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13 Prácticas Pre-Profesionales Sector Público EL ESTADO PERUANO El Estado es la organización política de una nación, es decir, la estructura de poder que se asienta sobre un determinado territorio y población. Poder, territorio y pueblo o nación son, por consiguiente, los elementos que conforman el concepto de Estado, de tal manera que éste se identifica indistintamente con cada uno de ellos. Constitucionalmente la República del Perú se declara un Estado democrático, social, independiente y soberano. El Estado es uno e indivisible. Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes. El Estado se sostiene en un aparato organizacional/institucional, que se compone de tres elementos organizativos: las fuerzas armadas, la hacienda y la administración a su servicio, con base territorial amplia y separación entre el Estado y la sociedad. El mantenimiento de todo el aparato estatal requiere la recaudación de fondos económicos mediante la contribución de los miembros de la sociedad a través de los tributos e impuestos, función que corresponde a la hacienda. La administración es la organización encargada de tomar las decisiones políticas y hacerlas cumplir mediante una serie de entidades u órganos (gobierno, ministerios, gobiernos regionales, municipalidades, policía, seguridad social, etc.) y un sistema de gestión, a través del cual lo pone en práctica. Lo que legitima el poder del Estado es el derecho, el orden jurídico que regula el funcionamiento de las instituciones y el cumplimiento de las leyes por las que debe regirse la colectividad. Al mismo tiempo que lo legitima, el derecho limita la acción del Estado, pues los valores que forman el cuerpo jurídico emanan, de forma directa o indirecta, del conjunto de la sociedad. Las normas habituales, los códigos de leyes o, modernamente, las constituciones políticas, definen los derechos y deberes de los ciudadanos y las funciones y límites del Estado. En los Estados liberales y democráticos, las leyes son elaboradas o aprobadas por los cuerpos legislativos, cuyos

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Prcticas Pre-Profesionales Sector Pblico

Prcticas Pre-Profesionales Sector Pblico

EL ESTADO PERUANOEl Estado es la organizacin poltica de una nacin, es decir, la estructura de poder que se asienta sobre un determinado territorio y poblacin. Poder, territorio y pueblo o nacin son, por consiguiente, los elementos que conforman el concepto de Estado, de tal manera que ste se identifica indistintamente con cada uno de ellos.

Constitucionalmente la Repblica del Per se declara un Estado democrtico, social, independiente y soberano. El Estado es uno e indivisible. Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza segn el principio de la separacin de poderes.El Estado se sostiene en un aparato organizacional/institucional, que se compone de tres elementos organizativos: las fuerzas armadas, la hacienda y la administracin a su servicio, con base territorial amplia y separacin entre el Estado y la sociedad.El mantenimiento de todo el aparato estatal requiere la recaudacin de fondos econmicos mediante la contribucin de los miembros de la sociedad a travs de los tributos e impuestos, funcin que corresponde a la hacienda.La administracin es la organizacin encargada de tomar las decisiones polticas y hacerlas cumplir mediante una serie de entidades u rganos (gobierno, ministerios, gobiernos regionales, municipalidades, polica, seguridad social, etc.) y un sistema de gestin, a travs del cual lo pone en prctica.Lo que legitima el poder del Estado es el derecho, el orden jurdico que regula el funcionamiento de las instituciones y el cumplimiento de las leyes por las que debe regirse la colectividad. Al mismo tiempo que lo legitima, el derecho limita la accin del Estado, pues los valores que forman el cuerpo jurdico emanan, de forma directa o indirecta, del conjunto de la sociedad. Las normas habituales, los cdigos de leyes o, modernamente, las constituciones polticas, definen los derechos y deberes de los ciudadanos y las funciones y lmites del Estado. En los Estados liberales y democrticos, las leyes son elaboradas o aprobadas por los cuerpos legislativos, cuyos miembros, elegidos por la ciudadana, representan la soberana nacional. La ley se sita por encima de todos los individuos, grupos e instituciones. Tal es el significado de la expresin "imperio de la ley".ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADOa. El territorio

El territorio es el elemento fsico del Estado y es de primer orden, porque colocado al lado del elemento humano permiten que surja y se conserve el Estado, sin embargo el Estado es una agrupacin poltica, no una expresin geogrfica o econmica.b. La poblacin

Los hombres y mujeres que pertenecen a un Estado componen la poblacin de ste. La poblacin desempea, desde el punto de vista jurdico, un doble papel. Puede, en efecto, ser considerada como objeto o como sujeto de la actividad estatal.c. El poder

En todas las sociedades humanas, la convivencia pacfica es posible gracias a la existencia de un poder poltico que se instituye sobre los intereses y voluntades particulares. En Estado, organizacin que acapara este poder en las civilizaciones desarrolladas, tiene que conseguir el bien comn mediante distintas formas de gobierno a lo largo de la historia.

CARACTERSTICAS DEL ESTADO.El Estado es una realidad social y jurdica, con caractersticas especficas, que son:

a. Es la organizacin poltica de una sociedad humana que corresponde a un tiempo y espacio determinados.

b. Su realidad est constituida por los siguientes elementos:

Una agrupacin social humana, que viene a ser la poblacin;

Un territorio, que es la realidad fsico-geogrfica;

Un orden jurdico, en el que descansa el poder;

La soberana, que implica independencia y autodeterminacin; y

Un gobierno y una administracin para su funcionamiento.

Adems el Estado tiene fines y, aunque no son elementos que lgicamente formen parte del concepto, s son constantes y, en ltima instancia, pueden identificarse con el bien comn, la felicidad de la sociedad, la justicia social, etc.Finalidad del Estado.

El Estado y el derecho son medios, organizaciones o instrumentos, hechos por los hombres y para los hombres. Para asegurar sus fines la sociedad crea o reconoce el poder del Estado y lo somete al derecho para hacerlo racional y lgico.

El Estado, fue creado para ordenar y servir a la sociedad. Su existencia se justifica por los fines que histricamente se le viene asignando. Por consiguiente el Estado tiene como fines generales:a. El equilibrio de las relaciones externas con otros Estados;

b. El mantenimiento y preservacin del orden interno, c. El desarrollo de la sociedad en todos sus mbitos.La actividad del Estado, est definido por el conjunto de normas que crean rganos, fijan su funcionamiento y los fines que deben alcanzar.

ESTRUCTURA DEL ESTADO PERUANOEl Estado peruano es un estado unitario. Ello est consagrado en la Constitucin Poltica del Per que establece en su artculo 43 que el Estado es uno e indivisible, siendo su gobierno unitario, representativo, descentralizado y organizado segn el principio de separacin de poderes. Al respecto, la separacin de poderes en el Estado peruano se presenta de dos formas. La primera, segn la cual existen tres poderes autnomos que se controlan entre s y que responden al principio de divisin de poderes: Poder Ejecutivo Poder Legislativo Poder Judicial La segunda, segn la cual el poder se redistribuye en tres niveles de gobierno: Gobierno Nacional Gobiernos Regionales Gobiernos Locales Adicionalmente, la estructura organizacional del Estado peruano incorpora a los denominados rganos Constitucionalmente Autnomos.PODER EJECUTIVOEs la organizacin del gobierno nacional a cargo de aplicar las normas y conducir la accin del gobierno.Entidades que conforman el Poder EjecutivoEl Poder Ejecutivo est conformado por: La Presidencia de la Repblica El Presidente de la Repblica es el Jefe del Estado, Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de la Polica Nacional del Per, personifica a la Nacin, y dirige y aprueba la poltica general del Gobierno en su calidad de Jefe del Poder Ejecutivo.

