Resolucion_001200_2006

download Resolucion_001200_2006

of 7

Transcript of Resolucion_001200_2006

  • 7/24/2019 Resolucion_001200_2006

    1/7

    REPBLICA DE COLOMBIA

    MINISTERIO DE TRANSPORTE

    RESOLUCIN No 001200 DE 2006

    ( - 5 ABR 2006 )

    Por la cual se modifican parcialmente las resoluciones 1555 de junio 27 de 2005 y4415 de Dic 29 de 2005 relacionadas con el Certificado de Aptitud Fsica, Mental y

    de Coordinacin Motriz para Conducir.

    EL MINISTRO DE TRANSPORTE

    En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por la Ley 769 de 2002y el Decreto 2053 de 2003 , y

    CONSIDERANDO

    Que el Ministerio de Transporte expidi las Resoluciones 1555 del 27 de Junio de2005 Por la cual se reglamenta el procedimiento para obtener el Certificado de AptitudFsica, Mental y de Coordinacin Motriz para Conducir y se establecen los rangos deaprobacin de la evaluacinrequerida., y 4415 del 29 de Diciembre de 2005 Por la cualse adoptan unas medidas relacionadas con el Certificado de Aptitud Fsica Mental y deCoordinacin Motriz para conducir.

    Que las mencionadas resoluciones establecieron que los Centros de Reconocimiento deConductores debern obtener Certificado de Conformidad expedido por un Organismo deCertificacin, acreditado en el Sistema Nacional de Normalizacin, Certificacin yMetrologa, para cada sede en la que pretenda operar, y que cuando el Organismo deCertificacin Acreditado en el Sistema no cuente con la ampliacin del alcance de la

    Acreditacin bajo los requisitos de la resolucin 1555 de 2005, deber demostrar ante elMinisterio de Transporte que ha presentado ante la Superintendencia de Industria yComercio su solicitud de ampliacin de la misma y que esta cuenta como mnimo con laprogramacin de la visita de campo para la auditora correspondiente a esa solicitud.

    Que segn comunicacin 05113047 de la Superintendencia de Industria y Comercio-Delegatura para la Proteccin del Consumidor- en esa entidad no existen organismos deCertificacin Acreditados, ni han solicitado ampliacin de la Acreditacin Organismospara expedir Certificados de Conformidad con alcance a lo estipulado en la Resolucin1555 de 2005. Adicionando que la actividad planteada para los Centros deReconocimiento de Conductores, de acuerdo con la normatividad internacional quemaneja esa superintendencia, es una Certificacin de Personal y por lo tanto el Centro

    de Reconocimiento de Conductores debera estar Acreditado dentro del Sistema como unOrganismo de Certificacin de Personal.

    Que de acuerdo con lo expuesto por la Superintendencia de Industria y Comercio, y con elfin de brindar mayor seguridad y transparencia en los Centros de Reconocimiento deConductores para la expedicin del Certificado de Aptitud Fsica, Mental y de

  • 7/24/2019 Resolucion_001200_2006

    2/7

    RESOLUCIN No. 001200 DE - 5 ABR 2006

    Por la cual se modifican parcialmente las resoluciones 1555 de junio 27 de 2005 y4415 de Dic 29 de 2005 relacionadas con el Certificado de Aptitud Fsica, Mental y

    de Coordinacin Motriz para Conducir.

    Pag. No. 2

    -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Coordinacin Motriz, es necesario establecer mecanismos de transicin para que stosCentros se acrediten ante el Sistema Nacional de Normalizacin Certificacin y Metrologacomo Organismos de Certificacin de Personal con alcance en lo estipulado en laResolucin 1555 de 2005.

    RESUELVE

    ARTCULO 1 .- Modificar el Artculo 4 . de la Resolucin 1555 de 2005 as:

    ARTCULO 4.- DE LA ACREDITACIN: Los Centros de Reconocimiento de

    Conductores debern obtener Reconocimiento en el Sistema Nacional de Normalizacin,Certificacin y Metrologa, acreditndose como Organismos de Certificacin de Personal,con alcance a lo estipulado en la presente disposicin.

    Los requisitos, procedimientos, pruebas, personal, equipos e instalaciones, mnimos quedeben acreditar los Centros de Reconocimiento de Conductores para obtener lamencionada Acreditacin sern los estipulados por la Superintendencia de Industria yComercio, con alcance a lo establecido en el cuerpo y en los anexos II y III de laresolucin 1555 de 2005.

