Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

73
8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1 http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 1/73 ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 1 Unidad 1 1. Obligación: conc!"o# an$li%i% dl &i%&o. A'". (2).* +,inición. La obligación % na 'lación '/dica n i'"d d la cal l ac'do' "in l d'co a igi' dl ddo' na !'%"ación d%"inada a %a"i%,ac' n in"'3% l/ci"o 4# an" l inc&!li&in"o# a ob"n' ,o'ada&n" la %a"i%,acción d dico in"'3%. El ob"o d %"dio d la% obligac aba'ca lo% di%"in"o% ,nó&no% 6 %!onn la ci'clación 4 di%"'ibción d bin%. E: Con"'a"o% d co&!'a na# ilici"o% cl!o%o% 4 dolo%o% 6 abili"an ind&niación# l ab%o dl dco# "c# "a&bin la% 'lacion% n"' co&'cian"% # n"' !'%ona% d di%"in"o% do&icilio% o nacionalidad%. La% obligacion% gn'al&n" % con,ndn con db'% 'idico%# &o'al% o d co%"&b' %ocial 7co&o cd' l a%in"o a na &ba'aada # "c8 SE DESTACAN LOS ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LA OBLIGACIONES 9ESALAN+O EL ;INCULO OBLIGACIONAL • SE +ESACA EL INE9<S +EL AC9EE+O9 EN CUANTO A LA NAU9ALE=A >U9?+ICA DE LA OBLIGACIÓN, SE ADOPTA LA LLAMADA @CONCECIN A9OIA+A QUE VE EN LA OBLIGACIÓN LAS DOS CARAS DE UNA MONEDA: LA +EU+A Y LA 9ESONSABILI+A+ SE ENTIENDE POR 9ESONSABILI+A+ LA E>ECUCION FO9=A+A DE LA PRESTACIÓN A FIN DE SATISFACER EL INTERÉS DEL ACREEDOR Se trata de !a re"a#$%! &r'd$#a, e(t) e( !a re"a#$%! *+a!a re"ada -)r e" Dere#*). La e/-re($%! re("ta -re0er$1"e a "a de 2'!#") -)r ( +a3)r -re#$($%! t4#!$#a, 3 -)r5e "a re"a#$%! &r'd$#a )1"$a#$)!a" e( !a de "a( 2ar$a( re"a#$)!e(  &r'd$#a( 5e (re! de "a #)!d#ta *+a!a 6-. e&. re"a#$)!e( &r'd$#a( rea"e(, de 0a+$"$a, et#.7. Se "a e"$e, ade+8(, e! 2e9 de ($ta#$%! &r'd$#a, -)r5e de!)ta ade#ada+e!te "a #)!e/$%! de ")( (&et)( a#t$2) 3 -a($2) de "a )1"$a#$%!. Se trata, a($+$(+), de ! de1er, de "a !e#e($dad &r'd$#a +e!#$)!ada e! "a de0$!$#$%! r)+a!a, 5e -re#$(a+e!te !a#e de e(a re"a#$%! &r'd$#a. E( ! de1er e(-e#'0$#) 3 #a"$0$#ad) e! 2$rtd de" #a" e" #+-"$+$e!t) de "a )1"$a#$%! !) e( ! a#t) "$1re, de #)!#e($%! ) de ra#$a -)r -arte de" ded)r. E/$(te ! (&et) -a($2), ) ded)r, 5e de1e #+-"$r 0re!te a ! (&et) a#t$2), ) a#reed)r. A54" t$e!e !a deda 3 4(te ! #r4d$t). E"") !) $+-$de 5e e! #$erta( #$r#!(ta!#$a( e/$(ta! #r4d$t)( 3 deda( re#'-r)#)(, #)+) -)r e&e+-"), ($ C #)+-ra ! "$1r) a V: e! ta" ($ta#$%! C e( ded)r de" -re#$) 3 a#reed)r de "a e!trea de" "$1r), 3 #)rre"at$2a+e!te V, a#reed)r de" -re#$), e( ded)r de d$#*a e!trea. Ta+-)#) e/#"3e "a +)+e!t8!ea $!deter+$!a#$%! de !) )tr) (&et). A-are#e ade+8( "a -re(ta#$%!, 5e $+-"$#a e" #)+-)rta+$e!t) ) a#t$td de1$d)(. Ca1e (ea"ar a5' 5e ta" -re(ta#$%! -ede te!er d$2er(a( +a!$0e(ta#$)!e(: !a e!trea, ) dar, #)+) e! "a #)+-ra2e!ta; !a a#t$2$dad, ) *a#er, #)+) #a!d) D (e )1"$a a -$!tar "a #a(a de A; !a a1(te!#$%!, ) !) *a#er, ($ -)r e&e+-") (e -a#ta "a )1"$a#$%! de !) e(ta1"e#er(e #)! ! #)+er#$) #)+-et$t$2) e! deter+$!ad) rad$). NATURALE<A =UR>DICA DE LA OBLIGACION ? DISTINTAS TEOR>AS SUB=ETIVAS De(ta#a! #)+) e(e!#$a" "a -)($1$"$dad de ()+eter "a #)!d#ta de" ded)r a" $+-er$) de "a 2)"!tad de" a#reed)r. TEORIAS SUB=ETIVAS Se)r') de" a#reed)r ()1re "a -er()!a de" ded)r; (e 1a(a! e! a##$)!e( #)er#$t$2a( 5e e&er#'a e" a#reed)r ()1re e" ded)r. V$e!te( e! "a a!t$a r)+a 6E" a#reed)r -)d'a t)+ar #)+) e(#"a2) a ( ded)r, -)r e&e+-")7.

Transcript of Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

Page 1: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 1/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 1Unidad 11. Obligación: conc!"o# an$li%i% dl &i%&o.A'". (2).* +,inición. La obligación % na 'lación '/dica n i'"d d lacal l ac'do' "in l d'co a igi' dl ddo' na !'%"ación d%"inadaa %a"i%,ac' n in"'3% l/ci"o 4# an" l inc&!li&in"o# a ob"n',o'ada&n" la %a"i%,acción d dico in"'3%.

El ob"o d %"dio d la% obligac aba'ca lo% di%"in"o% ,nó&no% 6 %!onnla ci'clación 4 di%"'ibción d bin%.E: Con"'a"o% d co&!'a na# ilici"o% cl!o%o% 4 dolo%o% 6 abili"anind&niación# l ab%o dl dco# "c# "a&bin la% 'lacion% n"' co&'cian"%# n"' !'%ona% d di%"in"o% do&icilio% o nacionalidad%.

La% obligacion% gn'al&n" % con,ndn con db'% 'idico%# &o'al% o dco%"&b' %ocial 7co&o cd' l a%in"o a na &ba'aada # "c8

SE DESTACAN LOS ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LA OBLIGACIONES 9ESALAN+OEL ;INCULO OBLIGACIONAL

• SE +ESACA EL INE9<S +EL AC9EE+O9 • EN CUANTO A LA NAU9ALE=A >U9?+ICA DE LA OBLIGACIÓN, SE ADOPTA LA

LLAMADA @CONCECIN A9OIA+A QUE VE EN LA OBLIGACIÓN LAS DOSCARAS DE UNA MONEDA: LA +EU+A Y LA 9ESONSABILI+A+

• SE ENTIENDE POR 9ESONSABILI+A+ LA E>ECUCION FO9=A+A DE LAPRESTACIÓN A FIN DE SATISFACER EL INTERÉS DEL ACREEDOR

Se trata de !a re"a#$%! &r'd$#a, e(t) e( !a re"a#$%! *+a!a re"ada -)r e"Dere#*). La e/-re($%! re("ta -re0er$1"e a "a de 2'!#") -)r ( +a3)r -re#$($%!t4#!$#a, 3 -)r5e "a re"a#$%! &r'd$#a )1"$a#$)!a" e( !a de "a( 2ar$a( re"a#$)!e( &r'd$#a( 5e (re! de "a #)!d#ta *+a!a 6-. e&. re"a#$)!e( &r'd$#a( rea"e(, de0a+$"$a, et#.7. Se "a e"$e, ade+8(, e! 2e9 de ($ta#$%! &r'd$#a, -)r5e de!)ta

ade#ada+e!te "a #)!e/$%! de ")( (&et)( a#t$2) 3 -a($2) de "a )1"$a#$%!. Se trata, a($+$(+), de ! de1er, de "a !e#e($dad &r'd$#a +e!#$)!ada e! "a de0$!$#$%!

r)+a!a, 5e -re#$(a+e!te !a#e de e(a re"a#$%! &r'd$#a. E( ! de1er e(-e#'0$#) 3#a"$0$#ad) e! 2$rtd de" #a" e" #+-"$+$e!t) de "a )1"$a#$%! !) e( ! a#t) "$1re, de#)!#e($%! ) de ra#$a -)r -arte de" ded)r.

E/$(te ! (&et) -a($2), ) ded)r, 5e de1e #+-"$r 0re!te a ! (&et) a#t$2), )a#reed)r. A54" t$e!e !a deda 3 4(te ! #r4d$t). E"") !) $+-$de 5e e! #$erta(#$r#!(ta!#$a( e/$(ta! #r4d$t)( 3 deda( re#'-r)#)(, #)+) -)r e&e+-"), ($ C #)+-ra! "$1r) a V: e! ta" ($ta#$%! C e( ded)r de" -re#$) 3 a#reed)r de "a e!trea de" "$1r),3 #)rre"at$2a+e!te V, a#reed)r de" -re#$), e( ded)r de d$#*a e!trea. Ta+-)#)e/#"3e "a +)+e!t8!ea $!deter+$!a#$%! de !) )tr) (&et).

A-are#e ade+8( "a -re(ta#$%!, 5e $+-"$#a e" #)+-)rta+$e!t) ) a#t$td de1$d)(.Ca1e (ea"ar a5' 5e ta" -re(ta#$%! -ede te!er d$2er(a( +a!$0e(ta#$)!e(: !ae!trea, ) dar, #)+) e! "a #)+-ra2e!ta; !a a#t$2$dad, ) *a#er, #)+) #a!d) D (e)1"$a a -$!tar "a #a(a de A; !a a1(te!#$%!, ) !) *a#er, ($ -)r e&e+-") (e -a#ta "a)1"$a#$%! de !) e(ta1"e#er(e #)! ! #)+er#$) #)+-et$t$2) e! deter+$!ad) rad$).

NATURALE<A =UR>DICA DE LAOBLIGACION ? DISTINTAS TEOR>AS

• SUB=ETIVAS De(ta#a! #)+) e(e!#$a" "a -)($1$"$dad de ()+eter "a #)!d#ta de"

ded)r a" $+-er$) de "a 2)"!tad de" a#reed)r.

TEORIAS SUB=ETIVAS

Se)r') de" a#reed)r ()1re "a -er()!a de" ded)r; (e 1a(a! e! a##$)!e( #)er#$t$2a(5e e&er#'a e" a#reed)r ()1re e" ded)r. V$e!te( e! "a a!t$a r)+a 6E" a#reed)r -)d'at)+ar #)+) e(#"a2) a ( ded)r, -)r e&e+-")7.

Page 2: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 2/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 2

E! e" dere#*) +)der!) ()! $!#)!#e1$1"e(.• OB=ETIVAS E! e(ta( ") 5e re("ta re"e2a!te e( e" ()+et$+$e!t) de" -atr$+)!$)

de" ded)r a "a a##$%! de" a#reed)r.TEOR@S OB=ETIVAS

Para e(ta( te)r'a( ") #e!tra" e( e" $!ter4( de" a#reed)r e! e" #+-"$+$e!t) de "a-re(ta#$%!, a!te e" $!#+-"$+$e!t), e" a#reed)r 2er8 (at$(0e#*) ( $!ter4( #)! "ae&e##$%! de ")( 1$e!e( 5e $!tera! e" -atr$+)!$) de" ded)r.

E(ta( te)r'a( !) #)!($dera! "a #)!d#ta de" (&et) -a($2) de "a )1"$a#$%!#a!d) ( a##$)!ar e(t8 $!2)"#rad) e! e" #)!#e-t) de )1"$a#$%!.

• APROPIADA CAR@CTER COMPLE=O DEL VINCULO OBLIGACIONAL : C)e/$(te!

#)+-)!e!te( (1&et$2)( 3 )1&et$2)(, -)r ! "ad) "a DEUDA 3 -)r )tr) "aRESPONSABILIDADCONCEPCION APROPIADA 

Se trata de ! VINCULO =UR>DICO COMPLE=O e! e" #a" (e $!2)"#ra! "a deda, e(de#$r a5e"") 5e e" ded)r de1e #+-"$r 3 "a re(-)!(a1$"$dad, e!te!d$e!d) #)+)ta" e" -"e/) de a##$)!e( "ea"e( 5e e" a#reed)r t$e!e a 0$! de ")rar,0)r9ada+e!te, "a (at$(0a##$%! de ( $!ter4( e! #a() de $!#+-"$+$e!t) -)r -arte de"ded)r.

2. OBLIGACIONES NAU9ALESD+EBE9ES O9ALES

A'". (2.* +b' &o'al. Lo n"'gado n c&!li&in"o ddb'% &o'al% o d concincia % i''!"ibl.

El no código no ac ','ncia a la% lla&ada% @Obligacion%Na"'al% 6 'glaba l C.C. d ;3l# la% a li&inado.

E!'%a cla'a&n" 6 6in n"'ga algo co&o con%cncia d ndb' &o'al# no d na 'laciónD/nclo obligacional 6 nc%a'ia&n"i&!lica la i%"ncia d accion% lgal% di%!onibl% !a'a log'a' la cción,o'ada d la !'%"ación# no !d '!"i' lo 6 a n"'gado# no !d'cla&a' % dolción

. ACUACION +E AUHILIA9ES

AUHILIA9ES '%ona% d la% 6 l ddo' % %i' !a'a la cción d

la Obligación.

A'". (2.* Ac"ación d ailia'%. 'inci!io d 6i!a'ación. Elinc&!li&in"o d la% !'%ona% d la% 6 l ddo' % %i' !a'a la cciónd la obligación % 6i!a'a al d'iado dl !'o!io co dl obligado.

I&!lica '%!on%abilidad di'c"a dl ddo' con"'ac"al !o' lo% co% d%% ailia'%.

). COA9ACIONES

EN9E OBLIGACIONES J +E9ECKOS E9SONALISIOS

OBLIGACIONES

+E CA9CE9 A9IONIAL

Page 3: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 3/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 -

;?NCULO EN9E +OS o &a% E9SONAS

NO SON INKE9ENES A LOS SU>EOS

NO ESENCIALES

GENE9ALENE +ISONIBLES

NO SON ;IALICIOS 7LIIE EO9AL8. +E9ECKOS E9SONALISIOS

INNAOS INKE9ENES A LA E9SONA KUANA NECESA9IOS ESENCIALES 9I;A+OS ;IALICIOS +E OB>EO INE9IO9  9ELAI;AENE +ISONIBLES AUONOOS

EN9E OBLIGACIONES J +E9ECKOS +E FAILIAOBLIGACIONES

;ALO9ACION ECONICA

C9E+IO O +EBIO EN EL A9IONIO +E LOS SU>EOS7AC9EE+O9D+EU+O98

SANCION O9 INCULIIENO E>ECUCION FO9=A+A 7En %!ci8 D

IN+ENI=ACION 7En 6ialn"8. +E9ECKOS +E FAILIA

CONENI+O EH9AA9IONIAL 7@'inci!al&n"8 +EBE9 +E CUI+A9 A LOS KI>OS O9IENACION A9A EL E>E9CICIO +E SUS +E9ECKOS

9OJECO +E ;I+A COUN 7cón4g%8

LA SANCION O9 INCULIIENO +E LOS +EBE9ES FAILIA9ES NOIO9A UNA IN+ENI=ACION

5. +i%"inción n"' +'co% 9al% 4 '%onal%: ca'ac"'/%"ica% d cada no.E" #r$ter$) da"$(ta e(ta1"e#e d$0ere!#$a( e!tre "a )1"$a#$%! 3 e" dere#*) rea" a te!)r de(( re(-e#t$2a( #ara#ter'(t$#a(. E" #r$ter$) +)!$(ta a ( 2e9 $!te!ta a($+$"ar e" dere#*)rea" a "a )1"$a#$%!, ) a e/-"$#ar a" #r4d$t) #)+) ! dere#*) rea".Cr$ter$) da"$(ta:a7 Cara#tere( t'-$#)( de "a )1"$a#$%!. Patr$+)!$a"$dad. Re"at$2$dad A"ter$dad 61$"atera"$dad7, e! #a!t) "a re"a#$%! (e e!"a9a #)! )tr) (&et), #)!0$r$e!d) a

!) 6e" a#reed)r7 dere#*) a )1te!er deter+$!ad) #)+-)rta+$e!t) de" )tr) 6e"

Page 4: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 4/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - )ded)r7, e( de#$r, a )1te!er "a -re(ta#$%!, #)! !a #)er#$1$"$dad t'-$#a de" 2$!#"+ &r$( )1"$a#$)!a".

At)!)+'a de "a 2)"!tad #read)ra, 5e (e de!)ta e! #a!t) e" Dere#*) !) da+)"de( r'$d)( -ara "a( 0$ra( de )1"$a#$%! 6e" CC ad+$te #)!trat)( $!!)+$!ad)(7,3 -)r5e "a( !)r+a( 5e "a re"a! ()! ((ta!#$a"+e!te (-"et)r$a( 3 !)$+-erat$2a(;

Te+-)ra"$dad, -e( "a re"a#$%! &r'd$#a !) e( -er-eta 3 (e a)ta e! ! t$e+-)"$+$tad), a ") 5e (e area 5e "a $!a##$%! de" t$t"ar -ede der$2ar e! "a-re(#r$-#$%! e/t$!t$2a de "a a##$%!

17 Cara#tere( t'-$#)( de" dere#*) rea" Patr$+)!$a"$dad, 5e e( "a !$#a #)+! #)! "a )1"$a#$%!. Car8#ter a1()"t), e! #a!t) a "a )-)!$1$"$dad era )+!e( 3a (ea"ada. Re"a#$%! d$re#ta e $!+ed$ata #)! "a #)(a, e" t$t"ar de ! dere#*) rea" -ede de#$r

te!), e! ta!t) e" t$t"ar de ! dere#*) -er()!a" 6e" a#reed)r7 (%") -ede a0$r+ar*e de te!er.

Crea#$%! "ea" e/#"($2a, -e( ")( dere#*)( rea"e( (%") -ede! (er #read)( -)r "a"e3. T)d) #)!trat) ) d$(-)($#$%! de "t$+a 2)"!tad 5e #)!(t$t3e(e )tr)( dere#*)(

rea"e(, ) +)d$0$#a(e ")( 5e -)r e(te C%d$) (e re#)!)#e!, 2a"dr8 (%") #)+)#)!(t$t#$%! de dere#*)( -er()!a"e(, ($ #)+) ta" -d$e(e 2a"er. Per-et$dad, e! e" (e!t$d) de 5e e" t$t"ar de" dere#*) rea" !) ") -$erde -)r (

$!a##$%!, ta!t) 5e ($ a"$e! ad5$ere e" dere#*) rea" a&e!) -)r -re(#r$-#$%!ad5$($t$2a ) (#a-$%!, ") *a#e e! 2$rtd de ( a##$%!, !) de "a ()"a $!a##$%! de"-r)-$etar$).

Ad5$($#$%! -)r trad$#$%!, (a"2) e" #a() de (#e($%! *ered$tar$a 3 ($! -er&$#$) de "ae/$e!#$a de "a $!(#r$-#$%! e! #$ert)( (-e(t)( a!5e (ea de )1(er2ar 5e "atrad$#$%!, e! r$)r, e( !e#e(ar$a (%") #a!d) (e trata de dere#*)( rea"e( e&er#$1"e( -)r"a -)(e($%! 6e! (e!t$d) "at)7, 3 de a""' 5e !) (e "a re5$era e! "a *$-)te#a.

P)($1$"$dad de (#a-$r #a!d) tra!(#rre #$ert) -"a9) de -)(e($%!.

 &( -er(e5e!d$, ) 0a#"tad de -er(e$r "a #)(a a!5e e(t4 e! +a!)( de ter#er)(.  &( -re0ere!d$, ) (ea -re0ere!#$a a 0a2)r de" t$t"ar +8( a!t$) #a!d) #)!#rre!

2ar$)( -rete!d$e!te( ()1re "a +$(+a #)(a, ") 5e !) )#rre e! +ater$a de dere#*)(#red$t$#$)(, -e( e!t)!#e( "a( -re0ere!#$a( )1ede#e! a )tra( ra9)!e(.

Cr$ter$) M)!$(ta: Dere#*) rea" #)+) )1"$a#$%!: de(de 5e "a re"a#$%! &r'd$#a e!"a9are"a#$)!e( e!tre (&et)(, (e *a -rete!d$d) 5e (er'a $+-r)-$) #ara#ter$9ar a" dere#*) rea"#)+) !a re"a#$%! e!tre "a -er()!a 3 "a #)(a. A(' (r$% "a te)r'a 5e e/-"$#a a" dere#*)rea" #)+) !a )1"$a#$%! -a($2a+e!te !$2er(a". E" dere#*) rea", a te!)r de d$#*)#r$ter$), !) (er'a ($!) !a )1"$a#$%!, 5e $!#+1e a t)d) +$e+1r) de "a #)+!$dad, dere(-etar e" dere#*) 6rea"7 de !a -er()!a; -)r e""), -)r5e t)d)( de1e! re(-etar e"dere#*) de )tr) ()1re !a #)(a, ta" )1"$a#$%! de !) *a#er (er'a -a($2a+e!te !$2er(a".

Cr't$#a: e(te #r$ter$) d$(t)r($)!a ")( #)!#e-t)(. La )-)!$1$"$dad era )+!e(, #)! e"#)!($$e!te de1er de t)d)( de re(-etar")(, e( -r)-$a de ")( dere#*)( (1&et$2)(. A2e#e( 4(t)( ()! )-)!$1"e( d$re#ta+e!te a -er()!a ) -er()!a( deter+$!ada( 6a(' e"dere#*) #red$t)r$) 3 e" de 0a+$"$a7, 3 )tra( 2e#e( !) t$e!e! (&et) deter+$!ad) #)+)de(t$!atar$) de" -)der de" t$t"ar 6#)+) ")( d4 "a -er()!a"$dad ) ")( rea"e(7; -er) t)d)(")( dere#*)( (1&et$2)(, a! ")( #ara#ter$9ad)( #)+) re"at$2)( 6#red$t)r$)( 3 de 0a+$"$a7,$+-)rta! e" de1er de "a #)+!$dad de !) $!+$(#$r(e e! e"")(. P)r e"") "a #ara#ter$9a#$%!de" dere#*) rea" #)+) !a )1"$a#$%! de t)d)( *a#$a e" t$t"ar de" dere#*) !) re("ta#)!2$!#e!te, -e( ta" de1er e!era" e(, e! +a3)r ) +e!)r +ed$da, -r)-$) de t)d)( ")(dere#*)( (1&et$2)( 3 !) e(-e#'0$#) de ")( dere#*)( rea"e(.E" #r4d$t) #)+) ! dere#*) rea": (e! (e (a1e, "a deda e!era "a re(-)!(a1$"$dad de"

ded)r, 3 a +a!era de ara!t'a, e" a#reed)r e(t8 $!2e(t$d) de" -)der de are($%!-atr$+)!$a" #)! e" 0$! de (at$(0a#er ( #r4d$t). Para a"!)( at)re( e(te -)der$+-)rtar'a e" e&er#$#$) de ! dere#*) rea" de -re!da, 3 -ara )tr)(, ($ 1$e! !) (e tratar'ade !a -re!da, d$#*a -)te(tad re(-)!der'a a !a !)#$%! e!4r$#a de ara!t'a( rea"e(,$!#"$da e! "a #ate)r'a de" dere#*) rea".

Page 5: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 5/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 5Cr't$#a: E( #$ert) 5e "a 2)"!tad de" ded)r (ea e! #$erta +ed$da $!#)er#$1"e, -)r5e e"dere#*) de" a#reed)r !) re#ae ()1re e""a. Per) e(te dere#*) de" a#reed)r, 5e (e#)!#reta e! e+-"ear ")( +ed$)( "ea"e(, a 0$! de 5e e" ded)r "e -r)#re a5e"") a 5e(e *a )1"$ad), 3 ter+$!a -)r re#aer e! "a( $!de+!$9a#$)!e( #)rre(-)!d$e!te(, !)$+-"$#a ! dere#*) ()1re e" -atr$+)!$) de" ded)r ) #)(a( deter+$!ada( 5e "e-erte!e9#a!.E( -)r e"") 5e, ($ e" a#reed)r -rete!de "a e!trea e! e(-e#$e de "a #)(a 5e "e e(de1$da, !) t$e!e dere#*) a t)+ar"a -)r ($, 3 de1e a#d$r a ")( +ed$)( de e&e##$%!-r$!#$-$a!d) -)r e+1arar"a.E! #a+1$) e" t$t"ar de "a *$-)te#a, ! dere#*) rea" de ara!t'a, !) -re#$(a de" e+1ar)-ara ")rar "a e&e##$%! de" $!+e1"e ()1re e" #a" a($e!ta ( -r$2$"e$), -)r5e t$e!e !dere#*) ()1re d$#*a #)(a.La ($ta#$%! e( t)da2'a +8( #"ara #a!d) e" ded)r $!#+-"e !a deda de d$!er), )t$e!e 5e -aar "a $!de+!$9a#$%! e! d$!er), -e( e! e(t)( #a()( e" a#reed)r (%") t$e!edere#*) a re#"a+ar e" 2a")r de ")( 1$e!e( e&e#tad)( -ara (at$(0a#er ( #r4d$t), 3 !) e()(1$e!e( +$(+)(, ") #a" de+e(tra 5e #are#e de ! dere#*) ()1re e"")(.

M. Co&!a' lo% d'co% d c'3di"o con lo% d'co% d ,a&ilia.E!tre "a )1"$a#$%! 3 ")( dere#*)( de 0a+$"$a (e ad2$erte! "a( ($$e!te( d$0ere!#$a(e(e!#$a"e(: E! e" Dere#*) de 0a+$"$a *a3 de1ere(, ta"e( #)+) "a 0$de"$dad de1$da e!tre e(-)()(,

a&e!)( a" #)!te!$d) -atr$+)!$a" -r)-$) de" Dere#*) de )1"$a#$)!e(. E! ")( dere#*)( de 0a+$"$a -red)+$!a "a $dea de $!(t$t#$%!, #)!#e1$da #)+) de

re"a#$%! $+-erat$2a 3 tra(#e!de!te e! +ed$)( 3 0$!e( a ")( (&et)( t$t"are(, e!ta!t) "a )1"$a#$%! e(t8 re$da e! 1e!a +ed$da -)r "a $dea de "a at)!)+'a de "a2)"!tad.

E! ")( dere#*)( de 0a+$"$a (e e/$e !a #)!d#ta -er()!a", e! ta!t) e"") !) )#rre!e#e(ar$a+e!te e! "a )1"$a#$%!. A(', -)r e&e+-"), ! *$&) !) -)dr'a -rete!der 5e

)tr) ") ((t$t3era 0re!te a" -adre e! e" #+-"$+$e!t) de (( de1ere( e+a!ad)( de "a-atr$a -)te(tad; -er) e! -r$!#$-$), e( a#e-ta1"e 5e ! ter#er) (at$(0aa a" a#reed)r($e+-re 5e !) e/$(ta ! $!ter4( "e't$+) de 4(te e! 5e a#te -er()!a"+e!te e")1"$ad).

La( (a!#$)!e( ()! d$(t$!ta( e! !a 3 )tra %r1$ta: "a $!de+!$9a#$%! e( a(' a&e!a, e!-r$!#$-$), a "a( re"a#$)!e( de 0a+$"$a, #3a( (a!#$)!e( ()! de )tra '!d)"e 6-. e&., e"d$2)r#$), "a -4rd$da de "a -atr$a -)te(tad, et#.7.

(. Obligacion% @!'o!"' '&. Conc!"o. 'a"a&in"o n l CC E&!lo% 7al&no% do%8.

En la doctrina se ha descripto una categoría de obligaciones caracterizadas por corresponder a quiendetenta una relación de señorío sobre una cosa; que nacen, se desplazan y se extinguen con dicharelación de señorío. Se las ha calificado como situaciones intermedias entre los derechos personales ylos derechos reales, denominndoselas !obligaciones propter rem!. Estas obligaciones tambi"n presentancaracterísticas especiales, ya que participan de las circunstancias propias de la titularidad real o

 posesoria de la cosa, sin que inter#enga la #oluntad de las partes, pues todo ocurre por aplicación de laley.

$sí, si se transmite la cosa, la obligación sigue a dicha cosa pesando sobre el nue#o propietario yliberndose el anterior titular. En otros t"rminos, es inseparable la calidad de deudor de la condición de

 propietario de la cosa en razón de la cual ha surgido la obligación. % la persona del deudor no se

determina sino en el momento en que la obligación se hace #aler. &or ello, se les denomina tambi"nobligaciones cabalgantes, ambulatorias o reales.

Page 6: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 6/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - M'a existencia y los alcances de esta figura (urídica fueron siempre ob(eto de contro#ersia y el )ódigo

de *"lez Sarsfield parecía alentar el debate, al contener normas contradictorias al respecto, con base enfuentes di#ersas.

'a doctrina y la (urisprudencia reconocieron obligaciones  propter rem, en el caso de títulos al portador, donde el derecho de exigir al deudor el pago de su importe, recae sobre el tenedor +arts.

-))i#. *S y art. /-0 ))om., en forma concordante, art. 112 ))y)34; en la obligación de abonar impuestos inmobiliarios +conf. art. 0-5))i#. *S4; en la obligación del dueño de una cosa perdida derecompensar al hallador y pagarle los gastos hechos en aquella +conf. art. 022))i#. *S4; en laobligación del condómino de pagar la parte proporcional de los gastos de condominio +conf. art.051))i#. *S, conc. con art. 66 ))y)34; y muy especialmente, en la obligación de contribuir al

 pago de expensas comunes en la propiedad horizontal +conf. art. / de la ley 2.076-1, conc. con art.08-5 ))y)34.

Si bien no hay una regulación gen"rica de este instituto en el nue#o )ódigo )i#il y )omercial de la 3ación, seg9n se obser#a en las concordancias citadas, los e(emplos descriptos siguen #igentes comotales, de modo tal que los efectos propios de las obligaciones ambulatorias tambi"n seguirn siendo

aplicables.

Unidad . S"o% d la obligación: d"'&inación# 6in% !dn %' %"o% d la

obligación. 'an%&i%ión d la calidad d %"o. l'alidad d %"o%.E" (&et) de "a re"a#$%! &r'd$#a re("ta de "a re(-e(ta a "a -re!ta 5$4!. a3 !(&et) a#t$2), t$t"ar de "a 0a#"tad 5e, e! "a )1"$a#$%!, e( e" a#reed)r.Y ! (&et) -a($2), a #3) #ar) e(t8 e" de1er 5e, e! "a )1"$a#$%!, e( e" ded)r.E(ta1"e#$d) 5e "a e/$(te!#$a de (&et)( e( $+-re(#$!d$1"e e! t)da re"a#$%! &r'd$#a, 2a de(3) 5e ta+1$4! ") e( e! "a )1"$a#$%!. E! t)da re"a#$%! )1"$a#$)!a" de1e *a1er, -e(,! (&et) a#reed)r 3 )tr) ded)r, ) 2ar$)( de e"")(.

La #a"$dad de (&et) #)rre(-)!de a "a -er()!a, (ea 4(ta 0'($#a % &r'd$#a, 3 a! e! e" #a()de (&et)( de Dere#*).Ca!d) "a )1"$a#$%! (re de ! a#t) &r'd$#) 6#)+) ! #)!trat)7, e( $!dda1"e 5e e"(&et) de1e (er #a-a9 de Dere#*); ($ 0era $!#a-a9 de *e#*), ta" $!#a-a#$dad (er'a(-"$1"e -)r re-re(e!ta#$%!.E! e(ta #e(t$%! $!#$de!, ta+1$4!, "a( *a1$"$ta#$)!e( -ara )1rar 5e (re! de "ae+a!#$-a#$%! ) de )tra( #$r#!(ta!#$a(, e $!2er(a+e!te, "a( $!*a1$"$ta#$)!e(.La #a"$dad de a#reed)r 3 "a de ded)r -ede! (er tra!(+$t$da(, e(t) e(, -ede *a1er(#e($%! e! e""a( 6de (#eder: ((t$t$r, ree+-"a9ar7. La tra!(+$($%! ) (#e($%! -ededar(e -)r a#t) e!tre 2$2)(, ) -)r a#t) de "t$+a 2)"!tad ) +)rt$( #a(a.La re"a#$%! )1"$a#$)!a" !) (e e!"a9a !e#e(ar$a+e!te e!tre ! (&et) a#reed)r 3 !

(&et) ded)r. Pede *a1er -"ra"$dad e! !a )tra -arte, ) e! a+1a(, de(de e"!a#$+$e!t) de "a re"a#$%! -"ra"$dad )r$$!ar$a7, ) (r$r #)! "ter$)r$dad 6-"ra"$dad()1re2$!$e!te, -. e&. S$ +ere e" ded)r ) e" a#reed)r ($!"ar, 3 "a deda ) e" #r4d$t) (ed$2$de! e!tre 2ar$)( *ereder)(7.

E'E:E3<S =E '$S <>'?@$)?<3ESA los su(etosA indique quienes son los su(etos acti#o y pasi#o.BespondaA Cpueden ser indeterminadosD Cui"nes pueden ser su(etos de las obligacionesD Befi"rase a lacapacidad de los su(etos. ?ndique como se transmite la calidad de su(eto de las obligaciones. :encionelos distintos casos de pluralidad de su(etos.

ELEMENTOS:

SUJETOS OBJETO CONTENIDO VINCULO FUENTE 

Page 7: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 7/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - ( FINALIDAD 6E(ta (%") "a e!#)!tra+)( e! a5e""a( re"a#$)!e( 5e !a#e! de !a#t) &r'd$#)7.

SU>EOS

E9SONAS KUANAS O >U9?+ICAS

SU>EO ACI;O AC9EE+O9 in n c'3di"o. E% 6in "in a %

di%!o%ición accion% lgal% "ndin"% a log'a' la %a"i%,acción d % in"'3%,'n" al inc&!li&in"o dl ddo'.

SU>EO ASI;O +EU+O9 in na dda. F'n" a %

inc&!li&in"o# db %o!o'"a' la% accion% lgal% d la% 6 di%!on %ac'do' !a'a %a"i%,ac' % in"'3%

E! e(te -!t) de1e+)( $!terr)ar!)( @UIEN e( -arte de e(ta re"a#$%! &r'd$#a. De"a!8"$($( de "a de0$!$#$%! -)de+)( )1(er2ar 5e e/$(te! d)( (&et)(, ! (&et) 5e de1e#+-"$r !a deter+$!ada -re(ta#$%! 3 5e de1e *a#er") e! 1e!e0$#$) de )tr) (&et). S$re#)rda+)( "a !atra"e9a &r'd$#a de "a OBLIGACION, e! !a de (( te)r'a(, e! a5e""a e!5e 2e'a+)( e! "a )1"$a#$%! "a( d)( #ara( de !a +)!eda, -)r ! "ad) e" de1er de#+-"$r #)! e" 5e #ara ! (&et) 6DEUDA7 3 -)r e" )tr), "ad) 5e (e de(#1re a!te e"$!#+-"$+$e!t) de a5e" (&et) da!d) )r$e! a" a1a!$#) de a##$)!e( "ea"e( 5e t$e!e e"(&et) 1e!e0$#$ar$) de "a )1"$a#$%! a e0e#t)( de ")rar "a (at$(0a##$%! de ( $!ter4(6RESPONSABILIDAD7, -)de+)( de#$r e!t)!#e( 5e te!e+)( ! SU=ETO, 5e e( 5$e!re#$1$r8 ! 1e!e0$#$), e( de#$r 5e "in n c'3di"o 3 ") ""a+a+)( AC9EE+O9 3 5et$e!e "a( *erra+$e!ta( -ara ")rar "a (at$(0a##$%! de ( $!ter4( 3 -)r e"") re#$1e ta+1$4! "ade!)+$!a#$%! de SU>EO ACI;O. P)r )tr) "ad), te!e+)( e" %"o 6 db c&!li'a 0a2)r de" a#reed)r !a deter+$!ada -re(ta#$%!, e( de#$r "in na dda 3 -)r e() ")""a+a+)( +EU+O9 3, ($ !) #+-"e, de1er8 ()-)rtar "a( a##$)!e( "ea"e( 5e -edee&er#er e" a#reed)r ()1re ( -atr$+)!$) 3 -)r e"") re#$1e e" !)+1re de SU>EO ASI;O.E!t)!#e(:SU>EO ACI;O AC9EE+O9 IENE UN C9E+IOSU>EO ASI;O +EU+O9 IENE UNA +EU+AGe!era"+e!te, ")( (&et)( (e e!#e!tra! de0$!$d)( de(de e" #)+$e!9) de "a OBLIGACION,($! e+1ar), e! #$ert)( #a()( #)+) e! "a( OBLIGACIONES PROPTER REM, -ede (er$!deter+$!ad) a" +)+e!t) de" !a#$+$e!t) de "a( +$(+a( -er) ($e+-re e(tar8deter+$!ad) a" +)+e!t) de" #+-"$+$e!t).

PUI<NES UE+EN SE9 SU>EOSQLa( -er()!a( e! e!era", ta!t) 0'($#a, #)+) &r'd$#a(. Ta+1$4! (e #)!($dera! (&et)(

#$erta( !$2er(a"$dade( #are!te( de -er()!a"$dad &r'd$#a -er) 5e ) 1$e! -ede! (er1e!e0$#$ar$a( de ! #r4d$t) ) (er (&et) -a($2) de !a )1"$a#$%!; (e trata de #a()( ta"e(#)+) "a( (#e($)!e( $!d$2$(a(, ")( #)!()r#$)( de -r)-$etar$)( (e! "a Le3 H.JHK 6e/$(te!$+-)rta!te( d$(#re-a!#$a( d)#tr$!ar$a( re(-e#t) de e(t)( #a()(7, e!tre )tra( ($ta#$)!e(.L)( (&et)( -ede! (er ($!"are( ) -"ra"e(, e(t) e(, -ede *a1er ! a#reed)r 3 !ded)r ) ! a#reed)r 3 2ar$)( ded)re(; 2ar$)( a#reed)re( 3 ! ded)r ) 2ar$)(a#reed)re( 3 2ar$)( ded)re(. Ca!d) *a3 2ar$)( (&et)(, de !) ) de a+1)( "ad)(6a#t$2) -a($2)7 *a1"are+)( de OBLIGACIONES DE SU=ETO MULTIPLE, te+a 5e (etratar8 +8( ade"a!te e! CLASIFICACION DE LAS OBLIGACIONES. D$#*a -"ra"$dad de(&et)( -ede (er )r$$!ar$a ) ()1re2$!$e!te 6e&e+-"): S$ +ere e" ded)r ) e" a#reed)r($!"ar 3 e(t)( t$e!e!, 2ar$)( *ereder)( "a deda ) e" #r4d$t) (e d$2$de! e!tre e"")(7.

Para (er SU=ETO de OBLIGACIONES de1e! dar(e #$ert)( re5$($t)(, a (a1er:- CAPACIDAD.- SER DISTINTOS.- ESTAR DETERMINADOS O SER DETERMINABLES.E! #a!t) a "a CAACI+A+: Ca!d) "a OBLIGACION (re de ! a#t) &r'd$#) 6e&.

Page 8: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 8/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - C)!trat)7 e" (&et) de1e (er #a-a9 de Dere#*). La $!#a-a#$dad de e#*) -ede (-"$r(e+ed$a!te ! re-re(e!ta!te.Ca!d) "a OBLIGACION !a#e de ! e#*) I"'#$t) "a #a-a#$dad de" (&et) !) e( e/$$1"e. U!$!#a-a9 de *e#*) -ede (er a#reed)r de "a $!de+!$9a#$%! de" da) a!5e -arare#"a+ar"a &d$#$a"+e!te !e#e($te de ! re-re(e!ta!te, de" +$(+) +)d), -ede (erded)r de !a OBLIGACION !a#$da de ! e#*) I"'#$t) 6e&e+-"): Me!)r de edad +a3)r deH a)( (( -adre( re(-)!de! de +a!era $!d$re#ta7.Se d$#e ta+1$4! 5e de1e tratar(e de (&et)( +ISINOS !) de" )tr); e! e0e#t), "a+$(+a -er()!a !) -ede (er a "a 2e9 a#reed)r 3 ded)r de (' +$(+), ($ e() ""eare a)#rr$r e(tar'a+)( 0re!te a ! MODO DE ETINCION DE LAS OBLIGACIONES ""a+ad)CONFUSION, te+a 5e (er8 tratad) +8( ade"a!te.

CAPACIDAD Ne2) C%d$) re0)r+a( $+-)rta!te( e! e(ta +ater$a:

 Edad 3 rad) de +adre9 #ate)r'a de" ad)"e(#e!te +e!)r deH a)(+e!)re( de H a)(. Para a#t)( $"'#$t)(: (e +a!t$e!e H a)(, -ara a#t)("'#$t)( H a)(. P"e!a #a-a#$dad: (e +a!t$e!e H a)(. E+a!#$-a#$%!: (%") e! #a() de#)!traer +atr$+)!$)

Re"a: Ca-a#$dad. I!#a-a#$dad, (%") -ara #a()( e/#e-#$)!a"e(.Pr)#e()( de Re(tr$##$%! de "a Ca-a#$dad. A-)3)(. I!*a1$"$tad)(: (%") #a()( de-r)d$a"$dad

)omo rasgo esencial de este nue#o sistema, se obser#a gran flexibilidad en las normas sobrecapacidad, con reiteradas referencias a nociones como !edad y grado de madurez! Fpara quienes nohan alcanzado la mayoría de edadF y la necesidad de que las restricciones a la capacidad est"nlegalmente pre#istas Fpara los adultosF. Se destacan las facultades (udiciales para la determinación deesas restricciones, la obligación del (uez de oír a las personas que no fueren plenamente capaces y de

#alorar sus opiniones, etc. $ su #ez, se incorpora la categoría de !adolescente! +a partir de los trece años,conf. art. 0 ))y)34 y se elimina la de menor adulto o p9ber.

Es así que, si bien se conser#an las reglas para #alorar el discernimiento, tanto para los actos ilícitos+a partir de los diez años4 como para los actos lícitos +desde ahora, a partir de los trece años4, y la plenacapacidad se adquiere a los dieciocho años +arts. 0 y 05, incs. bG y cG, ))y)3, y antes ley05./6708864, el principio de autonomía progresi#a podr impactar en la consideración de la capacidad

 para contraer obligaciones.

En particular, el nue#o )ódigo regula la situación de la persona menor de edad en lo relati#o alcuidado de su propio cuerpo, con base en la noción de aptitud, o competencia del derecho anglosa(ón.

Sigue para esta cuestión propia de los derechos personalísimos, las reglas generales aceptadas en elmbito de la bio"tica y en el derecho comparado, consagrando el principio de autonomía progresi#a, quedifiere de la idea de la capacidad ci#il tradicional.

'a figura de la emancipación se mantiene sólo para una situación excepcional, que es la de la personamenor de edad que celebra matrimonio con autorización (udicial.