Sus funciones estn establecidas en la Ley Orgnica del Poder Ejecutivo y en la Constitucin Poltica del Per. El Consejo de Ministros El Consejo de Ministros est conformado por Ministros y Ministras nombrados por el Presidente de la Repblica, conforme a la Constitucin Poltica del Per. Es presidido por el Presidente del Consejo de Ministros. Corresponde al Presidente de la Repblica presidirlo cuando lo convoca o asiste a sus sesiones y puede convocar a asistir a los funcionarios que estime conveniente (Artculo 15 de la Ley Orgnica del Poder Ejecutivo). La Presidencia del Consejo de Ministros Es el Ministerio responsable de la coordinacin de las polticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo. Los Ministerios Son organismos del Poder Ejecutivo que comprenden uno o varios sectores, considerando su homogeneidad y finalidad. Disean, establecen, ejecutan y supervisan polticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectora respecto de ellas. El mbito de su competencia y estructura bsica se establece en su respectiva Ley de Organizacin y Funciones (Artculo 22 de la Ley Orgnica del Poder Ejecutivo). A la fecha existen 17 ministerios.PODER LEGISLATIVO El Poder Legislativo est constituido por el Congreso de la Repblica, el cual, en base a su Reglamento, se define como el rgano representativo de la Nacin, pues sus representantes (los congresistas) son elegidos en votacin popular. Es unicameral y cuenta con autonoma poltica, normativa, administrativa y econmica para el ejercicio de sus funciones. Su funcin principal es legislar, asimismo cumple funciones de control poltico y otras funciones especiales especificadas por la Constitucin.Tipos de normas emite el Poder Legislativo Leyes: jerrquicamente inferiores a la Constitucin, pueden ser leyes ordinarias, leyes de reforma de la Constitucin, leyes orgnicas, leyes presupuestales y financieras, leyes autoritativas de legislacin elegada, leyes de amnista y leyes demarcatorias.

Resoluciones: resoluciones legislativas y resoluciones legislativas que aprueban normas internas.PODER JUDICIALEl Poder Judicial es la institucin que tiene como potestad exclusiva la administracin de justicia a travs de sus rganos institucionales, su mximo representante es el Presidente de la Corte Suprema. As pues, cuenta con autonoma poltica, administrativa, econmica e independencia jurisdiccional, pero est sujeta a lo estipulado en la Constitucin y en su Ley Orgnica.rganos institucionales Juzgados de Paz No Letrados: son creados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, estn encargados de resolver faltas menores.

Juzgados de Paz Letrados: su competencia territorial est establecido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se encargan principalmente de resolver las apelaciones hechas a las sentencias de los Juzgados de Paz No Letrados. Juzgados Especializados o Mixtos: son los Juzgados Civiles, Juzgados Penales, Juzgados de Trabajo, Juzgados Agrarios y Juzgados de Familia. Los cuales tienen su sede en la capital provincial y existiendo mnimo uno por provincia.

Cortes Superiores: sus competencias abarcan a los Distritos Judiciales, con sedes especificadas por ley. Estn conformadas por Salas Especializadas o Mixtas, las cuales resuelven en segunda y ltima instancia, salvo excepciones.

Corte Suprema: su nica sede es en Lima y tiene competencia en todo el territorio nacional. Est constituida por Salas Especializadas Permanentes y Transitorias.GOBIERNOS REGIONALESLos gobiernos regionales son personas jurdicas de derecho pblico, cuyos principales representantes son elegidos por votacin popular por un periodo de 4 aos. Cuentan con autonoma poltica, econmica y administrativa. Tienen por finalidad realizar una gestin ms eficiente de los recursos, a partir de las capacidades y potenciales de cada regin, para contribuir a su desarrollo sostenible. Su estructura, organizacin, funciones y competencias estn especificadas por la Ley Orgnica de Gobiernos Regionales (Ley N27867).Cuentan con Gerencias y Direcciones Regionales para el desempeo de las funciones con que cuentan.GOBIERNOS LOCALESEl Gobierno Local es la forma ms bsica de organizacin del Estado Peruano, cuentan con personera jurdica de derecho pblico, es decir, son entidades con autonoma poltica, econmica y administrativa, que responden a la necesidad de una mayor participacin ciudadana. Estn regidos por la Ley Orgnica de Municipalidades. Ley N 27972, la cual fue publicada el 27 de Mayo de 2003.

Dentro de los Gobiernos Locales se encuentran las Municipalidades Provinciales y las Municipalidades Distritales.ORGANISMOS CONSTITUCIONALMENTE AUTNOMOSSon organismos que cuentan con autonoma econmica, administrativa, funcional, tcnica y financiera, lo que implica que no dependen de otros jerrquicamente. Su condicin les otorga el derecho a iniciativa en la formacin de leyes aplicables a su mbito de competencia.

Estos organismos se constituyen como autnomos debido a que sus funciones requieren de autonoma de los dems poderes del Estado y su labor no debe ser interferida de forma alguna por injerencias polticas.

Entre estos organismos se encuentran, por ejemplo, los que conforman el Sistema Electoral Peruano (Jurado Nacional de Elecciones- JNE, Oficina Nacional de Procesos Electorales- ONPE y Registro Nacional de Identificacin y Estado Civil- RENIEC); el que evala la constitucionalidad de las normas (Tribunal Constitucional); el organismo que vela por el respeto de los derechos de los ciudadanos frente a los poderes del Estado (Defensora del Pueblo); el que controla los recursos del Estado

(Contralora Nacional de la Repblica), entre otros.Los Organismos Constitucionalmente Autnomos son los siguientes: Jurado Nacional de Elecciones Oficina Nacional de Procesos Electorales Registro Nacional de Identificacin y Estado Civil Consejo Nacional de la Magistratura Tribunal Constitucional Ministerio Pblico Fiscala de la Nacin Defensora del Pueblo Contralora Nacional de la Repblica Superintendencia de Banca y Seguros Banco Central de Reserva del Per EMPRESAS PBLICASSon entidades de derecho pblico o privado, cuya propiedad total o parcial est asumida por el Estado, sea a nivel nacional, regional o local. Estn encargadas de brindar un bien o servicio de inters pblico, especificadas en su ley de creacin, las formas en las que se desarrolla la actividad empresarial del Estado son:

Empresas pblicas de accionariado nico: son aquellas cuya propiedad total de acciones est dada por el Estado, por lo tanto este conforma y controla la Junta General de Accionistas.

Empresas del Estado con accionariado privado: aquellas cuyas acciones son mayoritariamente de propiedad del Estado y con accionistas minoritarios no pertenecientes al Estado.

Empresas del Estado con potestades pblicas: son de propiedad del Estado, pero su naturaleza normada en su ley de creacin le da potestades de derecho pblico.Ente rector de las empresas pblicasLa actividad empresarial desempeada por el Estado est normada y dirigida por el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE, empresa de Derecho Pblico adscrita al Sector Economa y Finanzas. Sin embargo, no todas las empresas pblicas se encuentran bajo su mbito, estas son: las empresas municipales, las empresas y centros de produccin y prestacin de servicios de las universidades pblicas, el Seguro Social de Salud-EsSALUD y PETROPER. Las cuales estn regidas por el sector o nivel de gobierno en las que estn adscritas.ANALISIS CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PERUANOEn el Per, gran parte de las constituciones a lo largo de su historia republicana han sido, semnticas y nominales.

Apenas las Constituciones de 1860 y 1979 llegaron a regir con relativa legitimidad, porque de alguna manera fueron redactadas mediante consenso de la clase poltica concurrente, resolviendo as el problema de la estabilidad de los regmenes siguientes, ms no lograron interpretar ni comprender la problemtica econmica y social del pas. El Per figura en el concierto mundial como uno de los pases que mayor nmero de veces ha cambiado de Constitucin. Pocas de ellas aportaron novedades importantes; muchas fueron innecesarias y ninguna de ellas logr afianzar al Estado e institucionalizar el pas.

Somos de la opinin que ninguna Constitucin puede, por s sola, alcanzar que un pas funcione como un todo slido y orgnico, coherente y perfectamente institucionalizado. Hacen falta, obviamente, la concurrencia de otros factores que provienen de la poltica, de la economa y de un consistente proceso de formacin de una voluntad nacional, dispuesta.Anlisis Poltico-Constitucional Naturaleza Constitucional del Estado Peruano

Toda Constitucin expresa una relacin social particularizada que abarca al Estado y la sociedad, precisando los contenidos, modos, caractersticas y tipos conforme a los cuales se formaliza la interaccin entre el Estado y le sociedad. Este planteamiento lleva necesariamente a estudiar la Constitucin no como una proposicin jurdica en abstracto, sino como una propuesta poltica que a travs de la sancin legislativa constituyente requiera formalizar las aspiraciones concretas del pueblo a la realidad, para darle a esta orientacin, orden, estabilidad y seguridad. En este sentido, el estudio de la Constitucin demanda ubicarla en el contexto histrico poltico del cual surge y al cual se debe.

