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    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 313 Jueves 31 de diciembre de 2015 Sec. I. Pg. 124074

    I. DISPOSICIONES GENERALES

    MINISTERIO DE EDUCACIN, CULTURA Y DEPO14344 Resolucin de 23 de diciembre de 2015, de la Secretara de Estado de

    Educacin, Formacin Profesional y Universidades, por la que se establece el procedimiento para la concesin del distintivo de calidad Sello Vida Saludable.

    La Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, de Educacin, seala en su artculo 2.1 que elsistema educativo espaol se orientar, entre otros, a la consecucin de la adquisicin dehbitos intelectuales y tcnicas de trabajo, de conocimientos cientficos, tcnicos,humansticos, histricos y artsticos, as como el desarrollo de hbitos saludables, elejercicio fsico y el deporte.

    Valorar la higiene y la salud, adems, constituye uno de los objetivos principales de laeducacin primaria, tal y como postula el artculo 17 de la mencionada Ley Orgnica 2/2006,de 3 de mayo, afianzndose tales hbitos de cuidado y salud corporales e incorporando laeducacin fsica y la prctica del deporte para favorecer el desarrollo personal y social a lolargo de la educacin secundaria obligatoria.

    De igual modo, la Ley Orgnica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la CalidadEducativa, seala en su disposicin adicional cuarta que las Administraciones educativasadoptarn medidas para que la actividad fsica y la dieta equilibrada formen parte delcomportamiento infantil y juvenil.

    En este marco se asienta la Orden ECD/2475/2015, de 19 de noviembre (BOEde 24 de noviembre), que crea el distintivo de calidad Sello Vida Saludable, con elpropsito de fomentar los hbitos que conduzcan al desarrollo de una vida saludable

    en todas sus vertientes, y reconocer pblicamente a aquellos centros docentes, tantopblicos como privados, que fomenten el aprendizaje de la salud en el mbitoeducativo, as como la asuncin de prcticas de vida saludable y una educacin fsicaque permita el adecuado desarrollo personal y social a lo largo de la escolarizacin delos alumnos.

    En la disposicin final segunda de la citada Orden se autoriza a la Secretara deEstado de Educacin, Formacin Profesional y Universidades a dictar las resolucionesnecesarias para la ejecucin y desarrollo de esta orden.

    Toda vez que el distintivo de calidad Sello Vida Saludable ya ha sido creado por lamencionada Orden ECD/2475/2015, procede ahora establecer el procedimiento para suconcesin. En consecuencia, dispongo:

    Uno. Carcter del distintivo de calidad.

    El distintivo de calidad Sello Vida Saludable conlleva el reconocimiento pblico delcompromiso de los centros docentes, tanto pblicos como privados sostenidos confondos pblicos y privados, que fomenten el aprendizaje de la salud en el mbitoeducativo, as como la asuncin de prcticas de vida saludable y una educacin fsicaque permita el adecuado desarrollo personal y social a lo largo de la escolarizacin delos alumnos.

    Dos. Requisitos.

    1. De acuerdo con lo previsto en el artculo 2 de la Orden ECD/2475/2015, de 19 denoviembre, el distintivo de calidad Sello Vida Saludable se podr conceder a cualquiercentro docente, tanto pblico como privado sostenido con fondos pblicos y privado, queasuma un compromiso firme e inequvoco con el desarrollo y mejora de la calidad educativay de la salud, entendindose que contribuyen a la mejora de la educacin en hbitos

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    saludables los centros docentes que persigan el cumplimiento de alguna de las siguientesfinalidades:

    a) Fomentar el rol de la educacin en hbitos saludables como una parte integrantede la educacin integral, diseando, a tales efectos, un programa de educacin en hbitossaludables que comprenda la programacin y establecimiento de objetivos educativos y delos instrumentos de evaluacin.

    b) Promover estilos y hbitos de vida saludables, a partir de las necesidadesespecficas del alumnado del centro docente, y especialmente en los mbitos de lanutricin y alimentacin saludables y del deporte contemplando el enfoque de gnero y laequidad para evitar desigualdades en la salud.

    c) Fortalecer y mejorar los comportamientos saludables de los alumnos, con especialnfasis en la higiene y la prevencin.

    d) Afianzar los hbitos de cuidado y salud corporales e incorporar la educacin fsicay la prctica del deporte para favorecer el desarrollo personal y social de los alumnos.

    e) Fomentar en el alumnado la adquisicin de capacidades y competencias que lespermitan cuidar su cuerpo tanto a nivel fsico como mental, as como valorar y tener unaactuacin crtica ante la informacin, publicidad y ante actitudes sociales que puedanrepercutir negativamente en su desarrollo fsico, social y psicolgico.

