

  • 22

    Anlisissistemas de gestin y control en el programa:la autoridad de gestin es la piedra angular detodo el sistema.

    En Espaa la autoridad de gestines desarrollada por la AdministracinGeneral del Estado, Ministerio de Econo-ma y Hacienda en los programas FEDER yFondo de Cohesin, y el Ministerio de Tra-bajo y Asuntos Sociales en los del FondoSocial Europeo. Al ser las ComunidadesAutnomas gestoras de un amplio porcenta-je de los fondos aplicados a travs de losprogramas operativos regionales, esta auto-ridad de gestin se comparte con las Comu-nidades Autnomas a las que han sido dele-gadas muchas de las funciones; esta delega-cin se ha llevado a cabo en el marco de loprevisto en el artculo 59.2 del Reglamentoque prev que el Estado miembro podrdesignar uno o varios rganos intermediosque realicen algunos o todos los cometidosde la autoridad de gestin, bajo la responsa-bilidad de sta.

    La autoridad de certificacin tienecomo principales funciones las de elaborar yremitir a la Comisin las certificaciones delas declaraciones de gastos y las solicitudesde pago, certificando que la declaracin degastos es regular. La autoridad de certifica-cin ha quedado residenciada en los Minis-terios de Economa y Hacienda y Trabajo enlos programas del FEDER y Fondo SocialEuropeo respectivamente.

    La autoridad de auditora tienecomo principales funciones la de asegurarsede que se realizan auditoras para compro-bar el funcionamiento eficaz del sistema degestin y control del programa operativo, yelaborar el informe anual de control y elinforme de cierre de los programas operati-vos. La autoridad de auditoria en los pro-gramas operativos del FEDER y Fondo deCohesin, y en los programas plurirregio-nales del Fondo Social Europeo es la Inter-vencin General de la Administracin delEstado (IGAE); en el caso de los programasoperativos regionales del Fondo SocialEuropeo la autoridad de auditoria es laIntervencin General de la ComunidadAutnoma correspondiente.

    Al igual que sucede en el caso de laautoridad de gestin, en los programasregionales FEDER, la IGAE acta en estre-

    cha asociacin con las Intervenciones de lasComunidades Autnomas correspondientes.

    IV. EL FUTURO DE LA POLITICA DECOHESIN

    En Mayo de 2006 el Parlamento, elConsejo y la Comisin acordaron que laComisin desarrollara .. Una evaluacincompleta y general de todos los aspectos delgasto de la Unin Europea incluyendo laPAC, y de los recursos, incluyendo la compen-sacin britnica, sobre la que informara en2008/2009...

    Previamente esta propuesta haba sidorecogida en Diciembre de 2005 en el acuerdo dePerspectivas Financieras del Consejo.

    La Comisin Europea, en septiem-bre de 2007, lanz el primer documento rela-cionado con el proceso de reforma: el denomi-nado issues paper (Comunicacin de laComisin sobre la reforma del presupuesto yel cambio en Europa).

    El documento tiene la virtud deenfrentar a la realidad del presupuesto comu-nitario, centrado todava en la poltica decohesin (36% del total) y la PAC (34% deltotal), la evidencia de fenmenos importantescomo el cambo climtico y las migraciones,insuficientemente recogidos en l. No obstan-te, la poltica de cohesin queda en el docu-mento como una de las que deben contar en elfuturo de la Unin.

    El 23 y 24 de noviembre de 2007, laPresidencia de turno del Consejo de la UninEuropea, Portugal, organiz una reunininformal de Ministros, que junto al Foro de laCohesin, celebrado en Bruselas en Octubredel pasado ao, han producido los primerosecos de cmo se vislumbra el futuro de laPoltica de Cohesin.

    Pareca que la Poltica de Cohesinal comienzo del perodo 2007-2013 disponade pilares firmes, en la medida en la cul,como he sealado antes, a diferencia delperiodo 2000-2006, se dispone de un diseode la poltica claro en sus objetivos y razona-blemente bien estructurado en otros aspectosimportantes, como el rgimen de auditora ycontrol, sin embargo, suenan ecos de reforma.

    Cules son estos ecos?, enumerar

  • 23

    Anlisisalgunos de ellos, sin que el orden en que lohaga presuponga la mayor o menor importan-cia que tienen.

    En primer lugar, el principio de con-centracin de la poltica de cohesin, al que mehe referido anteriormente en el apartado 2 deeste artculo: la concentracin se realizara, ensu versin ms suave, en las regiones menosdesarrolladas, y en la versin ms dura delprincipio, en los Estados miembros menos des-arrollados. Si triunfara la primera de las versio-nes, el Objetivo de Competitividad estara en elpunto de mira; si la segunda de ellas, lo estaratoda la poltica de cohesin dirigida a los anti-guos Estados miembros, Espaa entre ellos.