En definitiva, las Constituciones que se han venido sucediendo a lo largo de nuestra historia refleja el precario nivel de desarrollo social, econmico y poltico alcanzado en nuestro pas. La Forma de Gobierno en el Per

La doctrina nacional define que la forma de gobierno en el Per es un sistema mixto, a medio camino, entre los modelos presidencialista y parlamentarista, o en todo caso un presidencialismo con sujecin parlamentaria. Principalmente estos modelos se diferencian por el procedimiento de eleccin del ejecutivo. Efectivamente, en el parlamentarismo el pueblo elige un legislativo que a la vez este ltimo elige al gobierno del ejecutivo.

En el presidencialismo, tanto el legislativo como el ejecutivo son elegidos por el pueblo.

La tendencia constitucional del Per se ha inscrito en favor de la figura del presidencialismo, institucin que en los hechos, por incidencia de la inestabilidad poltica y la fragilidad de los partidos polticos, desbordaron las previsiones constitucionales. La Presidencia de la Repblica se asoci hasta degenerarse a otras modalidades de ejercicio del poder: caudillismo, autoritarismo, cesarismo, etc. Ms que en una clase dirigente o en partidos polticos, el Presidente se apoy en sectores oligrquicos o en grupos militares. Esto fue determinante para llegar o salir del poder por la va de los golpes de Estado.

Concordamos que el constitucionalismo peruano tambin adopt la separacin de poderes, pero formul un rgimen poltico presidencial, introduciendo para atenuarlo elementos parlamentaristas europeos como la interpelacin, la censura y la disolucin. En esa lnea, las constituciones peruanas atenuaron el presidencialismo. En realidad, los presidentes basaron su poder, ms que en el complejo equilibrio que propugnaban los textos, en alianzas fcticas, sin embargo, las constituciones, inspiradas y trazadas sobre la base del traslado de las instituciones europeas y norteamericanas no cuajaron muchas veces en la realidad. Los hechos fueron ms fuertes que las disposiciones de los textos constitucionales.ADMINISTRACIN PBLICA

En ese sentido se entiende por administracin pblica, en su enfoque procedimental, a todas las instituciones y organismos pblicos y privados que prestan servicios pblicos. Son las entidades de cualquier naturaleza que sean dependientes del gobierno central, los gobiernos regionales o los gobiernos locales, incluido sus correspondientes organismos pblicos.

En efecto, la administracin pblica comprende a los organismos que desempean una funcin de inters pblico, especialmente de provisin de servicios y/o regulacin de los comportamientos e intereses de la sociedad, el mercado, as como del propio Estado y sus instituciones.Los sistemas de gestin publicaLa Ley Orgnica del Poder Ejecutivo hace un importante aporte para comprender y organizar mejor la gestin pblica. Para ello pone de manifiesto el concepto de Sistemas, definindolo como el conjunto de principios, normas, procedimientos, tcnicas e instrumentos mediante los cuales se organizan las actividades de la Gestin Pblica, para que las entidades gubernamentales ejerzan sus competencias y atribuciones.

Las funciones de administracin interna sirven de apoyo para ejercer las funciones sustantivas. Estn referidas a la utilizacin eficiente de los medios y recursos materiales, econmicos y humanos que sean asignados.

Son funciones de administracin interna las relacionadas a actividades tales como: planeamiento, presupuesto, contabilidad, organizacin, recursos humanos, sistemas de informacin y comunicacin, asesora jurdica, gestin financiera, gestin de medios materiales y servicios auxiliares, entre otras. Sobre la de esta tipologa de funciones, que son de carcter organizacional, los sistemas funcionales y administrativos se pueden definir as. Los Sistemas funcionalesLos Sistemas Funcionales tienen por finalidad asegurar el cumplimiento de las polticas pblicas que requieren de la participacin de todas o varias entidades del Estado.

Los sistemas funcionales estn relacionados con las funciones sustantivas que caracterizan a cada una de entidades pblicas. Mediante estos sistemas se gestionan las materias que se le encargan a una institucin por ley, y se ejecutan a travs de sus rganos de lnea originndose los servicios que le corresponden a la institucin. Las materias son agricultura, ambiente, comercio, turismo, economa, salud, educacin, trabajo, mujer, desarrollo social, transporte, comunicaciones, saneamiento, produccin, energa, minas, justicia, defensa, interior, etc., y dan lugar a sistemas como, el sistema integral de salud, el sistema educativo, las cadenas productivas, el sistema de agua y alcantarillado, sistemas productivos, sistema vial, sistema de riego, sistema energtico, sistema judicial, etc. Los Sistemas AdministrativosLos Sistemas Administrativos tienen por finalidad regular la utilizacin de los recursos en las entidades de la administracin pblica, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso.

Los sistemas administrativos tienen relacin con las funciones de administracin interna que se ejercen en apoyo al cumplimiento de las funciones sustantivas, estn referidas a la utilizacin eficiente de los medios y recursos materiales, econmicos y humanos que intervienen en el ciclo de la gestin pblica para la provisin de servicios pblicos.

Se ejecutan a travs de sus rganos de lnea, apoyo y asesora, segn corresponda.

La gestin combinada y complementaria de los sistemas funcionales y administrativos origina la gestin pblica.

Los Sistemas estn a cargo de un Ente Rector que se constituye en su autoridad tcnico-normativa a nivel nacional, dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con su mbito, coordina su operacin tcnica y es responsable de su correcto funcionamiento.

Paulatinamente se debe adecuar el funcionamiento de los Sistemas Administrativos al proceso de descentralizacin y modernizacin del Estado, en correspondencia del carcter Unitario, democrtico y descentralizado del gobierno peruano. En la actualidad varios sistemas tienen un carcter centralista y por consiguiente requieren modernizarse.Los gestores pblicos

El funcionamiento de las entidades pblicas se debe a la presencia de autoridades polticas y servidores pblicos que asumen un conjunto de atribuciones de acuerdo al cargo que ocupa en el marco del mandato que le asigna su ley de creacin.

Los decisores polticos tienen la responsabilidad de adoptar polticas que conlleven a enfrentar y resolver problemas que afectan a la comunidad en los diferentes mbitos de su responsabilidad. Estas polticas son adoptadas individualmente o reunidos en el colectivo al que pertenecen (Consejo de Ministros, Consejos Regionales, Concejos Municipales, un directorio, etc.). Por su parte los servidores pblicos ponen en prctica las polticas haciendo uso de un conjunto de tecnologas de gestin e instrumentos de orden normativo y gerencial. Los elementos que se deben tener en cuenta para que la actuacin de polticos y tcnicos sea articulada e integral son:

Visin y liderazgo compartido, que organice sus actuaciones en un mismo sentido y atrados por un propsito comn, con capacidad prospectiva, donde el liderazgo no es individual sino de trabajo en equipo.

Sentido de misin, el cumplimiento de responsabilidades debe responder a un proceso de gobierno y gerencia estratgica, para que el proceso de toma de decisiones sea focalizada en funcin de las metas establecidas en beneficio del ciudadano, en correspondencia de la misin institucional con la visin.

Agentes de cambio efectivo, ante los permanentes cambios de orden econmico, social, tecnolgico, cultural, etc., producidos en el mundo global, es fundamental la reinvencin del liderazgo, pasar de los liderazgos individuales a los liderazgos colectivos, de conocimientos, actitudes y habilidades, la capacidad de negociar, de construir equipos, de actuar con honradez y transparencia, de administrar la tensin y el conflicto y quizs sobre todo, de mantener la credibilidad necesaria para dirigir procesos de cambio para mejorar la gestin pblica, y que este se ponga al servicio del desarrollo integral y sostenible.

SISTEMAS ADMINISTRATIVOS

La gestin pblica est configurada por las entidades gubernamentales y los procesos polticos y tcnicos a travs de los cules un Gobierno, en representacin del Estado, disea e implementa polticas, suministra bienes y servicios, y aplica regulaciones con el objeto de cumplir con sus fines y funciones, a travs de cada uno de sus niveles de su gobierno.

Para este efecto, la gestin pblica tiene como soporte a un conjunto de sistemas administrativos, que comprenden una serie de tecnologas, metodologas, procedimientos, instrumentos, etc. que le permiten actuar en consideracin a los mandatos y encargos establecidos por la Constitucin y la Ley a cada entidad gubernamental.

Mediante los sistemas administrativos se orienta y organiza la actividad de las entidades pblicas, y a su interior, de los sus gestores, permitiendo el logro de los objetivos y metas preestablecidos, a partir de coordinar sus actividades y utilizacin de diversos recursos. Los sistemas administrativos apuntan a que gestin pblica tenga un desempeo eficiente, eficaz e inclusivo, con resultados que beneficien al ciudadano.