$ su #ez, se consagra el nue#o paradigma en materia de personas con capacidad restringida por razones de padecimientos mentales, de conformidad con la ley 055/7088, sobre el =erecho a la

 protección de la salud mental. 'a noción de incapacidad +que exige representación4, queda reser#ada para casos excepcionales, donde el su(eto se encuentra ante una absoluta falta de habilidad para dirigir 

su persona o administrar sus bienes +estado de coma permanente, padecimientos mentales profundos queimpiden tomar decisión alguna, etc.4. Sobre este tema, se parte de la base de que el tratamiento de lasalud mental in#olucra cuestiones cambiantes que sern me(or reguladas por la legislación especial,limitndose el )ódigo a establecer ciertas reglas generales aplicables a toda cuestión que limite lacapacidad de e(ercicio de estas personas, determinar qui"nes pueden ser protegidas en procesos de

Page 9: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 9/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - Rrestricción a la capacidad y algunas reglas bsicas de carcter procesal. Se reconocen, adems, nue#asfiguras como las redes de apoyo, se fi(an pautas generales para los traslados e internaciones para e#itar todo tipo de abuso, y se sistematizan las normas sobre #alidez y nulidad de los actos celebrados por 

 personas con salud mental afectada, seg9n sean realizados con anterioridad o posterioridad a lainscripción de la sentencia.

 &or lo dems, la figura de los inhabilitados se reser#a para el supuesto de prodigalidad, reguladoconsiderando especialmente a la protección del inter"s patrimonial de la familia.

&ero se obser#a que en función de los principios constitucionales aplicables al tema, citados, es ahoraa9n ms clara la presunción de capacidad de las personas adultas, siendo explícita la prioridad dada por el legislador a los aspectos personales, sociales y familiares de los su(etos con capacidad restringida, por sobre los aspectos patrimoniales +#er los Fundamentos del $nteproyecto, )ap. 0, !)apacidad!4. ambi"nse ad#ierte, que hay menores referencias a las cuestiones de capacidad al regularse las obligaciones, conla implícita remisión a las normas generales sobre la materia.

)abe afirmar que en lo atinente a las obligaciones ci#iles y comerciales, especialmente si se afectan

derechos de terceros, el principio general es que la capacidad de e(ercicio se adquiere a los dieciochoaños. En cambio, para quienes ya han alcanzado dicha edad, la plena capacidad ser la regla. Sinembargo, es de esperar que la flexibilidad del sistema adoptado genere algunas situaciones de incertezacuando quede comprometida la actuación de adolescentes y personas con alg9n tipo de afección

 psíquica, que seguramente irn afirmndose con la e#olución del derecho en el contexto de este nue#o paradigma.

C)+) a-!t81a+)( +8( arr$1a, ")( (&et)( -ede! e(tar +EE9INA+OS de(de e"+)+e!t) +$(+) de" !a#$+$e!t) de "a OBLIGACION ) SE9 +EE9INABLE, ($!e+1ar), e(ta $!deter+$!a#$%! de1e #e(ar a" +)+e!t) de e0e#tar(e e" -a), e! e(e+)+e!t) "a #a"$dad de (&et) de1e e(tar DETERMINADA. D$2er()( ()! ")( e&e+-")( 5e

-)de+)( e!#)!trar de (&et)( DETERMINABLES: e" 3a +e!#$)!ad) de "a( O1"$a#$)!e(Pr)-ter Re+, #)+) ($ta#$%! de e/#e-#$%! e" #a() de "a -er()!a -)r !a#er a #)!d$#$%! de5e !) !a9#a +erta, e" #a() de "a( O1"$a#$)!e( D$(3!ta(, e" de "a( O1"$a#$)!e($!(tr+e!tada( e! t't")( a" -)rtad)r, "a( -r)+e(a( de re#)+-e!(a, e!tre )tr)(.

PUEDEN ESTAR DETERMINADOS DESDE EL INICIO DE LA OBLIGACIÓN O CONPOSTERIORIDAD E&. O1"$a#$)!e( $!(tr+e!tada( e! T't ")( a" P)rtad)r6Paar4C*e5e7; Pr)+e(a( de re#)+-e!(a; O0erta a" -1"$#); C)!trat)( #)!e(t$-"a#$)!e( a 0a2)r de ter#er)(.

• EN ALGUNAS OBLIGACIONES ACREEDOR Y DEUDOR PUEDEN OCUPAR AMBOS

ROLES 6SER, SIMULTANEAMENTE Y EN RA<ÓN DE LA MISMAOBLIGACIÓN, DEUDOR Y ACREEDOR7 E&. C)!trat) de C)+-ra2e!ta, !) de1e e!trear

e! -r)-$edad "a #)(a, e" )tr), -aar e" -re#$).

LA 9ANSISIBILI+A+ +E LA CALI+A+ +E SU>EO: La #a"$dad de SU=ETO -edeTRANSMITIRSE, 3a (ea "a #a"$dad de ACREEDOR #)+) DEUDOR. Y e(a TRANSMISION-)dr8 (er -)r a#t)( e!tre 2$2)( ) +)rt$( #a(a, ta" e( e" #a() de "a (#e($%! -art$#"ar6"ead)(7 ) !$2er(a". A($+$(+), -)r a#t)( e!tre 2$2)(, "a TRANSMISION (e rea"$9a+ed$a!te ! #)!trat) 6CESION DE CREDITOS DE DEUDA LA SITUACION GLOBALDENTRO DE UN CONTRATO, E&. CESION DE BOLETO DE COMPRAVENTA7.Per) -ede (#eder 5e "a #a"$dad de (&et), e! #$erta( )#a($)!e(, !) (ea tra!(+$($1"e,

(er8 e" #a() e! 5e e" #r4d$t) (%") -ede #)!#e1$r(e ($ ") e&er#e e" -r)-$) t$t"ar, ta" e" #a()de" re#"a+) -)r da) +)ra".

PLURALIDAD DE SU=ETOS:

Page 10: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 10/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 10OBLIGACIONES SIMPLEMENTE MANCOMUNADAS 6ARTS.KJ A K7

• CADA ACREEDOR SOLO PUEDE RECLAMAR SU PARTE• CADA DEUDOR SOLO LE CORRESPONDE PAGAR SU PARTE

SOLIDARIAS 6ARTS.K A 7

• CADA ACREEDOR PUEDE RECLAMAR EL TODO• CADA DEUDOR DEBE PAGAR EL TODO, LA INSOLVENCIA DE UNO, AFECTA AL RESTO.

CONCURRENTES 6ARTS.J A JK7 NUEVA CATEGOR>A

• VARIOS DEUDORES DEBEN EL MISMO OB=ETO EN RA<ÓN DE CAUSAS DIFERENTES• ACREEDOR PUEDE RECLAMAR TODA LA PRESTACIÓN A CUALQUIERA DE LOSDEUDORES, LA INSOLVENCIA DE UNO AFECTA A LOS DEM@S

VINCULO

ELEMENTO QUE LIGA A LOS SU=ETOS.

• SE COMPRENDE SI TENEMOS EN CUENTA LA TEORIA DEL VINCULO COMPLE=O 6) CONCEPCIÓN APROPIADA7 RESPECTO DE LA NATURALE<A =UR>DICA DE LAOBLIGACIÓN.

• DOS CARAS DE UNA MISMA MONEDA

DEUDA RESPONSABILIDAD.

• CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES DEL V>NCULO:

PRINCIPIO FAVOR DEBITORIS  PRINCIPIO PROTECTOR DE LOS VULNERABLES

LIMITES A LA E=ECUCIÓN FOR<ADA: NO VIOLENCIA

LIMITES TEMPORALES 6PRESCRIPCION7

R. Ob"o d la Obligación: conc!"o# di%"inción con l con"nido.

OB>EO  COSAS KECKOS ABSENCIONES 9ESON+E AL @U<

E" )1&et) e( a5e"") ()1re ") #a" re#ae "a )1"$a#$%! &r'd$#a, e( e" 54 de "a re"a#$%!.Pede (er de0$!$d) #)+) e" 1$e! a-ete#$1"e -ara e" (&et) a#t$2), ()1re e" #a" re#ae e"$!ter4( (3) $+-"$#ad) e! "a re"a#$%! &r'd$#a. E" #)!te!$d) de "a re"a#$%! &r'd$#a e( #$erta#)!d#ta *+a!a: e" #)+-)rta+$e!t) de" (&et) -a($2) de(t$!ad) a (at$(0a#er e" $!ter4(de" t$t"ar a#t$2) re(-e#t) de" )1&et).

E" )1&et) de "a re"a#$%! de e!trear "a #)(a 2e!d$da 5e t$e!e a ( #ar) e" 2e!ded)r, e("a #)(a +$(+a; e(ta #)(a e(, -re#$(a+e!te, ") 5e -rete!de e" #)+-rad)r, a#reed)r dea5e""a )1"$a#$%!. E" #)!te!$d) #)!($(te e! "a #)!d#ta ) #)+-)rta+$e!t) de" 2e!ded)rte!d$e!te a (+$!$(trar a" #)+-rad)r "a #)(a 2e!d$da 5e e( e" )1&et), e" #e!tr) de ($!ter4(. E! "a )1"$a#$%! e" #)!te!$d) e( de!)+$!ad) t4#!$#a+e!te #)+) -re(ta#$%!.

Page 11: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 11/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 11

10. UE ES LA 9ESACION.El con"nido d la obligación: a 6 no% ','i&o%cando abla&o% d con"nido d la obligación# c$l% %on %% %!ci%.

COO9AIENO +EBI+O +A9  KACE9  NO KACE9  9ESON+E AL @CO

E" #)!te!$d) #)!($(te e! "a #)!d#ta ) #)+-)rta+$e!t) de" 2e!ded)r te!d$e!te a(+$!$(trar a" #)+-rad)r "a #)(a 2e!d$da 5e e( e" )1&et), e" #e!tr) de ( $!ter4(. E! "a)1"$a#$%! e" #)!te!$d) e( de!)+$!ad) t4#!$#a+e!te #)+) -re(ta#$%!. Se trata de !a#)!d#ta ) a#t$td, de dar, *a#er ) !) *a#er, 5e (%") 2er(a ()1re e!trea de #)(a(,()1re -re(ta#$%! de a#t$2$dad, ) ()1re a1(te!#$)!e(, 3 e( t'-$#a de "a )1"$a#$%!. Ladeda, ) (ea e( e" de1er &r'd$#) de" ded)r e+ere!te de "a )1"$a#$%!, t$e!e #)!te!$d)-atr$+)!$a" -e( re#ae ()1re 1$e!e( ((#e-t$1"e( de 2a")r, 3 (&eta e" -atr$+)!$) de"ded)r a "a (at$(0a##$%! de" #r4d$t) de" a#reed)r.E(-e#$e(: *a3 -re(ta#$)!e( -)($t$2a( 65e $+-"$#a! *e#*)( -)($t$2)(7 3 !eat$2a( 65e#)!($(te! e! !a a1(te!#$%!7. Y, a ( 2e9, "a -re(ta#$%! -)($t$2a -ede (er rea" 6e!treade !a #)(a7 ) -er()!a" 6rea"$9a#$%! de !a a#t$2$dad7.

11. Ca'ac"'% "/!ico% d la obligacionH. Patr$+)!$a"$dad: -)r5e da! dere#*) a e/$$r !a #)!d#ta de dar, *a#er ) !) *a#er

((#e-t$1"e( de a-re#$a#$%! e#)!%+$#a;K. Re"at$2$dad: -)r #a!t) #)!0$ere! 0a#"tad a" a#reed)r -ara re#"a+ar ta! ()") a (

ded)r 6!) era )+!e(7 e" #+-"$+$e!t) de "a -re(ta#$%!.. A"ter$dad 61$"atera"$dad7, e! #a!t) "a re"a#$%! (e e!"a9a #)! )tr) (&et), #)!0$r$e!d) a

!) 6e" a#reed)r7 dere#*) a )1te!er deter+$!ad) #)+-)rta+$e!t) de" )tr) 6e"ded)r7, e( de#$r, a )1te!er "a -re(ta#$%!;

. At)!)+'a de "a 2)"!tad #read)ra, 5e (e de!)ta e! #a!t) e" Dere#*) !) da+)"de( r'$d)( -ara "a( 0$ra( de )1"$a#$%! 3a 5e (e ad+$te #)!trat)($!!)+$!ad)(, 3 -)r5e "a( !)r+a( 5e "a re"a! ()! ((ta!#$a"+e!te (-"et)r$a( 3!) $+-erat$2a(;

J. Te+-)ra"$dad, -e( "a re"a#$%! &r'd$#a !) e( -er-eta 3 (e a)ta e! ! t$e+-)"$+$tad), a ") 5e (e area 5e "a $!a##$%! de" t$t"ar -ede der$2ar e! "a-re(#r$-#$%! e/t$!t$2a de "a a##$%!.

12. Ca'ac"'% "/!ico% dl /nclo obligacional.La "$1ertad de" ded)r *)3 (%") 5eda "$+$tada e! ") 5e #)!#$er!e a" #)+-)rta+$e!t)5e de1e #)+) -re(ta#$%! 3, e! #a() de !) ""e2ar"a a #a1), a ()-)rtar ")( -)dere( de

are($%! -atr$+)!$a" de" a#reed)r.E" 2'!#") (e +a!$0$e(ta, #)!#reta+e!te, e! d)( a(-e#t)(, -e( da dere#*) a" a#reed)r:a8 -ara e&er#er !a a##$%! te!d$e!te a )1te!er e" #+-"$+$e!t), 3 b8 -ara )-)!er !ae/#e-#$%! te!d$e!te a re-e"er !a de+a!da de re-et$#$%! 6de2)"#$%!7 5e $!te!te e"ded)r 5e -a%. Per), -)r #$ert), e" dere#*) a de+a!dar e" #+-"$+$e!t) !) ($!$0$#a5e "a( deda( -aada( e(-)!t8!ea+e!te 65e ()! "a $!+e!(a +a3)r'a7 #)rre(-)!da! a!a )1"$a#$%! 5e #are#e de 2'!#"): a!5e !) *a3a #)er#$%! e0e#t$2a, e" 2'!#") (e+a!$0$e(ta e! "a +ed$da e! 5e "a re"a#$%! &r'd$#a )1"$a#$)!a" e( #)er#$1"e, e(t) e(, e!5e *a1r'a dad) dere#*) a de+a!dar ($ e" ded)r !) (e *1$era a2e!$d) a #+-"$r.

1. 96i%i"o% d la '%"ación.

A'". (25.* 96i%i"o%. La !'%"ación 6 con%"i"4 l ob"o d laobligación db %' &a"'ial 4 '/dica&n" !o%ibl# l/ci"a# d"'&inada od"'&inabl# %%c!"ibl d alo'ación conó&ica 4 db co''%!ond' a n

in"'3% !a"'i&onial o "'a!a"'i&onial dl ac'do'.

Page 12: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 12/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 12a7 P)($1$"$dad: "a -re(ta#$%! de1e (er 0'($#a 3 &r'd$#a+e!te -)($1"e. a3 $+-)($1$"$dad

0'($#a #a!d) +ater$a"+e!te !) e( 0a#t$1"e de rea"$9ar, #)+) e! e" #"8($#) e&e+-") det)#ar e" #$e") #)! "a( +a!)(. Per) ta" $+-)($1$"$dad, -ara te!er 2$rta"$dad, de1e (era1()"ta, e(t) e(, de1e e/$(t$r #)! re"a#$%! a #a"5$er (&et) 3 !) re(-e#t) de" -r)-$)ded)r; a(', 5$e! !) te!a *a1$"$dad +a!a", -ede ($! e+1ar) )1"$ar(e a#)!(tr$r ! +e1"e, de +a!era 5e ($ !) ")ra 5e ! ter#er) ") #)!(tr3a, 5eda()+et$d) a" -a) de $!de+!$9a#$%!.a3 $+-)($1$"$dad &r'd$#a #a!d) e" )1(t8#") -r)2$e!e de" Dere#*) 6#)+) ($ a"$e!(e )1"$a a *$-)te#ar ! at)+%2$", 5e (%") e( ((#e-t$1"e de -re!da7. La$+-)($1$"$dad 0'($#a ) &r'd$#a, -ara te!er re"e2a!#$a, de1e (er a#ta", !) ()1re2$!$e!tea "a #)!(t$t#$%! de "a )1"$a#$%!. E! #a() #)!trar$) r$e! "a( re"a( de "a $+-)($1$"$dadde -a): "a )1"$a#$%! e( 28"$da, -er) (e e/t$!e -)r5e "a -re(ta#$%! e( 0'($#a )"ea"+e!te $+-)($1"e. a3 $+-)($1$"$dad &r'd$#a #a!d) e" )1(t8#") -r)2$e!e de"Dere#*) 6#)+) ($ a"$e! (e )1"$a a *$-)te#ar ! at)+%2$", 5e (%") e( ((#e-t$1"ede -re!da7. La $+-)($1$"$dad 0'($#a ) &r'd$#a, -ara te!er re"e2a!#$a, de1e (er a#ta",!) ()1re2$!$e!te a "a #)!(t$t#$%! de "a )1"$a#$%!. E! #a() #)!trar$) r$e! "a( re"a(de "a $+-)($1$"$dad de -a): "a )1"$a#$%! e( 28"$da, -er) (e e/t$!e -)r5e "a-re(ta#$%! e( 0'($#a ) "ea"+e!te $+-)($1"e.

17 L$#$td: Ca1e e/-re(ar e(te re5$($t) #)! !a !ea#$%!: "a -re(ta#$%! !) -ede#)!($(t$r e! ! *e#*) $"'#$t) 6#)+) ($ D -r)+ete a A +atar a N -)r ! -re#$)7. Ad$0ere!#$a de "a $+-)($1$"$dad &r'd$#a, a5' !) &ea ! )1(t8#") "ea", ($!)d$re#ta+e!te ! #)+-)rta+$e!t) #)!trar$) a "a "e3; e! a5e" #a() e" *e#*) e(t8$+-ed$d), e! 4(te, e(t8 (a!#$)!ad).

#7 Deter+$!a1$"$dad: E( +e!e(ter 5e e" #)+-)rta+$e!t) de" ded)r re#a$a ()1re a")#)!#ret). E(te a") -ede e(tar deter+$!ad) a1 $!$t$), -er) 1a(ta #)! 5e (eadeter+$!ad"e, e! t$e+-) a!ter$)r ) ($+"t8!e) a" de" #+-"$+$e!t).La )1"$a#$%! de dar #)(a #$erta -"a!tea ! e&e+-") de -re(ta#$%! deter+$!ada; e! "ade dar #)(a $!#$erta, e! #a+1$), e( $!deter+$!ada, -er) deter+$!a1"e -)r +ed$) de "ae"e##$%!. A*)ra 1$e!, "a -re(ta#$%! -ede (er deter+$!a1"e a!5e e" )1&et) !) e/$(taa! +ater$a"+e!te; e( e" #a() de "a 2e!ta de #)(a 0tra 6#)+), -. e&. !a #)(e#*a7,e! 5e "a -re(ta#$%! de-e!de de ! *e#*) #)!d$#$)!a!te ((-e!($2): ($ ""ea(e ae/$(t$r.

d7 Patr$+)!$a"$dad: E" -r)1"e+a (e -"a!tea e! e(t)( t4r+$!)(: -ede "a )1"$a#$%! te!er!a -re(ta#$%! e/tra-atr$+)!$a" La ((#e-t$1$"$dad de ! 2a")r e#)!%+$#) e( "a !)tad$(t$!t$2a de ")( 1$e!e( -atr$+)!$a"e(, 3 ( 0a"ta, "a de ")( 1$e!e( e/tra-atr$+)!$a"e(.a de ad2ert$r(e, e+-er), 5e "a #)!($dera#$%! de -atr$+)!$a"$dad de-e!de +#*a(2e#e( de" a+1$e!te &r'd$#)()#$a"; 2er1$ra#$a e! R)+a, 3 a! e! e" ($") -a(ad), !)(e #)!($dera1a -atr$+)!$a" "a -re(ta#$%! de a#t$2$dad "$terar$a, #$e!t'0$#a ) art'(t$#a,#r$ter$) 5e *)3 e( $!()(te!$1"e.

1). La% di%"in"a% ,n"% d obligacion%: b' !licación d cada na.

A'". (2(.* 'ba d la i%"ncia d la obligación. '%nción d ,n"lg/"i&a. La i%"ncia d la obligación no % !'%&. La in"'!'"ación'%!c"o d la i%"ncia 4 "n%ión d la obligación % '%"'ic"ia. 'obada laobligación# % !'%& 6 nac d ,n" lg/"i&a &in"'a% no % ac'di" locon"'a'io

El nue#o texto legal aborda el estudio de las fuentes de las obligaciones, ba(o la siguientesistematizaciónA

Fe!te( !)+$!ada(:

a.  El contrato +arts. 6/ a /8/4. 5e e( a#t) &r'd$#) 1$"atera" ) -"r$"atera". E( e" a#t) &r$d$#) +ed$a!te e" #a" K ) +a( -arte( +a!$0$e(ta! ( #)!(e!t$+$e!t) -ara #rear,

Page 13: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 13/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 1re"ar, +)d$0$#ar, tra!(0er$r ) e/t$!$r re"a#$)!e( &r$d$#a( -atr$+)!$a"e(. a3 "$1ertad de"a( -arte(, e0e#t) 2$!#"a!te 3 1e!a 0e.

 b.  La responsabilidad civil +arts. /81 a /184. 'a no#edosa y rele#ante incorporación de laresponsabilidad ci#il como fuente de las obligaciones supone algunos cambios. $sí, por e(emplo, eldeber de pre#ención del daño +arts. /8 a /24, conlle#a Fal menos teóricamenteF el

reconocimiento de una responsabilidad por falta de pre#ención de parte de quienes pudieron haber e#itado un per(uicio.

$ su #ez, al regularse la función resarcitoria de la responsabilidad ci#il, se incluyen fuentes clsicasde las obligaciones, organizadas en base a una concepción diferente, propia del estado actual del derechode daños. En esa sección pueden considerarse subsumidos los delitos y cuasidelitos +#er, por e(., art./-64 y ciertas fuentes basadas en la equidad, el riesgo y la garantía, fundando la responsabilidad por elhecho de terceros +arts. /2 a /54, por la inter#ención de cosas y de ciertas acti#idades +arts. // a/64 y por daños causados en forma colecti#a y anónima +arts. /58 a /504. 'os supuestos especialesde responsabilidad +arts. /524, podrn asociarse a #ariadas fuentes clsicas de las obligaciones, o bien alas categorías precedentemente mencionadas. En particular, las responsabilidades profesionales +art.

/514 se #incularn por lo general al incumplimiento contractual o bien a los clsicos delitos ycuasidelitos; y la responsabilidad de los establecimientos educati#os a fuentes como el riesgo y lagarantía.

c.  La gestión de negocios +arts. /1 a /684. ) (ea #a!d) a"$e! (e e!#ara, ($! te!er+a!dat), de ! !e)#$) a&e!). En ocasiones, una persona que no es representante legal de otra, niest obligada por un mandato, realiza espontneamente una gestión 9til para esta 9ltima. 3o hay acuerdode #oluntades y ms precisamente, no hay encargo o autorización para la realización del negocio o de laacción, que entonces el gestor asume espontneamente. El art. /1 del nue#o )ódigo )i#il y )omercialde la 3ación, sigue regulando autónomamente esta figura y brinda una definición a su respecto, fi(andosus alcances de manera precisa al establecer que !Hay gestión de negocios cuando una persona asume

oficiosamente la gestión de un negocio a(eno por un moti#o razonable, sin intención de hacer unaliberalidad y sin estar autorizada ni obligada, con#encional o legalmente!.

d.  El empleo útil +arts. /6 a /62). El nuevo Código propone un tratamiento diferenciado delempleo útil, dedicándole un capítulo y considerándolo una fuente más de las obligaciones. Tambiéndefine esta figura, en los siguientes términos !"uien, sin ser gestor de negocios ni mandatario, reali#aun gasto, en interés total o parcialmente a$eno, tiene derec%o a &ue le sea reembolsado su valor, encuanto %aya resultado de utilidad, aun&ue después ésta llegue a cesar. El reembolso incluye losintereses, desde la fec%a en &ue el gasto se efectúa! 'art. (*( CCyC+) . 3o es sencillo obser#ar diferencias conceptuales entre el empleo 9til y la gestión de negocios, sal#o por la !intención! derealizar un negocio a(eno, que la doctrina señala como un requisito propio esta 9ltima figura, y que no

resulta necesario en el empleo 9til.

&or lo dems, este instituto aparece asociado exclusi#amente a gastos realizados en dinero +art. /6))y)34, y a situaciones en las cuales tales erogaciones se hacen por razones a(enas al beneficio dequien luego debe el reembolso. $sí, el e(emplo específicamente regulado en la ley se refiere a los gastosfunerarios que podr realizar una persona no obligada, por razones de humanidad y para que el fallecidoreciba un entierro decoroso. 'a ley establece un derecho al reembolso de parte del  solvens, siempre quetales gastos hubieren sido razonables en función de las circunstancias de la persona y los usos del lugar +conf. art. /60 ))y)34.

e.  El enriquecimiento sin causa +arts. /6- a /664. 5e e/$(te #a!d) a"$e! (e e!r$5e#e$!de1$da+e!te a e/-e!(a( de )tr); El enriquecimiento sin causa, como fuente autónoma de lasobligaciones, tiene lugar cuando se produce un desplazamiento patrimonial de una persona a otra, de talmodo que esta 9ltima incrementa su acti#o o disminuye su pasi#o, y aqu"lla se empobrece, sin una causa

 (urídica.

Page 14: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 14/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 1)

'a actio in rem #erso

Esta acción se identifica con la idea de !#ol#er las cosas al estado anterior! y es la que se e(ercetípicamente en supuestos de enriquecimiento sin causa. &ueden interponerla el empobrecido, sussucesores, e incluso los acreedores por #ía de acción subrogatoria +conf. arts. /26 a /-0 ))y)34. Ellegitimado pasi#o es el enriquecido. % se aplica a su prescripción el plazo gen"rico de cinco años +art.

058 ))y)34. f. La declaración unilateral de la voluntad +arts. 888 a 1-4. 5e e( a#t) &r'd$#) !$"atera";'a declaración de #oluntad unilateral puede considerarse fuente de obligaciones, si se acepta que la#oluntad de una persona es apta para crear obligaciones perfectamente #lidas y exigibles a su cargo,aun antes de la concurrencia de la #oluntad del acreedor. $sí las cosas, es el deudor quien se creaobligaciones cuyo incumplimiento dar lugar a la responsabilidad ci#il. % la aceptación por parte del

 beneficiario de la promesa unilateral, dar nacimiento al derecho de cr"dito, con efecto retroacti#o aldía del compromiso o seg9n se pacte.

E( de casos de declaración unilateral regulados por el )ódigo, mediante reglas específicas.

  &romesa p9blica de recompensa

)oncurso p9blico con premio@arantías unilaterales

  &romesa de pago y reconocimiento de la obligación

)artas de cr"dito

g. Los títulos valores +arts. 1 a 114. ?ncorporan una obligación incondicional e irre#ocable deuna prestación y otorgan a cada titular un derecho autonomo.

LA LEY

Seg9n hemos anticipado, la doctrina ha discutido si debía considerarse a la ley +como derecho positi#o expreso4, una fuente autónoma de las obligaciones. $lgunos autores sostu#ieron que la ley nocrea por sí sola obligación alguna, sino que son los hechos humanos o naturales los presupuestosindispensables del nacimiento de cada obligación. En cambio, otros (uristas señalaron que, en definiti#a,la ley es fuente mediata de todas las obligaciones. &or 9ltimo, hubo quienes interpretaron que la ley erauna fuente residual, es decir, comprensi#a de las situaciones o relaciones (urídicas no incluidas en otrasfuentes descriptas +)ompagnucci de )aso4.

Se ha dicho así que son obligaciones de fuente legal las deri#adas del derecho de familia +como por 

ejemplo la obligación de pagar alimentos entre ciertos parientes4; las pro#enientes de las relaciones de#ecindad +ej., aquellas derivadas de las restricciones y límites al dominio 4; y la de abonar tributos; entreotras.

Abuso de derecho

'os derechos sub(eti#os no pueden e(ercerse de manera absoluta, sino que deben respetar los límitesestablecidos en las leyes que reconocen su existencia. 'a figura del abuso de derecho remite a conductasque significan un exceso en el e(ercicio de una prerrogati#a, con daño para terceros.

+li"o: En e" !e2) #)d$) !) (e de0$!e e(-e#'0$#a+e!te . 2e"e9 de0$!$a a($: e( ! *e#*)$"$#$t) e&e#tad) a (a1$e!da( 3 #)! $!te!#$)! de daar "a -er()!a ) ")( dere#*)( de )tr).S-)!e ! a#t) 2)"!tar$) de" ae!te rea"$9ad) #)! d$(#er!$+$e!t), $!te!#$)! 3 "$1ertad 3!a #)!d#ta d)")(a.

Page 15: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 15/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 15

Ilici"o cl!o%o: ' !ag (

ago d lo indbido : 5$e! e0e#t) e" -a) $!de1$d) t$e!e dere#*) a" re#-er) 3 !a#e "a)1"$a#$%! de re(t$t$r a #ar) de 5$e! re#$1$) "a -re(ta#$%!.

  Fe!te( $!!)+$!ada(: e! e""a( 5eda! #)+-re!d$d)( t)d)( ")( *e#*)( e!erad)re(#are!te( de !a de!)+$!a#$%! e(-e#$a". P)r e() (e d$#e 5e "a )1"$a#$%! !a#e e/ "ee 6de"a "e37, $+-"$#a!d) de ta" +a!era 5e !a#e de ! *e#*) d)tad) -)r e" )rde!a+$e!t) &r'd$#) de e!er'a 1a(ta!te -ara e!erar !a )1"$a#$%!.

Ca() de "a )1"$a#$%! $!28"$da: La )1"$a#$%! -tat$2a, e(t) e(, "a #reada -)r err)r. E! "a!)r+a (e -re24 5e ($ ta!t) e" a#reed)r #)+) e" ded)r $!#rr$er)! e! err)r a" #)!(t$t$r"a )1"$a#$%!, ta" re"a#$%! #are#e de 2$rta"$dad: e" a#reed)r 5eda )1"$ad) a re(t$t$r"ea" ded)r e" re(-e#t$2) $!(tr+e!t) de #r4d$t), 3 a dar"e "$1era#$%! -)r )tr) $!(tr+e!t)de "a +$(+a !atra"e9a.

15. La frustración del fin

Ina cuestión que ha presentado gran inter"s en la doctrina argentina, a la hora de estudiar la causa, serefiere a su frustración. Se habla de !frustración del fin!, en supuestos en los cuales el cumplimiento dela prestación es perfectamente posible y no hay circunstancias excepcionales que la tornenexcesi#amente onerosa. Sin embargo, el acreedor ha perdido inter"s en dicho cumplimiento, o bien "steha de#enido in9til en función de circunstancias sobre#i#ientes a la contratación. Es decir, el fin

 perseguido +o causa fin de la obligación4, no podr alcanzarse ya

$sí, en el art. 86, que expresaA !'a frustración definiti#a de la finalidad del contrato autoriza a la parte per(udicada a declarar su rescisión, si tiene su causa en una alteración de carcter extraordinario delas circunstancias existentes al tiempo de su celebración, a(ena a las partes y que supera el riesgo

asumido por la que es afectada. 'a rescisión es operati#a cuando esta parte comunica su declaraciónextinti#a a la otra. Si la frustración de la finalidad es temporaria, hay derecho a rescisión sólo si seimpide el cumplimiento oportuno de una obligación cuyo tiempo de e(ecución es esencial!.1M. Ca%ali%&o 4 An"ica%ali%&o. Ca%a d la% Obligacion%: ,n" 4 ,inalidad:

a'"%. dl C.Ci J CCIAL.)on relación a este tema, existen distintas corrientes doctrinarias, algunas que consideran que no existela causa fin y otras que si, de ahí que se desprendan dos grandes corrientesA )$IS$'?S:< y$3?)$IS$'?S:<. &ara los )$IS$'?S$S la obligación, para ser #lida, debía tener una causafinal, un moti#o determinante, un fundamento. &ara los $3?)$IS$'?S$S la noción de causa finresulta superflua.

el nue#o )ódigo disponeA !3o hay obligación sin causa, es decir, sin que deri#e de alg9n hechoidóneo para producirla, de conformidad con el ordenamiento (urídico! +art. /05 ))y)34.

Se dispone así que !'a causa es el fin inmediato autorizado por el ordenamiento (urídico que ha sidodeterminante de la #oluntad. ambi"n integran la causa los moti#os exteriorizados cuando sean lícitos yhayan sido incorporados al acto en forma expresa, o tcitamente si son esenciales para ambas partes!+art. 01 ))% )34.

Surge del concepto legal, que la causa fin sólo interesa a los actos (urídicos, los contratos y lasobligaciones deri#adas de actos lícitos, no así a las nacidas de los hechos ilícitos. $ su #ez, "sta incluyeA

a. El fin inmediato determinante de la voluntad. Se trata del con(unto de elementos y circunstancias#inculados a la representación mental del agente, no limitado a resultados futuros. $sí, por e(emplo,

 podría carecer de causa un segundo testamento otorgado por el testador ba(o la falsa creencia de que el beneficiario del primero falleció +conf. nota al art. 2120))i#. *S4.

Page 16: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 16/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 1M b. Los motivos eteriori!ados en incorporados epresamente en el acto" así, por e(emplo, el legado

 puede ser re#ocado a instancia de los interesados, cuando el legatario incumple los cargos impuestos por el testador y "stos fueron la causa fin de la disposición +art. 008 bG, ))y)34.

c. Los motivos esenciales para ambas partes, aun t#citamente deducidos. Es decir que la indagaciónde la #oluntad debe hacerse teniendo en cuenta el acto en su totalidad. $sí, la obtención del precio y de

la cosa, por las partes, respecti#amente, har a la causa de una compra#enta +>usso, Sil#estreJ:arinoJ:aglioJ>urgos4.

$simismo, se introduce en la ley el principio de presunción de la causa fin +art. 010 ))y)34, aldisponerse que aunque la causa no est" expresada en el acto, se presume su existencia mientras no se

 pruebe lo contrario; y que el acto ser #lido, aunque la causa expresada en "l sea falsa, siempre que sefunde en otra causa #erdadera.

Se establece, en cambio, una excepción para los actos abstractos +e(.A títulos #alores4, a cuyo respectola causa fin resulta indiscutible, hasta su cumplimiento, excepto que la ley autorice lo contrario +art. 012))y)34. Ello es así, ya que como su nombre lo indica, a su respecto se hace abstracción de los

 propósitos tenidos en cuenta por sus otorgantes, y frente a la pretensión del acreedor deducida en un (uicio e(ecuti#o, no corresponde plantear la inexistencia, falsedad o ilicitud de la causa. En otrost"rminos, a diferencia de aquello que sucede con los actos causados, cuando el acreedor formula sureclamo basado en un acto (urídico abstracto, el deudor debe cumplir, pero posteriormente, tiene derechoa exigir la de#olución de lo que pagó si demuestra los defectos referidos a la causa fin +$lteriniJ$mealJ'ópez )abana4. $sí, por e(emplo, en el caso de que el deudor oponga a la e(ecución (udicial de uncheque, la defensa de abuso de firma en blanco, o bien la inexistencia de un #ínculo pre#io entre las

 partes que (ustifique la acción, "sta no ser atendida en función del contenido de la norma, debiendo entodo caso plantearla el interesado en un (uicio ordinario posterior.

El concepto de fuente o causa fuente de las obligaciones alude a su origen o antecedente,

constituyendo uno de los elementos esenciales de la obligación, (unto con los su(etos, el ob(eto y el#ínculo. =ispone el nue#o )ódigo, que !3o hay obligación sin causa, es decir, sin que deri#e de alg9nhecho idóneo para producirla, de conformidad con el ordenamiento (urídico! +art. /05 ))y)34. $sí, sonsus fuentes aquellos hechos, actos o relaciones (urídicas que engendran y sir#en de fundamento de unaobligación y aquellos hechos dotados por el ordenamiento (urídico de #irtualidad suficiente paraestablecer entre el acreedor y el deudor un #ínculo que los ligue.

)$IS$ 3< EK&BES$=$LSE &BESI:E SI EK?SE3)?$ S$'*< &BIE>$ E3 )<3B$B?<

)$IS$ EK&BES$=$ M$'S$ L $)< *$'?=< )I$3=< SE MI3=E E3 <B$ )$IS$ *EB=$=EB$

Unidad )

1(. 9conoci&in"o: +,inición Lgal. E,c"o%.El reconocimiento consiste en una manifestación de #oluntad, expresa o tcita, por la que el deudor admite estar obligado al cumplimiento de una prestación! +art. /22 ))y)34. Se trata de un actounilateral del deudor, que como tal no requiere de la inter#ención necesaria del acreedor y es eficazincluso si est dirigido a un tercero.

#a1e de0$!$r a" a#t) de re#)!)#$+$e!t) #)+) a5e" -)r e" #a" e" ded)r ad+$te e(tar)1"$ad).El reconocimiento de la obligación es un acto no formal, por lo cual en su caso rige el principio delibertad de formas. &uede ser expreso o tcitoA

EH9ESO d %' !o' in%"'&n"o !blico o !'iado. Si l 'conoci&in"o %

ca%al 4 la obligación o'igina'ia % clb'ó !o' in%"'&n"o !blico# l

Page 17: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 17/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 1('conoci&in"o db %gi' la &i%&a ,o'&alidad. A%i&i%&o# db indica' laobligación an"'io' 6 % 'conoc. CIO S'g d la condc"a dl +do' 7E. Solici"a !'ó''oga !a'a l

!agoDago !a'cial# "c.8

El reconocimiento de la obligación puede materializarse por actos entre #i#os, o bien incluirse en una

disposición de 9ltima #oluntad. )on relación a este 9ltimo supuesto, dispone el art. 085 ))y)3 que!...El reconocimiento de una deuda hecho en el testamento se considera un legado, excepto prueba encontrario!.

En suma, cualquier acto del potencial deudor, que ciertamente implique su admisión de la existenciade la obligación, configura un reconocimiento de la deuda.

$rt. /2-.F Beconocimiento y promesa autónoma. El reconocimiento puede referirse a

un título o causa anterior; tambi"n puede constituir una promesa autónoma de deuda

ART 735 B E)<3<)?:?E3< )$IS$' . S? E' $)< =E' BE)<3<)?:?E3< $@B$*$ '$ &BES$)?<3 <B?@?3$' < '$ :<=?M?)$ E3 &EBNI?)?< =E' =EI=<B , =E>E ES$BSE $' ?I'< <B?@?3$' , S?  3< H$% I3$  3IE*$ % '?)?$ )$IS$ =E =E>EB .

R EQI!ITO!

$)< *<'I3$B?< +=?S)EB3?:?E3< , ?3E3)?<3, '?>EB$=4)$&$)?=$= =E I?E3 BE)<3<)E'?)?I= =E' <>NE<M<B:$ $=E)I$=$

&ara que el reconocimiento resulte plenamente #lido, luce necesaria la presencia de los siguientesrequisitosA

O4 la #oluntariedad del acto, es decir la actuación del deudor con discernimiento, intención ylibertad;

0O4 la capacidad del agente, en el sentido de su aptitud para cambiar #lidamente el estado de suderecho. En este sentido, por e(emplo, no podr reconocer deudas el concursado; ni el niño sin la

 participación de su representante. En cuanto al representante, podr reconocer aquellas obligaciones pertinentes a sus facultades;

2O4 la licitud del ob(eto, es decir que el contenido del reconocimiento, y en su caso su causa no seanilícitas;

-O4 la manifestación de la #oluntad en la forma legal adecuada, por cuanto si bien el principio generales que rige para esta materia la libertad de formas, podr haber requisitos particulares para ciertos casos.

Natra"e9a &r'd$#a: "a +a3)r'a de "a d)#tr$!a e!t$e!de 5e (e trata de ! a#t) &r'd$#),e! e" (e!t$d) 5e (e a#a1a de e/-re(ar: 5$e! re#)!)#e t$e!e ! 0$! $!+ed$at) 5e e(ad+$t$r "a e/$(te!#$a de "a )1"$a#$%! -ree/$(te!te, 3 ()+eter(e a "a( #)!(e#e!#$a( &r'd$#a( der$2ada( de e""a.C)+) ") 5e #ara#ter$9a a" a#t) &r'd$#) e( ! e(tar a Dere#*) e( $rre"e2a!te 5e (e "e

atr$13a a" re#)!)#$+$e!t) ! e0e#t) +8( e/te!() 5e e" #)!#reta+e!te 5er$d): 5$e!re#)!)#e ad+$te 5e e(t8 )1"$ad), -er) ( e(tar a Dere#*) $!2)"#ra 5e de&e$!terr+-$da "a -re(#r$-#$%! "$1erat)r$a, a!5e e(ta $!terr-#$%! !) *a3a #)!(t$t$d) (0$! $!+ed$at); 1a(ta #)! *a1er 5er$d) ! e0e#t) &r'd$#) -ara 5e *a3a ! a#t) &r'd$#),

Page 18: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 18/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 15e de re1)te -r)d#e ta+1$4! e0e#t)( &r'd$#)(, !) !e#e(ar$a+e!te 5er$d)(, -er)#)!re!te( #)! e" 5erer e!erad)r.E0e#t)(: e! !e(tr) r4$+e! ")( e0e#t)( de" re#)!)#$+$e!t) ()! d)(: ($r2e #)+) -re1ade "a )1"$a#$%! re#)!)#$da, e $!terr+-e "a -re(#r$-#$%! -e!d$e!te. Pre1a de "a )1"$a#$%!: E" re#)!)#$+$e!t) !) +)d$0$#a "a )1"$a#$%! )r$$!a": !)

ara2a "a ($ta#$%! de" ded)r ($ !) e/$(te !a !e2a 3 "'#$ta #a(a de de1er, !$ ")

"$1era a!5e e" re#)!)#$+$e!t) (%") (ea -ar#$a". E! e(te "t$+) #a() e" a#reed)r-ede -re2a"er(e de "a )1"$a#$%! e! ")( t4r+$!)( -r$+$t$2)(, +8( a+-"$)( -)r*$-%te($(, a +e!)( 5e -r)+ed$e ! +)d) e/t$!t$2) de" (a"d) 6-. e&. re!!#$a -ar#$a",) !)2a#$%!7.

