RESOLUCION DEALCALDIA N° - 2011 -MPCH/A 2 8 ecr. 2011 · Don CARLOS CASABONNE STOESSEL...

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, J . ; 950 RESOLUCION DE ALCALDIA N° - 2011 -MPCH/A Chiclayo, 28 ecr. 2011 VISTO: El Expediente NO. 037846 del 25.0CT.2011, CARLOS CASABONNE STOESSEL, Resolución de Alcaldía NO 1322-2003-GPCH/A del 07.NOV.2003, Resolución de Gerencia N 0 021-2007-GPCH/GU 11.ABR.2007, Informe Técnico NO152-2011-MPCH/GU-EU, Y. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el- Artículo 194 de la Constitución Política del Estado en armonía con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley NO 27972 de la Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta autonomía en la' facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración. Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N0 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Son materia de competencia municipal, la Organización del Espacio Físico -Uso del, suelo conforme al Art. 73 y 79 de la misma norma legal. De acuerdo a lo estipulado en la Ley NO 27444 (Ley del Procedimiento Administrativo General) todos los administrados tienen derecho a exponer sus argumentos, a ofrecer y producir pruebas y a obtener una decisión motivada y fundamentada en derecho. Que, mediante Expediente NO037846-2011 de fecha 25 de octubre del 2011 Don CARLOS CASABONNE STOESSEL representante de Empresa Inmobiliaria "Los Condominios" S.A, a través del cual solicita se dejen sin efecto las Resoluciones de Alcaldía NO 1322-2003/GPCH-A de fecha 07 de noviembre del 2003 y la Resolución de Gerencia NO 021-2007-GPCH/GU del 21 de abril del 2007, argumentando que ante EPSEL S.A, se tramito y obtuvo la aprobación del Expediente de Agua y Alcantarillado para la Habilitación Urbana Los Condominios Primera Etapa, aprobados por Resolución de Gerencia General NO312-2004-EPSEL SA/GG de fecha 10 de noviembre del 2004; sin embargo dicho proyecto no fue aprobado por la OPI de la Municipalidad Provincial de Chiclayo entidad que ha denegado su viabilidad por no considerarla de interés público; Por consiguiente la no aprobación del proyecto de saneamiento hace inevitable el desarrollo inmobiliario proyectado bajo el programa Techo Propio del Fondo MI VIVIENDA. Que, mediante Resolución de Alcaldía N0 1322-2003-GPCH/A del 07 de noviembre del 2003, se resuelve en su Articulo Primero Aprobar el Proyecto Integral de la Habilitación Urbana "Los Condominios", Del mismo modo el Articulo Segundo, se resuelve Aprobar la Primera Etapa, del mencionado proyecto; Asimismo, mediante .Resoluclón de Gerencia NO021-2007-GPCH/GU de fecha 11 de abril del 2007, se aprueban los expedientes técnicos de las obras de pavimentación, veredas, obras de ornamentación de parques, agua, desagüe y electrificación de la primera etapa de dicha habilitación urbana.

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950RESOLUCION DE ALCALDIA N° - 2011 -MPCH/A

Chiclayo, 2 8 ecr. 2011VISTO:

El Expediente NO. 037846 del 25.0CT.2011, CARLOS CASABONNESTOESSEL, Resolución de Alcaldía NO 1322-2003-GPCH/A del 07.NOV.2003,Resolución de Gerencia N0021-2007-GPCH/GU 11.ABR.2007, Informe TécnicoNO152-2011-MPCH/GU-EU, Y.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo dispuesto por el- Artículo 194 de la ConstituciónPolítica del Estado en armonía con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley NO27972 de la Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan deautonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia,radicando esta autonomía en la' facultad de ejercer actos de gobierno,administrativos y de administración.

Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N0 27972 Ley Orgánica deMunicipalidades, señala que los gobiernos locales representan al vecindario,promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollointegral, sostenible y armónico de su circunscripción. Son materia de competenciamunicipal, la Organización del Espacio Físico -Uso del, suelo conforme al Art. 73 y79 de la misma norma legal.

De acuerdo a lo estipulado en la Ley NO 27444 (Ley del ProcedimientoAdministrativo General) todos los administrados tienen derecho a exponer susargumentos, a ofrecer y producir pruebas y a obtener una decisión motivada yfundamentada en derecho.