Los Sistemas Administrativos son de aplicacin nacional, y comprende los siguientes:

EL SISTEMA DE PLANEAMIENTO ESTRATGICOLa planificacin en general, es un proceso que define objetivos, metas, estrategias y acciones para lograr resultados deseados en el futuro y encaminados a cambiar la situacin actual. Para ello se requiere de determinadas metodologas y tcnicas y la participacin consciente de un conjunto de actores (institucionales e individuales) con responsabilidad o inters en cambiar el estado negativo o carencias de las cosas.

La planificacin desde el Estado tiene como marco y objeto la promocin del desarrollo integral, sostenible e inclusivo, a partir de generar oportunidades para el bienestar de la poblacin.El Sistema Nacional de Planeamiento Estratgicoa. Definicin

El Sistema Nacional de Planeamiento Estratgico es el conjunto articulado e integrado de rganos, subsistemas y relaciones funcionales, existentes en las diferentes instituciones gubernamentales relacionados a la planificacin estatal, con la de finalidad es coordinar y viabilizar el proceso de planeamiento estratgico nacional, para promover y orientar el desarrollo armnico y sostenido del pas.b. Estructura

El Sistema Nacional de Planeamiento Estratgico est integrado por:

El Centro Nacional de Planeamiento Estratgico, como rgano rector del

Sistema;

Los rganos del gobierno nacional, con salvaguarda de su autonoma, de los dems poderes del Estado, de los organismos constitucionales autnomos y de los gobiernos regionales y locales con responsabilidades y competencias en el planeamiento estratgico;

El Foro del Acuerdo Nacional, como instancia de concertacin de la planificacin estratgica nacional cuando su intervencin es solicitada, en su orden, por el Presidente del Consejo de Ministros o el Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN.SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO PBLICOLos Estados, perciben un conjunto de ingresos por su capacidad coercitiva de cobrar tributos. Estos ingresos se transforman en gastos, que deben aplicarse de la forma ms eficaz y eficiente posible, de modo que se traduzca en servicios pblicos cada vez mejores a la comunidad.

En ese marco, el presupuesto pblico es una herramienta fundamental de la gestin de las finanzas pblicas, y sirve como elemento bsico para lograr los objetivos contenidos en los planes gubernamentales, financiando las actividades y proyectos contenidos en estos. En base a las polticas y objetivos gubernamentales, la prioridad al gasto, en pases como el Per, debe atender el gasto social con criterios de calidad y equidad, el gasto de inversin para generar condiciones favorables a la competitividad, sobre la base de mejorar del capital fsico y humano del pas, para que en el mediano plazo se refleje en un mayor crecimiento, inversin, empleo, as como el mejor aprovechamiento de las oportunidades de desarrollo, de manera que aporte a una economa que compita en el mundo global.

Desde el ao 2008, se dispone la implementacin progresiva del presupuesto por resultados (PpR) a nivel de programas pilotos con el objetivo de alcanzar objetivos especficos relacionados a la poltica econmica y social.a. Definicin

El Presupuesto constituye el instrumento de gestin del Estado que permite a las entidades gubernamentales lograr sus objetivos y metas contenidas en su Plan Operativo Institucional (POI). Asimismo, es la expresin cuantificada, conjunta y sistemtica de los gastos para atender durante el ao fiscal, por cada una de las Entidades que forman parte del Sector Pblico y refleja los ingresos que financian dichos gastos.

El Presupuesto comprende: Los gastos que, como mximo, pueden contraer las Entidades durante el ao fiscal, en funcin a los crditos presupuestarios aprobados y los ingresos que financian dichas obligaciones.

Los objetivos y metas a alcanzar en el ao fiscal por cada una de las Entidades con los crditos presupuestarios que el respectivo presupuesto les aprueba.

b. Los Fondos PblicosLos fondos pblicos estn conformados por los ingresos, que por diferente concepto, percibe el Estado. Se orientan a la atencin de los gastos que genere el cumplimiento de sus fines, independientemente de la fuente de financiamiento de donde provengan. Los fondos se orientan de manera eficiente y con atencin a las prioridades establecidas en las polticas pblicas en beneficio del desarrollo del pas.c. Los gastos pblicosLos Gastos Pblicos son el conjunto de erogaciones que por concepto de gasto corriente, gasto de capital y servicio de deuda, realizan las Entidades con cargo a los crditos presupuestarios aprobados en los presupuestos respectivos, para ser orientados a la atencin de la prestacin de los servicios pblicos y las acciones desarrolladas por las Entidades de conformidad con sus funciones y objetivos institucionales.d. Pliego presupuestario

Son las Entidades del Sector Pblico que tienen aprobado una Asignacin Presupuestaria en la Ley Anual de Presupuesto. Desde el punto de vista operativo, los Pliegos Presupuestarios son los organismos ejecutores responsables del cumplimiento de las Metas Presupuestarias y del logro de los Objetivos Institucionales trazados para cada Ao Fiscal, responsabilizndose, igualmente de la atencin de los gastos adicionales no contemplados en el presupuesto inicial de apertura, que se presenten durante la fase de ejecucin presupuestal de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria y financiera existente.Los clasificadores presupuestarios de ingresos y gastos

Los Clasificadores Presupuestarios de Ingreso y Gastos son instrumentos normativos que permiten la agrupacin o estructuracin de los ingresos y gastos de acuerdo a ciertos criterios, que permite presentar todos los aspectos posibles de las transacciones gubernamentales, generando informacin que se ajusta a los requerimientos de anlisis y evaluacin.

La clasificacin econmica del presupuesto tiene por objetivo determinar el origen de los ingresos y los motivos del destino de stos. La clasificacin econmica considera como ingresos presupuestarios toda transaccin gubernamental que implica la utilizacin de un medio de financiamiento y como gastos presupuestarios toda transaccin que implica una aplicacin financiera o un uso de fondos.

Existe un clasificador nico para identificar las partidas del Ingresos y los

Gastos, denominado Tipo de Transaccin y que est dividido en:A. Ingresos Presupuestarios,

B. Gastos Presupuestarios.

Con la finalidad de organizar el gasto en consideracin de su uso, se lo clasifica en las siguientes categoras:Tipo de gastoCategora de gasto

GASTOS CORRIENTES

Reserva de Contingencia. Personal y otras obligaciones sociales. Pensiones y otras prestaciones sociales. Bienes y Servicios.

Donaciones y Transferencias.

Otros GastosGasto Corriente:

Todos los gastos destinados al mantenimiento u operacin de los Servicios que presta el Estado.

GASTOS DE CAPITAL

Donaciones y Transferencias de capital

Otros gastos.

Adquisicin de activos no financieros.

Adquisicin de activos financieros.Gasto de Capital:

Todos los gastos destinados al aumento de la produccin o al incremento inmediato o futuro del patrimonio del Estado.

SERVICIO DE LA DEUDA

Servicio de la Deuda PblicaServicio de la Deuda:

Todos los gastos destinados al cumplimiento de las obligaciones originadas por la deuda pblica, sea interna o externa.

El clasificador por fuentes de financiamiento y rubrosFuentes de

financiamientoRubros

00. Recursos

ordinariosCorresponden a los ingresos provenientes de la recaudacin tributaria y otros conceptos; y constituyen fondos disponibles de libre programacin.

Se incluye la recuperacin de los recursos obtenidos ilcitamente en perjuicio del Estado.

09. Recursos

directamente

recaudadosComprende los ingresos generados por las Entidades Pblicas y

administrados directamente por stas.

Incluye el rendimiento financiero as como los saldos de balance de aos fiscales anteriores.

19. Recursos por

operaciones

oficiales de

crditoComprende los fondos de fuente interna y externa provenientes de operaciones de crdito efectuadas por el Estado con Instituciones, Organismos Internacionales y Gobiernos Extranjeros.Incluye el diferencial cambiario, as como los saldos de balance de aos fiscales anteriores. Slo en el caso de los Gobiernos Locales se incluir el rendimiento financiero.

13.Donaciones y

TransferenciasComprende los fondos financieros no reembolsables recibidos por el gobierno proveniente de Agencias Internacionales de Desarrollo,

Gobiernos, Instituciones y Organismos Internacionales, as como de otras personas naturales o jurdicas domiciliadas o no en el pas.

