Resumen de ley contrataciones y adquisiciones con el estado PERUANO

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CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO OSCE Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado SEACE : Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado. Sistema electrónico que permite el intercambio de información y difusión sobre las contrataciones del Estado, así como la realización de transacciones electrónicas. Las Entidades estarán obligadas a utilizar el SEACE, sin perjuicio de la utilización de otros regímenes especiales de contratación estatal, según se establezca en el Reglamento. RNP : Registro Nacional de Proveedores, Para ser contratista es necesario estar inscrito, si se encuentra sancionado debe esperar 2 años para habilitarse No pueden : presidentes, vicepresidentes, ministros, congresistas, vocales, gerentes funcionarios públicos, personas que intervienen en la selección y parientes hasta el 4to grados de consanguinidad y 2do de afinidad. LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO PARA: instituciones del estado en los procesos de contrataciones de bienes y servicios. APLICACIÓN: gobierno nacional, regional, local, órganos constitucionales, universidades, beneficencias. NO APLICABLE: contratación con personas sujetas a la carrera administrativa o laboral de la actividad privada, en caso de auditorías, deuda pública, asesoría legal, financiera, contratos bancarios y contratos por debajo de las 3 UIT. PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO: instrumento de gestión para la entidad y una fuente de información para los proveedores acerca de las necesidades de las entidades en materia de contratación. Cada entidad elaborará su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones. PROCESO DE ADQUISICION Las compras y adquisiciones del Estado son los procesos que desarrollan las entidades del Estado con el fin de obtener bienes, suministros, servicios u obras necesarias para el cumplimiento de sus funciones, en el marco del sistema de contrataciones estatales cuya norma principal es la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, PROCESO DE SELECCIÓN El proceso de selección es una fase dentro del proceso de contratación que tiene como finalidad que la Entidad seleccione a la persona natural o jurídica que presente la mejor propuesta para la satisfacción de sus necesidades. Va desde la convocatoria del proceso de selección hasta la celebración / firma del contrato respectivo. PROCESO DE SELECCIÓN DESIERTO: 1. En el supuesto que una Licitación Pública o un Concurso Público sean declarados desiertos en dos oportunidades, se convoca a un proceso de Adjudicaciones Directa, en cuyo caso: - Si quedara válida una única oferta, se le otorgará la Buena Pro. - Si no quedara válida oferta alguna, se procede a una Adjudicación de Menor Cuantía. 2. En el supuesto de que una Adjudicación Directa sea declarada desierta, se procede a una segunda convocatoria, en cuyo caso: - Si quedara válida una única oferta alguna, se le otorgará la Buena Pro. - Si no quedara válida oferta alguna, se declarará desierta y se procede a una Adjudicación de Menor Cuantía. TIPOS DE PROCESO DE CONTRATACIÓN Licitación Pública: Se convoca para la contratación de bienes y obras, según los márgenes establecidos en las normas presupuestarias. Concurso Público: Se convoca para la contratación de servicios, según los parámetros establecidos en las normas presupuestarias. Adjudicación Directa: Se convoca para la contratación de bienes, servicios y ejecución de obras, según los márgenes establecidos en las normas presupuestarias. Puede ser pública o selectiva. Adjudicación de Menor Cuantía: Proceso que se aplica a las contrataciones que realice la Entidad, cuyo monto sea inferior a la décima parte del límite mínimo establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para

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CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO

OSCE Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado SEACE: Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado.Sistema electrónico que permite el intercambio de información y difusión sobre las contrataciones del Estado, así como la realización de transacciones electrónicas.Las Entidades estarán obligadas a utilizar el SEACE, sin perjuicio de la utilización de otros regímenes especiales de contratación estatal, según se establezca en el Reglamento.RNP: Registro Nacional de Proveedores, Para ser contratista es necesario estar inscrito, si se encuentra sancionado debe esperar 2 años para habilitarseNo pueden: presidentes, vicepresidentes, ministros, congresistas, vocales, gerentes funcionarios públicos, personas que intervienen en la selección y parientes hasta el 4to grados de consanguinidad y 2do de afinidad.LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADOPARA: instituciones del estado en los procesos de contrataciones de bienes y servicios.APLICACIÓN: gobierno nacional, regional, local, órganos constitucionales, universidades, beneficencias.NO APLICABLE: contratación con personas sujetas a la carrera administrativa o laboral de la actividad privada, en caso de auditorías, deuda pública, asesoría legal, financiera, contratos bancarios y contratos por debajo de las 3 UIT.PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO: instrumento de gestión para la entidad y una fuente de información para los proveedores acerca de las necesidades de las entidades en materia de contratación. Cada entidad elaborará su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones.PROCESO DE ADQUISICIONLas compras y adquisiciones del Estado son los procesos que desarrollan las entidades del Estado con el fin de obtener bienes, suministros, servicios u obras necesarias para el cumplimiento de sus funciones, en el marco del sistema de contrataciones estatales cuya norma principal es la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, PROCESO DE SELECCIÓN El proceso de selección es una fase dentro del proceso de contratación que tiene como finalidad que la Entidad seleccione a la persona natural o jurídica que presente la mejor propuesta para la satisfacción de sus necesidades. Va desde la convocatoria del proceso de selección hasta la celebración / firma del contrato respectivo.PROCESO DE SELECCIÓN DESIERTO: 1. En el supuesto que una Licitación Pública o un Concurso Público sean declarados desiertos en dos oportunidades, se convoca a un proceso de Adjudicaciones Directa, en cuyo caso:- Si quedara válida una única oferta, se le otorgará la Buena Pro.- Si no quedara válida oferta alguna, se procede a una Adjudicación de