I!terr-#$%! de "a -re(#r$-#$%! e! #r(): Se *a d$(#t$d) ($ e" re#)!)#$+$e!t) $!#$de()1re "a -re(#r$-#$%! #+-"$da, #e(t$%! 5e de1e (er de#$d$da !eat$2a+e!te. P)r ")-r)!t) -)r5e "a $!terr-#$%! de "a -re(#r$-#$%! (%") t$e!e (e!t$d) ($ e" -"a9)re(-e#t$2) !) (e *a #+-"$d) 3, ($ e(e -"a9) 3a (e *a a)tad), (%") (1($(te "a)1"$a#$%! #)+) !atra", de +a!era 5e e" re#)!)#$+$e!t), 5e !ada area a "a)1"$a#$%! )r$$!ar$a, "a ad+$te (%") #)+) )1"$a#$%! !atra". La ()"#$%! (er'a d$(t$!ta6-er) !) -)r 2$rta"$dad de" re#)!)#$+$e!t) +$(+), ($!) -)r )tra( #a(a(7 ($ e"

ded)r re!!#$ara $!dda1"e+e!te a "a -re(#r$-#$%! a!ada, ) rea"$9ara !a !)2a#$%!6#)!2er('%!7 -)r "a #a" re!a#$era !a )1"$a#$%! #$2$" 3a -re(#r$-ta

=iferencias con otras figuras

El reconocimiento puede presentar similitudes con otras figuras, seg9n se obser#a seguidamenteA

a4 $ovación" la no#ación supone la extinción de una obligación precedente que resulta sustituida por la nue#a, in#olucrando dos obligaciones diferentes. En cambio, el reconocimiento supone una 9nicaobligación, sea porque consiste en un 9nico acto abstracto, o bien porque tratndose de unreconocimiento causal, "ste de(a intacta la obligación a que se refiere.

 b4 %onfirmación" esta figura tiende a la subsanación del #icio que tornaba al acto in#lido, mientrasque el reconocimiento consiste en la aceptación de la existencia de un #ínculo sin referirse a su eficacia+reconocimiento causal4, o bien constitución de un nue#o #ínculo, sin referencia a un acto anterior +reconocimiento autónomo4.

c4  &ago" el pago importa reconocimiento, pero se trata de un instituto extinti#o que consiste en elcumplimiento de la prestación debida. En cambio, como hemos expuesto reiteradamente, elreconocimiento es en esencia prueba de una obligación preexistente o bien constitución de una nue#aobligación.

Unidad III 7no !'og'81. Efectos con relación al ACREEDOR.Cabe aclarar &ue a estos los dividimos en PRINCIPALES y AUXILIARES.  su ve#, los PRINCIPALES, se subdividen en NORMALES Y ANORMALES.-entro de los NORMALES encontramos

C/012303E+T4 E514+T+E4 164

E7EC/C34+ 849:- . En primer t"rmino y ante el incumplimiento espontneo por parte deldeudor, el acreedor tiene derecho a !...emplear los medios legales para que el deudor le procure aquello aque se ha obligado! +art. /28 inc. aG ))y)34.

Empleo de los medios legales para obtener a&uello &ue es de su interés, en especie. cción7udicial;5entencia;/so de la 8uer#a 1ública. 2303TE5 4bligaciones de -9 5ólo si la cosa está en

el patrimonio del -eudor< =CE9;+4 =CE9 +o se puede e$ercer violencia sobre la persona del-eudor. 9e&uiere el e$ercicio de acc $udic de ser favorables al acreedor le permitiran el au>ilio de lafuer#a publica.

Page 19: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 19/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 1R E7EC/C34+ 149 4T94 . En segundo lugar, puede el acreedor procurarse la prestación debida por 

otra persona, a costa del deudor +art. /28 inc. bG4. &ara el acreedor, se trata de otro tipo de cumplimientoen especie de la prestación.

ENE)I)?<3 por otro $ su costa. En especie.

P =$B 3o puede e(ercerse cuando se trate de una obligación de dar cosas ciertas específicas que

se encuentre en el patrimonio del deudor pero si se trata de cosas inciertas, fungibles o de sumas dedinero que pueden ser entregadas por terceros.

P H$)EB Sólo si no se trata de una <bligación in tuitu personae.

P 3< H$)EB 3o se puede utilizar esta #ía ya que la abstención es propia del =eudor.

P 3< BEI?EBE $I<B?Q$)?<3 NI=?)?$' &BE*?$, =E&E3=?E3=< =E')$S< ?3EB&E'$)?R3 &BE*?$ H$)?E3=< )<3<)EB IE SE I?'?Q$B ES$ *?$ E3

)$S< =E ?3)I:&'?:?E3<.

?, como E8ECT4 ANORMAL 2a 3+-E0+3:C34+ .'por e&uivalente) 'a ley tambi"n dispone queel acreedor tiene derecho a obtener del deudor las indemnizaciones correspondientes +art. /28, inc. cG,))y)34. Se trata de un supuesto de satisfacción del cr"dito por equi#alente, que sustituye la prestaciónoriginal.

<>'?@$)?<3ES )<3B$)I$'ES El acreedor puede optar por e(ecutar el

cumplimiento específico o aplicar la indemnización.

P <>'?@$)?<3ES IE 3$)E3 =E HE)H<S ?'?)?<S Sólo indemnización

 =emos mencionado los 193+C312E5. @eamos a%ora los AUXILIARES. 5e trata de a&uellasmedidas o acciones &ue el acreedor puede tomar a fin de proteger el patrimonio del deudor. ? por &ué decimos &ue el acreedor puede Aproteger el patrimonio del deudorB, es más, podemospreguntarnos si Atiene derec%oB a %acerlo. 2a respuesta a este interrogante es si, efectivamente, elacreedor tiene derec%o a proteger el deudor y puede %acerlo debido a &ue el “patrimonio del deudor es prenda común de los acreedores”. 9ecordemos lo visto en el 1rimer lo&ue, en la /nidad 3, al delimitar nuestro ob$eto de estudio< di$imos &ue la 4bligación vincula patrimonios, el patrimonio del acreedor conel patrimonio del deudor. 1or tal ra#ón, el -erec%o dota al acreedor de distintas acciones tendientesno sólo a %acer cumplir a&uello &ue el deudor le debe sino también tiene acciones tendientes aproteger el patrimonio del deudor a fin de evitar &ue éste se desprenda de esos bienes y burle losderec%os del acreedor. -e nada le serviría al acreedor obtener una sentencia favorable si no puedeluego %acerla efectiva y, vale reiterarlo, el único modo de efectivi#arla es sobre el patrimonio deldeudor. 2os llamamos /D3239E5 por&ue van Aen au>ilioB de las otras acciones 'E8ECT45193+C312E5) y, en definitiva de los derec%os del acreedor.Tales EFECTOS AUXILIARES son 0E-3-5 19EC/T4935 'embargo, in%ibición de bienes, entre otras). CC34+E5 -E 3+TE69C34+ ? -E523+-E.Entre estas contamos con CC34+ -E 530/2C34+. CC34+ 9E@4CT493. CC34+ 5/946T493. CC34+ -E 5E19C34+ -E 1T9304+345.

1R. 25 C45T5

3+3C34 -E CC34+E5 7/-3C32E5 4 93T92E5 149 19TE -E2 C9EE-49 83+ -E4TE+E9 E2 C/012303E+T4 ' E+ 8490 849:- ).

Page 20: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 20/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 20 9T. F 3+ 83+E A5i el incumplimiento de la obligación, cual&uiera sea su fuente, deriva

en litigio $udicial o arbitral, la responsabilidad por el pago de las costas, incluidos los %onorariosprofesionales, de todo tipo, allí devengados y correspondientes a la primera o única instancia, nodebe e>ceder del veinticinco por ciento del monto de la sentencia, laudo, transacción o instrumento&ue ponga fin al diferendo. 5i las regulaciones de %onorarios practicadas conforme a las leyesarancelarias o usos locales, correspondientes a todas las profesiones y especialidades, superan dic%oporcenta$e, el $ue# debe proceder a prorratear los montos entre los beneficiarios. 1ara el cómputo del

porcenta$e indicado, no se debe tener en cuenta el monto de los %onorarios de los profesionales &ue%an representado, patrocinado o asistido a la parte condenada en costasB.20. E,c"o% d la% obligacion%1odemos definir los efectos de las 4236C34+E5 como las consecuencias &uede ellas se derivan, tanto para el acreedor como para el deudor 

21. +ISINCION EN9E LOS EFECOS +E LAS OBLIGACIONES J LOS EFECOS+E LOS CON9AOS

Tal como %emos anali#ado al estudiar las 8/E+TE5 -E 25 4236C34+E5, %emos visto &ue losC4+T9T45 son una de ellas, podemos decir &ue el efecto de los contratos es, precisamente, crear,dar origen, generar obligaciones. 2os efectos &ue derivan de las obligaciones surgen de ella misma y

no de los contratos, en tal caso, sólo se derivan de este de una manera mediata, es decir, a través delas obligaciones por el generada.

22. E,c"o% d la% obligacion% con 'lación al ddo'.

! El cumplimiento eacto de la obligación confiere al deudor el derec'o a obtener la liberación (recibo)

 y el de rec'a!ar las acciones del acreedor +oponer defensas en (uicio4 ! +art. /2))i#.4. Es decir queante el pago total y oportuno, se extingue la obligación con todos sus accesorios, quedando liberado eldeudor y adquiriendo entonces el derecho de repeler cualquier acción que el acreedor pudiere dirigirleen #irtud de la obligación extinguida

E" ded)r t$e!e, !) )1(ta!te ( #ar8#ter -a($2) e! "a re"a#$%! )1"$a#$)!a", #$ert)(dere#*)(. E( "%$#) 5e (e ") 0a#"te a #+-"$r, a""a!a!d) ")( )1(t8#")( 5e e!#e!tre-ara e"") 3 5e, "ter$)r+e!te, (e ") "$1ere de0$!$t$2a+e!te de "a deda #+-"$da. L)(dere#*)( de" ded)r -ede! (er ($(te+at$9ad)( de "a ($$e!te +a!era:H7 Dere#*)( -re2$)( a" #+-"$+$e!t): e(t8 0a#"tad) -ara )1te!er "a re#e-#$%! ) "a

#))-era#$%! de" a#reed)r. P)r e&e+-"), ($ t$e!e 5e e!trear ! #ara+e!t) de *$err)-ede #)!tar #)! 5e e" a#reed)r e(t8 d$(-e(t) a re#$1$r") e! ! de-%($t) ade#ad).La 0a"ta de #))-era#$%! de" a#reed)r -ede der$2ar e! "a 0$ra de!)+$!ada +)ra de"a#reed)r.

K7 Dere#*)( a" t$e+-) de $!te!tar #+-"$r, e(t8 0a#"tad) -ara *a#er e" -a) -)r 2'a &d$#$a", ) -a) -)r #)!($!a#$%!.

7 Dere#*)( a" #+-"$r, e" ded)r 5e #+-"e e0e#t$2a+e!te t$e!e dere#*) a )1te!er "a"$1era#$%! #)rre(-)!d$e!te 3, #)+) der$2a#$%! de e""), a e/$$r e" re#$1), )$!(tr+e!t) e! e" #a" #)!(ta ta" "$1era#$%!.

7 Dere#*)( "ter$)re( a" #+-"$+$e!t): e" #+-"$+$e!t) e/a#t) da dere#*) a" ded)r-ara re-e"er "a( a##$)!e( de" a#reed)r, ") 5e e( #)!(e#e!#$a de 5e, a" *a1er#+-"$d), (e "$1er% de "a deda, "a #a" (e *a""a e/t$!$da. I!de-e!d$e!te+e!te dee""), e" ded)r -)dr'a re#*a9ar "a( a##$)!e( de" a#reed)r e! )tr) (-e(t) dee/tre+a e2$de!#$a: ($ "a deda (e *a""a(e e/t$!$da ) +)d$0$#ada -)r !a #a(a"ea", 2er1$ra#$a, ($ -re(#r$1$%, 3 a(' 5ed% "$+$tada a ( 2$rta"$dad de )1"$a#$%!!atra".

Unidad M

2. ago:

Page 21: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 21/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 21 Gn'al&n" % lo idn"i,ica con la n"'ga d na %&a d din'o# %in&ba'go# % &co &$% 6 %o# i&!o'"a l CULIIENO EHACO +E LA9ESACIN +EBI+A. A'". M5.* +,inición. ago % l c&!li&in"o d la !'%"ación 6con%"i"4 l ob"o d la obligación

AGO- NAU9ALE=A >U9?+ICA ACO O NEGOCIO >U9?+ICO   +oc"'ina &a4o'i"a'ia. Fin in&dia"o"ingi' na obligación n lo% "3'&ino% dl a'". 25R dl CC4C Ac"o '/dico. El

ac"o '/dico % l ac"o oln"a'io l/ci"o 6 "in !o' ,in in&dia"o laad6i%ición# &odi,icación o "inción d 'lacion% o %i"acion% '/dica%. KECKO >U9?+ICO  Sin 6 &di n ac"o oln"a'io o na ,inalidad"in"ia in&dia"a. ACO +EBI+O  Ca"go'/a %!cial d ac"o% i&!%"o% !o' la l4 d "al&odo 6 l %"o no % lib' d c&!li' o no c&!li'. ECL<CICAS   a'a la% Obligacion% d +a': Ac"o >'/dicoT !a'a la% dKac' o No ac': Kco >'/dico.

9EUISIOS +E ;ALI+E= +EL AGO CAACI+A+ +E LOS SU>EOS 7Soln%D Acci!in%8  A'"%. (5 7ca!acidad!a'a di%!on'8 7con,i'&ación d ac"o% 'aliado% !o' inca!ac%8 5 7!ago 'cibido !o'inca!a# in$lido n !'inci!io# %'$ $lido %i l ac'do' % bn,icia8 C9E+IO LIB9E O EHE+IO   A'". ((: ago d c'3di"o% &ba'gado% o!'ndado%. El c'3di"o db ncon"'a'% !di"o. El !ago d n c'3di"o&ba'gado o !'ndado % ino!onibl al ac'do' !'nda'io o &ba'gan".

SOL;ENCIA +EL +EU+O9   A'". (M.* ago n ,'ad a lo% ac'do'%. El!ago db ac'% %in ,'ad a lo% ac'do'%. En %" %!%"o# % a!lica lano'&a"ia d la acción 'oca"o'ia 4# n % ca%o# la d la l4 conc'%al. IULA9I+A+ +E LA COSA OB>EO +EL AGO  A'". (.* 'o!idad d laco%a. El c&!li&in"o d na obligación d da' co%a% ci'"a% !a'a con%"i"i'd'co% 'al% '6i' 6 l ddo' %a !'o!i"a'io d la co%a. El !ago&dian" na co%a 6 no !'"nc al ddo' % 'ig !o' la% no'&a% 'la"ia% ala co&!'an"a d co%a ana.

2). ago: ob"o dl !ago:9EUISIOS 79INCIIOS8 EN CUANOAL OB>EO +EL AGOI+ENI+A+   A'". M.* Idn"idad. El ac'do' no %"$ obligado a 'cibi' 4 l

ddo' no "in d'co a c&!li' na !'%"ación di%"in"a a la dbida# cal6i'a%a % alo'.INEG9I+A+   A'". MR.* In"g'idad. El ac'do' no %"$ obligado a 'cibi'!ago% !a'cial%# c!"o di%!o%ición lgal o conncional n con"'a'io. Si laobligación % n !a'" l/6ida 4 n !a'" il/6ida# l ddo' !d !aga' la !a'"l/6ida

•PUNTUALIDAD   GArt. H.W i&!o dl !ago. E" -a) de1e *a#er(e:a7 ($ "a )1"$a#$%! e( de e/$$1$"$dad $!+ed$ata, e! e" +)+e!t) de (!a#$+$e!t);17 ($ *a3 ! -"a9) deter+$!ad), #$ert) ) $!#$ert), e" d'a de ( 2e!#$+$e!t);

#7 ($ e" -"a9) e( t8#$t), e! e" t$e+-) e! 5e, (e! "a !atra"e9a 3 #$r#!(ta!#$a( de "a)1"$a#$%!, de1e #+-"$r(e;d7 ($ e" -"a9) e( $!deter+$!ad), e! e" t$e+-) 5e 0$&e e" &e9, a ()"$#$td de #a"5$erade "a( -arte(, +ed$a!te e" -r)#ed$+$e!t) +8( 1re2e 5e -re2ea "a "e3 ")#a".

Page 22: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 22/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 22•PURAS Y SIMPLES   GCa!d) ") re5$era e" A de!tr) de ")( "$+$te( de "a 1e!a 0e 6e!"a -r$+era )-)rt!$dad 5e ( '!d)"e #)!($e!ta7•PAGO ANTICIPADO   GArt. K.W Pa) a!t$#$-ad). E" -a) a!ter$)r a" 2e!#$+$e!t) de"-"a9) !) da dere#*) a e/$$r de(#e!t)(. REQUISITOS EN CUANTO AL OB=ETO DEL PAGO• LOCALI<ACION : lga' d !ago LUGAR DESIGNADO   GArt. .W Lar de -a) de($!ad). E" "ar de -a) -ede(er e(ta1"e#$d) -)r a#erd) de "a( -arte(, de +a!era e/-re(a ) t8#$ta. LUGAR DE PAGO NO DESIGNADO   GArt. .W Lar de -a) !) de($!ad). S$!ada (e *a $!d$#ad), e" "ar de -a) e( e" d)+$#$"$) de" ded)r a" t$e+-) de"!a#$+$e!t) de "a )1"$a#$%!. S$ e" ded)r (e +da, e" a#reed)r t$e!e dere#*) a e/$$r e"-a) e! e" d)+$#$"$) a#ta" ) e! e" a!ter$)r. Ia" )-#$%! #)rre(-)!de a" ded)r, #a!d)e" "ar de -a) (ea e" d)+$#$"$) de" a#reed)r.E(ta re"a !) (e a-"$#a a "a( )1"$a#$)!e(:a7 de dar #)(a #$erta; e! e(te #a(), e" "ar de -a) e( d)!de "a #)(a (e e!#e!tra*a1$ta"+e!te;17 de )1"$a#$)!e( 1$"atera"e( de #+-"$+$e!t) ($+"t8!e); e! e(te(-e(t), "ar de -a) e( d)!de de1e #+-"$r(e "a -re(ta#$%! -r$!#$-a".

25. ago: Lgi"i&ación Ac"ia.

ienen derecho a realizar un pago #lido las siguientes personasA

*. El deudor 

Se trata del interesado principal en el cumplimiento de la obligación y por ello tiene derecho a pagar.El pago realizado por el deudor extingue el cr"dito y lo libera, cuando satisface el inter"s del acreedor 

+art. 118 ))y)34.Si los deudores son #arios, el derecho a pagar de cada uno de ellos se rige por las disposiciones

correspondientes a la categoría de su respecti#a obligación +art. 1/6 ))y)34. $sí, si se trata de #ariosdeudores de un ob(eto di#isible, o bien de obligaciones simplemente mancomunadas, cada uno de elloscumplir con su obligación abonando la parte a su cargo +conf. arts. 181 y 10 ))y)34. En cambio, sise trata de deudores de un ob(eto indi#isible, solidarios o concurrentes, "stos podrn ser llamados acumplir con la totalidad de la prestación y en tal caso sólo se liberarn mediante el pago integral +conf.arts. 15 y 10/, 1 ))y)34, sin per(uicio de las acciones de reintegro +art. 18 ))y)34 o decontribución a las que pudieren tener derecho +art. 108 y art. 1, inc. hG, ))y)34.

*. Los representantes del deudor 

Tstos tambi"n son legitimados acti#os, sal#o el supuesto de obligaciones intuitu personae, que sólo pueden ser satisfechas por el propio deudor en razón, de sus condiciones personales. )abe distinguir lossiguientes supuestosA

a4 +epresentantes legales (padres, tutores, curadores)A pueden realizar un pago #lido en la medidaen que tengan facultades al efecto. $sí, por e(emplo, a efectos de adquirir bienes con el producto de unaindemnización obtenida por el daño sufrido por el hi(o menor de edad, pupilo o curado, a nombre de "stey proceder al pago correspondiente, se requerir la opinión del $sesor de :enores y luego el (uez podrautorizar la realización del acto y el pago correspondiente.

 b4 +epresentantes voluntarios (mandatarios)" si el pago supone un acto ordinario de administración,es suficiente si cuentan con poder general. En cualquier otro caso, ser necesario que el poder correspondiente confiera facultades expresas +conf. art. 2/ ))y)34.

Page 23: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 23/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 2*. Los sucesores

Si la deuda se transmite a personas que pasan a ocupar el lugar del deudor por un negocio (urídicoentre #i#os, o bien por causa de muerte, tales personas +sucesoras del deudor4, tambi"n quedarnlegitimadas para realizar un pago #lido +conf. arts. 261 y -88 ))y)34.

*. Los tercerosel deudor no es el único &ue puede efectuar el pago. 2os terceros tambiénpueden %acerlo.245 TE9CE945 2os terceros son a&uellos su$etos e>traHos a la relación obligacional que, por algunarazón, desean realizar el pago. &ueden ser EB)EB<S ?3EBES$=<S o EB)EB<S 3<?3EBES$=<S.5on TE9CE945 3+TE9E5-45 &uienes, ante la falta de pago por parte del deudor, pueden verafectados sus derec%os, en consecuencia, el ordenamiento $urídico les da el derec%o de pagar, esdecir, tienen A3/5 542@E+-3B< tanto es así &ue pueden imponer el pago al acreedor aún en contra desu voluntad, go#ando, al igual &ue el mismo deudor, de la acción de 164 149 C4+536+C34+.E$emplos de TE9CE945 3+TE9E5-45 El ad&uirente de un inmueble mediante boleto de compraventa &ue paga la deuda del vendedor

'titular de dominio del bien y deudor de una obligación de otro origen, no derivada de ese boleto decompraventa, por e$emplo de un préstamo de dinero &ue le %i#o otro su$eto) para evitar &ue elacreedor le embargue y e$ecute el bien. El de un acreedor &ue paga a otro acreedor del mismo deudor &ue le paga a éste para evitar &ue elpatrimonio del deudor se vea afectado como la garantía de su crédito.'os EB)EB<S 3< ?3EBES$=<S carecen de U?IS S<'*E3=?V, "stos no pueden imponer el pago.

ercero es todo aquel que no es parte de una relación (urídica. =entro de esa categoría aparece el!tercero interesado!, que es aquel a quien el incumplimiento del deudor puede causar un menoscabo

 patrimonial. $sí, por e(emplo, el tercero poseedor de un inmueble hipotecado puede estar interesado en pagar la deuda aun sin ser deudor, para no perder la cosa; asimismo, un acreedor del deudor puede tener 

inter"s en pagar a otro acreedor con derecho preferente, con el fin de e#itar la e(ecución de un bien deldeudor y así mantener robusta la garantía de su propio cr"dito, etc. 'a ley argentina sigue siendo muyamplia en esta materia y faculta a los terceros a efectuar pagos #lidos, con las siguientes excepciones+conf. art. 11 ))y)34A

a4 i se tuvieron en cuenta las condiciones especiales del deudor A en estos casos, los terceros notienen derecho a efectuar un pago #lido. $sí, por e(emplo, no interesar al paciente, su atención por unm"dico del equipo de un neurociru(ano especialmente seleccionado, si (ustamente tal (efe de equipo fueespecialmente tenido en miras al contratar. Este e(emplo podr tener limitaciones en el contexto deser#icios prestados por obras sociales y empresas de medicina prepaga. &or lo dems, si el acreedor decide aceptar el pago por el tercero, se extinguir la obligación.

 b4 i 'ubiere oposición conjunta del acreedor y del deudor" los terceros no interesados no tienen elderecho de pagar, pero sí lo tienen los terceros interesados.

c4 i 'ubiere oposición del acreedor o del deudor" el tercero interesado puede pagar en estossupuestos, ya que la ley no lo ha #edado. En cuanto al tercero no interesado, si bien su situación no hasido explícitamente tratada en el )ódigo aprobado, no podemos excluir que pueda realizar pagos #lidosen circunstancias determinadas +e(., con aceptación del acreedor, cuando la obligación se ha tornadoexigible4.

$hora bien, cuando quien paga es un tercero, el cr"dito en sí no se extingue aunque el acreedor pueda

#er satisfecho su cr"dito. Ello es así, pues el tercero pagador podr reclamarle el pago al deudor, con base en alguno de los siguientes criterios +art. 110 ))y)34Aa4 i 'ubo asentimiento del deudor" el tercero pagador queda colocado en la situación de un #erdaderomandatario y podr iniciar la acción deri#ada del mandato, reclamando todos los gastos realizados en

Page 24: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 24/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 2)cuanto fueren razonables +art. 201 ))y)34, como asimismo la retribución correspondiente, haya sido"sta pactada, pre#ista en la ley o subsidiariamente, fi(ada por un (uez +arts. 200 y 201 ))y)34. eltercero &ue pagó tiene derec%o a reclamarle todo lo &ue pagó. 1ara ello tiene dos acciones, la de0+-T4 y la 5/946C34+ 2E62.

 b4 i 'ubo ignorancia del deudor" en este supuesto, el tercero habr actuado como un gestor de negocios+conf. art. /1 ))y)34, y siempre que su gestión hubiere sido conducida 9tilmente, podr iniciar laacción respecti#a que le permitirA a4 recuperar el #alor de los gastos necesarios y 9tiles con los intereseslegales computados desde el día en que tales gastos fueron hechos; y b4 obtener la remuneración de sugestión, si "sta correspondiere al e(ercicio de su acti#idad profesional, o si ello resultare equitati#o enfunción de las circunstancias del caso +conf. art. /1 ))y)34. Ello ser así, aun si la #enta(a que debíaresultar de la gestión no tu#o lugar o bien si cesó. 2a ley concede en este caso al tercero la misma5/946C34+ 2E62 &ue en el caso anterior 'pago por tercero en conocimiento del deudor) y la CC34+ -E 9EE04254 4 6E5T34+ -E +E64C345, en cuyo caso el tercero podrá reclamartodos Alos gastos &ue la gestión le %ubiese ocasionado, con los intereses desde el día &ue los %i#oBpero, siempre y cuando los gastos reali#ados %ayan sido útiles al deudor, es decir A%asta laconcurrencia de las venta$as &ue obtuvo al fin del negocioB. El tercero recupera a&uello &ue %ayainvertido útilmente.

c4 i 'ubo oposición del deudor" El solvens podr recurrir a la actio in rem verso, como acción propiaderi#ada del enriquecimiento sin causa, que le permitir recuperar lo pagado pero sólo en la medida enque le hubiere sido 9til al deudor +conf. art. /6- ))y)34.

En su caso, podr tambi"n e(ercitar la acción de pago por subrogación, en los t"rminos del art. 6- ysubsiguientes del )ódigo )i#il. Minalmente, si el pago por el tercero pro#iene de un contrato con elacreedor o con el deudor, podrn resultar aplicables las disposiciones sobre cesión de deudas +arts. 520a 524.

2M. ago: Lgi"i&ación a%ia.

'a cuestión acerca de qui"nes tienen derecho a recibir un pago #lido re#iste la mayor importancia, por cuanto el pago hecho a una persona no legitimada expone al solvens al riesgo de pagar dos #eces. Esque al no desinteresar al acreedor, "ste seguir legitimado para reclamar su cr"dito al deudor. Ello es así,sin per(uicio del derecho repetición que asiste al deudor, si hubiere efectuado un pago indebido alaccipiens -sujeto pasivo del pago- .

Se consideran legitimados pasi#os +art. 112 ))y)34A

. El acreedor, su cesionario o subrogante

&uede recibir un pago #lido la persona a cuyo fa#or estu#iere constituida la obligación, sea por sí,como asimismo por intermedio de sus representantes. 'os representantes legales +padres, tutores,curadores4 pueden recibirlo, sin per(uicio de las limitaciones aplicables en materia de in#ersión de lo

 percibido. $ los representantes #oluntarios +mandatarios4, les ser suficiente contar con un poder general, para realizar cobros en el contexto de actos ordinarios de administración.

&or su parte, en la medida en que las deudas pueden ser transmitidas a los sucesores por actos #i#os ocausa de muerte +conf. arts. 261 y -88 ))y)34, "stos tambi"n pueden llegar a ser legitimados pasi#os.$sí las cosas, los herederos y los cesionarios de un cr"dito, pueden cobrar #lidamente en su carcter desucesores del acreedor.

En el caso de obligaciones de su(eto plural, se halla legitimado para recibir el pagoA a4 cualquiera delos acreedores, si la obligación es indi#isible o solidaria. Sin embargo, si el deudor hubiere sido yademandado por uno de los acreedores, en función del llamado !principio de pre#ención!, ser eseacreedor el 9nico legitimado al cobro, y b4 cada uno de los acreedores por su propia cuota, si laobligación es di#isible +art. 181 ))y)34 o simplemente mancomunada +art. 10 ))y)34.

Page 25: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 25/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 25*. El tribunal que dispuso el embargo del crdito

* El tercero indicado para recibir el pago"

'a ley admite que un tercero est" habilitado para recibir el pago en todo o en parte. $sí, por e(emplo,en un contrato de locación podr identificarse al locatario, deudor del canon locati#o; al locador,

acreedor de dicho canon y al tercero habilitado para el cobro, quien ser el accipiens natural, aunque endefiniti#a sea un representante del locador para los efectos limitados del cobro. 'uego, el acreedor tendr derecho a reclamar de este tercero aquello que haya recibido, seg9n los t"rminos pactados en surelación interna +art. 11-, inc. aG, ))y)34.

*. El poseedor del título de crdito etendido al portador o endosado en blanco

*. El acreedor aparente

El acreedor aparente es aquella persona que a los o(os de los dems goza pacíficamente de lacondición de acreedor y se comporta como tal, con independencia de que lo sea o no +'lambías4. El

heredero aparente, el cesionario de un cr"dito anulado y el legatario de un cr"dito re#ocado, re#isten estacalidad. Se encuentra legitimado para el cobro, en protección del  solvens que act9a de buena fe. En estecaso, el pago se considera #lido si de las circunstancias resulta #erosímil el derecho in#ocado, aunquedespu"s aquel acreedor sea #encido en (uicio, sobre el derecho que in#oca +art. 112, inc. eG, ))y)34.

Si bien la ley no lo dice en forma expresa, pensamos que tambi"n el representante aparente podrrecibir un pago #lido. Esta figura comprende supuestos en los cuales el acreedor #erdadero habrinducido al solvens a creer que realiza un pago a su representante, sin que exista representación expresa,

 pero asumiendo la ley que se ha conferido tcitamente poder suficiente +conf. art. 25/ ))y)34. $sí, por e(emplo, podrn actuar como representantes aparentes, quienes de manera notoria administren unestablecimiento abierto al p9blico, los dependientes que se desempeñan en el establecimiento y los

encargados de entregar mercaderías fuera del establecimiento +art. 25/ ))y)34.

El #erdadero acreedor tendr derecho a reclamar al accipiens el #alor recibido, en base a las reglasdel pago indebido +art. 11-, inc. bG, ))y)34.

ELEENOS +EL AGO: SU>EO# OB>EO:a6llo 6 % !aga# n da'# n ac' on no ac'# CAUSA FUENE: 2a causa &ue origina el pago es la deuda# CAUSA FIN: Elmóvil, es decir la intención, la finalidad de &uien paga es e>tinguir la deuda.

2(. IUACION +EL AGO

Si entre acreedor y deudor existen #arias obligaciones de la misma naturaleza, y el pago efectuado por el deudor no alcanza a sol#entar la totalidad de lo adeudado, existen reglas de atribución de los pagos, pre#istas por la ley. $sí por e(emplo, puede suceder que un cliente deba a su abogado W .888, enconcepto de honorarios profesionales por defensa en una causa de daños y per(uicios y otros W 0.88, por la atención de un proceso de cobro e(ecuti#o. 'a cuestión de la imputación del pago no se presentar sital deudor abona los W /.88 debidos. Sin embargo, si anticipa W -.888, habr que decidir a qu"obligación se atribuye dicho importe, y allí cobrar inter"s el tema ba(o anlisis.

 /mputación por el deudor 

El deudor tiene prioridad para efectuar la imputación al momento de realizar el pago, pero deberespetar las siguientes pautasA a4 la elección debe recaer sobre una deuda líquida y de plazo #encido; b4si adeuda capital e intereses, el pago sólo puede imputarse a capital, pre#io consentimiento del acreedor +art. 688 ))y)34.

Page 26: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 26/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 2M /mputación por el acreedor 

El acreedor contar con esta facultad cuando el deudor no la hubiese e(ercido, y podr #alerse de ellaen el momento de recibir el pago, siguiendo las siguientes reglasA a4 la imputación debe recaer sobrealguna de las deudas líquidas y exigibles; b4 una #ez canceladas totalmente una o #arias deudas, puedeaplicar el saldo a la cancelación parcial de cualquiera de las otras +art. 68 ))y)34.

En cualquiera de los supuestos precedentes, corresponde que quien efect9a la imputación del pago, lohaga mediante una declaración de #oluntad recepticia, de tal modo que el coobligado conozca conclaridad cules son los alcances del saldo a9n adeudado.

 /mputación legal 

)uando ninguna de las partes hubiere realizado la imputación, debe aplicarse la atribución pre#ista por la ley, seg9n la cualA

a4 El pago debe imputarse a la obligación de plazo #encido ms onerosa para el deudor +art. 680

))y)34, sea porque "sta lle#e intereses, clusula penal, garantía real, etc"tera.

 b4 Si las deudas fueren igualmente onerosas, el pago se prorratear entre todas ellas +art. 680))y)34.

c4 Si el pago se hace a cuenta de capital e intereses y no se precisa su orden, se imputa en primer t"rmino a intereses, a no ser que el acreedor d" recibo por cuenta de capital +art. 682 ))y)34.

E#identemente, el nue#o legislador ha preferido limitar las reglas sobre imputación legal a los trescasos mencionados precedentemente, rigi"ndose los dems por las disposiciones contenidas en lasdistintas secciones y pargrafos que regulan las di#ersas clasificaciones de la obligación +e(.,

 prestaciones parciales en períodos determinados, entregas de cosas determinadas o de cosas inciertas,etc.4.

2. )apacidad del sol#ens y del accipiens

Si consideramos que el pago es un acto (urídico, ser necesario que tanto el  solvens +pagador4 comoel accipiens +receptor del pago4 sean su(etos capaces. En este sentido, el art. 1/ del )ódigo aprobadoestablece que !El pago debe ser realizado por persona con capacidad para disponer!.

El pago realizado por un incapaz o por una persona con capacidad restringida, podr ser consideradonulo relati#amente, a instancias del solvens y si tal efecto le beneficia. &ero asimismo podr sanearse por la confirmación del acto y por la prescripción de la acción +conf. art. 211 ))y)34.

$ su #ez, cuando quien recibe el pago es un incapaz o a una persona con capacidad restringida nodebidamente autorizada a recibirlo, "ste resultar en principio in#lido, aunque producir efectos en lamedida en que el acreedor resulte beneficiado +art. 11 ))y)34.

En supuestos de incapacidad o de capacidad restringida, cuando la obligación no fuere intuitu

 personae, el pago podr realizarse #lidamente por intermedio de un representante legal o necesario +e(., padres, tutores, curadores4, o bien por un representante #oluntario +mandatario4.

AGO A E>O9 FO9UNA

Page 27: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 27/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 2(En función del "rinci"io de autono#$a de la %oluntad& en 'eneral no ha( obst)culo "ara *ue el acreedor ace"te el "a'o de la

obli'ación #ediante un ob+eto diferente& o de cual*uier #odo renuncie a cobrar un cr,dito total o "arcial#ente- En esa #edida&

"uede ta#bi,n acordar con su deudor *ue ,ste le "a'ue cuando "ueda o #e+ore de fortuna-

Esta figura, ahora incorporada en el )ódigo )i#il y regulada en forma independiente, exige el acuerdo entre partes para la concesión del

 beneficio +art. 116 ))y)34.

El pago a me(or fortuna se encuentra regulado en el r"gimen general de las obligaciones. $sí lascosas, resulta aplicable a "stas en base a iguales principios, con independencia de cul sea el contratoin#olucrado +mutuo, depósito, etc.4.

In conflicto típico que in#olucra la figura ba(o estudio, se refiere a qu" sucede si no existe acuerdoentre las partes sobre el momento en que debe efecti#izarse el pago. $sí, por e(emplo, si )andela prestaW 888 a Bodrigo, pactndose que "l le reintegre esa suma cuando me(ore de fortuna, y luego ellaad#ierte que esa circunstancia se ha materializado, pero el deudor se niega a la de#olución por interpretar lo contario, Ccómo debe resol#erse la cuestiónD =ebe en tal caso decidir el (uez, mas el nue#o

art. 168 ))y)3 fi(a una pauta al efectoA !El acreedor puede reclamar el cumplimiento de la prestación,y corresponde al deudor demostrar que su estado patrimonial le impide pagar!.

Minalmente, dado que se presume que la clusula de pago a me(or fortuna se establece en beneficioexclusi#o del deudor; si "ste fallece, la deuda se transmite a sus herederos como obligación pura ysimple +conf. art. 16 ))y)34.

2R. A%"'in"%: conc!"o# '3gi&n lgal# ca'ac"'%. 9lación con laind&niación.

'as sanciones conminatorias se relacionan con el cumplimiento específico de la obligación. &rocuran#encer la resistencia del deudor renuente, que deliberadamente permanece en situación deincumplimiento, al imponerle estas penas económicas acumulati#as, conocidas tambi"n en nuestromedio como astreintes, por su denominación francesa. $ su respecto, se ha dicho que constituyen unmoderno sustituto de la antigua prisión por deudas.

BE@?:E3 'E@$'A En este sentido, la ley autoriza a los (ueces a !...imponer en beneficio del titular delderecho, condenaciones conminatorias de carcter pecuniario a quienes no cumplen deberes (urídicosimpuestos en una resolución (udicial...! +conf. art. 18- ))y)3; y en sentido similar, art. 555 bis del)ódigo anterior, incorporado por la ley /./76514. Befuerza así el poder de los magistrados de dictar 

medidas que promue#an el respeto y cumplimiento de sus decisiones.

)aracteres

'as condenaciones conminatorias presentan los siguientes rasgos propiosA

a4 %ar#cter conminatorio" suponen una especie de apremio para el cumplimiento de los mandatos (udiciales, de allí que no dependen en principio de los daños sufridos por el acreedor, pudiendo inclusoaplicarse ante el incumplimiento de deberes sin contenido patrimonial +e(., ante el incumplimiento delr"gimen de #isitas a los hi(os4.

 b4 &rovisionalidad" estas sanciones pueden ser dejadas sin efecto o reajustadas, si el deudor desistede su resistencia y justifica total o parcialmente su proceder, es decir que no hay cosa (uzgada a surespecto. &ueden incluso de(arse sin efecto luego de admitidas, debiendo en su caso de#ol#erlas elacreedor por haber cesado la causa para su conser#ación.

Page 28: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 28/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 2c4 0iscrecionalidad" su aplicación y, en su caso, entidad, dependen del prudente arbitrio (udicial, a

e(ercerse teniendo en cuenta las circunstancias y finalidad de la medida.

d4  Ejecutabilidad" las sanciones conminatorias pueden hacerse efecti#as sobre el patrimonio deldeudor. $sí las cosas, consentida o e(ecutoriada la sentencia que dispone la sanción conminatoria, puedee(ecutarse "sta por el procedimiento de e(ecución de sentencias.

e4  &etición de parte" las condenaciones conminatorias se disponen pre#ia petición de la parteinteresada.

C)!#e-t): ()! #)!de!a#$)!e( #)!+$!at)r$a( de #ar8#ter -e#!$ar$), 5e ")( &e#e(a-"$#a! a 5$e! !) #+-"e ! de1er &r'd$#) $+-e(t) e! !a re()"#$%! &d$#$a". Lade!)+$!a#$%! a(tre$!te -r)2$e!e de" 0ra!#4(, 3 ( et$+)")'a $!d$#a 5e der$2a de" "at'!a(tr$!ere 6#)+-e"er7.

Natra"e9a &r'd$#a: #)!(t$t3e! ! +ed$) de #)+-"($%! de" ded)r. D$#*a #)!#e-#$%!e/#"3e 5e (e trate: 18 de !a +"ta #$2$", -)r5e ta" (a!#$%! (e a-"$#a a !a #)!d#ta

3a )1rada, 3 "a a(tre$!te -er($e 5e, e! ") 0tr), e" ded)r de&e de re($(t$r e"#+-"$+$e!t) de (( de1ere(; 3 28 de !a $!de+!$9a#$%! de da)(.

C4019C34+E5- E+T9E 25 5T9E3+TE5 ? 2 0/2T 2as multas son sanciones ante el incumplimiento mientras&ue las astreintes son condenaciones conminatorias cuya finalidad no es sancionatoria sino &ue tiendea &ue el deudor resistente cese en tal resistencia. 6eneralmente las multas se gradúan en función delos valores involucrados en el conflicto mientras &ue las astreintes se gradúan en relación alpatrimonio del deudor.- E+T9E 25 5T9E3+TE5 ? 2 3+-E0+3:C34+ 2a indemni#ación guarda relación con el daHoocasionado y efectivamente sufrido por el acreedor mientras &ue las astreintes no re&uieren de lae>istencia de daHo para &ue se impongan y, e>istiendo, su monto no guarda relación con su cuantía.

2as astreintes se fi$an en función del patrimonio del deudor en tanto &ue la indemni#ación sólo con lae>tensión del resarcimiento de ese daHo sufrido por el acreedor no teniéndose en consideración elpatrimonio del deudor.

UNIDAD 0. 8CT49 -E T93/C34+ AtribuirB es imputar a alguien la reali#ación de un determinado acto

o de determinada omisión. Esta atribución de la reali#ación de determinado incumplimiento ob$etivodel ordenamiento legal puede %acerse ba$o la lupa de factores sub$etivos, esto es, dependen de unacto volitivo del agente o bien ba$o la lupa de factores ob$etivos, de factores &ue prescinden de lavoluntad del su$eto. En el primer caso, factores sub$etivos, podemos %ablar de C/21 o -424. Es

evidente &ue para ello se re&uiere &ue el su$eto %aya obrado en forma voluntaria, es decir conintención, discernimiento y voluntad. 2a C/21, más adelante anali#ada con mayor profundidad, estodo obrar negligente, imprudente, en forma ine>perta o sin observar los deberes del cargo delagente< es un %acer más o menos de lo &ue se debe< no %ay a&uí intención de generar un daHo. 2ocontrario sucede en caso de &ue el su$eto obre a sabiendas y con intención de daHar en cuyo caso%ablaremos de -424. Se trata, en ambos casos, de una atribución de responsabilidad basada en unreproche sobre la conducta del agente dañador 

'os M$)<BES <>NE?*<S de $B?>I)?<3 prescinden de la #oluntariedad del su(eto, se imputansin importar ni la intención ni si ha obrado en forma culposa, por el sólo hecho de que el su(etointroduzca un ob(eto riesgoso en la sociedad o bien por ser#irse del mismo +E<BX$ =E' B?ES@< Y)BE$=< 7 &B<*E)H<4 o en razón de un =E>EB =E SE@IB?=$=,este 9ltimo cada #ez msimpuesto en las relaciones contractuales. Surge de la ley, o de una construcción doctrinaria o

 (urisprudencial, que corresponde responsabilizar a una persona aunque el resultado per(udicial no deri#ede un obrar culposo o doloso. En tales casos, el responsable se libera demostrando la causa a(ena,excepto disposición legal en contrario +art. /00 ))y)34.

Page 29: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 29/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 2R. La culpa

El art. /0- del )ódigo aprobado define a la culpa del siguiente modoA !...'a culpa consiste en laomisión de la diligencia debida seg9n la naturaleza de la obligación y las circunstancias de las personas,el tiempo y el lugar. )omprende la imprudencia, la negligencia y la impericia en el arte o profesión...!.

Este concepto se caracteriza por dos notas igualmente negati#asA falta la intención de per(udicar yasimismo faltan las diligencias adecuadas para e#itar la producción del daño. &uede asumir distintasformasA

a4  La imprudenciaA tiene lugar cuando se obra precipitadamente, sin pre#er cabalmente lasconsecuencias que pueden deri#ar de ese obrar irreflexi#o.

 b4 La negligenciaA consiste en la omisión de cierta acti#idad que habría e#itado el resultado dañoso.Es decir, no se hace o se hace menos de lo debido.

c4 La impericiaA comprende las infracciones profesionales típicas, ya que supone el desconocimiento

de las reglas y los m"todos propios de la profesión de que se trate, siendo que todos los profesionalesdeben poseer los conocimientos teóricos y prcticos pertinentes y obrar con pre#isión y a(uste a "stos.