Recursos

determinados04. Contribuciones a Fondos

Considera los fondos provenientes de los aportes obligatorios

efectuados por los trabajadores de acuerdo a la normatividad vigente,

07. Fondo de Compensacin Municipal

Comprende los ingresos provenientes del rendimiento del Impuesto de Promocin Municipal, Impuesto al Rodaje e Impuesto a las Embarcaciones de Recreo. Incluye el rendimiento financiero as como los saldos de balance de aos fiscales anteriores.

08. Impuestos Municipales Son los tributos a favor de los Gobiernos Locales, cuyo cumplimiento no origina una contraprestacin directa de la Municipalidad al contribuyente.

1 8. Canon y Sobrecanon, Regalas, Renta de Aduanas y

Participaciones

Corresponde a los ingresos que deben recibir los Pliegos

Presupuestarios, conforme a Ley, por la explotacin econmica de recursos naturales que se extraen de su territorio. Asimismo,

considera los fondos por concepto de regalas, los recursos por

Participacin en Rentas de Aduanas provenientes de las rentas

recaudadas por las aduanas martimas, areas, postales, fluviales, lacustres y terrestres, en el marco de la regulacin correspondiente, as como las transferencias por eliminacin de exoneracionestributarias.

Las fases del proceso presupuestario

El proceso presupuestario comprende las fases de Programacin, Formulacin, Aprobacin, Ejecucin y Evaluacin del Presupuesto, de conformidad con la Ley Marco de la Administracin Financiera del Sector Pblico. Estas fases se encuentran reguladas genricamente por la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y complementariamente por las Leyes de Presupuesto del Sector Pblico y las Directivas que emita la Direccin Nacional del Presupuesto Pblico.

El proceso presupuestario se sujeta al criterio de estabilidad, concordante con las reglas y metas fiscales establecidas en el Marco Macroeconmico Multianual y la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal.

EL SISTEMA DE ABASTECIMIENTOa. DefinicinEl Sistema de Abastecimiento es el conjunto interrelacionado de polticas, objetivos, normas, atribuciones, procedimientos y procesos tcnicos orientados al racional flujo, dotacin o suministro, empleo y conservacin de medios materiales; as como acciones especializadas, trabajo o resultado para asegurar la continuidad de los procesos productivos que desarrollan las entidades integrantes de la administracin pblica.

Este sistema se instituy a travs del Decreto Ley 22056, en el marco de actividad de la Direccin Nacional de Abastecimiento del Instituto Nacional de Administracin Pblica. Actualmente el Sistema de Abastecimiento est regido por el nuevo organismo denominando ORGANISMO SUPERVISOR DE CONTRATACIONES DEL ESTADO- OSCE.b. Organizacin de la oficina de abastecimiento

La Oficina de Abastecimiento es el rgano de apoyo encargado de gerenciar y administrar las acciones y actividades propias del Sistema de Abastecimiento y de la administracin y mantenimiento de los bienes muebles, maquinaria, equipo mecnico, flota vehicular y de los locales institucionales de la entidad.Principales Funciones Generales de Abastecimiento

Las principales funciones generales de las oficinas de abastecimiento o logstica son:

Dirigir, programar y ejecutar la administracin del Sistema Administrativo de Abastecimiento conforme a los lineamientos, polticas, normas presupuestarias, tcnicas de control sobre adquisiciones y otras normas pertinentes.

Adquirir, almacenar y distribuir los bienes y servicios que requiera la institucin.

Elaborar anualmente el Cuadro de Necesidades de Bienes y de Servicios.

Formular y ejecutar el Plan Anual de Adquisiciones y proponer su aprobacin, en coordinacin con las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto y de Administracin y Finanzas.

Prestar asistencia a los Comits Especiales de Adquisiciones de bienes y servicios en los procesos de seleccin.

Participar en la conformacin de los Comits Especiales para las licitaciones, concursos pblicos y adjudicaciones directas de mayor y menor cuanta.

Reportar informacin mensual a nivel de compromiso, de las rdenes de compra y de servicios, a la Gerencia de Administracin y Finanzas.

Dirigir y supervisar las acciones de inventario, registro, uso y control de los bienes muebles.

Otras que le encargue el Gerente de Administracin.El proceso de Abastecimiento

El sistema de abastecimiento se gestiona a travs de los siguientes procesos o pasos:

Programacin de necesidades, Es la determinacin de stas en funcin a los objetivos y metas institucionales, concordantes con el PIA. En esta fase se utilizar el Cuadro de Necesidades.

Elaboracin del Presupuesto Valorado, Esta fase consiste en la consolidacin de las necesidades de bienes, servicios y obras, sustentadas en el Presupuesto Institucional de Apertura.

Elaboracin del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, Esta fase se desarrolla dentro de los treinta (30) das siguientes a la aprobacin del PIA, es decir, a ms tardar el 31 de enero de cada ao. No se podr ejecutar ningn proceso de seleccin que previamente no haya sido incluido en el PAAC, siendo nulo todo proceso que contravenga a esta disposicin.

Ejecucin de los procesos de seleccin, Consiste en la realizacin de los procesos de seleccin de acuerdo al objeto del proceso. Los procesos de seleccin se rigen por la Ley Anual de Presupuesto y la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

Ingreso al Almacn Institucional, Es el ingreso de los bienes materiales adquiridos a travs de los diversos procesos de seleccin, en aplicacin de la SA 05- Unidad en el ingreso fsico y custodia temporal de bienes, concordante con las Normas Tcnicas de Control Interno - NTCI 300 02- Unidad de Almacn.

Valorizacin de las existencias de almacn, Se realiza en funcin a los documentos - fuentes o tasacin, aplicando el Costo Promedio o el PEPS (Primeras entradas, primeras salidas).c. Tipos de procesos de seleccin y sus objetos de contrato

Licitaciones Pblica s

Objeto del Contrato Adquisicin de bienes Ejecucin de obrasConcursos Pblicos

Objeto del Contrato Arrendamiento de bienes Contratacin de servicios

Contratacin de servicios de consultora

Adjudicacin Directa Pblica

Objeto del Contrato

Adquisicin y arrendamiento de bienes

Contratacin de servicios

Contratacin de servicios de consultora

Ejecucin de obrasAdjudicacin Directa Selectiva

Objeto del Contrato

Adquisicin y arrenda miento de bienes

Contratacin de servicios

Contratacin de servicios de consultoras

Ejecucin de obras

Adjudicacin de Menor Cuanta

Objeto del Contrato

Adquisicin y arrendamiento de bienes, contratacin de servicios, contratacin de

servicios de consultora de obra, ejecucin de obras

El valor referencial para las Licitaciones Pblicas, Concurso Pblico y Adjudicacin

Directa se determina segn lo dispuesto por las Leyes Anuales de Presupuesto.

Para el caso de las Adjudicaciones Directas Selectivas y Adjudicaciones de Menor

Cuanta, deben concordarse dichas Leyes con lo sealado en el Texto nico Ordenado

-TUO- de la Ley y su Reglamento.

EL SISTEMA DE CONTROL GUBERNAMENTALEl sistema de control en nuestro pas se orienta principalmente a supervisar el cumplimiento de los procedimientos, normas y reglas antes que en evaluar la gestin en funcin de los objetivos de modernizacin del Estado. As, las prioridades del control estn puestas en la lucha contra la corrupcin (por lo tanto se implementan acciones rpidas que detecten o prevengan irregularidades, se incrementan las sanciones administrativas, civiles y penales, etc.) antes que en contribuir a la mejora de la gestin a travs de sus resultados (cumplimiento de objetivos y metas institucionales). Sin embargo la corrupcin la corrupcin est campante en el seno de la administracin pblica peruana.a. El Control Gubernamental

El control gubernamental consiste en la supervisin, vigilancia y verificacin de los actos y resultados de la gestin pblica, en atencin al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economa en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, as como del cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de poltica y planes de accin, evaluando los sistemas de administracin, gerencia y control, con fines de su mejoramiento a travs de la adopcin de acciones preventivas y correctivas pertinentes.

El control gubernamental es interno y externo y su desarrollo constituye un proceso integral y permanente.El control interno comprende las acciones de cautela previa, simultnea y de verificacin posterior que realiza la entidad sujeta a control, con la finalidad que la gestin de sus recursos, bienes y operaciones se efecte correcta y eficientemente. Su ejercicio es previo, simultneo y posterior.