    PARGRAFO.- La vigencia de la Acreditacin del Centro de Reconocimiento deConductores como Organismo de Certificacin de Personal con alcance a lo determinado

    en la presente disposicin, estar sujeta a las auditorias anuales de seguimiento y a unareevaluacin sobre cumplimiento de las condiciones establecidas, de conformidad con losealado en la Circular nica, Ttulo V, de la Superintendencia de Industria y Comercio..

    ARTCULO 2 .- Modificar el Artculo 15 de la Resolucin 1555 de 2005 as:

    ARTCULO 15 .- REQUISITOS PARA EL REGISTRO.- Para efectos del registro anteel Registro nico Nacional de Trnsito RUNT- en el Registro Nacional de Personasnaturales o jurdicas, pblicas o privadas que prestan servicios al sector pblico, tanto delMdico (s) que en nombre y representacin del Centro suscribir(n) los Certificadoscomo del Centro de Reconocimiento de Conductores, se deber acreditar el

    cumplimiento de los siguientes requisitos:1. Solicitud de registro ante el RUNT, suscrita por el representante legal del Centro de

    Reconocimiento, en la que deber incluirse como mnimo lo siguiente:

    ) Nombre y nmero del registro del mdico(s) que en nombre y representacin delCentro de Reconocimiento expedir(n) y suscribir(n) el Certificado de AptitudFsica, Mental y de Coordinacin Motriz.

    ) Nombre y nmero del registro del mdico suplente, para el caso de ausenciajustificada y razonable del titular autorizado para suscribir el Certificado.

    ) Nombre y nmero de registro de todos los profesionales de la salud queintervendran en la elaboracin del Informe de Evaluacin Fsica, Mental y deCoordinacin Motriz.

    ) Nombre comercial del Centro de Reconocimiento de Conductores.

  • 7/24/2019 Resolucion_001200_2006

    3/7

    RESOLUCIN No. 001200 DE - 5 ABR 2006

    Por la cual se modifican parcialmente las resoluciones 1555 de junio 27 de 2005 y4415 de Dic 29 de 2005 relacionadas con el Certificado de Aptitud Fsica, Mental y

    de Coordinacin Motriz para Conducir.

    Pag. No. 3

    -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------) Certificado de existencia y representacin legal del Centro de Reconocimiento,

    expedido con una antelacin mxima de treinta (30) das, en el que conste quedentro de su objeto social prestar el servicio de expedir Certificados de AptitudFsica, Mental y de Coordinacin Motriz para conductores.

    ) Demostracin de inscripcin en el Registro Especial de Prestadores de Saluddel Sistema Obligatorio de Garanta de Calidad de la Atencin de Salud, atravs de la presentacin una por cada una de las jurisdicciones de salud ypor sedes en las cuales pretenda prestar el serviciode Certificacin de Cumplimiento de las Condiciones para la Habilitacinvigente, expedida por la autoridad departamental o distrital de salud

    responsable de verificar el cumplimiento de las condiciones exigidas, deconformidad con lo establecido en el Artculo 28 del Decreto 2309 del 15 deoctubre de 2002 del Ministerio de la Proteccin Social, o aquel que lo modifiqueo sustituya; o, en su defecto, la radicacin del formulario de inscripcin en elRegistro Especial de Prestadores de Salud ante la entidad departamental odistrital de salud correspondiente.

    ) Domicilio principal, direccin y telfono donde funcionar el Centro deReconocimiento y de sus respectivas sedes si existieren.

    ) Presentar Certificado expedido por la Superintendencia de Industria y Comercio,que exprese el Reconocimiento de la Acreditacin del Centro en el Sistema

    Nacional de Normalizacin, Certificacin y Metrologa como Organismo deCertificacin de Personal, con alcance a lo estipulado en la presenteResolucin.

    10. Demostrar el cumplimiento de las condiciones y protocolo que se establezcan parala adecuada y eficiente interconexin al Registro nico Nacional de Trnsito RUNT- cuando ste entre en funcionamiento.

    PARGRAFO 1.- Una vez cumplidos los requisitos y procedimiento sealados en steartculo, tanto el representante legal del Centro de Reconocimiento como el mdico(s) queen nombre y representacin del Centro de Reconocimiento expedir(n) y suscribir(n) elCertificado de Aptitud Fsica, Mental y de Coordinacin Motriz recibirn los protocolos y

    claves de acceso al RUNT, uno para cada uno, que permitirn registrar la informacin ycertificar la aptitud fsica, mental y de coordinacin motriz. Para acceder al RUNT, deberindicarse la clave tanto del Centro como del Mdico.