Menor Cuantía.2. En el supuesto de que una Adjudicación Directa sea declarada desierta, se procede a una segunda convocatoria, en cuyo caso:- Si quedara válida una única oferta alguna, se le otorgará la Buena Pro. - Si no quedara válida oferta alguna, se declarará desierta y se procede

a una Adjudicación de Menor Cuantía.TIPOS DE PROCESO DE CONTRATACIÓN Licitación Pública: Se convoca para la contratación de bienes

y obras, según los márgenes establecidos en las normas presupuestarias.

Concurso Público: Se convoca para la contratación de servicios, según los parámetros establecidos en las normas presupuestarias.

Adjudicación Directa: Se convoca para la contratación de bienes, servicios y ejecución de obras, según los márgenes establecidos en las normas presupuestarias. Puede ser pública o selectiva.

Adjudicación de Menor Cuantía: Proceso que se aplica a las contrataciones que realice la Entidad, cuyo monto sea inferior a la décima parte del límite mínimo establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para los casos de Licitación Pública y Concurso Público.

CANTIDADES PARA CADA TIPO DE SELECCIÓN:

PROCESOS DE SELECCION

BIENES SERVICIOS OBRAS

LICITACION PÚBLICA >= a 400,000 >=1,800,000

CONCURSO PÚBLICO

>= a 400,000

ADJUDICACIÓN DIRECTA

PÚBLICA <de 400,000>de 200,000

<de 400,000>de 200,000

<1,800,000>de 900,000

SELECTIVA <=a 200,000>=40,000

<=a 200,000>=a 40,000

<=a 900,000>=a 180,000

ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA

<de 40,000>de 10,800

<de 40,000>de 10,800

<de 180,000>de 10,800

Etapas del proceso de selección A.Convocatoria : Acto unilateral de la Entidad mediante el cual

llama o invita, según sea el caso, a determinados proveedores para que participen en un proceso de selección. B. Registro de participantes; La persona natural o jurídica

deberá registrarse como participante conforme a las reglas establecidas en las Bases. Deberá acreditar que cuenta con la inscripción vigente en el RNP, en el registro materia del objeto contractual que se convoca.

C. Formulación y absolución de consultas: participantes podrán solicitar la aclaración de cualquiera de los extremos de las Bases, o plantear solicitudes respecto de ellas. D. Formulación y absolución de observaciones: constituyen un cuestionamiento a las Bases por incumplimiento de las condiciones mínimas E. Integración de las bases

Las Bases integradas: son las reglas definitivas del proceso de selección cuyo texto contempla todas las aclaraciones y/o precisiones producto de la absolución de consultas, así como todas las modificaciones y/o correcciones derivadas de la absolución de observaciones y/o del pronunciamiento del Titular de la Entidad o del OSCE.Una vez que se absuelvan todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas no se ha presentado, las Bases quedarán integradas como reglas definitivas y no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad.

F. Presentación De Propuestas Propuesta Técnica: descripción del Bien a vender o Servicios que quieres ofrecer. Evidentemente, debe igualar o mejorar a lo que el Estado está solicitando.Propuesta Económica: Es lo que se pretende cobrar por el Bien que vendes o Servicio que ofreces. Este monto debe respetar ciertos márgenes en función al valor referencial indicado en las Bases.

G. Calificación y evaluación de propuestasH. Otorgamiento de la Buena Pro: Se realizará en acto público para todos los procesos de selección; a excepción de las Adjudicaciones Directas Selectivas y Adjudicaciones de Menor Cuantía, en las que podrá realizarse en acto privado.Empate:

1º En las Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía, a favor de las microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad..3º En el caso de bienes y obras, a favor del que haya obtenido el mejor puntaje económico, y tratándose de servicios, mediante el puntaje técnico.4º A prorrata entre los ganadores, según el monto de las propuestas.