'a ley ci#il argentina no pre#" un sistema de gradación de culpas +culpa grave, leve y levísima4. El porqu" de su incon#eniencia fue explicado extensamente por la nota al art. 0 del primer )ódigo )i#ilargentino, con cita de di#ersas fuentesA la di#isión de culpas en distintas clases, sin poder determinarlas,sólo arro(aría confusión, por lo que es preferible que los (ueces realicen una #aloración en cada caso,seg9n las circunstancias particulares y su experiencia. En cambio, en otros mbitos del derechoargentino, se ha recurrido a alg9n tipo de graduación, mencionndose la culpa gra#e como un institutoque produce efectos similares al dolo +p. e(.A art. 12 de la Ley de eguros 31.43853671 4.

$clara la norma que no debe tenerse en cuenta la condición especial o facultad intelectual de una persona determinada para #alorar la conducta de los su(etos. Es decir, la referencia bien podr ser la del buen padre de familia o la de un indi#iduo medio para la categoría de que se trate; a no ser en loscontratos que suponen una confianza especial entre las partes, supuesto en el cual la condición especialdel agente determinar su grado de responsabilidad.

En cuanto a la carga de la prueba, si bien el principio general establecido en el )ódigo aprobado esque cuando "sta se refiere a los factores de atribución y a las circunstancias eximentes, corresponde aquien los alega +art. /2- ))y)34, se pre#"n específicamente facultades para la distribución de la cargade la prueba de la culpa o de haber actuado con la diligencia debida, !ponderando cul de las partes sehalla en me(or situación para aportarla. Si el (uez lo considera pertinente, durante el proceso debecomunicar a las partes que aplicar este criterio, de modo de permitir a los litigantes ofrecer y producir los elementos de con#icción que hagan a su defensa! +conf. art. /2 ))y)34. Este criterio respondesin duda a una postura actual ms flexible en materia de cargas probatorias, que mediante la normacitada se consagra explícitamente en la ley de fondo.

Seg9n esa posición, aceptada ya extensamente tanto por la doctrina como por la (urisprudencia,cuando existe una situación de facilidad de prueba para una de las partes y, correlati#amente, de cuasiimposibilidad de demostración para la otra, puede recurrirse a ciertas reglas de flexibilización

 probatoria, entre ellas, las que surgen de la llamada !teoría de las cargas probatorias dinmicas!. Estateoría impone el peso de la prueba en cabeza de aquella parte que, por su situación de superioridad

t"cnica o fctica, se halle en me(ores condiciones de acreditar, sin importar si es actora o demandada enel (uicio +&eyrano4, brindando así primacía a la #erdad (urídica ob(eti#a por sobre la interpretación de lasnormas procesales.

 El dolo

Page 30: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 30/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 0El dolo es el otro factor de atribución de responsabilidad sub(eti#o, que se configura por la

 producción de un daño de manera intencional o con manifiesta indiferencia por los intereses a(enos +art./0- ))y)34.

El )ódigo )i#il aprobado sigue reconociendo tres acepciones diferentes de doloA

4  0olo como vicio de la voluntad (art. 13 %%y%$)" consiste en toda !aserción de lo falso odisimulación de lo #erdadero, cualquier artificio, astucia o maquinación que se emplee para lacelebración del acto. 'a omisión dolosa causa los mismos efectos que la acción dolosa, cuando el actono se habría realizado sin la reticencia u ocultación que consiste en todo artificio, maquinación o engañoque se utilice para conseguir la e(ecución de un acto. Su estudio corresponde a la parte general delderecho ci#il!. Su autor debe reparar el daño causado, respondiendo solidariamente la parte que altiempo de la celebración del acto #iciado tu#o conocimiento del dolo del tercero +art. 0/ ))y)34.

04 0olo obligacional (art. 3284 inc. d9)" se refiere al incumplimiento intencional de una obligación yhabilita la resolución del contrato.

24 0olo como factor de atribución de responsabilidad subjetivo (art. 314 %%y%$)" !...se configura por la producción de un daño de manera intencional o con manifiesta indiferencia por los interesesa(enos!.

E(-e#$e( de d)").H7 a3 d)") d$re#t) #a!d) e/$(te "a 2)"!tad #)!#reta de daar. E(te d)") e( #$ert) #)!

re"a#$%! a" da) #)!#reta+e!te 5er$d): e $!#$ert) re(-e#t) de a5e"")( da)(*$-)t4t$#a+e!te $!(e-ara1"e( de "a $!#)!d#ta, #)+) e( e" #a() de "a +erte de t)d)(")( )#-a!te( de ! at)+%2$" #a!d) (e arr)&a !a 1)+1a 5er$e!d) +atar()"a+e!te a" #)!d#t)r.

K7 a3 d)") $!d$re#t) ) e2e!ta" #a!d) e" (&et) !) t$e!e "a 2)"!tad #)!#reta dedaar, -er) !) de(#arta 5e (e -eda -r)d#$r da) 3, a -e(ar de e""), #)!t$!aade"a!te. E! e(te #a(), ($ (e *1$era re-re(e!tad) "a e0e#t$2$dad de" da), $a"+e!te*a1r'a #)!t$!ad) ( )1rar, de(e!te!d$d) de a54"; e( e" #a() de" #)!d#t)r de%+!$1( 5e (e de(-re)#-a de "a #$r#!(ta!#$a de 5e a"! -eat%! (e #r#e e! (#a+$!) 3, ($ (e $+a$!a ta" #r#e, #)!t$!a $a"+e!te #)!d#$e!d) #)! e/#e() de2e")#$dad.

Pre1a de" d)"): La -re1a de" d)") $!#+1e a" a#reed)r -)r a-"$#a#$%! de "a( re"a(e!era"e( e! +ater$a de -re1a. Para e"") (e -ede a#d$r a #a"5$er +ed$) de -re1a de")( *e#*)(, ($e!d) de arear 5e a d$0ere!#$a de "a #"-a e! #$erta( ($ta#$)!e(, e" d)")

!) e( -re(+$d)

1. MORA2a 049 es entendida como a&uel momento en que el INCUMPLIMIENTO del deudor se torn!URIDICAMENTE RELE"ANTE

'a mora es una situación específica de incumplimiento relati#o en donde se afecta el t"rmino decumplimiento, con responsabilidad en el deudor, y caracterizada por el inter"s que a9n guarda elacreedor en el cumplimiento +conf. ?? Nornadas &ro#inciales de =erecho )i#il, :ercedes, 0 al -7576124.

=efinimos así el concepto identificndolo con su especie ms rele#ante, que es la mora del deudor.

&ero como #eremos, es tambi"n posible que el acreedor incurra en mora, o bien que exista morarecíproca del acreedor y del deudor. % si bien el nue#o )ódigo )i#il y )omercial ha omitido regular esta9ltima categoría, recibiendo por ello las críticas de la doctrina +conf. KK?* Nornadas 3acionales de=erecho )i#il, >uenos $ires, 082, )omisión 0, )onclusiones4, no caben dudas sobre su existencia yrele#ancia prctica.

Page 31: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 31/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 1

DISTINTOS SISTEMASDE CONSTITUCION EN MORA# 149 E2 5424 TRANSCURSO DEL TIEMPO MORA AUTOM$TICA 0E-3+TE 2 %INTERPELACION&# 2a interpelación re&uiere(. El 'n(um)l'm'ento elemento material de la 049, es el retardo &ue llamamos-E049,

I. "ue dic%o incumplimiento le sea 'm)ut*le l deudor 'a título de 8actor de tribución 5ub$etivo u4b$etivo),. "ue el deudor esté CONSTITUIDO EN MORA JCómo &ueda el deudor constituido en 049K mediante la INTERPELACION 5e entiende por interpelación a a&uel requer'm'ento(te+,r'(o, )ro)'do en cuanto las condiciones de todas las ('r(unstn('s relt'-s l )+o,tanto en cuanto al tiempo y al lugar de pago< re&uerimiento &ue debe ser (oer('t'-o, es decir &ueimpli&ue una e.'+en(' de pago &ue, de no %acerse acarree un )er('*'m'ento de (('onrle+lmente< asimismo, la e>igencia de pago debe ser de (um)l'm'ento )os'*le, debe sertem)est'-/ todos estos son los llamados requ's'tos 'ntr0nse(os. simismo, la 3+TE91E2C34+re&uiere de otros requ's'tos &ue se llaman e.tr0nse(os se necesita la (oo)er(',n del (reedor , ena&uellas obligaciones en la cuales se necesita de la cooperación del acreedor para &ue el deudor

pueda cumplir no podría interpelar &uien no colabora para &ue el deudor pueda cumplir, en talsituación se daría lo &ue luego veremos como 049 -E2 C9EE-49. 5e re&uiere también, en laso*l'+('ones (orrelt'-s, &ue el &ue interpela est1 l d0 en (um)l'm'ento de la obligación &ue a élle compete

Elementos esencialesElemento ob$etivo. 2a demora o el retraso en el cumplimientoElemento sub$etivo. 2a ine$ecución debe ser imputable al deudor a titulo de dolo o culpa3nteres del acreedor en el cumplimiento

Cese de la mora.a) cuando el deudor cumple

b) b)cuando el cumplimiento se torna imposible por caso fortuito ofuer#a mayor c) por renuncia del acreedor 

. Efectos de la mora

'a mora del deudor produce efectos de distinto tipoA

a4  /ndemni!ación de los da:os y perjuicios" en la medida en que el retardo en el cumplimientosupone un per(uicio para el acreedor, "ste debe ser indemnizado, sin que ello le impida a aqu"l,adicionalmente, reclamar el cumplimiento de la prestación. En las obligaciones de dar sumas de dinero

se pre#" especialmente el pago de intereses, como indemnización del daño moratorio +conf. art. /51))y)34. % si se pactó una clusula penal, la pena o multa suple la indemnización de los daños desdeque se constituyó en mora al deudor +art. /62 ))y)34.

 b4 ;raslado de los riesgos de la cosaA si bien la regla es que las cosas se deterioran o pierden #alor  para su dueño, cuando el deudor incurre en mora, responde tambi"n por tales circunstancias. Ello puedeahora inferirse de los arts. /, /51, 6 y concs. del nue#o )ódigo.

c4 %l#usula resolutoria implícitaA la mora del deudor es un requisito indispensable para reclamar laresolución contractual por esta causa, en los t"rminos del art. 811 ))y)3.

d4 uspensión de la prescripciónA el curso de la prescripción se suspende, por una sola #ez, por lainterpelación fehaciente hecha por el titular del derecho contra el deudor y durante seis meses o por el

 plazo menor que corresponda a la prescripción de la acción +art. 0- ))y)34. Se obser#a que no es lamora en sí la que produce este efecto, sino un tipo particular de requerimiento, que es la interpelación.

Page 32: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 32/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 2El deudor puede eximirse de las consecuencias (urídicas deri#adas de la mora, probando que "sta no

le fue imputable, con independencia del lugar de pago de la obligación +art. 111 ))y)34.

=e acuerdo al art. 115 ))y)3, la mora del deudor se produce por el solo transcurso del tiempofi(ado para el cumplimiento de la obligación. En una solución que la doctrina especializada celebra, seestablece con claridad que la mora automtica constituye la regla aplicable a la materia.

2. INCUMPLIMIENTO OB=ETIVO 6ANTI=URICIDAD7.)oncepto legal de anti(uridicidad

En el nue#o r"gimen (urídico, cualquier acción u omisión que causa un da:o a otro es antijurídica,

 si no est# justificada +conf. art. // ))y)34. Es "se el concepto de anti(uridicidad contemplado alregularse la función resarcitoria de la responsabilidad ci#il.

En este sentido, se entiende que hay ilicitud cuando se act9a en forma contraria a lo pactado,asimismo si se infringe lo dispuesto en una norma que establece un deber específico o una regla dealcance general, pero tambi"n ante la #iolación del principio conocido como alterum non laedere, que

 prescribe que no debe dañarse Fin(ustamenteF a otro. =icho principio, que tiene rango constitucional+conf. art. 6)3, seg9n lo declarara reiteradamente el Supremo ribunal de la 3ación4, act9a comonorma primaria y clusula general del sistema. Supone adems la consagración de la atipicidad del actoilícito ci#il, reafirmando la anti(uridicidad material y ob(eti#a como elemento esencial del derecho dedañoso.

CAUSAS DE =USTIFICACION:se entiende que la acción u omisión dañosa es anti(urídica, a menos que su causa sea (ustificada. 3osdetendremos seguidamente en una serie de supuestos en los cuales, si bien se obser#a un incumplimientou obrar anti(urídico por parte del deudor, "ste le resulta inimputable

'egítima defensa

=e acuerdo al nue#o )ódigo )i#il y )omercial, est (ustificado el hecho que causa un daño !...enlegítima defensa propia o de terceros, por un medio racionalmente proporcionado, frente a una agresiónactual o inminente, ilícita y no pro#ocada; el tercero que no fue agresor ilegítimo y sufre daños comoconsecuencia de un hecho realizado en legítima defensa tiene derecho a obtener una reparación plena...!+art. /1, inc. bG, ))y)3. En sentido similar, #er art. 2-, inc. 5O, del )ódigo &enal4.

'a norma fi(a una serie de criterios para poder e#aluar ms adecuadamente cundo es legítima ladefensa, entre los que se destacanA

a4 <na agresión ilegítima

 b4  +acionalidad del medio empleadoA este requisito se refiere al comportamiento de quien sedefiende. 'a racionalidad hace a la proporción entre el ataque, los derechos llamados a proteger y losmedios utilizados para la defensac4 Falta de provocación suficienteA por 9ltimo, para la existencia de una legítima defensa debenanalizarse los comportamientos de las partes y #erificarse que la actitud del defendido no haya sidocausa adecuada de la agresión.

Estado de necesidad

Se ha interpretado que el estado de necesidad es la situación de aquel que, para e#itar un mal mayor asu persona, a terceros o a sus bienes, causa un daño a otro, que no es autor del peligro. El )ódigo &enalde la 3ación se refiere a esta figura, aclarando que no es punibleA !....El que causare un mal por e#itar otro mayor inminente a que ha sido extraño! +conf. art. 2-, inc. 2O4.

Page 33: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 33/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - El nue#o )ódigo )i#il introduce una regulación expresa de la figura, al disponer que est (ustificado

el hecho que causa un dañoA !...c4 para e#itar un mal, actual o inminente, de otro modo ine#itable, queamenaza al agente o a un tercero, si el peligro no se origina en un hecho suyo; el hecho se halla

 (ustificado 9nicamente si el mal que se e#ita es mayor que el que se causa. En este caso, el damnificadotiene derecho a ser indemnizado en la medida en que el (uez lo considere equitati#o!.

El estado de necesidad siempre supone un conflicto de intereses en el que se sacrifica el de menor entidad. Bequiere deA

a4 <n peligro actual o inminente de sufrir un mal 

 b ) =ue la situación de necesidad no 'aya sido causada por el sujeto amena!ado

c4 =ue no eista otra vía para eludir el peligro.

d4 =ue el da:o ocasionado sea menor al evitado

Son e(emplos típicos del estado de necesidad, el hurto fam"lico, la disposición de ali(ar un buque en peligro +conf. art. 42> de la ley 2.2645361>4 y la rotura de puertas de acceso u otros elementos paraacceder prontamente a un inmueble y minimizar los efectos de un incendio. Este 9ltimo e(emplo bien

 puede subsumirse en la figura de !sal#amento! pre#ista en la 'ey de Seguros /.-1765/, dar lugar auna #erdadera obligación para el asegurado y (ustificar el reembolso, por parte del asegurador, de losgastos deri#ados +conf. arts. 1 y 1> L 4.

$hora bien, si el daño fuere causado por el agente, en protección de la persona o los bienes de untercero, bien podr ser tal tercero quien deba hacerse cargo de la indemnización.

E(ercicio regular de un derecho

'a ley es muy escueta en este punto y sólo dispone que ! Est# justificado el 'ec'o que causa un

da:o" a) en ejercicio regular de un derec'o...! +conf. art. /1 ))y)34. El )ódigo &enal se ocupatambi"n del tema y exime de pena, por razones #inculadas con la imputabilidad, a quien obrare encumplimiento de un deber o en el legítimo e(ercicio de su derecho, autoridad o cargo, y a quien obrareen #irtud de obediencia debida +art. >4, incs. 4? y @? 4.

)onsentimiento informado

)orresponde tambi"n reflexionar acerca de si ante la producción de un daño, precedido del consentimiento de la #íctima, debe

rele#arse de responsabilidad al agente y eximirlo del deber de reparar.

Esta figura ya instalada en nuestro medio, por cierto cada #ez ms trascendente en aquellas materias que in#olucran relaciones entre

expertos y legos, y que interesa hoy a las responsabilidades profesionales en general, ha sido expresamente incluida en el nue#o )ódigo

)i#il y )omercial de la 3ación, en una norma referida a los actos m"dicos e in#estigaciones en salud, en los siguientes t"rminos +conf.

art. 6 ))y)34A

!El consentimiento informado para actos m"dicos e in#estigaciones en salud es la declaración de #oluntad expresada por el

 paciente, emitida luego de recibir información clara, precisa y adecuada, respecto aA

!a4 su estado de salud;!b4 el procedimiento propuesto, con especificación de los ob(eti#os perseguidos;ZZZAsunción de ries'os

Page 34: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 34/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - )!'a exposición #oluntaria por parte de la #íctima a una situación de peligro no (ustifica el hecho dañoso ni exime de

responsabilidad a menos que, por las circunstancias del caso, ella pueda calificarse como un hecho del damnificado que interrumpe

total o parcialmente el nexo causal...! +art. /6 ))y)34. Seguramente por razones que hacen al tratamiento tradicional de esta figura,

su regulación se ubica (unto con la correspondiente a las dems causas de (ustificación de la ilicitud de los actos. Sin embargo, la norma

en realidad dispone que la asunción de riesgos interrumpe el nexo de causalidad adecuado, si las circunstancias lo ameritan.

$simismo, se regula la figura conocida como !acto de abnegación!, que fuera definida como aquella que ejecuta una persona que,

en ausencia de toda obligación jurídica, acepta en forma deliberada sacrificar espont#neamente su vida, para prestar auilio a otro.

IMPREVISION

la doctrina clsica ha identificado a la llamada !teoría de la impre#isión!, con una causa de (ustificacióndel incumplimiento contractual, en la medida en que supone la modificación de ciertas circunstancias

 bsicas del contrato, o bien la p"rdida del equilibrio entre las posiciones originarias de las partes. Seafirma que sería contrario a la equidad que cuando ocurran circunstancias que causen una importantemodificación en las prestaciones, agra#ando excesi#amente las correspondientes a una sola de las partes,deba mantenerse inalterable el #ínculo contractual.

E/$(te! )tr)( #a()(, #)+) "a de()1ed$e!#$a de !a )rde! $!&(ta, "a "e($%! #)! -er+$()de" da+!$0$#ad) 3 ")( #)rre#t$2)( de ")( -adre( *a#$a (( *$&)(.

. 'inci!io% d la '%!on%abilidad ciil.H. Re"at$2$dad de ")( dere#*)( (1&et$2)(. N$!! dere#*) e( $"$+$tad). N) ") 0er)! !$ e"

d)+$!$) !$ "a -atr$a -)te(tad e! R)+a, a -e(ar de "a a+-"$td 5e a""' te!'a!, 3 e"C%d$) C$2$" are!t$!) ($$% $a"e( -ata(.

K. Pr$!#$-$) de re(er2a. Otr) -r$!#$-$) e( e" de re(er2a: !) *a3 de1er !$ tra!(re($%! ($!!)r+a 5e ") $+-)!a; -r$!#$-$) 5e der$2a d$re#ta+e!te de" art. H de "aC)!(t$t#$%! Na#$)!a".

. Pr$!#$-$) de !) daar. E( !)r+a $+-"'#$ta de ")( ($(te+a( 5e $!#r$+$!a! e" da)$!&(t); r$e #)! $!de-e!de!#$a de #a"5$er e(t$-"a#$%! a" re(-e#t), -)r "a +era#)!2$2e!#$a ()#$a"; e( !a ara!t'a de -a9 e! e""a.

. Se de1e re(-)!der -)r a#t)( -r)-$)(, !) a&e!)(. E(t) a-are#e #)!(arad) re(-e#t) de")( a#t)( -)($t$2)( 3 de ")( a#t)( !eat$2)(; atae a" -r)1"e+a de "a #a(a"$dad #)+)re(-e(ta a 5$4! ) 54 *a de(e!#ade!ad) ! #)!(e#e!te; 3 r$e, $!#"($2e, e! "are(-)!(a1$"$dad $!d$re#ta e! 5e, -)r ") e!era", *a3 #)+) (1(e") #$erta a##$%! )+$($%! de "a -er()!a e! 5$e! (e re0"e&a "a re(-)!(a1$"$dad 3 a 5$e! (e "e e/$e e"de1er de re-arar.

J. I+-ta1$"$dad (1&et$2a. Se! e(te -r$!#$-$) !) *a3 re(-)!(a1$"$dad ($! #"-a1$"$dad;a "a 2e9 5e !) -ede *a1er #"-a1$"$dad ($! 5e e" a#t) -r$!#$-$e -)r (er 2)"!tar$) e!

(e!t$d) &r'd$#), e(t) e( )1rad) #)! d$(#er!$+$e!t), $!te!#$%! 3 "$1ertad. Prete!derar+ar "a re(-)!(a1$"$dad ($! #"-a1$"$dad, (e+e&a a ! *)+1re ($! #a1e9a, a !at)+%2$" ($! +)t)r, ) a ! ($")$(+) ($! -re+$(a(.

. Ara2a#$%! de" trata+$e!t) -ara e" d)"). E" Dere#*) !) -ede tratar $a"+e!te a5$e! #)+ete ! e!tert) -)r de(#$d) 3 a 5$e! ") #)+ete #)! "a #)!#$e!#$a de" +a"5e 5$ere #a(ar, ) #)! ! )1rar de"$1erad), 5e !)r+a"+e!te 2a a ""e2ar a e(e da).

. La( #)!2e!#$)!e( t$e!e! 0er9a )1"$at)r$a e5$2a"e!te a "a "e3 e!era". a3 e! e(t)! -r)0!d) #)!te!$d) 4t$#): *a#er *)!)r a "a -a"a1ra e+-eada; 3 e2$tar, +ed$a!tee" #+-"$+$e!t) e/a#t) de "a )1"$a#$%! a(+$da, 5e a tra24( de e(e $!#+-"$+$e!t)(e dae a )tr).

. Be!a 0e. a3 1e!a 0e#ree!#$a #a!d) 2er(a &(t$0$#ada+e!te a#er#a de "a

t$t"ar$dad de ! dere#*). La a-ar$e!#$a $+-"$#a e" e(tad) )1&et$2) de" 5e der$2a e"e(tad) (1&et$2) de "a #ree!#$a 5e, #a!d) e( e!era"$9ada, (e #)!2$erte e! err)r#)+!; La 1e!a 0e-r)1$dad $+-)rta e" #)+-)rta+$e!t) "ea", e" #)+-)rta+$e!t)*)!e(t), e! "a #e"e1ra#$%! 3 #+-"$+$e!t) de" a#t) 3 e(, de(de )tr) e!0)5e,-re(-e(t) de" re#)!)#$+$e!t) de #$erta( 0a#"tade(, ) dere#*)( (1&et$2)(

Page 35: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 35/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 5La re(-)!(a1$"$dad #)!tra#ta": a1ar#a, ($! dda, e" $!#+-"$+$e!t) de "a( )1"$a#$)!e(!a#$da( de ! #)!trat), e(-e#$e de a#t) &r'd$#). Ta+1$4!, -)r a!a")'a de ($ta#$%!, (ea-"$#a! ")( +$(+)( -re#e-t)(, e! #a!t) (ea! #)+-at$1"e(, -ara ")( a#t)( !$"atera"e(e!tre 2$2)( de #)!te!$d) -atr$+)!$a", $!2)"#ra!d) a(' "a( )1"$a#$)!e( e+ere!te( de "ade#"ara#$%! !$"atera" de 2)"!tad. L)( ""a+ad)( #a($#)!trat)( ta+1$4! re#$1e!(e+e&a!te re"a#$%!, 3 a(' ") e(ta1"e#e e" C%d$) C$2$" e! #a!t) a "a e(t$%! de!e)#$)(, re$da -)r "a( a##$)!e( de" +a!dat) e! "a +ed$da e! 5e "a a#t$2$dad de" #a()re("te t$". E! deter+$!ad)( (-e(t)( ")( ter#er)( re(-e#t) de" -a#t) t$e!e! dere#*) a-re2a"er(e de "a( !)r+a( at$!e!te( a" #)!trat): (e trata de ")( #)!trat)( a 0a2)r ) e!!)+1re de ter#er)(. E( de#$r: "a re(-)!(a1$"$dad #)!tra#ta" r$e ta+1$4! (-e(t)( e!")( #a"e( !) *a3 #)!trat).La re(-)!(a1$"$dad e/tra#)!tra#ta": e/$(te #a!d) *a3 ! de1er -ree/$(te!te 5e e(e!4r$#) 6de1er e!era" de !) daar7, e $!deter+$!ad) e! #a!t) a ")( (&et)( -a($2)(,5e 2$e!e $+-e(t) -)r "a "e3, 3 5e r$e -)r e" +er) *e#*) de "a #)!2$2e!#$a ()#$a".Ca!d) (e )r$$!a e! *e#*)( $"$#$t)( ) e! "a 2$)"a#$%! de de1ere( !) der$2ad)( de#)!trat)( 6e&: re(- #$2$" -)r e" *e#*) a&e!)7La re(-)!(a1$"$dad e!erad)ra de" de1er de $!de+!$9ar e/$e "a #)!#rre!#$a de #atr)-re(-e(t)(:H7E" $!#+-"$+$e!t) )1&et$2), ) +ater$a", 5e #)!($(te e! "a $!0ra##$%! a" de1er, (ea

+ed$a!te e" $!#+-"$+$e!t) de "a -a"a1ra e+-eada e! ! #)!trat), (ea a tra24( de "a2$)"a#$%! de" de1er e!era" de !) daar.

K7 U! 0a#t)r de atr$1#$%! de re(-)!(a1$"$dad, e(t) e(, !a ra9%! (0$#$e!te -ara a($!are" de1er de re-arar a" (&et) ($!d$#ad) #)+) ded)r. Ta" 0a#t)r de atr$1#$%! -ede (er(1&et$2) 6#"-a1$"$dad7 )1&et$2).

7 E" da), 5e #)!($(te e! "a "e($%! a ! dere#*) (1&et$2) ) $!ter4( de "a 2$#t$+a de"$!#+-"$+$e!t) &r'd$#a+e!te atr$1$1"e.

7 U!a re"a#$%! de #a(a"$dad (0$#$e!te e!tre e" *e#*) 3 e" da); e( de#$r, 5e -eda-red$#ar(e de" *e#*) 5e e( #a(a 60e!te7 de ta" da).

 ). 9lación d Ca%alidad: o'/a% 6 di%"ingn n"' la% condicion%.

Ca(a -r%/$+a. E! e(te #r$ter$), (e atr$13e e" e0e#t) a" "t$+) (#e(), #)! e" #a"a-are#e #)!e#tad) de +a!era $!+ed$ata. C"ar) e(t8 5e e"") -ede der$2ar e! ()"#$)!e($rr$ta!te(, #)+) e! e" #a() de "a e!0er+era 5e a-"$#a !a $!3e##$%! 5e, e! rea"$dad,#)!t$e!e 2e!e!), *a1$e!d) #arad) "a &er$!a de ! 0ra(#) r)t"ad) #)+) a!t$1$%t$#) -)re" "a1)rat)r$) 0ar+a#4t$#): "a #a(a -r%/$+a de" da) *a1r'a ($d) -e(ta -)r d$#*ae!0er+era.Ca(a e0$#$e!te 3 de "a #)!d$#$)! -re-)!dera!te. Arra!#a de "a $dea de 5e e" re("tad)e( atr$1$1"e a "a +8( a#t$2a de "a( #)!d$#$)!e(. a3 d)( +)d)( de #)+-tar e(aa#t$2$dad:

H. Ca!t$tat$2a+e!te, -er) "a re"a#$%! de #a!t$dad !) ($e+-re #)!d#e a re("tad)(

 &(t)(: ($ e" d)+ad)r e!#$erra a ! *)+1re e! "a &a"a de" "e%! 3 4(te ") +ata, "a#)!d$#$%! #a!t$tat$2a+e!te +8( a#t$2a "a -)!e e" "e%!, -er) e" $+-erat$2) de &(t$#$a e/$e a($!ar 2$rta"$dad de #a(a a" *e#*) de" d)+ad)r.

K. Ca"$tat$2a+e!te, ") #a" +ere#e )1&e#$)!e( -are#$da(, "a #a(a de !a *er$da (er'a"a -r)-$a 2'#t$+a, -)r5e "a #a"$dad de "a #)!(e#e!#$a !) e(t8 deter+$!ada -)r e")"-e ($!) -)r a5e"") 5e "a re#$1e, e(t) e( e" #er-) de "a 2'#t$+a.

Ca(a ade#ada. E(ta te)r'a, "a de +a3)r -red$#a+e!t), !$ea "a e5$2a"e!#$a de "a(#)!d$#$)!e( 3 -re#)!$9a ! #r$ter$) e!era"$9ad)r: e" a#t) *+a!) de1e *a1er ($d),#)!0)r+e a "a e/-er$e!#$a, -r)-$) -ara -r)d#$r e" re("tad). E( de#$r, e! t4r+$!)(e!era"e(, ! e0e#t) e( ade#ad) a ( #a(a #a!d) a#)(t+1ra (#eder (e! e"#r() !atra" 3 )rd$!ar$) de "a( #)(a(. Para deter+$!ar "a -r)1a1$"$dad ) -)($1$"$dad de

! e0e#t) (e! "a( "e3e( de" +!d) de "a !atra"e9a, "a te)r'a -re(e!ta tre( 2er($)!e(:H. La (1&et$2a 5e *a#e ! &$#$) de -re2$($1$"$dad re(-e#t) de "a( #)!d$#$)!e( 5e e"

ae!te #)!)#'a ) -)d'a #)!)#er.K. La )1&et$2a, 5e t)+a e! #e!ta "a( #)!d$#$)!e( 5e e" (&et) !)r+a" 6e! a1(tra#t)7

de1e -re2er.

Page 36: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 36/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - M. Otra -)($#$%! rea"$9a e" &$#$) de -r)1a1$"$dad (e! "a #a-ta#$%! de ! *)+1re +3

-er(-$#a9. T)+a e! #e!ta, a(', !a (erte de (-er*)+1re, -e( e" +)de") e( !-er$t) e! "a a#t$2$dad de 5e (e trate.

5. +i%!n%a dl doloC)!#e-t) La #"8("a de d$(-e!(a de d)") e( a5e""a -)r "a #a" e" ded)r (e re(er2a "a0a#"tad de $!#+-"$r d)")(a+e!te ($! #arar, t)ta" ) -ar#$a"+e!te, #)! re(-)!(a1$"$dad.E" C%d$) C$2$" -r)*'1e ta" d$(-e!(a: E" d)") de" ded)r !) -)dr8 (er d$(-e!(ad) a"#)!traer(e "a )1"$a#$%!.A"#a!#e( de "a -r)*$1$#$%!: L) 5e e" C%d$) C$2$" -r)*'1e e( "a d$(-e!(a a!t$#$-ada de"d)"). Nada $+-$de, ($! e+1ar), 5e #)! -)(ter$)r$dad a "a $!e&e##$%! d)")(a, e"a#reed)r re!!#$e a )1te!er $!de+!$9a#$%!.La -r)*$1$#$%! de d$(-e!(a a!t$#$-ada a1ar#a: 18 "a d$(-e!(a t)ta" 3 "a d$(-e!(a -ar#$a"de re(-)!(a1$"$dad; 3 28 "a d$(-e!(a de" d)") -r)-$) 3 "a de" d)") de" (1)rd$!ad), e!#a!t) (ea e/te!($%! de" d)") de" -r$!#$-a".

M. O!ción A6iliana: Conc!"o. 93gi&n lgal: % "'a"a&in"o n l Código Ciil.7,al"a ac"alia' con l no código8L)( *e#*)( ) "a( )+$($)!e( e! e" #+-"$+$e!t) de "a( )1"$a#$)!e( #)!2e!#$)!a"e(, !)e(t8! #)+-re!d$da( e! ")( art'#")( de e(te t't"), ($ !) dee!era! e! de"$t)( de"dere#*) #r$+$!a". De e(e +)d) 5eda +ar#ada !a 0r)!tera e!tre ")( 8+1$t)(#)!tra#ta" 3 e/tra#)!tra#ta" de "a re(-)!(a1$"$dad #$2$". N) )1(ta!te (e da !-a(a-)rte, -ara tra!($tar de" -r$+er) *a#$a e" (e!d), #a!d) e" $!#+-"$+$e!t) de"#)!trat) $+-"$#a ! de"$t) -e!a". P)r e&e+-"), "a 2e!ta de !a #)(a ra2ada 5e $+-"$#a$!#+-"$+$e!t) #)!tra#ta" 3 #)!0$ra de0rada#$%! -e!a"; "a (r-a#$%! -)r e" ")#ad)rde" $!+e1"e a"5$"ad) 5e e(, ($+"t8!ea+e!te, $!0ra##$%! a "a( "e3e( #$2$" 3 -e!a".La )-#$%! a5$"$a!a $+-"$#a 5e, e! e" #a() de -r)d#$r(e ! $!#+-"$+$e!t) #)!tra#ta"5e der$2e e! ! de"$t) de" Dere#*) Pe!a", e" a#reed)r -)dr8 )-tar -)r re#"a+ar "a$!de+!$9a#$%! -)r ")( da)( 5e "e #)rre(-)!d$ere! (e! "a( re"a( de "are(-)!(a1$"$dad #)!tra#ta" ) t)+ar8 "a( de "a re(-)!(a1$"$dad e/tra#)!tra#ta". Per)de1er8 )-tar -)r t)d) e" r4$+e!, !) -)dr8 t)+ar a5e"") 5e "e ($r2a de #ada !) dee"")(.

(. +aVo: conc!"oT %!ci%. 96i%i"o% dl daVo '%a'cibl.E" #)!#e-t) da) -ede (er #)+-re!d$d) #)! d)( ($!$0$#ad)( de d$(t$!ta e/te!($%!:H7 E! (e!t$d) a+-"$), *a3 da) #a!d) (e "e($)!a #a"5$er dere#*) (1&et$2);K7 E! (e!t$d) e(tr$#t), "a "e($%! de1e re#aer ()1re #$ert)( dere#*)( (1&et$2)(,

-atr$+)!$a"e( ) e/tra-atr$+)!$a"e(, #3) +e!)(#a1) e!era, e! deter+$!ada(

#$r#!(ta!#$a(, !a (a!#$%! -atr$+)!$a". E(te "t$+) ($!$0$#ad) e( re"e2a!te e!+ater$a de re(-)!(a1$"$dad #$2$".

E" da) e! (e!t$d) e(tr$#t) e( -e( "a "e($%!, +e!)(#a1), +e!a, ara2$), de !dere#*) (1&et$2), 5e e!era re(-)!(a1$"$dad. E! "a e(0era #)!tra#ta" e" da) e(-re(-e(t) de" re(ar#$+$e!t), 3 e! e" #a+-) e/tra#)!tra#ta" !) *a3 a#t) $"'#$t) -!$1"e($ !) *1$e(e da) #a(ad), )tr) a#t) e/ter$)r 5e ") -eda #a(ar, (ea 5e re#a$a()1re ! )1&et) e/ter$)r, ) 1$e! (e #)!0!da #)! "a e/$(te!#$a de "a -er()!aE(-e#$e(:A#ta" 3 0tr). Da) a#ta" ) -re(e!te e( e" 3a )#rr$d) a" t$e+-) e! 5e (e d$#ta "a(e!te!#$a. Da) 0tr), -)r ") #)!trar$), e( e" 5e t)da2'a !) *a (#ed$d), a!5e (#a(a e!erad)ra 3a e/$(te. Pede (er: 18  #$ert), 5e e( e" 5e (e -re(e!ta #)+)

$!dda1"e ) #)! ! a"t) +are! de -r)1a1$"$dad 6-. e&. "a -r$2a#$%! de "ter$)re(a!a!#$a( de ! 2$a&a!te de #)+er#$) a #a(a de ( $!#a-a#$dad7; ) 28 $!#$ert), 5e e(e" e2e!ta", *$-)t4t$#) ) #)!&etra".

Page 37: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 37/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - (Patr$+)!$a" 3 e/tra-atr$+)!$a". E" da) e( -atr$+)!$a" #a!d) re-er#te e! e" -atr$+)!$),de +a!era d$re#ta ) $!d$re#ta . 1T9304+32 ? EDT91T9304+32. El daHo es patrimonialcuando recae en forma directa o indirecta sobre el patrimonio de una persona y comprende tanto eldaHo emergente 'a&uello &ue impli&ue una pérdida efectivamente sufrida) y el lucro cesante 'gananciade$ada de percibir)< el e>trapatrimonial es toda lesión decarácter moral, se afectan las afecciones másíntimas de la persona 'daHo moral).

E" da) -atr$+)!$a" #)+-re!de: 18 e" da) e+ere!te 6-4rd$da (0r$da7 3 28 e" "#r)

#e(a!te 6a!a!#$a de&ada de -er#$1$r7.P)r )tra -arte, e" da) +)ra" a-are#e #)+) 4!er) de !a #ate)r'a e(-e#'0$#a: e"ara2$) +)ra", 5e (e #)!0$ra #a!d) e" da) +)ra" e( #a(a!d) #)! d)"), e( de#$r#)! #)!)#$+$e!t) de" +a" +)ra" 5e (e -)d'a -r)d#$r, 3 5e de *e#*) (e *a1r'a-r)d#$d). E" da) +)ra", ade+8(, de1e (er d$(t$!$d) de" da) -atr$+)!$a" $!d$re#t):a54" t$e!e -r)3e##$%! +)ra", 4(te, -r)3e##$%! -atr$+)!$a".P)r e&e+-"), "a "e($%! de0)r+a!te de" r)(tr) 5e (0re !a +)de") -1"$#$tar$a e!erada) +)ra" 6"a "e($%! a (( (e!t$+$e!t)( e(t4t$#)(7 3 da) -atr$+)!$a" $!d$re#t) 6e" "#r)#e(a!te7.Da) a "a -er()!a. La -er()!a e( ! -r)3e#t) de 2$da, 3 t)d) ") 5e a0e#te a e(e-r)3e#t) #)!0$ra da) a "a -er()!a. Se ") de!)+$!a ta+1$4! da) !) -atr$+)!$a",

1$)"%$#), a "a (a"d, e/trae#)!%+$#), a "a 2$da de re"a#$%!, $!+ater$a", a "a $!ter$dad($#)()+8t$#a, !) +ater$a".C)+! 3 -r)-$). E" da) e( #)+! #a!d) ") *a1r'a (0r$d) #a"5$er -er()!a a #a(ade" $!#+-"$+$e!t). E( -r)-$) #a!d) ") (0re ! a#reed)r deter+$!ad).E! -r$!#$-$) (%") e( re-ara1"e e" da) #)+!, -e( (e a($!a re(-)!(a1$"$dad -)r e" da)-r)-$) !$#a+e!te e! #a() de *a1er ($d) #)!)#$d) ) #)!)#$1"e -)r e" ded)r.Ver1$ra#$a, e" da) #)+! der$2ad) de "a -4rd$da de ! "$1r) e( e" 2a")r de" "$1r); e"da) -r)-$) -ede der$2ar de" *e#*) de 5e (e *a""ara ded$#ad), 3 e" ded)r ()"a+e!tere(-)!der8 -)r e(t) "t$+) e! "a( #$r#!(ta!#$a( 3a $!d$#ada(.I!tr'!(e#) 3 e/tr'!(e#). E" da) $!tr'!(e#) (e -r)3e#ta e! e" 1$e! ()1re e" #a" re#ae "a-re(ta#$%!; e" e/tr'!(e#) (e re0"e&a e! )tr)( 1$e!e( de" a#reed)r.

Se "a e/-"$#a #)! ! -r)2er1$a" e&e+-"): ($ (e 2e!de !a 2a#a e!0er+a, e" da)$!tr'!(e#) (e #$r#!(#r$1e a" 2a")r de "a 2a#a; ($ #)!ta$a a )tra( 2a#a( de" re1a) de"#)+-rad)r, e" da) e( e/tr'!(e#).M)rat)r$) 3 #)+-e!(at)r$). E" da) der$2ad) de" #+-"$+$e!t) tard') e( de!)+$!ad)+)rat)r$); (e trata de" da) der$2ad) e/#"($2a+e!te de" e(tad) de +)ra, -)r "a$!(at$(0a##$%! te+-)rar$a de" a#reed)r. E(, e! #a+1$), da) #)+-e!(at)r$) e" 5e#)rre(-)!de a "a $!e&e##$%! de0$!$t$2a.P)r e&e+-"), ($ V 2e!de a C !a +85$!a, 3 !) "a e!trea e! 0e#*a, *a3 da) +)rat)r$);($ ( $!e&e##$%! e( de0$!$t$2a, e!era da) #)+-e!(at)r$). E" da) +)rat)r$) -ede (era!e/ad) a" #+-"$+$e!t) tard') de "a -re(ta#$%!, a ( e&e##$%! e(-e#'0$#a, ) a "a$!de+!$9a#$%! de" da) #)+-e!(at)r$).

Da) $!+ed$at), +ed$at) 3 re+)t). E( da) $!+ed$at) e" 5e der$2a de" $!#+-"$+$e!t)e! (' +$(+), e( de#$r, a54" de" #a" e" $!#+-"$+$e!t) e( "a #a(a -r%/$+a. Dad) 5e "a$!+ed$ate9 e! e" #a() e( "%$#a 3 !) #r)!)"%$#a, e( ta+1$4! $!+ed$at) e" da) 5eder$2a de "a #)!e/$%! de ! *e#*) 5e $!2ar$a1"e+e!te a#)+-aa a" $!#+-"$+$e!t). E(da) +ed$at), e" 5e re("ta ()"a+e!te de "a #)!e/$%! de ! *e#*) #)! !a#)!te#$+$e!t) d$(t$!t). Y e( da) re+)t) e" 5e t$e!e !a #)!e/$%! +8( "e&a!a 5e4(a #)! e" *e#*) e!erad)r.E! ('!te($(: ($ "a #)!e/$%! #)! e" *e#*) e!erad)r e( de -r$+er rad), e" da) e($!+ed$at); ($ e( de (e!d) rad), e( +ed$at); ($ e( de ter#er rad) ) "ter$)r rad), e(re+)t).Pre2$($1"e e $+-re2$($1"e. E" da) e( -re2$($1"e #a!d) e+-"ea!d) "a de1$da ate!#$%! 3

#)!)#$+$e!t) de "a #)(a, X(e *a3a -)d$d) -re2er"). P)r ") #)!trar$), e( $+-re2$($1"e#a!d) !) *a -)d$d) (er -re2$(t).La -re2$($1$"$dad e(, -e(, "a a-t$td -ara -re2er. Ce(t$%! d$(t$!ta e( "a -re2$($%!: 18 !da) e( -re2$(t) #a!d), e0e#t$2a+e!te, (e t2) e! #e!ta ( -r)d##$%!, 3 28  e(

Page 38: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 38/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - $+-re2$(t) e! e" #a() $!2er(). S$ ! da) -re2$($1"e e( $+-re2$(t) -)r e" (&et), ta" 0a"tade -re2$($%! de+e(tra ( !e"$e!#$a.Da) a" $!ter4( -)($t$2) 3 a" $!ter4( !eat$2). E" da) a" $!ter4( -)($t$2) $!2)"#ra a5e"")#)! 5e #)!ta1a e" a#reed)r -ara e" #a() de 5e e" ded)r #+-"$era 6$!ter4( de#+-"$+$e!t)7.E" da) a" $!ter4( !eat$2) 2er(a ()1re ") 5e e" a#reed)r !) *a1r'a (0r$d) ($ "a)1"$a#$%! (e *1$e(e #)!(t$t$d).