    PARGRAFO 2.- Los efectos legales sern los de una inscripcin y por tanto no debenentenderse como participacin en licitacin, concurso o contratacin directa con elMinisterio de Transporte.

    ARTCULO 3.- Modificar el ltimo inciso del Artculo 16 de la Resolucin 1555 de 2005,el cual quedar as:

    La operacin y funcionamiento de un Centro de Reconocimiento de Conductores estar

    supeditada al Cumplimiento de las condiciones sealadas en sta resolucin, a lasauditorias de seguimiento y control efectuadas por el Organismo de Acreditacin Superintendencia de Industria y Comercio o quien haga sus veces que le otorg elReconocimiento como Organismo de Certificacin de Personal Acreditado con alcance alo establecido en la presente disposicin, y a su registro ante el RUNT.

  • 7/24/2019 Resolucion_001200_2006

    4/7

    RESOLUCIN No. 001200 DE - 5 ABR 2006

    Por la cual se modifican parcialmente las resoluciones 1555 de junio 27 de 2005 y4415 de Dic 29 de 2005 relacionadas con el Certificado de Aptitud Fsica, Mental y

    de Coordinacin Motriz para Conducir.

    Pag. No. 4

    -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

    ARTCULO 4 . Modificar el Anexo II -REQUISITOS, PROCEDIMIENTOS, PRUEBAS,PERSONAL, EQUIPOS E INSTALACIONES MNIMOS DE LOS CENTROS DERECONOCIMIENTO DE CONDUCTORES- de la resolucin 1555 de 2005 en losnumerales 1; 6.6.1 y 6.6.2 as:

    1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIN.

    Este documento establece los requisitos, procedimientos, pruebas, personal, equipos einstalaciones mnimos, complementarios a lo establecido por la Superintendencia deIndustria y Comercio, que deben cumplir las entidades pblicas o privadas, que quieran

    obtener Reconocimiento en el Sistema Nacional de Normalizacin, Certificacin yMetrologa para Acreditarse como Organismos de Certificacin de Personal, con alcancea lo estipulado en la presente disposicin, para actuar en el territorio nacional, comoCentros de Reconocimiento de Conductores para expedir el Certificado de Aptitud Fsica,Mental y de Coordinacin Motriz, a las personas interesadas en obtener por primera vez,o recategorizar y/o refrendar la licencia de conduccin.

    6.6.1AUDITORA DE SEGUIMIENTO.

    El Centro de Reconocimiento de Conductores deber someterse al menos a una (1)auditora anual de seguimiento y a una reevaluacin sobre cumplimiento de lascondiciones establecidas, de conformidad con lo sealado en la Circular nica, Ttulo V,

    de la Superintendencia de Industria y Comercio. 6.6.2 PERMANENCIA DE LAS CONDICIONES DE LA ACREDITACIN.

    Los Centros de Reconocimiento de Conductores sern responsables de que lasactividades para las cuales obtuvieron La Acreditacin , se ejecuten de acuerdo con loestablecido en la reglamentacin y guas respectivas - Resolucin 1555 de 2005 yanexos- y con lo especificado como mnimo en el Certificado de Acreditacin, a saber:

    . El Centro de Reconocimiento de Conductores debe tener procedimientos y condicionespara el mantenimiento de la Acreditacin, de acuerdo con el esquema decertificacin. Las condiciones deben ser adecuadas para asegurarse de que hayuna evaluacin imparcial para confirmar la continua competencia del Centro.

    . Los Centros de Reconocimiento de Conductores estn obligados a informar por escritoal Ministerio de Transporte- Subdireccin de Trnsito- y con el protocolo queestipule el RUNT, cualquier modificacin, suspensin o disminucin de lascondiciones consideradas para obtener la Acreditacin, en un plazo no mayor acinco (5) das desde que se produzca. El Centro de Reconocimiento debersuspender la prestacin del servicio de Certificacin de Aptitud inmediatamente,hasta que se reestablezcan las condiciones del Certificado de Acreditacin.

    . Sin perjuicio de lo anterior, dentro de los quince (15) das siguientes al vencimiento decada ao contado desde la fecha de la expedicin del Certificado de Acreditacin,el representante legal y el responsable del sistema de calidad del Centro deReconocimiento, debern remitir al Ministerio de Transporte Subdireccin deTrnsito- y al RUNT, informe en el que se evale y haga constar que semantienen las condiciones en que se concedi la Acreditacin..