    f) Conocer y detectar las situaciones de riesgo para la salud, relacionadasespecialmente con el consumo de sustancias con potencial adictivo, tanto de comerciolegal como ilegal, as como con la ejecucin de determinadas actividades que puedangenerar comportamientos adictivos, con especial atencin a la anorexia y a la bulimia,contrastando sus efectos nocivos y proponiendo medidas de prevencin y control.

    g) Promover la comprensin y valoracin de la importancia de preservar el medioambiente por las repercusiones que el mismo tiene sobre la salud de las personas.

    h) Fomentar la responsabilidad del alumnado en las decisiones diarias del mismo, yel conocimiento de las consecuencias que las mismas tienen en su salud y en el entornoque les rodea.

    i) Promover el adecuado conocimiento de la salud e higiene sexual y reproductiva. j) Promover la puesta en valor de la investigacin, desarrollo e innovacin en los

    avances mdicos y en el impacto de la calidad de vida de las personas.k) Promover la formacin continua del personal docente que preste sus servicios en

    el centro, en materia de educacin en hbitos saludables y en especial sobre alimentacinsaludable y prctica de actividad fsica.

    2. Los centros aportarn la siguiente documentacin:

    2.1 Memoria tcnica que describa el cumplimiento de los requisitos previstos en laOrden ECD/2475/2015, de 19 de noviembre, y que se ajuste a las siguientes caractersticas:

    a) Ocupar un mximo de 40 pginas numeradas y redactadas a una cara,incluyendo los anexos, en tamao A4, con un interlineado sencillo y utilizando el tipo deletra Arial tamao de 11 puntos. Si se presentasen ms de 40 pginas, las adicionales nose tendrn en cuenta en la evaluacin, pertenezcan a la memoria o a los anexos. Sepodrn incluir fotografas y grficos. La memoria y el documento con los anexos sepresentarn en formato PDF y la capacidad mxima ser de 10 Mb para cada uno de ellos.En caso de adjuntarse imgenes, stas tendrn formato JPG o PNG.

    b) Comprender las siguientes secciones:

    Portada (incluyendo ttulo, y datos bsicos del centro). ndice (con paginacin). Resumen de la vida del centro, con un mximo de dos pginas: datos de su historia,

    entorno social, nmero de grupos y de alumnos, personal que presta servicios, planes yproyectos significativos que se estn desarrollando o se hayan desarrollado en los ltimosaos.

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    noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, siendo imprescindibleque en la solicitud aparezca la fecha de recepcin en el organismo pblico correspondiente. A estos efectos, los registros de los centros docentes no se considerarn incluidos dentrode las dependencias enumeradas en el artculo 38.4 de la referida ley.

    3. El impreso oficial para su presentacin por registro incluye un nmero identificativode la solicitud y un resumen digital que garantiza la integridad de la misma. En caso demodificacin de dicho impreso, manual o electrnicamente, la solicitud serautomticamente excluida.

    4. Las solicitudes se presentarn durante los meses de enero y febrero de cada ao.5. El Ministerio de Educacin, Cultura y Deporte podr solicitar, en cualquier momento

    del procedimiento administrativo, los originales a travs de los cuales se generaron todoslos archivos electrnicos incorporados a la solicitud, con el fin de contrastar su validez yconcordancia.

    6. De conformidad con lo previsto en el artculo 71 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, si se advirtiesendefectos formales u omisin en la solicitud o en la informacin que debe acompaarla, secomunicar a los interesados, quienes dispondrn de un plazo mximo de 10 das hbilespara subsanar la falta o acompaar los documentos preceptivos, indicndose que, si asno lo hiciera, se le tendr por desistido de su peticin archivndose la misma previaresolucin a tal efecto, de acuerdo con el artculo 42.1 de la citada ley.

    7. En todo caso, es requisito imprescindible que las solicitudes se acompaen delinforme favorable de la Consejera de Educacin de la Comunidad Autnoma o de lasDirecciones Provinciales del Ministerio de Educacin, Cultura y Deporte en su mbito degestin, de acuerdo con el modelo facilitado en el Anexo de la presente resolucin.

    Cuatro. Comisin evaluadora.1. Se constituye en la sede del Ministerio de Educacin, Cultura y Deporte la

    Comisin evaluadora encargada de analizar y valorar la documentacin para la concesindel distintivo de calidad Sello Vida Saludable y que est integrada por:

    El Director General de Evaluacin y Cooperacin Territorial, que la presidir. El Subdirector General de Cooperacin Territorial, que ser el Vicepresidente. Tres funcionarios pertenecientes a la Direccin General de Evaluacin y Cooperacin

    Territorial de nivel 26 o superior, uno de los cuales ejercer la secretara de la Comisin. Asimismo, nombrados por el Presidente de la Comisin Evaluadora a propuesta de

    las instituciones que a continuacin se citan, formarn parte de la misma, con voz pero sinvoto:

    1 representante de la Real Academia de Gastronoma.1 representante del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.1 representante del Ministerio de Agricultura, Alimentacin y Medio Ambiente de Espaa.