Distribución de la Buena Pro: El Comité Especial otorgará la Buena Pro al postor con mayor puntaje total según los términos de su

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propuesta y por la cantidad ofertada. El saldo no atendido será otorgado a los postores que sigan, en función al orden de prelación, siempre que las propuestas económicas no superen el cinco por ciento (5%) de la del postor ganador.

EL CONTRATO : Deberá celebrarse por escrito y se ajustará a la proforma incluida en las Bases con las modificaciones aprobadas por la Entidad durante el proceso de selección. El contrato entra en vigencia cuando se cumplan las condiciones establecidas para dicho efecto en las Bases.Está conformado por dicho documento, las Bases integradas y la oferta ganadora; es decir, la propuesta técnica y económica OFERTAS EN CONSORCIO : Es necesario acreditar la existencia de una promesa formal de consorcio, Las partes del consorcio deben estar inscritas en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) y encontrarse hábiles para contratar con el Estado.SUBCONTRATACIÓNEl contratista puede subcontratar parte de sus prestaciones en el contrato (previa aprobación de la Entidad). El contratista mantendrá la responsabilidad por la ejecución total de su contrato frente a la Entidad, sin perjuicio de la responsabilidad que le puede corresponder al subcontratista. Para ser subcontratista se requiere no estar inhabilitado para contratar con el Estado y estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores (RNP).GARANTÍASLas garantías que deberán otorgar los postores: seriedad de oferta, fiel cumplimiento del contrato, por los adelantos y por el monto diferencial de propuesta.CLÁUSULAS OBLIGATORIAS EN LOS CONTRATOS :

a)Garantíasb)Solución de controversiasc)Resolución de contrato por incumplimiento:

CULMINACIÓN DEL CONTRATOLos contratos de bienes y servicios culminan con la conformidad de recepción de la última prestación pactada y el pago correspondiente.SANCIONES:Para los servidores del Estado que incumplan la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado son: a) Amonestación escrita; b) Suspensión sin goce de remuneraciones; c) Cese Temporal sin goce de remuneraciones hasta por 12 meses yd) Destitución, en los casos más graves.Para el caso de proveedores, postores y contratistas, se establece que estos son responsables por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los bienes, servicios y obras realizadas. En caso de incumplimiento, corresponde a CONSUCODE realizar la investigación y sancionar con: a) Suspensiónb) Inhabilitación Definitiva y c) Sanción Económica. La sanción civil y penal corresponde al Poder Judicial.

LA GESTIÓN PARA RESULTADOS EN EL DESARROLLO

Nueva gestión pública (NGP): (adm. Pública → gerencia publica)Gestión Para Resultados En El Desarrollo (GpRD): estrategia de gestión que orienta la acción de los actores públicos del desarrollo para generar el mayor valor público posible a través del uso de instrumentos de gestión que, en forma colectiva, coordinada y complementaria, deben implementar las instituciones públicas para generar los cambios sociales con equidad y en forma sostenible en beneficio de la población de un país”. Recoge características específicas del sector público. Esta

asociado al cambio social producido y no solo a las actividades o los productos que contribuyan a ese cambio.Objetivo: habilitar a las Org. Publicas para que logren mediante la gestión del proceso de creación de valor público los resultados consignados en los objetivos del programa de gobierno. Ello abarca cambios continuos e innovaciones para llegar a cuna cultura de resultados en vez de una basada en procedimientos.La GpRD propone poner en primer lugar los resultados que se desea alcanzar y, en función de estos, definir la mejor combinación de insumos, actividades y productos para lograrloÁREAS PRINCIPALES: i) planificación, ii) presupuesto y financiamiento, iii) diseño y ejecución de programas y proyectos y iv) monitoreo y evaluaciónEl Sistema de Evaluación Prodev (SEP)El SEP divide el ciclo de gestión en cinco pilares: i) planificación para resultados, ii) presupuesto por resultados (PpR), iii) gestión financiera, auditoría y adquisiciones, iv) gestión de programas y proyectos y v) monitoreo y evaluación.América Latina: El índice promedio para el conjunto de ALC es de 1,9 sobre 5, lo que indica que la región se encuentra en una fase inicial de implementación de la GpRD y que aún no ha llegado a la mitad de camino. Brasil. Chile, Colombia y mexico se encuentran con un índice de 3, mientras que Perú con 1,5. 1. Planificación orientada a resultados: Instrumento que el

gobierno utiliza para definir el rumbo y destino de un país. Un país debe responder a tres preguntas básicas: ¿dónde estamos? (análisis de la situación social y económica del país mediante el uso de información estadística confiable), ¿a dónde queremos ir?( se relaciona con los objetivos del gobierno vigente, convenientemente respaldados por el Poder Legislativo y las organizaciones de la sociedad civil) y ¿cómo podemos llegar? (analizar distintas opciones para lograr los objetivos y elegir aquellas que se muestren más pertinentes y eficientes).