  • 7/24/2019 Resolucion_001200_2006

    5/7

    RESOLUCIN No. 001200 DE - 5 ABR 2006

    Por la cual se modifican parcialmente las resoluciones 1555 de junio 27 de 2005 y4415 de Dic 29 de 2005 relacionadas con el Certificado de Aptitud Fsica, Mental y

    de Coordinacin Motriz para Conducir.

    Pag. No. 5

    -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ARTCULO 5.- TRANSITORIO - De manera transitoria y mximo hasta el primero (1) deoctubre de 2007, los Centros de Reconocimiento de Conductores podrn suplir elrequisito establecido en el literal h) del artculo 2 de la presente resolucin, presentandoCertificado de Conformidad con el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolucin 1555 de2005, en su cuerpo y anexos, expedido por un Organismo de Certificacin inscrito ante elMinisterio de Transporte. Para las auditorias de verificacin, los organismos deCertificacin debern seguir la metodologa estipulada en la Norma internacional ISO19011 Directrices para la Auditora de los Sistemas de Gestin de la Calidad y/oAmbiental.

    El Centro de Reconocimiento de Conductores deber someterse al menos a una (1)auditora de seguimiento, por parte del Organismo de Certificacin, al ao de haber

    obtenido el Certificado de Conformidad, si para esa fecha no ha obtenido suReconocimiento de Acreditacin en el Sistema Nacional de Normalizacin, Certificacin yMetrologa como Organismo de Certificacin de Personal.

    PARGRAFO.- INSCRIPCIN DE LOS ORGANISMOS DE CERTIFICACIN. LosOrganismos de Certificacin que deseen inscribirse para expedir el Certificado deConformidad de que trata este artculo transitorio, deber presentar una solicitud deinscripcin, dirigida a la Subdireccin de Trnsito del Ministerio de Transporte, suscrita porel representante legal del Organismo y acreditando el cumplimiento de los siguientesrequisitos:

    1. Identificacin del Organismo:

    ) Nombre o razn social

    ) Direccin.

    ) Nit

    ) Telfono

    ) Correo electrnico.

    1. Certificado de existencia y representacin legal del organismo, expedido con unaantelacin mxima de treinta (30) das, en el que conste que dentro de su objeto

    social se encuentra la de ser Organismo de Certificacin.2. Copia del Documento emitido por la Superintendencia de Industria y Comercio que

    lo distingue como ente Acreditado dentro del Sistema Nacional de Normalizacin,Certificacin y Metrologa, en el que se seale su Reconocimiento como Organismode Certificacin de Sistemas de Gestin o de Productos.

    3. Grupo de Direccin del Organismo:

    a) Nombres y cargos del grupo de Direccin del Organismo.

    b) Nombre y cargo del responsable de la Gestin de calidad en el Organismo.

    1. Anexar lista del personal auditor y de expertos tcnicos relacionado con lasactividades de certificacin especficas de la Resolucin 1555 de 2005 y susanexos, con su calificacin, experiencia, ttulos y funciones. El Organismo debegarantizar el sostenimiento del nivel mnimo de competencia del equipo humanopara la auditoria, e informar al Ministerio de Transporte cualquier novedadrespecto de su conformacin.

  • 7/24/2019 Resolucion_001200_2006

    6/7

    RESOLUCIN No. 001200 DE - 5 ABR 2006

    Por la cual se modifican parcialmente las resoluciones 1555 de junio 27 de 2005 y4415 de Dic 29 de 2005 relacionadas con el Certificado de Aptitud Fsica, Mental y

    de Coordinacin Motriz para Conducir.

    Pag. No. 6

    -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------2. Anexar modelo del Certificado que emitir el organismo.

    Cumplidos los requisitos el Ministerio de Transporte le asignar un nmero de inscripciny lo publicar en el listado de inscritos de la pgina Web de la entidad.

    Los efectos legales sern los de una inscripcin y por tanto no deben entenderse comoparticipacin en licitacin, concurso o contratacin directa con el Ministerio de Transporte.

    ARTCULO 6. Modificar el Artculo 2 de la Resolucin 4415 de 2005 as:

    ARTCULO 2. REGISTRO TEMPORAL- Hasta tanto entre en operacin el Registronico Nacional de Trnsito - RUNT - los Centros de Reconocimiento de Conductores seRegistrarn ante el Ministerio de Transporte Subdireccin de Trnsito - acreditando elcumplimiento de los requisitos descritos en el Artculo 2 de la presente resolucin,exceptuando lo estipulado en numeral 2; y, adicionando el Modelo del Formato queadoptar el Centro para el Informe de Evaluacin Fsica, Mental y de CoordinacinMotriz, en el cual se debern consignar los resultados, parciales y totales al igual que laentrevista de antecedentes referidos al historial mdico o diagnstico clnico delexaminado y el del Certificado de Aptitud Fsica, Mental y de Coordinacin Motriz queexpedir.