El control interno previo y simultneo compete exclusivamente a las autoridades, funcionarios y servidores pblicos de las entidades como responsabilidad propia de las funciones que le son inherentes, sobre la base de las normas que rigen las actividades de la organizacin y los procedimientos establecidos en sus planes, reglamentos, manuales y disposiciones institucionales, los que contienen las polticas y mtodos de autorizacin, registro, verificacin, evaluacin, seguridad y proteccin.

El control interno posterior es ejercido por los responsables superiores del servidor o funcionario ejecutor, en funcin del cumplimiento de las disposiciones establecidas, as como por el rgano de control institucional segn sus planes y programas anuales, evaluando y verificando los aspectos administrativos del uso de los recursos y bienes del Estado, as como la gestin y ejecucin llevadas a cabo, en relacin con las metas trazadas y resultados obtenidos.

Se entiende por control externo el conjunto de polticas, normas, mtodos y procedimientos tcnicos, que compete aplicar a la Contralora General u otro rgano del Sistema por encargo o designacin de sta, con el objeto de supervisar, vigilar y verificar la gestin, la captacin y el uso de los recursos y bienes del Estado. Se realiza fundamentalmente mediante acciones de control con carcter selectivo y posterior.

b. Atribuciones de la Contralora General

Entre las atribuciones ms relevantes de la Contralora General de la Repblica tenemos:

a) Tener acceso en cualquier momento y sin limitacin a los registros, documentos e informacin de las entidades, aun cuando sean secretos; as como requerir informacin a particulares que mantengan o hayan mantenido relaciones con las entidades; siempre y cuando no violen la libertad individual.

b) Ordenar que los rganos del Sistema realicen las acciones de control que a su juicio sean necesarios o ejercer en forma directa el control externo posterior sobre los actos de las entidades.

c) Supervisar y garantizar el cumplimiento de las recomendaciones que se deriven de los informes de control emanados de cualquiera de los rganos del Sistema.

d) Emitir opinin previa vinculante sobre adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras, que conforme a ley tengan el carcter de secreto militar o de orden interno exonerados de Licitacin Pblica, Concurso Pblico o Adjudicacin Directa.

e) Designar y supervisar de manera exclusiva a las Sociedades de Auditorae

f) Recibir y atender denuncias y sugerencias de la ciudadana relacionadas con las funciones de la administracin pblica, otorgndoles el trmite correspondiente.

g) Promover la participacin ciudadana, mediante audiencias pblicas y/o sistemas de vigilancia.

h) Verificar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones sobre prohibiciones e incompatibilidades de servidores pblicos y otros,

i) Establecer los procedimientos para que los titulares de las entidades rindan cuenta oportuna ante el rgano Rector, por los fondos o bienes del Estado a su cargo.c. El Sistema Nacional de Control

El Sistema Nacional de Control es el conjunto de rganos de control, normas, mtodos y procedimientos, estructurados e integrados, funcionalmente, y destinados a conducir y desarrollar el ejercicio del control gubernamental en forma descentralizada.

Su actuacin comprende las actividades y acciones en los campos administrativo, presupuestal, operativo y financiero de las entidades y alcanza al personal que presta servicios en ellas, independientemente del rgimen que las regule.

El ejercicio del control gubernamental por el Sistema Nacional de Control en las entidades, se efecta bajo la autoridad normativa y funcional de la Contralora General de la Repblica, la misma que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos tcnicos correspondientes a su proceso, en funcin a la naturaleza y/o especializacin de dichas entidades, las modalidades de control aplicables y los objetivos trazados para su ejecucin.

Dicha regulacin permitir la evaluacin, por los rganos de control, de gestin de las entidades y sus resultados.d. Conformacin del Sistema Nacional de Control

El Sistema Nacional de Control est conformado por:

La Contralora General de Repblica (CGR), que viene a ser el rgano rector del sistema como ente tcnico normativo.

Las Oficinas de Control Institucional (OCI), como unidades orgnicas responsables de la funcin de control gubernamental en cada entidad repblica.

Las Sociedades de Auditoria (SOA); que son empresas privadas que, por encargo de la CGR, realizan auditorias financieras, econmicas y de sistemas.e. mbito de aplicacin

Estn sujetas al sistema nacional de control las siguientes entidades:

El Gobierno Central, los Gobiernos Regionales y Locales. Unidades administrativas del Poder Legislativo, el Poder Judicial y Ministerio Pblico.

Organismos Autnomos creados por la Constitucin Poltica (Consejo Nacional de la Magistratura, Jurado Nacional de Elecciones, ONPE, la propia CGR y otras) e instituciones y personas de derecho pblico (universidades estatales, por ejemplo).

Organismos reguladores de servicios pblicos (OSIPTEL, OSINERG, OSITRAN y otros)

Empresas del Estado y en las que ste participe en el accionariado bajo cualquier forma societaria.

Entidades privadas, no gubernamentales e internacionales, por los recursos pblicos que perciban.EL SISTEMA ADMINISTRATIVO DE GESTIN DE RECURSOS HUMANOSEl Sistema Administrativo de Gestin de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la poltica de Estado respecto del servicio civil; y, comprende el conjunto de normas, principios, recursos, mtodos, procedimientos y tcnicas utilizados por las entidades del sector pblico en la gestin de los recursos humanos.Organizacin del SistemaIntegran el Sistema: La Autoridad, la cual formula la poltica nacional del servicio civil, ejerce la rectora del Sistema y resuelve las controversias.

Las Oficinas de Recursos Humanos de las entidades o empresas del Estado, o las que hagan sus veces, que constituyen el nivel descentralizado responsable de implementar las normas, principios, mtodos, procedimientos y tcnicas del Sistema.mbito del Sistema

El Sistema comprende las acciones de: La planificacin de polticas de recursos humanos, la organizacin del trabajo y su distribucin, la gestin del empleo, la gestin del rendimiento, la gestin de la compensacin, la gestin del desarrollo y la capacitacin, la gestin de las relaciones humanas y la resolucin de controversias.Regmenes comprendidos en el Sistema

Para los efectos del presente Decreto Legislativo y en tanto se implemente de modo integral la nueva Ley del Servicio Civil, el Sistema comprende a los regmenes de carrera y formas de contratacin de servicios de personal utilizados por las entidades pblicas, sin que ello implique reconocimiento de derecho alguno.

Respecto a las empresas del Estado sujetas al mbito de competencia del Fondo de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, la Autoridad ejercer sus funciones y atribuciones en coordinacin con el citado organismo, con sujecin a lo dispuesto en la Constitucin Poltica del Per y sus leyes especiales.El Proceso de evaluacin del desempeo

La evaluacin del desempeo es el proceso obligatorio, integral, sistemtico y continuo de apreciacin objetiva y demostrable del conjunto de actividades, aptitudes y rendimiento del personal al servicio del Estado en cumplimiento de sus metas, que llevan a cabo obligatoriamente las entidades, en la forma y condiciones que se sealan en la normatividad. Todo proceso de evaluacin se sujeta a las siguientes reglas mnimas: Debe ser aplicado en funcin de factores mensurables, cuantificables y verificables.

Abarca a todo el personal de una entidad.

Sus resultados son pblicos.El Empleado PblicoEl empleado o servidor pblico, es aquel ciudadano que presta sus servicios al Estado a cambio de una remuneracin. El servidor pblico debe prestar sus servicios con idoneidad, honradez, eficacia, responsabilidad y compromiso.

a. Obligaciones del empleado pblico

Todo empleado est sujeto a las siguientes obligaciones:

Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio pblico.

Prestar los servicios de forma exclusiva durante la jornada de trabajo, salvo labor docente, la cual podr ser ejercida fuera de la jornada de trabajo.

Actuar con imparcialidad, omitiendo participar o intervenir por s o por terceras personas, directa o indirectamente, en los contratos con su entidad en los que tenga inters el propio empleado, su cnyuge o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. Concurrir puntualmente y observar los horarios establecidos.

Conocer las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeo.

No suscribir contrato de locacin de servicios bajo cualquier modalidad con otra entidad pblica. Presentar declaracin jurada anual de bienes y rentas, as como al asumir y al cesar en el cargo.