Re*uisitos del da.o resarcible

=ispone expresamente ahora la ley, que !para la procedencia de la indemnización debe existir un per(uicio directo o indirecto, actual o futuro, cierto y subsistente...! +art. /26 ))y)34, en unaenunciación que conser#a los requisitos tradicionalmente exigibles. En este sentido, para que el daño searesarcible, son necesarios los siguientes presupuestosA

. %ar#cter personal, sea el perjuicio directo o indirecto

Este recaudo exige que la lesión recaiga sobre un inter"s propio. &or ello, solamente podr reclamar su reparación la persona que haya sufrido el per(uicio. &ero el daño puede personal puede ser directo oindirecto. Es directo cuando el titular del inter"s afectado es el propio damnificado, e indirecto cuandoel per(uicio propio, in#ocado por el demandante, deri#a de una lesión a bienes patrimoniales oextrapatrimoniales de otra persona, produci"ndose el daño de manera refle(a o !de rebote!.

En otros t"rminos, la denominación !damnificada directa!, se refiere a la #íctima inmediata de unhecho ilícito o al acreedor per(udicado por un incumplimiento contractual +e(., quien sufrió un robo amano armada, con daño físico y moral y el odontólogo que no recibió mobiliario para su consultorio,#i"ndose impedido de e(ercer su acti#idad, con daños materiales #arios, respecti#amente4.

En cambio, si como consecuencia del ilícito se produce la muerte de una persona, sern otros quienestengan derecho a la reparación de los daños materiales y extrapatrimoniales sufridos a causa delfallecimiento, en su carcter de damnificados indirectos. ambi"n habrn sufrido ellos una afectación deun inter"s propio, pero deri#ada del daño recaído sobre la #íctima del ilícito. ?nteresar en este caso lasituación de los reclamantes, es decir, qu" consecuencias patrimoniales y no patrimoniales tu#o lamuerte de aquella #íctima para los damnificados indirectos.

En esta materia se obser#a uno de los grandes cambios legales que importa la entrada en #igencia delnue#o )ódigo )i#il y )omercial de la 3ación, pues entre los legitimados para reclamar laindemnización de las consecuencias no patrimoniales de un hecho dañoso, no sólo se admite aldamnificado directo, sino que, cuando del hecho resulta su muerte o una gran discapacidad para "l,

!...tambi"n tienen legitimación a título personal, seg9n las circunstancias, los ascendientes, losdescendientes, el cónyuge y quienes con#i#ían con aqu"l recibiendo trato familiar ostensible...! +art./- ))y)34.

 &resencia actual o futura

El daño actual se identifica con el per(uicio ya producido al momento de dictarse sentencia.)onstituyen rubros normalmente indemnizables ba(o esta categoría, la incapacidad sobre#iniente de la#íctima; los gastos m"dicos, farmac"uticos y otros; el daño extrapatrimonial suyo o de sus herederoslegitimados; el costo de reparación de un bien mueble y la pri#ación de su uso +e(., de un automó#il, de

una computadora, etc.4.El daño futuro es aquel que a9n no producido al tiempo de la sentencia, pero a cuyo respecto y en

función de las circunstancias, puede predecirse razonablemente que suceder. Siempre que deri#e delmismo hecho anti(urídico, puede presentarse como la prolongación de un daño actual o bien como un

Page 39: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 39/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - Rnue#o daño +e(., gastos por tratamientos futuros del daño sufrido, como la necesidad de practicar unanue#a operación a la #íctima, etc.4.

%erte!a

El requisito de certeza se refiere a la existencia del daño y no a su actualidad o a la determinación de

su monto. 3o es cierto el daño puramente hipot"tico o e#entual, aquel sobre el cual no puede afirmarserazonablemente que #aya a ocurrir, o bien aquel que a criterio del (uzgador ofrece pocas posibilidades dematerializarse. =e resultar resarcible el daño incierto, podría propiciarse una mayor litigiosidad y elenriquecimiento sin causa de los potenciales demandantes.

. ubsistencia

'a subsistencia en este caso, significa que el daño no debió haber sido resarcido por el responsable almomento del reclamo. &or ello, aun si la #íctima procedió a la reparación por sí, o bien requirió laactuación de un tercero a costa del deudor, tendr de todos modos derecho a exigir al responsable elcosto de la reparación.

- /rueba del da.o

 El da:o debe ser acreditado por quien lo invoca, ecepto que la ley lo impute o presuma, o que surja

notorio de los propios 'ec'os +art. /-- ))y)34.

Unidad 5 7!'og' no8. Acción +i'c"a: Conc!"o# ca'ac"'%# condicion% d 'cicio# ,c"o%.

Se trata de una acción que compete al acreedor para percibir lo que un tercero debe a su deudor,

'asta el importe del propio crdito. El acreedor la ejerce por derec'o propio y en su eclusivobeneficio. ;iene car#cter ecepcional, es de interpretación restrictiva, y sólo procede en los casos

epresamente previstos por la ley +conf. art /25 ))y)34.

<bser#aremos que a diferencia de aquello que sucede con la acción subrogatoria, en este caso elob(eto ingresa en el patrimonio del acreedor que la e(erce, sin pasar por el patrimonio del deudor. $sí,los acreedores del deudor, no puedan hacer #aler los derechos sobre el bien en cuestión, con granutilidad prctica y beneficio para determinados su(etos, en circunstancias puntuales pre#istas por la ley.Se ha entendido que el fundamento de esta acción radica en el principio que #eda el enriquecimiento sincausa. Ello tendría lugar si se permitiera al incumplidor quedarse con la prestación por un cr"dito suyo,

 pero en cuyo origen estu#iera la acción del propio acreedor. Ello sucedería, por e(emplo, si se permitieraal locatario conser#ar .

A##$%! d$re#ta e( "a 5e #)+-ete a" a#reed)r -ara -er#$1$r de ! ter#er) ") 5e 4(teadeda a ( ded)r: A, a#reed)r de D, t$e!e dere#*) a -er#$1$r de T ") 5e 4(te "e de1ea D. La ra9%! de (er de e(ta 0a#"tad de" a#reed)r (e e!#e!tra e! e" -r$!#$-$) 5e 2edae" e!r$5e#$+$e!t) ($! #a(a. E(t) (e 2e #)! -art$#"ar #"ar$dad e! +ater$a de(1#)!trat)(: e" ")#ad)r A -ede a##$)!ar d$re#ta+e!te #)!tra e" (1$!5$"$!) T -)r ")5e "e adeda, e! #)!#e-t) de a"5$"ere(, e" $!5$"$!) D; de e(a +a!era (e $+-$de 5e e"$!5$"$!) D (e e!r$5e9#a ($! #a(a (a!d) 3 )9a!d) de "a #)(a, ($! -aar e" a"5$"er, 3!) )1(ta!te e"") -er#$1a ")( (1arr$e!d)( de" (1$!5$"$!) T.Cara#tere(. La a##$%! d$re#ta e(:H7 U! +ed$) de e&e##$%!, -e( e" a#reed)r )1t$e!e ") 5e de1e e" ter#er) ($! 5e e"

1$e! )1&et) de ( )1"$a#$%! -a(e -)r e" -atr$+)!$) de" ded)r de a54";K7 U!a 2'a e/#e-#$)!a", -e( #)!(t$t3e !a re(tr$##$%! a" e0e#t) re"at$2) de "a re"a#$%!

)1"$a#$)!a". S%") *a3, -e(, a##$%! d$re#ta #a!d) "a "e3 "a #)!#ede e/-re(a+e!te.

Page 40: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 40/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - )0C)!d$#$)!e( de e&er#$#$). Para 5e -r)#eda "a a##$%! d$re#ta de1e! #)!#rr$r e(ta(#$r#!(ta!#$a(:H7 U! #r4d$t) e/$$1"e, ") #a" e( #)*ere!te #)! ( #ar8#ter e&e#t$2);K7 U!a deda #)rre"at$2a;7 La deda de ! ter#er), *)+)4!ea #)! re"a#$%! a a54""a 6-. e&., 5e a+1a( (ea!

de dar d$!er)7, 3 d$(-)!$1"e. N) e( !e#e(ar$) #$tar a" ded)r a" -r)#e() (e$d) -)r e"a#reed)r #)!tra e" ter#er).

E0e#t)(Re(-e#t) de" a#reed)r. E" a#reed)r t$e!e a##$%! #)!tra e" ter#er), "a #a" e(t8 ()+et$da a! d)1"e t)-e: !) -ede re#"a+ar +8( 5e ( #r4d$t), !$ +8( de ") 5e de1e e" ter#er)a" ded)r de a54". E( de#$r: 18 ($ A e( a#reed)r de D -)r H, 3 T "e de1e a D, "aa##$%! -r)#ede -)r ; 28 ($ A e( a#reed)r de D -)r K, 3 T "e de1e J a D, "a a##$%!-r)#ede -)r K. E" a#reed)r )1t$e!e -ara (' e" 1$e! de1$d), de +a!era 5e "a a##$%!d$re#ta re("ta e&er#$da e! ( -r)2e#*) 6#)+-ar8!d) #)! a##$%! (1r)at)r$a, e! 5ed$#*) 1$e! -a(a a" -atr$+)!$) de" ded)r de" a##$)!a!te7.Re(-e#t) de" ded)r. Ca!d) e" a#reed)r )1t$e!e re("tad) de "a a##$%! d$re#ta, (ded)r (e "$1era e! "a +ed$da 5e #)rre(-)!da a" -a) e0e#tad) -)r e" ter#er).Re(-e#t) de" ter#er). P)r ") -r)!t), e" ter#er) -ede )-)!er a" de+a!da!te t)da( "a(de0e!(a( 5e "e #)+-$t$era! #)!tra ( -r)-$) a#reed)r: ($ A de+a!da a T, 4(te -edee/#e-#$)!ar(e #)+) ") *a1r'a *e#*) ($ ") *1$e(e de+a!dad) D.

R. E'cicio d la% accion% ind&nia"o'ia%: lgi"i&ación ac"ia 4 !a%ia.

$nte la producción de un daño, cuando su reparación no se alcanza por #ía extra(udicial, es posibleiniciar acciones (udiciales a tal fin. Ello es así, en cumplimiento de la función tradicional de laresponsabilidad ci#il. El nue#o r"gimen (urídico supone un cambio sustancial en esta materia.Inificadas las órbitas de responsabilidad contractual y aquiliana, han desaparecido las mayoresdiferencias deri#adas del hecho de pro#enir la obligación de un contrato o de un deber pre#io específico,o bien del incumplimiento del deber gen"rico de no dañar. $sí las cosas, el t"rmino de prescripción deestas acciones ahora es de tres años +art. 05 ))y)34 y la extensión de la reparación comprende lasconsecuencias inmediatas y mediatas pre#isibles +art. /05 ))y)34, con independencia de la fuente dela obligación

Le$t$+a#$%! a#t$2a: e( "a a-t$td -ara de+a!dar -)r $!de+!$9a#$%!.

En principio, la persona habilitada para accionar por un daño ser el !damnificado directo! o la propia #íctima, es decir, aquel sobre cuya persona o bienes recaiga directamente la conducta dañosa.&ero tambi"n podr hallarse legitimado para reclamar el !damnificado indirecto!, es decir, quien sin ser la #íctima directa del per(uicio, lo sufra !de rebote!, como consecuencia de la proyección de las

consecuencias del e#ento. En cualquiera de esos casos, la reparación deber ser plena, considerndoselos daños patrimoniales y extrapatrimoniales, seg9n los requisitos que estudiramos

Si se trata de un daño patrimonial o material +daño emergente, lucro cesante, p"rdida de chance, etc.4,en principio, se hallar legitimado para reclamar todo aquel que demuestre haberlo sufrido, siempre quese cumplan los requisitos del daño resarcible. $sí, por e(emplo, ante el fallecimiento de un indi#iduo acausa de un daño, quien hubiere efectuado los gastos necesarios para asistencia y posterior funeral de la#íctima, tendr derecho a repetirlos de los responsables, aunque los hubiere pagado en razón de unaobligación legal +art. /- ))y)34. &odr así reclamar el reintegro un familiar, un ente pre#isional o unasegurador, que hubieren realizado la erogación en base a una causa del deber diferente a la del agentedel daño.

$hora bien, como e(emplos de personas que pueden sufrir un daño patrimonial, ante el fallecimientode un allegado como consecuencia de un ilícito, cabe mencionarA

a4 El cónyuge suprstite, los 'ijos menores de edad y otros convivientes

Page 41: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 41/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - )1 b4 Los padres del causante menor de edad 

c4 Los 'ijos mayores de edad independientes y otros familiares o allegados no convivientes

)on relación a la indemnización de las consecuencias no patrimoniales +antes generalmentedenominadas !daño moral!4, la legitimación es ms acotada, aunque significa una ampliación respecto

del r"gimen existente con anterioridad. )omo hemos ya explicado, sólo puede reclamar el damnificadodirecto; pero !...si del hecho resulta su muerte o sufre gran discapacidad tambi"n tienen legitimación atítulo personal, seg9n las circunstancias, los ascendientes, los descendientes, el cónyuge y quienescon#i#ían con aqu"l recibiendo trato familiar ostensible...! +art. /- ))y)34.

Se legitima así el reclamo por personas cercanas en el afecto del damnificado, cuando fuere o hubieresido manifiesta su con#i#encia, en casos de gra#e incapacidad o fallecimiento de aqu"l, como productodel daño. % de este modo, se recogen los resultados de una extensa experiencia (urisprudencial y de las

 propuestas de un sector #asto de la doctrina, que reclamaba un giro en la política legislati#a, conampliación de los legitimados para estos casos +#er cap. K, ap. -..0.4.

Minalmente, y con especial relación a los daños causados a las cosas o bienes, el nue#o )ódigo )i#ily )omercial dispone que sern legitimados acti#os +conf. art. //0 ))y)34A

a4  El titular de un derec'o real sobre la cosa o bien" queda aquí comprendido el dueño, elusufructuario, el usuario, cada uno con relación a los propios derechos que pudieren resultar 

 per(udicados.

 b4  El tenedor y el poseedor de buena fe de la cosa o bienA El locatario, el depositario y elcomodatario podrn reclamar por los daños sufridos por la cosa, tambi"n en la medida en que ellosignifique un per(uicio a sus respecti#os derechos.

'egitimación pasi#a

ambi"n para este supuesto interesan las figuras del responsable directo e indirecto del daño. Elnue#o )ódigo, al referirse a los su(etos responsables expresaA !Es responsable directo quien incumpleuna obligación u ocasiona un daño in(ustificado por acción u omisión! +art. /-6 ))y)34.

)0. +aVo o'al: Conc!"o.$l referirse al daño moral, los autores clsicos sostenían que se trataba de una lesión en los sentimientosque determinaba dolor o sufrimientos físicos, inquietud espiritual o agra#io a las afecciones legítimas, yen general toda clase de padecimientos insusceptibles de apreciación pecuniaria .

:s modernamente se destacó que este tipo de daño opera como una modificación dis#aliosa delespíritu en su capacidad de entender, querer o sentir, e implica un modo de estar de la persona diferentede aquel en que se encontraba antes del hecho, y per(udicial para ella .% como hemos sugerido ya,cuando el nue#o )ódigo )i#il y )omercial alude al daño con consecuencias no patrimoniales, esthaciendo referencia al per(uicio que pro#oca la lesión a intereses espirituales de un su(eto, que produceen la persona consecuencias dis#aliosas, que se traducen en ese modo de estar diferente al que seencontraba con anterioridad al hecho lesi#o, afectndole las capacidades enunciadas, lo cual significauna amplia concepción del daño moral, no limitada al  pretium doloris, seg9n la interpretación pasada dela doctrina (urídica .

)1. In,lncia 'c/!'oca n"' %n"ncia ciil 4 c'i&inal.I!#$de!#$a de "a a##$%! #$2$": E! -r$!#$-$), "a (e!te!#$a de" &$#$) #$2$" ()1re e" *e#*) !)$!0"$r8 e! e" &$#$) #r$+$!a", !$ $+-ed$r8 !$!!a a##$%! #r$+$!a" -)(ter$)r, $!te!tada()1re e" +$(+) *e#*), ) ()1re )tr) 5e #)! 4" te!a re"a#$%!.

Page 42: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 42/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - )2C$erta( #e(t$)!e( ()! -re&d$#$a"e( re(-e#t) de "a a##$%! #r$+$!a", 3 #)!(t$t3e! !a"$+$ta#$%! a" -r$!#$-$) e/-re(ad), -e(t) 5e e""a( de1e! (er de#$d$da( a!te( de 5e (ea2$a1"e e" -r)#e() -e!a".S$ "a a##$%! #r$+$!a" de-e!d$e(e de #e(t$)!e( -re&d$#$a"e(, #3a de#$($%! #)+-etee/#"($2a+e!te a" &$#$) #$2$", !) *a1r8 #)!de!a#$%! e! e" &$#$) #r$+$!a", a!te( 5e "a(e!te!#$a #$2$" *1$ere -a(ad) e! #)(a &9ada.De1e (ea"ar(e 5e "a &r$(-rde!#$a e!t$e!de 5e, *a1$e!d) #e(t$)!e( -re&d$#$a"e( !)de#$d$da(, (e $+-$de "$(a 3 ""a!a+e!te "a $!$#$a#$%! de" -r)#e() -e!a".La( #e(t$)!e( -re&d$#$a"e( ()!:H. La( 5e 2er(a! ()1re "a 2a"$de9 ) !"$dad de ")( +atr$+)!$)(, "a #a" e( de#$($2a, -)r

e&e+-"), -ara &9ar "a e/$(te!#$a ) $!e/$(te!#$a de ad"ter$), de 1$a+$a, ) de$!#+-"$+$e!t) de ")( de1ere( de a($(te!#$a 0a+$"$ar.

K. La( 5e 2er(a! ()1re "a #a"$0$#a#$%! de "a( 5$e1ra( de ")( #)+er#$a!te(. Per) e(t) *a-erd$d) a#ta"$dad: "a a##$%! -e!a" 5e #)rre(-)!d$ere e( $!de-e!d$e!te de "a#a"$0$#a#$%! de "a #)!d#ta, 3 "a re()"#$%! d$#tada -)r e" &e9 e! ") #)+er#$a" !))1"$a a" &e9 -e!a" !$ $+-)rta #e(t$%! -re&d$#$a".

I!#$de!#$a de "a a##$%! #r$+$!a": E" -r)#e() -e!a" -ede #)!#"$r -)r #)!de!a#$%! de"a#(ad), -)r a1()"#$%! ) -)r ()1re(e$+$e!t). Ta"e( -r)!!#$a+$e!t)( (e $!terre"a#$)!a!#)! e" -r)#e() #$2$" #a!d) *a! ($d) a!ter$)re( a "a (e!te!#$a de" &e9 e! ") #$2$"; -)r5e,e! e" (-e(t) $!2er(), #a"5$era 5e (ea "a (e!te!#$a -)(ter$)r ()1re "a a##$%!#r$+$!a", "a (e!te!#$a a!ter$)r dada e! e" &$#$) #$2$" -a(ada e! #)(a &9ada, #)!(er2ar8t)d)( (( e0e#t)(, e/-re($%! "ea" 5e, e! -r$!#$-$), e( e/a#ta.Ca() de #)!de!a#$%!. De(-4( de "a #)!de!a#$%! de" a#(ad) e! e" &$#$) #r$+$!a", !)(e -)dr8 #)!te(tar e! e" &$#$) #$2$" "a e/$(te!#$a de" *e#*) -r$!#$-a" 5e #)!(t$t3a e"de"$t), !$ $+-!ar "a #"-a de" #)!de!ad). Va"e de#$r, "a (e!te!#$a -e!a" #)!de!at)r$a*a#e #)(a &9ada: 18 e! #a!t) a" *e#*) 3 28 e! #a!t) a "a #"-a, EH &e9 e! ") #$2$"!) -)dr8, -e(, de(#)!)#er e" *e#*) #)+) !) rea"$9ad), ) #)!($derar 5e e" #)!de!ad)!) t2) #"-a; 3 ad2$4rta(e 5e, #)+) (e *a 2$(t), *a de1$d) -)(terar ( (e!te!#$a a"a( re("ta( de" -r)#e() #r$+$!a" -e!d$e!te.La (e!te!#$a de #)!de!a d$#tada e! (ede -e!a" !) #)!(t$t3e )1(t8#") -ara 5e e" &e9e! ") #$2$" de#$da 5e *a3 #"-a #)!#rre!te de "a 2'#t$+a, !$ -ara 5e te!a -"e!a"$1ertad e! "a deter+$!a#$%! de" +)!t) $!de+!$9a t)r$). P)r )tra -arte, a!5e e"0!da+e!t) de "a re(-)!(a1$"$dad #$2$" (ea de #ar8#ter )1&et$2), "a ()"#$%! !) 2ar'a,-e( "a e/$(te!#$a de #"-a, ) de d)"), &9ad)( e! (ede #r$+$!a", -ede $!#$d$r e! ")("'+$te( de "a re-ara#$%! de1$da.Ca() de a1()"#$%!. La (e!te!#$a a1()"t)r$a re#a'da e! e" &$#$) #r$+$!a" !) *a#e #)(a &9ada e! e" &$#$) #$2$" 6...7 re(-e#t) a "a #"-a de" at)r de" *e#*) e! #a!t) a (re(-)!(a1$"$dad -)r ")( da)( 3 -er&$#$)( )#a($)!ad)(.Ca!d) -r)+ed$a a1()"#$%!, -)r #)!($$e!te, "a (e!te!#$a #r$+$!a": 18  *a#e #)(a &9ada e! #a!t) a "a $!e/$(te!#$a de" *e#*); 28 !) "a *a#e e! #a!t) a "a $!e/$(te!#$a

de #"-a.De ta" +a!era, e" &e9 e! ") #$2$" e(tar'a $+-ed$d) de te!er -)r #$ert) ! *e#*) 5e e" &e9 e! ") -e!a", a" a1()"2er, #)!($der% $!e/$(te!te; -er) "a a1()"#$%! re#a'da -)r$!e/$(te!#$a de #"-a 6-e!a"7 !) ") ata, 3 -ede de#$d$r 5e, !) )1(ta!te, *a *a1$d)#"-a 6#$2$"7 de" de+a!dad). P)r #$ert) 5e #a!d) "a #"-a e( $rre"e2a!te -ara a($!ar e"de1er de re-arar 6re(-)!(a1$"$dad )1&et$2a7, !ada )1(ta a 5e e" &e9 e! ") #$2$" 0$&e e"+)!t) $!de+!$9at)r$) #)! -re(#$!de!#$a de e(a a1()"#$%!.Ca() de ()1re(e$+$e!t). N) *a#e #)(a &9ada e! a1()"t). O (ea, "a $!)-era!#$a de"()1re(e$+$e!t) 2er(a ()1re: 18 e" *e#*) #r$+$!a", 3 28 "a #"-a de" ()1re(e'd). De ta"+a!era e" &e9 e! ") #$2$" 5eda e! -"e!a "$1ertad -ara de#$d$r 5e *1) ta" *e#*), 3 5ee/$(t$% #"-a de" de+a!dad), #)! $!de-e!de!#$a de ") re(e"t) -)r e" &e9 de" #r$+e!.

)2. Cl$%la nal: Conc!"o. In&"abilidad d la cl$%la !nal.

'a clusula penal es una figura de gran utilidad y aplicación prctica en las obligacionescontractuales. Su origen se atribuye al derecho romano, como forma de garantizar el cumplimiento, en

Page 43: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 43/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - )tiempos en los cuales no todas las obligaciones habrían podido hacerse exigibles mediante la e(ecuciónde los bienes del deudor.

Su inter"s actual deri#a de su beneficio para los distintos obligadosA al acreedor, le exime de acreditar el daño sufrido por el incumplimiento y su entidad; al deudor, le e#ita la exposición a una indemnizaciónde monto desconocido y acaso excesi#o; a ambos, los libra de la necesidad de acudir a un proceso

 (udicial, con sus costos y contingencias.'a clusula penal se define en el nue#o )ódigo como !...aquella por la cual una persona, para asegurar elcumplimiento de una obligación, se su(eta a una pena o multa en caso de retardar o de no e(ecutar laobligación! +art. /68 ))y)34.Su ob(eto puede consistir en el pago de una suma de dinero o en cualquier otro tipo de prestación que

 pueda ser ob(eto de las obligaciones +conf. art. /6 ))y)34.

$ su #ez, la figura ba(o anlisis puede beneficiar al acreedor o a un tercero, seg9n las circunstancias+conf. art. /6 ))y)34. ambi"n puede pactarse que sea un tercero quien deba cumplir con la pena,caso en el cual la obligación accesoria configurar una especie de fianza, siendo aplicables al caso lasnormas que regulan este instituto.

)abe aclarar que el solo incumplimiento de la obligación en el tiempo con#enido compromete laresponsabilidad del deudor en el cumplimiento de la pena, a menos que "l pruebe la ruptura del nexocausal. 'a ley sólo se refiere al caso fortuito como eximente, a interpretarse y aplicarse restricti#amente+conf. art. /60 ))y)3

 Funciones

'a clusula penal es una estipulación accesoria a una obligación principal, que cumple una doblefunciónA

a7 %ompulsiva -r)-)r#$)!a ! $!#e!t$2) -ara "a #)!d#ta de1$da de" ded)r, e(t)e( e" #+-"$+$e!t) e(-e#$0$#) de ( )1"$a#$%! 60!#$%! #)+-"($2a )

e(t$+"at$2a717  +esarcitoria 0$&a de a!te+a!) e" +)!t) $!de+!$9at)r$) -ara e" #a() de

$!#+-"$+$e!t)

 0istintos tipos de cl#usula penal 

'a clusula penal puede ser moratoria o bien compensatoriaA

a4 Aoratoria" se refiere a la demora en el cumplimiento y tiene sentido cuando el acreedor mantienesu inter"s en el cumplimiento posterior. )onsiste generalmente en el pago de multas que resultanacumulables a la prestación principal +conf. arts. /60 y /- ))y)34.

 b4 %ompensatoria" se aplica ante el incumplimiento definiti#o y sustituye la prestación principal,comprendiendo los daños y per(uicios deri#ados de la ine(ecución. &or ello, no resulta acumulable a tal

 prestación principal.

Caracteres

a4 Bccesoriedad" Se trata de una obligación que no es autónoma, sino dependiente de otra principal.$sí, por e(emplo, la multa por retardo en el pago del precio de un bien mueble, existe en cuanto subsistela deuda por la compra de dicho bien.

ambi"n por ello,  si la obligación principal se etingue sin culpa del deudor queda tambin

etinguida la cl#usula penal +art. 180 ))y)34.

Page 44: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 44/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - )) b4  /nterpretación restrictiva" toda duda sobre su existencia y alcances beneficia al deudor, pues la

imposición de una clusula penal no se presume.

c4  /nmutabilidad relativa" al representar una estimación anticipada del daño que podr causar elincumplimiento, pactada por las partes, no corresponde su modificación posterior por resultar tal dañomayor o menor al pre#isto. Se trata de un principio que admite excepciones que, por su importancia,

trataremos separadamente.

d4 %ar#cter condicional" la exigibilidad de la clusula penal depende de la materialización de unhecho futuro e incierto, consistente en el incumplimiento del deudor.

e4 ubsidiariedad o acumulación, según el caso"  la clusula penal compensatoria no puedeacumularse a la prestación principal, en cuanto la sustituye ante el incumplimiento. Ello es así, aunqueante tal incumplimiento, el acreedor siga teniendo la opción de reclamar el cumplimiento o la clusula

 penal.

E( a5e""a e! 5e !a -er()!a, -ara a(erar e" #+-"$+$e!t) de !a )1"$a#$%!, (e

(&eta a !a -e!a ) +"ta e! #a() de retardar ) de !) e&e#tar "a )1"$a#$%!, 3 e(ta-e!a ) +"ta e!tra e! "ar de "a $!de+!$9a#$%! de -er&$#$)( e $!tere(e(, #a!d) e"ded)r (e *1$e(e #)!(t$t$d) e! +)raU!) de ")( #ara#tere( 5e de0$!e a "a #"8("a -e!a" e( "a $!+ta1$"$dad: e! -r$!#$-$), e"a#reed)r !) -ede a"ear t$"+e!te 5e "a -e!a e( $!(0$#$e!te, !$ e" ded)r (e -ede"$1erar de -aar"a ar3e!d) 5e e/#ede e" e0e#t$2) da) $rr)ad) -)r ($!#+-"$+$e!t). E(te #ar8#ter re(-)!de ade#ada+e!te a ")( $!tere(e( de" a#reed)r 3de" ded)r, 3 (e e/-"$#a -)r5e "a #"8("a -e!a" 0$&a 0)r0a$t e" +)!t) $!de+!$9at)r$).

). CONSECUENCIAS INE+IAAS# E+IAAS J CASUALES# J 9EOAS

ahora se consideran reparables las consecuencias dañosas inmediatas y mediatas pre#isibles, quetienen nexo adecuado de causalidad con el hecho productor del daño +conf. art. /05 ))y)34; es decir,aquellas que acostumbran a suceder seg9n el curso natural y ordinario de las cosas y aquellas queresultan solamente de la conexión de un hecho con un acontecimiento distinto, respecti#amente +conf.art. /0/ ))y)34. Ello es así, sal#o disposición legal en contrario, que podría establecer que para casosespecíficos algunas de esas consecuencias no sean reparadas, o bien que se indemnicen tambi"n lasconsecuencias casuales, definidas como aquellas que son mediatas e impre#isibles y cuya reparación engeneral no se halla pre#ista +conf. arts. /05 y /0/ ))y)34.

&ensamos que si bien podría argumentarse que el nue#o r"gimen legal supone un recorte en materiade indemnizaciones, en la medida en que ya no resultan indemnizables las consecuencias casuales en el

supuesto de ilícitos dolosos, fcticamente, la distinción entre las consecuencias mediatas y casualesresultó siempre difusa, de tal modo que no se obser#a un cambio esencial a partir de la letra del nue#otexto #igente.

Unidad 10. 9ESGUA9+O +EL C9E+IO COO ACI;O A9IONIAL-entro de tales efectos tendientes a preservar el patrimonio del deudor tenemos 25 0E-3-5 C/TE29E5. 25 CC34+E5 -E 3+TE69C3L+ -E 1T9304+34. 'subrogatoria, simulación, acc de declarac deinoponibilidad) 25 CC34+E5 -E -E523+-E -E 1T9304+345. 'separacion de patrimonios)LAS MEDIDAS CAUTELARES

6uardar cautela, ser cauteloso, cuidar. J"ué cuidamosK El patrimonio del deudor para &ue el acreedor pueda tener de dónde %acer efectivo su crédito. 2as medidas cautelares se llaman tambiénprecautorias. 1ara trabarlas se re&uiere su pedido al $ue# acreditando la verosimilitud del derec%o y elpeligro en la demora, no es necesario llegar a la sentencia de fondo para su obtención en la mayoríade los casos, fundamentalmente en los procesos e$ecutivos.

Page 45: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 45/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - )51odemos mencionar las siguientes E0964 9ecae sobre algún bien del deudor &ue pueda ser afectado por esta medida. =ay dostipos de embargo, preventivo y e$ecutivo< el primero tiende a cumplir esa función preventiva, elsegundo es parte, ya, del proceso de e$ecución de la sentencia. 3+=33C34+ 6E+E92 -E 3E+E5 Esta medida se traba sobre todo el patrimonio del deudorimpidiendo así &ue disponga de cual&uiera de sus bienes, no podrá ni ena$enarlos ni gravarlos.6eneralmente, es utili#ada cuando se desconocen bienes del deudor para embargar.

+4TC34+ -E 23T35 5e trata de una medida &ue tiene por ob$etivo %acer saber a terceros &uesobre determinado bien registrable e>iste un litigio de suerte tal &ue si a pesar de e>istir tal litigiosobre le bien en cuestión, se produce una contratación sobre el mismo, los terceros no podrán alegarel desconocimiento del pleito ni eventuales daHos &ue pudieren pretender en función de lasmodificaciones &ue sobre el bien pudieran producirse por efecto de la resolución del litigio. 194=33C34+ -E 3++4@9 5e trata de una medida &ue se solicita cuando e>iste peligro en &ueuna situación de %ec%o o de derec%o se vean alteradas antes del dictado de una sentencia de fondosobre la cuestión &ue se debate y tiene por ob$eto &ue se mantenga la situación tal cual está %asta &uedic%o litigio se resuelva. 194=33C34+ -E C4+T9T9 549E -ETE903+-45 3E+E5. 3+TE9@E+C34+ 4 -03+35T9C34+ 7/-3C32 En ciertos casos resulta necesario separar a losadministradores de ciertas entidades 'por e$. 5ociedades) y designar un administrador o un interventor $udicial a fin de llevar adelante la administración %asta tanto la cuestión de fondo se sustancie. 3+TE9@E+T49 9EC/--49 ; 3+8490+TE 1rocede en a&uellos casos en los &ue resultanecesario designar un au>iliar del 7ue# para proceder a recaudar fondos de algunas entidades a losefectos de %acer efectiva las medidas ordenadas por a&uel. 4tras veces, el interventor puede serdesignado a los efectos de brindar información al 7ue# sobre determinadas cuestiones &ue tienenrelación con la cuestión $udicial debatida. C/TE29 6E+M93C 5e trata de toda medida &ue pueda ser solicitada a los efectos de aseguraren forma provisional el cumplimiento de una sentencia de fondo.LAS ACCIONES DE INTE2RACION 3 DESLINDE DE PATRIMONIOSComo %emos dic%o antes, dentro de los E8ECT45 /D3239E5 de las 4236C34+E5 con9E2C34+ 2 C9EE-49, tenemos, además de las medidas cautelares y de las acciones &ue tiende

a AintegrarB el patrimonio del deudor, a ArearmarloB para &ue sus acreedores puedan tener una mayoractivo de donde poder %acer efectivo su interés< pero también, a veces, el patrimonio del deudor noestá claramente formado, puede estar confundido con otros patrimonios y, en tal caso, e>isten a favorde los acreedores las acciones de deslinde. CC34+ 5/946T493 También llamada ACC34+ 3+-39ECTB u A423C/B.1rocede en a&uellos casos en los cuales el deudor no actúa en el reclamo de a&uello &ue a él le esdebido, en consecuencia, su acreedor se pone en su lugar y reclama al deudor de su deudor. 5econcede a todo acreedor y, en principio, respecto de todo tipo de acciones salvo las &ue ataHen a laadministración de los bienes del deudor y a a&uellas vinculadas con sus derec%os in%erentes a supersona. 5on condiciones de su e$ercicio la calidad de acreedor, inacción por parte del deudor y tenerel acreedor un interés legítimo para e$ercer la acción, situación ésta &ue puede ser negada por el 7ue#cuando se entienda &ue el crédito del acreedor se encuentra debidamente protegido por otra vía. 5e

aseme$a a la CC34+ -39ECT diferenciándose de ésta en tanto &ue a&uello &ue el acreedor puedaobtener debido a su accionar ingresará al patrimonio de su deudor mientras &ue en la -39ECT loobtenido ingresa a su propio patrimonio. simismo, la cción 5ubrogatoria Aprocede por el montoíntegro del crédito del deudor subrogado< en la directa solamente por el importe adeudado a &uien lae$erce, y %asta la concurrencia de la deuda &ue subsista a cargo del accionadoB. CC34+ -E 530/2C34+ La simulación tiene lugar cuando se encubre el carácter jurídico de unacto bajo la apariencia de otro, o cuando el acto contiene cláusulas que no son sinceras, o fechasque no son verdaderas, o cuando por l se constitu!en o transmiten derechos a personasinterpuestas, que no son aquellas para quienes en realidad se constitu!en o transmiten”. 5e trata dea&uellos casos en los cuales se falsea la realidad, se da a los actos una apariencia &ue no tienen enverdad. 1ero no todo acto simulado es reprobado por la ley< la ley si reprueba a&uellos actossimulados &ue tengan

un fin ilícito o cuando se per$udi&ue a terceros. CC34+ 9E@4CT493' a%ora se llama accion de declaracion de inoponibilidad) 2a accion puedeser e$ercida por cual&uier acreedor 'antes solo podian los

Page 46: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 46/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - )M CC34+ -E 5E19C34+ -E 1T9304+345 En tanto las acciones &ue %emos visto tiende aincorporar bienes al patrimonio del deudor, esta acción tiene como finalidad delimitarlo, evitar &ue elpatrimonio del deudor permane#ca confundido con otros patrimonios. Esta acción es concedida por elordenamiento legal a los acreedores del sucesorio de &uien fuera su deudor. Tenemos un deudor &ue%a fallecido y sus acreedores, a los efectos de percibir oportunamente su crédito, pueden re&uerir,demandar, &ue se estable#ca un inventario de los bienes de$ados por el deudor a los efectos decobrarse de tales bienes antes &ue los acreedores del %eredero.

)). 'iilgio% Unidad H;C)!#e-t): E( e" dere#*) dad) -)r "a "e3 a ! a#reed)r -ara (er -aad) #)! -re0ere!#$a a)tr). La $+-)rta!#$a de "a +ater$a (e ad2$erte e! #a() de 5e e" -atr$+)!$) de" ded)r!) a"#a!#e, !a 2e9 #)!2ert$d) e! d$!er), -ara -aar t)d)( ")( #r4d$t)(.Cara#tere(:H7 T$e!e! 0e!te "ea" e/#"($2a; e" -r$2$"e$) !) -ede re("tar, ($!) de !a d$(-)($#$%!

de "a "e3. E" ded)r !) -ede #rear -r$2$"e$) a 0a2)r de !$!!) de ")( a#reed)re(.K7 E(t) !) )1(ta a 5e #$ert)( dere#*)( rea"e( #)+) ")( de ara!t'a, )t)re!

-r$2$"e$): -)r e&e+-"), "a *$-)te#a 3 "a -re!da. E! e(t)( #a()( !) (e 2$)"a e" -re#e-t)5e $+-)!e "a 0e!te "ea" e/#"($2a, -e( ($ 1$e! (e a##ede a ! -r$2$"e$) e! 2$rtd

de ! #)!trat) 6#)!(t$tt$2) de "a *$-)te#a, ) de "a -re!da7, e" (e!t$d) de e(a !)r+ae( 5e "a "e3 0$&a e" ra!) de" -r$2$"e$), 5e e( $!a+)2$1"e -)r "a( -arte(. Para ad5$r$re" -r$2$"e$), "a "e3 t)+a e! #e!ta #$r#!(ta!#$a( d$2er(a(: a 2e#e( ! a(t) 6de &(t$#$a, de "t$+a e!0er+edad, 0!erar$)7, )tra( !a e(-e#$a" !atra"e9a de" #r4d$t)6#)+) e" de" F$(#) -)r $+-e(t)(7, et#.

7 S)! e/#e-#$)!a"e(, -)r5e ()! #)!#ed$d)( -ara #$ert)( #r4d$t)( 3 ") !)r+a" e( 5e e"#r4d$t) !) )#e de -r$2$"e$) a"!). Ate!t) d$#*) #ar8#ter #)rre(-)!de $!ter-retar")(re(tr$#t$2a+e!te, e(ta!d), -)r ") ta!t), 2edada "a e/te!($%! a!a"%$#a.

7 S)! a##e()r$)(, de(de 5e (%") e( #)!#e1$1"e ! -r$2$"e$) e! ra9%! de ! #r4d$t)deter+$!ad), 3 ade+8( ()! tra!(+$t$d)( #)! 4".

J7 S)! $!d$2$($1"e(. A0e#ta! '!tera+e!te e" 1$e! ) 1$e!e( e! 5e (e a($e!ta e"

-r$2$"e$), (1($(t$e!d) "a -re0ere!#$a *a(ta "a t)ta" e/t$!#$%! de" #r4d$t).Pede! (er e!era"e( ) e(-e#$a"e( (e! e" -r$2$"e$) re#a$a ()1re e" -r)d#$d) de "a2e!ta de t)d)( ")( 1$e!e( de" ded)r 6e&. $+-e(t)(7 ) ()1re e" -r)d#$d) de "a 2e!ta de! 1$e! deter+$!ad) 6e&. $-)te#a7. C)+) 2e, re#ae 5$ere de#$r 5e, !a 2e9 2e!d$d)e" 1$e! ) ")( 1$e!e(, de" d$!er) )1te!$d) -)r "a 2e!ta, -r$+er) #)1rar8 e" a#reed)r 5ete!a ! -r$2$"e$) e(-e#$a", ($ ") *a3, 3 de(-4( #)1rar8! ")( 5e t$e!e! -r$2$"e$)e!era".C"a($0$#a#$%!: Pede! (er #"a($0$#ad)( e! a8 e!era"e(, 5e -ede! re#aer ()1re t)d)( ")(1$e!e( +e1"e( e $!+e1"e(; ) ()1re t)d)( ")( +e1"e( 3 b8 e(-e#$a"e(, ()1re #$ert)($!+e1"e(, ) ()1re #$ert)( +e1"e(.

Unidad 11)5. Inc&!li&in"o ini&!"abl: ca%o ,o'"i"o 4 ,'a &a4o'. o'/a d lai&!'i%ión

E! a"!a( )#a($)!e( e" $!#+-"$+$e!t) !) e( $+-ta1"e a" ded)r ($!) 5e e( a&e!) a( 2)"!tad 3 e! e(t)( #a()( e" ded)r (e "$1era ) e/$+e de re(-)!(a1$"$dad -)r$!#+-"$+$e!t).

Ca() 0)rt$t) 3 0er9a +a3)r a#ta"+e!te (e trata e! e" #)d$) #)+) #)!#e-t)($de!t$#)(.A"!)( ()(t$e!e! 5e e" #a() 0)rt$t) e( ! *e#*) $+-re2$($1"e 3 0er9a +a3)r ! *e#*)

$!e2$a1"e.E! e" #a() 0)rt$t) ) 0er9a +a3)r *a3 $+-)($1$"$dad de -a), e! "a $+-re2$($)! !) *a3$+-)($1$"$dad de -a), ($!) 5e "a )1"$a#$%! (e 2e"2e e/#e($2a+e!te )!er)(a.

Page 47: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 47/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - )(Ca() 0)rt$t): E( ! #a() de $!#+-"$+$e!t) $!$+-ta1"e. E! e" dere#*) #)+-arad) (ead2$erte! d)( ra!de( "'!ea( de #r$ter$): "a 5e $!tr)d#e #)+) #)+-)!e!te( de" #a()0)rt$t) a "a $+-re2$($1$"$dad 3 a "a $rre($(t$1$"$dad, 3 "a te!de!#$a +8( +)der!a, 5e t)+ae! #e!ta a "a #a(a e/traa ) !) $+-ta1"e a" ded)r.E! #$erta( #$r#!(ta!#$a( ! *e#*) -ede (er #)!($derad) #a() 0)rt$t). Para 5e e"")(#eda de1e! #+-"$r(e 2ar$)( re5$($t)(:H7 I+-re2$($1$"$dad. E" *e#*) #)!0$rat$2) de" #a() 0)rt$t), -)r ") -r)!t), de1e (er

$+-re2$($1"e. E( ta" #a!d) re("ta $+-)($1"e de -re2er, -)r5e !) *a3 ra9%! -ara-e!(ar 5e (#eder8. E" -ar8+etr) -ara deter+$!ar "a -re2$($1$"$dad e( "a d$"$e!#$a5e e/$e "a )1"$a#$%! de 5e (e trata. E" C%d$) C$2$" $+-)!e !a d$"$e!#$a $!#)!#ret).