Que, mediante Expediente NO037846-2011 de fecha 25 de octubre del 2011Don CARLOS CASABONNE STOESSEL representante de Empresa Inmobiliaria "LosCondominios" S.A, a través del cual solicita se dejen sin efecto las Resoluciones deAlcaldía NO 1322-2003/GPCH-A de fecha 07 de noviembre del 2003 y la Resoluciónde Gerencia NO 021-2007-GPCH/GU del 21 de abril del 2007, argumentando queante EPSEL S.A, se tramito y obtuvo la aprobación del Expediente de Agua yAlcantarillado para la Habilitación Urbana Los Condominios Primera Etapa,aprobados por Resolución de Gerencia General NO312-2004-EPSEL SA/GG de fecha10 de noviembre del 2004; sin embargo dicho proyecto no fue aprobado por la OPIde la Municipalidad Provincial de Chiclayo entidad que ha denegado su viabilidadpor no considerarla de interés público; Por consiguiente la no aprobación delproyecto de saneamiento hace inevitable el desarrollo inmobiliario proyectado bajoel programa Techo Propio del Fondo MI VIVIENDA.

Que, mediante Resolución de Alcaldía N0 1322-2003-GPCH/A del 07 denoviembre del 2003, se resuelve en su Articulo Primero Aprobar el ProyectoIntegral de la Habilitación Urbana "Los Condominios", Del mismo modo el ArticuloSegundo, se resuelve Aprobar la Primera Etapa, del mencionado proyecto;Asimismo, mediante .Resoluclón de Gerencia NO021-2007-GPCH/GU de fecha 11 deabril del 2007, se aprueban los expedientes técnicos de las obras de pavimentación,veredas, obras de ornamentación de parques, agua, desagüe y electrificación de laprimera etapa de dicha habilitación urbana.

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Con Informe Técnico NO 152-2011-MPCH-SGOPyC del 28 de octubre del2011, la Sub Gerente de Obras Privadas y Catastro de la Municipalidad Provincial deChiclayo, indica que realizada la inspección en el terreno de la Habilitación UrbanaLos Condominios ubicado en la ciudad de Chiclayo, se constatató que no seaprecian obras ejecutadas en dicho terreno el cual se encuentra deshabitado, por loque a opinión y conforme lo indica el Reglamento Nacional de Construcciones,aprobado por Decreto Supremo NO063-70-VI del 15 de diciembre de 1970, vigenteal momento de la expedición de la Resolución de Alcaldía NO 1322 -2003-GPCH/GU,establecía en el numeral I1-XVIII-4.2.- "( ...) el organismo de control expedirá la

\ Resolución o Licencia correspondiente, aprobando los estudios preliminares, la que-tendrá vigencia de seis (6) meses", norma derogada por el Reglamento Nacional de

~' ,)dificaciones, por lo que respecto al pedido del administrado se debe declarar la, ~'.~. / r " ceducrdao de la Resolución de Alcaldía N° 1322-2003-GPCH/A del 07.NOV.2003 y

tí" • . ,~.I"'-.'.">,, , de la Resolucion de Gerencia NO021-2007-GPCH/GU 11.ABR.2007 ..~-

~:Debe citarse lo dispuesto en la Ley NO 29090 "Ley de Regulación de

Habilitaciones Urbanas y de Edificación", en sus Artículos NOs.: Articulo 1: Objetode la Ley.- La presente Ley tiene el objeto de establecer la regulación jurídica de losprocedimientos administrativos para la obtención de las Licencias de lasHabilitaciones Urbanas ... , Articulo N0 16: Requisitos de una Habilitación Urbana yArticulo NO190: Recepción de Obras en una Habilitación Urbana.

Por lo expuesto, con la autoridad conferida por la Constitución Política delEstado y Ley Orgánica de Municipalidades, y en uso de las facultades previstas porel arto 390 de la Ley Orgánica de Municipalidades.

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- Declarar la CADUCIDAD de la Resolución deAlcaldía NO 1322-2003-GPCH/A del 07 de noviembre del 2003, en consecuenciaDEJAR SIN EFECTO LEGAL en todos sus extremos el contenido de la resolucióncitada, por haberse vencido en exceso la vigencia del plazo de seis meses para lapresentación de los Estudios Definitivos, conforme a lo señalado en el ReglamentoNacional de Construcciones, aprobado por Decreto Supremo N° 063-70-VI de fecha15.12.1970, numeral II-XVIlI-4.2., norma vigente al momento de la expedición delas Resoluciones en mención.

ARTICULO SEGUNDO.- Transcribir la presente Resolución municipal a laSuperintendencia Nacional de los Registros Públicos.

Alcalde la Municipalidad Provincial de Chiclayo

Distribuci6nÁreas Competentes