Entre otros.b. Bienestar social e incentivos

La administracin pblica a travs de sus entidades deber disear y establecer polticas para implementar de modo progresivo programas de bienestar social e incentivos dirigidos a los empleados y su familia.

El desempeo excepcional de un empleado origina el otorgamiento de especial reconocimiento que deber enmarcarse en las siguientes condiciones:

Lograr resultados eficientes en el servicio que presta a la poblacin.

Constituir modelo de conducta para el conjunto de empleados.

Promover valores sociales.

Promover beneficios a favor de la entidad.

Mejorar la imagen de la entidad frente a la colectividad.c. Trmino de la relacin de empleo pblico

El trmino del empleo se produce por: Fallecimiento.

Renuncia.

Mutuo disenso.

Destitucin.

Invalidez permanente que no le permita cumplir con sus funciones.

Jubilacin y Cese.

SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDADEl Sistema Nacional de Contabilidad es el conjunto de polticas, principios, normas y procedimientos contables aplicados en los sectores pblico y privado.Conformacin del Sistema Nacional de Contabilidad

El Sistema Nacional de Contabilidad est conformado por:

a) La Direccin Nacional de Contabilidad Pblica, rgano rector del sistema;

b) El Consejo Normativo de Contabilidad;

c) Las oficinas de contabilidad o quien haga sus veces, para las personas jurdicas de derecho pblico y de las entidades del sector pblico; y,

d) Las oficinas de contabilidad o quien haga sus veces, para las personas naturales o jurdicas del sector privado.Atribuciones de las Oficinas de ContabilidadLas oficinas de contabilidad o quien haga sus veces tienen las atribuciones siguientes:

a) Proponer proyectos de normas y procedimientos contables al rgano rector;

b) Proponer el manual de procedimientos contables de la entidad a que correspondan, sin transgredir ni desnaturalizar las normas y procedimientos vigentes; y,

c) Efectuar el registro y procesamiento de todas las transacciones de la entidad a que correspondan, elaborando los estados financieros y complementarios, con sujecin al sistema contable de su competencia funcional.Procesos Del Sistema Nacional De ContabilidadPROCESO CONTABLE

El Registro Contable

El registro contable es el acto que consiste en anotar los datos de una transaccin en las cuentas correspondientes del plan contable que corresponda, utilizando medios manuales, mecnicos, magnticos, electrnicos o cualquier otro medio autorizado y de acuerdo a lo establecido en la documentacin que sustenta la transaccin.

El registro contable oficial es el autorizado por la Direccin Nacional de Contabilidad Pblica, estando las entidades del sector pblico obligadas a su total cumplimiento, en aplicacin de las normas y procedimientos contables emitidos por el rgano rector, utilizando los planes de cuenta y clasificadores presupuestarios de ingresos y gastos pblicos, as como los sistemas contables que les sean aplicables.

Las Entidades del sector privado efectuarn el registro contable de sus transacciones con sujecin a las normas y procedimientos dictados y aprobados por el Consejo Normativo de Contabilidad.

En el registro sistemtico de la totalidad de los hechos financieros y econmicos, los responsables del registro no pueden dejar de registrar, procesar y presentar la informacin contable por insuficiencia o inexistencia de la legislacin. En tales casos se debe aplicar en forma supletoria los Principios Contables Generalmente Aceptados y de preferencia los aceptados en la Contabilidad Peruana.Registro Contable en el Sistema Integrado de Administracin Financiera del Sector Pblico (SIAF-SP)

El registro contable que se efecta utilizando el Sistema Integrado de Administracin Financiera del

Sector Pblico (SIAF-SP), tiene como sustento la Tabla de Operaciones cuya elaboracin y actualizacin permanente es responsabilidad de la Direccin Nacional de Contabilidad Pblica.La Contabilidad del Sector Pblico

La contabilidad del sector pblico se configura como un sistema de informacin econmica, financiera y presupuestaria de cada una de las entidades que lo conforman. Tiene por objeto mostrar la imagen fiel del patrimonio, la situacin financiera, los resultados y la ejecucin del presupuesto.SISTEMA NACIONAL DE TESORERIA

El Sistema Nacional de Tesorera, en adelante el Sistema, es el conjunto de rganos, normas, procedimientos, tcnicas e instrumentos orientados a la administracin de los fondos pblicos, en las entidades y organismos del Sector Pblico, cualquiera que sea la fuente de financiamiento y uso de los mismos.Conformacin del Sistema

El Sistema Nacional de Tesorera est conformado de la siguiente manera:a. En el nivel central: Por la Direccin Nacional del Tesoro Pblico del Ministerio de Economa y Finanzas, que es el rgano rector del Sistema y como tal aprueba la normatividad, implementa y ejecuta los procedimientos y operaciones correspondientes en el marco de sus atribuciones.

b. En el nivel descentralizado u operativo: Por las Unidades Ejecutoras y dependencias equivalentes en las Entidades del Sector Pblico comprendidas en la presente Ley y sus correspondientes tesoreras u oficinas que hagan sus veces.De la Unidad Ejecutora y Dependencia Equivalente en las Entidades

Es la unidad encargada de conducir la ejecucin de operaciones orientadas a la gestin de los fondos que administran, conforme a las normas y procedimientos del Sistema Nacional de Tesorera y en tal sentido son responsables directas respecto de los ingresos y egresos que administran.

En las unidades ejecutoras o dependencias equivalentes en las entidades, el responsable del rea de tesorera u oficina que haga sus veces, debe acreditar como mnimo, formacin profesional universitaria, as como un nivel de conocimiento y experiencia compatibles con el ejercicio de dicha funcin.Atribuciones de la Unidad Ejecutora y Dependencia Equivalente en las Entidades

Son atribuciones y responsabilidades de las unidades ejecutoras y reas o dependencias equivalentes en las entidades, a travs del Director General de Administracin o quien haga sus veces:

a. Centralizar y administrar el manejo de todos los fondos percibidos o recaudados en su mbito de competencia.

b. Coordinar e integrar adecuada y oportunamente la administracin de tesorera con las reas o responsables de los otros sistemas vinculados con la administracin financiera as como con las otras reas de la administracin de los recursos y servicios.

c. Dictar normas y procedimientos internos orientados a asegurar el adecuado apoyo econmico financiero a la gestin institucional, implementando la normatividad y procedimientos establecidos por el Sistema Nacional de Tesorera en concordancia con los procedimientos de los dems sistemas integrantes de la Administracin Financiera del Sector Pblico.

d. Establecer las condiciones que permitan el adecuado registro y acceso a la informacin y operatividad de la Direccin Nacional del Tesoro Pblico en el SIAF-SP por parte de los responsables de las reas relacionadas con la administracin de la ejecucin financiera y operaciones de tesorera.

e. Disponer la realizacin de medidas de seguimiento y verificacin del estado y uso de los recursos financieros, tales como arqueos de fondos y/o valores, conciliaciones, entre otros.Responsables de la Administracin de los Fondos Pblicos

Son responsables de la administracin de los fondos pblicos en las unidades ejecutoras y dependencias equivalentes en las entidades, el Director General de Administracin o quien haga sus veces y el Tesorero, cuya designacin debe ser acreditada ante la Direccin Nacional del Tesoro Pblico.Evaluacin de Tesorera

La Evaluacin de Tesorera consiste en el anlisis de la proyeccin de los ingresos, sobre la base de la evolucin y estado de los fondos administrados por la Direccin Nacional del Tesoro Pblico percibidos o recaudados, as como del devengado y las autorizaciones y transferencias ejecutadas para su atencin con cargo a dichos fondos durante cada perodo mensual, en el marco del programa expresado en el Presupuesto de Caja, con indicacin del financiamiento temporal obtenido y ejecutado.

La Evaluacin de Tesorera incluye los resultados de la ejecucin financiera de ingresos y egresos administrados por las Unidades Ejecutoras y Entidades.

La Evaluacin de Tesorera se realiza dentro de los quince (15) das calendario siguientes de vencido el mes respectivo. Dicha evaluacin, con el sustento respectivo a nivel especfico, se remite a la Comisin de Presupuesto y Cuenta General de la Repblica del Congreso de la Repblica y a la Contralora General de la Repblica dentro de los cinco (5) das calendario de vencido el plazo para su elaboracin.SISTEMA INTEGRADO DE ADMINISTRACION FINANCIERA SIAFEl sistema integrado de administracin financiera para el sector pblico, es un instrumento informtico, que automatiza el proceso de ejecucin presupuestal, financiero y contable, mediante un registro nico de operaciones, produciendo informacin con mayor rapidez, precisin e integridad, vlida para la toma de decisiones de los diferentes niveles gerenciales de la organizacin gubernamental.