    En segundo lugar, la irrupcin de ladenominada cohesin territorial como com-plementaria a la poltica de cohesin.

    El concepto de cohesin territo-rial est todava poco definido desde unpunto de vista operativo; de hecho, la inter-vencin de la Comisaria de Poltica Regional,Sra. Hbner, en la reunin Ministerial sobrecohesin territorial se denominaba Cohesinterritorial: Hacia una comprensin comn yclara del concepto.

    Quizs lo ms evidente de este con-cepto es que la geografa importa y que en laprogramacin habr que hacer ms nfasis enrealidades tales como las reas de baja densi-dad, las poblaciones de montaa, islas, ciuda-des aisladas del continente, como pueden serCeuta y Melilla, zonas degradadas de ciuda-des metropolitanas, etc. Cabe esperar que enningn caso se pretenda suplantar la actualprogramacin sectorial, por una programa-cin de diferente tipo orientada por la geo-grafa, sino que sea una cuestin de nfasis, detener en cuenta en la programacin sectorialdeterminadas realidades territoriales tal ycomo, por otra parte, ya se hace ahora.

    En tercer lugar, la poltica regionalse concibe cada vez ms como una poltica dedesarrollo econmico, que debe contribuir allogro de los objetivos de poltica econmicaeuropeos, y que debe mostrar resultados con-cretos al contribuyente europeo. Lo anteriorconlleva un mayor rigor en la evaluacin.

    En cuarto lugar, quiero destacar elprestigio de la cooperacin interregional enmuchos de los Estados miembros; aunque

    todos sabemos que sus resultados sonmodestos, se percibe como un poderoso ins-trumento de generar valor aadido europeoal facilitar la cooperacin entre regiones,municipios, en instituciones de diferentespases de Europa.

    En quinto lugar, la gestin de lapoltica por diferentes niveles de la Admi-nistracin: nacional, regional y local. Eneste punto quiero destacar la importanciaque los responsables de esta poltica en laComisin Europea conceden al principio desubsidiariedad.

    Por ltimo y para no extendermems, el inevitable nfasis en el futuro en lossistemas de gestin y control, como exigenciade los contribuyentes netos, entre los quepronto nos encontraremos, y ms an tenien-do en cuenta la lnea extremadamente duradel ltimo informe del Tribunal de CuentasEuropeo.

    V. CONCLUSIN

    La poltica de Cohesin es una delas grandes polticas de la Unin, muy estruc-turada, como puede deducirse del artculo, ycon un claro futuro.

    No obstante, tiene el riesgo de quesu excesiva estructuracin, su falta de flexibi-lidad, la complejidad de su aplicacin, acabeproduciendo el rechazo de aquellos a los quepretende beneficiar, que en muchos caso, sesienten atrapados por un poder heternomo ylejano, la Comisin Europea. El correcto des-arrollo de la poltica requiere un reforzamien-to del principio de partenariado entre laComisin y los Estados miembros, que hagaposible la prevencin de diferencias y conflic-tos, y busque soluciones positivas y razona-bles a los mismos.

    Espaa sigue siendo un gran bene-ficiario de la poltica de cohesin en el perio-do 2007-2013, y previsiblemente lo ser enmucha menor medida ms adelante, siendoesto algo de lo que deberamos alegrarnosporque significara que nuestro pas siguecreciendo econmicamente y se sita entrelos ms desarrollados de Europa: los quefinancian la poltica de cohesin y participanpoco en ella.

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    Anlisis

    I.- LA APLICACIN DE LA LEY DECONTRATOS DEL SECTOR PBLICOA LAS MUTUAS DE ACCIDENTES DETRABAJO Y ENFERMEDADES PROFE-SIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

    1. Las Mutuas y su funcin decolaboracin en la gestin de la S. Social

    El artculo 68 del Texto Refundidode la Ley General de la Seguridad Social, enredaccin dada por la Ley 66/1997, de 30 dediciembre, de medidas fiscales, administrati-vas y del orden social, a travs de la disposi-cin adicional quincuagsima, define a lasMutuas de Accidentes de Trabajo y Enferme-dades Profesionales de la Seguridad Social(en adelante las Mutuas), como asociacionesdebidamente autorizadas por el Ministerio deTrabajo y Asuntos Sociales que con tal deno-minacin se constituyan, sin nimo de lucro ycon sujecin a las normas reglamentarias quese establezcan, por empresarios que asumenal efecto una responsabi