Resumen Para La Clase-expo Tributario-sector Restaurante

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El Perú, según el Reglamento de Restaurantes, Decreto Supremo Nº 025-2004-MINCETUR, entiende al concepto “Restaurante” como el establecimiento que expende comidas y bebidas al público, preparadas en el mismo local, prestando el servicio en las condiciones que señala el presente Reglamento y de acuerdo a las normas sanitarias correspondientes. El Perú realiza una clasificación, o para hablar en términos más formales, realiza una categorización, esto es: Restaurantes de un tenedor; Restaurantes de dos tenedores; Restaurantes de tres tenedores; Restaurantes de cuatro tenedores y Restaurantes de cinco tenedores. En su artículo 16º (Calificación de restaurante como turístico) se indica que se podrá solicitar la calificación especial de “Restaurante Turístico”, para los restaurantes de tres (3), cuatro (4) o cinco (5) tenedores, que cumplan con alguna de las condiciones señaladas en aquel artículo. Es necesario recalcar que según el Reglamento de Restaurantes, los restaurantes para el inicio de sus actividades deberán encontrarse inscritos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) a que se refiere la Ley N° 26935, Ley sobre Simplificación de Procedimientos para Obtener los Registros Administrativos y las Autorizaciones Sectoriales para el Inicio de las actividades de las Empresas, normas complementarias y modificatorias. Asimismo, deberán contar con la Licencia Municipal de Funcionamiento y cumplir con las demás disposiciones municipales correspondientes. TRATAMIENTO LABORAL En el Perú, a partir del 29 de Junio del 2008, encontramos 3 regímenes laborales: D.L. 276; D.L. 1057 (CAS) y D.L. 728. Este último es para el sector privado y allí donde se encuentran los trabajadores de los restaurantes. EL CONTRATO DE TRABAJO se puede definir como “el acuerdo de voluntades en virtud del cual el trabajador se compromete libremente a prestar sus servicios al empleador en forma personal y subordinada, por tiempo indeterminado o sujeto a modalidad a cambio de una remuneración”. FORMALIDAD DEL CONTRATO DE TRABAJO El contrato individual de trabajo puede celebrarse libremente por tiempo indeterminado o sujeto a modalidad. El contrato

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El Per, segn el Reglamento de Restaurantes, Decreto Supremo N 025-2004-MINCETUR, entiende al concepto Restaurante como el establecimiento que expende comidas y bebidas al pblico, preparadas en el mismo local, prestando el servicio en las condiciones que seala el presente Reglamento y de acuerdo a las normas sanitarias correspondientes.El Per realiza una clasificacin, o para hablar en trminos ms formales, realiza una categorizacin, esto es: Restaurantes de un tenedor; Restaurantes de dos tenedores; Restaurantes de tres tenedores; Restaurantes de cuatro tenedores y Restaurantes de cinco tenedores.

En su artculo 16 (Calificacin de restaurante como turstico) se indica que se podr solicitar la calificacin especial de Restaurante Turstico, para los restaurantes de tres (3), cuatro (4) o cinco (5) tenedores, que cumplan con alguna de las condiciones sealadas en aquel artculo.

Es necesario recalcar que segn el Reglamento de Restaurantes, los restaurantes para el inicio de sus actividades debern encontrarse inscritos en el Registro nico de Contribuyentes (RUC) a que se refiere la Ley N 26935, Ley sobre Simplificacin de Procedimientos para Obtener los Registros Administrativos y las Autorizaciones Sectoriales para el Inicio de las actividades de las Empresas, normas complementarias y modificatorias. Asimismo, debern contar con la Licencia Municipal de Funcionamiento y cumplir con las dems disposiciones municipales correspondientes.

TRATAMIENTO LABORALEn el Per, a partir del 29 de Junio del 2008, encontramos 3 regmenes laborales: D.L. 276; D.L. 1057 (CAS) y D.L. 728. Este ltimo es para el sector privado y all donde se encuentran los trabajadores de los restaurantes.EL CONTRATO DE TRABAJO se puede definir como el acuerdo de voluntades en virtud del cual el trabajador se compromete libremente a prestar sus servicios al empleador en forma personal y subordinada, por tiempo indeterminado o sujeto a modalidad a cambio de una remuneracin.FORMALIDAD DEL CONTRATO DE TRABAJOEl contrato individual de trabajo puede celebrarse libremente por tiempo indeterminado o sujeto a modalidad. El contrato indeterminado puede celebrarse en forma verbal o escrita.El contrato de trabajo sujeto a modalidad, en la cual se permite pactar a plazo fijo, se celebrarn en algunas circunstancias y cumpliendo determinadas formalidades, necesariamente deben constar por escrito.EFECTOS DEL CONTRATO DE TRABAJOLa relacin laboral determina el pago de una serie de beneficios laborales, como seguro de vida , gratificaciones semestrales, vacaciones anuales pagadas, compensacin por tiempo de servicios, participacin en utilidades, indemnizacin por despido arbitrario, remuneracin mnima vital, asignacin familiar, entre otros.EN EL RESTAURANTE EL PAISASon 17 trabajadores, pero se encuentran en planillas slo 5.Los contratos de trabajo en su mayora son escritos.Duracin -6 meses y de 1 ao (sujeto a modalidad)Remuneracin -- S/.750 mensual (pero semanalmente les paga S/150 aprox.)Contratan para sbados y domingos - S/.30 por da.No realizan contratos a tiempo parcial.