Es un sistema que comprende los principios, rganos, normas y procedimientos que rigen la administracin financiera de todos los organismos y entidades del Sector Pblico, bajo el principio de centralizacin normativa y desconcentracin operativa. Proporciona a los funcionarios pblicos informacin en tiempo real y permite una mejora significativa en la ejecucin y supervisin de las operaciones financieras del Sector Pblico.

El SIAF es, como su nombre lo dice, un sistema integrado por varios subsistemas que planean, procesan y reportan los recursos financieros pblicos. Incluye normalmente al menos cuatro subsistemas: contabilidad, presupuesto, tesorera, personal y deuda pblica, y puede incluir tambin subsistemas auxiliares como ingresos pblicos, adquisiciones, gestin de activos, recursos humanos y planillas, pensiones y seguridad social.

El sistema es muy verstil. Se puede aplicar a distintos niveles de gobierno (central, descentralizado, municipal), se puede desagregar territorialmente la informacin, y tambin pueden incorporarse otros criterios para generar reportes de relevancia para la toma de decisiones y el debate poltico.

Representa una nueva forma de relacin entre las diversas instituciones estatales, incluyendo autoridades y funcionarios, entre las instituciones y sus usuarios y proveedores, y entre los diversos grupos de inters asociados. No se trata por lo tanto de la simple adquisicin de una tecnologa; se trata de un cambio en las reglas del juego y en el peso relativo de los distintos grupos de inters en el centro mismo de la toma de decisiones del Estado.

Beneficios del SIAF

Cumplimiento de las normas, leyes y reglamentos.

Registro de todas las transacciones que afecten la situacin econmica-financiera, derivadas de la gestin pblica.

Generar informacin oportuna, efectiva y confiable para la toma de decisiones

Reduccin de costos operativos

Consolidacin de las finanzas del Sector Pblico no FinancieroAlcances del SIAF

El SIAF forma parte de una estrategia de reforma del Estado de largo plazo y, si bien es de aplicacin general en el Sector Pblico, se ha venido implementando en etapas subsiguientes.

Fase I : Entidades de la administracin central (Ministerios y Secretaras)

Fase II : Entidades descentralizadas, autnomas y empresas pblicas.

Fortalecimiento Fase I.

Fase III : Los gobiernos locales o municipales. Fortalecimiento Fase I y II.

SISTEMA ELECTRNICO DE CONTRATACIONES DEL ESTADO SEACE

Todas las Entidades sujetas a la Ley de Contrataciones del Estado estn en la obligacin de registrar informacin relacionada con su Plan Anual de Contrataciones, los procesos de seleccin, los contratos y su ejecucin, y todos los actos que requieran ser publicados en el Sistema Electrnico de Contrataciones del Estado SEACE. En el caso particular de los procesos de seleccin electrnicos, el o los proveedores registran su participacin y presentan sus propuestas tcnica y econmica a travs del SEACE, asimismo las entidades realizan la apertura electrnica de las propuestas. En ambos casos se utiliza el Certificado SEACE (usuario y contrasea) para interactuar con el SEACE, el primero emitido al momento de efectuar su inscripcin en el Registro Nacional de Proveedor y el segundo emitido por la Subdireccin de Plataforma de la Direccin del SEACE.

ALCANCES DEL SEACEEl SEACE est logrando cubrir dos aspectos muy importantes: A. Dar transparencia a todos los procesos de contratacin que realice el Estado, al permitir que el rgano Encargado de las ContratacionesOEC de las instituciones pblicas contratantes publiquen sus planes anuales de contrataciones, convocatorias, documentos de licitacin, actas, resultados de evaluacin, resumen de contratos, entre otros; B. Facilitar el desarrollo de transacciones electrnicas entre el Estado y los proveedores.

A efectos de interactuar con el SEACE, tanto las Entidades como los proveedores, debern utilizar el Certificado SEACE emitido por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del EstadoOSCE, siendo este organismo el que desarrollar, administrar y operar el Sistema.

La informacin que se registra en el SEACE debe ser la misma informacin que se tiene como documento final para la realizacin de cualquier acto en el proceso de contratacin, siendo de responsabilidad del funcionario que hubiese solicitado la activacin del Certificado SEACE y de aqul que hubiera registrado la informacin. Todas las Entidades Pblicas estn obligadas a utilizar el Sistema Electrnico de Contrataciones del Estado (SEACE), sin perjuicio de la utilizacin de otros regmenes especiales de contratacin estatal, segn se establezca en el Reglamento. Asimismo, los Proveedores interesados en contratar con el Estado y la ciudadana en general tienen acceso a la informacin contenida en el SEACE.

Los actos realizados por medio del Sistema Electrnico de Contrataciones del Estado (SEACE) que cumplan con las disposiciones vigentes poseen la misma validez y eficacia que los actos realizados por medios manuales, pudindolos sustituir para todos los efectos legales. Todos los actos realizados a travs del SEACE se entendern notificados el mismo da de su publicacin. MODOS DE UTILIZACIN SUGERIDOS A NIVEL BSICOLas entidades pblicas podrn utilizar este documento tcnico Utilizacin del Sistema Electrnico de

Contrataciones del Estado a un nivel bsico para reforzar lo siguiente:1. Los pasos operativos de ingreso al SEACE de las siguientes etapas:A. Planificacin de las necesidades, creacin, contenido, aprobacin, modificacin y versiones del Plan Anual.

B. Utilizacin de la consola de procesos, que incluye: Creacin de nuevo proceso: Convocatoria, ficha del proceso, adicin de documentos, etapas del proceso, declaraciones de desierto, registro de nulidades del proceso y cancelaciones.

Postergacin o prrroga de procesos; Fe de erratas; acciones de segunda convocatoria.

Registro de informacin de la etapa contractual, que incluye la creacin de un contrato, registro del resumen del contrato.

2. Diferentes alternativas de obtener informacin en el SEACE, tanto para entidades pblicas, proveedores y pblico en general, como son los casos siguientes: Cmo buscar futuros procesos.

Cmo buscar convocatorias.

Pautas para buscar bases de procesos anteriores

Seguimiento a procesos de seleccin

Estadsticas de mercado en el SEACE.BIBLIOGRAFA:

Modelo Abierto de Gestin para Resultados en el Sector Pblico. Banco Interamericano de Desarrollo y Centro Latinoamericano de Administracin para el desarrollo. Ao 2007.

Gonzlez-Pramo, Jos Manuel. Gestin pblica: conceptos e instituciones. Ao 1996. Constitucin Poltica del Per. Ao 1993.

Ley No 27658, Ley Marco de Modernizacin de la Gestin del Estado. Ao 2002.

Ley No 27783, Ley de Bases de la Descentralizacin. Ao 2002.

Ley No 27867, Ley Orgnica de Gobiernos Regionales. Ao 2002.

Ley No 27972, Ley Orgnica de Municipalidades. Ao 2003.

Ley No 29158, Ley Orgnica del Poder Ejecutivo. Ao 2007.

Decreto Legislativo No 1057, Regula el Rgimen Especial de Contratacin

Administrativa de Servicios.

Ley N 27785 Ley Orgnica del Sistema Nacional de control y de la Contralora General de la Repblica

Ley N 26850 -Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

Ley 28411e, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.ee Ley Orgnica del Sistema Nacional de Control y de la Contralora General de la Repblica, Ley 27785 modificada por leyes 28396 y 28422. LEY N 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad. LEY N 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorera.El Estado Peruano

Elementos Constitutivos Del Estado

Caractersticas Del Estado.

Estructura Del Estado Peruano..

Anlisis Constitucional Del Estado Peruano..

Administracin Pblica.

Sistemas Administrativos.

El Sistema De Planeamiento Estratgico.

Sistema Nacional De Presupuesto Pblico.

El Sistema De Abastecimiento..

El Sistema De Control Gubernamental..

El Sistema Administrativo De Gestin De Recursos Humanos..

Sistema Nacional De Contabilidad

Sistema Nacional De Tesorera..

Sistema Integrado De Administracin Financiera SIAF..

Sistema Electrnico De Contrataciones Del Estado SEACE.

Bibliografa..

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