K7 Irre($(t$1$"$dad ) $!e2$ta1$"$dad. A($+$(+), e" *e#*) de 5e (e trata de1e (er$rre($(t$1"e ) $!e2$ta1"e. U! *e#*) e( $rre($(t$1"e #a!d), a!5e *a3a ($d)e0e#t$2a+e!te -re2$(t), !) -ede (er e2$tad), a -e(ar de "a d$"$e!#$a 5e *a3a ($d)-e(ta -ara e""). Para e2a"ar e(ta d$"$e!#$a e( +e!e(ter te!er -re(e!te 5e e"Dere#*) !) "e re5$ere a" ded)r -)(eer a-t$tde( e/tra)rd$!ar$a(.

7 E/tra!e$dad. E" *e#*) de1e (er ade+8(, e/tra) a" ded)r, 2a"e de#$r, *a de-r)d#$r(e e! e" e/ter$)r de "a e(0era de a##$%! -)r "a #a" e" ded)r de1e re(-)!der.De(de )tr) -!t) de 2$(ta, "a e/tra!e$dad $+-"$#a ta+1$4! 5e e" *e#*) 0)rt$t) !)de1e re("tar de "a #"-a de" ded)r.

7 A#ta"$dad. E" *e#*), a($+$(+), de1e te!er $!#$de!#$a a#ta"; (e trata de a#ta"$dad"%$#a a!te( 1$e! 5e #r)!)"%$#a.P)r e&e+-"), ($ "a #)(a #$erta 2e!d$da (e -$erde -)r ! *e#*) 0)rt$t) a!te( de "a 0e#*a-re2$(ta -ara "a e!trea, e" 2e!ded)r 5eda "$1erad) de ( )1"$a#$%!, -)r5e e(e*e#*) -r)2)#a e" $!#+-"$+$e!t) a!5e 4(te (e #)!(+e #)! -)(ter$)r$dad.

Te)r'a de "a $+-re2$($%!: Pede )#rr$r 5e "a( #$r#!(ta!#$a( 08#t$#a( $+-era!te( a" (er#e"e1rada "a )1"$a#$%! 2ar'e! a" t$e+-) de ( #+-"$+$e!t), de +)d) $+-re2$(t) )$+-re2$($1"e -ara "a( -arte(, t)r!a!d) e/#e($2a+e!te )!er)() e" -a) de "a -re(ta#$%!5e e( #)!te!$d) de "a )1"$a#$%!. E! ta" (-e(t) !) e( &(t) 5e e" ded)r ($a)1"$ad) a -aar $d4!t$#a+e!te "a -re(ta#$%! de1$da, ") 5e -ede ""ear a $+-"$#ar (r$!a -atr$+)!$a", ()"a+e!te -)r *a1er(e e5$2)#ad) e! !) *a1er -re2$(t) ")$+-re2$($1"e. O1(4r2e(e 5e !) (e trata de !a $+-)($1$"$dad de -a), #)+) e! e" #a()0)rt$t), ($!) de !a d$0$#"tad e! e" -a), -)r (er de(+e(rada+e!te )!er)().Re5$($t)(: E" ded)r -)dr8 $!2)#ar "a $+-re2$($%! #8!d): 18 e" *e#*) 5e )#a($)!e "ad$0$#"tad e! e" -a) de "a )1"$a#$%! re!a ")( #ara#tere( de" #a() 0)rt$t); 28 !) *a3a !$+)ra !$ #"-a deter+$!a!te( de "a +a3)r )!er)($dad; 3 8 e" e2e!t) 0)rt$t) -r)2)5e!a e/#e($2a )!er)($dad e! e" #+-"$+$e!t) )1"$a#$)!a".

)M. UNI+A+ 12 EFECOS CON 9ELACION AL +EU+O9 

. :ora del acreedor 

El acreedor incurre en mora si se reh9sa in(ustificadamente a recibir una oferta de pago del deudor,que cumple con los requisitos de identidad, integridad, puntualidad y localización +conf. art. 115))i#.4.En otros t"rminos, la mora del acreedor tiene lugar cuando "ste, omitiendo cumplir con su deber decolaboración, impide el cumplimiento oportuno del deudor.

Se trata de un instituto que comparte algunos caracteres comunes con la mora del deudor y quecuenta con otros específicos, que si bien no han sido precisados en el texto del nue#o )ódigo )i#il,fueron desarrollados por la doctrina y la (urisprudencia clsicas.

En este sentido, son elementos propios de la mora accipiendiA

a4 que eista una obligación v#lida en estado de efectivi!ación +p. e(.A cuyo pla!o para el 

cumplimiento se encuentre vencido4;

Page 48: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 48/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - ) b4 que para el cumplimiento de la prestación debida sea necesario un comportamiento del acreedor .

 3o ser posible, entonces, que el acreedor incurra en mora, en el caso de obligaciones de no hacer;

c4 que el acreedor falte a ese comportamiento, no cumpliendo con su deber de cooperación +p. e(.Aque se niegue in(ustificadamente a facilitar el acceso al deudor a un inmueble para realizar reparaciones,etc.4;

d4 que eista una oferta real de pago por parte del deudor , es decir, que "ste haya promo#ido elcumplimiento, siendo insuficiente su mera #oluntad de pago.

$ su #ez, se ha interpretado que la mora del acreedor produce los siguientes efectosA

a4 el acreedor debe resarcir los daños y per(uicios causados;

 b4 el deudor queda liberado de los riesgos del contrato, que se trasladan al acreedor;

c4 en el supuesto de obligaciones dinerarias, cesa el curso de los intereses;

d4 impide la constitución en mora del deudor.

'a mora del acreedor cesa, en general, en circunstancias que constituyen la contrapartida del cese dela mora del deudorA así, por e(emplo, cuando el acreedor acepta el cumplimiento de la prestación por 

 parte del deudor o si se produce la imposibilidad de cumplimiento F  sin perjuicio de su obligación de

indemni!ar los da:os y perjuicios causados durante la mora F como, asimismo, si el deudor renuncia asu facultad de reclamar por las consecuencias de la mora.

. &ago por consignación

En casos en los cuales el deudor diligente se #e impedido de cumplir, por la oposición in(ustificadadel acreedor o bien por dificultades que obstan el pago directo, la ley le permite acudir a una #ía deliberación coacti#a de la obligación, que es el pago por consignación. Es que ante tales circunstanciasa(enas a "l, no se (ustifica que la deuda se mantenga indefinidamente.

$hora bien, la regla es que el pago se materialice con la 9nica inter#ención de las partes interesadas,recurri"ndose a la consignación sólo en circunstancias excepcionales, cuando el deudor se #ea impedidode e(ercer adecuadamente su derecho a pagar. =e allí que la procedencia del medio coacti#o de pago

 ba(o anlisis depende del cumplimiento cabal de los presupuestos pre#istos por la ley.

El nue#o texto legal regula el pago por consignación por la #ía (udicial, que ha caracterizado desdesiempre esta figura en el derecho ci#il argentino.

&ero asimismo incorpora el instituto de la consignación extra(udicial o pri#ada, Esta figura tambi"nse regula en detalle, habi"ndose concebido como un instrumento 9til para la disminución de lalitigiosidad. En este caso, se establecen los presupuestos, los derechos del acreedor, e impedimentosaplicables.

'as reglas sobre consignación se aplican tambi"n a quienes est"n legitimados para sustituir al deudor o tengan derecho a pagar.

 +eglas aplicables al juicio de pago por consignación, según la clase de obligación comprometida

El pago por consignación se rige por las siguientes reglasA

Page 49: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 49/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - )Ra) Cbligaciones de dar sumas de dinero (art. 627 %%y%$, inc. a9)" se trata de aquellas obligaciones

que ms se prestan al pago forzado. )uando la prestación consiste en dar una suma de dinero, serequiere su depósito a la orden del (uez inter#iniente, en el banco que dispongan las normas procesales.Es decir que corresponde al actor efectuar el depósito de la suma ob(eto de la consignación, en un bancoautorizado al efecto +v.gr., Danco de la $ación Brgentina o el que pudiere corresponder a cada fuero o

 jurisdicción4. En cuanto a sus requisitos formales, en la boleta respecti#a habitualmente deber indicarse

la fecha e importe del depósito, el nombre y el domicilio del  solvens, la cartula del (uicio y los datos deltribunal en el cual tramitar el pleito. Ina copia del instrumento se ad(untar al proceso, comoconstancia del cumplimiento de esta exigencia.

El pago deber ser efectuado a iniciati#a del propio deudor, y con animus solvendi, por lo que suimporte debe ser dado en pago y no a embargo, accediendo el  solvens a su retiro por la contraria, en laoportunidad en que así lo disponga el (uez.

 b4 Cbligaciones de dar cosas ciertas" este supuesto no ha sido regulado por el nue#o )ódigo )i#il,circunstancia que mereció la crítica de la doctrina, a pesar de haberse considerado loable la regulacióngeneral del instituto +conf. KK?* Nornadas 3acionales de =erecho )i#il, >uenos $ires, 082, )omisión

0, )onclusiones4. $ pesar de ello, no cabe sino interpretar que este tipo de consignación es factible, porque se pre#" expresamente la aplicación de esta figura para el caso de obligaciones de dar cosasindeterminadas.

$sí las cosas, siguiendo las disposiciones legales y criterio doctrinario pre#io a la reforma, cabeinterpretar que si el ob(eto debido es una cosa cierta, en principio, el depósito podr suplirse mediante laintimación (udicial al acreedor para que reciba el pago +conf. art. /5-))i#. *S4. En este caso, se

 producir la desposesión (urídica de la cosa para el deudor, aunque no material, ya que "ste seguir posey"ndola, pero por cuenta del acreedor. En cambio, en el supuesto particular en el que laconsignación recaiga sobre un inmueble alquilado, el inquilino deber proceder al depósito (udicial delas lla#es +conf. art. 5))i#. *S4.

En principio, el resto del pleito transcurrir seg9n las reglas aplicables a la consignación de sumas dedinero.

c4 Cbligaciones de dar cosas indeterminadas" si la determinación corresponde al deudor, lógico esconsiderar que corresponder a "ste identificar las cosas y consignarlas. +el deudor debe intimar alacreedor para que eli(a y luego de elegida para que la reciba4

$hora bien, si la elección corresponde al acreedor, la ley prescribe que cuando "ste fuere moroso en practicarla, una #ez #encido el t"rmino del emplazamiento (udicial, el (uez autorizar al deudor arealizarla +conf. art. 685, inc. bG, ))y)34.

En todas las obligaciones de dar cosas, si "stas no pudieren ser conser#adas o si su custodia originaregastos excesi#os, el (uez podr autorizar la #enta en subasta, y ordenar el depósito del precio que seobtenga +art. 685, inc. cG, ))y)34.

'a normati#a no pre#" el caso de consignación de obligaciones de hacer, habi"ndose optadoe#identemente, por su extinción por otras #ías, como la resolución del contrato, cuando fuere necesariala cooperación del acreedor y "ste no la prestara. )abe mencionar que autores como >orda, )olmo,'afaille, >usso, Bezzónico y [ayar, han considerado que la consignación podría ser #iable mediante la#ía de intimación en las obligaciones de hacer, quedando en manos de la Nusticia la definición sobre su

#iabilidad en cada caso.

ueda claro, en cambio, seg9n hemos ya sugerido, que en el caso de obligaciones de no hacer nocorresponde el pago por consignación, por no resultar necesaria la participación del acreedor.

Page 50: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 50/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 50UNI+A+ 1)(. Obligacion% dii%ibl% indii%ibl% 7l ob"o % o no dii%ibl8

La( )1"$a#$)!e( de -"ra"$dad #)!&!ta, de a#erd) #)! "a !atra"e9a de "a -re(ta#$%!,()! #"a($0$#ada( e! d$2$($1"e( e $!d$2$($1"e(. E" 0ra##$)!a+$e!t) -r)-$) de "a( )1"$a#$)!e(+a!#)+!ada( !) r$e e! ")( (-e(t)( de: 18  )1"$a#$)!e( $!d$2$($1"e( 3 28)1"$a#$)!e( ()"$dar$a(.C)!#e-t): La( )1"$a#$)!e( ()! d$2$($1"e(, #a!d) t$e!e! -)r )1&et) -re(ta#$)!e(((#e-t$1"e( de #+-"$+$e!t) -ar#$a". Per) -ara 5e "a d$2$($1$"$dad (ea re"e2a!te, e(-re#$() 5e *a3a +8( de ! a#reed)r ) +8( de ! ded)r.La d$2$($1$"$dad de1e (er +ater$a" 0'($#a, ") #a" de(#arta 5e !a -re(ta#$%! 0'($#a+e!te$!d$2$($1"e -eda (er d$2$d$da $!te"e#ta"+e!te; -er) ") #)!trar$) e( 2$a1"e: (e -ede-a#tar 5e !a -re(ta#$%! d$2$($1"e de1a (er #+-"$da '!tera+e!te -)r e" ded)r6$!d$2$($1$"$dad 2)"!tar$a, $!te!#$)!a" ) #)!2e!#$)!a"7. E! #$ert)( #a()(, -)r 2)"!tad de-arte( ) -)r $+-er$) de "a "e3, "a -re(ta#$%! d$2$($1"e e( #)!($derada $!d$2$($1"e, !)r$$e!d) e!t)!#e( e" -r$!#$-$) de 0ra##$)!a+$e!t) 6d$2$($%!7. P)r e&e+-"): D 3 E de1e!e!trear a A ! terre!) #)+-e(t) -)r d)( ")te( -ara de(t$!ar") e! ( t)ta"$dad a "a#)!(tr##$%! de !a #a(a; e! ta" ($ta#$%!, a -e(ar de 5e e" terre!) #)+-e(t) -)r d)(")te( e( e! (' +$(+) d$2$($1"e, !) (e ad+$te 5e e" #+-"$+$e!t) de "a )1"$a#$%! (eare$d) -)r e" -r$!#$-$) de 0ra##$)!a+$e!t): !) *a3 d$2$($%! a -e(ar de *a1er d$2$($1$"$dad.P)r e& ()! $!d$2$($1"e(: "a( de dar #)(a( #$erta(. La( de !) *a#er. La( de *a#er 6e/#e-t)a#erd)7E( $!d$2$($1"e #a!d) "a -re(ta#$%! !) -ede #+-"$r(e -ar#$a"+e!te, ()") -ede -)re!ter).-)r e&e+-") e!trear ! #adr). La !atra"e9a de "a )1"$a#$%! e( ") 5edeter+$!a 5e "a )1"$a#$%! -eda (er d$2$($1"e ) $!d$2$($1"e.E! ('!te($(: "a $!d$2$($1$"$dad -ede (er +ater$a" ) 2)"!tar$a; "a d$2$($1$"$dad (%") -ede(er +ater$a".Re5$($t)( de "a d$2$($1$"$dad: (e e/$e #)+) re5$($t)( e(e!#$a"e( -ara ad+$t$r "ad$2$($1$"$dad de !a )1"$a#$%! de (&et) -"ra": Qe *a3a -"ra"$dad de ded)re( ) a#reed)re(.H. Qe "a -re(ta#$%! (ea d$2$($1"e: e"") e( 0a#t$1"e ($e+-re 5e #ada !a de "a( -arte(

#)+-)!e!te( de" 1$e! de1$d) te!a! "a +$(+a #a"$dad de" t)d).K. Qe "a d$2$($%! !) a0e#te e" 2a")r e#)!%+$#) de "a #)(a. P)r e&e+-"), "a )1"$a#$%! de

dar ! d$a+a!te de K Z$"ate( !) e( d$2$($1"e, -)r #a!t) e! #a() de (er 0ra##$)!ad)e! d$e9 -arte( de K Z$"ate( #ada !a, e""a( e! #)!&!t) !) re-re(e!tar'a! e" +$(+)2a")r 5e e" d$a+a!te $!$#$a"+e!te de1$d).

. Qe "a d$2$($%! !) #)!2$erta e! a!t$e#)!%+$#) e" () 3 a-r)2e#*a+$e!t) de "a #)(a,

Cada !a de "a( -arte( e5$2a"e a !a -re(ta#$%! d$2er(a e $!de-e!d$e!te. L)(a#reed)re( t$e!e! dere#*) a ( #)ta 3 ")( ded)re( !) re(-)!de! -)r "a $!()"2e!#$a de")( de+a(

E" -r$!#$-$) de d$2$($%!: E! "a( )1"$a#$)!e( d$2$($1"e( "a -re(ta#$%! de1$da (e 0ra##$)!a e!ta!ta( -arte( #)+) a#reed)re( ) ded)re( e/$(te!, te!$e!d) a5e"")( dere#*) a -er#$1$r,3 4(t)( de1er de -aar, (%") "a -arte 5e "e( #)rre(-)!da e! e" #r4d$t) ) e! "a deda,re(-e#t$2a+e!te.Pre(-e(t)(. Para 5e "a( ()"#$)!e( re"at$2a( a "a d$2$($1$"$dad (ea! a-"$#a1"e(, e(+e!e(ter 5e "a )1"$a#$%! -re(e!te -"ra"$dad (1&et$2a, a#t$2a 3) -a($2a;-)r ") #)!trar$), ($ a+1)( (&et)( ()! ($!"are(, a -e(ar de (er 0ra##$)!a1"e "a-re(ta#$%!, !) *a3 -)($1$"$dad de *a#er &ar e" -r$!#$-$) de d$2$($%!.

). Obligacion% %i&!l&n" &anco&nada%: conc!"o# '3gi&n lgal.

C)!#e-t). La( )1"$a#$)!e( de (&et) -"ra" ()! de!)+$!ada( +a!#)+!ada(: La)1"$a#$%! 5e t$e!e +8( de ! a#reed)r ) +8(..de ! ded)r, 3 #3) )1&et) e( !a ()"a-re(ta#$%!, e( )1"$a#$%! +a!#)+!ada, 5e -ede (er ) !) ()"$dar$a.

Page 51: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 51/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 51La -"ra"$dad de (&et)( -ede e(tar re0er$da a a+1a( -arte( de +a!era (e-arada6!$dad de a#reed)r 3 -"ra"$dad de ded)re(, ) !$dad de ded)r 3 -"ra"$dad dea#reed)re(7 ) ($+"t8!ea 6-"ra"$dad de a#reed)re( 3 de ded)re(7.Cara#tere(. La( )1"$a#$)!e( +a!#)+!ada( -re(e!ta! "a( ($$e!te( #ara#ter'(t$#a(:H7P"ra"$dad de (&et)(: 5e -ede (er )r$$!ar$a 6-. e&., #a!d) 2ar$a( -er()!a( (e

)1"$a! +ed$a!te ! #)!trat)7 ) der$2ada 6-. e&., #a!d) -)r 0a""e#$+$e!t) de !) de")( (&et)( ($!"are( ") (#ede! e! e" !e/) )1"$a#$)!a" (( *ereder)(7.

K7U!$dad de )1&et) 3 de -re(ta#$%!.7U!$dad de #a(a: "a #a(a de "a )1"$a#$%! #)!tra'da -)r ")( ded)re( e( !$#a 6-. e&.,

D 3 E de1e! a A [ HJ. #)+) -re#$) de "a #)+-ra2e!ta de ! $!+e1"e7,7P"ra"$dad de 2'!#")(: e/$(te! ta!t)( 2'!#")( #)+) (&et)( $!ter2$e!e! e! "a

)1"$a#$%!, -d$e!d) dar(e de +a!era $!de-e!d$e!te 6)1"$a#$)!e( ($+-"e+e!te+a!#)+!ada(7 ) #)"$ada 6)1"$a#$)!e( ()"$dar$a(7.

C"a(e(. E" C%d$) C$2$", te!$e!d) e! #e!ta "a #a"$dad de" 2'!#"), d$(t$!e d)( #"a(e( de)1"$a#$)!e( +a!#)+!ada(:H7 S$+-"e+e!te +a!#)+!ada(, e! "a( 5e #ada ded)r de1e -aar ( #)ta-arte de "a

deda, 3 #ada a#reed)r t$e!e dere#*) a re#"a+ar (%") ( #)ta-arte de" #r4d$t).K7 S)"$dar$a(, e! "a( 5e #a"5$era de ")( ded)re( de1e -aar '!tera+e!te "a deda, )

#a"5$era de ")( a#reed)re( e(t8 0a#"tad) a "a -er#e-#$%! '!tera de" #r4d$t).O1"$a#$)!e( ($+-"e+e!te +a!#)+!ada( ()! a5e""a( e! 5e, *a1$e!d) -"ra"$dad deded)re( 3) de a#reed)re(, #ada !) de e"")( de1e #arar #)! "a #)ta-arte de"#r4d$t) 5e "e #)rre(-)!de, ) t$e!e dere#*) a -rete!der"a.

\..La( )1"$a#$)!e( +a!#)+!ada( -ede! (er : ($+-"e+e!te +a!#)+!ada(, )()"$dar$a( . 3 a+1a( -ede! (er d$2$($1"e( ) $!d$2$($1"e(.

)R. Obligacion% %olida'ia%. Nocion%. +i%"in"o% "i!o% d %olida'idad. E,c"o%.Son %olida'ia% n i'"d a la oln"ad d la% !a'"% o d la l4. La %olida'idad no% !'%&.

C)!#e-t). La( )1"$a#$)!e( ()"$dar$a(, !a e(-e#$e de "a( )1"$a#$)!e( +a!#)+!ada(,La )1"$a#$%! +a!#)+!ada e( ()"$dar$a, #a!d) "a t)ta"$dad de" )1&et) de e""a -ede,e! 2$rtd de" t't") #)!(t$tt$2) ) de !a d$(-)($#$%! de "a "e3, (er de+a!dada -)r#a"5$era de ")( a#reed)re( ) a #a"5$era de ")( ded)re(.Ca!d) *a3 -"ra"$dad de ded)re( "a ()"$dar$dad e( -a($2a; #a!d) "a *a3 dea#reed)re(, e( a#t$2a; e! #a() de -"ra"$dad de ded)re( 3 de a#reed)re(, e( +$/ta.La( )1"$a#$)!e( ()"$dar$a( -ede! te!er -)r )1&et) ta!t) -re(ta#$)!e( d$2$($1"e( #)+)$!d$2$($1"e(.Cara#tere(. La( O1"$a#$)!e( ()"$dar$a( t$e!e! ")( #ara#tere( -r)-$)( de t)da( "a()1"$a#$)!e( +a!#)+!ada(. Per) ()! #ara#tere( t'-$#)( de "a ()"$dar$dad: E( e/#e-#$)!a" 3 de1e (er e/-re(a: "a re"a e!era" e! "a( )1"$a#$)!e(

+a!#)+!ada( e( "a d$2$($%! de "a deda; -)r ") ta!t) "a ()"$dar$dad, ($e!d)e/#e-#$)!a", de1e (er e/-re(a+e!te e(ta1"e#$da -)r "a 2)"!tad de "a( -arte( ) "a "e3.

Ca"5$er a#reed)r t$e!e dere#*) a de+a!dar e" -a) t)ta" de "a -re(ta#$%! a#a"5$era de ")( ded)re(; 3 2$#e2er(a.

a3 -"ra"$dad de 2'!#")( #)"$ad)(: "a )1"$a#$%! ()"$dar$a t$e!e, #)+) t)da( "a(+a!#)+!ada(, -"ra"$dad de 2'!#")(, ") 5e $+-"$#a 5e e" ded)r #)+! (ere"a#$)!a #)! #ada a#reed)r, ) 5e e" a#reed)r #)+! (e re"a#$)!a #)! #ada ded)r,e! 0)r+a $!de-e!d$e!te; -er) ta" $!de-e!de!#$a !) e( a1()"ta.

50. OBLIGACIONES +E +A9 COSAS INCIE9AS

 3os referiremos ahora a las obligaciones de dar cosas inciertas, cuya característica particular es laindefinición del ob(eto al inicio, desde su aspecto indi#idual.

Page 52: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 52/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 52El nue#o )ódigo )i#il sólo dispone sobre las obligaciones de g"nero, tema al cual nos referiremos

seguidamente.

 <bligaciones de g"nero

!'a obligación de dar es de g"nero si recae sobre cosas determinadas sólo por su especie y

cantidad...! +conf. art. /50 ))y)34. =esde el punto de #ista semntico, tanto el !g"nero! como la!especie! remiten a un con(unto de seres o cosas que tienen uno o #arios caracteres comunes,susceptibles de ser categorizados de acuerdo a muy #ariados criterios, que dependen de la intención delos int"rpretes. % desde el punto de #ista (urídico, se trata de t"rminos relati#os.

&or e(emplo, podemos afirmar que los hombres, las a#es y los peces pertenecen al g"nero animal; ylos departamentos, las casas y las cabañas pertenecen al g"nero inmobiliario. &ero dentro del g"neroinmobiliario tambi"n podríamos calificar a las casas seg9n su cantidad de ambientes, localización, etc., ydecir que "stas son distintas especies de #i#iendas. Ello es así, porque en el saber com9n, se atribuye a laespecie, el carcter de subcategoría del g"nero.

Se obser#a así que las categorizaciones posibles son infinitas. &ero aquello que sí podemos afirmar en el caso de las obligaciones de g"nero es que "stas recaern inicialmente sobre cosas no determinadasindi#idualmente, sino sólo por ciertos caracteres acordados por los interesados y por su cantidad. Seacual fuere la categorización adoptada por las partes, si la obligación es de g"nero, no se sabr en un

 principio exactamente qu" ob(eto deber entregarse +e(., qu" #i#ienda se alquilar, o cules exactamentesern los peces que sern entregados4.

En una obligación de g"nero, !...'as cosas debidas... deben ser indi#idualizadas. 'a eleccióncorresponde al deudor, excepto que lo contrario resulte de la con#ención de las partes. 'a elección deberecaer sobre cosa de calidad media, y puede ser hecha mediante manifestación de #oluntad expresa otcita! +art./50 ))y)34.

51. Obligacion% conc''n"%

Na ca"go'/a inco'!o'ada al cod. ;a'io% ddo'% 6 dbn l &i%&o ob"o!'o n 'aon d ca%a% di,'n"%. El ac'do' !d 'cla&a' "oda la!'%"ación a cal6i'a d lo% ddo'% 4 la in%olncia d no a,c"a a lo%d&a%.52. OBLIGACIONES O+ALES

Se trata de obligaciones que se hallan su(etas a una modalidad o determinación particular, como el plazo, la condición o el cargo.

 &la!o

El plazo es un acontecimiento futuro pero cierto, desde el cual comien!a o 'asta el cual dura la eficacia

de un negocio jurídico

%ondición

!Se denomina condición a la clusula de los actos (urídicos por la cual las partes subordinan su plenaeficacia o resolución a un hecho futuro e incierto...! +art. 2-2 ))y)34. $sí define el nue#o )ódigo el

 presente concepto, en una fórmula que permite diferenciar la condición del acto (urídico

Cargo

Se ha definido al cargo como una obligación accesoria que se impone al adquirente de un derec'o,

que restringe y limita ese derec'o, y se brinda a favor del instituyente o de un tercero (%ompagnucci de

Page 53: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 53/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 5%aso). Esta figura se presenta con cierta frecuencia en el derecho sucesorio, como una imposición alheredero o legatario, y tambi"n en el caso de contratos de donación, como obligación que compromete aldonatario.

El nue#o )ódigo establece al respecto que !El cargo es una obligación accesoria impuesta aladquirente de un derecho. 3o impide los efectos del acto, excepto que su cumplimiento se haya pre#isto

como condición suspensi#a, ni los resuel#e, excepto que su cumplimiento se haya estipulado comocondición resolutoria. En caso de duda, se entiende que tal condición no existe! +conf. art. 2- ))y)34.Se infiere que el cargo no implica condición, aunque se aplican algunas de sus reglas generales para elsupuesto en que haya sido pre#isto con tal carcter, y a su #ez se dispone su aplicación con criteriorestricti#o, ya que se trata de una restricción Fo mayor restricciónF a la libertad del obligado.

5. Obligacion% a !lao: conc!"o d !lao# di%"in"o% "i!o%.La )1"$a#$%! e(t8 (&eta a -"a9) #a!d) ( e/$$1$"$dad de-e!de de" a#ae#$+$e!t) de !*e#*) 0tr) 3 #$ert), 5e )#rr$r8 0ata" ) !e#e(ar$a+e!te. Se de1e d$(t$!$r e" -"a9) de"t4r+$!): -"a9) e( e" "a-() dra!te e" #a" !) -ede e/$$r(e "a )1"$a#$%! Xde#r() de"t$e+-)7, 3 t4r+$!) e( e" -!t) 0$!a" de" -"a9), 5e -ede drar ! d'a, !a *)ra,

et#4tera.E" de#r() de t$e+-) e( ! *e#*) &r'd$#), #)+) a#ae#er ((#e-t$1"e de -r)d#$r e0e#t)(e! "a 2$da &r'd$#a.Cara#tere(. E( ! *e#*): 18  0tr), ") #a" ") a(e+e&a a "a #)!d$#$%!; 28  #$ert) )!e#e(ar$), 5e 0ata"+e!te )#rr$r8; a 2e#e( !) (e (a1e #8!d) 6-"a9) $!#$ert)7, -er)$!dda1"e+e!te a#)!te#er8; -)r e&e+-"), te e!trear4 [ J #a!d) ""e2a e! Be!)(A$re(; 3 8 (( e0e#t)( !) ()! retr)a#t$2)(, )-era e/ !!# 6de(de a*)ra7 3 !) e/ t!e6de(de e!t)!#e(7.A 5$4! 0a2)re#e. E" CC e(ta1"e#e 5e e" -"a9) (e -re(+e 6&r$( ta!t+7 e(ta1"e#$d) e!0a2)r de a+1a( -arte( 6!$ e" a#reed)r -ede -rete!der #)1rar, !$ e" ded)r -aar a!te(de 2e!#$d) e" -"a9)7, a !) (er 5e, -)r e" )1&et) de "a )1"$a#$%! ) -)r )tra(

#$r#!(ta!#$a(, re("tare *a1er(e -e(t) a 0a2)r de" ded)r ) de" a#reed)r. E" -a) !)-)dr8 *a#er(e a!te( de" -"a9), ($!) de #)+! a#erd).C"a(e(: I!$#$a" 3 F$!a". E" -"a9) $!$#$a", de($!ad) ta+1$4! #)+) ((-e!($2), $+-"$#a "a-)(tera#$%! de ")( e0e#t)( de "a )1"$a#$%! 6e/$$1$"$dad7 *a(ta 5e ad2e!a e" t4r+$!),#)+) -!t) 0$!a" de" -"a9): te -aar4 [ H. e" de !)2$e+1re.E" -"a9) 0$!a", de!)+$!ad) ta+1$4! re()"t)r$) ) e/t$!t$2), e( a54" a #3) 2e!#$+$e!t)(e e/t$!e e/ +$!e ! dere#*): te -aar4 [ K. +e!(a"e( *a(ta e" de!)2$e+1re. La de($!a#$%! de -"a9) F$!a", t$e!e "a 2e!ta&a de e"$+$!ar #a"5$er#)!0($%! #)! )tra +)da"$dad )1"$a#$)!a", "a #)!d$#$%!; a($+$(+) (e de(#arta "a de-"a9) re()"t)r$), -)r #a!t) !) )-era retr)a#t$2a+e!te 6e/ t!e7 ($!) -ara e" 0tr) 6e/!!#7.

C$ert) e $!#$ert). E" -"a9) e( #$ert) #a!d) (e #)!)#e e" +)+e!t) e! 5e 2e!#er8, #)+)#a!d) 0e(e 0$&ad) -ara ter+$!ar e! de($!ad) a), +e( ) d'a, ) #a!d) 0e(e#)+e!9ad) de(de "a 0e#*a de "a )1"$a#$%!, ) de )tra 0e#*a #$erta: te -aar4 [ K.de!tr) de d'a(.E! e" -"a9) $!#$ert), a!5e e" *e#*) (ea 0ata"+e!te #$ert) 6)#rr$r8 $!de0e#t$1"e+e!te7,!) (e (a1e #8!d) 2a a ""ear e" t4r+$!); e( 0$&ad) #)! re"a#$%! a ! *e#*) 0tr)!e#e(ar$), -ara ter+$!ar e" d'a e! 5e e(e *e#*) !e#e(ar$) (e rea"$#e: te -aar4 [ J#a!d) ""e2a e! Be!)( A$re(, ) #a!d) +era F"a!), et#4tera.E! rea"$dad, e( +8( a-r)-$ada "a de!)+$!a#$%! de -"a9) de #+-"$+$e!t) $!#$ert), -)r#a!t) #)! e""a (e e2$ta! -)($1"e( e5'2)#)( #)! "a #)!d$#$%!, e! "a #a", (e! (a1e+)(,"a $!#ert$d+1re !) #)!($(te e! (a1er #8!d) 2a a )#rr$r e" *e#*) 0tr), ($!) ($a#ae#er8 ) !).A##$de!ta" 3 e(e!#$a". a3 ! -"a9) e(e!#$a" #a!d) e" t$e+-) e! 5e de1e (er #+-"$da"a )1"$a#$%! e( ! +)t$2) deter+$!a!te -ara e" a#reed)r. P)r ") #)!trar$), e" -"a9)a##$de!ta" 65e e( e" e+-"ead) +8( 0re#e!te+e!te7 !) *a deter+$!ad) "a #)!tra##$%!de "a )1"$a#$%!.

Page 54: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 54/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 5)E/-re() ) e/-"'#$t), 3 t8#$t) ) $+-"'#$t). E! "a( )1"$a#$)!e( a -"a9), "a +)ra (e -r)d#e-)r ( ()") 2e!#$+$e!t). S$ e" -"a9) !) e(t2$ere e/-re(a+e!te #)!2e!$d), -er)re("tare t8#$ta+e!te de "a !atra"e9a 3 #$r#!(ta!#$a( de "a )1"$a#$%!, e" a#reed)rde1er8 $!ter-e"ar a" ded)r -ara #)!(t$t$r") e! +)raLea", &d$#$a" 3 #)!2e!#$)!a". E" -"a9) "ea" e( e" e(ta1"e#$d) -)r "a "e3; &d$#$a", e"deter+$!ad) -)r e" &e9; 3 #)!2e!#$)!a", e" 0$&ad) -)r "a( -arte(, 3a (ea e/-re(a )t8#$ta+e!te.E0e#t)(. A!te( de" 2e!#$+$e!t). E" -"a9), #)+) +)da"$dad, (-ed$ta "a e/$$1$"$dad de "a)1"$a#$%!, -er) 4(ta e/$(te -"e!a+e!te. De e"") (re!"a( ($$e!te( #)!(e#e!#$a(:H. E! e" -"a9) ((-e!($2) e" a#reed)r !) t$e!e dere#*) a -ed$r e" #+-"$+$e!t) de "a

)1"$a#$%!; a($+$(+) "e e(t8! $+-ed$da( "a( +ed$da( de #ar8#ter e&e#t$2) #)!tra e"ded)r.

K. E" a#reed)r -ede e&er#er t)da #"a(e de a#t)( #)!(er2at)r$)( de ( #r4d$t).. E" ded)r 5e -aa e" #r4d$t) !) t$e!e dere#*) a re-et$r ") -aad).. L)( dere#*)(, e! "a( )1"$a#$)!e( (&eta( a -"a9) #$ert), ()! tra!(+$($1"e(, 3a (ea -)r

a#t)( e!tre 2$2)( #)+) de "t$+a 2)"!tad. E! "a( (&eta( a -"a9) $!#$ert), (%") -)ra#t)( e!tre 2$2)(, -e( #a!d) -r)2$e!e! de a#t)( de "t$+a 2)"!tad !) ()!tra!(+$($1"e( (' e" "eatar$) +ere a!te( de ""ead) e" t4r+$!), (a"2) 5e e" "ead)*a3a ($d) $!(t$t$d) a 0a2)r de" "eatar$) 3 (( *ereder)(.

De(-4( de" 2e!#$+$e!t). La )1"$a#$%! (e #)!2$erte e! -ra 3 ($+-"e, -)r ") 5e e(e/$$1"e 3, a!te e" $!#+-"$+$e!t) de" ded)r, re#"a+a1"e e! &$#$). P)r ( -arte, e"ded)r t$e!e e" dere#*) de -aar, 3 ($ e" a#reed)r e( re!e!te e(t8 0a#"tad) -ara#)!($!ar.Pa) a!t$#$-ad). E" ded)r 5e *a -aad) a!te( de" -"a9) !) -ede re-et$r ") -aad),-)r5e e! ta" ($ta#$%! !) *a3 err)r e(e!#$a".

5). 93gi&n lgal d la% obligacion% ,acl"a"ia%.C)!#e-t). O1"$a#$%! 0a#"tat$2a e( "a 5e !) te!$e!d) -)r )1&et) ($!) !a ()"a-re(ta#$%!, da a" ded)r "a 0a#"tad de ((t$t$r e(a -re(ta#$%! -)r )tra.La )1"$a#$%! 0a#"tat$2a -re(e!ta ")( ($$e!te( #ara#tere(:H. S )1&et) e( -"ra" 6#)!t$e!e !a -re(ta#$%! -r$!#$-a" 3 !a -re(ta#$%! a##e()r$a7;K. La( -re(ta#$)!e( 5e $!tera! e" )1&et) )1"$a#$)!a" (e e!#e!tra! e! re"a#$%! de

$!terde-e!de!#$a;. a3 !$dad de #a(a0e!te;. a3 !$dad de 2'!#");J. E" ded)r t$e!e "a -)($1$"$dad de ((t$t$r "a -re(ta#$%! -r$!#$-a" -)r )tra a##e()r$a

5e e( ta+1$4! a-ta -ara e" -a)O-#$%!. La )-#$%! e( e" dere#*) 5e t$e!e e" ded)r -ara ((t$t$r, a" t$e+-) de#+-"$+$e!t) de "a )1"$a#$%!, "a -re(ta#$%! de1$da 6-r$!#$-a"7 -)r )tra a-ta -ara e" -a)6a##e()r$a7. La 0a#"tad de ((t$t#$%! #)rre(-)!de !$#a+e!te a" ded)r; "a a##$%! de"

a#reed)r e(t8 (%") #$r#!(#r$-ta a de+a!dar e" #+-"$+$e!t) de "a -re(ta#$%! -r$!#$-a",5e e( "a !$#a de1$da

55. Obligacion% conn"a%: l'alidad d %"o%. dan co&!'o&"ido% !o' ladda a'io% ddo'% o ac'do'%.

+i%4n".: Ac'do'% o ddo'% % cl4n n"' %i.

5M. Obligacion% al"'na"ia%. Unidad RLa )1"$a#$%! a"ter!at$2a e( de )1&et) -"ra" d$(3!t): )1"$a#$%! a"ter!at$2a e( "a 5et$e!e -)r )1&et) !a de e!tre +#*a( -re(ta#$)!e( $!de-e!d$e!te( 3 d$(t$!ta( "a( !a(de "a( )tra( e! e" t't"), de +)d) 5e "a e"e##$%! 5e de1a *a#er(e e!tre e""a(, 5ede

de(de e" -r$!#$-$) $!deter+$!ada.E! rea"$dad, *a3 ! ()") 2'!#") re0er$d) a 2ar$a( -re(ta#$)!e(, t)da( "a( #a"e( ()!de1$da( de(de ! -r$!#$-$), -er) (&eta( a "a #)!d$#$%! re()"t)r$a de 5e (ea e"e$daa"!a de "a( )tra(; #+-"$d) e(e *e#*) #)!d$#$)!a!te, "a( !) e"e$da( de(a-are#e! #)!

Page 55: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 55/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 55e0e#t) retr)a#t$2) a" t$e+-) de *a1er(e #)!tra'd) "a )1"$a#$%!, #)+) ($ !!#a *1$e(e!($d) de1$da(.Cara#tere(: 18 I!$#$a"+e!te (e de1e! 2ar$a( -re(ta#$)!e(; 28 E" 2'!#") e( !$#); 8 La#a(a e( !$#a; )8 La )1"$a#$%! (e #+-"e #)! !a ()"a de "a( -re(ta#$)!e( de1$da(;58  La( -re(ta#$)!e( 5e #)!t$e!e! a" )1&et) )1"$a#$)!a", d$(t$!ta( e $!de-e!d$e!te(e!tre (', (e e!#e!tra! e! -$e de $a"dad; M8 La( -re(ta#$)!e( de1$da( e(t8! (&eta( a!a e"e##$%! -)(ter$)r, 5e -ede 5edar a #ar) de" ded)r ) de" a#reed)r 3, a!, de! ter#er); (8 Rea"$9ada "a e"e##$%!, "a )1"$a#$%! (e #)!#e!tra e! "a -re(ta#$%! e"e$da,de1$e!d) #)!($der8r(e"a #)+) !$#a de(de e" -r$!#$-$).La e"e##$%!: E! "a( )1"$a#$)!e( a"ter!at$2a(, #)rre(-)!de a" ded)r "a e"e##$%! de "a-re(ta#$%! de !) de ")( )1&et)( #)+-re!d$d)( e! "a )1"$a#$%!. Per) "a( -arte( t$e!e!dere#*) a #)!2e!$r 5e "a e"e##$%! (ea *e#*a -)r e" a#reed)r. E! ta" (-e(t) *a3 !a)1"$a#$%! a"ter!at$2a $rre"ar. E" dere#*) de e"e$r, e( tra!(+$($1"e -)r a#t) e!tre 2$2)() +)rt$( #a(a. La e"e##$%! ta+1$4! -ede (er de&ada a #ar) de ! ter#er) de($!ad)-)r "a( -arte(.

5(. Obligacion% condicional%: conc!"o# di%"in"o% "i!o% d condición.La condicion % na cla%la !o' la cal % %bo'dina la ad6i%ición o !'dida dn d'co a la !'odcción d n co ,"'o inci'"o. La condicion in"g'a lac"o 'idico. El co condicionan" no.