2. Presupuesto por resultados: conjunto de procesos e instrumentos capaces de integrar sistemáticamente el análisis sobre los resultados de la gestión pública al proceso de asignación de los recursos. El presupuesto por resultados otorga recursos a los organismos para que los gasten en insumos con el fin de generar un cierto volumen de productos previsto. Esos productos, a su vez, generarán ciertos resultados en la sociedad. El presupuesto por resultados brinda información adicional sobre qué se produce en los organismos públicos, quién produce los bienes públicos, cuántos bienes se producen, qué resultados se planea lograr con esos bienes y cuánto cuesta lograr dichos resultados.

Insumos ➩ Productos ➩ Resultados3. Gestión Financiera, Auditoria Y Adquisiones

Conjunto de elementos administrativos de las organizaciones públicas que hacen lo posible la captación de los recursos y su aplicación para concretar los objetivos y metas. Componentes: administración de presupuestos, contabilidad, administración de la deuda, administración del efectivo y tributaria. Condiciones: deben de actuar de manera interrelacionada bajo la dirección o coordinador, sus principios, normas, procedimientos deben ser coherentes.Auditoria control interno y externo.- modelo que busca asegurar que las organizaciones operen de la manera prevista, para lo cual deben contar con mecanismos externos e internos. Adquisiones publicas.- conjunto de principios dados por los sistemas de adquisiones del estado, al igual normas, organismos, recursos y procedimientos que mediante su realización permiten al estado cumplir con la adquision de bienes.

4. Gestión de programas y proyectos: medio a través del cual el estado produce los bienes y servicios que permiten alcanzar los objetivos establecidos en el plan de gobierno, con el objetivo de

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mejorar la calidad de vida. Es importante que los ministerios que posean un plan sectorial de mediano plazo.Los aspectos de planificación sectorial están relacionados con otros aspectos del ciclo que son planificación nacional y GFP y al mismo tiempo los débiles que son gestión e información sectorial.

5. Monitoreo y evaluación: El monitoreo “función continua que utiliza la recopilación sistemática de datos sobre indicadores predefinidos para proporcionar a los administradores y a las principales partes interesadas de una intervención para el desarrollo indicaciones sobre el avance y el logro de los objetivos así como de la utilización de los fondos asignados”, está estrechamente ligada a las de planificación y de presupuesto, y analiza tanto la consecución de los objetivos como los recursos que se invierten para lograrlos.Evaluación: “apreciación sistemática y objetiva de un proyecto, programa o política en curso o concluido, de su diseño, su puesta en práctica y sus resultados. El objetivo es determinar la pertinencia y el logro de los objetivos, así como la eficiencia, la eficacia, el impacto y la sostenibilidad para el desarrollo, deberá proporcionar información creíble y útil, que permita incorporar las enseñanzas aprendidas en el proceso de toma de decisiones”

PERU: ubica en el grupo de los países con capacidades intermedias para la GpRD. Su mayor fortaleza se encuentra en el área de gestión financiera, auditoría y adquisiciones, mientras que su pilar más débil es el de monitoreo y evaluación.El mayor desafío está relacionado con el desarrollo de la capacidad de planificación estratégica de, mediano plazo. Otro desafío es ampliar la cobertura e institucionalizar el modelo de presupuesto por resultados, que se ha implantado en algunos programas estratégicos, al conjunto del gobierno central. Asimismo, se requiere la institucionalización de un sistema de monitoreo y evaluación que sirva no sólo para el proceso presupuestario sino también para la gestión sectorial.

SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTOConjunto de órganos, normas y procedimientos orientados al logro de una eficiente administración del endeudamiento a plazos mayores de un año de las entidades y organismos del Sector Público.ORGANO RECTOR: Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas.ESTA INTEGRADO POR: Dirección Nacional del Endeudamiento Público, dependiente del Vice ministerio de Hacienda y por las Unidades Ejecutoras las cuales conducen los procesos relacionados con el sistema, a nivel de todas las entidades del Sector Público que administran fondos de las entidades y organismos públicos, las mismas que son responsables de velar por el cumplimiento de las normas y procedimientos que emita el órgano rector.CLASES DE ENDEUDAMIENTOENDEUDAMIENTO EXTERNO: contratada con personas naturales o jurídicas no domiciliadas en el país. Ejm. Banco Mundial.ENDEUDAMIENTO INTERNO: contratada con personas naturales o jurídicas domiciliadas en el país. Ejm. Banca Nacional, Banca Privada.MARCO NORMARTIVO: ley del sistema nacional de administración financiera (ley safi) ley 28112PROCESO DE ENDEUDAMIENTO

I. PROGRAMACION a) MONTO MÁXIMO DE CONCERTACIONES DE

OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO: La dirección nacional del endeudamiento público propone el monto máximo de concertaciones a ser considerado en el proyecto de ley de

endeudamiento del sector público para cada año fiscal, que constituye el límite superior para las operaciones de endeudamiento para un determinado año fiscal

b) PROGRAMA ANUAL DE CONCERTACIONES DE OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO

Ejecutadas por el gobierno nacional en cada año fiscal y deberán ser publicada en la página web del ministerio de economía y finanzas.II. CONCERTACION: Etapa mediante la cual se solicita,

evalúa, negocia aprueba y suscribe el contrato de una operación de endeudamiento público

El MEF a través de la DEP evalua, gestiona y negocia la concertación de operaciones de endeudamiento del Gobierno Nacional, salvo que se produzcala autorización de alguna entidad pública a un funcionario del Estado.

ETAPASo Evaluación de la solicitud de concertacióno Gestión de la operación de endeudamientoo Aprobación de la operación de endeudamientoIII. DESEMBOLSO:recepción de los recursos provenientes de

las operaciones de endeudamiento a ser utilizados durante el año fiscal

o programa anual de desembolsoso solicitud de desembolsoo autorización de desembolsoso recepción y utilización de desembolsoso acreditación de la recepción de desembolsoso plazos para el envío de información sobre desembolsos

IV. PAGOOperaciones efectuadas para cumplir con el pago del servicio de la deuda tomando como base la programación (cronograma de pagos) establecida en el respectivo.El pago del servicio correspondiente a las operaciones de endeudamiento lo efectúa la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, con cargo a los recursos que por dicho concepto han sido previstos en el presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas en cada ejercicio fiscal.

V. REGISTRO

¿ OPERACIÓN DE ENDEUDAMIENTO PÚBLICO?Toda modalidad de financiamiento sujeta a reembolso acordada por una entidad integrante del sector público no financiero con personas naturales y jurídicas domiciliadas o no en el país; bajo las siguientes modalidades:• Emisión y colocación de bonos,• Préstamo• Adquisiciones de bienes y servicios a plazos• Avales, garantías y fianzas• leasing financiero• Titulizaciones de activos o flujos de recursos

¿ OPERACIÓN DE ENDEUDAMIENTO INTERNO?Es el financiamiento sujeto a reembolso celebrado por una entidad del Sector Público, con una persona natural o jurídica domiciliada en el PerúLos GOB. REG. y GOB.LOC. tienen autonomía para aprobar operaciones de endeudamiento interno¿ENDEUDAMIENTO EXTERNO?DEUDA EXTERNA DIRECTA: deudor: Gob.Reg/Gob.Loc

Hay en el país 4 calificadoras de riesgo:• Apoyo&Asociados Internacionales S.A• Pacific Credit Rating-PCR• Equilibrium Clasificadora de Riesgo S.A. • Class&Asociados S.AProcedimiento de clasificación de riesgo:

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1. Análisis de la información.2. Análisis de la estructura y crecimiento económico de la localidad o región.3. Análisis de la estructura del sistema administrativo del Gobierno Local o Regional.4. Análisis de la flexibilidad y del desempeño fiscal. 5. Análisis de la situación financiera del Gobierno Local o Regional.6. Clasificación final

DEUDA EXTERNA INDIRECTA: deudor: MEFProcedimiento: 1. Demostrar la capacidad de pago a través de: plan económico y financiero, análisis del flujo de caja, etc. .El GR y GL proveerá al MEF los recursos para el pago del servicio de deuda2. No requiere de calificación crediticia, por que el deudor es el MEF.3. Cumplimiento de la Reglas Fiscales.4. Informe Previo de la Contraloría General de la República.(Lo solicita el MEF)5. Financiar proyectos de inversión pública en el marco del SNIP.Fuentes de financiamiento externo:o El Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo o BIRDo Banco Interamericano de Desarrolloo EL CLUB DE PARÍSo CAFo La Agencia de Cooperación Internacional del Japón JICAProcedimientos: Operación de Endeudamiento Externo