RESUELVE: revertidas por el Decreto de Necesidad€¦ · todos los argentinos. En primer lugar, el...

4
":i ---- \ PROYECTO DE RESOLUCiÓN -- La Cámara de Diputados de la Nación 15 AGO 2019 RESUELVE: Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional la suspensión hasta diciembre de 2019, de actos administrativos relativos a la asignación de frecuencias para empresas de radiodifusión y telecomunicaciones de gestión privada con fines de lucro que comprometen el uso del espectro radioeléctrico, en general. Esta medida debe incluir en particular la suspensión de asignación de frecuencias en banda de 450 Mhz, y aquellas que habían sido reservadas para ARSAT por Ley 27.208 y fueron revertidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia 59/2019. =

Transcript of RESUELVE: revertidas por el Decreto de Necesidad€¦ · todos los argentinos. En primer lugar, el...

Page 1: RESUELVE: revertidas por el Decreto de Necesidad€¦ · todos los argentinos. En primer lugar, el mecanismo de asignación directa que según Ley 27.078artículo 31 resulta aplicable

":i----

\PROYECTO DE RESOLUCiÓN --

La Cámara de Diputados de la Nación

15 AGO 2019

RESUELVE:

Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional la suspensión hasta diciembre de 2019, de actosadministrativos relativos a la asignación de frecuencias para empresas de radiodifusión ytelecomunicaciones de gestión privada con fines de lucro que comprometen el uso delespectro radioeléctrico, en general.

Estamedida debe incluir en particular la suspensión de asignación de frecuencias en bandade 450 Mhz, y aquellas que habían sido reservadas para ARSAT por Ley 27.208 y fueronrevertidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia 59/2019.

=

Page 2: RESUELVE: revertidas por el Decreto de Necesidad€¦ · todos los argentinos. En primer lugar, el mecanismo de asignación directa que según Ley 27.078artículo 31 resulta aplicable

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Es función de este cuerpo legislativo, no sólo promover las actualizaciones de los marcosnormativos a la luz de la garantía de la progresividad de los derechos de la población, sinotambién velar por la transparencia de los procedimientos que el Poder Ejecutivo deberespetar en el manejo de los recursos públicos.

Como es de público conocimiento, el gobierno nacional viene teniendo comportamientossinuososal filo de la legalidad respecto de la administración del espectro radioeléctrico.

1 - Ya denunciamos en otro proyecto la discrecionalidad al momento de diseñarconvocatorias de regularización del espectro de FM ignorando a las situaciones producidascon posterioridad a 2009 y sin Plan Técnico Integral. Formulamos una propuesta superadorade esta situación, que no tuvo tratamiento hasta el momento (Expte. 7520-0-2018).

2 - Por otra parte, las frecuencias otorgadas por Ley 27.208 a la explotación de la empresaestatal ARSAT, reapropiadas en una modificación por Decreto de Necesidad y Urgencia58/2019, también nos preocuparon sobremanera. Esto llevó a un enérgico rechazo pormedio de proyectos y declaraciones públicas de un amplio sector polítlco y social, ydesembocó en el dictamen mayoritario de la Comisión Bicameral permanente de TrámiteLegislativo -Orden del Día 991 del 27 de febrero de 2019-, que contiene frondosasconsideraciones formales y sustanciales que cuestiona y exige la reversión del proceder delEjecutivo sobre el tema en cuestión.

3 - Compartimos el espíritu de las Leyes de la Nación vigentes, y aspiramos a que todos losargentinos puedan disponer de servicios de Internet y telefonía móvil de calidad, y encompetencia, cosa que este Gobierno no logró resolver. Compartimos el considerando de laresolución 2236 de 2019 del Enacom, sobre "propiciar la Conectividad a través de laimplementación de proyectos que se orienten a la prestación de servicios mayoristas y/ominoristas sobre áreas con necesidades insatisfechas desplegando redes de transporte,desarrollando nuevas redes de acceso, fortaleciendo las existentes y generando condicioneseconómicas favorecedoras del acceso equitativo a los servicios de telecomunicaciones".