    2. La Comisin evaluadora verificar y evaluar la documentacin presentadaatendiendo a lo dispuesto en el apartado dos de la presente Resolucin y a la vista de elloelevar la propuesta de resolucin a la Secretara de Estado de Educacin, FormacinProfesional y Universidades.

    3. La Comisin evaluadora podr solicitar de otras Administraciones Pblicas losinformes que estime oportunos para el mejor desarrollo de su funcin.

    4. La Comisin evaluadora se regir en su funcionamiento por lo dispuesto en elcaptulo II del ttulo II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las

    Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.5. El funcionamiento de la Comisin Evaluadora ser atendido con los mediospersonales, tcnicos y presupuestarios de la Direccin General de Evaluacin yCooperacin Territorial. c v e

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    Cinco. Resolucin.

    1. A la vista de la propuesta de la Comisin Evaluadora, la Secretara de Estado deEducacin, Formacin Profesional y Universidades proceder a dictar resolucin sobre lassolicitudes de concesin del distintivo Sello Vida Saludable, en el plazo mximo de seismeses contabilizado conforme a lo dispuesto en el artculo cinco.2 de la OrdenECD/2475/2015, de 19 de noviembre.

    2. Contra las resoluciones de la Secretara de Estado de Educacin, FormacinProfesional y Universidades podr interponerse con carcter potestativo recurso dereposicin, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artculos 116 y 117de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las AdministracionesPblicas y del Procedimiento Administrativo Comn. Asimismo cabe interponer recursocontencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la AudienciaNacional, conforme lo establecido en el artculo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,reguladora de la Jurisdiccin Contencioso-Administrativa.

    Seis. Medios de notificacin o publicacin.

    La concesin de los distintivos de calidad Sello Vida Saludable se har pblica en lasede electrnica del Ministerio de Educacin, Cultura y Deporte.

    Siete. Efectos de la concesin.

    El centro docente beneficiario de la concesin podr:

    a) Exponer en su sede y locales el distintivo concedido al centro docente.b) Utilizar el sello en la documentacin propia del centro docente, as como, en su

    caso, en sus relaciones comerciales y publicitarias, atendiendo al cumplimiento de lanormativa aplicable, en particular, en materia de publicidad.

    Ocho. Recursos.

    Contra la presente resolucin podr interponerse, con carcter potestativo, recurso dereposicin en el plazo de un mes desde su publicacin ante el rgano convocante, o bienun recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicacin,ante la Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 11.1.a) de laLey 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdiccin Contencioso-Administrativa. Encaso de interponerse recurso de reposicin, no se podr interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aqul sea resuelto expresamente o se haya producido ladesestimacin presunta del mismo.

    Nueve. Normativa aplicable.En lo no previsto en la presente resolucin se aplicar la Orden ECD/2475/2015, de 19

    de noviembre (BOE de 24 de noviembre).

    Madrid, 23 de diciembre de 2015.El Secretario de Estado de Educacin, FormacinProfesional y Universidades, Marcial Marn Helln.

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    ANEXO

    Modelo de informe favorable emitido por la Consejera de Educacin o lasDirecciones Provinciales de Educacin de Ceuta y Melilla

    D./Da. ............................................................................. Director/a General/ Director/aProvincial de Educacin de ............................ de la Consejera de .......................... de laComunidad Autnoma de ........................ en nombre y representacin de dicha Consejera,informo favorablemente la solicitud del centro ........................................................ relativaa su candidatura a optar al distintivo de calidad SELLO VIDA SALUDABLE,

    Certifico que ............................................................... (Denominacin Centro educativo)ha puesto en marcha un programa de VIDA SALUDABLE ........................... (ha desarrolladola siguiente actividad / ha proporcionado el siguiente servicio)

    (Descrbase la actuacin de forma que sea plenamente identificable, indicando su

    alcance, duracin, forma de colaboracin, el mbito donde se ha aplicado, a quin ha idodirigido, y cualquier otro aspecto que ponga de relieve su utilidad educativa o cualquierotra circunstancia significativa de la misma.)

    El servicio de inspeccin educativa ha dado su V. B. a la solicitud de concesin deldistintivo de calidad tras contrastar lo detallado en la memoria tcnica.

    Dicho proyecto se ha desarrollado de forma plenamente satisfactoria y ha contribuidoa alcanzar los objetivos marcados en el artculo 2 de la Orden ECD/2475/2015 de 19 denoviembre (BOE de 24 de noviembre) por la que se crea el distintivo de calidad SELLOVIDA SALUDABLE.

    En ......................, a ......... de ........................... de ...............

    Firmado:

    SR. DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIN Y COOPERACIN TERRITORIAL.(C/ LOS MADRAZO, 15-17, 28071 MADRID.)

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    http://www.boe.es BOLETN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X