Resolucion j.g. Nº 109-2011

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RESOLUCION J.G. Nº 109/2011 POR LA QUE SE FIJA EL MONTO DE LAS CONTRIBUCIONES ECONÓMICAS PREVISTAS EN EL ART. 69 DEL ESTATUTO PARTIDARIO. Asunción, 22 de junio de 2011. VISTA: La disposición del Art. 69 inc. g) del Estatuto del Partido que instituye contribuciones económicas de los afiliados cuyo monto fije la Junta de Gobierno, y CONSIDERANDO: Las conclusiones del Consejo Asesor de Asuntos Económicos de la Presidencia de la Junta de Gobierno, en cuanto a la conveniencia y procedimiento para hacer efectivo el cumplimiento de lo previsto en el Estatuto sobre las contribuciones económicas de los afiliados. La necesidad de financiamiento de los compromisos sociales y electorales del Partido. Que es necesaria la modernización del Partido, utilizando herramientas financieras actuales previstas en la legislación positiva, con el fin de transparentar y ofrecer mayor confianza en la gestión del patrimonio social. Por tanto, LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL REPUBLICANA – PARTIDO COLORADO, en sesión ordinaria de fecha 22 de junio de 2011. RESUELVE Art. 1º. Fijar una contribución económica del afiliado electo por el Partido Colorado para ejercer función pública, equivalente del 5% (cinco por ciento) de la remuneración mensual percibida por el ejercicio del cargo para el que fue electo. Art. 2º. Fijar una contribución voluntaria mínima de Gs. 2000 (dos mil guaraníes) mensuales, de todos los afiliados del Partido que pueden acrecentarse a criterio de cada afiliado. Art. 3º. Autorizar a la Presidencia del Partido a ejecutar la presente resolución, autorizándole incluso a utilizar para el efecto la figura del FIDEICOMISO prevista por la Ley Nº 921/96 “DE NEGOCIOS FIDUCIARIOS”.

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RESOLUCION J.G. N 109/2011POR LA QUE SE FIJA EL MONTO DE LAS CONTRIBUCIONES ECONMICAS PREVISTAS EN EL ART. 69 DEL ESTATUTO PARTIDARIO.

Asuncin, 22 de junio de 2011.

VISTA: La disposicin del Art. 69 inc. g) del Estatuto del Partido que instituye contribuciones econmicas de los afiliados cuyo monto fije la Junta de Gobierno, y

CONSIDERANDO: Las conclusiones del Consejo Asesor de Asuntos Econmicos de la Presidencia de la Junta de Gobierno, en cuanto a la conveniencia y procedimiento para hacer efectivo el cumplimiento de lo previsto en el Estatuto sobre las contribuciones econmicas de los afiliados.

La necesidad de financiamiento de los compromisos sociales y electorales del Partido.

Que es necesaria la modernizacin del Partido, utilizando herramientas financieras actuales previstas en la legislacin positiva, con el fin de transparentar y ofrecer mayor confianza en la gestin del patrimonio social.

Por tanto,

LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA ASOCIACIN NACIONAL REPUBLICANA PARTIDO COLORADO, en sesin ordinaria de fecha 22 de junio de 2011.

RESUELVE

Art. 1. Fijar una contribucin econmica del afiliado electo por el Partido Colorado para ejercer funcin pblica, equivalente del 5% (cinco por ciento) de la remuneracin mensual percibida por el ejercicio del cargo para el que fue electo.

Art. 2. Fijar una contribucin voluntaria mnima de Gs. 2000 (dos mil guaranes) mensuales, de todos los afiliados del Partido que pueden acrecentarse a criterio de cada afiliado.

Art. 3. Autorizar a la Presidencia del Partido a ejecutar la presente resolucin, autorizndole incluso a utilizar para el efecto la figura del FIDEICOMISO prevista por la Ley N 921/96 DE NEGOCIOS FIDUCIARIOS.

ART. 4. Autorizar a la Presidencia del Partido a arbitrar los medios para transferir un porcentaje de los fondos que resulten de la ejecucin de la presente resolucin, a las Seccionales Coloradas, para cubrir gastos esenciales de servicios pblicos, en la medida de las posibilidades financieras del Partido.

Art. 5. Dar publicidad, notificar a quienes corresponda y cumplido archivar.

FDO.:LILIAN SAMANIEGO, Presidenta del Partido Colorado.DARIO FILARTIGA, Secretario Poltico.