Sin embargo, en el procedimiento establecido por la mencionada Resolución ENACOM2236/2019, que siguió parámetros definidos por la Resolución Ministerio de Modernización506/2018, "pasaron cosas muy raras" (Convergencia Latina newsletter, textual, 18/7/2019).

Page 3: RESUELVE: revertidas por el Decreto de Necesidad€¦ · todos los argentinos. En primer lugar, el mecanismo de asignación directa que según Ley 27.078artículo 31 resulta aplicable

Mucho se habló durante 2018 en este Parlamento en el marco de los debates en Senado yen Diputados sobre la denominada "Ley Corta de Infraestructura de las Telecomunicaciones"respecto del rol de ARSAT, las prestadoras dominantes' del mercado nacional, la necesidadde resolver la capilaridad de redes, y la efectiva competencia de prestadores, especialmenteaquellos que no son los "Tres Grandes". Para estos fines, tanto las frecuencias que habíansido asignadas preferentemente a ARSATpor Ley de la Nación, como las correspondientes ala banda de 450 Mhz, cumplen un rol fundamental. En tal sentido, creemos que seránvectores de desarrollo TIC las áreas de servicio solicitadas para la operación de sistemas deacceso inalámbrico fijo y móvil de tecnología digital y reúso celular de frecuencias para laprestación de los servicios de transmisión de datos y/o acceso a Internet de banda ancha, asícomo para el acceso inalámbrico al servicio de telefonía local, y seguimos con atención losprocesosde llamado a adjudicación del Ejecutivo.

Pero han salido a la luz unos cuantos "trapitos al sol" respecto de las resoluciones aludidasen párrafos anteriores, que están decidiendo sobre el espectro radioeléctrico, recurso detodos los argentinos. En primer lugar, el mecanismo de asignación directa que según Ley27.078 artículo 31 resulta aplicable a organismos nacionales, entidades estatales y entidadescon participación mayoritaria del Estado nacional, yla Resolución 506/2018 amplió paraotros actores privados comerciales (esto quedó claramente expuesto en el Acta deDirectorio W 46 del ENACOM). Como en una comedia de enredos, por otra parte, elorganismo de aplicación debió retractarse en la adjudicación de frecuencias a la empresaServicio Satelital SA (Resolución 2065/2019). Y como si esto fuera poco, a fines de julio sesupo por varias fuentes periodísticas especializadas que la propia empresa estatal ARSATseestaría presentando como oferente dominante para quedarse con frecuencias, compitiendocontra PyMes y cooperativas con recursos públicos, lo cual sigue desvirtuando el rol para lacual fue creada y desarrollada en la prestación de servicios mayoristas y conectividadbajando los precios abusivos de otras prestadoras.

La incumbencia política de este cuerpo nos lleva a marcar un proceder con torpezas que seagudiza a pocos meses de una elección nacional. No sería halagüeño que además quieranavanzar con el reparto de frecuencias por distintos mecanismos previstos por el artículo 4°del decreto 1340/16, respecto de las frecuencias retiradas a ARSAT: el diseño institucionalpro-gubernamental del ENACOM sumado a las inconsistencias mencionadas previamenteconforman una combinación que lamentamos y debe ser revisada.

4 - Aún seguimos esperando que la prestadora megafusionada dominante devuelva elexceso de porción del espectro que dispone a partlr de una operación favorecida por el

Page 4: RESUELVE: revertidas por el Decreto de Necesidad€¦ · todos los argentinos. En primer lugar, el mecanismo de asignación directa que según Ley 27.078artículo 31 resulta aplicable

señor Presidente y aprobada por dos organismos gubernamentales que dictaminaronfavorablemente acerca de esa histórica operación.

El actual loteo del espectro radioeléctrico debe cesar en sus formas, que siguieron elderrotero marcado por la discrecionalidad. No ha sido esta una forma consensuada, nidialogada, ni transparente a pesar de las públicas declaraciones de los funcionarios de turno.

Por todo lo anteriormente expuesto solicito a mis pares la aprobación del presente proyectode Resolución.

SILVIA RENÉE HORNEDIPUTADA DE LA NACiÓN

Canos SelvaDiputado de la Nación