BONIFICACIN: Incentivos por tragos: S/0.50, S/1.00 y S/1.50 (depende el costo del trago).

Reciben almuerzo.Reciben gratificaciones: Julio y Diciembre - s/750Se les paga ESSALUD 9% No reciben utilidades.VESTIMENTA: Blusa y corbata y mandil.

EN EL RESTAURANTE MAR PICANTE

Son 32 trabajadores, los cuales todos se encuentran en planillas.Los contratos de trabajo todos son escritos.Duracin - Los contratos son por 3meses.Remuneracin - S/. 750 mensual (pero semanalmente les paga S/150 aprox.)Contratan para sbados y domingos - 2 personas. S/25 por da.S realizan contratos a tiempo parcial- de 4 horas S/. 750 mensual (pero semanalmente les paga S/150 aprox.)

BONIFICACIN: Por atencin. (lo que considere) BONIFICACIN: Personal de cocina.

Reciben almuerzo.Reciben gratificaciones: Julio y Diciembre - s/750Se les paga ESSALUD 9% Reciben CTS.No reciben utilidades.VESTIMENTA: Blusa y corbata.

TRATAMIENTO COMERCIAL

Un restaurante puede ser constituido ya sea como persona natural o persona jurdica . Si se constituye como persona natural , se puede constituir como una empresa unipersonal . Si se constituye como persona jurdica , las formas societarias en las cuales se puede constituir es : Sociedad annima Sociedad annima cerrada Sociedad annima abierta Empresa Individual de Responsabilidad Limitada Sociedad de responsabilidad limitada .

La constitucin de un restaurante es el siguiente : I. Trmites de formalizacin de empresas bajo la forma de persona jurdica : 1) Bsqueda del nombre en SUNARP 2) Reserva del nombre .3) Minuta de constitucin en una notara . Si el aporte social es en dinero , se debe apertura una cuenta bancaria . Si el aporte social es en bienes , se debe hacer una declaracin jurada de bienes . 4) Dicha minuta se eleva a Escritura Pblica. 5) Se inscribe en Registros Pblicos .

II. Despus se debe tramitar el RUC en SUNAT , una vez tramitado el RUC , se debe acoger a cualquiera de los tres regmenes tributarios . (NUEVO RUS , REGIMEN ESPECIAL , REGIMEN GENERAL )

III. Se debe tramitar tambin la respectiva licencia de funcionamiento en la municipalidad . Dicha licencia puede ser de dos clases : Licencia definitiva: Tiene duracin indefinida. Licencia temporal : Tiene duracin de un duracin .

Toda empresa debe contar con una razn social y un nombre comercial . Nombre comercial Es el signo que sirve para identificar a una persona natural o jurdica en el ejercicio de su actividad econmica empresarial y que distingue su actividad de las actividades idnticas o similares

Razn social :Es el nombre o denominacin de una sociedad mercantil, seguida de las siglas indicativas que le correspondan segn la modalidad de sociedadAsimismo se debe tener un objeto social .Objeto social Es la expresin de la actividad o actividades a las cuales se va a dedicar la sociedad. I. Restaurante Turstico El Paisa

1) Forma societariaEs una persona jurdica en la modalidad de sociedad annima cerrada2) Nombre comercial Restaurant Turstico El Paisa 3) Razn social Inversiones Milagritos S.A.C Negocios Gastronmicos S.A.C Inversiones Tursticas Santa Ins S.A.C

4) Objeto social Venta de pescados, mariscos y comida criolla

Tratamiento tributarioUna vez constituida la empresa, tiene que acogerse a un rgimen tributario que ha establecido SUNAT, la actual normatividad vigente en lo que corresponde al aspecto tributario brinda a las personas naturales con negocio y personas jurdicas tres regmenes tributarios como lo son: El Rgimen nico Simplificado, el Rgimen Especial de Renta y el Rgimen General.En este caso, el Restaurant el Paisa cuenta con tres establecimientos los cuales con: El de Santa Teresa, el de Santa Ins y el de San Andrs; los dos primeros se encuentran en el rgimen general y el de san Andrs en el rgimen especial Recargo al consumo de RestaurantesEst contemplado en la Ley 25988, que en su QUINTA Disposicin Complementaria:Los establecimientos de hospedaje o expendio de comidas y bebidas en acuerdo con sus trabajadores, podrn fijar un recargo al consumo no mayor al 13% del valor de los servicios que prestan, Este recargo no forma parte de la base imponible del Impuesto, General a las Ventas.

Dicho recargo es a favor del mozo, no una compra.Por lo tanto forma parte del costo del servicio y se debe contabilizar como parte de ste, siempre que figure en la boleta o factura.Comprobantes de PagoEsto es muy importante porque de esto define mucho que rgimen son los ms adecuados a sus intereses por lo que hay que determinar a quin va dirigido la actividad comercial del negocio que se va a realizar.As mismo el Restaurant el Paisa, emite los siguientes comprobantes de pago: La Factura y la Boleta (esta puede ser detallada o solo figurar la cantidad a pagar)