C)!#e-t) de #)!d$#$%!. A#e-#$)!e( $+-r)-$a(. E! t4r+$!)( &r'd$#a+e!te a-r)-$ad)(-ara e" Dere#*) #red$t)r$), !a )1"$a#$%! e( #)!d$#$)!a" #a!d) ( e/$(te!#$a de-e!dede" a#ae#$+$e!t) de ! *e#*) 0tr) e $!#$ert). La #)!d$#$%!, e(tr$#ta+e!te, $+-"$#a "a(1)rd$!a#$%! de "a e/$(te!#$a de "a )1"$a#$%! a ! a#)!te#$+$e!t) 0tr) e $!#$ert).C)!d$#$%! 3 *e#*) #)!d$#$)!a!te. E" *e#*) 0tr) e $!#$ert) a" #a" "a #)!d$#$%! (-ed$ta"a e/$(te!#$a de ! dere#*) e(, e! (', e" *e#*) #)!d$#$)!a!te; 4(te !) $!tera e" a#t) &r'd$#) 6#)+) "a *a#e "a #)!d$#$%!7, ($!) 5e (e e!#e!tra 0era de 4".C"a(e(. P)($t$2a( 3 !eat$2a(. S)! ta"e( (e! e" *e#*) #)!d$#$)!a!te #)!($(tare(-e#t$2a+e!te, e! !a a##$%! ) e! !a )+$($%!.P)($1"e( e $+-)($1"e(. La $+-)($1$"$dad -ede (er +ater$a" 6t)#ar e" #$e") #)! "a( +a!)(7) &r'd$#a 6-re!dar ! I!+e1"e7. E" *e#*) #)!d$#$)!a!te de1e (er $+-)($1"e de +a!era)1&et$2a 6-ara t)d)(7 3 !) (1&et$2a 6-ara e" ded)r7; a(', e( -)($1"e e(ta1"e#er #)+)#)!d$#$%! 5e e" ded)r -$!te ! #adr), a!5e !) (ea -$!t)r. Ca!d) !a )1"$a#$%!e( (1)rd$!ada a" a#ae#$+$e!t) de ! *e#*) #)!d$#$)!a!te $+-)($1"e -)($t$2), "a)1"$a#$%! e( $!e0$#a9.Per) #a!d) e" *e#*) #)!d$#$)!a!te $+-)($1"e e( !eat$2) 6-. e&., te dar4 ! "$1r) ($ !)t)#a( e" #$e") #)! "a( +a!)(7, *a3 !a )1"$a#$%! e0$#a9, 5e e( -ra 3 ($+-"e, 3 !)#)!d$#$)!a".L$#$ta( e $"'#$ta(. La #)!d$#$%! e( $"'#$ta #a!d) (-ed$ta "a e/$(te!#$a de "a )1"$a#$%! a !*e#*) #)!d$#$)!a!te 5e, e! (' +$(+), e( $"'#$t): -)r e&e+-"), te dar4 ! "$1r) ($ +ata( a

F"a!). E! ta" #a() "a )1"$a#$%! #are#e de 2a"$de9.H7 C)rre(-)!de d$(t$!$r e+-er), e! "a #)!d$#$%! ((-e!($2a, ($ e(t8 -re2$(t) 5e e"

*e#*) #)!d$#$)!a!te $"'#$t) (ea ""e2ad) a #a1):a. P)r e" a#reed)r: "a )1"$a#$%! e( !"a 6te -aar4 ($ +ata( a F"a!)7.1. P)r e" ded)r: "a )1"$a#$%! (er'a !"a, -)r #a!t) (e #)!($dera de(*)!e(t)

re(-etar e" Dere#*) -ara !) -aar a"), 3 !) -)r ! (e!t$+$e!t) de de1er 6te-aar4 ($ +at) a F"a!)7.

#. P)r !a ter#era -er()!a: "a )1"$a#$%! e( 28"$da -)r #a!t) e( !a e(-e#$ede (er) -ara e" (-e(t) de 5e ! ter#er) #)+eta ! a#t) $"'#$t) 6D "e -r)+ete-aar a A [ . (' ! ter#er) "e *rta ( at)+%2$"7.

K7 Ca!d) "a #)!d$#$%! re0er$da a ! *e#*) $"'#$t) e( re()"t)r$a, "a )1"$a#$%! e( 28"$da:

te -aar4 [ H. +e!(a"e( +$e!tra( !) de"$!#a(.7 La )1"$a#$%! #)!d$#$)!a", e! #a+1$), (er$a !"a ($ e" *e#*) #)!d$#$)!a!te $"'#$t) 0era

!eat$2): te -aar4 (' !) +ata( a F"a!).Se #)!($dera 5e (er'a $!+)ra" re(-etar "a "e3 -ara #)!(e$r !a 2e!ta&a -atr$+)!$a".

Page 56: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 56/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 5MI"e't$+a(. S)! "a( 5e e" )rde!a+$e!t) &r'd$#) -r)*'1e -)r ra9)!e( de '!d)"e ()#$a", a-e(ar de 5e e" *e#*) #)!d$#$)!a!te a 5e (e re0$ere e( e! (' +$(+) "'#$t).e#*) #)!d$#$)!a!te $!+)ra". Ca!d) e" *e#*) #)!d$#$)!a!te e( $!+)ra", ) #)!trar$) a"a( 1e!a( #)(t+1re(, $!2a"$da "a )1"$a#$%!.E"") der$2a de 5e ($ 4(ta, #)+) a#t), !) -ede te!er ! )1&et) $!+)ra", ta+-)#) "a#)!d$#$%!, #)+) #"8("a de" a#t), -ede e(tar re0er$da a ! *e#*) #)!d$#$)!a!te$!+)ra": -)r e&e+-"): te -aar4 [H, ($ +e e+1r$a).S)1re e" -art$#"ar ta+1$4! de1e! (er e0e#tada( "a( d$(t$!#$)!e( 3a a!a"$9ada(,a-"$#a1"e( (e! 5$4! te!a a ( #ar) e" *e#*) $!+)ra"; "a( ()"#$)!e( ()! a!8")a( ata( a""' e/-e(ta(.Ca(a"e(, -)te(tat$2a( 3 +$/ta(. Se! e(te #r$ter$) ()!:H7 Ca(a"e(: #a!d) e" *e#*) #)!d$#$)!a!te de-e!de de" a9ar ) de" *e#*) de ! ter#er):

te dar4 ($ *)3 ""ea a" -ert) ! #arer) de Er)-a,K7 P)te(tat$2a(: e" *e#*) #)!d$#$)!a!te de-e!de (%") de "a 2)"!tad de" ded)r: te -a)

[ . ($ 5$er). La "e3 "e 5$ta e0$#a#$a, -)r #a!t) !) e( (er$) )1"$ar(e de ta"+)d) 5e #+-"$r ) !) #)! "a )1"$a#$%! 5ede "$1rad) a" ar1$tr$) de" ded)r.Se d$(t$!e "a #)!d$#$%! -ra+e!te -)te(tat$2a 6de-e!d$e!te de "a +era 2)"!tadde" ded)r7 de "a ($+-"e+e!te -)te(tat$2a, e! "a 5e e" *e#*) #)!d$#$)!a!te -ede(er e&e#tad) -)r e" ded)r, ) !) (er"), $!de-e!d$e!te+e!te de ( 2)"!tad, 3a 5e(e #)!e#ta #)! #$r#!(ta!#$a( a&e!a( a 4" 6-. e&., te -re(tar4 +$ #a(a ($ +e rad$#) e!EE.UU.7; e! ta" (-e(t) "a )1"$a#$%! e( 28"$da.

7 M$/ta(: e" *e#*) #)!d$#$)!a!te de-e!de e! -arte de "a 2)"!tad de" ded)r, 3 e!-arte "e e( a&e!): ($ *)3 (e &ea e" -art$d) de te!$(, 3 #)!#rr) a -re(e!#$ar"), te""e2ar4 #)!+$); ()!, a(', !a #)+1$!a#$%! de "a( #)!d$#$)!e( #a(a"e( 3 "a(-)te(tat$2a(.

5. Obligacion% d da' co%a% ci'"a%. Cla%i,icacion !a'a con%"i"i' d'co% 'al% !a'a '%"i"i'la% a % dVo !a'a "'an%,'i' % %o !a'a "'an%,'i' % "nnciaLa% obligacion% d da' co%a% ci'"a% ()! a5e""a( 5e t$e!e! -)r )1&et) "a e!treade !a #)(a deter+$!ada a" +)+e!t) de #)!traer(e "a )1"$a#$%!.a8 l ($(te+a are!t$!) re5$ere "a trad$#$%! de "a #)(a, -er) ($ (e trata de $!+e1"e(

re5$ere ta+1$e! "a $!(#r$-#$%! e! e" re$(tr) #)rre(-)!d$e!te -)r5e de ") #)!trar$)!) e( )-)!$1"e a ter#er)(. D$#*a $!(#r$-#$%! t$e!e e0e#t) de#"arat$2) 6!)#)!(t$tt$2)7

b8 E ")#atar$) 5e re(t$t3e "a #)(a a" ")#ad)r 6-r)-$etar$)7c8 E& e" ")#ad)r 5e (e )1"$a a tra!(0er$r e" () -)r ! -re#$)d8 E& de-)($t) 6( e(td$) #)rre(-)!de a #)!trat)(7

OBLIGACIONES DE ACER. PRESTACION DE UN SERVICIO O REALI<ACION DE UNECO.

OBLIGACIONES DE NO ACER. UNA CONDUCTA CONSISTENTE EN UNA ABSTENCION.SU INCUMPLIMIENTO PERMITE RECLAMAR LA DESTRUCCION DE LO ECO MASDA]OS Y PER=UICIOS.

5R. Obligacion% d da' co%a% ci'"a%. +%a''oll. In&bl%. 'an%,'ncia dd'co% 'al%.C)!#e-t). De a#erd) #)! "a !atra"e9a de "a -re(ta#$%! "a( )1"$a#$)!e( (e #"a($0$#a!

a(': de dar, de *a#er 3 de !) *a#er. La )1"$a#$%! de dar e!traa ! *e#*) -)($t$2), a(e+e&a!9a de "a de *a#er, -er) +$e!tra( e! "a -r$+era d$#*) *e#*) #)!($(te((ta!#$a"+e!te e! "a e!trea de !a #)(a, e! "a (e!da re#ae ((ta!#$a"+e!te ()1re!a a#t$2$dad.La )1"$a#$%! de !) *a#er, -)r e" #)!trar$), re#ae ()1re !a a1(te!#$%! ) *e#*) !eat$2).

Page 57: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 57/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 5(La )1"$a#$%! de dar #)!($(te e! "a e!trea de !a #)(a; #)(a( ()! ")( )1&et)(+ater$a"e( ((#e-t$1"e( de te!er ! 2a")r.La( )1"$a#$)!e( de dar ()! (1#"a($0$#ada( e! )1"$a#$)!e( de dar #)(a( #$erta( 3 de dar#)(a( $!#$erta(, (e! 5e "a -re(ta#$%! (ea deter+$!ada: 18 a1 $!$t$!, de(de e" +$(+)!a#$+$e!t) de "a )1"$a#$%!; ) 28  #)! -)(ter$)r$dad, -)r !a e"e##$%! ) -)r !a$!d$2$da"$9a#$%!.C"a($0$#a#$%! (e! "a 0!#$%! e#)!%+$#)&r'd$#a de "a -re(ta#$%!. a3: 18 )1"$a#$)!e(de dar #)(a( #$erta( -ara #)!(t$t$r dere#*)( rea"e(; 27 -ara re(t$t$r"a( a ( de); 8-ara tra!(0er$r ( (); 3 7 -ara tra!(0er$r ( te!e!#$a.De1ere( de" ded)r. L)( de1ere( 0!da+e!ta"e( de" ded)r ()!: 18 #)!(er2ar "a #)(a 328  e!trear"a a" a#reed)r e! e" "ar 3 t$e+-) 5e #)rre(-)!da, #)! t)d)( ((a##e()r$)(. E" de1er de #)!(er2ar "a #)(a !) e(t8 #)!te+-"ad) e/-re(a+e!te e! e"#a-'t") de" C%d$) C$2$" 5e "e$("a ()1re "a( )1"$a#$)!e( de dar #)(a( #$erta(, ($!) 5e(re $+-"'#$ta+e!te 3 e/-"'#$ta+e!te.E" de1er de e!trear "a #)(a #)! t)d)( (( a##e()r$)(:e" ded)r de "a )1"$a#$%! e(re(-)!(a1"e a" a#reed)r, de ")( -er&$#$)( e $!tere(e(, -)r 0a"ta de "a( d$"$e!#$a(!e#e(ar$a( -ara "a e!trea de "a #)(a e! e" "ar 3 t$e+-) e(t$-"ad)(, ) e! e" "ar 3t$e+-) 5e e" &e9 de($!are, #a!d) !) *1$e(e e(t$-"a#$%! e/-re(a.D$"$e!#$a( !e#e(ar$a(. E" ded)r e(t8 -re#$(ad) a #)+-)rtar(e d$"$e!te+e!te e! e"#+-"$+$e!t) de ( de1er de e!trear, e( de#$r, de1e ad)-tar "a( +ed$da( !e#e(ar$a(-r)-$a( de #ada #a().S$(te+a( de tra!(+$($%! de dere#*)( rea"e(. C)!#e-t). A!te( de "a trad$#$%! 6e!trea7!) (e ad5$ere dere#*) rea" ()1re "a #)(a. E! e" ($(te+a are!t$!) e/$(te ! dere#*) a "a#)(a 6&( ad re+7, 5e (e #)!2$erte e! dere#*) ()1re "a #)(a 6&( $! re7 re#$4! de(-4(de -r)d#$da "a e!trea. A!te( de e""a e" a#reed)r de "a )1"$a#$%! de dar -ara #)!(t$t$rdere#*)( rea"e( t$e!e ! &( ad re+, ! dere#*) a 5e (e "e e!tree "a #)(a, -er) !)! dere#*) rea" ()1re e""a.S$(te+a are!t$!). A!te( de "a trad$#$%! de "a #)(a, e" a#reed)r !) ad5$ere ()1re e""a!$!! dere#*) rea". t)d)( ")( dere#*)( 5e !a -er()!a tra!(+$te -)r #)!trat) a )tra-er()!a, (%") -a(a! a" ad5$re!te de e()( dere#*)( -)r "a trad$#$%!, #)! e/#e-#$%! de ")5e (e d$(-)!e re(-e#t) a "a( (#e($)!e(. N) (e $!(t$t3e e" ($(te+a de ")( re$(tr)(,"$+$t8!d)(e a *a#er") re(-e#t) de "a( *$-)te#a(.I!+e1"e(: "a ad5$($#$%! ) tra!(+$($%! de dere#*)( rea"e( ()1re $!+e1"e(, ()"a+e!te(e &9ar8 -er0e##$)!ada +ed$a!te "a $!(#r$-#$%! de ")( re(-e#t$2)( t't")( e! ")(re$(tr)( $!+)1$"$ar$)( de "a &r$(d$##$%! 5e #)rre(-)!da. E(a( ad5$($#$)!e( )tra!(+$($)!e( !) (er8! )-)!$1"e( a ter#er)( +$e!tra( !) e(t4! re$(trada(.De e(a +a!era 0e $!tr)d#$d) ! !e2) re5$($t), a-arte de "a trad$#$%! 3 "a e(#r$tra-1"$#a, -ara 5e "a tra!(+$($%! de dere#*)( rea"e( ()1re !a #)(a $!+e1"e (ea)-)!$1"e a ter#er)(: "a $!(#r$-#$%! de ")( t't")( e! ")( re$(tr)( $!+)1$"$ar$)(.D$#*a $!(#r$-#$%! t$e!e e0e#t) +era+e!te de#"arat$2), e( de#$r, !) #)!(t$tt$2), -)r

#a!t) ()"a+e!te *a#e )-)!$1"e a ter#er)( "a ad5$($#$%! de" dere#*).

M0. Obligacion% d da' din'o: conc!"o# '3gi&n lgal. El din'o: ,ncion%#ca'ac"'/%"ica%# di%"in"a% cla%% d &onda. Obligacion% n &onda nacional 4obligacion% n &onda "'an'a. In"'%%.La )1"$a#$%! e( de dar d$!er) #a!d), de(de ( +$(+) !a#$+$e!t), e" ded)r e(t8)1"$ad) a e!trear !a deter+$!ada #a!t$dad de +)!eda.E" d$!er). C)!#e-t). e( a5e""a #)(a +e1"e 5e e" #)+er#$) t$"$9a #)+) +ed$da de2a")r -ara t)da #"a(e de 1$e!e(, -d$e!d) -)r ") ta!t) e+-"ear(e #)+) +ed$da e!era"de #a+1$). E! de0$!$t$2a, e" d$!er) e( e" de!)+$!ad)r #)+! de ")( 2a")re( e$!(tr+e!t) $d%!e) -ara "a #a!#e"a#$%! #red$t$#$a.

F!#$)!e(: E" d$!er) de(e+-ea d)( 0!#$)!e( e#)!%+$#a( e(e!#$a"e(: ($r2e 18  #)+)+ed$) de #a+1$), -e( -ede (er t$"$9ad) -ara -r)-)r#$)!ar )tr)( 1$e!e( a" -)(eed)rde" d$!er), 5e ()! )1te!$d)( a #a+1$) de 4"; 3 28 #%+) +ed$da de" 2a")r de ta"e(1$e!e(.

Page 58: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 58/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 5Cara#tere(. E" d$!er) e(: 18  #)(a +e1"e; 28 0!$1"e, -e( "a( !$dade( +)!etar$a(-ede! (er $!ter#a+1$ada( -)r )tra( !$dade( de "a +$(+a e(-e#$e 3 #a"$dad 5ere-re(e!te! $a" #a!t$dad; 8 #)!(+$1"e, -)r5e de(a-are#e -ara ( -r)-$etar$) #)! e"-r$+er () 5e *aa de 4"; )8 d$2$($1"e, -e( ad+$te e" 0ra##$)!a+$e!t); 58 t$e!e #r()"ea" ") #a" ($!$0$#a 5e e" a#reed)r !) (e -ede re*(ar &r'd$#a+e!te a re#$1$r"a e!-a) #a!d) "e e( )0re#$da -)r e" ded)r e! #+-"$+$e!t) de ( )1"$a#$%!: M8  t$e!e#r() 0)r9)(), 5e ($!$0$#a e! #a+1$) "a #a"$dad de #r() "ea" a-"$#ada a" -a-e"+)!eda $!#)!2ert$1"e.

DISTINTAS CLASES DE MONEDA:MONEDA METALICA. ORO PLATA ETCMONEDA DE PAPEL. BILLETE CON RESPALDO DEL ESTADOPAPEL MONEDA ,SIN RESPALDO DEL ESTADO PERO DE CURSO LEGAL Y FOR<OSO

LAS OBLIGAC EN MONEDA ETRAN=ERA, ES UNA OBLIGAC DE DAR SUMAS DE DINERO.SE DIFERENCIA DE LA MONEDA NACIONAL EN QUE NO TIENE CURSO FOR<OSO

INTERESES: SON INCREMENTOS QUE DEVENGAN LAS OBLIGACIONES DINERARIAS POREL TRANSCURSO DEL TIEMPO, YA SEA COMO RETRIBUCION POR EL USO DEL DINEROA=ENO O BIEN COMO INDEMNI<ACION POR EL RETARDO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAOBLIGACION. PUEDEN SER COMPENSATORIOS. MORATORIOS. PUNITORIOS.

M1. Obligacion% d &dio% 4 d '%l"ado%.C)!#e-t). E! "a )1"$a#$%! de re("tad) e" ded)r (e #)+-r)+ete a" #+-"$+$e!t) de !deter+$!ad) )1&et$2), #)!(e#e!#$a ) re("tad). E! "a )1"$a#$%! de +ed$)( e" ded)r(%") #)+-r)+ete !a a#t$2$dad d$"$e!te, 5e t$e!de a" ")r) de #$ert) re("tad)e(-erad), -er) ($! a(erar 5e 4(te (e -r)d9#a.P)r e&e+-"), ! a1)ad) (e )1"$a a de0e!der a ( #"$e!te e! ! &$#$) +ed$a!te "a(a#ta#$)!e( !e#e(ar$a( -ara ")rar ! re("tad) -)($t$2), -er) !!#a -ede -r)+etert$"+e!te a!ar e" -"e$t) 6re("tad)7, -)r5e e"") ta+1$4! de-e!de de $+-)!dera1"e(5e e(#a-a! a ( #)!tr)".O1"$a#$)!e( de re("tad). Ca()(. a! ($d) e!#)!trada( )1"$a#$)!e( de re("tad) e!d$2er(a( re"a#$)!e( #)!tra#ta"e(:H. L)#a#$%! de )1ra. La )1"$a#$%! de" ")#ad)r e( rea"$9ar !a )1ra deter+$!ada 6-. e&.

#)!(tr$r !a +85$!a7, 3 "a de" ")#atar$), -aar ! -re#$) e! d$!er); a+1a( ()! dere("tad). Ta" #)!trat), e! ") a5' -ert$!e!te, (e d$0ere!#$a de "a ")#a#$%! de (er2$#$)(-)r5e e! 4(ta "a 0$!a"$dad -er(e$da e( e" tra1a&) e! (' de" ")#ad)r 6+ed$)(7 3 !) e"re("tad) )1ra.

K. C)+-ra2e!ta. La )1"$a#$%! de" #)+-rad)r de -aar e" -re#$), 3 "a de" 2e!ded)r dee!trear "a #)(a.

. Tra!(-)rte. La )1"$a#$%! de" -)rtead)r de tra!(-)rtar a" -a(a&er) (a!) 3 (a"2) ade(t$!) 6)1"$a#$%! de (er$dad de re("tad)7, 3 "a de e(te "t$+) de a1)!ar e"-re#$).

. C)+)dat). La )1"$a#$%! de" #)+)datar$) de re(t$t$r "a #)(a )1&et) de" #)!trat) a (ter+$!a#$%!.

J. De-%($t) 3 ")#a#$%!, de #)(a(. La )1"$a#$%! de re(t$t#$%! de "a #)(a a #ar) de"de-)($tar$) 3 de" ")#atar$), re(-e#t$2a+e!te.

R4$+e!. E! "a )1"$a#$%! de re("tad) a" a#t)r "e 1a(ta a#red$tar ( #a"$dad de a#reed)r.Para "$1erar(e, a" de+a!dad) ta+1$4! "e $!#+1e -r)d#$r #$erta -re1a.O1"$a#$)!e( de +ed$)(. Ca()(. a! ($d) #)!($derada( )1"$a#$)!e( de +ed$)(:H. L)#a#$%! de (er2$#$)(. La )1"$a#$%! de" e+-"ead) de -re(tar ( tra1a&) #)+) ta", ($!

-r)+eter "a rea"$9a#$%! de ! re("tad).K. C)+)dat). La )1"$a#$%! de" #)+)datar$) de #)!(er2ar "a #)(a e! 1e! e(tad).. De-%($t). La )1"$a#$%! de" de-)($tar$) de ardar d$"$e!te+e!te "a #)(a a&e!a.

Page 59: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 59/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - 5R. Ser2$#$)( -r)0e($)!a"e(. La )1"$a#$%! de" a1)ad) de a#tar #)! -er$#$a 3 d$"$e!#$a

e! "a de0e!(a de ( #"$e!te e! ! -"e$t), ($! 5e (ea da1"e ara!t$9ar e" 4/$t); "a)1"$a#$%! de" +4d$#) de 1r$!dar ! trata+$e!t) $d%!e) a ( -a#$e!te.

J. Ad+$!$(tra#$%!. La )1"$a#$%! de" ad+$!$(trad)r de 1$e!e( a&e!)( de t)+ar "a(-re#a#$)!e( -ara #)!(er2ar")(.

. L)#a#$%! de #)(a(. La )1"$a#$%! de" ")#atar$) de #)!(er2ar "a #)(a ")#ada.R4$+e!. C)!0)r+e a "a #)+-re!($%! #)rr$e!te, e! t)da )1"$a#$%! de +ed$)( $!#+1$r'aa" a#reed)r "a -re1a de" $!#+-"$+$e!t) 3 de "a #"-a de" ded)r.

Unidad 1)M2. AGO CON SUB9OGACION

;eorías intermedias

Tstas pretenden conciliar los dos efectos trascendentes del pago con subrogaciónA el cumplimiento dela prestación que hace al ob(eto de la obligación y la transmisión del cr"dito al tercero pagador . En estesentido, se ha dichoA

a. Fenómeno complejo" el pago con subrogación sería una figura impuesta por las necesidades de la prctica, que no puede subsumirse en un esquema preconcebido. Bespondería a un fenómeno comple(o,comprensi#o de las ideas de pago, desdoblamiento de la relación (urídica por la cual se extingue elderecho del acreedor al quedar "ste desinteresado, pero subsistiendo intacta la obligación en cabeza deldeudor, y la transmisión del derecho del acreedor al tercero pagador. $sí, este instituto sería unasimbiosis entre un pago relati#o y una sucesión singular de derechos +'lambías4.

 b. Etinción relativa" desde esta postura, similar a la anterior, se destaca que en el pago por subrogaciónel cumplimiento no extingue la obligación, ya que quedan pendientes otras operaciones como elreembolso al terceroJ solvens y la liberación del deudor 

)lases de subrogación

Seg9n cul sea su fuente, la subrogación puede ser legal o con#encional +art. 6- ))y)34. 'asubrogación legal surge de la ley misma, con independencia de la #oluntad de las partes; mientras que lasubrogación con#encional pro#iene de la #oluntad de los interesados, sea por con#enio con el acreedor ocon el deudor. Es así que la ley o bien los interesados pueden determinar en qu" casos tendr lugar estecomple(o sistema de relaciones del que participan el tercero pagador, el acreedor originario y el deudor.

UNI+A+ 15M. 9nncia 4 9&i%ión.

Re!!#$a. C)!#e-t). E(te +)d) e/t$!t$2) (e da #a!d) e" a#reed)r a1d$#a ! dere#*)

(1&et$2) 5e e" )rde!a+$e!t) "e *a #)!#ed$d) !$#a+e!te e! ( $!ter4( -art$#"ar. E"C%d$) C$2$" ") "e$("a #)! !a e!era"$dad )+!$#)+-re!($2a de ")( dere#*)(-atr$+)!$a"e(: -er()!a"e( 3 rea"e(. ES EL ACTO =URIDICO POR EL CUAL UNA PERSONAACE ABANDONO O SE DESPRENDE DE UN DERECO DANDOLO POR ETINGUIDO.E(-e#$e(. La re!!#$a -ede (er *e#*a -)r a#t)( e!tre 2$2)( ) -)r d$(-)($#$)!e( de"t$+a 2)"!tad. La re!!#$a, *e#*a -)r a#t)( e!tre 2$2)(, -ede (er: H7 a t't")rat$t); 3 K7 a t't") )!er)(), ($ (e *a#e -)r ! -re#$) ) !a -re(ta#$%! #a"5$era.E"e+e!t)(. C)+) a#t) &r'd$#), "a re!!#$a re5$ere "a #)!#rre!#$a de e(t)( e"e+e!t)(:18 "a #a-a#$dad de" )t)ra!te; 28 ! )1&et), #)!($(te!te e! ! dere#*) ((#e-t$1"e de(er re!!#$ad); 8 "a 0)r+a, e! ")( #a()( e! 5e e( e/$$da 6a!5e -)r re"a !) e( a#t)0)r+a"7; 3 )8 "a #)rre(-)!d$e!te -re1a.

La( -er()!a( #a-a#e( de *a#er !a re!!#$a -ede! re!!#$ar a t)d)( ")( dere#*)(e(ta1"e#$d)( e! ( $!ter4( -art$#"ar, a!5e (ea! e2e!ta"e( ) #)!d$#$)!a"e(H. S)! re!!#$a1"e(, -)r ") e!era", ")( dere#*)( (1&et$2)( -atr$+)!$a"e( 6rea"e( )

-er()!a"e(7, -)r e&e+-") -r)#ede "a re!!#$a de" dere#*) a" #)1r) de$!de+!$9a#$)!e( -)r $!#+-"$+$e!t) de #)!trat)(.

Page 60: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 60/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - M0K. S)! $rre!!#$a1"e(: E" dere#*) a a"$+e!t)( 0tr)(, 5e ta+-)#) -ede (er #ed$d).E" dere#*) a re!!#$ar !a *ere!#$a 0tra. E" dere#*) de -ed$r e! #a"5$er t$e+-) "ad$2$($%! de" #)!d)+$!$) E! +ater$a "a1)ra": !) (e -ede! re!!#$ar ")( dere#*)(-re2$(t)( e! "a( "e3e( de C)!trat) de Tra1a&).La re!!#$a, #)+) a#t) &r'd$#), !) e( 0)r+a". Pede (er e/ter$)r$9ada 2er1a"+e!te ) -)re(#r$t) 3, e! e(te "t$+) #a(), a tra24( de ! $!(tr+e!t) -1"$#) ) -r$2ad). La -re1ade "a re!!#$a -ede (er *e#*a -)r #a"5$er +ed$), $!#"() te(t$)( ) -re(!#$)!e(. La-re1a de "a re!!#$a -ede (er *e#*a -)r #a"5$er +ed$), $!#"() te(t$)( )-re(!#$)!e(.Re+$($%!. C)!#e-t). E(te +)d) e/t$!t$2) 6-)r !atra"e9a a#t) &r'd$#) !$"atera"7#)!($(te e! "a a1d$#a#$%! rat$ta 3 -)r a#t) e!tre 2$2)( de ( -r)-$) #r4d$t) rea"$9ada-)r e" a#reed)r, 5e #)!""e2a "a "$1era#$%! de" 2'!#") &r'd$#) a" 5e (e *a""a1a#)!(tre$d) e" ded)r.ES LA RENUNCIA A UNA OBLIGACION. A DIFERENCIA DE LA RENUNCIA QUE SE REFIEREA TODA CLASE DE DERECOS, LA REMISION ES MAS ESPECIFICA Y SE REFIERE A LAETINCION DE OBLIGACIONES .

M). 9ANSISION +E +E9ECKOS U OBLIGACIONES: %!on la '%"i"cion dlac'do' o dl ddo' n na obligación c4o con"nido !'&anc in&"abl.E% cando na !'%ona %cd a o"'a.

a&bin !d %' lgal# oln"a'ia# ni'%al 7% ',i' a na "o"alidad8#!a'"icla'# n"' io% # o &o'"i% ca%a.

CESION +E +E9ECKOS: Ka4 c%ion d d'co% cando na d la% !a'"%"'an%,i' a la o"'a n d'co.

GA9ANIA +E E;ICCION: El cdn" ga'an"ia la i%"ncia 4 la lgi"i&idad dldco# al "i&!o d la c%ion# c!"o 6 % "'a" d n d'co li"igio%o oddo%o.

CESION +E +EU+AS: In'%o a la c%ion d dco% la 'lacion obligacional %&an"in# ca&biando nica&n" l ddo'.

+ACION EN AGO: ES O9A FO9A +E EHINCION. E% cando l ac'do' 'ciboln"a'ia&n" !o' !ago d la dda algna co%a 6 no %a din'o n%%"i"ción d lo 6 % dbia n"'ga'# o dl co 6 % l dbia !'%"a'.

M5. 'an%acción: conc!"o# ,o'&a%# '6i%i"o%# ,c"o%.S$ 1$e! #)+!+e!te e" ((ta!t$2) tra!(a##$%! a"de a #a"5$er t$-) de #)!2e!#$%!, &r'd$#a+e!te ($!$0$#a ! a#t) &r'd$#) 1$"atera", -)r e" #a" "a( -arte(, *a#$4!d)(e

#)!#e($)!e( re#'-r)#a(, e/t$!e! )1"$a#$)!e( "$t$$)(a( ) dd)(a(.Para 5e (e #)!0$re "a tra!(a##$%! e( !e#e(ar$a "a #)!#rre!#$a de d)( re5$($t)(: "a(#)!#e($)!e( re#'-r)#a( 5e (e de1e! *a#er "a( -arte(, 3 "a 0$!a"$dad de e/t$!$r)1"$a#$)!e( "$t$$)(a( ) dd)(a(.L)( at)re( area! ta+1$4! "a !e#e($dad de ! a#erd) de -arte(, 3 "a #a-a#$dad dee""a( -ara #)!#ertar "a tra!(a##$%!, 5e ()! #)+!e( a t)d) a#t) &r'd$#) 1$"atera".H. C)!#e($)!e( re#'-r)#a(. La "e3 e/$e 5e "a( -arte( (e *aa! #)!#e($)!e( 3 5e 4(ta(

(ea! re#'-r)#a(. Cada !a de1er8, -e(, (a#r$0$#ar e! a"!a +ed$da (( dere#*)( )-rete!($)!e(. N) *a#e 0a"ta, ($! e+1ar), 5e "a( #)!#e($)!e( 5e #ada -arte rea"$9a(ea! e5$2a"e!te( ) de $a" 2a")r 5e "a( 2e!ta&a( )1te!$da( a #a+1$).

K. E/t$!#$%! de )1"$a#$)!e( "$t$$)(a( ) dd)(a(. La tra!(a##$%! de1e e(tar e!#a+$!ada

a e/t$!$r )1"$a#$)!e( "$t$$)(a( ) dd)(a(. L)( dere#*)( de "a( -arte( de1e! e(tare! te"a de &$#$), *a de tratar(e -)r ") ta!t) de dere#*)( #)!te(tad)(, $!#$ert)(.

Cara#tere(:a7 E( $!d$2$($1"e.

Page 61: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 61/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - M117 De $!ter-reta#$%! re(tr$!$da !) #a1e!, -e(, $!ter-reta#$)!e( e/te!($2a(, 3 e! #a()

de dda (e de1e #)!#"$r 5e (%") a0e#ta! a ")( dere#*)( 5e $!e5'2)#a+e!te *a3a!($d) tra!(ad)(.

#7 E! -r$!#$-$) t$e!e e0e#t) de#"arat$2) 3 !) tra("at$2) de dere#*)(. P)r "a tra!(a##$%!!) (e tra!(+$te!, ($!) 5e (e de#"ara! ) re#)!)#e! dere#*)( 5e *a#e! e" )1&et) de"a( d$0ere!#$a( ()1re 5e e""a $!ter2$e!e.

d7 C)+) #)!trat) e( 1$"atera", )!er)() 3 #)!(e!(a".La tra!(a##$%! -ede (er: 18  =d$#$a", #a!d) t$e!e "ar e! &$#$) 3 (e re0$ere a)1"$a#$)!e( "$t$$)(a( 28  E/tra&d$#$a", #a!d) e( rea"$9ada re(-e#t) de )1"$a#$)!e(dd)(a(, ($! $!ter2e!#$%! de ")( tr$1!a"e(.E0e#t) de#"arat$2): -r$!#$-$). La tra!(a##$%! !) t$e!e e0e#t) tra("at$2) ($!) de#"arat$2) dedere#*)(. Q$e! tra!($e, a" ad+$t$r e" dere#*) de ( #)#)!trata!te !) (e ") tra!(+$te,($!) 5e (e re-ta 5e e(e dere#*) 3a e/$(t'a de(de e" -r$!#$-$) e! "a t$t"ar$dad de5$e! e"$+$!a d$(#($)!e( -)r +ed$) de "a tra!(a##$%!.E0e#t) e/t$!t$2): -r$!#$-$). La tra!(a##$%! e/t$!e ")( dere#*)( 3 )1"$a#$)!e( 5e "a(-arte( *1$e(e! re!!#$ad), 3 t$e!e -ara #)! e""a( "a at)r$dad de "a #)(a &9ada.L$+$ta#$)!e( a" e0e#t) e/t$!t$2). A -e(ar de d$#*) e0e#t) e/t$!t$2), "a tra!(a##$%! *e#*a-)r !) de ")( $!tere(ad)(, !$ -er&d$#a !$ a-r)2e#*a a ter#er)( !$ a ")( de+8($!tere(ad)(, a! #a!d) "a( )1"$a#$)!e( (ea! $!d$2$($1"e(

MM. Noación: conc!"o# di%"in"o% "i!o% o %!ci%# ,c"o%.La !)2a#$%! e( "a tra!(0)r+a#$%! de !a )1"$a#$%! e! )tra. E(ta de0$!$#$%! "ea" e($!#)rre#ta -)r5e !) de(#r$1e a-r)-$ada+e!te e" 0e!%+e!) !)2at)r$). E( -re0er$1"e#ara#ter$9ar") #)! "a $dea de" ree+-"a9) de !a )1"$a#$%! -ree/$(te!te -)r )tra !e2a5e "a ((t$t3e.La !)2a#$%! 0!#$)!a #)+) +)d) e/t$!t$2) de "a -r$+$t$2a )1"$a#$%!, 3 )-era #)+)#a(a de "a !e2a )1"$a#$%! 5e e( #reada -)r "a ()"a 2$rta"$dad !)2at)r$a. L)(e"e+e!t)( de "a !)2a#$%! ()!:a7 O1"$a#$%! a!ter$)r: !) *a3 !)2a#$%! ($ "a )1"$a#$%! a!ter$)r era !"a 6de !"$dad

a1()"ta7, ) ($ era #)!d$#$)!a", 3 (e 0r(tra -)r 0ra#a(ar e" *e#*) #)!d$#$)!a!te a" #a"(e *a""a1a (-ed$tada ) -)r #+-"$r(e "a #)!d$#$%! re()"t)r$a; -ede *a1er !)2a#$%!($ "a )1"$a#$%! a!ter$)r era !atra".

17 O1"$a#$%! !e2a: !) -ede (er !"a 6de !"$dad a1()"ta7, -er) (' de !"$dad re"at$2a3 "e) #)!0$r+ada. N) *a1r8 !)2a#$%! ($ !a )1"$a#$%! -ra (e #)!2$erte e! )tra)1"$a#$%! #)!d$#$)!a" 3 ($ ""ea a 0a"tar "a #)!d$#$%! -e(ta e! "a (e!da; e! e(te#a() 5edar8 (1($(te!te "a -r$+era.

#7 A!$+( !)2a!d$: La !)2a#$%! !) (e -re(+e. E( -re#$() 5e "a 2)"!tad de "a(-arte( (e +a!$0$e(te #"ara+e!te e! "a !e2a #)!2e!#$%!, ) 5e "a e/$(te!#$a de "aa!ter$)r )1"$a#$%! (ea $!#)+-at$1"e #)! "a !e2a.

d7 Ca-a#$dad: S%") -ede! *a#er !)2a#$%! e! "a( )1"$a#$)!e(, ")( 5e -ede! -aar 3

")( 5e t$e!e! #a-a#$dad -ara #)!tratar.La !)2a#$%! e( )1&et$2a #a!d) e" #a+1$) $!2)"#ra a a"!)( de ")( e"e+e!t)( )1&et$2)(de "a )1"$a#$%!: "a -re(ta#$%! ) "a #a(a. S$! e+1ar), *a1r8 !)2a#$%! ($e+-re 5e (e-r)d9#a ! #a+1$) 0!da+e!ta", de re("ta( de" #a" (e #)!0$re !a !e2a)1"$a#$%!. a3 K #"a(e(:H. Ca+1$) de -re(ta#$%!: Se #)!0$ra #a!d), -)r e&e+-"), !a )1"$a#$%! de dar

d$!er) (e #)!2$erte e! !a de dar #)(a( #$erta(: ) !a )1"$a#$%! de *a#er (e#)!2$erte e! !a de dar; et#4tera,

K. Ca+1$) de #a(a: Se t$"$9a a5' "a -a"a1ra #a(a e! ( (e!t$d) de 0e!te, #)+)e!erad)ra de )1"$a#$)!e(; 3 a(' *a1r8 !)2a#$%! #a!d) ! #)!trat) de #)+-ra2e!ta(ea #)!2ert$d) e! ")#a#$%! 3 (ea! $+-tada( a a"5$"ere( "a( #)ta( a1)!ada( a #e!ta

de" -re#$); ) #a!d) ! de-%($t) (ea #)!2ert$d) e! -r4(ta+).La !)2a#$%! e( (1&et$2a #a!d) #a+1$a a"!) de ")( (&et)( de "a re"a#$%! )1"$at)r$a,) #a+1$a! a+1)(. La !)2a#$%! (er8, -e(, (1&et$2a: 18 -)r #a+1$) de a#reed)r; 28 -)r#a+1$) de ded)r; 3 8 -)r #a+1$) #)!&!t) de ded)r 3 a#reed)r.

Page 62: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 62/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - M2E0e#t)(: #)!($(te! e! "a e/t$!#$%! de "a )1"$a#$%! -r$+$t$2a 3 "a #rea#$%! de !a !e2a.La !)2a#$%! e/t$!e -e(, #)!&!ta+e!te #)! "a )1"$a#$%! -r$+$t$2a, ")( a##e()r$)(ta"e( #)+) -re!da( ) *$-)te#a(, $!tere(e( ) -r$2$"e$)( 5e t2$ere; 3 "a( )1"$a#$)!e(a##e()r$a(, #)+) #"8("a( -e!a"e( ) 0$a!9a(. e" a#reed)r ($! e+1ar) -ede, -)r !are(er2a e/-re(a, $+-ed$r "a e/t$!#$%! de ")( -r$2$"e$)( e *$-)te#a( de" a!t$) #r4d$t),5e e!t)!#e( -a(a! a "a !e2a ($e+-re 3 #a!d) (ea rea"$9ada e! e" a#t) +$(+) de "a!)2a#$%!, 3 (ea e/-re(a.

M(. )onfusiónEl efecto de la confusion es extinguir la obligac con todos sus accesorios

Existe confusión cuando las calidades de acreedor y de deudor se re9nen en una misma persona y enun mismo patrimonio +art. 62 ))y)34. En este caso, la extinción de la obligación se produce por imposibilidad de cumplimiento, ya que una persona no puede exigirse a sí misma la satisfacción de una

 prestación. =esaparece así uno de los elementos esenciales de la relación obligacional, cual es laexistencia de un su(eto acreedor distinto del su(eto deudor.

$ su #ez, a diferencia de aquello que ocurre con la compensación, donde acreedor y deudor re9nenrecíprocamente la calidad de acreedor y deudor pero con relación a dos obligaciones diferentes, laconfusión opera respecto de una obligación 9nica y un 9nico patrimonio, debiendo presentarse aquellascalidades por derecho propio +y no actuarse como apoderado o representante del obligado4.)onsecuentemente, son requisitos de la confusiónA a4 que exista una 9nica relación obligatoria entre losmismos su(etos, quedando las calidades de acreedor y deudor reunidas en una misma persona; b4 que talobligación recaiga a su #ez sobre un patrimonio 9nico +así, por e(emplo, no se confunden el patrimoniodel heredero con el del causante, en el caso de su actuación con responsabilidad limitada Fsituaciónantes conocida como actuación del heredero con beneficio de in#entarioF4, y c4 que los obligadosact9en por derecho propio +de este modo, no existe confusión si el representante de una persona resulta

deudor o acreedor de su representadoM. Co&!n%ación: Conc!"o. Cla%%. 96i%i"o% d la co&!n%ación lgal.La #)+-e!(a#$%! de "a( )1"$a#$)!e( t$e!e "ar #a!d) d)( -er()!a( -)r dere#*)-r)-$), re!e! "a #a"$dad de a#reed)r 3 ded)r re#'-r)#a+e!te, #a"e(5$era 5e (ea!"a( #a(a( de !a 3 )tra deda. E""a e/t$!e #)! 0er9a de -a), "a( d)( deda(, *a(tad)!de a"#a!#e "a +e!)r, de(de e" t$e+-) e! 5e a+1a( #)+e!9ar)! a #)e/$(t$r.C"a(e(:H7 C)!2e!#$)!a" ) 2)"!tar$a, #a!d) !a#e de "a "$1re de#$($%! de ")( $!tere(ad)(.K7 Lea", ($ 0!#$)!a +$!$(ter$) "e$(.7Fa#"tat$2a, #a!d) "a -arte 0a2)re#$da -)r "a a(e!#$a de ! re5$($t) de "a

#)+-e!(a#$%! "ea" de#"ara ( 2)"!tad de re!!#$ar.7 =d$#$a", 5e )-era -)r +$!$(ter$) de" &e9, a" -r)!!#$ar(e ()1re "a de+a!da 3 "a

e2e!ta" re#)!2e!#$%!.C)+-e!(a#$%! "ea": E( "a 5e d$(-)!e "a "e3, a! #)!tra "a 2)"!tad de a"!a de "a(-arte(, a ") #a" !) )1(ta 5e (%") 0!#$)!e +ed$a!te "a a"ea#$%! de -arte $!tere(adaRe5$($t)(:a7 Re#$-r)#$dad de ")( #r4d$t)(. La( -arte( de1e! re!$r re#'-r)#a+e!te "a(

#a"$dade( de a#reed)r 3 ded)r. La( #a(a( de !a 3 )tra deda ()! $!d$0ere!te(. Ya(' W-)r e&e+-")W -ede! (er #)+-e!(ada( )1"$a#$)!e( !a#$da( de tra!(a##$)!e(+er#a!t$"e( 3 de a#t)( #$2$"e(, $!d$(t$!ta+e!te,

17 T't") d$0ere!te. L)( #r4d$t)( de1e! te!er t't") d$0ere!te: !) -)dr'a! (er#)+-e!(ada( )1"$a#$)!e( #)rre"at$2a( !a#$da( de ! +$(+) #)!trat) 1$"atera". Q$e!2e!de, -)r e&e+-"), ! de-arta+e!t) e( ded)r de d$#*a #)(a 3 a#reed)r de" -re#$)e(t$-"ad), -er) !) -)dr'a -rete!der e/$+$r(e de e!trear ") -r)+et$d),#)+-e!(a!d) "a $!de+!$9a#$%! -)r e" $!#+-"$+$e!t) #)! e" a1a!d)!) de" -re#$), 3a

Page 63: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 63/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - M5e e" #)!trat) e( #e"e1rad) -ara -r)2eer a #ada -arte "a -re(ta#$%! #)!2e!$da. E(de#$r: "a( )1"$a#$)!e( de1e! (er re#'-r)#a( a!5e !) #)rre"at$2a(.

