Resolución no.04.

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FEDERACION COLOMBIANA DE EDUCADORES RESOLUCION No. 04 Bogotá D.C., 28 de septiembre de 2012 Por la cual se convoca a la Asamblea General Federal Ordinaria de la Federación Colombiana de Educadores -FECODE- El Comité Ejecutivo de FECODE, de acuerdo con las facultades legales contempladas en los estatutos federales y, CONSIDERANDO: 1. Que el Comité Ejecutivo de FECODE debe garantizar la transparencia en la elección de delegados que participarán en la XIX Asamblea General Federal a realizarse los días 4, 5, 6 y 7 de marzo de 2013, en la ciudad de Paipa- Boyacá. 2. Que el proceso eleccionario de los delegados por parte de los sindicatos filiales de FECODE debe contar con unas directrices aprobadas por el Comité Ejecutivo de FECODE o la Junta Directiva Nacional. 3. Que es menester del Comité Ejecutivo de FECODE acatar lo acordado en las reuniones de la Junta Nacional, en atención a lo contemplado en los estatutos federales y de manera particular lo que haga referencia a todo el proceso eleccionario de los candidatos a ser delegados a la XIX Asamblea General de FECODE, y de manera especial los criterios que deberán implementarse por parte de los sindicatos filiales para garantizar total transparencia el día 26 de octubre de 2012 en todo el territorio nacional, a excepción de la ciudad de Bogotá que las realizó con el aval de la Junta Nacional el pasado 30 de agosto de 2012. RESUELVE ARTICULO lo. El Comité Ejecutivo de FECODE ratifica como fecha única para la realización de la elección de los candidatos a ser delegados a la XIX Asamblea 1 aconal Carrera 13A # 34 - 54 Conmutador: 338 17 11 Fax: 285 32 45 A.A. 14373. Bogotá D.C. Colombia E-mail: [email protected] / www.fecode.edu.co DETRABAJADORES

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FEDERACION COLOMBIANA DE EDUCADORES

RESOLUCION No. 04 Bogotá D.C., 28 de septiembre de 2012

Por la cual se convoca a la Asamblea General Federal Ordinaria de la Federación Colombiana de Educadores -FECODE-

El Comité Ejecutivo de FECODE, de acuerdo con las facultades legales contempladas en los estatutos federales y,

CONSIDERANDO:

1. Que el Comité Ejecutivo de FECODE debe garantizar la transparencia en la elección de delegados que participarán en la XIX Asamblea General Federal a realizarse los días 4, 5, 6 y 7 de marzo de 2013, en la ciudad de Paipa- Boyacá.

2. Que el proceso eleccionario de los delegados por parte de los sindicatos filiales de FECODE debe contar con unas directrices aprobadas por el Comité Ejecutivo de FECODE o la Junta Directiva Nacional.

3. Que es menester del Comité Ejecutivo de FECODE acatar lo acordado en las reuniones de la Junta Nacional, en atención a lo contemplado en los estatutos federales y de manera particular lo que haga referencia a todo el proceso eleccionario de los candidatos a ser delegados a la XIX Asamblea General de FECODE, y de manera especial los criterios que deberán implementarse por parte de los sindicatos filiales para garantizar total transparencia el día 26 de octubre de 2012 en todo el territorio nacional, a excepción de la ciudad de Bogotá que las realizó con el aval de la Junta Nacional el pasado 30 de agosto de 2012.

RESUELVE

ARTICULO lo. El Comité Ejecutivo de FECODE ratifica como fecha única para la realización de la elección de los candidatos a ser delegados a la XIX Asamblea

1

aconal Carrera 13A # 34 - 54 Conmutador: 338 17 1 1 Fax: 285 32 45 A.A. 14373. Bogotá D.C. Colombia E-mail: [email protected] / www.fecode.edu.co DETRABAJADORES

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General Federal el día viernes 26 de octubre de 2012, de 8 a.m. a 4 p.m., en todos los departamentos y municipios del país.

El sindicato filial que no se acoja a la directriz establecida por la Junta Nacional, no podrá participar en la XIX Asamblea General Federal.

PARÁGRAFO 1'. Con base en el listado de cotizantes afiliados expedido por la autoridad pagadora, FECODE elaborará, en papel de seguridad, el listado oficial de votantes de cada filial sobre el cual se recogerán las firmas y cédulas de los educadores que participen en &os comisiones electorales.

PARÁGRAFO 2'. Los sindicatos deben cumplir estrictamente lo establecido en el artículo 3' de la Resolución No. Q2 de fecha 10 de julio de 2012, en el sentido de entregar en medio magnético el listado de los docentes cotizantes por municipio. Se amplía la fecha de entrega de los listados hasta el miércoles 3 de octubre del año en curso para los siguientes sindicatos: ADEA, ADEC, ADEG, ADEMACOR, ADIDA, ASEP, ASINORT, ASISAP, ASODEGUA, ASODEVI, ASOINCA, SEG, SER, SES, SINDEVA, SUDEA, SUDEB, UMACH.

ART~CULO 2O. El Comité de Garantías Electorales de cada departamento deberá contar con la participación de representantes de todas las fuerzas políticas que se expresen en el debate electoral y concertará un reglamento de trabajo de manera similar al que se implementa para la elección de Junta Directiva Departamental.

ART~CULO 3'. El Comité Ejecutivo de FECODE se hará responsable de elaborar en papel de seguridad, el listado oficial de votantes de cada filial; los sindicatos filiales serán los responsabies de la impresión de las tarjetas electorales, actas de escrutinio y demás aspectos de la logística electoral.

Parágrafo. Los afiliados que no estén relacionados en los listados oficiales de votantes no podrán ejercer su derecho al voto.

COMITÉ EJECUTIVO

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Confederacion Sindical Internacional Carrera 13A # 34 - 54 Conmutador: 338 1 7 1 1 Fax: 285 32 45 A.A. 14373. Bogotá D.C. Colombia

a!@ MI?- E-mail: [email protected] / www.fecode.edu.co CENTRAL UNITARIA

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