    En todo caso, el formato del Certificado de Aptitud Fsica, Mental y de Coordinacin

    Motriz, que se expedir fsicamente al aspirante, deber contener como mnimo lasiguiente informacin:

    Datos del Centro de Reconocimiento de Conductores:

    Nombre Comercial. Direccin y telfono. Nmero de inscripcin en el Registro Especial de Prestadores de Salud del

    Sistema Obligatorio de Garanta de Calidad de la Atencin de Salud, o en su defectode la radicacin del formulario de inscripcin en el Registro Especial dePrestadores de Salud ante la entidad departamental o distrital de saludcorrespondiente.

    Fecha de expedicin del Certificado de Conformidad con el cumplimiento de lodispuesto en la resolucin 1555 de 2005, en su cuerpo y anexos, especificando elnombre del Organismo de Certificacin que lo concedi.

    Nmero del Registro Temporal asignado por el Ministerio de Transporte Subdireccin de Trnsito.

    Nombre y nmero del registro del mdico que en nombre y representacin delCentro de Reconocimiento expide y suscribe el Certificado de Aptitud Fsica, Mentaly de Coordinacin Motriz.

    Datos del aspirante:

    Nombres y apellidos completos. Nmero y tipo de documento de identidad. Direccin de residencia y telfono. Fotografa - impresa en el mismo documento-. Huella dactilar.

  • 7/24/2019 Resolucion_001200_2006

    7/7

    RESOLUCIN No. 001200 DE - 5 ABR 2006

    Por la cual se modifican parcialmente las resoluciones 1555 de junio 27 de 2005 y4415 de Dic 29 de 2005 relacionadas con el Certificado de Aptitud Fsica, Mental y

    de Coordinacin Motriz para Conducir.

    Pag. No. 7

    ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Tipo de solicitud: para obtener Licencia de Conduccin por primera vez;

    recategorizacin; refrendacin; categora. Firma a travs de la cual declara bajo la gravedad de juramento que la informacin

    suministrada a los facultativos durante todas las exploraciones y la entrevista deantecedentes referidos al historial mdico o diagnstico clnico correspondenestrictamente a la verdad.

    Resultados de las reas evaluadas, capacidad de visin, capacidad auditiva,capacidad mental y de coordinacin motriz, capacidad fsica general, otrosdiagnsticos, especificando para cada una los resultados obtenidos comparadoscon los rangos de aprobacin y las observaciones especficas si las hay -adaptaciones, restricciones- vigencias mximas.

    Datos Generales: Fecha de expedicin del Certificado. ao-mes-da. Nmero del consecutivo anual del Informe de Evaluacin Fsica, Mental y de

    Coordinacin Motriz al que corresponde el Certificado. Nmero del Consecutivo del Certificado de Aptitud Fsica, Mental y de Coordinacin

    Motriz.

    PARGRAFO.- Hasta tanto entre en operacin el Registro nico Nacional de Trnsito -RUNT -,el Centro de Reconocimiento de conductores remitir los datos de los Certificadosde Aptitud Fsica, Mental y de Coordinacin Motriz, cumpliendo con los estndares que

    para el efecto defina el Ministerio de Transporte, Subdireccin de Trnsito- a travs de uncanal de informacin FTP que se procesar desde cualquier punto va Internet. Estainformacin deber ser consultada y cotejada por el Organismo de Trnsito para verificarla validez del Certificado que presente el aspirante como respaldo a la acreditacin delcumplimiento de requisito de obtencin de la Licencia de Conduccin. El Organismo deTrnsito deber enviar esta informacin de conformidad con los estndares que defina elMinisterio de Transporte..

    ARTCULO 7. - La presente resolucin rige a partir de la fecha de su expedicin y derogalas disposiciones que le sean contrarias.

    PUBLQUESE Y CMPLASE

    Dada en Bogot, D.C., a los

    ANDRS URIEL GALLEGO HENAOMinistro de Transporte

    Proyect: Magola E. Molina C.Revis: Jorge E. Pedraza B., Ral Francisco Ochoa, Leonardo lvarez C. y Jaime Ramrez B.