#7 F!$1$"$dad 3 *)+)e!e$dad. La( #)(a( #)+-re!d$da( e! "a( -re(ta#$)!e(de1e! (er 0!$1"e( 6d$!er), +a'9, et#.7 3 -erte!e#er a" +$(+) 4!er); *a! de (er0!$1"e( e!tre (', ) (ea, re#'-r)#a+e!te 0!$1"e(.N) e( #)+-e!(a1"e, -)r ") ta!t), !a deda de #)(a 0!$1"e #)! )tra deda de #)(a$a"+e!te 0!$1"e, -er) de )tr) 4!er) 6-. e&. !a deda de !a t)!e"ada de +a'9#)! )tra de !a t)!e"ada de tr$)7. N) 1a(ta, -e(, 5e "a( -re(ta#$)!e( (ea!e5$2a"e!te( 1a&) e" a(-e#t) e#)!%+$#), ($ !) ()! 0!$1"e( de(de e" -!t) de 2$(ta0!#$)!a".

d7 L$5$de9. M)der!a+e!te (e e!t$e!de 5e e" #r4d$t) e( "'5$d) #a!d) e(deter+$!ad) e! ( #)!($(te!#$a 3 e! ( +)!t), e $!#)!tr)2ert$d) e! ( t't"), 2a"ede#$r, !) ((#e-t$1"e de #)!tr)2er($a( ) e/#e-#$)!e(.

e7 E/$$1$"$dad. E" #r4d$t) e( e/$$1"e #a!d) e" a#reed)r d$(-)!e de "a -)($1$"$dad$!+ed$ata de a##$)!ar &d$#$a"+e!te -ara )1te!er e" #+-"$+$e!t). N) ()! e/$$1"e(:H7 La( )1"$a#$)!e( 1a&) #)!d$#$%! ((-e!($2a, e! "a( #a"e( t)da2'a !) (e (a1e ($ 2a!a e/$(t$r ) !) e/$(t$r, K7 La( )1"$a#$)!e( a -"a9), +$e!tra( e(t4 -e!d$e!te, 3 7 La()1"$a#$)!e( !atra"e( 6-. e&., "a( -re(#r$-ta(7, -e(t) 5e (e e/$e 5e a+1a(deda( (ea! (1($(te!te( #$2$"+e!te.

07 Cr4d$t)( 3 deda( e/-ed$t)(. S)! a5e"")( de ")( #a"e( "a( -arte( -ede!d$(-)!er "$1re+e!te, ($! a0e#tar dere#*)( de ter#er)(. La #)+-e!(a#$%! "ea", -)r ")ta!t), !) (e da #a!d) *a3 ter#er)( #)! dere#*)( ad5$r$d)( -)r ")( #a"e( te!a!dere#*) a )-)!er(e "e't$+a+e!te a" -a). E"") (#ede, -)r e&e+-"), #a!d) e"#r4d$t) (e *a""a e+1arad) ) -re!dad).

MR. '%c'i!ción: Conc!"o. In"''!ción 4 S%!n%ión# ,c"o%# di,'ncia% 4&!lo%. lao%. 9lación con la cadcidad.

'%c'i!cionAd6i%i"ia: 7%ca!ion8 % ad6i' d'co%Lib'a"o'ia: 7"in"ia8 % n &odo d "inción d obligacion%

/RE!0RI/0I12 LIERATORIA

'a prescripción es un medio de adquirir derechos y de liberarse de obligaciones por el transcurso deltiempo. En el primer caso, estamos ante la llamada !prescripción adquisiti#a! o usucapión, figura propiade los derechos reales. ?nteresa al =erecho de las obligaciones el segundo supuesto, es decir, el estudiode la prescripción como modo de terminación del #ínculo obligatorio.

'a prescripción liberatoria o extinti#a constituye un modo de extinción de las obligaciones,caracterizado por dos circunstanciasA el transcurso del lapso pre#isto por la ley para el inicio de unaacción y la inacti#idad del acreedor. % si bien el )ódigo aprobado no define el concepto de manera

 precisa, surge implícitamente de sus disposiciones que las citadas circunstancias siguen haciendo a laesencia de esta figura, aunque seg9n #eremos ms adelante, la inacción debe ser entendida y proyectadaen función del acreedor y del deudor, en la medida en que cualquiera de ellos, y a su #ez ambos, podrndesplegar acti#idades que interrumpan su curso.

Esta figura supone siempre una tensión entre #alores rele#antes. =e un lado la seguridad (urídica y elrazonable inter"s social que exige que las obligaciones no permanezcan #igentes indefinidamente , alarbitrio de acreedores que así podrían decidir reclamar su cr"dito en cualquier tiempo, con deudores que

 permanecerían siempre su(etos a la presión de e#entuales demandas por un #ínculo inacabado. Es que adiferencia de los derechos reales, las obligaciones tienen #ocación de extinción y suponen una relaciónentre su(etos determinados o determinables que se agota una #ez cumplida la prestación, siendo que la

 prescripción #iene a cumplir con esa finalidad, cuando ni el deudor +pagando4, ni el acreedor +exigiendo

Page 64: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 64/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - M)el pago4 la procuran. $sí las cosas, el principio general de la prescriptibilidad de las acciones aplicable ala materia, resulta demostrati#o de la trascendencia de este #alor.

&ero por otra parte, la prescripción no supone la satisfacción del inter"s del acreedor, ni elcumplimiento de aquello que le es debido, como elementos que hacen a la esencia de la obligación. Setrata de una figura anómala en t"rminos de (usticia, si se tiene en cuenta que lle#a a la p"rdida de un

derecho +aunque "ste consista en la imposibilidad de e(ercer plenamente una acción4, por el merotranscurso del tiempo. &or ello, la prescripción debe considerarse pensada con relación al acreedor negligente o distraído, pero no en casos de falta de #oluntad o de dificultades para accionar +'orenzetti4.El )ódigo aprobado suprimió la categoría de obligaciones naturales, estableciendo que el pagoespontneo de una obligación prescripta es irrepetible +art. 021 ))4, no porque se est" ante unaobligación natural, sino porque en realidad el deudor estaría dando cumplimiento a un deber moral o deconciencia +art. /01 ))y)34.

4 El curso de la prescripción se inicia cuando el crdito resulta eigible.

04 La prescripción no corre mientras no eista una posibilidad actual de ejercitar una acción.

. %ausales de suspensión de la prescripción

J ?nterpelación fehacienteA el curso de la prescripción se suspende, por una sola #ez, por lainterpelación fehaciente hecha por el titular del derecho contra el deudor. Esta suspensión sólo tieneefecto durante seis +54 meses o el plazo menor que corresponda a la prescripción de la acción +conf. art.0- ))y)34.

 &edido de mediación" el curso de la prescripción tambi"n se suspende desde la expedición por mediofehaciente de la comunicación de la fecha de la audiencia de mediación o desde su celebración, lo queocurra primero. El plazo de prescripción se reanuda a partir de los #einte +084 días contados desde el

momento en que el acta de cierre del procedimiento de mediación se encuentre a disposición de las partes +art. 0-0 ))y)34.

* %asos especiales" se trata de supuestos tradicionales de suspensión de la prescripción, que enalgunos casos el nue#o )ódigo actualiza tanto en sus alcances, como en su terminología, en función dela e#olución social y (urídica. )omo mencionramos, su fundamento debe hallarse en razones de índolefamiliar, social, "tica o prctica. En este sentido, el curso de la prescripción tambi"n se suspende +art.0-2 ))y)34A

a4 Entre cónyuges, durante el matrimonio. 'a disposición legal se apoya en razones de inter"s socialAe#itar que las personas casadas se #ean instadas a accionar entre sí Fcuando re#istieren la calidad deacreedor y deudorF para e#itar que transcurra el t"rmino de prescripción. 'a suspensión en este casocesa ante la disolución del #ínculo matrimonial +por muerte de uno de los cónyuges o sentencia dedi#orcio #incular4.

 b4  Entre convivientes, durante la unión convivencial . 'a situación es similar a la del supuestoanterior, es no#edosa para esta materia y acorde a la e#olución del derecho de familia.

c4  Entre las personas incapaces y con capacidad restringida y sus padres, tutores o curadores,

durante la responsabilidad parental, la tutela o la curatela . Se e#ita así la complicada situación deobligar al representante a accionar contra el menor o incapaz, o de constreñir al representado a demandar 

a sus progenitores, tutores o curadores cuando hubiere obligaciones entre ellos, lo cual adems requeriríade la inter#ención de terceros representantes para los respecti#os pleitos.

d4 Entre las personas jurídicas y sus administradores o integrantes de sus órganos de fiscali!ación,

mientras continúan en el ejercicio del cargo.

Page 65: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 65/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - M5e4 B favor y en contra del 'eredero beneficiario, mientras dura su calidad de tal 

 /nterrupción del curso de la prescripción

El efecto de la interrupción de la prescripción es tener por no sucedido el lapso que la precede, einiciar un nue#o plazo +art. 0-- ))y)34. &or ello, a diferencia de aquello que sucede con lasuspensión de la prescripción, el efecto de este instituto es la aniquilación del tiempo corrido con

anterioridad al e#ento interrupti#o. $sí, por e(emplo, si fuere aplicable el plazo gen"rico de cinco años ala prescripción de una acción, y al cuarto año el deudor reconociere la deuda, a partir del momento delreconocimiento deber transcurrir un nue#o plazo de cinco años para que opere la extinción de la acción.

En materia de obligaciones de su(eto plural, la interrupción de la prescripción tambi"n tiene efectos personales, no propagndose a fa#or ni en contra de los dems interesados, sal#o el caso de obligacionessolidarias e indi#isibles +art. 0-6 ))y)34.

34.8... %ausales de interrupción de la prescripción

=e acuerdo al ordenamiento (urídico #igente, interrumpen la prescripciónA

a. El reconocimiento de deuda" se trata de un tipo de manifestación de #oluntad expresa o tcita, por la que el deudor admite estar obligado al cumplimiento de una prestación +conf. arts. 0- y /22))y)34, que produce el efecto señalado. En estos casos, es el propio su(eto pasi#o quien interrumpe elcurso prescripti#o.

 b. La petición judicial" !El curso de la prescripción se interrumpe por toda petición del titular delderecho ante autoridad (udicial que traduce la intención de no abandonarlo, contra el... deudor, aunquesea defectuosa, realizada por persona incapaz, ante tribunal incompetente, o en el plazo de gracia

 pre#isto en el ordenamiento procesal aplicable! +conf. art. 0-5 ))y)34.c. La solicitud de arbitraje" el curso de la prescripción se interrumpe por la solicitud de arbitra(e. Es que

al someterse a un proceso arbitral, se entiende que el acreedor est obrando como si iniciara unademanda, y por su parte el deudor efect9a un reconocimiento de deuda

 &la!os genricos

En el nue#o )ódigo )i#il y )omercial, el plazo gen"rico para accionar es de cinco años. Tste resultaaplicable, a menos que se halle pre#isto uno diferente +art. 058 ))y)34.$ su #ez, se dispone un plazo que tambi"n denominaremos gen"rico, en tanto se aplica a laresponsabilidad ci#il en general y a todas aquellas responsabilidades especiales para las que no se halle

 pre#isto un t"rmino diferente, que es de tres años +art. 05 ))y)34. Este t"rmino coincide con el pre#isto para las acciones deri#adas del derecho de consumo +conf. art. 8 de la ley 0-.0-8, redacciónconf. ley 05.25708814, cuya aplicación se ha #enido extendiendo en los 9ltimos tiempos.

&lazos especiales

a.  &la!o de die! a:os (art. @73 %%y%$)"  prescriben a los diez años los reclamos por daños por agresiones sexuales infligidas a personas incapaces +art. 05 ))y)34. E#identemente, se haconsagrado el plazo ms extenso para el supuesto de un acto aberrante, cuya naturaleza, sumada a lacondición de la #íctima podrn determinar un aplazamiento en la decisión de demandar.

 b. &la!o de dos a:os (art. @7 %%y%$)" &rescriben a los dos añosA

. El pedido de declaración de nulidad relati#a y de re#isión de actos (urídicos. El )ódigo aprobadose refiere específicamente al momento del inicio del cómputo de la prescripción en este caso, en su art.052 ))y)3.

Page 66: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 66/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - MM0. El reclamo de derecho com9n de daños deri#ados de accidentes y enfermedades del traba(o.

2. El reclamo de todo lo que se de#enga por años o plazos periódicos ms cortos, excepto que se tratedel reintegro de un capital en cuotas.

-. El reclamo de los daños deri#ados del contrato de transporte de personas o cosas.

. El pedido de re#ocación de la donación por ingratitud o del legado por indignidad.

5. El pedido de declaración de inoponibilidad nacido del fraude, seg9n dies a quo, tambi"n fi(ado enel art. 052 ))y)3.

c. &la!o de un a:o (conf. art. @74 %%y%$). &rescriben al añoA

. El reclamo por #icios redhibitorios.

0. 'as acciones posesorias.

2. El reclamo contra el constructor por responsabilidad por ruina total o parcial, sea por #icio deconstrucción, del suelo o de mala calidad de los materiales, siempre que se trate de obras destinadas alarga duración +contado desde que se produ(o la ruina4.

-4 'os reclamos procedentes de cualquier documento endosable o al portador +contado desde el#encimiento de la obligación4.

4 'os reclamos a los otros obligados por repetición de lo pagado en concepto de alimentos.54 'a acción autónoma de re#isión de la cosa (uzgada.

" Los pla!os de prescripción en curso al momento de entrada en vigencia de una nueva ley se rigen por la ley anterior. in embargo, si por esa ley se requiere mayor tiempo que el que fijan las nuevas,

quedan cumplidos una ve! que transcurra el tiempo designado por las nuevas leyes, contado desde el 

día de su vigencia, ecepto que el pla!o fijado por la ley antigua finalice antes que el nuevo pla!o

contado a partir de la vigencia de la nueva ley, en cuyo caso se mantiene el de la ley anterior +art. 02/))y)34.

0A40I4A4 4E LO! 4ERE0O!

En sentido amplio, y al igual que la prescripción, la idea de caducidad sugiere un límite en el tiempo

 para el e(ercicio de un derecho o facultad. El concepto se encuentra bien delimitado en el mbito delderecho procesal, donde Fcomo hemos dichoF, la falta de impulso del trmite del (uicio durante el plazo pre#isto en la ley formal, lle#a a la extinción de dicho proceso.

En base a la nue#a normati#a, podemos ad#ertir las siguientes distincionesA

Caducidad Prescripción liberatoria  

Origen Surge de la ley o de la voluntad de las partes. Surge sólo de la ley, que establece susrespectivos plazos.

Efectos Extingue el derecho no ejercido (art. 25!!y!"#.

El !ódigo aprobado no de$ineespec%$ica&ente este aspecto. Se discute enla doctrina si extingue el derecho o la acción.

Suspensión e interrupción "o se aplican a la caducidad, salvodisposición legal en contrario (art. 25'!!y!"#.

Se aplican a la prescripción (arts. 25)*25+)!!y!"#.

Dispensa judicial "o se halla prevista. esulta aplicable (art. 255- !!y!"#.

Page 67: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 67/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - M(

Renuncia y/o alteración delrégimen

uede renunciarse y*o alterarse el r/gi&ende caducidad, sólo en &aterias disponibles(art. 25'0 !!y!"#.

"o puede renunciarse o alterarse su r/gi&enen $or&a anticipada. Ello s% es posible unavez ganada la prescripción (con$. art. 255!!y!"#.

Facultades judiciales 1ebe ser declarada de o$icio sola&entecuando est establecida por ley y no es&ateria disponible por las partes (art. 25'2

!!y!"#.

"o puede ser declarada de o$icio en casoalguno (art. 2552 !!y!"#.

L)( dere#*)( rea"e( 3 -er()!a"e( (e ad5$ere! 3 (e -$erde! -)r "a -re(#r$-#$%!. La-re(#r$-#$%! e( ! +ed$) de ad5$r$r ! dere#*), ) de "$1ertar(e de !a )1"$a#$%! -)r e"tra!(#r() de" t$e+-). La -re(#r$-#$%! "$1erat)r$a (e da, -e(, #a!d) tra!(#rre #$ert)t$e+-) ($! 5e e" t$t"ar de ! dere#*) ") e&er#$te. E/t$!e "a re"a#$%! &r'd$#a 5e t$e!e2$rta"$dade( e! )rde! a" Dere#*) -)($t$2), e(t) e(, e/t$!e "a a##$%!, ) 0a#"tad dede+a!dar &d$#$a"+e!te. La -re(#r$-#$%! "$1erat)r$a e/$e "a #)!#rre!#$a de ")(($$e!te( e"e+e!t)(:H7 e" tra!(#r() de" t$e+-) 5e -re(#r$1e "a "e3;K7 "a $!a##$%! de" t$t"ar de" dere#*) #red$t)r$); 3

7 "a -)($1$"$dad de a#tar.E0e#t)(: P)r ") ta!t), 3 ($! -er&$#$) de "a (1($(te!#$a de "a )1"$a#$%! !atra", "a-re(#r$-#$%! )-era #)! e0e#t) e/t$!t$2) de "a )1"$a#$%! #$2$".

Cad#$dad: E! e" +e#a!$(+) de "a #ad#$dad ta+1$4! $!#$de e" tra!(#r() de #$ert)t$e+-) e! e" #a" e" t$t"ar -er+a!e#e $!a#t$2). Per), e! e(te #a(), (e e/t$!e e"dere#*), !) "a a##$%!, 3, #)!($$e!te+e!te, !) (1($(te )1"$a#$%! !atra" a"!a.C)+-ara#$%! e!tre -re(#r$-#$%! 3 #ad#$dad:a7 La -re(#r$-#$%! a0e#ta a "a a##$%!, 3 "a #ad#$dad a" dere#*);17 E! -r$!#$-$), t)da( "a( a##$)!e( -re(#r$1e!, e! ta!t) "a #ad#$dad (%") e( a-"$#a1"e a

($ta#$)!e( e(-e#$a"e(;

#7 P)r ") #)+! ")( -"a9)( de -re(#r$-#$%! "$1erat)r$a, ()! +8( -r)")!ad)( 5e ")( de#ad#$dad;

d7 La -re(#r$-#$%! -ede (er ((-e!d$da, ) $!terr+-$da, a"ter!at$2a( 5e !) (0re "a#ad#$dad.

(0. 9ESONSABILI+A+ CI;IL

 0eber de prevención impuesto a las personas de manera general 

El nue#o )ódigo establece un deber que recae sobre toda persona, en cuanto de ella dependa +art./8 ))y)34, deA

a4 Evitar la producción de daños in(ustificados.

 b4  Bdoptar medidas ra!onables, de buena fe y conforme a las circunstancias, para evitar da:os o

disminuir su magnitud , con derecho a reembolso de los gastos incurridos conforme a las reglas delenriquecimiento sin causa, si un tercero fuere responsable de la implementación de tales medidas.

c4 $o agravar los daños ya producidos.

. 0eber de prevención por disposición judicial 

 Se entendió que para que "sta procediera, debían presentarse los siguientes requisitosA

Page 68: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 68/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - M4 la anti(uridicidad, propia de la causación del daño amenazado +e(., ilicitud propia de los se#eros

daños deri#ados de la radicación de una industria minera de extracción de oro a cielo abierto4;

04 la amenaza del daño, a9n no materializado, y24 la pre#isibilidad del daño o de su continuación, seg9n las reglas de la causalidad adecuada

El nue#o )ódigo a#anza en ese sentido, al regular una acción pre#enti#a gen"rica, en los siguientest"rminosA !'a acción pre#enti#a procede cuando una acción u omisión anti(urídica hace pre#isible la producción de un daño, su continuación o agra#amiento. 3o es exigible la concurrencia de ning9n factor de atribución! +art. /4. Este tipo de tutela no exige un factor de atribución de responsabilidad, ya quesi bien tales factores constituyen fundamentos para reconocer la reparación del daño, resultan a(enos a laidea de pre#ención.

Sern legitimadas para reclamar aquellas personas que acrediten un inter"s razonable en la pre#ención del daño +art. /0 ))y)34. 'a )onstitución 3acional +art. -24 y la 'ey de =efensa del)onsumidor 0-.0-8 +art. 0, texto seg9n ley 05.25708814, entre otras disposiciones, ofrecen un detalleconcreto sobre qui"nes podrían ser estas personasA los afectados, las asociaciones que propendan a los

fines que la acción rele#ante compromete, el defensor del pueblo, la autoridad de aplicación nacional olocal, el ministerio p9blico, etc"tera.6unción inde#niatoria de la res"onsabilidad ci%il

'a reforma legal implica algunos grandes cambios en lo atinente a la función indemnizatoria de laresponsabilidad ci#il. En primer lugar, significa la unificación de las órbitas contractual yextracontractual.&or lo pronto, tal modificación de(a sin efecto ciertas grandes diferencias antes existentes en materia de

 prescripción de las acciones y de extensión de la reparación, en base a la causalidad adecuada, seg9n silos daños impactan en uno u otro mbito. Sin embargo, aqu"lla no significa que no habr daños nacidosde los ilícitos, de un lado, y de las obligaciones contractuales, de otro, sino que desaparece su

tratamiento legal diferenciado, en algunos de sus aspectos esenciales, propicindose así la eliminaciónde supuestos que generaban dificultades serias, como el tratamiento de los daños a la persona en elmbito de la responsabilidad contractual +e(., en materia de responsabilidad m"dica4.

(1. 9%!on%abilidad ciil d lo% !ad'% !o' lo% daVo% ca%ado% !o' %% io%&no'%.

En la $rgentina se ha abandonado la expresión !patria potestad!, centrada en la idea de dependenciaabsoluta del niño de una estructura familiar (errquica, para consagrarse el concepto de !responsabilidad

 parental!, que en esencia propone refle(ar el e(ercicio de un con(unto de facultades y deberes por los progenitores para la satisfacción del inter"s superior del niño o adolescente. $hora bien, desde la ópticadel =erecho de las <bligaciones, la expresión !responsabilidad parental! resulta sugerente de un#erdadero compromiso en la pre#ención y reparación de los per(uicios que los hi(os pudieren ocasionar aterceros.

MundamentosA

 %ulpa en el control y la vigilancia activa del menor 

 Educación inadecuada

 )ulpa en el e(ercicio de la patria potestad o de la responsabilidad parental

 %ulpa en la educación y vigilancia de los 'ijos, y en el ejercicio de los deberes de la patria potestad 

Page 69: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 69/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - MRarantía Se basa en la falta de aptitud patrimonial del menor y la necesidad de garantizar el cr"dito que

su obrar dañoso genera en la #íctima per(udicada. 'a mayor sol#encia económica de los padres y sucalidad de fiadores ante el comportamiento de los hi(os, (ustificaría su responsabilidad frente aterceros

. +iesgo creado

=e acuerdo a esta postura, la acción de los hi(os genera riesgos, debiendo los padres responder porhaberlos concebido. $dems, la responsabilidad deri#aría de los beneficios espirituales y moralesque suponen la paternidad y la maternidad

. Equidad 

Se considera que por una cuestión de (usticia, corresponde que los padres respondan por los dañoscausados por sus hi(os, en lugar de ser "stos soportados por la #íctima

Bequisitos de la responsabilidad

'os padres responden por los daños causados por sus hi(os cuando se cumplen los siguientesrequisitosA

. El 'ijo debe ser menor de edad 

=e acuerdo al art. 0 del nue#o )ódigo, menor de edad es la persona que no ha cumplido dieciochoaños. 'a minoridad debe (uzgarse al momento de cometerse el acto dañoso, con independencia de laedad que tu#iere el (o#en al momento de interponerse el reclamo o dictarse la sentencia por daños.

)abe aclarar que cuando el hi(o fuere mayor de diez años, dado que tendr discernimiento para actos

ilícitos +conf. 05, inc. bG, ))y)34, bien podr responder concurrentemente con sus padres frente a la#íctima del daño. $ su #ez, ser factible Fal menos, teóricamenteF el e(ercicio de acciones regresi#asde los padres hacia el hi(o, una #ez satisfecho el cr"dito del damnificado.

$dems, los padres no responden por los daños causados por sus hi(os menores en el e(ercicio de su profesión o de tareas subordinadas encomendadas por terceros y tampoco por los per(uicios deri#adosdel incumplimiento de obligaciones contractuales #lidamente contraídas por ellos.

&or 9ltimo, debe entenderse que la responsabilidad impuesta a los progenitores por daños causados por sus hi(os menores de edad, resulta extensi#a al caso de hi(os mayores de edad pri#ados de salud

mental +&izarro4. 0ebe tratarse de un 'ec'o ilícito

. Los 'ijos deben convivir con sus padres. la habitación con(unta que exige la ley no se refierenecesariamente a la residencia en una misma casa o departamento, sino que debe ser entendida como la

 posibilidad de compartir la #ida y participar los padres en los hechos cotidianos del hi(o, aunque puedandormir o comer en domicilios diferentes.

<bligaciones de su(eto plural que comprometen la responsabilidad del padre, la madre y el hi(o, pordaños causados a terceros

=e acuerdo a la ley, !los padres son solidariamente responsables por los daños causados por los hi(osque se encuentran ba(o su responsabilidad parental y que habitan con ellos, sin per(uicio de laresponsabilidad personal y concurrente que pueda caber a los hi(os! +conf. art. /- ))y)34.

Page 70: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 70/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - (0)ese de la responsabilidad parental

'a responsabilidad ba(o anlisis, cesa en los siguientes supuestosA

a4 Bl alcan!ar el 'ijo la mayoría de edad (conf. art. @ %%y%$), es decir, a los dieciocho años.

 b4 %on la emancipación del menor" como hemos ya mencionado, actualmente la emancipación operaipso iure y exclusi#amente por la celebración de matrimonio, antes de alcanzarse la mayoría de edad,gozando el (o#en desde entonces de plena capacidad para el e(ercicio de sus derechos, como principiogeneral +conf. art. 0/ ))y)34. &or ello, cabe interpretar que desde entonces los progenitores quedaneximidos de reparar los daños que sus hi(os pudieren causar a terceros.

Sin embargo, contrariamente a lo sostenido en los apartados precedentes y desde una posturaextensamente protectoria de los derechos de los damnificados, podría sostenerse que la responsabilidadde los padres reci"n cesa Fcomo reglaF a los #einti9n años de edad, en función de lo establecido en elart. 51 ))y)3A es que si "stos en principio deben prestar alimentos a los hi(os hasta esa edad y en lamedida en que las indemnizaciones por daños tienen carcter alimentario, tambi"n debieran "stas ser 

garantizadas por los padres a las #íctimas, mientras el hi(o menor no hubiere alcanzado dicha edad.

c4 %uando el joven es puesto bajo la vigilancia de otra persona, en forma transitoria o permanente"

el art. / ))y)3 dispone expresamente el cese de la responsabilidad parental en estos supuestos.

(2. 9%!on%abilidad dl di'c"o' d colgio% 4 &a%"'o%.

el nue#o art. /5/, de redacción similar, pero con algunos cambios puntuales que le agregan precisión semntica y (urídica a la norma, recogiendo la opinión de la doctrina. En este sentido,estableceA !El titular de un establecimiento educati#o responde por el daño causado o sufrido por susalumnos menores de edad cuando se hallen o deban hallarse ba(o el control de la autoridad escolar. 'a

responsabilidad es ob(eti#a y se exime sólo con la prueba del caso fortuito. El establecimiento educati#odebe contratar un seguro de responsabilidad ci#il, de acuerdo a los requisitos que fi(e la autoridad enmateria aseguradora. Esta norma no se aplica a los establecimientos de educación superior ouni#ersitaria!.

. Legitimación activa

Se encuentra habilitada para reclamar ba(o este r"gimen, toda persona que sufre un daño causado por un alumno de un establecimiento educati#o, así por e(emplo un tercero, un funcionario escolar u otroalumno. $simismo, se encuentra legitimado todo alumno que sufriere un daño hallndose ba(o el controlde la autoridad educati#a, cualquiera que sea el origen del daño +e(., lesión por el uso de una cosariesgosa, por una acti#idad de tal naturaleza, daño causado por un empleado o maestro de la escuela,etc.4.

 Legitimación pasiva

Besponde ba(o este sistema, el !titular! del establecimiento educati#o +seg9n la ley 0-.128,  el!propietario!4, t"rmino que alude ms claramente al #erdadero responsable en estos supuestos, que noes el dueño del inmueble sino el organizador del ser#icio educati#o.

Se incluyen daños deri#ados del obrar ilícito de alumnos menores de edad, que se encuentren o debanencontrarse ba(o el control de la autoridad educati#a al momento del hecho dañoso. $simismo,

 per(uicios pro#enientes de la acti#idad anti(urídica de profesores u otros empleados del establecimiento,de la inter#ención de cosas #iciosas o riesgosas, del desarrollo de acti#idades peligrosas y hasta de laacción de terceros, cuando el daño lo sufrieren alumnos menores, en las circunstancias expuestas.

Page 71: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 71/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - (1Se trata así de una responsabilidad que bien puede encuadrarse ba(o la órbita de las responsabilidadesrefle(as o por el hecho a(eno, o deri#adas del hecho de las cosas. En realidad, el propietario responder

 por el riesgo que supone operar una institución de enseñanza, garantizando la reparación del dañosufrido por las #íctimas, cualquiera sea el origen de los daños, sal#o caso fortuitoEn efecto, el art. /5/ pre#" como 9nica eximente de responsabilidad el caso fortuito, que se definecomo el !...hecho que no ha podido ser pre#isto o que, habiendo sido pre#isto, no ha podido ser 

e#itado...! +art. /28 ))y)34. 'a norma no contempla la liberación de responsabilidad por el hechode la #íctima o de un tercero, no obstante, si "stos re9nen los requisitos del caso fortuito, podrntambi"n obrar como eximentes.

Res"onsabilidad directa$BX)I'< /-6.J Su(etos responsables. Es responsable directo quien incumple una obligación uocasiona un daño in(ustificado por acción u omisión.$BX)I'< /8.J =años causados por actos in#oluntarios. El autor de un daño causado por un actoin#oluntario responde por razones de equidad. Se aplica lo dispuesto en el artículo /-0. El actorealizado por quien sufre fuerza irresistible no genera responsabilidad para su autor, sin per(uicio de laque corresponde a título personal a quien e(erce esa fuerza.$BX)I'< /.J &luralidad de responsables. Si #arias personas participan en la producción del daño

que tiene una causa 9nica, se aplican las reglas de las obligaciones solidarias. Si la pluralidad deri#a decausas distintas, se aplican las reglas de las obligaciones concurrentes.$BX)I'< /0.J Encubrimiento. El encubridor responde en cuanto su cooperación ha causado daño.

Res"onsabilidad "or el hecho de terceros 8indirecta o refle+a9$BX)I'< /2.J Besponsabilidad del principal por el hecho del dependiente.El principal responde ob(eti#amente por los daños que causen los que estn ba(o su dependencia, o las

 personas de las cuales se sir#e para el cumplimiento de sus obligaciones, cuando el hecho dañoso acaeceen e(ercicio o con ocasión de las funciones encomendadas. 'a falta de discernimiento del dependiente noexcusa al principal. 'a responsabilidad del principal es concurrente con la del dependiente 

Res"onsabilidad deri%ada de la inter%ención de cosas ( de ciertas acti%idades$BX)I'< //.J Hecho de las cosas y acti#idades riesgosas. oda persona responde por el dañocausado por el riesgo o #icio de las cosas, o de las acti#idades que sean riesgosas o peligrosas por sunaturaleza, por los medios empleados o por las circunstancias de su realización. 'a responsabilidad esob(eti#a. 3o son eximentes la autorización administrati#a para el uso de la cosa o la realización de laacti#idad, ni el cumplimiento de las t"cnicas de pre#ención.$BX)I'< /1.J Su(etos responsables. El dueño y el guardin son responsables concurrentes del dañocausado por las cosas. Se considera guardin a quien e(erce, por sí o por terceros, el uso, la dirección y elcontrol de la cosa, o a quien obtiene un pro#echo de ella. El dueño y el guardin no responden si

 prueban que la cosa fue usada en contra de su #oluntad expresa o presunta. En caso de acti#idad riesgosao peligrosa responde quien la realiza, se sir#e u obtiene pro#echo de ella, por sí o por terceros, exceptolo dispuesto por la legislación especial.$BX)I'< /6.J =año causado por animales. El daño causado por animales, cualquiera sea suespecie, queda comprendido en el artículo //.

EL IL:0ITO 0L/O!O 8A2TE! 0A!I4ELITO9 2I4A4 ;VII /RO<R  2EVO

(. Esta fuente de las obligaciones, antes denominada !cuasidelito!, se refiere a actos #oluntariosilícitos, realizados sin intención de dañar, pero que ocasionan un per(uicio a otro en su persona o

 bienes, por haberse actuado con negligencia, impericia o imprudencia. Se trata de una figura que secaracteriza por dos cualidades igualmente negati#asA no se quiere dañar, pero tampoco se act9a con elcuidado que las circunstancias exigen. se define ahora la culpa al tratarse los factores sub(eti#os deatribución de responsabilidadA !...'a culpa consiste en la omisión de la diligencia debida seg9n lanaturaleza de la obligación y las circunstancias de las personas, el tiempo y el lugar. )omprende laimprudencia, la negligencia y la impericia en el arte o profesión! +art. /0- ))y)34. 'uego, sonm9ltiples las referencias a este concepto, en materias di#ersas, pero no se obser#a una definición al

Page 72: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 72/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - (2estilo del antiguo art. 86))i#. *S, que sin duda ha perdido inter"s ante la unificación de losregímenes contractual y extracontractual de responsabilidad.

(). En'i6ci&in"o %in ca%a: conc!"o# acción in '& '%o# !ago d loindbido.C)!#e-t). E" -atr$+)!$) de !a -er()!a -ede te!er 2ar$a#$)!e(. S$e+-re 5e e(a(+)d$0$#a#$)!e( te!a! #)+) a!te#ede!te !a #a(a &r'd$#a, e" )rde!a+$e!t) a-re1a")( #a+1$)( 3 "e( a($!a ")( e0e#t)( #)!($$e!te(. Per) ($ "a tra!(0)r+a#$%! )-erada e!e" -atr$+)!$) !) re#)!)#e !a #a(a &r'd$#a, e" 1e!e0$#$ad) t$e!e e" de1er de re(t$t$r ")+a" *a1$d).L)( re5$($t)( de "a a##$%! IN REM VERSO ()! ")( ($$e!te(: E!r$5e#$+$e!t) de" de+a!dad). E" e!r$5e#$+$e!t) *a de (er de t$-) -atr$+)!$a", )

e/tra-atr$+)!$a" ((#e-t$1"e de 2a")ra#$%! -e#!$ar$a. Pede der$2ar de ! "#r)e+ere!te ) de ! da) #e(a!te 6e!r$5e#$+$e!t) -)($t$2) ) !eat$2)7. E" "#r+e+ere!( (e #)!0$ra #)! ! -r)2e#*) ) !a d$(+$!#$%! de" -a($2), #a!d) a") e($!#)r-)rad) a ! -atr$+)!$), ) !a d$(+$!#$%! de" -a($2), +ed$a!te e" -a) de !adeda; e" dar!!! #e(a!(, #a!d) (e e2$ta 5e e" -atr$+)!$) te!a !a -4rd$da,#)!(er2a!d) ! 1$e!. C)+) (e 2e, ta+1$4! (e -ede dar e" e!r$5e#$+$e!t) a tra24(de ! a*)rr), a!5e !) (e trad9#a e! ! a+e!t) 2$($1"e de "a +a(a -atr$+)!$a".

E+-)1re#$+$e!t) de" de+a!da!te. Para dar "ar a "a a##$%! e" e!r$5e#$+$e!t) de1e-r)d#$r ! detr$+e!t) de" de+a!da!te; e(t) e(, ! e+-)1re#$+$e!t) #)rre"at$2) e!( -atr$+)!$).

Re"a#$%! #a(a" e!tre e" e!r$5e#$+$e!t) 3 e" e+-)1re#$+$e!t). De1e +ed$ar e!trea+1)( !a re"a#$%! de #a(a a e0e#t). L) +8( #)rr$e!te e( 5e !) *a3a e(tr$#tae5$2a"e!#$a e!tre e" e!r$5e#$+$e!t) de !) 3 e" e+-)1re#$+$e!t) de )tr), -e( rara2e9 (#ede 5e a"$e! (e e!r$5e9#a e! H 3 -r)2)5e ! e+-)1re#$+$e!t) de H.N) )1(ta!te e""), 3 #a"5$era (ea "a $!#$de!#$a !eat$2a e! e" -atr$+)!$) de"e+-)1re#$d), 4(te de1e a#red$tar e" !e/) #a(a" #)+) re#ad) -ara a##$)!ar.

A(e!#$a de #a(a. E" de(-"a9a+$e!t) -atr$+)!$a" de1e *a1er(e rea"$9ad) ($! #a(a &r'd$#a 5e ") &(t$0$5e, #)! e" a"#a!#e de0$!$d) a" tratar "a #a(a0e!te de "a()1"$a#$)!e(.

Care!#$a de t)da )tra a##$%!. La a##$%! de $! re+ 2er() e/$e 5e !) (e te!a ad$(-)($#$%! !$!!a )tra a##$%!, ) 2'a de Dere#*), -)r +ed$) de "a #a" -eda (erdeter+$!ada "a $!de+!$9a#$%! de" -er&$#$) (0r$d).

Qe "a "e3 !) )1(te a "a a##$%!. E( de#$r, 5e !) re("te -r)*$1$da "a re(t$t#$%!, ) !)(ea! atr$1$d)( )tr)( e0e#t)( a" e!r$5e#$+$e!t).

Pa) de ") $!de1$d). C)!#e-t). Ca!d) (e *a1"a de -a) $!de1$d) (e t$"$9a !a e"$-($(-ara de!)+$!ar a "a tra("a#$%! -atr$+)!$a" 5e, #)! a(-e#t) de -a), !) e( ta". E!e0e#t): e" -a) (-)!e e" #+-"$+$e!t) de !a )1"$a#$%!, 3 e( ! a#t) &r'd$#) #3)(

e"e+e!t)( ()! ")( (&et)( 6()"2e!( 3 a##'-$e!(7, e" )1&et) 6a5e"") 5e (e -aa7 3 "a#a(a 6e!te!d$e!d) -)r ta" ta!t) "a 0e!te deda a!ter$)r 5e ($r2e de a!te#ede!te a"-a), #a!t) e" 0$! )1&et$2) a" 5e (e )r$e!ta e" ()"2e!(: "a e/t$!#$%! de "a deda7.E" de!)+$!ad) -a) $!de1$d), -)r ") #)!trar$), ad)"e#e de "a 0a"ta de a"!) de e()(e"e+e!t)(, 5e ") de(-)&a! de" #ar8#ter de -a).a3 -a) $!de1$d):H. ($ e" ()"2e!( !) e( ded)r, a +e!)( 5e a#te #)+) ter#er);K. ($ e" a##$-$e!( !) e( a#reed)r;. ($ "a tra("a#$%! -atr$+)!$a" 6dar, *a#er, !) *a#er7 #are#e de )1&et), -)r5e (e -aa

a") d$(t$!t), 3 !) *a3 a#erd) e! "a ((t$t#$%!;. ($ #are#e de #a(a0e!te, -)r5e !ada (e de1e;

J. ($ #are#e de #a(a0$!, -)r5e, -)r e&e+-"), -rete!d$4!d)(e #a!#e"ar !a)1"$a#$%!, (e #a!#e"a )tra; et#4tera.E0e#t)(. Re-et$#$%!. E! e!era", e" -a) de ") $!de1$d) e!era !a a##$%! de re-et$#$%!5e "a "e3 at)r$9a a e!ta1"ar #)!tra 5$e! ") *a re#$1$d), a e0e#t)( de 5e (e re(t$t3a ")

Page 73: Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

8/18/2019 Resumen Obligaciones 2015.Elvia Romero-1

http://slidepdf.com/reader/full/resumen-obligaciones-2015elvia-romero-1 73/73

ELVIA ROMERO OBLIGACIONES – FINAL 2015 - (5e 0e +ater$a de" -a). La "e3 d$(t$!e "a 1e!a ) +a"a 0e de" a##$-$e!(, #)! e" 0$! de0$&ar ")( a"#a!#e( de "a a##$%!. OBLIGACIONES QUERABLES: SE PAGAN EN EL DOMICILIO DEL DEUDOR.OBLIGACIONES PORTABLES. SE PAGAN EN EL DOMICILIO DEL ACREEDOR

 Anatocismo

El anatocismo consiste en la capitalización de los intereses de#engados, que se suman al capital,generando a partir de ello, nue#os intereses. $l respecto, de acuerdo al art. //8 del nue#o )ódigo, no se

deben intereses de los intereses, ecepto que"

a) una cl#usula epresa autorice la acumulación de los intereses al capital con una periodicidad no

inferior a seis mesesG

b) la obligación se demande judicialmenteG en este caso, la acumulación opera desde la fec'a de la

notificación de la demandaG

c) la obligación se liquide judicialmenteG en este caso, la capitali!ación se produce desde que el jue! 

manda pagar la suma resultante y el deudor es moroso en 'acerloG

d) otras disposiciones legales prevean la acumulación.

 El %ódigo originario -teto según ley >.68 - establecía" !3o se deben intereses de losintereses, sino por con#ención expresa que autorice su acumulación al capital con la periodicidadque acuerden las partes, o cuando liquidada la deuda (udicialmente con los intereses, el (uezmandase pagar la suma que resultare y el deudor fuese moroso en hacerlo. Sern #lidos losacuerdos de capitalización de intereses que se basen en la e#olución periódica de la tasa de inter"s

de plaza!.

Sobre esta disposición, una parte de la doctrina ha expresado su acuerdo, y otra ha sugerido que enuna futura y e#entual reforma del )ódigo )i#il, para permitir la acumulación de intereses al capital,debería exigirse un acuerdo posterior al #encimiento del plazo de la deuda +conf. KK?* Nornadas

 3acionales de =erecho )i#il, >uenos $ires, 082, )omisión 0, )onclusiones4.